acta de sesiÓn extraordinaria nÚmero...

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- - - ACTA DE SESIÓN NÚMERO SESENTA Y CUATRO (64) DE CARÁCTER EXTRAORDINARIA.- En la Ciudad de Guaymas, Sonora, siendo las Diez Horas del día Jueves Doce de Marzo de dos Mil Quince, se reunió el H. Ayuntamiento del Municipio de Guaymas, Sonora, para celebrar Sesión Extraordinaria, con fundamento en los artículos 50, 51, 52, 54 y demás relativos y aplicables de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, 32, 34, 35, 37, 38 y demás relativos y aplicables del Reglamento Interior del Ayuntamiento del Municipio de Guaymas, en el recinto oficial, bajo el siguiente orden del día: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 1. LISTA DE ASISTENCIA Y DECLARATORIA DEL QUÓRUM LEGAL. - - - - - 2. ASUNTO REFERENTE A LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA DE SESIÓN NÚMERO 63 DE CARÁCTER ORDINARIA DE FECHA 16 DE FEBRERO DE DOS MIL QUINCE. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 3. ASUNTO RELATIVO A INFORME DE TERMINO DE LICENCIAS DE SÍNDICO DEL AYUNTAMIENTO Y REGIDORES. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 4. ASUNTO REFERENTE A SOLICITUD DE LICENCIA POR PARTE DEL C. REGIDOR JESÚS SALVADOR FAJARDO VALENZUELA. - - - - - - - - - - - - 5. ASUNTO RELATIVO A CONVENIO CON EL CENTRO DE EVALUACIÓN Y CONFIANZA DEL ESTADO DE SONORA. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 6. ASUNTO REFERENTE A PROYECTO DEL ACUERDO DEL AYUNTAMIENTO QUE FIJA LAS BASES PARA LA ENTREGA- RECEPCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL 2012-2015. 7. ASUNTO REFERENTE A SOMETER A LA CONSIDERACIÓN DEL H. AYUNTAMIENTO EL OTORGAMIENTO DE PODER GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS A LOS CC. FRANCISCO JAVIER CARRASCO VALENZUELA Y MAURICIO ARTURO NUÑEZ LOZADA; ASÍ COMO LA DESIGNACIÓN DEL FUNCIONARIO QUE DEBERÁ CONCURRIR ANTE NOTARIO PARA SU PROTOCOLIZACIÓN. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 8. ASUNTO RELATIVO A CONVENIO DE COLABORACIÓN A CELEBRAR CON EL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 9. ASUNTO RELATIVO A SOLICITUD DE SINDICATURA MUNICIPAL. - - - - - 10. CLAUSURA DE LA SESIÓN. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Con el objeto de dar cumplimiento al artículo 81, fracción VII, del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Guaymas, y dar inicio formal a la presente Sesión Extraordinaria; en cumplimiento al Primer Punto del Orden del Día, el C. Presidente Municipal LIC. OTTO GUILLERMO CLAUSSEN IBERRI otorgó el uso de la palabra al LIC. RAMÓN LEYVA MONTOYA, Secretario del Ayuntamiento, para que se sirviera pasar lista de asistencia, constatándose y declarándose la existencia de quórum legal al estar presentes la Mayoría de los integrantes del Cuerpo Edilicio. Acto seguido, el C. Presidente Municipal, de conformidad con el artículo 81, fracción VII, del Reglamento Interior del Ayuntamiento del Municipio de Guaymas, en punto de las Diez Horas con Veinte Minutos, declaró instalada y abierta la Sesión. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Estuvieron presentes en la sesión el C. PRESIDENTE MUNICIPAL OTTO GUILLERMO CLAUSSEN IBERRI, LA SÍNDICO DEL AYUNTAMIENTO FRANCISCA SILVA ROMERO Y LOS CC. REGIDORES: ARTURO ESCALANTE HUERTA, ANGELICA GARCÍA TORRES, ROBERTO ROMANO TERRAZAS, MARTHA ELENA ORTEGA BLANCAS, ARIEL GASTELÚM VILLASANA, JESUS SALVADOR FAJARDO VALENZUELA, JOSÉ MANUEL GUTIERREZ ALMODOVAR, MARTÍN GARCÍA ESPINOZA, ALBA ARACELI SOTO MARTÍNEZ, LORENZO CALVILLO DE LUCAS, GUADALUPE OZUNA COTA, GUILLERMO JUAN RAMIREZ SALGADO, IRAZEMA RAMIREZ SOBERANES, LINO MARTÍN RUÍZ CORONEL, PRUDENCIA ALCANTAR ENCINAS, JAZMIN GUADALUPE

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- - - ACTA DE SESIÓN NÚMERO SESENTA Y CUATRO (64) DE CARÁCTER EXTRAORDINARIA.- En la Ciudad de Guaymas, Sonora, siendo las Diez Horas del día Jueves Doce de Marzo de dos Mil Quince, se reunió el H. Ayuntamiento del Municipio de Guaymas, Sonora, para celebrar Sesión Extraordinaria, con fundamento en los artículos 50, 51, 52, 54 y demás relativos y aplicables de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, 32, 34, 35, 37, 38 y demás relativos y aplicables del Reglamento Interior del Ayuntamiento del Municipio de Guaymas, en el recinto oficial, bajo el siguiente orden del día: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

1. LISTA DE ASISTENCIA Y DECLARATORIA DEL QUÓRUM LEGAL. - - - - - 2. ASUNTO REFERENTE A LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA DE

SESIÓN NÚMERO 63 DE CARÁCTER ORDINARIA DE FECHA 16 DE FEBRERO DE DOS MIL QUINCE. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

3. ASUNTO RELATIVO A INFORME DE TERMINO DE LICENCIAS DE SÍNDICO DEL AYUNTAMIENTO Y REGIDORES. - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

4. ASUNTO REFERENTE A SOLICITUD DE LICENCIA POR PARTE DEL C. REGIDOR JESÚS SALVADOR FAJARDO VALENZUELA. - - - - - - - - - - - -

5. ASUNTO RELATIVO A CONVENIO CON EL CENTRO DE EVALUACIÓN Y CONFIANZA DEL ESTADO DE SONORA. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

6. ASUNTO REFERENTE A PROYECTO DEL ACUERDO DEL AYUNTAMIENTO QUE FIJA LAS BASES PARA LA ENTREGA-RECEPCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL 2012-2015.

7. ASUNTO REFERENTE A SOMETER A LA CONSIDERACIÓN DEL H. AYUNTAMIENTO EL OTORGAMIENTO DE PODER GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS A LOS CC. FRANCISCO JAVIER CARRASCO VALENZUELA Y MAURICIO ARTURO NUÑEZ LOZADA; ASÍ COMO LA DESIGNACIÓN DEL FUNCIONARIO QUE DEBERÁ CONCURRIR ANTE NOTARIO PARA SU PROTOCOLIZACIÓN. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

8. ASUNTO RELATIVO A CONVENIO DE COLABORACIÓN A CELEBRAR CON EL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

9. ASUNTO RELATIVO A SOLICITUD DE SINDICATURA MUNICIPAL. - - - - - 10. CLAUSURA DE LA SESIÓN. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

- - - Con el objeto de dar cumplimiento al artículo 81, fracción VII, del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Guaymas, y dar inicio formal a la presente Sesión Extraordinaria; en cumplimiento al Primer Punto del Orden del Día, el C. Presidente Municipal LIC. OTTO GUILLERMO CLAUSSEN IBERRI otorgó el uso de la palabra al LIC. RAMÓN LEYVA MONTOYA, Secretario del Ayuntamiento, para que se sirviera pasar lista de asistencia, constatándose y declarándose la existencia de quórum legal al estar presentes la Mayoría de los integrantes del Cuerpo Edilicio. Acto seguido, el C. Presidente Municipal, de conformidad con el artículo 81, fracción VII, del Reglamento Interior del Ayuntamiento del Municipio de Guaymas, en punto de las Diez Horas con Veinte Minutos, declaró instalada y abierta la Sesión. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Estuvieron presentes en la sesión el C. PRESIDENTE MUNICIPAL OTTO GUILLERMO CLAUSSEN IBERRI, LA SÍNDICO DEL AYUNTAMIENTO FRANCISCA SILVA ROMERO Y LOS CC. REGIDORES: ARTURO ESCALANTE HUERTA, ANGELICA GARCÍA TORRES, ROBERTO ROMANO TERRAZAS, MARTHA ELENA ORTEGA BLANCAS, ARIEL GASTELÚM VILLASANA, JESUS SALVADOR FAJARDO VALENZUELA, JOSÉ MANUEL GUTIERREZ ALMODOVAR, MARTÍN GARCÍA ESPINOZA, ALBA ARACELI SOTO MARTÍNEZ, LORENZO CALVILLO DE LUCAS, GUADALUPE OZUNA COTA, GUILLERMO JUAN RAMIREZ SALGADO, IRAZEMA RAMIREZ SOBERANES, LINO MARTÍN RUÍZ CORONEL, PRUDENCIA ALCANTAR ENCINAS, JAZMIN GUADALUPE

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GÓMEZ LIZÁRRAGA, LIBRADO NAVARRO JIMENEZ, CIRO PIÑA AHUMADA y el C. Secretario del Ayuntamiento, RAMÓN LEYVA MONTOYA. - - - - - - -- -- - - - - - - - En cumplimiento del Punto Dos del Orden del Día, relativo a lectura y aprobación del Acta de Sesión Número Sesenta y Tres de carácter Ordinaria de fecha Dieciséis de Febrero de Dos Mil Quince en uso de la voz el C. Presidente Municipal LIC. OTTO GUILLERMO CLAUSSEN IBERRI comentó: “En relación a este punto y para dar cumplimiento a lo establecido en los Artículos 41 y 81 Fracción VII del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Guaymas, solicito a este Cuerpo Colegiado la dispensa de la lectura del Acta de Sesión Número Sesenta y Tres de carácter Ordinaria de fecha Dieciséis de Febrero de Dos Mil Quince, de la cual se entregó un ejemplar en copia fotostática.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Acto Seguido, el C. Presidente Municipal LIC. OTTO GUILLERMO CLAUSSEN IBERRI sometió a consideración del Cuerpo Colegiado la dispensa de la lectura del Acta de Sesión Número Sesenta y Tres de carácter Ordinaria de fecha Dieciséis de Febrero de Dos Mil Quince, llegándose al siguiente punto de acuerdo: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO 1.- Es de aprobarse y se aprueba por Unanimidad con Veinte votos presentes la dispensa de la lectura del Acta de Sesión Número Sesenta y Tres de carácter Ordinaria de fecha Dieciséis de Febrero de Dos Mil Quince. - - - - - - - Acto Seguido, el C. Presidente Municipal LIC. OTTO GUILLERMO CLAUSSEN IBERRI sometió a consideración del Cuerpo Colegiado el Acta de Sesión Número Sesenta y Tres de carácter Ordinaria de fecha Dieciséis de Febrero de Dos Mil Quince, llegándose al siguiente punto de acuerdo: - - - - - - - - - - - - ACUERDO 2.- Es de aprobarse y se aprueba por Mayoría con Diecinueve votos presentes el Acta de Sesión Número Sesenta y Tres de carácter Ordinaria de fecha Dieciséis de Febrero de Dos Mil Quince; ordenándose su firma y publicación en su parte relativa. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Contándose con una abstención de la C. Regidora ALBA ARACELI SOTO MARTÍNEZ. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En cumplimiento del Punto Tres del Orden del Día, asunto relativo a informe de termino de licencias de Síndico del Ayuntamiento y Regidores. En uso de la voz el C. Presidente Municipal LIC. OTTO GUILLERMO CLAUSSEN IBERRI comentó: “Como es de su conocimiento la C. Síndico Municipal Oralia Sánchez Hernández y los CC. Regidores Alma Mireya Acuña Gómez, Karla Córdova González y Luis Felipe Valenzuela Vielledent solicitaron licencia para ausentarse de sus cargos, mismas que están próximas a vencerse por lo que hago de su conocimiento y en especial de quienes asumieron la responsabilidad a manera de suplencia, ello con la finalidad de que se lleven a cabo los actos necesarios entre suplente y propietario para que estos últimos continúen con sus responsabilidades y el cargo que les fue conferido, esto una vez concluido el término de la licencia sin mayor trámite; lo anterior es meramente informativo y con el fin de que quede asentado en actas por lo que se ordena a la Secretaría del Ayuntamiento de cuenta de lo anterior.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En cumplimiento del Punto Cuatro del Orden del Día, relativo a solicitud por parte del C. Regidor Jesús Salvador Fajardo Valenzuela, de Licencia para separarse del ejercicio de su cargo como regidor propietario del H. Ayuntamiento Guaymas, Sonora, por un periodo de 30 días, a partir del día 12 de marzo de 2015; así mismo, calificación de la causa y aprobación de la licencia respectiva; para el desahogo de este punto el C. Presidente Municipal LIC. OTTO GUILLERMO CLAUSSEN IBERRI otorgó el uso de la voz al C. Regidor Jesús Salvador Fajardo Valenzuela. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En uso de la voz el C. Regidor JESÚS SALVADOR FAJARDO VALENZUELA comentó: “Todos tienen en sus manos la solicitud que espero se acepte, si quieren

