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UNIVERSIDAD LATINA, S.C. ASIGNATURA:AMPARO II Félix Araiza Borboa 16/06/02 UNIDAD 1 COMPETENCIA Actividades de aprendizaje 1. Con base a la lectura de los artículos 94 y 100 de la Constitución; de la Ley Orgánica del Poder Judicial Federal del 26 de mayo de 1995, deberá leer los títulos primero a sexto; y de las Lecciones de amparo de Rigoberto D. Almanza Vega, págs. 51 a 64 (considerando el adendum correspondiente que contiene los datos actuales conforme a la Ley Orgánica del Poder Judicial Federal vigente), explique: a) En un cuadro sinóptico cada uno de los órganos que componen el Poder Judicial Federal, en él deberá anotar cómo se integran, la forma en que funcionan y sus atribuciones. ÓRGANOS INTEGRACIÓN FUNCIONAMIENTO ATRIBUCIONES Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) 11 ministros (pleno), pero basta la presencia de 7 para que pueda funcionar (excepto para los casos del a. 105 const. donde requiere 8) En Pleno y en salas. Funcionando en Pleno (a. 10 LOPJF): I. De las controversias const. y acciones de const. II. Rec. de revisión vs sent. Pronunciadas en la audiencia const.... III. Rec. de rev. vs sent. que en amparo directo... IV. Rec. de queja... V. Rec. de reclamación... VI. Excusas e impedimentos de los mtros.... VII. Aplic. Fr. XVI del a. 107 const. VIII. Denuncias de contradicción entre tesis... IX. Conflictos de trabajo con sus propios servidores... X. Juicios de anulación de la declaratoria de exclusión...

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Jurisprudencia acto consumado

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Page 1: AII1

UNIVERSIDAD LATINA, S.C.ASIGNATURA:AMPARO II

Félix Araiza Borboa16/06/02

UNIDAD 1COMPETENCIA

Actividades de aprendizaje

1. Con base a la lectura de los artículos 94 y 100 de la Constitución; de la Ley Orgánica del Poder Judicial Federal del 26 de mayo de 1995, deberá leer los títulos primero a sexto; y de las Lecciones de amparo de Rigoberto D. Almanza Vega, págs. 51 a 64 (considerando el adendum correspondiente que contiene los datos actuales conforme a la Ley Orgánica del Poder Judicial Federal vigente), explique:

a) En un cuadro sinóptico cada uno de los órganos que componen el Poder Judicial Federal, en él deberá anotar cómo se integran, la forma en que funcionan y sus atribuciones.

ÓRGANOS INTEGRACIÓN FUNCIONAMIENTO ATRIBUCIONESSuprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)

11 ministros (pleno), pero basta la presencia de 7 para que pueda funcionar (excepto para los casos del a. 105 const. donde requiere 8)

En Pleno y en salas. Funcionando en Pleno (a. 10 LOPJF):I. De las controversias const. y acciones de const.

II. Rec. de revisión vs sent. Pronunciadas en la audiencia const....

III. Rec. de rev. vs sent. que en amparo directo...IV. Rec. de queja...V. Rec. de reclamación...

VI. Excusas e impedimentos de los mtros....VII. Aplic. Fr. XVI del a. 107 const.

VIII. Denuncias de contradicción entre tesis...IX. Conflictos de trabajo con sus propios servidores...X. Juicios de anulación de la declaratoria de exclusión...

Tribunal Electoral (TEPJF)

7 magistrados electorales en la Sala Superior y 3 en cada una de las 5 Salas Regionales..

Máxima autoridad jurisdiccional electoral (con excepción de lo dispuesto en la fr. II del a. 105 const.), y órgano especializado del Poder judicial de la Federación)

I. Impugnaciones en las elecciones feds. De dips. Y sens.II. Impugnaciones sobre elección de Presidente...

III. Impugnaciones de actos o resoluciones definitivos y firmes de las autoridades competentes de las entidades federativas...

IV. Impugnaciones de actos y resoluciones que violen los derechos políticos electorales de los ciudadanos...

V. Conflictos o diferencias laborales entre él y sus servidoresVI. Conflictos o diferencias laborales entre el IFE y sus

servidoresVII. Determinación e imposición de sanciones en la materia...

Tribunales Colegiados de Circuito (TCC)

3 magistrados, 1 srio. De acuerdos y el número de secretarios, actuarios y empleados que determine el presupuesto.

Listan asuntos con 3 días de anticipación cuando menos

Salvo lo referido por los a. 10 y 21 de la LOPJF, conocerá:I. De los juicios de amparo directo vs sent. definitivas, laudos o

vs resoluciones que pongan fin al juicio por violaciones cometidas en ellas o durante la secuela del proced., cuando se trate: a) en materia penal, de sent. o resoluciones dictadas por autoridades judiciales del orden común o federal..., b) en mat. Admva., de sent. o resoluciones dictadas por tribs. Admvos. o juds., locales o feds., c) en mat. Civil o mercantil, de sent. o resoluciones respecto de las que no proceda el rec.

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ÓRGANOS INTEGRACIÓN FUNCIONAMIENTO ATRIBUCIONESde apel., d) en mat. Laboral, de laudos o resoluciones dictadas por juntas o tribs. Labs. Feds. O locales;

II. De los recs. Vs autos y resoluciones que pronuncien jueces de dtto, TUC o el superior del trib. Responsable...

III. Rec. de queja en los casos de las fracciones V a XIIV. Rec. de revisión vs sent. pronunciadas en la audiencia const.

por los JD, TUC o el superior... y cuando se reclame un acuerdo de extradición dictado por el Ejecutivo...

V. Recs. de rev. Que las leyes establezcan...VI. Conflictos de competencia entre TUC o JD

VII. De los impedimentos y excusas suscitados entre JD y cualquier otra materia entre magdos.

VIII. Recs. de reclamación...Tribunales Unitarios de Circuito (TUC)

1 magistrado y el número de secretarios, actuarios y empleados que determine el presupuesto:

I. De los juicios de amparo vs actos de otros TUC, que no constituyan sent. definitivas...

II. De la apelación asuntos conocidos en 1ª. Instancia por juzgados...

III. Rec. de denegada apelaciónIV. De la calif. De impedimentos, excusas y recusaciones jueces,

excepto juicios de amparo (ja)...V. Controversias entre jueces...

Juzgados de Distrito (JD)

Se compondrán de un juez y del número de secretarios, actuarios y empleados que determine el presupuesto (a. 42)

Los jueces federales conocerán (a. 50):I. De los delitos del orden federal.

II. De los procedimientos de extradición...III. De las autorizaciones para intervenir cualquier comunicación

privada.Los jueces de distrito de amparo en materia penal conocerán (a.

51):I. De los juicios de amparo (j.a.) que se promuevan vs

resoluciones judiciales del orden penal; vs actos de autoridad que afecten la libertad personal...

II. De los ja promovidos vs actos en juicio, fuera de juicio o después de concluido, o que afecten a personas extrañas al juicio...

III. De los ja vs leyes y demás disposiciones de observancia gral. en mat. Penal

Jueces de dtto. en mat. admva:I. Controversias con motivo de la aplic. de leyes feds.

Consejo de la Judicatura Federal (CJF)

Administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la SCJN. Determinará El número, división en circuitos, competencia territorial y, en su caso, especialización por materia de los Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y de los Juzgados de Distrito.

Jurado federal de ciudadanos

Se formará de 7 ciudadanos designados por sorteo (a. 58 LOPJF)

Es competente para resolver, por medio de un veredicto, las cuestiones de hecho que le sean sometidas por los jueces de distrito (a. 56 LOPJF); conocerá de los delitos cometidos por medio de la prensa contra el orden público o la seguridad exterior o interior de la nación (a. 58 LOPJF)

Tribunales de los Estados y del D.F. en los casos previstos por el a. 107, XII const.

b) El objetivo del Consejo de la Judicatura Federal.

Velar en todo momento por la autonomía de los órganos del Poder Judicial de la Federación y por la independencia e imparcialidad de sus miembros, así como llevar la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de este poder, con excepción de la Suprema Corte de Justicia y el Tribunal Electoral (a. 68 constitucional).

