2) ingreso y salida - manifiesto - destinaciã“n - prenda
Post on 14-Sep-2015
25 Views
Preview:
DESCRIPTION
TRANSCRIPT
-
LEGISLACIN ADUANERA
1
-
2INGRESO Y SALIDA DE MERCANCIAS
-
Documento que contiene informacin respecto del medio ounidad de transporte, nmero de bultos, peso e identificacinde la mercanca que comprende la carga, incluida la mercanca agranel. Glosario de la LGA.
3
MANIFIESTO DE CARGA
-
Lugares habilitados (Artculo 100 - LGA)
Los lugares habilitados para el ingreso y salida, al o del territorioaduanero de:
Mercancas Medios de Transporte y; Personas.
Son espacios autorizados como: Puertos, Aeropuertos, Vas y Terminales Terrestres y; Puestos de Control Fronterizo
donde la autoridad aduanera ejerce su potestad.
4
INGRESO Y SALIDA DE MERCANCAS Y PERSONAS
-
Lugares habilitados
puertos,
aeropuertos
vas y terminales terrestres
puestos de control fronterizo
ESPACIOS AUTORIZADOS PARA EL INGRESO Y SALIDA DE MERCANCIAS HACIA O DESDE EL TERRITORIO ADUANERO
5
-
Ingreso o salida del territorio aduanero por sus propios medios detransporte
(Artculos 102 LGA y 142 RLGA)
Las personas que ingresen o salgan del territorio aduanerocon sus propios medios de transporte, deben hacerlo por loslugares habilitados y presentarse ante la autoridadaduanera del lugar de ingreso o de salida.
Si adicionalmente ingresan mercancas debern cumplir conlas disposiciones legales pertinentes.
6
INGRESO Y SALIDA DE MERCANCAS Y PERSONAS
-
Transmisin del manifiesto de carga(Artculo 103 LGA)
Hasta antes de la llegada del medio de transporte, eltransportista o su representante en el pas deben transmitiren medios electrnicos, la informacin del manifiesto decarga y dems documentos, en la forma y plazo establecidosen el Reglamento, salvo que la Administracin Aduaneracuente con dicha informacin.
7
DE LA TRANSMISIN DEL MANIFIESTO DE CARGA DE INGRESO
-
PLAZOS:
a. Va martima: Hasta 48 horas antes de lallegada.
b. Va area: Hasta 2 horas antes de lallegada.
c. Va terrestre, fluvial y dems vas: antesde la llegada.
Cuando la travesa sea menor a dichosplazos, la informacin se transmite hastaantes de la llegada del medio de transporte.
8
TRANSMISIN DEL MANIFIESTO DE CARGA GENERAL
-
Presentacin fsica (Artculo 104 LGA)
La Administracin Aduanera podr autorizar la presentacinfsica del manifiesto de carga y/o los dems documentos en loscasos, forma y plazo establecidos en el Reglamento.
9
DE LA TRANSMISIN DEL MANIFIESTO DE CARGA DE INGRESO
-
TRANSPORTISTA OPERADOR PORTUARIO DEPOSITO TEMPORAL
Travesa
Llegada y descarga
Salida del puerto
Ingreso a almacn
Trmino de la descarga
Manifiesto de carga
Nota de tarja
Anuncio de arribo y autorizacin de
descarga
Autorizacin de salida
Ticket de salida
Ingreso de carga al almacn
Tarja al detalle
10
PROCESO MANIFIESTO CARGA INGRESO
-
Rectificacin y adicin de documentos(Artculo 105 LGA)
Hasta antes de la salida de la mercanca del punto de llegada,el transportista podr rectificar e incorporar documentos almanifiesto de carga.
Esta opcin no procede, si la Administracin Aduanera yadispuso accin de control alguna sobre sta.
11
DE LA TRANSMISIN DEL MANIFIESTO DE CARGA DE INGRESO
-
Transmisin del manifiesto de carga desconsolidado(Artculo 106 LGA)
Hasta antes de la llegada del medio de transporte, el agente decarga internacional debe transmitir electrnicamente lainformacin del manifiesto de carga desconsolidado, en la forma yplazo establecidos en el Reglamento.
En los casos que la Administracin Aduanera establezca se podrautorizar la presentacin fsica del manifiesto de cargadesconsolidado en la forma y plazo que seale el Reglamento.
12
DE LA TRANSMISIN DEL MANIFIESTO DE CARGA DE INGRESO
-
Rectificacin y adicin de documentos(Artculo 107 LGA)
Hasta antes de la salida de la mercanca del punto de llegada,el agente de carga internacional podr rectificar y/oincorporar documentos al manifiesto de carga.