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saber los motivos no tengo empacho, me integro de lleno a un proyecto de un amigo mío y quiero tener todo el tiempo suficiente y libre y que no haya cuestionamientos por pertenecer al Cabildo y estar haciendo labores propias de una campaña.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En uso de la voz el C. Regidor LIBRADO NAVARRO JIMÉNEZ comentó: “ ¿Qué proyecto? Y ¿Qué amigo?. “- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En uso de la voz el C. Regidor JESÚS SALVADOR FAJARDO VALENZUELA comentó: “Tenemos un candidato en nuestro partido el Doctor León Perea y me integro a su equipo, es todo lo que les puedo decir, amén de agradecer a ti principalmente Presidente que me hayas dejado participar en tu gestión y a todos los compañeros Regidores y decirles que me voy muy satisfecho principalmente por haberlos conocido, a quienes no conocía mucho, la convivencia el trato, les agradezco y es cuanto les puedo decir.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En uso de la voz el C. Presidente Municipal LIC. OTTO GUILLERMO CLAUSSEN IBERRI comentó: “¿Alguien más que no esté de acuerdo?, tienes que convencernos, los argumentos no son tan solidos como yo lo pensaba, creo que necesitamos conocer un poco más los motivos.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En uso de la voz el C. Regidor JESÚS SALVADOR FAJARDO VALENZUELA comentó: “Es el principal y a mi juicio lo considero más que suficiente.” - - - - - - - - - - - En uso de la voz el C. Regidor LIBRADO NAVARRO JIMÉNEZ comentó: “Si el Regidor se ausenta, deja la puerta abierta para que Usted pida permiso y el buen amigo Roberto Romano, así era como estaba el proyecto de Ustedes.” - - - - - - - - - - - En uso de la voz el C. Presidente Municipal LIC. OTTO GUILLERMO CLAUSSEN IBERRI comentó: “Fue muy interesante trabajar contigo, creo que todos estamos contentos con tu trabajo siempre con el ánimo de servir a tu Municipio de ayudar a tus compañeros de servir, solidario, siempre atento y lo más importante por los intereses del Municipio y te agradecemos la paciencia, la prudencia y tu tiempo y vamos a tener un compañero con todas las cualidades que requiere una personalidad como un Regidor y decirte que somos amigos, estamos todos contigo en tu proyecto, no se algunos Regidores y pues que te vaya muy bien aquí vamos a estar, si quieres regresar en treinta días eres bienvenido.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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- - - Acto seguido, el C. Presidente Municipal sometió a consideración del Ayuntamiento la solicitud antes presentada, llegándose al siguiente punto de acuerdo: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO 3.- Es de aprobarse y se aprueba por Unanimidad con Veinte votos presentes la solicitud presentada por el C. Regidor Propietario, JESÚS SALVADOR FAJARDO VALENZUELA en los términos siguientes: - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO.- Se califica la causa o motivo de la Licencia como justificada y procedente, por lo que este Ayuntamiento otorga Licencia al C. Regidor Propietario, JESÚS SALVADOR FAJARDO VALENZUELA para separarse del ejercicio de su cargo como Regidor Propietario del H. Ayuntamiento de Guaymas, Sonora, lo anterior a partir del 12 de marzo del año en curso; lo anterior, en términos de los artículos 136, fracción Trigésima de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora, 166, primer y tercer párrafo, 169, 170, primer párrafo, y demás relativos y aplicables, de la Ley de Gobierno y Administración Municipal para el Estado de Sonora.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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- - - SEGUNDO.- Se ordena dar aviso al Honorable Congreso del Estado de Sonora. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En uso de la voz el C. Presidente Municipal LIC OTTO GUILLERMO CLAUSSEN IBERRI comentó: “Una vez aprobada la Licencia del C. Regidor Jesús Salvador Fajardo Valenzuela hace necesario se incorpore el Regidor Suplente del Regidor que hoy goza de licencia, siendo el C. Luis Morales Serna, tal y como se desprende del oficio número CEE/PRESI-1186/2012 de fecha 6 de septiembre de 2012, suscrito por el Consejero Presidente del Consejo Estatal Electoral, en el cual informa como quedo formado el Ayuntamiento del Municipio de Guaymas para el periodo 2012-2015. Expuesto lo anterior, y en cumplimiento del artículo 166, último párrafo, de la Ley de Gobierno y Administración Municipal,133, último párrafo, y 157 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora; solicito a este Cuerpo Colegiado se autorice al suscrito Presidente Municipal a tomar la Protesta de Ley Constitucional correspondiente al C. Luis Morales Serna, al cargo de Regidor Propietario del Ayuntamiento del Municipio de Guaymas, Sonora, ante la presencia del Cuerpo Edilicio, para ejercer las funciones inherentes al cargo, específicamente por el período de la licencia otorgada por este Ayuntamiento.” - - - - - - Acto seguido, el C. Presidente Municipal solicito al Cuerpo Colegiado, se autorice tomar la Protesta de Ley correspondiente al C. LUIS MORALES SERNA, en los términos antes expuestos, llegándose al siguiente punto de acuerdo: - - - - - - - - ACUERDO 4.- Es de aprobarse y se aprueba por Unanimidad con veinte votos presentes la solicitud antes expuesta, en los términos que a continuación se detalla: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ÚNICO.- Se autoriza al Ciudadano Presidente Municipal de Guaymas, Sonora, LIC. OTTO GUILLERMO CLAUSSEN IBERRI a tomar la Protesta de Ley Constitucional correspondiente, en términos del artículo 157 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora, al C. LUIS MORALES SERNA, del cargo de Regidor Propietario del Ayuntamiento del Municipio de Guaymas, Sonora, ante la presencia del Ayuntamiento en Pleno, para ejercer las funciones inherentes al cargo, por el período de la Licencia otorgada al C. Regidor Propietario JESÚS SALVADOR FAJARDO VALENZUELA. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Acto seguido, en base al Acuerdo anterior, el C. Presidente Municipal, LIC. OTTO GUILLERMO CLAUSSEN IBERRI, tomó la Protesta de Ley respectiva al C. LUIS MORALES SERNA, en la forma que a continuación se detalla: - - - - - - - - - - - - - Ciudadano: LUIS MORALES SERNA. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

- - - “¿Protestáis guardar y hacer guardar la Constitución de los Estados Unidos

Mexicanos, la Constitución del Estado, las leyes que de ellas emanen, y cumplir leal y patrióticamente el cargo de REGIDOR PROPIETARIO DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE GUAYMAS, SONORA que el pueblo os ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Nación, del Estado y del Municipio?”. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A lo que el C. LUIS MORALES SERNA contesto: “SI PROTESTO”, y de nuevo en uso de la voz el C. Presidente Municipal, LIC. OTTO GUILLERMO CLAUSSEN IBERRI, dijo: “Si no lo hiciereis así que la Nación, el Estado y el Municipio de Guaymas os lo demanden.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Se hace constar que se integra a la presente Sesión el C. LUIS MORALES SERNA como Regidor Propietario. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En cumplimiento del Punto Cinco del Orden del Día, asunto relativo a Convenio con el Centro de Evaluación y Confianza del Estado de Sonora. - - - - - - - - - Acto seguido el C. Presidente Municipal LIC. OTTO GUILLERMO CLAUSSEN IBERRI sometió a consideración del Cuerpo Colegiado la dispensa de la lectura del Convenio con el Centro de Evaluación y Confianza del Estado de Sonora; llegándose al siguiente punto de acuerdo.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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- - - ACUERDO 5.- Es de aprobarse y se aprueba por Unanimidad con Veinte votos presentes la dispensa de la lectura del Convenio con el Centro de Evaluación y Confianza del Estado de Sonora, mismo que se inserta íntegramente en la presente acta. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA CELEBRAN POR UNA PARTE, EL CENTRO DE EVALUACIÓN Y CONTROL DE CONFIANZA DEL ESTADO DE SONORA REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C.P. FRANCISCO ALBERTO VELASCO NUÑEZ, DIRECTOR GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL, ASISTIDO POR EL ING. JESUS OMAR CAMORLINGA MEZA, SECRETARIO TÉCNICO, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ “EL CECC”, Y POR LA OTRA, EL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE ______________, SONORA, REPRESENTADO POR SU PRESIDENTE MUNICIPAL, EL C. ____________________ Y EL SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, C._____________, ASISTIDOS POR EL C. __________________, EN LO SUCESIVO “EL AYUNTAMIENTO”; CON EL FIN DE LLEVAR A CABO LA EVALUACIÓN Y CONTROL DE CONFIANZA DE ELEMENTOS EN ACTIVO Y DE NUEVO INGRESO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PÚBLICA MUNICIPAL AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

A N T E C E D E N T E S

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone en su artículo 21 párrafos noveno y décimo, entre otras cosas, que la Seguridad Pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas en los términos de la Ley, en las respectivas competencias que la propia Constitución prevé. Que el 2 de enero de 2009, se promulgó la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en la que se establece regular la integración, organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Pública, así como establecer la distribución de competencias y las bases de coordinación entre la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, en materia de Seguridad Pública. Que el Secretariado Ejecutivo es el órgano operativo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y gozará de autonomía técnica, de gestión y presupuestal. Contará con los Centros Nacionales de Información, de Prevención del Delito y Participación Ciudadana, así como de Certificación y Acreditación. El Titular del Ejecutivo Federal expedirá el Reglamento del Secretariado, que establecerá las atribuciones y articulación de estos Centros. Que corresponde al Centro Nacional de Certificación y Acreditación, verificar que los centros de evaluación y control de confianza de la Federación, Estados y Distrito Federal, realizan sus funciones de conformidad con las normas técnicas y estándares mínimos en materia de evaluación y control de confianza de los servidores públicos de las Instituciones de Seguridad Pública. Que el Centro Nacional de Certificación y Acreditación mediante oficio número SESNSP/CNCA/153/2011, de fecha 03 de febrero de 2011, certificó a “EL CECC” los procesos de evaluación de control de confianza, así mismo, mediante oficio número SESNSP/CNCA/1038/2011, de fecha 23 de junio de 2011, expidió constancia que acredita a “EL CECC”, certificando que los procesos de evaluación y control de confianza están estructurados y tienen aplicación en apego al Modelo Nacional, lineamientos, criterios, y demás normativa emitida por el Centro Nacional, misma que fue renovada vía oficio SESNSP/CNCAA/1176/2013, de fecha 22 de mayo de 2013, con una vigencia de dos años a partir del 24 de junio de 2013.

