aipota aiko chepiaguive cheyambae · 5 servidumbre y empatronamiento en el chaco: la desprotección...

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Aipota aiko chepiaguive cheyambae(Quiero ser libre, sin dueño)

2 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

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Aipota aiko chepiaguive cheyambae(Quiero ser libre, sin dueño)

Consejo de Capitanes Guaraníesde Chuquisaca (CCCH)

Monteagudo-Bolivia

Ministerio de JusticiaPueblos Indígenasy Empoderamiento

4 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

Esta publicación ha sido posible gracias a la asistencia financiera de la AgenciaSuiza para el Desarrollo-COSUDE

© Ministerio de Justicia, Defensor del Pueblo, Consejo de Capitanes Guaraníes de Chuquisaca

Primera edición: abril 2006

ISBN: 99954-0-002-2D.L.: 4-1-89-06 P.O.

ProducciónPlural editoresc. Rosendo Gutiérrez 595 esq. EcuadorTel. 2411018 / Casilla 5097 / La Paz-BoliviaEmail: [email protected]

Impreso en Bolivia

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Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco:La desprotección y ausencia del Estado

como la indefensión, la explotación laboraly el trabajo sin dignidad de las familias cautivas

guaraníes en el departamento de Chuquisaca

6 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

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Índice

Presentación .............................................................................. 91. Introducción .............................................................................. 11

2. Un recuento necesario sobre la problemática .......................... 152.1 La información demográfica ................................................. 15

2.1.1 Revisión de los datos oficiales .................................... 152.1.2 Información socio-demográfica disponible

en otros estudios ......................................................... 182.1.3 Hallazgos de la investigación realizada ..................... 23

2.2 Iniciativas y propuestas impulsadas en los últimos años ..... 272.2.1 La investigación y la denuncia en los años 70 ........... 272.2.2 Acciones desarrolladas en los años 90 ....................... 282.2.3 Nuevos enfoques sobre antiguas propuestas: los proyectos de compra de tierras. ............................ 322.2.4 Otras iniciativas desarrolladas.................................... 35

3. Diagnóstico de situación ........................................................... 393.1 Descripción del entorno contextual de la investigación .... 393.2 Análisis de la problemática ................................................. 43

3.2.1 Servidumbre, empatronamiento y explotación laboral ......................................................................... 433.2.2 Indefensión y desprotección por ausencia del Estado ................................................................... 50

8 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

3.2.3 Relaciones de poder y dominación ........................... 543.2.4 Acceso a la tierra y el territorio ................................. 563.2.5 Las comunidades guaraníes libres............................... 62

4. Revisión de la legislación y la normativa transgredida ........... 65

5. Conclusiones ............................................................................. 73

6. Recomendaciones y acciones sugeridas .................................... 81

7. Bibliografía .............................................................................. 89

Anexos ............................................................................................. 93Anexo 1: Resolución Defensorial N° RD/SCR/00002/2 005/DH ....................................... 95Anexo 2: Registro fotográfico .................................................... 119

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Presentación

El presente documento es sin duda un aporte muy significativo y valioso,no sólo por los elementos de información y diagnóstico, sino también porquellevan propuestas y medidas de tratamiento para enfrentar esta problemática.

Al leer el documento y recordar el excelente video que existe al res-pecto, me vino a la mente que hablar de situaciones de servidumbre ysemiesclavitud en la actualidad, evocan a enfermedades y epidemias comopor ejemplo la viruela, que hace muchas décadas ya fueron controladas yerradicadas y cuando aparecen no pasan de ser casos aislados.

Este trabajo justamente “muestra y demuestra” la existencia todavía deestos focos de infección en el país desde el punto de vista de la afectación a losderechos humanos, a la justicia y a un Estado de Derecho; a la par que planteacómo ya señalé un conjunto de recomendaciones de políticas estatales paracontrolar y erradicar estos focos.

Justamente, una de las razones que le da un mayor valor y significa-ción a este trabajo es que son instituciones del Estado como el Defensordel Pueblo y el Ministerio de Justicia que en forma coordinada han impul-sado y liderizado este trabajo de analizar el foco infeccioso y son ellas con-juntamente el Consejo de Capitales Guaraníes quienes tienen la responsa-bilidad de gestionar el control y erradicación de este “virus” de injusticia.

Parecería que en este caso, al igual que cualquier problema que impli-que situaciones de pobreza y por lo tanto de infracción directa de los dere-chos humanos, parte de la solución pasa por que todos los que están afecta-

10 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

dos directa o indirectamente por el “virus” se comprometan en los procesosy decisiones que les afectan para enfrentarlo. Sin caer en la simplificaciónde una receta, se puede apuntar a un tratamiento basado en el trinomio departicipación, inclusión (acceso a los derechos) y el cumplimiento de obligacio-nes por parte de todos los involucrados, pero principalmente del Estado.

La participación de los pueblos guaraníes y de sus organizaciones esvital en un proceso de empoderamiento e inclusión donde los derechoshumanos pueden constituirse en un excelente instrumento para sustentardicho proceso. El trabajo de concientización con los otros actores socialesdesde los hacendados hasta autoridades gubernamentales, para promovervalores de igualdad y no discriminación en aras de un desarrollo más equi-tativo e incluyente. Por último, fortalecer las instituciones públicas y de lasociedad civil para que cumplan sus responsabilidades de proteger y pro-mover en conjunto las condiciones para que se pueda erradicar totalmenteeste “virus de injusticia”. El documento apunta principalmente a este últi-mo componente con más de 30 recomendaciones Defensoriales, queinvolucran a los tres poderes del Estado y el Ejecutivo principalmente des-de el nivel nacional hasta el municipal.

El documento es un producto del Programa de Empoderamiento y Pue-blos Indígenas del Ministerio de Justicia que COSUDE apoya desde sus inicios,desde la siembra de ideas e iniciativas que apuntaban a tener experiencias pilo-to de trabajo directo con poblaciones indígenas, en la perspectiva que puedannutrir en el tiempo políticas públicas que vayan tratando esta temática de for-ma más amplia y consistente. Estamos en el camino de acompañar al Ministe-rio de Justicia en ese propósito, con la satisfacción de empezar a ver la cosechade algunos resultados como los que se reflejan en la presente publicación que asu vez hacen parte de la Estrategia Nacional de Derechos Humanos y el Plande Acción de Derechos Humanos 2006 -2010 en plena implementación.

Finalmente, solo un apunte indispensable estos esfuerzos han podidocristalizar a través de instituciones pero son personas comprometidas y concapacidades profesionales y humanas que permiten estos avances tanto en elDefensor del Pueblo como en el Programa de Pueblos Indígenas yEmpoderamiento del Ministerio de Justicia.

Carlos Carafa Rada COSUDE

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1. Introducción

El presente estudio sobre la situación de servidumbre y empatro-namiento que afecta a una parte de la población guaraní del Chaco; nodebe ser entendida como un hecho aislado, sino más bien como parte deun sucesivo y largo proceso de iniciativas que se han emprendido desdehace varias décadas, con el objeto de que el Estado atienda y resuelva tanominosa condición de sometimiento que, esperamos, pueda finalmente serabordada en forma sostenida, integral y responsable por las instituciones yautoridades competentes del Gobierno.

Para llevar adelante la realización del estudio cuyos resultados se pre-sentan en este documento, se estableció una alianza estratégica entre elDefensor del Pueblo, el Consejo de Capitanes Guaraníes de Chuquisaca yel Proyecto de Pueblos Indígenas y Empoderamiento del Viceministerio deJusticia quienes, persuadidos por una situación inadmisible para un Estadode derecho, e interpelados por las demandas, testimonios y los anteceden-tes conocidos desde hace varios años; decidimos emprender un proceso cuyoobjetivo no culmina aquí, sino en la adopción de medidas y la realizaciónde acciones gubernamentales que restituyan los derechos vulnerados, co-rrijan las transgresiones legales producidas y devuelvan la libertad, la dig-nidad y el respeto que se ha arrebatado a familias y comunidades guaraníesque continúan cautivas y en situación de servidumbre y empatronamientoen el Chaco boliviano.

Desde ese punto de vista, el estudio no puede ser entendido sino comouna parte de la lucha y la resistencia del pueblo guaraní que, como ellos

12 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

mismos han insistido reiteradamente, debería traducirse en acciones y, so-bre todo, resultados, para contribuir a cerrar un largo ciclo de iniciativasorientadas a resolver la condición de servidumbre y empatronamiento a lacual se encuentra sometida una parte de su población que, junto al despojoy la expropiación de las condiciones materiales mínimas para su reproduc-ción familiar y comunal (incluida la tierra y el territorio), también ha sidoafectada en sus valores culturales, su modo de ser y ha perdido la libertad,el respeto y la dignidad.

Así como la región del Chaco boliviano muestra múltiples dimensionesal haber sido entendida como espacio de conquista (por la presencia de po-blación llamada rebelde), como última frontera del imperio quechua, comoregión autonomista con identidad propia y diferente, como región abando-nada que resuelve los problemas al margen del Estado, o como depositaria delos recursos hidrocarburíferos del país; así también, la investigación ha bus-cado indagar y poner en evidencia las múltiples aristas y facetas de lo quedenominamos el sistema de empatronamiento y servidumbre1/.

A pesar de ello, la complejidad de la situación, así como la articula-ción en muchos casos imperceptible de lazos y hechos que inclusive afec-tan y tienen que ver con la sicología y la subjetividad de los actores socialesinvolucrados; es posible que no haya sido posible traducir literalmente to-das las sutilezas de la relación entre patrones y guaraníes cautivos. Sin em-bargo, el esfuerzo debe ser entendido en la perspectiva de proporcionar unavisión integral de la compleja situación, de modo que también se adopten

1/ El sistema de servidumbre y empatronamiento se caracteriza (y es entendido en esteestudio) por la sobreexplotación de la fuerza de trabajo familiar, el endeudamiento(a través del “adelanto” o provisión de víveres, ropa u otros productos) y una com-pensación en especie por el tiempo y las labores desempeñadas que no cubren niretribuyen el esfuerzo desarrollado. La SERVIDUMBRE es el servicio personal gra-tuito y trabajo obligatorio bajo coacción, originada en deudas adquiridas con proce-dimientos tramposos. La estafa y otras defraudaciones originadas en relaciones la-borales de trabajo forzoso y sistemas de endeudamiento no transparentes, formanparte de la relación de servidumbre. La SEMIESCLAVITUD, es la obligación detrabajar para una persona, hasta saldar deuda acumulada que en muchos casos esheredada a los hijos. La semiesclavitud esta representada por la servidumbre, laexplotación laboral y el trabajo coercitivo. Su característica principal, entendemos,es la pérdida de libertad y la transmisión de la deuda por generaciones.

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medidas en consecuencia, evitando adoptar decisiones e implementar ac-ciones parciales o aisladas, como ha sucedido hasta ahora.

Por nuestra parte, es decir de las organizaciones e instituciones alia-das, continuaremos realizando el seguimiento del proceso y efectuando lasacciones a nuestro alcance para que el Estado, finalmente, atienda y re-suelva definitivamente esta situación.

En lo que hace al contenido del documento, hay que señalar que éstese compone fundamentalmente de 5 capítulos. En una primera parte serealiza un recuento de la problemática (tanto en lo referido a la informa-ción socio-demográfica, como de los emprendimientos realizados en el pa-sado como denuncia y para atender tan grave situación); subsiguientementese efectúa (en lo que puede entenderse como el capítulo central), una revi-sión y análisis de las diferentes caras y manifestaciones de la servidumbre yel empatronamiento encontrado en las provincias Luis Calvo y HernandoSiles del departamento de Chuquisaca. Sigue un capítulo en el que se efec-túa una revisión analítica de la legislación nacional e internacionaltransgredida, para continuar con la sistematización de las conclusiones delestudio. Finalmente, se incluye un capítulo de recomendaciones y accio-nes sugeridas, cuyo contenido espera contribuir a la elaboración de las Re-comendaciones Defensoriales que el Defensor del Pueblo emitirá comoconsecuencia de la Investigación de Oficio realizada.

Para finalizar la presente introducción del Estudio, señalar que el conte-nido del documento refleja tanto la información directa de campo que 3equipos multidisciplinarios e interinstitucionales recopilamos durante aproxi-madamente 15 días recorriendo por diferentes rutas en las provincias LuisCalvo y Hernando Siles del departamento de Chuquisaca; así como de infor-mación secundaria resultante del análisis, revisión y sistematización de do-cumentos, estudios y publicaciones producidas con relación al tema de lainvestigación. En este proceso, es importante resaltar la participación direc-ta de dirigentes y representantes del Consejo de Capitanes Guaraníes deChuquisaca, quienes al mismo tiempo de orientar el recorrido por las ha-ciendas y facilitar el acceso, interlocución y recepción de testimonios conlas comunidades y familias guaraníes, también complementaron, ampliarony contextualizaron los datos y la información de campo recopilada.

De esta forma confiamos que este aporte, unido a la ResoluciónDefensorial y el video testimonial que constituyen los productos del proce-

Introducción

14 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

so resultante de la alianza entre las organizaciones sociales y las institucio-nes participantes, contribuya y responda a las expectativas y esperanzasdepositadas por todas las familias y comunidades que continúan sometidasal cautiverio y la servidumbre, ejercida por patrones y hacendados en laregión del Chaco chuquisaqueño.

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2. Un recuento necesariosobre la problemática

2/ Una referencia histórica importante sobre la población guaraní a inicios del sigloXX y pocos años después de la batalla de Kuruyuky (1892), está contenida en el IITomo de Los Guaraní-Chiriguano, titulado Historia de un Pueblo y escrita porFrancisco Pifarré (1989) (Cuadernos de Investigación No 31 de CIPCA), dondeal mismo tiempo de mencionar que “la nación chiriguana está en plena decaden-cia (y) creo poder afirmar sin equivocarme que en 20 años ha disminuido cierta-

2.1. La información demográfica

2.1.1 Revisión de los datos oficiales

Aunque en ningún momento el diseño y el proceso de investigaciónsobre la problemática de la servidumbre y el empatronamiento en el Cha-co se propuso establecer (y mucho menos dilucidar), la cantidad de perso-nas y familias guaraníes que están sometidas a cautiverio; sin embargo, esineludible realizar un breve balance sobre las cifras y los datos manejadosen diferentes instancias oficiales y de la sociedad civil.

Para ello, se ha tomado como punto de partida los datos oficiales delúltimo Censo de población realizado por el INE en el año 2001. Dicha in-formación estadística permite establecer los siguientes datos globales depoblación para el departamento de Chuquisaca y las provincias Luis Calvoy Hernando Siles, que componen la región chaqueña del departamento2/:

16 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

mente a la mitad. Los valles que Nordenskiold muestra como abundantementepoblados están hoy semi-desérticos. La disminución de la población indígena en losvalles de Iguembe y de Caipependi es escalofriante. Las causas son siempre las mis-mas: las injusticias y opresiones de los propietarios mestizos y blancos y la vergonzo-sa miseria que deviene como consecuencia (Métraux 1930b:135)”; también se se-ñala que: “en nuestros tiempos (se refiere a los años 1970 y 80) la situación de laChiriguanía es muy desigual por lo que se refiere a la cuestión demográfica. En laprovincia Hernando Siles, los chiriguano en 1974 son una minoría de apenas dos otres mil habitantes (ACLO 1974). En la Provincia Luis Calvo se podrían estimarunos 4.000 chiriguano. En la del Gran Chaco podrían oscilar entre 3 ó 4.000.De la única provincia que se tienen datos objetivos es Cordillera, llegándose aregistrar 18.302 chiriguano en 1986, de acuerdo al estudio realizado en el áreacomprendida entre Rio Grande y la quebrada de Cuevo o Mandijuty”.

3/ En los Anexos se incluye copia de las páginas pertinentes del libro “Bolivia: Caracte-rísticas sociodemográficas de la Población indígena”. Serie IV: Estudios temáticos.Ministerio de Hacienda. Instituto Nacional de Estadística. La Paz, Bolivia, Noviem-bre de 2003, donde se puede apreciar las incongruencias identificadas en los datosoficiales.

Cuadro 1Chuquisaca: población total por área y condición de indígena. Censo 2001

Provincia Municipio Población Población indígenatotal Total Urbana Rural

Total Departamento 531.522 345.010 114.889 230.121

Hernando Siles 1° Sec. Monteagudo 26.5042° Sec. Huacareta 10.007TOTAL 36.511 29.226

Luis Calvo 1° Sec. Muyupampa 10.7482° Sec. Huacaya 2.3453° Sec. Machareti 7.386TOTAL 20.479 18.152

Al respecto es importante mencionar que los datos desagregados de lapoblación indígena disponibles para las Provincias Luis Calvo y HernandoSiles del departamento de Chuquisaca y que han sido publicados por elINE, no son congruentes3/. Para sustentar esta afirmación se transcriben acontinuación los datos pertinentes incluidos en los Cuadros No. 2 y 91 dellibro citado al pie de página.

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Cuadro 2Chuquisaca: Población total por área y condición de indígena según municipio,

Censo 2001 (Cuadro No. 2 de la publicación INE).

Provincia Municipio Población Población Area urbana Area ruraltotal indígena Población Población Población Población

total indígena total indígena

TOTAL DEPTO. 531.522 345.010 218.126 114.889 313.396 230.121

Hernando 1° Sec. 26.504 6.038 7.285 1.381 19.219 4.657Siles Monteagudo

2° Sec. 10.007 3.973 — — 10.007 3.973Huacareta

Luis Calvo 1° Sec. 10.748 4.550 2.327 540 8.421 4.010Muyupampa2° Sec. 2.345 1.182 — — 2.345 1.182Huacaya3°Sec. 7.386 2.280 — — 7.386 2.280Machareti

Chuquisaca: Población total por área y condición de indígena según municipio,Censo 2001 (Cuadro No. 91 de la publicación INE).

Provincia Municipio Población Población Población Area urbana Area ruraltotal no indígena Población Población Población Población

indígena no indígena no indígenaindígena indígena

Hernando Total 36.511 7.285 29.226 5.904 20.596 1.381 8.630Siles 1° Sec.

Monteagudo 26.504 7.285 19.219 5.904 14.562 1.381 4.6572° Sec. 10.007 — 10.007 — 6.034 — 3.973Huacareta

Luis Calvo Total 20.479 2.327 18.152 1.787 10.680 540 7.4721° Sec. 10.748 2.327 8.421 1.787 4.411 540 4.010Muyupampa2°Sec. 2.345 — 2.345 — 1.163 — 1.182Huacaya3°Sec. 7.386 — 7.386 — 5.106 — 2.280 Machareti

Nota: En el cuadro anterior no se incluyen datos totales del departamento, en vista de que ninguno guar-da relación con la información disponible en otras publicaciones, lo cual distorsiona aun más el análisiscomparativo realizado.

Un recuento necesario sobre la problemática

18 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

Como se puede apreciar, a pesar de que las cifras globales de la pobla-ción son coincidentes; sin embargo, la desagregación de los datos para iden-tificar la población indígena tanto a nivel provincial como cantonal no esuniforme y tampoco guarda relación entre un cuadro y el otro. Por ejem-plo, según el primer cuadro, la población indígena de los cantones deMonteagudo y Huacareta alcanza a 6.038 y 3.973 personas respectivamen-te, siendo que en el segundo cuadro se consigna 19.219 y 10.007 para losmismos cantones. Esta incongruencia también se repite para la provinciaLuis Calvo y sus 3 cantones; lo cual imposibilita contar con una base seria yconfiable sobre la estructura de la población indígena en ambas provincias.

Esta misma deficiencia, grave por cierto, también se repite en lo quehace a la cuantificación de la población cautiva y empatronada del Chaco,como podremos apreciar a continuación.

2.1.2 Información socio-demográfica disponible en otros estudios

Según información proporcionada por la APG, en los 3 departamentoschaqueños de Bolivia (Santa Cruz, Chuquisaca y Tarija), se contabilizan25 capitanías y 320 comunidades guaraníes. En lo que corresponde al de-partamento de Chuquisaca, que cuenta con 9 capitanías zonales que sonIngre, Muyupampa, Iguembe, Mboicobo, Huacareta, Ivo, Santa Rosa,Macharetí y Añimbo (localizadas en las provincias Luis Calvo y HernandoSiles), la información socio-demográfica disponible y sistematizada (queevidentemente es muy cambiante de acuerdo a la fuente), da cuenta de losiguiente:

• El año 1996 el Consejo de Capitanes Guaraníes de Chuquisaca (CCCH),efectúa el primer diagnóstico sobre las condiciones de vida de la po-blación guaraní en Chuquisaca, cuya información ha sido publicadaen el documento Roipota Tekove. Para las Provincias Hernando Silesy Luis Calvo, se contabilizaron 106 haciendas y 773 familias cautivas.

• El año 1999 se realiza un segundo diagnóstico promovido también porel CCCH, abarcando también ambas provincias del departamento, don-de se establecen 121 haciendas y 578 familias cautivas que correspon-dían a 3.179 personas en total. Adicionalmente, también se cuantifi-can 61 asentamientos de guaraníes arrendatarios sin tierra que

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corresponden a 372 familias4/. Es importante mencionar que el perió-dico Presencia de 16 y 23 de noviembre de 1999, estimaba un total de7.000 guaraníes en condiciones de explotación laboral, pero cuya can-tidad correspondía a las 4 provincias de los departamentos de SantaCruz (Cordillera), Tarija (Gran Chaco) y Chuquisaca (Hernando Silesy Luis Calvo). La significativa reducción de familias cautivas entre losaños 1996 y 1999 en el departamento de Chuquisaca, se explicaríafundamentalmente por la incidencia que tuvo la implementación delos proyectos de compra de tierras impulsadas por ONGs y la IglesiaCatólica en esos años, lo cual permitió la “liberación” y reasentamientode familias guaraníes que se encontraban en condición deempatronamiento y cautiverio5/.

• El año 2001, al margen de los problemas de incongruencia señaladosal inicio del acápite, los datos censales de población realizados por elINE6/, establecen que la población mayor de 6 años que habla guaraníen todo el departamento de Chuquisaca, es de 7.243 personas en total.En la Provincia Hernando Siles se contabilizaron 2.906 personas y enLuis Calvo 4.091. Es decir, que prácticamente la totalidad de las per-sonas de mas de 6 años que hablan guaraní en el departamento deChuquisaca, están localizadas en las 2 provincias chaqueñas. Al res-pecto, en lo que hace a la población mayor de 15 años por autoidenti-ficación con algún pueblo originario o indígena, la misma publicacióndel INE da cuenta que:

4/ Se trata de familias guaraníes que arriendan tierras de terceros para producir, yaunque son formalmente libres del empatronamiento al que se encontraban so-metidos en las haciendas, sin embargo, dependen únicamente de la venta de sumano de obra, puesto que no tienen tierras en propiedad.

5/ El documento “La Tenencia de Tierras y el Acceso al Territorio del PuebloGuaraní”, elaborado por el equipo nacional de territorio de la APG, con asesoríatécnica de Miguel Valdez en Junio de 2001, incluye un detalle de 19 propiedadesadquiridas entre los años 1992 y 1999, con un total de 22.871 ha. a un costo totalde 588.764 dólares americanos que se localizan en los departamentos de SantaCruz y Chuquisaca, beneficiando a un total de 514 familias guaraníes.

6/ INE., Chuquisaqca: Indicadores sociodemográficos por provincia y secciones deprovincia 1992 – 2001. La Paz, Marzo de 2004. Pag. 167 ss.

Un recuento necesario sobre la problemática

20 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

• El año 2003, el Informe Final de Consultoría titulado “Procesos deEmpoderamiento en el Area de Trabajo de la Oficina de DerechosHumanos de Monteagudo” firmado por Mónica Vargas Collazos, con-signa la siguiente información: ambas provincias chaqueñas del depar-tamento de Chuquisaca cuentan con 9 capitanías y un total de 63comunidades guaraníes. Efectuando una sumatoria de todos los datosconsignados en el Informe, se contabiliza un total de 1.060 familias y4.600 personas. Si se calcula un promedio de 5 miembros por familiaguaraní, entonces se obtiene un total de 9.900 personas. Estos datosno incluyen información sobre las capitanías de Añimbo, Ingre, e Iti-Caraparirenda, de los que el Informe mencionado no realiza ningunacuantificación. Respecto de las familias cautivas existentes en los mu-nicipios de Monteagudo, Huacareta, Huacaya, Macharetí yMuyupampa, el informe da cuenta de un total de 275 familias guaraníescautivas, aunque la autora menciona que se trata de estimaciones noverificadas personalmente.

Cuadro 3Chuquisaca: Población de 15 años o más por autoidentificación

con algún pueblo originario o indígena

Provincias y secciones Autoidentificación con algún pueblo originario o indígena

Total Otro nativo7/

Departamento Chuquisaca 308.386 9.904

Provincia Hernando Siles 19.880 2.8041°Sec. Monteagudo 14.676 1.0792° Sec. Huacareta 5.204 1.725

Provincia Luis Calvo 11.326 3.8571° Sec. Muyupampa 5.882 1.7092° Sec. Huacaya 1.242 7723° Sec. Machareti 4.202 1.376

7/ Tomando en consideración que la cantidad de población mayor de 6 años que ha-bla guaraní en el departamento de Chuquisaca, tiene relación con la cantidadconsignada en la categoría de Otro nativo, asumimos que en esta descripción seencuentra la mayor proporción de población guaraní, puesto que los datos del INElos diferencian de la población quechua y aymara que tiene su propia cuantificación.

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• En el mes de diciembre de 2003, el Consejo de Capitanes Guaraníes deChuquisaca publica un informe titulado “Situación de la Vida de lasComunidades Guaraníes en el Departamento de Chuquisaca” (Resul-tado del Proceso de Saneamiento de tierras efectuadas por el INRA),que fue elaborado por Juan León Coraje y Rosmery Caballero. Allí seregistra una población total estimada de 11.227 guaraníes libres en 67comunidades de las 9 zonas que componen la región chaqueña deChuquisaca. Adicionalmente, se afirma que existirían 942 personasempatronadas en 39 haciendas localizadas en las Provincias Luis Cal-vo y Hernando Siles8/, con lo cual, el total de personas guaraníes as-cendería a 12.1699/.

• En Marzo de 2004, la Organización Internacional del Trabajo (OIT),por medio de Eduardo Bedoya Garland y Alvaro Bedoya Silva, publi-ca un informe titulado “El Régimen de Servidumbre en las Comuni-dades Cautivas Guaraníes y Haciendas del Chaco Boliviano”. Utili-zando información secundaria, realiza diverso tipo de estimaciones ycálculos cuyos resultados no cuentan con la confiabilidad y consisten-cia requeridas, en vista de que el manejo de datos es muy confusa yarbitraria. Por ejemplo, sobre la base de diferentes fuentes secundariasse llega a la conclusión que “en los departamentos de Santa Cruz, Tarijay Chuquisaca hay entre 5.100 y 7.200 guaraníes que viven todavía encautiverio o en condiciones de trabajo forzoso”; sin embargo, para lle-gar a ese dato, el razonamiento de los autores sostiene textualmenteque: “si consideramos que: a) entre 1999 y el 2003 se han liberadoaproximadamente unas 1.000 personas (...), la cifra se reduce a 9.200y que además; b) si la reproducción del régimen de servidumbre no estan extendida o tan intensa en los otros dos departamentos de SantaCruz y Tarija, entonces estimamos que el número total de familias en

8/ La cantidad de personas cautivas cuantificadas en el documento de referencia, nose encuentra sustentada en ninguno de sus anexos y cuadros incluidos. Tambiénresalta la diferencia existente en el número total de comunidades, puesto enunos cuadros se trabaja sobre la base de 46 comunidades y en otros sobre 67.