Esta opcin no procede si la Administracin Aduanera yadispuso accin de control alguna sobre sta.
13
DE LA TRANSMISIN DEL MANIFIESTO DE CARGA DE INGRESO
-
COMUNICACIN DE LA LLEGADA
Y
AUTORIZACIN DE LA DESCARGA
El transportista o su representante en el pas registra
en el portal Web, hasta antes de la llegada del medio
de transporte, la informacin de la fecha y hora de
llegada del medio de transporte; asimismo, solicita la
autorizacin de la descarga de la mercanca.
En caso de no
transportar carga
indicar tal condicin
en la comunicacin.
-
15
DE LA DESCARGA Y ENTREGA DE LAS MERCANCAS
-
TERMINO DE LA DESCARGA
i. Trmino de la descarga: Fecha y hora en
que culmina la descarga del medio de
transporte.
ii. El transportista o su representante en el
pas registra en el portal Web la fecha y
hora del trmino de la descarga.
iii. Plazo: Dentro de las 6 horas de
culminada la descarga.
iv. Si no se efecta descarga, se considera
como trmino de la descarga la fecha y
hora de llegada del medio de transporte.
-
ENTREGA Y TRASLADO DE LA
RESPONSABILIDAD
La compaa transportista entrega
las mercancas en el punto de
llegada sin obligatoriedad de su
traslado temporal a otros recintos.
La responsabilidad aduanera del
transportista cesa con la entrega
de las mercancas al dueo o
consignatario en el punto de
llegada.
-
ENTREGA EN EL PUNTO DE LLEGADA
El Punto de Llegada comprende:
a. Los terminales portuarios;
b. Terminales de carga del transportista areo
autorizados por la SUNAT;
c. Los puestos de control en frontera; y
d. Los almacenes aduaneros.
TRANSPORTISTA
AGENTE CARGA INT.
TRANSPORTISTA
DUEO O DEPSITO TEMPORAL
-
Manifiesto de Carga
Manifiesto
Desconsolidado
DUEO
DESCARGA Y
ENTREGA LEVANTE
LLEGADA DE LA
NAVE
TRANSPORTISTA
DEPOSITO
TEMPORAL
ENTREGA EN EL PUNTO DE LLEGADA
NUMERACIN
DE LA DUA
NOTA DE TARJA
ENTREGA DE
LA CARGA
-
La nota de tarja registrapesos y bultos, y contiene laespecificacin de la cargaconforme se recibe:
a. Contenedor;b. Bultos sueltos;c. Granel;d. Rodante, etc.
20
INFORMACIN DE LA NOTA DE TARJA
-
TRANSMISIN O REGISTRO EN EL PORTAL WEB, DE
LA NOTA DE TARJA
a. Transmisin de la nota de tarja:
Dentro del plazo de las 8 horas
siguientes al trmino de la
descarga.
b. Transmisin de los bultos
faltantes, o sobrantes y actas
de inventario: Dentro de los 2
das siguientes al trmino de la
descarga.
-
TRANSMISIN DE INFORMACIN DEL
TRANSPORTISTA
Autorizacin
la Descarga
Nota de
TarjaLlegadaManifiesto
de Carga
ANTES DEL ARRIBO
Trmino de
la Descarga
Lista de Bultos
Fal/Sob/Acta
DESPUES DEL ARRIBO - EN EL PUNTO DE LLEGADA
Martima:
48h antes
Area: 2h
antes
Antes de la
llegada Automtica6h del trmino
de la descarga
8h del trmino
de la descarga
2d del trmino
de la descarga
-
Recibida la mercanca los depsitos temporales son
responsables por la falta, prdida o dao, desde la
recepcin para el traslado hacia sus recintos y durante su
permanencia en los mismos.
ENTREGA Y RESPONSABILIDAD POR LA
MERCANCA
-
Cuando las mercancas sean trasladadas a un almacn
aduanero, ste debe transmitir electrnicamente la
informacin de la carga ingresada dentro de las 24
horas siguientes al ingreso del ltimo bulto de un
mismo documento de transporte.
TRANSMISIN DEL INGRESO DE LA CARGA AL
ALMACN ADUANERO (ICA)
-
Manifiesto de Carga
Manifiesto
Desconsolidado
Ingreso de la Carga
al AlmacnNota de Tarja
Levante
LLEGADA DE LA
NAVE
TRANSPORTISTA DEPOSITO
TEMPORAL
COMUNICACIN DEL INGRESO DE LA CARGA AL
ALMACN ADUANERO (ICA)
NUMERACIN
DE LA DUA
-
Cuando las mercancas son trasladadas a un depsitotemporal y se trate de carga consolidada, ste serresponsable de la transmisin de la Tarja al detalle, lista debultos faltantes o sobrantes, y las actas de inventario debultos arribados en mala condicin exterior.
