adolescentes mujeres y sistema penal

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    ADOLESCENTES MUJERES YREPRESION PENAL:

    UNA APROXIMACIÓN ALFUNCIONAMIENTO DE LA JUSTICIA

    PENAL JUVENIL DESDE UNA

    PERSPECTIVA DE GÉNERO

    Observatorio Regional de Justicia Penal Juvenil

    Noviembre de 2015

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    1.  LA REALIDAD EN CIFRAS

    Las adolescentes mujeres son una población casi invisible en lossistemas de Justicia Penal Juvenil, por su número reducido en comparación alos varones. Del total de adolescentes privados/as de libertad en los ochopaíses monitoreados por el Observatorio Regional de Justicia Penal Juvenil,las mujeres alcanzan solo a 5%. Debido a ello, suelen ser simplementeagregadas al conjunto de la población penal, sin tomarse en cuenta susituación y necesidades específicas.

    En esta primera aproximación del Observatorio Regional a la JusticiaPenal Juvenil con enfoque de género, se mostrará un panorama general de lasituación de las adolescentes mujeres en conflicto con la ley, en un sistemapenal construido por y para los varones.

    Los siguientes son los datos de la población adolescente privada delibertad, en los ocho países monitoreados por el Observatorio:

     ADOLESCENTES QUE SE ENCUENTRAN PRIVADOS/AS DE LIBERTADEN LA JUSTICIA PENAL JUVENIL, POR PAÍS Y POR SEXO.

    PaísTotal de adolescentes

    privados/as delibertad

     Adolescentes varonesprivados de libertad

     Adolescentesmujeres privadas de

    libertad

     Argentina 1.508 1.458 50

    Bolivia 2691  252 17

    Brasil 20.532 19.505 1.027

    Colombia 3.539 3.330 209

    Costa Rica 45 42 3

    Ecuador 625 592 33

    Paraguay 387 374 13

    Uruguay 512 474 38

    TOTALES 27.417 26.027 1.390

    1 Esta cifra incluye solamente a adolescentes entre 12 a 15 años de edad los que, hasta agosto de 2014,eran quienes ingresaban al sistema de Justicia Penal Juvenil o Justicia Penal para Adolescentes; mientras

    que los adolescentes de 16 y 17 años eran llevados a la justicia penal de adultos.

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    Aparte de estos datos, en Costa Rica y en Bolivia la población demujeres en el sistema de Justicia Penal Juvenil también tiene características

    específicas.

    En el caso de Costa Rica, en el sistema penal juvenil también seencuentran unas pocas jóvenes adultas privadas de libertad, es decir mujeresde 18 años hacia adelante, que están siendo procesadas o cumplen sentenciapor delitos que cometieron cuando eran adolescentes:

    País

    Total de jóvenesadultos/as

    privados/as delibertad

    Jóvenes adultosvarones privados

    de libertad

    Jóvenes adultasmujeres privadas

    de libertad

    CostaRica2 

    224 219 5

    En caso de Bolivia, hay adolescentes mujeres de 16 y 17 años que estánprivadas de libertad en la justicia de adultos, ya que hasta agosto de 2014, la

     Justicia Penal Juvenil o Justicia Penal para Adolescentes, solo incluía apersonas entre los 12 a 15 años. 

    País Total deadolescentesprivados de libertad

     Adolescentesvarones privadosde libertad

     Adolescentesmujeres privadas delibertad

    Bolivia3  141 133 8

    2.  LA SITUACIÓN SOCIO LEGAL

    La escasa información oficial existente sobre los sistemas de JusticiaPenal Juvenil no detalla la situación de las adolescentes mujeres, sinembargo, algunos estudios realizados con anterioridad y la información

    recopilada en el Observatorio Regional permiten un acercamiento a surealidad.

