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SEC. Dr. Armando Arias Avila EXP. 2015 Tomo X Folio 169. ESC. 03 PRESENTO ALEGATOS SEÑOR PRESIDENTE DE LA SEGUNDA SALA PENAL DE CHANCHAMAYO. MOISES NAVARRO OSORIO, Abogado de JUAN JOSE PEREZ RAU, en los seguidos Por C. C. .Del R. B. P. Sobre EL DELITO CONTRA LA LIBERTAD – (Violación sexual de Menor) a Ud. respetuosamente digo: Que, presento mis alegatos por escrito con la finalidad de que se le absuelva de toda acusación fiscal que existe en contra de mi patrocinado en base a los siguientes fundamentos que paso a exponer. 1.-Que, conforme es de verse de la manifestación de la testigo a nivel Policial, Juzgado y Vuestra Sala de la Menor de iníciales P.B.C.P PERLA., existen contradicciones y afirmaciones en su manifestación que hacen presumir la inocencia de mi patrocinado. - A nivel Policial conforme es de verse de fojas 10 dicha declaración DE LA TESTIGO MENCIONADA LINEAS ARRIBA ES DADA SIN PRESENCIA DEL REPRESENTANTE PUBLICO la cual debe de valorarse con suma severa. - A nivel de Juzgado al rendir su manifestación la testigo afirma que dichas declaraciones dadas a nivel Policial no son sus dichos por cuanto no la entendían y afirma que los miembros de la Policía nacional del Perú redacto su manifestación sin que a ella le dieran la oportunidad de responder a las preguntas que le hicieran. - A NIVEL POLICIAL LA MISMA QUE LA TESTIGO AFIRMA NO HABER MANIFESTADO TAL DECLARACIÓN ENCONTRAMOS QUE APARECE con si ella hubiera argumentado que la supuesta agraviada mantenía relaciones con el inculpado a cambio de S/ 50.00 Cien nuevos soles.

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Page 1: Alegato

SEC. Dr. Armando Arias Avila

EXP. 2015 Tomo X Folio 169.

ESC. 03

PRESENTO ALEGATOS

SEÑOR PRESIDENTE DE LA SEGUNDA SALA PENAL DE CHANCHAMAYO.

MOISES NAVARRO OSORIO, Abogado de JUAN JOSE PEREZ RAU, en los seguidos Por C. C. .Del R. B. P. Sobre EL DELITO CONTRA LA LIBERTAD – (Violación sexual de Menor) a Ud. respetuosamente digo: Que, presento mis alegatos por escrito con la finalidad de que se le absuelva de toda acusación fiscal que existe en contra de mi patrocinado en base a los siguientes fundamentos que paso a exponer.

1.-Que, conforme es de verse de la manifestación de la testigo a nivel Policial, Juzgado y Vuestra Sala de la Menor de iníciales P.B.C.P PERLA., existen contradicciones y afirmaciones en su manifestación que hacen presumir la inocencia de mi patrocinado.

- A nivel Policial conforme es de verse de fojas 10 dicha declaración DE LA TESTIGO MENCIONADA LINEAS ARRIBA ES DADA SIN PRESENCIA DEL REPRESENTANTE PUBLICO la cual debe de valorarse con suma severa.

- A nivel de Juzgado al rendir su manifestación la testigo afirma que dichas declaraciones dadas a nivel Policial no son sus dichos por cuanto no la entendían y afirma que los miembros de la Policía nacional del Perú redacto su manifestación sin que a ella le dieran la oportunidad de responder a las preguntas que le hicieran.

- A NIVEL POLICIAL LA MISMA QUE LA TESTIGO AFIRMA NO HABER MANIFESTADO TAL DECLARACIÓN ENCONTRAMOS QUE APARECE con si ella hubiera argumentado que la supuesta agraviada mantenía relaciones con el inculpado a cambio de S/ 50.00 Cien nuevos soles.

- A Nivel de Juzgado afirma que nunca había dicho tales afirmaciones y que esos dichos lo había puesto la Policía. La misma que es ratifica en Vuestra Sala esta última.