En la tarja al detalle (desconsolidacin),se identifican losbultos, cantidad, pesos ymercancas por cadadocumento de transporte,determinando la cantidad debultos y pesos recibidos.
26
DESCONSOLIDACIN DE LA CARGA TRANSMISIN DE LA TARJA AL DETALLE
-
Plazos:
a. Va martima: hasta 24 horas del trmino de la descarga.b. Va area: hasta 12 horas del trmino de la descarga.c. Va terrestre y fluvial: hasta 12 horas del trmino de la
descarga.
La relacin de los bultos faltantes,sobrantes y el acta de inventariode bultos arribados en malacondicin exterior se transmitedentro de los 2 das siguientes altrmino de la descarga. (Art. 162RGTO).
27
DESCONSOLIDACIN DE LA CARGATRANSMISIN DE LA TARJA AL DETALLE
-
Manifiesto de Carga
Manifiesto
Desconsolidado
1. Ingreso de la Carga
al Almacn
2. Transmisin de la
Tarja al Detalle
Nota de TarjaLevante
LLEGADA DE LA
NAVE
TRANSPORTISTA DEPOSITO
TEMPORAL
TRANSMISIN DE LA TARJA AL DETALLE
NUMERACIN
DE LA DUA
-
MODALIDADES
DE DESPACHO
PROCESO DE INGRESO
MODALIDADES DEL DESPACHO
ADUANERO
DESPACHO
EXCEPCIONAL
DESPACHO
ANTICIPADO
48 HORAS
DESPACHO
URGENTE
-
Destinacin aduanera.- Manifestacin de voluntad del declarante expresada mediante ladeclaracin aduanera de mercancas, con la cual se indica el rgimen aduanero al que debeser sometida la mercanca que se encuentra bajo la potestad aduanera. Art. 2(definiciones)
Artculo 130.- Destinacin aduaneraSolicitada dentro del plazo de quince(15) das calendario antes de la llegadadel medio de transporte, mediantedeclaracin formulada en el documentoaprobado por la AdministracinAduanera.Excepcionalmente, podr solicitarse ladestinacin aduanera hasta treinta (30)das calendario posteriores a la fechadel trmino de la descarga. Transcurridoeste plazo la mercanca slo podr sersometida al rgimen de importacinpara el consumo.
Artculo 131.- Modalidades de despacho aduaneroLas declaraciones se tramitan bajo las siguientesmodalidades de despacho aduanero:a) Anticipado;b) Urgente; oc) Excepcional
Artculo 132.- Aceptacin anticipada de la declaracinLos regmenes de importacin para el consumo, admisintemporal para perfeccionamiento activo, admisintemporal para reimportacin en el mismo estado,depsito aduanero, trnsito aduanero y trasbordo, podrnsujetarse al despacho aduanero anticipado.Para tal efecto, las mercancas debern arribar en un plazono superior a quince (15) das calendario, contados a partirdel da siguiente de la fecha de numeracin de ladeclaracin; vencido dicho plazo las mercancas sernsometidas al despacho excepcional, salvo caso fortuito ofuerza mayor debidamente acreditados ante laAdministracin Aduanera, conforme a lo que establezca elReglamento.
30
-
DESPACHO ANTICIPADO
-
Llegada Transmisin
de la
recepcin
Descarga y
traslado
SUNAT
Transmisin
del M/C
DEPSITO
TEMPORAL
TRANSPORTISTA
AGENTE CARGA INT.
N DUA
TRANSPORTISTA
DEP. TEMPORAL LEVANTE
ADUANERO
Disponibilidad
Documentario
Rec. Fsico
PAGO
Termino de la
descarga
DESPACHO EXCEPCIONAL
Canal de
Control
1 2
3 4
-
Retiro y
traslado
Transmisin
del M/C
DEPOSITO TEMPORAL
INGRESO RECEPCIN
TRANSPORTISTASUNAT
Asigna
Canal
Control
Rev. Doc.
Recon. Fisico
LEVANTE ARRIBO
PAGO
N DUA ANTES O DESPUES
DE LA LLEGADA
Antes: 15 das calendario
Despus: 7 das calendario
AGENTE
ADUANA
DESPACHO URGENTE
-
DESPACHO URGENTE
Modalidades de Despacho Urgente:
1. Envos de urgencia: Trato preferente por naturaleza
de mercancas o lugar donde deben ser almacenadas.
2. Envos de socorro: Mercancas destinadas a ayudar
a las victimas de catstrofes naturales, epidemias y
siniestros.
