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    BASES ESPECFICAS PARA CONCURSOS EXTERNOSCargos ContratasEscalafn de Empleados

    Cargo Administrativo 3

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    Corporacin Administrativa del Poder JudicialCONCURSOS EXTERNOS / CARGOS CONTRATA / ESCALAFN DE EMPLEADOS: ADMINISTRATIVO 3

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    Contenido

    I. ANTECEDENTES NORMATIVOS ................................................................................................................ 3

    II. IDENTIFICACIN DEL CARGO ................................................................................................................... 4

    III. REQUISITOS DEL CARGO........................................................................................................................... 5

    IV. FUNCIONES GENERALES DEL CARGO ....................................................................................................... 7

    V. MODALIDAD Y PLAZO DE POSTULACIN ................................................................................................ 7

    VI. ANTECEDENTES REQUERIDOS .................................................................................................................. 8

    VII. ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIN .................................................................................................... 12

    VIII. LISTA DE PRESELECCIN ....................................................................................................................... 15

    IX. FORMACIN DE TERNA .......................................................................................................................... 18

    X. DESIGNACIN Y NOMBRAMIENTO ......................................................................................................... 18

    XI. SITUACIONES ESPECIALES ...................................................................................................................... 18

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    I. ANTECEDENTES NORMATIVOS

    Las presentes bases regulan el concurso para proveer cargo de ADMINISTRATIVO 3, CONTRATA

    Las normas generales del proceso se encuentran contenidas en las Actas N 181 y en las BasesGenerales de Concurso aprobadas por el Consejo Superior de la Corporacin Administrativa del Poder

    Judicial.

    Concursos de cargos a contrata

    El acta N 181-2014 establece que, en lo sucesivo, los cargos a contrata sern provistos mediante concurso.

    Pueden hacer excepcin a lo anterior las contratas que tengan el carcter de transitorias.

    Esta noma es aplicable para los concursos publicados a partir de la de la fecha de Acta, esto es el 24 de

    Octubre de 2014

    Para estos efectos se aplicarn las siguientes instrucciones:

    A.

    Los cargos vacantes a contrata debern ser provistos por concursos publicados en la pagina web del

    Poder Judicial y en una bolsa electronica de trabajo. El proceso de seleccin se regir por las

    normas aplicables a concursos externos del Poder Judicial y la politica de Reclutamiento y Seleccin

    establecida por la Corte Suprema. Adems, se podr publicar avisos en diarios de circulacin

    nacional y/o local.

    B. La corporacin Administrativa autorizar contratas transitorias por hasta cuatro meses, mientras

    realiza el respectivo concurso. Las personas que sean designadas en esos cargos transitorios,

    debern ser designadas de la lista de habilitados.

    C. El procedimiento de concurso ser el mismo que para proveer cargos en calidad de titular, respecto

    de concursos externos.

    D. La formacin de terna, designacin y nombramiento del personal a contrata ser facultad de la

    misma autoridad llamada a resolver respecto de un cargo titular.

    La Resolucin de nombramiento de personal a contrata deber hacer expresa referencia al

    concurso.

    Se entender como contratas transitorias aquellas creadas para reemplazar en un cargo titular o

    contrata por ausencia del titular o vacancia. En este caso debern proveerse con personas de lista

    de personas habilitadas.

    Las instrucciones del Acta N 181-2014 son aplicables a todos los cargos de Poder Judicial,

    Corporacin Administrativa y Centros de Apoyo a Tribunales, incluidos actuarios de Ministros de

    Derechos Humanos o causas especiales y personal de las Fiscalas Judicial.

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    Al inicio del proceso de seleccin, nicamente podrn ser declarados desiertos los llamados a concursosexternos, que registren un nmero igual o inferior a 19 postulantes efectivamente opuestos para el cargo,que cumplan los requisitos establecidos (Admisibles). En el caso particular, de los concursos externoscorrespondientes a cargos Contables o Informticos, podrn ser declarados desiertos los llamados aconcursos que registren un mnimo igual o inferior a cinco postulantes efectivamente opuestos para el cargo

    y que cumplan los requisitos para desempearlo.

    Al concluir el proceso de seleccin, slo podrn ser declarados desiertos los llamados a concursosque no posean un nmero suficiente de postulantes, con requisitos, para conformar terna.

    II. IDENTIFICACIN DEL CARGO

    Denominacin del cargo: ADMINISTRATIVO 3

    Escalafn: Sin Escalafn

    Categora en el Escalafn: ---

    Calidad Jurdica: Contrata

    Grado:De acuerdo a lo indicado en detalle de publicacin(www.pjud.cl)

    Escala de Sueldos: Empleados.

    Nmero de vacantes: 1

    Tribunal: De acuerdo a lo indicado en detalle de publicacin(www.pjud.cl)

    Ciudad de Desempeo:De acuerdo a lo indicado en detalle de publicacin(www.pjud.cl)

    Remuneracin bruta equivalente:De acuerdo a lo indicado en detalle de publicacin(www.pjud.cl)

    Asignacin de Zona:De acuerdo a lo indicado en detalle de publicacin(www.pjud.cl)

    Haberes Especiales: ----

    Asignacin Profesional:

    Tendrn derecho a percibir asignacin profesional losfuncionarios que acrediten estar en posesin de un ttuloprofesional otorgado por una Universidad o InstitutoProfesional del Estado o reconocida por ste, con un programade estudios de un mnimo de seis semestres acadmicos y 3.200

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    horas de clases.1

    El derecho a percibir asignacin profesional ser reconocidoteniendo a la vista un certificado de la institucional educacionalen que conste expresamente el nmero de horas acadmicasdel programa de estudios conducente al respectivo ttuloprofesional.

    Incrementos por desempeo:

    En el Poder Judicial existen dos tipos de incremento pordesempeo: a) Institucional: Correspondiente a un 7% en casoque el nivel de cumplimiento de las metas sea igual o superior al90%, y 3,5% en caso que el cumplimiento resulte inferior al 90%e igual o superior al 75%; b) Colectivo: Correspondiente a un 6%en caso que el nivel de cumplimiento de las metas sea igual osuperior al 90%, y 3% en caso que el cumplimiento resulteinferior al 90% e igual o superior al 75%.