- Asimismo en Vuestra sala afirma que el Inculpado iba a ser Padrino de una de las Testigos es decir de María, lo cual afirma que fue manifestado a nivel Policial pero los Policías decían que eso no tenía nada que ver en la presente investigación.

-ADEMAS AFIRMA QUE LA SUPUESTA AGRAVIADA NO QUERIA QUE VENGA A RENDIR SU MANIFESTACIÓN hecho que debe de valorarse con suma severa ya argumenta en sus manifestaciones que ha recibido amenazas por parte de la supuesta agraviada.

2.-Que, conforme es de verse de la manifestación de la testigo nivel Juzgado y Vuestra Sala de la Menor de iníciales MARÍA M. C existen afirmación que contradicen

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lo argumentado por la supuesta agraviada CENAIDA .Del R. B. P. - Es de precisar que en principio no ha rendido su manifestación a nivel Policial conforme es de verse autos.

- A Nivel Juzgado rinde su manifestación tal conforme es de verse de fojas 114 de autos en la cual en presencia del representante Publico y Juez argumenta QUE LA PERSONA QUIEN ES EL CAUSANTE DE LA PERDIDA DE LA VIRGINIDAD CANSADO DE SU PEDIDO DE LA SUPUESTA AGRAVIADA ES EL SR. JUAN FLORES MEZA de 22 años de edad y vive en la Av. Cesar Vallejo y describe la casa donde vive ello que debe ser valorado por vuestra Sala.

- Incluso agrega nuevos hechos que deben ser valorados como lo manifestado por la Testigo que afirma que el mencionado líneas arriba le dijo que la mama de la supuesta agraviada denuncio a mi patrocinado por que quería irse a otro país lo cual lo afirma en vuestra Sala.

- Asimismo a nivel de Juzgado afirma que la supuesta agraviada se escapa con Juan Flores Meza y cada dos días llega a su casa en estado etílico y también manifiesta que le grita a suma mama hechos que también han sido ratificados en Vuestra Sala.

-QUE ASIMISMO AFIRMA QUE CON FECHA DICIEMBRE DEL 2015 LA SUPUESTA AGRAVIADA TUVO RELACIONES SEXUALES CON JUAN OSEA con (Juan Flores Meza), ROMPIÓ EL HIMEN “LA VIRGINIDAD”. Y LE HA CONTADO QUE SIGUEN MANTENIENDO RELACIONES. HECHOS QUE DEBEN SER VALORADOS POR VUESTRA SALA QUE LA MISMA SE RATIFIQUE A NIVEL DE VUESTRA ILUSTRE SALA .

- Así como también afirma que el inculpado iba ser su padrino dicho que es ratificado por la otra Testigo. Que si bien es cierto no niega que haya asistido al domicilio esta afirma que lo hizo por que mantenía una buena relación amical y estimación.

1.-Que, conforme es de verse de la manifestación de la SRA. JUANA MAGDALENA CONGO CARBAJO a nivel Policial, Juzgado y Vuestra Sala de la Menor de iníciales P.B.C.P PERLA., existen contradicciones y afirmaciones en su manifestación que hacen presumir la inocencia de mi patrocinado

- A Nivel Policial manifiesta que no sabía el porqué de la presencia en la Comisaría de La Merced HECHO QUE DEBE SE VALORADO POR VUESTRA SALA en principio. - Reconoce que ha su hija le ha venido su regla con fecha 17 de abril del 2014 es decir es cierto la manifestación de su hija dado a nivel de juzgado ratificado por el inculpado.

- Manifiesta a nivel Policial que el inculpado le daba propinas a su hija y reconoce la prenda de vestir hechos que en nada es contradictorio con la manifestación dada por el inculpado.

-A Nivel de Juzgado Introduce nuevos elementos que favorecen o esclarecen la manifestación del inculpado es decir: Afirma que su hija le mandaba a ofrecer polladas en varias oportunidades afirmado lo dicho por el agraviado, manifiesta además que los testigos y la agraviada son amigas y paran juntas.

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-Afirma que conoce al Inculpado desde hace mucho tiempo lo afirma a nivel de Juzgado y Vuestra Sala y afirma que iba ser padrino de su hija y que tenían la fecha exacta para el bautizo.