Beneficio:
El despacho se efecta limitando el control al mnimo
necesario.
-
DESPACHO URGENTE
ENVOS DE URGENCIA:
rganos, sangre y plasma sanguneode origen humano.
Mercancas perecederas, animalesvivos.
Materiales radioactivos, explosivos,combustible y mercanca inflamable.
Diarios, revistas y publicacionesperidicas.
Medicamentos y vacunas. Piedras y metales preciosos. Mercanca a granel. Maquinarias y equipos de gran peso y
volumen. Partes, piezas e insumos para no
paralizar el proceso productivo. Otros que constituyan envos de
urgencia.
ENVOS DE SOCORRO:
Vehculos u otros mediosde transporte.
Alimentos. Contenedores para
lquidos y agua, bolsas ypurificadores de agua.
Medicamentos, vacunas. Material e instrumental
mdico quirrgico.
Ropa y calzado Tiendas, toldos. Hospitales de campaa. Casas y mdulos
prefabricados.
Otros que constituyanenvos de socorro.
-
Despacho urgente: Utilizado Para envos de socorro yurgencia se efectuar limitando el control de la autoridad
aduanera al mnimo necesario, de acuerdo a las condiciones,lmites y otros aspectos que establecer el Reglamento.
En cualquiera de los tipos de despacho, el despacho culmina dentro de los tres meses de numerada la declaracin, excepto en los casos que por razones
debidamente justificadas, SUNAT pueda extenderla hasta un ao.
Importacin para el consumo
Admisin Temporal parareexportacion en el mismoestado
Deposito Aduanero
Transito aduanero
Transbordo
Admisin Temporal paraperfeccionamiento activo
Despacho Anticipado: Despacho con declaracinanticipada, antes del arribo del medio de transporte.
Despacho excepcional: Este es el actual despachonormal. Numeracin con posterioridad al arribo del medio
de trasporte.
MODALIDADES DE DESPACHO
-
Despacho Urgente: Dentro de quince (15) das calendarioantes de la llegada del medio de transporte hasta los siete (07)das calendario computados a partir del da siguiente deltrmino de la descarga.
Despacho Anticipado: Dentro de quince (15) das calendarioantes de la llegada del medio de transporte; vencido el plazo:despacho excepcional.
Despacho Excepcional: Dentro de treinta (30) das calendariocomputados a partir del da siguiente del trmino de ladescarga.
PLAZOS
-
LEGAJAMIENTO
La declaracin aceptada podr ser dejada sin efecto por laautoridad aduanera cuando legalmente no haya debido seraceptada, se acepte el cambio de destinacin, no se hubieraembarcado la mercanca o sta no apareciera, y otros quedetermine la autoridad aduanera.
Casos de legajamiento:
Mercancas prohibidas;Mercancas restringidas que no cumplan con los
requisitos;Mercancas totalmente deterioradas o siniestradas;Mercancas que en el reconocimiento fsico, se
constate que no cumplen con el fin para el quefueron adquiridas;
Otros.
-
39
Declaracin Aduanera
Se solicita a travs demedios electrnicos yes aceptada con lanumeracin.
La documentacinque ampara eldespacho podr serpresentada o puestaa disposicin pormedios electrnicos.
Los datostransmitidos por estemedio gozan de plenavalidez legal.
Aceptacin de la Declaracin Aduanera
Numerada laDeclaracin, sta sirvede base paradeterminar laobligacin tributariaaduanera, salvo lasenmiendas que puedanrealizarse.
El declarante podrrectificar los datos de laDeclaracin Aduanerasin la aplicacin desancin alguna hastaantes de la seleccindel canal de control,siempre que no existauna medida preventiva.
Legajamiento de la Declaracin Aduanera
La Declaracin numerada puedeser dejada sin efecto cuando:
Legalmente no hayadebido ser aceptada.
Se acepte el cambio dedestinacin.
No se hubiera embarcadola mercanca o sta noapareciera.
Otros de acuerdo con elReglamento.
DECLARACIN ADUANERA
-
No sern de libre disposicin mientras sta no se paguetotalmente o se garantice
Estn gravadas como prenda legal en garanta de la deuda
tributaria aduanera
Faculta a la SUNAT a :
- Retenerla
- Comisarla
- Retornarla a los depsitos aduaneros
- Disponer de ella
Es preferente y especial
En tanto no se acredite la cancelacin de los tributos y tasas porservicios correspondientes, ninguna autoridad podr ordenar que seanembargadas o rematadas
MERCANCIA
Las mercancas que se encuentren bajo la potestad aduanera:
PRENDA ADUANERA
top related