    El beneficio se calcula sobre las siguientes asignaciones: sueldo

    base, asignacin judicial y asignacin profesional.Tendrn derecho a percibir el incremento por desempeoinstitucional y/o colectivo los funcionarios pertenecientes aunidades que cumplan las metas de gestin asignadas en cadacaso, y que adems cumplan los siguientes requisitos: a)Haberse desempeado efectivamente por a lo menos seismeses

    2 durante el ao inmediatamente anterior; b) No estar

    calificado en lista condicional o deficiente.

    Asignacin de Antigedad:

    Beneficio que se concede a los trabajadores por cada dos aosde servicio efectivo en un mismo nivel de nombramiento, sedevenga automticamente desde el da primero del mes

    siguiente a aquel en que se cumpla el bienio respectivo. Sedetermina calculando un 2% sobre el sueldo base asignado acada uno de los niveles de la escala por periodos de dos aos,con un lmite de treinta aos.

    III.REQUISITOS DEL CARGO

    Requisitos Generales:

    Por aplicacin del 295 del Cdigo Orgnico de Tribunales:

    a)

    Ser chileno,

    b) Haber cumplido con la ley de reclutamiento y movilizacin,cuando fuere procedente,

    c) Tener salud compatible con el desempeo del cargo,

    1Acuerdo de Tribunal Pleno de la Corte Suprema de fecha 16 de Julio de 2001 hace aplicable al Poder

    Judicial el artculo 8 de la Ley N 19.699.2Con la sola excepcin de los periodos correspondientes a licencias por accidentes del trabajo a que se

    refiere la ley N 16.744, incluidos los descansos previstos en los artculos 195 y 196 del Cdigo del Trabajo.

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    d) Haber aprobado el nivel de educacin media, o equivalente,

    e) No haber cesado en un cargo en el Poder Judicial o en laAdministracin del Estado como consecuencia de haberobtenido una calificacin deficiente, o por medidadisciplinaria, y

    f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargospblicos, ni hallarse condenado o acusado por crimen osimple delito.

    Los requisitos sealados en las letras a), b) y d), debern seracreditados mediante documentos o certificados oficialesautnticos.

    El requisito establecido en la letra c) del artculo que precede, seacreditar mediante certificacin del Servicio de Saludcorrespondiente. (Se solicitar en caso que la persona seadesignada para el cargo).

    En caso que corresponda el requisito de ttulo profesional otcnico y/o especializacin adicional, se acreditar mediante losttulos conferidos por la institucin de Educacin Superior quecorresponda. Los certificados podrn ser en original o copialegalizada.

    El requisito fijado en la letra e) y f) ser acreditado por elinteresado mediante declaracin jurada. La falsedad de estadeclaracin har incurrir en las penas del artculo 210 delCdigo Penal.

    La institucin deber comprobar el requisito establecido en laletra f) del artculo citado, a travs de consulta al Servicio deRegistro Civil e Identificacin, quien acreditar este hechomediante simple comunicacin (se solicitar en caso que lapersona sea designada para el cargo).

    La cdula nacional de identidad acreditar la nacionalidad ydems datos que ella contenga.

    Ttulo requerido: Licencia de Enseanza Media.

    Requisitos Especiales: No aplica.

    Incompatibilidades:

    Inciso segundo del 260 del Cdigo Orgnico de Tribunales: Nopodr ingresar en el Escalafn del Personal de Empleados el quesea cnyuge o tenga un acuerdo de unin civil o alguno de losparentescos o vnculos indicados en el artculo anterior conalgn ministro o con el fiscal de la Corte Suprema o con algnmiembro del Escalafn Primario que se desempee en elterritorio jurisdiccional del cargo que se trata de proveer.

    Artculo 261 del Cdigo Orgnico de Tribunales: Las funcionesjudiciales son incompatibles con toda otra remunerada con fondosfiscales o municipales, con excepcin de los cargos docentes hasta

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    un lmite mximo de doce horas semanales.

    Exigencia de Categora en elEscalafn:

    Se considerarn Admisibles las postulaciones que cumplan losrequisitos establecidos para el cargo y sean presentados segnlos procedimientos y plazos establecidos.

    Lista Calificatoria:

    Adicionalmente, en el caso de los funcionarios (Titulares delEscalafn Empleados y contrata), debern estar incluidos, en sultima calificacin, en Lista Sobresaliente, Muy Buena,Satisfactoria o Regular.

    Experiencia requerida: No aplica.

    Cursos de especialidad: No aplica.

    Destrezas o competencias requeridas:

    Potencial de aprendizaje y sentido prctico.

    Habilidades comunicacionales.

    Estabilidad emocional.

    Habilidad para establecer y mantener relacionesinterpersonales adecuadas.

    Disposicin de servicio.

    Adecuacin a las normas y procedimientos.

    Flexibilidad.

    Excepciones de exigencia de ttulo: No aplica.

    IV.FUNCIONES GENERALES DEL CARGO

    1. Atender consultas de abogados, pblico en general y representantes de Instituciones de forma

    presencial.

    2. Ingresar informacin al sistema informtico respectivo.

    3. Realizar tramitacin y revisin de las causas, llevando un registro y control de las mismas.

    4. Gestionar las causas utilizando las plantillas pre establecidas segn corresponda.

    5. Efectuar labores propias del proceso de atencin de usuarios, causas, servicios y/o

    cumplimiento, segn corresponda a la naturaleza de sus funciones.

    6. Preparar y entregar toda la documentacin necesaria para la resolucin del Juez.

    7. Revisar listado de escritos, solicitudes y documentos en general ingresados por sistema

    informtico correspondientes a la carga de trabajo diaria.8. Confeccionar los oficios solicitados y entregarlos a la Unidad pertinente, para su despacho.

    9. Realizacin de Proyectos de Resolucin de escritos, enviando a despacho por el sistema.

    10. Revisar trmites pendientes y devueltos en el Sistema Informtico.

    11. Chequear la agenda de audiencias programadas para cada da, verificando los respectivos

    estados de tramitacin y notificacin.

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    12. Ingresar y/o verificar que en el sistema, se encuentren correctamente individualizadas las

    partes del juicio (demandante-demandado y apoderados de ambos).

    13. Confeccionar el acta resumida de las audiencias que se le hubieren asignado, de acuerdo a lo

    establecido en el plan de trabajo, ingresando en el sistema informtico, los hitos y efectos que

    correspondan.

