alegato final- fiscalia
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7/25/2019 Alegato Final- Fiscalia
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ALEGATO FINAL
Expediente 004-2011
Jhajayra Diaz Carrin, identificada con DNI 46660845, con domicilio procesal en la casilla 504 del
coleio de a!oados de lima, con n"mero de tel#fono $8%8&8&&0, con correo electrnico
jhajayradiazcarrion'mail(com, con cal 586)&(
*iscal +perior de la *iscal-a +perior .i/ta de entanilla en proceso seido contra RICHAR
AMOS NORIEGA por la comisin del delito contra la 1i!ertad +e/al iolacin +e/al de .enor de
edad en ara2io de la menor de inicialesB.F.P ante sted me presento y respetosamente, dio3
I. PRIMER PARTE
Intrd!""i#n - Prp$i"ine$ F%"ti"&$'
+eor jez, con el de!ido respeto presento ante s despacho el presente caso, con el
siiente lema
la inocencia se presume, la culpabilidad se prueba
+eor jez, el delito de 2iolacin se/al es n acto reprocha!le en nestra sociedad, es el
claro estima de la deradacin del esp-rit c-2ico de na sociedad totalmente asente( l
rado de aresi2idad e coe/iste en cada caso de 2iolencia se/al es incre-!lemente
desesperante(
1os actos e solo se peden calificarse 7at#nticas a!erraciones7, son los e
actalmente crecen a n ritmo 2ertiinoso y cada 2ez son peores estos actos son, sin
dda alna, las aresiones se/ales( +iendo lamenta!le e dichos actos amenten d-a
con d-a, como lo es en este caso de los hechos ocrridos el d-a ) de enero del &099(
+eores del coleiado, a lo laro de este proceso han sido dadas todas las pre!as
necesarias para demostrar e el seor :ichard :amos Noriea es clpa!le, es por estoseores e esta fiscal-a solicita al coleiado, declaren como clpa!le y responsa!le al
seor :ichard ramo noriea del delito de 2iolacin se/al de menor de edad fndado en
art-clo 9%) inciso ) contra la menor de iniciales ;(*(
como niera del hijo del acsado :ichard :amos Noriea
1os hechos o!jeto de la casa ocrrieron el d-a el ) de enero de &099(
?el d-a el acsado s!i al transporte p"!lico santa crz en el paradero Caet@,
encontr@ndola e se diri-a a s casa !icada en el distrito de +(.(< =&()0pm>(
?l !ajar del 2eh-clo el acsado la toma del !razo fertemente , haci#ndola ritar, leo
este le in2ita na aseosa , e la menor acepto pore el acsado la esta!a molestando
mcho, leo de tomar la aseosa la menor sinti fertes dolores de ca!eza(
1eo de ello despert desnda jnto con el imptado =5()0 pm> en el hotel el eli/ir(
1eo de darse centa se dcha se cam!ia y sale del hospedaje dejando al imptado en
dicho lar(
mailto:jhajayradiazcarrion@gmail.commailto:jhajayradiazcarrion@gmail.com -
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II. SEG(N)A PARTE
Ar*!+ent&"i#n ,!rdi"& - Prp$i"ine$ !rdi"&$'
1a *iscal-a ha lorado acreditar m@s all@ de toda dda razona!le, la ?ccin A-picamente
antijr-dica y clpa!le, realizada por el Imptado :ichard :amos Noriea, en Contra de la
.enor de edad de iniciales ;(*(
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dedcir e hay el hecho se realiz por 2-a 2ainal, entre lo relatado por la 2-ctima
y el e/amen eda acreditado el acceso carnal(
C. Tip S!,eti
s la conciencia y 2olntad de realizacin t-pica, es decir la esfera coniti2a del dolo,de!e a!arcar el acceso carnal se/al a n menor(
l imptado act"a con dolo directo, es decir conoc-a y er-a, e se realicen los
hechos e se prodjeron por la 2olntad de satisfacer s deseo se/al, primero
in2itando a la 2-ctima la aseosa e le prodjo fertes dolores de ca!eza hasta llear
a la inconciencia, y leo procediendo al acceso carnal, afectando la indemnidad
+e/al de la menor(
). Anti,!ri"id&d'
Como sa!emos la afirmacin de la antijricidad sinifica e el ator al realizar la