9/ El libro Huacareta: Tierra, territorio y libertad de Ramiro Guerrero P. publicadoen Febrero de 2005 por la Fundación Tierra, utiliza y comparte la misma informa-ción contenida en el documento de la CCCH.

Un recuento necesario sobre la problemática

22 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

cautiverio se reduciría en otras 2.000 personas (por qué no 500 o 3.000por ejemplo?), lo cual arroja una cifra total de 7.200 personasguaraníes... Esta última cifra se basa, sin embargo, en un estimado de 8hijos por familia. En ese sentido, si trabajamos de manera mas conser-vadora con una cifra de 5.5 hijos por familia, la cantidad total se redu-ciría a 5.100 personas”(¿?¡¡).

• En Julio de 2005, el Ministerio de Desarrollo Sostenible, por medio delViceministerio de Tierras, hace conocer un documento titulado “Pro-yecto para la liberación de las familias y comunidades cautivasGuaraníes” (Primer borrador de discusión), elaborado por DiegoPacheco, donde se señala que en el departamento de Chuquisaca hayaproximadamente 7.955 personas mayores de 15 años que se auto-identifica como guaraní, mientras que en la región de Alto Parapetí secuenta con un total aproximado de 2.336 habitantes guaraníes, querepresentan el 51% del total de la población. Adicionalmente, se esti-ma un total de 449 familias cautivas en la región de Alto Parapetí y200 familias en la zona de Huacareta del departamento de Chuqui-saca. Sin embargo, los datos consignados se originan en fuentes secun-darias basadas en estimaciones.Tomando en consideración todas estas variantes que no contribuyen acontar con un parámetro de referencia confiable, es claro que quedapendiente la tarea de realizar un estudio en la región que de cuentaobjetiva acerca de la cantidad de familias y comunidades cautivas. Sindescontar aquello, la revisión de los datos, la información y el análisisefectuado anteriormente nos permite concluir lo siguiente:

• La información sociodemográfica disponible sobre la población guaraní yespecíficamente sobre las familias y comunidades cautivas y empatronadasen la región chaqueña en general y concretamente del departamento deChuquisaca, es heterogénea y no coincidente, lo que impide contar conuna base confiable y de referencia que de certeza a su cuantificación.

• La utilización de diverso tipo de fuentes estadísticas originadas enmuestreos con distinta base referencial, no solamente ha impedido es-tablecer una línea de base confiable y homogénea, sino que ha dadolugar a una utilización discrecional y arbitraria de los datos; lo cualcontribuye a enredar y confundir la situación sociodemográfica de lapoblación cautiva guaraní.

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• A pesar de la diferencia de datos existentes, es posible establecer que apartir de los años 90 se ha producido una reducción importante de lascomunidades y familias cautivas en el departamento de Chuquisaca ySanta Cruz que benefició al menos a 514 familias que se establecieronen nuevas comunidades resultantes de las compras de tierras promovi-das por la Iglesia Católica y ONGs.

• A pesar de la importancia y necesidad de contar con una cuantificaciónobjetiva sobre la cantidad de familias y comunidades cautivas guaraníesque existen en el Chaco, ello no minimiza ni reduce la gravedad de lasituación, ni las múltiples aristas de la vulneración de derechos y lasconsecuencias que afectan a la población guaraní cautiva y empa-tronada (como podremos apreciar en los capítulos siguientes).

2.1.3 Hallazgos de la investigación realizada

Finalmente, para concluir con este acápite de recuento de los datossociodemográficos disponibles y referidos a la problemática de la servidum-bre y el empatronamiento en el departamento de Chuquisaca, se describi-rán a continuación los hallazgos encontrados en el trabajo de campo reali-zado como parte de la investigación y el diagnóstico que aquí se presenta.

En Mayo de 2005, sobre la base de una alianza estratégica interinsti-tucional establecida entre el Defensor del Pueblo, el Proyecto de PueblosIndígenas y Empoderamiento del Viceministerio de Justicia y el Consejode Capitanes Guaraníes de Chuquisaca, se efectúa una misión de campopara efectuar verificaciones in situ, recolección de información y testimo-nios directos y la realización de un video documental sobre la problemáticade la servidumbre y el empatronamiento de las familias y comunidadesguaraníes. Al efecto, sobre la base de la conformación de 3 equipos técni-cos que durante 2 semanas continuas se desplazaron por el conjunto de loscantones de las Provincias Hernando Siles y Luis Calvo del departamentode Chuquisaca, se puede destacar la siguiente información cuantitativa:

a) Se ha recorrido y accedido a información directa de propietarios, ad-ministradores y cuidantes de 50 haciendas en las que, en la generali-dad de los casos, se ha podido establecer y obtener la confirmaciónsobre la presencia de personas y familias guaraníes empatronadas que

Un recuento necesario sobre la problemática

24 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

trabajan en dichas propiedades, cuya cantidad fluctúa entre 1 a 6 per-sonas por hacienda10/. Es importante destacar que la cantidad de fami-lias empatronadas referidas, ha sido obtenida directamente de los pa-trones y hacendados o sus administradores, quienes tendieron aminimizar, reducir o desconocer la presencia de familias guaraníesempatronadas dentro de sus propiedades.

b) En las 2 provincias recorridas en el departamento de Chuquisaca, sehan entrevistado 122 jefes de familias cautivas, que representan a 622personas, que actualmente se encuentran en condición de servidum-bre y empatronamiento11/.

c) Contrastando la información proporcionada por propietarios, ad-ministradores y cuidadores de las haciendas, con las entrevistas yboletas de jefes de familia empatronados que trabajan actualmenteen dichas propiedades, se establece una mayor cantidad de perso-nas y familias cautivas de las declaradas por los patrones. Ejemplos:a) El número de familias empatronadas declarada por hacendados,administradores y cuidadores asciende a 76, siendo que en las mis-mas haciendas se ha podido entrevistar a 122 jefes o miembros defamilias guaraníes cautivas. b) Según información proporcionadapor los dueños de la hacienda Saucimayu, solo tienen 1 familiaempatronada. En cambio, al entrevistar a los Jefes de familiaguaraníes empatronados que trabajan en la misma hacienda, se es-tablece un total de 7.

d) Adicionalmente a las 50 propiedades visitadas y registradas en bole-tas, se ha obtenido información referencial sobre otras 15 haciendasen las que se conoce que existen y trabajan familias guaraníes cauti-vas. Al no haberse procedido al llenado de la boleta correspondiente y

10/ Solo en 13 de las 50 haciendas visitadas, los propietarios o administradores infor-maron no tener bajo su dependencia ninguna cantidad de familias cautivas oempatronadas.

11/ Es importante reiterar que se trata de un muestreo aleatorio que no representa latotalidad de la población cautiva de las 2 provincias del departamento deChuquisaca, puesto que a pesar del extenso y minucioso recorrido de campo rea-lizado por 3 equipos diferentes, durante 2 semanas consecutivas; no se pretendiócubrir todo el territorio chaqueño del departamento y, menos, efectuar un censo.

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para evitar confusiones, se ha optado por no incluir una relación de lainformación obtenida.

e) La Provincia Hernando Siles concentra a la mayoría de las haciendas confamilias guaraníes empatronadas, diferenciándose de la Provincia LuisCalvo donde la estructura productiva, social y organizativa ha dado lugar(en forma predominante) a la conformación y presencia de extensas pro-piedades ganaderas, comunidades mixtas y la presencia de población yfamilias guaraníes libres que se han establecido en comunidades (princi-palmente resultantes de la compra de tierras), o que posee su propio potreroy forma parte de comunidades mixtas con campesinos y ganaderos.

f) En la Provincia Hernando Siles resalta la existencia de varias haciendasen las que se repite un mismo apellido, como es el caso de López, Reynaga,Salazar, Chavez, Ferrufino, Alvarez, etc. En muchos de los casos se tratade haciendas en propiedad de hermanos y parientes descendientes deuna misma familia, cuyo padre subdividió, heredó y/o vendió extensio-nes de tierra que eran concentradas en una sola persona.

g) Las extensiones de las haciendas fluctúan entre 50 y 7.000 has., conhatos de ganado vacuno que van de 30 a 1.000 cabezas por propiedad(aunque los propietarios informantes tendieron a ocultar o reducir lasuperficie de sus haciendas y la cantidad de su ganado).

h) Del total de 50 haciendas visitadas, 5 no proporcionaron informaciónacerca de la superficie de tierra en propiedad. De las restantes 45 ha-ciendas, se suma un total de 72.415 has. de superficie, con 11.486 ca-bezas de ganado vacuno. Ello significa que existe un promedio generalde 1.609 ha. de superficie y 255 cabezas de ganado por cada hacienda.

i) El tiempo de trabajo de las familias cautivas y empatronadas en lashaciendas, fluctúa entre 1 a 50 años.

j) De las 50 haciendas visitadas, en los últimos 10 años salieron 260 fami-lias guaraníes que trabajaban en condición de servidumbre.

k) Del total de 12 comunidades guaraníes visitadas que cuentan con unaboleta de registro12/, solamente 1 comunidad se encontró en condi-ción de cautiverio.

12/ Existen otras comunidades guaraníes visitadas durante el recorrido de campo queno cuentan con una boleta de registro. Sin embargo, ninguna de ellas puede serdefinida como una comunidad cautiva.

Un recuento necesario sobre la problemática

26 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

l) Las 12 comunidades registradas cuentan actualmente con un total de 400familias que corresponden a 2.389 personas. Es importante mencionar queal momento del establecimiento y fundación de las comunidades guaraníes,solo se contabilizaron 291 familias. Es decir, que entre el momento deestablecimiento de las comunidades guaraníes y la actualidad, se ha pro-ducido un incremento en el número de familias componentes que alcanzaal 72.75%.

m) En las 12 comunidades guaraníes registradas en el trabajo de campo,existe un total de 279 personas que no cuentan con documento deidentificación o tienen problemas de tramitación.

n) Excluyendo la comunidad de Totorenda de la que no se dispone dedatos en la boleta, las 11 comunidades guaraníes restantes sumanuna superficie total de 21.224 ha. para las 400 familias componen-tes. Es decir, hay un promedio de 53 ha. por familia guaraní.

o) De las 50 haciendas que cuentan con 122 familias cautivas, se informóque solo 37 familias guaraníes empatronadas hicieran medir potrerosen posesión, sumando un total de 444 ha.

p) 9 de las 12 comunidades registradas no cuentan con profesores bilin-gües que apliquen la reforma educativa y la educación intercultural.Del total de los 122 jefes de familia empatronados, 38 afirman que sushijos no asisten a la escuela.

q) Solo 3 de las 12 comunidades guaraníes registradas cuentan con postasanitaria para la atención de salud, y solo 1 de las 3 tiene personal conitem para trabajar en el lugar.

r) 3 de las 12 comunidades guaraníes no cuentan con camino de acceso ysolo 4 tienen un camino permanente.

s) 3 de las 12 comunidades guaraníes tienen proyectos de asistenciay/o crédito proporcionado por instituciones privadas y/o no guber-namentales, y 6 de las 12 comunidades participan de proyectos mu-nicipales.

t) En 5 de las 12 comunidades guaraníes afirman que primero trabajanpara el hacendado, antes que para beneficio de la propia comunidad.

u) Del total de 122 familias cautivas, 36 jefes de familia guaraníesempatronados afirman que los hacendados tienen otros niños a sucargo.

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2.2. Iniciativas y propuestas impulsadasen los últimos años.

El Consejo de Capitanes Guaraníes de Chuquisaca (CCCH) fue orga-nizada en el año 1994; sin embargo, existe coincidencia en el hecho de quetranscurridos los primeros años de actividad, pero sobre todo una vez supe-rada la fase de tensión interna y cuestionamiento que dio lugar al cambiode los dirigentes de la organización a fines del año 2001; es cuando (juntoal desarrollo de otros proyectos apoyados por la cooperación internacio-nal), se afianza el proceso iniciado a favor de la población cautiva que seencuentra sometida a la servidumbre y el empatronamiento.

Al respecto, el presente acápite está orientado a realizar una revisiónsucinta (aunque no necesariamente exhaustiva), de las diversas iniciativasque se han venido impulsando en los últimos años, y que tuvieron el propó-sito de promover la atención y resolución de los problemas que hacen a lagrave situación de empatronamiento y servidumbre a la que se encuentrasometida parte de la población guaraní de la región chaqueña de Bolivia.

2.2.1 Investigación y denuncia en los años 70

A este respecto, es claro que uno de los más importantes referentes quetienen que ver con el análisis, la denuncia y el esclarecimiento del sistema desometimiento y cautiverio que sufre la población guaraní en la región delChaco, es el estudio de Kevin Healy titulado “Caciques y Patrones. Unaexperiencia de desarrollo rural en el sud de Bolivia”, cuya investigación fuerealizada en los años 70.

Si bien el enfoque está orientado a promover la redefinición de laspolíticas y la estrategia de desarrollo rural de la región, sobre la base de unapropuesta alternativa; sin embargo, al mismo tiempo, la importancia delestudio radica en desentrañar y sistematizar el complejo sistema de opre-sión, explotación y dominio que caciques y patrones imponían en la re-gión, sometiendo a una condición de servidumbre y semiesclavitud a lapoblación guaraní. Se trata de un estudio que, a diferencia de otros diag-nósticos que se produjeron con posterioridad, aporta con una visión inte-gral de la problemática, desnudando los complejos y muchas veces imper-ceptibles mecanismos que han configurado lo que podría denominarse como

Un recuento necesario sobre la problemática

28 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

el sistema de servidumbre y empatronamiento. Lamentablemente, dada lagravedad y magnitud de los hechos y el sistema denunciado, y aun a pesarde que en un principio se produjeron algunas reacciones conducentes acorregir los extremos que fueron puestos en evidencia por el estudio13/; di-chas iniciativas no fueron constantes y, lo que es peor, no fueron acompa-ñadas de la voluntad, las medidas y una política estatal que efectivice aquelpostulado constitucional por el que se prohibe todo género de servidumbreen el país. Desde fines de los años 70 cuando se termina la investigación yse procede a la publicación del estudio, hasta entrados los años 90 en quese vuelve a retomar la preocupación sobre la problemática, no se tiene co-nocimiento de que se hayan producido otras experiencias relevantes orien-tadas a resolver tan grave problemática persistente en el Chaco.

2.2.2 Acciones desarrolladas en los años 90

Salvo alguna omisión no deliberada, para los años 90 destaca el proce-so de investigación encarado por la Comisión de Derechos Humanos de laCámara de Diputados, sobre la base de una denuncia presentada por laAsamblea Permanente de Derechos Humanos en contra de un hacendado.El caso estaba referido a supuestos abusos cometidos en contra de campesi-nos e indígenas asentados en las propiedades del hacendado, presuntas res-ponsabilidades en la desaparición de una menor y un intento de asesinato,así como la usurpación de tierras ajenas a su propiedad. En 1996, dos dipu-tados se trasladaron a la zona de Añimbo en la provincia Hernando Silesdel departamento de Chuquisaca y efectuaron una investigación in situque dio lugar a la presentación de un informe con conclusiones presentadaa la comisión parlamentaria respectiva, que figura en el Informe de Activi-dades de la H. Cámara de Diputados de la gestión 1996-97. A pesar de lagravedad de los hechos, las acusaciones efectuadas y las conclusiones emi-tidas, las autoridades regionales y nacionales soslayaron y ocultaron la res-

13/ Ver por ejemplo el capítulo del Epílogo del libro de Kevin Healy reseñado, dondese describe detalladamente las medidas adoptadas por la población de Monteagudo(con intervención del párroco de la localidad), en contra de uno de los caciquesque representaba el sistema de opresión, explotación y graves abusos cometidosen la región.

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ponsabilidad de actuar en uso de sus competencias y responsabilidades, ytampoco tomaron las medidas necesarias para prevenir y evitar otros he-chos similares. Tal fue la situación, que un año después de haberse presen-tado las conclusiones y recomendaciones de la comisión parlamentaria, seconoció la muerte sospechosa de un comunario que apareció colgado de lasramas de un árbol, y que sus familiares interpretaron como una muerteprovocada en represalia a las denuncias expresadas sobre la flagrante vul-neración de derechos por parte de hacendados de la región. El caso se hamantenido en la impunidad hasta la fecha.

Por otra parte, otro de los más importantes emprendimientos que sehan impulsado a favor de la población guaraní, cuya dinámica puede afir-marse que ha sido sostenida en el tiempo, es la impulsada a través de laIglesia Católica y algunas ONGs (como CIPCA y Médicus Mundi) que des-de hace varios años están promoviendo (y durante los años 90 han logradodesarrollar), la idea de la compra de tierras, como mecanismo para liberar alas comunidades y familias cautivas del Chaco.

La idea central impulsada por la Iglesia Católica y las ONGs mencio-nadas, era promover la liberación de las familias y comunidades cautivas,en base a la compra de tierras. La iniciativa fue acompañada con proyectosde reasentamiento poblacional y el apoyo con asistencia técnica para laprovisión y construcción de servicios básicos. De esta manera se esperabaofrecer un paquete completo frente al problema del cautiverio y elempatronamiento, y de hecho se adquirieron alrededor de dos decenas depropiedades entre los años 1992 y 1999.

Debe tomarse en cuenta que esta experiencia se desarrolló antes de lacreación y organización del Consejo de Capitanes Guaraníes de Chuquisaca(CCCH), en un contexto de movilización y lucha de los pueblos indígenas ycomunidades campesinas que (con la primera marcha por la tierra y el terri-torio), iniciaban una nueva fase de reivindicaciones. Hay que recordar quese trata de años de reforma constitucional, cuando se incorpora el reconoci-miento de los derechos indígenas y se define a la República como multiétnicay pluricultural. Son los mismos años cuando se produce el debate y aproba-ción de la Ley INRA en 1996; norma que marcó el inicio de una nueva fasede la Reforma Agraria y que, supuestamente, debía corregir y enmendar to-dos los problemas e irregularidades que habían motivado la intervención delentonces Consejo Nacional de Reforma Agraria y el Instituto Nacional de

Un recuento necesario sobre la problemática

30 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

Colonización, pero sobretodo resolver los graves problemas de tenencia,concentración e inequidad en la distribución de la tierra en el país.

En ese contexto, la iniciativa impulsada por la Iglesia Católica y lasONGs, puede entenderse como una medida desesperada de gran contenidohumanitario que había encontrado en ese mecanismo una salida a la gravesituación de las familias cautivas del Chaco.

Resultado de esta iniciativa se produjo el traslado, reasentamiento yconstitución de comunidades guaraníes libres, que beneficiaron alrededorde 500 familias de las regiones chaqueñas de los departamentos de SantaCruz y Chuquisaca. Sin embargo, la experiencia al parecer no contemplóotros factores y consecuencias colaterales como las siguientes:

• Al adquirir tierras en zonas de latifundio cuyo derecho propietario erapúblicamente cuestionado al no haber sido afectados por el proceso dela reforma agraria14/, los proyectos desarrollados premiaron y conva-lidaron todos los abusos y graves vulneraciones de derechos provoca-dos por patrones y hacendados, que al no ser sujetos de ninguna acusa-ción o imputación formal, quedaron libres de responsabilidad sobrelos graves actos cometidos en contra de la población guaraní. Es decir,se coadyuvó a la impunidad de los patrones y hacendados, mantenien-do intocado el régimen latifundista cuestionado y el sistema de servi-dumbre y cautiverio que aun persiste en la región.

• Tratándose de una iniciativa paralela a la tramitación de las demandasde TCOs que la Asamblea del Pueblo Guaraní (APG) y sus organiza-ciones regionales habían planteado al Estado en el año 1996, la com-

14/ En Caciques y Patrones, Kevin Healy señala por ejemplo que “en las remotas yaisladas provincias Hernando Siles y Luis Calvo de Chuquisaca, se llevó a caboquizás una de las más débiles reformas surregionales de toda Bolivia”. Tambiénseñala que “dentro de los cantones de Hernando Siles y Luis Calvo, solo 4 propie-dades fueron consideradas latifundios de acuerdo a la interpretación del juez agra-rio”, que “el resto de las propiedades del sud de Chuquisaca fueron clasificadascomo medianas y pequeñas, a pesar de tener las características propias del latifun-dio de acuerdo a la definición de la ley agraria.Todas ellas tenían grandes exten-siones de tierras agrícolas y pasturas casi sin utilizar; tenían personal impago ybajo condiciones serviles (hombres, mujeres y niños); además utilizaban tecnolo-gía primitiva”. Confer: Op. Cit. Pags. 40 y 59-60.

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pra de tierras no solamente constituía un franco desconocimiento ydesvirtuaba el derecho histórico de las comunidades guaraníes sobrelas tierras en las que se encontraban asentados por generaciones, sinoque favorecía intereses particulares de terceros al adquirir y transferirrecursos económicos sobre propiedades que todavía no habían defini-do un derecho legal sobre dichas tierras y que eventualmente podíanno estar cumpliendo la función económica social (FES) que manda laLey. Al mismo tiempo, también se sobreponía y suplantaba la respon-sabilidad y obligación del Estado de definir y establecer el mejor dere-cho propietario sobre la tierra, lo que ayudó a desmovilizar y desvir-tuar el proceso de demandas de tierras del pueblo guaraní, al generarseexpectativas paralelas que supuestamente ofrecían una salida más rá-pida y efectiva a su grave situación.

• Al concretar la compra de tierras y promover el reasentamiento y tras-lado de familias guaraníes de un lugar a otro, también se provocaronproblemas de desarraigamiento y separación de familias que se vieronen la disyuntiva desplazarse a nuevos lugares, con todos los problemasque contrae establecerse en espacios y formas organizativas desconoci-das para ellos. Junto a ello, el modelo comunitario asociado a los pro-yectos de compra de tierras, desvirtuaba el concepto de territorio (yno solo de propiedad de la tierra) que tiene el pueblo guaraní, al cons-tituir unidades comunales con propiedad individual de potreros, laobligación de trabajar tierras colectivas y concentrar viviendas alrede-dor de algunos servicios.

• En algunos casos de adquisición de tierras, se ha denunciado la realiza-ción de transacciones y transferencias legalmente cuestionables o quehabían supuesto la recepción de una superficie inferior de la original-mente convenida. Es el caso por ejemplo del predio comprado a favorde la Comunidad Iviyeca del año 1997, de la que se cuestiona haberrealizado una transferencia de las mejoras y no sobre la tierra; o el casode las comunidades Cipotindi o Aguairenda, que consolidaron super-ficies de tierras por debajo de las originalmente acordadas para efec-tuar su adquisición.

Paralelamente a esta iniciativa de compra de tierras, la APG y las orga-nizaciones regionales del pueblo guaraní, coadyuvados por ONGs como

Un recuento necesario sobre la problemática

32 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

CIPCA, impulsaron en los mismos años el proceso de demanda y sanea-miento de TCOs. A este respecto existen importantes estudios y publica-ciones realizadas que efectúan un análisis y balance a detalle de todo elproceso seguido y los resultados alcanzados15/. Se coincide en el criterioque el proceso de saneamiento de las TCOs guaraníes, no satisface mínimassuperficies demandadas y recomendadas, sino que sobre ellas pesan gravesy diversas denuncias de irregularidades.

En lo que hace al presente documento, solo se hará un recuento muysomero de los aspectos más sobresalientes que es posible extraer de dichoproceso. En primera instancia, el saneamiento de las TCO demandadas porel pueblo guaraní a través de sus organizaciones matrices, no solo presentóproblemas emergentes del mismo trámite (que por ejemplo tuvieron quever con graves problemas de sustento técnico en la formulación de las de-mandas guaraníes, la fragmentación de la demanda en varios territorios, lainfluencia de visiones agraristas y campesinistas, la sobreposición con áreasurbanas y un sobredimensionamiento de superficies muy extensas); sinotambién que su ejecución permitió advertir una clara parcialización a favorde intereses ganaderos y hacendatarios, una reducción y recorte significati-vo de las demandas guaraníes que han dado lugar a la titulación de ridícu-las superficies que contrastan con la consolidación de grandes extensionesa favor de individuos particulares, así como un claro desconocimiento yvulneración de los derechos humanos del pueblo guaraní, respecto de latierra y territorio demandados.

2.2.3 Nuevos enfoques sobre antiguas propuestas:los proyectos de compra de tierras

Con la distancia y la perspectiva que ofrecen los años transcurridos, eidentificados resultados y anomalías tan lamentables que indudablemente

15/ Para una aproximación a mayor detalle al proceso de saneamiento de las TCOguaraníes, destacan los siguientes documentos y estudios:APG., La Tenencia de Tierras y el Acceso al Territorio del Pueblo Guaraní. Camiri,Bolivia Junio de 2001. Ramiro Guerrero Peñaranda., Huacareta: Tierra, Territo-rio y Libertad. Fundación Tierra. La Paz, Bolivia Febrero de 2005.IBIS Dinamarca, CEJIS., 110 años de Kuruyuki. Resultados del Proceso de Sa-neamiento en las TCO Guaraní del Chaco. Santa Cruz, Agosto de 2002.

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han afectado las expectativas guaraníes y los legítimos derechos para acce-der a la propiedad sobre la tierra y los territorios demandados; podría con-cluirse que aquella iniciativa de compra de tierras promovida por la Iglesiaen los años 90, en el marco de una voluntad humanitaria, efectivamentepodría ser entendida como una respuesta positiva al drama de la poblacióncautiva y empatronada de comunidades y familias guaraníes.

Seguramente bajo ese razonamiento, la propuesta de compra de tierrasvuelve a resurgir en el año 2003, cuando el gobierno de entonces, por me-dio del delegado presidencial para tierras, firma un Convenio amplio conla APG16/, donde en su punto 9 referido a comunidades cautivas, se com-promete a conformar “una comisión técnica para elaborar un proyecto quelibere a las comunidades cautivas del Alto Parapetí, que les provea tierrassuficientes en un parámetro mínimo de 50.000 ha.” y que “esta misma co-misión considerará igualmente los casos de las capitanías de Ingre,Huacareta, Añimbo, Kaami y otras presentadas por la APG”.