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2. Dé lectura a la obra de Ignacio Burgoa, El juicio de amparo, págs. 379 a 425, e indique:

a) El concepto general de competencia.

Es el conjunto de facultades con que la ley en general inviste a cada una de las autoridades encargadas de desempeñar una determinada función estatal, que se revela, como ende, como una limitación normativa a las funciones administrativa, legislativa y jurisdiccional.

La competencia en general es una condición presupuestal sine qua non, para que la actuación de una determinada autoridad en el desarrollo de la función estatal que genéricamente le corresponde, sea válida y eficaz.

b) La determinación de la competencia para:

“El juicio de garantías es procedente ante un Juez de Distrito, cuando el acto que se reclama no sea una sentencia definitiva civil, penal o administrativa ni un laudo dictado en material laboral. A contrario sensu, si es un acto de los anteriormente enumerados, el juicio de amparo debe interponerse ante la SC o ante el TCC correspondiente.”

i. Los jueces de Distrito en el amparo indirecto.

Según el art. 114 de la Ley de Amparo (L.A.), el amparo se pedirá ante el Juez de Distrito:

I. Contra leyes federales o locales, tratados internacionales, reglamentos... decretos o acuerdos de observancia general, que por su sola entrada en vigor o con motivo del primer acto de aplicación, causen perjuicios ...II. Contra actos que no provengan de tribunales judiciales, administrativos o del trabajo...III. Contra actos de Tribunales Judiciales, Administrativos o del Trabajo ejecutados fuera de juicio o después de concluido...IV. Contra actos en el juicio que tengan sobre las personas o las cosas una ejecución que sea de imposible reparación;V. Contra actos ejecutados dentro o fuera de juicio que afecten a personas extrañas a él ..., siempre que no se trate del juicio de tercería;VI. Contra las leyes o actos de la autoridad federal o de los estados...VII. Contra las resoluciones del MP que confirmen el no ejercicio o desistimiento de la acción penal...

ii. Los Tribunales Colegiados de Circuito en amparo directo.

Además, el artículo 158 de la L.A., el juicio de amparo directo es competencia del TCC, y procede contra:

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- Sentencias definitivas o laudos y resoluciones que pongan fin al juicio, dictados por tribunales judiciales, administrativos o del trabajo, respecto de los cuales no proceda ningún recurso ordinario... ya sea que la violación se cometa en ellos o que, cometida durante el procedimiento, afecte a las defensas del quejoso...

Y sólo procederá cuando estas sentencias..., sean contrarias a la letra de la ley aplicable al caso, a su interpretación jurídica o a los principios generales del derecho..., cuando comprendan acciones, excepciones o cosas que no hayan sido objeto del juicio, o cuando no las comprendan todas...

iii. Los Tribunales Unitarios de Circuito en amparo indirecto.

De acuerdo a lo prescrito por el a. 29 constitucional, los TUC conocerán:

I. De los juicios de amparo promovidos contra actos de otros tribunales unitarios de circuito, que no constituyan sentencias definitivas.

iv. La Suprema Corte de Justicia.

El Pleno de la SCJN conocerá del amparo en revisión, cuando ejercite la facultad de atracción en asuntos que por su interés y trascendencia así lo ameriten (10-II-b) const.)

Cuando se trate de invasión de esferas competencias (10-II-c) const.)

c) En qué consiste la litispendencia: La litispendencia (del latín, litis: debate, contienda; pender: estar pendiente, por resolver) significa la existencia ante un mismo juez o ante jueces diferentes del mismo negocio judicial. Consiguientemente, la litispendencia presupone la identidad de acciones, esto es, la igualdad en todos los elementos de éstas.

i. ¿Cómo se tramita?

Por lo que se refiere a la litispendencia, la L.A. no alude a ella expresamente. Sin embargo, podemos afirmar que, aplicando el concepto genérico al juicio de amparo, la litispendencia existirá siempre que en dos o más juicios sean los mismos los quejosos, las autoridades responsables y el mismo acto reclamado, en una palabra, cuando exista identidad en las acciones de amparo.

ii. Los efectos que produce.

Será sobreseído por improcedente (a. 73, fr. III l.a.)

d) En qué consiste la conexidad:

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La conexidad no implica la mencionada identidad de la litispendencia, sino que surge entre dos juicios diversos, por ser diferentes los elementos de las acciones respectivas. En la conexidad los únicos elementos de la acción que pueden variar son, o bien la causa próxima o petendi, o bien el objeto. Pero es menester, además que exista una influencia mutua, recíproca, entre las resoluciones que recaigan a tales juicios, de tal manera que el cumplimiento y la ejecución de una, haga nugatoria o imposible la realización de la otra. Resumiendo, las causas de conexidad pueden resumirse o concretarse en estas dos consideraciones: a) que las sentencias de los juicios sean o pudieran ser contradictorias o contrarias, y b) que exista imposibilidad de ejecutarlas simultáneamente, en caso de que ameriten y sean susceptibles de ejecución.

i. Las diferencias con la litispendencia.

En el caso de la litispendencia, se trata de la misma “litis”, mientras que en la conexidad son diferentes, pero relacionadas.

ii. La tramitación, según se trate de amparo indirecto o directo.

El artículo 57 de la L.A., al establecer la procedencia de la acumulación, consigna dos hipótesis de conexidad:

I. Cuando se trate de juicios promovidos por el mismo quejoso, por el mismo acto reclamado, aunque las violaciones constitucionales sean distintas... (IDENTIDAD DE QUEJOSO Y DE ACTO RECLAMADO)II. Cuando se trate de juicios promovidos contra las mismas autoridades, por el mismo acto reclamado, siendo diversos los quejosos... (JUICIOS VS MISMAS AUTORIDADES POR EL MISMO ACTO)

En cuanto a la substanciación, se establecen dos procedimientos, a saber: aquel que tiene lugar cuando los juicios acumulados radican en el mismo juzgado y aquel que se refiere a la hipótesis en que dichos juicios pertenecen a juzgados diferentes.

En el primer caso, el juez dispondrá que se haga relación de ellos en una audiencia, en la que se oirán los alegatos que produjeran las partes y se dictará la resolución que proceda (a. 59 L.A.)

En el segundo caso: promovida la acumulación ante uno de ellos se citará a una audiencia, en la que se oirán los alegatos... y se dictará la resolución (a. 60 L.A.)

iii. Los efectos.

Los amparos acumulados deberán decidirse en una sola audiencia (a. 63 L.A.)

Autoevaluación Unidad 1

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I. Lea los siguientes enunciados y anote en el paréntesis la opción que considere correcta:

1. Resuelve controversias constitucionales que se suscitan entre un Estado y otro: ( c )

a) Juez de Distrito.b) Tribunal Colegiado de Circuito.c) Pleno de la Suprema Corte de Justicia.

2. Es competente para resolver el amparo directo o uni-instancial: ( b )

a) Tribunal Unitario de Circuito.b) Tribunal Colegiado de Circuito.c) Juzgado de Distrito.

3. Es competente para resolver el amparo indirecto o bi-instancial: ( b )

a) Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia.b) Juez de Distrito.c) Tribunal Colegiado de Circuito.

4. Tiene a su cargo la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial Federal, con excepción de la Suprema Corte de Justicia: ( b )

a) Tribunal Superior de Justicia del D.F.b) Consejo de la Judicatura Federal.c) Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo.

5. Conoce del recurso de denegada apelación: ( c )

a) Tribunales Colegiados de Circuito.b) Juzgados de Distrito.c) Tribunales Unitarios de Circuito.

II. Complete los siguientes enunciados:

1. Es la medida del ejercicio de la jurisdicción conferida a una autoridad: competencia.

2. Es el conjunto de facultades atribuidas a una autoridad: la competencia.

3. Son competentes para resolver los conflictos competenciales que en el juicio de amparo se presenten, entre dos jueces de Distrito: Los TCC.

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4. Son competentes para resolver los conflictos competenciales entre dos jueces de Distrito, cuando no actúan como jueces de amparo: TUC.

5. Cuando en el juicio de amparo se presenta la litispendencia, el juicio más reciente se declarará improcedente y se sobreseerá.

