despacho con facilidad de pago expo

Post on 01-Dec-2015

16 Views

Category:

Documents

0 Downloads

Preview:

Click to see full reader

TRANSCRIPT

DESPACHO CON FACILIDAD DE PAGO

¿Qué es un bien de capital?

Definición: Son máquinas y equipos susceptibles de depreciación que intervienen en forma directa en una actividad productiva sin que este proceso modifique su naturaleza.

ESQUEMA DE DESPACO CON FACILIDADES DE PAGO

¿CÓMO OBTENER ESTE BENEFICIO?

Pasos para transmitir una DAI con facilidades de pago en Ecuapass

Ingresa su Usuario Y contraseña que le da el sistema Cuando se registra

Ingreso al Ecuapass

TRANSMISIÓN DE LA DAI 10Ingresamos en la opción Despacho de Aduana, y seleccionamos Declaración de Importación.

Escoger A07 tipo facilidades de pago

Msj: Enviar Certificado, Confirmar Si.

En esta pantalla se registra la firma electrónica.

Aquí nos da el número de referencia con que se entrega el anexo.

Esto no quiere decir que la declaración ha sido aceptada

Cuando la DAI esta aceptada le dan el código de declaración o llamado también refrendo.

AFOROSi del acto de determinación tributaria, el funcionario determinaseque la partida declarada no corresponde a bienes de capital que incrementen el activo fijo del importador directo de los bienes, solicitará que el usuario cambie la forma de pago de sus mercancías.

Así mismo en el acto de aforo se podrá corregir el valor realmente a pagar de la mercancía subsanada toda novedad Aforador procederá con el cierre de la DAI.

CALIFICACIÓNArt. 4 RCOPCI

1. Solo aplica en importaciones de bienes de capital realizadas para incrementar el activo fijo del importador directo de los bienes, la liquidación de tributos de estos bienes no podrá ser menor a $10.000

2. Solicitud dirigida al Director General mediante resolución expresa. La solicitud de facilidades de pago deberá contener la siguiente información:

Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0010-RE Guayaquil, 10 de enero de 2013

•Identificación del consignatario propietario (nombre C.I/RUC). •La descripción de la mercancía, su clasificación arancelaria, valor y posibles tributos a pagar•Indicación clara que solicita facilidades para el pago, manifestando que la solicitud se realiza al amparo de los artículos 24 y 116 del COPCI•Oferta de pago inmediato no menor de un 20% de la obligación tributaria y la forma en que se pagará el saldo con sus intereses.•Una garantía específica por la diferencia del valor

PLAZO PARA EL PAGO• SE CONCEDERA PLAZO DE HASTA 6 MESES.

Nota: Sin embargo, en casos especiales, previo informe de la autoridad tributaria de primera o única instancia, la máxima autoridad del sujeto activo correspondiente, podrá conceder para el pago de esa diferencia plazo de hasta dos años.

Presione calcular luego ingresar los valores “porcentaje a definir” y “plazo” para ver los

resultados.

Presione registrar, para registrar la solicitud luego de ingresar en el campo “Motivo de Solicitud

PLAZO PARA EL REGISTRO

La solicitud de Facilidades de Pago deberá ser registrada por el importador a través del Sistema ECUAPASS y presentada físicamente ante la Dirección de Secretaría de la Dirección General, dentro del término de veinte (20) días hábiles contabilizados desde la fecha en que es exigible la obligación tributaria

Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0010-REGuayaquil, 10 de enero de 2013

RESOLUCIÓNDe cumplir con todos los requisitos, la Dirección de Autorizaciones y Expedientes OCE´s de la Dirección General del SENAE será la encargada, en el término no mayor a tres días hábiles, de elaborar para la firma del Director/a General, la respectiva resolución de Autorización de Facilidades de Pago, que contendrá la tabla de amortización lineal y sus intereses calculados de acuerdo a la tasa activa referencial emitida por el Banco Central del Ecuador.En la resolución de autorización de Facilidades de Pago, se concederá el término de ocho (8) días hábiles para que el importador realice el pago no menor al 20% de la obligación tributaria y presente la garantía específica aprobada o declaratoria de prenda especial ante la Dirección Distrital donde se encuentren sus mercancías, con el número de registro de trámite de Facilidades de Pago. Su incumplimiento dejará sin efecto la resolución de Autorización de Facilidades de Pago, y se entenderá como no presentada la correspondiente solicitud.

REGISTRO DE LA GARANTÍA

RETIRO DE MERCANCÍASUna vez que se encuentre pagada la cantidad ofertada (no menor del 20%) y aprobada la garantía específica o declaratoria de prenda especial, se autorizará el levante y el importador podrá disponer de sus mercancías.

IMPORTANTE!!

En el caso de no reunir todos los requisitos, la mencionada Dirección deberá inmediatamente notificar al solicitante, con el objeto de que complete, amplíe o aclare la solicitud de Facilidades de Pago en el término no mayor a diez (10) días hábiles contados a partir de dicha notificación, caso contrario la solicitud se tendrá como no presentada

EFECTOSCon el registro de la solicitud de Facilidades de Pago, una vez exigible la obligación tributaria, se suspende la contabilización de los plazos para que opere el abandono tácito.Sin embargo, en los casos en que la solicitud de Facilidades de Pago se considere como “no presentada”, los plazos para dicha contabilización y el pago de los intereses se contarán y cobrarán desde la fecha en que fue exigible la obligación tributaria.

Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0010-REGuayaquil, 10 de enero de 2013

INTERESES POR MORA A CARGO DEL IMPORTADOR

Los pagos que no fueren satisfechos en el tiempo estipulado en la tabla de amortización lineal, causarán a favor de la Administración, y sin necesidad de resolución administrativa alguna, el interés anual equivalente a 1.5 veces la tasa activa referencial para noventa días, establecida por el Banco Central del Ecuador, de conformidad con el Art. 21 del Código Tributario.

SANCIONESEl incumplimiento del pago de tres mensualidades consecutivas, conllevará al cobro por la vía coactiva, sin perjuicio del derecho de prenda contemplado en la normativa aduanera o ejecución de garantía de ser el caso.

•Gracias..!

• Ing. Maribel Alulima.• Corre electrónico: malulima@aduana.gob.ec

• Web Site: www.aduana.gob.ec• Dir.: Av. 25 de Julio, Km. 4.5, vía Puerto

Marítimo • Pbx: 5934-2500-101

• Guayaquil – Ecuador

top related