acta 2013 12-27 ord
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
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BORRADOR DEL ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESION
ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA EL DÍA 27 DE DICIEMBRE DE 2013.
En Majadahonda, siendo las nueve horas y veinte minutos del día veintisiete
de diciembre de dos mil trece, se reunió el Pleno del Ayuntamiento en el Salón de
Actos de la Casa Consistorial, habiendo asistido los señores que seguidamente se
detallan, con el fin de celebrar sesión para la que habían sido previamente
convocados.
ALCALDE: D. NARCISO DE FOXÁ ALFARO
CONCEJALES:
Por el Grupo Municipal Popular:
D. JOSÉ ANTONIO CARNEVALI RAMÍREZ
D. JUAN CARLOS PÉREZ GONZÁLEZ
Dª M. VICTORIA CRISTÓBAL ARAUJO
D. JAVIER CABALLERO LÓPEZ
D. PABLO GARCÍA GONZÁLEZ
D. JOSÉ ALBERTO SAN JUAN LLORENTE
Dª LAURA NISTAL MARCOS
Dª M. CRISTINA DURÁN URIBARRI
Dª VERÓNICA MARÍA LIPPERHEIDE GUZMÁN
Dª M. JOSÉ MONTÓN ROSAENZ
Dª MARÍA FERNÁNDEZ DOBAO
D. JUAN CARLOS DÍAZ RODRÍGUEZ
Por el Grupo Municipal Socialista:
D. BORJA LUIS CABEZÓN ROYO
D. ZACARÍAS MARTÍNEZ MAILLO
Dª MARÍA DEL SOCORRO MONTES DE OCA VERNAZA
D. LUIS GREGORIO VENTURA SÁNCHEZ
Por el Grupo Municipal UPYD:
Dª CARMEN MADRIGAL TORREJÓN
D. JAVIER GIL CACHO
Dª M. LOURDES FERNÁNDEZ ALONSO
Por el Grupo Municipal Izquierda Unida:
D. JUAN SANTANA URIARTE
Dª MARÍA SOL PIÑUELA PAREDES
Por el Grupo Municipal Centrista:
Dª MERCEDES PEDREIRA DE VIVERO
D. IGNACIO JOSÉ DEL RÍO MARRERO
CONCEJALES QUE HAN EXCUSADO SU ASISTENCIA: Dª Carmen
Menéndez Rodríguez.
SECRETARIO GENERAL: D. Eulalio Ávila Cano
INTERVENTOR: D. Julio Prinetti Márquez
Presidió el acto el Sr. Alcalde D. Narciso de Foxá Alfaro y actuó como
Secretario General D. Eulalio Ávila Cano.
Pleno ordinario 27-12-2013
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Declarado abierto el acto por la Presidencia, fueron tratados los siguientes
asuntos:
1.(219/13) APROBACIÓN, si procede, del Borrador del Acta de
la sesión ordinaria celebrada el 27 de noviembre de
2013.
La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica
que se ha cometido un error en el cuarto párrafo de la página 228 y,
donde dice “…también ha venido desde hace bastante tiempo …”, debe
decir “…. también ha venido denunciando desde hace bastante tiempo
…”
Sometido este asunto a votación, la Corporación, por
unanimidad, ACUERDA aprobar el Borrador del Acta de la sesión
celebrada el 27 de noviembre de 2013, con la modificación antes
indicada.
2.(220/13) RESOLUCIÓN de alegaciones y APROBACIÓN
definitiva del expediente de Modificación de Créditos
24/13/ES/04 de 2013, por crédito extraordinario en el
programa presupuestario Administración General de
Vivienda y Urbanismo, destinado a la suscripción de
acciones por ampliación de capital de PAMMASA
(3.1.3)
Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros
documentos:
A) ACUERDO PLENARIO de 25 de septiembre de 2013, por el
que se aprueba inicialmente la Modificación de Créditos
024/13/ES/04 de 2013 por Crédito extraordinario, en la
aplicación presupuestaria 2013-004-1500-“850.90 Resto de
adquisiciones de acciones dentro del sector público, proyecto de
gastos 2013-2-PAMMA-001 por 2.664.976,85 €; financiar la
modificación de créditos con las desviaciones positivas del
proyecto de gasto con financiación afectada 2006-8-60001-1
Enajenación de solares por la misma cuantía, incrementando en
dicha cuantía las previsiones de la partida 87010 Remanente de
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tesorería para gastos con financiación afectada y exponer al
público este acuerdo de aprobación inicial.
B) EDICTO del Alcalde-Presidente, de 26 de septiembre de 2013,
en el que consta diligencia del Secretario General de 4 de
noviembre de 2013, acreditativa de que ha estado expuesto en el
Tablón de Edictos desde el 1-10-2013 al 31-10-2013.
C) ANUNCIO publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad
de Madrid, de 14 de octubre de 2013, en el que consta
diligencia del Secretario General de 4 de noviembre de 2013,
acreditativa de que ha estado expuesto en el Tablón de Edictos
desde el 15-10-2013 al 31-10-2013.
D) ESCRITO DE ALEGACIONES presentado por la Portavoz
del Grupo Municipal Centrista, que ha tenido entrada en el
Registro General el 30 de octubre de 2013, nº 18833.
E) ESCRITO DE ALEGACIONES presentado por el Portavoz
Adjunto del Grupo Municipal Socialista, que ha tenido
entrada en el Registro General el 31 de octubre de 2013, nº
18918.
F) ESCRITO DE ALEGACIONES presentado por la Portavoz
del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, que ha
tenido entrada en el Registro General el 31 de octubre de 2013,
nº 18925.
G) CERTIFICACIÓN del Secretario General, de 4 de noviembre
de 2013, en el que consta que, según el informe de la
Administrativo del Departamento de Información y Registro de
fecha 4 de noviembre, durante el periodo de exposición pública
se han recibido alegaciones de los Grupos Municipales
Centrista, Socialista y Unión Progreso y Democracia.
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H) INFORME JURÍDICO Nº 578/13, de la Directora Técnica
de Régimen Interior, Calidad, Organización y Servicios
Jurídicos, con el Conforme del Secretario General, de fecha
18 de diciembre de 2013, cuyo texto es el siguiente:
“ANTECEDENTES
1. Mediante acuerdo de Pleno de la Corporación de 25 de
septiembre de 2013, se acordó aprobar inicialmente el
expediente de modificación de créditos 24/2013, cuya parte
dispositiva es la siguiente: “Sometido este asunto a votación, la
Corporación, por trece (13) votos a favor correspondientes al Grupo
Municipal Popular, siete (7) votos en contra correspondientes a los Grupos
Municipales Unión Progreso y Democracia, Izquierda Unida-Los Verdes y
Centrista y cuatro (4) abstenciones correspondientes al Grupo Municipal
Socialista, ACUERDA:
Primero.- Aprobar inicialmente la Modificación de Créditos 024/13/ES/04 de
2013 por Crédito extraordinario, en la aplicación presupuestaria 2013-004-
1500-“850.90 Resto de adquisiciones de acciones dentro del sector público,
proyecto de gasto 2013-2-PAMMA-001 por 2.664.976,85€.
Segundo.- Financiar la modificación de créditos anterior con las
desviaciones positivas del proyecto de gasto con financiación afectada 2006-
8-60001-1 Enajenación solares por la misma cuantía, incrementando en
dicha cuantía las previsiones de la partida 87010 Remanente de tesorería
para gastos con financiación afectada.
Tercero.- Exponer al público este acuerdo de aprobación inicial, previo
anuncio en el BOCM, por 15 días, durante los cuales los interesados podrán
examinarlos y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se
considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se
hubiesen presentado reclamaciones.”
2. Mediante escrito de 30 de octubre de 2013 (R.E. 18.918,
31 octubre 2013) se presentan alegaciones del Portavoz Adjunto
del Grupo Municipal Socialista, contra el acuerdo del Pleno de
25 de septiembre de 2013 por el que se aprueba el expediente de
modificación de créditos 24/2013.
Dicho escrito contiene una exposición de las
circunstancias relativas a la construcción de las viviendas
protegidas previstas y de la propuesta del Gobierno Municipal
de hacerse cargo de tal promoción, a través de PAMMASA,
ampliando el capital de la misma mediante la aportación de
2.664.976,85 euros, y la conclusión de que “es indudable que el
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IVIMA, en una clara dejación de funciones, no solo ha causado
un daño social a los vecinos de Majadahonda por no haber
construido dichas viviendas, sino también frente al propio
Ayuntamiento, ya que éste, de haber ostentado la propiedad de
dicha parcela, hubiera sido el legítimo beneficiario del aumento
del valor de la misma y de su posible uso con el paso de los
años”, finalizando solicitando tener por presentadas, en tiempo
y forma, las alegaciones, y lo siguiente:
1.- “ii.- Que se suspenda la modificación de créditos a
que hacer referencia el expediente 24/2013 por el que se
amplía el capital de PAMMASA mediante aportación por
parte del Ayuntamiento de 2.664.976,85 euros, en tanto
no se resuelvan los puntos que se enumeran a
continuación”.
2.- “iii.- Que, dado que el IVIMA obtuvo a precio cero la
parcela en cuestión, salvo los costes de urbanización de
la misma, se solicite un informe a los servicios jurídicos
municipales sobre la viabilidad de la reversión de la
parcela al Ayuntamiento en los mismos términos
económicos en los que la obtuvo el IVIMA en su día, y
que, en todo caso, si ello no fuera jurídicamente posible,
el coste no excediera de los que en su día costeó el IVIMA
en concepto de urbanización de dicha parcela”.
3.- “iv.- Que, no obstante lo cual, el Ayuntamiento de
Majadahonda cuantifique y solicite formalmente al
IVIMA una indemnización correspondiente al lucro
cesante causado por dicho Instituto al Ayuntamiento
como consecuencia del incremento del valor de la
parcela y su posible uso con el paso de los años del que
éste hubiera sido su legítimo beneficiario en lugar del
IVIMA”.
4.- “v.- (…) Que las viviendas que en el futuro se
construyan sean en régimen de alquiler y no de compra,
tal y como afirma el Concejal en la moción que
acompaña el expediente”.
3. Mediante escrito de 18 de diciembre del corriente, por el
Sr. Economista Municipal se solicita: informe jurídico sobre las
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alegaciones presentadas por el Grupo Municipal Socialista, en
concreto las referidas en los “apartados III y IV (por haberlo
solicitado expresamente el reclamante (…)”.
En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 173 del
Reglamento de organización y funcionamiento de las Entidades
locales, se procede a emitir el siguiente informe que tiene su base
en los siguientes:
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- LEGISLACIÓN APLICABLE:
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local (LBRL).
Ley 30/11992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y Procedimiento
Administrativo Común.
Ley 9/2001, de 17 de julio del Suelo de la Comunidad de
Madrid.
Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el
que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones
Legales vigentes en materia de Régimen Local. (TRRL).
Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que
se aprueba el Reglamento de organización,
funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades
locales (ROF).
TRLS de 9 de abril de 1976
Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio, por el que
se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen
del Suelo y Ordenación Urbana.
Art. 3.1 del Código Civil.
SEGUNDO.- En relación a la viabilidad de la reversión de la
parcela, se ha examinado el título que sirvió de base para la
atribución al IVIMA de dicha parcela.
Esta parcela se adjudica al IVIMA en el marco del “Documento
Compensatorio del Área de Oportunidad en ejecución del
Convenio Urbanístico aprobado por el Pleno para el Desarrollo
del Área de Oportunidad “Majadahonda-Sur””, que fue
aprobado por Acuerdo del Pleno de la Corporación de 30 de julio
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de 1996, mediante el cual se adjudican las correspondientes
parcelas, además, a los propietarios y operadores urbanísticos.
Mmediante Acuerdo plenario de 29 de octubre de 1996 se
aprueban determinadas correcciones a dicho Documento
Compensatorio y se aprueba el Texto Refundido del mismo.
Dicho Acuerdo fue inscrito en el Registro de la Propiedad una vez
adquirida firmeza los correspondientes acuerdos, sin que existan
recursos administrativos o jurisdiccionales pendientes de
resolución. Dichos acuerdos por tanto, no pueden ser objeto de
revisión salvo los casos extraordinarios previstos en la Ley, lo
cual no consta que se produzca.
Si bien se actuaba por el sistema de expropiación, se firmó un
convenio expropiatorio o de expropiación convenida y se tramitó
el documento compensatorio anteriormente mencionado, como
instrumento similar al proyecto de compensación regulado para
la ejecución urbanística mediante el sistema de compensación.
En todo caso, se trata de un instrumento para la equidistribución
de los beneficios y cargas derivados del planeamiento.
El art. 124.1 del TRLS de 9 de abril de 1976 establece que “Las
obligaciones y cargas de los propietarios del suelo a que se
refiere este capítulo serán objeto de distribución justa entre los
mismos, juntamente con los beneficios derivados del
planeamiento, en la forma que libremente convengan mediante
compensación o reparcelación.”
Por su parte el Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre el
Régimen del Suelo y Ordenación Urbana ( que estuvo vigente
hasta el 16 de Abril de 1997, debido a la STC 61/97 de 20 de
marzo), establecía en su art. 140 que “La ejecución del
planeamiento se desarrollará por los procedimientos
establecidos en la legislación urbanística aplicable, que
garantizarán la distribución equitativa de los beneficios y
cargas entre los afectados, así como el cumplimiento de los
deberes de cesión de los terrenos destinados a dotaciones
públicas y la de aquellos en los que se localice el
aprovechamiento correspondiente a la Administración, al igual
que el costeamiento y, en su caso, la ejecución de la
urbanización”.
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Al tratarse de un sistema de expropiación, (aunque sui generis) el
documento compensatorio contempla la atribución de parcelas no
sólo a los propietarios de suelo sino también a los operadores
urbanísticos y al IVIMA. En la memoria del documento
compensatorio, aunque no es muy exhaustiva dice que el mismo
se aprueba en ejecución de la modificación puntual del Plan
Parcial del área, aprobada por el Consejo de Gobierno de la
Comunidad de Madrid el días 16 de enero de 1995, y se añade
que “en dicho acuerdo se estableció que 675 de las viviendas
públicas fueran adjudicadas al IVIMA y el resto al
Ayuntamiento”.
Igualmente se manifiesta que “.”por acuerdo alcanzado con la
Consejería de Urbanismo de la Comunidad de Madrid se ha
decidido que en el propio documento de compensación regulado
en el convenio expropiatorio se produzca la adjudicación de las
fincas que corresponden a una y otra administración. Por ello en
este documento se realizan las adjudicaciones concretas, sin
perjuicio de que por acuerdos posteriores puedan modificarse las
adjudicaciones ahora realizadas”. En la página 4 de la memoria
se decía que “Hay que señalar, también que según el convenio
expropiatorio y el planeamiento la obligación de urbanización
asumida por los propietarios y, por cesión de ellos, por los
operadores urbanísticos no se extendía a las denominadas áreas
tres y cuatro, obligación ésta que corresponde a las
Administraciones adjudicatarias de las edificabilidades públicas
situadas en tales zonas. Por ello tal obligación corresponderá al
Ayuntamiento de Majadahonda y al IVIMA. Las fincas que se
adjudiquen al ayuntamiento no necesitan ser gravadas pues se
produce una confusión entre el derecho del Ayuntamiento a
obtener el coste de la urbanización correspondiente y su
obligación de pago de dicho coste; sin embargo las fincas que
corresponden al IVIMA sí deben quedar gravadas para
garantizar la aportación de tal coste. Todo ello sin perjuicio de
los acuerdos posteriores que puedan alcanzarse entre ambas
Administraciones”.
Aprobado el documento, la parcela RO-6, entre otras, se inscribió
en el Registro de la Propiedad con el IVIMA como titular y con la
carga correspondiente al gravamen para responder del pago de
(en el caso de esta parcela) 122.870.000 pesetas correspondiente
a la obra de urbanización de las áreas 3 y 4.
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No nos consta otro título de adjudicación de la parcela ni se ha
encontrado documentación alguna de la que se desprenda otro
título distinto, por lo que no cabe sino entender que la parcela se
adjudica como compensación a la contribución del IVIMA a los
gastos de urbanización de la zona, por lo que el IVIMA, a partir
de la adjudicación e inscripción en el Registro de la Propiedad es
el propietario de la parcela y titular de todas las facultades que el
derecho de propiedad le otorga, sin perjuicio lógicamente de las
determinaciones del planeamiento urbanístico y la legislación
vigente.
El acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno de la
Comunidad de Madrid en su sesión celebrada el 19 de enero de
1995 por el que se aprueba definitivamente la Modificación
Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de
Majadahonda en el “Area de Oportunidad” recoge expresamente
lo siguiente: “ (…) La propuesta presentada prevé diversas zonas
con asignación de usos globales a cada una de llas; asimismo se
propone la siguiente distribución de suelo y viviendas:
1º Viviendas de cesión al Consorcio Ayuntamiento-CAM.
Distribución:
EMPRESA MUNICIPAL DE SUELO 484 P.P.
IVIMA 675 P.P.
AYUNTAMIENTO 225
TOTAL 1.384 (…)”.
En todo caso, esta adjudicación al IVIMA estaba ya
prevista en el propio planeamiento urbanístico, y en concreto, en
el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid
de aprobación del mismo.
Dado que la adjudicación se produce hace más de 17 años se ha
llevado a cabo una labor de recopilación de toda la
documentación referente a la misma sin que de ella se desprenda
que dicha adjudicación obedezca a una cesión gratuita de bienes
inmuebles condicionada a una finalidad determinada de las
reguladas en el Reglamento de Bienes, ni a otra causa que no sea
la expresada, de carácter compensatorio.
Suponemos que el pago de los gastos de urbanización se produjo
en su día. No hemos podido detectar en qué forma dado el tiempo
transcurrido, pero la propia alegación formulada por el Grupo
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Municipal Socialista reconoce expresamente que el IVIMA corrió
a cargo de determinados costes de urbanización. En todo caso si
hubiera habido incumplimiento en este sentido, se hubiera debido
incoar el oportuno expediente en su día por dicho
incumplimiento, hecho que no nos consta.
Expuesto lo anterior, entendemos que no cabe reversión de la
parcela ni tampoco indemnización correspondiente al lucro
cesante que en su caso podría haberse producido si en lugar del
IVIMA el adjudicatario hubiera sido el Ayuntamiento, como
consecuencia del incremento del valor de la parcela y su posible
uso con el paso de los años, puesto que la propiedad de dicha
parcela se transmite en el marco de un expediente urbanístico de
carácter compensatorio, por lo que la propiedad se adquiere
como compensación o contraprestación a la participación del
IVIMA en el costeamiento de los gastos de urbanización del área.
Es cuanto tiene el deber de informar el Técnico que
suscribe en cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente,
con el Visto Bueno del Secretario General.”
I) PROPUESTA DE RESOLUCIÓN del Concejal Delegado de
Economía y Hacienda, de 19 de diciembre de 2013, constando el
Vº Bº del Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad,
Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana
para que pase el expediente a resolución por el órgano
competente, cuyo texto es el siguiente:
“Vistas las alegaciones presentadas por:
a) El Grupo municipal Centristas Majadahonda, que en
extracto dice:
“En caso de que se considere necesario llevar a cabo la
ampliación de capital de la sociedad PAMMASA, con su
consiguiente modificación de crédito para la suscripción de las
acciones, se acuerde llevarla a cabo mediante el
procedimiento de compensación de créditos previsto en el Art.
301 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
Si se estima oportuno gestionar la construcción de las
viviendas en la parcela propiedad del IVIMA, lo adecuado sería
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hacer un convenio con este Instituto en el que PAMMASA se
comprometería a gestionar tanto la construcción de las
viviendas como la venta de la parcela, lo que se obtenga por la
venta de esta se transmitiría al IVIMA”.
b) El Grupo municipal Socialista que en extracto dice:
“i.- Que se tengan por presentadas en tiempo y forma
las presentes alegaciones
ii.- Que se suspenda la modificación de créditos a que
hace referencia el expediente 24/2013 por el que se amplía el
capital de PAMMASA mediante la aportación por parte del
Ayuntamiento de 2.664.976,85 euros, en tanto no se resuelvan
los puntos que se enumeran a continuación.
iii.- Que, dado que el IVIMA obtuvo a precio cero la
parcela en cuestión, salvo los costes de urbanización de la
misma, se solicite un informe a los servicios jurídicos
municipales sobre la viabilidad de la reversión de la parcela al
Ayuntamiento en los mismos términos económicos en los que
la obtuvo el IVIMA en su día, y que, en todo caso, si ello no
fuera jurídicamente posible, el coste no excediera de lo que en
su día costeó el IVIMA en concepto de urbanización de dicha
parcela.
iv.- Que, no obstante lo cual, el Ayuntamiento de
Majadahonda cuantifique y solicite formalmente al IVIMA una
indemnización correspondiente al lucro cesante causado por
dicho Instituto al Ayuntamiento como consecuencia del
incremento del valor de la parcela y su posible uso con el paso
de los años del que éste hubiera sido su legítimo beneficiario
en lugar del IVIMA.
v.- Que, una vez resueltos los puntos precedentes, y
vista la situación del mercado de vivienda y de la crisis
económica y social de la que nuestro municipio nos ajeno, las
viviendas que en el futuro se construyan sean en régimen de
alquiler y no de compra, tal y como afirma el Concejal en la
moción que acompaña el expediente.”
c) El Grupo municipal U.P. y D. alegación al expediente de
referencia, que dice:
“1.- La Providencia de Alcaldía dictada con fecha 12 de
septiembre de 2013 indica lo siguiente: “Insto a que se tramite
el expediente de modificación de créditos preceptivo, para
habilitar los suficientes para suscribir una ampliación de capital
de PAMMASA, que permita a esta empresa, que tiene la
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encomienda municipal en materia de vivienda protegida, la
adquisición de la parcela al IVIMA, propietaria de la misma.”
Teniendo en cuenta pues, que el objetivo de la presente
Modificación de crédito, es ampliar el capital de Pammasa con
el fin de adquirir la parcela propiedad de IVIMA, entendemos
que lo adecuado sería ampliar el capital de Pammasa, no en
base a un precio estimado, sino en base a un precio concreto.
La moción del concejal por la que se insta la presente
modificación de créditos, señala, que la parcela del IVIMA que
se pretenden adquirir, tienen un precio estimado de
2.664.976,85€. Dicha estimación, no se apoya en ningún
informe técnico justificativo de la misma, de tal modo, que no
se esgrimen razones que determinen que el precio real de las
parcelas sea el indicado.
Por otro lado en el Acta del Consejo de Administración
de Pammasa celebrado el 30 de septiembre de 2013, el
presidente de Pammasa señaló, informando sobre “una
ampliación de capital de Pammasa, con carácter finalista, para
la compra el IVIMA de una parcela para la edificación de
viviendas protegidas”, lo siguiente: “Se pretende la compra de
la mitad de la edificabilidad que tiene asignada la parcela RO-6
por un precio de 2,3 millones de euros”
Considerando la evidente contradicción existente en
cuanto al precio de la parcela, entendemos que sería
necesario, en aras a dotar a la operación de una mayor
transparencia, elaborar un informe técnico por parte del
Ayuntamiento en el que se señale cuál sería el valor exacto de
la parcela a adquirir, valorándose entre otros aspectos, las
características del suelo, el destino que se le va a dar y el
precio actual del metro cuadrado, procediendo a ampliarse el
capital en la cuantía exacta que determinen los técnicos
municipales.
En virtud de lo expuesto,
SOLICITO
- Que se tengan por presentadas en tiempo y
forma las presentes alegaciones.
Que se realice un informe técnico que determine con
exactitud, transparencia y rigor, el valor actual de la parcela
que se pretende adquirir del IVIMA y, que se proceda a ampliar
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el capital de Pammasa en la cuantía exacta que determinen
los técnicos.”
La Secretaría Municipal ha emitido informe el 18 de
diciembre de 2013 y no consta que los servicios técnicos
municipales hayan aportado informe alguno de valoración de la
parcela en cuestión.
A la vista de la documentación obrante en el expediente,
y considerando que su tramitación debe ajustarse a la del
Presupuesto general, se aprecia que ninguna de las alegaciones
presentadas están relacionadas con los motivos tasados que
establece el artículo 170.2 del TRLRHL, que dice:
a) Por no haberse ajustado su elaboración y
aprobación a los trámites establecidos en esta Ley.
b) Por omitir el crédito necesario para el
cumplimiento de obligaciones exigibles a la entidad local,
en virtud de precepto legal o de cualquier otro título
legítimo.
c) Por ser de manifiesta insuficiencia los ingresos
con relación a los gastos presupuestados o bien de éstos
respecto a las necesidades para las que esté previsto.
En consecuencia, considerando que el expediente en
tramitación es la habilitación de crédito presupuestario para
acometer futuras actuaciones, se considera que las alegaciones
efectuadas deberán ser realizadas si procede, en el expediente
de ampliación de capital que PAMMASA deba instruir al efecto,
o en su caso, al acuerdo de adquisición por dicha entidad de la
parcela en cuestión.
Por todo lo expuesto, propongo al Pleno de la Corporación:
1) Desestimar las alegaciones presentadas por los grupos
políticos municipales Centristas Majadahonda, Socialista
y Unión, Progreso y Democracia, al no encontrarse entre
los supuestos contemplados en la normativa de aplicación.
2) Aprobar definitivamente la modificación de créditos
24/13/ES/04 de 2013 por crédito extraordinario en el
programa Administración general de vivienda y
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urbanismo, destinado a la suscripción de acciones por
ampliación de capital de Pammasa.”
J) INFORME del Interventor Municipal, de 19 de septiembre de
2013, cuyo texto es el siguiente:
“El presente informe se emite a la vista de las alegaciones
realizadas al expediente de referencia y de la propuesta de
resolución formulada con fecha 19 de diciembre por el Concejal
delegado de Economía y Hacienda, se emite el presente informe.
1. Normativa aplicable.
A) Normativa específica de Régimen Local.
LRBRL: Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases del Régimen Local.
TRLHL: Texto Refundido de Ley 39/1988, de 28 de
diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de
5 de marzo.
RDP: Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el
que se desarrolla el Capítulo Primero del Título
Sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre,
Reguladora de las Haciendas Locales.
RLGEP: RD 1463/20007, de 2 de noviembre, por el
que se aprueba el desarrollo de la LGEP, en su
aplicación a las entidades locales.
ICAL(n): Instrucción del Modelo Normal de
Contabilidad Local, aprobada por Orden
EHA/4041/2004, de 23 de noviembre.
EPEELL: Orden EHA/3565/2008, de 3 de
diciembre, por la que se aprueba la estructura de los
Presupuestos de las Entidades Locales
B) Normativa municipal
RPAM: Reglamento de Procedimientos
Administrativos Municipales, aprobado por el
Ayuntamiento Pleno en su sesión de 28 enero 1998 y
modificado el 26 de mayo de 1999 y el 27 de junio
de 2001 (ficha H-3).
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A) Normativa Estatal
LGP: Ley 47/2003, de 26 de noviembre General
Presupuestaria.
LOEPSF: Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de
estabilidad presupuestaria y sostenibilidad
financiera.
2.- Presupuesto General: modificaciones.
El Presupuesto General de la Entidad constituye la
expresión cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones
que, como máximo, pueden reconocer la Entidad y sus
Organismos Autónomos, y de los derechos que prevean liquidar
durante el correspondiente ejercicio, así como de las
previsiones de ingresos y gastos de las Sociedades Mercantiles
cuyo capital social pertenezca íntegramente a la Entidad Local.
El Ayuntamiento ha de aprobar anualmente un
Presupuesto único que "coincida con el año natural y que esté
integrado por el de la Entidad y los de todos los Organismos y
Empresas Locales con personalidad jurídica propia
dependientes de aquella" (artículo 112.1 de la LRBRL).
Una vez que el Presupuesto General haya entrado en
vigor en el ejercicio respectivo, cada uno de los Presupuestos
que en él se integran pueden ser objeto de las modificaciones
previstas en los artículos 177 y siguientes del TRLHL y en la
sección 2ª del capítulo II del RPD.
La aprobación inicial de la modificación presupuestaria
del expediente objeto de reclamación decía:
1) “Aprobar inicialmente la Modificación de Créditos 024/13/ES/04
de 2013 por Crédito extraordinario, en la aplicación
presupuestaria 2013-004-1500-“850.90 Resto de adquisiciones
de acciones dentro del sector público, proyecto de gasto 2013-
2-PAMMA-001 por 2.664.976,85€:
2) Financiar la modificación de créditos anterior con las
desviaciones positivas del proyecto de gasto con financiación
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afectada 2006-8-60001-1 Enajenación solares por la misma
cuantía, incrementando en dicha cuantía las previsiones de la
partida 87010 Remanente de tesorería para gastos con
financiación afectada”.
Esta modificación ha seguido la tramitación prevista en
los artículos 35 y siguientes del citado RPD. En este sentido el
artículo 38 puntos 1 y 2 del citado RPD establece que “1. La
aprobación de los expedientes por el Pleno se realizará con
sujeción a los mismos trámites y requisitos que los
Presupuestos, debiendo ser ejecutivos dentro del mismo
ejercicio en que se autoricen.
2. En la tramitación de los expedientes de concesión de
créditos extraordinarios y de los suplementos de crédito serán
de aplicación las normas sobre información, reclamaciones y
publicidad aplicables a la aprobación de los Presupuestos de la
Entidad a que se refieren los artículos 20 y 22 (artículo 158.2,
LRHL).
Por lo tanto, una vez acordada la aprobación inicial
cumplido el trámite de información pública mediante anuncio en
el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y finalizado el
plazo de presentación de reclamaciones, se precisa dar
cumplimiento a los siguientes trámites:
a) Resolución de todas las reclamaciones presentadas.
Durante el referido periodo se ha presentado una reclamación
suscrita por la portavoz del Grupo municipal Unión Progreso y
Democracia, mediante escrito de 4 de septiembre de 2013, que
deberá ser resuelta por el Pleno en un plazo de un mes (artículo
169 TRLHL y artículo 20.1 RDP).
b) Aprobación definitiva. La Modificación del
Presupuesto deberá ser aprobada definitivamente mediante
acuerdo expreso del mismo órgano (artículo 169 TRLHL y
artículo 20.1 RDP).
c) Publicación. El Presupuesto modificado será
publicado, resumido por Capítulos en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid (169 TRLHL y artículo 20.3 RDP).
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d) Entrada en vigor. El Presupuesto modificado entrará
en vigor una vez publicado en la forma prevista en el apartado
anterior.
Por todo lo que antecede y vista la propuesta de
resolución, esta Intervención considera que la resolución de
reclamaciones se ha ajustado al procedimiento preceptivo.”
K) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Economía y
Hacienda, de 23 de diciembre de 2013, favorable.
El Sr. Presidente propone, si todos están de acuerdo, que los
puntos 2, 3 y 4 se debatan conjuntamente tal y como se acordó en la
Junta de Portavoces que se celebró con carácter previo a esta sesión
plenaria pero la votación, en los puntos que corresponda, se realizará
de forma individual, ACORDÁNDOSE, por unanimidad, por
asentimiento de todos los concejales, dicha propuesta.
El Concejal Delegado de Economía y Hacienda, Sr. Díaz
Rodríguez, manifiesta su deseo del rápido restablecimiento de la
Concejal Carmen Menéndez y agradece el avanzado estado de
tramitación en el que ha encontrado los expedientes que, en materia
económica, se van a tratar en esta sesión plenaria y que se va a
encargar de defender.
Sigue diciendo que durante este debe se van a tratar, de manera
conjunta, los expedientes relativos a la resolución de las reclamaciones
presentadas por los Grupos Municipales Centrista, Unión Progreso y
Democracia y Socialista a los expedientes de modificación de créditos
24/13/04, 32/13/05 y 33/13/06.
Aclara que, como ya se expuso en la sesión plenaria celebrada el
pasado 27 de noviembre, el objeto de estos expedientes es incorporar
crédito para que PAMMASA suscriba una ampliación de capital para
la compra de una parcela al IVIMA para promover vivienda protegida
para jóvenes (dos de ellos) y para trasladar crédito de 2014 al ejercicio
2013 para poder ejecutar la obra de remodelación del Parque de
Colón.
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
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A continuación recuerda a todos los corporativos que esta última
retención de créditos se iba a realizar en el año 2014 pero el equipo de
gobierno considera, teniendo en cuenta que el expediente de
contratación se encuentra ya en una fase muy avanzada y que se
quieren comenzar las obras cuanto antes para que estén finalizadas
antes de las Fiestas Patronales (en el mismo se desarrollan muchas
actividades), que este crédito se traslade al año 2014 y, como
considera que los motivos que ha expuesto son suficientes y
razonados, espera que todos los grupos de la oposición estén de
acuerdo y aprueben, de forma definitiva, los tres expedientes de
modificación de créditos que se proponen.
Termina su intervención diciendo que se propone la
desestimación de las mismas porque los motivos alegados no se
ajustan al Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales.
El Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez
Maillo, indica que hoy se debate, en estos tres puntos del orden del
día, dos asuntos de extrema relevancia, uno es el que su grupo
denomina “IVIMA exprés” y el otro es el referido al Parque Colón.
Aclara que denomina a ese expediente “IVIMA exprés” porque, en
apenas dos meses, se ha detraído del patrimonio de los ciudadanos la
cantidad de 4,9 millones de euros, se han hecho los ajustes contables
necesarios y se ha decidido un valor del suelo de forma “digital” y se
amplía el capital de la sociedad municipal PAMMASA.
Añade que el equipo de gobierno tramita con muchísima rapidez
algunos expedientes pero lo hace solo con los que le interesan e indica
que ojalá se pusieran en marcha, con esa misma rapidez, por ejemplo,
políticas activas de empleo o el promover ayudas para el pago del
impuesto sobre bienes inmuebles.
Sigue diciendo, respecto al primero de los expedientes, que su
grupo se va a reafirmar en los argumentos que ya expuso en la última
sesión plenaria ordinaria porque desea poner de manifiesto su
disconformidad con que el Pleno celebrado la semana pasada no se
retransmitiera por internet lo que no sabe si se debió a un error o no y
confía en que no fuera una instrucción política. Recuerda que esa
sesión plenaria era de máxima importancia e insiste en que no se
retransmitió y su grupo espera que el problema que surgió se haya
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
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solucionado y por ello va a repetir, para que los conozcan los
ciudadanos, los argumentos que su grupo esgrimió en dicha sesión
plenaria.
Aclara que, en el año 2006, este Ayuntamiento firmó un
convenio con el IVIMA cuyo objeto era la promoción de viviendas
públicas en nuestro municipio (1.084 viviendas) y en ese convenio
cada una de las partes adoptaba determinados compromisos. Añade
que el Ayuntamiento se comprometió a modificar el Plan General de
Ordenación Urbana y el IVIMA se comprometió a construir y
financiar esas viviendas. Indica además que el suelo, en el año 2006,
fue cedido por este Ayuntamiento por el precio del coste de las obras
urbanización que correspondían a esas parcelas.
Manifiesta a continuación que han pasado 7 años y solamente se
han construido unas 300 viviendas, más de 200 están en construcción
pero las obras prácticamente están paradas y faltan 517 viviendas por
construir por lo que está claro, desde el punto de vista de su grupo, que
el IVIMA no ha cumplido los compromisos que adquirió y desiste de
cumplirlos y ahora dice que esas viviendas sean construidas por este
Ayuntamiento. Aclara que su grupo entiende que el equipo de
gobierno corre a ayudar a dicho organismo diciéndole que no se
preocupe porque vamos a recomprar los terrenos y vamos a construir
nosotros las viviendas.
Recuerda que el Sr. Montoro, Ministro de Hacienda, ha dicho al
Sr. González que ese Ministerio no era la ventanilla para hacerle
candidato a la Comunidad de Madrid y su grupo dice exactamente lo
mismo porque considera que este Ayuntamiento y PAMMASA no
deben hacer favores a nadie y tampoco debe favorecer la inclusión de
alguien en las listas electorales sino más bien al contrario.
Indica que lo justo en derecho y en política es que se cumplan
los convenios, los acuerdos entre las partes y, al igual que este
Ayuntamiento cumplió con su obligación de modificar el Plan General
y entregó casi gratis el suelo, el IVIMA debe cumplir con sus
compromisos.
Añade que su grupo quiere que se construyan esas viviendas
pero, si el IVIMA decide no hacerlo, se debe rescindir el contrato que
este Ayuntamiento suscribió con la Comunidad antes de construirlas y
por ello su grupo ha formulado una serie de alegaciones, desde el
punto de vista de su grupo, contra la tropelía política que se pretende
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hacer y que cree que va a suponer un importante quebranto económico
para este Ayuntamiento pero el equipo de gobierno desestima todas
esas alegaciones y, aunque tiene derecho a hacerlo, recuerda que la
mayoría absoluta no otorga la razón absoluta y en este caso considera
que el equipo de gobierno no tiene razón al desestimarlas.
Aclara que, desde el punto de vista de su grupo, es inaceptable
que, mientras que se reduce el servicio de auxiliares de infantil y otros
servicios básicos esenciales bajo el pretexto de la crisis y el de no
asumir competencias impropias cuando aparentemente este
Ayuntamiento tiene un excedente de dinero muy importante, el equipo
de gobierno dilapide 4,9 millones de euros y se los regale “a sus
amigos del IVIMA” que precisamente son aquellos a los que
previamente se les había regalado el suelo (su precio solo fue el que
les correspondía por las obras de urbanización) y se actúa de esta
forma a pesar de que el IVIMA está desistiendo de sus obligaciones y
también se perdona a dicha entidad los daños y perjuicios que ha
causado a los vecinos por sus incumplimientos y a los que nuestros
vecinos tienen derecho.
Insiste en que ha hablado de “regalar” porque el IVIMA
solamente pagó las obras de urbanización y eso, desde el punto de
vista de su grupo, es un regalo.
Continua diciendo que su grupo cree que se está ante un
incumplimiento de una obligación civil, en este caso, bajo la
jurisdicción contencioso-administrativa pero con implicaciones
penales por existir quebranto económico y no sabe si el Sr. Alcalde es
consciente de ello.
Respecto al expediente de modificación de créditos para la
remodelación del Parque Colón, indica que este asunto fue tratado en
el Pleno del mes de noviembre y recuerda que se aprobó remodelar
dicho Parque por aproximadamente 500.000 euros y su grupo estuvo
de acuerdo hasta esos momentos e incluso todos los grupos políticos
convinieron en que era una actuación de carácter social por lo que
podía financiarse con el dinero procedente de la venta de patrimonio
público pero el equipo de gobierno, unos meses más tarde, se da
cuenta de que ese dinero no era suficiente y necesitaba más.
Aclara que su grupo podría entender que se produzcan retrasos
como ocurre en todos los proyectos e incluso que, como consecuencia
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de alguna necesidad funcional, se pudiera realizar alguna ampliación
siempre que estuvieran justificada pero esta modificación de créditos
de más de 300.000 euros se sometió a aprobación inicial sin ningún
informe y desea dejar claro que su grupo no vota sin contar con la
suficiente información.
Considera seguidamente que el equipo de gobierno ha hecho
trampa porque su grupo votó en contra y presentó alegaciones a la
aprobación inicial de esa ampliación de créditos en cuyo expediente
no figuraba ningún informe y esas alegaciones son desestimadas
aunque en una de ellas, precisamente, se hacía alusión a la inexistencia
de informes que avalaran la modificación del proyecto inicial. Aclara
que dicho que el equipo de gobierno ha hecho trampa porque al día
siguiente se dice que se presenta el informe de los técnicos, informe
que no ha sido incluido en el expediente y reitera que se desestiman
todas las alegaciones que se han presentado por lo que cree que el
equipo de gobierno actúa como hace siempre, es decir, “pone el carro
delante de los bueyes”.
Termina su intervención diciendo que es necesario tener
transparencia e insiste en que lo que se ha hecho es, desde el punto de
vista de su grupo, una burla para todos y considera que los vecinos
tienen que conocer que el verdadero talante del Partido Popular es
falta de transparencia y ocultación de datos y considera que la
opacidad conduce a la desconfianza y por ello su grupo va a votar en
contra de estos expedientes de modificación de créditos.
El Sr. Alcalde indica que va a intervenir por las alusiones que el
Viceportavoz del Grupo Socialista ha hecho a su persona y por ello
indica que quiere pensar que dicho Grupo no es consciente de que
algunas manifestaciones que ha realizado durante este debate son
inciertas y falsas.
Aclara que la primera falsedad es decir que la última sesión
plenaria no fue retransmitida lo que puede ser fácilmente comprobable
y también considera una falsedad decir que hay falta de transparencia
porque esa sesión plenaria sí fue retransmitida y espera que el Grupo
Socialista, cuando lo compruebe, pida perdón al equipo de gobierno en
la próxima sesión plenaria y, si él no tuviera razón, pedirá perdón.
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Sigue diciendo que otra falsedad es decir que esas parcelas
fueron cedidas gratuitamente porque no es cierto y la realidad es que
esas parcelas nunca han sido del Ayuntamiento sino que provienen de
un aprovechamiento y, al igual que el Ayuntamiento tuvo
aprovechamientos, los tuvo la Comunidad de Madrid y precisamente
porque esas parcelas nunca han sido de este Ayuntamiento, la
Comunidad de Madrid tuvo que afrontar los gastos de urbanización.
Recuerda a continuación que este Ayuntamiento cedió una
parcela a la Comunidad de Madrid para que construyera el Hospital
Puerta de Hierro y en ese caso ese organismo no tuvo que hacer frente
a los gastos de urbanización porque este Ayuntamiento sí fue
propietario de esa parcela.
Reitera que estas parcelas son del IVIMA y añade que no se
pueden retrotraer las actuaciones para que esas parcelas pasen a ser
propiedad de este Ayuntamiento porque nunca lo fueron y, como ese
organismo es el propietario de las mismas, hace lo que quiere con
ellas.
Aclara que otra falsedad es decir que se va a sustraer, a los
vecinos, la cantidad de 4,9 millones de euros porque, si se compra esa
parcela al IVIMA, entrará a formar parte del patrimonio de este
Ayuntamiento por lo que considera que el equipo de gobierno no
dilapida nada sino que va a hacer lo que precisamente los grupos de la
oposición han venido criticando en los últimos años y era que no se
estaba comprando suelo protegido con el dinero obtenido por la venta
de parcelas municipales.
Termina su intervención diciendo que, desde su punto de vista,
las manifestaciones del Grupo Socialista son un disparate y considera
que, con el tipo de oposición que está haciendo dicho grupo, no tiene
credibilidad.
La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y
Democracia, Sra. Madrigal, pide al Sr. Alcalde que autorice que
intervenga, en representación de su grupo, la Concejal Sra. Fernández
respecto a los puntos 2 y 3 del orden del día y ella respecto al punto 4.
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El Sr. Alcalde autoriza esas dos intervenciones y concede el uso
de la palabra, en primer lugar, a la Concejal de Unión Progreso y
Democracia, Sra. Fernández Alonso.
La Concejal del Grupo Municipal Unión Progreso y
Democracia, Sra. Fernández Alonso, indica que, en el mes de
septiembre, se realizó una modificación de créditos para ampliar el
capital de PAMMASA en 2.664.976,85 euros pero a ese expediente no
se incorporó ningún informe que acreditara ese precio si bien el Sr.
Alcalde admitió que el objeto de la misma era la compra de una
parcela pero que ignoraba su precio final y que lo que tenía era un
precio máximo y por ello pregunta en base a qué se ha determinado
ese precio máximo.
Aclara que, en el mes de noviembre, se presenta otra
modificación de créditos para la ampliación de capital por
2.221.665.60 € con un informe del “nuevo tasador municipal, Sr.
Escalera” que calcula el precio de la misma, con gastos, en
4.886.642,45 €.
Recuerda seguidamente que se señala, en el informe de
Intervención de 18 de noviembre de 2013, que tendrán que
pronunciarse los servicios técnicos municipales con anterioridad a la
adopción del acuerdo de ampliación de capital de PAMMASA.
Aclara que precisamente hoy se va a aprobar esta ampliación de
créditos para la adquisición de la parcela RO6 del Área de
Oportunidad al IVIMA, lo que se va a hacer sin conocer si existe el
informe técnico al que se refería el Sr. Interventor y, aunque su grupo
no sabe si ese informe es preceptivo o no, no entiende que el equipo
de gobierno no se siga las recomendaciones que ha realizado la
Intervención Municipal.
Termina su intervención diciendo que el informe de los servicios
técnicos municipales no está y parece que tampoco se le espera.
La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y
Democracia, Sra. Madrigal, indica, respecto al punto 4 del orden del
día, que su grupo considera que es el despropósito de la remodelación
del Parque de Colón, parque que no ha sido mantenido adecuadamente
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durante 20 años y ahora el equipo de gobierno ha decidido, en lugar de
acondicionarlo, hacerlo totalmente nuevo porque así tendrá algo que
inaugurar de cara a las próximas elecciones lo que hace basándose en
la tendencia de que los parques se hagan nuevos cada 10 años.
Añade que, si se remodelan totalmente los parques cada 10 años,
Majadahonda no tendrá nada emblemático y considera que se actúa de
esa forma porque ahora este Ayuntamiento tiene dinero para hacerlo.
Sigue diciendo que el equipo de gobierno justifica esa
remodelación diciendo que es para dar respuesta a las demandas
vecinales pero su grupo no conoce que se haya preguntado a ningún
vecino sobre cómo quería que fuera este parque aunque está
convencida de que los vecinos hubieran querido participar en ese
sentido.
A continuación indica que, desde el punto de vista de su grupo,
se va a crear un nuevo parque desierto como ha ocurrido con el de la
Plaza de la Constitución porque se van a talar 7 árboles de entre 30 y
60 cm. de diámetro, 3 de menos de 30 y todos tienen 20 años.
Añade que otro absurdo es lo que se va a hacer con las canchas
de baloncesto que se van a hacer famosas en toda la comarca y además
entiende que se ha dejado pasar una nueva oportunidad para la
participación de los vecinos.
Aclara que va a dejar de manifestarse sobre la remodelación del
Parque y va a referirse a los costes de la misma y añade que el equipo
de gobierno primero publicó su coste con un ahorro de 400 euros pero
después se comprueba que este proyecto va a costar 300.000 euros
más de la cantidad prevista por lo que desea dejar claro que su grupo
no ve ahorro por ninguna parte y solo ve otro despilfarro.
Indica que el total presupuestado para 2013, cuando esta obra
fue declarada de interés social, era de 571.725 € pero se dice que han
ido surgiendo nuevas necesidades que no se reflejan en el expediente
lo que ha motivado un incremento del coste del proyecto del 53%
hasta alcanzar la cifra de 849.529,29 €.
Manifiesta que su grupo, en las alegaciones que presentó,
solicitaba un informe técnico que justificara ese aumento y la
contestación que recibió se basa en un informe ambiguo en el que no
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MAJADAHONDA
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se concreta nada y en el que ni siquiera coinciden las cantidades y
dice, por ejemplo, que no se incluye el IVA y otros gastos. Aclara que
su grupo considera que debe ser el único presupuesto de remodelación
de parque en el que no se incluye el IVA ni otros gastos y dice esto
porque ha comprobado que en el de Ferenc’varos y La Laguna sí se
incluye dicho impuesto y todos los demás gastos y, a pesar de incluir
todos esos gastos, la remodelación de esos parques va a costar menos
dinero del presupuestado inicialmente.
Indica que su grupo no habría presentado alegaciones si se
hubiera tenido en cuenta un mínimo de participación vecinal en el
diseño de la remodelación del Parque de Colón y si se hubiera tenido
en cuenta lo informado por la Intervención Municipal que considera
que, aún cuando la normativa consiente que un contrato menor se
perfeccione únicamente con la emisión de la factura, el encargo al
director del proyecto y al director de las obras deberían recogerse en
unos pliegos de condiciones técnicas o en documento análogo.
Termina su intervención diciendo que, si ese documento con la
aceptación expresa de su contenido por el contratista existe, no ha sido
incluido en este expediente.
El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,
Sr. Santana, indica que se van a debatir conjuntamente las tres
modificaciones de crédito que se han incluido en el orden del día de
esta sesión y la ampliación de capital de PAMMASA que figura en el
orden del día de su Junta General pero su grupo entiende que habría
que diferenciar dos temas, uno de ellos sería el Parque de Colón y el
otro la compra de la parcela al IVIMA.
Sigue diciendo que su grupo no ha compartido, en ningún
momento, la inversión a realizar en el Parque de Colón por entender
que no era adecuada.
