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==== ACTA 35/2013 NUMERO TREINTA Y CINCO DIAGONAL DOS MIL TRECE === “En la Ciudad de Celaya, Estado de Guanajuato, siendo las 12:15 Doce Horas con Minutos del día 13 Trece de Noviembre del año 2013 dos mil trece, fueron presentes en el Salón Cabildos de esta Presidencia Municipal, para llevar a cabo la Vigésima Séptima Sesión Ordinaria de Ayuntamiento, con fundamento con fundamento en lo dispuesto por la Ley Orgánica Municipal en sus Artículo 61, 62, 63; así como los numerales 22, 23 y 26 del Reglamento Interior, los Ciudadanos Presidente Municipal C. Ismael Pérez Ordaz, Síndicos: C. Salvador Ortega Estrada, C. Eduardo Guillen Hernández, Regidores, C. Dulce María Gallego Hinojosa, C. Antonio Rodríguez Alvarado, C. Rebeca Lomelín Velasco(quien Justifica su ausencia), C. Rosa Isela Hernández Herrera, C. David Alfonso Orozco Pérez, C. Arq. José Alberto Pérez Quiroga (quien Justifica su ausencia), C. Rodolfo Segura Montes, C. Rubén Guerrero Merino, C. Georgina Suárez Díaz, C. Martha Guadalupe Gomez Cruces, C. Marco Heroldo Gaxiola Romo, C. Francisco Eduardo Briseño Domínguez, así como el Secretario del Ayuntamiento C. Vicente Caracheo Gómez. ========================================= PUNTO NÚMERO DOS.- Declaración del Quórum legal. ===================== En uso de la voz el C. Vicente Caracheo Gómez, Secretario del H. Ayuntamiento, informa al C. Ismael Pérez Ordaz, Presidente Municipal, que se encuentra la Mayoría de los integrantes del Ayuntamiento, por lo que procede a declarar válida la Vigésima Septima Sesión Ordinaria de Ayuntamiento. ================================================ PUNTO NUMERO TRES.- Aprobación del Orden del Día.- ==================== En uso de la voz el Secretario del Ayuntamiento, da lectura al Orden del Día con la cual se regirá la presente Sesión, misma que contempla los siguientes puntos: 1.- Lista de Presentes. 2.- Declaración de Quórum legal. 3.- Aprobación del Orden del Día. 4.- Lectura y Aprobación de las actas anteriores. 5.- Dictámenes y asuntos de comisiones. 6.- Asuntos Generales. 7.- Clausura de la Sesión, Terminada la lectura, el Secretario del Ayuntamiento C. Vicente Caracheo Gómez, somete a votación del Pleno el contenido del Orden del Día, misma que se aprueba por unanimidad de los presentes. ======================================== PUNTO NUMERO CUATRO.- LECTURA Y APROBACIÓN DE LAS ACTAS ANTERIORES. = en esta ocasión se deja pendiente la aprobación del acta anterior.- ================= PUNTO NUMERO CINCO.- DICTÁMENES Y ASUNTOS DE COMISIONES: ========== COMISIÓN DE HACIENDA PATRIMONIO Y CUENTA PÚBLICA. ============== En uso de la voz el Sindico C. Salvador Ortega Estrada, Presidente de la Comisión, solicita al Secretario del H. Ayuntamiento C. Vicente Caracheo Gómez, someta a consideración del Pleno la propuesta de que se omita la lectura de los considerandos y resolutivos de los dictámenes a los que dará lectura, para únicamente referirse al rubro de los mismos, se somete a consideración del pleno la propuesta del Sindico, misma que se aprueba por unanimidad de los presentes, por lo que se procede a transcribir íntegramente los dictámenes de Hacienda. == DICTAMEN HDA-243/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, mediante el cual se autoriza una prórroga para el pago de la regularización del asentamiento humano denominado Alfredo V. Bonfil. CONSIDERANDO.- Que en fecha 05 de octubre del 2012, en la Septuagésima Quinta Sesión Ordinaria de Ayuntamiento, se aprobó el Dictamen HDA-670/2012, mediante el cual se autorizó una nueva prórroga para el pago de regularización del asentamiento humano Alfredo V. Bonfil siendo esta al 31 de diciembre del 2012, así como la modificación al costo por metro cuadrado, siendo este de $280.00

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==== ACTA 35/2013 NUMERO TREINTA Y CINCO DIAGONAL DOS MIL TRECE ===

“En la Ciudad de Celaya, Estado de Guanajuato, siendo las 12:15 Doce Horas con Minutos

del día 13 Trece de Noviembre del año 2013 dos mil trece, fueron presentes en el Salón

Cabildos de esta Presidencia Municipal, para llevar a cabo la Vigésima Séptima Sesión

Ordinaria de Ayuntamiento, con fundamento con fundamento en lo dispuesto por la Ley

Orgánica Municipal en sus Artículo 61, 62, 63; así como los numerales 22, 23 y 26 del

Reglamento Interior, los Ciudadanos Presidente Municipal C. Ismael Pérez Ordaz, Síndicos: C.

Salvador Ortega Estrada, C. Eduardo Guillen Hernández, Regidores, C. Dulce María Gallego

Hinojosa, C. Antonio Rodríguez Alvarado, C. Rebeca Lomelín Velasco(quien Justifica su

ausencia), C. Rosa Isela Hernández Herrera, C. David Alfonso Orozco Pérez, C. Arq. José Alberto

Pérez Quiroga (quien Justifica su ausencia), C. Rodolfo Segura Montes, C. Rubén Guerrero

Merino, C. Georgina Suárez Díaz, C. Martha Guadalupe Gomez Cruces, C. Marco Heroldo Gaxiola

Romo, C. Francisco Eduardo Briseño Domínguez, así como el Secretario del Ayuntamiento C.

Vicente Caracheo Gómez. =========================================

PUNTO NÚMERO DOS.- Declaración del Quórum legal. =====================

En uso de la voz el C. Vicente Caracheo Gómez, Secretario del H. Ayuntamiento, informa al C.

Ismael Pérez Ordaz, Presidente Municipal, que se encuentra la Mayoría de los integrantes del

Ayuntamiento, por lo que procede a declarar válida la Vigésima Septima Sesión Ordinaria de

Ayuntamiento. ================================================

PUNTO NUMERO TRES.- Aprobación del Orden del Día.- ====================

En uso de la voz el Secretario del Ayuntamiento, da lectura al Orden del Día con la cual se

regirá la presente Sesión, misma que contempla los siguientes puntos: 1.- Lista de Presentes.

2.- Declaración de Quórum legal. 3.- Aprobación del Orden del Día. 4.- Lectura y Aprobación de

las actas anteriores. 5.- Dictámenes y asuntos de comisiones. 6.- Asuntos Generales. 7.-

Clausura de la Sesión, Terminada la lectura, el Secretario del Ayuntamiento C. Vicente Caracheo

Gómez, somete a votación del Pleno el contenido del Orden del Día, misma que se aprueba por

unanimidad de los presentes. ========================================

PUNTO NUMERO CUATRO.- LECTURA Y APROBACIÓN DE LAS ACTAS ANTERIORES. =

en esta ocasión se deja pendiente la aprobación del acta anterior.- =================

PUNTO NUMERO CINCO.- DICTÁMENES Y ASUNTOS DE COMISIONES: ==========

COMISIÓN DE HACIENDA PATRIMONIO Y CUENTA PÚBLICA. ==============

En uso de la voz el Sindico C. Salvador Ortega Estrada, Presidente de la Comisión, solicita

al Secretario del H. Ayuntamiento C. Vicente Caracheo Gómez, someta a consideración del Pleno

la propuesta de que se omita la lectura de los considerandos y resolutivos de los dictámenes a

los que dará lectura, para únicamente referirse al rubro de los mismos, se somete a

consideración del pleno la propuesta del Sindico, misma que se aprueba por unanimidad de los

presentes, por lo que se procede a transcribir íntegramente los dictámenes de Hacienda. ==

DICTAMEN HDA-243/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta

Pública, mediante el cual se autoriza una prórroga para el pago de la regularización del

asentamiento humano denominado Alfredo V. Bonfil. CONSIDERANDO.- Que en fecha 05 de

octubre del 2012, en la Septuagésima Quinta Sesión Ordinaria de Ayuntamiento, se aprobó el

Dictamen HDA-670/2012, mediante el cual se autorizó una nueva prórroga para el pago de

regularización del asentamiento humano Alfredo V. Bonfil siendo esta al 31 de diciembre del

2012, así como la modificación al costo por metro cuadrado, siendo este de $280.00

(Doscientos ochenta pesos 00/100m.n.). Que mediante oficio No. DJ/661/2013 de fecha 21 de

octubre del 2013, suscrito por el Director Jurídico, manifiesta que en atención a las condiciones

que hay en la Colonia Alfredo V. Bonfil de esta ciudad, misma que es producto de decreto de

regularización por parte del Congreso del Estado de Guanajuato de 1994, en donde de manera

clara se estableció que el municipio de Celaya, deberá de regularizarse el Asentamiento Humano

a través de una venta a los poseedores respecto a la lotificación existente. Consecuentemente

ante llevadas las actitudes propias por las administraciones predecesoras aun se encuentra

pendiente aproximadamente un 10% de ocupantes que no han regularizado su posesión y por

CONSECUENCIA no cubren el impuesto predial a favor del municipio por falta de formalización

de las compraventas. Ahora bien, no debe soslayarse la instrucción por parte del Congreso,

respecto a la celebración de compraventa y las condiciones imperantes de los poseedores del

asentamiento irregular a efecto que la Comisión que usted preside considere dichos factores

para un valor físico directo asequible a los poseedores al momento de fijar el valor de la

operación. Tomando como referencia histórica a esta petición los antecedentes siguientes:

Dictamen HDA-533/006 de fecha septiembre del 2006, se autorizó el pago por la cantidad de

$25.00 por M2, en una sola exhibición y $35.00 por M2 cuando el pago sea en abonos

mensuales un plazo de tres meses (por ser una zona de escaso recurso económicos) y el ultimo

dictamen autorizando esta misma cantidad fue el Dictamen HDA-327/2011 de fecha 28 de

marzo del 2011. Dictamen HDA-670/2012 de fecha 24 de septiembre del 2012, donde se otorgó

una prórroga para el pago de las regularizaciones venció el 31 de diciembre del 2012. (Este

dictamen se autorizó con la finalidad para que un poseedor pudiera regularizarse). Haciendo de

su conocimiento que con esta última prorroga ningún poseedor que está pendiente por

regularizar su ´predio pudieron adquirir este beneficio, ya que la nueva cantidad de $280.00 por

M2 que se autorizó en este último dictamen fue muy alto para pagar en una sola exhibición.

(Por así manifestarlo los poseedores). Por lo que se le solicita que a través de la Comisión que

usted preside, se pueda autorizar una nueva prórroga y bajo su consideración de poder

aprobarlo en los mismos términos del dictamen HDA-533/006, y de esa manera dar seguimiento

a la regularización del Asentamiento humano antes mencionado y continuar con los tramites de

escrituración. No debemos soslayar la temporalidad del decreto que a esta fecha cualquier

poseedor puede usar como beneficio jurídico (prescripción). Una vez analizada dicha solicitud, y

con la facultad que otorga el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de

Guanajuato; esta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se otorga una nueva prórroga para el

pago de la escrituración de la regularización a los poseedores de casa habitación del

asentamiento humano denominado “Alfredo V. Bonfil”, como sigue: *Tendrán de plazo hasta el

31 de diciembre del 2013, para que se registren de que tienen interés en su escrituración. *El

costo del pago por metro cuadrado será de $55.00 (Cincuenta y cinco pesos 00/100 m.n.),

pagaderos en una sola exhibición dentro de un plazo de seis meses, contados a partir del

1º de enero del 2014. SEGUNDO.- Se instruye a la Dirección Jurídica continúe con el proceso

de escrituración del asentamiento humano denominado “Alfredo V. Bonfil”, conforme al

resolutivo anterior y únicamente a poseedores de casa habitación. TERCERO.- Se instruye a la

Dirección Jurídica informe a esta Comisión de Hacienda, el estado que guarda el procedimiento

de escrituración haciendo mención de cuantos predios son los que ya están regularizados; así

como los que faltan por concluir. CUARTO.- A los poseedores que no cumplan con lo previsto

en el resolutivo primero, se aplicará el Procedimiento Administrativo de Ejecución. QUINTO.-

Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido por el

artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. SEXTO.-

Sométase a la consideración del pleno del H. Ayuntamiento el presente Dictamen para su

aprobación. SEPTIMO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su

debida constancia los integrantes de la comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en

fecha 04 de noviembre del 2013. finalizada la lectura del dictamen anterior,el Secretario del H.

Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno, mismo

que se aprueba por unanimidad de los presentes ============================

DICTAMEN HDA-244/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta

Pública, mediante el cual se autoriza a la Dirección General de Desarrollo Social, otorgar un

apoyo económico a la Comunidad de la Cruz, para llevar a cabo la terminación de la obra de

drenaje. CONSIDERANDO.- Con la facultad que confiere el artículo 115, fracción IV, inciso c),

último párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 121 de la

Constitución Política para el Estado de Guanajuato y el artículo 69, fracción IV inciso a) de la

Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; el Ayuntamiento tiene atribuciones para

ejercer los recursos que integran la Hacienda Pública Municipal en forma directa o bien, por

quién éste autorice conforme a la Ley. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

en su artículo 126, establece la prohibición de realizar algún pago que no esté aprobado

presupuestalmente, así mismo la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, en su

artículo 235, establece que ningún gasto podrá efectuarse sin que exista partida expresa del

presupuesto que lo autorice y que tenga saldo disponible para cubrirlo. Que mediante oficio No.

MC/DGDS/SD/5503/2013 de fecha 25 de octubre del 2013, suscrito por la Subdirectora de

Desarrollo Social, mediante el cual solicita poner a consideración de esta Comisión la

autorización del convenio DGDS/CONVENIO/290/2013, a nombre del C. JUAN MELECIO

CENTENO, Delegado de la Comunidad de la Cruz, por la cantidad de $40,000.00 (Cuarenta mil

pesos 00/100 M.N.), con relación a la adquisición de tubos para la comunidad, en la calle de av.

Morelos, para finalizar primera etapa del drenaje, beneficiando a 20 personas. Documentos que

se anexan y se tienen por reproducidos como si a la letra se insertaren. Por lo anteriormente

expuesto y con fundamento en el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de

Guanajuato, ésta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se autoriza a la Dirección General de

Desarrollo Social, otorgar un apoyo económico a favor del C. JUAN MELECIO CENTENO,

Delegado de la Comunidad de la Cruz, por la cantidad de $40,000.00 (Cuarenta mil pesos

00/100 M.N.), con relación a la adquisición de tubos para la comunidad, en la calle de av.