A partir de esa fecha, en el marco del proceso de seguimiento al cum-plimiento de los acuerdos convenidos y, específicamente, para la libera-ción de las familias y comunidades cautivas, la APG y el gobierno impulsa-ron algunas acciones conducentes a concretizar dicho propósito. Al efecto,el gobierno por medio de los Ministerios de Desarrollo Sostenible, AsuntosIndígenas y Trabajo, conforma una instancia de coordinación encargadade abordar la problemática. Seguidamente se conforman comisionesinterinstitucionales que se trasladan a las regiones más conflictivas dondese ha denunciado el cautiverio y la presencia de familias y comunidadesempatronadas, que dan lugar a la elaboración de informes y propuestas17/orientadas a estructurar un Proyecto para la liberación de dicha población.

16/ En anexo se incluye el texto completo del Acta de Acuerdo firmado.17/ Eduardo Bedoya G. y Alvaro Bedoya S., “El Régimen de Servidumbre en las Co-

munidades Cautivas Guaraníes y Haciendas del Chaco Boliviano”. OrganizaciónInternacional del Trabajo (OIT). Marzo de 2004.Asamblea del Pueblo Guaraní (APG), Ministerio de Desarrollo Sostenible (MDS),Ministerio de la Presidencia (MP), Ministerio de Asuntos Indígenas y PueblosOriginarios (MAIPO)., “Propuesta para la Atención Integral de la Capitanía deAlto Parapetí y la Liberación de Comunidades Guaraníes Cautivas y/oApatronadas”. Documento preparado por Roberto Ibarguen. La Paz, Bolivia Juliode 2004.

Un recuento necesario sobre la problemática

34 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

Como corolario de este proceso, el Gobierno presidido por Carlos Mesaemite el Decreto Supremo 28159 en el mes de mayo de 2005; disposiciónen la que se define a las familias y comunidades cautivas y/o empatronadas,se dispone el registro de familias empatronadas, su incorporación a la Leygeneral del trabajo, la dotación y el financiamiento para la compra de tie-rras, la superficie requerida por familia y el saneamiento de áreas comuna-les. En base a este instrumento legal, el Ministerio de Desarrollo Sosteni-ble por medio del Viceministerio de Tierras, concretiza la elaboración delProyecto para la Liberación de las Familias y Comunidades CautivasGuaraníes, cuyo documento fue elaborado por Diego Pacheco y presenta-do en su primer borrador de discusión en el mes de Julio de 2005.

Este mismo documento ha servido de base de discusión entre el Go-bierno y la APG y la CCH, dando continuidad a las conversaciones orienta-das a dar cumplimiento de los compromisos gubernamentales asumidos. Elproceso de concertación para la implementación del Proyecto, continúarealizándose en la gestión del año 2005.

Un primer balance sobre la pertinencia y los efectos de esta nueva fasede la iniciativa de compra de tierras como propuesta de solución a la pro-blemática de la servidumbre y el cautiverio de la población guaraníempatronada, permite apuntar los siguientes aspectos:

• A pesar de dar cuenta de una voluntad y decisión gubernamental deabordar y resolver la problemática; el contenido y los términos del De-creto Supremo aprobado, como del Proyecto Para la Liberación de lasFamilias y Comunidades Cautivas Guaraníes elaborado bajo tuicióndel Ministerio de Desarrollo Sostenible y el Viceministerio de Tierras,son ambiguos y tampoco contemplan la integralidad de los aspectosque provocan y mantienen las condiciones y los efectos de la servi-dumbre y el empatronamiento, concentrándose únicamente en los as-pectos laborales y la adquisición y dotación de tierras.

• La compra de tierras relega, sustituye y minimiza la lucha de las comu-nidades guaraníes por el acceso a la propiedad; pero también convalida,avala y legaliza una distribución inequitativa de la tierra, consolidan-do las grandes propiedades latifundiarias.

• Promueven la división y el surgimiento de conflictos al interior de lasorganizaciones guaraníes, en vista de que las induce a disputar los even-tuales recursos y tierras a disponerse.

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• Promueven la adquisición de tierras y propiedades en zonas que aun seencuentran en proceso de saneamiento y, por tanto, no cuentan conderecho propietario definido, alentando un mercado de tierras queeventualmente puede premiar a particulares y predios que no cumplenfunción económico social.

• No se define con claridad las condiciones de la compra y entrega delas tierras a ser adquiridas, quedando en duda si éstas serán resultadode una obligación que asume el Estado por medio de un crédito y siéste debe ser pagado por las familias y comunidades guaraníes.

• Dejan supeditada a iniciativa de las familias y comunidades guaraníescautivas y empatronadas o sus representantes, la realización de las ac-ciones y gestiones legales que correspondan para hacer prevalecer susderechos, cuando claramente ésta debería ser una acción de oficio delas instancias competentes del Estado.

• Define de manera apriorística y arbitraria la superficie requerida porfamilia cautiva o empatronada, desconociendo de esta forma el dere-cho al territorio, así como sus características, valores e identidad comopueblo indígena de los guaraníes.

• El emprendimiento no contempla acciones conducentes a dejar sinefecto y abolir el oprobioso sistema de servidumbre y empatronamiento,cuya lógica no se asienta únicamente en la falta de acceso a la tierra yla explotación laboral, sino en un complejo entramado de relaciones(inclusive de poder y sicológicas en los que la ausencia y desproteccióndel Estado es un factor clave), que impiden un ejercicio pleno de laciudadanía y los derechos humanos.

2.2.4 Otras iniciativas desarrolladas

Desde otra perspectiva, aunque con la misma preocupación, a fines delos años 90 se conoció la conformación de una comisión interinstitucionalpara realizar verificaciones en terreno sobre la situación de los pueblosguaraníes que habitan en el Chaco boliviano, cuyo trabajo se originó a raízde las constantes denuncias que eran presentadas a conocimiento del go-bierno y, específicamente del Viceministerio de Derechos Humanos.

Dicha comisión estuvo conformada por el Viceministro de DerechosHumanos, una representante del Viceministerio de Asuntos Indígenas y Pue-

Un recuento necesario sobre la problemática

36 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

blos Originarios, la Coordinadora de la oficina de derechos humanospara pueblos indígenas y un equipo de 3 asesores del Viceministerio deDerechos Humanos. El objetivo de la misión fue la de constatar en ellugar de los hechos, las denuncias relativas a casos de servidumbre, abu-sos, malos tratos, agresiones físicas y sicológicas y de explotación labo-ral en la zona de Cachimayo, en el marco de un proceso de verifica-ción, seguimiento y adopción de medidas en relación a la situación delos derechos humanos del pueblo guaraní en la zona del Chaco bolivia-no, que el Ministerio de Justicia se había propuesto llevar adelante comoparte de sus competencias.

La misión interinstitucional de verificación presentó un informe desituación18/, cuyos resultados se mantuvieron en reserva por varios años.Sin embargo, en lo que corresponde al proceso penal instaurado por el juezinstructor de Monteagudo en contra de un hacendado por el delito de re-ducción a la esclavitud o estado análogo que se encuentra tipificado en elCódigo Penal, debe destacarse que fue el primer caso con sentencia favora-ble que se ha conocido en los estrados judiciales, en lo que corresponde aese delito. Por otra parte, en cambio, en lo que corresponde a otros hechosy denuncias verificadas en 4 comunidades guaraníes visitadas por la comi-sión interinstitucional, lamentablemente las autoridades competentes nole prestaron la atención, seguimiento y adopción de las medidas correspon-dientes, a pesar de que en un inicio se realizaron algunas gestiones prelimi-nares sin la continuidad necesaria.

Esta iniciativa volvió a cobrar vigencia cuando el año 2004 se vuelve aconformar una comisión interinstitucional integrada por representantes delMinisterio de Asuntos Indígenas, el Viceministerio de Justicia, el Defensordel Pueblo y la Asamblea del Pueblo Guaraní (APG) que emprenden unanueva misión de campo. Dicha misión denunció públicamente que “894 fa-milias guaraníes estaban cautivas de hacendados y que se estaba procediendoa investigar posible tráfico de hijas de indígenas aprisionados”19/.

18/ Miriam Campos, Caterina Carenza, Eugenio Mullucundo., Informe de Misión. Co-misión de Inspección a la Zona de Monteagudo y Huacareta. Año 1999. 23 pp.

19/ En anexos se incluye copias de los periódicos La Prensa de La Paz y El Deber deSanta Cruz del mes de agosto de 2004, en los que se refleja los resultados de lamisión interinstitucional.

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Producto de esta nueva misión (que en los hechos también se empatacon el proceso de seguimiento al cumplimiento de los Acuerdos firmadospor el Gobierno y la APG en diciembre de 2003 y que ha sido descritaanteriormente), se decide conformar una instancia de coordinacióninterministerial para definir una estrategia integral de erradicación del tra-bajo forzoso. Junto a ello, dada la gravedad de los hechos verificados y larepercusión de las denuncias conocidas, también se organizó y trasladó a lasede de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA enWashington, una comitiva que, entre otros asuntos, presentó un informesobre la situación de la población y las familias cautivas del Chaco. Parainicios del año 2005 y respondiendo al requerimiento de la misión bolivia-na que se trasladó a la Comisión de Derechos Humanos de la OEA, se espe-raba la llegada en Bolivia de una delegación verificadora. La crisis nacio-nal y los acontecimientos que condujeron a una nueva sucesión presidencialque se produjo a mediados de 2005, impidieron dicho propósito, poster-gando sin fecha la llegada de dicha delegación.

Finalmente, del rápido recuento que se realiza sobre las diversas iniciati-vas impulsadas para llamar la atención gubernamental y resolver la proble-mática de la servidumbre, también destaca la realización de un proceso deconsulta e investigación impulsado por la Fundación Tierra en la zona deHuacareta del departamento de Chuquisaca, entre los años 2003 y 2004.

Dicho proceso que tomó varios meses, se caracterizó por la realizaciónde debates y consultas públicas, la realización de talleres zonales y la emi-sión de programas radiales, que permitieron recuperar, difundir y eviden-ciar la problemática del acceso y la propiedad de la tierra de las comunida-des cautivas de dicha región de la Provincia Hernando Siles, así como lasituación de empatronamiento en la que viven dentro de las haciendas.Dicha iniciativa incluyó la publicación de un libro en el que se sistematizala investigación realizada20/ (cuya presentación también fue coauspiciadapor el Defensor del Pueblo).

20/ Ramiro Guerrero Peñaranda., Huacareta: Tierra, Territorio y Libertad. Funda-ción Tierra. La Paz, Bolivia Febrero de 2005.

Un recuento necesario sobre la problemática

38 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

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3.1 Breve descripción del entorno contextualde la investigación

La región chaqueña del departamento de Chuquisaca no presenta uncarácter homogéneo en sus aspectos ecológico, social, productivo ni políti-co-administrativo. Las claras diferencias existentes entre las provincias LuisCalvo y Hernando Siles, solo tienen como referente común la extremapobreza de las comunidades y familias guaraníes, así como el generalizadoabandono, la falta de acceso a servicios básicos y la persistencia de un siste-ma de servidumbre, explotación y la falta de acceso a la justicia; cuyo cua-dro general está configurado claramente por profundas desigualdades,inequidad y discriminación que afectan al pueblo guaraní. Al respecto, tam-bién se ha podido evidenciar que cuanto más distantes y lejanas se encuen-tran las haciendas y las familias y comunidades guaraníes de los centrospoblados principales y de la capital, tanto mayor es el estado de despro-tección, indefensión, explotación y abandono que sufren las familias y co-munidades guaraníes.

Las diferencias anteriormente señaladas también se expresan en elentorno paisajístico y ecológico. En la Provincia Hernando Siles predomi-nan largas quebradas, áreas sinuosas de elevadas pendientes con muy pocassuperficies planas que corresponden a las últimas estribaciones cordilleranasy que, por tanto, cuentan con mayor cantidad de fuentes de agua y ria-

3. Diagnóstico de situación

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chuelos. En cambio, la Provincia Luis Calvo se caracteriza por contar conun paisaje mas plano, seco y cuya vegetación es significativamente menory espinosa.

Entre los aspectos resaltantes sobre las características productivas y deambas provincias, se ha podido apreciar que:

a) Ambas provincias han privilegiado las actividades ganaderas.b) En la Provincia Hernando Siles se encuentran las principales hacien-

das con familias guaraníes empatronadas y cautivas, y se ha podidoestablecer que allí donde existían amplias superficies que eran destina-das a la producción agrícola; ahora se encuentran abandonadas y/o enproceso de conversión a pastizales para ganadería. Esta conversión pro-ductiva no solamente coincide con la falta de acceso a los mercados yla endémica reducción de los precios de los productos agrícolas que nocompensan los costos de producción, sino también con el periodo deexpulsión y salida de familias cautivas de las haciendas y el inicio delsaneamiento de tierras a mediados de los años 90.

c) En la provincia Luis Calvo predominan las comunidades campesinas ylas propiedades ganaderas extensivas, cuya presencia ha provocado elarrinconamiento de las familias y comunidades guaraníes a los lugaresmenos productivos y marginales de la región, e inclusive a enclavesdentro de los predios comunitarios y/o ganaderos, donde no se les re-conoce propiedad sobre la tierra, ni siquiera en superficies mínimaspara la subsistencia.

d) En ambas provincias existe un franco abandono de las actividades y laproducción agrícola, para privilegiar las actividades ganaderas exten-sivas.

e) La producción agrícola y ganadera está sustentada en la mano de obracampesina y principalmente guaraní. En el caso de las haciendas toda-vía persiste un régimen de servidumbre y empatronamiento de las fa-milias guaraníes, basada en el endeudamiento, y la explotación de lamano de obra.

En cuanto a la estructura de tenencia de la tierra, se puede mencionarpor ejemplo que el actual sistema hacendatario de la región de Huacareta,es resultante de la subdivisión y la sucesión hereditaria de los originales

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patrones, a favor de sus hijos y familiares que actualmente detentan la pro-piedad sobre la tierra. Por ejemplo, es el caso de la familia Reynaga, com-puesta por 3 hermanos (Hernán, Federico y Román), cada uno de los cua-les tiene propiedades heredadas de sus padres, el señor Juan Reynaga y laseñora Epifania Cuba, de quiénes se menciona que tenían 15.000 ha. enpropiedad.

Por otra parte, en lo que se refiere a la distribución de la tierra en laregión, debe tomarse en cuenta que durante los años 80 también se produ-jo la incursión, presión y demanda de tierras originadas en la presencia demigrantes y campesinos colonizadores (provenientes principalmente de laregión de Azurduy), cuyo asentamiento en la zona se produjo por mediodel litigio y la compra de tierras a los patrones, quienes de esa forma tuvie-ron que ceder y afectar parte de sus propiedades, reduciendo las extensio-nes hasta entonces disponibles.

En el caso de la zona de Macharetí en cambio y por comunicación delcapitán zonal señor Celestino Rojas Fernández, se señala que el problemaprincipal está relacionado con la falta de tierra para algunos comunarios,puesto que la servidumbre y el empatronamiento al que se encontrabansometidos ya ha sido superada y las familias están organizadas en comuni-dades. Al respecto, se ha señalado que las principales preocupaciones delas familias y comunidades guaraníes de la zona, tienen relación con lanecesidad de conocer los resultados finales del saneamiento, la concretiza-ción de los recortes a las propiedades que no cumplen FES y la consolida-ción de los predios donde se encuentran asentados, pero que en algunoscasos se sobreponen a otras propiedades.

Es importante mencionar que una diferencia comparativa entre laszonas de la Provincia Hernando Siles y Luis Calvo, es que en el segundocaso hay un mayor número de comunidades liberadas que han logrado unmejor nivel organizativo de las comunidades guaraníes. Junto a ello, tam-bién resalta el hecho de que las condiciones de vida y producción que tie-nen las familias guaraníes, es comparativamente mejor que la que tienenlas familias empatronadas de la Provincia Hernando Siles, donde a pesarde tener un medio ecológico mas favorable (en lo que se refiere a la dispo-nibilidad de agua, mayor cubierta vegetal y tierras con una mejor aptitudagrícola), sin embargo la situación de pobreza, abandono y miseria son real-mente alarmantes.

Diagnóstico de situación

42 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

El recorrido de campo realizado por ambas provincias, ha permitidoobservar que junto al establecimiento de comunidades campesinas y gana-deros que llegaron a la región como arrenderos y arrimantes, y a pesar de laelevada concentración de tierras en pocas manos (que contrasta con lapresencia de muchas familias guaraníes que no tienen ni una hectárea detierra en propiedad); también se aprecia la existencia de grandes extensio-nes de bosque y áreas aparentemente desocupadas, cuya superficie se en-cuentra alejada de los centros poblados y los caminos existentes.

En ambas provincias chaqueñas del departamento de Chuquisaca seha podido apreciar la alta movilidad espacial que existe entre las familias ycomunidades guaraníes. En la generalidad de los casos, se ha podido esta-blecer que el motivo principal esta asociado a la salida de las haciendasdonde las condiciones de servidumbre, pobreza, explotación y maltratosson ya inaguantables. Esta decisión de abandonar sus antiguos lugares deservidumbre y empatronamiento, está vinculada con la población joven,económicamente productiva; quedando los padres, los niños y personasmayores aun en condiciones de sometimiento.

En ambas provincias del departamento de Chuquisaca se han podidoidentificar 3 tipos de comunidades guaraníes:

a) Unas originadas en las iniciativas y proyectos de compra de tierraspatrocinadas por la Iglesia Católica y ONGs como Médicus Mundi yCIPCA, cuyos asentamientos en su mayoría se efectuaron durante ladécada de los años 90.

b) Otras comunidades que responden a la iniciativa de familias y líderesguaraníes que logran organizar y establecer espacios comunes al mar-gen de las haciendas y propiedades existentes, como resultado de sulucha por el reconocimiento a la propiedad de la tierra y a la posesiónlegal sobre áreas donde se habían asentado.

c) Aquellas comunidades mixtas en cuyas superficies conviven campesi-nos, propietarios ganaderos y familias guaraníes, donde todavía es po-sible percibir la pugna por el estatus jurídico y la identidad organizativa,pero también con la forma y tipo de acceso a la propiedad de la tierra.

Las reuniones, entrevistas y diálogo establecido en las comunidades ycon las familias guaraníes, ha permitido evidenciar (principalmente en las

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personas mayores que no cursaron ningún nivel de instrucción y que granparte de su vida vivieron empatronados), una situación de ignorancia, anal-fabetismo y desconocimiento de elementales mecanismos de acceso y de-fensa a sus derechos, cuya situación se explica en alguna medida por lascondiciones de sometimiento, abuso y explotación que sufren.

El aislamiento, la falta de instrucción, la ausencia de contacto coninstituciones y autoridades que faciliten su relación con el Estado y la so-ciedad, así como su acceso a los servicios básicos, ha redundado en unasituación de postración, indefensión e ignorancia que ha servido para re-producir su sometimiento y explotación. Los engaños y el aprovechamien-to de los patrones respecto de los guaraníes, se explica en gran medida porla ignorancia y el analfabetismo de estos últimos.

Si bien la población más joven ha logrado acceder a algún grado deinstrucción escolar y se ha liberado de las condiciones de servidumbre ypatronazgo a las que estuvieron sometidos sus padres (pero manteniendorelaciones laborales temporales por jornal); sin embargo, las condicionesprevias a las que estuvieron sometidos sus padres y abuelos, ha impedidoque alcancen condiciones mínimas para una vida con dignidad.

3.2 Testimonios y análisis de la problemáticainvestigada en terreno

3.2.1 Servidumbre, empatronamiento y explotación laboral

En la generalidad de las haciendas visitadas durante el trabajo de cam-po, se pudo percibir en sus propietarios una actitud que buscaba traslucir elrechazo a la existencia de una relación de servidumbre con familiasguaraníes, y que ello correspondía a una fase anterior que ya había sidosuperada. Al evidenciarse la existencia de familias empatronadas en lashaciendas, esta situación era minimizada al vincularla con situaciones ab-solutamente circunstanciales que más bien respondían a una actitudcolaborativa en vista de la necesidad de las familias guaraníes. Es decir, quela situación de empatronamiento y servidumbre que se pudo evidenciar enlas haciendas, no es entendida como un régimen prohibido constitucional-mente, sino como una relación laboral con obligaciones cumplidas y acuer-

Diagnóstico de situación

44 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

dos de partes que periódicamente (según el tratamiento acordado) es can-celado y renovado. Las entrevistas con los propietarios y los testimoniosrecibidos de las familias empatronadas, desmienten esta apariencia que buscóser disfrazada con un trato cordial pero frío que dispensaban los hacenda-dos; hecho que contrasta con la situación, los casos denunciados y el evi-dente estado de explotación, indefensión y maltrato de las familias guaraníesque también fueron visitadas y entrevistadas.

El trabajo de campo efectuado por los diversos cantones de las Provin-cias Hernando Siles y Luis Calvo del departamento de Chuquisaca, ha per-mitido identificar diferentes modalidades en la organización del trabajo yla producción de las haciendas. Según sus características, se ha podido dis-tinguir los siguientes tipos de hacienda:

a) Aquellas que han optado por un manejo empresarial y la incorpora-ción de una tecnología incipiente. Proporcionalmente es el grupo me-nos representativo.

b) Las haciendas que trabajan exclusivamente sobre la base de mano deobra contratada en otras regiones. Es decir, con jornaleros temporalesque se trasladan de otras provincias del departamento.

c) Haciendas que combinan el uso de mano de obra permanente basadaen las familias guaraníes cautivas y aquella temporal de jornaleroscontratados para efectuar tareas específicas (principalmente en lasépocas altas de trabajo agrícola y/o pecuario). En estos casos la manode obra temporal contratada puede provenir tanto de las comunida-des guaraníes libres, como de jornaleros campesinos que se trasladande otras provincias.

d) Las propiedades basadas exclusivamente en el trabajo permanente delas familias guaraníes empatronadas.

A pesar de estas diferencias en la forma cómo las haciendas se hanorganizado para la producción y el trabajo, es importante resaltar el hechode que (como podremos analizar mas adelante), en la generalidad de loscasos prevalece una lógica de dominio y explotación basada en diverso tipode abusos ejercidos sobre la mano de obra y las familias dependientes, einclusive el abuso de poder y el uso de los cargos públicos y de autoridad enbeneficio particular.

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En la zona de Añimbo del municipio de Huacareta por ejemplo, desta-can los casos del Sr. Juan Rivera de la hacienda La Visca que cuenta con 8familias guaraníes y donde se ha denunciado diverso tipo de abusos e inclu-sive casos de denuncia que se encuentran radicados en el ministerio públi-co21/. Destacan también las haciendas Tacurbite y El Ojo de Jaime Quinta-na y Walter Cabezas respectivamente, cuyas propiedades son trabajadasexclusivamente con mano de obra de familias guaraníes empatronadas. Encuanto al abuso del poder y el uso inadecuadoo de cargos públicos, se hamencionado los casos del Corregidor de Añimbo y el sub alcalde de Huacareta.

Debe tomarse en cuenta que el sistema de servidumbre y empa-tronamiento que se ha impuesto en la zona por muchas décadas, tiene comouna de sus bases de sustento el analfabetismo de la población (principal-mente de los mayores); que al no saber leer y escribir, no solo están impedi-dos de acceder al conocimiento e información sobre sus derechos, sino quetampoco pueden ejercer ningún tipo de control sobre las cuentas y librosde deudas que llevan los patrones, especialmente cuando se realizan los“arreglos” o se efectúan los “anotes” del dinero o los productos que las fa-milias guaraníes empatronadas sacan con cargo al trabajo por realizar. Elanalfabetismo, sumado al desconocimiento de los derechos humanos queles asiste (tanto individual como colectivamente), no les permite deliberarsu situación con el patrón. De esta manera, es el hacendado quien definelas condiciones de trabajo: las horas de duración, el pago por la jornada detrabajo, la forma de pago por las deudas adquiridas, la frecuencia de losarreglos, la forma de administración de los anticipos, el tipo de labores adesarrollar, etc. De acuerdo a los testimonios recibidos, muchas familiasguaraníes acuden a trabajar a las haciendas, con la idea de hacerlo por tiempodeterminado y obtener dinero para trasladarse a otros lugares y conseguiractividades con mayor perspectiva familiar. Sin embargo, con el sistema deendeudamiento que caracteriza a las haciendas, quedan indefinidamenteatrapados hasta que puedan cubrir las deudas adquiridas.

Las relaciones laborales de explotación establecidas entre patrones yfamilias guaraníes cautivas, en la generalidad de los casos no están estable-

21/ Específicamente se ha conocido denuncia contra el Sr. Juan Rivera, quién ame-naza constantemente al Sr. Luciano Perez (capitán comunal) y al Sr. Val Ríos,por la compra venta de un caballo y una vaquilla respectivamente.

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cidas formalmente y se basan en el endeudamiento que retiene la mano deobra familiar de los guaraníes por muchos años, les impide salir de las ha-ciendas, pero que además les coarta la posibilidad de trabajar para el sus-tento familiar en los potreros donde eventualmente se encuentran asenta-dos. Es decir, no existen contratos de trabajo, las familias se encuentranretenidas e impedidas de trabajar para sí mismas, la retribución en dineropor el trabajo desempeñado es diferenciado para hombres, mujeres y niños,y existen diferentes formas y modalidades de pago regidas principalmentepor el “arreglo verbal” entre partes.

Para apreciar mejor el tipo de relacionamiento establecido entre lospatrones y las familias cautivas guaraníes, es importante mencionar que lasmujeres realizan principalmente trabajos de cocina. Por lo general prepa-ran el desayuno para los trabajadores empleados por el patrón (que consis-te en un plato de comida y un jarro de té o café); luego elaboran el almuer-zo y la mujer debe llevar este alimento hasta el “potrero” (lugar donde seencuentran trabajando), que en muchos casos dista de la hacienda a varioskilómetros. Posteriormente debe preparar la cena para cuando los peonesretornan a la hacienda, después de haber realizado el trabajo del día. Almargen de la elaboración de la comida, las mujeres también cumplen otraslabores. Por ejemplo, tienen que carpir (pelar) maní o cumanda, escarmenarlana, hacer la limpieza de la hacienda, cuidar las gallinas, lavar la ropa, etc.Cuando existen varios trabajadores (generalmente en las épocas altas), lasmujeres trabajan desde las 04:00 a.m. hasta las 18:00 p.m. En días norma-les, la jornada comienza a las 07:00 a.m. y termina a las 18:00 p.m. A pesarde todo ello, el concepto que tienen los patrones de la mujer guaraní, esque ésta es “una mujer floja, descuidada, no tiene valor como persona”(hacienda El Ojo).

Los hombres trabajan dependiendo de la temporada. Es decir,“chaquean el monte” o realizan una “tarea” (asignación de un trabajo espe-cífico por determinado tiempo y monto de dinero); también hacen de “va-queros”, “cucheros”, “chiveros” (cuidan vacas, cerdos o chivos). Los ado-lescentes generalmente trabajan de “mano de mozo”; es decir, están adisposición del patrón para cualquier mandado inmediato (por ejemplo,ensillar el caballo, cargar y trasladar productos, llevar mensajes, etc.). Elhorario de trabajo para los hombres comienza a las 07:00 a.m. hasta las18:00 p.m.