6. La litispendencia se da cuando existen dos o más amparos pendientes, promovidos por el mismo quejoso y contra el mismo acto reclamado, aunque las violaciones aducidas sean diferentes.

7. Se prohíbe la acumulación de los amparos en revisión o directos que se tramiten ante los Tribunales Colegiados de Circuito (a. 65 L.A.)

8. Cuando se declara procedente la conexidad, los juicios de amparo deben acumularse.

9. Los juicios de amparo acumulados deben tramitarse por separado, pero deberá dictarse una sola sentencia para evitar contradicciones.

10. El juzgado de Distrito que primero previno, será el que conozca de los amparos cuya acumulación se solicite. (a. 58 L.A.)

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UNIDAD 2FIGURAS PROCESALES DEL AMPARO

Actividades de aprendizaje

3. De acuerdo a la lectura de las Lecciones de amparo de Rigoberto D. Almanza Vega, págs, 131 a 149; del libro Los incidentes en el juicio de amparo de Efraín Polo Bernal, págs. 111 a 137 (documento 2.A); y de Luis Bazdresch, El juicio de amparo, págs. 136 a 173 (documento 2.B), explique:

a) El término genérico para promover la demanda de amparo.

15 días, este término se contará desde el día siguiente al en que haya surtido efectos la notificación al quejoso (a. 21 L.A.)

b) Los diversos términos que la Ley de Amparo prevé para la promoción de la demanda de amparo.

15 días: Término general y para los casos relativos a la extradición de alguna persona reclamada por un Estado extranjero.

30 días: o En los casos en que a partir de la vigencia de una ley, ésta sea reclamable

(a. 22-I L.A.)o Cuando el juicio de amparo se promueva contra actos que causen

perjuicios a los derechos individuales de ejidatarios o comuneros ... (a. 218 L.A.)

90 días: Cuando se trate de sentencias definitivas o laudos y resoluciones que pongan fin al juicio, en los que el agraviado no haya sido citado legalmente para el juicio, siempre y cuando resida fuera del lugar del juicio, pero dentro de la Rep. (A. 22-III L.A.)

180 días en el caso anterior pero cuando el interesado reside fuera de la Rep. En cualquier tiempo:

o para los actos que importen peligro de privación de la vida, ataques a la libertad personal, ... (a. 22-II L.A.)

o Cuando el amparo se promueva contra actos que tengan o puedan tener por efecto privar total o parcialmente en forma temporal o definitiva de la propiedad, posesión o disfrute de sus derechos agrarios a un núcleo de población sujeto al régimen ejidal o comunal (a. 217 L.A.)

c) Los días inhábiles que la Ley de Amparo prevé.

Sábados y domingos, 1º. de enero, 5 de febrero, 1º y 5 de mayo, 14 y 16 de septiembre, 12 de octubre, 20 de noviembre (a. 23 L.A.)

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d) El término para promover demanda de amparo tratándose de ataques a la libertad personal.

En estos casos la demanda de amparo podrá interponerse en cualquier tiempo (2do. párrafo de la fracción II del a. 22 de la L.A.)

e) Los casos en que no se requiere habilitación de días y horas.

Cuando una diligencia se inició en día y hora hábiles, puede llevarse hasta su fin, sin interrupción, sin necesidad de habilitación expresa (2do. párr. del a. 282 del CFPC, de aplicación supletoria).

f) El tipo de notificación que debe hacerse al quejoso, a quien se requiera para que aclare su demanda.

La notificación se hará por medio de lista que se fijará en lugar visible y de fácil acceso del Juzgado (fr. III del a. 28 L.A.); no obstante lo anterior, la autoridad que conozca del juicio de amparo ..., podrá ordenar que se haga personalmente determinada notificación a cualquiera de las partes, cuando lo estime conveniente... (a. 30 L.A.)

g) Los términos que la Ley de Amparo establece para que las autoridades rindan su informe justificado.

Las autoridades responsables deberán rendir su informe con justificación dentro del término de 5 días, pero el Juez... podrá ampliarlo hasta por otros 5 si estimara que la importancia del caso lo amerita. En todo caso, las autoridades responsables rendirán su informe con justificación con la anticipación que permita su conocimiento por el quejoso, al menos 8 días antes de la fecha para la celebración de la audiencia constitucional (a. 149 L.A.)

Excepción: en los casos en que el quejoso impugne la aplicación ... de leyes declaradas inconstitucionales ..., o en aquellos otros a que se refiere el a. 37 (violación de las garantías de los a. 16 en penal, 19 y 20 de la const.), ... el término relativo a este informe se reducirá a 3 días improrrogables.

h) El término en que deben rendir las autoridades el informe previo.

24 horas (a. 131 L.A.); en casos urgentes el juez podrá ordenar a la autoridad responsable que rinda este informe por la vía telegráfica (quejoso deberá asegurar los gastos de la comunicación) (2do. párr. del art. 132 L.A.)

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i) Las personas que pueden oír y recibir notificaciones en el juicio de amparo.

Agraviado o quejoso: Puede autorizar a cualquier persona con capacidad legal (apoderados, procuradores, defensores, representantes, personas autorizadas para oír notificaciones, etc.).

Tercero perjudicado: Id. Agraviado. Autoridad con carácter de tercero perjudicado Autoridades responsables (en caso de ser el titular del Poder Ejecutivo, se

entenderán con el Srio. de Edo. o Jefe de depto. admvo. que corresponda, o, en su caso, con el Procurador General de la República)

Ministerio público.

j) ¿Cómo se realizan las notificaciones a las autoridades responsables?

Por medio de oficios que serán entregados en el domicilio de su oficina principal, en el lugar del juicio por el empleado del juzgado; y fuera del lugar del juicio, por correo, en pieza certificada con acuse de recibo (a. 28, fr. I, L.A.)

En asuntos de la competencia de TCC: por medio de oficio, por correo, en pieza certificada con acuse de recibo (a. 29, fr. I, L.A.)

k) Lo que son los incidentes.

El término incidente aplicado a esta materia, es aquél procedimiento tendiente a resolver controversias procesales o meramente adjetivas que surgen en la tramitación de un juicio o recurso y que tiene relación con el asunto principal.

l) Los incidentes que se pueden promover en el juicio de amparo.

Incidente de impedimento del juzgador (66 al 72 L.A.) Incidente de nulidad de notificaciones (32 L.A.) Incidentes de incompetencia (36 a 65 L.A.)

o Incompetencia por tratarse de amparo directo (44 y 49 L.A.)o Incompetencia por litispendencia (51 L.A.)o Incompetencia por declinatoria (52 L.A.)o Incidente de acumulación de autos o conexidad (57 a 65 L.A.)

Incidente para la obtención de documentos (152 L.A.) Incidente de objeción de documentos (153 L.A.) Incidente de reposición de autos (35 L.A.)

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4. Conforme a la Ley de Amparo mencione:

a) Cómo puede promoverse el incidente de falsedad de documentos en: (la objeción de falsedad de un documento consta en la exposición pormenorizada y razonada de los signos o circunstancias que se desprendan del documento, tendiente a demostrar a simple vista o a juicio de peritos la falsedad, la alteración, la raspadura, la enmendadura, la corrección, la firma, etc., y el ofrecimiento de pruebas y contrapruebas se referirán únicamente a dicha falsedad o a su autenticidad, a efecto de que el juzgador determine si es o no falso el documento).

i. Qué término.La ley no lo menciona.

ii. Su tramitación.

Dependerá del momento de presentación del documento: i. Si se exhibe el documento antes de la celebración de la audiencia, la parte interesada puede presentar por escrito su objeción; ii. Si se presenta en la audiencia, en forma verbal puede hacerse dicha objeción.

En ambos casos, será sólo hasta la audiencia en que se tendrá por ofrecido el documento y por presentada la objeción.

En la práctica se aplica supletoriamente lo dispuesto por el art. 360 del CFPC.

iii. Sus efectos en caso de que se declare fundado.