Morelos, para finalizar primera etapa del drenaje, beneficiando a 20 personas), mediante

Convenio DGDS/CONVENIO/290/2013. SEGUNDO.- Se instruye a la Tesorería Municipal dar

cumplimiento al punto anterior según convenio elaborado por la Dirección General de Desarrollo

Social. TERCERO.- Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo

establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de

Guanajuato. CUARTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente

dictamen para su aprobación. QUINTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y

firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y

Cuenta Pública, en fecha 04 de noviembre del 2013. finalizada la lectura del dictamen anterior,el

Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación

del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes. =================

DICTAMEN HDA-245/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta

Pública, mediante el cual se autoriza a la Dirección General de Desarrollo Social, otorgar un

apoyo económico al C. J. Guadalupe Razo Razo, Presidente de la Col. Las Américas del Bajío,

para la construcción del salón de usos múltiples del Centro comunitario. CONSIDERANDO.- Con

la facultad que confiere el artículo 115, fracción IV, inciso c), último párrafo de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 121 de la Constitución Política para el

Estado de Guanajuato y el artículo 69, fracción IV inciso a) de la Ley Orgánica Municipal para el

Estado de Guanajuato; el Ayuntamiento tiene atribuciones para ejercer los recursos que

integran la Hacienda Pública Municipal en forma directa o bien, por quién éste autorice

conforme a la Ley. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 126,

establece la prohibición de realizar algún pago que no esté aprobado presupuestalmente, así

mismo la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, en su artículo 235, establece

que ningún gasto podrá efectuarse sin que exista partida expresa del presupuesto que lo

autorice y que tenga saldo disponible para cubrirlo. Que mediante oficio No.

MC/DGDS/SD/5506/2013 de fecha 25 de octubre del 2013, suscrito por la Subdirectora de

Desarrollo Social, mediante el cual solicita poner a consideración de esta Comisión la

autorización del convenio DGDS/CONVENIO/296/2013, a nombre del J. Guadalupe Razo Razo,

Presidente de la Col. Las Américas del Bajío, por la cantidad de $180,000.00 (Ciento ochenta mil

pesos 00/100 M.N.), con relación a la construcción de Espacio Publico “Salón de Usos Múltiples”

“Centro Comunitario” Col. Las Américas del Bajío, beneficiando a 5000 personas. Documentos

que se anexan y se tienen por reproducidos como si a la letra se insertaren. Por lo

anteriormente expuesto y con fundamento en el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el

Estado de Guanajuato, ésta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se autoriza a la Dirección

General de Desarrollo Social, otorgar un apoyo económico a nombre del C. J. Guadalupe Razo

Razo, Presidente de la Col. Las Américas del Bajío, por la cantidad de $180,000.00 (Ciento

ochenta mil pesos 00/100 M.N.), con relación a la construcción de Espacio Público “Salón de

Usos Múltiples” “Centro Comunitario” Col. Las Américas del Bajío, beneficiando a 5000

personas, mediante Convenio DGDS/CONVENIO/296/2013. SEGUNDO.- Se instruye a la

Tesorería Municipal dar cumplimiento al punto anterior según convenio elaborado por la

Dirección General de Desarrollo Social. TERCERO.- Se instruye a la Secretaría del H.

Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley

Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. CUARTO.- Sométase a la consideración del

Pleno del H. Ayuntamiento el presente dictamen para su aprobación. QUINTO.- Notifíquese

para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de

la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública en fecha 04 de noviembre del 2013.

finalizada la lectura del dictamen anterior,el Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente

Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno, mismo que se aprueba por

unanimidad de los presentes.- =======================================

DICTAMEN HDA-247/2013Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública,

mediante el cual se autoriza a la Tesorería Municipal, realizar la reasignación de recursos

presupuestales de las diferentes Dependencias de la Administración Municipal.

CONSIDERANDO.- Con la facultad que confiere el artículo 115 fracción IV inciso c) último

párrafo de la Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos, el artículo 121 de la

Constitución Política del Estado de Guanajuato y el artículo 76 fracción IV inciso a) de la Ley

Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. Que conforme a lo establecido por la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 126 establece la prohibición

de realizar algún pago que no esté aprobado presupuestalmente, así mismo la Ley Orgánica

Municipal para el Estado de Guanajuato, en su artículo 235 establece que ningún gasto podrá

efectuarse sin que exista partida expresa del presupuesto que lo autorice y que tenga saldo

disponible para cubrirlo. Que de acuerdo a lo establecido por el artículo 69 de la Ley para el

Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato, es

competencia del Ayuntamiento resolver toda propuesta de creación y modificación de sus

respectivos presupuestos. Que mediante Oficios PCP/T/051/13 y PCP/T/052/13, de fecha 04 y

11 de noviembre del 2013, suscritos por la C. Tesorero Municipal, envía los formatos de

reasignación de recursos de las diferentes Dependencias que integran la Administración

Municipal, con el propósito de someterlos para su aprobación de la Comisión y posterior

autorización del H. Ayuntamiento, los siguientes: =======================

DEPENDENCIA: Secretaria del H. Ayuntamiento Fecha: 21/10/2013

TITULAR: Lic. Vicente Caracheo Gómez

Código Presupuestario

CeGe Program

a Partida

Fuente

Financiamient

o

Nombre de la

partida Aumento Reducción

31111-

0501 0042 3751 1-CP13

Viáticos nacionales

para servidores

públicos en el

desempeño de

funciones oficiales

$15,000.00

31111-

0501 0043 2491 1-CP13 Materiales diversos $8,000.00

31111-

0501 0042 2212 1-CP13

Productos

alimenticios para el

personal en las

instalaciones de las

dependencias y

entidades

$10,000.00

31111-

0501 0043 3852 1-CP13

Gastos de las

oficinas de

servidores públicos

superiores y

mandos medios

$13,000.00

31111-

0501 0043 2491 1-CP13 Materiales diversos $5,000.00

31111-

0501 0043 5151 1-CP13

Computadoras y

equipo periférico $5,000.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $28,000.00 $28,000.00

JUSTIFICACIÓN: Se requiere dar suficiencia por las diferentes actividades de la Secretaria y

Coordinación de Delegados (Se requiere la apertura de la partida 5151 por compra de

multifuncional para Delegación de la Luz).

DEPENDENCIA: Contabilidad y Presupuestos Fecha: 17/10/2013

TITULAR: C.P. Ana Jeannette Kinney García

Código Presupuestario

CeGe Program

a Partida

Fuente

Financiamient

o

Nombre de la partida Aumento Reducción

31111-

0702 0073 3551 1-cp13

Mantenimiento y

conservación de

vehículos terrestres,

aéreos, marítimos,

lacustres y fluviales

$106,602.00

31111-

0705 0076 3391 1-cp13

Servicios

profesionales,

científicos y técnicos

integrales

$106,602.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $106,602.00 $106,602.00

JUSTIFICACIÓN: Se solicita reasignación de recursos para dar suficiencia a al partida para el

pago a tasadores del área de Catastro.

DEPENDENCIA: Dirección General de Obras Públicas Fecha: 25/10/2013

TITULAR: Ing. Carlos Enrique Arteaga Tovar

Código Presupuestario

CeGe Program

a Partida

Fuente

Financiamient

o

Nombre de la partida Aumento Reducción

31111-

0901 0095 2421 1-cp13

Materiales de

construcción de

concreto

$485,000.00

31111-

0901 0095 3551 1-cp13

Mantenimiento y

conservación de

vehículos terrestres,

aéreos, marítimos,

lacustres y fluviales

$485,000.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $485,000.00 $485,000.00

JUSTIFICACIÓN: Es necesario para la reparación de la jetpatcher (bacheadora), petrolizadora e

instalación del aire acondicionado del vehículo aveo 2012 asignado a Dirección General de Obras

Públicas.

DEPENDENCIA: Tesorería Municipal Fecha: 22/10/2013

TITULAR: C.P. Angélica María Camarena Hernández

Código Presupuestario

CeGe Program

a Partida

Fuente

Financiamient

o

Nombre de la partida Aumento Reducción

31111-

0701 0071 2112 1-cp13

Equipos menores de

oficina $1,000.00

31111-

0701 0071 5151 1-cp13

Computadoras y

equipo periférico $1,000.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $1,000.00 $1,000.00

JUSTIFICACIÓN: Pago de cargador de Laptop del Subtesorero

DEPENDENCIA: Servicios Municipales Fecha: 25/10/2013

TITULAR: Arq. Jorge Javier Caracheo Jair-Nara

Código Presupuestario

CeGe Program

a Partida

Fuente

Financiamient

o

Nombre de la partida Aumento Reducción

31111-

1101 0106 2521 1-cp13 Fertilizantes y abonos $32,298.39

31111-

1101 0106 5151 1-cp13

Computadoras y

equipo periférico $8,576.81

31111-

1101 0106 5691 1-cp13 Otros equipos $40,875.20

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $40,875.20 $40,875.20

JUSTIFICACIÓN: Se solicita reasignación de recursos para dar suficiencia a partidas necesarias

según contratos 142/DJ/2013 SEMARNAT: RECONVERSION DE ESPECIES VEGETALES para uso

de forestación y reforestación de Municipio de Celaya.

DEPENDENCIA: Síndicos y Regidores Fecha: 28/10/2013

TITULAR: Marco Heroldo Gaxiola Romo

Código Presupuestario

CeGe Program

a Partida

Fuente

Financiamient

o

Nombre de la partida Aumento Reducción

31111-

0115 0001 2111 1-cp13

Materiales y útiles de

oficina $2,500.00

31111-

0115 0001 2121 1-cp13

Materiales y útiles de

impresión y

reproducción

$780.00

31111-

0115 0001 3361 1-cp13

Impresiones de

documentos oficiales

para la prestación de

$500.00

servicios públicos,

identificación,

formatos

administrativos y

fiscales, formas

valoradas, certificados

y títulos

31111-

0115 0001 4411 1-cp13

Gastos relacionados

con actividades

culturales, deportivas

y de ayuda

extraordinaria

$1,000.00

31111-

0115 0001 2212 1-cp13

Productos

alimenticios para el

personal en las

instalaciones de las

dependencias y

entidades

$2,780.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $3,780.00 $3,780.00

JUSTIFICACIÓN: Para dar suficiencia a diferentes gastos de operación, gestoría y apoyo en las

diferentes necesidades de la ciudadanía.

DEPENDENCIA: Síndicos y Regidores Fecha: 22/10/2013

TITULAR: Georgina Suarez Díaz

Código Presupuestario

CeGe Program

a Partida

Fuente

Financiamient

o

Nombre de la partida Aumento Reducción

31111-

0114 0001 3852 1-cp13

Gastos de las oficinas

de servidores

públicos superiores y

mandos medios

$6,252.40

31111-

0114 0001 3341 1-cp13

Servicios de

capacitación $6,252.40

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $6,252.40 $6,252.40

JUSTIFICACIÓN: Para dar suficiencia a partida presupuestal de Servicios de Capacitación, con el

fin de asistir al Foro Nacional: “Desarrollo Integral y la Asistencia Social” a realizarse el 28 y 29

de Noviembre en Puerto Vallarta.

DEPENDENCIA: Oficialía Mayor Fecha: 22/10/2013

TITULAR: C.P. Victor Joaquín Moreno Mendoza

Código Presupuestario

CeGe Program

a Partida

Fuente

FinanciamientNombre de la partida Aumento Reducción

o

31111-

0201 0002 3314 1-cp13

Otros servicios

relacionados $46,600.22

31111-

0201 0003 3314 1-cp13

Otros servicios

relacionados $559,405.11

31111-

0301 0005 3314 1-cp13

Otros servicios

relacionados $349,388.11

31111-

0302 0008 3314 1-cp13

Otros servicios

relacionados $76,493.72

31111-

0303 0016 3314 1-cp13

Otros servicios

relacionados $24,503.48

31111-

0304 0018 3314 1-cp13

Otros servicios

relacionados $3,914.18

31111-

0401 0040 3314 1-cp13

Otros servicios

relacionados $45,044.37

31111-

0501 0042 3314 1-cp13

Otros servicios

relacionados $436,271.06

31111-

0501 0044 3314 1-cp13

Otros servicios

relacionados $253,789.51

31111-

0501 0159 3314 1-cp13

Otros servicios

relacionados $95,760.00

31111-

0502 0046 3314 1-cp13

Otros servicios

relacionados $54,458.59

31111-

0503 0048 3314 1-cp13

Otros servicios

relacionados $32,529.95

31111-

0504 0050 3314 1-cp13

Otros servicios

relacionados $91,041.81

31111-

0505 0052 3314 1-cp13

Otros servicios

relacionados $48,826.98

31111-

0506 0054 3314 1-cp13

Otros servicios

relacionados $309,767.15

31111-

0507 0057 3314 1-cp13

Otros servicios

relacionados $110,757.70

31111-

0601 0060 3314 1-cp13

Otros servicios

relacionados $91,773.14

31111-

0602 0062 3314 1-cp13

Otros servicios

relacionados $5,107.81

31111-

0702 0073 3314 1-cp13

Otros servicios

relacionados $152,226.37

31111-

0703 0074 3314 1-cp13

Otros servicios

relacionados $396,204.74

31111-

0704 0075 3314 1-cp13

Otros servicios

relacionados $40,596.19

31111-

0705 0076 3314 1-cp13

Otros servicios

relacionados $30,077.57

31111-

0707 0083 3314 1-cp13

Otros servicios

relacionados $17,594.00

31111-

0708 0085 3314 1-cp13

Otros servicios

relacionados $222,214.20

31111-

0709 0087 3314 1-cp13

Otros servicios

relacionados $47,754.47

31111-

0801 0090 3314 1-cp13

Otros servicios

relacionados $68,051.72

31111-

0901 0093 3314 1-cp13

Otros servicios

relacionados $278,586.41

31111-

1001 0097 3314 1-cp13

Otros servicios

relacionados $11,423.14

31111-

1001 0101 3314 1-cp13

Otros servicios

relacionados $13,607.54

31111-

1101 0104 3314 1-cp13

Otros servicios

relacionados $5,155.37

31111-

1101 0106 3314 1-cp13

Otros servicios

relacionados $647,573.93

31111-

1101 0110 3314 1-cp13

Otros servicios

relacionados $332,947.47

31111-

1101 0116 3314 1-cp13

Otros servicios

relacionados $223,429.13

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $2,311,437.

55

$2,311,437.5

5

JUSTIFICACIÓN: Contar con suficiencia presupuestal para cubrir los compromisos de nómina

contratada bajo tiempo determinado

DEPENDENCIA: Servicios Municipales Fecha: 22/10/2013

TITULAR: Arq. Jorge Javier Caracheo Jair-Nara

Código Presupuestario

CeGe Program

a Partida

Fuente

Financiamient

o

Nombre de la partida Aumento Reducción

31111-

1101 0113 3111 1-cp13

Servicio de energía

eléctrica $7,000.00

31111-

1101 0107 3111 1-cp13

Servicio de energía

eléctrica $7,000.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $7,000.00 $7,000.00

JUSTIFICACIÓN: Dar suficiencia al pago de consumo de luz de Noviembre y Diciembre 2013 de

relleno sanitario.