Que la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, establece que los Centros de Evaluación y Control de Confianza estatales, aplicarán los procedimientos de evaluación y control de confianza conforme a los criterios expedidos por el Centro Nacional de Certificación y Acreditación, tanto en los procesos de selección de aspirantes, como en la evaluación para la permanencia, el desarrollo y la promoción de los integrantes de las Instituciones de Seguridad Pública. Que “EL CECC” y “EL AYUNTAMIENTO”, conforme a lo dispuesto en el artículo 42 fracción I y IV de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora, artículos 4 fracciones I y XI, 10 fracción I del Decreto que crea un Organismo Público Descentralizado denominado Centro de Evaluación y Control de Confianza del Estado, así como en lo dispuesto en los artículos 61 fracción II, inciso F), 64 y 65 fracción V,

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de la Ley de Gobierno y Administración Municipal; han acordado celebrar el presente convenio, conforme a las siguientes declaraciones y cláusulas:

D E C L A R A C I O N E S I. Declara “EL CECC”: I.1. Que es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Estatal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con lo establecido por el artículo 1 del Decreto que crea un Organismo Público Descentralizado de Carácter Estatal Denominado Centro de Evaluación y Control de Confianza del Estado. B.O. No. 19, sección V, de fecha 08 de marzo de 2010. I.2. Que de conformidad con el artículo 2 del mencionado Decreto el Centro de Evaluación y Control de Confianza tiene por objeto, entre otros, realizar las evaluaciones de control de confianza a los integrantes de las instituciones de Seguridad Pública y privada, estatal y municipal.

I.3. Que el C.P. FRANCISCO ALBERTO VELASCO NÚÑEZ, acredita su carácter de Director General del Centro de Evaluación y Control de Confianza del Estado de Sonora, con nombramiento expedido por el C. Gobernador Constitucional del Estado, de fecha 21 de abril de 2010; y tiene facultades para suscribir el presente convenio de conformidad con el artículo 10 fracción I del Decreto al que se hace mención en el punto I.1. I.4. Que tiene establecido su domicilio en Paseo Río Sonora número 180 norte, casi esquina con calle Comonfort, colonia Villa de Seris, código postal 83280, en esta ciudad de Hermosillo, Sonora, mismo que señala para los fines y efectos legales que se produzcan por la suscripción del presente instrumento contractual. I.5. Que su Registro Federal de Contribuyentes en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público es: CEC100309JJA. II. Declara “EL AYUNTAMIENTO”: II.1. Que de acuerdo al artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Municipios como personas de derecho público están investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio de acuerdo a lo que determine la Ley, teniendo facultades para convenir y obligarse, así como para coordinarse con los Gobiernos Federal y Estatal en la integración de acciones que tiendan a su desarrollo. II.2. Que es un Cuerpo Colegiado que administra y gobierna el Municipio de ____________, Sonora de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la del Estado Libre y Soberano de Sonora y la Ley de Gobierno y Administración Municipal. II.3. Que de conformidad con el artículo 64 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal el Presidente Municipal es el responsable de ejecutar las decisiones del Ayuntamiento, en su carácter de representante legal. II.4. Que para el estudio, planeación y despacho de los diversos ramos de la Administración Pública Municipal, el Ayuntamiento se auxilia entre otras Dependencias, de la Dirección de Seguridad Pública Municipal, la cual tiene como funciones entre otras, asegurar, mantener o restablecer, el orden y la tranquilidad públicos protegiendo los intereses de la sociedad, así como establecer las estrategias y prioridades para alcanzar los objetivos de la función de Seguridad Pública. II.5. Que para cumplir con lo establecido en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en relación a la formación de los elementos encargados de la Seguridad Pública del Municipio, requiere de la evaluación y control de confianza de _____ elementos. II.6. Que con fundamento en lo dispuesto en el artículo 65 Fracción V de la Ley de Gobierno y Administración Municipal y el Acta número 1 de Sesión Solemne del H. Ayuntamiento de fecha 16 de Septiembre de 2012, el C. ___________, Presidente Municipal, se encuentra facultado para celebrar a nombre del Ayuntamiento, convenios, contratos y todos los actos necesarios para el despacho de los asuntos administrativos.

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II.7. Que con fecha _____ en Sesión _________ de Cabildo, Acta ___, acuerdo ___, se aprobó la celebración y suscripción del presente Convenio, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 61 fracción II, inciso F) de la Ley de Gobierno y Administración Municipal. II.8. Que con fecha ______ de ___________ de ________, se conformó la Comisión de Honor, Justicia y Promoción del Municipio de ________________, la cual con fundamento en los artículos 161 y 162 de la Ley No. 161 de Seguridad Pública para el Estado de Sonora, se encuentra facultada para examinar a los miembros de la Institución Policial, sus expedientes y hojas de servicios. II.9. Que para los efectos del presente Convenio señala como domicilio legal el ubicado en Palacio Municipal, sito en ______________, en la Ciudad de _______________, Sonora.

C L Á U S U L A S PRIMERA.- El objeto del presente convenio es el de llevar a cabo la evaluación de control de confianza a elementos de la Dirección General de Seguridad Pública Municipal en activo y de nuevo ingreso, por el periodo comprendido del mes de enero al mes de diciembre del 2015 y de acuerdo al programa de evaluaciones que como Anexo 1, debidamente firmado por los intervinientes, forma parte integrante del presente instrumento. SEGUNDA.- Para el cumplimiento del objeto señalado en la cláusula anterior y de conformidad a lo establecido en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública así como en la legislación estatal vigente y de acuerdo a la normatividad emitida por el Centro Nacional de Certificación y Acreditación, “EL CECC” aplicará las evaluaciones de control de confianza. TERCERA.- Para los efectos del presente convenio, “EL AYUNTAMIENTO” se compromete a: 1. Enviar el universo total de elementos en activo y de nuevo ingreso a evaluar a efecto de que “EL CECC” tenga conocimiento preciso de esta cifra, y se encuentre en condiciones de realizar programaciones anuales, de acuerdo a los tiempos establecidos en la legislación estatal vigente. 2. Elaborar y presentar el archivo electrónico integral de solicitud en adelante “ARELIS” de los ____ elementos en activo y de nuevo ingreso, conforme al procedimiento que establezca “EL CECC” para la evaluación y control de confianza, misma solicitud que deberá formularse mediante el “llenado” de todos los datos que contiene el formato, mismo que se incluye como Anexo 2, para formar parte del presente convenio. El “ARELIS” deberá enviarse a “EL CECC” en forma electrónica a través de la página web habilitada, en su caso, para el municipio o a través del correo electrónico [email protected], y una vez que cuente con el visto bueno de “EL CECC”, deberá enviarlo impreso mediante oficio de estilo, con el listado de los elementos a evaluar. La solicitud “ARELIS” deberá enviarse vía electrónica debidamente digitalizada (escaneada), así como en forma impresa, junto con la documentación descrita en el Anexo 3, en caso de ser Nuevo Ingreso, o junto con el Anexo 4, en caso de ser permanencia (elemento activo), que firmada por las partes forma parte integral del presente convenio. 3. Es requisito indispensable enviar los “ARELIS” a “EL CECC” por lo menos con tres semanas de anticipación a la fecha de programación señalada en el programa de evaluaciones (Anexo 1). En el entendido de que no será aceptado sino se envía con la documentación completa que se solicita en el anexo 3 o 4, según sea el caso (nuevo Ingreso o elemento activo). 4. Pagar por adelantado la cuota de recuperación que será de $5,000.00 (Cinco Mil Pesos 00/100 M.N.), por cada evaluación de control de confianza, lo cual se deberá acreditar con la ficha de depósito o transferencia electrónica. 5. Por razones de seguridad a otorgar las unidades necesarias junto con un elemento de seguridad para acompañar al evaluador a realizar las visitas domiciliarias, en caso de que no sea posible proporcionar unidad, se compromete a facilitar un elemento que acompañe al evaluador. 6. Notificar al evaluado la fecha(s) de la evaluación de control de confianza, recabando nombre, firma, fecha y hora de notificación e inmediatamente enviar copia a “EL CECC”.