No lo menciona la propia ley ni los textos consultados, sólo se dice que deberá resolverse en la propia audiencia constitucional en que se dicta la sentencia en el amparo.*

b) Cuándo puede promoverse incidente de nulidad de notificaciones: Cuando alguna notificación no se haya hecho en la forma y términos que establecen los artículos 27 al 34 de la L.A., así como cuando no se practicó alguna notificación debiéndose hacer.

i. En qué término.

El término para hacer valer este incidente es, desde el emplazamiento, o desde el momento en que surge la nulidad por defecto o ilegalidad de las notificaciones y hasta antes de que se dicte sentencia definitiva.

ii. Su tramitación.

Se substanciará en una sola audiencia, en la que se recibirán las pruebas de las partes, se oirán sus alegatos, que no excederán de media hora para cada una y se dictará la resolución que fuere procedente. (2do. párr. del a. 32 L.A.)

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iii. Sus efectos en caso de que se declare fundado.

Produce la nulidad de la notificación y de los actos subsecuentes; si se alegó como agravio contra la sentencia dictada en primera instancia por el juez de amparo, sus efectos consistirán en dejar insubsistente la sentencia recurrida y que se reponga el procedimiento a partir de la omitida o ilegal notificación.

Además, al empleado que haya hecho o dejado de hacer la notificación, se le impondrá una multa de 1 a 10 días de salario y quien será destituido de su cargo, en caso de reincidencia (a. 32 L.A.)

c) Los impedimentos.

Son circunstancias que concurren en la persona física, en el titular, y no propiamente en el órgano de la autoridad estatal, que pueden impedir que la resolución del asunto sea de manera imparcial, debido a que potencialmente esas circunstancias personales pueden afectar en su ánimo y decidir la controversia apartándose de la ley, favoreciendo o perjudicando a alguna de las partes que intervienen en el juicio, atendiendo a razones personales y subjetivas.

Los mismos vienen enumerados limitativamente en el a. 66 de la L.A.

d) La manera en que se tramita la excusa de un juez de Distrito en el juicio de amparo.

Los Jueces de Distrito harán constar en autos la causa del impedimento en la misma providencia en que se declaren impedidos, y la comunicarán al Tribunal Colegiado de Circuito de su jurisdicción, para que resuelva sobre el impedimento (a. 67, 3er. párr. L.A.)

e) La tramitación de la excusa de un magistrado de Circuito en materia de amparo.

Procederán igual que los jueces de Distrito, pero la comunicarán a la Suprema Corte de Justicia (a. 67, 2do. párr. L.A.)

f) La tramitación de la excusa de un magistrado de Circuito en materia distinta de amparo.

a. 171 del CPCDF. “Los Magistrados, ... tienen el deber de excusarse del conocimiento de los negocios en que ocurra alguna de las causas expresadas en el artículo anterior ..., aun cuando las partes no los recursen (sic.). La excusa debe expresar concretamente la causa en que se funde...”

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a. 36 LOPJF: “Cuando un Magistrado estuviere impedido para conocer de un asunto..., será suplido por el secretario que designe el Tribunal...”

g) La tramitación de la excusa de un ministro de la Corte.

Deberán hacer la manifestación correspondiente, ante el Tribunal Pleno o ante la Sala que conozca del asunto de que se trate (a. 67 L.A.)

a. 68 L.A.: I. La SCJN, funcionando en pleno, conocerá de los impedimentos de los Ministros en relación con los asuntos de la competencia del mismo Pleno; II. La Sala correspondiente... conocerá de los impedimentos de los Ministros de la misma Sala...

Cuando uno sólo de los ministros que integren la Sala se manifieste impedido, los cuatro restantes calificarán el impedimento. Si lo admitieren, la Sala continuará el conocimiento del negocio con los ministros restantes... (a. 69 L.A.)

h) Si en el juicio de amparo existe la recusación.

Sí (a. 70 L.A.): El impedimento podrá ser alegado por cualquiera de las partes...

AUTOEVALUACIÓN UNIDAD 2

I. Anote en el paréntesis una F o una V, según sea falsa o verdadera la aseveración correspondiente, en caso de que sea falsa justifíquela:

6. Los terceros extraños al juicio, pueden promover amparo en cualquier tiempo. ( V )¿Por qué?: Siempre y cuando lo interpongan antes de que se dicte sentencia.

7. Todos los días del año son hábiles para promover demanda de amparo.( F )

¿Por qué?: Con exclusión de los sábados y domingos, el 1º de enero, 5 de febrero, 1 y 5 de mayo, 14 y 16 de septiembre, 12 de octubre y 20 de noviembre; excepto para actos que importen peligro de privación de la vida... (a. 23 L.A.)

8. En el incidente de suspensión todos los días y horas son hábiles, es decir, los términos corren de momento a momento. ( V )¿Por qué?: ________________________________________________________

9. El auto que admite la demanda de amparo se notifica al quejoso por medio de lista. ( V )¿Por qué?: ________________________________________________________

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10. Las notificaciones a la autoridad responsable se realizan por oficio en su domicilio oficial. ( V )¿Por qué?: ________________________________________________________

11. En el amparo no pueden practicarse notificaciones vía fax. ( V )¿Por qué?: ________________________________________________________

12. El informe previo se rinde en el incidente de suspensión. ( V )¿Por qué?: ________________________________________________________

13. El informe justificado se debe rendir dentro del término de 5 días. ( V )¿Por qué?: ________________________________________________________

14. Cuando la sentencia no se dicta en el momento de la audiencia constitucional debe notificársela personalmente al quejoso. ( V )¿Por qué?: ________________________________________________________

15. El auto admisorio de la demanda de amparo indirecto debe notificarse personalmente al tercero perjudicado. ( F )¿Por qué?: A los terceros perjudicados ... se les notificará por medio de lista (fr. III del a. 28 L.A.)

II. Conteste las siguientes preguntas:

1. ¿Qué debe hacer el juzgador de amparo cuando el promovente de la demanda resulta ser su primo hermano?

Debe manifestar que está impedido (a. 66 fr. I)

2. ¿En el juicio de amparo puede el juzgador excusarse de seguir conociendo un asunto porque éste no le gusta?

No, ya que sólo podrán invocarse para no conocer de un negocio, las causas de impedimento enumeradas por el a. 66 de la L.A., las cuales determinan la excusa forzosa del funcionario.

3. ¿Qué consecuencia origina la excusa fundada de un juez de amparo?

El TCC decidirá quien conocerá del asunto (a. 67 y 68 L.A.)

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UNIDAD 3CAUSAS DE IMPROCEDENCIA Y DE SOBRESEIMIENTO DEL JUICIO DE AMPARO

Actividades de aprendizaje

5. Con base en la lectura al artículo 73 de la Ley de Amparo; de las Lecciones de amparo de Rigoberto D. Almanza Vega, págs. 67 a 81; y del Manual del juicio de amparo, págs. 45 a 61 y 121 a 125 (documento 3.A.), explique:

a) Las causas de improcedencia del juicio de amparo.

Son las señaladas por el a. 73 de la L.A.:I. Contra actos de la SCJN: Por ser ésta la máxima autoridad jurisdiccional.

II. Contra resoluciones dictadas en los juicios de amparo o en ejecución de las mismas: Por certeza jurídica, ya que el amparo es la última instancia.

III. Contra leyes o actos materia de otro j.a. pendiente de resolución, promovido por el mismo quejoso, vs. Mismas autoridades y por el propio acto reclamado: Por litispendencia.

IV. Contra leyes o actos materia de una ejecutoria en otro j.a.: Por tratarse de asuntos resueltos definitivamente.

V. Contra actos que no afecten los intereses jurídicos el quejoso: Significa que el quejoso puede tener interés simple respecto del acto reclamado, pero la ausencia de interés jurídico provoca ausencia de perjuicio.

VI. Contra leyes, tratados y reglamentos ... que no causen perjuicio al quejoso, sino que se necesite un acto posterior de aplicación para que se origine el perjuicio: Se trata de leyes heteroaplicativas en donde, si la ley no causa perjuicio el amparo que contra ella se interponga será improcedente.

VII. Contra resoluciones o declaraciones en materia electoral: El amparo no procede contra actos políticos, pues se afirma que éstos no son garantías individuales.