DEPENDENCIA: Servicios Municipales Fecha: 22/10/2013

TITULAR: Arq. Jorge Javier Caracheo Jair-Nara

Código Presupuestario

CeGe Program

a Partida

Fuente

Financiamient

o

Nombre de la partida Aumento Reducción

31111-

1101 0104 2212 1-cp13

Productos

alimenticios para el

personal en las

instalaciones de las

dependencias y

entidades

$1,600.00

31111-

1101 0110 3852 1-cp13

Gastos de las oficinas

de servidores públicos

superiores y mandos

medios

$4,000.00

31111-

1101 0104 3751 1-cp13

Viáticos nacionales

para servidores

públicos en el

desempeño de

funciones oficiales

$1,600.00

31111-

1101 0113 3852 1-cp13

Gastos de las oficinas

de servidores públicos

superiores y mandos

medios

$4,000.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $5,600.00 $5,600.00

JUSTIFICACIÓN: Dar suficiencia para reposiciones de caja chica.

DEPENDENCIA: Servicios Municipales Fecha: 22/10/2013

TITULAR: Arq. Jorge Javier Caracheo Jair-Nara

Código Presupuestario

CeGe Program

a Partida

Fuente

Financiamient

o

Nombre de la partida Aumento Reducción

31111-

1101 0108 3851 1-cp13

Gastos inherentes a

la investidura del H

Ayuntamiento

$125,000.00

31111-

1101 0108 2461 1-cp13

Material eléctrico y

electrónico $125,000.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $125,000.00 $125,000.00

JUSTIFICACIÓN: Para adquisición de adornos navideños de la fachada de presidencia municipal.

DEPENDENCIA: Síndicos y Regidores Fecha: 01/11/2013

TITULAR: Rebeca Lomelin Velasco

Código Presupuestario

CeGe Program

a Partida

Fuente

Financiamient

o

Nombre de la partida Aumento Reducción

31111-

0107 0001 4411 1-cp13

Gastos relacionados

con actividades

culturales, deportivas

y de ayuda

extraordinaria

$69,680.00

31111-

0107 0001 3341 1-cp13

Servicios de

capacitación $5,100.00

31111-

0107 0001 2112 1-cp13

Equipos menores de

oficina $2,000.00

31111-

0107 0001 2111 1-cp13

Materiales y útiles de

oficina $2,240.00

31111-

0107 0001 2121 1-cp13

Materiales y útiles de

impresión y

reproducción

$4,240.00

31111-

0107 0001 2612 1-cp13

Combustibles,

lubricantes y aditivos

para vehículos

terrestres

$40,000.00

31111-

0107 0001 3361 1-cp13

Impresiones de

documentos oficiales

para la prestación de

servicios

$2,300.00

31111-

0107 0001 3852 1-cp13

Gastos de las oficinas

de servidores

públicos superiores y

mandos medios

$20,000.00

31111-

0107 0001 5111 1-cp13

Muebles de oficina y

estantería $8,000.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $76,780.00 $76,780.00

JUSTIFICACIÓN: Para dar suficiencia a las cuentas mencionadas ya que se requiere dar apoyos

económicos a la ciudadanía, así como se requiere equipo para oficina y asistir a Congreso

DEPENDENCIA: Contabilidad y Presupuestos Fecha: 21/10/2013

TITULAR: C.P. Ana Jeannette Kinney García

Código Presupuestario

CeGe Program

a Partida

Fuente

Financiamient

o

Nombre de la partida Aumento Reducción

31111-

0702 0073 3551 1-cp13

Mantenimiento y

conservación de

vehículos terrestres,

aéreos, marítimos,

lacustres y fluviales

$141,511.88

31111-

0707 0083 3821 1-cp13

Gastos de orden

social y cultural $141,511.88

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $141,511.88 $141,511.88

JUSTIFICACIÓN: Se solicita reasignación de recursos para dar suficiencia a partidas necesarias

para el cumplimiento del evento de Feria del Alfeñique.

DEPENDENCIA: Síndicos y Regidores Fecha: 04/11/2013

TITULAR: Lic. Eduardo Guillén Hernández

Código Presupuestario

CeGe Program

a Partida

Fuente

Financiamient

o

Nombre de la

partida Aumento Reducción

31111-

0104 0001 2121 1-CP13

Materiales y útiles

de impresión y

reproducción

$1,000.00

31111-

0104 0001 2111 1-CP13

Materiales y útiles

de oficina $1,372.00

31111-

0104 0001 3361 1-CP13

Impresiones de

documentos

oficiales para la

prestación de

servicios públicos

$2,039.00

31111-

0104 0001 3751 1-CP13

Viáticos nacionales

para servidores

públicos

$8,863.00

31111-

0104 0001 4411 1-CP13

Gastos

relacionados con

actividades

culturales,

deportivas y de

ayuda

extraordinaria

$13,634.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $13,634.00 $13,634.00

JUSTIFICACIÓN: Se requiere dar suficiencia para cubrir gastos programados.

DEPENDENCIA: Síndicos y Regidores Fecha: 04/11/2013

TITULAR: Ing. Rosa Isela Hernández Herrera

Código Presupuestario

CeGe Program

a Partida

Fuente

Financiamient

o

Nombre de la

partida Aumento Reducción

31111-

0108 0001 3751 1-CP13

Viáticos nacionales

para servidores

públicos

$5,001.92

31111-

0108 0001 3341 1-CP13

Servicios de

capacitación $5,001.92

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $5,001.92 $5,001.92

JUSTIFICACIÓN: Para dar suficiencia a al partida de servicios de capacitación, debido a las

actividades propias de esta regiduría (asistir al foro nacional de desarrollo integral y la asistencia

social)

DEPENDENCIA: Síndicos y Regidores Fecha: 04/11/2013

TITULAR: Martha Guadalupe Gómez Cruces

Código Presupuestario

CeGe Program

a Partida

Fuente

Financiamient

o

Nombre de la

partida Aumento Reducción

31111-

0113 0001 3751 1-CP13

Viáticos nacionales

para servidores

públicos

$5,001.92

31111-

0113 0001 3341 1-CP13

Servicios de

capacitación $5,001.92

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $5,001.92 $5,001.92

JUSTIFICACIÓN: Para dar suficiencia a al partida de servicios de capacitación, debido a las

actividades propias de esta regiduría (asistir al foro nacional de desarrollo integral y la asistencia

social)

DEPENDENCIA: Desarrollo Social Fecha: 23/10/2013

TITULAR: Lic. Sandra Diez Alvarado

Código Presupuestario

CeGe Program

a Partida

Fuente

Financiamient

o

Nombre de la partida Aumento Reducción

31111-

0301 0005 2491 1-cp13 Materiales diversos $5,000.00

31111-

0307 0035 2161 1-cp13 Material de limpieza $5,000.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $5,000.00 $5,000.00

JUSTIFICACIÓN: Dar suficiencia a la partida para materiales de limpieza de las oficinas de

Desarrollo Social.

DEPENDENCIA: Desarrollo Social Fecha: 23/10/2013

TITULAR: Lic. Sandra Diez Alvarado

Código Presupuestario

CeGe Program

a Partida

Fuente

Financiamient

o

Nombre de la partida Aumento Reducción

31111-

0302 0008 2212 1-cp13

Productos

alimenticios para el

personal en las

instalaciones de las

dependencias y

entidades

$13,607.82

31111-

0301 0005 2212 1-cp13

Productos

alimenticios para el

personal en las

instalaciones de las

dependencias y

entidades

$13,607.82

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $13,607.82 $13,607.82

JUSTIFICACIÓN: Dar suficiencia a la partida de fondo fijo y consumos de Desarrollo Social.

DEPENDENCIA: Desarrollo Social Fecha: 05/11/2013

TITULAR: Lic. Sandra Diez Alvarado

Código Presupuestario

CeGe Program

a Partida

Fuente

Financiamient

o

Nombre de la partida Aumento Reducción

31111-

0301 0005 4411 1-cp13

Gastos relacionados

con actividades

culturales, deportivas

y de ayuda

extraordinaria

$88,000.00

31111-

0301 0005 3221 1-cp13

Arrendamiento de

edificios y locales $88,000.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $88,000.00 $88,000.00

JUSTIFICACIÓN: Dar suficiencia a la partida de arrendamiento de edificios para el edificio de la

calle Guadalupe #127 de Desarrollo Social.

DEPENDENCIA: Desarrollo Social Fecha: 05/11/2013

TITULAR: Lic. Sandra Diez Alvarado

Código Presupuestario

CeGe Program

a Partida

Fuente

Financiamient

o

Nombre de la partida Aumento Reducción

31111-

0301 0005 4411 1-cp13

Gastos relacionados

con actividades

culturales, deportivas

y de ayuda

extraordinaria

$30,000.00

31111-

0304 0018 2221 1-cp13

Productos

alimenticios para

animales

$30,000.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $30,000.00 $30,000.00

JUSTIFICACIÓN: Dar suficiencia a la partida para Alimento del Centro de Control Animal.

DEPENDENCIA: Desarrollo Social Fecha: 05/11/2013

TITULAR: Lic. Sandra Diez Alvarado

Código Presupuestario

CeGe Program

a Partida

Fuente

Financiamient

o

Nombre de la partida Aumento Reducción

31111-

0301 0005 4411 1-cp13

Gastos relacionados

con actividades

culturales, deportivas

y de ayuda

extraordinaria

$35,000.00

31111-

0306 0034 3511 1-cp13

Conservación y

mantenimiento de

inmuebles

$35,000.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $35,000.00 $35,000.00

JUSTIFICACIÓN: Dar suficiencia a la partida para dar mantenimiento a infraestructura deportiva

M.A.V.

DEPENDENCIA: Síndicos y Regidores Fecha: 05/11/2013

TITULAR: Alberto Pérez Quiroga

Código Presupuestario

CeGe Program

a Partida

Fuente

Financiamient

o

Nombre de la

partida Aumento Reducción

31111-

0110 0001 3852 1-CP13

Gastos de las

oficinas de

servidores públicos

superiores y

mandos medios

$3,000.00

31111-

0110 0001 2212 1-CP13

Productos

alimenticios para el

personal en las

instalaciones de las

dependencias y

entidades

$3,000.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $3,000.00 $3,000.00

JUSTIFICACIÓN: Para dar mayor suficiencia a la partida de productos alimenticios

DEPENDENCIA: Síndicos y Regidores Fecha: 05/11/2013

TITULAR: Dulce María Gallego Hinojosa

Código Presupuestario

CeGe Program

a Partida

Fuente

Financiamient

o

Nombre de la

partida Aumento Reducción

31111-

0113 0001 3751 1-CP13

Viáticos nacionales

para servidores

públicos

$5,001.92

31111-

0113 0001 3341 1-CP13

Servicios de

capacitación $5,001.92

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $5,001.92 $5,001.92

JUSTIFICACIÓN: Para dar suficiencia a la partida de servicios de capacitación, debido a las

actividades propias de esta regiduría (asistir al foro nacional de desarrollo integral y la asistencia

social)

DEPENDENCIA: Síndicos y Regidores Fecha: 07/11/2013

TITULAR: Arq. Rodolfo Segura Montes

Código Presupuestario

CeGe Program

a Partida

Fuente

Financiamient

o

Nombre de la

partida Aumento Reducción

31111-

0111 0001 3852 1-CP13

Gastos de las

oficinas de

servidores públicos

superiores y

$2,085.00

mandos medios

31111-

0111 0001 3341 1-CP13

Servicios de

capacitación $2,085.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $2,085.00 $2,085.00

JUSTIFICACIÓN: Para dar suficiencia a al partida de servicios de capacitación, debido a las

actividades propias de esta regiduría (asistir al foro nacional de desarrollo integral y la asistencia

social)

DEPENDENCIA: Síndicos y Regidores Fecha: 07/11/2013

TITULAR: Lic. Rubén Guerrero Merino

Código Presupuestario

CeGe Program

a Partida

Fuente

Financiamient

o

Nombre de la

partida Aumento Reducción

31111-

0112 0001 3852 1-CP13

Gastos de las

oficinas de

servidores públicos

superiores y

mandos medios

$2,085.00

31111-

0112 0001 3341 1-CP13

Servicios de

capacitación $2,085.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $2,085.00 $2,085.00

JUSTIFICACIÓN: Para dar suficiencia a al partida de servicios de capacitación, debido a las

actividades propias de esta regiduría (asistir al foro nacional de desarrollo integral y la asistencia

social)

DEPENDENCIA: IMJUV Fecha: 07/11/2013

TITULAR: Ing. Mariano Zavala Díaz

Código Presupuestario

CeGe Program

a Partida

Fuente

Financiamient

o

Nombre de la partida Aumento Reducción

31120-

9201 0132 4151 1-cp13

Transferencias para

servicios personales $124,098.59

31120-

9201 0132 4152 1-cp13

Transferencias para

materiales y

suministros

$26,720.00

31120-

9201 0132 4153 1-cp13

Transferencias para

servicios básicos $28,481.12

31120-

9201 0132 4154 1-cp13

Transferencias,

asignaciones,

subsidios y otras

ayudas

$42,897.47

31120-

9201 0132 4155 1-cp13

Transferencias para

bienes muebles,

inmuebles e

intangibles

$26,000.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $124,098.59 $124,098.59

JUSTIFICACIÓN: Para dar suficiencia hasta el mes de Noviembre en cuanto a nomina del IMJUV

DEPENDENCIA: Síndicos y Regidores Fecha: 07/11/2013

TITULAR: Antonio Rodríguez Alvarado

Código Presupuestario

CeGe Program

a Partida

Fuente

Financiamient

o

Nombre de la partida Aumento Reducción

31111-

0106 0001 2111 1-CP13

Materiales y útiles de

oficina $500.00

31111-

0106 0001 2121 1-CP13

Materiales y útiles de

impresión y

reproducción

$700.00

31111-

0106 0001 2612 1-CP13

Combustibles,

lubricantes y aditivos

para vehículos

terrestres servidores

públicos

$10,000.00

31111-

0106 0001 3152 1-CP13 Radiolocalización $5,000.00

31111-

0106 0001 3852 1-CP13

Gastos de las oficinas

de servidores públicos

superiores y mandos

medios

$816.00

31111-

0106 0001 4411 1-CP13

Gastos relacionados

con actividades

culturales, deportivas

y de ayuda

extraordinaria

$7,016.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $12,016.00 $12,016.00