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La generalidad de los patrones llevan un registro de sus trabajadores.Este registro consiste en un cuaderno que está bajo la custodia del hacen-dado. Allí se anotan los nombres de sus peones, las actividades que realizacotidianamente el guaraní, los “adelantos” entregados en especie (produc-tos y víveres) o dinero que se entrega a cuenta del pago por el trabajo desa-rrollado. Este cuaderno es importante, porque se convierte en el único do-cumento para realizar los “arreglos”.

Los “arreglos” se realizan cada mes, cada seis meses, cada año o cuandoes época de fiesta patronal. En la mayoría de los casos, después de los “arre-glos”, los guaraníes empatronados que trabajan en las haciendas salen de-biendo al patrón. De esta forma se establecen las obligaciones de trabajar afuturo, lo cual se traduce en una forma de sometimiento y dependencia quepuede durar toda la vida22/. Es importante resaltar que el registro y la admi-nistración de las cuentas por parte de los hacendados, constituye un hechoarbitrario, unilateral y discrecional. Es decir, se trata de un acto ilegal desometimiento y explotación, aun a pesar de ser socialmente aceptado porla necesidad que tienen las familias guaraníes empatronadas. En la lógicade los patrones, el endeudamiento de las familias cautivas implica una in-versión a mediano plazo para obtener réditos de una mano de obra barata,sumisa y dependiente, que queda sujeta a lo que disponga y ordene el ha-cendado. Inclusive en los casos en que ocurren imponderables de enferme-dad u otra necesidad de gasto de las familias empatronadas, el guaraní se veen la necesidad de pedir adelantos o préstamos que se anotan a su cuentaque debe ser pagada con su trabajo.

Al respecto, dado que las deudas constituyen uno de los principalesfactores de constitución de la servidumbre y el empatronamiento, se hapodido establecer la existencia de casos en los cuales existen propietarios y

22/ Al respecto se ha conocido por ejemplo la denuncia planteada por la Sra. Máxi-ma Torres en contra del Corregidor de Añimbo, Sr. Freddy Lopez, dueño de laHacienda La Soledad; en vista de que el mencionado hacendado adeudaba por20 años de trabajo que la denunciante cumplió en su hacienda. Lo dramático delcaso reside en el hecho de que la mujer a pesar de haber perdido un brazo desde suniñez y estar esperando su décimo hijo, continúa trabajando en la hacienda sinhaber recibido nunca una retribución en dinero por su trabajo y que solo recibealimentación cuando el patrón se encuentra en el lugar.

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patrones de haciendas que transfieren personal con deudas. La gravedad deesta situación que configura una condición no solo de servidumbre, sinoinclusive de semiesclavitud, puesto que entraña la disposición de la liber-tad de las personas, ha sido conocida durante el recorrido de campo efec-tuado. Es el caso de Germán Romero, un guaraní cautivo con 7 hijos, quiénpasó a trabajar de la hacienda del Sr. Eltan Ruiz a la hacienda El Ojo deWalter Cabezas, con una deuda de Bs. 1.300 que fue pagada por el nuevopatrón, a condición de que Germán Romero, el guaraní cautivo, pague sudeuda. Según testimonio del afectado, “desde ese momento, hace aproxi-madamente 2 años, no conozco dinero y solo trabajo para pagar mi deudamás los anticipos que recibo en especie y alimentos. No puedo salir y noquiero que pase lo mismo con mis hijos”. Este no es el único caso, tambiénse ha conocido otro en la comunidad de Ity, donde el Sr. Juan Segundo erasujeto de endeudamiento con el Sr. Francisco Morales por un monto de Bs.1.100, que posteriormente fue transferido a manos del Sr. Oscar Carballo.Este último, a pesar de haberse beneficiado con el trabajo de Juan Segundopor un tiempo mayor que cubriría la supuesta deuda transferida (incluyen-do los adelantos recibidos), optó por realizar una demanda ante el inspec-tor regional de trabajo, como si el afectado fuese él y no quién trabajó enexceso la supuesta deuda acumulada.

Una situación de similar gravedad, es la referida a la transmisión dedeudas de generación en generación. Si bien en la actualidad no se ha to-mado conocimiento de la existencia de población joven que haya hereda-do las deudas de sus padres; en cambio si existen personas mayores queactualmente continúan trabajando para hacendados, luego de que sus pa-dres ya hubieron muerto trabajando para la misma propiedad. En la ha-cienda Bella Vista ubicada en el cantón Iguembe de la Provincia Luis Cal-vo, perteneciente al Sr. Leonel Barrientos, todavía trabaja el Sr. PolicarpioMaraveño de 71 años de edad, quién, lo mismo que sucedió con sus padresque murieron trabajando en la hacienda, señala que “aquí vamos a acabarnuestra vida y nuestra fuerza”.

Por otra parte, cuando el guaraní sale de la hacienda en busca de algu-na mejor perspectiva o sencillamente porque no está dispuesto a seguir sien-do explotado, entonces el patrón no le reconoce ningún tipo de indemni-zación por los años trabajados y tampoco por las mejoras y gastos que hubiesehecho en la hacienda. Por ejemplo, se han conocido casos en los que el

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patrón no quiso reconocer el trabajo y los gastos efectuados en el estableci-miento de frutales y otros cultivos, o en la construcción de la viviendadonde se encontraba viviendo la familia cautiva.

Pero las arbitrariedades y abusos no se manifiestan solamente en lafalta de pago de jornales, desconocimiento de indemnizaciones o la ne-gativa a devolver inversiones realizadas por las familias empatronadas;también llegan al maltrato físico. Una de las hermanas García azotó aEugenio Rubio (vaquero empatronado de la hacienda conocida como“Pantanal”), según el relato de la esposa e hija. El hecho sucedió en pre-sencia de varios guaraníes, después de que la patrona lo encontró bebiendoy el vaquero no obedeció (cuando de mala forma) se le exigió ir a trabajar ala hacienda.

Otra de las facetas de la explotación laboral que se impone en las ha-ciendas con familias cautivas, es la referida a la relación que se establececon niños y adolescentes de padres guaraníes que trabajan para el patrón.Dependiendo de la edad, muchos trabajan a cambio de alimentación, te-cho o estudio.

Estos niños, si están en edad escolar, pueden asistir a la escuela; peroen horas de la tarde trabajan junto a sus padres cumpliendo algunas labo-res. Por ejemplo, se les asigna dos o tres surcos para cosechar maní y por esetrabajo se les reconoce con un kilo de arroz, azúcar o útiles escolares (ha-cienda Tacurbite de Jaime Quintana).

En otras haciendas, a pesar de que el niño esté en edad escolar, éstosno asisten a la escuela y la instrucción escolar es remplazada por la “ense-ñanza” que imparte el patrón. Es el caso por ejemplo de la hacienda ElPalmarcito de Gumercindo López ubicada en el cantón Iguembe de la Pro-vincia Luis Calvo, donde se encontraron aproximadamente 10 niños queno asisten a la escuela, pero se encuentran “pasando clases en la haciendadel patrón”.

También existen otros niños y adolescentes (varones o mujeres), quese encuentran en calidad de “préstamo” al servicio de los hacendados. Setrata de casos en los cuales los padres guaraníes entregan sus hijos a lospatrones por un año, para que éstos los inscriban en la escuela. A cambiode ello tienen que prestar sus servicios en la hacienda y en muchos casosno les cancelan por el trabajo que realizan. Al respecto se ha mencionadoel caso de la hacienda “Bella Vista” en el municipio de Muyupampa.

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Otra situación que se pudo evidenciar, es la presencia de niños y ado-lescentes que se encuentran en calidad de “criados”, pero muchas vecesencubiertos por vínculos de padrinazgo que inclusive implican que los pa-trones sean llamados como “papá y mamá”. En estos casos los “criados”quedan retenidos en poder de los patrones desde muy pequeños, crecencon ellos, les sirven y terminan estableciendo una relación de agradeci-miento por el apoyo brindado. Esta figura de tenencia de niños y adoles-centes no está legalmente definida, pero en vista de estar mediatizada porrelaciones de servidumbre y explotación laboral (aun a pesar de un supues-to consentimiento familiar), puede ser caracterizada como una práctica ile-gal, que lamentablemente es muy común en la región chaqueña del depar-tamento de Chuquisaca. Al respecto se hizo conocer que en la haciendaTaracuite de propiedad del Sr. Hernán Peralta, existen 4 adolescentes cuyacondición jurídica no está definida.

Este último ejemplo permite hacer referencia a otra de las facetas deldominio, el control y el sometimiento que ejercen los patrones sobre lasfamilias cautivas que se encuentran empatronadas en sus haciendas. Se hacereferencia a los componentes emocionales y afectivos que se crean en lasrelaciones de trabajo y dependencia que unen a los patrones y las familiascautivas. Dicha relación se construye sobre la base de sentimientos de agra-decimiento originados en supuestos favores, concesiones, acceso a la edu-cación de los hijos, realización de trámites ante diversas instituciones, etc.,pero que finalmente terminan profundizando los mecanismos de depen-dencia, exacción, explotación y sojuzgamiento, que formalmente se encu-bren bajo una imagen “paternal” o de padrinazgo23/.

3.2.2 Indefensión y desprotección por ausencia del Estado

Cuando se habla de la ausencia del Estado, podría arguirse que estasituación no es cierta en vista de que en ambas provincias chaqueñas del

23/ Inclusive en estos casos en los que se puede advertir sentimientos de agradeci-miento o reconocimiento de las familias guaraníes respecto de sus patrones, tam-bién se han denunciado abusos como el de tramitar y cobrar el “bonosol”, paraposteriormente retener el dinero y/o entregar solo una parte de los Bs. 1.800 quecorresponden a los beneficiarios guaraníes dependientes, con el argumento quelos empatronados tienen deudas por cobrar con el patrón.

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departamento de Chuquisaca existen alcaldes, subalcaldes, corregidores,fiscales, jueces, policías, oficiales de registro civil, defensorías de la niñez,centros de salud y postas sanitarias, sub prefecturas, etc. Sin embargo y apesar de que también existe una normativa que regula y determina las com-petencias y responsabilidades de estas reparticiones estatales y sus autori-dades, en cambio no podría afirmarse con la misma certeza que dichas ins-tancias estatales y autoridades cumplan con las responsabilidades asignadasy, sobre todo, implementen políticas públicas para evitar la transgresión ala normativa vigente o la vulneración de derechos.

Sucede que ante la falta de iniciativa de los servidores públicos y lasautoridades para desarrollar acciones en el marco de sus competencias paraprevenir situaciones de grave vulneración de derechos, se suma la situa-ción de las familias empatronadas y cautivas, que tampoco se animan nicuentan con los medios (incluidos el desconocimiento sobre la función delas instituciones y la disponibilidad material de recursos), para hacer efec-tivas sus denuncias. Inclusive se han podido conocer casos en los que elsolo apersonamiento ante las autoridades, e inclusive el traslado hasta lasciudades donde se encuentran las oficinas, es prácticamente imposible pues-to que no solo carecen de recursos económicos para cancelar el transporte,sino que de hecho desconocen sus derechos y nunca han emprendido nin-gún viaje hasta los centros urbanos. De esta forma quedan en una situaciónde indefensión y desprotección muy grave.

Otra forma de ausencia del Estado en la región, se manifiesta a travésde la falta de nombramiento y asignación de personal en diferentes institu-ciones. Es el caso por ejemplo de funcionarios en materia laboral. Al exis-tir este vacío, los patrones no se sienten interpelados por autoridad compe-tente y, por tanto, sus actividades ilegales se pueden desarrollar en un marcode supuesta “normalidad”, ante la impotencia y falta de acceso a la justiciaen igualdad de condiciones de las víctimas, quienes por su situación deindefensión jurídica terminan negociando sus derechos o simplemente sinejercerlos. En otras instancias, como educación y salud, el Estado tampocoasigna el presupuesto, los ítems y el material necesario para garantizar unbuen funcionamiento y atención de estos servicios. En varias escuelas decomunidades guaraníes no se asigna el personal idóneo; es decir, profesoresbilingües que enseñen en el idioma materno y cumplan con el proceso dela reforma educativa y la educación intercultural. Los centros de salud y

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postas suelen estar abandonados por falta de personal, y frecuentementelos insumos médicos han quedado inservibles por la fecha de expiración.

A esa situación se suma la discriminación, porque se han conocidocasos en los que aquellas familias guaraníes que finalmente intentan acce-der a los servicios de salud, identificación, acceso a la justicia, etc., sonmotivo de desatención, maltrato, postergación de trámites u otro tipo desituaciones que impiden, vulneran y restringen sus derechos24/.

Este tipo de discriminación no se manifiesta únicamente en contra deindividuos o familias cautivas; también se da en forma colectiva cuandolos municipios desatienden o postergan las demandas y necesidades de lascomunidades guaraníes, al no incorporarlas en la programación eimplementación de los planes operativos municipales. En vista de ello, haycomunidades como Aguairenda que, en vista de la desatención sufrida, hansolicitado formalmente que se los tome como parte del cantón Ticucho, enla esperanza que por este medio podrán mejorar su situación de acceso a losbeneficios de la coparticipación tributaria.

En este punto, que hace a la disponibilidad de medios para cubrir ysatisfacer mínimas necesidades de subsistencia, se expresa probablementeel abandono, vacío y ausencia más importante del Estado en la región, res-pecto de la población guaraní empatronada. La miseria, la absoluta preca-riedad de sus condiciones de vida y las condiciones infrahumanas en lasque viven estas familias, es realmente impresionante.

Las familias cautivas generalmente viven en chozas ubicadas en luga-res marginales o escarpados de las haciendas, donde la tierra no ofrece con-diciones para la producción y el trabajo. Allí ubican sus chozas que cons-tan de un solo ambiente construido de troncas y palos (a veces recubiertascon algo de barro), en una superficie que no suele superar los 20 metroscuadrados y cuyo techo es de cañahueca y un material parecido a la paja.Allí instalan una especie de cama (donde duermen todos los miembros dela familia) y sus pocas pertenencias están colgadas o apoyadas al aire libre.Junto a ello se ubica lo que podría llamarse la cocina, que consiste en un

24/ En contra de la Sra. Ilsen Cabeza López, funcionaria del Registro Civil en la loca-lidad de Añimbo, se ha denunciado la realización cobros indebidos, la entrega decertificados sin sello seco y el cambio de nombres, que la funcionaria ha negadorotundamente.

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conjunto de piedras apoyadas en el suelo, unas al lado de otras (a vecescubiertas por barro) que sostienen los recipientes donde cuecen sus ali-mentos. Muy cerca del lugar se encuentra (cuando hay), una especie degallinero donde guardan sus animales domésticos. Bajo estas circunstan-cias, es claro que no disponen de ningún tipo de servicio y su abandono esproporcional a la edad: cuanto más edad tienen, peores suelen ser sus con-diciones de vida25/.

Otro de los ámbitos en los que se expresa la ausencia del Estado, es elreferido a la existencia de una significativa cantidad de población guaraníque no cuenta con documentos de identidad o que tienen problemas rela-cionados con su tramitación. La importancia de esta situación radica enque esta población está impedida de ejercer los derechos básicos funda-mentales de las personas y los pueblos: el derecho a la identidad. En lageneralidad de las comunidades y haciendas visitadas, se ha informado dela existencia de personas que no poseen sus documentos de identificación.Como se puede deducir, dichas personas no pueden ejercer sus derechos avotar y elegir, a efectuar trámites, acceder a títulos de propiedad sobre latierra, acceder a los servicios de salud y educación, beneficiarse del bonosol;en fin, ejercer sus derechos ciudadanos.

También se puede advertir la ausencia del Estado, haciendo mencióna la falta de los servicios en la región y, específicamente, en las comunida-des guaraníes donde ya el difícil acceso a estos lugares (por las precariascondiciones de los caminos), nos muestra el primer indicio de la ausenciaestatal mencionada. A modo de ejemplo ilustrativo mencionamos a la co-munidad guaraní “Inti”, ubicada en el cantón Ñacamiri del Municipio deHuacareta, donde se llega después de recorrer un precario camino vecinalconstruido a pico y pala por los guaraníes y los colonos asentados en laregión, y que se desprende de una de las rutas troncales que une el munici-pio con el vecino departamento de Tarija. A partir de 1997 es una “comu-nidad liberada” como la denominan sus habitantes, de propiedad colecti-va. Una parte del terreno comunal fue cedida por Federico Reynaga, unhacendado de la zona. Posteriormente con el saneamiento de tierras y elreconocimiento del derecho de posesión legal, les otorgaron 1.252 hectá-

25/ En anexos se incluye una secuencia fotográfica de lo verificado durante el trabajode campo.

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reas para cerca de 200 habitantes. Sin embargo, no toda la superficie escultivable pues en su mayoría está conformada por serranías o terrenos in-clinados. Por tanto, las extensiones productivas son pequeñas y la fertili-dad de la tierra se está agotando. El número de hectáreas consolidadas porel INRA es insuficiente para cubrir el lógico crecimiento demográfico, loque obliga a muchos de ellos a trabajar en las haciendas vecinas para ganarseel jornal. La comunidad no tiene agua potable, ni electricidad. Existe unaescuela básica que fue construida con la contraparte de los guaraníes y ensus primeros años el ítem del maestro también tuvo el aporte de ellos. Nohay posta sanitaria, la más próxima se encuentra por lo menos a 10 kilóme-tros, distancia que deben recorrer a pié o a caballo los enfermos cuandorequieren el servicio. 8 personas no tienen documento de identidad ya seapor que nunca lo tuvieron, o debido a errores administrativos en sus certi-ficados. En la comunidad Inti (a diferencia de otras comunidades guaraníesque cuentan con el apoyo de ONGs), tampoco existen proyectos u obrasque actualmente se estén ejecutando y el Estado no presta ningún tipo decrédito o asistencia técnica.

3.2.3 Relaciones de poder y dominación

Tradicionalmente la región chaqueña del departamento de Chuquisacase ha caracterizado por el dominio y la presencia de caciques y patronesque, sobre la base de las relaciones familiares, políticas y de amistad, logra-ron estructurar un sistema cuyo poder también estaba asentado en el con-trol de las instituciones estatales de gobierno y administración regional.Patrones y hacendados, no solamente concentraron para sí la propiedad dela tierra y el control de la mano de obra, sino también las diferentes insti-tuciones de gobierno y administración del Estado en la región. Esta prácti-ca ejercida de manera cuasi monopólica durante varias décadas y que lespermitió ejercer el poder político sobre la región, si bien en los últimosaños se ha visto matizada como consecuencia del avance en el procesodemocrático y la oportunidad de que nuevos actores accedan a algunoscargos de autoridad por medio del voto26/; sin embargo, en la actualidad es

26/ Es el caso del Concejo Municipal de Huacaya que tiene como presidente a RemigioAruchari, un guaraní.

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posible apreciar aun la influencia y poder que ejercen estos sectores, comopodremos apreciar en el presente acápite.

Una muestra de las relaciones entre el poder, la influencia política y laconcentración de tierras es el siguiente:

a) El señor Federico Reynaga es un propietario que, a pesar de los recor-tes que sufrió como consecuencia del proceso de saneamiento, cuentacon 4 haciendas que son: Itarumau (con 1.800 has. aproximadamen-te), Itani/Ingre, que colinda con la comunidad de Tentayapi con unasuperficie de 2.670 has., Inti, con 650 ha., e Iguembito con aproxima-damente 3.000 ha.

b) Federico Reynaga ha sido corregidor entre los años 99 a 2004.c) En la gestión municipal anterior fue electo concejal.d) Actualmente tiene el cargo de consejero departamental.

Otra de las manifestaciones de las relaciones de poder y dominaciónque los patrones imponen sobre la población guaraní en particular y sobrealgunas de las regiones del Chaco chuquisaqueño, es la instalación y cons-trucción de escuelas y postas sanitarias dentro de sus propiedades hacen-datarias. A este respecto se ha podido establecer el caso del Sr. Reynagaque, siendo Consejero departamental de Chuquisaca y conocido hacenda-do de la región, ha promovido la instalación de una posta sanitaria dentrode los límites de su propiedad. También se ha conocido el caso de la ha-cienda Campo Largo del Sr. Luis López, donde se han construido 2 aulaspara el funcionamiento de la escuela y cuya profesora trabaja sobre la basede los aportes de las familias.

Al respecto debe tomarse en cuenta que este tipo de situaciones nosolamente entrañan la asignación y uso de recursos del Estado para la cons-trucción de postas y escuelas en propiedades privadas, sino el absoluto des-conocimiento de la comunidad educativa constituida por los padres de fa-milia, las juntas escolares, los estudiantes y los profesores, puesto que debeentenderse que son decisiones directas que se toman entre hacendados yautoridades gubernamentales.

Otra manifestación del abuso de poder y el uso de cargos públicos enbeneficio particular, es el referido a la realización de cobros indebidos einclusive la detención y traslado de los deudores a las haciendas para que

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presten servicios con cargo a las sanciones y deudas establecidas. Es el casodel corregidor en la zona de Añimbo Sr. Freddy López, propietario-admi-nistrador de la hacienda La Soledad, que tiene denuncias en el municipiode Juntas, en sentido de realizar cobros en especie (animales) y dinero, poratender casos de la comunidad. Según los denunciantes, también se handado casos en los que algunas personas fueron trasladadas a su haciendapara que presten servicios con cargo a la deuda establecida. Es decir, quedicho corregidor utiliza el cargo solamente para extorsionar a los ciudada-nos. Un caso similar es el relacionado con el subalcalde de La Junta, Sr.Gonzales, que en su condición de autoridad obliga a los comunarios a co-mercializar la producción de maíz solamente con su persona. Su negocioconsiste en rescatar la mayor cantidad de producción de la zona, para tras-ladarla a los mercados de Sucre. Se ha denunciado que las personas quedesobedecen la instrucción de venderle su producción, son obligados a aban-donar sus viviendas y chacos, saliendo de la región.

Al margen de este ejercicio directo del poder y la autoridad por medio dela instrumentalización en beneficio particular de los cargos públicos por partede los hacendados; no se puede desconocer el aprovechamiento de las relacio-nes de parentesco, amistad, afinidad u otros lazos que unen a los sectores domi-nantes y que son utilizados para influir en diferentes ámbitos27/. Esta situaciónprovoca inseguridad jurídica, desprotección y falta de acceso a la justicia enigualdad de condiciones y con la misma oportunidad, a quienes no formanparte del círculo de los patrones y su relaciones que, al tener un contacto direc-to en las diferentes esferas de actividad de la región, cuentan con la influencianecesaria para mantener y beneficiarse de este círculo de privilegios.

3.2.4 Acceso a la tierra y el territorio

La problemática del acceso y el derecho a la propiedad de la tierra y elterritorio de las comunidades y el pueblo guaraní, ha sido ampliamente

27/ Un ejemplo de este tipo de relaciones es el que vincula a Ilsen Cabeza López(funcionaria del Registro Civil de Añimbo), hija del propietario de la haciendaEl Ojo, Sr. Walter Cabeza, que a su turno es pariente del Senador Morgan López,del alcalde de Huacareta, Sr. Daniel López y del Corregidor de la localidad deAñimbo, Sr. Freddy López.

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analizada en varios estudios e investigaciones realizadas desde el año 1996,cuando se plantearan las demandas de TCOs. Es más, generalmente se haconstituido en el principal factor de atención y preocupación que se haintentado resolver, en la perspectiva de encontrar una solución al asuntode la servidumbre y el empatronamiento al que se encuentran sometidosfamilias y comunidades guaraníes. Se piensa que al resolver el problema dela tierra que demandan las comunidades y el pueblo guaraní, también seresolverán los problemas como la servidumbre y el empatronamiento28/.

Por esta razón y en vista del abundante material existente, en esteacápite se hará referencia únicamente a aquellos aspectos principales quehan resaltado como parte del trabajo de campo efectuado.

A ese efecto, uno de los más evidentes y claros problemas identifica-dos, es el relacionado con la distribución inequitativa de la tierra. Los ex-tremos de este asunto no solamente tienen que ver con una desproporcionaldiferencia existente entre la elevada superficie de las haciendas particula-res de los patrones y las mínimas extensiones de tierra de los potreros de lasfamilias guaraníes (en los pocos casos de posesión reconocida), sino en eldesconocimiento tácito que el proceso de saneamiento ha dado curso, alignorar la presencia y posesión histórica de las comunidades y familiasguaraníes en el territorio chaqueño. Solo para mencionar algunos ejem-plos, en la zona del municipio de Villa Vaca Guzmán (Muyupampa) seencuentran la hacienda “Bella Vista” que tiene una extensión de 9.500hectáreas y 1.000 cabezas de ganado y la hacienda Itao tiene una extensiónde 3.500 hectáreas con aproximadamente 500 cabezas de ganado. En con-traste se puede mencionar la comunidad de Aguairenda (ubicada en el

28/ Es importante destacar al respecto, que paralelamente al proceso de saneamientoque constituye el único procedimiento legal para definir el acceso y los derechosa la propiedad de la tierra, han surgido otras iniciativas (como por ejemplo la decompra de tierras que inclusive aun no están saneadas), orientadas a atender lademanda de tierra para el pueblo y las comunidades guaraníes. En realidad estasiniciativas constituyen esfuerzos que, sustituyendo la responsabilidad y compe-tencia del Estado para atender y otorgar las tierras demandadas, originan pro-puestas de importante valor humanitario, pero que finalmente solo constituyenun paliativo parcial y de coyuntura que no logra abordar el conjunto de la pobla-ción, ni la integralidad de la problemática.

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municipio de Villa Vaca Guzmán), cuya organización es resultante de laliberación de varias familias cautivas que trabajaban en la hacienda de lafamilia Reynaga. La comunidad está compuesta por aproximadamente 60familias en una superficie de 1.040 has. La diferencia es aún más abismalcuando apreciamos los potreros individuales reconocidos por posesión le-gal a las familias que trabajan empatronadas en las haciendas, cuyas super-ficies no alcanzan generalmente las 5 ha. por familia (que corresponden alespacio reconocido para una cabeza de ganado para las propiedades gana-deras)29/. A este respecto se ha podido establecer que inclusive en los casosen los que se ha procedido a reconocer el derecho de posesión legal de lasfamilias guaraníes empatronadas sobre los potreros en los que viven; sinembargo, algunos propietarios se han dado modos para retener y “guardar”los títulos de propiedad otorgados como resultado del saneamiento. De estaforma los patrones establecen un mecanismo adicional para la retenciónde las familias cautivas y el fortalecimiento de los lazos de dependencia30/.