    14. Generar y remitir los oficios y documentos que sean decretados en cada audiencia.

    15. Incorporar el audio de las audiencias realizadas en el Sistema, como parte de los antecedentes

    asociados al Acta, si corresponde.

    16. Digitalizar los documentos recibidos en audiencias, e incorporarlos al Sistema.

    17. Realizar turnos segn requerimientos del Tribunal.

    18. Participar del adecuado desarrollo de las labores del Tribunal, en post del correcto

    cumplimiento de las metas de gestin asociadas al mismo

    V. MODALIDAD Y PLAZO DE POSTULACIN

    Fecha de Publicacin:De acuerdo a lo indicado en detalle de publicacin

    (www.pjud.cl)Fecha cierre recepcin deantecedentes:

    De acuerdo a lo indicado en detalle de publicacin(www.pjud.cl)

    Modalidad de postulacin:

    La recepcin de antecedentes ser a travs de sistemasinformticos habilitados y administrados por la CorporacinAdministrativa. Las personas que postulen debern ingresar susantecedentes va web en http://postulaciones.pjud.cl/ dentrode los plazos establecidos, adjuntando los documentos que sesolicitan en el acpite siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, encaso de avanzar en el proceso, deber presentar toda su

    documentacin fsica (copia simple del original o de documentolegalizado) en el Tribunal al momento de Entrevista conJefatura, as mismo en caso de ser nombrado en el cargo se le

    solicitar la documentacin original para tramitar la Resolucinde Nombramiento.

    El ingreso de los antecedentes ser de responsabilidad exclusivadel postulante.

    La hora de cierre de recepcin de antecedentes corresponde ala fecha que se seale a las 23:59 horas.

    En caso de consultas en su proceso de postulacin debedirigirlas [email protected],debe tener en consideracin

    que este correo tiene un plazo de respuesta de 48 horas y seresponde en horario laboral, de lunes a viernes de 8:00 a 16:00horas.

    Para efectos del ingreso de documentos para el concurso, losfuncionarios en calidad jurdica a contrata, podrn ingresar susantecedentes como personas internas.

    Forma de obtener informacin acercadel estado del concurso: La informacin acerca del estado del concurso, podr

    http://postulaciones.pjud.cl/http://postulaciones.pjud.cl/mailto:[email protected]:[email protected]:[email protected]:[email protected]://postulaciones.pjud.cl/
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    visualizarla desde su cuenta en mis postulaciones.

    Las notificaciones se realizarn al correo electrnico queindique el candidato al momento de la postulacin, por lo tantoes fundamental que el correo se encuentre correctamenteingresado y sea de fcil acceso al postulante (debe indicar sucorreo personal y no laboral).

    VI. ANTECEDENTES REQUERIDOS

    Postulantes externos al Poder Judicial(al momento de su postulacin no son funcionarios de la Institucin),los interesados debern presentar los siguientes antecedentes de postulacin:

    A. Formulario electrnico de postulacin para el respectivo concurso, que se entender enviado almomento de presionar la opcin Postularen el sistema informtico. Es de carcter obligatorio.(Esrequisito para ser declarado admisible).

    B. Curriculum vitae, se solicita utilizar el formato disponible en www.poderjudicial.cl/seccinconcurso, el que debe ser completamente llenado, incluyendo datos de contacto de jefatura para la

    solicitud de referencias laborales. Es de carcter obligatorio. (Es requisito para ser declaradoadmisible).

    C. Carnet de identidad, por ambos lados, que acredite la nacionalidad chilena. Es de carcterobligatorio.(Es requisito para ser declarado admisible).

    D. Licencia de enseanza media. Es de carcter obligatorio. (Es requisito para ser declaradoadmisible). En caso de que el postulante ingrese ttulo profesional en tem profesiones, seentender que posee enseanza media, por lo que exclusivamente en este caso no ser necesarioincluir licencia de enseanza media.

    E. Certificado de ttulo legalizada otorgado por una instituciones reconocidas por el Estado. Estedocumento debe ingresarlo en el tem profesiones.No es de carcter obligatorio.(No afecta suadmisibilidad al concurso).

    F. Certificado de haber cumplido con la ley de reclutamiento y movilizacin, en el caso de los varones. Es de carcter obligatorio.Slo varones (es requisito para ser declarado admisible).

    G.

    Certificado de antecedentes para fines especiales, se considerarn nicamente aquellos emitidospor el Registro Civil. Es de carcter obligatorio.(Es requisito para ser declarado admisible).

    H. Declaraciones juradas requeridas para el cargo.

    Declaracin notarial Formulario N 7: Es de carcter obligatorio. (Es requisito para serdeclarado admisible):

    - Que consigne de modo explcito, que no posee ninguna de las inhabilidades sealadas enlos artculos 295 e) y f), esto es: a) No haber cesado en un cargo en el Poder Judicial o en laAdministracin del Estado como consecuencia de haber obtenido una calificacin

    deficiente, o por medida disciplinaria; b) No estar inhabilitado para el ejercicio defunciones o cargos pblicos, ni hallarse condenado o acusado por crimen o simple delito.

    - Que consigne no estar inhabilitado por lo establecido en el inciso segundo del 260 delCdigo Orgnico de Tribunales, esto es: No podr ingresar en el Escalafn del Personal deEmpleados el que sea cnyuge o tenga un acuerdo unin civil o alguno de los parentescoso vnculos indicados en el artculo anterior con algn ministro o con el fiscal de la CorteSuprema o con algn miembro del Escalafn Primario que se desempee en el territorio

    jurisdiccional del cargo que se trata de proveer.

    http://www.poderjudicial.cl/http://www.poderjudicial.cl/
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    - Vigencia mxima 90 das desde su fecha de emisin.

    Declaracin simple de Parentesco Formulario N 8: Es de carcter obligatorio. (Es requisitopara ser declarado admisible).

    Informacin de las personas que pertenecen al Poder Judicial sobre su vinculacin, relacin de

    parentesco, matrimonio o de pareja con o sin convivencia con otro/s funcionario/s de laInstitucin.

    I.

    Certificados de cursos especializacin, otorgados por instituciones reconocidas por el Estado. No esde carcter obligatorio.(No afecta su admisibilidad al concurso).