JUSTIFICACIÓN: Para dar suficiencia a diferentes partidas presupuestales

DEPENDENCIA: Síndicos y Regidores Fecha: 07/11/2013

TITULAR: Georgina Suarez Díaz

Código Presupuestario

CeGe Program

a Partida

Fuente

Financiamient

o

Nombre de la

partida Aumento Reducción

31111-

0114 0001 3852 1-CP13

Gastos de las

oficinas de

servidores públicos

superiores y

mandos medios

$1,250.00

31111-

0114 0001 3341 1-CP13

Servicios de

capacitación $1,250.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $1,250.00 $1,250.00

JUSTIFICACIÓN: Para dar suficiencia a al partida de servicios de capacitación, debido a las

actividades propias de esta regiduría (asistir al foro nacional de desarrollo integral y la asistencia

social)

DEPENDENCIA: Sistemas Fecha: 08/11/2013

TITULAR: L.I. José Consepción Padrón Huizache

Código Presupuestario

CeGe Program

a Partida

Fuente

Financiamient

o

Nombre de la

partida Aumento Reducción

31111-

0708 0084 3332 1-CP13

Servicios de

procesos, técnica y

en tecnologías de

la información

$50,000.00

31111-

0708 0085 5641 1-CP13

Sistemas de aire

acondicionado,

calefacción y de

refrigeración

industrial y

comercial

$50,000.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $50,000.00 $50,000.00

JUSTIFICACIÓN: Para adquisición de un equipo de aire acondicionado para el SITE de la

Dirección de Sistemas

DEPENDENCIA: Tesorería Municipal Fecha: 08/11/2013

TITULAR: C.P. Angélica María Camarena Hernández

Código Presupuestario

CeGe Program

a Partida

Fuente

Financiamient

o

Nombre de la

partida Aumento Reducción

31111-

0701 0071 3251 1-CP13

Arrendamiento de

vehículos

terrestres, aéreos,

marítimos,

$100,000.00

lacustres y fluviales

para la ejecución

de programas de

seguridad pública y

nacional

31111-

0601 0136 4451 1-CP13

Donativos a

instituciones sin

fines de lucro

$100,000.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $100,000.00 $100,000.00

JUSTIFICACIÓN: Para cubrir con la operatividad del 2013

DEPENDENCIA: IMEC Fecha: 08/11/2013

TITULAR: Biol. José Leobardo Cornejo Ramírez

Código Presupuestario

CeGe Program

a Partida

Fuente

Financiamient

o

Nombre de la partida Aumento Reducción

31120-

8701 0131 4153 1-cp13

Transferencias para

servicios básicos $14,400.00

31120-

8701 0131 4155 1-cp13

Transferencias para

bienes muebles,

inmuebles e

intangibles

$14,400.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $14,400.00 $14,400.00

JUSTIFICACIÓN: Para dar suficiencia a la partida 4153 para el cumplimiento de convenio

IEE/FOAM/CELAYA/26/2013

DEPENDENCIA: Secretaria del H. Ayuntamiento Fecha: 11/11/2013

TITULAR: Lic. Vicente Caracheo Gómez

Código Presupuestario

CeGe Program

a Partida

Fuente

Financiamient

o

Nombre de la

partida Aumento Reducción

31111-

0501 0042 3341 1-CP13

Servicios de

capacitación $18,000.00

31111-

0501 0042 4411 1-CP13

Gastos

relacionados con

actividades

culturales,

deportivas y de

ayuda

extraordinaria

$12,000.00

31111-

0501 0042 2212 1-CP13

Productos

alimenticios para el

personal en las

instalaciones de las

dependencias y

entidades

$6,000.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $18,000.00 $18,000.00

JUSTIFICACIÓN: Se requiere dar suficiencia por las diferentes actividades de la Secretaria y los

diferentes apoyos que la misma otorga.

DEPENDENCIA: Obras Públicas Fecha: 21/10/2013

TITULAR: Ing. Carlos Enrique Arteaga Tovar

Código Presupuestario

CeGe Program

a Partida

Fuente

Financiamient

o

Nombre de la

partida Aumento Reducción

31111-

0901 0093 2121 1-CP13

Materiales y útiles

de impresión y

reprod

$5,224.00

31111-

0901 0093 2111 1-CP13

Materiales y útiles

de oficina $2,600.00

31111-

0901 0094 2111 1-CP13

Materiales y útiles

de oficina $1,624.00

31111-

0901 0093 2121 1-CP13

Materiales y útiles

de impresión y

reprod

$1,000.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $5,224.00 $5,224.00

JUSTIFICACIÓN: Es necesario para la compra de consumibles de emergencia.

DEPENDENCIA: Síndicos y Regidores Fecha: 11/11/2013

TITULAR: Lic. David Alfonso Orozco Pérez

Código Presupuestario

CeGe Program

a Partida

Fuente

Financiamient

o

Nombre de la

partida Aumento Reducción

31111-

0109 0001 3751 1-CP13

Viáticos nacionales

para servidores

públicos en el

desempeño de

funciones oficiales

$3,857.00

31111-

0109 0001 3361 1-CP13

Impresiones de

documentos

oficiales para la

prestación de

servicios públicos.

$2,293.00

31111-

0109 0001 3852 1-CP13

Gastos de las

oficinas de

servidores públicos

superiores y

mandos medios

$12,000.00

31111-

0109 0001 2121 1-CP13

Materiales y útiles

de impresión y

reproducción

$3,000.00

31111-

0109 0001 2212 1-CP13

Productos

alimenticios para el

personal en las

instalaciones de las

dependencias y

entidades

$3,000.00

31111-

0109 0001 4411 1-CP13

Gastos

relacionados con

actividades

culturales,

deportivas y de

ayuda

extraordinaria

$18,150.00

TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $21,150.00 $21,150.00

JUSTIFICACIÓN: Se requiere dar suficiencia para cubrir gastos programados.

Documentos que se anexan y se tienen por reproducidos como si a la letra se insertaren: Por lo

anteriormente expuesto y con fundamento el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el

Estado de Guanajuato, ésta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se aprueban las

reasignaciones de recursos presupuestales de las diferentes Dependencias de la Administración

Pública Municipal, conforme a los formatos descritos en el párrafo cuarto de los Considerandos y

contenidos en los Oficios PCP/T/051/13 y PCP/T/052/13 anexo al presente dictamen.

SEGUNDO.- Se instruye a la Tesorería Municipal dar cumplimiento a lo establecido en el

resolutivo anterior. TERCERO.- Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento a que dé

cumplimiento a lo establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para

el Estado de Guanajuato. CUARTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H.

Ayuntamiento el presente dictamen para su aprobación. QUINTO.- Notifíquese para su

cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la

comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 11 de noviembre del 2013.

finalizada la lectura del dictamen anterior,el Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente

Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno, mismo que se aprueba por

unanimidad de los presentes.- =======================================

DICTAMEN HDA-248/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta

Pública, mediante el cual se autoriza el cambio de Pensión por vejez a Pensión por incapacidad

provisional al C. MARIO AVELLA CAMPOS. CONSIDERANDO.- Que la Ley Orgánica Municipal

para el Estado de Guanajuato, establece en su articulo 135 fracción VIII, que el Ayuntamiento

garantizara a los servidores públicos municipales, el ejercicio de los derechos que les reconocen

las leyes y otros ordenamientos jurídicos. El Reglamento Interior de Trabajo para los

Trabajadores al Servicio de la Presidencia Municipal de Celaya, Guanajuato; en su artículo LII,

faculta al Ayuntamiento para el otorgamiento de pensiones y concede el gozo de las mismas a

los trabajadores de la Presidencia Municipal de Celaya. Bajo ese contexto, ésta Comisión recibió

el oficio No. D.P.-925/2013, de fecha 31 de octubre del 2013, suscrito por los CC. Directora de

Personal y Asesor Jurídico Laboral de la Oficialía Mayor, mediante el cual hacen la aclaración que

con fecha 02/julio/2013, se solicitó ante la Comisión de Hacienda la aprobación de la pensión de

jubilación por vejez del C. Avella Campos Mario, del 70% de su sueldo, equivalente a un monto

de $2,715.72, conforme al artículo 11 del Reglamento de Jubilaciones del Municipio de Celaya,

Gto., la cual fue autorizada mediante Dictamen HDA-155/2013 el 30/julio/2013. Sin embargo, el

trabajador tenía pendiente ante el IMSS un Dictamen de Incapacidad Permanente (IPP)

derivado de un accidente de trabajo ocurrido el 04/enero/2013; por lo tanto no se pudo aplicar

el pago de la pensión en la nomina, para esperar la resolución final, ocasionando que el

trabajador continuara laborando. Con fecha 16/octubre/2013 se recibió en esta Oficialía Mayor

el dictamen de incapacidad Permanente Parcial (IPP) a dos años, emitido por el Instituto

Mexicano del Seguro Social con vigencia hasta el 30/junio/2015, y la petición por parte del Sr.

Mario Avella Campos para que se modifique la pensión tanto en concepto como en cantidad.

Con fundamento en el Reglamento de Pensiones y Jubilaciones para los Trabajadores del

Municipio de Celaya, Gto., en su artículo 21 dice textualmente: “La incapacidad permanente

total o permanente parcial derivada de un riesgo o enfermedad profesional causada a

consecuencia del deber, dará derecho a la pensión correspondiente. La percepción económica

será del 80% del salario que percibe al momento de presentarse la incapacidad…” Derivado de

lo anterior se concluye que en total le corresponde una pensión mensual del 80% de su salario,

equivalente a un monto de: $3,103.68 (tres mil ciento tres pesos 68/100 m.n.) mensuales. La

diferencia entre la pensión de vejez vs pensión por incapacidad (IPP) es de $387.96 (trescientos

ochenta y siete pesos 96/100 m.n.) mensuales. Por lo que le agradeceré someter a

consideración del H. Ayuntamiento en la próxima sesión de Cabildos, la aprobación para

cambiar la Pensión de Vejez por la de Invalidez (IPP). Documentos que se anexan y se tienen

por reproducidos como si a la letra se insertaren. Por lo antes expuesto y con fundamento en el

artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, ésta Comisión:

RESUELVE: PRIMERO. Se autoriza el cambio de Pensión por vejez a pensión por incapacidad

provisional (IPP) a dos años al C. MARIO AVELLA CAMPOS, correspondiente al 80% de su

salario y con una vigencia hasta el 30 de junio del 2015. SEGUNDO. Se instruye a la Dirección

de Personal realizar los trámites para los efectos legales correspondientes. TERCERO. Se

instruye a la Secretaria del H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido por el

artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. CUARTO.

Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente Dictamen para su

aprobación. QUINTO. Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su

debida constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en

fecha 11 de noviembre del 2013. finalizada la lectura del dictamen anterior,el Secretario del H.

Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno, mismo

que se aprueba por unanimidad de los presentes. ============================

DICTAMEN HDA-250/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta

Pública, mediante el cual se autoriza otorgar un apoyo económico a favor de la Promotora

Deportiva “M”, para llevar a cabo la promoción del deporte en el Municipio de Celaya, Gto.

CONSIDERANDO.- Que con la facultad que confiere el artículo 115, fracción IV, inciso c), último

párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 121 de la

Constitución Política para el Estado de Guanajuato y el artículo 76 fracción IV inciso a) de la Ley

Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; el Ayuntamiento tiene atribuciones para

ejercer los recursos que integran la Hacienda Pública Municipal en forma directa o bien, por

quién éste autorice conforme a la Ley. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

en su artículo 126, establece la prohibición de realizar algún pago que no esté aprobado

presupuestalmente, así mismo la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, en su

artículo 235 establece que ningún gasto podrá efectuarse sin que exista partida expresa del

presupuesto que lo autorice y que tenga saldo disponible para cubrirlo. Ahora bien, mediante

escrito dirigido al Presidente Municipal, suscrito por la Directora Administrativa del Club Celaya

FC, y turnado a esta Comisión, solicitando el apoyo económico por la cantidad de $1’000,000.00

el día 11 de enero del 2014 y $700,000.00 el día 15 de noviembre del 2013, ambos como apoyo

para la infraestructura Deportiva del Club Celaya F.C.. Documento que se anexa y se tiene por

reproducido como si a la letra se insertare. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en

el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, ésta Comisión:

RESUELVE: PRIMERO.- Se autoriza otorgar un apoyo económico por la cantidad de

$1’700,000.00 (un millón setecientos mil pesos 00/100 m.n.), a favor de la Promotora Deportiva

“M”, para llevar a cabo la promoción del deporte, así como apoyo para la Infraestructura

Deportiva del Club Celaya F.C., de la siguiente manera: *Un primer pago por $700,000.00

(setecientos mil pesos 00/100 m.n.), en el mes de noviembre del año 2013. *Un segundo y

último pago por $1’000,000.00 (un millón de pesos 00/100 m.n), en el mes de enero del año

2014. SEGUNDO.- Se instruye a la Tesorería Municipal, elabore el convenio correspondiente

para otorgar el apoyo mencionado en el punto anterior con cargo a la partida presupuestal que

para efectos corresponda. TERCERO.- Se instruye a la Tesorería Municipal dar cumplimiento

haciendo los pagos, de conformidad al resolutivo primero del presente Dictamen. CUARTO.- Se

instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido por el

artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. QUINTO.-

Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente dictamen para su

aprobación. SEXTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su

debida constancia los integrantes de la comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en

fecha 13 de noviembre del 2013. finalizada la lectura del dictamen anterior,el Secretario del H.

Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno, mismo

que se aprueba por unanimidad de los presentes. ============================

DICTAMEN HDA-251/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta

Pública, mediante el cual se aprueba el Instructivo de Valuación, que será complementario a la

Ley de Ingresos para el Municipio de Celaya, Guanajuato, para el Ejercicio Fiscal 2014.

CONSIDERANDO.- Conforme al artículo 115, fracciones I, II y IV incisos a), b) y c), de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 121, incisos a), b) y c) y último

párrafo, de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, artículo 76 fracción IV, incisos

a) y b), 198 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, artículo 1º y 2º de la

Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato, establecen que cada Municipio

será gobernado por un Ayuntamiento, asimismo los municipios estarán investidos con

personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley, administraran libremente su

Hacienda, los recursos que integran ésta, serán ejercidos en forma directa por el Ayuntamiento,

o por quien éste autorice conforme a la Ley. El artículo 117, fracción VIII, de la Constitución

Política para el Estado de Guanajuato, concede la facultad al Ayuntamiento dentro del ámbito

de su competencia, de proponer al Congreso del Estado las cuotas y tarifas aplicables a

impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y tablas de valores unitarios del suelo y

construcciones que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad

inmobiliaria, en los términos que señale la Ley. Ahora bien, para la aplicación del Artículo 5

donde nos indican los valores que se aplicarán a los inmuebles para el año 2014, en inciso I.