Considera a continuación que, aunque se trata de tres
modificaciones de crédito distintas, tienen nexos de unión porque los
tres son modificaciones de crédito de los Presupuestos, porque se
rechazan todas las alegaciones que se han presentado por no tener
cabida dentro de los supuestos que marca la Ley de Haciendas Locales
y otro, que es el que más preocupa a su grupo y es el que viene
denunciando en todas las sesiones plenarias, es que estas tres
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modificaciones de crédito tienen un encaje muy claro en el modelo de
ciudad del Partido Popular al igual que tienen un encaje muy claro, en
ese modelo de ciudad, los Presupuestos de los ejercicios 2013 y 2014.
Aclara que ese modelo de ciudad, los Presupuestos y las
modificaciones de crédito demuestran una preocupación mucho mayor
por la imagen de Majadahonda y por la supuesta imagen que el equipo
de gobierno del Partido Popular quiere trasladar y que va a gastar
850.000 euros en remodelar un parque para hacerlo de diseño y va a
comprar una parcela para construir vivienda protegida que no va a ser
accesible para los vecinos que la necesitan y eso, desde el punto de
vista de su grupo, es su nexo de unión.
Manifiesta que su grupo no presentó alegaciones a esos
expedientes de modificación de créditos porque entendió que no era el
momento más oportuno para hacerlo pero, aún así, felicita a los grupos
de la oposición que las han presentado porque entendieron que era
mejor presentarlas y añade que su grupo está de acuerdo con algunas
de ellas pero con otras no lo está tanto.
Insiste a continuación en esa felicitación a los grupos que
presentaron alegaciones porque han dejado clara la existencia de un
nexo de unión entre esas modificaciones de crédito y es la ausencia
mínima de una justificación.
Aclara que en las contestaciones a dichas alegaciones se dice
que el que no exista una justificación no es una condición necesaria
para modificar el Presupuesto pero su grupo entiende que una
modificación de créditos deber estar mínimamente justificada.
Añade que en la propuesta de resolución que se someterá a
votación en estos expedientes se señala que no consta que los
Servicios Técnicos Municipales hayan aportado informe alguno sobre
la valoración de la parcela en cuestión y parece que al equipo de
gobierno le da igual ese informe porque, como la Ley de Haciendas
Locales lo permite, modifica el Presupuesto sin tener una mínima
justificación como puede ser la valoración de la parcela que se va a
adquirir.
Aclara a continuación que su grupo no comparte la forma de
actuar del equipo de gobierno y lo que más preocupa le preocupa no es
que las modificaciones de crédito puedan ser legales o no –parece que
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sí son legales- sino en qué consisten esas modificaciones de crédito, en
cómo sigue ahondando en un modelo de Majadahonda que, en muchas
ocasiones, se preocupa muy poco por las necesidades reales de los
vecinos y prefiere hacer inversiones millonarias en remodelar parques
aunque no estén mal y lo justifica diciendo que es necesario
remodelarlos cada 10 años pero su grupo no puede entender que no se
remodelen otros equipamientos culturales que se construyeron hace 30
años y han quedado pequeños.
Añade que en ese modelo de ciudad, el equipo de gobierno
puede gastar casi 5 millones de euros en adquirir una parcela y, a pesar
de realizar esa inversión, ni siquiera se va a facilitar el acceso a una
vivienda asequible para los vecinos que lo necesitan sino que sigue en
con un modelo de vivienda al que solo puede acceder el vecino que
puede costearlo.
Termina su intervención aclarando que se referirá, en el segundo
turno de intervenciones, a la opinión que tiene su grupo sobre
PAMMASA y cómo la ampliación de capital y el modelo de vivienda
de esta empresa municipal, del Ayuntamiento y, sobre todo, del
Partido Popular, están muy lejos de una política que favorezca una
vivienda digna.
La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, aclara
que su grupo ya realizado manifestaciones en la Junta General de
Accionistas de PAMMASA y por ello en este turno de intervenciones
se va a referir, en primer lugar, a nuestra empresa municipal y después
a la modificación de créditos de parques y jardines.
A continuación desea dejar claro que su grupo está de acuerdo
en construir viviendas protegidas para jóvenes de Majadahonda e
incluso planteó la posibilidad de realizar un convenio con el IVIMA
para que encomendara a este Ayuntamiento o a PAMMASA la venta
de la parcela RO6 y después se le entregara a dicho organismo el
dinero obtenido por dicha venta, convenio que el equipo de gobierno
no quiso aprobar.
Insiste en que su grupo está de acuerdo en que se construyan
viviendas protegidas para jóvenes pero no en pagar una determinada
cantidad de dinero por esa parcela sin conocer su valor real porque,
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aunque lleva mucho tiempo intentando conseguir esa información, no
ha podido ver un informe técnico de valoración de esa parcela.
Aclara que en el expediente, como ya dijo en la anterior sesión
plenaria, figura un folio firmado por una persona sin identificar
aunque, cotejando esa firma con otra que figura en un documento
anterior en el que sí se identifica el cargo, se comprueba que está
firmado por el Sr. Escalera y cree que el equipo de gobierno nunca
podrá decir que el documento que firma el Presidente del Consejo de
Administración de PAMMASA es la valoración de la parcela.
Reitera que su grupo ha venido pidiendo desde hace tiempo esa
valoración y también la ha pedido el Sr. Interventor en su informe
porque es totalmente imprescindible pero parece que el equipo de
gobierno no la quiere presentar y, si ya considera malo que el equipo
de gobierno no tenga esa valoración, considera que todavía es peor si
la tiene y no la integra en el expediente para que la conozcan los
grupos de la oposición.
Manifiesta que su grupo ha revisado lo que el IVIMA pagó por
las obras de urbanización de esta parcela y ha comprobado que fueron
122 millones de pesetas o lo que es lo mismo, 735.000 euros, por lo
hay una diferencia enorme hasta los casi 5 millones de euros que va a
pagar este Ayuntamiento por esa misma.
A continuación indica que en el expediente aparece un informe
jurídico que sorprende a su grupo puesto que dice que, dado que la
adjudicación de esta parcela se produjo hace 17 años, se ha llevado a
cabo una recopilación de toda la documentación referente a la misma
sin que se desprenda que dicha adjudicación obedezca a una cesión
gratuita de bienes inmuebles condicionada a una finalidad determinada
y también dice que supone que el pago de los gastos de urbanización
se produjo en su día aunque, dado el tiempo transcurrido, no se ha
podido detectar en qué forma pero la propia alegación presentada por
el Grupo Municipal Socialista reconoce expresamente que el IVIMA
….
Aclara que, según el informe jurídico al que ha aludido
anteriormente, el Ayuntamiento, como ha pasado mucho tiempo, no
cuenta con suficiente información pero su grupo entiende que la
documentación no debe desaparecer con el paso del tiempo y
considera que en ningún caso se debe decir que, como el Grupo
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Socialista dice, esos gastos de urbanización seguramente se han
pagado por el IVIMA y pregunta si es que realmente no constan en
este Ayuntamiento las cantidades que se han pagado por esas obras de
urbanización y también dónde están los convenios que se firman y que
deberían estar archivados. Añade que quien lea ese informe jurídico va
a alucinar porque parece que, cuando pasan muchos años, este
Ayuntamiento no sabe nada de lo que ha ocurrido en esos años
anteriores y recuerda que en este caso se está hablando del año 1996 y
no de la prehistoria pero, a pesar de ello, no se tienen los antecedentes
de esta parcela.
Continúa diciendo que lo que sí se sabe es que PAMMASA no
ha abonado una serie de dividendos que debe a este Ayuntamiento y
pregunta qué sentido tiene aumentar el capital de dicha empresa si no
es para compensar esa deuda.
Manifiesta que, desde el punto de vista de su grupo, el equipo de
gobierno del Partido Popular quiere hacer un favor al IVIMA con
cargo a los bolsillos de los vecinos y aclara que es muy fácil hacer
favores a cualquier institución con el dinero de los vecinos pero su
grupo entiende que este tema habría que explicarlo a los vecinos
porque quizá no estuvieran de acuerdo con hacer esos favores.
Sigue diciendo que en el informe en que figura el valor de la
parcela (único que figura en el expediente) se dice que las viviendas
van a ser de 110 m2. por lo que su grupo entiende que esas viviendas
tienen que tener dos plazas de aparcamiento y además se dice, respecto
al cálculo del precio del solar, 25% 56 y también 8% 4 sin saber a qué
responden esas cifras porque no se explican aunque esa explicación es
totalmente imprescindible para entender ese documento y lo único que
su grupo entiende es que 104 es el número de viviendas que se
pretende construir. A continuación pregunta por qué se determina el
20% de repercusión del valor del solar porque, recuerda, la ley
contempla un abanico de entre el 15% y el 20%.
Aclara que, desde el punto de vista de su grupo, las cosas no se
pueden hacer de la forma en que se han hecho en este caso y considera
que es totalmente necesario incorporar al expediente un informe
técnico de valoración de esta parcela.
Añade que su grupo no quiere, y por ello presentó una moción
en un Pleno anterior, que este Ayuntamiento pague más por esa
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
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parcela de lo que pueda obtener por ello con posterioridad y, mientras
que todo este expediente no esté claro, su grupo no va a estar de
acuerdo con destinar esa cantidad de dinero de los vecinos aunque el
equipo de gobierno se haya comprometido con el IVIMA a hacerlo.
Con respecto a la modificación presupuestaria para parques y
jardines, indica que el correspondiente expediente, en lugar de parecer
un expediente administrativo, parece una novela en la que todo se
describe como muy bonito, lúdico y etéreo pero en el mismo figura,
por ejemplo, que los parques, en el momento en que son creados, dan
respuestas a las exigencias de un determinado número de población
siendo evidente que, en el momento actual, ni las exigencias ni la
población son las mismas pero su grupo considera que esas exigencias
son prácticamente las mismas aunque la población puede ser un poco
superior y pregunta si es que los parques solo pueden durar 10 años
porque, según se desprende del informe que figura en el expediente,
cada 10 años es necesario invertir en el Parque de Colón 850.000
euros lo que no tiene ningún sentido.
Añade que, desde el punto de vista de su grupo, gastar esa
cantidad de dinero en un parque es una verdadera locura y aclara que
su grupo está estudiando, técnicamente, el proyecto del Parque de
Colón y va a esperar a conocer la información técnica que le van a
facilitar pero cree que este país y Majadahonda no se encuentran en
situación de afrontar ese coste tan elevado.
Indica que en el expediente se ha incorporado un informe del
Jefe del Servicio de Medio Ambiente que, desde su punto de vista, no
dice nada y el Concejal Delegado de Economía y Hacienda ha
contestado emitiendo opiniones técnicas porque ha dicho que las
alegaciones presentadas no proceden pero su grupo considera
necesario que esas manifestaciones estén refrendadas por un informe
técnico lo que no se ha hecho en este caso.
Considera a continuación que es sorprendente la documentación
que sustenta este expediente que recuerda supone la cantidad de
850.000 euros (150 millones de pesetas).
Aclara que en este expediente aparece el proyecto de obras y, en
su momento, también aparecían los pliegos de condiciones que ahora
han sido retirados y añade que lo que se está haciendo en este caso le
recuerda al Sr. Ortega (anterior Alcalde de este Ayuntamiento) cuando
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MAJADAHONDA
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presentaba un pliego de condiciones, que llevaba debajo del brazo, y
decía que lo había hecho él.
Pregunta a continuación por qué se incorporó un pliego de
condiciones al proyecto de remodelación de este parque y ahora se ha
retirado porque, según dijo el equipo de gobierno, se había cometido
un error, explicación que le gustaría que se facilitara a su grupo porque
considera que es un poco raro lo que ha ocurrido y reitera que este
asunto le ha recordado al Sr. Ortega que “hacía muy bien los pliegos
de condiciones en el avión”.
Continúa su intervención diciendo que su grupo va a votar en
contra y va a vigilar muchísimo lo que se hace en este caso y piensa
que el expediente del Parque de Colón traerá cola y no quiere ni
pensar que sea necesario realizar, con posterioridad, una modificación
a dicho proyecto porque, desde el punto de vista de su grupo, es un
disparate destinar 850.000 euros a este proyecto y aclara que, si se
estudia este proyecto, es difícil entender que cueste esa enorme
cantidad de dinero.
Termina su intervención aclarando que, por los motivos que ha
expuesto, su grupo va a votar en contra.
El Sr. Presidente indica que ha transcurrido mucho más tiempo
del permitido en este primer turno de intervenciones por lo que pide
que, en el segundo turno, los portavoces no repitan argumentos que ya
han expuesto y añade que, en este segundo turno, va a exigir que se
ciñan a los tiempos establecidos por el Reglamento Orgánico.
El Concejal Delegado de Economía y Hacienda, Sr. Díaz
Rodríguez, indica que las alegaciones que se han presentado son
desestimadas puesto que no se ajustan a los supuestos que recoge el
Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales.
Sigue diciendo a la Portavoz del Grupo Centrista que las
alegaciones han sido estudiadas por la Intervención Municipal y ese
informe es precisamente el que se ha incorporado a los expedientes.
Manifiesta que, durante este debate, se han dicho muchas cosas
que poco tienen que ver con los tres puntos del orden del día que,
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MAJADAHONDA
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como todos saben, se refieren a la aprobación definitiva de
expedientes de modificaciones de crédito que van a permitir la
iniciación de importantes actuaciones incluidas en el compromiso con
el que el Partido Popular se presentaba a las Elecciones Municipales
como es el continuar impulsando las viviendas protegidas para jóvenes
y el que Majadahonda siga teniendo zonas verdes que se integren en
la ciudad.
Aclara que el Parque de Colón no va a ser un parque de diseño
sino que se van a integrar 25.000 m2. en un entorno urbano y en una
zona comercial por lo que considera que se está haciendo ciudad desde
El Zoco de Majadahonda hasta el Parque de la Laguna Vieja y, aunque
es posible que esto no guste a los grupos de la oposición, está
convencido de que a los ciudadanos sí les gusta como se puede
comprobar dando una vuelta por la Gran Vía y también está
convencido de que gustará a los comerciantes que cree que apoyarán
esa idea.
Recuerda que se está debatiendo, en este caso, sobre expedientes
de modificaciones de crédito y entiende que los grupos de la oposición
han dado versiones sobre dos cosas distintas pero no sobre estos
expedientes de modificación de crédito y añade que, desde el punto de
vista del equipo de gobierno, están muy claros los motivos por los que
se desestiman las reclamaciones que se han presentado.
Aclara, respecto al Parque de Colón, que nunca ha existido un
proyecto con un importe por la realización de esas obras de 500.000
euros y, evidentemente, ese proyecto nunca ha pasado por un órgano
colegiado para aprobar y, si algún grupo de la oposición cuenta con
ese proyecto, debe enseñarlo al equipo de gobierno porque la realidad
es que no existe.
Continúa diciendo que lo que se hizo fue una previsión inicial
del gasto de esas obras estimándolo en esos 500.000 euros y, cuando
se redactó el proyecto que fue aprobado por la Junta de Gobierno
Local, se hizo una valoración de las obras en la cantidad de 850.000
euros. Añade que ese proyecto de obras ha sido el único que se ha
realizado y aclara que en esos 850.000 euros se incluye el beneficio
industrial, IVA y gastos generales.
Indica que la última remodelación del Parque de Colón se
realizó en el año 1994 (han pasado casi 20 años) por lo que entiende
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MAJADAHONDA
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que es necesario, siguiendo o no las recomendaciones de la Unión
Europea, hacer algo en las zonas verdes emblemáticas de
Majadahonda porque lo que se pretende es hacer una ciudad accesible
y dirigida a todos los ciudadanos.
Sigue diciendo que el compromiso del Partido Popular con los
jóvenes es facilitarles el acceso a una vivienda y eso es precisamente
lo que se está haciendo y añade que, a veces, tomar decisiones es
difícil y puede entender que, en ocasiones, los grupos de la oposición
no estén de acuerdo con ellas pero realmente el equipo de gobierno
piensa en el interés general y eso es lo que está haciendo en estos
momentos.
Aclara que los tiempos han cambiado y ahora ya no vale todo y
lo que hay que hacer es gestionar bien, ser eficientes y austeros pero
no hay que olvidar que los hijos de nuestros vecinos quieren seguir
viviendo en Majadahonda y ésta es la apuesta que el Partido Popular
hace por los jóvenes.
Termina su intervención indicando que el Partido Popular no
quiere olvidar que 400 jóvenes puedan quedarse sin una vivienda en
Majadahonda y eso es lo que se va a intentar con las medidas que está
adoptando.
El Sr. Presidente aclara que, con la propuesta que ha realizado la
Portavoz del Grupo Centrista, esos jóvenes se hubieran quedado sin
las viviendas.
El Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez
Maillo, indica que su grupo no sabía que la mayoría absoluta, además
de traer la sinrazón, provoque también problemas de oído aunque
parece que es así porque insiste en que se produjeron problemas y la
última sesión plenaria extraordinaria no se retransmitió.
El Sr. Presidente aclara que lo que dijo dicho Viceportavoz fue
que esa sesión plenaria no se retransmitió y que ello era una falta de
transparencia.
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
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Continúa su intervención el Viceportavoz del Grupo Socialista
Sr. Martínez Maillo, diciendo que no sabe si esa sesión se grabó pero
reitera que no se retransmitió lo que le comunicaron muchos vecinos
porque no podían verla y por ello su grupo cree que no se retransmitió
en directo y cuestión distinta es que haya sido grabada. Reitera que
muchos vecinos le avisaron de que no se estaba retransmitiendo y, si
finalmente se demuestra que fue retransmitida, su grupo pedirá
disculpas.
Aclara a continuación que dijo, en su intervención anterior, que
se iba a detraer el patrimonio y nunca habló de sustraer.
Añade que, desde el punto de vista de su grupo, las obras que se
van a realizar en el Parque de Colón, son una burla para los
ciudadanos porque considera que no están justificados los 850.000
euros que va a costar y cree que es una vergüenza que, en plena crisis
económica, se sustraiga el derecho de los niños a tener monitoras de
infantil y se destinen 850.000 euros a la remodelación de un parque.
Sigue diciendo que su grupo no desea entrar en el debate de
cómo van a ser las viviendas porque lo único claro es que el IVIMA
no cumple con las obligaciones que adquirió y entiende que en este
caso se está ante una responsabilidad civil administrativa con
quebranto serio para los intereses del Ayuntamiento por lo que grupo
pide que nadie se ampare bajo las siglas de un partido y por ello
solicita formalmente, al amparo del artículo 83 del Reglamento de
Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales, que se
voten nominalmente los puntos 2 y 3 de esta sesión referidos a las
modificaciones de créditos para ampliación de capital de PAMMASA
destinadas a la adquisición de la parcela RO6.
El Sr. Presidente indica que, desde su punto de vista, si el
Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista cree que hay alguna
irregularidad, debería acudir a un juzgado para presentar la
correspondiente denuncia.
El Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez
Maillo, pregunta al Sr. Secretario si es posible, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 83 del ROF, que un grupo político solicite la
votación nominal de algún punto del orden del día.
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El Sr. Presidente solicita al Viceportavoz del Grupo Socialista
que explique la diferencia que hay entre detraer y sustraer.
Sigue diciendo que es la primera vez que en el Pleno se pide que
se proceda a realizar una votación nominal e insiste en que si el
Viceportavoz del Grupo Socialista tiene alguna duda sobre la
existencia de algún quebranto, debe presentar la correspondiente
denuncia.
Aclara que el Partido Popular se presentó con un determinado
programa electoral que resultó votado por la mayoría de los
ciudadanos y pregunta si el Grupo Socialista no pretenderá que se
avergüence de ello.
Continúa diciendo que siente que al Grupo Socialista “le pique”
que el Partido Popular arregle el Parque de Colón y que ello guste a
los ciudadanos. Insiste en que, si el Grupo Socialista detecta alguna
irregularidad, lo denuncie en el Juzgado pero recuerda que no es la
primera vez que el Partido Socialista pierde un recurso en un Juzgado.
Termina su intervención aclarando que el Partido Socialista
puede pedir la votación nominal de los puntos 2 y 3 de esta sesión
pero es necesario votar previamente si se aprueba o no esa votación
nominal.
La Concejal del Grupo Municipal Unión Progreso y
Democracia, Sra. Fernández Alonso, indica que en esta intervención
va a continuar aludiendo a la cronología que demuestra la rapidez con
la que se ha tramitado este expediente.
Sigue diciendo que el pasado 17 de diciembre se ha celebrado un
Pleno extraordinario para modificar, mediante la incorporación de una
adenda, el convenio suscrito con el IVIMA; el día 18 de diciembre se
firma la modificación de ese convenio; el 19 de diciembre el Consejo
de Administración de PAMMASA aprueba la adquisición de la
parcela RO6 al IVIMA; ese mismo día 19, el Consejo de Gobierno de
la Comunidad de Madrid aprueba la enajenación de dicha parcela a la
empresa pública municipal PAMMASA por un precio de 4.208.823,50
euros, precio que difiere del valorado por el Presidente del Consejo de
Administración de PAMMASA, Sr. Escalera, que fue de 4.037.859,45
euros por lo que esta parcela se va a adquirir por 170.964,10 euros más
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IVA del precio previsto por lo que considera que se tendrá que
tramitar un nuevo expediente de modificación de créditos porque con
los que se han realizado hasta ahora no hay suficiente dinero ya que el
importe total de la parcela, incluyendo el IVA, sería de 5.092.676
euros.
Manifiesta además que el día 26 de diciembre se reúne el
Consejo de Administración de PAMMASA para aprobar la propuesta
de ampliación de capital de la sociedad y hoy la Junta de Accionistas
de esta empresa municipal ha aprobado la ampliación de capital de
PAMMASA que, desde el punto de vista de su grupo, tiene más
versiones que Windows.
Aclara que todo esto es el resultado de no haberse realizado bien
las cosas y cree que un técnico, con conocimientos suficientes, hubiera
realizado una valoración más correcta de la parcela.
Termina su intervención diciendo que lo que está ocurriendo es
la consecuencia de las prisas por hacer un guiño al Sr. González y
demostrar que el equipo de gobierno de Majadahonda está con él para
ayudar al IVIMA pero su grupo cree que no se puede quedar bien con
ninguna institución con el dinero de los vecinos de Majadahonda.
El Sr. Presidente pregunta a la Concejal de Unión Progreso y
Democracia, Sra. Fernández Alonso, que diga a qué amigos se está
refiriendo.
La Concejal de Unión Progreso y Democracia, Sra. Fernández
Alonso, aclara que lo que ha dicho es que el equipo de gobierno, con
esta operación, está ayudando al IVIMA y de paso “está haciendo un
guiño” al Sr. González diciéndole que es su amigo.
El Sr. Presidente, por alusiones, aclara que el Grupo Popular no
está haciendo ningún favor a nadie porque el IVIMA es soberano para
hacer lo que quiera con las parcelas de su propiedad y si este
Ayuntamiento no compra esa parcela, la vendará a otro y en ese caso
las viviendas que se construyan en ella no irán destinadas a los vecinos
de Majadahonda y, aunque los grupos de la oposición no quieran verlo
en estos momentos, lo comprobarán en el futuro cuando se sepa lo que
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va a pasar con el resto de las parcelas del IVIMA y será en ese
momento cuando se podrá comprobar lo que hubiera ocurrido con la
parcela RO6 si no hubiera sido adquirida por este Ayuntamiento y
hubiera quedado en el mismo lote que las otras parcelas propiedad del
IVIMA.
Termina su intervención reiterando que este Ayuntamiento no ha
hecho ningún favor al IVIMA sino que ha sido dicha entidad la que
ha hecho un favor de los vecinos de Majadahonda porque dicho
organismo debe preocuparse de toda la Comunidad de Madrid y el
equipo de gobierno debe preocuparse solo de Majadahonda.
La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y
Democracia, Sra. Madrigal, desea dejar claro, como el Concejal
Delegado de Economía y Hacienda ha pedido anteriormente la entrega
de una determinada documentación, que en estos momentos tiene en
su poder determinada documentación firmada por el entonces
Concejal Delegado de Medio Ambiente, Sr. García González, referida
a las inversiones en la que consta que las obras del nuevo Parque de
Colón tendrían un precio de 571.725 euros que será financiado con
cargo a la venta de parcelas, el parque de Ferencvaros tendrá un coste
de 384.000 euros y el de la Laguna será de 324.000 euros.
Sigue diciendo que el proyecto de ejecución de obras del Parque
de la Laguna Vieja, incluido el IVA, asciende a 300.000 euros cuando
se había previsto un coste en las inversiones de 324.000 euros. Aclara
que estos proyectos son los únicos de remodelación de parques que se
han entregado ya en este Ayuntamiento y por ello, al compararlos, ha
detectado que es normal incluir el IVA como se ha hecho en estos dos
proyectos por lo que considera también lógico que el proyecto de
remodelación del Parque de Colón incluyera ese impuesto.
Termina su intervención aclarando que es cierto que hay que
hacer algo por la ciudad pero cree que el modelo de ciudad de la
empresa Deloitte se contrapone con el modelo de ciudad de los
vecinos y añade que para su grupo tiene mucho más valor el modelo
de ciudad que quieren los vecinos que el que se ha inventado la
empresa Deloitte.
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El Sr. Presidente espera que el modelo de ciudad que quieren los
vecinos, y del que se ha erigido representante la Sra. Madrigal, sea el
modelo de ciudad de Unión Progreso y Democracia.
La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y
Democracia, Sra. Madrigal, explica que se ha referido al modelo de
los vecinos y ha hablado también de una mayor participación vecinal
sin tener en cuenta el partido al que votan.
El Sr. Presidente se pregunta si todos esos vecinos estarán de
acuerdo o no con lo que dice la Portavoz de Unión Progreso y
Democracia.
La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y
Democracia, Sra. Madrigal, indica que, lógicamente, no todos los
vecinos están de acuerdo con su grupo y lo único que ha pedido es que
cuente con los vecinos para hacer un estudio y conocer por dónde se
quiere que vaya Majadahonda y no lo que diga una empresa
consultora.
El Sr. Presidente aclara que los vecinos de Majadahonda votaron
mayoritariamente al Partido Popular y eso es la auténtica democracia y
lo demás es papel mojado.
A continuación indica que Unión Progreso y Democracia no
representa a la mayoría de vecinos de Majadahonda y lo único que les
representa es el resultado de las elecciones. Aclara que el Partido
Popular incluía en su programa electoral la reforma del Parque de
Colón y ganó las elecciones y pregunta si es que los grupos de la
oposición pretenden que el Partido Popular se avergüence de ganar las
elecciones de forma mayoritaria.
Termina su intervención manifestando que ahora Unión
Progreso y Democracia está diciendo que la reforma del Parque de
Colón no es el modelo de ciudad de los ciudadanos pero él, durante
este debate, ha recordado a dicho grupo lo que es la democracia.
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El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,
Sr. Santana, indica que no sabe quién se arroga la representación
ciudadana, si es la participación ciudadana o los programas
electorales, aunque entiende que si lo realmente importante para la
reforma del Parque de Colón es el programa electoral, todo lo que se
vaya a hacer debería figurar en ese programa electoral.
Sigue diciendo que su grupo, cada vez que se ha presentado al
Pleno la adquisición de la parcela RO6 al IVIMA, ha dicho que no era
una mala opción que este Ayuntamiento pudiera comprar una parcela
para construir vivienda protegida pero cree que el problema está en
cómo se hace, el por qué se hace y para qué se hace esa compra.
Pregunta a continuación cómo se está previendo el precio de una
parcela con el precio máximo del módulo de vivienda protegida de
precio básico cuando la coyuntura económica tiende a bajar ese precio
porque el mercado inmobiliario está a la baja y por ello considera
probable que, en los próximos meses, baje el precio del módulo de la
vivienda protegida y, como el IVIMA tiene mucha prisa y marca la
agenda a este Ayuntamiento, cree que vamos a pagar un precio mayor
del que dicha parcela tendría en el mercado que, reitera, es el precio
máximo del módulo y eso es precisamente lo que su grupo no
comparte.
Continúa diciendo que otro problema importante está en el “para
qué” y, aunque está de acuerdo con las manifestaciones del Concejal
Delegado sobre que los tiempos han cambiado, pregunta si realmente
la preocupación del Partido Popular son los jóvenes y si es cierto que,
si no se compra esa parcela, los jóvenes de Majadahonda se quedarían
sin vivienda y también pregunta cuántos jóvenes van a poder comprar
una vivienda protegida que les va a costar casi 250.000 euros.
Aclara que su grupo cree que ese no es el sentido de la vivienda
protegida y considera que de esa forma se van a quedar fuera una gran
parte de los jóvenes y no tan jóvenes de este municipio porque
realmente solo van a poder acceder a esas viviendas quienes puedan
pagarlas y posiblemente los únicos que podrán pagarlas serán sus
familias y dice esto porque parece que Majadahonda está en una
“eterna burbuja” pero considera necesario preguntar a los jóvenes y
crear un registro de demandantes de vivienda para conocer lo que
nuestros jóvenes necesitan.
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Explica seguidamente que su grupo no entiende la ampliación de
capital que se está haciendo a PAMMASA y tampoco, si existen unos
fondos de reserva voluntaria, por qué no se han destinado esos fondos
para adquirir la parcela al IVIMA.
Manifiesta que lo que más preocupa a su grupo es el sentido de
nuestra empresa municipal y se pregunta para qué tiene Majadahonda
una empresa municipal de la vivienda y del suelo porque, cuando
promueve vivienda protegida, se mueve más por la rentabilidad
económica aunque después cierra todos los ejercicios con pérdidas,
que por una motivación social.
Aclara que, desde el punto de vista de su grupo, PAMMASA,
aunque vaya a promover ahora 100 viviendas protegidas más, está
muy lejos de convertirse en un instrumento útil para favorecer el
acceso a una vivienda asequible para los vecinos que más lo necesitan
y cree que está actuando como un promotor inmobiliario privado y
dice esto porque PAMMASA, o este Ayuntamiento, van a comprar
una parcela y van a contratar o subcontratar a una empresa para que las
construya, va a seleccionar a unos posibles adjudicatarios y va a
vender esas viviendas a un precio muy similar al del mercado libre lo
que puede ser hecho por cualquier promotor privado.
Termina su intervención diciendo que nuestro cometido, como
administración pública, es otro muy distinto y, desde el punto de vista
de su grupo, nuestra empresa municipal no lo hace y considera que ese
es el principal problema de este asunto.
La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica
al Concejal Delegado de Economía y Hacienda, que una modificación
de créditos en sí misma no es nada porque se supone que se tramita
para algo y precisamente lo que se está discutiendo es ese algo que se
va a hacer con esas modificaciones de crédito por lo que su grupo
discute es lo que hay detrás de esas modificaciones de crédito.
Sigue diciendo que su grupo no ha visto en ningún sitio en que
el Partido Popular haya dicho a los vecinos que iba a gastar 850.000
euros en la remodelación del Parque de Colón y tampoco les dijo que
iba a comprar una parcela al IVIMA por 5 millones de euros.
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A continuación manifiesta que le parece que 850.000 euros es
una cantidad muy elevada para arreglar el Parque de Colón y considera
que ese parque puede necesitar algún retoque pero no la elevada
cantidad de dinero que se va a gastar en su remodelación y por eso
discute este tema.
Aclara que su grupo hubiera considerado más conveniente, por
ejemplo, destinar esa cantidad de dinero a comunicar la c/ Santa
Bárbara con la c/ San Andrés para evitar que este municipio quede
dividido en dos lo que es otra forma distinta de ver las cosas.
A continuación desea dejar claro que su grupo desea que se
construyan viviendas para jóvenes y lo viene pidiendo desde hace
mucho tiempo pero no desea que se dé al IVIMA una determinada
cantidad de dinero sin que se haya efectuado una valoración técnica
sobre el precio de la parcela y, a pesar de no tenerla, el expediente se
sigue tramitando aunque su grupo ha venido pidiéndola en las
comisiones informativas y en las sesiones plenarias y además también
la piden los informes del Interventor.
Aclara que esa valoración técnica no se ha incorporado al
expediente a pesar de todas esas peticiones y por ello a su grupo le
gustaría conocer los motivos por los que no se incorpora ese informe
técnico en el que diga, de forma clara, el valor que tiene esa parcela y
entiende que el equipo de gobierno no puede pretender que su grupo
apruebe la compra de una parcela sin saber su precio porque, reitera, a
pesar de que ha pedido ese informe técnico en multitud de ocasiones,
lo único que se ha incorporado al expediente es un documento firmado
por el Presidente del Consejo de Administración de PAMMASA, Sr.
Escalera, y que no dice nada porque no se explican qué son las
distintas cifras que en el mismo figuran.
Manifiesta que anteriormente el Sr. Alcalde ha dicho que el
IVIMA no quiere construir las viviendas lo que su grupo considera
que puede ser cierto pero también cree que el equipo de gobierno
podría haber negociado más ese asunto.
Insiste en que su grupo no entiende los motivos por los que el
equipo de gobierno no presenta la valoración técnica de esa parcela y
pregunta al Sr. Alcalde que, si estuviera en la oposición, compraría
una parcela por más de 4 millones de euros sin contar con un informe
técnico que avalara esa cifra. Aclara que está convencida de que, en
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ese caso, el Sr. Alcalde no apoyaría esa compra por lo que cree que el
equipo de gobierno está intentando que los actuales grupos de la
oposición apoyen algo que el equipo de gobierno, si estuviera en la
oposición, no apoyaría.
Añade que su grupo no va a apoyar esa compra por
responsabilidad porque, aunque desea que se construyan viviendas
protegidas para los jóvenes, quiere pagar un precio justo por la parcela
donde se construirán y por ello ha propuesto pedir al IVIMA que
encomiende a este Ayuntamiento la venta de la parcela RO6 y después
se devolverá, a dicho organismo, el dinero que obtengamos. Indica que
si se consiguen, por ejemplo, 5 millones de euros, su grupo estaría
muy contento pero pide que el Sr. Alcalde imagine, si solo se obtiene
la cantidad de 3 millones, qué dirían los vecinos de Majadahonda por
haber perdido 1 millón de euros y es precisamente por eso por lo que
su grupo no está de acuerdo con este tema.
Reitera seguidamente que está de acuerdo con la construcción de
las viviendas pero no lo está con dar esa cantidad de dinero al IVIMA
sin contar con un informe técnico serio de valoración y tampoco está
de acuerdo con gastar 850.000 euros en la remodelación del Parque de
Colón y añade que no ha entendido lo que el Concejal Delegado de
Hacienda ha querido decir al decir que va a comunicar el Parque de
Colón con el de la Laguna Vieja y desea que se lo explique para saber
si es que se pretende hacer remodelaciones en todo ese tramo.
Termina su intervención diciendo que su grupo cree que con
esos 850.000 euros se podrían hacer muchas cosas y, aunque entiende
que quizá el Parque de Colón necesite algún arreglo, no está de
acuerdo en destinar esa cantidad de dinero tan elevada y por ello su
grupo no está de acuerdo con ninguna de las modificaciones de
crédito que se proponen.
El Sr. Presidente indica estar de acuerdo con la Portavoz del
Grupo Centrista porque tampoco compraría nada sin saber su precio
pero desea dejar claro que en este caso no se está comprando nada y
estos expedientes se han tramitado porque en una ampliación de
capital se exigen determinadas cosas que no se deben incorporar al
expediente de compra de la parcela.
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Aclara que, como es lógico, en el expediente de compra de esa
parcela al IVIMA se incorporarán todas las valoraciones que sean
necesarias y los grupos de la oposición, a través de sus representantes
en el Consejo de Administración de PAMMASA, tendrán
conocimiento de ellas.
Insiste en que, en estos momentos, no se está comprando la
parcela sino que se está ampliando el capital de nuestra empresa
municipal y podría suceder que surjan problemas o el IVIMA pida más
dinero, y esa parcela finalmente no se compre.
Termina su intervención diciendo que no es cierto que los
expedientes se presenten “desnudos” y la valoración de la parcela se
incorporará al expediente donde tiene que figurar que es el de compra
y no en el de ampliación de capital.
El Concejal Delegado de Economía y Hacienda, Sr. Díaz, aclara
a la Portavoz del Grupo Centrista que en su intervención anterior ha
querido dejar claro que este debate debía referirse a los expedientes de
modificaciones de crédito que es lo que figura en el orden del día de
esta sesión y los otros temas a los que se han referido los grupos de la
oposición han sido discutidos, al menos, en tres ocasiones en
anteriores sesiones plenarias.
Sigue diciendo que la Portavoz del Grupo Municipal Centrista
ha indicado que su grupo desea que se construyan viviendas pero no
de la forma que ha decidido el equipo de gobierno y por ello pide que
informe de qué otra forma quiere que se construyan.
Aclara que lo que se va a hacer con esta obra de remodelación
del Parque de Colón, es permitir que los ciudadanos puedan pasear por
todo el eje del centro comercial urbano ampliándolo para que vaya
desde el Centro Comercial El Zoco de Majadahonda hasta el Parque
de la Laguna Vieja y ese es precisamente el modelo de ciudad del
Partido Popular.
Indica que, desde su punto de vista, en esa secuencia a la que ha
aludido Izquierda Unida-Los Verdes de lo que es PAMMASA y de lo
que se pretenda que sea, su Portavoz ha olvidado decir que si esas
viviendas son construidas por este Ayuntamiento se destinarán a
jóvenes de Majadahonda pero esos destinatarios no se pueden
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MAJADAHONDA
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garantizar si las construye el IVIMA o un promotor que compre esa
parcela, final que no es el que quiere el equipo de gobierno del Partido
Popular.
Manifiesta a la Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y
Democracia que no conocía el documento al que ha aludido
anteriormente de la Concejalía de Medio Ambiente pero está
convencido de que se trata de previsiones y, como tales, siempre
pueden ser al alza o a la baja pero, reitera, son previsiones.
Continúa diciendo al Viceportavoz del Grupo Municipal
Socialista, que si pretende acobardar al equipo de gobierno con la
propuesta que ha realizado sobre la votación nominal, no lo va a
conseguir porque lo que se va a someter a votación es un acuerdo para
promover viviendas protegidas, propuesta que realiza el equipo de
gobierno por responsabilidad, compromiso y solidaridad y por ello se
va a comprar la parcela RO6 al IVIMA por 4.886.642,45 €, decisión
que no se puede retrasar y precisamente, para atender las demandas de
nuestros jóvenes, se están tramitando estos expedientes con tanta
rapidez y agilidad.
Termina su intervención aclarando que esta actuación va a
permitir dar cobertura a una cuarta parte de la demanda de vivienda
protegida que los jóvenes de Majadahonda han planteado en los
últimos años.
Sometida a votación la propuesta del Viceportavoz del Grupo
Municipal Socialista en el sentido de que se realice una votación
nominal, QUEDA RECHAZADA al resultar trece (13) votos en
contra correspondientes al Grupo Municipal Popular y once (11)
votos a favor correspondientes a los Grupos Municipales Socialista,
Unión Progreso y Democracia, Izquierda Unida-Los Verdes y
Centrista.
Al escuchar el Sr. Presidente que la Portavoz del Grupo
Municipal Unión Progreso y Democracia le ha llamado cobarde, le
indica que no le consiente que diga eso y exige que pida disculpas.
La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y
Democracia, Sra. Madrigal, pide disculpas al Sr. Alcalde por haberle
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MAJADAHONDA
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llamado cobarde por no querer que en este caso se realice una votación
nominal.
El Sr. Presidente aclara que en todas las sesiones plenarias se
realiza una votación a mano alzada lo que es lo mismo que una
votación nominal y además considera necesario recordar que no se
puede insultar a los miembros de la Corporación durante la
celebración de una sesión plenaria.
La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y
Democracia, Sra. Madrigal, considera que llamar cobarde a alguien no
es un insulto.
El Sr. Presidente pregunta si lo que desea la Sra. Madrigal, es
que él comience a insultar a los componentes de Unión Progreso y
Democracia. A continuación pide respeto porque en estos momentos
se está celebrando una sesión plenaria y no están en un circo o en una
taberna en la que se pueden insultar unos a otros e insiste en pedir a la
Portavoz de Unión Progreso y Democracia respeto por el Pleno que se
está celebrando.
Termina su intervención diciendo que dicha Portavoz, según las
normas democráticas y de cortesía, no puede llamar cobarde al equipo
de gobierno en una sesión plenaria y no quiere imaginar lo que habría
ocurrido si hubiera sido al revés.
La Portavoz de Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal,
reitera su petición de disculpas por el comentario que ha realizado.
A continuación el Sr. Presidente somete a votación la propuesta
de resolución de este expediente.
Sometido este asunto a votación, la Corporación, por trece (13)
votos a favor correspondientes al Grupo Municipal Popular y once
(11) votos en contra correspondientes a los Grupos Municipales
Socialista, Unión Progreso y Democracia, Izquierda Unida-Los Verdes
y Centrista, ACUERDA:
Primero.- Desestimar las alegaciones presentadas por los grupos
políticos municipales Centristas Majadahonda, Socialista y Unión,
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Progreso y Democracia, al no encontrarse entre los supuestos
contemplados en la normativa de aplicación.
Segundo.- Aprobar definitivamente la modificación de créditos
24/13/ES/04 de 2013 por crédito extraordinario en el programa
Administración general de vivienda y urbanismo, destinado a la
suscripción de acciones por ampliación de capital de Pammasa.
3.(221/13) RESOLUCIÓN de alegaciones y APROBACIÓN
definitiva del expediente de Modificación de Créditos
33/13/ES/06 de 2013, por crédito extraordinario en el
programa presupuestario Administración General de
Vivienda y Urbanismo, destinado a la suscripción de
acciones por ampliación de capital de PAMMASA
(3.1.3)
Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros
documentos, constan los siguientes:
A) ACUERDO PLENARIO de 27 de noviembre de 2013, por el
que se aprueba inicialmente la Modificación de Créditos
033/13/ES/06 de 2013 por Crédito extraordinario, en la
aplicación presupuestaria 2013-004-1500-850.90 Resto de
adquisiciones de acciones dentro del sector público, proyecto de
gasto 2013-2-PAMMA-001 por 2.221.665,60 €; financiar la
modificación de créditos anterior con las desviaciones positivas
del proyecto de gasto con financiación afectada 2006-8-60001-1
Enajenación solares por la misma cuantía, incrementando en
dicha cuantía las previsiones de la partida 87010 Remanente de
tesorería para gastos con financiación afectada y exponer este
acuerdo al público.
B) CERTIFICACIÓN del Secretario General, de 23 de
diciembre de 2013, en el que consta que, según el informe
emitido por la Administrativo del Registro General de Entrada
de Documentos, durante el periodo de exposición pública del
expediente de modificación de créditos 33/2013 (anuncio
Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 2 de diciembre de
2013 y Tablón de Edictos de este Ayuntamiento desde el 3 al 20
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AYUNTAMIENTO DE
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de diciembre de 2013), se han presentado alegaciones por los
Grupos Municipales Centrista, Unión Progreso y Democracia y
Socialista.
C) ESCRITO DE ALEGACIONES presentado por la Portavoz
del Grupo Municipal Centrista, que ha tenido entrada en el
Registro General el 17 de diciembre de 2013, nº 21963.
D) ESCRITO DE ALEGACIONES presentado por la Portavoz
del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, que ha
tenido entrada en el Registro General el 18 de diciembre de
2013, nº 21994.
E) ESCRITO DE ALEGACIONES presentado por el Portavoz
Adjunto del Grupo Municipal Socialista, que ha tenido
entrada en el Registro General el 19 de diciembre de 2013, nº
22138.
F) PROPUESTA DE RESOLUCIÓN del Concejal Delegado de
Economía y Hacienda, de 19 de diciembre de 2013, constando
el Vª Bº del Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad,
Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad
Urbana para que pase el expediente a resolución por el órgano
competente, cuyo texto es el siguiente:
“Vistas las alegaciones presentadas por:
a) El Grupo municipal Centristas Majadahonda, que en
extracto dice:
“En caso de que se considere necesario llevar a cabo la
ampliación de capital de la sociedad PAMMASA, con su
consiguiente modificación de crédito para la suscripción de las
acciones, se acuerde llevarla a cabo mediante el
procedimiento de compensación de créditos previsto en el Art.
301 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
Si se estima oportuno gestionar la construcción de las
viviendas en la parcela propiedad del IVIMA, lo adecuado sería
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AYUNTAMIENTO DE
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hacer un convenio con este Instituto en el que PAMMASA se
comprometería a gestionar tanto la construcción de las
viviendas como la venta de la parcela, lo que se obtenga por la
venta de esta se transmitiría al IVIMA.
Se acuerde solicitar a los servicios técnicos
municipales, informe sobre la valoración de la parcela RO-6
como paso previo a la aprobación definitiva de esta
modificación de crédito”.
b) El Grupo municipal U.P. y D., que dice:
“PRIMERO.- Según se indica en el expediente la
operación consistiría, por un lado en la aprobación de la
ampliación de capital de la sociedad Pammasa por un importe
de 4.886.642,45€ para la compra al IVIMA de la parcela RO-6
y por otro, en la modificación del artículo 5, relativo al capital
social, de los estatutos de la sociedad para adaptarlos a esta
ampliación.
Sin embargo, en el informe de Intervención de 18 de
noviembre de 2013, dice que sobre la valoración que se hace
de la parcela deben pronunciarse los servicios técnicos
municipales con anterioridad a la adopción del acuerdo de
ampliación de capital de Pammasa.
Entendemos que esta modificación de crédito lleva
aparejada el cambio del capital social en los estatutos de la
sociedad, lo que no sería posible hasta la adopción del
acuerdo de ampliación de capital para lo que es necesario el
informe de los servicios técnicos municipales.
Por ello, solicitamos se paralice esta modificación de
créditos hasta que los servicios técnicos se pronuncien.
SEGUNDO.- Consideramos que no es el momento de
adquirir esta parcela, ya que por un lado, los precios de los
módulos deberían adecuarse a los precios reales de mercado
porque se está vendiendo vivienda libre a precios por debajo
de los marcados para módulos de viviendas con algún tipo de
protección.
Por otro lado, de las 48 viviendas protegidas puestas a
disposición de los majariegos en Roza Martín, pese a que la
demanda fue de alrededor de 1.500 solicitudes, a la hora de
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
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(MADRID)
cerrar la compra ya sea por precio, falta de financiación o por
no cumplir los requisitos que manda la ley, en este momento
no se ha cerrado la compra en firme de la totalidad de las
viviendas.
Por ello, pensamos que a los precios actuales no existe
demanda, y que por tanto, no es momento ni para la compra
de esta parcela ni para la construcción de vivienda protegida a
los precios que marca la ley.
En virtud de lo expuesto,
SOLICITO
- La estimación de esta reclamación.
- Que se tengan por presentadas alegaciones a la
modificación 033/13/ES/06, en tiempo y forma.”
c) El Grupo municipal Socialista, que dice:
“Que dado que en dicho expediente se hace expresa
referencia a que es Pammasa quien fija un “precio estimado”
de la parcela RO6 de 4.037.859,45 Euros sin hacer mención
alguna ni a tasación profesional ni tan siquiera a un mínimo
criterio objetivable.
Que dicho importe condiciona la cuantía a destinar para
la ampliación de capital de Pammasa para dar cobertura
posterior a la adquisición de la parcela en cuestión.
Se proceda a incorporar al expediente un informe de
tasación profesional e independiente sobre cuyas conclusiones
se base la determinación del importe a destinar para la
presente modificación de créditos.”
No consta que los servicios técnicos municipales hayan
aportado informe alguno de valoración de la parcela en
cuestión.
A la vista de la documentación obrante en el expediente, y
considerando que su tramitación debe ajustarse a la del
Presupuesto general, se aprecia que ninguna de las alegaciones
presentadas están relacionadas con los motivos tasados que
establece el artículo 170.2 del TRLRHL, que dice:
a) Por no haberse ajustado su elaboración y aprobación
a los trámites establecidos en esta Ley.
Pleno ordinario 27-12-2013
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MAJADAHONDA
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b) Por omitir el crédito necesario para el cumplimiento
de obligaciones exigibles a la entidad local, en virtud de
precepto legal o de cualquier otro título legítimo.
c) Por ser de manifiesta insuficiencia los ingresos con
relación a los gastos presupuestados o bien de éstos respecto a
las necesidades para las que esté previsto.
En consecuencia, considerando que el expediente en
tramitación es la habilitación de crédito presupuestario para
acometer futuras actuaciones, se considera que las alegaciones
efectuadas deberán ser realizadas si procede, en el expediente
de ampliación de capital que PAMMASA deba instruir al efecto,
o en su caso, al acuerdo de adquisición por dicha entidad de la
parcela en cuestión.
Por todo lo expuesto, propongo al Pleno de la Corporación:
1) Desestimar las alegaciones presentadas por los grupos
políticos municipales Centristas Majadahonda, Unión,
Progreso y Democracia y Socialista, al no encontrarse
entre los supuestos contemplados en la normativa de
aplicación.
