ajuste al subsidio para el empleo

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Page 1: Ajuste al Subsidio para el Empleo

Ajuste al Subsidio

para el EmpleoMayo 2020

Page 2: Ajuste al Subsidio para el Empleo

Concepto de Ingresoante la Ley del ISR

Webinar: Agosto 25 de 2020.

Mtro. Alejandro M. González V.

Page 3: Ajuste al Subsidio para el Empleo

▪ Ejercen su profesión en los despachos en los que colaboran

como Socios.

▪ Son Asesores y Consultores en el área legal – fiscal del capital

humano.

▪ Tienen grado académico de postgrado

▪ Son Catedráticos de Postgrado y profesional, con más de 20

años de experiencia en la docencia y formación de profesionistas

▪ Han impartido conferencias a nivel nacional en: Universidades,

Institutos, Asociaciones y Colegios de profesionales, empresas y

ante autoridades fiscales (IMSS, SAT e INFONAVIT) y del Trabajo.

▪ Han ocupado cargos directivos en las grandes firmas de

contadores públicos y consultores en México, así como en

Instituciones y organizaciones de profesionistas, incluso algunos

de ellos en el sector público.

Master

Alejandro M. González Villarreal

Master

Alán Saúl Espejo Blanco

Doctor

Enrique J. Macías Rodríguez

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Page 4: Ajuste al Subsidio para el Empleo

Sujetos obligados.

Concepto de ingreso para efectos del ISR.

Comprender las diferencias entre la base para el

seguro social y para la Ley del ISR.

1.

1. Concepto de ingresosEn este webinar aprenderás:

2.

3.

Page 5: Ajuste al Subsidio para el Empleo

“Lo más difícil

de entender

en el mundo es

el impuesto

sobre la renta”

Albert Einstein .

Page 6: Ajuste al Subsidio para el Empleo

Ingresos por Sueldos y SalariosSuje

tos

del

Impuest

o • Respecto de todos sus ingresos

• Sin importar el origen de la fuente de ingresos

Art. 1 LISR

• Respecto de todos sus ingresos

• Sólo de fuente del Territorio Nacional Mexicano.

Residentes en México

Residentes en el Extranjero

Page 7: Ajuste al Subsidio para el Empleo

Ingresos por Sueldos y SalariosPers

onas

físi

cas

obli

gadas

al

pago d

e ISR

Que obtengan ingresos en:

✓ Efectivo;

✓ En Bienes;

✓ Devengado cuando en los términos de este Título señale;

✓ En crédito;

✓ En Servicios en los casos que señale esta Ley;

✓ o de cualquier otro tipo.

✓ Cantidades que perciban para efectuar gastos por cuenta de terceros,

excepto que sean respaldados con CFDI.

✓ Ingresos del extranjero de Sueldos y Salarios

Art. 90 LISR

Residentes en México

Page 8: Ajuste al Subsidio para el Empleo

Concepto de Ingreso

Ley del ISR del 25 de Marzo de 1925

Page 9: Ajuste al Subsidio para el Empleo

Artículo 141. Las personas físicas que obtengan ingresos distintos de los

señalados en los capítulos anteriores, los considerarán percibidos en el

monto en que al momento de obtenerlos incrementen su patrimonio,

salvo en los casos de los ingresos a que se refieren los artículos 143,

fracción IV y 177 de esta Ley, caso en el que se considerarán percibidos en

el ejercicio fiscal en el que las personas morales, entidades, fideicomisos,

asociaciones en participación, fondos de inversión o cualquier otra figura

jurídica, cuyos ingresos estén sujetos a regímenes fiscales preferentes, los

acumularían si estuvieran sujetas al Título II de esta Ley.

Ley del ISR Vigente 2020

Page 10: Ajuste al Subsidio para el Empleo

Patrimonio se integra por el conjunto de bienes y derechos que jurídicamente

le pertenecen y por las obligaciones a su cargo.

El haber patrimonial se compone por la cantidad en que los bienes y

derechos excedan el monto de las obligaciones. De esta manera podemos

decir que la capacidad económica se identifica con el haber patrimonial.

CP y Lic. Enrique Calvo Nicolau. Tratado del Impuesto Sobre la Renta Tomo I. párrafo ¶ 1719.

Modificación del Patrimonio.- Si este se compone de bienes y derechos de

una persona y de sus obligaciones a su cargo, la disposición que su titular

efectúe de los primeros y la extinción de las segundas, por cualquier medio,

dará lugar a que se modifique el patrimonio.

Haber patrimonial

Page 11: Ajuste al Subsidio para el Empleo

Haber patrimonial

Page 12: Ajuste al Subsidio para el Empleo

Ingresos por Sueldos y SalariosIn

gre

sos

por

Sala

rios

Pre

stacio

nes

por

serv

icio

s su

bord

inados

• Los Salarios;

• Demás prestaciones que deriven de una relación laboral;

• Incluyendo PTU.