-ADEMAS AFIRMA EN VUESTRA SALA QUE EL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO ( EL FISCAL) no estaba presente en dicha manifestación a nivel Policial cosa en la práctica muchas veces se da ya que consignan al representante del Ministerio Publico sin estar presente el mismo.

- A nivel de Vuestra Sala También afirma lo manifestado por el inculpado en el sentido que lo veía cerca de su domicilio al inculpado (Julio Abelardo Villanueva) por cuanto esté al parecer tenía una pareja ósea una conviviente como es la Sra. López dicho que es argumentado por el inculpado. -DE AQUELLO SE PUEDE DESPRENDER QUE MI PATROCINADO NO HA MANTENIDO UNA MANIFESTACIÓN UNIFORME EN LAS TRES INSTANCIAS ES DECIR A NIVEL POLICIAL, JUZGADO Y VUESTRA SALA.

4.-Que, conforme es de verse de la manifestación de la SRA. MARIA ANTONIETA PROTELLA ESPINOZA a nivel Policial, Juzgado y Vuestra Sala de la MADRE de iniciales C.R.B.P.de su puesta agraviada, existen contradicciones y afirmaciones en su manifestación que hacen presumir la inocencia de mi patrocinado

-En principio es de precisar que manifiesta que una Vecina de Nombre Ana Berta Ulloa Bejar le había manifestado que su hija paraba en la casa del inculpado cosa extraña que conozca a la persona con nombre y apellidos exactos y sabe perfectamente que mi patrocinado le he interpuesto una denuncia por Robo agraviado donde su hija permanece en el penal la misma que se confabulado con esta con el único objetivo de obtener un beneficio económico. Tal conforme esta argumentado en autos .

- Asimismo existe contradicciones en sus manifestaciones a nivel Policial Juzgado y Vuestra Sala ya que afirma tuvo la seguridad de que su hija estaba en la casa del inculpado por que el Guardián del Colegio le había manifestado luego afirma que era una comadre y luego que era una amiga que recién bajada de un taxi.

- Afirma a Nivel de Juzgado que su hija llegaba golpeada A SU CASA ESTE HECHO DEBE SER CORRABORADO CON LA DENUNCIA PRESENTADA EN VUESTRA SALA POR EL LETRADO QUE AUTORIZA LA PRESENTE EN EL INFORME ORAL ya que ella existe una denuncia por la supuesta agraviada por Lesiones lo que tiene relación con las manifestaciones de las testigos de que la persona con quien a mantenido relaciones la supuesta agraviada es con el Sr. JUAN FLORES MEZA, LO QUE MI PATROCINADO A VENDIDO AFIRMANDO A LO LARGO DEL PROCESO.

- Asimismo es de valorar que no es creíble la manifestación dada por la madre de la supuesta agraviada en el sentido de que las vecinas la ha visto hasta sin zapatos ingresar a la casa del agraviado si en su manifestación dada a nivel de vuestra sala argumenta que su hija tiene una conducta intachable es mas existe una declaración de los vecinos del lugar que mi patrocinado tiene una conducta intachable la misma que consta en autos.

- Además afirma que su hija nunca le manifiesto nada solo escucho lo que su hija manifestaba a nivel policial cosa contradictoria ya que en su declaración policial afirma

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que su hija le había manifestado que había mantenido relaciones sexuales con este hasta en 06 oportunidades al aparecer dicha denuncia ha sido preparada dolosamente lo que vuestro Juzgado debe de valorar con suma severa. SI TENEMOS EN CUENTA QUE QUIEN INTERPUSO LA DENUNCIA FUE LA MADRE DE LA SUPUESTA AGRAVIADA.

-Afirma a nivel de Juzgado y Policial que se había encontrado ropa intima de la una de las testigos, como podría ser ella si la madre de María rindió su manifestación horas más tarde lo que también debe ser valorado por Vuestra Sala.

- Asimismo a nivel de vuestra Sala trato de no culpar a mi patrocinado viendo que el proceso se está siguiendo llena de falsedades al decir que mi patrocinado era una persona buena que tenía una conducta intachable.