    En Uruguay, de acuerdo con un informe sobre adolescentes mujeres enconflicto con la ley, emitido en 2013 por la Facultad de Ciencias Sociales de laRepública del Uruguay 4: “La observación más llamativa que surge de losrelatos de las adolescentes, es la desarticulación presente en sus familias de

    2 Fuente: DNI- Costa Rica. datos tomados directamente en visitas los días 4 y 5 de junio de 2014 3 Hasta agosto de 2014, en Bolivia la Justicia Penal Juvenil sólo incluía casos de adolescentes de 12 a 15

    años, contraviniendo lo señalado por la Convención sobre los Derechos del Niño. Por tanto, los

    adolescentes de 17 y 18 años pasaban a ser procesados en la justicia penal de adultos.4 Universidad de la República. Informe: Adolescentes Mujeres en Conflicto con la Ley… Comprendiendo

    su iniciación: ¿Victimarias-Victimizadas? 2013, Uruguay.

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    origen. No interesa tanto su composición, sino fundamentalmente comorelación y vínculo social. La mayoría de las jóvenes no reciben visitas ni

    llamadas, o al menos no tantas como dicen que les gustaría. Aparecen en susdiscursos símbolos que dan cuenta de percepciones de desigualdad de género,revelándose diversos eventos generadores de tensión (situaciones de violencia,abuso, aborto, prostitución, maternidad, abandono del hogar). Respecto a suparticipación en grupos, convencionales y no convencionales, no es posibledesarrollar una tipología ya que el patrón común que rige es laheterogeneidad. Su relación con las drogas, la forma, tipo y gravedad de susfaltas, la relación con la violencia y las armas, es compleja y muy diversa.” (UdelaR, 2013)

    En Brasil, una investigación llevada a cabo en 2014 por el ConsejoNacional de Justicia, sobre adolescentes mujeres en conflicto con la ley en los

    estados de Pernambuco, Distrito Federal, Sao Paulo, Rio Grande do Sul yPará, estableció que la gran mayoría de las adolescentes tenía entre 15 y 17años cuando cometió la infracción que desencadenó su internamiento, y quelas infracciones que causaron el mayor número de las medidas privativas delibertad fueron el homicidio, el robo y el tráfico de drogas. Los datossocioeconómicos de las adolescentes mostraron que, de la misma manera queel sistema penal de adultos, el sistema penal juvenil opera haciendo unaselección estándar de adolescentes pobres, en su mayoría de raza negra, yhabitantes de las zonas periféricas de las ciudades.

    De las unidades visitadas, solamente la unidad de Rio Grande do Sul

    tenía una guardería y una sala de juegos; y una sola de las unidades visitadasen Sao Paulo tenía estructura específica para cobijar a los niños de diferentesedades para la convivencia con sus madres. La falta de actividades educativasen algunas unidades de los cinco estados brasileños, el extremo rigor en otras,las dificultades para la formación escolar, y la inexistencia de actividadesculturales y deportivas para las adolescentes refuerzan un proceso deinstitucionalización contrario al justificado por los fines socioeducativos.

    En Costa Rica, el diagnóstico realizado por UNICEF y el Poder Judicialel año 2013, señala que la aplicación de la privación de libertad a lasadolescentes en el sistema de Justicia Penal Juvenil es muy inferior a laprivación de libertad de las mujeres en el régimen de adultos. Un factor que

    puede incidir en esta diferenciación es el hecho de que hay más mujeresacusadas por tráfico de drogas privadas de libertad en la justicia penal deadultos, situación que no se da en el sistema de Justicia Penal Juvenil.

    En Colombia, el sistema penal juvenil no parece tomar en cuenta a lasmujeres, se cita como ejemplo el caso del centro de internamiento preventivopara mujeres de Bogotá, donde las adolescentes permanecen en unahabitación de 32 metros en la que realizan todas sus actividades, duermen,comen y estudian; y solo tienen una hora para salir al patio y jugar. En otroscentros se conoce que las únicas actividades que se les ofrece, durante elencierro, son la costura y los bordados.

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    3.  EL HACINAMIENTO EN LOS CENTROS DE PRIVACIÓN DELIBERTAD

    En general, cuando se le impone a una adolescente una medida deprivación de libertad, el primer problema que enfrenta es la falta de espacios.Existe una percepción en todos los países de que, dada la escasa probabilidadde que una adolescente cometa un delito, no se requieren estructurasespecíficas para la permanencia de adolescentes privadas de libertad.Entonces, hay muy pocos centros destinados a mujeres, y la mayoría soninstalaciones que han sido adecuadas dentro los centros de privación delibertad para varones.