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7. Notificar a “EL CECC” en un plazo no menor de 5 días hábiles, la modificación o cancelación de la evaluación de algún servidor público, ya que en caso contrario, se generará un costo de $1,500.00 (Son: Mil Quinientos Pesos 00/100 M.N.) por concepto de penalización por inasistencia a su evaluación. 8. Dar seguimiento individual a los evaluados respecto de las recomendaciones y/o restricciones emitidas como resultado de la evaluación e informar trimestralmente a “EL CECC”. 9. Informar trimestralmente a “EL CECC” el estatus que guarda el personal que no aprobó las Evaluaciones de Control de Confianza. 10. Registrar en el Sistema Integral de Armamento y Personal de Sonora (SIAPS) las altas y bajas de los elementos adscritos a la Institución de Seguridad Pública Municipal. CUARTA.- Por su parte “EL CECC” se compromete a: 1. Realizar las evaluaciones de control de confianza a _______elementos en activo y de nuevo ingreso de la Dirección General de Seguridad Pública Municipal, observando los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo y honradez y conforme a los criterios expedidos por el Centro Nacional de Certificación y Acreditación. 2. Que el evaluado reciba la información de manera clara y oportuna, es decir, previo al inicio de la evaluación se le indique el procedimiento de desarrollo, características y duración. 3. Que la documentación e información que proporcionen se maneje con discreción y confidencialidad, a través de un sistema de registro y control, que permite preservar el resguardo de los expedientes, salvo las excepciones previstas en la normatividad vigente. 4. Para el caso de la práctica de las evaluaciones médicas, el evaluado recibirá el servicio con el equipo adecuado y el instrumental nuevo o, esterilizado, según sea el caso. 5. Informar a las autoridades competentes sobre los resultados de las evaluaciones que practique. Los cuáles serán notificados a los Titulares de las Instituciones de Seguridad Pública por el CECC, a través del enlace designado, con las debidas medidas de seguridad, es decir, en sobre cerrado y sellado. En su caso, también se notificarán las restricciones, observaciones o áreas de mejora propuestas por el CECC, las cuales solamente se harán del conocimiento de los Titulares de las Instituciones de Seguridad Pública, a efecto de que implementen el seguimiento correspondiente. 6. Expedir la factura correspondiente por el pago de las evaluaciones realizadas, una vez que haya sido efectuado el pago. QUINTA.- “EL AYUNTAMIENTO” designará un enlace para el cumplimiento de los compromisos del presente convenio, que deberá aprobar la evaluación y control de confianza, y tendrá las siguientes facultades: 1. Solicitar a la Institución de Seguridad Pública del municipio que representa, el listado de la plantilla activa del personal a evaluar, a efecto de que “EL CECC” pueda programar o, en su caso, reprogramar la aplicación de las evaluaciones. 2. Recibir la información de “EL CECC”, referente a la programación de evaluaciones y canalizarla de manera oportuna a las áreas a las cuales se encuentran adscritos los integrantes, a fin de que se formalice la notificación de la obligación de presentarse a la aplicación de las evaluaciones y se presenten en tiempo y forma. 3. Gestionar ante el Titular de la Institución, se otorguen las facilidades a los servidores públicos que acudan al proceso de evaluación, a fin de que den cumplimiento con todas y cada una de las fases del mismo. 4. Notificar la modificación o cancelación de la evaluación de algún servidor público en un término no menor de 5 días hábiles. 5. Recibir, resguardar y entregar a quien legalmente le corresponda, los resultados de las evaluaciones y/o los certificados de control de confianza emitidos por “EL CECC”.

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6. Ser el contacto entre la institución y “EL CECC”, en todo lo relacionado a las evaluaciones de control de confianza. 7. Preservar la confidencialidad de la información que por motivo de sus funciones como “ENLACE” tenga conocimiento. Por parte de “EL CECC”, el Secretario Técnico será quien fungirá como enlace. SEXTA.- Será causa para la emisión de resultado como “No aprobado”, el hecho de que una persona notificada para presentar las evaluaciones que conforman el esquema de control de confianza, no asista o no presente todas o alguna de las etapas de dicho esquema, sin que medie causa de justificación. SÉPTIMA.- En caso de que la persona no asista a la aplicación de su evaluación sin causa justificada, no se podrá reprogramar su evaluación, en los términos de la cláusula anterior. OCTAVA.- Una vez realizadas las evaluaciones “EL CECC” informará los resultados de las mismas, en un plazo no mayor a cuatro semanas, contados a partir del último día de evaluaciones. NOVENA.- Las partes acuerdan que las determinaciones que adopte “EL AYUNTAMIENTO” en relación a los elementos de la Dirección General de Seguridad Pública Municipal derivado de los resultados de las evaluaciones de control de confianza, practicados por “EL CECC” serán responsabilidad única y exclusivamente del propio municipio, deslindándolo de cualquier responsabilidad jurídica y laboral. DÉCIMA.- Las partes acuerdan que la vigencia del presente convenio estará comprendida a partir de la fecha de su firma y concluirá el día en que “EL CECC” entregue los resultados de las evaluaciones comprendidas en el Anexo 1. DÉCIMA PRIMERA.- Ambas partes se comprometen a mantener comunicación y cooperación permanente para alcanzar la debida observancia de lo establecido en los ordenamientos jurídicos y disposiciones administrativas en materia de Seguridad Pública relacionados con la materia del presente convenio. DÉCIMA SEGUNDA.- El presente convenio podrá ser modificado o adicionado por acuerdo entre las partes. Las modificaciones o adiciones deberán constar en acuerdo escrito y formarán parte del presente instrumento mediante anexo, sin que ello implique la renovación de aquellas obligaciones que no sean objeto de modificación o adición. DÉCIMA TERCERA.- Los resultados de los procesos de evaluación y los expedientes que se formen con los mismos serán confidenciales y reservados, salvo en aquellos casos en que deban presentarse en procedimientos administrativos o judiciales y se mantendrán en reserva en los términos de las disposiciones aplicables, salvo en los casos que señala la Ley. Las partes acuerdan que respecto a los resultados que arrojen las evaluaciones y procesos de control de confianza aplicados a los evaluados, se regirán en todo momento, bajo los principios de confidencialidad, reserva y discreción. DÉCIMA CUARTA.- Los casos de los elementos en activo y de nuevo ingreso que como resultado de su proceso de evaluación de control de confianza obtenga resultado de “No aprobado”, podrán ser revisados conforme a lo establecido por “EL CECC” y de conformidad con lo estipulado por el Centro Nacional de Certificación y Acreditación, por el titular de “EL CECC” y el titular de la adscripción de Seguridad Pública del evaluado. DÉCIMA QUINTA.- El presente Convenio deriva de las disposiciones legales en materia de Seguridad Pública, establecidas en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Sonora, por lo que cualquier conflicto que se presente sobre interpretación, ejecución o cumplimiento, procurarán resolverlo de común acuerdo, y en el supuesto de que subsista discrepancia están de acuerdo en someterse expresamente a la jurisdicción de los tribunales competentes con sede en la ciudad de Hermosillo, de conformidad con lo dispuesto por la legislación aplicable vigente en el Estado de Sonora. Leído que fue el presente documento y enteradas las partes de su contenido y fuerza legal, lo firman de conformidad por triplicado en la ciudad de Hermosillo, Sonora, al día ____ del mes de ________ del 2015.

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“EL CECC”

“EL AYUNTAMIENTO”

C.P. FRANCISCO A. VELASCO NUÑEZ REPRESENTANTE LEGAL Y DIRECTOR

GENERAL

C. PRESIDENTE MUNICIPAL

ING. JESUS OMAR CAMORLINGA MEZA SECRETARIO TÉCNICO

C.

SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO

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- - - Acto seguido, el C. Presidente Municipal sometió a consideración del Ayuntamiento el Convenio con el Centro de Evaluación y Confianza del Estado de Sonora, llegándose al siguiente punto de acuerdo: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO 6.- Es de aprobarse y se aprueba por Unanimidad con Veinte votos presentes el Convenio con el Centro de Evaluación y Confianza del Estado de Sonora en los términos siguientes: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO.- Se autoriza la suscripción del Convenio de Colaboración entre el Centro de Evaluación y Confianza del Estado de Sonora y el Ayuntamiento de Guaymas; lo anterior con fundamento en el artículo 61 fracción II inciso F) de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - SEGUNDO.- Se autoriza en términos de los artículos 64 y 89, fracción VII, de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, a los CC. Presidente Municipal y Secretario del Ayuntamiento a suscribir Convenio de Colaboración con el Centro

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de Evaluación y Confianza del Estado de Sonora antes aprobado a nombre del H. Ayuntamiento de Guaymas; así como todo acto jurídico derivado del mismo. - - - - - - - En cumplimiento del Punto Seis del Orden del Día, asunto referente a proyecto del acuerdo del Ayuntamiento que fija las bases para la entrega-recepción de la Administración Pública Municipal 2012-2015. En uso de la voz el C. Presidente Municipal LIC. OTTO GUILLERMO CLAUSSEN IBERRI comentó: “Por lo antes expuesto, solicito a este cuerpo colegiado, Primero; aprobar las bases para la entrega-recepción de la presente administración municipal, en los términos del documento entregado, Segundo; se autorice al Órgano de Control y Evaluación Gubernamental del Ayuntamiento, para llevar a cabo el procedimiento necesario para su difusión y correcta aplicación a las diferentes áreas de esta administración; dependencia encargada de la coordinación del procedimiento de entrega-recepción, de acuerdo a lo establecido en los artículos 43 y 96 fracción XV de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ACUERDO DEL AYUNTAMIENTO QUE FIJA LAS BASES PARA LA ENTREGA RECEPCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

MUNICIPAL 2012 - 2015 El Ayuntamiento del Municipio de Guaymas, Sonora, en ejercicio de la facultad que le confieren las Fracciones XIII y XXVI del artículo 136 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora y con fundamento en lo establecido en los Artículos 33, 34, 46, 47, 48, 50, 61 Fracción IV, inciso G) y demás relativos de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, y

C O N S I D E R A N D O Que en virtud de la conclusión del periodo constitucional de esta Administración Municipal para el mes de Septiembre de 2015, los miembros salientes del Ayuntamiento deben rendir un informe de Entrega por escrito y que contenga el detalle de los recursos financieros, humanos y materiales, asuntos jurídicos, obras, programas y de los estados financieros, de lo que han tenido asignado para el ejercicio de sus atribuciones en su empleo, cargo o comisión, a quienes los sustituyan legalmente y que serán a los miembros entrantes del Ayuntamiento. Que el efectuar la Entrega, de los bienes que integran el Patrimonio Municipal y de los Estados Financieros relativos por parte de los miembros del Ayuntamiento saliente, a la nueva administración se realiza un acto indispensable de la gestión pública, bajo un modelo que asegure transparencia y orden en el proceso de Entrega Recepción y que sirva a su vez de orientación para el trabajo a quienes ejercerán la Administración Pública Municipal durante el período 2015 - 2018. Que este Ayuntamiento ha definido los mecanismos y procedimientos necesarios, conforme a los cuales, los titulares de las dependencias y entidades que conforman su administración pública, así como los titulares de las comisarías y delegaciones municipales, deben formular para su entrega, el inventario de los recursos que tienen asignados. Que con base en lo anterior, ha tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO DEL AYUNTAMIENTO ARTICULO 1o.- El presente Acuerdo tiene por objeto fijar las bases, conforme a las cuales los miembros salientes del Ayuntamiento, harán entrega a los miembros entrantes de todos los bienes, fondos y valores propiedad del Municipio, así como toda aquella