• Prestaciones percibidas por terminación laboral (Prima Antigüedad,

Retiro e Indemnizaciones, otros pagos por separación “NIF D3” )

• Becas otorgadas con obligación de prestar servicios, ayuda de

renta o casa, transporte y otros - $ ó bienes (RLISR 166)

Art. 94 LISR

• Servicios de comedor;

• Servicio de comida

• El uso de bienes (herramientas) conforme a la naturaleza

del trabajo prestado.

• Gastos Médicos pagados por el Patrón (Art. 144 RLISR)

Gra

vado -

exento

No i

ngre

so

Nota 1: El ingreso en crédito se grava o declara hasta que se realice el cobro.

Nota 2: No aplica régimen de Sociedad Conyugal – lo acumula el prestador del servicio

Page 13: Ajuste al Subsidio para el Empleo

Asimilables a Salarios

Asi

mil

able

s a S

ala

rios

• I. Trabajadores del Gobierno (remuneraciones y prestaciones);

• II. Socios de Sociedades Cooperativas (Anticipos);

• II. Socios de Sociedades Civiles (Anticipos);

• III. Consejos directivos, vigilancia, consultivos, etc. (Honorarios);

• III. Administradores, Gerentes Generales y Comisario (Honorarios);

• IV. Honorarios preponderantes (50% ingresos y servicio instalaciones);

• V. Honorarios que opten por pagar conforme salarios (Escrito)

• VI. Actividad Empresarial que opten por pagar conforme salarios (Escrito)

• VII. Adquisición de Acciones por empleados. (ejercer opción)

• Art. 162 RLISR. Socios de Sociedades de Solidaridad Social (Ejerza opción)

Art. 94 I a VII LISR

Page 14: Ajuste al Subsidio para el Empleo

Momento del ingresoIn

gre

sos

por

Sala

rios

• Durante la Relación de Trabajo.- Ingresos devengados o percibidos que deriven

de una relación de trabajo.

• Al momento de la terminación o rescisión de la Relación de Trabajo.-

Ingresos percibidos por primas de antigüedad, indemnizaciones, pagos por separación,

etc.

• Después de la terminación laboral.- Por ingresos percibidos en vida por

Jubilaciones, pensiones y haberes de retiro.

• Después de Muerto.- Ingresos devengados y percibidos en vida, pero que no han

causado impuestos. Desde el 1º Enero hasta fecha defunción. (Art. 261 RLISR)

Page 15: Ajuste al Subsidio para el Empleo

Ingresos por Sueldos y SalariosIn

gre

sos

Exento

s

• Tiempo extraordinario o trabajo en día de descanso

• Indemnizaciones por riesgos de trabajo o enfermedades (conforme ley, CC o CL)

• Jubilaciones, pensiones o haberes de retiro

• Reembolso de gastos médicos, dentales, hospitalarios y de funeral

• Prestaciones de seguridad social otorgadas por instituciones públicas

• Prestaciones de previsión social

• Entrega de aportaciones para vivienda a instituciones públicas

• Casas otorgadas por el patrón a sus trabajadores

• Fondos de Ahorro

• Cuota de seguridad social pagada por los patrones.

• Primas de antigüedad, indemnizaciones y otros pagos por separación

• Gratificaciones, PTU, Primas Vacacionales y dominicales

Art. 93 LISR

Page 16: Ajuste al Subsidio para el Empleo

Ingresos por Sueldos y SalariosIn

gre

sos

Exento

s

• Remuneraciones recibidas por extranjeros – con reciprocidad

• Gastos de viaje y viáticos

• Donativos

• Alimentos

• Ayudas (gastos de matrimonio y desempleo)

• Traspaso entre afores y aseguradoras

• Intereses

• Seguros de vida (pagados por el patrón)

• Regalías por derechos de autor

Art. 93 LISR

Page 17: Ajuste al Subsidio para el Empleo

Ingresos por Sueldos y SalariosIn

gre

sos

Exento

s

Artículo 36 LINFONAVIT. Las aportaciones previstas en esta Ley, así como los intereses

de las subcuentas de vivienda a que se refiere el artículo 39, estarán exentos de toda

clase de impuestos.

Subsidio para el empleo Artículo décimo, fracción I segundo párrafo “ … Los ingresos

que perciban los contribuyentes derivados del subsidio para el empleo no serán

acumulables ni formarán parte del cálculo de la base gravable de cualquier otra

contribución por no tratarse de una remuneración al trabajo personal subordinado

Art. 93 LISR

Page 18: Ajuste al Subsidio para el Empleo

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Sesión de preguntas y respuestas

Page 19: Ajuste al Subsidio para el Empleo

Gracias