VIII. Contra resoluciones o declaraciones del Congreso... en elección, suspensión o remoción de funcionarios...: Si a las autoridades a que se refiere cuentan con facultades que le son conferidas por la Constitución para resolver soberana y discrecionalmente, no es factible invalidar esos actos.

IX. Contra actos consumados irreparablemente: Esta causa se justifica porque a través del amparo se trata de reparar o aún de prevenir la violación de las garantías individuales por parte de las autoridades, pero cuando el acto ya se ha realizado sería ocioso continuar su tramitación.

X. Contra actos emanados de un procedimiento judicial o administrativo en forma de juicio, por cambio de situación jurídica...: Aquí se trata de una irreparabilidad del acto jurídicamente hablando.

XI. Contra actos consentidos expresamente: Se refiere a actos emanados de la materia civil y que han sido consentidos.

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XII. Contra actos consentidos tácitamente. Tiene la excepción en lo que respecta a leyes autoaplicativas ya que en éstas, el agraviado tiene una segunda oportunidad para combatirla, que es la que se le presenta una vez que le ha sido aplicada.

XIII. Contra resoluciones judiciales o de Tribunales Administrativos o del Trabajo para las cuales proceda algún recurso o medio de defensa... Se refiere al principio de definitividad.

XIV. Cuando se esté tramitando ante los Tribunales ordinarios algún recurso o defensa legal propuesta por el quejoso... Idem. anterior fracción.

XV. Contra actos de autoridades distintas de los Tribunales Judiciales, administrativos o del trabajo, que deban ser revisados de oficio... o proceda contra ellos algún recurso... Idem. fracción XIII.

XVI. Cuando hayan cesado los efectos del acto reclamado. En virtud de que el j.a. no tiene razón de ser cuando ha desaparecido su objetivo.

XVII. Cuando subsista el acto reclamado pero haya dejado de existir el objeto o materia del mismo. También se refiere a la desaparición por objeto del juicio, pero en este caso, el acto reclamado subsiste, pero ya no puede surtir efecto legal alguno porque la materia del mismo ha dejado de existir.

XVIII. Las demás previstas por la ley.

b) En qué consiste la improcedencia: La improcedencia se refiere a que existe imposibilidad jurídica de que la acción alcance su objetivo.

i. Constitucional. Es la que está prevista en la Constitución de un modo genérico, permanente y sin excepción alguna, por ejemplo la contenida en el artículo 3, fracción VI constitucional, que se actualizaría en aquellos casos en que el acto reclamado estribe en cualquier resolución que niegue o revoque la autorización que deba expedir o haya expedido el Estado a favor de los particulares para impartir educación en los tipos y grados a que se refiere el propio mandato.

ii. Legal. Se deriva de circunstancias aleatorias de la propia ley, como puede ser la no existencia del agravio reclamado.

iii. Jurisprudencial. Cuando la causa de improcedencia se deriva de jurisprudencia.

c) Cada una de las causas de improcedencia a que se refiere la Ley (cite un ejemplo en cada caso).

I. Contra la calificación de una causa de impedimento de un ministro de la SCJN.II. Contra la resolución de un j.a. al otorgar o negar la protección federal a un

gobernado.III. Cuando se encuentran en trámite dos juicios y no existe sentencia ejecutoriada en

alguno de ellos.

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IV. Cuando un j.a. haya sido resuelto definitivamente, y se trate de entablar otro juicio por el mismo quejoso y contra las mismas autoridades responsables, siendo los mismos conceptos de violación e igual acto reclamado.

V. Que alguien no interesado en adquirir vehículos extranjeros, solicite el amparo contra el decreto que autoriza la adquisición de ese tipo de vehículos.

VI. La expedición de una ley referente a inscribirse en determinado deporte (hasta que exista el primer acto de aplicación).

VII. Contra la resolución de un juicio de revisión constitucional electoral.VIII. Contra el nombramiento de algún diputado para fungir como Presidente de la

Comisión Permanente.IX. Una orden de demolición de algún edificio que ya se hubiere cumplido.X. Cuando una persona demanda amparo contra el auto de formal prisión que en su

contra hubiere dictado algún juez en materia penal, sin embargo, durante la tramitación del j.a. la situación jurídica cambia porque se dicta la sentencia en el procedimiento penal y es condenado a sufrir alguna pena corporal.

XI. Cuando quien pretenda demandar el amparo en contra de una sentencia, hubiere presentado escrito conformándose con la misma.

XII. Cuando después del acto de aplicación de alguna ley que causa perjuicio, el agraviado realice la conducta ordenada y no interponga j.a.

XIII. Pretender iniciar un j.a. contra una sentencia en materia civil sobre la cual procede aun la apelación.

XIV. Cuando se pretende iniciar un j.a. acerca de una cuestión pendiente de resolución por parte del TCC.

XV. Idem. que la XIII pero contra actos que emiten, por ejemplo, las Secretarías de Estado.

XVI. La detención que hubiere sufrido una persona en la investigación de un delito, y que la misma autoridad le deje en libertad absoluta.

XVII. La orden de demolición de algún inmueble emitida por determinada autoridad administrativa, que no se haya revocado pero que sin embargo el inmueble que ordenaba demoler, por virtud de un sismo se cayó.

d) La improcedencia del juicio de amparo (dé un ejemplo):

i. Constitucional.

a. 33 Constitucional: ... extranjeros... tienen derecho a las garantías que otorga el capítulo I...; pero el Ejecutivo ... tendrá la facultad exclusiva de hacer abandonar el territorio nacional, inmediatamente y sin necesidad de juicio previo ...

ii. Legal.

Que se actualice cualquiera de los supuestos previstos por el a. 73 de la L.A.

6. De la lectura del artículo 74 de la Ley de Amparo, y de las Lecciones de amparo de Rigoberto D. Almanza Vega, págs. 81 a 86, señale:

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a) En qué consiste el sobreseimiento. Es un acto procesal que pone fin a la instancia sin resolver el fondo del asunto

b) Los efectos del sobreseimiento. Cuando se decreta no pueden hacerse consideraciones respecto a la constitucionalidad o inconstitucionalidad del acto reclamado. Deja intocado el acto de la autoridad y no prejuzga en absoluto acerca de sus consecuencias.

c) Si procede el sobreseimiento por muerte del quejoso cuando en el juicio de amparo se discute la afectación a su patrimonio. No (a. 15 y 74, fr. II, L.A.)

d) La diferencia entre improcedencia y sobreseimiento del juicio de amparo. La improcedencia impide al juzgador declararse sobre el asunto en cuestión debido a causas expresamente establecidas por la Constitución, la propia ley de amparo o la jurisprudencia, mientras que el sobreseimiento, da fin, anticipadamente, a la instancia, impidiendo también al juzgador declararse sobre el fondo. La improcedencia da origen al sobreseimiento.*

AUTOEVALUACIÓN UNIDAD 3

I. Lea los siguientes casos y anote en el paréntesis la fracción del artículo 73 que deba aplicarse a cada situación:

1. En un juicio de amparo indirecto el juez de Distrito no admite las pruebas ofrecidas por el quejoso, quien decide acudir ante otro juez de Distrito a pedir amparo para que ordene su admisión. ( III )

2. En un juicio sobre otorgamiento y firma de escritura de compraventa de un inmueble, el demandado es condenado a otorgarla; apela esa sentencia y la sala confirma. El demandado acude voluntariamente ante el notario público y la firma, pero dentro de los quince días siguientes cambia de opinión y en ese lapso promueve demanda de amparo contra la sentencia de segunda instancia. ( XI )

3. El Pleno de la Suprema Corte de Justicia impuso multa a un quejoso que promovió sin motivo el recurso de revisión contra la sentencia de amparo, inconforme éste acude en vía de amparo ante el juez de Distrito para que la deje sin efectos por ser excesiva. ( I )

4. Una persona promueve juicio de amparo contra orden de aprehensión, girada en su contra por el juez tercero penal del Distrito Federal, ya que estima que viola en su perjuicio la garantía de irretroactividad prevista por el artículo 14 constitucional. Sin que aún se dicte sentencia en ese juicio promueve otro contra la misma autoridad y contra el mismo acto reclamado

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en el anterior, pero ahora aduce violación a la garantía de legalidad consagrada en el artículo 16 de la Constitución. ( III )

5. El Instituto Federal Electoral se niega a expedir credencial de elector a un ciudadano, no obstante que éste cumplió con los requisitos del caso y acude al juez de Distrito en vía de amparo pretendiendo obligue a la autoridad a que la expida. ( VII )

6. Una persona decide pedir amparo contra un acto de autoridad judicial dictado en cumplimiento a una ejecutoria pronunciada en diverso juicio de amparo. ( II )

7. El Departamento del Distrito Federal determina cambiar el nombre de una calle de esta ciudad y un habitante de esa calle decide demandar el amparo, porque no se le consultó sobre dicho cambio y no le gusta el nuevo nombre asignado. ( V )

8. Fue dictada una sentencia en arrendamiento inmobiliario en el Distrito Federal, el demandado que perdió omite apelarla y acude al amparo directo.