Tratándose de inmuebles urbanos y suburbanos a) valores del terreno, b) valores de

construcción. Es necesario contar con un instructivo de valuación para poder llevar a cabo la

valuación fiscal y catastral donde el instructivo tiene un papel fundamental, ya que es el que

regulará los procedimientos de valuación en cuanto a criterios, normas y especificaciones de

cómo se realizarán los avalúos. Para la obtención del valor de un terreno, se considerará el

factor de eficiencia, de acuerdo a las características propias del terreno, donde engloba forma

del terreno, superficie, perímetro, profundidad, falla geológica, pendiente, etc. En la obtención

del valor de las construcciones se realizará un análisis de la forma en que impacta en relación

porcentual el modelo de depreciaciones a las construcciones a partir de un valor de reposición

nuevo, aplicando deméritos a partir del análisis de la vida útil total, la vida transcurrida, estado

de conservación, situación estructural y la calidad del proyecto. Cabe destacar que la Ley de

Ingresos 2013, establece los criterios de las construcciones a partir de estados de conservación

tales como: nuevo, bueno, regular y malo. Para el efecto del análisis se consideraron las

aplicaciones de los factores a partir de edades estimadas correspondientes con las

clasificaciones mencionadas en la Ley de Ingresos 2013 para poder hacer relativas las

comparaciones de ambos métodos. Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, y con

la facultad que otorga el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato,

ésta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se aprueba el Instructivo de Valuación, que será

complementario al rubro del Impuesto Predial, establecido en la Ley de Ingresos para el

Municipio de Celaya, Guanajuato, para el Ejercicio Fiscal 2014, mismo que se anexa al presente

dictamen. SEGUNDO.- Se instruye a la Tesorería Municipal, a través de la Dirección de

Impuesto Inmobiliario y Catastro, llevar a cabo la aplicación del Instructivo de Valuación.

TERCERO.- Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo

establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de

Guanajuato. CUARTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento, el presente

dictamen para su aprobación. QUINTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron

en lo General por unanimidad y firmaron para su debida constancia los integrantes de la

Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 13 de noviembre del 2013.

finalizada la lectura del dictamen anterior,el Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente

Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno, mismo que se aprueba por

unanimidad de los presentes. =======================================

COMISIÓN DE GOBIERNO, REGLAMENTOS Y JUSTICIA MUNICIPAL. =========

En uso de la voz el Sindico C. Eduardo Guillen Hernandez, Presidente de la Comisión,

solicita al Secretario del H. Ayuntamiento C. Vicente Caracheo Gómez, someta a consideración

del Pleno la propuesta de que se omita la lectura de los considerandos y resolutivos de los

dictámenes a los que dará lectura, para únicamente referirse al rubro de los mismos, se somete

a consideración del pleno la propuesta del Sindico, misma que se aprueba por unanimidad de

los presentes, por lo que se procede a transcribir íntegramente los dictámenes de Gobierno. ==

DICTAMEN GOB-049/2013 Que emite la Comisión de Gobierno, Reglamentos y

Justicia Municipal, mediante el cual se emite opinión positiva respecto de la iniciativa de

reforma al artículo 1 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; formulada por el

Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; remitida por la Comisión de

Gobernación y Puntos Constitucionales. C O N S I D E R A N D O.- Con fundamento en el

artículo 106 de la Constitución Política del Estado de Guanajuato, en el cual se establece que:

“El Municipio libre, base de la división territorial del Estado y de su organización política y

administrativa, es una institución de carácter público, constituida por una comunidad de

personas, establecido en un territorio delimitado, con personalidad jurídica y patrimonio propio,

autónomo en su Gobierno interior y libre de la Administración de su Hacienda”. Y de acuerdo al

artículo 117 del mismo ordenamiento en relación a la facultad reglamentaria, se señala que: “A

los Ayuntamientos compete: I.- Aprobar, de acuerdo con las Leyes en materia municipal que

expida el Congreso del Estado; los Bandos de Policía y Gobierno, Reglamentos, Circulares y

disposiciones administrativas de observancia general; que organicen la administración pública

municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su

competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal”. Así mismo en el Artículo 76,

fracción I, inciso a) de Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, se establece que

el Ayuntamiento tendrá dentro de las atribuciones en materia de gobierno y régimen interior:

“... emitir opinión sobre las iniciativas de leyes o decretos que incidan en la competencia

municipal, dentro del término que establezca la Comisión Dictaminadora”. Por lo que conforme

al Artículo 67, inciso b) del Reglamento Interior del Honorable Ayuntamiento de Celaya, Gto., le

corresponde a la Comisión de Gobierno, Reglamentos y Justicia Municipal, “emitir el dictamen

que contenga las iniciativas de reformas, adiciones o nuevos proyectos de ley que se pretenda

enviar al Congreso del Estado, o emitir opinión de las enviadas por el Congreso o por el

Ejecutivo del Estado”. Por tal motivo, en reunión ordinaria de la Comisión de Gobierno,

Reglamentos y Justicia Municipal, celebrada el día 07 de noviembre de 2013, se analizó la

iniciativa de reforma al artículo 1 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato,

formulada por el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, y remitida

mediante Oficio Circular No. 86, signada por el Diputado Presidente y Secretario de la Comisión

de Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso del Estado. Por lo que, esta Comisión

con la facultad que otorga el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de

Guanajuato: R E S U E L V E.- PRIMERO.- Se emite opinión positiva respecto de la

iniciativa de reforma al artículo 1 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato;

formulada por el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; remitida por la

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales. SEGUNDO.- Sométase a consideración del

Pleno del H. Ayuntamiento, el presente Dictamen para su aprobación. TERCERO.- Se instruye a

la Secretaría del Ayuntamiento, envíe inmediatamente el presente acuerdo al H. Congreso del

Estado, para que surta sus efectos legales correspondientes. Así lo resolvieron y firmaron para

su debida constancia los integrantes de la Comisión en fecha 07 de noviembre de 2013.

finalizada la lectura del dictamen anterior,el Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente

Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno, mismo que se aprueba por

unanimidad de los presentes.- =======================================

DICTAMEN GOB-050/2013.- Que emite la Comisión de Gobierno, Reglamentos y

Justicia Municipal, mediante el cual se emite opinión positiva respecto de la iniciativa de

reforma de la fracción II del artículo 45 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato;

formulada por el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; remitida por la

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales. C O N S I D E R A N D O.- Con

fundamento en el artículo 106 de la Constitución Política del Estado de Guanajuato, en el cual

se establece que: “El Municipio libre, base de la división territorial del Estado y de su

organización política y administrativa, es una institución de carácter público, constituida por una

comunidad de personas, establecido en un territorio delimitado, con personalidad jurídica y

patrimonio propio, autónomo en su Gobierno interior y libre de la Administración de su

Hacienda”. Y de acuerdo al artículo 117 del mismo ordenamiento en relación a la facultad

reglamentaria, se señala que: “A los Ayuntamientos compete: I.- Aprobar, de acuerdo con las

Leyes en materia municipal que expida el Congreso del Estado; los Bandos de Policía y

Gobierno, Reglamentos, Circulares y disposiciones administrativas de observancia general; que

organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y

servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal”. Así

mismo en el Artículo 76, fracción I, inciso a) de Ley Orgánica Municipal para el Estado de

Guanajuato, se establece que el Ayuntamiento tendrá dentro de las atribuciones en materia de

gobierno y régimen interior: “... emitir opinión sobre las iniciativas de leyes o decretos

que incidan en la competencia municipal, dentro del término que establezca la Comisión

Dictaminadora”. Por lo que conforme al Artículo 67, inciso b) del Reglamento Interior del

Honorable Ayuntamiento de Celaya, Gto., le corresponde a la Comisión de Gobierno,

Reglamentos y Justicia Municipal, “emitir el dictamen que contenga las iniciativas de reformas,

adiciones o nuevos proyectos de ley que se pretenda enviar al Congreso del Estado, o emitir

opinión de las enviadas por el Congreso o por el Ejecutivo del Estado”. Por tal motivo, en

reunión ordinaria de la Comisión de Gobierno, Reglamentos y Justicia Municipal, celebrada el día

07 de noviembre de 2013, se analizó la iniciativa de reforma a la fracción II del artículo 1 de la

Constitución Política para el Estado de Guanajuato, formulada por el Grupo Parlamentario del

Partido de la Revolucionario Institucional, y remitida mediante Oficio Circular No. 88, signada

por el Diputado Presidente y Secretario de la Comisión de Gobernación y Puntos

Constitucionales del Congreso del Estado. Por lo que, esta Comisión con la facultad que otorga

el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato: R E S U E L V

E.- PRIMERO.- Se emite opinión positiva respecto de la iniciativa de reforma a la fracción II

del artículo 1 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, formulada por el Grupo

Parlamentario del Partido de la Revolucionario Institucional, y remitida mediante Oficio Circular

No. 88, signada por el Diputado Presidente y Secretario de la Comisión de Gobernación y Puntos

Constitucionales del Congreso del Estado. SEGUNDO.- Sométase a consideración del Pleno del

H. Ayuntamiento, el presente Dictamen para su aprobación. TERCERO.- Se instruye a la

Secretaría del Ayuntamiento, envíe inmediatamente el presente acuerdo al H. Congreso del

Estado, para que surta sus efectos legales correspondientes. Así lo resolvieron y firmaron para

su debida constancia los integrantes de la Comisión en fecha 07 de noviembre de 2013.

finalizada la lectura del dictamen anterior,el Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente

Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno, mismo que se aprueba por

unanimidad de los presentes.- =======================================

DICTAMEN GOB-051/2013.- Que emite la Comisión de Gobierno, Reglamentos y Justicia

Municipal, mediante el cual se emite el Reglamento del Patronato de la Feria Regional Puerta de

Oro del Bajío del Municipio de Celaya, Gto. C O N S I D E R A N D O S.- Que

conforme al artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,

el cual establece la facultad reglamentaria del ayuntamiento, señalándose literalmente lo

siguiente: “Los Municipios estarán investidos de personalidad Jurídica y manejarán su hacienda

conforme a la Ley… Los Ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las

leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los estados, los bandos de

policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia

general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la Administración Pública

Municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su

competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal”. Así mismo, se establece en el

artículo 106 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, que “El Municipio libre,

base de la división territorial del Estado y de su organización política y administrativa, es una

institución de carácter público, constituida por una comunidad de personas, establecido en un

territorio delimitado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, autónomo en su Gobierno

interior y libre de la Administración de su Hacienda”. Y de acuerdo al artículo 117 del mismo

ordenamiento, en relación a la facultad reglamentaria, se señala que: “A los Ayuntamientos

compete: I.- Aprobar, de acuerdo con las Leyes en materia municipal que expida el Congreso

del Estado; los Bandos de Policía y Gobierno, Reglamentos, Circulares y disposiciones

administrativas de observancia general; que organicen la administración pública municipal,

regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y

aseguren la participación ciudadana y vecinal”. Subsecuentemente en el Artículo 76, fracción I,

inciso b) de Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, se establece que los

ayuntamientos tendrán como atribución en materia de gobierno y régimen interior: ” b) Aprobar

de acuerdo con las leyes en materia municipal que expida el Congreso del Estado, los bandos

de policía y buen gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de

observancia general, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias,

procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación

ciudadana y vecinal”. Y de igual forma en correlación con el artículo 236 de dicha Ley Orgánica

se establece la facultad reglamentaria de los Ayuntamientos. Y en el artículo 67, inciso A) del

Reglamento Interior del Honorable Ayuntamiento de Celaya, Gto., señala que, a la Comisión de

Gobierno, Reglamentos y Justicia Municipal le corresponde: “A) El dictamen que contenga las

iniciativas de reformas y adiciones o nuevos proyectos de Reglamentos Municipales, para ser

aprobadas por el Ayuntamiento y remitidas al Congreso del Estado para su revisión y

aprobación conforme al artículo 236 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.

Por lo que con fundamento en lo anterior, la Comisión de Gobierno, Reglamentos y Justicia

Municipal, concluyo el día 05 de septiembre de 2013, concluyo el análisis de del proyecto de

Reglamento del Patronato de la Feria Regional Puerta de Oro del Bajío del Municipio de Celaya,

Gto., conforme a la siguiente exposición de motivos: El organismo descentralizado de la

administración pública municipal denominado Patronato de la Feria Regional Puerta de Oro del

Bajío, del Municipio de Celaya, Gto., busca la factibilidad económica y financiera que le permita

ser autosustentable en el corto plazo y que el resultado final sea un centro exposiciones y

eventos feriales para la ciudad de Celaya. El Patronato prevé contribuir al desarrollo de nuestro

municipio mediante el impulso de la actividad turística, comercial, industrial, cultural y de

esparcimiento. De manera que impacte en los Sectores Productivos. Así mismo ampliar el

campo de acción del Patronato, así como definir la estructura administrativa con la que contara,

la implementación de acciones con la denominación que se establece para las instalaciones

propias, que administre u opere, con la denominación de ECOFORUM, así como las atribuciones

y facultades para constituir fideicomisos y actos jurídicos que permitan lograr el objeto del

Patronato. Expuesto lo anterior, con fundamento en el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal

para el Estado de Guanajuato, esta comisión: R E S U E L V E.- PRIMERO. Se emite el

Reglamento del Patronato de la Feria Regional Puerta de Oro del Bajío del Municipio de Celaya,

Gto. SEGUNDO. Se abroga el Reglamento del Patronato de la Feria Regional Puerta de Oro del

Bajío del Municipio de Celaya, Gto., publicado el 25 de febrero de 2003, en el Periódico Oficial

del Estado de Guanajuato, número 32. TERCERO. Sométase a la consideración del Pleno del H.