2) Aprobar definitivamente la Modificación de créditos
033/13/ES/06 de 2013 por Crédito extraordinario en el
programa ADMINISTRACION GENERAL DE VIVIENDA
Y URBANISMO, destinado a la suscripción de acciones
por ampliación de capital de PAMMASA.”
G) INFORME del Interventor, de 19 de septiembre de 2013, cuyo
texto es el siguiente:
“El presente informe se emite a la vista de las alegaciones
realizadas al expediente de referencia y de la propuesta de
resolución formulada con fecha 19 de diciembre por el Concejal
delegado de Economía y Hacienda, se emite el presente informe.
Pleno ordinario 27-12-2013
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1. Normativa aplicable.
A) Normativa específica de Régimen Local.
LRBRL: Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases del Régimen Local.
TRLHL: Texto Refundido de Ley 39/1988, de 28 de
diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de
5 de marzo.
RDP: Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el
que se desarrolla el Capítulo Primero del Título
Sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre,
Reguladora de las Haciendas Locales.
RLGEP: RD 1463/20007, de 2 de noviembre, por el
que se aprueba el desarrollo de la LGEP, en su
aplicación a las entidades locales.
ICAL(n): Instrucción del Modelo Normal de
Contabilidad Local, aprobada por Orden
EHA/4041/2004, de 23 de noviembre.
EPEELL: Orden EHA/3565/2008, de 3 de
diciembre, por la que se aprueba la estructura de los
Presupuestos de las Entidades Locales
B) Normativa municipal
RPAM: Reglamento de Procedimientos
Administrativos Municipales, aprobado por el
Ayuntamiento Pleno en su sesión de 28 enero 1998 y
modificado el 26 de mayo de 1999 y el 27 de junio
de 2001 (ficha H-3).
C) Normativa Estatal
LGP: Ley 47/2003, de 26 de noviembre General
Presupuestaria.
LOEPSF: Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de
estabilidad presupuestaria y sostenibilidad
financiera.
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
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2.- Presupuesto General: modificaciones.
El Presupuesto General de la Entidad constituye la
expresión cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones
que, como máximo, pueden reconocer la Entidad y sus
Organismos Autónomos, y de los derechos que prevean liquidar
durante el correspondiente ejercicio, así como de las
previsiones de ingresos y gastos de las Sociedades Mercantiles
cuyo capital social pertenezca íntegramente a la Entidad Local.
El Ayuntamiento ha de aprobar anualmente un
Presupuesto único que "coincida con el año natural y que esté
integrado por el de la Entidad y los de todos los Organismos y
Empresas Locales con personalidad jurídica propia
dependientes de aquella" (artículo 112.1 de la LRBRL).
Una vez que el Presupuesto General haya entrado en
vigor en el ejercicio respectivo, cada uno de los Presupuestos
que en él se integran pueden ser objeto de las modificaciones
previstas en los artículos 177 y siguientes del TRLHL y en la
sección 2ª del capítulo II del RPD.
La aprobación inicial de la modificación presupuestaria
del expediente objeto de reclamación decía:
1) Aprobar inicialmente la Modificación de Créditos
033/13/ES/06 de 2013 por Crédito extraordinario,
en la aplicación presupuestaria 2013-004-1500-
“850.90 Resto de adquisiciones de acciones dentro
del sector público, proyecto de gasto 2013-2-
PAMMA-001 por 2.221.665,60€:
2) Financiar la modificación de créditos anterior con
las desviaciones positivas del proyecto de gasto con
financiación afectada 2006-8-60001-1 Enajenación
solares por la misma cuantía, incrementando en
dicha cuantía las previsiones de la partida 87010
Remanente de tesorería para gastos con
financiación afectada.
3) Que el acuerdo inicial sea expuesto al público,
previo anuncio en el BOCM, por 15 días, durante
los cuales los interesados podrán examinarlos y
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
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presentar reclamaciones ante el Pleno. El
expediente se considerará definitivamente aprobado
si durante el citado plazo no se hubiesen presentado
reclamaciones.
Esta modificación ha seguido la tramitación prevista en
los artículos 35 y siguientes del citado RPD. En este sentido el
artículo 38 puntos 1 y 2 del citado RPD establece que “1. La
aprobación de los expedientes por el Pleno se realizará con
sujeción a los mismos trámites y requisitos que los
Presupuestos, debiendo ser ejecutivos dentro del mismo
ejercicio en que se autoricen.
2. En la tramitación de los expedientes de concesión de
créditos extraordinarios y de los suplementos de crédito serán
de aplicación las normas sobre información, reclamaciones y
publicidad aplicables a la aprobación de los Presupuestos de la
Entidad a que se refieren los artículos 20 y 22 (artículo 158.2,
LRHL).
Por lo tanto, una vez acordada la aprobación inicial
cumplido el trámite de información pública mediante anuncio en
el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y finalizado el
plazo de presentación de reclamaciones, se precisa dar
cumplimiento a los siguientes trámites:
a) Resolución de todas las reclamaciones presentadas.
Durante el referido periodo se ha presentado una reclamación
suscrita por la portavoz del Grupo municipal Unión Progreso y
Democracia, mediante escrito de 4 de septiembre de 2013, que
deberá ser resuelta por el Pleno en un plazo de un mes (artículo
169 TRLHL y artículo 20.1 RDP).
b) Aprobación definitiva. La Modificación del
Presupuesto deberá ser aprobada definitivamente mediante
acuerdo expreso del mismo órgano (artículo 169 TRLHL y
artículo 20.1 RDP).
c) Publicación. El Presupuesto modificado será
publicado, resumido por Capítulos en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid (169 TRLHL y artículo 20.3 RDP).
Pleno ordinario 27-12-2013
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d) Entrada en vigor. El Presupuesto modificado entrará
en vigor una vez publicado en la forma prevista en el apartado
anterior.
3.- Resolución de la reclamación presentada.
Por todo lo que antecede y vista la propuesta de
resolución, esta Intervención considera que la resolución de
reclamaciones se ha ajustado al procedimiento preceptivo.”
H) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Economía y
Hacienda, de 23 de diciembre de 2013, favorable.
Este punto se debatió conjuntamente con el punto 2 del orden
del día, por lo que su debate figura en dicho punto.
Sometido este asunto a votación, la Corporación, por trece (13)
votos a favor correspondientes al Grupo Municipal Popular y once
(11) votos en contra correspondientes a los Grupos Municipales
Socialista, Unión Progreso y Democracia, Izquierda Unida-Los Verdes
y Centrita, ACUERDA:
Primero.- Desestimar las alegaciones presentadas por los grupos
políticos municipales Centristas Majadahonda, Unión, Progreso y
Democracia y Socialista, al no encontrarse entre los supuestos
contemplados en la normativa de aplicación.
Segundo.- Aprobar definitivamente la Modificación de créditos
033/13/ES/06 de 2013 por Crédito extraordinario en el programa
ADMINISTRACION GENERAL DE VIVIENDA Y URBANISMO,
destinado a la suscripción de acciones por ampliación de capital de
PAMMASA.
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
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4.(222/13) RESOLUCIÓN de alegaciones y APROBACIÓN
definitiva del expediente de Modificación de Créditos
032/13/ES/05 de 2013, por suplemento de crédito en el
programa presupuestario Parques y Jardines (3.1.3)
Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros
documentos, constan los siguientes:
A) ACUERDO PLENARIO de 27 de noviembre de 2013, por el
que se aprueba el siguiente suplemento de crédito en el
Presupuesto de 2013
Aplicación
presupuestaria Programa Económica Importe
Proyecto de gasto
007-1710-60900 PARQUES Y JARDINES
INVERSIÓN NUEVA
INFRAESTRUCTURAS Y
BIENES USO GENERAL
849.529,29 2013-2-
INVPJ-001
Asimismo se acuerda financiar la modificación de
créditos anterior con las desviaciones positivas de los siguientes
proyectos y en las siguientes cuantías, incrementando en dicha
cuantía las previsiones de la partida 87010 Remanente de
tesorería para gastos con financiación afectada.
Proyecto Denominación Ingresos Previstos
2006-8-60001-1 ENAJENACIÓN SOLARES 837.043,14
2008-8-61002-1 ENAJENACIÓN VIVIENDAS VPO LA SACEDILLA 12.486,15
TOTAL FINANCIACIÓN 849.529,29
Y además exponer este acuerdo expuesto al público,
previo anuncio en el BOCM, por 15 días, durante los cuales los
interesados podrán examinarlos y presentar reclamaciones ante
el Pleno.
B) CERTIFICACIÓN del Secretario General, de 23 de
diciembre de 2013, en el que consta que, según el informe
emitido por la Administrativo del Registro General de Entrada
de Documentos, durante el periodo de exposición pública del
expediente de modificación de créditos 32/2013 (anuncio
Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 2 de diciembre de
2013 y Tablón de Edictos de este Ayuntamiento desde el 3 al 20
de diciembre de 2013), se han presentado alegaciones por los
Pleno ordinario 27-12-2013
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Grupos Municipales Unión Progreso y Democracia, Centrista y
Socialista.
C) ESCRITO DE ALEGACIONES presentado por la Portavoz
del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, que ha
tenido entrada en el Registro General el 18 de diciembre de
2013, nº 21995.
D) ESCRITO DE ALEGACIONES presentado por la Portavoz
del Grupo Municipal Centrista, que ha tenido entrada en el
Registro General el 18 de diciembre de 2013, nº 22057.
E) ESCRITO DE ALEGACIONES presentado por el Portavoz
Adjunto del Grupo Municipal Socialista, que ha tenido
entrada en el Registro General el 19 de diciembre de 2013, nº
22139.
F) INFORME del Jefe del Servicio de Medio Ambiente,
Jardines y Limpieza, de 19 de diciembre de 2013, cuyo texto es
el siguiente:
“En la alegación que presenta el Grupo UPYD hace referencia
a una cantidad de 552.365 € como coste de las obras del Nuevo
Parque de Colón, alegando que el Proyecto recoge una
cantidad bastante superior 849.529,29 €.
Como ya se informó en su momento al Concejal, la
primera cantidad aludida se fijó de manera “estimativa” en
enero de 2013, basándose en unos ratios genéricos, según se
recogía en la Base de Precios de Paisajismo 2011. Este ratio se
basa en aplicar a una superficie bruta un coste estimado en
base a unas necesidades a implantar. Estas necesidades, con
posterioridad a la fecha de enero de 2013, fueron variando a
criterios no solo de diseño, sino de funcionalidad y otras
sugeridas por el equipo de gobierno.
De hecho cuando se encarga el Proyecto se recogen todas
las necesidades reales definidas o sugeridas hasta el momento
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
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del encargo como son las “Nuevas plazas de estancias
conectadas con el viario peatonal de la Gran Vía”,
estableciéndose una valoración de las unidades que se definen
aplicando los costes y precios unitarios que se indican en una
base de precios actualizada en el momento del encargo.
El uso que en detalle se ha observado en el propio Parque
de Colón, como zona de tránsito peatonal, que conecta la zona
amliada de la Gran Vía con la Avda. de España, donde se ubica
la Iglesia de Santa María y el colegio San Luis Gonzaga, hace
que se estudie con especial atención esta circunstancia y se
diseñe un parque para ocio netamente urbano como es el que
nos ocupa. Esta conexión se define en el proyecto con un diseño
optimizado que permita hacer agradable el paseo en el entorno,
dando acceso a otras necesidades nuevas que se recomendaron
a lo largo del año, como son reubicación de la zona canina,
zona infantil, zona deportiva, zona de ejercicio físico
biosaludable encastrado con la realización de circuitos nuevos
de caminos interiores del parque, así como su conexión con el
carril bici.
Se considera en este nuevo diseño la conexión de las
plazas y zonas de uso peatonal e infantil, con el posible local de
restauración a instalar en el Parque.
También se ha tenido en cuenta un nuevo enfoque general
en el diseño del parque que mejora la accesibilidad a personas
con discapacidad.
Por último se contempla como diseño global la apertura
de nuevos ejes visuales que permitan mejorar la vigilancia
natural entre distintas áreas, a la vez que favorezca el contacto
entre las viviendas situadas en el perímetro y las áreas
interiores del parque.
Estas necesidades que son concretas se definen
perfectamente en el Proyecto aprobado definitivamente, por
importe de 589.991,87 € de Ejecución Material (que es como se
definen las bases de precios) y la contemplada en el Proyecto,
es de 37.626,87 €, lo que supone un 6,81% de incremento
respecto a la cantidad genérica estimada por ratio en el mes de
enero.”
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
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G) PROPUESTA DE RESOLUCIÓN del Concejal Delegado de
Economía y Hacienda, de 19 de diciembre de 2013, constando
el Vº Bº del Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad,
Organización, Servicios Jurídicos y Movilidad Urbana para que
pase el expediente a resolución por el órgano competente, cuyo
texto es el siguiente:
“Vistas las alegaciones presentadas por:
a) El Grupo municipal Centristas Majadahonda, que en
extracto dice:
“Se incorporen al expediente de forma previa a su
aprobación definitiva, informes detallados, tanto de los
servicios técnicos como del arquitecto que elaboró este
proyecto, donde queden perfectamente definitivas y
justificadas las mencionadas - necesidades, que dan origen al
mismo-”.
b) El Grupo municipal U.P. y D., que dice:
“PRIMERO.- En la moción del Concejal Delegado de
medio Ambiente, Jardines y Limpieza, de 11 de noviembre de
2013, se solicita esta habilitación de créditos como
indemorables con el fin de que la ejecución de las obras del
Parque Colón no interfiera en el normal desarrollo de las
fiestas municipales y de que no se comprometa la implantación
de elementos vegetales previstas en el proyecto.
Por ello, se solicita una modificación de créditos de
84.529,29€ para el ejercicio 2013, según el proyecto Nuevo
Parque de Colón redactado por el técnico Dª Elena Escudero
López.
Sin embargo, en el informe de 16 de enero del Jefe de
Servicios de Medio Ambiente se estima esta inversión de
552.365€ para 2014 y 19.360€ para 2013, lo que hace un total
de 571.725€. Esta inversión abarcaría las siguientes
actuaciones:
Adaptación a la nueva peatonalización de parte de
la Gran Vía.
Creación del carril bici en l zona este del parque.
Creación de nuevas zonas infantiles.
Ampliación de la zona de uso de mayores.
Actualización de la oferta lúdica.
Pleno ordinario 27-12-2013
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Este incremento del precio de ejecución del proyecto
aumenta un 53,8%, debido a que, según el Concejal de Medio
Ambiente, han surgido nuevas necesidades y soluciones
técnicas.
En el proyecto de ejecución se contempla:
Nuevas plazas de estancia conectadas con el
viario peatonal de la Gran Vía.
Nueva ubicación de la zona canina que favorezca
la vigilancia natural que puedan realizar los
dueños.
Nueva zona infantil desde 0 a 12 años.
Nueva zona deportiva conectada con la zona de
juegos.
Nueva zona de ejercicio físico que permita la
conexión con el carril bici y la realización de
circuitos por los caminos interiores del parque.
Nueva zona de ejercicios biosaludables para
mayores.
Nueva conexión de las plazas peatonales y zona
infantil con el local de restauración.
Nuevo diseño general que mejore la accesibilidad
a personas con discapacidad.
Nueva apertura de ejes visuales que permitan
mejorar la vigilancia natural entre distintas áreas y
a la vez favorecer el contacto entre las viviendas
situadas en el perímetro y las áreas interiores del
parque.
Entendemos que se trata de actuaciones muy similares
a las descritas en el informe de 16 de enero, por lo que ese
incremento en el precio no estaría suficientemente justificado
Por ello solicitamos que se informe detalladamente por
parte de los servicios técnicos de esas nuevas necesidades y
soluciones que motivan que el precio de ejecución de las obras
pasen de 571.725,00€ a 849.529,29€ ya que consideramos
que existe una contradicción entre el informe técnico municipal
y el proyecto del Nuevo Parque Colón redactado por la
arquitecta Elena Escudero.
SEGUNDO.- Teniendo en cuenta la situación actual del
parque de Colon y el grado de satisfacción de los vecinos,
consideramos que si bien es necesario y de interés social, una
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
rehabilitación del mismo, no lo es una remodelación integral de
tal envergadura, y mucho menos que se aumente en un 53% el
presupuesto de ejecución de la obra, sin justificación alguna.”
En virtud de lo expuesto,
SOLICITO
- La estimación de esta reclamación.
- Que se tengan por presentadas alegaciones a la
modificación 032/13/ES/05, en tiempo y forma.”
c) El Grupo municipal Socialista, que dice:
“Que dado que en el expediente mencionado se aprueba una
modificación de créditos de 849.529,29 Euros para acometer las
obras del nuevo Parque Colón de Majadahonda, lo que implica en
puridad aumentar el presupuesto inicial del proyecto en más de la
mitad de lo inicialmente previsto,
Que vista la inexistencia de los preceptivos informes técnicos
que justifiquen la necesidad de tal ampliación,
Se proceda a incorporar un informe de los servicios técnicos
que acredite de forma objetiva la necesidad de dicha ampliación
presupuestaria para dar cobertura a las modificaciones del proyecto
inicial de las obras del nuevo parque Colón.
Se ha incorporado al expediente un informe de 19 de
diciembre del Jefe de servicio de Medio ambiente, Jardines y
limpieza que, junto con el expediente original del proyecto de
obra de la actuación, que ha sido puesto a disposición de los
concejales, por haber sido aprobado, ofrece la información
solicitada.
A la vista de la documentación obrante en el expediente, y
considerando que su tramitación debe ajustarse a la del
Presupuesto general, se aprecia que ninguna de las alegaciones
presentadas están relacionadas con los motivos tasados que
establece el artículo 170.2 del TRLRHL, que dice:
a) Por no haberse ajustado su elaboración y aprobación
a los trámites establecidos en esta Ley.
b) Por omitir el crédito necesario para el cumplimiento
de obligaciones exigibles a la entidad local, en virtud de
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
precepto legal o de cualquier otro título legítimo.
c) Por ser de manifiesta insuficiencia los ingresos con
relación a los gastos presupuestados o bien de éstos respecto a
las necesidades para las que esté previsto.
Por todo lo expuesto, propongo al Pleno de la
Corporación:
1) Desestimar las alegaciones presentadas por los grupos
políticos municipales Centristas Majadahonda, Unión,
Progreso y Democracia y Socialista, al no encontrarse
entre los supuestos contemplados en la normativa de
aplicación.
2) Aprobar definitivamente la Modificación de créditos
032/13/ES/05 de 2013 por Suplemento de Crédito en el
programa presupuestario Parques y Jardines.”
H) INFORME del Interventor Municipal, de 19 de diciembre de
2013, cuyo texto es el siguiente:
“El presente informe se emite a la vista de las alegaciones
realizadas al expediente de referencia y de la propuesta de
resolución formulada con fecha 19 de diciembre por el Concejal
delegado de Economía y Hacienda, se emite el presente informe.
1. Normativa aplicable.
A) Normativa específica de Régimen Local.
LRBRL: Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local.
TRLHL: Texto Refundido de Ley 39/1988, de 28 de
diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo.
RDP: Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se
desarrolla el Capítulo Primero del Título Sexto de la Ley
39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las
Haciendas Locales.
RLGEP: RD 1463/20007, de 2 de noviembre, por el que
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
se aprueba el desarrollo de la LGEP, en su aplicación a
las entidades locales.
ICAL(n): Instrucción del Modelo Normal de Contabilidad
Local, aprobada por Orden EHA/4041/2004, de 23 de
noviembre.
EPEELL: Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por
la que se aprueba la estructura de los Presupuestos de las
Entidades Locales
B) Normativa municipal
RPAM: Reglamento de Procedimientos Administrativos
Municipales, aprobado por el Ayuntamiento Pleno en su
sesión de 28 enero 1998 y modificado el 26 de mayo de
1999 y el 27 de junio de 2001 (ficha H-3).
C) Normativa Estatal
LGP: Ley 47/2003, de 26 de noviembre General
Presupuestaria.
LOEPSF: Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de
estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
2.- Presupuesto General: modificaciones.
El Presupuesto General de la Entidad constituye la
expresión cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones
que, como máximo, pueden reconocer la Entidad y sus
Organismos Autónomos, y de los derechos que prevean liquidar
durante el correspondiente ejercicio, así como de las
previsiones de ingresos y gastos de las Sociedades Mercantiles
cuyo capital social pertenezca íntegramente a la Entidad Local.
El Ayuntamiento ha de aprobar anualmente un
Presupuesto único que "coincida con el año natural y que esté
integrado por el de la Entidad y los de todos los Organismos y
Empresas Locales con personalidad jurídica propia
dependientes de aquella" (artículo 112.1 de la LRBRL).
Una vez que el Presupuesto General haya entrado en
vigor en el ejercicio respectivo, cada uno de los Presupuestos
que en él se integran pueden ser objeto de las modificaciones
previstas en los artículos 177 y siguientes del TRLHL y en la
sección 2ª del capítulo II del RPD.
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
1) Aprobar el suplemento de crédito siguiente en el
Presupuesto de 2013:
Aplicación presupuestaria
Programa Económica Importe Proyecto de gasto
007-1710-60900 PARQUES Y
JARDINES
INVERSIÓN NUEVA
INFRAESTRUCTURAS Y
BIENES USO GENERAL
849.529,29
2013-2-
INVPJ-
001
2) Financiar la modificación de créditos anterior con las
desviaciones positivas de los siguientes proyectos y en las
siguientes cuantías, incrementando en dicha cuantía las
previsiones de la partida 87010 Remanente de tesorería
para gastos con financiación afectada.
Proyecto Denominación Ingresos Previstos
2006-8-60001-1 ENAJENACIÓN SOLARES 837.043,14
2008-8-61002-1 ENAJENACIÓN VIVIENDAS VPO LA
SACEDILLA 12.486,15
TOTAL FINANCIACIÓN 849.529,29
3) Que el acuerdo inicial sea expuesto al público, previo
anuncio en el BOCM, por 15 días, durante los cuales los
interesados podrán examinarlos y presentar
reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará
definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se
hubiesen presentado reclamaciones.
Esta modificación ha seguido la tramitación prevista en
los artículos 35 y siguientes del citado RPD. En este sentido el
artículo 38 puntos 1 y 2 del citado RPD establece que “1. La
aprobación de los expedientes por el Pleno se realizará con
sujeción a los mismos trámites y requisitos que los
Presupuestos, debiendo ser ejecutivos dentro del mismo
ejercicio en que se autoricen.
2. En la tramitación de los expedientes de concesión de
créditos extraordinarios y de los suplementos de crédito serán
de aplicación las normas sobre información, reclamaciones y
Pleno ordinario 27-12-2013
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MAJADAHONDA
(MADRID)
publicidad aplicables a la aprobación de los Presupuestos de la
Entidad a que se refieren los artículos 20 y 22 (artículo 158.2,
LRHL).
Por lo tanto, una vez acordada la aprobación inicial
cumplido el trámite de información pública mediante anuncio en
el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y finalizado el
plazo de presentación de reclamaciones, se precisa dar
cumplimiento a los siguientes trámites:
a) Resolución de todas las reclamaciones presentadas.
Durante el referido periodo se ha presentado una reclamación
suscrita por la portavoz del Grupo municipal Unión Progreso y
Democracia, mediante escrito de 4 de septiembre de 2013, que
deberá ser resuelta por el Pleno en un plazo de un mes (artículo
169 TRLHL y artículo 20.1 RDP).
b) Aprobación definitiva. La Modificación del
Presupuesto deberá ser aprobada definitivamente mediante
acuerdo expreso del mismo órgano (artículo 169 TRLHL y
artículo 20.1 RDP).
c) Publicación. El Presupuesto modificado será
publicado, resumido por Capítulos en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid (169 TRLHL y artículo 20.3 RDP).
d) Entrada en vigor. El Presupuesto modificado entrará
en vigor una vez publicado en la forma prevista en el apartado
anterior.
3.- Resolución de la reclamación presentada.
Por todo lo que antecede y vista la propuesta de
resolución, esta Intervención considera que la resolución de
reclamaciones se ha ajustado al procedimiento preceptivo.”
I) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Economía y
Hacienda, de 23 de diciembre de 2013, favorable.
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
Este punto se debatió conjuntamente con el punto 2 del orden
del día, por lo que su debate figura en dicho punto.
Sometido este asunto a votación, la Corporación, por trece (13)
votos a favor correspondientes al Grupo Municipal Popular y once
(11) votos en contra correspondientes a los Grupos Municipales
Socialista, Unión Progreso y Democracia, Izquierda Unida-Los Verdes
y Centrista, ACUERDA:
Primero.- Desestimar las alegaciones presentadas por los grupos
políticos municipales Centristas Majadahonda, Unión, Progreso y
Democracia y Socialista, al no encontrarse entre los supuestos
contemplados en la normativa de aplicación.
Segundo.- Aprobar definitivamente la Modificación de créditos
032/13/ES/05 de 2013 por Suplemento de Crédito en el programa
presupuestario Parques y Jardines.
5.(223/13) RESOLUCIÓN de alegaciones y APROBACIÓN
definitiva del Presupuesto General para 2014. (3.1.1)
Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros
documentos, constan los siguientes:
A) ACUERDO PLENARIO de 30-10-2013, por el que se aprueba
inicialmente el Presupuesto General para el ejercicio 2014, en el
entorno 2014-2016 que comprende los estados del Presupuesto
del Ayuntamiento, del Presupuesto del Organismo Autónomo
“Patronato Monte del Pilar”, el estado de previsión de gasto e
ingresos de la Sociedad Anónima de capital íntegramente
municipal “PATRIMONIO MUNICIPAL DE
MAJADAHONDA, S.A.” (PAMMASA), el estado de
consolidación de los presupuestos anteriores así como sus
Anexos de Personal e Inversiones, las Bases de Ejecución y
documentación complementaria y se ordena la apertura de un
periodo de información pública de quince días hábiles, mediante
anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, plazo
durante el cual los interesados podrán examinar el presente
expediente y formular reclamaciones ante el Pleno, entendiendo
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
que el Presupuesto General se considerará definitivamente
aprobado si al término de dicho periodo de exposición no se
hubiesen presentado reclamaciones al mismo.
B) EDICTO del Alcalde-Presidente de 30-10-2013, en el que
consta diligencia del Secretario General acreditativa de que ha
permanecido en el Tablón desde el 7-11-2013 al 23-11-2013.
C) ANUNCIO publicado en el BOCM de 6-11-2013, en el que
consta diligencia del Secretario General acreditativa de que ha
permanecido expuesto en el Tablón desde el 7-11-2013 al 23-11-
2013.
D) ESCRITO DE ALEGACIONES presentado por el Portavoz
del Grupo Municipal Socialista, que ha tenido entrada en el
Registro General el 22 de noviembre de 2013, nº 20400.
E) ESCRITO DE ALEGACIONES presentado por el Portavoz
del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, que ha
tenido entrada en el Registro General el 22 de noviembre de
2013, nº 20428.
F) ESCRITO DE ALEGACIONES presentado por la Portavoz
del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, que ha
tenido entrada en el Registro General el 22 de noviembre de
2013, nº 20430.
G) ESCRITO DE ALEGACIONES presentado por una Técnico
de Gestión de este Ayuntamiento, que ha tenido entrada en el
Registro General el 23 de noviembre de 2013, nº 20443.
H) ESCRITO DE ALEGACIONES presentado por el
Presidente de la Asociación de Vecinos del Municipio de
Majadahonda (AVMM), que ha tenido entrada en el Registro
General el 26 de noviembre de 2013, nº 20536.
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
I) ESCRITO DE ALEGACIONES presentado por la
Secretaria de la Asociación de Vecinos del Municipio de
Majadahonda (AVMM), que ha tenido entrada en el Registro
General el 26 de noviembre de 2013, nº 20547.
J) CERTIFICACIÓN del Secretario General, de 27 de
noviembre de 2013, en la que consta que, según informe emitido
por la Administrativo del Departamento de Información y
Registro de 27 de noviembre de 2013, durante el periodo de
exposición pública de la aprobación inicial del Presupuesto
General de este Ayuntamiento para el ejercicio 2014, se han
presentado reclamaciones por los Grupos Municipales socialista,
Izquierda Unida-Los Verdes, Unión Progreso y Democracia, por
una Técnico de Gestión de este Ayuntamiento y dos por la
Asociación de Vecinos del Municipio de Majadahonda.
K) INFORME del Economista Municipal, Jefe del Servicio de
Estudios y Análisis Económicos, de 5 de noviembre de 2013,
cuyo texto es el siguiente:
“RECLAMACIONES PRESENTADAS
El Presupuesto General de 2014 fue aprobado
inicialmente por acuerdo de Pleno de 30 de octubre de 2013 y
permaneció expuesto al público para su examen y presentación
de reclamaciones hasta el 23 de noviembre, inclusive (quince
días hábiles contados a partir del siguiente día de su
publicación, el 6 de noviembre de 2013, en el Boletín Oficial de
la Comunidad de Madrid).
En el certificado emitido por el Secretario General del
Ayuntamiento, de fecha 27 de noviembre, se relacionan las
siguientes reclamaciones presentadas:
Fecha de
Registro
Número de
Registro Interesado
22-11-2013
20400
Grupo Municipal Socialista
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
22-11-2013
20428
Grupo Municipal de Izquierda
Unida-Los Verdes
22-11-2013
20430
Grupo Municipal Unión Progreso
y Democracia
23-11-2013 20443 María Yolanda Cavadas Redondo
26-11-2013 20536 Asociación de Vecinos del
Municipio de Majadahonda
26-11-2013
20547
Asociación de Vecinos del
Municipio de Majadahonda
Las reclamaciones correspondientes a D. Miguel Moreta
Jiménez y Dª Claudia Sola Pico, pertenecientes, ambos, a la
Asociación de Vecinos del Municipio de Majadahonda y
registradas el 26 de noviembre, se han presentado fuera de
plazo, de acuerdo con el Art. 169 del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL), por
tanto, no pueden ser tenidas en cuenta como reclamaciones
válidas por extemporáneas.
Examinadas el resto de reclamaciones, se comprueba que todos
los reclamantes están legitimados para presentar alegaciones,
de acuerdo con el Art. 170.1 del TRLHL.
Se solicita informe sobre algunas alegaciones a los siguientes
responsables técnicos:
Reclamación presentada por el Grupo Municipal Unión
Progreso y Democracia del Ayuntamiento de
Majadahonda:
o Al Tesorero municipal, el epígrafe 1 de Motivos,
punto l relativo a los intereses de demora.
o Al responsable del programa Otros servicios
administrativos de urbanismo, el epígrafe 1 de
Motivos, punto ll relacionado con el consumo de
energía eléctrica del edificio de la Policía
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
municipal; y el epígrafe 2, punto ll que hace
referencia a las tasas por licencias de apertura.
Reclamación presentada por el Grupo Municipal
Izquierda Unida-Los Verdes del Ayuntamiento de
Majadahonda:
o Al responsable de Recursos humanos, la Alegación
primera sobre la omisión en el anexo de personal de
algunas retribuciones.
o A la Intervención municipal, la Alegación segunda,
epígrafe 2.1 relativo a las Ordenanzas fiscales; y la
Alegación cuarta sobre el destino de los ingresos
por intereses de depósitos a plazo.
o Al responsable de los programas de Servicios
sociales, la Alegación tercera relacionada con
gestión de ayuda a domicilio.
Reclamación presentada por Dª M. Yolanda Cavadas
Redondo, Técnico de Gestión del Ayuntamiento de
Majadahonda:
o Al responsable de Recursos humanos.
El resto de alegaciones presentadas serán informadas por mí
teniendo en cuenta lo dispuesto en el Art. 170.2 del TRLHL:
<< Únicamente podrán entablarse reclamaciones contra el Presupuesto:
a) Por no haberse ajustado su elaboración y aprobación a los trámites
legales.
b) Por omitir el crédito necesario para el cumplimiento de obligaciones
exigibles a la Entidad Local, en virtud de precepto legal o de cualquier
otro título legítimo.
c) Por ser de manifiesta insuficiencia los ingresos con relación a los
gastos presupuestados o bien de éstos respecto a las necesidades
para las que estén previstos>>.
ALEGACIONES PRESENTADAS POR D. BORJA
CABEZÓN ROYO EN SU CONDICIÓN DE PORTAVOZ
DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA EN EL
AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA <<l. PRESUPUESTO DE INGRESOS
Capítulo 4. Transferencias corrientes.
Instar al Gobierno de la Comunidad de Madrid […] que no reduzca de
manera tan drástica (-24,1%, -1.106.479 euros) las trasferencias corrientes
Pleno ordinario 27-12-2013
70
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
en cumplimiento de los convenios suscritos con el Ayuntamiento de
Majadahonda […]
Capítulo 5. Ingresos patrimoniales
Si bien las concesiones administrativas existentes en Majadahonda ofrecen
un servicio de calidad, en diversos casos estas concesiones no aportan a las
arcas municipales las cantidades económicas que deberían por el hecho de
estar utilizando grandes superficies de suelo público […] >>
No se encuentra entre los motivos recogidos en el Art. 170.2 del
TRLHL.
<<II. PRESUPUESTO DE GASTOS
Programa 1720 Protección y mejora del medio ambiente
Aumentar las transferencias corrientes al Patronato del Monte del Pilar, en
una cantidad […] que se aproxime a las cantidades que aconseja el Plan
especial del Monte del Pilar, es decir, un 25% del presupuesto […]
Programa 2320 Promoción social
Aumentar la partida de Transferencias corrientes de Ayuda al desarrollo
hasta la cantidad del 0,7% del presupuesto […]
Programa 2330 Atención a personas dependientes
No llevar a cabo las siguientes bajadas previstas en dicho programa: capítulo
1 gastos de personal (-55.355 euros), capítulo 2 contratación de servicios (-
240.141 euros), capítulo 4 transferencias corrientes a familias e instituciones
sin fines de lucro (-73.107 euros)
Programa 3210 Enseñanza preescolar y primaria
No llevar a cabo las siguientes bajadas previstas en dicho programa: capítulo
2 contratación de servicios culturales, deportivos, sanitarios y sociales (-
19.123 euros), capítulo 4 transferencias corrientes a instituciones sin fines de
lucro (-36.017 euros).
Programa 3230 Promoción educativa
No llevar a cabo la amortización de la plaza de profesor del CEPA: capítulo 1
(-60.022 euros).
Programa 3390 Juventud
No llevar a cabo las siguientes bajadas previstas en este programa (-9.663
euros) […]>>
No se encuentra entre los motivos recogidos en el Art. 170.2 del
TRLHL.
<<III. INVERSIONES
Solicitamos […] una cantidad que permita […] la instalación de techos para
llevar a cabo las actividades deportivas en dos colegios (El Tejar y Francisco
de Quevedo) […]>>
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
No se encuentra entre los motivos recogidos en el Art. 170.2 del
TRLHL.
RECLAMACIÓN PRESENTADA POR D. JUAN SANTANA
URIARTE, EN SU CONDICIÓN DE PORTAVOZ DEL
GRUPO MUNICIPAL DE IZQUIERDA UNIDA-LOS
VERDES EN EL AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA
<<SEGUNDA.-SOBRE LA INSUFICIENTE JUSTIFICACIÓN DE INGRESOS
PARA ASEGURAR EL EQUILIBRIO PRESUPUESTARIO […]
2.2 Se prevén unos ingresos por el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de
naturaleza urbana por valor de 27.525.000 euros, un 7,6 % menos
que en el año anterior. […] por una ordenanza fiscal, que aunque no
está aprobada de manera definitiva, tiene prevista una reducción
media en el recibo de un 10% en los bienes inmuebles residenciales
[…] aunque también se produce un leve decrecimiento de todas las
bases liquidables del 0,45 […] en la previsión no viene
suficientemente justificada como van a afectar estas modificaciones
[…]>>
En el Informe económico financiero (página 11, epígrafe 5.1.1)
se partió de un padrón de 30 millones de euros (importe medio
de los tres últimos ejercicios, ver Anexo Informe Económico
Financiero) y después de reducirle el 8,25 por ciento (media
estimada en el epígrafe 4.4 Ordenanzas fiscales, punto 1) la
previsión quedó en 27,5 millones de euros.
Con los datos actualizados de 2013 ya se han reconocido
derechos por valor de 32,5 millones de euros, 2,5 millones de
euros más que la base sobre la que calculó la consignación, por
tanto, la previsión es muy prudente.
<<2.3.- Se hace una previsión de ingresos por las transferencias
corrientes de la Comunidad de Madrid […] basándose en convenios
que presumiblemente se van a firmar y en los antecedentes de
ejercicios pasados […] el Proyecto de Presupuesto de 2014 de la
Comunidad de Madrid […] todavía se encuentra en pleno trámite
parlamentario por lo que podrían producirse cambios que afectaran a
la cuantía de las transferencias que reciben los municipios […]
Las transferencias corrientes de la Comunidad de Madrid las
conocieron nuestros departamentos municipales que prestan
servicios subvencionados en los meses de agosto y septiembre.
Tanto los Presupuestos de la Comunidad de Madrid, como los
Pleno ordinario 27-12-2013
72
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
Generales del Estado coinciden en el tiempo con los plazos de
elaboración y aprobación del nuestro (Art. 169 de TRLHL); por
consiguiente, será a partir del uno de enero cuando iremos
confirmando, en los primeros meses del año, las transferencias
y subvenciones de ambas instituciones y, de acuerdo con ellas,
valoraremos la incidencia sobre nuestro presupuesto y se
tomarán las medidas oportunas. Mientras tanto, siguen vigentes
dos datos consignados y el epígrafe 5.3 (página 29) del Informe
económico financiero en el que se afirma que es factible el
cumplimiento del presupuesto y, por tanto su efectiva nivelación
<<2.4 Otros ingresos que no parecen estar bien justificados son los
referidos, por ejemplo, a las “multas por infracciones a la Ordenanza
de Circulación”. El Presupuesto para el año 2014 recoge una
previsión de 150.000 euros por este concepto, una subida del 11,1%
con respecto al año anterior, cuando los objetivos e indicadores
elaborados por la Concejalía responsable de Seguridad y Movilidad
Urbana, en su programa Ordenación del Tráfico y estacionamiento,
recoge una previsión de denuncias por infracciones un 43% menos
con respecto al año anterior (de 10.000 en 2013 a 5.700 en 2014) o
una reducción en los servicios de grúa previstos un 91,8% (de 12.500
en 2013 a 1.025 en 2014) […]>>
Para calcular la consignación inicial de la económica 391.20
Multas por infracciones de la ordenanza de circulación se
tuvieron en cuenta las liquidaciones de los tres últimos
ejercicios económicos (ver Informe económico financiero,
página 15 y Anexo) cuya media se aproximaba a los 256 mil
euros. En las fechas en que se están redactando estos
documentos la contabilidad municipal refleja 141 mil euros de
derechos liquidados e ingresados por este concepto. En
conclusión, la previsión es prudente.
Respecto a los indicadores, el número de denuncias ejecutadas
durante 2011 y 2012 fueron 5.319 y 5.697, respectivamente (ver
Liquidación indicadores Presupuesto 2012 incluido en la
Cuenta General); y se estima que la de 2013 sea similar a las de
los dos ejercicios anteriores. La previsión inicial (10.000
denuncias) es erróneo. Para subsanar en el futuro posibles
errores materiales o variaciones de importancia que se puedan
producir en las previsiones iniciales del Presupuesto, tanto en
los Objetivos, como en las Actividades e Indicadores, hemos
Pleno ordinario 27-12-2013
73
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
introducido como novedad la Base 14 de ejecución del
presupuesto que permite modificarlos durante el ejercicio.
Lo mismo puede decirse del indicador de referencia de los
servicios de grúa municipal (1.134 y 1.025 servicios ejecutados
en los ejercicios 2011 y 2012, respectivamente). El devengo de
ingresos municipales por este concepto se produce mediante el
canon a la concesionaria del servicio cuya previsión se
mantiene.
En conclusión, sigue vigente el epígrafe 5.3 (página 29) del
Informe económico financiero que afirma que es factible el
cumplimiento del presupuesto y, por tanto su efectiva
nivelación.
No se ajusta a los motivos recogidos en el Art. 170.2.c. del
TRLHL
RECLAMACIÓN PRESENTADA POR Dª CARMEN
MADRIGAL TORREJÓN, EN SU CONDICIÓN DE
PORTAVOZ DEL GRUPO MUNICIPAL UNIÓN
PROGRESO Y DEMOCRACIA EN EL AYUNTAMIENTO
DE MAJADAHONDA
<<2) Por ser de manifiesta insuficiencia los ingresos con relación a los
gastos presupuestados o de éstos respecto a las necesidades para las que
esté previsto […]
l. Tal sería el caso de la plusvalía, cuya previsión aumenta un 3,4 % en
relación con 2013 y que a pesar de su buen comportamiento durante
ejercicios pasados, nos parece excesivo […]>>
En el informe económico financiero, página 13, se expone que
la media de los tres últimos años superará los 6,7 millones de
euros. Los derechos reconocidos contabilizados a finales de
noviembre de 2013 ascienden a 7,4 millones de euros. No hay
motivo, por tanto, para prever un importe inferior a los 6
millones de euros consignados.
No se ajusta a los motivos recogidos en el Art. 170.2.c. del
TRLHL.”
Pleno ordinario 27-12-2013
74
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
L) INFORME del Tesorero Municipal, de 28 de noviembre de
2013, cuyo texto es el siguiente:
“Se ha dado traslado a ese departamento de las alegaciones
presentadas por el Grupo Municipal UPyD el día 22 de
diciembre de 2013 con número de registro de entrada 20.430 en
la que dentro de su punto 1 por omitir crédito necesario para
obligaciones exigibles señalan:
“Dentro del programa de “Gestión de la deuda y de la tesorería”, en la partida
de Intereses de demora, se consigna un crédito de 55.000 € cuando en 2013
el presupuesto inicial fue de 51.271 €. Durante el ejercicio económico actual,
hemos visto varias modificaciones de crédito para habilitar crédito, puesto
que el previsto inicialmente era insuficiente. Pensamos que durante 2014 se
va a seguir en esa línea, teniendo en cuenta los distintos procedimientos en
los que nos encontramos inmersos. Por ello, consideramos que el crédito
consignado en esta partida podría ser insuficiente.”
Como bien se señala en la modificación, en la partida de
referencia no nos encontramos ante obligaciones exigibles sino
ante estimaciones de las posibles cantidades a satisfacer por
intereses de demora como consecuencia del retraso del pago de
nuestras obligaciones ante proveedores, por intereses por
devoluciones tributarias indebidas, u otros ocasionados a
consecuencia del retraso en los pagos y no consignados en otras
partidas del presupuesto.
Actualmente, s.e.u.o, no existen procedimientos abiertos
para el pago de intereses de demora derivados de las
obligaciones contractuales distintos a los conocidos por el
Pleno al estar incluidos dentro de un expediente de
modificación de créditos en el orden del día de la sesión de 27
de noviembre. Tampoco reclamación de intereses de demora a
consecuencia de devolución de ingresos indebidos de un
significativo importe.
No obstante, existen tres circunstancias que se tuvieron en
cuenta al realizar el borrador de presupuesto por este
departamento:
1.- Tal y como se deriva de los informes de morosidad,
existen desviaciones significativas en un amplio volumen de
facturas e importes. Nada indica que estas desviaciones no
Pleno ordinario 27-12-2013
75
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
vayan a existir en el próximo ejercicio. De solicitar todos los
interesados los intereses correspondientes y teniendo en cuenta
que éstos pueden ser todos los no prescritos y el plazo de
prescripción es al menos los últimos cuatro años, los créditos
consignados serían muy superiores a los consignados. La
realidad es que no solicitan estos intereses salvo excepciones.
Desconocemos cuales pueden ser ésta y a qué importe pueden
elevarse, si bien es cierto que lo más probable es que sean
derivados de contratos de elevado importe, con retrasos
ocasionados como consecuencia de reconocimiento de crédito, e
incluso, que abarquen varios años.
2.- Los riesgos más elevados a los que habrá que responder
son intereses de demora como consecuencia de devolución de
ingresos indebidos y ocasionados por rectificaciones en valores
catastrales de importante cuantía. No podemos concretar hasta
que catastro fije los nuevos valores cuánto pueden alcanzar los
mismos.
3.- De los tres principales expedientes existentes este año,
dos tienen origen en ejecución de sentencia:
a) Ejecución de sentencia como consecuencia de intereses
legales en devolución de ingresos a Levitt Bosch
Aymerich.
b) Ejecución de sentencia de solicitud de intereses de demora
contractuales a Infraestructuras Terrestres S.A.
c) Expediente de solicitud de intereses de demora a Clece,
S.A. por varios años y referente a varios contratos.
En resumen, si tuviéramos en cuenta como ciertos todos
los riesgos para hacer frente a obligaciones por este concepto la
partida sería insuficiente. No obstante, si tenemos en cuenta
sólo aquellos cuyo suceso es razonable, entendemos que las
cantidades consignadas pueden ser suficientes.”
M) INFORME del Arquitecto Técnico Municipal, Jefe del
Servicio de Obras, Mantenimiento y Actividades, de 29 de
noviembre de 2013, cuyo texto es el siguiente:
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
“En relación con el escrito de UPD, RECLAMACIÓN CONTRA
EL PRESUPUESTO PARA 2014 sobre la previsión de tasas por
licencia de apertura, se informa lo siguiente:
En el momento en que se solicitó de este Servicio la confección
de los presupuestos municipales, tanto en lo referente a gastos como a
ingresos, se estimó que el número de actividades se incrementaría con
respecto a las tramitadas en 2012, todo ello debido a las siguientes
estimaciones:
Centro Comercial Carril del Tejar:
- Edificio con 219 plazas de aparcamiento objeto de licencia.
- Superficie comercial útil en planta Baja: 4.700,00 m2
- Superficie comercial útil en planta Alta: 3.522,00 m2
Centro Comercial Crta. Pozuelo (c/ Vázquez Díaz)
- Edificio con 180 plazas de aparcamiento objeto de licencia.
- Superficie comercial útil en planta Baja: 2.629,06 m2
- Superficie comercial útil en planta 1ª: 2.153,12 m2
- Superficie comercial útil en planta 2ª: 2.133,66 m2
Independientemente de estos Centros, se estimó que las
siguientes licencias correspondientes a Satélites, se tramitarían en
2014:
- Mercadona
- Gasolinera
- Bricomar
De estas licencias la correspondiente a Bricomar, ha sido
solicitada en este año 2013.
Igualmente se tuvo en cuenta que existen 12 parcelas libres en
el Carril del Tejar para su utilización.
Finalmente, hemos de decir que se llegó a la estimación
de unos ingresos por licencias de apertura calificada de
2.203.760 euros para el ejercicio 2014.
Pleno ordinario 27-12-2013
77
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
Nos ratificamos en el susodicho presupuesto calculado en
base a los datos obtenidos del ejercicio 2012 y a las
expectativas reseñadas relativas a los futuros centros
comerciales a desarrollar.
Lo que se traslado para su conocimiento.”
N) INFORME del Arquitecto Técnico Municipal, Jefe del
Servicio de Obras, Mantenimiento y Actividades, de 29 de
noviembre de 2013, cuyo texto es el siguiente:
“En relación con el escrito de UPD, RECLAMACIÓN CONTRA
EL PRESUPUESTO PARA 2014 sobre el crédito inicial
habilitado de 200.000 euros para el suministro de energía
eléctrica del programa “Administración General de la
Seguridad y Protección Civil” te informo:
Según los datos de las facturas de Iberdrola del primer
cuatrimestre el importe del consumo del Nuevo Edificio de
Policía se cifra en 23.559,86 euros, lo que arroja un importe
mensual de 5.889,96 euros, traducido en 70.679,58 euros
anuales . Teniendo en cuenta que el uso del edificio no está a
pleno rendimiento y las variaciones climáticas, es posible que
la cifra final se incremente en un 20%, es decir, que el
consumo anual estará en orden a 85.000 euros.
Lo que te traslado para tu conocimiento.”
O) INFORME del Director de Recursos Humanos, de 4 de
diciembre de 2013, cuyo texto es el siguiente:
“HECHOS
Primero.- Con fecha 22 de noviembre de 2013 y registro de
entrada nº 20428, D. Juan Santana Uriarte, en su condición de
Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes
en el Ayuntamiento de Majadahonda, ha presentado escrito
entablando reclamaciones al presupuesto municipal para el año
2013.
Pleno ordinario 27-12-2013
78
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
Segundo.- La reclamación a que se refiere el hecho
precedente es reproducción de la reclamación presentada al
presupuesto del ejercicio 2013 que consiste en:
Considerar como omisión en el Anexo de Personal
presentado al proyecto de presupuestos 2014, la relación
nominal de las retribuciones de Alcalde y Concejales con
dedicación, ya que puede incumplir el artículo 18 del RD
500/1990 que desarrolla la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales además de suponer una falta de precisión y
transparencia.