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documentación que debidamente ordenada, clasificada y certificada, haya sido generada en la administración municipal. ARTICULO 2°.- Una vez que la autoridad competente de a conocer quién es el Presidente electo, el Presidente en funciones se coordinará con éste para constituir una comisión de enlace integrada por funcionarios de la administración municipal y colaboradores de aquél, a efecto de que cumplan con el programa previamente establecido para la Entrega Recepción, cuando menos un mes antes de la fecha en que se realizará la instalación del Ayuntamiento electo. ARTICULO 3o.- Para los efectos de este acuerdo, se entiende por: I. Ayuntamiento: El cuerpo colegiado, deliberante y autónomo que gobierna al Municipio; II. Contraloría Municipal: Al Órgano de Control y Evaluación Gubernamental; III. Dependencias: Las señaladas en la Ley de Gobierno y Administración Municipal y en el Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal Directa del Ayuntamiento de Guaymas. IV. Entidades: Las unidades paramunicipales según su Acuerdo de Creación; V. Unidades Administrativas: Las Direcciones o su equivalente que dependen y reportan directamente a las Dependencias; VI. Titular: Al Director General de la Dependencia o Entidad. VII. Servidores Públicos: El Presidente Municipal, el Síndico, el Secretario, Directores, Coordinadores y en general toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la Administración Pública Municipal. ARTICULO 4°.- El día 16 de septiembre del año en curso, se realizará la ceremonia de Entrega Recepción previamente convocada, en el lugar y hora que acuerde el Ayuntamiento, con la asistencia de los miembros salientes de dicho Órgano Colegiado y de las personas que en los términos de Ley resultaron electas para ocupar los cargos de Presidente Municipal, Síndico y Regidores, quienes con las formalidades de Ley asumirán el ejercicio de sus funciones y se levantará el acta respectiva. ARTICULO 5o.- La entrega a que se refiere el Artículo anterior, deberá hacerse una vez terminada la ceremonia de instalación de los miembros entrantes del Ayuntamiento. Dicha entrega se hará por conducto del Presidente Municipal saliente al Presidente entrante. ARTICULO 6°.- La Entrega Recepción es un proceso administrativo de interés público, de cumplimiento obligatorio y formal que deberá llevarse a cabo por escrito mediante Acta Administrativa de Entrega Recepción, que describa el estado que guarda la Administración Pública Municipal de Guaymas, Sonora; que coadyuve a dar seguimiento y continuidad a los planes y programas establecidos, la cual se acompañará de los Anexos correspondientes en los formularios autorizados por la Contraloría Municipal. Dichos Anexos comprenderán los asuntos y recursos financieros, humanos, materiales, obras, programas, jurídicos y generales. ARTICULO 7°.- Para el cumplimiento de las disposiciones que se derivan de este Acuerdo, el titular de cada dependencia o entidad designará a un coordinador del programa de Entrega Recepción, a efecto de que este sea el encargado de llevar a cabo la planeación, organización e integración de la información y documentación al respecto. El coordinador del programa de Entrega Recepción le corresponderá proponer y acordar con el titular de la dependencia o entidad, el desarrollo y avance del programa. Este podrá apoyarse de los servidores públicos necesarios para el cumplimiento de las tareas inherentes a dicha entrega. El titular de la dependencia o entidad, así como su coordinador de Entrega Recepción, deberán asistir a las reuniones de seguimiento que sobre el particular convoque el Órgano

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de Control y Evaluación Gubernamental, con objeto de establecer la comunicación y coordinación necesarias. ARTICULO 8°.- El Órgano de Control y Evaluación Gubernamental, en el ámbito de su competencia, podrá intervenir en los procesos de Entrega Recepción en forma directa o a través de quien designe, estando facultado para: 1.- Expedir las bases, el programa cronológico necesario, y para adoptar las medidas pertinentes para el cumplimiento de este Acuerdo, mismas que de ninguna manera podrá dejar de cubrir los aspectos mínimos previstos por la Ley y el presente Acuerdo, procurando el mayor orden y transparencia en el proceso de Entrega Recepción; 2.- Coordinar e intervenir en las acciones del proceso de Entrega Recepción de la Administración Pública Municipal de Guaymas, Sonora; 3.- Vigilar el cumplimiento, interpretación y aplicación del presente Acuerdo; ARTÍCULO 9°.- Los titulares de las dependencias, entidades y unidades administrativas, deberán elaborar y presentar los informes, formatos y documentos conforme se establece en estas disposiciones, mismos que formaran parte del Acta Administrativa de Entrega Recepción, como ANEXOS. ARTÍCULO 10.- Los informes, formatos y documentos a que se refiere la disposición anterior, serán los que se indican a continuación: - Recursos Humanos FRH-01 Organigrama por Dependencia o Entidad FRH-02 Organigrama por Unidad Administrativa FRH-03 Resumen de Plazas por Unidad Administrativa FRH-04 Plantilla de Personal FRH-05 Percepciones Pendientes de Cubrir al Personal - Recursos Materiales FRM-01 Relación de Equipo de Cómputo, Mobiliario y Equipo de Oficina FRM-02 Relación de Equipo de Transporte FRM-03 Relación de Almacenes FRM-04 Relación de Maquinaria, Equipo y Herramienta FRM-05 Relación de Equipo de Telefonía y Radio Comunicación FRM-06 Relación de Leyes, Reglamentos, Libros, Boletines y demás documentos de Consulta Básica FRM-07 Relación de Archivos FRM-08 Relación de Bienes Inmuebles Propios FRM-09 Relación de Bienes Inmuebles Propios en Arrendamiento o Comodato FRM-10 Relación de Formatos Oficiales FRM-11 Relación de Manuales de Organización y Procedimientos FRM-12 Relación de Respaldos de Información FRM-13 Relación de Sistemas Computacionales FRM-14 Relación de Contratos FRM-15 Relación de Convenios y Acuerdos Celebrados - Recursos Financieros FRF-01 Balanza de Comprobación FRF-02 Estado de Situación Financiera FRF-03 Estado de Variación en la Hacienda Pública FRF-04 Estado de Cambios en la Situación Financiera FRF-05 Estado Analítico del Activo FRF-06 Estado de Actividades FRF-07 Estado de Flujo de Efectivo FRF-08 Comparativo de Ingresos Trimestrales y Acumulado

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FRF-09 Comparativo de Egresos Trimestrales y Acumulado FRF-10 Información Programática Presupuestal FRF-11 Informe Sobre la Situación de la Deuda Pública - Obras y Programas FOP-01 Obra Pública del Ejercicio 2015 Terminada y en Proceso FOP-02 Licitaciones de Obra Pública en Proceso FOP-03 Anticipos y Saldos Pendientes de cubrir a Contratistas FOP-04 Estudios y/o Proyectos terminados para Inversiones Futuras - Archivo General del Municipio FAM-01 Relación de Archivos FAM-02 Relación de Contratos FAM-03 Relación de Convenios FAM-04 Relación de Asuntos en Trámite ante autoridades, que requieren atención prioritaria. FAM-05 Relación de Archivos de la Tesorería Municipal. FAM-06 Relación de otros Archivos FAM-07 Observaciones Pendientes de Atender ante Órganos Superiores de Auditoria FAM-08 Procedimientos de Responsabilidad Administrativa en Proceso ARTÍCULO 11.- Los formatos a utilizar, deberán de llenarse de acuerdo a indicaciones proporcionadas durante el proceso de capacitación impartido por el Órgano de Control y Evaluación Gubernamental a los titulares de las dependencias y entidades. Cuando un formato no sea aplicable a la dependencia o entidad, debido a la naturaleza de sus funciones deberá indicarse en la columna de observaciones especificada en la relación de formatos del acta administrativa de entrega recepción, la leyenda de “NO APLICABLE”. ARTÍCULO 12.- A fin de satisfacer los objetivos de información para la Entrega Recepción, en el caso de que alguna dependencia, entidad, o unidad administrativa requiera utilizar un nuevo formato para cubrir necesidades específicas, deberá acordar con el Órgano de Control y Evaluación Gubernamental la definición de dicho formato. ARTÍCULO 13.- Los titulares de las dependencias, entidades y unidades administrativas, en la entrega que realice, deberán de observar lo siguiente: I.- La relación de existencias en almacén, se consignaran en Acta de Levantamiento de Inventario Físico, a la fecha de corte establecida; los movimientos de altas y bajas que en su caso se celebren con posterioridad a dicha fecha, se harán constar en un informe complementario que se agregaran al Acta respectiva. II.- Los fondos revolventes deberán ser cancelados mediante oficio dirigido a la Tesorería Municipal con copia al Órgano de Control y Evaluación Gubernamental, y en su caso, ante quien corresponda acompañando las Actas de Arqueo. Estas cancelaciones se efectuaran en la fecha en que las operaciones de las dependencias y entidades lo hagan permisible. III.- En relación a los contratos de inversión, depósitos, títulos, valores o cualquier otro instrumento que tengan celebrado con instituciones bancarias o de crédito, se deberán anexar los últimos estados de cuenta y conciliaciones respectivas. IV.- La relación de documentos y cuentas por cobrar, así como la relación de pasivos, se clasificaran con los siguientes criterios: corto plazo, aquellos que no excedan de un año, y largo plazo aquellos que excedan de un año. V.- Con relación a las obras en proceso, el avance físico y financiero, deberá efectuarse con corte al último día del mes inmediato anterior a la entrega. VI.- En relación de las percepciones pendientes de cubrir a la (s) persona (s) no contemplada (s) en nómina de pago, deberá elaborase una con corte al último período

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antes de la entrega y en informe por separado se presentarán los adeudos que tenga el personal con la dependencia o entidad. VII.- Las entidades deberán adjuntar al Anexo correspondiente a Recursos Financieros, los Estados Financieros básicos con fecha de corte al día último del mes inmediato anterior a la entrega, así como los dictámenes de los estados financieros del ejercicio anterior a la entrega, en su caso. ARTÍCULO 14.- La Comisión Mixta que supervisará el proceso de Entrega Recepción podrá solicitar ante la Contraloría Municipal la información que considere pertinente sobre el proceso y proponer los cambios o adecuaciones que considere necesarios. ARTÍCULO 15.- El Acta Administrativa, los informes, formatos y documentos deberán estar elaborados, actualizados y validados con corte al último día del mes inmediato anterior al de la entrega. En relación a los hechos que sucedan entre la fecha oficial de corte de información y el día del Acto protocolario de Entrega Recepción, los servidores públicos salientes y entrantes deberán elaborar un Acta Circunstanciada en la que se detalle la situación de los asuntos pendientes, como son: recursos financieros, humanos, materiales, obras y programas, jurídicos y generales que hayan presentado movimientos, en presencia de los testigos y la representación de la Contraloría Municipal. ARTÍCULO 16.- Cuando a juicio de quienes intervengan en la formulación del Acta Administrativa de Entrega Recepción, sea necesario hacer alguna aclaración o salvedad, tal circunstancia deberá hacerse constar al final del rubro que corresponda. ARTÍCULO 17.- La documentación señalada y el Acta Administrativa en la que se formaliza la Entrega Recepción se deberán elaborar por cuadruplicado de los cuales un ejemplar se entregara al servidor público entrante, otro al servidor público saliente, uno más al Órgano de Control y Evaluación Gubernamental del Ayuntamiento y el cuarto ejemplar para el H. Congreso del Estado de Sonora. ARTÍCULO 18.- Cualquier duda que se suscite con motivo del cumplimiento de este Acuerdo, de las disposiciones u otras aplicables a la Entrega Recepción, deberá someterse por escrito a la consideración del Órgano de Control y Evaluación Gubernamental. ARTÍCULO 19.- La verificación y validación física del contenido del Acta Administrativa de Entrega Recepción y sus Anexos por parte de los servidores públicos entrantes, deberán llevarse a cabo en un término no mayor de noventa días contados a partir de la fecha en que se llevó a cabo el Acto de Entrega Recepción, de acuerdo a lo que establece la Ley de Gobierno y Administración Municipal. ARTÍCULO 20.- Los titulares de las dependencias, entidades y unidades administrativas, deberán elaborar y presentar los informes, formatos y documentos conforme se establece en estas disposiciones, mismos que formaran parte del Acta Administrativa de Entrega Recepción, como Anexos. ARTÍCULO 21.- El presente Acuerdo para su observancia, deberá comunicarse a los titulares de las dependencias y entidades del Ayuntamiento, así como a los titulares de las Comisarías y Delegaciones del Municipio, en la inteligencia de que el incumplimiento de alguna o algunas de las disposiciones de dicho acuerdo y de las que deriven del mismo, será sancionado en los términos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y de los Municipios.