Ayuntamiento para su aprobación el presente dictamen. CUARTO. Se instruye a la Secretaría

del H. Ayuntamiento, realice los trámites necesarios para su publicación en el Periódico Oficial

de Gobierno del Estado de Guanajuato. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia

los integrantes de la Comisión de Gobierno, Reglamentos y Justicia Municipal en fecha 26 de

septiembre 2013. finalizada la lectura del dictamen anterior,el Secretario del H. Ayuntamiento,

C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno, mismo que se aprueba

por unanimidad de los presentes. =====================================

COMISIÓN DE EDUCACIÓN . =================================

En uso de la voz la Regidora C. Rosa Isela Hernández Herrera, Presidente de la Comisión,

solicita al Secretario del H. Ayuntamiento C. Vicente Caracheo Gómez, someta a consideración

del Pleno la propuesta de que se omita la lectura del considerando y resolutivo del dictámen al

que dará lectura, para únicamente referirse al rubro del mismos, se somete a consideración del

pleno la propuesta de la Regidora, misma que se aprueba por unanimidad de los presentes, por

lo que se procede a transcribir íntegramente el dictámen. =======================

DICTAMEN EDU-007/2013.- Que emite la Comisión de Educación, mediante el cual se da

respuesta al Oficio Circular Núm. 71 enviado por la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología

y Cultura de la Sexagésima Segunda Legislatura del H. Congreso del Estado. C O N S I D E R A

N D O.- Con fundamento en el artículo 106 de la Constitución Política del Estado de

Guanajuato, en el cual se establece que: “El Municipio libre, base de la división territorial del

Estado y de su organización política y administrativa, es una institución de carácter público,

constituida por una comunidad de personas, establecido en un territorio delimitada, con

personalidad jurídica y patrimonio propio, autónomo en su Gobierno interior y libre de la

Administración de su Hacienda”. Y de acuerdo al artículo 117 del mismo ordenamiento en

relación en relación a la facultad reglamentaria, se señala que: “A los Ayuntamientos compete:

I.- Aprobar, de acuerdo con la leyes en materia municipal que expida el Congreso del Estado, los

Bandos de Policía y Gobierno, Reglamentos, Circulares y disposiciones administrativas de

observancia general; que organicen la administración pública municipal, regulen las materias,

procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación

ciudadana y vecinal”. Así mismo el artículo 76, fracción V, inciso a) de la Ley Orgánica Municipal

para el Estado de Guanajuato, se establece que el Ayuntamiento tendrá dentro de las

atribuciones en materia de participación social, asistencial y económico, salud pública,

educación y cultura: “ promover el desarrollo económico, social, educativo, cultural y recreativo

del Municipio”. Por lo que conforme al Artículo 73 inciso D) del Reglamento Interior del

Honorable Ayuntamiento de Celaya, Gto., le corresponde a la Comisión de Educación, “Fomentar

y promover el desarrollo educativo integral del Municipio en el ámbito de su competencia”. Así

mismo el día 11 de noviembre del año en curso en la reunión ordinaria de la Comisión de

Educación, se llevó a cabo el análisis de las respuestas que dieron las diferentes Dependencias

a las preguntas que se les realizaron en base a la Ley de Educación para el Estado de

Guanajuato. Por lo que se anexan al presente como si a la letra se insertare (anexo1) de las

respuestas que dieron las Dependencia a las preguntas en base a la Ley de Educación para el

Estado de Gto. Con la facultad que otorga el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el

Estado de Guanajuato, se resuelve lo siguiente: R E S U E L V E.- PRIMERO: Se da

contestación a las preguntas realizadas por la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología y

Cultura de la Sexagésima Segunda Legislatura del Estado del H. Congreso del Estado, mediante

Oficio Circular Núm. 71 (Anexo1). SEGUNDO: Sométase a la consideración del Pleno del H.

Ayuntamiento para su aprobación el presente Dictamen. TERCERO: Se instruye a la Secretaria

del H. Ayuntamiento, envíe inmediatamente el Presente Dictamen al H. Congreso del Estado,

para que surta sus efectos legales correspondientes. CUARTO: Notifíquese para su

cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la

Comisión de Educación en fecha 11 de Noviembre del 2013. finalizada la lectura del dictamen

anterior,el Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a

votación del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes. ===========

COMISIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y SERVICIO CIVIL DE CARRERA. ========

En uso de la voz el Regidor C. Ruben Guerrero Merino, Presidente de la Comisión, solicita al

Secretario del H. Ayuntamiento C. Vicente Caracheo Gómez, someta a consideración del Pleno la

propuesta de que se omita la lectura del considerando y resolutivo del dictámen al que dará

lectura, para únicamente referirse al rubro del mismos, se somete a consideración del pleno la

propuesta del Regidor, misma que se aprueba por unanimidad de los presentes, por lo que se

procede a transcribir íntegramente el dictámen. =============================

DICTAMEN RHYSCC-HDA-008/2013.- Que emiten las Comisiones Unidas de Recursos

Humanos y Servicio Civil de Carrera; y de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, mediante el

cual se valida la Plantilla de Personal de la Administración Pública Centralizada por el periodo

del 21 de septiembre al 04 de octubre de 2013; y del 05 al 18 de octubre de 2013.

CONSIDERANDO.- Que en el artículo 28 fracción IV de la Ley para el Ejercicio y Control de los

Recursos Públicos para el Estado y los Municipio de Guanajuato, se establece que: “El proyecto

de presupuesto de egresos municipal y la iniciativa de Ley del Presupuesto General de Egresos

del Estado para el ejercicio fiscal correspondiente contendrán la siguiente información: IV. La

indicación de las plazas presupuestadas que incluye y la remuneración integrada mensual y

anual que les corresponda”. Y que en la Séptima Sesión Ordinaria del H. Ayuntamiento de fecha

21 de diciembre de 2012, se aprobó el Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio

Fiscal 2013, mismo que incluyó lo referido en la fracción IV del artículo 28 de la Ley para el

Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato. Que

la Comisión de Recursos Humanos y Servicio Civil de Carrera, es competente para conocer el

tema en referencia, conforme al artículo 76 del Reglamento Interior del Honorable

Ayuntamiento de Celaya, Gto., se establece que: “Compete a la Comisión de Recursos Humanos

y Servicio civil de Carrera: A) Vigilar el ambiente laboral de la administración pública municipal;

B) Garantizar la estabilidad y seguridad del empleo; C) Fomentar la vocación de servicio,

mediante una motivación adecuada; D) Promover la capacitación permanente del personal; E)

Procurar la lealtad de las instituciones del Municipio; F) Promover la eficiencia y eficacia de los

servidores públicos municipales; G) Garantizar promociones justas y otras formas de progreso

laboral; H) Garantizar a los servidores públicos, el ejercicio de los derechos que les reconocen

las Leyes y otros ordenamientos jurídicos; I) Contribuir al bienestar de los servidores públicos

municipales y sus familias, mediante el desarrollo de actividades educativas, de asistencia,

culturales, deportivas, recreativas y sociales; y J) Los demás asuntos que expresamente le

encomiende el H. Ayuntamiento; así como también es competencia de la Comisión de Hacienda,

Patrimonio y Cuenta pública lo establecido en el articulo 6 letras D y G del mismo citado

ordenamiento. Que mediante oficio No. DP 927/2013 recibido en fecha 30 de septiembre del

2013, suscrito por el C.P. Víctor Joaquín Moreno Mendoza, Oficial Mayor, se solicita poner a

consideración de estas Comisiones la aprobación de la plantilla de personal ejercida en las

catorcenas del 21 de septiembre al 04 de octubre de 2013; y del 05 al 18 de octubre de 2013.

que se menciona a continuación: =====================================

Catorcena Periodo que comprende Aprobación

1ra. de octubre de

2013

21 de septiembre al 04 de

octubre de 2013

De manera retroactiva al 21

de septiembre de 2013

2da. de octubre de

2013

05 al 18 de octubre de 2013 De manera retroactiva al 05

de octubre de 2013

Con la finalidad de dar cumplimiento con el precepto legal antes mencionado. Por lo

anteriormente expuesto y con la facultad que otorga el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal

para el Estado de Guanajuato, estas Comisiones: RESUELVEN: PRIMERO.- Se valida la

Plantilla de Personal de la Administración Pública Centralizada por las catorcenas del 21 de

septiembre al 04 de octubre de 2013; y del 05 al 18 de octubre de 2013, quedando de

la siguiente manera: =============================================

Catorcena Periodo que comprende Aprobación

1ra. de octubre de

2013

21 de septiembre al 04 de

octubre de 2013

De manera retroactiva al 21

de septiembre de 2013

2da. de octubre de

2013

05 al 18 de octubre de 2013 De manera retroactiva al 05

de octubre de 2013

(Documento que se anexa al presente) SEGUNDO. Notifíquese para su cumplimiento a la

Oficialía Mayor y a la Tesorería Municipal dar cumplimiento al resolutivo anterior. TERCERO.-

Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido por el

artículo 128 fracción V de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. CUARTO.-

Sométase a consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente dictamen para su

aprobación. QUINTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su

debida constancia los integrantes de las Comisiones unidas de Recursos Humanos y Servicio

Civil de Carrera, y de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 04 de noviembre del

2013. finalizada la lectura del dictamen anterior,el Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente

Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno, mismo que se aprueba por

unanimidad de los presentes. =======================================

COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO Y ORDENAMIENTO ECOLOGICO

TERRITORIAL . =========================================

En uso de la voz el Regidor C. Rodolfo Segura Montes, Presidente de la Comisión, solicita al

Secretario del H. Ayuntamiento C. Vicente Caracheo Gómez, someta a consideración del Pleno

la propuesta de que se omita la lectura de los considerandos y resolutivos de los dictámenes a

los que dará lectura, para únicamente referirse al rubro de los mismos, se somete a

consideración del pleno la propuesta del Regidor, misma que se aprueba por unanimidad de los

presentes, por lo que se procede a transcribir íntegramente los dictámenes. ==========

DICTAMEN DUOET 067/2013.- Que emite la Comisión de Desarrollo Urbano y

Ordenamiento Ecológico Territorial, mediante el cual se modifican los ANTECEDENTES

SEXTO y OCTAVO, así como el RESOLUTIVO TERCERO del DICTAMEN DUOET 036/2013,

aprobado en la Décimo Sexta Sesión Ordinaria del H. Ayuntamiento asentada en Acta 22/2013

de fecha 29 de Mayo del 2013. C O N S I D E R A N D O.- 1.- Que en la Trigésima Séptima

Reunión Ordinaria de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico Territorial,

de fecha 30 de Octubre del 2013 y con la facultad que establece el artículo 52 del Reglamento

Interior del Honorable Ayuntamiento, para adicionar, modificar o revocar por mayoría calificada

de sus miembros los Acuerdos del mismo, se analizó mediante Oficio No 1110/IMIPE-

TEC/2013, signado por el Director General del Instituto Municipal de Investigación, Planeación

y Estadística (IMIPE), Arq. Sergio Martínez León; la solicitud de los C. Arq. Eduardo Silva

Vázquez en su calidad Representante Legal de la empresa AYALCAR, S.A. de C.V. de acuerdo a

Carta poder firmada por la C. Ana Carolina Hernández Sánchez en calidad de Apoderada Legal

de acuerdo al Acta Constitutiva 36332 de fecha 7 de febrero del 2013, para modificar la

Restricción Norte del predio anexando oficio por parte de la Comisión Nacional del Agua con

numero de oficio No.BOO.E.52.4.1/004841 de fecha 29 de Julio del 2013; La restricción a que

se refieren en su solicitud el Arq. Eduardo Silva Vázquez y la C. Ana Carolina Hernández

Sánchez, se incluye en el DICTAMEN DUOET 036/2013, aprobado en la Décimo Sexta Sesión

Ordinaria del H. Ayuntamiento asentada en Acta 22/2013 de fecha 29 de Mayo del 2013. 2.-

Que la Dirección de Protección Civil y Bomberos, a través de su Titular, recomienda que, aún

en el caso que se realice la modificación de la restricción materia de este dictamen, misma que

se apega a derecho en base a lo dispuesto por el artículo 3, fracción XLVII de la Ley de Aguas

Nacionales, vigente; los solicitantes deben tener pleno conocimiento de que, por las

características del cauce del arroyo sobre el que se establecen las restricciones, se respeten los

10 metros que se habían señalado inicialmente, para efectos de realizar las labores de

mantenimiento que sean necesarias y contar con una franja de amortiguamiento para la

seguridad de aquéllos que se establezcan en esa zona. 3.- Atendiendo a la solicitud y en

consecuencia de que en el dictamen de comisión se inserta esta restricción a modificarse en

varias partes del documento, se modifican en éste los ANTECEDENTES SEXTO y OCTAVO, así

como el RESOLUTIVO TERCERO del DICTAMEN DUOET 036/2013, aprobado en la Décimo

Sexta Sesión Ordinaria del H. Ayuntamiento asentada en Acta 22/2013 de fecha 29 de Mayo

del 2013., estableciéndose el planteamiento de la siguiente manera: EL ANTECEDENTE

SEXTO, DICE: “…SEXTO: Mediante oficio Nº BOO.E.52.4.1/ de fecha 26 de noviembre de

2012 la Dirección Local Guanajuato Residencia General Técnica, Departamento de Aguas

Superficiales e Ingeniería de Ríos oficio signado por el Ing. Roberto Castañeda Tejeda, en su

calidad de Director Local de la Comisión Nacional del Agua, dirigido al C. Arturo Roberto

Bocanegra Jiménez, en ese entonces propietario del predio Rancho Tío Pepe, se manifiesta

que los cauces colindantes con el predio en cuestión son bienes de propiedad Nacional, y a los

cuales les corresponde una faja de terreno federal de 10.00 m de ancho contiguas al cauce

en ambos márgenes, con base en lo dispuesto en el art. 3, fracción XLVII de la Ley de Aguas

Nacionales y 4º, fracción I, del Reglamento de la propia Ley....”. EL ANTECEDENTE OCTAVO,

DICE: ¨… OCTAVO: El promovente presenta la siguiente documentación: Solicitud de fecha

08 de Mayo del 2013, Escritura Pública Nº 36392, Acta Constitutiva Nº36332, Estudio de

Compatibilidad Urbanística, Levantamiento Topográfico que avala la superficie de

121,898.917m2. Oficio BOO.E.52.4.1/ respecto a la restricción al cauce de agua colindante

al predio. Título de Concesión a nombre de C. José Bocanegra Ugalde para explotar, usar o

aprovechar aguas Nacionales del Subsuelo por un volumen de 240,000.00 m3 de fecha 23 de

Diciembre de 1999 con vigencia de Diez años a partir de la fecha de expedición.…” EL

RESOLUTIVO TERCERO, DICE: “…TERCERO: De acuerdo al Plan de Ordenamiento

Territorial del Municipio de Celaya, Gto., el predio referido, tiene las siguientes restricciones

viales: En su colindancia Nororiente, para el canal que corre de poniente a oriente,

deberá respetar una sección 10.00 mts de NAME a partir del borde del canal en ambos lados

(de acuerdo a oficio BOO.E.52.4.1), 16.00 mts de arroyo dada la naturaleza de los vehículos

que se proyecta circulen por ahí y 2.00 mts de banqueta del lado norte del arroyo,

correspondiéndoles una restricción total de RST=7,293.53 m2. En su colindancia Oriente,

se localiza la carretera Celaya-Salvatierra, debiendo respetar una sección de 40.00 m,

considerando 20.00 m, a cada lado del eje de la carretera, correspondiéndoles una restricción

total de RST=1,278.50 m2. El predio se ve atravesado de Nor-Poniente a Sur-

Oriente por dos líneas de alta tensión, donde deberá respetar el derecho de vía de C.F.E.,

que comprende 724.03 m2, para la línea del lado Poniente y 3,308.75 m2, para la línea del

lado Oriente, donde no podrá construir cosa alguna de acuerdo a Normativa de C.F.E., así

mismo existe una afectación vial que corresponde a una superficie de 168.21 m2 (superficie

correspondiente a la banqueta).…” SE MODIFICAN, QUEDANDO DE LA SIGUIENTE

MANERA: EL ANTECEDENTE SEXTO, DEBERÁ DECIR: “… SEXTO: Mediante oficio Nº

BOO.E.52.4.1/004841 de fecha 29 de Julio de 2013 la Dirección Local Guanajuato

Residencia General Técnica, Departamento de Aguas Superficiales e Ingeniería de Ríos oficio

signado por el Ing. Jorge Octavio Mijangos Borja , en su calidad de Director Local de la