    J. Certificados de capacitaciones, cursos o especializaciones realizadas, ya sean internas o externas alPoder Judicial, especificando horas de duracin. Las capacitaciones ingresadas deben ser atingentesa los perfiles de cargo del Poder Judicial. Cabe sealar que se considerar aquellas capacitacionesrelacionadas al cargo de postulacin, las cuales tienen una vigencia de 5 aos. Estos certificados noson excluyentes para su postulacin. No es de carcter obligatorio.(No afecta su admisibilidad alconcurso).

    K. En el caso de aquellas personas que se acojan a la ley N 20.422, debern acompaar Ficha de

    Discapacidad debidamente completada y firmada, adems de la copia simple, por ambos lados, delCarnet de Discapacidad emitido por el Registro Civil Identificacin. No es de carcter obligatorio.para aquellas personas que no presentan discapacidad(no afecta su admisibilidad al concurso).

    Los antecedentes obligatorios son validados por el Subdepartamento de Reclutamiento y Seleccin,proceso que demora aproximadamente 7 das, mientras los documentos se encuentran en etapa devalidacin, en el sistema figurarn como pendiente de validacin. Cabe mencionar que los documentos y

    profesiones pueden ser ingresados al sistema en cualquiermomento, sin embargo, para ser consideradosen la admisibilidad del concurso al que postula, stos deben ser ingresados antes de la fecha de cierre derecepcin de antecedentes.

    ES RESPONSABILIDAD DEL POSTULANTE EL SUBIR LA DOCUMENTACIN SOLICITADAEN LOS PLAZOS Y FORMA INDICADOS.

    Documentacin postulantes Internos(contratas anuales), los interesados, debern presentar los siguientesantecedentes de postulacin:

    A. Formulario de postulacin electrnica para el respectivo concurso, que se entender enviado almomento de presionar la opcin Postular en el sistema informtico. Es de carcter obligatorio.(esrequisito para ser declarado admisible).

    B. Curriculum vitae firmado, se solicita utilizar el formato disponible enwww.poderjudicial.cl/seccinconcurso, el que debe ser completamente llenado, incluyendo datos de contacto de jefatura para la

    solicitud de referencias laborales. Es de carcter obligatorio. (Es requisito para ser declaradoadmisible).

    C. Licencia de enseanza media. Es de carcter obligatorio. (Es requisito para ser declaradoadmisible). En caso de que el postulante ingrese titulo profesional en tem profesiones, se

    entender que posee enseanza media, por lo que exclusivamente en este caso no ser necesarioincluir licencia de enseanza media.

    http://www.poderjudicial.cl/http://www.poderjudicial.cl/
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    D. Certificado de ttulo legalizada, otorgado por una institucin reconocida por el Estado. Estedocumento debe ingresarlo en el tem profesiones. No es de carcter obligatorio.(no afecta suadmisibilidad al concurso).

    E. Declaraciones juradas requeridas para el cargo.

    Declaracin notarial Formulario N 7: es de carcter obligatorio. (Es requisito para serdeclarado admisible):

    - Que consigne de modo explcito, que no posee ninguna de las inhabilidades sealadas enlos artculos 295 e) y f), esto es: a) No haber cesado en un cargo en el Poder Judicial o en laAdministracin del Estado como consecuencia de haber obtenido una calificacindeficiente, o por medida disciplinaria; b) No estar inhabilitado para el ejercicio defunciones o cargos pblicos, ni hallarse condenado o acusado por crimen o simple delito.

    - Que consigne no estar inhabilitado por lo establecido en el inciso segundo del 260 delCdigo Orgnico de Tribunales, esto es: No podr ingresar en el Escalafn del Personal deEmpleados el que sea cnyuge o tenga un acuerdo unin civil o alguno de los parentescoso vnculos indicados en el artculo anterior con algn ministro o con el fiscal de la CorteSuprema o con algn miembro del Escalafn Primario que se desempee en el territorio

    jurisdiccional del cargo que se trata de proveer.

    - Vigencia mxima 90 das desde su fecha de emisin.

    Declaracin simple de Parentesco Formulario N 8: Es de carcter obligatorio. (es requisitopara ser declarado admisible)

    Informacin de las personas que pertenecen al Poder Judicial sobre su vinculacin, relacin deparentesco, matrimonio o de pareja con o sin convivencia con otro/s funcionario/s de laInstitucin.

    F. Certificados de cursos especializacin, otorgados por instituciones reconocidas por el Estado. No esde carcter obligatorio.(No afecta su admisibilidad al concurso).

    G. Certificado actualizado de no estar afecto a medidas disciplinarias en el ltimo ao. Estedocumento debe ser emitido por el Administrador o Secretario del Tribunal, segn corresponda ytiene una vigencia de 90 das desde su emisin (slo para postulantes internos).

    H. Certificados de capacitaciones, cursos o especializaciones realizadas, ya sean internas o externas alPoder Judicial, especificando horas de duracin. Las capacitaciones ingresadas deben ser atingentesa los perfiles de cargo del Poder Judicial. Cabe sealar que se considerar aquellas capacitacionesrelacionadas al cargo de postulacin, las cuales tienen una vigencia de 5 aos. Estos certificados noson excluyentes para su postulacin. No es de carcter obligatorio.(No afecta su admisibilidad alconcurso).

    I. En el caso de aquellas personas que se acojan a la ley N 20.422, debern acompaar Ficha deDiscapacidad debidamente completada y firmada, adems de la copia simple, por ambos lados, delCarnet de Discapacidad emitido por el Registro Civil Identificacin. Es de carcter obligatorio.para

    aquellas personas que no presentan discapacidad(no afecta su admisibilidad al concurso).En caso de postulantes internos, la hoja de vida ser extrada del sistema informtico de recursos

    humanos.

    Los antecedentes Es de carcter obligatorios son validados por el Subdepartamento deReclutamiento y Seleccin, proceso que demora aproximadamente 7 das, mientras los documentos seencuentran en etapa de validacin, en el sistema figurarn como pendiente de validacin. Cabe mencionar

    que los documentos y profesiones pueden ser ingresados al sistema en cualquier momento,sin embargo,

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    para ser considerados en la admisibilidad del concurso al que postula, stos deben ser ingresados antes de lafecha de cierre de recepcin de antecedentes.