En ese campo de las relaciones personales, durante el trabajo de cam-po se ha tenido la ocasión de conocer el criterio de los hacendados y patro-nes respecto de la población cautiva. En la generalidad de los casos se hareiterado insistentemente que se trata de “personas dejadas flojas, alcohó-licas y descuidadas. No tienen iniciativa propia para el trabajo y que elguaraní vive al día y no tiene interés de superarse. Por tanto, lo que necesi-tan es alguien que les guíe y no algún pedazo de tierra, porque sencilla-mente las tierras las dejan abandonadas, sin trabajar”. Este concepto, porcierto muy generalizado entre los patrones y hacendados, no considera el

29/ Durante el recorrido de campo se ha podido conocer un caso dramático al respec-to. Se trata de la familia de Olegario Parare que ha obtenido un título entregadoen la gestión gubernamental de Carlos Mesa, por el cual se reconoce en adjudica-ción una extensión de 945 metros cuadrados de superficie aprovechable, de untotal de 3,58 has. del predio. El guaraní empatronado es vaquero de la haciendaIguembito de Federico Reynaga, cuya superficie total es de aproximadamente 2.600ha. Dos de los 9 hijos de su familia también trabajan en las haciendas de la zonay no han logrado acceder a ningún pedazo de tierra en propiedad. Es decir, conti-núan viviendo con el padre y dependen de la superficie de tierra recibida en adju-dicación por éste (¡!??).

30/ Por ejemplo, es el caso de la hacienda Taracuite del Sr. Hernán Peralta que retieneen su poder los títulos de 7 familias empatronadas que trabajaban en su hacienda.

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hecho de que mal se puede esperar que los guaraníes tengan capacidadmaterial para trabajar los potreros donde viven, si en realidad todo sutiempo lo emplean en atender los requerimientos de los patrones, traba-jar sus tierras y cuidar sus animales. A ello se suma el hecho que en elsupuesto de contar con tiempo y tierra para trabajar, se necesita mediospara adquirir semillas, insumos, herramientas, etc. que, como se puedededucir por las condiciones de servidumbre y empatronamiento en queviven, las deudas que arrastran y el hecho de no recibir prácticamente nin-guna retribución en dinero; están imposibilitados de contar con las condi-ciones materiales mínimas para cumplir aquel cometido. Los guaraníesempatronados, desde esa perspectiva, no solo se encuentran impedidos deacceder y trabajar la tierra, sino que se encuentran despojados de la basematerial mínima para hacerlo. La ocupación permanente en las tierras delpatrón y la falta de recursos económicos y medios para adquirir los insumosnecesarios, lo impiden.

Otra faceta de la problemática, que hace al acceso y el derecho a latierra para las comunidades y familias guaraníes del Chaco, es la referida alos resultados y efectos del proceso de saneamiento. Al margen de las am-pliamente conocidas observaciones y críticas respecto del trabajo de laempresa KADASTER que se encargó de realizar este trabajo en el departa-mento de Chuquisaca y que tienen que ver con varias irregularidades rela-cionadas con la falta de transparencia, la clara parcialización a favor de losintereses de hacendados y ganaderos, la falta de información oportuna yadecuada y un proceso que ha consolidado la inequitativa distribución detierras existentes en la región chaqueña del departamento de Chuquisaca;durante el trabajo de campo realizado, se ha podido establecer otro fenó-meno que ha impedido el acceso a la tierra por parte de las familias y co-munidades guaraníes. Se trata del despido y alejamiento de familias guara-níes empatronadas que trabajaban en las haciendas, como método paraimpedir que el INRA proceda al reconocimiento de su derecho sobre latierra como poseedores legales. Esta práctica no solo ha implicado una muycuestionable actitud de parte de los patrones para deshacerse de familiasque trabajaron durante años a su servicio, desconociendo sus derechos deposesión sobre los predios en los que vivían; sino que han provocado queuna cantidad indeterminada de familias guaraníes, termine deambuladopor la región sin ninguna esperanza.

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En otros casos, los patrones inclusive utilizaron el amedrentamiento yla amenaza para que las familias guaraníes renuncien a su derecho de hacermedir los predios en los que vivían, de manera tal que no afecten las ha-ciendas de sus patrones. Al respecto, es importante mencionar que en al-gunas haciendas donde los patrones accedieron a reconocer el derecho deposesión de las familias guaraníes empatronadas que se encontraban asen-tadas dentro de sus propiedades, el problema se tradujo en el tamaño, lalocalización y la utilidad de los potreros medidos y reconocidos. En la ge-neralidad de los casos, se trata de solares que no alcanzan a las 5 has. deextensión31/ para familias que en muchos casos están compuestas por va-rios miembros. Se trata de predios localizados en laderas con elevada pen-diente y que no son aptas para realizar labores agropecuarias. Todo ello sinconsiderar que las familias y comunidades guaraníes no guardan una rela-ción productiva y agrícola con la tierra y más bien tienen un conceptoterritorial que en estos casos a sido francamente ignorada32/.

Otra forma para consolidar grandes predios, asegurarse de contar conmano de obra disponible y barata, y liberarse de obligaciones directas queeventualmente podrían contraer demandas y problemas, pero sin necesi-dad de expulsar a las familias cautivas que dependían del trabajo de la ha-cienda; ha sido la de proceder a la donación de tierras para la constituciónde comunidades. Es el caso de la hacienda La Esperanza en el municipio deHuacareta, cuya propietaria, al mismo tiempo de consolidar a su favor unaextensión de 3.000 has. fusionando 2 propiedades, tomó la decisión de ce-der 48 has. para la conformación de la comunidad de Villa Esperanza, don-de se han establecido 15 familias con algo mas de 100 personas. Actual-

31/ Debe tomarse en cuenta que la extensión de tierra reconocida por la normativaagraria para las propiedades ganaderas, es de 5 ha. por cada cabeza de animal quese posea (Decreto Ley 3464 de 1953, en su Art. 21). Este hecho ha contribuido ageneralizar el criterio que “las vacas tienen mas derecho que las personas”, y eneste caso que los guaraníes empatronados.

32/ Al respecto un indígena guaraní señala: “los guaraníes siempre han buscado esaTierra sin Mal (Ivi Marai), para poder vivir en armonía. El pueblo guaraní anti-guamente no tenía límite ni frontera para cazar, pescar y para recolección de fru-tas silvestres. Era libre, no había mojón, papeles o títulos que hoy existe. No ha-bía problema para el pueblo guaraní, podían asentarse donde sea. Por eso la mayoríade los lugares y hasta las poblaciones llevan nombres guaraníes”.

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mente (al margen de haber consolidado una superficie extensa en su fa-vor), la propietaria tiene mano de obra disponible de las familias guaraníesque componen la comunidad y la tierra disponible para ellos es insuficien-te para desarrollar sus actividades. Como se puede apreciar, aunque formal-mente se trata de familias libres, sin embargo, es claro que no cuentan conmínimas condiciones para desarrollar sus actividades productivas en la su-perficie de tierra que disponen, pero además continúan a merced de lospatrones para cubrir las necesidades mínimas de subsistencia.

Al respecto, otro fenómeno emergente de este tipo de prácticas, esque muchas familias guaraníes han quedado sin acceso, derecho de pose-sión y menos propiedad sobre la tierra, puesto que al haber sido expulsadosde las haciendas o haber dejado las comunidades en las que se encontra-ban, no figuran ni forman parte de los títulos o certificados de saneamientoen los que se consignan los beneficiarios. Se puede afirmar que se trata deuna población flotante, cuyos derechos no han sido incluidos como partede los resultados del proceso de saneamiento. Por ejemplo, es el caso devarias comunidades guaraníes libres, en las que solo figuran los poseedoreslegales identificados durante el proceso de saneamiento, y no aquellos quefueron admitidos y se asentaron posteriormente. Esta situación hace quelegalmente no tengan ningún derecho sobre la propiedad de la tierra.

En contrario de lo señalado, que no solo implica que muchas familiasguaraníes se hayan quedado sin acceso a la tierra, sino también como po-blación flotante que no puede acceder a otro tipo de proyectos; debe re-saltarse el hecho de que el derecho de propiedad actualmente reconocida alas haciendas, emerge precisamente del trabajo que fue posible demostrarsobre la base de la actividad de las familias guaraníes empatronadas que seencontraban al servicio de los patrones hacendados. A este respecto, llamala atención que la generalidad de las haciendas visitadas hayan dejado deser propiedades agrícolas (con una producción que ha declinadosignificativamente), para optar por la actividad ganadera extensiva (quecon la sola presencia de ganado puede demostrar cumplimiento de la FES).Puede deducirse que esta conversión productiva no tiene que ver solamen-te con una opción por mejorar ingresos; sino con la decisión de acceder auna mayor cantidad de tierras por medio de las cabezas de ganado disponi-bles y, al mismo tiempo, deshacerse de las familias cautivas que eventual-mente podían disputar derechos de propiedad de la tierra de las haciendas,

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62 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

sobre la base de la posesión legal. No debe olvidarse que este proceso deconversión coincide con el inicio del proceso de saneamiento en los años 90.

3.2.5 Las comunidades guaraníes libres

La organización y establecimiento de comunidades guaraníes libres enla región del Chaco chuquisaqueño, ha constituido un factor muy impor-tante que ayuda a comprender mejor la problemática de la servidumbre yel empatronamiento.

Resultado de los proyectos de compra de tierras impulsadas por la Igle-sia Católica y algunas ONGs, o emergentes como consecuencia del procesode saneamiento que reconoce los derechos de posesión legal que en algu-nos casos se dieron en forma colectiva; las comunidades guaraníes libresjuegan un rol preponderante en diversos aspectos.

En principio es imposible desconocer el valor y la importancia quetuvieron al constituirse en espacios de refugio, protección y asentamientopara familias que salían o escapaban de su situación de cautiverio y delrégimen de servidumbre y empatronamiento al que habían sido sometidos.También se trata de espacios que han contribuido y ofrecido la oportuni-dad de reconstituir formas de organización comunitaria a las familias guara-níes que se encontraban dispersas, separadas y aisladas, sin tener un refe-rente social que ayude en la defensa y reivindicación de las demandascolectivas de los guaraníes33/. En ese sentido por ejemplo, las comunidadesguaraníes no solamente aportan con uno de los componentes de la basesocial de sustento de su organización matriz, el CCCH, sino que en la prác-tica sirven de referente a las familias que aun continúan en la condición decautivos. Debe tomarse en cuenta que la organización comunitaria se con-vierte en la instancia deliberativa de todos los temas que afectan el ejerci-cio de sus derechos. Ello significa que las familias guaraníes que antes seencontraban aisladas, ahora pueden abordar temas de interés tanto colec-tivo, individual y familiar. La organización comunitaria se constituye en el

33/ El rol de los capitanes comunales, zonales y de la CCCH en este sentido es funda-mental, puesto que por su intermedio se canalizan las denuncias sobre el maltra-to, los abusos, la prepotencia, el engaño y la explotación de la que son objeto lasfamilias cautivas en las haciendas.

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pilar sobre el cual gira la actividad cotidiana y por la cual se pueden cana-lizar sus diferentes demandas.

Las comunidades guaraníes resultantes de los proyectos de compra detierras, cuya organización es reciente en el tiempo, son también espaciosque han ofrecido la oportunidad de acceder a servicios y la construcción deinfraestructura que en el pasado los guaraníes no disponían. En cambio, lascomunidades guaraníes que no forman parte de los proyectos de compra detierras y no han contado con ese apoyo para su organización, se caracteri-zan por carecer de vías de comunicación construidas y mantenidas comoparte de las actividades estatales, tampoco cuentan con centros médicos,agua y cámaras sépticas, la educación bilingüe es inexistente y, en general,no reciben el apoyo y atención de sus municipios.

Paralelamente a lo señalado, las comunidades guaraníes tienen variosproblemas. Durante el recorrido realizado, se ha podido advertir que envarias de las comunidades visitadas existen problemas de gestión. Al serresultantes de la confluencia de varias familias que provienen de diversoslugares y sectores, todavía no se ha logrado consolidar la unión, consenso yrepresentatividad necesaria para abordar las responsabilidades de maneraconjunta. Por ese motivo se han encontrado problemas en el cumplimien-to de las tareas colectivas que tienen que ver con la producción, el mante-nimiento y administración de los servicios disponibles, la participación delos miembros y familias en las actividades y tareas definidas, etc. En otroscasos se advierte la persistencia de cierta dependencia hacia los patrones,porque ellos no solamente continúan siendo una fuente para la obtenciónde trabajo, sino también de víveres y productos que requieren para su sus-tento. Esta circunstancia ha influido para que algunas familias abandonenlas comunidades y vuelvan a depender de los patrones; lo que (indepen-dientemente de la situación personal y familiar), ha redundado también enla composición y funcionamiento de las comunidades donde se encontra-ban. También se ha verificado situaciones en las que los servicios disponi-bles no funcionan ni benefician a los miembros de la comunidad, en vistade que hay rencillas y desacuerdos entre los dirigentes y responsables34/.

34/ Por ejemplo en la comunidad de Aguairenda no estaba funcionando la guardería,ni los niños podían acceder al beneficio del desayuno escolar y los alimentos dis-tribuidos por el municipio, en vista de que habían problemas de coordinaciónentre las delegadas de la organización.

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Otro de los graves problemas que atraviesan las comunidades guaraníes,es el relacionado con su identidad, valores y costumbres. La organización yestablecimiento de comunidades libres, efectivamente ha contribuido asuperar una condición oprobiosa de servidumbre y cautiverio; sin embargo,por lo observado en terreno, al privilegiar el trabajo y la producción agrí-cola promovida básicamente por las ONGs que apoyaron los procesos decompra de tierras, se ha hecho prevalecer una visión campesinista, basadaen el esfuerzo individual y familiar, que no parece haber contemplado otrotipo de actividades y costumbres que relacionan al pueblo guaraní con suentorno, el territorio y los recursos naturales. Esta situación, como se com-prenderá, no solamente afecta a una real y viable construcción e identifi-cación de las familias guaraníes respecto de las comunidades constituidas;sino también al futuro y la preservación de sus valores, costumbres e iden-tidad. Desde ese punto de vista, este no es un problema de fácil abordaje yresolución, pero es claro que deben ser las propias organizaciones guaraníesque tomen una decisión al respecto.

En cuanto a la seguridad jurídica y el derecho sobre la tierra, se hatomado conocimiento que algunas de las comunidades organizadas tienenproblemas con la consolidación de su derecho propietario sobre las tierrasadquiridas, e inclusive con la extensión transferida, porque sucede que enalgunas de las comunidades se habrían producido reducciones en el tama-ño y superficie. Al respecto pueden mencionarse los casos de Aguairenda,Yaire y Añimbo, por ejemplo.

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4. Revisión de la legislacióny la normativa transgredida

El análisis y descripción de la problemática de la servidumbre y elempatronamiento de las familias cautivas del Chaco chuquisaqueño, poneen evidencia el incumplimiento de las obligaciones y competencias delEstado (tanto en lo que hace a la normativa nacional, como en lo querespecta a la legislación internacional ratificada), respecto de los derechoshumanos y los derechos de los pueblos indígenas.

El Estado nacional no está cumpliendo con su obligación de preve-nir, respetar y garantizar la vigencia de los derechos humanos y los de-rechos indígenas. Dicho incumplimiento de obligaciones implica a suvez la transgresión, falta de aplicación o sencillamente la falta de inter-vención sobre disposiciones y hechos que en el caso del empatro-namiento y servidumbre de la población guaraní cautiva, están promo-viendo graves violaciones, daños, e inclusive delitos que los afectandesde hace muchos años.

Para una correcta caracterización jurídico-legal de los hechos y viola-ciones de derechos analizados en acápites anteriores, en el presente capítu-lo se efectúa un punteo de la normativa relacionada.

La principal y más importante transgresión establecida al verificarse lapersistencia de un sistema de empatronamiento y servidumbre en el Chaco, estárelacionada con la Constitución Política del Estado.

Al respecto y por tratarse de la norma fundamental de la legislaciónvigente, se transcriben aquí los artículos pertinentes transgredidos.

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El artículo 5 establece que en el país “no se reconoce ningún género deservidumbre y que nadie podrá ser obligado a prestar trabajos personales sin supleno consentimiento y justa retribución”.

En el artículo 6 de la CPE se establece que: “I).- Todo ser humano tienepersonalidad y capacidad jurídica, con arreglo a las leyes. Goza de los dere-chos, libertades y garantías reconocidos por esta Constitución, sin distin-ción de raza, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, ori-gen, condición económica o social, u otra cualquiera. II).- la dignidad y lalibertad de la persona son inviolables. Respetarlas y protegerlas es deberprimordial del Estado” que, como se puede advertir, tampoco son cumpli-das en referencia a la población guaraní empatronada.

En el artículo 12 de la misma CPE se determina que: “queda prohibidatoda especie de torturas, coacciones, exacciones o cualquier forma de vio-lencia física o moral, bajo pena de destitución inmediata y sin perjuicio delas sanciones a que se harán pasibles quienes aplicaren, ordenaren, instigareno consintieren”.

El articulo 157 señala: “ I).-el trabajo y el capital gozan de la protec-ción del Estado. La Ley regulará sus relaciones estableciendo normas sobrecontratos individuales y colectivos, salario mínimo, jornada máxima, tra-bajo de mujeres y menores, descansos semanales y anuales remunerados,feriados, aguinaldos, primas u otros sistemas de participación en las utilida-des de la empresa, indemnización por tiempo de servicios, desahucios, for-mación profesional y otros beneficios sociales y de protección a los trabaja-dores. II).- Corresponde al Estado crear condiciones que garanticen paratodos posibilidades de ocupación laboral, estabilidad en el trabajo y remu-neración justa”.

El artículo 171 señala: “I).- Se reconocer, respetan y protegen en elmarco de la Ley, los derechos sociales, económicos y culturales de los pue-blos indígenas que habitan en el territorio nacional, especialmente los re-lativos a sus tierras comunitarias de origen, garantizando el uso y aprove-chamiento sostenible de los recursos naturales, a su identidad, valores,lenguas, costumbres e instituciones”.

Sobre la base del marco constitucional referido, también es importan-te contemplar la normativa contenida en el Código Penal en sus artículos 235,270, 271, 291,292, 293, 294, 333 y 335 que se refieren a: fraude comercial,lesiones gravísimas, graves y leves, reducción a la esclavitud o estado aná-

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logo, privación de libertad, amenazas, coacción, extorsión, así como a losactos relacionados con la estafa.

En lo que se refiere a la legislación internacional ratificada por el Estadoboliviano, respecto de los asuntos mencionados anteriormente, se debe men-cionar a:

a) El Convenio 105 de la OIT, referido a la abolición del trabajo forzoso,que ha sido ratificado el 11 de junio de 1990 y que determina que todomiembro de la OIT está obligado a tomar medidas para la abolicióninmediata y completa del trabajo forzoso y obligatorio.

b) La Convención sobre la esclavitud, ratificado mediante Decreto Su-premo 19777 de 13 de septiempre de 1983, donde se establece que losEstados deben prevenir y reprimir la trata de esclavos y de procurar,tan pronto como sea posible, la supresión completa de la esclavitud entodas sus formas.

c) La Convención americana sobre derechos humanos, ratificada por Ley1430 de 27 de julio de 1993 que, en su artículo 6, específicamente estáreferida a la prohibición en todas sus formas de la esclavitud y la servi-dumbre.

d) También debe hacerse referencia al Convenio 29 de la OIT sobre tra-bajo forzoso, que el Estado boliviano no ha ratificado (constituyendode esta manera un vacío que debería ser subsanado, promoviendo laadhesión y ratificación correspondientes).

Por otra parte, respecto de la violación de derechos de niños, niñas y ado-lescentes, la normativa transgredida es la siguiente:

Código del Niño, niña y adolescentes, en sus artículos 105, 107,108, 124, 125 y 126, donde se establece que ningún niño, niña ni ado-lescente debe sufrir discriminación étnica, de género, social o por razónde creencias religiosas. Teniendo como marco dichos preceptos, los ar-tículos señalados están referidos a la obligación del Estado de: garanti-zar un trato respetuoso de igualdad y equidad, amparar y proteger cuan-do hayan situaciones de peligro, establecer las condiciones de maltrato,proteger en el trabajo en cualquier tipo actividad productiva o de pres-tación de servicios, pero que además no perjudiquen su salud mental y

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68 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

física, ni el ejercicio de sus derechos a la educación, la cultura y la pro-fesionalización.

El Código del Menor en sus artículos 113 y 117, donde se estableceque los menores tienen derecho a la libertad, al respeto y la dignidad, asícomo la determinación de las víctimas de maltrato al menor y la caracteri-zación del tipo de maltratos que pueden afectar las víctimas.

Al respecto, también debe contemplarse la Convención sobre losderechos del niño, que ha sido ratificada por Ley 1152 de 14 de mayo de1990, donde se consagra el respeto de los derechos de los niños, se garan-tiza la protección contra toda forma de discriminación, se establece quelos Estados adoptarán las medidas legislativas, administrativas, sociales yeducativas para proteger al niño (incluida la intervención judicial encasos de maltrato), velar porque ningún niño sea sometido a maltratos uotro tipo de penas inhumanas o degradantes y garantizar el derecho delos niños de identificarse, pertenecer y ejercer su relación con los pueblosindígenas de origen.

En lo que respecta a los derechos agrarios y forestales, que están relacio-nados con la tenencia de la tierra, el trabajo y la producción, así como conel acceso y uso de los recursos naturales, se ha establecido la desatenciónde la siguiente normativa vigente:

a) La Ley INRA en sus artículos 2, 3, 41, 42, 43 y 44, así como la dispo-sición final 4°, que tienen que ver con: los alcances y la definiciónde la función económico social para las unidades de producción cam-pesina e indígena, las garantías constitucionales para las diferentesunidades productivas, la clasificación y extensiones de la propiedadagraria, las modalidades de distribución de tierras, las preferenciaspara la distribución y la titulación; así como la disposición para in-corporar a los trabajadores asalariados del campo a la Ley general deltrabajo.

b) La Ley forestal en su artículo 32, que define y garantiza a los pueblosindígenas la exclusividad en el aprovechamiento forestal en TCOs.

En lo que corresponde a los derechos indígenas y normas relacionadas conla discriminación racial, se puede advertir el incumplimiento de:

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a) El Convenio 169 de la OIT, ratificado por Ley 1257 de 1991, que esta-blece la responsabilidad del Estado de desarrollar, con la participaciónde los pueblos indígenas, todas las acciones necesarias orientadas aproteger los derechos indígenas, garantizar el respeto a su integridadpromover la plena efectividad de los DESC y ayudar a eliminar las dife-rencias socio-económicas que existan respecto de otros sectores. Masespecíficamente deben tomarse en cuenta los artículos 13, 14, 15, 16,20, 24, 25, 26, 27 y 28 que están referidos a: que los Estados respeten laimportancia especial de los pueblos indígenas con la tierra y el territo-rio, el reconocimiento al derecho de propiedad y posesión sobre lastierras y territorios ocupados tradicionalmente, la obligación de tomarlas medidas necesarias para determinar las tierras que los pueblos ocu-pan tradicionalmente, garantizar la protección efectiva de sus dere-chos de propiedad y posesión y, asimismo, instituir los procedimientosadecuados para solucionar las reivindicaciones de tierras. También seestablecen los derechos de los pueblos indígenas a participar en la uti-lización, administración y conservación sobre los recursos naturales,de la importancia de establecer procedimientos de consulta para de-terminar si los pueblos indígenas pueden ser perjudicados con el esta-blecimiento de proyectos de prospección o explotación de los recursosexistentes en sus tierras, a participar de los beneficios emergentes delas actividades y de percibir indemnización por daños que puedan su-frir como consecuencia de las mismas. Por otra parte, dicho instru-mento legal hace referencia a las condiciones y características que de-berán atenderse (cuando excepcionalmente se considere necesario),para proceder al traslado de los pueblos indígenas de las tierras queocupan, sobre la contratación y sobre las condiciones de empleo quedeberán adoptarse para garantizar a los pueblos indígenas el acceso ala seguridad social y la salud. Así mismo, adoptar las medidas para ga-rantizar una educación en pie de igualdad con el resto de la comuni-dad nacional (especialmente en lo que se refiere a los niños).

b) La Convención internacional sobre eliminación de todas formas dediscriminación racial, que ha sido ratificada por Ley 1978 de 14 demayo de 1999, donde se establecen las características de la discrimina-ción racial que tienen por objeto anular o menoscabar el reconoci-miento, goce o ejercicio , en condiciones de igualdad, de los derechos

Revisión de la legislación y la normativa transgredida

70 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

humanos y las libertades fundamentales; así como el compromiso delos estados a prohibir y eliminar toda forma de discriminación y garan-tizar el derecho de las personas a la igualdad ante la Ley, sin ningúntipo de distinción (específicamente en relación al derecho al trabajo ya una remuneración equitativa y satisfactoria).

Por otra parte, con relación a los derechos indígenas y las obligaciones delEstado para brindar las condiciones básicas para un desarrollo con identidad,destacan la Ley de Reforma Educativa (ley 1565 de julio de 1994), quedetermina la implementación de la educación intercultural–bilingüe y laLey de descentralización administrativa (Ley 1654 de julio de 1995), don-de se establece la responsabilidad de la máxima autoridad del poder ejecu-tivo a nivel departamental, su obligación de canalizar las demandas de lospueblos indígenas y comunidades campesinas, buscando su atención en lasdiferentes instancias estatales.

En lo que hace a los derechos vinculados con el acceso a la justicia y tratojusto, es importante tomar en cuenta los artículos 6, 14, 16, 18, 19 y 116 dela CPE, relacionados con los derechos, libertades y garantías sobre la justi-cia y las condiciones de juzgamiento de las personas; también es importan-te el artículo 171, que en su parágrafo tercero establece que: “las autorida-des naturales de las comunidades indígenas y campesinas podrán ejercerfunciones de administración y aplicación de normas propias como solu-ción alternativa de conflictos, en conformidad a sus costumbres y procedi-mientos, siempre que no sean contrarias a la Constitución y las leyes”; asícomo el Código de Procedimiento Penal en sus artículos 1, 10, 12, 28, 53,107, 111, 113, 115 y 391 que se refieren a las diferentes garantías y dere-chos de los ciudadanos para acceder a la justicia y el trato justo, así como lorelacionado con la Justicia comunitaria.

Respecto de la legislación internacional sobre el acceso a la justicia yun trato justo, es importante considerar también la Declaración Universalde los Derechos Humanos, adoptada en Resolución 217 A (III) de 10 dediciembre de 1948, que en sus artículos 7 y 8 establecen que “todos soniguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de laLey. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminaciónque infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discrimina-ción”. Que “toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tri-

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bunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen susderechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley”. Laimportancia de esta legislación es de fundamental trascendencia en vistade la grave situación de indefensión, desprotección y abandono en la quese encuentran las familias cautivas del chaco, que no tienen medios ni con-diciones para defender y hacer prevalecer sus derechos.