Comisión Nacional del Agua, dirigido al C. Ing. Fernando Vera Noble, Director General de

Desarrollo Económico, donde manifiesta que el escurrimiento a que se hace referencia es el

denominado Arroyo de Yeguas, que nace en el Cerro de la Gavia, también conocido como

Cerro Grande a una elevación de 2300 msnm, principal formado ´por el Dren la Luz, tributario

de Izquierdo del rio Laja, y considerando que tiene las características señaladas por la fracción

XI y XLVII del articulo 3 y 113 de la Ley de Aguas Nacionales se trata de un bien nacional a

cargo de esta CONAGUA, y que considerando que la cárcava del cauce tiene un ancho medio

de menos de 5.0m, tiene una zona federal que es la faja de terreno de 5.00 mts de ancho

en ambas márgenes, medidas desde el hombro exterior del cauce. …” EL ANTECEDENTE

OCTAVO, DEBERÁ DECIR: ¨… OCTAVO: El promovente presenta la siguiente

documentación: Solicitud de fecha 08 de Mayo del 2013, Escritura Pública Nº 36392, Acta

Constitutiva Nº36332, Estudio de Compatibilidad Urbanística, Levantamiento Topográfico que

avala la superficie de 121,898.917m2. Oficio BOO.E.52.4.1//004841 respecto a la

restricción al cauce de agua colindante al predio. Título de Concesión a nombre de C. José

Bocanegra Ugalde para explotar, usar o aprovechar aguas Nacionales del Subsuelo por un

volumen de 240,000.00 m3 de fecha 23 de Diciembre de 1999 con vigencia de Diez años a

partir de la fecha de expedición.…” EL RESOLUTIVO TERCERO, DEBERÁ DECIR: “…

TERCERO: De acuerdo al Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de Celaya, Gto., el

predio referido, tiene las siguientes restricciones viales: En su colindancia Nororiente, para

el canal que corre de poniente a oriente, deberá respetar una sección 5.00 mts de NAME

a partir del borde del canal en ambos lados (de acuerdo a oficio No.BOO.E.52.4.1/004841),

16.00 mts de arroyo dada la naturaleza de los vehículos que se proyecta circulen por ahí y

2.00 mts de banqueta del lado norte del arroyo, correspondiéndoles una restricción total de

RST=4,855.27m2. En su colindancia Oriente, se localiza la carretera Celaya-Salvatierra,

debiendo respetar una sección de 40.00 m, considerando 20.00 m, a cada lado del eje de la

carretera, correspondiéndoles una restricción total de RST=1,625.98 m2. El predio se ve

atravesado de Nor-Poniente a Sur-Oriente por dos líneas de alta tensión, donde

deberá respetar el derecho de vía de C.F.E., que comprende 692.80 m2, para la línea del lado

Poniente y 3,308.75 m2, para la línea del lado Oriente, donde no podrá construir cosa alguna

de acuerdo a Normativa de C.F.E., así mismo existe una afectación vial con una sección de

24.00 mts, de los cuales 2.00 mts son de banqueta ambos lados, 7.00 mts de arroyo en ambos

lados y 6.00 mts de camellón que corresponde a una superficie de 164.33 m2 (superficie

correspondiente a la banqueta ya que se integró la superficie de la línea de alta tensión con la

superficie de 692.80 m2). …” 2.- El resto del documento se mantiene sin ninguna otra

modificación, existiendo congruencia en todas sus partes. Expuesto lo anterior, apegándose

a lo dispuesto por el artículo 3, fracción XLVII de la Ley de Aguas Nacionales, vigente y con la

facultad que otorga el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato,

esta comisión: RESUELVE: PRIMERO: Se modifican los ANTECEDENTES SEXTO y OCTAVO,

así como el RESOLUTIVO TERCERO del DICTAMEN DUOET 036/2013, aprobado en la Décimo

Sexta Sesión Ordinaria del H. Ayuntamiento asentada en Acta 22/2013 de fecha 29 de Mayo

del 2013., quedando las modificaciones de la siguiente manera: EL ANTECEDENTE SEXTO,

DICE: “…SEXTO: Mediante oficio Nº BOO.E.52.4.1/ de fecha 26 de noviembre de 2012 la

Dirección Local Guanajuato Residencia General Técnica, Departamento de Aguas Superficiales

e Ingeniería de Ríos oficio signado por el Ing. Roberto Castañeda Tejeda, en su calidad de

Director Local de la Comisión Nacional del Agua, dirigido al C. Arturo Roberto Bocanegra

Jiménez, en ese entonces propietario del predio Rancho Tío Pepe, se manifiesta que los cauces

colindantes con el predio en cuestión son bienes de propiedad Nacional, y a los cuales les

corresponde una faja de terreno federal de 10.00 m de ancho contiguas al cauce en ambos

márgenes, con base en lo dispuesto en el art. 3, fracción XLVII de la Ley de Aguas Nacionales

y 4º, fracción I, del Reglamento de la propia Ley....”. EL ANTECEDENTE OCTAVO, DICE: ¨…

OCTAVO: El promovente presenta la siguiente documentación: Solicitud de fecha 08 de Mayo

del 2013, Escritura Pública Nº 36392, Acta Constitutiva Nº36332, Estudio de Compatibilidad

Urbanística, Levantamiento Topográfico que avala la superficie de 121,898.917m2. Oficio

BOO.E.52.4.1/ respecto a la restricción al cauce de agua colindante al predio. Título de

Concesión a nombre de C. José Bocanegra Ugalde para explotar, usar o aprovechar aguas

Nacionales del Subsuelo por un volumen de 240,000.00 m3 de fecha 23 de Diciembre de 1999

con vigencia de Diez años a partir de la fecha de expedición.…” EL RESOLUTIVO TERCERO,

DICE: “…TERCERO: De acuerdo al Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de Celaya,

Gto., el predio referido, tiene las siguientes restricciones viales: En su colindancia

Nororiente, para el canal que corre de poniente a oriente, deberá respetar una sección

10.00 mts de NAME a partir del borde del canal en ambos lados (de acuerdo a oficio

BOO.E.52.4.1), 16.00 mts de arroyo dada la naturaleza de los vehículos que se proyecta

circulen por ahí y 2.00 mts de banqueta del lado norte del arroyo, correspondiéndoles una

restricción total de RST=7,293.53 m2. En su colindancia Oriente, se localiza la carretera

Celaya-Salvatierra, debiendo respetar una sección de 40.00 m, considerando 20.00 m, a cada

lado del eje de la carretera, correspondiéndoles una restricción total de RST=1,278.50 m2.

El predio se ve atravesado de Nor-Poniente a Sur-Oriente por dos líneas de alta

tensión, donde deberá respetar el derecho de vía de C.F.E., que comprende 724.03 m2, para

la línea del lado Poniente y 3,308.75 m2, para la línea del lado Oriente, donde no podrá

construir cosa alguna de acuerdo a Normativa de C.F.E., así mismo existe una afectación vial

que corresponde a una superficie de 168.21 m2 (superficie correspondiente a la banqueta).…”

SE MODIFICAN, QUEDANDO DE LA SIGUIENTE MANERA: EL ANTECEDENTE SEXTO,

DEBERÁ DECIR: “… SEXTO: Mediante oficio Nº BOO.E.52.4.1/004841 de fecha 29 de

Julio de 2013 la Dirección Local Guanajuato Residencia General Técnica, Departamento de

Aguas Superficiales e Ingeniería de Ríos oficio signado por el Ing. Jorge Octavio Mijangos

Borja , en su calidad de Director Local de la Comisión Nacional del Agua, dirigido al C. Ing.

Fernando Vera Noble, Director General de Desarrollo Económico, donde manifiesta que el

escurrimiento a que se hace referencia es el denominado Arroyo de Yeguas, que nace en el

Cerro de la Gavia, también conocido como Cerro Grande a una elevación de 2300 msnm,

principal formado ´por el Dren la Luz, tributario de Izquierdo del rio Laja, y considerando que

tiene las características señaladas por la fracción XI y XLVII del articulo 3 y 113 de la Ley de

Aguas Nacionales se trata de un bien nacional a cargo de esta CONAGUA, y que considerando

que la cárcava del cauce tiene un ancho medio de menos de 5.0m, tiene una zona federal que

es la faja de terreno de 5.00 mts de ancho en ambas márgenes, medidas desde el hombro

exterior del cauce. …” EL ANTECEDENTE OCTAVO, DEBERÁ DECIR: … OCTAVO: El

promovente presenta la siguiente documentación: Solicitud de fecha 08 de Mayo del 2013,

Escritura Pública Nº 36392, Acta Constitutiva Nº36332, Estudio de Compatibilidad Urbanística,

Levantamiento Topográfico que avala la superficie de 121,898.917m2. Oficio

BOO.E.52.4.1//004841 respecto a la restricción al cauce de agua colindante al predio.

Título de Concesión a nombre de C. José Bocanegra Ugalde para explotar, usar o aprovechar

aguas Nacionales del Subsuelo por un volumen de 240,000.00 m3 de fecha 23 de Diciembre

de 1999 con vigencia de Diez años a partir de la fecha de expedición.…” EL RESOLUTIVO

TERCERO, DEBERÁ DECIR: … TERCERO: De acuerdo al Plan de Ordenamiento Territorial

del Municipio de Celaya, Gto., el predio referido, tiene las siguientes restricciones viales: En su

colindancia Nororiente, para el canal que corre de poniente a oriente, deberá

respetar una sección 5.00 mts de NAME a partir del borde del canal en ambos lados (de

acuerdo a oficio No.BOO.E.52.4.1/004841), 16.00 mts de arroyo dada la naturaleza de los

vehículos que se proyecta circulen por ahí y 2.00 mts de banqueta del lado norte del arroyo,

correspondiéndoles una restricción total de RST=4,855.27m2. En su colindancia Oriente,

se localiza la carretera Celaya-Salvatierra, debiendo respetar una sección de 40.00 m,

considerando 20.00 m, a cada lado del eje de la carretera, correspondiéndoles una restricción

total de RST=1,625.98 m2. El predio se ve atravesado de Nor-Poniente a Sur-

Oriente por dos líneas de alta tensión, donde deberá respetar el derecho de vía de C.F.E.,

que comprende 692.80 m2, para la línea del lado Poniente y 3,308.75 m2, para la línea del

lado Oriente, donde no podrá construir cosa alguna de acuerdo a Normativa de C.F.E., así

mismo existe una afectación vial con una sección de 24.00 mts, de los cuales 2.00 mts son de

banqueta ambos lados, 7.00 mts de arroyo en ambos lados y 6.00 mts de camellón que

corresponde a una superficie de 164.33 m2 (superficie correspondiente a la banqueta ya que

se integró la superficie de la línea de alta tensión con la superficie de 692.80 m2). …”

SEGUNDO: El resto del documento queda sin ninguna otra modificación existiendo total

congruencia en sus partes. TERCERO: Sométase a la consideración del Pleno del H.

Ayuntamiento para su aprobación el presente dictamen. CUARTO: Notifíquese para su

cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la

Comisión en fecha 30 de Octubre del 2013. finalizada la lectura del dictamen anterior,el

Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación

del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes.

===================================================

DICTAMEN DUOET 069/2013.- Que emite la Comisión de Desarrollo Urbano y

Ordenamiento Ecológico Territorial, mediante el cual se autoriza considerar un porcentaje

de la afectación por afectación vial a cuenta de áreas de donación para los polígonos B y C del

resto del predio de la fracción V de la Antigua Hacienda de Estrada de esta ciudad de Celaya

Gto. C O N S I D E R A N D O.- 1. Que en materia de zonificación y uso de suelo, se

establece en el artículo 115 fracción V incisos a) y d) de la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicanos, que los Municipios en los términos de la Leyes Federales y Estatales,

estarán facultados para: “a) formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de

Desarrollo Urbano Municipal y, d) Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el

ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales”. Por lo que una vez reconocida

tal facultad al Municipio, y siendo este gobernado por un Ayuntamiento, en la Constitución

Política para el Estado de Guanajuato, se señala en su Artículo 117, fracción II, inciso d), que

le compete al Ayuntamiento, “autorizar controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito

de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales”. 2.- Así mismo se establece en la Ley

Orgánica Municipal, en el artículo 76 fracción I, inciso n) que es atribución del Ayuntamiento

en materia de gobierno y régimen interior: “Otorgar licencias, permisos y autorizaciones...”; y

en materia de desarrollo urbano, fracción II inciso i): “Autorizar, controlar y vigilar la utilización

del suelo en el ámbito de su competencia”. 3.- Que el Código Territorial para el Estado y los

Municipios y de Guanajuato, en el artículo 33, Fracciones IV, XXIII y XXV señala que:

“Corresponden al Ayuntamiento las atribuciones siguientes:… IV. Determinar los usos y

destinos del suelo en el territorio municipal y establecer las restricciones y modalidades

correspondientes;… XXIII. Aprobar e implementar las medidas, proyectos y acciones para la

protección, restauración y preservación del patrimonio cultural urbano y arquitectónico, las

áreas de valor escénico, el paisaje y la imagen urbana, incluyendo el establecimiento de

restricciones y modalidades a los usos del suelo y a las construcciones;…” y “… XXV. Recibir

las áreas de donación, las vialidades urbanas y las obras de urbanización de los

fraccionamientos y desarrollos en condominio, siempre que se haya cumplido con los requisitos

previstos en el Código;..”. También, en el artículo 445 del Código en cita se establece que: “En

los fraccionamientos o desarrollos en condominio que sufran afectaciones derivadas del

programa municipal, por instalaciones de equipamiento urbano o el trazo de vialidades

urbanas o cualquier otra vía de comunicación, dichas afectaciones se podrán considerar…” Con

fundamento en lo anterior, en la Trigésima Octava Reunión Ordinaria de la Comisión de

Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico Territorial, celebrada el día 06 de Octubre del

2013, se presentó el Oficio 835/DGDU-FRACC/2013, signado por el Director General de

Desarrollo Urbano Arq. Antonio Fuentes Malacatt, (documento que se tiene como anexado y

reproducido como si a la letra se insertare), mediante el cual se somete a consideración la

solicitud de aprobación para considerar un porcentaje de la afectación vial a cuenta de áreas

de donación, para el desarrollo habitacional correspondiente a la Tercera Etapa del desarrollo

denominado “La Cantera 3” propuesto a ser construido en los polígonos B y C del resto del

predio de la fracción V de la Antigua Hacienda de Estrada de este Municipio de Celaya, Gto.,

presentando para su análisis los siguientes: A N T E C E D E N T E S.- PRIMERO: Con fecha