( XIII )

9. La Procuraduría Federal del Consumidor multó a una empresa por diversas infracciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor, la cual prevé el recurso de reconsideración ante la propia autoridad sancionadora, el representante legal de la empresa decide no recurrirla ante la misma Profeco, sino que acude inmediatamente al amparo. ( XV )

10. El propietario de una casa que resultó dañada por un sismo demanda el amparo para que la autoridad no demuela el inmueble, pero mientras se tramita la autoridad lo derriba. ( IX )

II. Lea lo siguiente y con base a los títulos tercero y cuarto de la Constitución, señale cuales artículos contienen la improcedencia del juicio de amparo.

a) La Cámara de Diputados, erigida en Colegio Electoral, califica de legal la elección de presidente de los Estados Unidos Mexicanos; en contra de tal calificación, un grupo de diputados de la oposición intenta promover demanda de amparo.Artículo 99 constitucional. (Cabe aclarar que el procedimiento al que alude la pregunta se encuentra derogado).

b) La Cámara de Diputados acusó ante la Cámara de Senadores a un secretario de Estado por haber incurrido en conductas merecedoras de juicio político, y la Cámara de Senadores, erigida en jurado de sentencia, aplica la sanción respectiva. Inconforme el secretario sancionado pretende pedir amparo ante el juez de Distrito.

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Artículo 110 constitucional (último párrafo).

III.Complete los siguientes enunciados:

a) Cuando existe alguna causa de improcedencia del juicio de amparo, debe decretarse el sobreseimiento (a. 74, fr. III L.A.).

b) Una consecuencia del sobreseimiento es que el acto reclamado queda intocado.

c) Cuando el quejoso que había reclamado en la vía de amparo una orden de aprehensión en su contra muere durante el juicio, éste debe ser sobreseído (a. 74, fr. II L.A.).

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UNIDAD 4TRAMITACIÓN DEL AMPARO INDIRECTO

Actividades de aprendizaje

7. Con base en la lectura de los artículos 145 a 157 de la Ley de Amparo; de las Lecciones de amparo de Rigoberto D. Almanza Vega, págs, 153 a 164; y del Manual del juicio de amparo, págs. 83 a 104 y 125 a 135 (documento 4.A), explique:

a) En qué casos recaen a la demanda los autos de:

i. Prevención. Si hubiere alguna irregularidad en el escrito de demanda; si se hubiere omitido en ella alguno de los requisitos establecidos por el a. 116 de la L.A.; si no se hubiese expresado con precisión el acto reclamado o no se hubiesen exhibido las copias señaladas por el a. 120 (a. 146 L.A.)

ii. Desechamiento. Si el juez encuentra motivo manifiesto e indudable de improcedencia (a. 145 L.A.)

iii. Admisión. Si el juez no encontrare motivo de improcedencia, o se hubiesen llenado los requisitos omitidos (a. 147 L.A.)

b) El contenido del informe justificado que rinde la autoridad responsable: Las autoridades responsables deberán rendir su informe con justificación exponiendo las razones y fundamentos legales que estimen pertinentes para sostener la constitucionalidad del acto reclamado o la improcedencia del juicio (a. 149, 2do. párr., L.A.)

i. Término para rendirlo. 5 días que podrán ampliarse hasta otros 5 si el juez estima que la importancia del caso lo amerita. En todo caso, las autoridades responsables rendirán su informe con la anticipación que permita su conocimiento por el quejoso, al menos 8 días antes de la fecha para la celebración de la audiencia const. (a. 149 L.A.)

ii. Los efectos que produce si la autoridad responsable no lo rinde. Se presumirá cierto el acto reclamado, salvo prueba en contrario (a. 149, 3er. párr., L.A.)

c) Las pruebas que pueden ofrecerse en el amparo. Toda clase de pruebas, excepto la de posiciones y las que fueren contra la moral o contra derecho (a. 150 L.A.)

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d) Tres causas por las que deba diferirse la audiencia constitucional.

Si el informe justificado no se rinde al menos 8 días antes de la fecha señalada para la celebración de la misma (a. 149, 1er. párr. L.A.)

Si los funcionarios o autoridades obligados a expedir copias o documentos solicitados por las partes y previa solicitud de la parte interesada (a. 152 L.A.), se aplazará la audiencia por un término que no exceda de 10 días.

Si al presentarse un documento por una de las partes otra de ellas lo objetare de falso, el juez suspenderá la audiencia para continuarla dentro de los 10 días siguientes (a. 153 L.A.)

e) El orden que debe seguirse en el desarrollo de la audiencia constitucional.

Abierta la audiencia se procederá a recibir, por su orden, las pruebas, los alegatos por escrito y, en su caso, el pedimento del M.P; acto continuo se dictará el fallo que corresponda (a. 155 L.A.)

f) En qué consiste la sentencia que recae en el juicio de amparo y que:

i. Concede. Estas sentencias obligan a las autoridades responsables a actuar en determinado sentido; se dice que son de condena; ya que tienen por objeto restituir al agraviado en el pleno goce de la garantía individual violada, restableciendo las cosas al estado que guardaban antes de violación... (a. 80 L.A.)

ii. Niega. Constatan la constitucionalidad del acto reclamado a las autoridades y por tanto su plena validez jurídica, por haberse dictado en estricto apego a las prescripciones de la Constitución. Este tipo de sentencia es declarativa porque establece que el acto de la autoridad no vulneró garantía individual alguna, ni vulneró las esferas competenciales en perjuicio del quejoso; deja en total libertad de actuación a la autoridad responsable, respecto a dicho acto ya sea que ésta resuelva ejecutarlo o no.

iii. Sobresee. Ponen fin al juicio sin resolver nada acerca de la constitucionalidad o inconstitucionalidad del acto reclamado. Esta sentencia es simplemente declarativa puesto que se concreta a puntualizar la sinrazón del juicio.

g) En qué consisten los alegatos. Consiste en la alegación que hacen las partes o sus abogados exponiendo las razones en que fundan su demanda,

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expresando los argumentos que tienden a destruir las esgrimidas por las otra partes.

h) El contenido de la sentencia. Las sentencias ... deben contener: (a. 77 L.A.):

I. Fijación clara y precisa del acto reclamado y la apreciación de las pruebas conducentes para tenerlos o no por demostrados.

II. Fundamentos legales en que se apoyen para dictar la sentencia en el sentido de que se trate.

III. Puntos resolutivos con que deban terminar...

i) En qué caso debe:

i. Negarse el amparo al quejoso. Cuando el acto reclamado es constitucional.

ii. Concederse el amparo al quejoso. Cuando efectivamente, el acto reclamado, es inconstitucional.

AUTOEVALUACIÓN UNIDAD 4

I. Anote en el paréntesis una F o una V, según sea falsa o verdadera la aseveración correspondiente, en caso de que sea falsa justifíquela:

16. Si el escrito de demanda carece de firma el juez debe desecharla. ( V )¿Por qué?: ________________________________________________________

17. El término para desahogar la prevención que el juez haya dictado respecto a la demanda, es de cinco días. ( F )¿Por qué?: Es de 3 días (a. 146 L.A.)

18. Hasta que la autoridad responsable rinda su informe justificado, el juez señalará fecha y hora para celebrar la audiencia constitucional. ( F )¿Por qué?: Desde que el juez dicta el auto admisorio, señala fecha y hora para celebración de la audiencia constitucional.