En cuanto a instrumentos legales vinculantes que hayan sido ratifica-dos por el Estado boliviano, destacan:

a) El Pacto Internacional de derechos civiles y políticos, ratificado porD.S. 18950 de mayo de 1982 y elevado a rango de ley mediante la Ley2119 de 31 de agosto del 2000, donde se destacan los artículos 2 y 26que establecen que “toda persona cuyos derechos o libertades recono-cidos en el presente Pacto hayan sido violados, podrá interponer unrecurso efectivo, aun cuando tal violación hubiera sido cometida porpersonas que actuaban en ejercicio de sus funciones oficiales”, y quetodas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho a igual pro-tección de la ley, sin ninguna discriminación.

b) El Pacto de derechos económicos, sociales y culturales, ratificado porlos mismos instrumentos legales que el Pacto Internacional anterior-mente señalado y que, en su artículo 2, también compromete al Esta-do a garantizar el ejercicio de los derechos establecidos en el Pacto, sinningún tipo de discriminación.

c) La Convención Americana sobre derechos humanos, ratificada me-diante ley 1430 de 11 de febrero de 1993, que en su artículo 8 estable-ce los derechos de las personas a un juicio justo, en tribunal compe-tente, independiente e imparcial, y a ser asistidos por traductor y undefensor proporcionado por el Estado.

d) El Convenio 169 de la OIT, ratificado por ley 1257 de 1991, que en susartículos 8, 9 y 10 establece jurisprudencia relacionada con el acceso ala justicia y el derecho consuetudinario.

Revisión de la legislación y la normativa transgredida

72 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

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5. Conclusiones

El desarrollo del proceso de investigación y el contenido del trabajoexpuesto en los anteriores capítulos permite establecer las siguientes con-clusiones:

❏ El análisis y la revisión de la información y los datos socio-demográfi-cos oficiales disponibles, así como los referidos a la población cautivaguaraní del Chaco, no ofrecen la consistencia y confiabilidad necesa-ria, en vista de su carácter heterogéneo y no coincidente, lo que impi-de contar con una línea de base que permita establecer, cuantificar ylocalizar la actual estructura de la población guaraní y aquella que seencuentra en condiciones de servidumbre y empatronamiento en lasprovincias Luis Calvo y Hernando Siles del departamento deChuquisaca.

❏ Dicha dificultad y deficiencia estadística se origina en la utilización dediverso tipo de fuentes de información que se han basado en muestreoscon distinta base referencial, que adicionalmente ha sido utilizada enforma discrecional y arbitraria en la realización de estimaciones quesolo contribuyen a enredar y confundir la real situación socio-demo-gráfica de la población guaraní del Chaco en general y, específicamente,de la población cautiva y empatronada.

❏ Establecida dicha situación, queda pendiente la tarea de realizar unestudio de campo que permita construir una línea de base confiable de

74 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

referencia en la que se establezca la estructura, distribución y localiza-ción de la población guaraní del Chaco y, específicamente de las fami-lias y comunidades cautivas. Paralelamente, a pesar de este vacío ydeficiencia socio-demográfica relacionada con la población guaraní ylas familias empatronadas que viven en condiciones deempatronamiento y cautiverio, ello no minimiza ni reduce la grave-dad de dicha situación, ni las múltiples variantes de la vulneración dederechos humanos que afecta a una parte de la población guaraní quevive en situación de cautiverio y servidumbre.

❏ Independientemente de la diferencia de datos existente, es posibleconcluir que a partir de la década de los años 90, se ha producido unareducción importante de familias guaraníes cautivas en las provinciaschaqueñas de los departamentos de Chuquisaca y Santa Cruz, comoconsecuencia de los proyectos de compra de tierras promovidas por laIglesia Católica y ONGs que, al menos, a beneficiado a 514 familiasque se han establecido en nuevas comunidades.

❏ La información resultante del trabajo de campo, permite establecerque, a pesar de las iniciativas de liberación promovidas a través de losproyectos de compra de tierras y la expresa intención de ocultar o des-conocer la existencia de familias cautivas y la expulsión que las fami-lias guaraníes empatronadas sufrieron por determinación de los ha-cendados para evitar que se pueda reconocer el derecho de posesiónsobre los potreros donde se encontraban asentados en las haciendas;todavía persiste una importante y significativa cantidad de familiasguaraníes cautivas, que continúan viviendo en condiciones de servi-dumbre y empatronamiento en las haciendas de las provincias LuisCalvo y Hernando Siles del departamento de Chuquisaca.

❏ La Provincia Hernando Siles del departamento de Chuquisaca con-centra la mayoría de las haciendas con familias guaraníes empatronadas,diferenciándose de la provincia Luis Calvo donde la estructura pro-ductiva, social y organizativa, ha dado lugar en forma predominante ala conformación y presencia de extensas propiedades ganaderas, co-munidades mixtas y población guaraní libre, que se ha establecido oposee su propio potrero, en comunidades resultantes de la compra detierras o comunidades mixtas que se han organizado conjuntamentecon campesinos y ganaderos.

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❏ En la provincia Hernando Siles del departamento de Chuquisaca, se hapodido establecer la persistencia de una estructura hacendataria que apesar de ser resultante de la subdivisión de propiedades mayores perte-necientes a una sola persona, aún mantiene el predominio de familias yapellidos que, al ser repetitivos en varios predios, muestra la existenciade lazos familiares y de parentela, concentrando la propiedad de la tierraen pocas manos. Esta situación es corroborada por los datos cuantitati-vos obtenidos, que marcan una clara diferencia entre el promedio detierras por hacienda y las que poseen las familias guaraníes cautivas.

❏ La información recopilada sobre las 12 comunidades guaraníes regis-tradas, permite concluir que se ha producido un incremento en el nú-mero de familias componentes; lo cual si bien puede ser asociada a laliberación de la servidumbre y una importante movilidad espacial; asu turno también implica una fuerte presión sobre la tierra disponibleen las comunidades guaraníes receptoras, así como respecto de los ser-vicios y la infraestructura disponible.

❏ En cuanto a los derechos de identidad, trabajo con dignidad, desarro-llo, tenencia de la tierra, acceso y disponibilidad de servicios e infraes-tructura de salud, educación y de comunicación; los datos cuantitati-vos recopilados y descritos en el primer capítulo, permiten estableceruna situación muy crítica de abandono, que refleja la ausencia del Es-tado para atender las necesidades básicas de la población guaraní cau-tiva del chaco chuquisaqueño.

❏ El recuento de las iniciativas y proyectos impulsados en los últimosaños para abordar y resolver la situación de servidumbre yempatronamiento de las familias y comunidades guaraníesempatronadas que viven en condición de servidumbre, permite esta-blecer que:a) Durante las últimas 3 décadas y, especialmente, en los años 90 y

2000, se han desarrollado iniciativas de diverso género que, si biencoadyuvaron a patentizar la condición de servidumbre y cautiveriode una parte de la población guaraní del Chaco; sin embargo, la-mentablemente, no lograron una atención sostenida y una solu-ción definitiva de tan grave situación.

b) La generalidad de los proyectos e iniciativas impulsadas, concen-traron sus esfuerzos en aspectos parciales de la problemática de la

Conclusiones

76 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

servidumbre y el empatronamiento, promoviendo sin embargo di-verso tipo de acciones conducentes a atender las preocupacionesplanteadas.

c) La persistencia y surgimiento recurrente de dichas iniciativas, dacuenta de la existencia de una tarea pendiente para el Estado, peroprincipalmente de una situación oprobiosa que reclama una solu-ción permanente e integral.

❏ El repaso y descripción del contexto paisajístico, productivo y socialque enmarca la vida y las condiciones de sometimiento de familias ycomunidades cautivas del Chaco, muestran una dramática condiciónde pobreza, abandono, ignorancia e indefensión, que aunada a ladesprotección y ausencia del Estado, configuran las condiciones quehacen posible la persistencia de un sistema de sometimiento, explota-ción y servidumbre sobre una parte de la población guaraní que se en-cuentra cautiva y empatronada en las haciendas. El aislamiento, lafalta de instrucción, la ausencia de contacto con instituciones y auto-ridades que faciliten su relación con el Estado y la sociedad, así comosu acceso a los servicios básicos y la satisfacción mínima de necesida-des, ha redundado en una situación de postración, indefensión e igno-rancia que ha servido para reproducir un sistema de sometimiento yexplotación por parte de los hacendados.

❏ A pesar de las diferencias paisajísticas, ecológicas y sociales que exis-ten entre las provincias Luis Calvo y Hernando Siles, es claro que per-sistencia del sistema de servidumbre y empatronamiento que se ejercesobre familias guaraníes cautivas, constituye uno de los principales es-collos para desentrabar y reencaminar un desarrollo humano con equi-dad, sin discriminación y participativo; pero sobre todo para resolveruna deuda histórica pendiente, en la que el Estado tiene la obligaciónde devolver la libertad, el respeto y la dignidad, a una parte del puebloguaraní que, a pesar de los preceptos constitucionales vigentes, aunpervive en una situación ominosa.

❏ En un escenario que contiene un enclave de servidumbre yempatronamiento que corresponde a periodos históricos superados yrestricciones constitucionales que no se cumplen; la investigación evi-dencia las diversas y múltiples facetas de un sistema que ha suspendido

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de facto las garantías y los derechos humanos fundamentales de perso-nas y familias guaraníes del Chaco. Las diversas aristas del sistema deservidumbre y empatronamiento se manifiestan por medio de las másinsospechadas expresiones, que van desde el endeudamiento por tra-bajo (que como se ha podido establecer en algunos casos, contienerasgos de semiesclavitud al comprobarse la existencia de personas cau-tivas que han sido “transferidas” en la misma condición de un patrón aotro, incluyendo las supuestas deudas y la obligación de pagarla contrabajo; cosa que entraña disponer arbitrariamente de la libertad y unaobligación de trabajo inaudita), pasando por diverso tipo de abusos,maltrato verbal y físico, engaño, explotación familiar, retención inde-bida de documentos, dinero y hasta hijos que, a su turno, también sir-ven y trabajan para los hacendados o sus familias; hasta la desprotección,indefensión y abandono de la que son sujetos por la ausencia del Esta-do, donde las familias guaraníes no solo deben sufrir la discriminaciónde autoridades y funcionarios, el incumplimiento de deberes queentrañan delitos penados por ley, la falta de personal que atienda susdemandas y necesidades (principalmente en cuanto a servicios y acce-so a la justicia); sino también, la impunidad y arbitrariedad de patro-nes (que suelen ser al mismo tiempo autoridades o tener relacionesdirectas con éstas), que hacen abuso de poder y utilizan los cargos pú-blicos en beneficio particular, provocando al mismo tiempo una situa-ción de impotencia y exclusión que afecta a las familias guaraníes cau-tivas. Esta realidad, que entraña otros aspectos que afectan y vulnerangravemente los derechos indígenas y ciudadanos de la población cau-tiva guaraní, también se caracteriza por la miseria y la absoluta preca-riedad de sus condiciones de vida, donde la carencia de medios, recur-sos, información y conocimientos, hace más vulnerable, indefensa ydesprotegida a esta población que, bajo esas circunstancias, se ve anu-lada para ejercer y defender los mas elementales derechos y garantías.A este respecto, se ha comprobado la existencia de varias personas queno cuentan con documentos de identidad, tampoco se ha reconocido(a una significativa proporción de familias cautivas) la posesión legalsobre pequeños potreros de tierra donde se han asentado y viven; asícomo tampoco disponen de un tiempo mínimo necesario para trabajary producir para su subsistencia, porque el trabajo y las actividades que

Conclusiones

78 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

desarrollan sometidos a las haciendas, ocupan prácticamente la totali-dad de su tiempo.

❏ El sistema de explotación y dominio impuestas no terminan ahí; eltrabajo de investigación realizado ha permitido establecer que el pa-tronazgo imperante mantiene y reproduce relaciones de poder, que almargen de permitirles el control y/o influencia sobre las institucionesestatales de gobierno y administración regional (donde los abusos,exacciones, uso y desvío de recursos estatales en beneficio particular,cobros irregulares, etc.); también se traducen en inseguridad jurídica,desprotección y falta de acceso a la justicia en igualdad de condicionesy oportunidad para quienes no forman parte de esas esferas de poder,autoridad o actividad. A ello se suma la inequitativa distribución de latierra que afecta directamente a las familias guaraníes empatronadas,en proporciones cuyas diferencias son realmente abismales. No solo seles ha privado del derecho a la propiedad de la tierra, sino que se hadesconocido una relación histórica con el territorio, que incluye lapropia identidad guaraní y valores que van más allá de una relaciónproductiva con la tierra. Ello sin olvidar los problemas emergentes deun proceso de saneamiento encargado a la empresa KADASTER, cuyodesempeño no solo es cuestionado y existen varias denuncias sobreirregularidades, falta de transparencia, parcialización y otras críticas;sino que evidentemente ha coadyuvado a que una cantidad indeter-minada de familias guaraníes terminen deambulando por la región sinninguna esperanza.

❏ En cuanto al establecimiento de comunidades guaraníes libres, el es-tudio permite concluir que uno de los principales aportes y valores hasido la de constituirse en espacios de refugio, protección y asentamientode familias que salían o escapaban de su situación de cautiverio. Almismo tiempo (aunque no hayan rescatado prácticas y formas propiasde organización guaraní), han ofrecido la oportunidad de reconstituirformas comunitarias, sobre todo para grupos dispersos, separados o ais-lados, que no contaban con un referente que contribuya a defender yreclamar las reivindicaciones colectivas de los guaraníes. Debe tomar-se en cuenta que la organización comunitaria se convierte en la ins-tancia deliberativa y de decisión de todos los temas a afectan el ejerci-cio de sus derechos. Ello significa que las familias guaraníes que antes

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se encontraban aisladas, ahora pueden abordar temas de interés tantocolectivo, individual y familiar. La organización comunitaria se cons-tituye en el pilar sobre el cual gira la actividad cotidiana y por la cualse pueden canalizar diferentes demandas. Junto a ello, las comunida-des guaraníes organizadas (especialmente las resultantes de la comprade tierras), han ofrecido también la oportunidad de acceder a algunosservicios e infraestructura que en el pasado los guaraníes no disponían.

❏ Al mismo tiempo y paralelamente, los resultados de la investigaciónhan permitido establecer que la organización y funcionamiento de co-munidades guaraníes, ha contraído problemas de gestión asociados alfuncionamiento, las actividades y los trabajos comunitarios, e inclusi-ve a problemas relacionados con la situación legal y de propiedad so-bre la tierra en la que se encuentran asentados; sin embargo, uno delos problemas principales está asociado a la conservación de la identi-dad guaraní, sus valores y costumbres. Sucede que al haberse promovi-do y enfatizado (por medio de la iniciativa de ONGs que trabajan laregión), el trabajo y la producción agrícola que entraña una lógicacampesinista basada en el esfuerzo individual y familiar, se ha contri-buido al relegamiento de otras prácticas y costumbres guaraníes con suentorno, el territorio y los recursos naturales. El problema está plan-teado y en la perspectiva de construir alternativas a futuro que inclu-yan la libertad, el respecto y la recuperación de la dignidad de las fami-lias guaraníes cautivas y empatronadas, constituye un asunto que laspropias organizaciones guaraníes deberán abordar y resolver.

Conclusiones

80 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

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6. Recomendacionesy acciones sugeridas

Producto del trabajo de investigación y el establecimiento del estadode situación de la problemática analizada, se propone atender y dar cum-plimiento de las siguientes Recomendaciones Defensoriales:

❏ Que ante la flagrante omisión de deberes, ausencia estatal y transgre-sión clara del Art. 5 de la CPE en relación al no reconocimiento deningún género de servidumbre y la prohibición del trabajo forzoso; serecomienda al Poder Ejecutivo, Judicial y Legislativo, para que en formaconjunta y coordinada realicen las acciones necesarias conducentes a:

a) Corregir la transgresión de la normativa nacional e internacionalque se ha originado en la persistencia de un sistema de servidumbrey empatronamiento en el Chaco boliviano;

b) Aprobar e implementar disposiciones orientadas a resolver la si-tuación de servidumbre y empatronamiento a la cual se encuen-tran sometidos familias y comunidades guaraníes del Chaco;

c) Restituir los derechos humanos vulnerados de la población guaranícautiva del Chaco boliviano.

❏ Que, establecida la gravedad y la inadmisible situación de sometimientoque no solo ha implicado la vulneración de derechos y garantías cons-titucionales que afectan a una parte de la población guaraní del chaco,

82 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

y siendo que adicionalmente se han provocado daños y privacionesque afectan el modo de ser, su patrimonio cultural e identitario, asícomo a su libertad y dignidad; se recomienda al Presidente de la Re-pública, para que instruya y establezca los mecanismos de reparacióna favor de la población guaraní cautiva y empatronada del Chacoboliviano.

❏ Que el Gobierno nacional, por medio de los ministerios competentes,de cumplimiento de los Arts. 5, 6, 12, 157 y 171 de la ConstituciónPolítica del Estado, así como de toda la normativa nacional vigente yla legislación internacional ratificada por el Estado, relacionada conla restitución inmediata y urgente de los derechos a la libertad, digni-dad y respecto que el pueblo guaraní y las familias y comunidades cau-tivas han perdido, como consecuencia de la situación de explotación,servidumbre y empatronamiento a la que han sido sometidos.

❏ Que el Poder Legislativo, por medio de la Comisión parlamentariacorrespondiente, elabore, complemente y apruebe disposición norma-tiva requerida para poder efectivizar los procesos legales que corres-pondan, con el objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el Art.5 de la CPE y llenar el vacío existente en el Código Penal (Art. 291)por el que se sanciona la esclavitud con cárcel, pero sin existir unatipificación del delito.

❏ Que, habiéndose establecido que las iniciativas, proyectos y medidasque se han desarrollado en el pasado, han abordado aspectos parciales,limitados y circunstanciales de la situación de servidumbre yempatronamiento que afecta a comunidades y familias guaraníes cau-tivas (incluido el D.S. 28159 de 17/05/05 que aborda algunos aspectoslaborales y de acceso a la propiedad de la tierra); que el Gobierno con-forme una comisión interministerial encargada de definir una políticaintegral y sostenida para resolver dicha situación.

❏ Que, habiéndose establecido el carácter parcial en insuficiente de lasmedidas y disposiciones contenidas en el Decreto Supremo 28159 de17 de Mayo de 2005, que han sido aprobadas con el propósito de aten-der la situación de servidumbre y empatronamiento que afecta a lapoblación guaraní cautiva; se recomienda al Presidente de la Repúbli-ca instruir a todos los ministerios competentes, para que efectúen larevisión, modificación, ampliación y corrección de ambigüedades con-

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tenidas en la mencionada disposición, de modo que contemple medi-das y acciones integrales y sostenidas orientadas a restituir la vigenciade los derechos humanos vulnerados, corregir las transgresiones lega-les identificadas en el Estudio y propiciar la reparación de la dignidad,el respeto y la libertad afectadas de las familias y comunidades guaraníescautivas, por los daños provocados como consecuencia de la situaciónde servidumbre y empatronamiento a la que han sido sometidas.

❏ Que la Presidencia de la República, en atención a la gravedad de lasituación y la flagrante trasgresión de lo dispuesto en el Art. 5 de laCPE, conforme una comisión interministerial encargada de:

a) Elaborar e implementar una estrategia integral y sostenida de ac-ción para atender y resolver la problemática de la servidumbre y elempatronamiento de las familias y comunidades cautivas del Cha-co boliviano.

b) Elabore, apruebe y aplique una política gubernamental y una dis-posición normativa integral, orientada a liberar las familias y co-munidades que se encuentran en condición de servidumbre yempatronamiento en el Chaco boliviano.

c) Declare asunto de atención prioritaria para el Gobierno y asignerecursos extraordinarios para establecer un sistema de monitoreointersectorial, orientado a fiscalizar el cumplimiento de la estrate-gia nacional para la liberación de familias cautivas y el cumplimientoy aplicación de la política gubernamental a definirse.

d) Conformar y poner en funcionamiento una comisión técnica en-cargada de implementar las acciones, estrategias y políticas orien-tadas a resolver la situación de empatronamiento y servidumbre defamilias y comunidades guaraníes cautivas.

❏ Que al mismo tiempo de poner en marcha un proceso sostenido e in-tegral de estrategias y políticas gubernamentales orientadas a resolverla situación de servidumbre y empatronamiento que afecta a familias ycomunidades cautivas del Chaco; que el Poder Ejecutivo diseñe y eje-cute un Plan de Emergencia Inmediato para liberar a la población cau-tiva, proveyéndoles en forma inmediata de las condiciones y los me-dios básicos de subsistencia y dignidad humana que requieren.

Recomendaciones y acciones sugeridas

84 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

❏ Que, en vista de tratarse de una situación que se reproduce bajo simi-lares características en las barracas castañeras del norteamazónico y lazafra de caña en Tarija y la región oriental de Bolivia, afectando otraspoblaciones rurales e indígenas del país; se recomienda al Poder Eje-cutivo para que, por medio de los ministerios competentes, adopte lasmedidas y acciones conducentes para atender, corregir y resolver di-cha problemática, con la urgencia y prioridad que demanda el caso.

❏ Que el Poder Ejecutivo, por medio de los ministerios de Asuntos Indí-genas y Pueblos Originarios, Trabajo, Desarrollo Sostenible, Salud,Educación, Participación Popular, Presidencia, Viceministerio de Jus-ticia, institucionalice y provea los medios de funcionamiento de unainstancia de coordinación y seguimiento conjunto con las organiza-ciones indígenas guaraníes directamente relacionadas con la situaciónde servidumbre y empatronamiento, a fin de que pueda encargarse demanera sostenida del seguimiento de los planes, programas y estrate-gias gubernamentales, así como de garantizar un proceso transparentey participativo para resolver dicha situación.

❏ Que el Poder Ejecutivo, por medio del Ministerio de Desarrollo Soste-nible y el INRA, de cumplimiento de la Recomendación 13 de las Ob-servaciones Finales del Comité para la Eliminación de la Discrimina-ción Racial de Naciones Unidas, en sentido de “adoptar medidas paraque se devuelvan tierras y territorios a las comunidades que tradicio-nalmente eran dueñas de las mismas y que por cualquier razón se leshaya privado de ellas”.

❏ Que el Ministerio de la Presidencia, por medio de la Delegación de Trans-parencia Institucional, efectúe las acciones pertinentes para investigar,procesar y sancionar los casos de corrupción, tráfico de influencias, ne-potismo, uso indebido de autoridad, etc. que se ha denunciado en losdiferentes niveles de la institucionalidad pública y funcionaria de lasProvincias Luis Calvo y Hernando Siles del departamento de Chuquisaca,que están relacionados con la situación de servidumbre y empatro-namiento de familias y comunidades cautivas guaraníes.

❏ Que el Ministerio de la Presidencia, por medio del Viceministerio deJusticia, elabore y ponga en ejecución un Plan estratégico orientado agarantizar el acceso a la justicia de las comunidades y familias guaraníescautivas del Chaco.

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❏ Que el Viceministerio de Justicia, por medio de la Dirección Nacionalde Defensa Pública, asigne el personal profesional necesario para pres-tar asistencia legal de oficio a familias y población guaraní cautiva detoda la región del Chaco en todos los casos relacionados con la servi-dumbre y el empatronamiento.

❏ Que el Ministerio de Desarrollo Sostenible instruya y lleve adelanteun proceso de auditoría técnico-administrativa y jurídica sobre el tra-bajo desarrollado por la empresa KADASTER, a objeto de establecer odeslindar responsabilidades respecto de las innumerables denuncias yquejas sobre el trabajo de saneamiento realizado por dicha empresa yporque ello constituye causa de potenciales conflictos y vulneraciónde derechos.

❏ Que el Ministerio de Desarrollo Sostenible, proceda a dar cumplimientode todos los acuerdos resultantes del Convenio de 4 de diciembre de2003 que firmó el Gobierno por medio de la Delegación Presidencialpara la administración de Tierras con la APG.

❏ Que en atención al mandato y las competencias de distribución,reagrupamiento y redistribución de tierras establecidas en el Art. 165de la CPE y la Ley INRA, el Ministerio de Desarrollo Sostenible prioricey reconozca la posesión histórica sobre la tierra que tienen las familiasy comunidades guaraníes cautivas y empatronadas del Chaco. Al efec-to, que el Ministerio de Desarrollo Sostenible, proceda a la dotaciónde tierras de uso común; teniendo como base la reversión de los lati-fundios improductivos y las tierras fiscales identificadas como resulta-do del saneamiento.

❏ Que el Ministerio de Asuntos Indígenas y Pueblos Originarios, porintermedio de sus instancias especializadas, proceda a la implementa-ción de un Plan de asistencia técnico legal y de capacitación en de-rechos indígenas a ser ejecutado en forma inmediata y sostenida entoda la región del Chaco boliviano, a favor de las comunidades ycapitanías guaraníes, para atender los problemas existentes en rela-ción a la situación de servidumbre y empatronamiento, así como parasuperar el desconocimiento de los derechos humanos que afecta adicha población indígena y superar las graves asimetrías de poder,participación social, información, conocimiento y ejercicio de dere-chos y garantías ciudadanas.

Recomendaciones y acciones sugeridas

86 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

❏ Que el Ministerio de Asuntos Indígenas y Pueblos Originarios, diseñey lleve adelante la realización de un estudio para establecer y cuantifi-car la población cautiva guaraní de la región del Chaco de los departa-mentos de Tarija, Santa Cruz y Chuquisaca.

❏ Que el Ministerio de Trabajo efectúe de oficio y en forma inmediata,un proceso de investigación en todas las haciendas de las provinciasLuis Calvo y Hernando Siles del departamento de Chuquisaca, a obje-to de conciliar cuentas entre patrones y familias guaraníes cautivas, demodo que se pueda corregir la ilegal relación laboral existente y resti-tuir todos los derechos vulnerados, que se hubiesen producido comoconsecuencia de la explotación laboral y la servidumbre.

❏ Que el Ministerio de Trabajo emita disposición perentoria para que loshacendados procedan a saldar cuentas existentes con familias guaraníesque trabajen en sus propiedades, procedan a efectuar la amortización ylas indemnizaciones por los años trabajados y establezcan nuevos con-tratos escritos con sus dependientes, en el marco de la Ley del trabajo.

❏ Que las subprefecturas de las provincias Luis Calvo y Hernando Silesdel departamento de Chuquisaca, ejerzan y den cumplimiento de lasobligaciones y competencias dispuestas por Ley, adoptando todas lasmedidas y acciones conducentes para poner en funcionamiento todaslas instancias y reparticiones estatales que permitan efectivizar las ga-rantías constitucionales y el respeto de los derechos humanos a favorde las familias y comunidades cautivas del Chaco.

❏ Que todas las alcaldías de las 2 provincias del departamento de Chuqui-saca, proporcionen los recursos presupuestarios, infraestructura y pro-fesionales para el correcto funcionamiento de las Defensorías de la ni-ñez y la adolescencia dentro de sus jurisdicciones.

❏ Que las defensorías de la Niñez y la Adolescencia de todos los munici-pios de las Provincias Luis Calvo y Hernando Siles, procedan en for-ma inmediata a la realización de una investigación para establecer lacantidad y situación de niños y adolescentes de familias guaraníes cau-tivas de su jurisdicción, a objeto de atender y resolver los casos detenencia ilegal de niños y adolescentes, maltrato, prestación ilegal deservicios, etc., que ha sido denunciado.