TRANSITORIOS ARTÍCULO PRIMERO.- Se derogan todas las disposiciones y ordenamientos legales que se opongan al presente Acuerdo.

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ARTICULO SEGUNDO.- Con objeto de realizar una Entrega Recepción transparente, cada uno de los actos que surjan con motivo de este Acuerdo se deberán realizar con la intervención de Notario Público o quien haga las veces en la localidad, para efectos de dar fe pública a los mismos. ARTÍCULO TERCERO.- Toda actividad relacionada con la Entrega Recepción que se realice en las dependencias, entidades y unidades administrativas de la Administración Pública Municipal, quedará sujeta a lo dispuesto en este Acuerdo a partir de su entrada en vigor. ARTÍCULO CUARTO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por el Cuerpo de Regidores del Ayuntamiento de Guaymas, Sonora.

Lic. Otto Guillermo Claussen Iberri Presidente Municipal

C. Francisca Silva Romero Síndico Municipal

Ing. Roberto Romano Terrazas Regidor

Lic. Carla Neudert Córdova Regidor

C.P. Ariel Gastélum Villasana Regidor

C. Jesús Salvador Fajardo Valenzuela Regidor

C. Carmen Yolanda Quiroz Ontiveros Regidor

C. Paloma Lizeth Del Alto Gómez Regidor

LAE. José Manuel Gutiérrez Almodóvar Regidor

C. Martín García Espinoza Regidor

C.P. Alba Araceli Soto Martínez Regidor

C. Martha Elena Ortega Blancas Regidor

Ing. Arturo Escalante Huerta Regidor

C. Angélica García Torres Regidor

C. Irazema Ramírez Soberanes Regidor

C. Guadalupe Osuna Cota Regidor

C. Lorenzo Calvillo de Lucas Regidor

C. Guillermo Juan Ramírez Regidor

C. Prudencia Alcantar Encinas Regidor

Lic. Lino Martin Ruiz Coronel Regidor

Lic. Jazmín Guadalupe Gómez Lizárraga Regidor

Lic. Librado Navarro Jiménez Regidor

C. Ciro Piña Ahumada Regidor

- - - Acto seguido, el C. Presidente Municipal sometió a consideración del Cuerpo Colegiado las propuestas antes señaladas en lo referente al Acuerdo que fija las bases para la entrega-recepción llegándose al siguiente punto de acuerdo: - - - - - - - - - ACUERDO 7.- Es de aprobarse y se aprueba por Unanimidad con Veinte votos presentes, la propuesta del C. Presidente Municipal, en los siguientes términos: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO: Se aprueban las bases para la entrega-recepción de la presente Administración Municipal, en los términos del documento antes transcrito. - - - - - - - - - SEGUNDO: Se autoriza al Órgano de Control y Evaluación Gubernamental del Ayuntamiento, para llevar a cabo el procedimiento necesario para su difusión y correcta aplicación a las diferentes áreas de esta Administración; Dependencia encargada de la coordinación del procedimiento de entrega-recepción, de acuerdo a lo establecido en los artículos 43 y 96 fracción XV de la Ley de Gobierno y Administración Municipal. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En cumplimiento del Punto Siete del Orden del Día, asunto referente a someter a la consideración del H. Ayuntamiento el otorgamiento de Poder General para pleitos y cobranzas a los CC. Francisco Javier Carrasco Valenzuela y

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Mauricio Arturo Núñez Lozada; así como la designación del funcionario que deberá concurrir ante Notario para su protocolización. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En uso de la voz el C. Regidor ARIEL GASTELUM VILLASANA comentó: “Específicamente ¿para qué es este poder para pleitos y cobranzas?.” - - - - - - - - - - - - En uso de la voz el C. Secretario del Ayuntamiento LIC. RAMÓN LEYVA MONTOYA comentó: “Es un poder que están solicitando unos abogados que nos están tramitando un juicio en la Ciudad de México que deriva de un contrato que firmó la administración anterior, se otorgó un crédito para obtener las luminarias, ahí hubo un déficit, se dejó de pagar una cantidad y se demandó al Ayuntamiento en esta administración, se contestó la demanda pero como el tramite está en la Ciudad de México es necesario estar atento de momento a momento por eso en términos de la misma Ley que nos rige se está solicitando un poder para pleitos y cobranzas.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En uso de la voz el C. Regidor ARIEL GASTELUM VILLASANA comentó: “¿Específicamente para ese caso?.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En uso de la voz el C. Secretario del Ayuntamiento LIC. RAMÓN LEYVA MONTOYA comentó: “Pues es para pleitos y cobranzas con eso pueden atender ese caso y pudieran atender cualquier otra cosa que se derive de ahí como bien puede apoyarme en ese sentido el Licenciado Regidor, de ahí se pueden derivar cuestiones de amparo y otras cuestiones que pueden ser atendidas en relación a esto.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En uso de la voz la C. Regidora JAZMÍN GUADALUPE GÓMEZ LIZARRAGA comentó: “Quiero preguntar ¿Por qué no se nos ha circulado? por escrito y especificar en qué consiste el poder que estamos otorgando y referente a que es porque cuando se trata de otorgar poderes honestamente yo no conozco estas personas que están aquí, si estamos otorgando un poder general creo que se debe de especificar, si ustedes ya tienen entendido para qué es el poder para que caso viene este acuerdo, pues creo yo que debe de estar circulado por escrito y anexado al acta porque si no caeremos en una irresponsabilidad de otorgar un poder de manera general.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En uso de la voz el C. Secretario del Ayuntamiento LIC. RAMÓN LEYVA MONTOYA comentó: “Como bien dice ahí es un poder general para pleitos y cobranzas, no se sale de esa tesitura, pleitos y cobranzas, es atender juicios, futuros cobros vía judicial, no podemos salir más allá, si ese poder fuera para algo más, estableciera actos de administración de dominio que no le conciernen, sólo contiene pleitos y cobranzas y de manera directa checamos la Ley se refiere solamente a la búsqueda de algún objetivo, en materia legal en materia de tribunal.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En uso de la voz el C. Regidor ARIEL GASTELUM VILLASANA comentó: “Yo considero que ella se confunde con la palabra general, es que se ve muy amplio pero es solo para pleitos y cobranzas.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En uso de la voz la C. Regidora JAZMÍN GUADALUPE GÓMEZ LIZARRAGA comentó: “No si entiendo perfecto que es para pleitos y cobranzas pero como lo manejan en el orden del día, pleito y cobranza, ni siquiera sabía del seguimiento que se le está dando a esa demanda, podemos entender que es para cualquier otro pleito legal del Ayuntamiento, entonces si se le va dar un poder a un Licenciado, se debe de especificar para que caso y cuál es la magnitud del alcance del poder que se le está otorgando, porque es un poder a nombre del Ayuntamiento.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En uso de la voz el C. Presidente Municipal LIC. OTTO GUILLERMO CLAUSSEN IBERRI comentó: “Es un poder únicamente con fines de representarnos en juicios.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En uso de la voz la C. Regidora JAZMÍN GUADALUPE GÓMEZ LIZARRAGA

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comentó: “Si pero esa es una información que ustedes tienen y que no se nos circula a nosotros aquí.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En uso de la voz el C. Presidente Municipal LIC. OTTO GUILLERMO CLAUSSEN IBERRI comentó: “No necesariamente que nosotros tenemos, un poder de este tipo general no se puede salir.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En uso de la voz la C. Regidora JAZMÍN GUADALUPE GÓMEZ LIZARRAGA comentó: “A lo que me refiero es que ustedes saben para que se está otorgando este poder para que caso en específico y porque situación se está otorgando, cosa que los Regidores desconocemos, por lo que creo que es importante que tratándose de un poder se debe de anexar al orden del día del Ayuntamiento y especificar ¿para que se está otorgando? y ¿cuáles son los alcances del poder?.” - - - En uso de la voz el C. Presidente Municipal LIC. OTTO GUILLERMO CLAUSSEN IBERRI comentó: “Tiene Usted razón si no se les circulo, pero se los comento aquí y repito las palabras que dice el Señor Secretario es un poder exclusivamente para pleitos y cobranzas y que pueda representar al Ayuntamiento en cualquier juicio y cualquier amparo; por ejemplo hay un problema que está saliendo ahora de los comunera, de nueva cuenta viene una demanda y tenemos que tener al abogado con autorización para no estar dilatando las cosas, es un poder como todos lo conocemos para pleitos y cobranzas, que representaría al Ayuntamiento, no contiene actos de administración o cualquier otro punto que Ustedes tengan inherentes a su cargo y seria hasta que concluya esta administración o que se revoque, pero quiero insistir es un poder para pleitos y cobranzas exclusivamente y para que nos represente en cualquier pleito legal, judicial, amparos, procesos judiciales o administrativos, solamente o que genere otra cosa, se va pasar por el Notario, algún Regidor que quiera estar cerca para que lo revise es un poder común y corriente.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En uso de la voz el C. Regidor LIBRADO NAVARRO JIMÉNEZ comentó: “La persona que se va a designar o que se va encargar de la protocolización ante el Notario que mantenga informado.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En uso de la voz el C. Presidente Municipal LIC. OTTO GUILLERMO CLAUSSEN IBERRI comentó: “Yo sería esa persona.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Acto seguido el C. Presidente Municipal sometió a consideración del Cuerpo colegiado la propuesta antes expuesta llegándose al siguiente punto de acuerdo: - - - ACUERDO 8.- Es de aprobarse y se aprueba por Mayoría con dieciocho votos presentes el otorgamiento de Poder General para pleitos y cobranzas a los CC. Francisco Javier Carrasco Valenzuela y Mauricio Arturo Núñez Lozada en los términos siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 61, fracción III, inciso K), de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, se otorga poder general para pleitos y cobranzas, a favor de los CC. Licenciados Francisco Javier Carrasco Valenzuela Y Mauricio Arturo Núñez Lozada, en los precisos términos del artículo 2831 del Código Civil para el Estado de Sonora Y 2554 del Código Civil para el Distrito Federal, y sus correlativos de los Códigos Civiles Federal y de las demás entidades Federativas del País en que se ejecute o pretenda ejecutar el mandato que en este acto se le otorga; otorgándoseles a los apoderados todas las facultades generales y las especiales que requieran cláusula especial o conforme a la Ley, con excepción de la facultad de transigir. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - SEGUNDO.- en ese sentido, de manera enunciativa, no limitativa, los apoderados están facultados para, en nombre y representación del Ayuntamiento y del Municipio de Guaymas, Sonora, ejercitar toda clase de acciones y derechos ante cualquier autoridad de la Federación, del Distrito Federal, de los Estados y de los Municipios, ya sea en jurisdicción voluntaria, contenciosa o mixta, trátese de autoridades civiles, judiciales, administrativas o del trabajo, sean éstas juntas de