24 de Octubre del 2013, “Promotora de Casas Platino, S.A. de C.V” solicita a la Dirección de

Desarrollo Urbano, la aprobación para considerar el área restrictiva determinada sea al 100%

del área de donación por concepto de dotación de equipamiento urbano, para el desarrollo en

Condominio Habitacional “La Cantera 3” situado dentro de los polígonos “B” y “C” de la del

resto del predio de la fracción V de la Antigua Hacienda de Estrada dentro de la ciudad de

Celaya, Guanajuato. SEGUNDO: Se acredita propiedad de la Fracción “B” de la Fracción V de

la Antigua Hacienda de Estrada, mediante escritura numero 53419, de fecha 30 de Noviembre

de 2011, a favor de la empresa denominada “Promotora de Casas Platino, S.A. de C.V.” con las

siguientes medidas y colindancias: Fracción “B” de la Fracción V de la Antigua Hacienda

de Estrada de este Municipio, con una superficie de 52,076.68 m2 y las siguientes medidas

y linderos: Al Norte: En tres líneas 1ra. 162.20 m; 2da. En 65.50 y 3ra. En 53.39 m; con predio

que se divide fracción C. Al Norponiente: en 4 líneas la primera que va al nororiente en 122.30

m; en la misma dirección en 51.01 m; la segunda, gira al suroriente en 3.637 m; la tercera, la

cuarta gira al nororiente en 21.032 m; con Fraccionamiento La Cantera. Al Oriente: en tres

líneas: 1ra. En 5.48 m; 2da. En 30.16 m; y 3ra. en 102.08 m; con Fraccionamiento Los

Álamos. Al Surponiente: 356.21 m; con fracción A. Documento inscrito en el Registro Público

de la Propiedad y del Comercio con Folio Real R7*136111. TERCERO: Se acredita propiedad

de la Fracción “C” de la Fracción V de la Antigua Hacienda de Estrada, mediante escritura

numero 53291, de fecha 04 de Junio del 2013, a favor de la empresa denominada “Promotora

de Casas Platino, S.A. de C.V.” con las siguientes medidas y colindancias: Fracción C, de la

Fracción V de la Antigua Hacienda de Estrada de este Municipio, con una superficie de

20,966.13 m2y las siguientes medidas y linderos: Al Norte: Del Oeste al Este, en tres líneas,

con dirección al Sureste con 151.93 metros; 67.87 metros y 25.19 metros, colindando con el

derecho de vía de carretera Celaya-San José de Guanajuato. Al Sur: Del Oeste al Este en tres

líneas, con dirección al Sureste con 162.20 metros; 65.50 metros y 51.86 metros, colindando

con la fracción B del a fracción V quinta de la Antigua Hacienda de Estrada. Al Este: De Norte a

Sur en dos líneas con dirección al Sur con 50.36 metros y 31.32 metros, colindando con el

fraccionamiento “Los Álamos”. Al Oeste: De Sur a Norte y con dirección al Noreste con 80.76

metros colindando con la fracción 1 de la fracción V de la Antigua Hacienda de Estrada.

Documento inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio con Folio Real

R7*94281. CUARTO: Presenta Levantamiento Topográfico que arroja una superficie real de

52,076.68 m2 para la Fracción B, realizado por el Ing. Arturo Cruz Cano con Cedula

profesional No. 2652920. QUINTO: Presenta Levantamiento Topográfico que arroja una

superficie real de 20,966.13 m2 para la Fracción C, realizado por el Ing. Arturo Cruz Cano con

Cedula profesional No. 2652920. SEXTO: Presenta Carta de Factibilidad de Servicios de la

Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado (JUMAPA), mediante Oficio 597/DT-EX/2013

EXP. 024/2013 de fecha 05 de Septiembre del 2013, con derechos de incorporación a las

redes de agua potable y drenaje (interés medio) para 362 viviendas, debiendo apegarse a las

restricciones señaladas en dicho documento. SEPTIMO: Presenta Carta de Factibilidad de la

Comisión Federal de Electricidad (CFE), otorgada mediante Oficio No. PLAN-468/2013 del 26

de Junio del 2013, debiendo sujetarse a las indicaciones que se señalan. OCTAVO: Presenta

Dictamen de Congruencia de forma positiva para las parcelas en cuestión, mediante oficio No.

799/IMIPE-TEC/2013, de fecha 08 de Agosto del 2013, expedido por el Instituto Municipal de

Investigación Planeación y Estadística; para el cual, deberá respetar la Normativa siguiente: =

HABITACIONAL H2.5

Densidad Media 201 a 250 Hab/Ha.

Restricción Frontal 2.00 mts

Coeficiente de Ocupación del Suelo 0.60

Coeficiente de Utilización del Suelo 1.20

Coeficiente de Recarga Acuífera 0.30

Superficie de Lote Mínimo 135 m2

Frente Mínimo 7.00 mts

Altura Máxima 9.00 mts

Expuesto lo anterior, los integrantes de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico

Territorial, analizan lo siguiente: I. Que el Honorable Ayuntamiento de Celaya es la Autoridad

Facultada para resolver las solicitudes para la aprobación para considerar un porcentaje de la

afectación por afectación vial a cuenta de áreas de donación, conforme a lo señalado en los artículos

115 fracción V inciso a) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 117 fracción II

inciso b) y d) de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 33 fracciones IV, XXIII y XXV

del Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato, artículo 8 fracción III del

Reglamento de Fraccionamientos y Desarrollos en Condominio para el Municipio de Celaya,

Guanajuato. II. Que la solicitud de Damaris Birai Roque Rubio, en su calidad de Promotora de Casas

Platino Celaya, Gto., para el predio en cuestión la cual consiste en que se tomen las a cuenta de áreas

de donación la Restricción Norte, señalada en el Dictamen de Congruencia. III. Que el artículo 43 del

Reglamento de Fraccionamientos y Desarrollos en Condominio para el Municipio de Celaya,

Guanajuato señala que: “En los fraccionamientos que sufran afectaciones derivadas del POT, Planes,

Programas de Desarrollo Urbano o las declaratorias de reservas correspondientes, por instalaciones de

equipamiento urbano o el trazo de vías públicas, dichas afectaciones se podrán considerar hasta 30%

como parte de donación a excepción de las vialidades que el POT establezca en restricciones

federales.” IV. Que el H. Ayuntamiento por causas de interés público debidamente justificadas,

tomando en cuenta las características de la zona, podrá autorizar hasta el 100% como área de

donación, acuerdo a las siguientes consideraciones: ==============================

TIPO DE AFECTACIÓN PORCENTAJE

CONTINUIDAD DE VIALIDADES

PRIMARIAS 30%

CONTINUIDAD DE VIALIDADES

SECUNDARIAS 30%

CONTINUIDAD DE VIALIDADES

COLECTORAS 20%

CONSERVACIÓN DE BARRERA DE

ÁRBOLES EXISTENTES 30%

CONSERVACIÓN DE PATRIMONIO

CULTURAL O HISTÓRICO 30%

REQUERIMIENTO DE EQUIPAMIENTO

URBANO EN LA ZONA 30%

V. Que cuenta con Dictamen de Congruencia con oficio No. 799/IMIPE-TEC/2013, de fecha 08

de Agosto del 2013, expedido por el Instituto Municipal de Investigación Planeación y

Estadística, así como, de acuerdo a la inspección física y levantamiento topográfico

presentado por el desarrollador, que arroja una superficie real de 73,042.81 m2, realizado por

el Ing. Arturo Cruz Cano con Cedula profesional No. 2652920, se tiene las siguientes

restricciones, en materia vial: “En su colindancia Norte con el camino a San José de

Guanajuato (vialidad clasificada como primaria de velocidad moderada en el Plan de

Ordenamiento Territorial vigente): debe considerar la ampliación de la Avenida, de acuerdo al

proyecto ejecutivo, elaborado por la Dirección de Obras Públicas Municipales, teniendo una

sección de 45.00 m, de los cuales son 2.50 mts de banqueta (lado sur), 7.00 mts. De arroyo,

camellón de 5.00 mts integrado por 1.50 de área verde de protección, 2.50 de ciclovía y 1.00

mts área verde de protección, 10.50 mts de arroyo, camellón central de 3.50 mts, arroyo de

10.50 mts y banqueta y estacionamiento de 6.00 mts (lado norte) lo que representa una

restricción de RST=1,983.35 m2”. En razón a lo anterior, y en el caso concreto que nos ocupa,

el artículo 43 del Reglamento de Fraccionamientos y Desarrollos en Condominio para el

Municipio de Celaya, Guanajuato, establece que para el supuesto de que la afectación que

sufra un predio destinado al desarrollo de un condominio por afectación de una vialidad

primaria y secundaria, el porcentaje que se puede autorizar como área de donación es de un

30%. VI. Que al estar dicho predio afectado por restricciones en materia de vialidad, el IMIPE

señala que ES PROCEDENTE, al actualiza el supuesto establecido en el artículo 43 del

Reglamento de Fraccionamientos y Desarrollos en Condominio para el Municipio de Celaya,

Guanajuato, CONSIDERAR UN 30% SOBRE LA RESTRICCION NORTE COMO PARTE DE ÁREA

DE DONACIÓN. Tal y como lo prevé el último párrafo del artículo 445 del Código Territorial

para el Estado y los Municipios de Guanajuato. VII. Que de conformidad con lo establecido en

la fracción primera del citado numeral, le corresponde, de acuerdo a la superficie a desarrollar

que es de 73,042.81 m2, (acorde con el levantamiento topográfico), aplicando el 4% de área

de Donación, la superficie de donación correspondiente es de 2,921.71 m2. De tal forma, que

si se autorizara que las afectaciones viales de 1,983.35 m2 se tomen a cuenta de áreas de

donación hasta un 30%, como lo pide el solicitante, las superficies que se tomarían en el

desarrollo serán de 595 m2. Así, a la superficie total del área de donación que le corresponde

de conformidad con el 4% cuatro por ciento es 2,921.71 m2 , a la cual, se le restaría la

superficie de 595 m2 que corresponde si se aplica en un 30% sobre la Restricción Norte por

afectación vial, debiendo donar a favor del municipio la superficie de 2,326.71 m2. En

consecuencia, en términos de lo establecido el Articulo 43 del Reglamento de Fraccionamientos

y Desarrollos en Condominio para el Municipio de Celaya, Guanajuato, es procedente que se

consideren las afectaciones, establecidas por el Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio

de Celaya, Guanajuato para los polígonos B y C del resto del predio de la fracción V de la

Antigua Hacienda de Estrada de esta ciudad de Celaya Gto, por afectación vial a cuenta de

área de donación el siguiente porcentaje: Es procedente considerar la afectación para el trazo

de la vialidad primaria, en un porcentaje del 30 % sobre la superficie de afectación a cuenta

de las áreas de donación. Expuesto lo anterior y con la facultad que otorga el artículo 81 de la

Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, esta comisión por unanimidad de los

presentes: R E S U E L V E.- PRIMERO: Se autoriza considerar un porcentaje de la

afectación vial a cuenta de áreas de donación, para los polígonos B y C del resto del predio de

la fracción V de la Antigua Hacienda de Estrada de esta ciudad de Celaya Gto. SEGUNDO:

Con respecto a la afectación de los polígonos B y C del resto del predio de la fracción V de la

Antigua Hacienda de Estrada de esta ciudad de Celaya, Guanajuato y por tratarse de

afectaciones por el trazo de una vialidad primaria, se tomará el 30% para Área de Donación.

Se considera procedente que se considere la superficie de afectación a cuenta de las áreas de

donación por las razones expuestas y por encontrarse dentro de lo dispuesto por los artículos

445 del Código Territorial para el Estado y los Municipios y de Guanajuato y 43 del Reglamento

Municipal de Fraccionamientos y Desarrollos en Condominio. TERCERO: En base a lo

estipulado por la Fracción IV del artículo 128 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de

Guanajuato, se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento, para que notifique a la Dirección de

Desarrollo Urbano. CUARTO: Sométase a consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el

presente dictamen para su aprobación. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia

los integrantes de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico Territorial, en

fecha 06 de Noviembre del 2013. finalizada la lectura del dictamen anterior,el Secretario del H.

Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno, mismo

que se aprueba por unanimidad de los presentes. ===========================

PUNTO NÚMERO SEIS.- Asuntos Generales.- ============================

1.- Se Recibió Oficio Numero 05526 Del H. Congreso Del Estado, En El Que Se Acusa De

Recibido, La Opinión Positiva En Lo General De La Iniciativa De Reformas Y Adiciones A La Ley

Para El Ejercicio Y Control De Los Recursos Públicos Para El Estado Y Los Municipios De

Guanajuato, A La Ley Del Patrimonio Inmobiliario Del Estado, Y A La Ley De Deuda Pública

Para El Estado Y Los Municipios Del Estado De Guanajuato. =====================

2.- Se Recibió Oficio Numero 05504 Del H. Congreso Del Estado, En El Que Se Acusa De

Recibido, La Opinión Positiva En Lo General De La Iniciativa De Reformas Y Adiciones A La Ley

Para El Ejercicio Y Control De Los Recursos Públicos Para El Estado Y Los Municipios De

Guanajuato, A La Ley Del Patrimonio Inmobiliario Del Estado, Y A La Ley De Deuda Pública

Para El Estado Y Los Municipios Del Estado De Guanajuato. =====================

3.- Se Recibió Oficio Numero 05529 Del H. Congreso Del Estado, En El Que Se Acusa De

Recibido, La Aprobación De La Minuta Proyecto De Decreto, Por La Que Se Reforma El Artículo

1 De La Constitución Política Para El Estado De Guanajuato. ====================

4.- Se Recibió Oficio Numero 05533 Del H. Congreso Del Estado, En El Que Se Acusa De

Recibido, La Aprobación De La Minuta Proyecto De Decreto, Por La Que Se Reforma El Artículo

61 De La Constitución Política Para El Estado De Guanajuato. ===================

5.- Se Recibió Oficio Numero 05535 Del H. Congreso Del Estado, En El Que Se Acusa De

Recibido, La Aprobación De La Minuta Proyecto De Decreto, Por La Que Se Reforma Varios

Artículos De La Constitución Política Para El Estado De Guanajuato. ================

PUNTO NÚMERO SIETE.- Clausura de la sesión. En uso de la voz el Secretario del H.

Ayuntamiento C. Vicente Caracheo Gómez, informa al C. Presidente Municipal Arq. Ismael

Pérez Ordaz, que han sido agotados los asuntos inscritos en el orden del día, por lo que el

Mandatario Municipal procede a declarar clausurados los trabajos de la Vigésima Séptima

sesión ordinaria de H. Ayuntamiento, siendo las 12: 30 Doce Horas con treinta Minutos del día

13 de Noviembre del 2013, levantándose para constancia la presente acta, misma que

firman quienes en ella intervinieron y quisieron hacerlo. Doy fe. ==================