❏ Que la programación y ejecución de POAs y PDMs de todos los munici-pios de la región chaqueña de Bolivia, incluyan e implementen planes

87

y proyectos especiales de atención de la población guaraní empatronadaque se encuentra dentro de sus jurisdicciones, a objeto de saldar unadeuda histórica existente y superar la importante brecha y déficit deatención y provisión de los servicios básicos, así como de la falta departicipación de esta población en las tareas de desarrollo regional.

❏ Que el Ministerio de Salud, por medio de las instancias correspon-dientes, tome las previsiones necesarias para garantizar el funciona-miento de todos los centros de salud en sus diferentes niveles que es-tán establecidos en las provincias Luis Calvo y Hernando Siles deldepartamento de Chuquisaca, proveyendo además todos los insumos ymedios técnicos, profesionales y de infraestructura faltante, para undesempeño adecuado que implemente programas de salud a favor de lapoblación guaraní empatronada y que se encuentre en condición deservidumbre.

❏ Que la Fiscalía General de la Nación instruya y lleve adelante un pro-ceso de investigación sobre las denuncias relacionadas con la situa-ción de empatronamiento y servidumbre existente en las ProvinciasLuis Calvo y Hernando Siles del departamento de Chuquisaca, demodo que en un plazo prudencial perentorio, se hayan resuelto los ca-sos investigados, se haya sancionado a quienes resultaren culpables yse hayan restituido los derechos humanos vulnerados.

❏ Que el Ministerio Público conforme una Comisión Especial de fisca-les para que se encargue de realizar las investigaciones y plantear lasimputaciones correspondientes sobre los diferentes casos de abuso, ex-plotación, tenencia indebida de niños, maltratos físicos, explotación yotros delitos que patrones y hacendados cometen, procediendo a in-formar públicamente de los resultados del proceso seguido.

❏ Que en cumplimiento de las competencias legales correspondientes,el Consejo de la Judicatura proceda a realizar las investigaciones en lasjurisdicciones de las provincias Luis Calvo y Hernando Siles del de-partamento de Chuquisaca, sobre la actuación y cumplimiento de de-beres y proceda a sancionar a aquellos jueces que hubiesen transgredidoo incumplido funciones.

❏ Que el Consejo de la Judicatura, la Inspectoría del Ministerio Públicoy las comisiones parlamentarias correspondientes, efectúen las inves-tigaciones y los procedimientos correspondientes, para establecer la

Recomendaciones y acciones sugeridas

88 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

correcta aplicación y administración de justicia en todos los casos cur-santes en los juzgados, el ministerio público y las denuncias que se hanplanteado contra jueces y fiscales de la región.

❏ Que la Corte Nacional Electoral, de cumplimiento de lo establecidoen la Ley 2747 de 28 de mayo de 2004 y desarrolle una campaña parala otorgación gratuita de certificados de nacimiento a todas las perso-nas guaraníes indocumentadas de las provincias Luis Calvo y HernandoSiles del departamento de Chuquisaca, para que puedan regularizar susituación y ejercer el derecho a la identidad.

❏ Que el Ministerio de Educación, por medio de las instancias compe-tentes, implemente las medidas conducentes para garantizar la ejecu-ción de la educación intercultural y bilingüe, otorgue los ítems nece-sarios para todas las escuelas y designe los profesores bilingües necesariosa todas las escuelas de las Provincias chaqueñas del país.

❏ Que el Ministerio de Educación, por medio de las instancias compe-tentes, instale y ponga en funcionamiento un programa de alfabetiza-ción dirigido a la población cautiva guaraní del Chaco.

❏ Que la Corte Superior de Distrito de Chuquisaca, instruya y ponga enfuncionamiento Juzgados laborales en cada uno de los Municipios delas Provincias Chaqueñas del departamento, con el propósito de aten-der de oficio los asuntos laborales vinculados a familias cautivas yempatronadas.

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Bibliografía

92 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

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Anexos

Anexo 1: Resolución Defensorial N° RD/SCR/00002/2005/DH

Anexo 2: Registro gráfico del trabajo de campo sobre la situaciónde Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco deldepartamento de Chuquisaca

94 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

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Anexo 1

Resolución Defensorial N° RD/SCR/00002/2005/DH

Sucre, 21 Noviembre 2005

VISTOS:

La instrucción de Investigación de Oficio sobre SERVIDUMBRE YEMPATRONAMIENTO EN EL CHACO, de familias guaraníes emitida porel Defensor Pueblo, bajo el N° D.P. 2210/2005 de 4 de mayo 2005, a solici-tud de la Representación Defensorial de Chuquisaca para establecer:

• Las condiciones y situación de vida,• La Vulneración de los Derechos Laborales y Sociales de la pobla-

ción Guaraní y su Familia que se encuentran en situación de cau-tiverio.

• La violación de los Derechos Humanos del Pueblo Guaraní enHaciendas y Comunidades empatronadas y libres del Chaco boli-viano.

• El cumplimiento del mandato constitucional de parte del EstadoBoliviano sobre la obligación de la defensa y protección del capitalhumano mediante sus instancias públicas.

• La existencia de relaciones del poder y dominación que afectan losDerechos Humanos de la población Guaraní.

• El Derecho de Acceso a la Tierra y reconocimiento del dominiooriginario de la Nación sobre la tierra, para el reagrupamiento ydistribución de la propiedad agraria.

En aplicación de los Arts. 11 numeral 2, 9 y 18 de la Ley N° 1818,sobre violación de Derechos Humanos, concordante con el artículo 7 delReglamento de Trámite de Quejas e Investigaciones de Oficio, las verifica-ciones defensoriales efectuadas, las respuestas a los requerimientos de in-formes escritos, las entrevistas, los testimonios, la documentaciónrespaldatoria y todo lo que ver convino y se tuvo presente.

96 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

1. CONSIDERANDO

Que, la Investigación de Oficio fue desarrollada en este contexto conla finalidad de promover la atención, tratamiento, solución integral y sos-tenida de la problemática de servidumbre y explotación laboral de la que sonobjeto comunidades y familias cautivas guaraníes, debiendo las autoridades einstancias gubernamentales competentes, formulen y ejecuten políticas pú-blicas y sociales, para erradicar de manera definitiva estos hechos.

La Constitución Política del Estado en su Art. 127 y los Arts. 1, 11numeral 9,de la Ley No. 1818, establecen que el Defensor del Pueblo tiene elmandato de defender, velar, promocionar y divulgar los derechos humanosde los pueblos indígenas y originarios, estando facultada para investigar ydenunciar actos u omisiones que impliquen violación de derechos humanos,recomendando acciones que resuelvan o reviertan estas situaciones.

2. CONSIDERANDO

Que, para efectos de los conceptos utilizados en la presente Resolu-ción Defensorial se señala que:

• La SERVIDUMBRE es entendida como el servicio personal gratuito ytrabajo obligatorio bajo coacción, originada en deudas adquiridas conprocedimientos tramposos, la estafa y otras defraudaciones. Se carac-teriza por el establecimiento de relaciones laborales de trabajo forzosoy sistemas de endeudamiento no transparentes, que forman parte de larelación de servidumbre.

• La SEMIESCLAVITUD es la obligación de trabajar para una persona,hasta saldar deuda acumulada que en muchos casos es heredada a loshijos. La semiesclavitud está representada por la servidumbre, la ex-plotación laboral y el trabajo coercitivo. Su característica principal,entendemos, es la pérdida de la libertad y la transmisión de la deudapor generaciones.

• El concepto de servidumbre es análogo al de semiesclavitud, encierrala idea de sometimiento a la voluntad, al arbitrio del empleador que leda la condición de cosa, no siempre supone la privación de libertadfísica y menos de movimiento.

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• El sistema de SERVIDUMBRE Y EMPATRONAMIENTO, se caracterizapor la sobreexplotación de la fuerza de trabajo familiar, el endeuda-miento ( a través del “adelanto” o provisión de víveres, ropa u otrosproductos) y una compensación en especie por el tiempo y las laboresdesempeñadas que no cubren ni retribuyen el esfuerzo desarrollado.

3. CONSIDERANDO

Que, el Estado Boliviano por mandato expreso de la Constitución Po-lítica del Estado Art. 1 define a la República como multiétnica y pluriculturaly reconoce como valores superiores de su ordenamiento jurídico la liber-tad, la igualdad y la justicia. A su vez el Art. 5 determina no reconocerningún género de servidumbre y ninguna persona está obligada a prestartrabajos sin su pleno consentimiento y justa retribución. El Art. 6 señalaque las personas gozan de los derechos, libertades y garantías reconocidospor la Constitución, sin distinción alguna. La dignidad y la libertad soninviolables. Respetarlas y protegerlas es un deber primordial del Estado.

Que, el Art. 171 de la Constitución Política del Estado, reconoce losderechos indígenas y establece su respeto y protección en el marco de laley, especialmente los relativos a sus tierras comunitarias de origen, garan-tizando el uso y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, suidentidad, valores, lengua, costumbres e instituciones.

Que, el Estado Boliviano en el ámbito internacional suscribió y ratifi-có convenios, pactos y tratados en actual vigencia que constituyen leyes dela República de cumplimiento obligatorio, relativos a la protección, respe-to y cumplimiento de los derechos humanos de los pueblos indígenas queforman parte de su población.

4. CONSIDERANDO

Que, las verificaciones fueron realizadas sobre la base de una alianzaestratégica interinstitucional establecida entre el Defensor del Pueblo, elProyecto de Empoderamiento de los Pueblos Indígenas del Viceministeriode Justicia y el Consejo de Capitanes Guaraníes de Chuquisaca (C.C.CH.),

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98 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

se concretó por medio de una misión de campo del 18 de mayo al 1 dejunio del año en curso en las provincias Luis Calvo y Hernando Siles delDepartamento de Chuquisaca, para verificaciones defensoriales in situ, larecepción de información y testimonios de propietarios, administradores,comunarios, cuidadores, familias guaraníes cautivas, autoridades judicia-les, policiales, políticas y capitanes guaraníes; aplicando boletas de entre-vistas y encuestas por muestreo aleatorio en 50 haciendas, obteniendo in-formación referencial de otras 15 propiedades donde existen familiasempatronadas; lo que permitió establecer:

4.1. Servidumbre, empatronamiento y explotación laboral

– En la generalidad de las haciendas visitadas se evidenció la existenciade familias guaraníes empatronadas, cuya situación de sometimiento yservidumbre era minimizada por los propietarios al vincularla con he-chos circunstanciales a los que respondían con una actitud colaborativay asistencial por la situación critica que atraviesan las familias guaraníes.

– Se estableció que la situación de empatronamiento y servidumbre noes considerada por los propietarios como un “régimen prohibido legal-mente”, sino como una “relación laboral” con obligaciones cumplidasy acuerdos de partes que periódicamente (según el tratamiento acor-dado) es cancelado y renovado, lo cual confirma el estado de explota-ción, sometimiento y maltrato a las familias guaraníes.

– Este sistema caracterizado por la explotación laboral y el endeudamientotiene vigencia en la región y funciona como un mecanismo “normal”de trabajo, donde el hacendado define las condiciones de esa relación,bajo los siguientes términos:

– La jornada laboral es el tiempo durante el cual el empatronado seencuentra a disposición del patrón, entre 10 a 12 horas día.

– No existe salario o remuneración y el pago es efectuado como resul-tado del endeudamiento en forma de “anticipos” que se entregan endinero y/o especie, habitualmente en ropa (usada) y alimentos. Di-cho pago es diferenciado entre hombres, mujeres, adultos mayores yniños, ascendiendo a Bs. 15, 10, 7.50 y 5 por día respectivamente,bajo la modalidad de “arreglo verbal”, incluyendo la comida.

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– El propietario lleva la contabilidad en un cuaderno de cuentas yprovee por adelantado ropa y víveres con precios fijados unilateral-mente; sin que el empatronado conozca cuánto gana, ni accede alcontenido del libro de cuentas, quedando generalmente con un saldoen contra que debe ser pagado con trabajo. La frecuencia de los“arreglos” es dispuesta por el hacendado, cancelando los montospor trabajo cada tres, seis, doce meses, o cuando es fiesta patronal.

– El tiempo de servicios en la hacienda está sujeto a la capacidad delempatronado y su familia para honrar sus “deudas” con el patrón. Enesta lógica ingresan a trabajar sin remuneración por tiempos indefini-dos. En todos los casos el hacendado incumple la Ley General del Tra-bajo en materia de beneficios sociales y se ha establecido que ningúnempatronado y su familia (luego de haber prestado servicios durantevarios años) ha recibido beneficio social o indemnización alguna.

– Las familias cautivas no cuentan con servicios de asistencia médica; Siocurren accidentes o se enferman durante su trabajo, reciben adelan-tos o préstamos que se anotan en su cuenta, para acceder al servicio desalud por cuenta propia.

– Existen niños, niñas y adolescentes que se encuentran en calidad de“préstamo”. Esto significa que los padres guaraníes entregan sus hijos alos patrones por un año para que los inscriban en la escuela y a cambioprestan sus servicios. Otros se encuentran en calidad de “criados”; és-tos quedaron en poder de los patrones desde muy niños, generandouna “relación familiar” de padrinos-ahijados a cambio de sus servicios.En todos los casos, constituyen tenencias ilegales.

– Dependiendo de la edad, los niños, niñas y adolescentes trabajan acambio de alimentación (un kilo de arroz, azúcar) techo, estudios, úti-les escolares, ropa. Si están en edad escolar pueden asistir a la escuela,pero en horas de la tarde trabajan junto a sus padres cumpliendo algu-nas labores como el traslado de ganado vacuno; también se les asignados o tres surcos para cosechar maní. En otras haciendas a pesar de queel niño esté en edad escolar, éstos no asisten a la escuela y la instruc-ción escolar es remplazada por la “enseñanza” que imparte el patrón.

– Otra de las facetas del dominio, control y sometimiento, son loscomponentes emocionales y afectivos que se crean en las relaciones de

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100 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

trabajo y dependencia que unen a los patrones y las familias cautivas.Dicha relación se construye sobre la base de sentimientos de agradeci-miento originados en supuestos favores, concesiones, acceso a la educa-ción de los hijos, realización de trámites ante diversas instituciones, peroque finalmente terminan profundizando los mecanismos de dependen-cia, exacción, explotación laboral infantil y sojuzgamiento, que formal-mente se encubren bajo una imagen “paternal” o de “padrinazgo”.

– Las mujeres (generalmente junto a sus hijos pequeños), realizan prin-cipalmente trabajos de cocina, preparan el desayuno para los trabaja-dores empleados por el patrón, elaboran el almuerzo y deben llevareste alimento hasta el “potrero”, que en muchos casos distan varioskilómetros de la hacienda, posteriormente preparan la cena. Las mu-jeres también cumplen otras labores: carpir (pelar) maní o cumandá,escarmenar lana, hacer la limpieza de la hacienda, cuidar las gallinas,lavar la ropa, etc. Concluida la jornada laboral, ellas deben continuarsu trabajo doméstico en sus hogares.

– Por otra parte existen personas de diferentes edades con distintos gra-dos de discapacidad, quienes suelen desarrollar actividades no adecua-das a su situación física y mental

Que, el sistema de servidumbre y empatronamiento impuesto en la zonapor muchas décadas, tiene como base de sustento la exclusión social y discri-minación permitida por Estado caracterizado por el clientelismo político queha contribuido al analfabetismo de la población cautiva (principalmente delas personas mayores), cuyo desconocimiento de sus derechos y garantías cons-titucionales no les permite deliberar su situación con el patrón.

Que, vista la situación que atraviesan las familias cautivas guaraníes,es necesario hacer énfasis ante el Estado Boliviano; que la dignidad de lapersona es inherente a su ser, esencia a su naturaleza, y como dice Peces-Barba “la dignidad del ser humano debe ser respetada en todo caso, cual-quiera que sea el ordenamiento jurídico, político, económico y social y cua-lesquiera que sean los valores prevalentes en la colectividad histórica”. Portanto, se debe asimilar que la persona humana se concibe como un ser deeminente dignidad, caracterizada por su libertad y su razón, lo que haceinviolable e ininterferible, por terceros la órbita de la intimidad o privacidad.

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Que, estas disfunciones jurídicas, sumadas a una falta de solidaridad, jus-ticia e igualdad, afectan el derecho a la dignidad de las personas, establecidoen el Art. 6 parágrafo II de la Constitución Política del Estado, al señalarque la dignidad y la libertad de la persona es inviolable, respetarlas y prote-gerlas es un deber primordial del Estado. A esto se agrega la vulneración a susderechos fundamentales a la salud, educación, vivienda, retribución justapor su trabajo que le asegure para sí y su familia una existencia digna de sereshumanos Art. 5 el cuál no reconoce ningún género de servidumbre y nadiepodrá ser obligado a prestar trabajos personales sin su pleno consentimientoy justa retribución conforme reza el Art. 7 inc a),d),e),h) y j).

Que, los derechos esenciales y atributos de la persona, justifican unaprotección internacional de los mismos. En este orden la Convención Ame-ricana de Derechos Humanos prohíbe la esclavitud y servidumbre, exige laprotección de la honra y la dignidad establecido en el Art. 6 inc 1.y Art. 11respectivamente. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos ensu Art. 8 numeral 1 señala que nadie debe ser sometido a esclavitud y servi-dumbre, ni ser constreñido a ejecutar trabajo forzoso u obligatorio. Sobre eltema el Art. 2 numeral 1 del Convenio 29 de la OIT, condena todo trabajo oservicio exigido a un individuo bajo amenaza de una pena cualquiera (nosiempre se refiere a sanción penal, que puede tratarse también de la priva-ción de cualquier derecho o ventaja) y para el cuál dicha persona no se ofre-ce voluntariamente. También la Declaración Universal de Derechos Huma-nos exhorta que nadie puede estar sometido a servidumbre y todas las personastienen derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias.

Que, la niñez y adolescencia son sujetos de derecho y requieren de unaprotección integral, siendo obligación del Estado, defender sus derechosconforme dispone el Art. 199 de la Constitución Política del Estado, enconcordancia con el Art. 124 al 156 del Código Niño, Niña Adolescente,los que determinan la protección en el trabajo. La Defensoria de la Niñez yla Adolescencia de la jurisdicción correspondiente, tiene la obligación decontrolar el cumplimiento de los derechos, y el conocimiento de casos co-rresponde al Juez de la niñez y adolescencia, conforme el Art. 155 del códi-go citado. La Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, in-voca que deben recibir la asistencia y protección necesarias, para poder

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asumir sus responsabilidades dentro de la comunidad, tomando en cuentaque son personas en proceso de desarrollo. Debe preservarse el interés su-perior del niño, en cualesquier circunstancia y fundamentalmente garanti-zar la protección contra el maltrato, es decir contra toda forma de perjuicioo abuso físico, malos tratos o explotación, conforme disponen los Arts3,19,27,28 y 32 de este cuerpo legal.

Que, el pago a las mujeres alcanza a la mitad del monto percibido porlos hombres a pesar de realizar las mismas tareas. La mujer es subvaloradapor los propietarios, quienes la consideran “una mujer floja, descuidada,no tiene valor como persona”, contraviniendo lo establecido ConvenciónSobre La Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra laMujer, en el Art. 2 establece que los estados deben tomar acciones concre-tas para eliminar la discriminación, el Art.3 garantiza el pleno desarrollode las mujeres y el Art. 5 exhorta modificar el comportamiento tradicionalde hombres y mujeres referidos a los estereotipos, prejuicios, costumbres ycreencias.

Que, el sistema de servidumbre, empatronamiento y explotación la-boral, vulnera lo establecido en los Arts. 7 inc j), 156 y 157 de la Constitu-ción Política del Estado donde se establece que toda persona tiene derechoa una remuneración justa por su trabajo, que le asegure para sí y su familiauna existencia digna de ser humano. Es un deber y un derecho que consti-tuye la base del orden social y económico. El trabajo y el capital gozan de laprotección del Estado, debiendo una Ley regular sus relaciones. Asimismola Declaración Universal de Derechos Humanos hace referencia en los Arts.4, 23 inc 1),2),3) y 24 y Arts. XIV, XV de la Declaración Americana de losDerechos y Deberes del Hombre, y Art.7 inc a),d) del Pacto Internacionalde Derechos Económicos, Sociales y Culturales concordante con el Art. 2inc a) del Convenio N 169 de la OIT, sobre Pueblos Indígenas y Tribales enpaíses independientes referidos al tema.

Que, la reducción a la esclavitud o estado análogo es tipificado comodelito en el Art. 291 del Código Penal donde se señala que: “El que redujerea una persona a esclavitud o estado análogo, será sancionado con priva-ción de libertad de dos a ocho años”.

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4.2. Indefensión y desprotección por ausencia del Estado

Que, cuando se habla de la ausencia del Estado, se establece que noexiste el mandato de éste para cumplir con la voluntad política de la socie-dad y no ejerce la función de ser un canal de expresión del hecho socialdenominado poder político. Además, el sistema de normas y el orden jurí-dico no es aplicable con justicia y en igualdad de oportunidades y condi-ciones para todos los ciudadanos. A esto se suma la falta de iniciativa delos servidores públicos y autoridades para desarrollar acciones en el marcode sus competencias, para prevenir situaciones de grave vulneración dederechos, sumándose la situación de las familias empatronadas y cautivas,que no ejercen sus derechos fundamentales por desconocimiento de la fun-ción de las instituciones y en algunos casos por la falta de disponibilidad demedios y recursos para trasladarse a los lugares donde existe autoridad com-petente y hacer efectivas sus denuncias.

Que, la forma de ausencia del Estado en la región se manifiesta en:

– La falta de autoridades competentes en materia laboral: inspecto-res de trabajo y Jueces laborales y la asignación de personal en dife-rentes instituciones públicas. Al existir este vacío, los patrones nose sienten vigilados por autoridad competente y, por tanto, sus ac-tividades ilegales se pueden desarrollar en un marco de supuesta“normalidad”, ante la impotencia y falta de acceso a la justicia enigualdad de condiciones de las víctimas, quienes por su situaciónde indefensión jurídica terminan negociando sus derechos o sim-plemente quedan sin ejercerlos.

– Las familias empatronadas no tienen acceso a la educación, nocuentan con infraestructura educativa adecuada; los niños, ni-ñas y adolescentes deben recorrer considerables distancias parallegar a su escuela, donde hay ausencia de profesores bilingües(castellano-guarani) para enseñar en el idioma materno y cum-plir con el proceso de la reforma educativa y la educaciónintercultural.

– Similar situación ocurre en el acceso al derecho a la salud: loscentros y postas se encuentran distantes del lugar de trabajo y

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104 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

morada de la familia guaraní. En la verificación se estableció queno cuentan con el equipamiento necesario en infraestructura, ins-trumentos y medicamentos; si en algún caso se advirtió la exis-tencia de medicamentos, los mismos han sobrepasado las fechasde expiración. También se ha advertido que algunos centros desalud se encuentran atendidos por una enfermera/o que en casosde emergencia no responden eficazmente por la falta de la forma-ción necesaria.

– Otro de los ámbitos en los que se expresa la ausencia del Estado, esel referido a la existencia de una significativa cantidad de pobla-ción guaraní que no cuenta con documentos de identidad o quetienen problemas relacionados con su tramitación, restringiendo elderecho a la identidad, al ejercicio de la ciudadanía, a efectuar trá-mites, acceder a títulos de propiedad sobre la tierra, acceder a losservicios de salud y educación, beneficiarse del bonosol; en fin, ejer-cer sus derechos ciudadanos en general.

– Los medios para cubrir y satisfacer mínimas necesidades de sub-sistencia, se expresan en la miseria, la absoluta precariedad desus condiciones de vida y las condiciones infrahumanas en lasque viven estas familias; con chozas ubicadas en lugares margi-nales o escarpados de las haciendas, donde la tierra no ofrececondiciones para la producción y el trabajo y que constan de unsolo ambiente construido de troncas y palos (a veces recubiertascon algo de barro), en una superficie que no suele superar los 20metros cuadrados y cuyo techo es de cañahueca y un materialparecido a la paja.

Que, el Estado Boliviano, a través de los diferentes gobiernos con baseen los poderes Judicial, Ejecutivo y Legislativo, por acción u omisión nohan cumplido adecuadamente el mandato constitucional de garantizar ydefender la vigencia de derechos y garantías constitucionales del puebloguarani, dotando de los recursos y medios necesarios para satisfacer sus ne-cesidades básicas, motivo por el cual se encuentran históricamente sumi-dos en la postergación, vulnerando el Art. 158 señala la obligación de de-fender el capital humano, protegiendo la salud de la población, establecidoen la Constitución Política del Estado. Asimismo, el Convenio 169 de la

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OIT señala en el Art.2 punto 2 inc a), que los gobiernos deben incluirmedidas que promuevan la plena efectividad de los derechos económicos yculturales de estos pueblos, respetando su identidad social, cultural, sus cos-tumbres y tradiciones. El Art. 3 inc 1) señala que deben gozar plenamentede los derechos humanos y libertades fundamentales sin obstáculos ni dis-criminación.

4.3. Relaciones de poder y dominación

Que, la institución de la hacienda en las provincias Hernando Siles yLuis Calvo, en versión de García Antonio “muestra su expresión más níti-da en el circuito latifundio-minifundio, tratamiento laboral al margen dela ley, uso exclusivo y abusivo de recursos naturales, distorsión del merca-do, creación de relaciones de poder en beneficio propio y corrupción”. Asi-mismo el proceso de Reforma Agraria no tuvo los efectos esperados en laredistribución equitativa de la tierra y la reversión de las tierras improduc-tivas, habiéndose consolidado grandes extensiones en pocas manos dejan-do al margen a poblaciones como la guaraní, que inclusive tienen derechoshistóricos sobre la tierra.

Que, las relaciones de poder y dominación impuestos han contraído otrosefectos ilegales como el abuso de poder y el uso de cargos públicos en benefi-cio particular, que se traduce en la realización de cobros indebidos e inclusi-ve el traslado de los deudores a las haciendas para que presten servicios concargo a las sanciones y deudas establecidas. Se ha denunciado que quienesdesobedecen la instrucción de vender su producción al hacendado, son obli-gados a abandonar sus viviendas y chacos, saliendo de la región.

Que, al margen de ejercicio directo del poder y la instrumentalizaciónde la autoridad y los cargos públicos en beneficio particular por parte delos hacendados; también se ha establecido el aprovechamiento de las rela-ciones de parentesco, amistad, afinidad u otros lazos que unen a los secto-res dominantes y que son utilizados para influir en diferentes ámbitos. Estasituación provoca inseguridad jurídica, desprotección y falta de acceso a lajusticia en igualdad de condiciones y con la misma oportunidad, a quienesno forman parte del circulo de patrones.