    ES RESPONSABILIDAD DEL POSTULANTE EL SUBIR LA DOCUMENTACIN SOLICITADA

    EN LOS PLAZOS Y FORMA INDICADOS.

    VII. ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIN

    1.

    Anlisis de antecedentes de postulacin y Admisibilidad:

    El anlisis de los antecedentes de postulacin ser responsabilidad de Corporacin Administrativa, quiendefinir si la postulacin presentada es Admisible o No Admisible, de acuerdo al cumplimiento de losrequisitos y antecedentes requeridos en estas Bases y las Bases Generales.

    Sern considerados como No Admisibles los postulantes que no cumplan los requisitos establecidos parael cargo o no presenten la totalidad de antecedentes requeridos dentro del plazo de postulacin.

    Tambin se considerarn No Admisibles las postulaciones presentadas fuera de plazo o por mediosdistintos a los indicados en estas Bases.

    Las postulaciones que sean clasificadas como Admisibles sern consideradas, en la siguiente etapa delproceso de seleccin.

    El resultado del examen de admisibilidad ser notificado al postulante por correo electrnico.

    Se asignar un puntaje de 5 puntos a los postulantes Admisibles y 0 a quienes resulten No Admisibles.

    Impugnacin:

    El postulante podr impugnar la etapa de admisibilidad, para enmendar errores de hecho, dentro detercer da desde la notificacin.

    La impugnacin deber realizarla desde su cuenta en el portal postulaciones.pjud.cl, en el concurso en el

    que el postulante se vio afectado, a travs del formulario electrnico disponible. La impugnacin serresuelta por el Jefe del Departamento de Recursos Humanos de la Corporacin Administrativa.

    La resolucin ser notificada al postulante por el mismo sistema de postulacin.

    Una vez que se analice y responda se proseguir con el concurso, sin posibilidad de nueva instancia deimpugnabilidad.

    Corresponde exclusivamente al interesado impugnar la admisibilidad obtenida.

    Si no realiza una impugnacin en los tiempos determinados, se entiende que acepta el resultado, y nopodr presentar reclamaciones posteriores.

    2. Examen de Conocimiento:

    Los postulantes Admisibles sern sometidos a un examen de conocimiento, destinado a determinar susconocimientos generales para el cargo. El Manual de estudio y la temtica del examen dependern de laMateria del Tribunal al que postula.

    Los postulantes sern citados a rendir este examen mediante el correo electrnico registrado en sucuenta al momento de postular. La citacin se realizar a lo menos con 48 horas de anticipacin. Lacitacin ser a la ciudad de asiento de Corte del Tribunal al que postule.

    Los Manuales de estudio se encuentran disponibles en la pgina webwww.pjud.cl

    http://www.pjud.cl/http://www.pjud.cl/http://www.pjud.cl/http://www.pjud.cl/
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    En caso de que el postulante posea puntaje vigente, para misma materia, al momento de citar a rendir elexamen, podr optar por convalidar este puntaje, en caso que no se presente a la citacin realizada seentender que convalida puntaje vigente. Si el postulante tiene puntaje vigente y decide presentarse a lanueva citacin, se conservar el puntaje de sta ltima independiente que sea mayor o menor alprimero.

    El resultado del examen de conocimiento se expresar en puntajes de 0 a 20.

    Avanzarn a la siguiente etapa entre el 30% a 40% de los postulantes que registren los puntajes msaltos. El porcentaje podr variar segn la cantidad de postulantes del concurso.

    La Corporacin Administrativa notificar por correo electrnico a los postulantes su ubicacin en la listade puntajes y si avanza o no a la siguiente etapa.

    El postulante podr realizar observaciones de la etapa de examen de conocimiento, para enmendarerrores de hecho, dentro de tercer da desde la notificacin.

    Las observaciones debern ser realizadas desde la cuenta personal del portal postulaciones.pjud.cl, en elconcurso en el que el postulante se vio afectado, a travs del formulario electrnico disponible.

    La respuesta ser notificada al postulante por el mismo sistema de postulacin.

    Corresponde exclusivamente al interesado realizar observaciones del puntaje obtenido.

    Si no realiza observaciones en los tiempos determinados, se entiende que acepta el resultado, y nopodr presentar requerimientos posteriores.

    3. Examen de Habilidades y destrezas:

    Los postulantes considerados externos que avancen de la etapa anterior sern sometidos a un examenque medir sus competencias para el cargo.

    Segn la tipologa del cargo podrn aplicarse las siguientes modalidades de evaluacin: Evaluacincolectiva consiste en una serie de pruebas de papel y lpiz. Esta evaluacin se orientar a medir aspectos

    como capacidad de anlisis, comprensin de relaciones de tipo lgico, capacidad cognitiva para resolverproblemas de diversa complejidad y actitud para responder ante distintas situaciones.

    Los postulantes sern citados a rendir este examen mediante el correo electrnico registrado en sucuenta al momento de postular. La citacin se realizar a lo menos con 48 horas de anticipacin. Lacitacin ser a la ciudad de asiento de Corte del Tribunal al que postule.

    Como resultado de esta evaluacin el postulante obtendr un puntaje de 0 a 30 puntos. Los postulantesque no asistan a las evaluaciones obtendrn punto 0 en esta etapa y no avanzarn a la siguiente. En elcaso de los postulantes que se consideren internos, obtendrn 30 puntos, avanzando a la siguienteetapa.

    Los resultados obtenidos sern notificados va correo electrnico al postulante por la CorporacinAdministrativa.

    Los puntajes obtenidos en sta etapa tendrn una vigencia correspondiente hasta el cambio de baterasde pruebas, lo cual se estima ser realizado cada 6 meses. Por lo tanto, los postulantes que seanevaluados en una oportunidad y postulen a dos o ms cargos del mismo escalafn durante el referidoperodo le sern convalidados automticamentelos resultados de la primera evaluacin.

    Pasarn a la siguiente etapa los mejores 15 a 25. La cantidad de personas que avancen podr variarsegn la cantidad de postulantes del concurso o el nmero de cargos a proveer.

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    La Corporacin Administrativa deber notificar por correo electrnico a los postulantes su ubicacin enla lista de puntajes y si avanza o no a la siguiente etapa.