A los anteriores Hechos, le son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Único.- El artículo 18 del Real Decreto 500/1990 que
desarrolla la Ley Reguladora de Haciendas Locales en su
apartado 1 letra c dispone que entre la documentación que
deberá unirse para su elevación al Pleno estará el “anexo de
personal de la Entidad local, en que se relacionen y valoren los
puestos de trabajo existentes en la misma, de forma que se dé la
oportuna correlación con los créditos para personal incluidos
en el presupuesto”
En aplicación del precepto anteriormente citado el anexo de
Personal que acompaña al proyecto de presupuestos 2014 del
Ayuntamiento de Majadahonda, recoge todos los puestos de
trabajo existentes con sus créditos presupuestarios
correspondientes.
En el artículo 126.1 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de
18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las
disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local
aclara el contenido de las plantillas de las entidades locales que
“deberán comprender todos los puestos de trabajo debidamente
clasificados reservados a funcionarios, personal laboral y
eventual”, y que su aprobación se realizará “anualmente con
ocasión de la aprobación del Presupuesto”.
Como quiera que el Alcalde y Concejales con y sin dedicación
exclusiva no se encuentran dentro de los supuestos a los que
Pleno ordinario 27-12-2013
79
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
hace referencia el artículo 126.1 antes mencionado, por lo que
no tienen la consideración de funcionarios, personal laboral o
funcionarios eventuales, no ocupan puesto de trabajo en la
plantilla presupuestaria municipal y en consecuencia no deben
figurar en el documento de plantilla que acompaña al proyecto
de presupuestos.
Los créditos suficientes para hacer frente a las retribuciones del
Alcalde y Concejales con y sin dedicación exclusiva han sido
consignadas en el presupuesto municipal para el ejercicio 2014
dentro del programa 9120 Órganos de Gobierno.
A la vista de los hechos y fundamentos de derecho, y sin
perjuicio de la decisión que adopte el órgano competente, se
formula la siguiente
PROPUESTA DE ACUERDO
Desestimar la alegación presentadas por D. Juan Santana
Uriarte en su condición de Portavoz del Grupo Municipal de
Izquierda Unida-Los Verdes en el Ayuntamiento de
Majadahonda.”
P) INFORME de la Directora de Servicios Sociales, de 5 de
diciembre de 2013, contestando a la alegación Tercera
presentada por el Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,
sobre insuficiencia de créditos para atender obligaciones
reconocidas, cuyo texto es el siguiente:
El presupuesto para el año 2014 de la Concejalía de
Servicios Sociales, Salud y Familia recoge una reducción
en el capítulo II “Gastos corrientes y servicio” debido al
cambio de gestión del servicio de ayuda a domicilio de las
personas en situación de dependencia, por modificación
en los compromisos adquiridos con la Comunidad de
Madrid a través del Convenio para el desarrollo de los
Servicios Sociales de Atención Primaria y de promoción
de autonomía personal y la atención a personas en
situación de dependencia.
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
El presupuesto del capítulo IV se ha visto incrementado en
un 10,47% en el total de los programas de Servicios
Sociales y concretamente en la partida destinada a ayudas
sociales a familias en un 19,6% por lo que se considera
suficiente para atender el incremento en la demanda de
ayudas sociales debido a la situación económica de las
familias del municipio.”
Q) INFORME del Interventor Municipal, de 11 de diciembre de
2013, cuyo texto es el siguiente:
“1. Normativa aplicable.
B) Legislación de Régimen Local.
LRBRL: Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local.
TRBRL: Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de
abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las
disposiciones legales vigentes en materia de Régimen
Local.
TRLHL: Texto Refundido de Ley 39/1988, de 28 de
diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
mayo.
RDP: Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se
desarrolla el Capítulo Primero del Título Sexto de la Ley
39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las
Haciendas Locales.
ICAL(n): Instrucción del Modelo Normal de Contabilidad
Local, aprobada por Orden EHA/4041/2004, de 23 de
noviembre.
EPEELL: Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por
la que se aprueba la estructura de los Presupuestos de las
Entidades Locales
B) Normativa municipal
RPAM: Reglamento de Procedimientos Administrativos
Municipales, aprobado por el Ayuntamiento Pleno en su
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
sesión de 28 enero 1998 y modificado el 26 de mayo de
1999 y el 27 de junio de 2001 (ficha H-1).
C) Legislación Estatal
LOPESF: Ley orgánica 2/2012, de 27 de abril, de
Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
LGP: Ley 47/2003, de 26 de noviembre General
Presupuestaria.
RLGEP: RD 1463/20007, de 2 de noviembre, por el que
se aprueba el desarrollo de la LGEP, en su aplicación a
las entidades locales (En todo aquello que no haya sido
derogado expresamente por la LOPESF).
TRLS: RDL 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley de Suelo.
D) Legislación Autonómica
LSCM: Ley 9/2001, de 17 de julio del Suelo de la
Comunidad de Madrid.
2. Tramitación del Presupuesto General.
La tramitación del expediente se ajustará a las siguientes
fases:
a) Elevación al Pleno. El Proyecto de Presupuesto General,
informado por el Interventor y con los anexos y
documentación complementaria, será remitido por el
Presidente al Pleno de la Corporación antes del día 15 de
octubre para su aprobación, enmienda o devolución (art.
168 TRLHL y art. 18.4 R.D. 500/1990).
b) Aprobación inicial del Presupuesto por el Pleno de la
Corporación (art. 22.2.e) LRBRL), por mayoría simple de
los miembros presentes (art. 47.1 LRBRL).
El acuerdo de aprobación que será único, habrá de
detallar los Presupuestos que integran el Presupuesto
General, no pudiendo aprobarse ninguno de ellos
separadamente.
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
c) Información Pública por espacio de quince días hábiles,
en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de
Madrid, plazo durante el cual los interesados podrán
examinarlos y expresar reclamaciones ante el Pleno (art.
169 TRLHL, art. 20.1 R.D. 500/1990 y art. 86.2 Ley
30/1992).
d) Resolución de todas las reclamaciones presentadas. El
Pleno dispondrá para resolverlas de un plazo de un mes
(art. 169 TRLHL y art. 20.1 R.D. 500/1990).
e) Aprobación definitiva. El Presupuesto General se
considerará definitivamente aprobado si al término del
periodo de exposición no se hubiese presentado
reclamaciones; en caso contrario, se requerirá acuerdo
expreso por el que se resuelvan las formuladas y se
apruebe definitivamente (art. 169 TRLHL y art. 20.1 R.D.
500/1990).
La aprobación definitiva del Presupuesto General
por el Pleno de la Corporación habrá de realizarse antes
del 31 de diciembre del año anterior al del ejercicio en
que debe aplicarse.
Si al iniciarse el ejercicio económico no hubiese
entrado en vigor el Presupuesto correspondiente, se
considerará automáticamente prorrogado el del anterior,
con sus créditos iniciales, sin perjuicio de las
modificaciones que se realicen conforme a lo dispuesto en
los artículos 177 a 179 del TRLHL y hasta la entrada en
vigor del nuevo Presupuesto (art. 169 TRLHL y art. 21.1
R.D. 500/1990).
f) Publicación. El Presupuesto General definitivamente
aprobado será insertado en el Boletín Oficial de la
Corporación, si lo tuviere y, resumido por Capítulos de
cada uno de los Presupuestos que lo integren, en el de la
Comunidad Autónoma de Madrid (169 TRLHL y art. 20.3
R.D. 500/1990).
g) Remisión del Expediente y entrada en vigor. Del
Presupuesto General definitivamente aprobado se remitirá
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
copia a la Administración del Estado y a la Comunidad
Autónoma. La remisión se realizará simultáneamente al
envío al Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de
Madrid (169 TRLHL y art. 20.4 R.D. 500/1990).
El Presupuesto General entrará en vigor en el
ejercicio correspondiente, una vez publicado en la forma
prevista en el art. 169 TRLHL y en el art. 20.3 del R.D.
500/1990.
3. Reclamaciones administrativas: legitimación y supuestos.
El artículo 169.1 del TRLHL antes citado establece que,
durante el periodo de exposición pública del Presupuesto
General aprobado inicialmente, los interesados podrán
examinarlos y presentar reclamaciones ante el Pleno.
A estos efectos y según el artículo 170.1 del TRLHL,
tendrán la consideración de interesados:
Los habitantes del territorio de la respectiva entidad local.
Los que resulten directamente afectados, aunque no habiten en el
territorio de la entidad local.
Los colegios oficiales, cámaras oficiales, sindicatos, asociaciones y
demás entidades legalmente constituidas para velar por los intereses
profesionales o económicos y vecinales, cuando actúen en defensa
de los que les son propios.
El apartado segundo del mismo artículo nos dice que
únicamente podrán entablarse reclamaciones contra el
Presupuesto General, en los siguientes supuestos:
Por no haberse ajustado su elaboración y aprobación a los trámites
establecidos en esta ley.
Por omitir el crédito necesario para el cumplimiento de obligaciones
exigibles a la entidad local, en virtud de precepto legal o de cualquier
otro título legítimo.
Por ser de manifiesta insuficiencia los ingresos con relación a los
gastos presupuestados o bien de estos respecto a las necesidades
para las que estén previstos.
Pleno ordinario 27-12-2013
84
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
4. Reclamaciones presentadas contra la aprobación inicial del
Presupuesto General para 2014.
El Presupuesto General de 2014 fue aprobado
inicialmente por acuerdo de Pleno de 30 de octubre de 2013 y
permaneció expuesto al público durante quince días hábiles,
contados a partir del siguiente día de la publicación en el
BOCM del citado acuerdo de aprobación inicial, que tuvo lugar
el 6 de noviembre de 2013.
Todas las reclamaciones presentadas han sido remitidas
al Servicio de Estudios y Análisis económico para informe. A su
vez dicho servicio ha realizado las oportunas remisiones a los
correspondientes departamentos municipales para la emisión de
los informes necesarios para su resolución
A esta Intervención se le ha encomendado la emisión de
informe sobre la reclamación presentada por el Grupo
Municipal de Izquierda Unida Los Verdes, concretamente en lo
referente al apartado 1 de la alegación 2ª y a la alegación 4ª:
5. Informe en relación con las reclamaciones presentadas
contra el Presupuesto General para 2014 inicialmente
aprobado, sobre las que se ha solicitado informe de
Intervención.
5.1. Alegaciones presentadas por D. Juan Santana
Uriarte, en su condición de Portavoz del Grupo Municipal
Izquierda Unida – Los Verdes de este Ayuntamiento, mediante
escrito de fecha 22 de noviembre de 2013 con registro de
entrada núm. 20428 del 22 de noviembre de 2013.
Segunda <<Sobre la insuficiente justificación de
ingresos para asegurar el equilibrio presupuestario:
a. La reclamación, en este apartado se concreta sucintamente en
lo siguiente:”(….) El período de alegaciones al Presupuesto concluye
antes de que se produzca la aprobación definitiva de las ordenanzas
que son las que determinan en gran parte el presupuesto de ingresos
y podrían sufrir variaciones durante su tramitación, por lo que, a juicio
de este grupo, el proyecto de presupuestos no tendría soporte legal
definitivo que justifique las previsiones de ingresos recogidas[…]>>
Pleno ordinario 27-12-2013
85
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
Los expedientes de aprobación del Presupuesto
General para el 2014 y de aprobación de las
Modificaciones a las Ordenanzas Fiscales para 2014, son
distintos y cada uno de ellos tiene que someterse a la
tramitación exigida por la normativa que le sea aplicable.
Sin embargo, es cierto que ambos expedientes están
relacionados entre sí, porque a través de ellos se
materializan buena parte de los objetivos de la política
económica del Gobierno municipal.
En este contexto, una parte importante de las
previsiones de ingreso del Presupuesto, una vez excluida
la correspondiente a la Participación en los Ingresos del
Estado, derivan de los recursos de carácter tributario. En
dichos capítulos, las previsiones han sido calculadas
atendiendo a la evolución de los derechos reconocidos y
la cobertura presupuestaria de los mismos en periodos
anteriores, a las Ordenanzas Fiscales que están vigentes,
así como a las modificaciones que se proyectan introducir
en las mismas con vigencia para el ejercicio 2014.
Del mismo modo, las modificaciones de las
Ordenanzas Fiscales que el Gobierno municipal propone
para 2014 se ajustan a las necesidades de financiación de
los gastos que se proyectan en el Presupuesto General,
teniendo en consideración las limitaciones legales y las
necesidades de nivelación que la normativa impone.
Por lo tanto, ambos expedientes se basan en los
objetivos de política económica del Gobierno municipal y
en ese contexto deben evaluarse. Si hubiera que
condicionar la aprobación de un expediente a la del otro,
considerando que ambos tienen distintos plazos legales de
tramitación, no podría alcanzarse la plena vigencia de los
mismos antes del inicio del próximo ejercicio.
En consecuencia de lo anterior y considerando de
que, por una parte, no existe una obligación legal expresa
de condicionar recíprocamente la aprobación de ambos
expedientes y, por otra, no existe sincronía en los plazos
legales de tramitación de los mismos, esta Intervención
considera que procede desestimar la presente alegación.
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
Cuarta.- <<Sobre los ingresos procedentes de operaciones con
el patrimonio del suelo: La reclamación, en este apartado se
concreta sucintamente en lo siguiente:”[…] la partida 520.01 Intereses
de depósitos a plazo en entidades financieras, la constituirán ingresos
afectados a fines específicos, dado que proceden de la inversión en
productos financieros de una parte importante de los ingresos obtenidos por
la venta de patrimonio público de suelo […] A juicio de esta parte los
intereses de los depósitos obtenidos por los excedentes de tesorería que se
generaron por la venta de dos parcelas municipales deberían ser
considerados ingresos afectados>>.
En este apartado hay que decir que los ingresos previstos
en el concepto 520.00 Intereses en Bancos y Cajas de Ahorro se
liquidan por el mantenimiento de depósitos en entidades
bancarias de saldos o puntas de Tesorería derivados de la
ejecución del Presupuesto y, por lo tanto, tienen naturaleza
corriente, de acuerdo con La Orden EHA/3565/2008, de 3 de
diciembre, por la que se aprueba la estructura de los
Presupuestos de las Entidades Locales. Por este motivo, tanto
éstos como los restantes ingresos recogidos en el capítulo V
“Ingresos Patrimoniales”, constituyen recursos destinados a
financiar genéricamente las operaciones del estado de gastos
del Presupuesto.
Respecto a su posible calificación como ingresos del
Patrimonio Público del Suelo (PMS), como alega el reclamante,
hay que hacer constar que todos los recursos obtenidos por este
Ayuntamiento como consecuencia de la enajenación de bienes
integrantes del PMS han sido destinados a financiar inversiones
compatibles con lo dispuesto en la LSCM en el momento del
reconocimiento, en su día, de los correspondientes derechos.
Dicha afectación se ha reflejado debidamente en la contabilidad
municipal, recogiéndose los desfases de ejecución entre la
realización dichos ingresos y los gastos a cuya financiación
estaban afectados, como establece la vigente Instrucción de
Contabilidad, en las oportunas desviaciones positivas o
negativas de financiación.
De hecho, las desviaciones positivas acumuladas para
estos derechos o excesos de financiación afectada, calculadas al
final del ejercicio 2012 último liquidado, determinan la parte de
financiación afectada por este motivo que no ha sido aún
aplicada a su finalidad específica y que, como puede observarse
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
en el Estado del Remanente de Tesorería de la liquidación de
dicho presupuesto, es menor que los Fondos Líquidos de
Tesorería que constan en el mismo.
En este contexto, al regir el principio de “Caja única” en
la gestión de la Tesorería, resulta excesivo vincular estas
disponibilidades de Tesorería por las que se perciben los
intereses previstos en el Presupuesto municipal de 2014,
exclusivamente con el producto de la enajenación de bienes
integrantes del PMS, por lo que, a juicio de esta Intervención,
procede desestimar la alegación por este motivo.”
R) PROPUESTA del Concejal Delegado de Economía y
Hacienda, , cuyo texto es el siguiente:
“El Presupuesto General de 2014 fue aprobado inicialmente
por acuerdo de Pleno de 30 de octubre de 2013 y permaneció
expuesto al público para su examen y presentación de
reclamaciones hasta el 23 de noviembre, inclusive (quince días
hábiles contados a partir del siguiente día de su publicación en
el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el 6 de noviembre
de 2013).
El Secretario General del Ayuntamiento certificó el 27 de
noviembre que durante el tiempo de exposición del Presupuesto
2014 se han registrado las siguientes reclamaciones:
Fecha de
Registro
Número
de
Registro
Interesado
22-11-2013
20400
Grupo Municipal Socialista
22-11-2013
20428
Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los
Verdes
Pleno ordinario 27-12-2013
88
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
Todas las reclamaciones presentadas se remitieron al Servicio
de Estudios y Análisis Económicos para informe, que, a su vez,
cursó algunas alegaciones a los departamentos municipales que
se indican a continuación:
Reclamación presentada por el Grupo Municipal Unión
Progreso y Democracia del Ayuntamiento de
Majadahonda:
o Al Tesorero municipal, el epígrafe 1 de Motivos,
punto l relativo a los intereses de demora.
o Al responsable del programa Otros servicios
administrativos de urbanismo, el epígrafe 1 de
Motivos, punto ll relacionado con el consumo de
energía eléctrica del edificio de la Policía
municipal; y el epígrafe 2, punto ll que hace
referencia a las tasas por licencias de apertura.
Reclamación presentada por el Grupo Municipal
Izquierda Unida-Los Verdes del Ayuntamiento de
Majadahonda:
o Al responsable de Recursos humanos, la Alegación
primera sobre la omisión en el anexo de personal de
algunas retribuciones.
o A la Intervención municipal, la Alegación segunda,
epígrafe 2.1 relativo a las Ordenanzas fiscales; y la
Alegación cuarta sobre el destino de los ingresos
por intereses de depósitos a plazo.
22-11-2013
20430
Grupo Municipal Unión Progreso y
Democracia
23-11-2013 20443 María Yolanda Cavadas Redondo
26-11-2013 20536 Asociación de Vecinos del Municipio de
Majadahonda
26-11-2013
20547
Asociación de Vecinos del Municipio de
Majadahonda
Pleno ordinario 27-12-2013
89
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
o Al responsable de los programas de Servicios
sociales, la Alegación tercera relacionada con
gestión de ayuda a domicilio.
Reclamación presentada por Dª M. Yolanda Cavadas
Redondo, Técnico de Gestión del Ayuntamiento de
Majadahonda:
o Al responsable de Recursos humanos.
En consecuencia, el expediente consta de los siguientes
documentos:
Certificado del Secretario General del Ayuntamiento de
Majadahonda sobre el registro de las alegaciones
presentadas en el período de exposición pública, de fecha
27 de noviembre de 2013.
Las reclamaciones relacionadas en el cuadro anterior.
Informe del Tesorero municipal, de fecha 28 de noviembre
de 2013.
Informes del Jefe de Servicio de Obras, Mantenimiento y
Actividades, de fecha 29 de noviembre de 2013.
Informe del Jefe del Servicio de Análisis y Estudios
Económicos, de fecha 5 de diciembre de 2013.
Informe del Director de Recursos Humanos, de fecha 2 de
diciembre de 2013.
Informe del Director de Recursos Humanos, de fecha 4 de
diciembre de 2013.
Informe de la Directora de Servicios Sociales y Familia,
de fecha 5 de diciembre de 2013.
Informe del Interventor municipal, de fecha 11 de
diciembre de 2013.
Todos los reclamantes están legitimados para presentar
alegaciones según el Art. 170.1 del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL), de
acuerdo con el Informe del Jefe del Servicio de Estudios y
Análisis Económicos, de fecha 5 de diciembre de 2013.
Atendiendo a los citados informes, se propone al Pleno de
la Corporación la adopción de los siguientes acuerdos:
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
Primero: No admitir a trámite las reclamaciones presentadas
por D. Miguel Moreta Jiménez y Dª Claudia Solas Pico,
Presidente y Secretaria, respectivamente, de la Asociación de
Vecinos del Municipio de Majadahonda por extemporánea, de
acuerdo con el artículo 169 del Texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales; el Certificado del
Secretario General del Ayuntamiento de Majadahonda, de fecha
27 de noviembre; y el Informe del Jefe del Servicio de Análisis y
Estudios Económicos, de fecha 5 de diciembre.
Segundo: Desestimar la reclamación presentada por el Grupo
Municipal Socialista por no ajustarse ninguna de sus
alegaciones al artículo 170.2 del Texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, de acuerdo con el
Informe del Jefe del Servicios de Estudios y Análisis
Económicos de fecha 5 de diciembre de 2013.
Tercero: Desestimar la primera alegación del Grupo Municipal
de Izquierda Unida-Los Verdes, relacionada con el Anexo de
personal, por los motivos recogidos en el Informe del Director
de Recursos Humanos de fecha 2 de diciembre de 2013.
Cuarto: Desestimar el apartado 2.1 de la segunda alegación del
Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, relacionada
con la simultaneidad en la tramitación de los expedientes
presupuestario y de las ordenanzas fiscales, de acuerdo con el
Informe de Intervención de fecha 11 de diciembre de 2013.
Quinto: Desestimar los apartados 2.2, 2.3 y 2.4 de la segunda
alegación del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes,
relacionada con la insuficiente justificación de ingresos para
asegurar el equilibrio presupuestario por no ajustarse los
motivos alegados al artículo 170.2 del Texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, de acuerdo con el
informe del Jefe del Servicio de Estudios y Análisis Económicos
de fecha 5 de diciembre de 2013.
Sexto: Desestimar la tercera alegación del Grupo Municipal de
Izquierda Unida-Los Verdes, sobre la insuficiencia de créditos
para atender obligaciones reconocidas, por los motivos
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
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expuestos en el Informe de Servicios Sociales de fecha 5 de
diciembre de 2013.
Séptimo: Desestimar la cuarta alegación del Grupo Municipal
de Izquierda Unida-Los Verdes, sobre los ingresos procedentes
de operaciones con el patrimonio del suelo, por los motivos
expuestos en el Informe de Intervención, de fecha 11 de
diciembre de 2013.
Octavo: Desestimar el apartado l de Motivos 1 de la
reclamación presentada por el Grupo Municipal Unión
Progreso y Democracia, relacionado con los intereses de
demora, por los motivos expuestos en el Informe del Tesorero
municipal de fecha 28 de noviembre de 2013.
Noveno: Desestimar el apartado ll de Motivos 1 de la
reclamación presentada por el Grupo Municipal Unión
Progreso y Democracia, relacionado con la partida de
suministro de energía eléctrica del programa de
Administración general de seguridad y protección civil, por los
motivos expuestos en el Informe del Jefe de Servicio de Obras,
Mantenimiento y Actividades de fecha 29 de noviembre de 2013.
Décimo: Desestimar el apartado l de Motivos 2 de la
reclamación presentada por el Grupo Municipal Unión
Progreso y Democracia, relacionado con el Impuesto de
plusvalía, por no ajustarse los motivos alegados al artículo
170.2.c del Texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, de acuerdo con el informe del Jefe del
Servicio de Estudios y Análisis Económicos de fecha 5 de
diciembre de 2013.
Undécimo: Desestimar el apartado ll de Motivos 2 de la
reclamación presentada por el Grupo Municipal Unión
Progreso y Democracia, relacionado las tasas por licencia de
apertura, por los motivos expuestos en el Informe del Jefe de
Servicio de Obras, Mantenimiento y Actividades de fecha 29 de
noviembre de 2013.
Duodécimo: Desestimar las alegaciones presentadas por Dª M.
Yolanda Cavadas Redondo, relacionada con la retribución
complementaria en concepto de “complemento específico”, por
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
los motivos recogidos en el Informe del Director de Recursos
Humanos de fecha 4 de diciembre de 2013.”
Decimotercero: Aprobar definitivamente el Presupuesto
General del Ayuntamiento de Majadahonda para 2014,
ordenando su publicación definitiva en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid.”
S) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Economía y
Hacienda, de 23 de diciembre de 2013, favorable.
El Concejal Delegado de Economía y Hacienda, Sr. Díaz, indica
que en este caso se presenta a aprobación definitiva el Presupuesto
General de este Ayuntamiento para el año 2014 que fue aprobado
inicialmente el 30 de octubre y ha permanecido expuesto al público,
para su examen y presentación de alegaciones hasta el 23 de
noviembre.
Sigue diciendo que han presentado alegaciones los Grupos
Municipales Socialista, Izquierda Unida-Los Verdes, Unión Progreso
y Democracia, Dª Yolanda Cavadas y la Asociación de Vecinos de
Majadahonda.
Aclara que las dos alegaciones presentadas por la Asociación de
Vecinos de Majadahonda tuvieron entrada en el Registro General el 26
de noviembre y por ello está claro que fueron presentadas fuera de
plazo por lo que no se han admitido a trámite al considerarse
extemporáneas conforme al artículo 169 del Texto Refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Termina su intervención diciendo que se propone la
desestimación del resto de las reclamaciones presentadas,
desestimación que ha sido motivada, en algunos casos, por los
diferentes informes técnicos que se han incorporado al expediente y
las demás por no ajustarse a los motivos alegados en el artículo 170.2
del mismo texto legal.
El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón, indica
que su grupo ya esperaba que no se fueran a aceptar las alegaciones
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
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que ha presentado y desea exponerlas a los vecinos para que las
conozcan.
Sigue diciendo que su grupo ya dijo, en el Pleno celebrado en el
mes de octubre, que quiere participar en las decisiones que incumben a
los vecinos de Majadahonda, a los Presupuestos, quiere abrir la
participación a nuestros vecinos y quiere ser constructivo y por ello
entendió que las alegaciones que había presentado eran de puro
sentido común.
Aclara, para que lo sepan los vecinos, que las alegaciones que su
grupo ha presentado pretenden que el equipo de gobierno del Partido
Popular inste al Gobierno de la Comunidad de Madrid, también del
Partido Popular, a que no reduzca de manera tan drástica (24% menos)
las transferencias corrientes en cumplimiento de los convenios
suscritos con este Ayuntamiento, petición que hace porque esas
transferencias ya se redujeron el año anterior.
Añade que las bajadas de esas transferencias se producen en los
siguientes programas: En Servicios Sociales y Políticas de Igualdad la
bajada es del 25%, en Educación es del 42% menos, en Empleo y
Desarrollo Local es el 99,9% menos, en Consumo, Cultura y Juventud
el 99,9% menos, en Seguridad (BESCAM) el 30% menos y en
Formación y Empleo el 17% menos y a continuación pregunta si el
equipo de gobierno ha realizado alguna gestión con la Comunidad de
Madrid para defender los intereses de los majariegos.
Respecto al capítulo V “Ingresos patrimoniales”, su grupo ha
presentado una alegación porque, aunque las concesiones
administrativas ofrecen en Majadahonda un servicio de calidad, en
diversos casos esas concesiones no aportan a las arcas municipales las
cantidades económicas que deberían por el hecho de estar utilizando
grandes superficies de suelo público y por ello ha propuesto revisar los
contratos firmados con las empresas concesionarias para aumentar el
canon que abonan a este Ayuntamiento.
A continuación pregunta al equipo de gobierno si va a seguir
permitiendo que esas empresas concesionarias sigan “con esos
chollos” o va a subir el canon a las empresas que abonan una cantidad
ridícula y también pregunta si el equipo de gobierno ha previsto
alguna actuación en el sentido que ha expuesto.
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
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Aclara que su grupo presentó alegación al Presupuesto de Gastos
y planteó, respecto al programa 1720 “Protección y mejora del medio
ambiente”, que se aumentaran las transferencias que se realizan al
Patronato Monte del Pilar en una cantidad que permita a dicho
organismo llevar una inversión que se aproxime a la cantidad que
aconseja el Plan Especial que es el 25% de su Presupuesto, porcentaje
muy lejano al que se destina en estos momentos (0,7%
aproximadamente).
A continuación recuerda que el equipo de gobierno siempre dice
que hace muchísimo caso a los informes de los técnicos municipales e
incluso se escuda constantemente en ellos para justificar sus
actuaciones políticas, que no técnicas, y por ello pregunta por qué no
hace caso al Plan Especial del Monte del Pilar que aconseja amentar
las inversiones.
Sigue diciendo, respecto al programa 2320 “Promoción Social”,
que su grupo pidió que se aumentara la partida de transferencias
corrientes al Programa de Ayuda al Desarrollo hasta el 0,7% y no el
0,075% que se da actualmente.
Aclara que ha solicitado, en el programa 2330 “Atención a
personas dependientes”, que no se lleven a cabo las bajadas previstas
de 55.000 euros en el capítulo I de dicho programa (Gastos de
Personal), de 240.000 euros en el capítulo II (Contratación de
servicios), de 73.107 euros en el capítulo IV (Transferencias
corrientes a familias e instituciones sin fines de lucro).
Manifiesta que también ha pedido que en el programa 3210
“Enseñanza preescolar y primaria”, no se lleven a cabo las bajadas
previstas en dicho programa como la de 19.000 euros en el capítulo II
(Contratación de servicios culturales, deportivos, sanitarios y sociales)
o la de 36.000 euros en el capítulo IV (Transferencias corrientes a
instituciones sin fines de lucro).
Sigue diciendo que también ha planteado, respecto al programa
3230 de promoción educativa, que no se lleve a cabo la amortización
de la plaza de profesor del CEPA (60.000 euros menos en el capítulo I
de dicho programa).
Respecto al programa 3390 “Juventud”, ha pedido que no se
lleven a cabo las siguientes bajadas previstas en el mismo como es la
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
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de 9.663 euros menos en un programa que ya tiene un bajísimo
presupuesto.
Añade, respecto al capítulo de inversiones, que su grupo ha
solicitado que se incluya una cantidad que permita llevar a cabo la
instalación de techos para realizar actividades deportivas en los
Colegios El Tejar y Francisco de Quevedo. Aclara que esta petición se
fundamenta en la moción que su grupo presentó en el mes de marzo de
este año y que fue aprobada, por unanimidad, por todos los grupos
políticos sin que se haya llevado a cabo hasta el día de hoy y por ello
solicita que en la partida de inversiones se incluya la cantidad
necesaria que permita incluir estas inversiones a realizar en los
mencionados colegios públicos.
Manifiesta a continuación que su grupo no entiende para qué
sirven los documentos cuya realización se contrata y tampoco los que
se refieren a “Majadahonda Excelente” cuando en el Presupuesto no se
prevé ningún plan que permita ejecutar esas ideas y a su grupo le
suena extraño que el equipo de gobierno hable de hacer una ciudad
mediante la especialización de la cultura cuando solo contamos con
una biblioteca desde hace más de 25 años; tampoco entiende que se
hable de un servicio de transporte de calidad cuando se eliminan líneas
de autobuses y nuestros vecinos cuentan con menos líneas que
municipios similares a Majadahonda.
Aclara que su grupo tampoco entiende que se hable de apostar
por la calidad de vida a través de la excelencia en la sanidad cuando
Majadahonda cuenta con solo dos centros de salud y municipios de
alrededor tienen tres.
Indica que no entiende que se hable de ofrecer mejores servicios
públicos pero no se haga alusión a los recortes que se han efectuado en
esos servicios públicos o a la subida sufrida durante los últimos años
en el impuesto sobre bienes inmuebles cuando otros municipios,
similares al nuestro, no han tenido esa subida y no la han tenido por
los motivos de los que se ha hablado en el Pleno en muchas ocasiones.
Aclara seguidamente que su grupo no puede votar a favor de
estos Presupuestos, y tampoco abstenerse, porque el equipo de
gobierno no ha querido cambiar nada y recuerda, como ha dicho en
otras ocasiones, que el Grupo Socialista tenía y sigue teniendo la
intención de ser constructivo y votar a favor de unos Presupuestos
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
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pero siempre que sean sociales y no recojan recortes continuos como
los que se están planteando.
Termina su intervención diciendo que su grupo cree que se debe
aprovechar el superávit que tiene este Ayuntamiento debido al
esfuerzo que han hecho los vecinos de Majadahonda al pagar sus
impuestos, para mejorar lo existente, para crear y creer en los servicios
públicos, para invertir y para ayudar a corregir los efectos más
negativos de la crisis económica y espera que el equipo de gobierno
no se escude más en decir que no es una competencia municipal.
El Viceportavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y
Democracia, Sr. Gil, indica que su grupo presentó alegaciones al
Presupuesto de 2014 porque, aunque el Presupuesto ya se debatió
políticamente en el Pleno celebrado en el mes de octubre, considera
que ciertas partidas no se ajustan a la realidad lo que le preocupa
muchísimo sobre todo cuando el Presupuesto que va a aprobarse hoy
tiene una diferencia, entre ingresos y gastos, de tan solo 658 euros lo
que considera muy arriesgado porque, con esa diferencia tan ridícula,
cualquier error en las previsiones puede provocar que se apruebe un
Presupuesto que saldría, de partida, sin nivelar.
Sigue diciendo que la primera de las alegaciones que su grupo
ha presentado se refiere a la partida destinada al pago de intereses de
demora incluida en el programa “Gestión de la deuda y la tesorería”.
Aclara que, desde el punto de vista de su grupo, la cantidad
presupuestada es claramente insuficiente porque recuerda que se
aprobó, en la sesión plenaria anterior, una modificación de créditos
porque la cantidad consignada era insuficiente y, teniendo en cuenta la
cantidad de procedimientos en los que este Ayuntamiento está inmerso
actualmente, cree muy probable que falte dinero.
Añade que es totalmente necesario realizar una previsión realista
para que las cuentas municipales no se vean perjudicadas pero el
equipo de gobierno no ha hecho caso a esta alegación.
Manifiesta que la segunda de las alegaciones que ha presentado
se refiere al programa “Administración general de la seguridad y
protección civil” cuyo destino es atender los gastos de suministro de
energía eléctrica del, desde su punto de vista, desproporcionado
edificio de la Policía Local. Aclara que esa partida, solo para energía
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AYUNTAMIENTO DE
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eléctrica, está dotada con 200.000 euros aunque su grupo cree que esa
cantidad va a ser insuficiente porque, hasta junio de 2013, se han
gastado 18.000 euros a pesar de que el edificio estaba cerrado y por
ello considera que ahora que está abierto, aunque esos 200.000 euros
es una cantidad desorbitada, van a ser insuficientes. Añade que el
equipo de gobierno tampoco ha hecho caso a esta alegación.
Indica que la tercera alegación que su grupo ha presentado se
refiere al Impuesto sobre Plusvalías porque la previsión que se ha
realizado prevé un aumento del 3,4% cuando el impuesto se ha
congelado. Aclara que su grupo cree que esa subida es excesiva
porque este impuesto depende del mercado inmobiliario y las
previsiones actuales no son buenas en ese sentido pero, a pesar de ello,
el equipo de gobierno sigue aumentando las previsiones de ingresos.
Manifiesta que la cuarta alegación se refiere a la tasa de apertura
de establecimientos en la que se han presupuestado 2,2 millones de
euros de ingresos (aumento del 144% respecto del 2013), cantidad que
no considera razonable porque en la respuesta que ha recibido esta
alegación se dice que, para alcanzar esa cantidad, se ha tenido en
cuenta una licencia cuyos ingresos ya se han recibido en el año 2013 y
también que existen 12 parcelas en Carril del Tejar que pueden ser
utilizadas pero su grupo cree que no es prudente reflejar esos ingresos
en el Presupuesto a no ser que se tenga la certeza de que esas parcelas
van a ser construidas y tampoco considera prudente reflejar una
previsión de algo que ya se ha producido en 2013 y sobre todo no lo es
cuando el Presupuesto que se va a aprobar prevé un margen de tan
solo 648 euros.
Sigue diciendo que las alegaciones que su grupo presentó para el
ejercicio anterior, eran muy similares a las que ha presentado para
2014 y lo que en ellas se planteaba se fue cumpliendo y en ellas se
decía, por ejemplo, que lo presupuestado para el agua de parques y
jardines era una cantidad insuficiente y, aunque el equipo de gobierno
dijo que era muy prudente en sus previsiones y que Unión Progreso y
Democracia no tenía razón, se comprobó que tenía razón porque, en
septiembre de 2013, el equipo de gobierno tuvo que aprobar una
modificación de créditos porque no había suficiente dinero para
afrontar esos gastos de agua. Insiste en que su grupo avisó de ello pero
al equipo de gobierno le dio lo mismo.
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
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Considera que elaborar unos Presupuestos es un mero trámite
para el equipo de gobierno porque a lo largo del año va a cambiarlos
sin tener, desde el punto de vista de su grupo, ningún tipo de
planificación y cree que se limita a tapar agujeros sin ningún plan
concreto y eso para su grupo no es elaborar un Presupuesto.
Aclara que, en el plano político, los Presupuestos que se
presentan son los mismos porque el equipo de gobierno no ha
aceptado ninguna de las sugerencias que se han presentado y la
realidad es que sigue recortando en lo esencial para mantener los
gastos que, desde el punto de vista de su grupo, son prescindibles.
Añade que se mantienen los 275.000 euros de gastos (28% más
que el año anterior) que corresponden al sistema de alquiler de
bicicletas, aumentan los gastos en propaganda el 57%, se sigue
gastando muchísimo dinero en la adquisición de flores y se sigue
manteniendo el gasto en competencias impropias como los 400.000
euros que se destinan al pago de alquileres de los locales donde están
ubicados los Juzgados, todos ellos ejemplos que demuestran las
prioridades del equipo de gobierno y muestran el gasto superfluo que
no elimina y sin embargo recorta el 6% en los gastos de la Concejalía
de Servicios Sociales, el 17,5% las ayudas al transporte sin revisar,
con anterioridad, si era necesario ampliar esa ayuda a otros colectivos
como familias con todos sus miembros en paro o estudiantes con
pocos recursos.
Indica a continuación que las ayudas de emergencia social, en
este municipio de 70.000 habitantes, ascienden solamente a 15.000
euros, cifra que, desde el punto de vista de su grupo, es ridícula y
considera que el equipo de gobierno, cuando tiene que elegir entre
propaganda y servicios sociales, elige siempre propaganda.
Añade que su grupo tiene unas prioridad3es distintas a las del
equipo de gobierno y, cuando habla de las prioridades, lo hace
refiriéndose, por ejemplo, a las ayudas que se conceden para
emergencia social.
Sigue diciendo que el Presupuesto de Cultura es prácticamente
el mismo y sus partidas no varían prácticamente nada y únicamente ha
detectado un aumento de 15.000 euros en una “partida muy concreta”
como es la de Otros Gastos Diversos y pregunta al equipo de gobierno
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si esos son todos los nuevos planes que tiene esta Concejalía para
2014.
Aclara que, desde el punto de vista de su grupo, el Presupuesto
de Juventud da pena porque supone el 0,8% del total del gasto de este
Ayuntamiento y además es recortado el 1,8% por lo que, reitera,
cuando el equipo de gobierno tiene que elegir entre bicicletas y
juventud, está claro que elige las bicicletas.
Continúa diciendo que las que ha expuesto son las prioridades
que el equipo de gobierno viene demostrando y su grupo no está de
acuerdo con ellas en su parte técnica y por ello ha presentado unas
alegaciones que el equipo de gobierno no ha tenido en cuenta pero se
irá viendo, a lo largo del año, si se cumple todo lo que ha estado
diciendo. Añade que, en su parte política, el equipo de gobierno no ha
escuchado lo que su grupo ha venido diciendo tanto en el Pleno como
en las comisiones informativas y no ha contado con nadie a la hora de
efectuar los Presupuestos que han sido realizados solo por el equipo de
gobierno.
Continúa diciendo que le gustaría que el equipo contara con
Unión Progreso y Democracia, ofrecimiento que viene realizando
todos los años. Añade que sería conveniente que todos los grupos
municipales se reunieran, al inicio de la elaboración de los
Presupuestos, para presentar propuestas sobre los programas que
pueden ser recortados y aquellos en los que sería necesario aportar
más dinero pero el equipo de gobierno sigue empeñado en no celebrar
esa reunión que, desde el punto de vista de su grupo, sería interesante,
al menos, para intercambiar sus opiniones antes de que se elaboren los
Presupuestos.
Termina su intervención aclarando que mientras que no se
pongan en marcha iniciativas como la que ha propuesto y no se
recojan en los Presupuestos alguna de las prioridades que su grupo
tiene, no va a votar a favor de los Presupuestos del equipo de
gobierno.
El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,
Sr. Santana, indica que está claro que este Presupuesto es solo del
equipo de gobierno porque no ha aceptado ninguna de las alegaciones
que han presentado los grupos de la oposición y la Asociación de
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
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Vecinos de Majadahonda y de hecho no se han aceptado las que tenían
un contenido más político y tampoco las que tenían un contenido más
técnico por lo que, reitera, está claro que es el Presupuesto del equipo
de gobierno.
Sigue diciendo que su grupo no comparte este Presupuesto
porque simboliza la manera que el equipo de gobierno del Partido
Popular tiene de entender la gestión presupuestaria y el modelo de
ciudad.
Aclara que, desde su punto de vista, este Presupuesto sigue
ahondando en la privatización de servicios públicos en el que cada vez
pierde más peso la gestión directa de los mismos y que afecta también
al personal de este Ayuntamiento y por ello se ve cómo las grandes
empresas que prestan los grandes servicios privatizados acumulan más
Presupuesto (casi el 60% del gasto en bienes corrientes y servicios) lo
que ocurre en el servicio de limpieza y recogida de residuos,
mantenimiento de la ciudad y parques y jardines.
Añade que también se puede comprobar que se sigue ahondando
en un modelo que es cada vez más excluyente para el vecino y su
grupo no sabe si se sigue aplicando la lógica de darwinismo social por
la que solo podrá vivir en Majadahonda quien pueda pagarlo y dice
esto porque el equipo de gobierno quita dinero de las partidas más
sensibles mientras que fomenta un modelo de concesiones
administrativas a las que no puede acceder una parte importante de los
vecinos a pesar de que ese patrimonio es suyo y, por ejemplo, muy
pocos vecinos pueden acceder a la concesión administrativa de un
gimnasio que apenas aporta dinero a este Ayuntamiento.
Indica que es curioso que se puede comprobar, comparando el
Presupuesto del ejercicio 2011 (inicio de esta legislatura) con el del
ejercicio 2014, que mientras que el gasto en bienes corrientes y
servicios ha aumentado el 5%, el peso que tiene el gasto social
educativo o cultural sobre el total de ese gasto en bienes corrientes y
servicios, ha bajado 6 puntos (30%) lo que se traduce, por ejemplo, en
que bajan las previsiones de actuaciones en Servicios Sociales, en
Familia, en Mayores, en Igualdad, en apoyo a los centros escolares, en
Cultura y en la Escuela de Adultos.
Manifiesta que aunque se puede decir que el Presupuesto, desde
un punto de vista económico, se mantiene prácticamente estable, los
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
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propios servicios reconocían, en sus objetivos e indicadores, que sus
actuaciones iban a disminuir. A continuación explica que su grupo
cree que el equipo de gobierno, hace dos o tres años, ha dado una
orden a todos los servicios para que ahorren lo que se hace incluso en
pequeños servicios y así, por ejemplo, se han recortado 5.000 euros en
el programa SEDA, recortes que se producen mientras que se ve que
en otro tipo de gastos no se produce ningún ahorro y de hecho incluso
se premia a algunas concejalías a las que se les aumentan sus
consignaciones como ocurre, por ejemplo, con los 150.000 euros de
agua para regar las flores de temporada que, desde el punto de vista de
su grupo, son la seña de identidad de este municipio que demuestra el
modelo presupuestario de ciudad que tiene el equipo de gobierno.
Sigue diciendo que en ese modelo presupuestario también se
pueden ver cuáles son las consecuencias que tiene ese falso debate,
que se ha aplicado, a nivel nacional, sobre el tema de las duplicidades
y la necesidad de reformar la administración local para aclarar las
competencias que, desde el punto de vista de su grupo, solo ha
significado privatización de servicios e imponer un modelo de recorte
de servicios públicos.
Considera a continuación que este Presupuesto es un claro
ejemplo de ello porque se ve lo que va a ocurrir con muchos servicios
como, por ejemplo, con las transferencias que recibimos de la
Comunidad de Madrid que bajan, en este Presupuesto, el 25% y desde
el inicio de este mandato han bajado el 40% las transferencias que nos
hacía por asumir servicios de su competencia.
Añade que lo va a pasar ahora es lo que ha indicado
anteriormente y es que bajan las transferencias de la Comunidad de
Madrid en Servicios Sociales, en Educación, desaparecían las de las
clases extraescolares, aumentaban las tasas en escuelas infantiles,
bajaban las destinadas a formación de desempleados y además no
vamos a recibir 700.000 euros para las BESCAM, 700.000 euros que
van a acabar siendo asumidos por este Ayuntamiento a pesar de que
esa competencia era estrictamente de la Comunidad puesto que se
comprometió, a través de un convenio, a pagar todo el dinero de las
BESCAM y este Ayuntamiento, para poder asumir esos pagos, ha
tenido que detraer esos 700.000 euros de otras partidas
presupuestarias.
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
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Aclara que a su grupo no le gusta este Presupuesto, además de
por los motivos que ya ha indicado, por la manera en que se hace y
recuerda que, en numerosas ocasiones, ha planteado la necesidad de
aplicar otro mecanismo implementando procesos participativos en la
elaboración de los Presupuestos para que los vecinos puedan opinar
sobre las inversiones que se deben realizar, dónde se debe gastar el
dinero y, en caso de que fuera necesario, dónde se debe recortar y
considera que la ciudadanía de Majadahonda es lo suficientemente
madura e inteligente para ello y también considera que es “lo
suficientemente madura e inteligente” como para haber dado al Partido
Popular la mayoría absoluta.
Indica seguidamente que, cuando se estudian estos Presupuestos,
se puede detectar una cierta trampa en el debate presupuestario y es la
de presentarlos como un simple debate técnico cuando su grupo cree
que no lo es y considera que es un acto político puesto que es un
documento en el que se recogen posiciones ideológicas y modelos de
ciudad y de hecho se puede comprobar que, por ejemplo, cuando su
grupo alega falta de dinero en la Concejalía de Servicios Sociales, un
técnico dice que, en los últimos años, los recursos humanos de la
actual Concejalía de Bienestar Social, Salud y Familia se han visto
mermados por una disminución gradual del número de profesionales
y que asimismo se ha producido un aumento de la demanda de los
usuarios, el número de profesionales ha disminuido por distintas
causas (jubilaciones, permisos de maternidad no cubiertos,
finalización de algunos contratos de servicios) y al mismo tiempo la
demanda de población ha aumentado ya que en situaciones de crisis
prolongadas se produce un aumento en la necesidad de prestaciones
tanto de orientación profesional como de utilización de recursos y todo
ello conlleva un importante aumento en la lista de espera. A
continuación que el Concejal Delegado de Bienestar Social, Salud y
Familia manifestaba, en una sesión plenaria anterior, que no hacían
falta trabajadores en los Servicios Sociales porque se podía cubrir la
demanda por lo que considera que al final siempre se imponen los
criterios políticos.
Termina su intervención diciendo que su grupo cree que este
Presupuesto responde al modelo de ciudad del Partido Popular y por
ello está totalmente en contra.
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
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La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica
que su grupo no ha presentado alegaciones porque la realidad es que
hubiera hecho un Presupuesto totalmente distinto al que se propone y
por ello consideró que no tenía sentido alegar porque habría sido
necesario presentar un Presupuesto alternativo lo que no ha hecho
porque su grupo no dispone de medios ni información suficiente para
ello.
A continuación destaca, de todas las alegaciones que se han
presentado y de las respuestas que se han dado a las mismas, quiere la
presentada por una funcionaria de este Ayuntamiento que pone de
manifiesto que los Técnicos de Gestión, Grupo A2, Nivel 24, tienen
un complemento específico de 12.000 euros cuando algunos jefes de
negociado tienen nivel 26, otros el nivel 24, otros el 22, un jefe de
negociado con nivel 21 tiene un mayor complemento específico y
también hay administrativos con nivel 19 que tienen un complemento
específico superior a los 12.000 euros.
Aclara que su grupo esperaba que, en la respuesta a esa
alegación, se explicaran los motivos por los que existían esas
diferencias pero ha visto que el Director de Recursos Humanos
contesta algo que no tiene que ver con lo alegado y además es
insuficiente. Añade que le hubiera gustado que la respuesta a dicha
alegación fuera más concreta y explicase por qué un técnico de
gestión, de nivel 24, tiene un complemento específico de 12.230 euros
y un administrativo, de nivel 19, lo tiene de 12.500 euros, explicación
que pide en estos momentos esperando que le sea facilitada a su grupo
porque no ha podido sacar ninguna conclusión de la respuesta que ha
dado el Director de Recursos Humanos.