    En Costa Rica, anteriormente a las jóvenes adultas procesadas en elsistema penal juvenil se las recluía en una “casita” en la cárcel para mujeresadultas “El Buen Pastor”, donde vivían en condiciones de precariedad y sin unprograma de atención socioeducativo específico para ellas. Por diferentesproblemas, se las trasladó después al Centro de Formación Juvenil Zurquí, enel cual conviven adolescentes y jóvenes adultas también en condicionesdifíciles debido al hacinamiento. Esta situación, en cierto modo, favorecería enCosta Rica la no privación de libertad de las adolescentes mujeres en la

     Justicia Penal Juvenil, ya que la falta de espacios presiona para que se lesimpongan medidas no privativas de libertad.

    Los problemas de hacinamiento por la falta de estructuras pensadas paramujeres, también conlleva la ausencia de un enfoque de género en la

    planificación y ejecución de las medidas cautelares y socioeducativasprivativas de libertad, en el aspecto educativo, en temas relacionados con laconvivencia, en el proceso sancionatorio interno, en la atención en salud o enel trato funcionario/a-adolescente.

    4.  EL DERECHO A LA EDUCACIÓN Y LOS ESTEREOTIPOS DEGÉNERO

    En el caso de Colombia, el sistema educativo que se ofrece en el Sistema deResponsabilidad Penal Adolescente (SRPA) es precario, las pedagogías y

    metodologías no son los más adecuadas, las instalaciones son pocoapropiadas, el personal docente no es suficiente ya que un solo docentesuele dictar todas las materias tanto en los ciclos de primaria como la mediavocacional, según la información proporcionada por DNI Colombia. En estascondiciones se certifica la aprobación de un grado escolar sin la realización deun verdadero aprendizaje y formación de las adolescentes.

    En general, en los centros de privación de libertad hay una baja oferta parala formación y el desarrollo de actividades vocacionales. La oferta refuerzaestereotipos de género cuando, por ejemplo, se ofrecen cursos de peluquería,modistería y croché, para las mujeres, y cursos de mecánica o ebanisteríapara los hombres.

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    En Brasil, la investigación llevada a cabo por el Consejo Nacional de Justicia, en los centros de internamiento de cinco estados, encontró que la

    continuidad de asistencia a la escuela es casi imposible, porque ninguno delos centros visitados tenía una estructura para mantener a las adolescentes enel grado exacto de estudio en que se encontraban cuando asistieron a laescuela por última vez, a excepción de la de Río Grande do Sul, cuya realidadestructural es diferente en comparación con los otros estados del país.

    Asimismo, muchas de las adolescentes brasileñas entrevistadas en esteesdudio señalaron el deseo de ejercer profesiones que requieren la educaciónsuperior (Ingeniería, Derecho, Odontología, etc.), aunque dentro las unidadesla capacitación para el trabajo estaba circunscrita a la regla tradicional de"actividades femeninas" como cursos de peluquería y artesanías, además delavado de ropa, actividades que no eran atractivas en el percepción de las

    adolescentes.

    5.  DEFICIENTE ATENCIÓN EN SALUD

    Las falencias en la atención en salud son comunes en todos los centrosde privación de libertad de todos los países, y esta situación, en el casoespecífico de las adolescentes mujeres, impide el acceso a atenciónginecológica oportuna y a servicios especializados para atender su saludsexual y reproductiva.

    Asimismo, a través de un monitoreo realizado en Colombia seencontraron 20 adolescentes privadas de libertad diagnosticadas conproblemas de salud mental, de ellas tan solo 4 adolescentes contaban conatención psico-social. Esta es una práctica que se ha repetido anteriormenteen el SRPA, se determina detención preventiva para las adolescentes quellegan con algún problema de salud mental, cuando ellas deberían tener undiagnóstico de medicina legal y recibir un tratamiento psiquiátrico en uncentro de salud, en lugar de estar encerradas.

    6.  INFRAESTRUCTURAS HECHAS PARA EL CASTIGO

    Como ya se ha señalado, la falta de edificaciones adecuadas para lasadolescentes mujeres es un problema común en todos los paísesmonitoreados, por lo que no se puede garantizar el cumplimiento de los finespedagógicos y restaurativos que velen por el interés superior de lasadolescentes. Sin embargo, al momento de la imposición de medidasdisciplinarias las instalaciones se adecúan.