    El postulante podr realizar observaciones de la etapa de examen de habilidades y destrezas, paraenmendar errores de hecho, dentro de tercer da desde la notificacin.

    Las observaciones debern realizarla desde su cuenta en el portal postulaciones.pjud.cl, en el concursoen el que el postulante se vio afectado, a travs del formulario electrnico disponible.

    La respuesta ser notificada al postulante por el mismo sistema de postulacin.

    Corresponde exclusivamente al interesado realizar observaciones del puntaje obtenido.

    Si no realiza observaciones en los tiempos determinados, se entiende que acepta el resultado, y nopodr presentar requerimientos posteriores.

    4. Evaluacin Psicolaboral / Potencial:

    A los funcionarios titulares y contratas con ms de cinco aos, considerados Admisibles, que postulan auna plaza del mismo escalafn, se les aplicar una evaluacin de potencial pudiendo obtener cualquiera

    de estos tres resultados: Alto Potencial, Promedio Potencial, Potencial Bajo.

    En caso que esos funcionarios postulen a una plaza de un escalafn diferente al cargo que ocupan, se lesaplicar una evaluacin psicolaboral.

    Los postulantes extraos al servicio que avancen de la etapa anterior sern sometidos a una entrevistapsicolaboral con el propsito de realizar una observacin y medicin detallada de las competencias quehan sido definidas como crticas para el adecuado desempeo del cargo en el perfil respectivo,profundizando en aspectos medidos en la etapa colectiva y/o grupal.

    Los postulantes sern citados a rendir este examen mediante el correo electrnico registrado en sucuenta al momento de postular. La citacin se realizar a lo menos con 48 horas de anticipacin. Lacitacin ser a la ciudad de asiento de Corte del Tribunal al que postule.

    Como resultado de esta entrevista el profesional a cargo deber emitir un informe psicolaboral, el cualconsiste en un documento mediante el cual tiene por objeto sistematizar la informacin recibida,permitiendo orientar la toma de decisiones a quienes corresponde conformar la terna. Adems de loanterior, se indicar una conclusin asociada a cada persona, segn cumpla o no con el perfil de cargorequerido.

    - Califica: el candidato posee rasgos de personalidad, laborales e intelectuales que permiten predecirun desempeo adecuado al cargo.

    - Califica con Reservas: el candidato posee rasgos de personalidad, laborales e intelectuales, que bajociertos contextos le posibilitan el desarrollo del cargo.

    - No Califica: el candidato no cumple a cabalidad con los requisitos exigidos por el cargo, o reflejacontraindicaciones que hacen predecir un desempeo insatisfactorio.

    Como resultado de la evaluacin el postulante obtendr un puntaje de 0 a 30 puntos, de acuerdo a suadaptacin al perfil del cargo que se concursa. Los postulantes que no asistan a las evaluacionesobtendrn punto 0 en esta etapa.

    Los resultados obtenidos sern notificados va correo electrnico al postulante por la CorporacinAdministrativa.

    Los informes psicolaborales tendrn una vigencia mxima de 6 meses, plazo que se contabilizar desde lafecha en que la persona rinda su entrevista, por lo tanto, los postulantes que sean evaluados en una

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    oportunidad y postulen a dos o ms cargos pertenecientes al mismo grupo de cargos durante el referidoperodo le sern convalidados automticamente los resultados de la primera evaluacin

    El postulante podr realizar observaciones de la etapa de evaluacin psicolaboral / de potencial, paraenmendar errores de hecho, dentro de tercer da desde la notificacin.

    Las observaciones debern realizarla desde su cuenta en el portal postulaciones.pjud.cl, en el concursoen el que el postulante se vio afectado, a travs del formulario electrnico disponible.

    La respuesta ser notificada al postulante por el mismo sistema de postulacin.

    Exclusivamente el interesado podr realizar observaciones del resultado obtenido.

    Si no realiza observaciones en los tiempos determinados, se entiende que acepta el resultado, y nopodr presentar requerimientos posteriores.

    5. Puntuacin por antecedentes curriculares:

    Cada postulante que avanza la evaluacin psicolaboral, es decir, aquellos que hayan obtenido resultadoCalifica o Califica con reservas y que hayan realizado la entrevista de potencial, obtendrn un puntaje por

    sus antecedentes curriculares segn la siguiente pauta:

    A) Externos:

    EXTERNOS PUNTAJE

    ITEM 1 Experiencia TotalSe asigna 1 punto por cada ao, con un

    mximo de 5 puntosEntre 5 a 0

    puntos

    ITEM 2Experiencia en cargos anlogos (en

    funciones similares en la misma rea)Se asigna 1 punto por cada ao, con un

    mximo de 5 puntosEntre 5 a 0

    puntos

    ITEM 3Experiencia laboral desde el ao de

    titulacinSe asigna 1 punto por cada ao, con un

    mximo de 5 puntosEntre 5 a 0

    puntos

    ITEM 4 Capacitaciones

    Diplomado o Diplomados que sumen msde 200 horas

    5 puntos

    Diplomado o Diplomados que sumen msde 200 horas

    4 puntos

    Cursos o Capacitaciones que sumen msde 100 horas

    3 puntos

    Cursos o Capacitaciones que sumenmenos de 100 horas

    2 puntos

    Sin capacitaciones 0 punto

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    B) Internos:

    INTERNOS PUNTAJE

    ITEM 1 Experiencia Total (desde la titulacin)Se asigna 2 puntos por cada ao, con unmximo de 5 puntos

    Entre 5 a 0puntos

    ITEM 2 Experiencia en cargos anlogos (enfunciones similares en la misma rea)

    Se asigna 2 puntos por cada ao, con unmximo de 5 puntos

    Entre 5 a 0puntos

    ITEM 3 Experiencia en PJUD / CAPJSe asigna 2 puntos por cada ao, con unmximo de 5 puntos

    Entre 5 a 0puntos

    ITEM 4 Capacitaciones

    Diplomado o Diplomados que sumen msde 200 horas

    5 puntos

    Diplomado o Diplomados que sumenmenos de 200 horas

    4 puntos

    Cursos o Capacitaciones que sumen msde 100 horas

    3 puntos

    Cursos o Capacitaciones que sumenmenos de 100 horas

    2 puntos

    Sin capacitaciones 0 punto

    Criterios de asignacin de puntaje:

    a. Slo se asignar puntaje por cursos de capacitacin o especializacin debidamente acreditados yatingentes al cargo, con una antigedad mxima de 5 aos.

    b. Los puntajes de las capacitaciones son excluyentes, es decir, solo obtendr puntaje por la categoraque le otorgue mayor puntaje.

    c. El resultado de la evaluacin curricular se expresar en puntajes de 0 a 20.