19. El término para que el juez resuelva si admite o no la demanda es de 24 horas. ( V )¿Por qué?: ________________________________________________________

20. El informe justificado equivale a una contestación de demanda. ( V )¿Por qué?: ________________________________________________________

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II. Conteste las siguientes preguntas:

4. ¿Cuáles son las pruebas que deben anunciarse previamente a la celebración de la audiencia constitucional? La testimonial o pericial y la de inspección ocular.

5. ¿En qué término? Deberán anunciarse 5 días hábiles antes del señalado para la celebración de la audiencia (a. 151, 2do. párr., L.A.)

a. ¿Qué debe acompañarse o indicarse al momento de ofrecerlas? Original y copia para cada una de las partes de los interrogatorios al tenor de los cuales deban ser examinados los testigos, o del cuestionario para los peritos (a. 151, 2do. párr., L.A.)

b. ¿Qué auto recae si no se ofrecen legalmente las pruebas? Auto preventivo. (pág. 12, tesis no. 8, Informe de 1984, Tercera Sala).

6. ¿En qué momento se desahogan las pruebas en el juicio de amparo indirecto? Al celebrarse la audiencia constitucional.

7. ¿Qué debe resolver el juez cuando alguna de las partes objeta de falso un documento en el amparo? Debe suspender la audiencia y continuarla dentro de los diez días siguientes (a. 153 L.A.)

8. ¿En qué consiste el pedimento que formula el Ministerio Público Federal en el amparo? En los “alegatos” formulados por él.**.

9. ¿En qué caso puede el abogado del quejoso desahogar la prevención de la demanda? Siempre**.

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UNIDAD 5TRAMITACIÓN DEL AMPARO DIRECTO

Actividades de aprendizaje

8. Con base en la lectura de los artículos 163 a 169, 179 a 191 de la Ley de Amparo; de las Lecciones de amparo de Rigoberto D. Almanza Vega, págs, 167 a 174; y de la obra de Luis Bazdresch, El juicio de amparo, págs. 264 a 279 (documento 5.A), señale:

a) Las diferencias existentes entre la demanda de amparo indirecto y del amparo directo.

Demanda amparo indirecto (116) Demanda amparo directo (166)Deberá formularse por escrito y contener:

I. Nombre y domicilio quejoso y de quien promueve en su nombre.

II. Nombre y domicilio del tercero perjudicado.III. Autoridad(es) responsable(s).IV. Ley o acto reclamado...V. Preceptos constitucionales violados

VI. En su caso, precisar esferas competenciales invadidas

Deberá formularse por escrito y expresar:I. Idem.

II. Idem.III. Idem.IV. Sentencia definitiva, laudo o resolución...

constitutivos del acto reclamadoV. Fecha de notificación

VI. Idem. V amparo indirecto.VII. Ley aplicada inexactamente...

Excepcionalmente puede hacerse por comparecencia.

Siempre se presenta por conducto de la autoridad responsable

b) ¿Ante quién se presenta la demanda de amparo directo? Ante la propia autoridad responsable (163 L.A.)

c) ¿Quién dicta el auto admisorio a la demanda de amparo directo? El magistrado presidente (a. 41, fr. III, const.)

d) El término para que el Ministerio Público Federal y el tercero perjudicado presenten alegatos en amparo directo. En asuntos del orden penal, podrán presentar sus alegaciones por escrito directamente ante el TCC, dentro del término de 10 días contados del día siguiente al del emplazamiento a que se refiere el a. 167 (180 L.A.)

e) El contenido del informe justificado en el amparo directo. Dicho informe debe referirse, según el caso, a las violaciones procesales o de fondo hechas valer por el agraviado, demostrando jurídicamente que no se cometieron y evidenciando que su actuación su ajustó a lo previsto por las normas adjetivas o sustantivas aplicables, respectivamente, al procedimiento en que se dictó la sentencia o laudo impugnados, y a la cuestión substancial debatida entre las partes; su objeto no es reproducir el acto reclamado, sino que estriba en defenderlo, sosteniendo su constitucionalidad.

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f) Lo que debe hacer constar en la demanda de amparo directo la autoridad responsable, al remitirla al Tribunal Colegiado de Circuito para su resolución. La fecha en que fue notificada al quejoso la resolución reclamada y la de presentación del escrito, así como los días inhábiles que mediaron entre ambas fechas (a. 163 L.A.)

g) ¿Quién dicta el auto que admite, desecha o previene al quejoso, respecto a la demanda de amparo directo, en el Tribunal Colegiado de Circuito? El Magistrado Presidente (a. 41, fr. III, const.)

h) La facultad de atracción de la Suprema Corte de Justicia. Se la otorga la Constitución mediante el último párrafo de la fracción V del art. 107, y la desarrolla la ley reglamentaria mediante su a. 182

i) ¿Quién puede pedirle a la Suprema Corte que ejercite su facultad de atracción? El Procurador General de la República, los Tribunales Colegiados o la propia Corte, de oficio.

j) En el Tribunal Colegiado de Circuito, ¿quién resuelve el amparo directo? El Magistrado relator formulará por escrito, el proyecto de resolución redactado en forma de sentencia, la cual será pronunciada, sin discusión pública, dentro de los 15 días siguientes, por unanimidad o mayoría de votos (a. 184 L.A.)

AUTOEVALUACIÓN UNIDAD 5

I. Lea los siguientes enunciados y anote en el paréntesis la opción que considere correcta:

21. Es el magistrado que estudia el asunto y prepara el proyecto de resolución del amparo directo: ( a )

a) Relator o ponente.b) Presidente.c) Semanero.

22. La omisión de copias suficientes de la demanda de amparo da lugar a que la autoridad responsable: ( a )

a) Prevenga al interesado.b) Las mande sacar.c) Deseche la demanda.

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23. Si se presenta la demanda de amparo directo ante autoridad diversa a la responsable: ( a )

a) No se interrumpen los términos de los artículos 21 y 22 de la Ley de Amparo.

b) Se desecha la demanda.c) Se admite la demanda.

24. Para que la Suprema Corte de Justicia ejercite su facultad de atracción, se requiere que el asunto sea: ( b )

a) Cuantioso.b) De interés y trascendencia.c) Famoso.

25. El desechamiento de plano de la demanda de amparo, consiste en que: ( b )

a) Debe darse previamente vista a las partes.b) No requiere de más trámites.c) Debe abrirse incidente.

26. El término para desahogar la prevención por falta de copias de la demanda de amparo directo es de: ( c )

a) 24 horas.b) 3 días.c) 5 días.

27. La sentencia en el amparo directo se emite por: ( b )

a) Aclamación.b) Unanimidad o mayoría de votos.c) Consenso.

28. La demanda de amparo directo se presente ante: ( c )

a) El Tribunal Unitario de Circuito.b) La Suprema Corte de Justicia.c) La autoridad responsable que emitió el acto reclamado.

29. Si el promovente no da cumplimiento oportuno a la prevención, su demanda se tendrá por: ( a )

a) No interpuesta.

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b) Admitida.c) Desechada.

30. Una vez turnado el expediente al magistrado relator se deberá resolver el asunto en un término de: ( c )

a) 5 días.b) 30 días.c) 15 días.