4.-Que, conforme es de verse de la manifestación de la supuesta Agraviada Cenaida B.P a nivel Policial, Juzgado y Vuestra Sala, existen contradicciones y afirmaciones en su manifestación que hacen presumir la inocencia de mi patrocinado

-A Nivel Policial argumenta que mantenía relaciones con mi patrocinado a cambio de dinero hasta en seis oportunidades y que una vez le ofreció pagar la suma de S/100 nuevos soles y solo le entrego la suma de S/10.00 Diez nuevos soles por cuanto le había manifestado el inculpado de que no le daría más por cuanto la otra Testigo de iniciales K.C. lo hacía mejor .Cosa que se contradice en lo manifestado en vuestra Sala ya que ha nivel de Juzgado no lo había manifestó en el sentido de que un día durmieron todas quiere decir con las testigos y que el inculpado ni siquiera las toco ni tuvieron relaciones sexuales. Así como también a nivel de Vuestra Sala la supuesta agraviada no afirma que el inculpado le ofrecía pagar la suma de S/100.00 Nuevos soles.

-Asimismo afirma en Vuestra Sala que no conoce los ambientes del domicilio del inculpado cosa absurda y por demás debe de valorar en el sentido de que si ha ido en más de 06 veces debería conocer al menos los ambientes del inmueble que ha decir no son muchas piezas de la casa.

-Así como también es de considerarse que ha nivel de vuestra Sala niega haber conocido al Sr. Juan Flores Meza lo que con la denuncia estoy acreditando todo lo contrario ya que su madre con la supuesta agraviada lo denunciaron.

ASIMISMO VUESTRA SALA NO SOLO DE VALOVAR Y SENTENCIAR A MI PATROCINADO CON UNA DE LAS PRUEBAS COMO ES EL CERTIFICADO DEL MEDICO LEGISTA EN EL SENTIDO QUE HA EXITIDO DESFLORACIÓN ANTERIOR, LO QUE QUIERE DECIR QUE HA EXISTIDO RELACIONES SEXUALES Y EXISTE LA MANIFESTACIÓN DE LOS TESTIGOS DE QUE LA PERSONA CON QUIEN HA TENIDO RELACIONES SEXUALÑES LA AGRAVIADA ES EL SR. JUAN FLORES MEZA. Ya que como repito esta prueba demuestra más aún la inocencia de mi patrocinado.

Así como también es de verse del Peritaje psicológico realizado por los peritos nombrados en autos solicitado por el representante del Ministerio Publico mi patrocinado mantienen una conducta de acuerdo a su edad sin alteraciones en su

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relación cotidiana y como sus relaciones sexuales que hace viable que se trata de una persona que no es capaz de cometer una acto violatorio.

ASIMISMO SEÑOR VOCALES LA MADRE DE LA SUPUESTA AGRAVIADA ESTABA NEGOCIANDO CON LA DENUNCIA INTERPUESTA CON MI PATROCINADO YA QUE EN PRESENCIA DE su ABOGADO la Dra. MILAGRIOS APONTE ROQUE REQUIRIENDO LA SUMA DE US$ 2.3000 Dos mil tres cientos dólares con la finalidad de que se retracte en sus dichos pero como se que se va a desmotar la inocencia de mi patrocinado no hemos aceptado a su pedido por lo único que desea la supuesta agraviada es obtener un beneficio económico como lo Han afirmado los testigos.

Es por eso que Vuestra Sala debe de absolver a mi patrocinado de toda acusación fiscal ya que no existen unas manifestaciones coherentes que hagan responsables a mi patrocinado, ya que no ha existido una buena investigación, no existido presencia del representante del Ministerio Publico, no he llamado a los Testigos a rendido su manifestación como es el Sr. Juan Flores Meza y la Conviviente del Inculpado Adela López, ASI COMO TAMBIEN CUANDO LO INTERVIENEN A MI PATROCINADO NO LO ENCUENTRAN CON NINGUNA DE LAS SUPUESTAS AGRAVIADAS Y SI BIEM ES CIERTO ENCUENTRAN PRENDAS DE VESTIR DEBE DE EXISTIR LA PRUEBA DE ELLO DE QUE SE HA COMETIDO EL ACTO VIOLATORIO.

A Ud. Pido tener por formulados mis alegatos por escrito.

CHANCHAMAYO, enero del 2016.