    6. Referencias Laborales o de Movilidad

    Se solicitarn referencias laborales a las personas indicadas por el postulante en su Curriculum Vitae enel caso de los externos, a una jefatura directa que trabaje en el mismo Tribunal o Unidad Laboral en elcaso de los internos, stas ltimas sern solicitadas va correo electrnico. De no poder contactar alreferente en un primer llamado, se le enviar un correo electrnico con un plazo de respuesta de 48horas, en caso que sta no se responda y/o el postulante no seale referencias, obtendr 0 puntos. Elresultado de las referencias se expresar en puntajes de 0 a 5.

    Las referencias laborales tendrn una vigencia de 6 meses y sern convalidadas para los mismos gruposde cargos.

    VIII. LISTA DE PRESELECCIN

    Terminado el proceso de seleccin la Corporacin Administrativa elaborar una lista con los puntajesfinales obtenidos por todos los postulantes admisibles. El listado se ordenar en puntajes decrecientes.

    El puntaje final se calcular sumando los puntos obtenidos por cada postulante en las etapas del pro cesode seleccin y en la puntuacin de antecedentes curriculares, segn la tabla siguiente:

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    A) Externos:

    Etapa Puntaje

    Admisibilidad Admisible: 5 puntos / No Admisible: 0 puntos.

    Examen de Conocimiento De 20 a 0 puntos.

    Exmenes de Habilidades y Destrezas De 20 a 0 puntos.Evaluacin Psicolaboral De 30 a 0 puntos.

    Puntuacin Curricular De 20 a 0 puntos.

    Referencias Laborales De 5 a 0 puntos.

    PUNTACIN MXIMA 100 puntos.

    B) Internos:

    Etapa Puntaje

    Admisibilidad Admisible: 10 puntos / No Admisible: 0 puntos.

    Examen de Conocimiento De 20 a 0 puntos.

    Evaluacin de Potencial De 40 a 0 puntos.Puntuacin Curricular De 20 a 0 puntos.

    Referencias Laborales De 10 a 0 puntos.

    PUNTACIN MXIMA 100 puntos.

    Se considerar que el postulante obtuvo puntaje 0 en todas las etapas a las que no avanz producto dela aplicacin de puntajes de corte u otros criterios de seleccin.

    Los resultados obtenidos sern notificados va correo electrnico al postulante por la CorporacinAdministrativa.

    La Corporacin Administrativa remitir a la autoridad facultada para elaborar la terna el listado completo

    de postulaciones, incluyendo:

    Postulantes Admisibles identificando las etapas en que avanz, puntaje obtenido en cada una yel total.

    Postulantes No Admisibles indicando la razn de esa condicin.

    Impugnacin:

    El postulante podr impugnar la etapa de lista de preseleccin, para enmendar errores de hecho, dentrode tercer da desde la notificacin.

    La impugnacin deber realizarla desde su cuenta en el portal postulaciones.pjud.cl, en el concurso en elque el postulante se vio afectado, a travs del formulario electrnico disponible. La impugnacin serresuelta por el Jefe del Departamento de Recursos Humanos de la Corporacin Administrativa.

    La resolucin ser notificada al postulante por el mismo sistema de postulacin.

    Una vez que se analice y responda se proseguir con el concurso, sin posibilidad de nueva instancia deimpugnabilidad.

    Exclusivamente el interesado podr impugnar del resultado obtenido.

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    Si no realiza una impugnacin en los tiempos determinados, se entiende que acepta el resultado, y nopodr presentar objeciones posteriores.

    IX. FORMACIN DE TERNA

    Autoridad facultada para formar

    terna: Juez: cargos de empleado de tribunales no reformados.

    La autoridad facultada para formar la terna para proveer el cargo deber revisar los antecedentes de lospostulantes incluidos en la lista, debiendo entrevistar a lo menos a los cinco mejor evaluados, y a aquelque cumpla con el requisito de ser el ms antiguo de la categora inferior que se haya opuesto alconcurso. La autoridad respectiva podr entrevistar adems a otros postulantes incluidos en la lista.

    Aquellos postulantes que no asistan a entrevista, siendo citado va coreo electrnico con 48 hrs deantelacin, se entender que desiste del concurso.

    Aquellos postulantes que residan a ms de 200 kilmetros, podrn entrevistarse va Video Conferencia otelfono.

    La elaboracin de terna deber ajustarse a las normas establecidas en el artculo 294 del CdigoOrgnico de Tribunales para la categora del cargo en concurso, teniendo presente los puntajesobtenidos en el proceso de seleccin y la posicin relativa de cada postulante en el listado depreseleccin.

    Una vez elaborada la terna deber ser inmediatamente notificada por correo electrnico a todos lospostulantes admisibles en el respectivo concurso.

    Reclamacin:

    En caso que algn postulante o asociacin de funcionarios del Poder Judicial estime que la terna nocumple con las formalidades establecidas o vulnera los derechos establecidos en el Cdigo Orgnico deTribunales o las normas de concurso, podr presentar dentro del plazo de tres das una reclamacin anteel rgano que form dicha lista.

    Si la objecin es presentada dentro del plazo establecido y es fundada, deber ser elevada con todos susantecedentes dentro del plazo de 48 horas por la autoridad que form la terna al tribunal superior paraque ste se pronuncie acerca de la reclamacin.

    3

    La terna quedar firme una vez vencido el plazo de reclamacin sin que haya sido impugnada o si elconfirmada por la autoridad facultada para conocer de la reclamacin.

    Autoridad facultada para resolverreclamaciones de terna:

    Empleados tribunales no reformados: Pleno de Corte deApelaciones respectiva.

    Una vez firme la terna deber ser remitida a la autoridad facultada una realizar la designacin.

    Junto a la terna ejecutoriada deber remitirse los antecedentes de los postulantes incluida en ella y lospuntajes obtenidos por cada uno de ellos en ello proceso de seleccin, as como su ubicacin relativa enel listado total de postulantes al concurso.