Indica que su grupo ya dijo en la anterior sesión plenaria en la
que se trató este asunto, que le extrañaba mucho que se pudieran
ingresar, en 2014, 2,2 millones de euros por la tasa de apertura de
establecimientos y recuerda además que dijo que, como habían
desaparecido los ingresos por calas y zanjas, esos ingresos se preveían
ahora en las licencias de apertura, tema que consta en una alegación
que ha presentado Unión Progreso y Democracia y por ello recuerda
que con la apertura del Gran Plaza, centro comercial bastante grande,
no se llegó a recaudar esa cantidad de dinero pero en el informe
técnico de contestación a esa alegación, y que sirve para justificar los
ingresos de 2,2 millones de euros por licencias de aperturas, se dice
que se han reflejado esos ingresos por el centro comercial Carril del
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AYUNTAMIENTO DE
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Tejar, otro centro comercial en la Ctra. De Pozuelo c/v. a c/ Vázquez
Díaz cuya licencia de construcción se ha concedido hoy mismo, se
habla también de Mercadona, de una gasolinera, de Bricomar y
además se dice que esta licencia fue solicitada en 2013 por lo que su
grupo considera que no debería tenerse en cuenta de cara al ejercicio
2014 y también dice que se tuvo en cuenta la existencia de 12 parcelas
libres en Carril del Tejar para su utilización lo que sorprende mucho a
su grupo porque esas parcelas libres no solo están en Carril del Tejar
sino también en otras muchas zonas de Majadahonda pero ello no
significa que esas parcelas se vayan a llenar de comercios y que haya
que gestionar su licencia de apertura.
Insiste en que su grupo, en su día, ya dijo que con esa cantidad
de ingresos que se prevén por la tasas por licencias de apertura se
pretenden cuadrar los Presupuestos porque considera que no se puede
utilizar como argumento para justificar los 2,2 millones de euros de
ingresos, las 12 parcelas libres en Carril del Tejar porque esas parcelas
pueden continuar estando libres en los años 2014, 2015, etc. y por ello
considera necesario que se tengan en cuenta cuando estén construidas
pero no cuando están libres.
Reitera que, desde el punto de vista de su grupo, ese argumento
se ha utilizado para cuadrar el Presupuesto en lugar de utilizar la tasa
por apertura de calas y zanjas, ingresos que se preveían en diversos
Presupuestos pero nunca se producían y por ello cree que el equipo de
gobierno ha decidido utilizar ahora las licencias de apertura aunque
habrá que esperar a conocer los datos de la ejecución presupuestaria
para comprobar si los ingresos que se prevén ascienden realmente a
esos 2,2 millones de euros o se producen solo por la cuarta parte de
dicha cantidad.
Termina su intervención diciendo que su grupo no apoyó la
aprobación inicial del Presupuesto y ahora tampoco va a aprobarlo
definitivamente.
El Concejal Delegado de Economía y Hacienda, Sr. Díaz, indica
que este acto de aprobación del Presupuesto es uno de los más
importantes del año y considera que es un acto político.
Sigue diciendo que los Presupuestos que se proponen para
aprobación son prudentes, realistas y no están basados en la
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
probabilidad sino en la realidad de la recaudación y recogen
importantes medidas como, por ejemplo, la bajada de impuestos
(bajada del 10% en el recibo del impuesto sobre bienes inmuebles), el
aumento de la ayuda a cooperación al desarrollo e incluso se asumen,
como propios, gastos que no son de competencia municipal y, como es
lógico, algunos aumentan y otros disminuyen pero lo hacen de una
forma racional y añade que no hay que olvidar que todos están sujetos
a un techo de gasto porque, como todos saben, en estos momentos no
se puede gastar todo lo que se quiere o se puede sino lo que permite la
Regla de Gasto.
Termina su intervención diciendo que estos Presupuestos que se
proponen garantizan la financiación para poder realizar inversiones,
mantienen unos servicios públicos de calidad, son racionales, austeros
y liberales, permiten la reducción de impuestos, se ajustan a la Regla
de Gasto y a la ley, permiten pagar a los proveedores en el plazo de 30
días y además son sociales y solidarios y no van a exigir más
sacrificios a nuestros vecinos.
Sometido este asunto a votación, la Corporación, por trece (13)
votos a favor correspondientes al Grupo Municipal Popular y once
(11) votos en contra correspondientes a los Grupos Municipales
Socialista, Unión Progreso y Democracia, Izquierda Unida-Los Verdes
y Centrista, ACUERDA:
Primero: No admitir a trámite las reclamaciones presentadas por D.
Miguel Moreta Jiménez y Dª Claudia Solas Pico, Presidente y
Secretaria, respectivamente, de la Asociación de Vecinos del
Municipio de Majadahonda por extemporánea, de acuerdo con el
artículo 169 del Texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales; el Certificado del Secretario General del
Ayuntamiento de Majadahonda, de fecha 27 de noviembre; y el
Informe del Jefe del Servicio de Análisis y Estudios Económicos, de
fecha 5 de diciembre, anteriormente transcrito.
Segundo: Desestimar la reclamación presentada por el Grupo
Municipal Socialista por no ajustarse ninguna de sus alegaciones al
artículo 170.2 del Texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, de acuerdo con el Informe del Jefe del Servicios
de Estudios y Análisis Económicos de fecha 5 de diciembre de 2013,
anteriormente transcrito.
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MAJADAHONDA
(MADRID)
Tercero: Desestimar la primera alegación del Grupo Municipal de
Izquierda Unida-Los Verdes, relacionada con el Anexo de personal,
por los motivos recogidos en el Informe del Director de Recursos
Humanos de fecha 2 de diciembre de 2013, anteriormente transcrito.
Cuarto: Desestimar el apartado 2.1 de la segunda alegación del Grupo
Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, relacionada con la
simultaneidad en la tramitación de los expedientes presupuestario y de
las ordenanzas fiscales, de acuerdo con el Informe de Intervención de
fecha 11 de diciembre de 2013, anteriormente transcrito.
Quinto: Desestimar los apartados 2.2, 2.3 y 2.4 de la segunda
alegación del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes,
relacionada con la insuficiente justificación de ingresos para asegurar
el equilibrio presupuestario por no ajustarse los motivos alegados al
artículo 170.2 del Texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, de acuerdo con el informe del Jefe del Servicio de
Estudios y Análisis Económicos de fecha 5 de diciembre de 2013,
anteriormente transcrito.
Sexto: Desestimar la tercera alegación del Grupo Municipal de
Izquierda Unida-Los Verdes, sobre la insuficiencia de créditos para
atender obligaciones reconocidas, por los motivos expuestos en el
Informe de Servicios Sociales de fecha 5 de diciembre de 2013,
anteriormente transcrito.
Séptimo: Desestimar la cuarta alegación del Grupo Municipal de
Izquierda Unida-Los Verdes, sobre los ingresos procedentes de
operaciones con el patrimonio del suelo, por los motivos expuestos en
el Informe de Intervención, de fecha 11 de diciembre de 2013,
anteriormente transcrito.
Octavo: Desestimar el apartado l de Motivos 1 de la reclamación
presentada por el Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia,
relacionado con los intereses de demora, por los motivos expuestos en
el Informe del Tesorero municipal de fecha 28 de noviembre de 2013,
anteriormente transcrito.
Noveno: Desestimar el apartado ll de Motivos 1 de la reclamación
presentada por el Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia,
relacionado con la partida de suministro de energía eléctrica del
programa de Administración general de seguridad y protección civil,
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MAJADAHONDA
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por los motivos expuestos en el Informe del Jefe de Servicio de Obras,
Mantenimiento y Actividades de fecha 29 de noviembre de 2013,
anteriormente transcrito.
Décimo: Desestimar el apartado l de Motivos 2 de la reclamación
presentada por el Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia,
relacionado con el Impuesto de plusvalía, por no ajustarse los motivos
alegados al artículo 170.2.c del Texto refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, de acuerdo con el informe del Jefe del
Servicio de Estudios y Análisis Económicos de fecha 5 de diciembre
de 2013, anteriormente transcrito.
Undécimo: Desestimar el apartado ll de Motivos 2 de la reclamación
presentada por el Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia,
relacionado las tasas por licencia de apertura, por los motivos
expuestos en el Informe del Jefe de Servicio de Obras, Mantenimiento
y Actividades de fecha 29 de noviembre de 2013, anteriormente
transcrito.
Duodécimo: Desestimar las alegaciones presentadas por Dª M.
Yolanda Cavadas Redondo, relacionada con la retribución
complementaria en concepto de “complemento específico”, por los
motivos recogidos en el Informe del Director de Recursos Humanos
de fecha 4 de diciembre de 2013, anteriormente transcrito.
Decimotercero: Aprobar definitivamente el Presupuesto General del
Ayuntamiento de Majadahonda para 2014, ordenando su publicación
definitiva en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
En estos momentos se ausenta del Salón de Sesiones la Concejal
del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sra. Fernández
Alonso.
6.(224/13) APROBACIÓN del criterio de imputación de acuerdos
y operaciones contables en el Presupuesto de Gastos
del ejercicio 2013 (3.1)
Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros
documentos, constan los siguientes:
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A) INFORME del Interventor y PROPUESTA DE
RESOLUCIÓN de la Concejal Delegada de Economía y
Hacienda, de 10 de diciembre de 2013, constando el Conforme
con la propuesta para que pase el expediente a resolución por el
órgano competente, cuyo texto es el siguiente:
“En los cierres contables de ejercicios anteriores, se ha
comprobado que ha habido gastos que no se pudieron imputar
al ejercicio de devengo, por no tener cumplidos en plazo todos
los requisitos de firma digital, por lo que es previsible, de cara
al cierre del presente ejercicio 2013, que se incurra en retrasos
parecidos que afecten a la imputación de determinadas
operaciones contables dentro de la anualidad presupuestaria.
Así, se prevé que las empresas que ejecutan obras, prestan
servicios o realizan suministros debidamente contratados con
este Ayuntamiento puedan girar la correspondiente factura una
vez finalizado el ejercicio económico en el que dicho gasto se
devenga, bien como consecuencia de su particular operativa
administrativa o por exigencia de los contratos suscritos.
Las Bases vigentes de ejecución del presupuesto
determinan con relación a la anualidad presupuestaria:
1. Con cargo a los créditos del Estado de Gastos sólo podrán
contraerse obligaciones derivadas de gastos realizados en el
ejercicio.
2. No obstante, y con carácter de excepcionalidad, se aplicarán a
los créditos del presupuesto vigente, en el momento de su
reconocimiento, las obligaciones siguientes:
a) Las que resulten de la liquidación de atrasos al
personal.
b) Las derivadas de compromisos de gastos debidamente
adquiridos en ejercicios anteriores, previa incorporación
de los correspondientes créditos en el caso de gastos
con financiación afectada.
Con las reglas anteriores, no podrían imputarse al
ejercicio correspondiente los gastos que hayan sido devengados
en el mismo, para los que, por las razones anteriores, la factura
no haya sido registrada y aprobada mediante resolución del
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
órgano competente antes del 31 de diciembre del año en
cuestión.
Como quiera que la aplicación de tramitación electrónica
de gastos implantada en este Ayuntamiento impone
automáticamente la fecha de la resolución o acto administrativo
correspondiente a cada fase presupuestaria, se hace preciso
dictar normas que permitan la imputación al ejercicio 2013 de
aquellas facturas que, por las razones expuestas, no hayan sido
aprobadas dentro de dicho ejercicio, bien porque la tramitación
no se ha completado antes del 31 de diciembre, o bien porque
las mismas hayan tenido entrada después de esa fecha. Estas
normas tienen como objetivo, por un lado, la correcta
imputación de gastos según su fecha de devengo para que los
estados contables reflejen la imagen fiel de la situación
financiera y patrimonial de la entidad y, por otro, evitar
perjuicios económicos innecesarios a los terceros que hayan
contratado con este Ayuntamiento, por el posible retraso en la
tramitación de facturas y certificaciones.
En virtud de lo anterior, se propone el siguiente acuerdo:
1.- Podrán imputarse a la contabilidad del ejercicio 2013,
todos aquellos gastos derivados de obras, servicios o
suministros legalmente comprometidos, cuyas facturas o
documentos análogos tengan entrada en el Registro
General del Ayuntamiento una vez finalizado el ejercicio,
y antes del 24 de enero de 2014.
2.- Las resoluciones que autoricen las correspondientes fases
de gestión presupuestaria de los gastos podrán dictarse
con posterioridad al cierre del ejercicio, y en todo caso,
antes del 18 de febrero de 2014.
En Majadahonda, a 10 de diciembre de 2013.- El Interventor.-
Fdo.: Julio Prinetti Márquez.
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
A la vista del informe del Interventor Municipal de 10 de
diciembre, propongo al Pleno de la Corporación la adopción
del siguiente acuerdo:
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AYUNTAMIENTO DE
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1.- Podrán imputarse a la contabilidad del ejercicio 2013,
todos aquellos gastos derivados de obras, servicios o
suministros legalmente comprometidos, cuyas facturas o
documentos análogos tengan entrada en el Registro
General del Ayuntamiento una vez finalizado el ejercicio,
y antes del 24 de enero de 2014.
2.- Las resoluciones que autoricen las correspondientes fases
de gestión presupuestaria de los gastos podrán dictarse
con posterioridad al cierre del ejercicio, y en todo caso,
antes del 18 de febrero de 2014.”
B) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Economía y
Hacienda, de 23 de diciembre de 2013, favorable.
Sometido este asunto a votación, la Corporación, por
diecinueve (19) votos a favor correspondientes a los Grupos
Municipales Popular, Unión Progreso y Democracia, Izquierda Unida-
Los Verdes y Centrista, ningún (0) voto y cinco (5) abstenciones
correspondientes al Grupo Municipal Socialista y a la Concejal del
Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sra. Fernández
Alonso, por ausencia una vez comenzado el punto de conformidad con
lo dispuesto en el art. 100 del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,
ACUERDA:
Primero.- Podrán imputarse a la contabilidad del ejercicio 2013, todos
aquellos gastos derivados de obras, servicios o suministros legalmente
comprometidos, cuyas facturas o documentos análogos tengan entrada
en el Registro General del Ayuntamiento una vez finalizado el
ejercicio, y antes del 24 de enero de 2014.
Segundo.- Las resoluciones que autoricen las correspondientes fases
de gestión presupuestaria de los gastos podrán dictarse con
posterioridad al cierre del ejercicio, y en todo caso, antes del 18 de
febrero de 2014.
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
7.(225/13) APROBACIÓN del Plan Estratégico de ayudas
económicas de emergencia en los supuestos de
viviendas objeto de ejecuciones hipotecarias y de
dación en pago y APROBACION inicial de las Bases
Reguladoras de la concesión de dichas ayudas (11.6)
Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros
documentos, constan los siguientes:
A) MOCIÓN del Concejal Delegado de Bienestar Social, Salud
y Familia, de 9 de diciembre de 2013, por el que dispone que se
proceda a la tramitación del expediente “Bases Reguladoras para
la concesión de ayudas económicas de emergencia en los
supuestos de viviendas objeto de ejecuciones hipotecarias y de
dación en pago en el municipio de Majadahonda”.
B) BASES REGULADORAS para la concesión de ayudas
económicas de emergencia en los supuestos de viviendas
objeto de ejecuciones hipotecarias y de dación en pago en el
municipio de Majadahonda, elaboradas por la Responsable del
Área Gerontológica con fecha 13 de diciembre de 2013.
C) PLAN ESTRATÉGICO de ayudas económicas de
emergencia en los supuestos de viviendas objeto de
ejecuciones hipotecarias y de dación en pago en el municipio
de Majadahonda, elaborado por la Responsable del Área
Gerontológica con fecha 13 de diciembre de 2013.
D) INFORME de la Responsable del Área Gerontológica, de 13
de diciembre de 2013, cuyo texto es el siguiente:
“Es objeto de estas Bases regular ayudas económicas para
aquellas familias que se encuentran en los supuestos de
viviendas objeto de ejecuciones hipotecarias y de dación en
pago, como consecuencia de situaciones de especial
vulnerabilidad por su situación socio económica, en el
municipio de Majadahonda, con el fin de ayudarles a superar
esta situación.
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
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Estas bases responden a un interés social ya que persiguen
ayudar en un momento económico de crisis a aquellas familias
que debido a unos recursos limitados se encuentran en una
situación de ejecución hipotecaria o dación en pago.
Con estas bases se establecen criterios socioeconómicos que
van a permitir la eficiencia en la asignación y utilización de los
recursos públicos.
Datos de interés
Las ayudas concedidas por el Ayuntamiento de Majadahonda
mediante estas Bases y sus correspondientes Convocatorias
anuales tienen la naturaleza jurídica de subvenciones
conforme a la definición dada en el art. 2.1 de la Ley General
de Subvenciones.
Para la financiación de las presentes bases, se destinará crédito
presupuestario de los Presupuestos Generales del Ayuntamiento
de Majadahonda.
El procedimiento de concesión se iniciará de oficio mediante
convocatoria pública aprobada por el órgano competente y
publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Los porcentajes subvencionables y la cuantía máxima de las
ayudas a los distintos solicitantes se especificarán en cada
Convocatoria, en función de los Presupuestos anuales del
Ayuntamiento y en base a un baremo económico en función de
los ingresos totales de la unidad familiar.
Se propone al Órgano competente la aprobación de las Bases
Reguladoras para la Concesión de Ayudas Económicas de
Emergencia en los supuestos de viviendas objeto de ejecuciones
hipotecarias y de dación en pago en el municipio de
Majadahonda.”
E) INFORME Nº 569/13, del Técnico de Administración
General de la Secretaría General, de 13 de diciembre de 2013,
cuyo texto es el siguiente:
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
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“I.-ANTECEDENTES.
PRIMERO: En fecha 9 de diciembre de 2013, mediante
Moción del Concejal Delegado de Bienestar Social, Salud y
Familia, se insta la tramitación del expediente oportuno para la
aprobación de las Bases Reguladoras para la concesión de
ayudas económicas de emergencia en los supuestos de viviendas
objeto de ejecuciones hipotecarias y de dación en pago en el
municipio de Majadahonda
SEGUNDO: Figura en el expediente Plan Estratégico de ayudas
económicas de emergencia en los supuestos de viviendas objeto
de ejecuciones hipotecarias y de dación en pago en el municipio
de Majadahonda referido al periodo 2014, 2015, 2016 de fecha
13 de diciembre en el que se indica que “Según el Reglamento
de la Ley 38/2003, de 17-11-2003, General de Subvenciones, los
planes estratégicos de subvenciones se conciben como un
instrumento necesario. No obstante este Plan Estratégico
presenta un contenido simplificado dado que va dirigido a un
colectivo específico. (…) Este Plan Estratégico es el marco de
referencia que fija las prioridades de actuación, los
instrumentos y los beneficiarios, determina las capacidades y
los recursos necesarios y, finalmente, establece las líneas
directrices para el despliegue de los principios ordenadores y
de buena gestión de la política del Ayuntamiento sobre estas
ayudas”, suscrito por la Responsable del Área Gerontológica,
concluyendo que “Se propone al órgano competente la
aprobación del Plan Estratégico de ayudas económicas de
emergencia en los supuestos de viviendas objeto de ejecuciones
hipotecarias y de dación en pago en el municipio de
Majadahonda”
TERCERO: Consta en el expediente informe técnico así como el
texto de las Bases Reguladoras para la concesión de ayudas
económicas de emergencia en los supuestos de viviendas objeto
de ejecuciones hipotecarias y de dación en pago en el municipio
de Majadahonda de fecha 13 de diciembre de 2013, suscritos
ambos documentos por la Responsable de Área Gerontológica.
En la Exposición de Motivos, se pone de manifiesto que:
“Es objeto de estas Bases regular ayudas económicas para
aquellas familias que se encuentran en los supuestos de
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
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viviendas objeto de ejecuciones hipotecarias y de dación en
pago, como consecuencia de situaciones de especial
vulnerabilidad por su situación socio económica, en el
municipio de Majadahonda, con el fin de ayudarles a superar
esta situación.
Estas bases responden a un interés social ya que persiguen
ayudar en un momento económico de crisis a aquellas familias
que debido a unos recursos limitados se encuentran en una
situación de ejecución hipotecaria o dación en pago.
Con estas bases se establecen criterios socioeconómicos que
van a permitir la eficiencia en la asignación y utilización de los
recursos públicos”
Concluye por su parte el Informe Técnico proponiendo “la
aprobación de las Bases Reguladoras para la Concesión de
Ayudas Económicas de Emergencia en los supuestos de
viviendas objeto de ejecuciones hipotecarias y de dación en
pago en el municipio de Majadahonda.”
En atención a los referidos antecedentes se procede a emitir el
pertinente informe,
II.-LEGISLACIÓN APLICABLE Y FUNDAMENTOS DE
DERECHO.
PRIMERO: Con carácter general la Ley 30/92, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
SEGUNDO: Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de
Subvenciones, en cuyo artículo 17.2 establece como “las bases
reguladoras de las subvenciones de las corporaciones locales se
deben aprobar en el marco de las bases de ejecución del
presupuesto, a través de una Ordenanza General de
Subvenciones o mediante una Ordenanza específica para las
distintas modalidades de subvenciones” , y el Real Decreto
887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de
la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones,
y en los que se regula lo relativo a las Disposiciones comunes a
las subvenciones: Planes estratégicos de subvenciones,
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
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disposiciones relativas a los beneficiarios..., Procedimiento de
concesión, Procedimiento de gestión y justificación de las
subvenciones, Reintegro y Procedimiento Sancionador..
TERCERO: La Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
de Régimen Local.
-La potestad reglamentaria de los entes locales, en sus
modalidades de Reglamentos y Ordenanzas, es atribución
exclusiva del Pleno Corporativo. En concreto establece el art.
22.2d) señala “Corresponden, en todo caso, al Pleno las
siguientes atribuciones: d) La aprobación del Reglamento
orgánico y de las Ordenanzas.”
-El art.47.3 de la LRBRL exige el voto favorable de la mayoría
absoluta del número legal de miembros de la Corporación para
la adopción de acuerdos sobre aprobación y modificación del
Reglamento Orgánico propio de la Corporación, en
consecuencia para la aprobación de otras modalidades de la
potestad reglamentaria sólo es precisa la mayoría simple.
-El art. 49 de la LRBRL (modificado por la Ley 11/99) regula
el procedimiento a que ha de sujetarse la aprobación de
Ordenanzas.
CUARTO: Real Decreto legislativo 781/86, de 18 de Abril, por
el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones
vigentes en materia de Régimen Local:
- El art 55 dispone como en la esfera de su competencia, las
Entidades Locales podrán aprobar Ordenanzas y Reglamentos,
y los Alcaldes dictar Bandos.
- El art. 56 dispone que la aprobación de las Ordenanzas
locales se ajustará al procedimiento establecido en el artículo
49 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril.
III.- PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN LA TRAMITACIÓN
DEL EXPEDIENTE.
En este supuesto el procedimiento a seguir será el establecido,
en la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
Subvenciones, el art 49 de la LRBRL (modificado por la Ley
11/99), Ficha de Procedimiento del Ayuntamiento de
Majadahonda: PR1, afectada por la Ley 11/99 y Ficha de
Procedimiento SP-10.
El artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, señala que la
aprobación de las ordenanzas locales se ajustará al siguiente
procedimiento:
a) Aprobación inicial por el Pleno.
b) Información Pública y audiencia al interesado por el
plazo mínimo de treinta días para la presentación de
reclamaciones y sugerencias.
c) Resolución de todas las reclamaciones y sugerencias
presentadas dentro del plazo y aprobación definitiva por
el Pleno
De no haberse presentado ninguna reclamación o sugerencia,
tras la nueva redacción dada por la Ley 11/99 al artículo 49, se
entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces
provisional. En dicho caso, habrá de incorporarse certificación
del Secretario del resultado negativo de la exposición pública y
Resolución del alcalde decretando que se proceda a la
publicación de la Ordenanza.
La ficha PR-1 del Reglamento de Procedimientos Municipales
señala como procedimiento a seguir en la aprobación de
Ordenanzas, Reglamentos y demás disposiciones de carácter
general que no tengan carácter fiscal, el siguiente:
1º.-Iniciación del expediente de oficio, mediante propuesta de
Alcaldía
2º.-Elaboración del proyecto de Ordenanza
3º.-Informe de Secretaría General.
4º.-Propuesta de Resolución.
5º- Dictamen de la Comisión Informativa
6º.-Acuerdo del Pleno de aprobación inicial de la Ordenanza.
7º.- Información Pública mediante publicación en el Tablón de
Edictos, B.O.C.M. y audiencia a los interesados por plazo
mínimo de 30 días para la presentación de reclamaciones y
sugerencias
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
8º.-Resolución de todas las reclamaciones y sugerencias
presentadas dentro del plazo.
9º.- Propuesta de Resolución a la vista de lo resuelto
anteriormente
10º.- Dictamen de la Comisión Informativa
11º.-Acuerdo plenario de aprobación definitiva de la
Ordenanza.
12º.- Remisión a la Administración del Estado y de la
Comunidad Autónoma.
13º.- Publicación del texto íntegro de la Ordenanza en el
B.O.C.M. y Tablón de Edictos.
De no haberse presentado ninguna reclamación o
sugerencia, tras la nueva redacción dada por la Ley 11/99 al
artículo 49, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo
hasta entonces provisional. En dicho caso, habrá de
incorporarse certificación del Secretario del resultado negativo
de la exposición pública y Resolución del alcalde decretando
que se proceda a la publicación de la Ordenanza.
La ficha SP-10 del Reglamento de Procedimientos
Municipales señala el procedimiento a seguir en la aprobación
de bases para concesión de subvenciones y demás ayudas
públicas.
IV.- DOCTRINA Y JURISPRUDENCIA.
El procedimiento general según señala la STS de 24 de Febrero
de 1999 (Arz.1.387), es aplicable a todas las disposiciones
generales (incluidos los Reglamentos) emanadas de las
Entidades Locales, con la excepción de los Bandos, no sujetos a
este procedimiento de aprobación.
Aunque el art. 49 LRBRL solo impone “información pública”,
sin mayor precisión debe entenderse por exigencia del principio
común de la información pública del art. 86.2 LRJPAC que su
publicación deberá a llevarse a cabo en el Boletín Oficial de la
Comunidad Autónoma, así como en el Tablón de Anuncios,
debiendo insertarse tanto el acuerdo de aprobación inicial como
el definitivo (STS 14 de junio de 1994-Arz. 4597 y de 10 de
Marzo de 1999- Arz. 2140- ha señalado que “la información
pública y la audiencia a los interesados constituyen una
Pleno ordinario 27-12-2013
118
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
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garantía esencial, determinado su omisión la nulidad de pleno
derecho de la norma local afectada”, también STS 1 de julio de
1991- Arz 5.578-, de 18 de Diciembre de 1997, Arz 98.512 y 12
de Marzo de 1998-Arz. 3.029- entienden que la omisión en la
elaboración de una disposición de carácter general del trámite
de audiencia a través de la exposición en el Tablón de Anuncios
de la Corporación del acuerdo de aprobación inicial “es
requisito esencial por aplicación de los principios
constitucionales de audiencia a los ciudadanos, de participación
de los mismos en la vida política y de seguridad jurídica”.
Aunque “obiter dicta” admite la posibilidad de que en el Tablón
se haga constar que las Ordenanzas estén a disposición del
público en las dependencias municipales.
En lo relativo a la resolución de todas las reclamaciones y
sugerencias por el Pleno la STS de 12 de junio de 1993 (arz.
4.343) se plantea “la cuestión de si en el procedimiento de
elaboración de una Ordenanza Municipal la introducción de
cualquier modificación al resolver las reclamaciones o
sugerencias formuladas exige reabrir de nuevo el período de
información pública. La estimación de reclamaciones y
sugerencias con la consiguiente modificación del texto que fue
sometido a información pública no comporta la necesidad de un
nuevo período de información pública, ya que si existe este
trámite de información es para que el órgano competente a la
vista de las reclamaciones y sugerencias pueda revisar el texto
aprobado inicialmente; solución acogida mayoritariamente por
la jurisprudencia con la única salvedad del ámbito urbanístico.
Respecto de la publicación y entrada en vigor, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 56.1, 65.2 y 70.2 de la LRBRL y
arts. 196.3 y 215.2 del ROF, la publicación y entrada en vigor
de la ordenanza se producirá de la siguiente forma:
a) El acuerdo de aprobación definitiva de la presente
ordenanza se comunicará a la Administración del Estado
y a la Administración de la Comunidad de Madrid.
b) Transcurrido el plazo de 15 días desde la recepción de la
comunicación, el acuerdo y la ordenanza se publicarán en
el BOCM.
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c) La Ordenanza entrará en vigor en el momento que se
determine al efecto en la misma, bien desde la fecha de su
publicación o el plazo de “vacatio legis” de 20 días
hábiles.
En conclusión el calendario de plazos será el siguiente:
- Una vez aprobadas definitivamente las Bases, se dispone
de un plazo de 6 días para su remisión a la
Administración del Estado y a la Administración de la
Comunidad Autónoma; transcurridos éstos dichas
Administraciones dispondrán de un plazo de 15 hábiles
para formular posible requerimiento de anulación de la
Ordenanza por entender que infrinja el ordenamiento
jurídico.
- Transcurrido dicho plazo se procederá a su publicación
en el BOCM con expresión del momento de su entrada en
vigor.
V.-CONCLUSIONES FINALES.
Vistos los hechos, fundamentos de derecho, doctrina y
jurisprudencia aplicable podemos llegar a la siguiente
conclusión final:
1º.- Se han llevado a cabo los trámites pertinentes para la
aprobación del Plan Estratégico de ayudas económicas de
emergencia en los supuestos de viviendas objeto de ejecuciones
hipotecarias y de dación en pago en el municipio de
Majadahonda y las Bases Reguladoras para la concesión de
ayudas económicas de emergencia en los supuestos de viviendas
objeto de ejecuciones hipotecarias y de dación en pago en el
municipio de Majadahonda.
2º.-El órgano competente para su aprobación es el Pleno de la
Corporación, debiendo tramitarse conforme a lo señalado en el
artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de Bases
de Régimen Local (LRBRL) y ficha de procedimiento PR-1.
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3º.- De conformidad con lo previsto en el artículo 82 y 126 del
R.O.F. previa a la adopción de dicho acuerdo deberá
dictaminarse por la Comisión Informativa correspondiente.
En consecuencia no se aprecia ningún inconveniente legal
en el Plan Estratégico ni en el texto propuesto de aprobación de
las Bases Reguladoras para la concesión de ayudas económicas
de emergencia en los supuestos de viviendas objeto de
ejecuciones hipotecarias y de dación en pago en el municipio de
Majadahonda.
Es todo cuanto tienen el honor de informar los Servicios
Jurídicos Municipales, salvo mejor criterio fundado en derecho.
No obstante, la Corporación con superior criterio
acordará lo que estime más conveniente.”
F) INFORME de la Técnico de Control Interno y del Interventor
Municipal, de 17 de diciembre de 2013, cuyo texto es el
siguiente:
“1. Normativa aplicable
La normativa aplicable a este expediente se encuentra en:
Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local (en adelante
LRBRL).
Texto Refundido de disposiciones Legales vigentes en
materia de Régimen Local, aprobado por RDL 781/1986
(TRLRL).
Ley 38/2003 de 17 de Noviembre General de
Subvenciones. (LGS)
Real Decreto 887/2006 de 21 de julio por el que se
aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de
Noviembre General de Subvenciones.(RLGS)
Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común (LPA).
RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales (TRLRHL).
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Bases de Ejecución del Presupuesto General de este
Ayuntamiento para 2013.
2.- Consideraciones previas.
A la vista del expediente presentado, esta Intervención
realiza las siguientes observaciones:
La finalidad de los Planes Estratégicos de Subvenciones
es conseguir la máxima eficacia con los recursos disponibles
respetando, para ello, las limitaciones derivadas del principio
de estabilidad presupuestaria
La naturaleza del Plan Estratégico de Subvenciones es la
de ser instrumento de gestión de carácter programático que
carece de rango normativo. Por tanto, sus efectos se despliegan
en el ámbito interno del Ayuntamiento, sin incidencia directa en
la esfera de los particulares, no creando, así derechos ni
obligaciones.
El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas
en este Plan Estratégico, requerirá la inclusión de las
consignaciones correspondientes en los Presupuestos
municipales de cada año y quedará supeditada al cumplimiento
de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
En este sentido, las presentes ayudas carecen de dotación
presupuestaria en el proyecto de presupuesto para el ejercicio
2014 por lo que deberá procederse a la modificación del mismo
inmediatamente después de su entrada en vigor y en todo caso,
antes de la convocatoria de las ayudas.
Por otro lado, y junto al Plan Estratégico se propone la
aprobación de las Bases Reguladoras para la concesión de
ayudas económicas de emergencia en los supuestos de viviendas
objeto de ejecuciones hipotecarias y de dación en pago en el
municipio de Majadahonda.
Las citadas Bases regulan un procedimiento en
concurrencia competitiva.
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3. Crédito presupuestario
Tal y como se ha puesto de manifiesto con anterioridad,
en el proyecto de presupuesto para el ejercicio 2014 no se han
consignado las cantidades necesarias para abordar este tipo de
ayudas, por lo que, siendo este requisito necesario para la
concesión de las mismas, será necesario proceder a la
inmediata modificación del presupuesto después de su entrada
en vigor, y en todo caso antes de realizar la convocatoria,
siempre con sujeción a las normas de estabilidad presupuestaria
y sostenibilidad financiera.
En la propuesta de Bases Reguladoras no se establece
previsión sobre las cantidades máximas que se pretenden
asignar a la convocatoria de las ayudas que regulan.
Si que se establecen criterios genéricos par la
determinación de las ayudas individualizadas.
4. Órgano competente
El órgano competente para la aprobación del expediente
propuesto es el Pleno de la Corporación conforme a lo
dispuesto en el artículo 22.2.d) de la ley 7/1985 de 2 de abril
Reguladora de las Bases de Régimen Local.”
G) PROPUESTA DE RESOLUCIÓN de la Responsable del
Área Gerontológica, de 17 de diciembre de 2013, constando los
Vº Bº de los Concejales Delegados de Bienestar Social, Salud y
Familia y del Concejal Delegado de Recursos Humanos,
Calidad, Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y
Movilidad Urbana para que pase el expediente a resolución por
el órgano competente, cuyo texto es el siguiente:
“Visto que se han llevado a cabo los trámites oportunos de
elaboración del Plan estratégico de ayudas económicas de
emergencia en los supuestos de viviendas objeto de ejecuciones
hipotecarias y de dación en pago en el municipio de
Majadahonda para los años 2013-2015 y tramitación de las
Bases Reguladoras para la adjudicación de ayudas económicas
de emergencia en los supuestos de viviendas objeto de
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ejecuciones hipotecarias y de dación en pago en el municipio de
Majadahonda.
Visto el Informe Técnico favorable de la responsable del
Área Gerontológica de fecha 13 de diciembre de 2013.
Visto el Informe favorable de los Servicios Jurídicos
Municipales de fecha 13 de diciembre de 2013.
Visto el Informe favorable de la Intervención Municipal de
fecha 17 de diciembre de diciembre de 2013.
Por todo ello, y siguiendo el procedimiento legalmente
establecido se eleva al Pleno de la Corporación, la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN:
1º.- Aprobar el Plan estratégico de ayudas económicas de
emergencia en los supuestos de viviendas objeto de ejecuciones
hipotecarias y de dación en pago en el municipio de
Majadahonda para los años 2013-2015
2º.- Aprobar inicialmente el texto de las Bases Reguladoras
para la adjudicación de Ayudas económicas de emergencia en los
supuestos de viviendas objeto de ejecuciones hipotecarias y de
dación en pago en el municipio de Majadahonda
3º.- Una vez aprobado inicialmente el nuevo texto de la
Ordenanza Reguladora para la adjudicación de Ayudas
económicas de emergencia en los supuestos de viviendas objeto
de ejecuciones hipotecarias y de dación en pago en el municipio
de Majadahonda, deberá someterse a información pública
mediante publicación en el Tablón de Edictos, BOCM y audiencia
a los interesados por un plazo mínimo de 30 días para la
presentación de reclamaciones y sugerencias que se estimen
oportunas.
De no presentarse ninguna reclamación o sugerencia, tras
la nueva redacción dada por la Ley 11/99 al artículo 49 LRBRL,
se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta
entonces provisional, sin necesidad de pronunciamiento expreso
por el Pleno de la Corporación.
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4º.- Deberá dictaminarse por la Comisión Informativa
correspondiente, previo a su aprobación inicial por el Pleno de la
Corporación.”
H) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Economía y
Hacienda, de 23 de diciembre de 2013, favorable.
En estos momentos se incorpora a la sesión la Concejal de
Unión Progreso y Democracia, Sra. Fernández Alonso.
El Concejal Delegado de Bienestar Social, Salud y Familia, Sr.
San Juan, indica que el objeto de estas bases es regular las ayudas
económicas para todas aquellas familias que se encuentren en una
situación que no les permite hacer frente al pago de su hipoteca que
entrega su vivienda como dación en pago o el banco la ejecuta.
Aclara que esas familias que se encuentran en esta situación tan
triste motivada por la pérdida de empleo o por otras causas y que no
pueden hacer frente al pago de la hipoteca de su vivienda habitual,
además de tener que abandonar su vivienda, tienen que hacer frente al
pago del impuesto de plusvalía.
Manifiesta que este Ayuntamiento de Majadahonda es solidario
y está comprometido con sus vecinos por lo que el equipo de gobierno
ha decidido no permanecer al margen de esa situación y ha querido, en
la medida de sus posibilidades, ayudar a los vecinos que se encuentran
en esa problemática.
Considera que lo que el equipo de gobierno propone es algo
bueno y es aplicar el sentido común porque está claro que si una
familia no puede hacer frente al pago de su hipoteca, tampoco podrá
hacer frente al impuesto de plusvalía.
Termina su intervención diciendo que espera que los grupos de
la oposición acepten y se adhieran a la propuesta que hace el equipo de
gobierno.
El Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sr. Ventura,
recuerda que en el Pleno celebrado el pasado 30 de octubre, su grupo
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MAJADAHONDA
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presentó una moción para pedir la creación de una oficina de
intermediación hipotecaria de carácter municipal que tuviera como
principal finalidad la protección y garantía del derecho a la vivienda
en aquellos casos en que los ciudadanos tuvieran graves dificultades
para hacer frente a los pagos de sus préstamos hipotecarios y entonces
el equipo de gobierno dijo que no estaba a favor y que votaría en
contra de esa moción utilizando el argumento de que esas necesidades
no se daban en Majadahonda porque no había vecinos que tuvieran
dificultades severas para pagar sus hipotecas y, si los hubiera, se
podrían utilizar para ayudarles los fondos de emergencia social.
Aclara que su grupo dijo, en esos momentos, que ese problema
sí existía en Majadahonda y que era importante o podía llegar a serlo y
por ello consideraba que el equipo de gobierno debía cuantificarlo y
dotarlo de presupuesto definido fuera del de emergencia social pero el
equipo de gobierno votó en contra de esa moción.
Manifiesta que ahora, dos meses después, el equipo de gobierno
presenta al Pleno un plan estratégico de ayudas económicas para
viviendas objeto de ejecuciones hipotecarias y la aprobación inicial de
las bases reguladoras de dichas ayudas y por ello pregunta qué es lo
que ha ocurrido y si ha sido que ahora hay ciudadanos con esos
problemas y el 30 de octubre no, si hay ahora ciudadanos con sus
viviendas pendientes de un hilo y el 30 de octubre no y si ahora ya no
hay suficiente dinero en las partidas de emergencia social para
conceder esas ayudas y por ello ahora se dotan de presupuesto propio
tal y como su grupo pedía en la moción que presentó al Pleno de
octubre.
A continuación pregunta si el equipo de gobierno se ha dado
cuenta de que es necesario contar con una partida presupuestaria con
un fijo anual aunque, como recogen las propias bases, esas ayudas
están sujetas a la existencia de consignación presupuestaria para ello.
Añade que, a su grupo, la propuesta que realiza en estos
momentos el equipo de gobierno se le parece mucho al espíritu que
tenía la moción que el equipo de gobierno no aprobó aunque cree que
ha servido para abrir los ojos a algunos “a los que les importan los
ciudadanos”.
Recuerda que en la moción que su grupo planteó se hablaba de
información, apoyo y concesión de ayuda económica como parte del
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
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compromiso adquirido con los ciudadanos y de los derechos de los
mismos y la propuesta que realiza el equipo de gobierno es la
concesión de una ayuda, con una valoración subjetiva de los Servicios
Sociales, revisable cada año y sujeto a la disponibilidad
presupuestaria.
Manifiesta que esta propuesta es un primer paso y por ello su
grupo se congratula y aún se congratula más porque se vaya a hacer
en el ejercicio 2014 ya que, como todos saben, la Ley de
Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local,
promulgada por el Gobierno y votada a favor solo por el Partido
Popular, fecha el traslado de las competencias para enero de 2016, una
vez que se hayan celebrado las elecciones del año 2015, por lo que su
grupo considera esta medida como electoralista aunque reconoce que,
por una vez, va a beneficiar a los ciudadanos y, al menos en este caso,
facilita dos ejercicios de aplicación efectiva de esta subvención aunque
no se sabe lo que puede pasar a partir del 16 de enero de 2016.
Indica además que, dada la época del año en que nos
encontramos, lo más fácil hubiera sido incluir una partida
presupuestaria para este fin, en el Presupuesto del ejercicio 2014 pero
el equipo de gobierno no lo ha hecho así y por ello ha tenido que ser el
Interventor Municipal el que recuerde que, antes de que se realice la
convocatoria para la concesión de estas ayudas, se debe tramitar una
modificación del Presupuesto para incluirlas en el de 2014 puesto que
ya ha sido aprobado sin que figure en el mismo consignación
presupuestaria para este asunto y además en las bases no se mencionan
unas previsiones cuantitativas de esa dotación por lo que se ignoran
las cantidades con las que, de forma oficial, se van a dotar estas
ayudas.
Termina su intervención diciendo que todo lo que ha expuesto,
unido a que se trata de una aprobación inicial sujeta a periodo de
alegaciones, llevan a su grupo a abstenerse en este punto, a estudiar a
fondo las bases reguladoras de la ordenanza, ver si puede aportar
alguna mejora a las mismas y esperar a que, en su caso, el equipo de
gobierno las acepte.
El Viceportavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y
Democracia, Sr. Gil, indica que su grupo se alegra mucho de que, por
fin, el Partido Popular se haya dado cuenta de que los desahucios es un
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grave problema que sufren muchas familias, también de Majadahonda,
y se alegra de que se haga algo después de que, desde hace años, otros
partidos políticos, entre ellos Unión Progreso y Democracia, hayan
buscado medidas para intentar paliar este problema a nivel nacional,
de la Comunidad de Madrid y de este Ayuntamiento. Añade que su
grupo le da la bienvenida al Grupo Popular y, aunque considera que ha
llegado con años de retraso para ayudar a muchas familias de
Majadahonda, reitera su alegría.
Sigue diciendo que ahora se propone la aprobación de estas
ayudas después de muchos años en los que el Partido Popular ha
estado mirando para otro lado haciendo como si no pasara nada, ha
restado importancia el problema y ha mirado con superioridad a
aquellos partidos que intentaban buscar, cuando se detectó el
problema, soluciones de forma rápida aunque no siempre fueran
acertadas o fueran las mejores y añade que el Grupo Popular llega
tarde para muchas familias de Majadahonda.
Aclara que su grupo, hace dos años, presentó una moción al
Pleno para apoyar a los vecinos desahuciados en forma de mediación y
asesoramiento y para que se introdujera un tipo reducido en el
impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza
urbana para los casos de ejecuciones hipotecarias lo que ya entonces
hacían muchos otros municipios aunque existían dudas en su encaje
legal.
Pregunta seguidamente por qué, si el equipo de gobierno tenía
dudas sobre ese encaje legal, no presentó una enmienda transaccional
para mejorar la propuesta que su grupo estaba realizando conteniendo
lo mismo que ahora está presentando, dos años después. Aclara que su
grupo cree que el equipo de gobierno no lo hizo así porque se enfrenta
a las cosas con una actitud sectaria, porque no soporta llevar a la
práctica una idea o propuesta de un grupo de la oposición. Añade que
seguramente las propuestas que hace su grupo puedan ser mejorables y
está convencido de que el equipo de gobierno siempre podría
mejorarlas pero cree que prefiere votar en contra porque esa idea no
tiene las siglas del Partido Popular.
Reitera que el equipo de gobierno, en su día, votó en contra de la
moción que su grupo presentó y para ello, según el acta de esa sesión
plenaria, utilizó el argumento de que todo lo que se proponía en la
misma ya se hacía porque Servicios Sociales ya ayudaba a todas las
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familias que se encontraban en situación de ejecución hipotecaria pero
su grupo cree que el equipo de gobierno, con estas bases que
proponen, demuestra que no ha hecho nada durante esos dos años y
que no decía la verdad en la sesión plenaria que se celebró en enero de
2012.
Insiste en que el equipo de gobierno no ha hecho nada sobre este
tema porque ni siquiera contaba con las herramientas para hacerlo ya
que no contaba con dinero y tampoco con los procedimientos para
ayudar a las familias.
A continuación pregunta a cuántas familias se podrían haber
ayudado en todo ese tiempo, cuántas familias han sido desahuciadas
sin recibir ninguna ayuda de este Ayuntamiento porque el equipo de
gobierno miraba hacia otro lado, por qué no hizo caso a algún grupo
de la oposición cuando denunciaban ese problema y dice esto porque
su grupo no solo presentó la moción a la que se ha referido
anteriormente sino que también, el 14 de diciembre de 2012, presentó
esa propuesta como alegaciones a la ordenanza del impuesto sobre el
incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana para 2013,
alegaciones que fueron desestimadas.
Pregunta para qué se necesitan ahora este plan estratégico y las
bases que se van a aprobar si fuera cierto que Servicios Sociales está
ayudando, durante todo este tiempo, a las familias con dificultades y
por qué no se siguen dando esas ayudas de la forma en que se viene
haciendo hasta ahora. Pregunta a continuación qué ha cambiado y si
hay que creer al Grupo Popular antes o ahora.
Aclara que, desde el punto de vista de su grupo, es muy probable
que lo que importe, en el fondo, al Grupo Popular sea el titular y dice
esto porque ya anunció, en la aprobación inicial del Presupuesto, que
iba a hacer lo que ahora se propone pero, a pesar de ese anuncio, no
puso sobre la mesa ninguna propuesta y tampoco creó una partida
presupuestaria a pesar de que sabía que iba a hacer esto cuando se
aprobó inicialmente el Presupuesto pero, en lugar de crear esa partida
presupuestaria, el equipo de gobierno corrió a poner esa noticia en el
Boletín Municipal y lo hizo sin que se hubiera aprobado nada y sin
disponer de partida presupuestaria. Reitera que, aunque la concesión
de estas ayudas parecía que entraba en los planes del Grupo Popular,
lo más importante para el equipo de gobierno fue a correr a poner la
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noticia en el Boletín Municipal aunque todavía no fuera cierta porque
no se había aprobado nada.
Adelanta a continuación que Unión Progreso y Democracia va a
votar a favor de esta propuesta porque no tiene actitudes sectarias y le
da igual quién la firme y quién quiera venderla como suya y votará a
favor porque considera esta ayuda necesaria ahora y también lo era
hace dos años.
Termina su intervención diciendo que su grupo suele abstenerse
en este tipo de casos pero cree que en éste debe hacer una excepción
porque le interesa el debate y considera de especial importancia que
todos los grupos municipales y vecinos puedan presentar alegaciones
para mejorar la propuesta del equipo de gobierno y por ello su grupo
va a votar a favor aunque le gustaría que el Concejal responsable
explicara lo que se ha estado haciendo hasta ahora y qué ha cambiado
para que ahora se necesiten las bases que se proponen y hace dos años
no.
El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,
Sr. Santana, considera que es una buena noticia que, tras dos años en
los que su grupo y otros de la oposición han presentado multitud de
iniciativas sobre los desahucios (mociones, alegaciones y ruegos), hoy
se vaya a adoptar, por fin, alguna medida desde lo local.
Sigue diciendo que su grupo considera que se trata de una buena
noticia y ni siquiera va a pelear por sus derechos de autor porque lo
más importante es que los vecinos y familias que sufran una ejecución
hipotecaria o un desahucio, al menos, puedan no pagar el impuesto
sobre el incremento del valor de los terrenos a este Ayuntamiento
porque no van a disfrutar de ese bien ya que se lo quedará la entidad
bancaria totalmente libre de cargas.