    En Bolivia, por ejemplo, en algunos centros de privación de libertad seutilizaban los baños como celdas de aislamiento. En Colombia, también seconstató la utilización de espacios para el castigo, llamados “perreras”,empleados como espacios de reflexión y disciplina. Ese tipo de celdas o lugares

    de castigo se encuentran prohibidos por las Reglas de las Naciones Unidaspara la Protección de los Menores Privados de Libertad, puesto que su

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    utilización como medida disciplinaria conlleva un trato cruel, inhumano, ydegradante, y pone en peligro la salud física y psicosocial de las adolescentes

    7.  REPRESIÓN PENAL Y VIOLENCIA SEXUAL

    Aunque tampoco es una situación visibilizada, las adolescentes mujeressufren diversas formas de violencia estatal (violencia aplicada por funcionariosdel Estado) en las diferentes etapas del procedimiento. Se ha señalado arribalos abusos a los que suelen ser sometidas las adolescentes en los centros deprivación de libertad, en el marco de la aplicación de sanciones disciplinarias,como el aislamiento, que muchas veces son atribución discrecional de losresponsables de los centros.

    Las situaciones más graves, sin embargo, ocurren fuera de los centrosformales de privación de libertad. De acuerdo con la información recogida,estas situaciones ocurren en los espacios de poder de la Policía, y suelenmantenerse ocultas por una estructura de encubrimiento e impunidad. Enesta etapa, no hay datos que permitan contabilizar a las adolescentes mujeresque sufren este tipo de violencias, aunque por las características que seseñalarán se puede presumir que su número es bastante alto.

    Se conoce, por ejemplo, que muchos casos de adolescentes mujeres queson sospechosas de alguna infracción no llegan a ser remitidos a la Fiscalía oal Poder Judicial, sino que son resueltos en las comisarías y estaciones

    policiales, u otras unidades intermedias, a través de la exigencia deretribuciones sexuales a cambio de la libertad. A este tipo de extorsiones frtipo sexual suelen estar expuestas las adolescentes que son arrestadasdurante redadas policiales, patrullajes u otro tipo de acciones policiales comolas referidas al control del consumo de drogas.

    Se han conocido varios casos sobre esta forma de violencia sexualcontra adolescentes mujeres por parte de funcionarios policiales a través deentrevistas directas con las víctimas, a través de los medios de comunicación,

     y a través de informes institucionales.

    En Bolivia, organizaciones que trabajan con poblaciones de niñas, niños

     y adolescentes en situación de calle, han denunciado varias veces casos deabuso sexual y torturas cometidos por policías contra adolescentes mujeres.

     También se difunden en los medios de comunicación esporádicamente algunoscasos de adolescentes que se animan a hacer denuncias. Por ejemplo en 2013,durante un reportaje periodístico que se realizaba en la ciudad de El Alto,algunas adolescentes consumidoras habituales de drogas denunciaron que losefectivos policiales tenían relaciones sexuales con ellas. Una adolescente de 17años relató llorando que acababa de ser víctima de abuso sexual por parte deun efectivo policial que además le robó 50 bolivianos. Ella no es la únicavíctima que se animó a denunciar los abusos policiales, ya que otraadolescente de 16 años también declaró que los policías no son una referencia

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    de protección, sino todo lo contrario, ya que ellas deben cuidarse de losabusos constantes5.

    El único hecho que se conoce fue llevado a investigación y proceso, fueun caso de violencia sexual en la ciudad de Oruro, donde dos policías violarona una adolescente de 16 años que se encontraba en el interior de un minibús,al cual ambos se acercaron para verificar el motivo por el cual el automóvilestaba estacionado, y encontraron a la adolescente sola (ya que el padre habíaido a comprar combustible).

     También en Bolivia, en entrevistas realizadas se conocieron varios casosde abuso sexual o tentativas de extorsión de tipo sexual contra adolescentesque son encontradas en bares o discotecas, o ingresando a moteles con susparejas, que son llevadas a comisarías u otras unidades donde permanecen

    retenidas durante horas. Asimismo, en una ocasión, en la ciudad de El Alto,19 adolescentes, de entre 15 a 17 años, fueron encontradas durante unoperativo policial en una discoteca, y privadas de libertad durante una nocheen las celdas de la fuerza anticrimen, sin que se conozca los cargos que habíacontra ellas. En la unidad policial fueron obligadas a limpiar las oficinasdurante la noche para poder ser liberadas al día siguiente. El medio decomunicación que difundió la denuncia hizo un seguimiento a esa unidadpolicial y constató que personas menores de edad suelen limpiar los autospoliciales y los baños de sus instalaciones.