condcta t-pica ha infrinido na norma 2iente del ordenamiento jr-dico(? s 2ez en el presente caso se dan los dos tipos de antijricidad3
el profesor rtado pozo acerca de la &nti,!ri"id&d r+&/ dice3 es la posicin del
acto a la norma prohi!iti2a e se encentra impl-cita en toda rela jr-dico penalE
No podemos dejar de mencionar las pala!ras del profesor 2on 1iszt en canto a la
&nti,!ri"id&d +&teri&/3 Fel acto contrario al derecho es n atae a los intereses
2itales de los articlares o de la colecti2idad, proteidos por las normas jr-dicasE
No hay casas de jstificacin
E. C!/p&i/id&d'
1a esencia de la clpa!ilidad se centra en el reproche formlado al ator por s accin
contraria a lo esta!lecido por el ordenamiento jr-dico, es decir se sanciona al seor
:ichard :amos Noriea por ha!er realizado la condcta esta!lecida en el injsto
cando pod-a comportarse conforme a derecho(
+e"n lo esta!lecido por la teora finalista el ato es reprocha!le si el sjeto es
moti2ado por la norma y a pesar de ello realiza el acto prohi!ido(
No hay elementos o casas e/clpantes e eliminen la clpa!ilidad
F. Inter "ri+ini$ - Cn$!+&"i#n3
l delito de 2iolacin de menores se consma con el acceso carnal, en caliera de
las 2-as descrito en el tipo !ase(
1a fiscal-a, entiende e con respecto a este caso se entiende e este delito se
encentra consmado, esto se compre!a por la declaracin de la menor ara2iada,
adem@s de eso se compre!a por el cam!io de actitd de la ictima al ha!lar de la
2iolacin, 2isalizando na actitd depresi2a, e inclso sicida prodcida por la
2iolacin(
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n consecencia, los t#rminos de acsacin han edado ratificados, las pre!as
e han sido actados en este jicio demestran la responsa!ilidad penal del acsado,
s por tanto e el d-a ) de enero del &099 se realiz el a!so se/al en contra de la
menor de edad -ctima del delito(
s importante destacar tal como lo dice ()( Declaracin de la menor de iniciales ;(*(
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seros la fiscal-a e ser@n sficientes para moti2ar s fallo a nestro fa2or y en honor a
la 2eracidad de los hechos(
III. C(ARTA PARTE
Cn"/!$i#n'
)(B*inalmente, de!e considerarse lo descrito, por la a!ndante jrisprdencia cando
indica FG
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)(PLICA
+eores jeces, con el interroatorio y con las pre!as ha edado acreditado e
e/iste tal delito, dado e con las declaraciones realizadas no hacen m@s e
des2irtar y des!aratar la teor-a del caso e propone la defensa
Creemos e es adecado hacer recordar el ?cerdo ?sencia de incredi!ilidad s!jeti2a, es decir, e no e/istan m2iles esprios
en la sindicacin!> erosimilitd, es decir, e no solo solidez y coherencia de la propia
declaracin, sino e de!e estar rodeada de ciertas corro!oraciones perif#ricas,
de car@cter o!jeti2o e le doten de aptitd pro!atoria y,
c> persistencia en la incriminacin(
DC1?:?CIN D 1? .N:3
Conclyendo con ael relato, la narracin de la menor se estima como cre-!le, en
concordancia entre lo dicho y lo e/presado por ss emociones, es decir cando
ella relato esto, lo hace con anstia y ansiedad y tam!i#n destaca n deterioro en
s comportamiento, e denota predominancia de sentimientos ansiosos ydepresi2os, especialmente raficados en afectos de temor, tristeza, inseridad,
aislamiento social y sensacin de 2lnera!ilidad(
De!e tenerse presente lo sealado por el art-clo 7II de/ tit!/ Pre/i+in&r de/
C#di* Pen&/ donde proscri!e todo tipo de RESPONSABILI)A) OBETI7A
e/ii#ndose en consecencia e para hallar responsa!ilidad en n determinado
procesado, #sta de!e estar amparada en pre!a idnea e la sstente( ?s- lo
seala la jectoria +prema del &9B09B$8 /p( 94B$8>
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