Añade que, a pesar de lo que ha expuesto, esta propuesta no es
igual a la que su grupo proponía y además cree que “está un poco
verde” y dice esto porque considera grave que se presente un plan que
solo tiene de estratégico el nombre porque es obligatorio tenerlo para
poder aprobar unas bases para conceder ayudas.
Indica que para tener un verdadero plan estratégico es necesario
contar previamente con un análisis de la realidad y conocer
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exactamente los datos de desahucios que se producen en
Majadahonda. Aclara que su grupo solicitó, al menos en dos
ocasiones, los datos de los desahucios que se estaban produciendo y
está convencido de que esos datos son necesarios para realizar ese plan
estratégico y el equipo de gobierno siempre daba un “no” por
respuesta aunque su grupo siempre insistía en ello e incluso planteó
que esos datos de ejecuciones hipotecarias se podían pedir a los
juzgados de Majadahonda y la respuesta también fue que no se podía
hacer esa petición lo que, desde el punto de vista de su grupo, choca
con lo que se dice en la Carta sobre Derechos de los Ciudadanos,
aprobada por unanimidad en el Congreso de los Diputados en el año
2002, en la que se establece que el ciudadano tiene derecho a recibir
información transparente sobre el estado, la actividad y los asuntos
tramitados y pendientes por todos los órganos jurisdiccionales de
España por lo que, reitera, su grupo cree que esos datos podían haber
sido solicitados por este Ayuntamiento,
Aclara seguidamente que, como ciudadanos, los miembros de
su grupo pedirán esos datos a los juzgados porque considera que los
planes estratégicos en los que no constan análisis de la realidad, ni son
planes ni tampoco son estratégicos.
Continúa diciendo que esta propuesta tiene también otro
problema que ya ha sido planteado y es, si se están aprobando ya esas
ayudas, por qué no se cuenta con dotación presupuestaria para
poderlas conceder y dice esto porque el informe de la Intervención
Municipal, el plan estratégico y las propias bases dicen que estas
ayudas se podrán conceder siempre que haya dinero para ello y parece
que, en 2014, no se ha aportado ese dinero.
Añade que otro de los fallos que su grupo ha detectado es que
con las bases que se proponen, se va a dejar fuera a una parte
importante de familias como las que cobran más de 2,5 veces el
IPREM aunque también vean que su casa les va a ser arrebatada por la
entidad bancaria y tengan que pagar a este Ayuntamiento el impuesto
sobre plusvalías. Aclara que su grupo considera necesario que no se
cobre ese impuesto a nadie que pierda su vivienda siempre que sea su
primera o única vivienda.
Considera necesario además que, a la hora de aplicar los
criterios, no solo se tenga en cuenta a los descendientes sino también a
otras personas que puedan estar a cargo de esas familias.
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Reitera que esta iniciativa que su grupo cree que podría ser
buena y de sentido común, se podría quedar en nada si se realiza sin
un análisis y sin presupuesto y además considera que ha sido
demasiado improvisada y parece que el equipo de gobierno solo ha
querido buscar el titular navideño adelantándose incluso a la
aprobación inicial por el Pleno pero su grupo cree que esta iniciativa
no puede quedarse solo en un titular porque, desde su punto de vista,
el equipo de gobierno ha tenido mucho tiempo para implementar estas
ayudas y no sabe si no lo ha hecho antes porque no ha considerado que
los vecinos que han sufrido desahucios durante estos años tengan un
peso importante dentro del modelo de ciudad del Partido Popular
porque quizá, como han perdido su casa, el equipo de gobierno no los
considere ya vecinos y por ello no les dé prioridad.
Continúa aclarando que su grupo no va a apoyar la aprobación
inicial que se propone, va a presentar alegaciones y va a intentar
realizar el trabajo que considera que se debería haber hecho para
conceder estas ayudas como es recabar los datos reales de desahucios
que se han venido producido en los últimos años y los que se están
produciendo ahora en Majadahonda, dato que debe ser pedido a los
juzgados y además, como ha dicho en muchas ocasiones, la sociedad
civil ha ido, en este tema, por delante de todas las instituciones
públicas y por ello pregunta si se ha contado, a la hora de redactar el
plan estratégico que se propone, con todas las organizaciones de
afectados como Stop Desahucios, con otros movimientos sociales que
trabajan en el ámbito de los desahucios y con personas que, por
desgracia, están muy relacionadas con este tema de los desahucios.
Indica que, desde el punto de vista de su grupo, se deberían
haber dado todos esos pasos a los que ha aludido para ayudar mejor a
nuestros vecinos de Majadahonda lo que debería ser la intención que
todos los grupos políticos deberían tener.
Termina su intervención diciendo que su grupo no va a apoyar
esta iniciativa, va a presentar alegaciones y va a intentar difundir este
asunto a todas las organizaciones que trabajan en este ámbito y espera
que la Concejalía de Bienestar Social sea receptiva a la hora de
modificar los aspectos que su grupo cree que no están bien
delimitados en las ayudas que se proponen.
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El Viceportavoz del Grupo Municipal Centrista, Sr. del Río,
indica que a su grupo le pasa lo mismo que a Izquierda Unida-Los
Verdes porque lo que se presenta para su aprobación es un plan
estratégico que contiene una hoja y media para la introducción y otra
hoja y media para el plan en sí en las que no se dice nada.
Sigue diciendo que no sabe quién será el planificador del equipo
de gobierno pero considera que no se trata de hacer un plan como
justificación, justificación que en este plan, desde el punto de vista de
su grupo, raya lo absurdo sino que se trata de hacer un plan serio,
ligando los objetivos que se quieren conseguir y diciendo cómo las
subvenciones intervienen en el mismo por lo que es necesario conocer
lo que se va a hacer y cuantificar lo que se quiere hacer con esas
subvenciones.
Aclara que su grupo no puede compartir, en estos momentos, la
alegría de otros grupos porque cree que lo que se presenta “está
hueco” porque ni siquiera se dice la cuantía que se va a destinar a estas
ayudas y cree que se está presuponiendo que esas ayudas se van a
destinar a pagar el impuesto de plusvalías pero realmente eso tampoco
se dice porque se habla, en forma etérea, de unas ayudas cuyo destino
no se conoce y tampoco se sabe a qué cuantía pueden ascender por lo
que considera que solo se está presentando un armazón en el que se
podrán encajar todas las cuestiones que ha planteado por lo que
entiende que ni siquiera se presenta un plan en el que se haya
analizado el problema. Insiste en que ese plan estratégico no se ha
realizado y solo se presentan tres frases vagas y huecas por lo que,
reitera, solo se trata de un armazón.
Termina su intervención aclarando que la concesión de estas
ayudas no está prevista en el Presupuesto que se ha aprobado para
2014 y añade que su grupo no puede aprobar un plan estratégico que
no dice nada y, como las bases de concesión de ayudas se van a
aprobar inicialmente, su grupo estudiará si es oportuno presentar
alegaciones pero, en estos momentos, se va a abstener.
El Concejal Delegado de Bienestar Social, Salud y Familia, Sr.
San Juan, indica que el equipo de gobierno presenta, para aprobación,
unas bases de concesión de ayudas muy necesarias para las personas
que están pasando por situaciones de desahucio de su vivienda o de
dación en pago y lo que se pretende es ayudarlas.
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AYUNTAMIENTO DE
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Sigue diciendo que puede entender que a los grupos de la
oposición no les gusten estas ayudas porque se trata de una iniciativa
del Partido Popular aunque cree que es una buena iniciativa y es de
sentido común que un ayuntamiento ayude a sus vecinos que están en
situación de emergencia. Añade que Majadahonda es uno de los pocos
municipios de España que está dando estas ayudas a sus vecinos lo
que entiende que es de alabar aunque también puede entender que le
moleste a algún grupo de la oposición.
Aclara que lo que se plantea es una muy buena iniciativa que
demuestra que el equipo de gobierno está a favor de ayudar a sus
vecinos y va a seguir adelante con el plan estratégico y las bases para
conceder ayudas y, aunque realmente se trata de una aprobación
inicial, demuestra que se va a hacer algo para ayudar a los vecinos.
Añade que los grupos de la oposición se quejan, en muchas
ocasiones, de que los Servicios Sociales no cubren todas las
necesidades de nuestros vecinos pero, cuando van a ayudar, también
votan en contra o se abstienen.
Termina su intervención diciendo que la voluntad del equipo de
gobierno es conceder ayudas y solucionar los problemas que tienen los
vecinos de Majadahonda.
Sometido este asunto a votación, la Corporación, por dieciséis
(16) votos a favor correspondientes a los Grupos Municipales Popular
y Unión Progreso y Democracia, ningún (0) voto en contra y ocho (8)
abstenciones correspondientes a los Grupos Municipales Socialista,
Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista, ACUERDA:
Primero.- Aprobar el Plan estratégico de ayudas económicas de
emergencia en los supuestos de viviendas objeto de ejecuciones
hipotecarias y de dación en pago en el municipio de Majadahonda para
los años 2013-2015
Segundo.- Aprobar inicialmente el texto de las Bases Reguladoras para
la adjudicación de Ayudas económicas de emergencia en los supuestos
de viviendas objeto de ejecuciones hipotecarias y de dación en pago en
el municipio de Majadahonda.
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Tercero.- Someter el texto de la Ordenanza Reguladora para la
adjudicación de Ayudas económicas de emergencia en los supuestos de
viviendas objeto de ejecuciones hipotecarias y de dación en pago en el
municipio de Majadahonda, a información pública mediante publicación
en el Tablón de Edictos, BOCM y audiencia a los interesados por un
plazo mínimo de 30 días para la presentación de reclamaciones y
sugerencias que se estimen oportunas.
De no presentarse ninguna reclamación o sugerencia, tras la
nueva redacción dada por la Ley 11/99 al artículo 49 LRBRL, se
entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces
provisional, sin necesidad de pronunciamiento expreso por el Pleno de
la Corporación.
8.(226/13) APROBACIÓN del Acuerdo Temporal entre este
Ayuntamiento y PLANIGER S.A. para la gestión de la
Residencia de Mayores y Centro de Día “Valle de la
Oliva” (1.5/2.3)
Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros
documentos, constan los siguientes:
A) ESCRITO DE PLANIGER a PAMMASA, de 13 de febrero
de 2013, cuyo texto es el siguiente:
“Como hemos puesto en tu conocimiento en diversas ocasiones
y con especial énfasis desde hace algo más de un año, la
situación de la gestión de la residencia Valle de la Oliva de
vuestra propiedad ha devenido inviable.
Hemos analizado con vosotros la cuenta de explotación y
habéis constatado las importantes pérdidas que se generan y
que han puesto en peligro la continuidad de mantener el centro
abierto por nuestra parte en estas condiciones.
Si bien hemos expuesto algunas alternativas que pudieran
paliar la situación, parece que las mismas no se han podido
acometer por diferentes motivos. Según nos indicas, al estar
Pammasa sometida en parte al derecho público, no es posible
modificar las condiciones del referido contrato en busca de una
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continuidad, por lo que la solución más adecuada es dar por
finalizada la relación arrendaticia.
La situación expuesta nos obliga a solicitar una reunión
anticipada del contrato que nos vincula en la confianza de
valorar conjuntamente todos los motivos que nos llevan a ello y
poder tramitar la citada resolución de mutuo acuerdo entre
ambas partes causando las menores molestias posibles a los
residentes y usuarios. Para ello estamos dispuestos a continuar
prestando el servicio en los mismos términos y condiciones que
hasta ahora por el tiempo imprescindible hasta que quede
solventada la continuidad del mismo.
Como quiera que, según indicas, se está valorando la
posibilidad de que sea el ayuntamiento quien gestione la
residencia, bien de forma directa, bien mediante un tercero, si
durante el periodo transitorio hasta que se resuelva la situación
es necesario, estaríamos dispuestos, tras la resolución de
nuestro contrato, a suscribir un nuevo documento con el
ayuntamiento que contemple los aspectos principales en iguales
términos que hasta la fecha y, según ya se ha manifestó, durante
el periodo de tiempo estrictamente necesario para el traspaso
de actividad.
Quedamos a vuestra disposición para ampliar cualquier
información que preciséis al respecto.
Atentamente.”
B) MOCIÓN del Concejal Delegado de Bienestar Social, Salud
y Familia, de 3 de diciembre de 2013, por el que se dispone, en
ejecución del acuerdo del Pleno de 29 de mayo de 2013, que se
proceda a la tramitación del “Acuerdo de gestión de servicio
público de Residencia de Mayores y Centro de Día Valle de la
Oliva”, por el tiempo imprescindible hasta la adjudicación del
que se está tramitando.
C) INFORME de la Responsable del Área Gerontológica, de 13
de diciembre de 2013, cuyo texto es el siguiente:
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“La necesidad administrativa a satisfacer mediante el presente
acuerdo es la de garantizar el funcionamiento y gestión de la
Residencia de Mayores Valle de la Oliva , en tanto se desarrolla
la tramitación iniciada de licitación para la contratación de la
prestación de Servicio de Gestión del Servicio Público de
Residencia y Centro de Día Valle de la Oliva.
Justificación del Acuerdo.- El Pleno del Ayuntamiento de
Majadahonda, en sesión celebrada el 29 de mayo de 2013
acordó entre otros asuntos, adquirir de PAMMASA mediante
reversión la parcela 02 del Área de Oportunidad de este
municipio (actualmente calle Manuel de Falla n° 35) junto con
el edificio sobre ella construido, destinado a Residencia de
Mayores y Centro de día, abonando la compensación que
corresponda
Igualmente acordó que el contrato de arrendamiento
financiero entre PAMMASA Y PLANIGER, S.A. deberá ser
resuelto previamente, obligándose la empresa a continuar con
la prestación del servicio en las mismas condiciones por el
tiempo indispensable hasta la nueva adjudicación o bien
subrogarse en él el Ayuntamiento por ese tiempo intermedio,
dejando constancia que los derechos y obligaciones generados
con anterioridad a la subrogación deberán ser liquidados entre
PAMMASA Y PLANIGER, sin que el Ayuntamiento responda de
ellos ( Anexo I)
Datos de interés del Acuerdo .- Se ha designado como persona
responsable del Acuerdo a Mª Paz Palmero Cabo, Responsable
del Área Gerontológica, Área desde la que se gestiona el
Servicio.
Precios:
Precio día plaza pública ocupada Residencia : 63,85€
(excluido IVA)
Precio plaza reservada Residencia: 75% del precio día
plaza ocupada.
Duración del Acuerdo .- La duración de este acuerdo será
desde su formalización hasta que se formalice el contrato
resultante de la licitación que se está tramitando en la
actualidad.
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Canon .- La gestora se obliga a abonar al Ayuntamiento en
concepto de canon, la cantidad anual de DOSCIENTOS
CINCUENTA MIL EUROS (250.000 €). Dado que en este
momento no se conoce la duración real de este acuerdo
temporal la referida
cantidad se prorrateará mensualmente, de forma que cada mes
debe abonar 20.833,33 € más los impuestos en cada momento
aplicables.
Existe crédito retenido en la operación:
Año 2014 RC220139000172 por importe de 350.000€ .”
D) BORRADOR DEL ACUERDO a suscribir entre este
Ayuntamiento y PLANIGER S.A. para la gestión del Servicio
Público de Residencia de Mayores y Centro de Día Valle de la
Oliva entre el Ayuntamiento de Majadahonda y PLANIGER
S.A., adjudicataria del contrato de arrendamiento de industria
convocado por PAMMASA (anterior propietaria del edificio sito
en la c/ Manuel de Falla, 35 de este municipio).
E) INFORME Nº 579/13, de la Directora de Régimen Interior,
Calidad, Organización y Servicios Jurídicos, de 18 de
diciembre de 2013, cuyo texto es el siguiente:
“ANTECEDENTES
PRIMERO.- El Pleno de la Corporación, en sesión
celebrada el 29 de mayo de 2013 acordó, entre otros asuntos la
adquisición mediante reversión, la parcela 02 del Área de
Oportunidad y el edificio sobre ella construido, abonando la
compensación económica procedente, derivada de los informes
técnicos que asciende a 6.864.973,49 €.
Igualmente se aprobó que el contrato de arrendamiento
financiero entre PAMMASA y PLANIGER, S.A deberá ser
resuelto previamente, obligándose la empresa a continuar con
la prestación del servicio en las mismas condiciones por el
tiempo indispensable hasta la nueva adjudicación o bien
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subrogarse en él el Ayuntamiento por ese tiempo intermedio,
dejando constancia que los derechos y obligaciones generados
con anterioridad a la subrogación deberán ser liquidados entre
PAMMASA y PLANIGER, sin que el Ayuntamiento responda de
ellos.
SEGUNDO.- El Consejo de Administración de la empresa
municipal PAMMASA va a proceder a la aprobación de la
resolución del contrato de arrendamiento financiero que tenía
suscrito con la empresa PLANIGER, S.A., en sesión convocada
para el día 19 de diciembre de 2013.Dicho acuerdo será
incorporado al expediente en cuanto sea posible.
TERCERO.- La Concejalía de Servicios Sociales ha redactado
un borrador de contrato a suscribir con la actual empresa que
gestiona la Residencia por el tiempo indispensable hasta la
adjudicación del contrato de gestión de Servicio público que se
está tramitando en la actualidad. Este contrato combina las
obligaciones que correspondían a PLANIGER como
consecuencia de su relación contractual con PAMMASA y las
relaciones con el Ayuntamiento recogidas en el Convenio que
las regulaba hasta este momento.
El Ayuntamiento no será responsable de los efectos derivados
de la resolución del contrato ente PAMMASA y PLANIGER, tal
y como se recogía en el referido acuerdo plenario de 29 de
mayo de 2013 y en propio texto del documento de resolución
contractual a suscribir entre ellas.
LEGISLACIÓN APLICABLE
1) Ley 33/03, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las
Administraciones Publicas (en adelante, LPAP)
2) Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado
por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio (en adelante,
RB)
3) Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del
Régimen Local, en adelante LRBRL.
4) Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se
aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento
y régimen jurídico de las Entidades Locales.
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5) Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por
el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de
contratos del Sector Público.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 27 de
febrero de 2013, aprobó la creación del Servicio público y la
determinación de la forma de prestación del servicio de
Residencia de Mayores y Centro de Día, así como el
Reglamento del Servicio. Igualmente aprobó definitivamente el
anteproyecto de obra y explotación en sesión plenaria de 25 de
septiembre de 2013.
La Concejalía de Servicios Sociales ha impulsado el expediente
de contratación de la gestión del Servicio Público de referencia
que lleva aparejada obra, elaborando los pliegos técnicos.
Respecto de la obra a ejecutar, se ha emitido informe por el
Servicio de obras municipal, que se ha incluido en el pliego
técnico.
Actualmente se está elaborando los pliegos de cláusulas
administrativas en Secretaría General.
Dada la sensibilidad de este Servicio cuya prestación no puede
interrumpirse en tanto se tramita la licitación del nuevo
contrato en el que el titular del servicio sea ya el Ayuntamiento,
el Pleno de la Corporación acordó la continuación de la actual
empresa hasta la adjudicación de la licitación que se está
tramitando.
Se ha comprobado que el texto del acuerdo propuesto que ahora
se informa recoge las obligaciones de la empresa gestora de
forma similar a las que tenía en el contrato que la unía hasta
ahora con PAMMASA y por otro lado contiene las relaciones de
esta empresa con la Concejalía de Servicios Sociales.
Se hace constar expresamente que esta situación es excepcional
por lo que el acuerdo sólo puede tener la duración
estrictamente indispensable para el correcto mantenimiento del
Servicio en tanto se adjudica la licitación.
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Visto cuanto queda expuesto, no se aprecia inconveniente legal
para la suscripción del contrato informado con la condición
temporal expuesta.”
F) INFORME de la Técnico de Control Interno y del
Interventor, de 19 de diciembre de 2013, cuyo texto es el
siguiente:
“1.- Normativa aplicable
La normativa aplicable a este expediente se encuentra
en:
Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local (LRBRL)
Texto Refundido de disposiciones Legales vigentes en
materia de Régimen Local, aprobado por RDL 781/1986
(TRLRL).
Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público,
aprobado por Real decreto legislativo 3/2011 de 14 de
noviembre (TRLCSP).
Ley 33/03 de 3 de noviembre de Patrimonio de las
Administraciones Públicas.
Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales de 5 de marzo aprobado por RDL 2/2004
(TRLHL).
Bases de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento de
Majadahonda para 2013.
Se tramita la aprobación del Acuerdo entre el
Ayuntamiento de Majadahonda y PLANIGER S.A, regulador del
funcionamiento de la Residencia de Mayores y Centro de Día
Valle de la Oliva.
Es necesario hacer constar la excepcionalidad del
mismo que es determinante de su duración: El tiempo
estrictamente indispensable para el correcto mantenimiento del
servicio en tanto se adjudica la licitación.
1.- Crédito presupuestario
Las obligaciones económicas que de este acuerdo se
derivan para el Ayuntamiento de Majadahonda son las relativas
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a la gestión de las treinta y ocho plazas de residencia de las que
dispone.
Para hacer frente a los gastos derivados de dicha
gestión en el expediente consta la operación contable RC
número 20139000172 de 15 de noviembre, de ejercicios futuros
en la aplicación presupuestaria 2013.008.2330.22725
“Contratacion servicios residencia tercera edad” por importe
de 350.000,00 €.
Una vez entre en vigor el Presupuesto General de este
Ayuntamiento para el ejercicio 2014 o se prorrogue el del
ejercicio 2013, esta Intervención realizará un informe
complementario de existencia de crédito.
2. Canon y Garantía
Mediante el acuerdo que se propone la gestora se obliga
a abonar al Ayuntamiento en concepto de canon la cantidad
anual de 250.000,00 € que se prorrateará mensualmente a
razón de 20.883,33 € mas los impuestos aplicables.
Asimismo, la gestora deberá depositar una garantía de
10.000,00 € que deberá estar vigente durante la duración del
Acuerdo.
4.- Duración
La duración del acuerdo propuesto se extenderá desde la
aprobación del mismo hasta la formalización del contrato
resultante de la licitación que se está tramitando en la
actualidad.
5.- Informe jurídico y Propuesta de Resolución.
En el expediente consta informe jurídico preceptivo de
fecha 18 de diciembre de 2013.
6.- Órgano competente.
El órgano competente para aprobar este expediente es
el Pleno de la Corporación, de conformidad con las
disposiciones vigentes en materia de régimen local.”
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G) ESCRITO DE PLANIGER S.A., de fecha 20 de diciembre de
2013, dirigido a PATRIMONIO MUNICIPAL DE
MAJADAHONDA S.A., cuyo texto es el siguiente:
“Muy señores nuestros:
Por medio de la presente les manifestamos nuestra
conformidad con el borrador de documento de fecha 20 de
diciembre que contempla la resolución del contrato que nos
vincula con ustedes de fecha 17 de septiembre de 2004, relativo
a la Gestión de la residencia de Personas Mayores Valle de la
Oliva.
Una vez la firma de dicho documento sea aprobada por su
Consejo de Administración, se formalizará el documento
definitivo cuyo borrador se acompaña a la presente carta visado
por ambas partes.
En espera de sus noticias, …”
H) ESCRITO del Presidente del Consejo de Administración de
PAMMASA, de 20 de diciembre de 2013, cuyo texto es el
siguiente:
“Se ha recibido conformidad por parte de PLANIGER sobre
borrador de documento de rescisión del contrato que tiene
rubricado con PAMMASA respecto de la gestión de la
residencia.
El documento se presentará a la próxima sesión del Consejo de
Administración de PAMMASA y una vez aprobado, está previsto
la firma de dicha rescisión para el próximo jueves 26 de
diciembre. Una vez rubricado por ambas partes se presentará
una copia en el Ayuntamiento de Majadahonda.
Junto a este escrito se presenta copia del documento en el que
se presta la conformidad por parte de PLANIGER y del
borrador de rescisión consensuado por ambas partes.”
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I) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Economía y
Hacienda, de 23 de diciembre de 2013, favorable.
J) DOCUMENTO de Resolución de contrato de arrendamiento y
gestión del inmueble sito en la c/ Manuel de Falla, nº 35, de
Majadahonda, destinado a Residencia de Mayores, de fecha 26
de diciembre de 2013, que consta en el expediente debidamente
firmado por el Presidente de la sociedad municipal “Patrimonio
Municipal de Majadahonda, S.A.” –PAMMASA- y por la
representación de la entidad mercantil PLANIGER S.A.
K) CERTIFICACIÓN del Secretario del Consejo de
Administración de PATRIMONIO MUNICIPAL DE
MAJADAHONDA, S.A., de 26 de diciembre de 2013, en el que
consta lo siguiente:
“Que en la Reunión del Consejo de Administración de la
Empresa Municipal “Patrimonio Municipal de Majadahonda,
S.A.”, debidamente convocado y válidamente constituido,
celebrado el día 26 de diciembre de 2013, en las oficinas de
Patrimonio Municipal de Majadahonda, se tomaron entre otros
los siguientes acuerdos:
“PRIMERO.- Proceder a resolver el contrato firmado con PLANIGER,
conforme al borrador del texto de resolución de contrato de fecha 20
de diciembre de 2013 suscrito por ambas partes.
SEGUNDO.- Facultar al Presidente del Consejo de Administración, D.
Jerónimo Alberto Escalera Gómez, para suscribir y formalizar cuantos
documentos públicos o privados sean necesarios o convenientes para
la ejecución del p unto anterior.”
El acta de la reunión fue aprobada al finalizar la sesión.”
El Concejal Delegado de Bienestar Social, Salud y Familia, Sr.
San Juan, indica que, en este caso, se presenta el acuerdo suscrito entre
PLANIGER y este Ayuntamiento para la gestión de la Residencia de
Mayores “Valle de la Oliva” hasta su adjudicación a una nueva
empresa.
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Sigue diciendo que éste es un paso más para conseguir el
objetivo de que este Ayuntamiento sea el que gestione y administre la
Residencia de Mayores.
Añade que el acuerdo que tenían, hasta ahora, PAMMASA y
PLANIGER, se ha interrumpido por lo que esta temporalidad es un
paso necesario para que este Ayuntamiento se pueda hacer cargo de la
gestión de esta Residencia.
Sigue diciendo que, en el acuerdo que se propone para
aprobación, constan los términos en los que se llevará a cabo la
gestión de esta Residencia tanto en su funcionamiento administrativo
como en la de la gestión de las plazas concertadas y esas condiciones
continúan siendo las mismas que las que tenía hasta ahora esta
Residencia con PAMMASA.
Manifiesta que en este acuerdo temporal, los derechos y
obligaciones de las partes son las mismas, el canon que debe abonar la
empresa es el mismo y el precio de las plazas también es el mismo.
Termina su intervención diciendo que lo que se propone es un
paso más para conseguir el objetivo que se pretende y añade que el
equipo de gobierno está convencido que, con este acuerdo temporal,
se va a garantizar la calidad de los servicios que van a recibir nuestros
mayores en la Residencia “Valle de la Oliva”, hasta su adjudicación a
la nueva empresa.
El Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sr. Ventura,
indica que lo que se presenta, en este punto del orden del día, es el
acuerdo temporal con PLANIGER para la gestión de la Residencia de
Mayores y Centro de Día y su grupo cree que tiene la obligación de
recordar a los vecinos de qué trata ese acuerdo temporal y por qué se
produce.
Sigue diciendo que este acuerdo tiene sus antecedentes en el
año 2001 en que este Ayuntamiento, convencido de la necesidad de
que este municipio contara con una residencia de ancianos y que lo
más idóneo era que la Empresa Municipal de la Vivienda,
PAMMASA fuera la que construyera y gestionara la misma porque,
entre otras cosas, en esos momentos, dicha empresa tenía una
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economía mucho más boyante que la del Ayuntamiento. Aclara que
este Ayuntamiento cedió a PAMMASA una parcela en el Área de
Oportunidad para construir esta Residencia.
Manifiesta que PAMMASA contrató a una empresa para su
construcción y gastó unos 4 millones de euros aproximadamente en la
construcción de una bonita residencia pero no comprobó totalmente
que la construcción que se realizó era todo lo fiable que debería ser
para una residencia que iba a ser utilizada por personas mayores o
enfermas.
Añade que, en esos momentos, D. Narciso de Foxá, actual
Alcalde de este Ayuntamiento y entonces Presidente de PAMMASA,
convocó un concurso de gestión de servicio público de esa residencia
con un canon mínimo de 240.000 euros anuales y la empresa
PLANIGER resultó adjudicataria de ese concurso por los 250.000
euros anuales que había ofertado.
Manifiesta que esa empresa adjudicataria firmó un contrato de
arrendamiento por 20 años en el que se hacía cargo de todos los gastos
de mantenimiento y conservación, además figura que la renta se
revisará anualmente de acuerdo con el IPC y se prevé, como causas
para una posible resolución del contrato, la falta de pago, la
realización de daños causados dolosamente y el grave descuido de la
conservación del edificio que incida en el funcionamiento de ese
centro.
Sigue diciendo que pasan los años y la empresa adjudicataria
se da cuenta de que no ha sido capaz de hacer rentable ese centro, que
no ha venido realizando un adecuado mantenimiento del mismo y
además está perdiendo dinero y por ello PLANIGER, apoyándose en
el contrato firmado por PAMMASA -poco definido y poco claro en la
descripción de los elementos necesarios para su resolución desde el
punto de vista de su grupo- pide a nuestra empresa municipal que la
relegue de sus compromisos.
Añade que, ante estos hechos, este Ayuntamiento encarga una
revisión y un presupuesto de los gastos ocasionados por la mala
gestión de PLANIGER y descubre que esos desperfectos ascienden
aproximadamente a 1 millón de euros.
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Aclara que la empresa adjudicataria justifica esos desperfectos
utilizando diversos argumentos y entre ellos alega los vicios ocultos de
la construcción pero su grupo entiende que tampoco se puede olvidar
la responsabilidad de PAMMASA en la vigilancia de esa construcción
lo que expresamente figura en el contrato como eximente de
responsabilidad.
Indica que la empresa adjudicataria sigue en su decisión de
dejar, unilateralmente, el contrato y el equipo de gobierno sorprende
con una solución “mágica e imaginativa” y dice esto porque propone
revertir la propiedad de la parcela cedida a PAMMASA, comprar a
dicha empresa municipal el edificio por casi 7 millones de euros y,
como en estos momentos la economía de PAMMASA y la del
Ayuntamiento son diametralmente opuestas a la que dio lugar a la
operación de construcción de esta residencia de mayores, este
Ayuntamiento pasa a ser el propietario y se va a hacer cargo de la
gestión de la misma y de los desperfectos del edificio pero lo va a
hacer con una rebaja en el canon de la futura concesión.
Sigue diciendo que PAMMASA cede a casi todas las
pretensiones de la empresa adjudicataria a pesar de sus
incumplimientos y recientemente ha llegado a un acuerdo para la
devolución del aval de 300.000 euros presentado como garantía de ese
contrato de arrendamiento y lo ha hecho sin firmar, de forma
definitiva, un acuerdo sobre las deficiencias de esta residencia y lo
hace solo con el acuerdo de que cumplan con el servicio hasta que el
Ayuntamiento vuelva a sacar a concurso y adjudique nuevamente la
gestión de la Residencia de Mayores y Centro de Día.
Reitera a continuación que este Ayuntamiento va a volver a
sacar un nuevo concurso para la adjudicación de la gestión de esta
Residencia cambiando las condiciones y determinando un canon
inferior a pesar de que se incluye la gestión del Centro de Día
asegurando, desde el punto de vista de su grupo, el beneficio futuro de
las empresas que opten a dicho concurso, solución que parece que es
la que el equipo de gobierno considera mejor para los vecinos.
Insiste en que PLANIGER incumple el contrato en la parte
referida al Anexo 3 del pliego de condiciones que recoge como posible
causa de resolución el grave descuido en la conservación de las
instalaciones que incida en su funcionamiento normal. Manifiesta que
su grupo no sabe si las incomodidades a los usuarios, los
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desconchones, las humedades, los baldosines caídos, los
desprendimientos en fachada, etc., son causa suficiente para, al menos,
sancionar a dicha empresa pero el equipo de gobierno no la sanciona a
pesar de que no mantiene, en debidas condiciones, el edificio y es el
Ayuntamiento el que va a reparar las deficiencias ocasionadas por su
gestión en la Residencia por lo que parece, desde el punto de vista de
su grupo, que el equipo de gobierno está premiando a la empresa
adjudicataria.
Añade que esta empresa pide rescindir, unilateralmente, el
contrato porque no puede rentabilizar la gestión que realiza y el
Ayuntamiento vuelve a sacar un arrendamiento preparando para ello
unos pliegos de condiciones mucho más sugerentes y beneficiosos
para las empresas, concurso al que PLANIGER podría volver a
presentarse.
Aclara que PAMMASA, entre tanto, comienza a negociar
porque esa empresa no quiere hacerse cargo de sus obligaciones con
respecto a las deficiencias que ha ocasionado su gestión pero nuestra
empresa municipal devuelve a dicha empresa el aval de 300.000 euros
sin haber firmado, previamente, un acuerdo sobre esos desperfectos.
Indica además que la empresa adjudicataria amenaza al
Ayuntamiento con marcharse de la concesión sin darnos tiempo a
buscar una solución pero, a pesar de ello, este Ayuntamiento la premia
aumentado sus ingresos con las 30 plazas del Centro de Día a cambio
de los mismos 250.000 euros anuales que es la cantidad de dinero que
esta empresa comenzó pagando en 2004 y por ello pregunta si durante
todo este tiempo se le ha aplicado o no el incremento del IPC y cuál es
el motivo de volver ahora a ese precio anterior.
Continúa diciendo que, desde el punto de vista de su grupo,
todo han sido facilidades para la empresa PLANIGER y solo faltaría
que se presentase al nuevo concurso y resultara adjudicataria del
mismo porque, en ese caso, sería una “jugada redonda” para esta
empresa.
Manifiesta además que PAMMASA también incumple sus
obligaciones por falta de vigilancia y recuerda que las obras de
construcción, recién terminadas, tuvieron que ser rectificadas y
además han aparecido vicios ocultos, materiales de baja calidad, etc.
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Insiste en que PAMMASA tampoco realiza la función de
control en esta Residencia puesto que ha permitido que las
deficiencias producidas en ella por falta de mantenimiento, lleguen a
la situación actual en que, como todos saben, el arreglo de esos
desperfectos alcanza casi la cantidad de 1 millón de euros, cantidad de
dinero que va a ser asumida por los vecinos.
Termina su intervención diciendo que PAMMASA va a ser la
más beneficiada por esta operación porque este Ayuntamiento le va a
comprar la Residencia de Mayores por casi 7 millones de euros de los
vecinos, le va a quitar el trabajo que le suponía la labor de control que
debía realizar y además le va a arreglar un poco su deteriorada
situación económica por lo que parece que cuanto peor se hacen las
cosas, mejor trata el equipo de gobierno o también puede ser que esta
operación se haya convertido para algunos en “la ruleta de la fortuna”
aunque no es así para los vecinos de Majadahonda.
La Concejal del Grupo Municipal Unión Progreso y
Democracia, Sra. Fernández, indica que le ha sorprendido la firma de
este acuerdo temporal aunque supone que puede ser necesario y le ha
sorprendido por los comentarios que realizó el Concejal de Bienestar
Social, Salud y Familia que constan en la sesión plenaria del 27 de
febrero de este año en los que, para justificar la reversión de la parcela
a este Ayuntamiento, dijo que las relaciones de la empresa
concesionaria con su Concejalía no eran suficientemente fluidas y
también dijo que no quería encontrarse con que esta empresa se
marchara algún día porque ya había avisado de que quería rescindir el
contrato por problemas económicos y por ello el equipo de gobierno
quería sacar un pliego de condiciones para adjudicar ese servicio a una
nueva empresa que diera un buen servicio en la Residencia de
Mayores.
Manifiesta que, desde el punto de vista de su grupo, en el nuevo
acuerdo entre PLANIGER y este Ayuntamiento (no PAMMASA), se
ha reducido el canon porque se han aumentado unas plazas del Centro
de Día y por ello cree que la empresa adjudicataria estará encantada y
a continuación pregunta al Concejal Delegado de Bienestar Social,
Salud y Familia cómo son ahora, después de esa bajada del canon, las
relaciones entre su Concejalía y PLANIGER y añade que supone que
habrán mejorado.
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Sigue diciendo que en este acuerdo que se propone no se habla
nada de la reparación de los desperfectos que, como todos saben,
asciende a casi 1 millón de euros y tampoco de la aceptación por la
empresa gestora, o la posible reparación por parte de PAMMASA, de
una compensación o indemnización por los desperfectos que se han
detectado y valorado por los Servicios Técnicos Municipales.
Aclara que, en el punto segundo de la exposición de este
acuerdo, se dice que el expediente de contratación junto con los
pliegos de condiciones de prescripciones técnicas y cláusulas
administrativas, proyecto técnico y la apertura de la licitación para la
gestión del servicio público de referencia, sería aprobado,
previsiblemente, en el Pleno del mes de diciembre y precisamente su
grupo estaba de acuerdo con este punto por creer que este importante
pliego debía haberse tratado en esta sesión y debería ser así aún más
por la alarma social que se creó al decir que, si la empresa
adjudicataria se marchaba, se iban a quedar en la calle muchos
ancianos de esta Residencia de Mayores por lo que, reitera, presentar
los pliegos de condiciones en esta sesión plenaria hubiera sido lo
prioritario.
Termina su intervención diciendo que a su grupo le hubiera
gustado que el equipo de gobierno hubiera tenido la misma diligencia
con estos pliegos de condiciones para la nueva contratación de la
Residencia de Mayores que con el expediente que se ha tratado hoy
para la compra de la parcela RO-6 al IVIMA.
El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,
Sr. Santana, indica que este tema de la Residencia de Mayores va
camino de convertirse en el estandarte del modelo de gestión del
equipo de gobierno y dice esto porque considera que es un buen
ejemplo para ver en qué consiste una gestión de un servicio público
privatizado y, desde el punto de vista de su grupo, descontrolado y
añade que las posibles consecuencias que ello puede tener para los
vecinos también son claras.
Aclara que ya se ha hablado mucho de los antecedentes de este
asunto pero desea recordar que este Ayuntamiento, a través de
PAMMASA, construye y equipa totalmente (camas, cortinas, etc.) una
Residencia de Mayores.
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MAJADAHONDA
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Añade que PAMMASA privatiza esa gestión y la saca a
concurso en unas condiciones, a priori, bastante favorables para la
empresa que resulte adjudicataria porque, de las 138 plazas que tiene
esta Residencia, solo 38 estaban a disposición de los Servicios
Sociales aunque este Ayuntamiento las pagaba a la empresa y 100
plazas estaban a la libre disposición de la empresa para su negocio
privado.
Manifiesta a continuación que fue curioso que se impusiera a la
empresa un canon mucho menor del coste que el Ayuntamiento debía
asumir por esas 38 plazas que estaban a su disposición e insiste en que
es necesario recordar que nuestros vecinos habían construido el
edificio y puesto todo el equipamiento que necesitaba.
Indica a continuación que se producen innumerables problemas
de gestión, se reciben numerosas quejas de los residentes y de sus
familias, quejas que llegan también al Pleno y además se han
detectado desperfectos en la Residencia cuyo arreglo ha sido valorado
en casi 1 millón de euros y que han provocado que haya que cerrar
determinadas habitaciones, existan problemas de insalubridad, etc.,
problemas que han surgido, en algunos casos, por falta de
mantenimiento.
Manifiesta que lo último que sabe es que la empresa
adjudicataria, como no obtiene el resultado económico que esperaba
por la adjudicación de esta concesión administrativa, anuncia que
quiere dejarla y este Ayuntamiento corre a su rescate recuperando su
gestión quitándosela a PAMMASA que, desde el punto de vista de su
grupo, ha demostrado, desde los primeros momentos, una negligente
gestión y control de esta Residencia.
Indica además que ahora, mientras se saca el nuevo pliego de
condiciones para privatizar nuevamente su gestión, se propone un
acuerdo temporal con la misma empresa que estaba gestionándola y
además considera curioso que se diga que este acuerdo temporal
obliga a la empresa adjudicataria a continuar con la prestación del
servicio en las mismas condiciones hasta que se realice la nueva
adjudicación pero su grupo cree que no es cierto lo que se está
diciendo porque la realidad es que este Ayuntamiento está rescatando
esa concesión porque a la empresa adjudicataria le interesa ser
rescatada y no porque al Ayuntamiento le interese rescatarla y dice
esto porque ha sido la empresa adjudicataria la que ha querido
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MAJADAHONDA
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abandonar el servicio y este Ayuntamiento ha corrido al rescate, lógica
que a su grupo gustaría que se aplicara a la inversa.
Pregunta a continuación qué ocurriría si este Ayuntamiento
decidiera cambiar el modelo de gestión de cualquier servicio público
privatizado, por ejemplo, del gimnasio Físico y aclara que su grupo
está convencido de que el adjudicatario, en ese caso, reclamaría a este
Ayuntamiento daños y perjuicios por incumplimiento de contrato pero
sin embargo este Ayuntamiento no reclama nada a las empresas
cuando abandonan los servicios privatizados.
Sigue diciendo que parece además que se va a dejar “irse de
rositas” a la empresa adjudicataria de la gestión de la Residencia sin
haber pagado el millón de euros que cuesta arreglar los desperfectos
que ha ocasionado y también se supone que, en lugar de estar
obligando a PLANIGER a mantener el servicio temporalmente, se la
está favoreciendo porque recuerda, como han dicho anteriormente
otros grupos de la oposición, que el canon que se le va a cobrar es de
250.000 euros que es el mismo que se firmó en el año 2004.
Aclara que la estipulación tercera del contrato firmado con
PLANIGER dispone que la renta será objeto de revisión anual desde
la entrada en vigor del contrato actualizándose al alza en la misma
proporción en la que se produzca la variación del índice general de
precios al consumo para el conjunto nacional lo que significa que el
canon del año 2013, con el IPC acumulado, debería ser de 308.000
euros y no de 250.000 euros y el prorrateo significaría que esta
empresa debería pagarnos 25.666 euros al mes y no los 20.000 euros
que se piden.
A continuación indica que, además de todo lo que ha expuesto,
se amplía el servicio que debe prestar con el Centro de Día por lo que
su grupo entiende que se está premiando, una vez más, a la empresa
que incumple.
Termina su intervención diciendo que su grupo no entiende lo
que está haciendo el equipo de gobierno y espera que se rectifique
porque lo que se dice en el expediente es falso y considera necesario
exigir a la empresa adjudicataria, para cumplir lo que se dispone, que
actualice el canon por esos 308.000 euros anuales.
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El Viceportavoz del Grupo Municipal Centrista, Sr. del Río,
indica que, desde el punto de vista de su grupo, éste es un capítulo más
del castillo que el equipo de gobierno está construyendo para transferir
la gestión de la Residencia de Mayores. Añade que en este capítulo se
presentan dos documentos, el acuerdo que ha realizado PLANIGER
con PAMMASA, acuerdo del 20 de diciembre pasado, que debería ser
el que hubiera motivado todo el expediente y también un acuerdo que
a su grupo “le pone los pelos de punta” porque, cuando este
Ayuntamiento compre esta Residencia, se produce una liquidación con
la empresa adjudicataria exonerándola de cualquier responsabilidad
del contrato e incluso se dice que se le va a devolver la fianza que
depositó por lo que queda claro que este Ayuntamiento no va a ir
contra la empresa adjudicataria lo que sorprende a su grupo cuando en
el Pleno celebrado en el Pleno de mayo de este mismo año, el Sr.
Alcalde dijo que, desde hace año y medio, se estaban produciendo
pleitos entre PAMMASA y la empresa adjudicataria para exigirla
responsabilidades y además acusó a los grupos de la oposición de no
enterarse pero su grupo sí se ha enterado de que no hay ningún laudo
ni pleito interpuesto contra la empresa adjudicataria y además cree que
el acuerdo que se va a firmar va a exonerar a PLANIGER de las
responsabilidades que pudieran estar ligadas a ese contrato o lo que es
lo mismo, este Ayuntamiento va a dejar que la empresa adjudicataria
de la Residencia de Mayores “se vaya de rositas” y solamente se
contempla una cláusula en la que se dice que, cuando se llegue a un
acuerdo y se determinen los desperfectos que son de su
responsabilidad, se reflejarán como anexo a este acuerdo que se ha
firmado pero está claro que, en caso de que no se llegue a ese acuerdo,
la empresa adjudicataria “se irá de rositas” y además recuerda que se
la va a devolver el aval de 300.000 euros.
Indica además que se dice, en el acuerdo temporal, que los
servicios se prestarán en las mismas condiciones que tenía el contrato
pero su grupo cree que no son las mismas condiciones porque
actualmente la empresa debería pagar un alquiler de 310.000 euros y
su grupo ha detectado que solo paga 300.000 euros más impuestos (no
sabe por qué no paga esos otros 10.000 euros) y, con las
actualizaciones del IPC, dicha empresa debería pagar 375.000 euros de
alquiler, alquiler que se va a transformar en el pago de un canon anual
de tan solo 250.000 euros por lo que entiende que este Ayuntamiento
la está haciendo un gran favor pero, a pesar de ello, esta empresa no va
a cobrar las plazas que debe pagar este Ayuntamiento al precio del año
2004 sino que las cobra con un 15% más.
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Reitera que su grupo desea dejar claro que el servicio no se va a
prestar en las mismas condiciones que figuran en el contrato y añade
que no sabe si temer más al acuerdo que tiene PAMMASA con
PLANIGER, al que tiene dicha empresa con este Ayuntamiento o al
informe jurídico que obra en este expediente en el que se cuentan las
leyes de aplicación a este caso pero, desde el punto de vista de su
grupo, las ignora y no las tiene consideración y además dice que las
condiciones de este acuerdo temporal son las mismas pero, insiste, no
es cierto que sean las mismas porque, reitera, la empresa adjudicataria
va a pasar de pagar una renta de 300.000 euros anuales a un canon
anual de 250.000 euros. Añade que quizá lo que más ha asombrado de
todo este asunto es ese informe jurídico que ignora toda la normativa
de aplicación.
Aclara que, desde el punto de vista de su grupo, el equipo de
gobierno monta toda esta operación por la penosa situación de nuestra
empresa municipal PAMMASA que, como todos recuerdan, hace años
había estado dando beneficios a este Ayuntamiento, beneficios que
está claro que no podía dar porque ello la ha llevado a tener unos
enormes números rojos y el Ayuntamiento utilizaba esos beneficios
para cuadrar los Presupuestos y destinarlos a gasto corriente y, como
ahora eso no es posible, se ha decidido que este Ayuntamiento se
compre a sí mismo esta Residencia de Mayores utilizando para ello un
dinero que solo puede ser destinado a cuestiones patrimoniales o lo
que lo es lo mismo, este Ayuntamiento se compra la Residencia a sí
mismo, lo mete en la “lavadora de PAMMASA” y así esta empresa
municipal podrá volver a dar beneficios al Ayuntamiento para que los
destine a gasto corriente.
Insiste en que quizá esta operación sea magnífica para el equipo
de gobierno al que parece que le da igual que la empresa adjudicataria
“se vaya de rositas” aunque deje un millón de euros en desperfectos,
no pide responsabilidades al Gerente de PAMMASA por la situación
económica en que se encuentra nuestra empresa municipal y tampoco
por la situación en que se encuentra la Residencia de Mayores y
realmente parece que todo le da igual porque quien paga siempre es el
vecino y parece que el equipo de gobierno cree que realiza una buena
gestión porque ha obtenido superávit pero, desde el punto de vista de
su grupo, lo único que hace es sacar más dinero a los vecinos.
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MAJADAHONDA
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Termina su intervención aclarando que su grupo va a votar
radicalmente en contra del acuerdo temporal y del acuerdo de
PAMMASA y cree que se están incurriendo en unas actuaciones muy
serias al aprobar esos documentos y que el equipo de gobierno debería
recapacitar.
El Sr. Presidente indica al Viceportavoz del Grupo Municipal
Centrista que la “pobre PAMMASA” que parece que está
prácticamente desahuciada, se fundó con 10 millones de pesetas y
actualmente cuenta con más de 12 millones de euros de beneficios
acumulados en su balance lo que puede ser comprobado con facilidad.
El Concejal Delegado de Bienestar Social, Salud y Familia, Sr.
San Juan, indica que, si el equipo de gobierno hubiera decidido actuar
con la empresa adjudicataria de la Residencia de la forma en que los
grupos de la oposición proponen, esa empresa habría dejado de prestar
sus servicios hace mucho tiempo y hubieran dejado la Residencia del
“Valle de la Oliva” con 150 mayores sin atención.