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conciliación o tribunales de conciliación y arbitraje, locales o federales; presentar y contestar demandas, ejercitar acciones, oponer excepciones y reconvenciones; someterse a cualquier jurisdicción o plantear la incompetencia; interponer y contestar recursos e incidentes; promover juicio de amparo e interponer recursos en ese juicio constitucional; articular y absolver posiciones; recusar Magistrados, Jueces, Secretarios, Peritos y demás personas en derecho recusables; desistirse de lo principal, de sus incidentes, de cualquier recurso y del Juicio de Amparo; rendir, ofrecer y desahogar toda clase de pruebas y objetarlas; reconocer firmas y documentos, objetar éstos y redargüirlos de falsos en su caso; comprometer en árbitros; asistir a juntas, audiencias, diligencias y almonedas, así como hacer posturas, pujas y mejoras y obtener para el Municipio la subrogación de derechos; formular acusaciones, denuncias y querellas de carácter penal y constituirse en parte en causas criminales o en coadyuvante del Ministerio Público, así como otorgar el perdón en los casos que estime pertinente; y, en fin, para realizar todos aquellos actos que considere necesarios para el más eficaz cumplimiento de este mandato. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - TERCERO.- Se designa como delegado por parte de este H. Ayuntamiento de Guaymas, Sonora al Sr. Presidente Municipal Lic. Otto Guillermo Claussen Iberri, para con el debido refrendo del Secretario del Ayuntamiento Lic. Ramón Leyva Montoya para que comparezcan ante el Notario Público de su elección a la ratificación y firma de los poderes otorgados a los Lics. Francisco Javier Carrasco Valenzuela y Mauricio Arturo Núñez Lozada, solicitando la protocolización y elevación a Escritura Pública. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Contándose con dos abstenciones de las CC. Regidoras JAZMÍN GUADALUPE GÓMEZ LIZÁRRAGA y PRUDENCIA ALCANTAR ENCINAS. - - - - - - - - En cumplimiento del Punto Ocho del Orden del Día, asunto relativo a Convenio de Colaboración a celebrar con el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Acto seguido el C. Presidente Municipal LIC. OTTO GUILLERMO CLAUSSEN IBERRI sometió a consideración del Cuerpo Colegiado la dispensa de la lectura del Convenio con el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana; llegándose al siguiente punto de acuerdo.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO 9.- Es de aprobarse y se aprueba por Unanimidad con Veinte votos presentes la dispensa de la lectura del Convenio con el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, mismo que se inserta íntegramente en la presente acta. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA, EN LO SUCESIVO "EL INSTITUTO", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LA LIC. GUADALUPE TADDEI ZAVALA Y EL LIC. ROBERTO CARLOS FELIX LOPEZ, EN SU CARÁCTER DE CONSEJERA PRESIDENTE Y SECRETARIO EJECUTIVO RESPECTIVAMENTE Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL H. AYUNTAMIENTO DE GUAYMAS, SONORA, EN LO SUCESIVO "EL AYUNTAMIENTO”, POR CONDUCTO DEL ÓRGANO DE CONTROL Y EVALUACIÓN GUBERNAMENTAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE GUAYMAS, SONORA, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR, EL LIC. HECTOR HERNÁNDEZ GARCÍA; A QUIENES EN SU CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", CUYO OBJETO ES ESTABLECER LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES CONFORME A LOS CUALES DEBERÁ IMPLEMENTARSE EL PROGRAMA DE "BLINDAJE ELECTORAL" DURANTE EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2014-2015, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

D E C L A R A C I O N E S I.- “EL INSTITUTO". I.1 Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la constitución Política del Estado de Sonora “EL INSTITUTO” es un organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y

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patrimonio propios, integrado por ciudadanos y partidos políticos, el cual es autoridad en la materia, e independiente en sus decisiones y funcionamiento y profesional en su desempeño. Como se estipula en la Ley 177, que contiene la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Sonora, publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado, el día 30 de junio de 2014 I.2 Que de acuerdo con lo que establece el artículo 110 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Sonora, son fines de “EL INSTITUTO”, contribuir al desarrollo de la vida democrática; preservar el fortalecimiento del régimen de partidos políticos; asegurar, a los ciudadanos el ejercicio de los derechos-políticos electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones; garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar a los integrantes de los poderes Legislativo y Ejecutivo, así como de la totalidad de los ayuntamientos del Estado de Sonora; velar por la autenticidad y efectividad del sufragio; y llevar a cabo la promoción del voto y coadyuvar a la difusión de la educación cívica y la cultura democrática. I.3 Que la C. Lic. Guadalupe Taddei Zavala, es la Consejera Presidente de “EL INSTITUTO”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 y 122 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Sonora tiene atribuciones legales como representante Legal del Instituto. I.4 Que conforme lo dispone el artículo 122, fracciones I y III, de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Sonora, corresponde a su Presidente entre otras atribuciones establecer los vínculos entre el Instituto Estatal y las autoridades federales, estatales y municipales, para lograr su apoyo y colaboración, en sus respectivos ámbitos de competencia, cuando esto sea necesario para el cumplimiento de los fines del Instituto Estatal y consejos electorales. I.5 Que el interés institucional de “EL INSTITUTO” es celebrar el presente acto jurídico y formalizar este instrumento de colaboración interinstitucional, con el objeto de coadyuvar en las tareas organizativas relacionadas con la celebración de la jornada electoral, para lo cual cada parte se compromete a promover las normas legales a que deben sujetarse los servidores públicos del estado. El Consejo General de “EL INSTITUTO” en sesión pública celebrada el día once del mes de marzo del presente año, otorgó la autorización a la Consejera Presidente y al Secretario Ejecutivo para la suscripción del presente convenio. I.6 Que para los efectos del presente convenio, señala como domicilio legal, el ubicado en Boulevard Rosales y Luis Donaldo Colosio número 35, Colonia Centro, en la ciudad de Hermosillo, Sonora. II.- DE “EL AYUNTAMIENTO”: II.1.- Que “EL AYUNTAMIENTO” se constituye en una entidad autónoma, con patrimonio propio y personalidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio, preceptuado en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 129 de la Constitución Política para el estado libre y soberano de Sonora, y 2 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal. II.2.- Que “EL AYUNTAMIENTO” tiene atribuciones para apoyar y colaborar con la autoridad electoral estatal establecida por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Sonora, para el debido desempeño de las funciones correspondientes. II.3.- Que cuentan con la aprobación del H. Ayuntamiento, para suscribir el presente convenio, tal como se desprende el acta número xx, acuerdo xxx, que contiene sesión extraordinaria del Ayuntamiento, celebrada con fecha xxx de septiembre de 2012; ello en termino de lo dispuesto por los artículos 61, fracción II, inciso f); 65, fracción V, y 89, fracción VII, de la Ley de Gobierno y Administración Pública. II.4.- Que el Lic. Héctor Hernández García señala su carácter de Titular del Órgano de Control y Evaluación Gubernamental del H: Ayuntamiento de Guaymas, Sonora el cual fue aprobado por el Cabildo del H. Ayuntamiento, en sesión extraordinaria número Uno de fecha diecisiete de septiembre de 2012.

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II.5.-Que el Órgano de Control y Evaluación Gubernamental de conformidad con los artículos 94 y 96 de la Ley de Gobierno y Administración Pública está facultada para llevar a cabo este tipo de convenio y los artículos 133 fracciones III y 142 del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento del Municipio de Guaymas, Sonora. II.6.- Que señala como domicilio para los efectos de este instrumento el ubicado en Avenida Serdán número 150, colonia Centro, C.P. 85400 de la H. Ciudad de Guaymas, Sonora. II.7.- Que sus representantes cuentan con la capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio, conforme a las atribuciones que la ley de la materia les otorga y cuentan con la autorización de cabildo para suscribir el presente convenio. Con base en las declaraciones que anteceden, las partes expresan su voluntad de celebrar el presente Convenio de Colaboración, al tenor de las siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- El presente convenio tiene por objeto coordinar acciones entre "LAS PARTES" para la difusión, capacitación, prevención y atención en materia de delitos electorales y responsabilidades administrativas de servidores públicos municipales durante el proceso electoral ordinario del año 2014-2015. SEGUNDA.- "LAS PARTES" en el ámbito de sus atribuciones y de acuerdo con su disponibilidad presupuestaria para el ejercicio fiscal correspondiente, se comprometen a:

1. Instrumentar acciones de difusión y capacitación a servidores públicos en materia de delitos electorales y de responsabilidades administrativas de los servidores públicos municipales, con el objeto de evitar que estos funcionarios condicionen la prestación de servicios, el cumplimiento de programas, la realización de obras públicas o la utilización de recursos públicos, para favorecer o perjudicar a un determinado candidato, partido político o coalición en el marco del proceso electoral ordinario 2014-2015.

2. Instrumentar acciones de difusión para orientar a la ciudadanía en general, a los servidores públicos, a los usuarios y beneficiarios de los programas y servicios bajo su responsabilidad, sobre los mecanismos con que cuentan para la presentación de quejas y denuncias en materia de delitos electorales cometidos por funcionarios públicos.

TERCERA.- "EL AYUNTAMIENTO " se comprometen en el ámbito de su jurisdicción a:

1. Informar y orientar sobre la presentación de denuncias ante la Contraloría Municipal y/o autoridad competente, cuando se tenga conocimiento de hechos que puedan constituir responsabilidades administrativas de los servidores públicos, y/o delitos electorales.

2. Difundir entre los servidores públicos municipales, información sobre aquellas conductas que la Ley General en Materia de Delitos Electorales, la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Sonora, el Código Penal Federal y el Código Penal para el Estado de Sonora, tipifican como delitos electorales en las que podrían incurrir los servidores públicos en ejercicio de sus funciones, durante el proceso electoral ordinario 2014-2015.

3. Difundir entre los servidores públicos municipales la información sobre aquellas conductas

que puedan constituir responsabilidad administrativa por el manejo o aplicación indebida de recursos públicos.

4. Difundir los materiales en el Poder Ejecutivo del municipio que pongan a su disposición

para fortalecer las acciones de prevención de responsabilidades administrativas de servidores públicos del municipio.

5. Incluir en su sitio oficial de Internet, información sobre las responsabilidades

administrativas en que puedan incurrir los servidores públicos municipales y sobre los delitos electorales, y la relativa a los números telefónicos y correos electrónicos habilitados para la orientación denuncias.

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6. Apoyar en la captación de quejas y denuncias a través de la Contraloría Municipal.

CUARTA.- "LAS PARTES" convienen en coordinar esfuerzos para:

1. Organizar en el ámbito de su competencia talleres de capacitación y actualización en materia de responsabilidades administrativas y delitos electorales, para los servidores públicos.

2. Organizar sesiones informativas dirigidas a los usuarios y beneficiarios de programas y

servicios que se realicen con recursos públicos a fin de mantenerlos informados, asimismo orientar a los servidores públicos encargados de la operación de dichos programas y servicios de las responsabilidades con las que cuentan, y el carácter no partidista de los mismos.

3. Impulsar campañas de difusión conjuntas para incentivar la participación ciudadana, con el

objetivo de orientarlos sobre los mecanismos con que cuentan para denunciar las conductas que pueden constituir responsabilidades administrativas por el incumplimiento a las obligaciones de los servidores públicos o la comisión de delitos electorales.