    X.

    DESIGNACIN Y NOMBRAMIENTO

    Autoridad facultada para realizar la Pleno de la Corte de Apelaciones: empleados de tribunales no

    3Inciso cuarto artculo 551 del Cdigo Orgnico de Tribunales.

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    designacin: reformados o de la misma Corte.

    La autoridad facultada para realizar la designacin deber revisar los antecedentes de los postulantesincluidos en terna, y resolver conforme los requerimientos establecidos para el cargo y el postulante quems se ajusta a estos.

    La designacin deber ser inmediatamente notificada por correo electrnico a todos los postulantes quefueron incluidos en terna.

    Los resultados finales del concurso debern ser publicados en el portal web del Poder Judicial en unplazo no superior a tres das despus de dictada la respectiva resolucin.

    XI. SITUACIONES ESPECIALES

    Resultar aplicable a los postulantes que certifiquen algn tipo de discapacidad las normas establecidasen el Acta 165-2010 de la Excma. Corte Suprema, disponible en Pgina web:http://www.pjud.cl/documents/10179/52788/Reglamento_postulantes_discapacitados.pdf/b99269fe-aa36-4578-8107-9e831f3bef5f

    Al momento de usted postular a un concurso acepta ntegramente las Bases Especficas contenidas eneste documento.

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    ANEXOS

    FORMULARIO N7: DECLARACION JURADA

    Escalafn de Empleados

    NOMBRE ____________________________________, DOMICIALIADO(A) EN

    ________________________________________, CEDULA DE IDENTIDAD N ________________,

    DECLARO BAJO JURAMENTO QUE NO ME ENCUENTRO AFECTO(A) A LAS INHABILIDADES

    CONTEMPLADAS EN EL INCISO SEGUNDO DEL ARTICULO 260 DEL CODIGO ORGANICO DE

    TRIBUNALES, QUE ES DEL SIGUIENTE TENOR: QUIEN SEA CONYUGE O TENGA VINCULOS DE

    PARENTESCO DE CONSAGUNIDAD HASTA EL TERCER GRADO INCLUSIVE, POR AFINIDAD HASTA EL

    SEGUNDO GRADO, O POR ADOPCION CON UN MINISTRO O UN FISCAL DE LA CORTE SUPREMA,

    MINISTRO DE LA CORTE DE APELACIONES O CON ALGUN MIEMBRO DEL ESCALAFON PRIMARIO

    QUE SE DESEMPEE EN EL TERRITORIO JURISDICCIONAL DEL CARGO QUE SE TRATA DE PROVEER.

    ASIMISMO DECLARO QUE CUMPLO CON LOS REQUISITOS EXIGIDOS POR EL ARTCULO 295, LETRAS

    E) REFERIDA A LA INHABILIDAD DE QUIEN HAYA SIDO CESADO EN UN CARGO EN EL PODER

    JUDICIAL O EN LA ADMINISTRACIN DEL ESTADO DEBIDO A UNA CALIFICACIN DEFICIENTE, O

    POR MEDIDA DISCIPLINARIA, Y F) REFERIDA A LAS INHABILIDADES PARA EL EJERCICIO DE

    FUNCIONES O CARGOS PBLICOS Y DE QUIEN EST CONDENADO O ACUSADO POR CRIMEN O

    SIMPLE DELITO.

    __________________________ _______________________

    FIRMA NOTARIO

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    FORMULARIO N 8DECLARACIN DE PARENTESCO

    En_______________,a____de___________,de______,yo,______________________________________

    ____________,domiciliado(a)en,______________________________________________________________

    ________________________________________________,Cdula Nacional de Identidad N -________________, declaro bajo juramento, lo siguiente:

    1. Que, en cumplimiento a lo dispuesto en los artculos 260 y 513 del Cdigo Orgnico de Tribunales, no meencuentro afecto (a) a las inhabilidades contempladas en las disposiciones citadas, esto es:

    a) Ser cnyuge o tener algn parentesco de consanguinidad hasta el tercer grado inclusive, o vnculo porafinidad hasta el segundo grado, o por adopcin, con algn Ministro o con el Fiscal Judicial de la CorteSuprema o con algn miembro del Escalafn Primario que se desempee en el territorio jurisdiccional delcargo que se trata de proveer.

    b) Del mismo modo, ser cnyuge o tener alguno de los parentescos o vnculos precitados con quien, porrazn de su cargo, deba o pueda participar en la calificacin del ocupante del cargo que se trata deproveer.

    2. Que, cumplo con los requisitos exigidos por el artculo 295, letras e) y f), del Cdigo Orgnico de Tribunales, queexigen:

    - e) No haber cesado en un cargo en el Poder Judicial o en la Administracin del Estado como

    consecuencia de haber obtenido una calificacin deficiente, o por medida disciplinaria, y

    - f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos pblicos, ni hallarse condenado o

    acusado por crimen o simple delito.

    3. Que, en cumplimiento al Acuerdo de la Excma. Corte Suprema de 23 de Diciembre de 2008, que consta en Acta N304-2008, y su modificacin de 30 de Enero de 2009, consignada en Acta N 33-2009, y considerando el principioconstitucional de probidad y la necesaria transparencia que deben orientar las actuaciones de quienes ejercenfunciones o cargos pblicos, declaro bajo juramento que me encuentro vinculado por parentesco o relacinmatrimonial o relacin no matrimonial con las siguientes personas o miembros del Poder Judicial y/o de laCorporacin Administrativa del Poder Judicial:

    N R.U.N. N Nombre Completo Cargo Tribunal o Servicio Tipo de Relacin

    12

    3

    4

    NOTA1: Tajar el cuadro precedente si no posee vnculo por parentesco o relacin matrimonial o relacin no matrimonial con

    alguna persona o miembro del Poder Judicial y/o de la Corporacin Administrativa del Poder Judicial.

    NOTA 2: Deben declararse todos los vnculos por parentesco o relacin matrimonial o relacin no matrimonial con alguna

    persona o miembro del Poder Judicial, a nivel nacional.

    Extendiendo la presente declaracin jurada ante Notario Pblico, para los fines de ser presentada en

    concurso para cargos del Poder Judicial.

    _________________________ ________________________

    FIRMA DEL DECLARANTE NOTARIO PBLICO