Sigue diciendo que los grupos de la oposición pueden hacer
propuestas como las que hacen porque no tienen responsabilidad y no
conocen la gravedad del problema que se generaría si la empresa que
está gestionando la Residencia de Mayores se marcha. Añade que al
equipo de gobierno lo que le interesa es que esté garantizada la
atención a nuestros mayores y por eso precisamente se realiza el
contrato temporal cuya aprobación se propone porque se pretende
garantizar que la empresa que actualmente presta sus servicios, se
quede hasta la nueva adjudicación de la gestión a otra empresa.
Insiste en que lo que el equipo de gobierno pretende es que
nuestros mayores sigan atendidos y que esta empresa siga prestando
sus servicios hasta la nueva adjudicación y añade que le da un poco
igual cómo sean las relaciones con ella porque, reitera, lo que se
pretende es que atienda a nuestros mayores de la mejor forma posible.
Aclara que las anteriores relaciones de esta empresa con
PAMMASA son parecidas a las que ahora tiene con este
Ayuntamiento y desea dejar claro que al equipo de gobierno le gustaría
que esta Residencia fuera más moderna y que se realizara otro tipo de
gestión y por ello precisamente se va a convocar un nuevo concurso.
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MAJADAHONDA
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Añade que, subiendo el canon, no se ayuda a una empresa que pierde
dinero para que cumpla su trabajo con los mayores.
Continúa diciendo que el equipo de gobierno ha decidido
realizar el contrato temporal que se propone para garantizar que esta
empresa cumple con su trabajo hasta la nueva adjudicación y aclara
que los pliegos de condiciones de la nueva licitación ya han sido
realizados y no se han podido presentar en esta sesión porque no ha
existido tiempo material suficiente para hacerlo pero se presentarán al
Pleno que se celebrará en el mes de enero.
Indica además que este Ayuntamiento y los vecinos de
Majadahonda han descontado el millón de euros que supone el arreglo
de los desperfectos a PAMMASA y considera que PAMMASA y este
Ayuntamiento no son lo mismo.
Reitera que este Ayuntamiento no ha pagado ese millón de euros
sino que lo ha descontado a PAMMASA del precio de tasación de
dicha Residencia y será PAMMASA quien tenga que reclamar el pago
de esos arreglos a quien corresponda, ya sea la empresa constructora o
la empresa adjudicataria de la gestión.
Termina su intervención diciendo que, como todos pueden ver,
el equipo de gobierno está haciendo el mejor trabajo que puede a favor
de nuestros mayores y reitera que, si se hiciera lo que proponen los
grupos de la oposición, la empresa adjudicataria de la Residencia se
habría marchado hace mucho tiempo.
Sometido este asunto a votación, la Corporación por trece (13)
votos a favor correspondientes al Grupo Municipal Popular y once
(11) votos en contra correspondientes a los Grupos Municipales
Socialista, Unión Progreso y Democracia, Izquierda Unida-Los Verdes
y Centrista, ACUERDA aprobar el Acuerdo Temporal a suscribir
entre este Ayuntamiento y PLANIGER S.A. para la gestión de la
Residencia de Mayores y Centro de Día “Valle de la Oliva”, cuyo
texto es el siguiente:
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“En Majadahonda, a XX de diciembre de 2013
REUNIDOS
De una parte, D. Narciso de Foxá Alfaro, Alcalde Presidente como
representante del Ayuntamiento de Majadahonda asistido del
Secretario General, D. Eulalio Ávila Cano , que da fe del acto
De otra parte Dña.Lourdes Rivera García. en nombre y
representación, de la entidad mercantil PLANIGER, S.A. con N.I.F.
n° A-83151977 y con domicilio en Madrid, C/ Berrocal n° 42;
constituida mediante escritura pública otorgada ante el Notario de
Madrid, D. Francisco-Javier Monedero San Martín, el día 5 de
diciembre de 2001. bajo el n° 6.715 de su protocolo; e inscrita en el
Registro Mercantil de Madrid, al Tomo 17.161; Libro 0, Sección 8,
Folio 117, Hoja n° M-293967, inscripción U. Dicha representación
deriva de su cargo de APODERADA, según consta en escritura de
elevación a público de acuerdos sociales otorgada ante el Notario de
Madrid, Da. María del Rosario Algora Wesolowski, el día 25 de
junio de 2003, bajo el n° 1.425 de su protocolo, inscrita en el
Registro Mercantil de Madrid. Esta parte en adelante se denominará,
en los sucesivo, la gestora
Las partes, reconociéndose mutuamente la capacidad legal necesaria
para el otorgamiento del presente acuerdo, libre y espontáneamente
EXPONEN
PRIMERO.-Que el Pleno del Ayuntamiento de Majadahonda, en
sesión celebrada el 29 de mayo de 2013 acordó entre otros asuntos,
adquirir de PAMMASA mediante reversión la parcela 02 del Área de
Oportunidad de este municipio (actualmente calle Manuel de Falla
n° 35) junto con el edificio sobre ella construido, destinado a
Residencia de Mayores y Centro de día, abonando la compensación
que corresponda
Igualmente acordó que el contrato de arrendamiento financiero entre
PAMMASA Y PLANIGER, S.A. deberá ser resuelto previamente,
obligándose la empresa a continuar con la prestación del servicio en
las mismas condiciones por el tiempo indispensable hasta la nueva
adjudicación o bien subrogarse en él el Ayuntamiento por ese tiempo
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
intermedio, dejando constancia que los derechos y obligaciones
generados con anterioridad a la subrogación deberán ser liquidados
entre PAMMASA Y PLANIGER, sin que el Ayuntamiento responda de
ellos ( Anexo I).
SEGUNDO.- El expediente de contratación, junto con los pliegos de
prescripciones técnicas y de cláusulas administrativas, proyecto
técnico y la apertura de la licitación para la gestión del servicio
público de referencia será aprobado previsiblemente por el Pleno
municipal, en la sesión a celebrar por el Pleno de diciembre de 2013.
TERCERO.- La referida mercantil prestó su conformidad a proceder
de esta forma en documento fechado el 13 de febrero de 2013 (Anexo
II).
ESTIPULACIONES
PRIMERA.- Objeto del acuerdo.
El presente acuerdo tiene por objeto describir las obligaciones,
condiciones técnicas y actividades específicas que deben ser asumidas
y desarrolladas por la Empresa Planiger S.A. para :
1. la gestión del Servicio Público de Residencia de Mayores
y Centro de Día “Valle de la Oliva”
2. la gestión de las plazas públicas de las que el
Ayuntamiento dispone, según recogen en su punto 1
“Introducción “las Bases reguladoras para la
adjudicación de plazas concertadas de la Residencia de
Mayores de Majadahonda aprobadas por el Pleno de la
Corporación el día 10 de mayo de 2005 (BOE 15 de
agosto de 2005),
SEGUNDA.- Gestión del Servicio Público
A efectos de este documento se entiende por Servicio público de
Residencia de Mayores el equipamiento destinado al alojamiento y
atención, tanto de aquellas personas que precisan de asistencia
continuada en la realización de las actividades de la vida diaria,
como de aquellas otras que, aun valiéndose por sí mismas, precisan
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
atención residencial debido a sus circunstancias personales,
familiares y/o sociales.
El Servicio de Residencia se prestará de forma ininterrumpida
durante las veinticuatro horas y todos los días del año.
La Residencia tendrá capacidad para atender un número de 138
usuarios, en 18 habitaciones dobles y 102 individuales, sin contar las
plazas asignadas a enfermería.
El Régimen jurídico que servirá de base para la gestión del servicio
es el vigente en la Materia en la Comunidad de Madrid y el
Reglamento del Servicio Público de Residencia de Mayores del
Ayuntamiento de Majadahonda
TERCERA.- Gestión de plazas públicas.
El Ayuntamiento dispone de 38 plazas de Residencia:
10 plazas nominadas de Financiación Total. Sin coste para el
Ayuntamiento y con una aportación por parte de los
beneficiarios de dichas plazas del 70% de su pensión mensual.
28 plazas denominadas Cofinanciadas. Con un coste de
63,85€ diarios (excluido el IVA), por plaza, si está ocupada. Si
la plaza está libre por causas ajenas a PLANIGER.S.A., se
considerarán plazas reservadas y el Ayuntamiento abonará el
75% de su precio.
En cuanto a los beneficiarios estas plazas serán abonadas a
PLANIGER S.A. de la siguiente manera: El usuario abonará el
70% de su pensión mensual que se descontará del coste total de
la plaza. El resto se dividirá en dos partes, una de ellas la
abonarán los familiares directos del usuario, si los hubiera, y
otra la Concejalía de Bienestar Social, Salud y Familia.
Subsidiariamente el Ayuntamiento, y por tanto la Concejalía de
Bienestar Social, Salud y Familia, se hará cargo de la parte
correspondiente a los familiares en el caso de no haberlos.
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
La Concejalía de Bienestar Social, Salud y Familia en
cumplimiento de las Bases Reguladoras determinará los
beneficiarios de las plazas en cualquiera de sus modalidades y
la aportación económica de cada uno.
El beneficiario de la plaza, recibirá notificación donde figurará
el desglose del coste económico de la plaza.
De igual modo se comunicará a PLANIGER S. A. La concesión
de las plazas y las condiciones de las mismas. Dicha
comunicación se realizará a través de correo electrónico o fax
preferentemente, dentro de las 24 horas siguientes a que se
produzca la adjudicación En ella figurarán:
Datos personales del beneficiario de la plaza como
nombre y teléfono de contacto.
Nombre y n º de teléfono del familiar de referencia
si lo hubiera.
Modalidad de plaza que se le adjudica.
Desglose de la aportación económica de cada parte
El resto de la documentación necesaria para la formalización
del ingreso, tales como datos bancarios, informe médico, etc.,
será requerida por el personal de la Residencia, al beneficiario
de la plaza o familiar de referencia.
Una vez formalizado el ingreso del beneficiario de la plaza en la
Residencia la persona de referencia asignada por PLANIGER
S. A. confirmará a los técnicos municipales la fecha del mismo
preferentemente por correo electrónico o Fax.
La Ayuda se hará efectiva desde la fecha de formalización del
ingreso.
Cualquier baja o renuncia por parte de los beneficiarios a la
plaza deberá ser comunicada
PLANIGER S. A., previo a la presentación de la factura, y
durante los cinco primeros días del mes siguiente, remitirá a
los técnicos municipales de referencia listado de prefactura con
los datos correspondientes al mes anterior donde conste:
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
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Nombre y apellidos de los beneficiarios
Tipología de la plaza
Fecha de ingreso
Fecha de baja si procede
Nº de días facturados
Desglose de la aportación económica de cada parte
Liquidación de las plazas de Financiación Total
Una vez comprobados y verificados los datos, PLANIGER S. A.
emitirá factura al Ayuntamiento de Majadahonda por la parte
del pago que le corresponda, que deberá ir acompañada de la
relación firmada de beneficiarios atendidos donde figuren los
datos antes señalados.
La empresa PLANIGER S. A presentará dicha factura ante el
Registro General del Ayuntamiento de Majadahonda y su
tramitación seguirá el procedimiento ordinario regulado en las
Bases de Ejecución del Presupuesto General.
La aportación del beneficiario de la plaza cofinanciada y de los
familiares de referencia será facturada directamente por
PLANIGER S. A
La aportación del beneficiario de plaza de financiación total
será facturada directamente por PLANIGER a los usuarios
siendo posteriormente estos ingresos descantado del total de la
factura que la entidad emite mensualmente al Ayuntamiento.
CUARTA.- Canon
La concesionaria se obliga a abonar al Ayuntamiento en
concepto de canon, la cantidad anual de DOSCIENTOS
CINCUENTA MIL EUROS (250.000 €). Dado que en este momento
no se conoce la duración real de este acuerdo temporal, la referida
cantidad se prorrateará mensualmente, de forma que cada mes debe
abonar 20.833,33 € más los impuestos en cada momento aplicables.
El Canon se devengará a partir de la firma del presente
acuierdo. Este se abonará por anticipado por meses naturales
mediante domiciliación bancaria realizada entre los días 1 y 5 de
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
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cada mes natural a la cuenta que la gestora haya comunicado al
Ayuntamiento.
QUINTA.- Gastos derivados de la tenencia y uso del Inmueble.
1.- Gastos vinculados con la Residencia y el Inmueble donde se
ubica.- Serán por cuenta de la GESTORA todos los gastos derivados
de la Residencia, así como de la propiedad, tenencia o uso del
Inmueble, incluidas sus instalaciones, incluso si los mismos fueren
exigibles legalmente al propietario del Inmueble.
Igualmente correrán por cuenta de la concesionaria los
gastos de:
Mantenimiento o reparación del Inmueble o de sus
instalaciones, incluso aunque no fueran imputables a su
uso corriente, salvo los que fueran imputables a vicios
ocultos del edificio.
Los diferentes suministros y consumos de servicios (entre
otros, administración, mantenimiento, agua, luz,
climatización, comunicaciones, limpieza o seguridad),
Cuantos seguros sean necesarios para la explotación del
inmueble excepto el seguro de continente.
2.- Gastos vinculados con el desarrollo de la actividad. .- Serán por
cuenta de la gestora Gastor tales como los de personal etc. Y los
derivados de la propiedad y la explotación
SEXTA.- Mantenimiento del Inmueble
La gestora asume la obligación de conservar, el Inmueble en
perfecto estado evitando su deterioro físico, estético tanto exterior
corno interior para lo que suscribirá y mantendrá vigentes durante la
duración del presente acuerdo, cuantos contratos de mantenimiento
del Inmueble y de todos sus accesorios e instalaciones sean
necesarios.
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
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SEPTIMA.- Garantías.
La gestora entrega en este acto, en concepto de garantía por el
cumplimiento de todas las obligaciones dimanantes del presente
acuerdo, una garantía por importe del 4% del canon anual que
deberá estar vigente durante toda la duración de este acuerdo.
Dicha garantía será devuelta al vencimiento del presente contrato,
siempre y cuando se haya comprobado que se ha cumplido
satisfactoriamente con lo estipulado en el acuerdo y no existan
responsabilidades imputables a la gestora
OCTAVA.- Obligaciones y potestades del Ayuntamiento
La Concejalía de Bienestar Social, Salud y Familia habilitará
en su presupuesto el crédito adecuado y suficiente para hacer
frente a las obligaciones que se deriven del presenta acuerdo.
La aportación económica del Ayuntamiento será abonada a
PLANIGER S.A. tras la presentación mensual de la factura
correspondiente a través del Registro de entrada, junto con el
listado de usuarios.
La Concejalía de Bienestar Social, Salud y Familia coordinará
y supervisará mediante los mecanismos apropiados, el
desarrollo del presente acuerdo
El Ayuntamiento queda expresamente facultado para
inspeccionar el Servicio, a fin de comprobar la correcta
gestión del mismo; el adecuado mantenimiento y conservación
del Inmueble y la posible realización de obras en el mismo.
NOVENA- Indemnidad.
La gestora será responsable frente al Ayuntamiento de todos los
daños, directos o indirectos, que pudieran causarse al Inmueble o a
terceros, por cualquier causa que fuere imputable a ella misma o a
terceros.
El compromiso de indemnidad recogido en la presente estipulación
supone la obligación de rembolsar al Ayuntamiento el importe
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
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íntegro de las cantidades que hubiera tenido que pagar, por
cualquier concepto (incluidas sanciones y gastos razonables de
honorarios de abogado y procurador), a cualquier tercero que haya
formulado cualquier clase de reclamación basada en hechos que
sean imputables a la gestora. En caso de que se produzca una
reclamación de tercero, El Ayuntamiento deberá notificarlo a la
gestora en un plazo razonable, a fin de que ésta pueda asumir su
propia defensa si entiende que la reclamación es infundada.
DECIMA.- Seguros.
La gestora deberá suscribir con una compañía de seguros acreditada
en España , y mantener vigente durante toda la duración del presente
acuerdo, contratos de seguro que garanticen cualesquiera riesgos
derivados de la tenencia y uso del Inmueble y de la actividad
empresarial que desarrolle, incluyendo, entre otros, como mínimo, los
siguientes: incendio, explosión, robo, inundación, daños a terceros y
responsabilidad civil, por actos que le sean imputables directamente o
sean imputables a otras personas que estén en el inmueble con
relación mercantil, laboral, fiscal o civil con la gestora.
DÉCIMOPRIMERA - Cesión y subarriendo
La gestora no podrá ceder o traspasar los derechos y obligaciones
dimanantes del acuerdo, sin autorización del Ayuntamiento, siendo la
infracción de lo aquí dispuesto causa de resolución del acuerdo
DÉCIMOSEGUNDA .-Duración del acuerdo
La duración de este acuerdo será desde su formalización hasta
que se formalice el formalice el contrato resultante de la
licitación que se está tramitando en la actualidad.
Finalizada la vigencia del presente acuerdo la gestora cesará
en la prestación del servicio
DÉCIMOTERCERA .- Causas de Resolución
Serán causas de resolución del presente acuerdo las siguientes:
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
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La no ejecución de las acciones contenidas en el presente
acuerdo o su realización de manera que se incumpla el objeto
establecido.
La obstaculización de la función de supervisión del desarrollo
del presente acuerdo o el incumplimiento de las condiciones
pactadas.
Cualquier otra de las contenidas en la legislación vigente
aplicable a este acuerdo
Y para que conste, en prueba de conformidad, firman el
presente acuerdo en el lugar y fecha arriba indicados.
Por el Ayuntamiento: El Alcalde-Presidente.
Por la Entidad:”
9.(227/13) RESOLUCIÓN de recursos de reposición y anulación
del acuerdo adoptado por el Pleno de 31 de julio de
2013 por el que se aprobó la modificación del contrato
de gestión indirecta mediante concesión del servicio
público de limpieza viaria y recogida de residuos
urbanos para incorporar la recogida de otro tipo de
residuos de naturaleza doméstica. (2.3.4/1.5)
Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros
documentos, constan los siguientes:
A) ACUERDO PLENARIO de 31 de julio de 2013, por el que se
aprueba la modificación del contrato de gestión indirecta
mediante concesión del servicio público de limpieza viaria y
recogida de residuos urbanos en el término municipal de
Majadahonda para incorporar la recogida selectiva de otro tipo
de residuos urbanos de naturaleza doméstica susceptibles de ser
reciclados, como son pilas, aceites, material informático,
electrodomésticos varios, pinturas, mobiliario, enseres, etc. así
como el almacenamiento temporal y posterior transporte a
centros autorizados para su valoración, eliminación o reciclaje
de los residuos depositados, incluyendo la conservación y
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mantenimiento de las instalaciones correspondientes que sean
necesarias.
B) NOTIFICACIÓN del anterior acuerdo plenario a VALORIZA
SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES S.A., de fecha 7 de
agosto de 2013, nº registro salida 9199.
C) RECURSO DE REPOSICIÓN interpuesto por el Portavoz
del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, que ha
tenido entrada en el Registro General el 30 de agosto de 2013, nº
15601.
D) RECURSO DE REPOSICIÓN interpuesto por la Portavoz
del Grupo Municipal Centrista, que ha tenido entrada en el
Registro General el 30 de agosto de 2013, nº 15605.
E) RECURSO DE REPOSICIÓN interpuesto por la Portavoz
del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, que ha
tenido entrada en el Registro General el 30 de agosto de 2013, nº
15606.
F) DECRETO del Alcalde-Presidente nº 1863/13, de fecha 3 de
septiembre de 2013, cuyo texto es el siguiente:
“El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el
31 de julio de 2013, acordó entre otros asuntos la Modificación
del contrato de gestión indirecta mediante concesión del
servicio público de limpieza viaria y recogida de residuos
urbanos en el término municipal de Majadahonda.
Frente al referido acuerdo se han interpuesto en tiempo y
forma tres recursos de reposición por los Grupos Municipales
Izquierda Unida-Los Verdes, Unión Progreso y Democracia y
Centristas de Majadahonda, todos ellos el 30 de agosto de
2013.
Al amparo de lo dispuestos en el art. 84 de la Ley 30/92,
de 26 de noviembre reguladora del Régimen Jurídico de las
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Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común y las disposiciones correspondientes del Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (RD
Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre)
Por el presente HE RESUELTO:
PRIMERO. Conceder audiencia a VALORIZA SERVICIOS
MEDIOAMBIENTALES S.A., adjudicataria del contrato de
gestión indirecta mediante concesión del servicio público de
limpieza viaria y recogida de residuos urbanos, a la que se
deberá trasladar copia de los referidos recursos para que en el
plazo de diez días puedan efectuar, en su caso, las alegaciones
que consideren procedentes y presentar los documentos que
estimen pertinentes.
SEGUNDO. Dejar en suspenso la formalización de la
modificación del contrato, aprobada el 31 de julio de 2013,
hasta que no se proceda a la resolución de tales recursos.
TERCERO. Que por los servicios correspondientes se proceda
a la tramitación de los citados recursos emitiendo los informes
que se consideren necesarios así como la propuesta de
resolución que resulte más adecuada a la legalidad para su
elevación al Ayuntamiento Pleno en la próxima sesión que
celebre.”
G) NOTIFICACIÓN del Secretario General, de 3 de septiembre
de 2013 (Registro Salida 4-9-2013 nº 9799), a VALORIZA
SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES S.A., dándole traslado
del Decreto de la Alcaldía de 3 de septiembre de 2013 sobre
modificación del contrato de gestión indirecta mediante
concesión del servicio público de limpieza viaria y recogida de
residuos urbanos en el término municipal de Majadahonda y
copia de los recursos interpuestos por los Grupos Municipales
Izquierda Unida-Los Verdes, Unión Progresoy Democracia y
Centristas de Majadahonda para que, en el plazo de diez días,
pueda efectuar las alegaciones que considere procedentes y
presentar los documentos que este pertinentes.
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H) ALEGACIONES presentadas por la representación de
VALORIZA SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES S.A.,
que han tenido entrada en el Registro General el 13 de
septiembre de 2013, nº 16219.
I) INFORME del Ingeniero de Caminos Municipal, de 10 de
octubre de 2013, sobre el equilibrio económico de la ampliación
del contrato nº 38/2011, de gestión de servicios públicos,
mediante concesión administrativa, del servicio de limpieza
viaria y recogida de residuos urbanos en el municipio de
Majadahonda, cuyo texto es el siguiente:
“RESUMEN DE COSTES E INGRESOS
En el contrato principal se considera que los ingresos
anuales por la recogida selectiva de papel, cartón y vidrio, son
suficientes para cubrir el Beneficio Industrial anual del
contrato.
El porcentaje de Gastos Generales adoptado es del 11% y
el del IVA del 10%.
Con la premisa de Beneficio Industrial cero, se establece
el siguiente cuadro-resumen:
A) COSTES
Pres. E.M. GG Pres. E.C. IVA Pres. Total
LIMPIEZA-RECOGIDA 5.219.816,24 574.179,79 5.793.996,03 579.399,60 6.373.395,63
MANTENIMIENTO
SISTEMA RSU 1.122.000,00 112.200,00 1.234.200,00
TOTAL 5.219.816,24 574.179,79 6.915.996,03 691.599,60 7.607.595,63
TOTAL ADJUDICACIÓN
(coef. de baja 0,8978) 6.209.181,24 620.918,12 6.7830.099,36
B) INGRESOS
- Por venta de recogida selectiva 465.732,51 46.573,25 512.305,76
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- Por certificación anual a abonar
Por el Ayto. 6.209.181,24 620.918,12 6.830.099,36
TOTAL 6.674.913,75 667.491,37 7.342.405,12
El cuadro- resumen correspondiente a la integración en el
contrato principal de la recogida de otros residuos, sería el
siguiente:
A) COSTES
Pres. E.C. IVA Pres. Total
- Por limpieza+recogida y
Mantenimiento Sistema RSU 6.209.181,24 620.918,12 6.830.099,36
- Por recogida de otros residuos
(ropa, pilas, etc.)
(97.155,34x1,11(G.G)x0,8978
(baja)) 96.820,93 9.682,09 106.503,02
TOTAL 6.306.002,17 630.600,22 6.936.602,39
B) INGRESOS
- Por venta de recogida selectiva 465.732,51 46.573,25 512.305,76
- Por venta de otros residuos
(reciclaje) 8.976,00 897,60 9.873,60
- Por venta estimada de ropa usada 50.000,00 5.000,00 55.000,00
- Por certificación anual a abonar
Por el Ayto. 6.209.181,24 620.918,12 6.830.099,36
TOTAL 6.733.889,75 673.388,97 7.407.278,72
Por tanto, la cantidad de 577.179,35 € de ingresos por venta
de recogida selectiva y otros residuos (reciclaje y ropa) es la
que, a riesgo y ventura del contratista, correspondería al
beneficio industrial del contrato, en las mismas condiciones
estipuladas en el contrato principal.”
J) INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN del Secretario
General nº 572/2013, de 14 de diciembre de 2013, cuyo texto es
el siguiente:
“ANTECEDENTES
PRIMERO.- El Pleno de la Corporación, en sesión
celebrada el 31 de julio de 2013, acordó entre otros asuntos:
“Aprobar la modificación del contrato de gestión indirecta
mediante concesión del servicio público de limpieza viaria y
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recogida de residuos urbanos en el término municipal de
Majadahonda para incorporar la recogida selectiva de otro tipo
de residuos urbanos de naturaleza doméstica susceptibles de ser
reciclados, como son pilas, aceites, material informático,
electrodomésticos varios, pinturas, mobiliario, enseres, etc., así
como el almacenamiento temporal y posterior transporte a
centros autorizados para su valoración, eliminación o reciclaje
de los residuos depositados, incluyendo la conservación y
manteniendo de las instalaciones correspondientes que sean
necesarias.
Esta modificación del contrato se considera de interés y supone
una mejora de la calidad del servicio, tal y como se recoge como
causa de modificación en el artículo XV “Modificaciones del
contrato. Supuestos y límites” del Pliego de Cláusulas
Administrativas del citado Contrato y en los artículos 51, 75, y
100 del Pliego de Condiciones Técnicas del mismo.
Esta modificación supone 409.748,13 € sobre un importe inicial
de 62.091.812,40 €, ambas cantidades no incluyen el IVA
correspondiente, por lo que la ampliación que ahora se
pretende supone un porcentaje de modificación del 0,66. Estos
cálculos se justifican en informe técnico de fecha 19 de julio de
2013.”
SEGUNDO.- El acuerdo fue notificado al contratista
adjudicatario del contrato el 8 de agosto de 2013.
TERCERO- El día 30 de agosto de 2013 los Grupos
Municipales Centristas de Majadahonda, Unión Progreso y
Democracia e Izquierda Unida- Los Verdes han interpuesto tres
recursos de reposición frente al referido acuerdo.
CUARTO.- El 3 de septiembre de 2013 el Alcalde-Presidente
dictó Decreto en el que se resolvió:
“PRIMERO. Conceder audiencia a VALORIZA SERVICIOS
MEDIOAMBIENTALES S.A, adjudicataria del contrato de gestión
indirecta mediante concesión del servicio público de limpieza viaria
y recogida de residuos urbanos, a la que se deberá trasladar copia
de los referidos recursos para que en el plazo de diez días puedan
Pleno ordinario 27-12-2013
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efectuar, en su caso, las alegaciones que consideren procedentes y
presentar los documentos que estimen pertinentes.
SEGUNDO. Dejar en suspenso la formalización de la modificación
del contrato, aprobada el 31 de julio de 2013, hasta que no se
proceda a la resolución de tales recursos.
TERCERO. Que por los servicios correspondientes se proceda a la
tramitación de los citados recursos emitiendo los informes que se
consideren necesarios así como la propuesta de resolución que
resulte más adecuada a la legalidad para su elevación al
Ayuntamiento Pleno en la próxima sesión que celebre”.
QUINTO.- VALORIZA SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES,
S.A. formula alegaciones el 13 de septiembre de 2013.
SEXTO.- El artículo 54 del Texto Refundido de las
disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local,
aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril
establece que será necesario el informe del Secretario en
aquellos supuestos en que así lo ordene el Presidente de la
Corporación o cuando lo solicite un tercio de sus miembros.
El Sr. Alcalde solicita informe jurídico de la Secretaría General
sobre el Acuerdo a adoptar en relación con la resolución de los
recursos presentados y mencionados anteriormente.
En cumplimiento de ese deber se emite el presente INFORME
LEGISLACIÓN APLICABLE
Ley 7/1985 de 2 de abril Reguladora de las Bases del
Régimen Local, (en adelante LRBRL), modificada por la
Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público.
RDL 781/86 de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto
Refundido de Régimen Local.
Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, que
aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento
y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (en
abreviatura ROF).
Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por
el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público.
Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre por el que se
aprueba el Reglamento General que desarrolla la Ley de
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Contratos de las Administraciones Públicas. (en
abreviatura RGC).
Bases de Ejecución del Presupuesto para 2013.
Restante Legislación de Derecho Administrativo.
DOCTRINA
Junta Consultiva de Contratación Administrativa de Aragón,
informes 27/11, de 23 de noviembre y 10/12 de 11 de abril.
JURISPRUDENCIA
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 22 de
abril de 2010.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO. Los recursos interpuestos se fundamentan en varias
cuestiones comunes como son:
Improcedencia de la modificación a la vista de la
normativa sobre contratos del sector público.
Ausencia de justificación del interés público.
Prestaciones excluidas por el propio pliego regulador
del contrato.
Vulneración del acuerdo plenario de 27 de febrero de
2013 referente a la recogida de ropa usada.
Dado que los tres recursos recogen cuestiones comunes de entre
las cuales la fundamental es determinar si la modificación del
contrato es o no legalmente posible a la vista de las previsiones
del pliego y de la normativa que rige la contratación pública,
procedemos a entrar en su estudio.
SEGUNDO. El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria
celebrada el 27 de julio de 2011, aprobó el expediente de
contratación, los pliegos que regían en su adjudicación, el gasto
correspondiente y la apertura de la licitación de este contrato,
publicándose el correspondiente anuncio el 24 de agosto de
2011.
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
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(MADRID)
Por ello, en aplicación de la Disposición Transitoria Primera,
apartado primero, del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14
de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Publico, la normativa que le resulta
de aplicación es la anterior, es decir le Ley 30/07, de 30 de
octubre, de Contratos del Sector Público con las modificaciones
introducidas por la Ley 34/2010 y la Ley 2/2011 de 4 de marzo,
de Economía Sostenible, concretamente los arts. 92 bis, ter,
quáter y quinquies de esta última norma.
Como contrato de una Entidad Local también está sometido al
Reglamento de Servicios de las Entidades Locales. Así, el
artículo 127 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones
Locales, aprobado por Decreto de 17 de junio de 1955 —
precepto que, como todo el Título III del que forma parte, ha
sido declarado expresamente en vigor por la Disposición
Derogatoria única, apartado 1. f) del Real Decreto 1098/2001,
de 12 de octubre, en la medida en que no se oponga a lo
establecido en el TRLCAP y en el RGLCAP—, que dispone
textualmente :«La Administración concedente ostentará, sin
perjuicio de las que procedan las siguientes potestades (…):
Ordenar discrecionalmente, como podría disponer si gestionase
directamente el servicio, las modificaciones en el concedido que
aconseje el interés público y, entre otras: a) la variación en la
calidad, cantidad, tiempo o lugar de las prestaciones en que el
servicio consista y b) la alteración de las tarifas a cargo del
público y en la forma de retribución del concesionario», si bien
la Corporación deberá, como señala el apartado 2.2º «mantener
el equilibrio financiero en la concesión para lo cual (…) a)
compensará económicamente al concesionario por razón de las
modificaciones que le ordenare introducir en el servicio y que
incrementaren los costos o disminuyeren la retribución».
De su propio marco normativo se concluye que en los contratos
de gestión de servicios públicos el ius variandi de la
Administración es más intenso que en el resto de contratos, sin
perjuicio del necesario sometimiento a las normas
contractuales.
Por otra parte, tal y como ha recordado la Junta Consultiva de
Contratación administrativa de Aragón, en informe 10/12 al
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
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tratar un contrato de gestión de servicio público, este tipo
contractual “no está cubierto por la Directiva 2004/18/CE, al
que sí son aplicables las normas y principios del Tratado, en la
medida en que se conceden por medio de actos imputables al
«Estado» y tienen por objeto la prestación de actividades
económicas (véase apartado 2.4. de la Comunicación
interpretativa de la Comisión sobre las concesiones en el
Derecho comunitario de 12 de abril de 2000).
Así, serán de aplicación al caso consultado los principios de
igualdad de trato, transparencia, publicidad y
proporcionalidad, principios que también el TRLCAP recogía
parcialmente en su artículo 11.”
TERCERO. Aclarado este término, procede profundizar en las
posibilidades que nuestra normativa prevé sobre modificación
de los contratos. Se regulan dos posibilidades en función de la
previsión o no en los pliegos de esta circunstancia.
a) Que estén previstas en el pliego que rige la licitación,
detallándose de forma clara, precisa e inequívoca las
condiciones en que podrá hacerse uso de la misma, así
como el alcance y límites de las modificaciones que
pueden acordarse con expresa indicación del porcentaje
del precio del contrato al que como máximo puedan
afectar, y el procedimiento que haya de seguirse para ello.
b) Que no estén previstas en los pliegos. En estos casos sólo
podrán producirse si se da alguna de las siguientes
circunstancias:
a. Inadecuación de la prestación contratada para
satisfacer las necesidades que pretenden cubrirse
mediante el contrato debido a errores u omisiones
padecidos en la redacción del proyecto o de las
especificaciones técnicas.
b. Inadecuación del proyecto o de las especificaciones de
la prestación por causas objetivas que determinen su
falta de idoneidad, consistentes en circunstancias de tipo
geológico, hídrico, arqueológico, medioambiental o
similares, puestas de manifiesto con posterioridad a la
adjudicación del contrato y que no fuesen previsibles
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
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(MADRID)
con anterioridad aplicando toda la diligencia requerida
de acuerdo con una buena práctica profesional en la
elaboración del proyecto o en la redacción de las
especificaciones técnicas.
c. Fuerza mayor o caso fortuito que hiciesen imposible la
realización de la prestación en los términos inicialmente
definidos.
d. Conveniencia de incorporar a la prestación avances
técnicos que la mejoren notoriamente, siempre que su
disponibilidad en el mercado, de acuerdo con el estado
de la técnica, se haya producido con posterioridad a la
adjudicación del contrato.
e. Necesidad de ajustar la prestación a especificaciones
técnicas, medioambientales, urbanísticas, de seguridad o
de accesibilidad aprobadas con posterioridad a la
adjudicación del contrato.
CUARTO. El pliego que rige el contrato de referencia sí recoge
en varias de sus cláusulas la modificación del contrato. Así, el
art. 100 dispone que “además de todos los trabajos de
mantenimiento de instalaciones y gestión del contrato descritos
y definidos en los artículos precedentes, pertenecientes a este
Capítulo del pliego, el Ayuntamiento podrá ordenar, a
propuesta del adjudicatario o a iniciativa propia, la realización
de otros trabajos de mantenimiento e instalaciones o gestión del
contrato, por motivos de modificación de la legislación
aplicable, renovación tecnológica, ampliación del ámbito,
mejora de la calidad, del servicio, o cualquier otra…”
…“Teniendo en cuenta las consideraciones anteriores el
importe de dichas posibles ampliaciones no superará el 30% del
presupuesto base de licitación”
Las prestaciones que se introducen en el contrato primitivo no
dejan de pretender la limpieza, recogida y tratamiento integral
de los residuos generados en el municipio, objeto fundamental
del contrato en cuestión.
Por tanto, una vez determinado que sí existía previsión de
modificación, debemos estudiar si la que allí se contenía cumple
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
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los requisitos normativos, es decir, si preveía de “forma clara,
precisa e inequívoca las condiciones en que podrá hacerse uso
de la misma, así como el alcance y límites de las modificaciones
que pueden acordarse con expresa indicación del porcentaje del
precio del contrato al que como máximo puedan afectar”.
La doctrina de los Tribunales administrativos de recursos
especiales en materia de contratación y de las Juntas
consultivas ponen de relieve la importancia de que los pliegos
recogieran las circunstancias en base a las cuales podría
considerarse legal una modificación del contrato. Así, el
informe 27/11, de 23 de noviembre de la JCCA de Aragón
resume: “El pliego deberá determinar y diseñar sus
modalidades (cuantía máxima, sistema de fijación de precio,
partida en la que es posible el modificado, procedimiento, etc.),
de forma clara, precisa e inequívoca. Y es que la modificación
del contrato no es posible, aun cuando concurran los requisitos
habilitantes, cuando no se encuentra entre los pactos del
contrato, pues en este caso, no se garantiza una adecuada visión
del verdadero «objeto del contrato», lo que exige, además, una
cuantificación a los efectos de calcular correctamente el valor
estimado del contrato. Dato que, como se constata de la
documentación presentada, no concurre en el supuesto que
ahora se informa. Sin previsión en el pliego —causas, importe y
procedimiento— no es posible un modificado, tal y como ha
declarado el TJUE, en su Sentencia de 22 de abril de 2010, que
ha condenado al Reino de España por la realización de obras
complementarias no previstas entre los pactos del pliego.
En el pliego que rige esta licitación se señalaban todos estos
requisitos. Puede caber alguna duda sobre si tal fijación resulta
lo suficientemente clara, precisa, detallada e inequívoca en los
términos de la ley, pues la claridad, la precisión, la concreción
y el detalle admiten muchos grados, de tal forma que dichas
circunstancias caben en un grado mayor o menor, pero no cabe
duda de que las mismas figuran en los pliegos, como se puso de
manifiesto en el informe de Secretaría que sirvió de base para la
aprobación de la modificación del contrato.
Sin embargo, la duda sobre la suficiencia del grado de claridad,
precisión, detalle y concreción, sobre el que no se entra a fondo
en el informe, podría aconsejar la estimación del recurso en
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
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este punto, dejando sin efecto la modificación del contrato. No
obstante, existen otras cuestiones que aconsejan con mayor
fundamento jurídico esta estimación.
QUINTO. Entre esas cuestiones no se encuentra la alegada por
los recurrentes, basada en el hecho de que el Pliego excluya
expresamente la recogida de residuos líquidos, exclusión que
aunque cupiera interpretarse en ese sentido podría ser
modificada.
A pesar de que el art. 12 de PPT recoge que “quedan excluidas
del presente contrato, en lo que se refiere al tratamiento de los
residuos, el depósito, traslado, manipulación, tratamiento y
eliminación de todos aquéllos residuos no definidos como
“sólidos urbanos”, de acuerdo a lo establecido a la ley 10/98,
de 21 de abril, de Residuos” y de que esta exclusión se complete
con la de “residuos no asimilables a domiciliarios”, lo cierto es
que ni la citada norma -hoy derogada- ni la vigente en la
actualidad definen los residuos sólidos. Es más, no se diferencia
en ninguna de las dos normas el residuo sólido del líquido a
efectos de recogida, solamente se distingue entre residuo
urbano o municipal categoría que es sustituida y ampliada en la
nueva norma por la de residuo doméstico.
El informe del Servicio de Medio Ambiente señala que cuando el
art. 10 del PPT excluye “las prestaciones referidas a la
recogida y traslado de las basuras y residuos que no tengan
carácter sólido ni urbano y que no sean asimilables a
domiciliarios (sanitarios, tóxicos, industriales, líquidos de todo
tipo, etc) queda claro que lo que está entre paréntesis se refiere
y matiza de manera genérica a todo aquello que no sea
asimilable a domiciliario, existiendo otro tipo de líquidos que sí
son asimilables a domiciliarios y, por tanto, no se excluyen del
Servicio de Recogida”.
La conjunción utilizada es “y” y no “o”.
El antiguo residuo urbano o municipal se definía (ley 10/98, art.
3.b) como el generado en los domicilios particulares,
comercios, oficinas y servicios, así como todos aquéllos que no
tengan la calificación de peligrosos y que por su naturaleza o
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
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composición puedan asimilarse a los producidos en los
anteriores lugares o actividades”.
En la actualidad el término residuo doméstico es, según el art. 3
b) de la vigente Ley de Residuos aquél “generado en los
hogares como consecuencia de las actividades domésticas. Se
consideran también residuos domésticos los similares a los
anteriores generados en servicios e industrias.
Se incluyen también en esta categoría los residuos que se
generan en los hogares de aparatos eléctricos y electrónicos,
ropa, pilas, acumuladores, muebles y enseres así como los
residuos y escombros procedentes de obras menores de
construcción y reparación domiciliaria”
Por ello, todos estos tipos de residuos enumerados
expresamente en la norma son domésticos.
SEXTO. Sin embargo los argumentos recogidos en los recursos
sobre la vulneración del principio de libre concurrencia y sobre
la existencia de acuerdos plenarios en relación con la recogida
de ropa usada que han sido vulnerados, merecen claramente ser
acogidos y fundamentar la estimación de los recursos.
En relación con el primero de los citados motivos, el artículo 92
bis.2 TRLCAP establece que “la modificación del contrato no
podrá realizarse con el fin de adicionar prestaciones
complementarias a las inicialmente contratadas, ampliar el
objeto del contrato a fin de que pueda cumplir finalidades
nuevas no contempladas en la documentación preparatoria del
mismo, o incorporar una prestación susceptible de utilización o
aprovechamiento independiente. En estos supuestos, deberá
procederse a una nueva contratación de la prestación
correspondiente, en la que podrá aplicarse el régimen
establecido para la adjudicación de contratos complementarios
si concurren las circunstancias previstas en los artículos 155.b)
y 158.b).”
En este caso, esta Secretaría considera que, efectivamente, el
principio de libre concurrencia pudiera entenderse vulnerado,
dado que no podemos afirmar, entrando a fondo en el análisis
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
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del asunto, que el objeto de la presente modificación contractual
no constituya una prestación susceptible de utilización o
aprovechamiento independiente, o que no tenga por sí misma
entidad económica suficiente para su explotación independiente.
Y no se puede afirmar eso, sobre todo y fundamentalmente,
porque el propio Ayuntamiento ha mantenido con anterioridad
esta prestación (si bien es cierto que no exactamente tal como se
incorpora a la modificación del contrato, pero sí esencialmente
de igual contenido), como objeto de un contrato específico hasta
la actualidad, y ha sido por tanto objeto de prestación o
aprovechamiento independiente.
Esto no quiere decir que las gestiones realizadas no supusieran
un ahorro para las arcas municipales, pues sin duda concurren
en el caso razones de economías de escala. Por ello hay que
decir que las gestiones llevadas a cabo por parte del Área
correspondiente suponían una reducción de costes respecto del
contrato anterior, por lo que desde el punto de vista
estrictamente económico era una buena gestión. Igualmente
conviene poner de manifiesto que el hecho de que la
modificación del contrato sea incompatible con lo dispuesto en
el citado art. 92 bis.2 TRLCAP, no quiere decir que no hubiera
podido incorporarse ab initio, al objeto de contrato, lo que
podía haberse hecho sin ningún problema.
SEPTIMO. Por último, en cuanto a la existencia de acuerdos
plenarios en relación con la recogida de ropa usada que han
sido vulnerados, según las alegaciones de los grupos políticos
de UPyD e IU-LV, cabe considerar lo siguiente:
El Pleno del Ayuntamiento adoptó en sesión plenaria de 27 de
febrero de 2007, el siguiente acuerdo: “Encomendar al Consejo
Local de Cooperación al Desarrollo la definición de las bases y
la propuesta de varias organizaciones de acción social para que
el Ayuntamiento proceda a regular la recogida de ropa usada
con la instalación de contenedores a través del procedimiento
que permita la legislación”.
En la modificación del contrato aprobada se contempla la
contratación de la recogida de ropa usada sin que le conste a
esta Secretaría que el Consejo Local de Cooperación al
Desarrollo haya definido bases ni formulado propuesta alguna
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
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al respecto, luego no se ha cumplido con lo dispuesto en el
Acuerdo de 27 de febrero de 2007.
En este punto cabe considerar que los acuerdos plenarios
pueden ser modificados y que normalmente lo serán mediante la
adopción de otro acuerdo del Pleno que modifique o anule en su
totalidad el anterior.
En este caso, podía haberse consultado previamente al Consejo
de Cooperación, lo cual no consta, o haberse incluido en la
propuesta de resolución la anulación o modificación del
acuerdo plenario de 27 de febrero de 2007. Incluso aunque no
se hubiera incluido expresamente su anulación o modificación
en la propuesta de resolución y consiguientemente en la parte
resolutiva del acuerdo plenario, podría entenderse anulado o
modificado si del contenido de los argumentos y motivaciones
que fundamentan el acuerdo de modificación del contrato ahora
recurrido, se hubiera desprendido de alguna manera la
anulación o modificación de este acuerdo plenario.
Sin embargo nada se dice al respecto ni se menciona en ningún
momento ni el acuerdo plenario, ni al Consejo de Cooperación
al Desarrollo ni circunstancia alguna que haga pensar que no
se ha obviado dicho acuerdo por olvido o desconocimiento o
por otra causa, sin que quepa, entonces, entender derogado,
anulado o modificado dicho acuerdo (lo que dicho sea de paso
podría hacerse en cualquier momento, insisto, mediante el
oportuno acuerdo), sino que por el contrario, hay que entender
que se ha vulnerado la voluntad expresada por el Pleno en el
mencionado acuerdo sin que aparezca claramente la intención
de sustituirla, sino más bien de obviarla por olvido o
desconocimiento u otras causas. Por ello, ha de entenderse que
el mismo sigue en vigor y que el Acuerdo de modificación del
contrato debe decaer en la parte que vulnera el Acuerdo de 27
de febrero de 2007.
Dado que el argumento contenido en el Fundamento Sexto
aconseja que el Acuerdo debe decaer en su totalidad, cabe
formular, para su elevación a dictamen de la Comisión
Informativa correspondiente y, en su caso, al Pleno del
Ayuntamiento, la siguiente
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
PRIMERO. Estimar los recursos de reposición presentados por
Don Juan Santana Uriarte, Doña Mercedes Pedreira de Vivero
y Doña Carmen Madrigal Torrejón, en su condición de
concejales y portavoces respectivamente de los grupos políticos
de Izquierda Unida-Los Verdes, Centristas de Majadahonda y
Unión, Progreso y Democracia, por los motivos expuestos en el
informe de Secretaría General, y en consecuencia anular y dejar
sin efecto el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 31 de julio
de 2013 por el que se aprobó la modificación del contrato de
gestión indirecta mediante concesión del servicio público de
limpieza viaria y recogida de residuos urbanos en el término
municipal de Majadahonda para incorporar la recogida de otro
tipo de residuos urbanos de naturaleza doméstica, así como su
almacenamiento temporal y posterior transporte a centros
autorizados para su valoración, eliminación o reciclaje.
SEGUNDO. Notificar el acuerdo a todos los interesados
significándoles que contra el mismo cabrá la interposición de
recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio de que puedan
interponer cualquier otro que consideren procedente.
Es cuanto tiene el honor de informar el Secretario que
suscribe, en cumplimiento del deber establecido legalmente.”
K) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Urbanismo,
Medio Ambiente y Movilidad, de 19 de diciembre de 2013,
favorable.
El Concejal Delegado de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza,
Sr. Pérez González, indica que se presenta al Pleno, en estos
momentos, la modificación del contrato de limpieza viaria que
implicaba la recogida de residuos que se dan habitualmente en nuestro
municipio como el textil y otros y también parte de la recogida
selectiva incorporando una instalación ya existente al contrato de
limpieza.
Termina su intervención diciendo que lo que se propone es la
resolución de las alegaciones presentadas por los grupos de la
oposición en el sentido de cumplir el acuerdo adoptado en el Pleno
Municipal en relación con una moción presentada por Izquierda
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
Unida-Los Verdes para que se consulte al Consejo Local de
Cooperación sobre los contenedores de textil y también la
interpretación legal sobre si, en función del pliego de condiciones y la
Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, se puede
incorporar la recogida selectiva en la instalación ya existente.
El Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez
Maillo, indica que, en política, se está para acertar o equivocarse.
Sigue diciendo que su grupo, en su momento, realizó sobre este
tema un discurso político duro y contundente y expresó su voluntad de
presentar un recurso de reposición pero por un error de cálculo no lo
llegó a presentar aunque se adhiere a la resolución que se propone.
Termina su intervención indicando además que, en estos
momentos, va a expresar el reconocimiento de su grupo al impecable
dictamen jurídico que ha realizado la Secretaría General y felicita a los
grupos de la oposición, Unión Progreso y Democracia, Izquierda
Unida-Los Verdes y Centrista, no solo en bien de la legalidad de los
actos políticos sino también de los vecinos, argumentos con los que su
grupo está plenamente de acuerdo y además coinciden, en buena
medida, con los que su grupo formuló en su momento en el Pleno que
se celebró en el Pleno del mes de julio.