    En Argentina, se han conocido varias denuncias de abuso sexual contra

    adolescentes mujeres por parte de funcionarios policiales. Muy pocos de elloshan llegado a proceso penal en la justicia ordinaria. En diciembre 2013, dospolicías de la ciudad Río Negro fueron condenados a siete años de prisión porlos delitos de rapto y abuso deshonesto contra una adolescente de 14 años,que fue interceptada por dos policías con el argumento de la presentación delos papeles de la moto que ella manejaba; como ella no los tenía, la llevaronhasta un destacamento policial para firmar una boleta de multa; sin embargo,allá la golpearon hasta dejarla inconsciente y abusaron de ella.6 

     También fueron hechas públicas denuncias contra efectivos de laPolicía Federal y del Servicio Penitenciario Federal acusados de violarregularmente, durante un lapso de dos años, a dos adolescentes mujeres en

    situación de calle. Por dicho caso, llegaron a ser investigados unos 130efectivos policiales.

    En Brasil, la investigación realizada por el Consejo Nacional de Justicia,también arrojó datos sobre violencia policial, ya que gran parte de lasadolescentes mujeres indicó haber sido golpeada por los policías en la etapade aprehensión policial, o estar permanentemente amenazada, además decasos de extorsiones sexuales, y casos de adolescentes que sufren adicción a

    5 Disponible en: http://www.paginasiete.bo/sociedad/2013/12/15/menores-acusan-

     policias-abusos-explotacion-8723.html 

    6 Disponible en: http://www.marcha.org.ar/a-los-policias-violadores-condena-efectiva-y-carcel-comun/ 

    http://www.paginasiete.bo/sociedad/2013/12/15/menores-acusan-policias-abusos-explotacion-8723.htmlhttp://www.paginasiete.bo/sociedad/2013/12/15/menores-acusan-policias-abusos-explotacion-8723.htmlhttp://www.paginasiete.bo/sociedad/2013/12/15/menores-acusan-policias-abusos-explotacion-8723.htmlhttp://www.paginasiete.bo/sociedad/2013/12/15/menores-acusan-policias-abusos-explotacion-8723.htmlhttp://www.marcha.org.ar/a-los-policias-violadores-condena-efectiva-y-carcel-comun/http://www.marcha.org.ar/a-los-policias-violadores-condena-efectiva-y-carcel-comun/http://www.marcha.org.ar/a-los-policias-violadores-condena-efectiva-y-carcel-comun/http://www.marcha.org.ar/a-los-policias-violadores-condena-efectiva-y-carcel-comun/http://www.paginasiete.bo/sociedad/2013/12/15/menores-acusan-policias-abusos-explotacion-8723.htmlhttp://www.paginasiete.bo/sociedad/2013/12/15/menores-acusan-policias-abusos-explotacion-8723.html

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    las drogas que fueron encerradas durante días en unidades policiales sinninguna atención para enfrentar el periodo de abstinencia, también

    denunciaron que les decían que si eran transferidas a los centros deinternamiento del sistema socioeducativo serían obligadas a mantenerrelaciones sexuales con las otras internas.

    Un estudio realizado por el Instituto del Niño y el Adolescente delUruguay señala que las prácticas de detención y encierro contra lasadolescentes mujeres atentan, con mayor frecuencia que para el caso de losvarones, directamente sobre sus cuerpos. “De las distintas prácticascorrectivas del Sistema Penal Juvenil dirigidas específicamente sobre loscuerpos de las jóvenes en infracción, las policiales surgen del relato de lasentrevistadas como las más violentas en la medida en que atacan al cuerpopor los golpes, particularmente desde el punto de vista sexual, mediante

    amenazas e inclusive acciones concretas. En este último sentido, vinculado alabuso sexual, es donde creemos encontrar una diferencia con relación a losvarones detenidos. El cuerpo y la sexualidad de la mujer aparecerían como ellugar privilegiado del control, la disciplina y el abuso de poder”. (INAU-Cenfores, 2005)

    8.  CONCLUSIONES PRELIMINARES

    Este primer acercamiento a la realidad de las adolescentes mujeres queentran en contacto con los aparatos represivos o el sistema penal, muestradiversas violaciones de derechos humanos particularmente graves, que sinembargo suelen permanecer encubiertas e impunes.