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UNIDAD 6RESOLUCIONES EN EL AMPARO

Actividades de aprendizaje

9. Con base en la lectura de Ignacio Burgoa, El juicio de amparo, págs. 519 a 541; del libro de Luis Bazdresch, El juicio de amparo, págs. 295 a 310 (documento 6.A); del Manual del juicio de amparo, págs. 136 a 144 (documento 6.B); y de los artículos 76 a 81 de la Ley de Amparo, explique qué son:

a) Autos. El auto es una decisión del juez, que sin significar una resolución sobre una cuestión contenciosa, sí es un proveído que versa sobre un aspecto substancial del proceso, que no implica un mero acto de prosecución o continuación del juicio, sino uno que tiene o puede tener trascendencia en la situación jurídica de las partes dentro del procedimiento. Según el CFPC, auto es aquella resolución judicial que decide cualquier punto dentro del negocio, sin que se trate del fondo, el cual está reservado a la sentencia.

b) Decretos. Resoluciones judiciales que contienen una simple determinación de trámite (a. 79 CPCDF); esto es, no implican ninguna resolución substancial en el juicio, sino sólo un acto de mera prosecución del procedimiento, como por ejemplo, el acuerdo que señala día y hora para la celebración de la audiencia de pruebas y alegatos.

c) Sentencias interlocutorias. Son aquellas decisiones judiciales que resuelven una controversia incidental suscitada entre las partes en un juicio; sus efectos jurídicos en relación con las partes son provisionales, en el sentido de que pueden ser modificadas sus consecuencias por la sentencia definitiva.

d) Sentencias definitivas. Son aquellas resoluciones judiciales que deciden el juicio en lo principal, y respecto de las cuales las leyes comunes no concedan ningún recurso ordinario por virtud del cual puedan ser modificadas o revocadas. También se considerarán como sentencias definitivas las dictadas en primera instancia en asuntos judiciales del orden civil, cuando los interesados hubieren renunciado expresamente a la interposición de los recursos ordinarios que procedan, si las leyes comunes permiten la renuncia de referencia (a. 46 L.A.)

e) En cuanto a su contenido, cuáles son las sentencias que:

i. Sobreseen. Son las que ponen fin al juicio sin resolver nada acerca de la constitucionalidad o inconstitucionalidad del

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acto reclamado. Son resoluciones que se deben a la circunstancia de que el juicio no tiene razón de ser, bien porque no hay interesado en la valoración de dicho acto, como ocurre cuando el quejoso desiste de la acción intentada o fallece; bien porque dicha acción sea legalmente inejercitable, o bien porque, aun siendo ejercitable, haya caducado. La sentencia de sobreseimiento es, pues, simplemente declarativa puesto que se concreta a puntualizar la sinrazón del juicio.

ii. Conceden. Son típicas sentencias de condena porque fuerzan a las autoridades responsables a actuar de determinado modo. Son el resultado del análisis del acto reclamado que el juzgador realiza a la luz de los conceptos de violación expresados en la demanda, o de las consideraciones que oficiosamente se formula supliendo sus deficiencias cuando esto es legalmente factible.

iii. Niegan. Constatan la constitucionalidad del acto reclamado y determinan su validez.

f) La estructura de las sentencias de amparo, en cuanto a sus:

i. Resultandos. El capítulo relativo a los resultandos contiene la exposición sucinta y concisa del juicio, la narración de las cuestiones o hechos debatidos, tal como se sucedieron durante el procedimiento, la comprensión histórica, por así decirlo, de los diferentes actos procesales referidos a cada una de las partes contendientes.

ii. Considerandos. Implican o significan los razonamientos lógico-jurídicos formulados por el juzgador, resultantes de la apreciación de las pretensiones de las partes relacionadas con elementos probatorios aducidos y presentados o desahogados y las situaciones jurídicas abstractas respectivas previstas en la ley.

iii. Resolutivos. No son sino las conclusiones concisas y concretas, expuestas en forma de proposición lógica, que se derivan de las consideraciones jurídicas y legales formuladas en el caso de que se trate.

g) Los efectos de la sentencia que concede el amparo al quejoso. Restituirá al agraviado en el pleno goce de la garantía individual violada, restableciendo las cosas al estado que guardaban antes de la violación, cuando el acto reclamado sea de carácter positivo; y cuando sea de

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carácter negativo, el efecto del amparo será obligar a la autoridad responsable a que obre en el sentido de respetar la garantía de que se trate y a cumplir, por su parte, lo que la misma garantía exija (a. 80 L.A.)

h) Los principios constitucionales que se aplican a las sentencias de amparo.

Principio de relatividad (a. 76 L.A.) Principio de estricto derecho. Suplencia de la queja deficiente. Cuando no opera el principio de estricto derecho,

el juzgador de amparo tiene facultad u obligación de suplir las deficiencias u omisiones en que haya incurrido la demanda de garantías.

Apreciación judicial de las pruebas en las sentencias de amparo (a. 78 L.A.) Sanciones pecuniarias (a. 81 L.A.) Algunos principios jurisprudenciales que rigen a la sentencia de amparo:

o No es permitido a los jueces de Distrito resolver sólo en parte la controversia, sino que en la audiencia respectiva deben dictar sentencia en la que resuelvan sobre la cuestión constitucional propuesta, en su integridad.

o Sólo deben resolver los puntos que versen sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de los actos reclamados, y no aquellos que sean del resorte de las autoridades comunes.

o Tribunales de amparo no pueden sustituir su criterio discrecional al de las autoridades del fuero común.

o Si en la demanda de amparo se formulan conceptos de violación formales y materiales, el órgano de control debe examinar previamente los del primer orden y si los estima fundados, conceder al quejoso la protección federal, sin analizar los del segundo carácter.

o En el caso de que la sentencia de amparo decrete el sobreseimiento respecto de los actos de las autoridades ordenadoras, también debe sobreseerse en relación con los actos de ejecución, si no se hubiesen éstos reclamado por vicios propios.

i) ¿Cómo debe apreciar las pruebas el juzgador de amparo y emitir la sentencia?

Objetivamente.**

j) El concepto de sentencia ejecutoriada. Es aquella que no puede ser ya alterada o impugnada por ningún medio jurídico ordinario o extraordinario, y que, consiguientemente, constituye la verdad legal o cosa juzgada en el juicio en el que haya recaído generalmente y, de manera excepcional, respecto de aquellas personas que no tuvieron intervención en él. Una sentencia puede erigirse a la categoría de ejecutoria de dos maneras: o por ministerio de la ley o por declaración judicial.

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AUTOEVALUACIÓN UNIDAD 6

I. Responda a lo siguiente:

31. Cite 3 ejemplos de autos que pueden dictarse en el juicio de amparo.

a. Auto admisorio.b. Auto de desechamiento.c. Auto de incompetencia.

32. ¿Qué es la sentencia que recae en el juicio de amparo? Es la decisión legítima del juez sobre la causa controvertida en su tribunal; es la culminación del proceso, la resolución con que concluye el juicio, en la que el juzgador define los derechos y las obligaciones de las partes contendientes.

II. Lea lo siguiente y anote en el paréntesis la letra de la respuesta que considere correcta:

1. Es la parte de la sentencia donde se hace el estudio lógico jurídico: ( b )

a) Resultandos.b) Considerandos.c) Antecedentes.

2. Es la parte de la sentencia donde se realiza una narración histórica o antecedentes del asunto: ( b )

a) Resolutivos.b) Resultandos.c) Conclusiones.

3. Es la parte de la sentencia donde se concreta la resolución del asunto:( b )

a) Resultandos.b) Resolutivos.c) Considerandos.

4. Es el efecto de la sentencia que concede el amparo al quejoso: ( b )

a) Procesar a la autoridad responsable.b) Restituir al agraviado en el pleno goce de la garantía individual

violada.c) Favorecer al tercero perjudicado.

5. Cuando se concede el amparo al quejoso, el acto reclamado es: ( a )

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a) Invalidado.b) Confirmadoc) Constitucional.

6. La sentencia que niega el amparo, implica que el acto reclamado es: ( b )

a) Inconstitucional.b) Constitucional.c) Trascendental.

7. En los casos que no opera el principio de estricto derecho, el juez debe:( c )

a) Apreciar las pruebas.b) Dictar la sentencia.c) Suplir la queja deficiente.

8. En la sentencia de amparo, el acto reclamado debe apreciarse: ( b )

a) Sin prejuicios.b) Objetivamente.c) Como aparezca probado ante la autoridad responsable.

9. Si al emitir la sentencia de amparo el juzgador advierte que el juicio se promovió maliciosamente, procederá a: ( b )

a) Consignar a la autoridad responsable.b) Multar al quejoso, a su abogado o a ambos.c) Multar al tercero perjudicado.

10. Sentencia ejecutoriada de aquella que: ( c )

a) Resuelve el fondo del asunto.b) Fue pronunciada en el amparo.c) No puede ser alterada o impugnada por ningún medio.

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