QUINTA.- "LAS PARTES" reconocen la necesidad de establecer mecanismos para el intercambio de información en materia de responsabilidades administrativas y delitos electorales. Para lo cual:

1. "EL AYUNTAMIENTO" enviará a "EL INSTITUTO " la información relativa a los hechos de que tengan conocimiento, que pudieran constituir violaciones a la Ley General en Materia de Delitos Electorales y a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Sonora, o de aquellos hechos que pudieran configurar delitos electorales conforme a lo dispuesto en el Código Penal Federal y el Código Penal para el Estado de Sonora.

2. "EL INSTITUTO" enviará a "EL AYUNTAMIENTO", la información relativa a los hechos de

que tengan conocimiento, que pudieran constituir violaciones a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y los Municipios.

3. "LAS PARTES" se obligan a guardar la reserva requerida acerca del contenido de las

denuncias o quejas de que tengan conocimiento, con el propósito de salvaguardar el sigilo de la investigación.

SEXTA.- "LAS PARTES" convienen que el personal que comisionen o asignen para el desarrollo de las acciones que les correspondan, según los objetivos establecidos en el presente instrumento, estarán bajo la dirección y responsabilidad directa de la parte que lo haya comisionado o asignado y, por consiguiente, en ningún caso se generaran relaciones de carácter laboral ni de patrón sustituto, intermediario o solidario, asumiendo cada una de ellas la responsabilidad laboral que le corresponda. SÉPTIMA.- El presente instrumento podrá ser modificado o adicionado por voluntad de las partes. Dichas modificaciones o adiciones deberán constar por escrito y surtirán sus efectos a partir de su firma, formando parte de este instrumento. OCTAVA.- El presente instrumento, surtirá efectos legales a partir de la fecha de su suscripción y su vigencia será hasta que culmine legalmente el proceso electoral 2014-2015. NOVENA.- "LAS PARTES" acuerdan que el presente instrumento es producto de la buena fe, por lo que cualquier duda respecto de su operación, formalización, interpretación y cumplimiento, se resolverá de común acuerdo. Enteradas "LAS PARTES" del contenido y alcance legal del presente instrumento, lo firman por duplicado, en la Ciudad de Hermosillo, Sonora, a los once días del mes de marzo de 2015.

POR “EL AYUNTAMIENTO"

POR “EL INSTITUTO”

LIC. HECTOR HERNÁNDEZ GARCÍA LIC. GUADALUPE TADDEI ZAVALA

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TITULAR DEL ÓRGANO DE CONTROL Y EVALUACIÓN GUBERNAMENTAL

CONSEJERA PRESIDENTE

TESTIGO

TESTIGO

C.P. XXXXXXXXXXXXXXXX LIC. ROBERTO CARLOS FÉLIX LÓPEZ XXXXXXXXXXXXXXXX SECRETARIO EJECUTIVO

- - - Acto seguido, el C. Presidente Municipal sometió a consideración del Ayuntamiento el Convenio con el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, llegándose al siguiente punto de acuerdo: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO 10.- Es de aprobarse y se aprueba por Unanimidad con Veinte votos presentes el Convenio con el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana en los términos siguientes: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO.- Se autoriza la suscripción del Convenio con el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - SEGUNDO.- Se autoriza al C. Titular del Órgano de Control y Evaluación Gubernamental a suscribir Convenio de Colaboración con el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana antes aprobado a nombre del H. Ayuntamiento de Guaymas; así como todo acto jurídico derivado del mismo. - - - - - - - En cumplimiento del Punto Nueve del Orden del Día, asunto relativo a solicitud de Sindicatura Municipal. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -En uso de la voz el C. Regidor ARIEL GASTELUM VILLASANA comentó: “Quisiera preguntarle a la Síndico si ¿ese terreno tiene construcción o es calle?.” - - - En uso de la voz la C. Síndico del Ayuntamiento FRANCISCA SILVA ROMERO comentó: “Si es calle, resulta que cuando la persona esta adquiere el terreno viene a checar sus colindancias y resulta que estaba una calle, habían puesto una calle, entonces de alguna forma como eso corresponde al Ayuntamiento se le tiene que hacer el pago de la afectación que tuvo.” - - - - - - - - - -En uso de la voz el C. Regidor ARIEL GASTELUM VILLASANA comentó: “ ¿El Ayuntamiento le vendió ese terreno.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En uso de la voz la C. Síndico del Ayuntamiento FRANCISCA SILVA ROMERO comentó: “No, se le afecto, esa persona tenía su terreno, la escritura todo, entonces cuando esta persona se da cuenta, ya ve que muchas veces tenemos un terreno o vivimos fuera y regresamos y nos encontramos con la novedad de porque así se necesita, porque va creciendo la Ciudad y pasa una calle por ese lugar, entonces esta persona está haciendo su reclamación ante quien corresponde que es el Ayuntamiento para que se le pague.” - - - - - - - - - - - - - - - En uso de la voz el C. Regidor ARIEL GASTELUM VILLASANA comentó: “El valor de ochenta y ocho mil setecientos cincuenta pesos por un terreno que es una calle de ciento treinta y nueve metros, me da seiscientos treinta y siete pesos el metro cuadrado se me hace muy caro el precio por metro.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En uso de la voz la C. Síndico del Ayuntamiento FRANCISCA SILVA ROMERO comentó: “Es el valor catastral y ahí está un dictamen de Control Urbano y viene la ubicación.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En uso de la voz el C. Regidor ARIEL GASTELUM VILLASANA comentó: “Un terreno ni en Miramar ni en Lomas vale seiscientos treinta y siete pesos el metro, vale trescientos cincuenta pesos catastralmente en la Petrolera, si está en la Colonia Termoeléctrica, aquí dice el Boulevard Porfirio Hernández, se me hace mucho dinero para un terreno baldío a seiscientos treinta y siete pesos el metro, digo si lo quiere pagar el Ayuntamiento, yo no estoy de acuerdo.” - - - - - - - - - - - - -

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- - - En uso de la voz el C. Regidor LIBRADO NAVARRO JIMÉNEZ comentó: “Al documento que nos circularon le falta demostrar de una manera fehaciente que Claudia Fabiola Chaparro Solís es propietaria de ese bien, le falta también anexar la constancia del valor catastral, porque yo comparto también la opinión del Regidor en el sentido de que está muy caro, está muy caro el valor que se le pretende dar.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En uso de la voz el C. Regidor ARIEL GASTELUM VILLASANA comentó: “Por eso pregunte si había construcción, a lo mejor con construcción que vas a tumbar entonces si lo puede valer pero si es un terreno no.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En uso de la voz el C. Regidor LORENZO CALVILLO DE LUCAS comentó: “A lo mejor pudiera ser que haya un error en la superficie, que se revise y se llegue a la conclusión correcta, porque si es cierto ciento treinta y nueve punto veintidós metros cuadrados esta carito, a lo mejor hay un error en la superficie, se les escapo y creo que debe de haber una corrección.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En uso de la voz el C. Regidor ROBERTO ROMANO TERRAZAS comentó: “ ¿Se le está pagando por el valor total del terreno o solo por la parte afectada?, a lo mejor ahí está la diferencia porque si es por todo el terreno la división es entre más metros.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En uso de la voz el C. Regidor LIBRADO NAVARRO JIMÉNEZ comentó: “Según el croquis el terreno mide cuatrocientos cuarenta y tres metros cuadrados y sólo se afectaron ciento treinta y nueve, tal vez el valor catastral se refiera a los cuatrocientos cuarenta y tres metros.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En uso de la voz el C. Regidor ROBERTO ROMANO TERRAZAS comentó: “Eso es lo que yo comentaba, ¿se le está pagando todo el terreno? o ¿solo el valor de la afectación?, porque eso cambia.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En uso de la voz el C. Regidor LIBRADO NAVARRO JIMÉNEZ comentó: “Se le tiene que pagar el valor de la afectación.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Acto seguido el C. Presidente Municipal sometió a consideración del Cuerpo Colegiado retirar del Orden del Día el presente punto llegándose al siguiente punto de acuerdo: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO 11.- Es de aprobarse y se aprueba por Unanimidad con Veinte votos presentes retirar del Orden del Día el presente punto y turnarlo a la Comisión Correspondiente. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En cumplimiento del Punto Diez del Orden del Día, y no habiendo ningún otro asunto que tratar, siendo las Once Horas con Diez Minutos del día Jueves Doce de Marzo de Dos Mil Quince, el C. Presidente Municipal declara clausurada la Sesión, con lo que se dió por terminada la misma, levantándose para constancia la presente acta, y firmando los que en la misma intervinieron, ante el Secretario del Ayuntamiento, quien autoriza y da fe. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - DOY FE. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

H. AYUNTAMIENTO DE GUAYMAS, SONORA.

C. OTTO GUILLERMO CLAUSSEN IBERRI PRESIDENTE MUNICIPAL

C. FRANCISCA SILVA ROMERO SINDICO MUNICIPAL

C. ANGELICA GARCÍA TORRES REGIDOR PROPIETARIO

C. ARTURO ESCALANTE HUERTA REGIDOR PROPIETARIO

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C. ROBERTO ROMANO TERRAZAS REGIDOR PROPIETARIO

C. MARTHA ELENA ORTEGA BLANCAS REGIDOR PROPIETARIO

C. ARIEL GASTÉLUM VILLASANA REGIDOR PROPIETARIO

C. JESUS SALVADOR FAJARDO VALENZUELA REGIDOR PROPIETARIO

C. JOSE MANUEL GUTIERREZ ALMODOVAR REGIDOR PROPIETARIO

C. MARTIN GARCIA ESPINOZA REGIDOR PROPIETARIO

C. ALBA ARACELI SOTO MARTINEZ REGIDOR PROPIETARIO

C. LORENZO CALVILLO DE LUCAS REGIDOR PROPIETARIO

C. GUADALUPE OZUNA COTA REGIDOR PROPIETARIO

C. GUILLERMO JUAN RAMIREZ SALGADO REGIDOR PROPIETARIO

C. IRAZEMA RAMIREZ SOBERANES REGIDOR PROPIETARIO

C. LINO MARTÍN RUIZ CORONEL REGIDOR PROPIETARIO

C. PRUDENCIA ALCANTAR ENCINAS REGIDOR PROPIETARIO

C. JAZMIN GUADALUPE GOMEZ LIZARRAGA REGIDOR PROPIETARIO

C. LIBRADO NAVARRO JIMÉNEZ REGIDOR PROPIETARIO

C. CIRO PIÑA AHUMADA REGIDOR PROPIETARIO

C. LUIS MORALES SERNA C. RAMÓN LEYVA MONTOYA REGIDOR PROPIETARIO SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO FIRMAS QUE CORRESPONDEN AL ACTA DE SESIÓN NÚMERO 64 EXTRAORDINARIA DE FECHA 12 DE MARZO DE 2015, EL SUSCRITO SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO CERTIFICA Y HACE CONSTAR QUE LA PRESENTE ACTA FUE APROBADA POR MAYORÍA EN SESIÓN 65 DE CARÁCTER ORDINARIA DE FECHA 30 DE MARZO DE 2015.