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106 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

4.4. Acceso a la tierra y al territorio

La problemática del acceso y el derecho a la propiedad de la tierra y elterritorio de las comunidades y el pueblo guaraní, ha sido ampliamenteanalizada en varios estudios e investigaciones realizadas desde el año 1996,cuando se plantearon las demandas de TCOs. Es más, generalmente se haconstituido en el principal factor de atención y preocupación que se haintentado resolver, en la perspectiva de encontrar una solución al asuntode la servidumbre y el empatronamiento al que se encuentran sometidasfamilias y comunidades guaraníes. Se piensa que al resolver el problema dela tierra que demandan las comunidades y el pueblo guaraní, también seresolverán los problemas como la servidumbre y el empatronamiento

Al respecto:

– En algunas haciendas donde los patrones accedieron a reconocer elderecho de posesión de las familias guaraníes empatronadas que se en-contraban asentadas dentro de sus propiedades, el problema se tradujoen el tamaño, la localización y la utilidad de los potreros medidos yreconocidos. En la generalidad de los casos, se trata de solares que noalcanzan a las 5 has. de extensión para familias que están compuestaspor varios miembros. Se trata de predios localizados en laderas conelevada pendiente y que no son aptas para realizar labores agropecuarias,

– Otros implementaron el despido y expulsión de familias guaraníesempatronadas que trabajaban en las haciendas, como método paraimpedir que el INRA proceda al reconocimiento de su derecho so-bre la tierra como poseedores legales. Por esta razón no figuran niforman parte de los títulos o certificados de saneamiento en los quese consignan los beneficiarios. Se puede afirmar que se trata de unapoblación, cuyos derechos no han sido incluidos como parte de losresultados del proceso de saneamiento.

– Los guaraníes empatronados no solo se encuentran impedidos deacceder y trabajar la tierra, sino que se encuentran despojados de labase material mínima para hacerlo. La ocupación permanente enlas tierras del patrón y la falta de recursos económicos y mediospara adquirir los insumos necesarios, lo impiden.

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– Otro de los más evidentes y claros problemas identificados, es elrelacionado con la distribución inequitativa de la tierra. Los extre-mos de este asunto no solamente tienen que ver con una despropor-cional diferencia existente entre la elevada superficie de las ha-ciendas particulares de los patrones, y las mínimas extensiones detierra de los potreros de las familias guaraníes (en los pocos casosde posesión reconocida), sino en el desconocimiento tácito que elproceso de saneamiento ha dado curso, al ignorar la presencia yposesión histórica de las comunidades y familias guaraníes en elterritorio chaqueño.

Otra faceta de la problemática que hace al acceso y el derecho a latierra, es la referida a los resultados y efectos del proceso de saneamiento.Al margen de las ampliamente conocidas observaciones y criticas emitidaspúblicamente respecto del trabajo de la empresa Kadaster, que se encargóde realizar este trabajo en el departamento de Chuquisaca y que tiene quever con varias irregularidades relacionadas con la falta de transparencia, laclara parcialización a favor de intereses de los hacendados y ganaderos, lafalta de información oportuna y adecuada y un proceso que ha consolidadola inequitativa distribución de tierras.

Que, estas familias cautivas como parte del pueblo indígena guaranítienen derechos históricos y colectivos sobre la tierra y territorio, a ser re-conocidos como pueblos, a la libre determinación y el derecho a una cultu-ra propia. En este sentido el Art. 165 de la Constitución Política del Esta-do, establece que las tierras son de dominio originario de la Nación ycorresponde al Estado la distribución, reagrupamiento y redistribución dela propiedad agraria, conforme a las necesidades económico-sociales y dedesarrollo rural, el Art. 166 establece que, el modo legítimo de adquirir yconservar la propiedad agraria es el trabajo el Art. 167, refiere a que elEstado no reconoce el latifundio, garantizando la existencia de las propie-dades comunitarias, cooperativas y privadas. Finalmente el Convenio 169de la OIT en el Art. 14 inc 2) reza que los gobiernos deberán tomar lasmedidas que sean necesarias para determinar las tierras que los pueblos in-teresados ocupan tradicionalmente y garantizar la protección efectiva desu derecho de propiedad y posesión.

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108 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

5. CONSIDERANDO

Que en el marco de lo dispuesto por el Art. 11 parágrafo 3) de la Ley1818 del Defensor del Pueblo, se han remitido requerimientos de informesescritos a diferentes autoridades del ámbito nacional y departamental, ha-biendo recibido respuesta del: Director Nacional del INRA, Director Ge-neral del Trabajo Seguridad Industrial del Ministerio de Trabajo,Viceministro de Educación Escolarizada Alternativa e Inicial, Viceministrode Derecho y Políticas de Pueblos Indígenas y Originarios, y del Departa-mento de Chuquisaca el: Fiscal de Huacareta, Defensoria de la Niñez yAdolescencia del Municipio de Huacareta, Directora del SEDES, DirectorDepartamental INRA, Director Departamental del Trabajo, Director De-partamental de Salud. No respondieron las siguientes autoridades;Defensoria de la Niñez y Adolescencia de la Provincia Luis Calvo, Servi-cio Legal Integral Municipio Huacareta y Villa Vaca Guzmán

6. CONSIDERANDO:

Que, el Poder Ejecutivo emite el Decreto Supremo 28159 el 16 demayo de 2005; disposición en la que se define a las familias y comunida-des cautivas y/o empatronadas, se dispone su registro e incorporación a laLey General del Trabajo, la dotación y el financiamiento para la comprade tierras, la superficie requerida por familia y el saneamiento de áreascomunales.

Que, un primer balance sobre la pertinencia y los efectos de esta nue-va iniciativa como propuesta de solución a la problemática de la servidum-bre y el cautiverio de la población guaraní empatronada, contrastando conla realidad de dichas familias, permite apuntar los siguientes aspectos:

• El contenido y los términos del Decreto Supremo, no contemplan laintegralidad de los aspectos que provocan y mantienen las condicio-nes y los efectos de la servidumbre y el empatronamiento, concen-trándose únicamente en los aspectos laborales y la adquisición y dota-ción de tierras, contraviniendo el Art. 96 y 171 de la ConstituciónPolítica del Estado y. Arts.2,3, del Convenio 169 de la OIT.

109

• La compra de tierras relega, sustituye y minimiza la lucha ancestraly legitima de las comunidades guaraníes por el acceso a un territo-rio; pero también convalida, avala y legaliza una distribucióninequitativa de la tierra, consolidando las grandes propiedadeslatifundiarias, vulnerando los Arts. 165 y 167 de la ConstituciónPolítica del Estado y Arts. 8, 13, 14, 17 inc 3) del convenio 169OIT. La decisión de comprar tierras por el Estado, es una figura noreconocida por la Ley 1715.

• El emprendimiento no contempla acciones conducentes a dejar sinefecto y abolir el oprobioso sistema de servidumbre y empatronamiento,cuya lógica no se asienta únicamente en la falta de acceso a la tierra yla explotación laboral, sino en un complejo entramado de relaciones(inclusive de poder y sicológicas en los que la ausencia y desproteccióndel Estado es un factor clave) que impiden un ejercicio pleno de laciudadanía y los derechos humanos. Art. 6 de la Convención Ameri-cana de Derechos Humanos

• No se define con claridad las condiciones de la compra y entrega delas tierras a ser adquiridas, quedando en duda si éstas serán resultadode una obligación que asume el Estado por medio de un crédito o sidebe ser pagado por las familias y comunidades guaraníes.

• Se deja supeditada a iniciativa de las familias y comunidades guaraníescautivas y empatronadas o sus representantes, la realización de las ac-ciones y gestiones legales que correspondan para hacer prevalecer susderechos laborales, cuando claramente ésta debería ser una acción deoficio de las instancias competentes del Estado de conformidad a lodispuesto por el Art. 6 Parágrafo I, 116 parágrafo X de la ConstituciónPolítica del Estado, concordante con el Art. 24 de la ConvenciónAmericana sobre los Derechos Humanos.

• El Art. 4 parágrafo I del D.S. no es más que una repetición de la dispo-sición Final 4 de la Ley 1715 cuyo mandato, vigente desde hace diezanos, se incumplió a la fecha.

• No viabiliza la administración de justicia mediante la jurisdicción la-boral e inspectorías del trabajo, debido a que no existe el órgano juris-diccional y administrativo para la protección, respeto y restablecimientode sus derechos como prevé el Art. 116 parágrafos I, III de la Constitu-ción Política del Estado conexo con el Art. 1 de la Ley de Organiza-

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110 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

ción Judicial y Arts. 1, 2 y 24 de la Convención Americana de Dere-chos Humanos

• Respecto a la limitación de la jornada laboral dentro de dentro unsistema de servidumbre, empatronamiento y endeudamiento progresi-vo de parte del trabajador, queda en un enunciado de orden legal, to-mando en cuenta las características y particularidades de las condicio-nes laborales en que prestan sus servicios, garantizada en el Art. 157de la Constitución Política Estado, Art. 47 de la Ley General del Tra-bajo y Art. 24 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

• Define de manera apriorística y arbitraria la superficie requerida por fa-milia cautiva o empatronada, desconociendo de esta forma el derecho alterritorio, así como sus características, valores e identidad como puebloindígena, expresados en el Art. 171 de la Constitución Política del Esta-do concordante con el Art. 13, 14 del Convenio 169 de la OIT.

De lo expuesto se llega a determinar que la política estatal sobre laproblemática del pueblo guarani expresada en el Decreto Supremo de refe-rencia, hace un reconocimiento explícito de la existencia de familias y co-munidades empatronadas que trabajan por cuenta ajena en condiciones desubordinación y dependencia, además reconoce la relación laboral ilegalque da lugar al trabajo forzoso, sin contemplar una respuesta integral parala atención y erradicación de la servidumbre y empatronamiento en elChaco Boliviano. Por tanto la citada norma es insuficiente y parcial paraabordar integralmente la situación de servidumbre y empatronamiento defamilias y comunidades cautivas del Chaco boliviano.

7. CONSIDERANDO:

Que, el Defensor del Pueblo concluye estableciendo la existencia desituaciones violatorias de derechos humanos de familias guaraníes cautivasque entre las más recurrentes, se puede mencionar: a) ausencia estatal queprovoca indefensión jurídica y falta de acceso del derecho a la justicia enigualdad de condiciones y oportunidades, b) alta concentración de tierrasen pocas manos, vulnerando el derecho de acceso a la tierra y territorio delos pueblos indígenas, c) explotación laboral y un sistema de servidumbre ysemiesclavitud basado en la sobreexplotación de la fuerza de trabajo fami-

111

liar, el endeudamiento y una compensación en especie por el tiempo y laslabores desempeñadas que no cubren ni retribuyen proporcionalmente ylegalmente el esfuerzo desarrollado de hombres, mujeres y niños, vulneran-do los derechos laborales y sociales, d) falta de acceso a la educación, salud,vivienda y trabajo, e) relaciones de poder entre autoridades locales y loshacendados de características autocráticas y arbitrarias. e) incumplimientode la disposición constitucional por la que no se reconoce ningún génerode servidumbre y que nadie podrá ser obligado a prestar trabajos personalessin su pleno consentimiento y justa retribución.

POR TANTO: El Defensor del Pueblo, en uso de las atribuciones con-feridas por la Constitución Política del Estado, la Ley N° 1818, en su Nu-meral II Art. 30 y sus Reglamentos.

RESUELVE:

PRIMERO.- Al Ministro de la Presidencia y Ministra de DesarrolloSostenible:

Se sirvan conformar una comisión interministerial, para que en el marcode sus atribuciones y competencias establecido en el Art. 85,101 parágrafo1 de la Constitución Política del Estado realice las acciones conducentes a:

a) Elaborar e implementar una estrategia integral y sostenida para aten-der, resolver y erradicar la problemática de la servidumbre y elempatronamiento en el Chaco Boliviano, incluyendo un Plan de Emer-gencia que atienda la situación de familias guaraníes que actualmentese encuentran en situación de alta vulnerabilidad, otorgándoles en for-ma inmediata las condiciones y los medios básicos de subsistencia.

b) Se asigne recursos para ejecutar la estrategia integral de manera que segarantice su sostenibilidad y coherencia, en función del respeto a losderechos humanos del pueblo Guarani.

c) Conformar una instancia de coordinación y seguimiento conjunto, conlas organizaciones indígenas guaraníes directamente relacionadas conla situación de servidumbre y empatronamiento, para garantizar unproceso transparente y participativo.

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112 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

En cumplimiento a lo previsto en el Art. 3 atribuciones a),f),g),i),k),y Art. 4 respecto a las atribuciones específicas de los Ministros de la Presi-dencia y Desarrollo Sostenible de la Ley de Organización del Poder Ejecu-tivo y Art. 6 inc c) del Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribalesen Países Independientes.

SEGUNDO.- Al Viceministro de Justicia

a) Elaborar y poner en ejecución, un Plan Estratégico orientado a garan-tizar el derecho de acceso a la justicia, para las comunidades y familiasguaraníes cautivas del Chaco Boliviano, con el objeto de garantizar lavigencia y ejercicio pleno de sus derechos humanos,

b) Disponer asistencia jurídico-legal de oficio, para atender las demandasque requieran las familias y comunidades cautivas del Chaco Bolivia-no. Asimismo promueva acciones de coordinación con otros órganosdel Estado, a objeto de que el derecho de acceso a la justicia se atiendacon imparcialidad, independencia y oportunidad por las autoridadescompetentes.

c) En el marco de los proyectos y/o programas que desarrolla en materiade acceso a la justicia, formule y ejecute una propuesta de defensa pro-moción y difusión de los derechos humanos en el Chaco Boliviano,con resultados medibles a corto y mediano plazo, tendientes a garanti-zar el ejercicio pleno de sus derechos

Conforme dispone el Art. 3 y 12 en la parte pertinente que correspondeal Viceministerio de Justicia de la Ley de Organización del Poder Ejecutivo.

TERCERO.- A la Ministra de Desarrollo Sostenible

a) Instruya la realización de auditoria especial sobre el trabajo desarrolla-do por la empresa KADASTER en las provincias Luis Calvo y HernandoSiles del Departamento de Chuquisaca, a objeto de establecer la exis-tencia de irregularidades en el proceso de saneamiento que podría sig-nificar vulneración al derecho de acceso a la propiedad de la tierra delpueblo Guarani, determinando responsabilidades si las hubiera, en cum-plimiento al Art. 27 inc b) de la Ley 1178.

113

b) Establezca el grado de fiscalización desarrollado por el Instituto Nacio-nal de Reforma Agraria a la empresa KADASTER, debiendo para tal efectoremitir los resultados mediante informe circunstanciado y respaldadocon la documentación pertinente conforme dispone el Art. 9 parágrafo1 numeral 1 de la Ley del Instituto Nacional de Reforma Agraria.

c) En atención al mandato y las competencias de distribución, reagrupamientoy redistribución de tierras establecidas en el Art. 165 de la CPE, reconozcala posesión histórica sobre la tierra que tienen las familias y comunidadesguaraníes cautivas y empatronadas del Chaco Boliviano.

d) Al efecto, proceda a la dotación de tierras teniendo como base lareversión de los latifundios improductivos y las tierras fiscales identifi-cadas como resultado del proceso de saneamiento, conforme disponeel Art. 4 en las atribuciones del Ministro de Desarrollo Sostenible ince) de La Ley de Organización del Poder Ejecutivo.

CUARTO.- Al Ministro de Asuntos Indígenas y Pueblos Originarios

a) Formule y ejecute políticas de gestión a favor de la población cautiva delChaco Boliviano, orientadas a incorporar al pueblo Guarani a la vida eco-nómica social y jurídica del país, respetando su identidad y valores cultu-rales, conforme dispone el Art. 2 del Decreto Presidencial 27214 de 19octubre 2003 con relación a la Ley de Organización del Poder Ejecutivo

b) Proceda a la implementación de un Plan de asistencia técnico legal yde capacitación en derechos indígenas a ser ejecutado en forma inme-diata y sostenida en toda la región del Chaco Boliviano, en relacióncon la situación de servidumbre y empatronamiento para superar eldesconocimiento de los derechos humanos y las graves asimetrías depoder, participación social, información, conocimiento y ejercicio dederechos y garantías ciudadanas, conforme dispone el Art. 2 inc a), c)del Decreto Presidencial N 27214 de 19 de octubre 2003 con relacióna la Ley de Organización de Poder Ejecutivo.

QUINTO.- Al Ministro de Trabajo

a) Crear oficinas de Inspectores del Trabajo en las localidades de Huaca-reta y Muyupampa en las provincias Luis Calvo y Hernando Siles del

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114 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

Departamento de Chuquisaca respectivamente, para efectuar de ofi-cio y en forma inmediata, la aplicación y el cumplimiento de la legis-lación laboral y social en beneficio de las familias empatronadas y comu-nidades cautivas a objeto de que se pueda erradicar la ilegal relación yrestituir todos los derechos vulnerados que se hubiesen producido comoconsecuencia de la explotación laboral y la servidumbre que son objeto,conforme dispone el Art. 4 inc a) y b) de las atribuciones del Ministrode Trabajo de la Ley de Organización del Poder Ejecutivo.

b) Se disponga una comisión de emergencia de Inspectores del Trabajopara que en la vía de conciliación administrativa y de oficio, se consti-tuyan en las haciendas de las provincias Luis Calvo y Hernando Silesdel Departamento de Chuquisaca a objeto de regularizar la situaciónjurídico-laboral de las familias empatronadas y ejerzan sus funciones yatribuciones conforme sus competencias.

c) Formule y ejecute de forma inmediata y sostenida políticas para crearcondiciones que garanticen a las familias y comunidades guaraníesempatronadas y/o cautivas posibilidades de ocupación laboral y mejo-ramiento de las condiciones de trabajo, para erradicar la servidumbrey el empatronamiento establecidas por las atribuciones específicas se-ñaladas en el Art.4 inc b) de las atribuciones del Ministro de Trabajode la Ley de Organización del Poder Ejecutivo

SEXTO.- Al Presidente del Consejo de la Judicatura

a) La creación de Juzgados de Trabajo y Seguridad Social, de la Niñez yAdolescencia en la Provincia Luis Calvo y Hernando Siles del Depar-tamento de Chuquisaca, para el restablecimiento y ejercicio del dere-cho a la igualdad ante la ley y de acceso al derecho a la justicia ensujeción a lo dispuesto por el Art. 7 inc j), 123 y 199 de la Constitu-ción Política del Estado concordante con el Art. 13 numeral 3 de laLey del Consejo de la Judicatura, Art. 43 del Código Procesal del Tra-bajo y Art. 264 del Código Niño Niña y Adolescente.

SÉPTIMO.- Al Prefecto del Departamento de Chuquisaca

a) Elaborar e implementar una estrategia integral y sostenida para aten-der, resolver y erradicar la problemática de la servidumbre y el

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empatronamiento en las provincias Luis Calvo y Hernando Siles, in-cluyendo un Plan de Emergencia que atienda la situación de familiasguaraníes que actualmente se encuentran en situación de alta vulne-rabilidad, debiendo proveer en forma inmediata de las condiciones ylos medios básicos de subsistencia.

b) Asigne recursos para ejecutar la estrategia integral de manera que segarantice su sosteniblidad y coherencia en función del respeto a losderechos humanos del pueblo Guarani; de las provincias Luis Calvoy Hernando Siles

c) Conformar una instancia de coordinación y seguimiento conjunto conlas organizaciones indígenas guaraníes directamente relacionadas conla situación de servidumbre y empatronamiento, para garantizar unproceso transparente y participativo, conforme dispone el Art. 6 delConvenio 169 de la OIT.

d) Asigne el presupuesto necesario y adopte las medidas y acciones con-ducentes para poner en funcionamiento todas las instancias y reparti-ciones estatales frente a la ausencia de estado, en las provincias LuisCalvo y Hernando Siles, con el objeto de efectivizar las garantías cons-titucionales y el respeto de los derechos humanos a favor de las fami-lias y comunidades cautivas.

Lo recomendado sea en estricta sujeción al Art. 110 de la Constitu-ción Política del Estado y en el marco de las atribuciones previstas por losArts 4,5,10 y 14 de la Ley de Descentralización Administrativa, las mis-mas que deberán ser ejecutadas en corresponsabilidad con el Consejo De-partamental.

OCTAVO.- A los Honorables Alcaldes Municipales de los Munici-pios de San Pablo de Huacareta, Villa Monteagudo, Villa Vaca Guzmánde las Provincias Luis Calvo y Hernando Siles del Departamento deChuquisaca

a) Promover y ejecutar políticas integrales a favor de las familias guaraníesque se encuentran en condiciones de servidumbre y empatronamiento,promoviendo de forma inmediata condiciones y medios básicos de sub-sistencia tendientes a erradicar esta problemática de forma integral y

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116 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

sostenida, en cumplimiento a los Arts 203, 205 y Art. numeral 19 dela Ley de Municipalidades.

b) Dispongan la creación institucionalización y funcionamiento de la Co-misión Municipal de la Niñez y adolescencia en cada uno de los con-cejos municipales, como la instancia propositiva, consultiva yfiscalizadora de las políticas y acciones de protección a favor de la ni-ñez y adolescencia de las familias y comunidades cautivas que se en-cuentran en situación de servidumbre y empatronamiento, en suje-ción al Art. 199 de la Constitución Política del Estado y Art. 192 delCódigo del Niña, Niño y Adolescente.

c) Dispongan en forma inmediata a través de las Defensorías de la Niñezy adolescencia, a una investigación socio-jurídica para establecer lasituación y el numero de niños, niñas y adolescentes de familiasguaraníes cautivas de su jurisdicción, a objeto de atender y resolver loscasos de tenencia ilegal, maltrato, prestación ilegal de servicios, edu-cación y salud. Conforme dispone el Art. 194 al 196 del Código delNiño, Niña y Adolescente.

d) Fortalecer a las Defensorías municipales de la Niñez y adolescencia, yServicios Legales Integrales Municipales, con relación a recursos hu-manos, presupuestarios y técnicos, de conformidad a lo establecido enel Art. 8 de la Ley de Municipalidades, Art. 194 del Código del NiñoNiña y Adolescente.

e) A través del Servicio Legal Integral Municipal, diseñar una estrategiapara la promoción y empoderamiento de los derechos de la mujer conla finalidad de incidir en el trato no discriminatorio en las relacioneslaborales de comunidades y familias cautivas, de conformidad a lo es-tablecido en la Ley de Participación Popular Art. 1, 3 y Art. 8 nume-rales 14 y 19 de la Ley de Municipalidades.

f) Instruir, la inscripción y afiliación inmediata del Segura Médico Gra-tuito de Vejez, de todas las personas mayores de 60 años y más edad,domiciliado en su comuna; promoviendo, de ser necesario, la suscrip-ción de los convenios con el Sistema Público de Salud, dando estrictocumplimiento a la Ley 1886.

g) Creación de Unidades Municipales de atención a las Personas conDiscapacidad, la cual permitirá diseñar estrategias de información ypromoción de los derechos y deberes de las Personas con Discapacidad,de conformidad a lo establecido en el Art. 21 de la Ley 1678 Ley de la

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Persona con Discapacidad, de 15 de diciembre de 1995 y Art. 8 nume-ral 22 de la Ley de Municipalidades.

NOVENO.- Al Director Distrital de Salud de Chuquisaca

a) Disponer las previsiones necesarias para garantizar el funcionamien-to de todos los centros de salud en sus diferentes niveles que estánestablecidos en las provincias Luis Calvo y Hernando Siles del De-partamento de Chuquisaca, proveyendo además todos los insumosy medios técnicos, profesionales y de infraestructura faltante, paraun desempeño adecuado que implemente programas de salud a fa-vor de la población guaraní empatronada y que se encuentre encondición de servidumbre en el marco de preservar el derecho a lavida y la salud, conforme dispone el Art.2 inc. c) de la Ley De Or-ganización del Poder Ejecutivo y Decreto Supremo 27732 Art. 28inc. d), e) y k).

DÉCIMO.- Al Presidente de la Corte Departamental de Chuquisaca

a) Ejecutar la segunda fase del programa referido al otorgamiento de cer-tificados de nacimiento y cédulas de identidad, inscripciones de parti-das de nacimiento en las oficialías de Registro Civil y disponga de losmecanismos legales pertinentes para aquellas personas que tengan pro-blemas administrativos y judiciales en las provincias Luis Calvo yHernando Siles del Departamento de Chuquisaca, en el marco de laLey 2747 de 28 de mayo de 2004

DÉCIMO PRIMERO.- Al Director Distrital de Educaciónde Chuquisaca.

a) Por medio de las instancias competentes, implemente las medidas con-ducentes para garantizar la ejecución de la educación intercultural ybilingüe, e implementar el nivel secundario por ser la educación lamás alta función del Estado, otorgando los ítems necesarios para todaslas escuelas y colegios designando los profesores bilingües para las Pro-vincias Hernando Siles y Luis Calvo del Departamento de Chuquisaca,

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118 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

conforme dispone el Art. 177 de la Constitución Política del Estado yArts 20 y 22 del D.S. N 25232 de 27 de noviembre de 1998 del Servi-cio Departamental de Educación.

b) El Ministerio de Educación, por medio de las instancias competentes,instale y ponga en funcionamiento un programa de alfabetización enel marco de la Reforma Educativa y Educación alternativa, dirigido ala población cautiva guaraní del Chaco.

DÉCIMO SEGUNDO.- Al Director Nacional del INE

a) Realizar un censo para cuantificar las comunidades y familias cautivasguaraníes de la región del Chaco en los departamentos de Tarija, San-ta Cruz y Chuquisaca a objeto de definir una línea base que oriente laaplicación de las estrategias, los planes y las acciones recomendadasen la presente resolución defensorial, conforme dispone el Decreto Ley14100 de 5 noviembre de 1976.

Notifíquese a las autoridades referidas, mediante copia de la presenteResolución Defensorial en sus respectivos despacho e instrúyase la evalua-ción de su cumplimiento dentro de los próximos 90 días.

Regístrese y Archívese.

119

Anexo 2

Servidumbre y Empatronamientoen el Chaco

Registro fotográfico

120 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

121

El endeudamiento por trabajo

Trabajo y servidumbre en las haciendas

Registro fotográfico

122 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

Trabajo y explotación de la mano de obra familiar

123Registro fotográfico

124 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

Trabajo y explotación de las mujeres

125

Familias guaraníes empatronadas

Registro fotográfico

126 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

La vivienda y las condiciones de vida de las familias guaraníesempatronadas

127Registro fotográfico

128 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

La explotación forestal maderera

129

Condiciones de trabajo y de vida en las haciendas

Registro fotográfico

130 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

Algunas haciendas visitadas durante el trabajo de campo

Hacienda La Florida Germán Michel.

131

Condiciones materiales de vida de las familias cautivasempatronadas

Registro fotográfico

132 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

133

Desprotección e indefensión de la población guaraníempatronada

Registro fotográfico

134 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

La situación, las condiciones y la infantil y los adolescentesde las familias guaraníes empatronadas

135

La indolencia y la falta de sensibilidad del empatronamientofrente a la edad, género y la discapacidad

Registro fotográfico

136 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

137Registro fotográfico

138 Servidumbre y Empatronamiento en el Chaco

Comunidades guaraníes libres y algunas iniciativaspara mejorar las condiciones de vida

139

Reuniones comunales guaraníes

Comunidad Itikupe

Registro fotográfico