    En general, las circunstancias que rodean la privación de libertad de lasadolescentes mujeres presentan diversos rasgos de discriminación y violenciade género y de imposición de roles. Primero, el funcionamiento del sistema de

     Justicia Penal Juvenil parece estar orientado, al igual que el sistema penal deadultos, hacia los varones. Sin embargo, pese a que el número de adolescentesprivadas de libertad es reducido, es necesario contar con información másdetallada sobre todas las fases del procedimiento, para tener una mayor

    comprensión de la realidad que ellas adolescentes afrontan y de la formadiferenciada en que sufren el encierro que, contrariamente a lo dispuesto enlos estándares internacionales, es la medida de mayor aplicación en JusticiaPenal Juvenil.

    En las escasas estadísticas que se tienen sobre los sistemas penales juveniles, no se detallan los delitos o infracciones según el sexo de la personacontra la que se inició el proceso, y tampoco se puede determinar quéporcentaje de adolescentes mujeres son sometidas a la medida de privación delibertad del conjunto de adolescentes mujeres que ingresan al sistema de

     Justicia Penal Juvenil. Entonces resulta prioritario contar con mayores datos

    desglosados que permitan un análisis más preciso y desde una perspectiva degénero, a fin de avanzar hacia un cambio de la situación de discriminación

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    que enfrentan, y proporcionarles los recursos para que puedan reconstruirsus vidas.

    Sería conveniente también conocer, para dimensionar cabalmente laproblemática, cuánto influye esa especie de filtro que significa el paso por lasunidades policiales, en el reducido número de adolescentes mujeres que sonfinalmente remitidas al sistema de Justicia Penal Juvenil.

    Resulta particularmente grave la existencia de ese “espacio oscuro”entre el arresto policial y el tiempo de permanencia en las unidades policiales,que en gran parte de los casos conocidos suele ser ilegal, etapa donde lasadolescentes se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad ante unaagresión sexual o de otro tipo. Resulta necesario también que se lleven a cabomayores investigaciones y que se implementen acciones de monitoreo de las

    diferentes unidades policiales. Es importante trabajar para reducir la comisiónde los abusos denunciados, y proveer a las adolescentes víctimas (cuyonúmero no se puede determinar) canales efectivos para presentar lasdenuncias y tener acceso a la justicia.

    El panorama presentado permite afirmar que el paso de lasadolescentes mujeres por los sistemas penales juveniles no cumple con losprincipios establecidos en la Convención sobre los Derechos del Niño ni conlos fines socioeducativos de la Justicia Penal Juvenil. Además, fuera delfuncionamiento formal de los sistemas penales juveniles es necesariomonitorear los espacios de acción policial donde se han denunciado

    violaciones particularmente graves de derechos que tienen relación con laviolencia de género, y se producen en momentos en que las adolescentes seencuentran en mayor situación de vulnerabilidad e indefensión.

    Texto:   Rose Marie Achá

    Observatorio Regional de Justicia Penal Juvenil

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    Bibliografía:

    Consejo Nacional de Justicia “Dos espaços aos direitos: A realidade daressocialização na aplicação das medidas socioeducativas de internação dasadolescentes do sexo feminino em conflito com a lei nas cinco regiões” 2014.INAU-Cenfores “Adolescencia e Infracción: Una Aproximación a laConstrucción Subjetiva”. Montevideo, 2005.López Gallego, Laura “Proceso de Reflexividad en un Contexto de Privación deLibertad de Adolescentes Mujeres”

     

    Psicologia & Sociedade: 26(3), 603-612.2014.Universidad de la República. Informe: “Adolescentes mujeres en Conflicto conla Ley… Comprendiendo su iniciación: ¿Victimarias-Victimizadas?” Uruguay2013.