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ACTA FINAL CON ACUERDO DEL PERIODO DE CONSULTAS ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 51 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL ESTATUTO DE

LOS TRABAJADORES

Representación de Altadis, S.A. D. José Luis Relea Laso D. Angel Zugasti Caldera D. Carlos de la Cal García D. Angel Morales Derqui D. David Hernández Hernández

Representación de los trabajadores

Comisión Sindical de Empresa Dª Adela Pérez Pérez D. Felipe Amiano Carrasco D. Rafael Gomis Rubio D. José Luis Marin Jurado D. Raul Tomé Hernández D. Manuel Pérez Marcos Dª María Cara Claverol Dª Antonia González Ruiz D. Angel Gil García D. Pedro Gómez Martín D. Gabriel Gómez Espinosa Dª Nieves Cobo Velarde

Delegados Sindicales Estatales D. Martín Terreros Santín (U.G.T.) D. Jorge Tomé Sánchez (CC.OO.) D. Joaquín Sancho Ralo (C.T.I.) D. Antonio Luis Delgado García (C.G.T.)

Secretaria Dª Concepción Frade Moratinos D. Jorge Camarero Sigüenza

En Madrid, siendo las diecisiete

horas y cuarenta minutos del día diez de

marzo del año dos mil nueve, se reúnen en

el domicilio social de Altadis, S.A., c/ Eloy

Gonzalo, nº 10, las personas relacionadas

al margen, en representación de la

Dirección de Altadis y de la Comisión

Sindical de Empresa, a los efectos de

concluir el periodo de consultas del

Expediente de Regulación de Empleo

propuesto por la Empresa.

Abierta la sesión, ambas partes dejan

constancia de que, desde septiembre de

2008, se han venido celebrando diversas

reuniones respecto a las consecuencias que

tienen para los trabajadores el plan de

reestructuración presentado por la Empresa

el 19 de junio de 2.008, para buscar

fórmulas objetivas de redistribución del

empleo que permanece y del nuevo que se

crea en los centros fabriles de Cantabria y

Logroño, entre la Dirección de Altadis y la

Comisión Sindical de Empresa.

De dichas reuniones, celebradas los

días 16 y 17 de septiembre, 8, 15, 22 y 23

de octubre, 12 y 25 de noviembre, 9 de

diciembre, todas ellas del año 2008, 8, 13, 14, 15, 20 y 21 de enero, 3, 10, 12, 17 y 25 de

febrero de 2009, se han levantado Actas, cuyo contenido ambas partes, en este acto ratifican.

Tras producirse un intercambio de opiniones entre las partes, se alcanza con el voto

favorable de U.G.T. -4-, CC.OO. -4- y C.T.I. -2-, y el voto negativo de C.G.T. -2-, los siguientes

ACUERDOS

1º. Validar como periodo de consulta, a efectos de lo establecido en el artículo 51.5 del Texto

Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, las reuniones celebradas entre las

partes durante el periodo comprendido entre el 16 de septiembre de 2008 y el 25 de febrero

de 2009.

2º. Dar por finalizado con acuerdo, por la mayoría de las las partes, el periodo de consultas del

Expediente de Regulación de Empleo, iniciado por Altadis el día 5 de marzo de 2009.

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3º. Establecer las condiciones para la aplicación del E.R.E. en los términos que se indican en el

documento que se adjunta a la presente acta.

4º. Remitir la presente Acta de Acuerdo, junto con el documento adjunto, a la Autoridad

Laboral a fin de que considere el periodo de Consultas concluido con la modalidad de

“CON ACUERDO”, a los efectos previstos en el artículo 51.5 del Estatuto de los

Trabajadores, con objeto de que los trabajadores que se acojan a las medidas de extinción

del contrato propuestas en el Expediente sean declarados en situación legal de desempleo, a

efectos de poder percibir las prestaciones de desempleo contributivo y asistencial.

Siendo las dieciocho horas y cuarenta minutos, se da por finalizada la sesión,

redactándose la presente acta en el lugar y fecha anteriormente indicados, y que firman todos

los presentes.