La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y
Democracia, Sra. Madrigal, indica que su grupo siempre se pregunta
por qué al equipo de gobierno siempre le cuesta tanto hacer las cosas
bien desde el principio sin que la oposición sea la que tenga que
marcarle el camino correcto.
Sigue aclarando que su grupo siempre dice que el equipo de
gobierno tiene que escuchar a los grupos de la oposición porque,
aunque el equipo de gobierno tiene 14 concejales y la oposición tiene
11, la oposición también tiene algo que decir y añade que su grupo no
se arroga la representación de los vecinos pero piensa que tiene algo
que decir y aportar.
Manifiesta a continuación que, en el Pleno celebrado el pasado
mes de julio, se pretendió modificar el contrato de recogida de basuras
para incorporar el Punto Limpio y los contenedores de ropa usada y
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
añade que menos mal que la oposición también trabaja en el mes de
agosto para “arreglar los desaguisados” y por ello el equipo de
gobierno, a la vuelta de las vacaciones, se encontró con que se habían
presentado recursos por tres grupos de la oposición.
Aclara que los recursos que presentaron los tres grupos de la
oposición decían prácticamente lo mismo y es que no se cumplía la
Ley de Contratos del Sector Público, que se incumplía el acuerdo que
adoptó el Pleno en el pasado mes de febrero y que no existía interés
público ni mejora en la calidad del servicio.
Añade que el equipo de gobierno se estaba inventando un
“Punto Limpio” que ya existía y era “esa cosa que quedaba al final de
la c/ Vicente Aleixandre” y, en lugar de sacarlo a concurso que era lo
que había que hacer, lo adjudicaba directamente a VALORIZA.
Manifiesta que si el equipo de gobierno quería incluir el Punto
Limpio en el contrato de basuras, debería haberlo incluido en los
correspondientes pliegos de condiciones.
Sigue diciendo que el equipo de gobierno no ejecutó el acuerdo
que el Pleno adoptó en el mes de febrero lo que, desde el punto de
vista de su grupo, es faltar al respeto al Pleno y a la voluntad popular.
Aclara que en ese acuerdo se aprobó, por unanimidad, que el Consejo
Local de Cooperación al Desarrollo propusiera las bases para que una
organización no gubernamental se hiciera cargo de la ropa usada pero
lo que ocurrió fue que comenzaron a aparecer contenedores de
Ecotextile como setas, contenedores supuestamente autorizados por
este Ayuntamiento para recoger la ropa usada y entiende que el equipo
de gobierno además ignoró el Decreto de la Alcaldía, dictado en el
mes de septiembre, que dejaba en suspenso la formalización del
contrato porque la realidad es que los contenedores siguen estando
instalados en las vías públicas.
Indica que todo lo que ha ocurrido ha asombrado a su grupo y
por ello, el 3 de octubre, presentó un escrito preguntando por el
documento en el que se autoriza a la empresa Ecotextile a instalar esos
contenedores de ropa usada. Añade que esta semana se ha contestado
esa petición en el sentido de que no existe esa autorización.
Termina su intervención diciendo que la conclusión que su
grupo saca de este asunto es que no son buenas las ideas de última
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
hora ni las prisas, que todo hay que pensarlo, que es mejor escuchar a
los demás, que es mejor hacer todo bien desde el principio y pide al
equipo de gobierno que escuche, de vez en cuando, a los grupos de la
oposición.
El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,
Sr. Santana, recuerda que dijo, en su intervención en la aprobación
inicial de esta modificación de contrato, que la propuesta que se
realizaba era una ofensa para su grupo, una ofensa para el Pleno y
demostraba una falta de respeto a los acuerdos plenarios,
manifestaciones que realizó porque el Pleno había adoptado un
determinado acuerdo y el equipo de gobierno, tan solo tres o cuatro
meses después, estaba haciendo lo contrario.
Sigue diciendo que no cree que el equipo de gobierno confiara
en que el enfado que tenía en esa sesión plenaria se terminaría al
acabar esa sesión porque, si fue así, se equivocó porque lo que su
grupo hizo rápidamente es ver qué se estaba haciendo. Añade que es
posible que ese enfado permitiera a su grupo estudiar este asunto con
mucho más detenimiento para conocer lo que estaba ocurriendo.
Aclara que el recurso que su grupo presentó se basaba en varios
supuestos como era que el contrato general de recogida de residuos no
permitía esta modificación y de hecho incluso se estaba modificando
el objeto del contrato para poder darle cabida; que se vulneraba la libre
concurrencia al modificar un contrato general para dar cabida a otro
contrato que ya estaba en funcionamiento como era el del Punto
Limpio; que se “bordeaba” la Ley de Contratos para poder ampliar ese
contrato amparándose en un supuesto interés público que ni siquiera
estaba siendo justificado mínimamente; que se incumplía el acuerdo
plenario sobre la moción presentada por su grupo para la regulación de
los contenedores de recogida de ropa usada y calzado, acuerdo que
incluso fue transaccionado por el entonces Concejal de Medio
Ambiente que fue el que proponía también la modificación del
contrato y por el que se decía que el Consejo Local de Cooperación al
Desarrollo debía proponer unas bases y diferentes organizaciones de
acción social para que este Ayuntamiento regulara la recogida de ropa
usada y que no se valoraban los posibles ingresos que se podían
obtener por la recogida de ropa usada y que eso podía ser lesivo para
los intereses municipales y que, con la chapucera modificación que se
había aprobado, se estaba desregulando el Punto Limpio y no se
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MAJADAHONDA
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aseguraba un servicio que el Ayuntamiento está obligado, por ley a
prestar porque ni siquiera se estaban marcando los horarios, el
personal adscrito a ese servicio y ni siquiera se incluía un inventario
de los bienes que se estaban cediendo a la empresa concesionaria.
Aclara que el equipo de gobierno no lo vio, entonces, de la
misma forma que su grupo y por ello han tenido que ser los servicios
jurídicos municipales los que paralicen esta, desde su punto de vista,
tropelía.
Añade que, gracias a los recursos que han presentado los Grupos
Municipales Unión Progreso y Democracia y su grupo, este
Ayuntamiento no va a poder modificar, como quiera, un contrato pero,
a pesar de ello, no está contento con el fondo que transmite este asunto
porque ha venido avisando, desde el mes de enero, de que la empresa
concesionaria no cumple ni siquiera lo que tiene marcado en el
contrato respecto a la adscripción de maquinaria a lo que el equipo de
gobierno respondió que su grupo no tenía razón y, aunque existía un
régimen sancionador, no se iba a sancionar a la empresa concesionaria
y que se permitiera a la Concejalía correspondiente disponer de ese
régimen sancionador en el momento en que fuera necesario y oportuno
aplicarlo.
Manifiesta que, seis meses después, no se consideró oportuno
sancionar a la empresa concesionaria por su incumplimiento y además
se vio que se la iba a “recompensar” ampliándola el servicio y también
se la iba a permitir obtener, de forma directa y sin concurso, el
contrato del Punto Limpio que esa misma empresa había ganado en un
concurso y cuyo contrato vencía en el mes de julio lo que vulneraba la
ley y favorecía los intereses de dicha empresa.
Añade además que no se iba a producir el supuesto ahorro que
debería revertir en las arcas municipales y que, al asimilar medios y
frecuencias, se podía estar beneficiando a la economía de escala de esa
empresa y no de este Ayuntamiento y recuerda que a todo esto que ha
expuesto habría que sumar los beneficios que obtendría por la
recogida de ropa usada.
Continúa diciendo que algunos podrían entender que la moción
que su grupo presentó tenía un fondo “buenista” y, aunque reconoce
que era así, considera que también tenía una intención porque su grupo
conocía el dinero y el negocio que había detrás de la recogida de ropa
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MAJADAHONDA
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usada y por ello quería que la solidaridad de nuestros vecinos se
destinara realmente a solidaridad y por ello intentaba paliar la medida
que el equipo de gobierno adoptó al suprimir el destino del 0,7% a
Cooperación al Desarrollo. Insiste en que, cuando se presentó esa
moción, su grupo conocía que se podrían generar unos ingresos de
3.500 euros anuales por cada contenedor instalado y recuerda quese
habían recogido, hasta el mes de febrero, 48 contenedores de ropa lo
que daba una cifra de negocio muy alta.
Añade que su grupo también ha conocido los datos de Coslada,
municipio que gestiona la ropa usada de forma directa para su propio
beneficio (ni siquiera lo destina a solidaridad) y solo en los meses de
enero a mayo ha conseguido ingresar casi 20.000 euros e incluso ha
aumentado el número de contenedores porque cada mes va
aumentando la cantidad de ropa que se recoge pero este Ayuntamiento
ni siquiera realizaba una valoración de los posibles ingresos que se
podían obtener.
Termina su intervención diciendo que la modificación de
contrato que se quería realizar era una barbaridad y ahora sigue
manteniéndolo.
La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira,
agradece que el Sr. Secretario haya estudiado, en profundidad, los
recursos que se han interpuesto sobre este tema y que haya llegado a
parte de las conclusiones a las que su grupo había llegado. Aclara que
su grupo fundamentaba su recurso en la publicidad y concurrencia y
parece que es cierto que no estaban garantizadas.
Sigue diciendo que lo que su grupo no entiende es por qué el
equipo de gobierno intenta malinterpretar siempre la posición de los
grupos de la oposición y dice esto porque cree que, si el equipo de
gobierno contara con la oposición entendiéndola como leal puesto que
también tiene que dar respuesta a los vecinos, se ahorraría muchos
disgustos y seguramente los ciudadanos se ahorrarían mucho dinero.
Indica que a su grupo le ha sorprendido que la política de
contratación del equipo de gobierno del Partido Popular, en muchas
ocasiones, no responde a ningún criterio objetivo ni a la defensa de los
intereses públicos y de la legalidad y dice esto porque era evidente que
ese contrato se le iba a dar, sin publicidad ni concurrencia, a la
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empresa que venía gestionando el Punto Limpio y, hurtando el
acuerdo plenario, se la iba a dar el servicio de recogida de ropa usada a
pesar de que todos sabían que el Pleno había acordado otra cosa
distinta por lo que está claro que el equipo de gobierno sabía que no se
podía adjudicar el servicio de recogida de ropa usada con el argumento
de que iba a ser más barato.
A continuación desea dejar claro que el dinero del Ayuntamiento
es de los vecinos y la contratación administrativa determina unos
trámites y unos mecanismos que deben ser respetados.
Insiste en que la publicidad y concurrencia son elementos
indispensables en una administración pública y, de no ser así, se
estaría en una “república bananera” y recuerda a continuación que las
normas deben ser cumplidas, cuando gustan y también cuando no
gustan.
Aclara que, desde el punto de vista de su grupo, el equipo de
gobierno debería plantearse que los grupos de la oposición estuvieran
presentes en las Mesas de Contratación lo que ya se hace en muchos
ayuntamientos e incluso en algunos gobernados por el Partido Popular
y, si el equipo de gobierno lo desea, puede entregar la relación de esos
ayuntamientos que cuentan con representación de la oposición en las
Mesas de Contratación y dice esto porque entiende que, expedientes
de cierta transcendencia, deberían pasar antes por la Comisión de
Vigilancia de la Contratación porque de esa forma se podrían evitar
muchos disgustos.
Continúa diciendo que puede entender que lo que ha dicho no
guste al equipo de gobierno pero su grupo tiene intención de seguir
insistiendo en ello a pesar de que parece que el equipo de gobierno
prefiere una política de puertas cerradas a una de participación y
transparencia.
Añade que ser muchos no es tener razón y recuerda que eso se
ha vivido ya en este Ayuntamiento cuando el Alcalde era el Sr. Ortega
a quien se le ocurrían muchos disparates pero como el Partido Popular
tenía muchos miembros, los llevaba adelante y recuerda que no
siempre el más pequeño es el que está equivocado y el más grande es
el que tiene la razón.
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Indica seguidamente que su grupo no sabe quién controla este
contrato de recogida de residuos y dice esto porque, aunque hoy ha
defendido este asunto, en representación del equipo de gobierno, el
Concejal de Medio Ambiente, Sr. Pérez, ha visto un escrito firmado
por el Concejal de Urbanismo, Sr. García y por ello pregunta quién
controla este contrato respecto a la estación de suministro de gas, a las
obligaciones que tiene la empresa concesionaria, etc. y además pide
información de si el control de este contrato está repartido o no entre
las Concejalías de Medio Ambiente y de Urbanismo.
A continuación pregunta en qué situación se encuentra la
estación de gas que tiene que instalar esta empresa y, aunque no se la
va a adjudicar la gestión del Punto Limpio mediante la ampliación del
contrato que se aprobó inicialmente, recuerda que VALORIZA es la
adjudicataria del servicio de recogida de residuos y limpieza y por ello
a su grupo le gustaría conocer si está cumpliendo las obligaciones que
pactó.
Termina su intervención reiterando que su grupo desea conocer
cómo están todos los asuntos que afectan, además de al Punto Limpio,
a la empresa adjudicataria del servicio de limpieza que, como todos
saben, iba a ser la adjudicataria de la ampliación del contrato que se
iba a realizar y que ahora, con los recursos que se han interpuesto, no
va a serlo por lo que será necesario sacar a licitación la recogida de
otro tipo de residuos de naturaleza doméstica.
El Concejal Delegado de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza,
Sr. Pérez González, indica que no sabe a qué se ha referido durante su
intervención la Portavoz del Grupo Centrista porque lo único que el
equipo de gobierno ha realizado es una pequeña reorganización en
algún servicio municipal y los contratos que tiene cada concejalía
pasan a depender del Concejal que ostenta actualmente la delegación
en el correspondiente área.
Sigue diciendo que la Portavoz del Grupo Municipal Centrista
se ha referido a un escrito firmado por el anterior Concejal Delegado
de Medio Ambiente y supone que lo firmaría cuando ostentaba dicha
Concejalía y ahora, como es Concejal de Urbanismo, asume los
contratos que existen en dicha Concejalía y él asume los que hay en la
de Medio Ambiente.
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Manifiesta además a dicha Portavoz que en otros foros le
explicará en qué situación se encuentra la información que ha pedido y
recuerda que, en estos momentos, se está tratando de la modificación
de un contrato para realizar una recogida selectiva de residuos que está
relacionada con la instalación de unos contenedores en la vía pública
para la recogida de textil, principalmente, y por ello entiende que no es
el momento oportuno para debatir sobre el contrato que tiene
adjudicado la empresa VALORIZA y, para hacerlo, quizá fuera
necesario celebrar una sesión monográfica.
Aclara que es la primera que se presenta al Pleno una
modificación de un contrato que es anulada en virtud de un informe de
los servicios jurídicos aunque recuerda que en el mes de julio, cuando
se aprobó inicialmente, todos los informes técnicos y jurídicos fueron
favorables a esa modificación. Explica que se anula esa modificación
de contrato porque los servicios jurídicos han hecho ver al equipo de
gobierno que se pueden realizar interpretaciones de las normas,
pliegos de condiciones y contrato que plantean alguna duda de si esta
ampliación de contrato se puede realizar o no y la transparencia del
equipo de gobierno es la que ha motivado presentar este asunto a esta
sesión plenaria.
Sigue diciendo que a los grupos de la oposición se les ha
olvidado comentar que, con la modificación del contrato que se
pretendía, no solo se iba a mejorar el servicio que se presta para la
recogida de textil sino también del Punto Limpio, sino que también se
iba a producir un ahorro de un poco más de 50.000 euros anuales y
además recuerda que, en momentos anteriores, algún grupo de la
oposición ha pedido que se unieran esos contratos para realizar una
mejor gestión por lo que no entiende, en muchas ocasiones, las
posiciones que mantienen los grupos de la oposición.
Aclara que solo se ha producido, en este caso, la interpretación
de una norma que ha sido modificada posteriormente a la realización
del pliego de condiciones y, reitera, el equipo de gobierno, por
claridad y por el informe jurídico emitido por el Sr. Secretario, ha
creído conveniente parar esta modificación del contrato y estudiar
otras posibilidades.
Termina su intervención insistiendo en que los grupos de la
oposición no han hablado, en ningún momento, de que la modificación
que se proponía suponía una mejora en la gestión, un ahorro de 50.000
Pleno ordinario 27-12-2013
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MAJADAHONDA
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euros, etc. y tampoco han reconocido que, en algún momento, ellos
mismos habían pedido la unificación de esos contratos.
El Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez
Maillo, indica que su grupo va a votar a favor de la anulación de la
modificación del contrato para incorporar la recogida de otro tipo de
residuos de naturaleza urbana y a continuación explica que el equipo
de gobierno ha intentado modificar un contrato que es inmodificable
por su razón de ser y por el objeto del mismo porque, en puridad y
desde un punto de vista jurídico, se trata de un nuevo contrato y ese
precisamente era el argumento que los grupos de la oposición
mantenían en el Pleno del mes de julio.
Sigue diciendo que esa modificación de contrato se adjudicó a
una empresa “a dedo” y sin libre concurrencia lo que viola los
principios de concurrencia, transparencia y publicidad y considera que,
al no existir transparencia ni concurrencia, no existe eficiencia porque
no se sabe lo que ofrecerían otras empresas y reitera que la empresa
impone lo que quiere cuando no hay concurrencia.
Aclara que todos los grupos de la oposición dijeron, en esa
sesión plenaria de julio, que la modificación del contrato que proponía
el equipo de gobierno vulneraba, posiblemente, la línea roja de la
legalidad y, al final, como consecuencia de los recursos que se han
interpuesto, los servicios jurídicos municipales han dado la razón a los
grupos de la oposición y pide al equipo de gobierno que no vuelva a
actuar de la manera que lo ha hecho en este asunto y, si fuera así, su
grupo estaría junto con el equipo de gobierno.
Termina su intervención diciendo que el equipo de gobierno
debería tomar buena nota de lo que ha ocurrido en este caso porque es
el símil de lo que se está haciendo con otros contratos que se han
tratado anteriormente en esta misma sesión.
La Portavoz de Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal,
recuerda que en toda la documentación que ha integrado este
expediente se eludía, desde el punto de vista de su grupo, a propósito,
la palabra “Punto Limpio” y además alude a un escrito del entonces
Concejal de Medio Ambiente, Sr. García, en el que se dejaba clara su
intención de no renovar el contrato de ese Punto Limpio para adherirlo
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MAJADAHONDA
(MADRID)
al contrato general de recogida de basuras por lo que entiende que la
intención del equipo de gobierno era clara.
Sigue diciendo que la puesta en marcha de esa intención se ha
hecho de forma chapucera, desde el punto de vista de su grupo.
Aclara que su grupo es partidario de unificar contratos pero no
en que se haga saltándose la ley ni a costa de que la empresa
VALORIZA haga negocio con la ropa que recoge y entiende que no se
puede decir que se produciría un ahorro de 50.000 euros porque
realmente no se sabe si se produciría o no y, para saberlo, habría sido
necesario realizar un concurso.
Añade que ECOTEXTILE sí era una mejora pero solo para
VALORIZA y para su interés privado y no para el interés público.
Aclara que, desde el punto de vista de su grupo, el equipo de
gobierno intentó vender, como interés público, la mejora en la calidad
de un servicio que VALORIZA ya tenía que prestar de forma
obligatoria y además se pretendía que el Punto Limpio entrara en ese
contrato junto con la estación de gas que cree que no tiene nada que
ver, con los contenedores de recogida de ropa usada, etc. y añade que
su grupo va a esperar para conocer en qué termina toda esa maraña.
Termina su intervención pidiendo al equipo de gobierno que
haga las cosas bien porque, en ese caso, su grupo siempre estará de
acuerdo.
El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,
Sr. Santana, indica que le pareció grave la vulneración que se realizó
del acuerdo plenario pero entiende que aún ha sido más grave lo que
ha ocurrido a posteriori porque el 31 de julio se aprobó la
modificación de este contrato y se iniciaron los trámites para dar
cumplimiento a ese acuerdo. Añade que el 30 de agosto, su grupo
presentó un recurso de reposición; el 3 de septiembre, el Sr. Alcalde
dicta el Decreto nº 1863/2013 para que se conceda audiencia a
VALORIZA y deja en suspenso la formalización de la modificación
del contrato aprobada el 31 de julio de 2013 hasta que se proceda a la
resolución de los recursos interpuestos.
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
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Sigue diciendo que el 4 de septiembre, sin conocer la existencia
de ese Decreto de la Alcaldía, detectó la instalación de un contenedor
de ropa usada con el logotipo de este Ayuntamiento y avisó al
Concejal correspondiente de la instalación de esos contenedores.
Aclara que el 9 de septiembre preguntó nuevamente a dicho Concejal
por la instalación de esos contenedores porque había comprobado que
se seguían instalando y, como pensaba que eran ilegales, incluso
realizó fotografías.
Añade que en el Pleno que se celebró en el mes de septiembre,
su grupo realizó una pregunta en la que se decía que, en los últimos
días, habían aparecido contenedores de ropa y calzado que indicaban
pertenecer a ECOTEXTILE y que estaban autorizados por el
Ayuntamiento de Majadahonda y preguntaba en qué situación legal se
encuentran, por qué no consta que son gestionados por VALORIZA
siendo ésta la empresa al que ha cedido este Ayuntamiento esa gestión.
Aclara que la respuesta que recibió, en el mes de octubre, era que
VALORIZA había subcontratado el servicio de recogida de calzado y
ropa usada a ECOTEXTILE.
Recuerda a continuación que el 3 de septiembre se había
suspendido la modificación del contrato y en el mes de octubre se dice
a su grupo que VALORIZA había subcontratado ese servicio.
Manifiesta que, en la Comisión Informativa celebrada el pasado
21 de noviembre, vuelve a preguntar por este tema y en el acta de
dicha sesión figura que preguntó en base a qué se colocaban esos
contenedores de ropa usada o quién indica dónde hay que colocarlos y
dice que en la zona de Carrefour y en otras zonas del municipio están
mal colocados.
Añade que en dicha acta consta que el Sr. Presidente de dicha
Comisión, del Grupo Popular, explica que se indicó a la empresa
adjudicataria dónde debía instalar unos 40 ó 50 contenedores y otra
cosa es que no se cumpla y continúa explicando que VALORIZA, con
la modificación de contrato, subcontrató ese servicio y procedió a
identificar los contenedores con el logo del Ayuntamiento.
Pregunta seguidamente por qué, si en el mes de julio estaba
paralizada esa modificación de contrato, el Concejal responsable
seguía asegurando, en el mes de noviembre, que estaban autorizados y
también pregunta quién autorizó la instalación de esos contenedores
cuando la modificación del contrato había sido suspendida, qué ha
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pasado con los ingresos obtenidos en esos meses por la instalación de
esos contenedores y por qué hoy mismo siguen instalados esos
contenedores ilegales.
Continúa diciendo que, desde el punto de vista de su grupo, es
hora de asumir responsabilidades y considera, si el Concejal
responsable no conocía que esa modificación de contrato había sido
paralizada por un Decreto de la Alcaldía, que debe dimitir porque lo
considera su obligación y, en el caso de que, a pesar de la existencia de
esa paralización de la concesión, se ha continuado con la instalación
de contenedores, considera necesario que el Sr. Alcalde proceda a la
destitución de dicho Concejal por considerar que lo que ha ocurrido es
muy grave.
Termina su intervención aclarando que su grupo ha puesto en
manos de sus abogados los incumplimientos que se han producido y
decidirá si presenta o no denuncia ante los tribunales de justicia.
La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica
que el actual Concejal Delegado de Medio Ambiente, ha comentado,
en su intervención anterior, que en este caso ha existido mucha
transparencia pero su grupo está convencido de que, si no se hubieran
presentado recursos, no habría existido transparencia.
Sigue diciendo que en el informe jurídico se determina que este
asunto no podría tramitarse como una ampliación del contrato
existente porque las ampliaciones se pueden realizar sobre cosas
concretas y en una determinada cantidad pero recuerda que la recogida
de ese otro tipo de residuos urbanos se estaba realizando, mediante
contrato, por otra empresa por lo que está claro que era susceptible de
tramitarlo de forma separada del contrato del servicio de recogida de
residuos y limpieza viaria.
Aclara que es posible que, con la recogida de ropa usada, este
Ayuntamiento podría haber ahorrado 50.000 euros anuales aunque no
sabe si esta empresa habría estado dispuesta a pagar esa cantidad de
dinero sin prestar el servicio de recogida de ropa usada y añade que su
grupo ha recibido información de que, sin contar con dicho servicio, a
la empresa le interesaba menos la ampliación del contrato.
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MAJADAHONDA
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A continuación recuerda que el servicio de recogida de ropa
usada no podía contemplarse como ampliación del contrato porque
Izquierda Unida-Los Verdes había presentado con anterioridad una
Moción para dar otro tratamiento distinto a la ropa usada, moción que
fe aprobada.
Indica que da igual que un gato sea negro o blanco porque lo
importante es que cace ratones pero esto no sirve para las
administraciones públicas porque “el gato de la administración” tiene
que actuar siempre de acuerdo con la ley que dispone, para garantizar
que todos los ciudadanos tengan las mismas oportunidades, que es
necesario respetar el principio de publicidad y concurrencia para que
cualquiera pueda presentarse a los concursos y ese es precisamente el
argumento que ha utilizado el Sr. Secretario en su informe para decir
que en este caso no estaba garantizado ese principio.
Aclara que es entelequia decir que de la forma en que se iba a
hacer se garantizaba una mejor gestión porque la realidad es que no se
sabía quién podía realizar una mejor gestión si no había nadie con
quien compararlo por lo que esa gestión podía ser mejor pero también
podía ser peor. Considera que hablar de esa mejor gestión es algo
futurible y por ello no se puede saber si sería cierto o no.
Pregunta a continuación si a VALORIZA le podría haber
interesado este contrato sin realizar la recogida de ropa usada y sin
ocupar la parcela de al lado del Punto Limpio que el equipo de
gobierno quiere cederla y su grupo entiende que quizá no la hubiera
interesado.
Continúa diciendo que siempre hay que hacer bien las cosas y
ahora su grupo se alegra de que vayan a hacerse bien y además, si se
sabía que se iba a terminar en unos meses el contrato del Punto
Limpio, debería haberse incluido en el concurso que se tramitó para la
adjudicación del servicio de recogida de residuos y limpieza viaria
pero, como no se incluyó, su grupo entiende que ahora se podría
beneficiar a la empresa que resultó adjudicataria de dicho concurso
porque es posible que las demás empresas que licitaron no estarían de
acuerdo y seguramente dirían que, si hubieran sabido que se incluía en
ese concurso el Punto Limpio, hubieran ofrecido más dinero.
Indica que, desde el punto de vista de su grupo, nunca se puede
anexionar lo que no figuraba en el pliego de condiciones que dio lugar
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
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a la adjudicación de un servicio y, de hacerlo, se podrían producir
agravios comparativos con el resto de empresas que licitaron y que
podían haber denunciado a este Ayuntamiento en los tribunales.
Termina su intervención diciendo que “bien está lo que bien
acaba” y pide al equipo de gobierno que no haga experimentos que no
se pueden hacer.
El Concejal Delegado de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza,
Sr. Pérez González, indica que todo se ha hecho bien porque este
expediente se presentó al Pleno inicialmente contando con todos los
informes técnicos y jurídicos favorables.
Sigue diciendo que el equipo de gobierno podría entender
muchas de las cuestiones que los grupos de la oposición han estado
planteando durante este debate, si hubiera adoptado una decisión en
contra de los informes jurídicos pero recuerda que, en este caso, todos
los informes que se emitieron eran favorables. Pregunta a continuación
si lo que ha hecho mal el equipo de gobierno es intentar realizar una
modificación de un contrato para gestionar un servicio mejor y ahorrar
dinero a nuestros vecinos y responde que, desde su punto de vista, eso
se ha hecho bien y cuestión distinta es que existan interpretaciones de
los pliegos de condiciones y la Ley de Contratos y a los técnicos
municipales les hayan surgido dudas y, por transparencia y buen
hacer, el equipo de gobierno ha decidido no hacerlo.
Indica, respecto al tema de los contenedores de ropa, que se
están manteniendo contactos con la empresa que ya es consciente de
que tiene que retirarlos y lo va a hacer pero la retirada, por las fiestas
navideñas, se va a retrasar un poco.
Aclara que el equipo de gobierno hace cumplir todas las
obligaciones a todas las empresas que prestan servicios en este
municipio y también se hacen cumplir a VALORIZA pero recuerda
que la modificación que se aprobó iba a suponer un ahorro a nuestros
vecinos en el coste del servicio y una mejor gestión del mismo.
Termina su intervención diciendo que el equipo de gobierno
pedirá opinión al Consejo de Cooperación al Desarrollo cuando
corresponda pero recuerda que, en este caso, el contrato es del
Ayuntamiento y no de ese Consejo Local.
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
Sometido este asunto a votación, la Corporación, por
unanimidad, ACUERDA lo siguiente:
PRIMERO. Estimar los recursos de reposición presentados por Don
Juan Santana Uriarte, Doña Mercedes Pedreira de Vivero y Doña
Carmen Madrigal Torrejón, en su condición de concejales y
portavoces respectivamente de los grupos políticos de Izquierda
Unida-Los Verdes, Centristas de Majadahonda y Unión, Progreso y
Democracia, por los motivos expuestos en el informe de Secretaría
General, y en consecuencia anular y dejar sin efecto el Acuerdo del
Pleno del Ayuntamiento de 31 de julio de 2013 por el que se aprobó la
modificación del contrato de gestión indirecta mediante concesión del
servicio público de limpieza viaria y recogida de residuos urbanos en
el término municipal de Majadahonda para incorporar la recogida de
otro tipo de residuos urbanos de naturaleza doméstica, así como su
almacenamiento temporal y posterior transporte a centros autorizados
para su valoración, eliminación o reciclaje.
SEGUNDO. Notificar el acuerdo a todos los interesados
significándoles que contra el mismo cabrá la interposición de recurso
contencioso-administrativo, sin perjuicio de que puedan interponer
cualquier otro que consideren procedente.
10.(228/13) APROBACIÓN de la propuesta de la Alcaldía sobre
nombramiento de representantes de la Corporación en
órganos colegiados (4.1.4)
Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros
documentos, constan los siguientes:
A) PROPUESTA de la Alcaldía, de 29 de noviembre de 2013,
cuyo texto es el siguiente:
“Debido a los últimos cambios que se han realizado en las
Concejalías que afectan a las áreas de Urbanismo,
Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda y de Medio Ambiente,
Jardines y Limpieza, se hace necesario realizar una nueva
propuesta para adecuar los nombramientos de los respectivos
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
Concejales a los órganos colegiados en los que este
Ayuntamiento tiene representación.
Por ello, y a efectos de adoptar el acuerdo pertinente
previsto en el artículo 38.c) del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,
propongo al Pleno el nombramiento de los siguientes
representantes de la Corporación, en los órganos colegiados
que se indican:
Juntas de Compensación: El Concejal Delegado de
Urbanismo, Mantenimiento de la ciudad y Vivienda, D. Pablo
García González.
Consorcio Regional de Transportes: El Concejal
Delegado de Recursos Humanos, Calidad, Organización,
Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana, D. José
Antonio Carnevali Ramírez.
Mancomunidad de Municipios del Sur de Tratamiento y
Eliminación de Residuos Urbanos: Vocal titular D. Juan Carlos
Pérez González y Vocal suplente D. Pablo García González.
B) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Recursos
Humanos, Asuntos Jurídicos y Seguridad, de 19 de diciembre
de 2013, favorable.
Sometido este asunto a votación, la Corporación, por trece (13)
votos a favor correspondientes al Grupo Municipal Popular, dos (2)
votos en contra correspondientes al Grupo Municipal Izquierda Unida-
Los Verdes y nueve (9) abstenciones correspondientes a los Grupos
Municipales Socialista, Unión Progreso y Democracia y Centrista, lo
que representa mayoría absoluta legal, ACUERDA aprobar la propuesta
de la Alcaldía de 29 de noviembre de 2013 y, en consecuencia, nombrar
los siguientes representantes del Ayuntamiento en los órganos que se
indican:
- Juntas de Compensación: El Concejal Delegado de Urbanismo,
Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda, D. Pablo García
González.
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
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- Consorcio Regional de Transportes: El Concejal Delegado de
Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos,
Seguridad y Movilidad Urbana, D. José Antonio Carnevali
Ramírez.
- Mancomunidad de Municipios del Sur de Tratamiento y
Eliminación de Residuos Urbanos: Vocal titular D. Juan Carlos
Pérez González y Vocal suplente D. Pablo García González.
11.(229/13) DAR CUENTA del Decreto de la Alcaldía nº 2722/13
por el que se efectúa delegación específica, en el ámbito
de los asuntos de Economía y Hacienda, en el Concejal
D. Juan Carlos Díaz Rodríguez, por el periodo de
tiempo que dure la convalecencia de la titular de dicha
Concejalía, Dª Carmen Menéndez Rodríguez (4.2.2)
Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros
documentos, constan los siguientes:
A) DECRETO de la Alcaldía nº 2722/13, de 13 de diciembre,
cuyo texto es el siguiente
“Habiendo sufrido la Concejal Dña. Carmen Menéndez
Rodríguez un accidente de tráfico que le impide ejercer sus
funciones durante un tiempo indeterminado, y con el fin de
atender las gestiones y actividades en el ámbito de Economía y
Hacienda durante el periodo que dure su convalecencia, esta
Alcaldía estima preciso efectuar una delegación específica de
las materias citadas en el Concejal D. Juan Carlos Díaz
Rodríguez.
En uso de las facultades que me confieren los artículos
21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
del Régimen Local, y 43 y Disposición Adicional Cuarta del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen
Jurídico de las Entidades Locales.
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
Visto el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los
preceptos citados y demás de legal aplicación.
Esta Alcaldía RESUELVE efectuar delegación específica
en el ámbito de los asuntos de Economía y Hacienda, y mientras
dure la ausencia de la Concejal Dña. Carmen Menéndez
Rodríguez en el Concejal D. Juan Carlos Díaz Rodríguez con el
alcance y en los términos que se establecen en el Decreto de la
Alcaldía nº 1253/11, de 11 de junio de 2011 y en cuantas otras
resoluciones o acuerdos municipales se hayan dictado sobre
atribuciones o funciones de la Concejalía de Economía y
Hacienda.
La delegación de atribuciones establecida en este Decreto
surtirá efecto desde el día siguiente a la fecha del mismo, sin
perjuicio de su preceptiva publicación en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid y en el Boletín Municipal.”
En dicho Decreto consta el “Acepto la delegación”
firmado por el Concejal D. Juan Carlos Díaz Rodríguez.
B) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Recursos
Humanos, Asuntos Jurídicos y Seguridad, de 19 de diciembre
de 2013, dándose por enterada del Decreto de la Alcaldía nº
2722/13.
El Pleno de la Corporación TOMA CONOCIMIENTO del
Decreto de la Alcaldía nº 2722/13 por el que se efectúa delegación
específica, en el ámbito de los asuntos de Economía y Hacienda, en el
Concejal D. Juan Carlos Pérez Rodríguez, por el periodo de tiempo
que dure la convalecencia de la titular de dicha Concejalía, Dª Carmen
Menéndez Rodríguez.
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CONTROL DE LOS DEMÁS ÓRGANOS DE LA CORPORACIÓN
CONFORME A LO PREVISTO EN EL ART. 46.2.E) DE LA LEY 7/85,
DE 2 DE ABRIL
12.(230/13) DAR CUENTA de los Decretos y Resoluciones
dictados por la Alcaldía y Concejales Delegados del
núm. 2311/13 al 2543/13, ambos inclusive.
El Sr. Secretario da cuenta del expediente integrado por
fotocopia del Libro de Decretos y Resoluciones dictados por la
Alcaldía y Concejales Delegados núms. 2311/13 al 2543/13, ambos
inclusive. Todo ello al efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el
art. 42 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen
Jurídico de las Entidades Locales y consiguientemente ser conocidos
por todos los miembros de la Corporación.
SE DA POR CUMPLIDO el trámite de dar cuenta de los
Decretos y Resoluciones dictados por la Alcaldía y Concejales
Delegados del núm. 2311/13 al 2543/13, ambos inclusive.
13.(231/13) DAR CUENTA de los acuerdos adoptados por la Junta
de Gobierno Local en las sesiones ordinarias y
extraordinarias celebradas durante el mes de
noviembre de 2013 (días 4, 11, 18 y 26)
SE DA POR CUMPLIDO el trámite de dar cuenta de los
acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno Local en las sesiones
ordinarias y extraordinarias celebradas el 4, 11, 18 y 26 de noviembre
de 2013.
14. MOCIONES DE URGENCIA conforme a lo previsto
en el art. 91.4 del R.O.F.
No se presentaron mociones de urgencia.
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MAJADAHONDA
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15. RUEGOS Y PREGUNTAS
La Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sra. Montes de
Oca, realiza “in voce” la siguiente pregunta:
1. Pregunta por qué los alrededores del Centro Comercial Gran
Plaza 2 no están iluminados.
El Sr. Presidente indica que hay una serie de parcelas que
no están construidas y supone que será para ahorrar.
La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y
Democracia, Sra. Madrigal, indica que va a entregar al Sr. Secretario
un escrito en el que constan todos los ruegos y preguntas que desea
que sean contestados aunque “in voce” realiza el siguiente ruego:
1. Indica que es vecina de la zona por la que anda suelto el famoso
perro que muerde. Aclara que el CICAM ha intentado capturarlo
pero no lo ha conseguido y además ha dicho que, como muerde,
se debe avisar a la Policía Local.
Aclara que la Policía Local ha manifestado que esa no es
su función y por ello preguntó si ese servicio no debía intervenir
cuando se trata de un animal que es un peligro público y la
respuesta que obtuvo es que tampoco tenía que intervenir en ese
caso.
Manifiesta que ese perro sigue suelto, pasea por la puerta
del Colegio San Luis Gonzaga y ha atacado ya a varios perros y,
aunque no es de una raza considerada peligrosa, sí lo es e
incluso ha tenido un juicio por mordedura.
Por los motivos expuestos, ruega al Sr. Alcalde que se
interese por este asunto y pregunte a la Policía Local el número
de llamadas que ha recibido relacionadas con este perro.
El Sr. Presidente indica que tomará las medidas que
legalmente pueda pero cree que si ese perro tiene dueño y lo
captura el CICAM, su dueño podrá reclamarlo poco tiempo
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MAJADAHONDA
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después y, previo pago de la multa, el CICAM tendrá que
entregarlo.
La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y
Democracia, Sra. Madrigal, recuerda al Sr. Alcalde lo que
figuraba en el programa electoral del Partido Popular.
El Sr. Presidente reitera que va a hacer en este caso todo lo
que legalmente sea posible aunque considera que lo más
importante no es capturar al perro sino sancionar al propietario
para que no vuelva a actuar de la forma que lo está haciendo y
reitera que, aunque el CICAM capture al perro, su propietario lo
recogerá rápidamente.
La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y
Democracia, Sra. Madrigal, recuerda que para poder imponer
una sanción, es necesario revisar el microchip para lo que es
necesario capturar al perro y añade que su dueño es una persona
conocida.
El Sr. Presidente aclara que está de acuerdo con el
planteamiento que hace la Portavoz de Unión Progreso y
Democracia y reitera que adoptará las medidas que legalmente
procedan.
La Concejal del Grupo Municipal Unión Progreso y
Democracia, Sra. Fernández Alonso, realiza “in voce” la siguiente
pregunta:
2. Indica que un vecino ha escrito una carta a su grupo
comunicándole que una vecina de la zona ha recibido un escrito
del Ayuntamiento notificándole la futura instalación de un
surtidor de gas para los vehículos de limpieza en la parcela
colindante con el Punto Limpio y le conceden un plazo de 20
días para presentar alegaciones.
Pregunta por qué ningún otro vecino ha recibido esa
misma notificación.
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El Sr. Presidente indica que, como todos saben, se tiene la
intención de instalar en esa parcela un depósito de gas.
La Concejal del Grupo Municipal Unión Progreso y
Democracia, Sra. Fernández Alonso, pregunta por qué esa
notificación la ha recibido solo una persona y no el resto de
vecinos de la zona.
El Sr. Presidente indica que no conoce lo que ha ocurrido
porque lo lógico es que esa notificación se haya realizado a
todos los vecinos.
La Concejal Sra. Fernández Alonso, insiste en que los
vecinos dicen que solo lo ha recibido uno de ellos.
El Sr. Presidente aclara que se investigará este asunto pero
no conoce ninguna razón por la que solo se haya notificado a un
vecino porque siempre se notifica a todos los vecinos.
La Viceportavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los
Verdes, Sra. Piñuela, manifiesta que su grupo va a entregar al Sr.
Secretario un escrito en el que constan todos los ruegos y preguntas
que su grupo desea que consten en el acta de esta sesión aunque “in
voce” realiza la siguiente pregunta:
1. Pregunta cuál es el motivo por el que se han modificado los
cristales del Salón de Plenos de tal manera que sea imposible
poder ver el interior desde el exterior y también si se considera
que así se manda un mensaje de transparencia a los vecinos y
vecinas con esta medida.
El Sr. Presidente aclara que cualquier persona que quiera
entrar al Salón de Plenos puede hacerlo porque su puerta está
abierta.
Sigue diciendo que la mayoría de los Salones de Pleno que
conoce tienen paredes y no cree que exista ninguna falta de
transparencia porque se hayan instalado cristales translúcidos
porque el vecino que quiera entrar en el Salón de Plenos puede
hacerlo.
Pleno ordinario 27-12-2013
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MAJADAHONDA
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Continúa diciendo que él no ha ordenado nada respecto al
cambio de cristales y supone que habrán sido los Servicios
Técnicos Municipales los que lo habrán considerado
conveniente y a él también le parece razonable ese cambio y no
cree que por ello haya falta de transparencia porque, reitera,
cualquier vecino que lo desee puede entrar y considera
razonable que los miembros de esta Corporación no estén en un
escaparate.
La Viceportavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-
Los Verdes, Sra. Piñuela, recuerda que se identifica a todos los
vecinos que desean entrar en una sesión plenaria.
El Presidente indica que, en el caso de que se produjera
algún tipo de agresión durante la celebración de una sesión
plenaria, la responsabilidad se exigiría al equipo de gobierno por
lo que considera normal que el Ayuntamiento cuente con unos
sistemas de seguridad a la entrada del Pleno.
La Sra. Piñuela recuerda que la pregunta que ha realizado
se refería al motivo por el que se han modificado los cristales del
Salón de Plenos.
El Sr. Presidente indica nuevamente que no sabe cuál ha
sido el motivo de esa modificación porque él no la ha ordenado
y considera que esta pregunta no tiene entidad suficiente para
haberla realizado en una sesión plenaria.
El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los
Verdes, Sr. Santana, realiza “in voce” la siguiente pregunta:
2. Indica que tras la instalación de columpios adaptados en algunos
parques infantiles del municipio, usuarios de éstos han hecho
llegar a su grupo una petición para que se adapten los parques
con rampas, pasarelas o cualquier otro medio para poder llegar
razonablemente cerca de los columpios con sillas de ruedas ya
que con la arena se hace difícil desplazar las sillas.
El Sr. Presidente aclara que se estudiará este asunto.
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La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira,
realiza “in voce” la siguiente pregunta y una sugerencia:
1. Sugiere, ya que se han instalado cristales translúcidos y se ha
pintado el Salón de Sesiones, que se arreglen las ventanas
porque la que tiene detrás no encaja bien y entra bastante frío.
El Presidente indica que toma nota y se hará lo posible por
arreglarlo.
2. Pregunta en qué situación se encuentra el parking de la Plaza de
la Constitución.
El Sr. Presidente indica que le gusta ser riguroso en las
contestaciones y en estos momentos no sabe en qué situación se
encuentra aunque sí sabe que se está negociando con la empresa
adjudicataria del parking de la calle Gran Vía porque, como
todos saben, no quiere hacerse cargo de su explotación.
Termina su intervención aclarando que esta pregunta será
contestada por escrito.
3. Manifiesta que preguntó, en una sesión plenaria anterior, si se
había comunicado el acuerdo que adoptó al Pleno a la empresa
ASSIGNIA y la respuesta que ha recibido es simplemente que sí
se le había comunicado y pide que se le entregue esa
comunicación.
El Sr. Presidente indica que no hay ningún problema y que
esa comunicación le será entregada.
En el escrito entregado al Sr. Secretario por el Grupo
Municipal Unión Progreso y Democracia, constan, además los
siguientes ruegos y preguntas:
3. Debido al problema de falta de personal en la oficina de Correos
de la calle Oriente, nos gustaría que se solicitase a la instancia
correspondiente, aumentar el personal de esta oficina para
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MAJADAHONDA
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mejorar la atención a los usuarios evitando los continuos retrasos
que suceden en la actualidad.
4. Nos ha llegado información reciente acerca de un nuevo hurto en
la zona de Delta. Tras la pregunta que planteó este grupo en el
Pleno de octubre sobre los robos sufridos en la urbanización
Baymar en los últimos meses, queremos manifestarles la
preocupación que nos comunican los vecinos por el aumento de
este tipo de actividades delictivas en la zona citada en el último
semestre y, rogarles informen y adopten las medidas necesarias
para garantizar la mejor protección posible de los vecinos de
dicha zona.
5. El pasado mes de noviembre se inició en el municipio una
campaña para evitar que los excrementos de las mascotas
afecten al día a día de los vecinos de Majadahonda. Después de
dos meses de campaña, hemos podido comprobar que la
situación no mejora y que las quejas sobre esta cuestión se
mantienen. Ante esto, quisiéramos conocer cuántas sanciones se
han interpuesto durante este tiempo por la vulneración de lo
dispuesto en la Ordenanza de actos incívicos y vandálicos
respecto a los excrementos caninos.
6. En el Pleno de septiembre de 2013 preguntamos acerca de si
existe algún contrato firmado con empresa de publicidad para
explotar los carteles publicitarios en la vía pública. En su
contestación manifestaban “que no tenemos claro a qué carteles
publicitarios se refiere”. Con el fin de ser más claros y poder
obtener una respuesta concreta sobre la citada cuestión,
adjuntamos como documento nº 1 fotografía de uno de los
carteles a los que nos referimos
En las fotografías adjuntas se comprueba que los carteles
publicitarios están instalados en un poste ubicado en la vía
pública (c/ Doctor Calero cerca de la sucursal de La Caixa, al
lado de las antiguas dependencias de la Policía Local y en el
cruce con la Avenida de Reyes Católicos) y corresponden a
establecimientos comerciales privados.
7. El pasado mes de octubre, este grupo preguntó en relación con el
Decreto 245/2010 de imposición de penalidades a la empresa
ASSIGNIA, cuáles eran las razones que habían motivado un
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AYUNTAMIENTO DE
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retraso que se tradujo en que la sanción grave que se imponía a
la citada empresa ASSIGNIA, prescribiese. En la contestación
que nos remitieron se nos comunican los siguientes extremos:
- “El Decreto de Alcaldía de inicio de expediente de
imposición de penalidades es de fecha 09/02/2010.
- Este Decreto se notifica a la contratista en fecha
17/02/2010.
- Las alegaciones en trámite de Audiencia de ASSIGNIA
INFRAESTRUCTURAS S.A., son de fecha 25/02/2010.
- El informe técnico de valoración y contestación de
alegaciones se emitió en fecha 14/10/2011.
- Teniendo en cuenta que las obras y subcontratación se
llevaron a cabo en julio de 2009, en julio de 2011 ya
habían transcurrido los 24 meses para la prescripción de
esta infracción.”
Como se puede comprobar, entre la fecha de presentación
de alegaciones por ASSIGNIA y el informe técnico de
valoración de las mismas, transcurre un periodo de un año y
ocho meses. Nos interesa conocer las razones que provocaron
tanta demora en la respuesta a las alegaciones, especialmente
cuando esa demora se tradujo en la prescripción de una de las
sanciones impuestas a la empresa infractora.
8. Algunos vecinos nos han transmitido su disconformidad acerca
del rumor sobre la desaparición del estanque situado en el
parque del Cerro del aire en su próxima remodelación. Nos
interesa conocer cuál es el motivo para la eliminación de este
lugar que se ha vuelto emblemático en nuestro municipio.
9. Varios vecinos nos han transmitido la queja de que en la calle
María Auxiliadora y Santa Brígida no se está echando sal
provocando los problemas característicos de esta situación en
esta época del año. Nos interesa saber cuál es el motivo, y si se
va a proceder a atender dicha queja.
10. Ante la petición de intereses de demora que hace INTERSA por
el pago tardío del importe de las certificaciones de la obra
“construcción de la nueva Biblioteca central de Majadahonda”,
el 21 de marzo de 2012 el tesorero señala que no se resolvió
dicha solicitud ya que ni en el 2011 ni en 2012 había crédito
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MAJADAHONDA
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suficiente para hacer frente al mismo por lo que se pone en
conocimiento de los servicios presupuestarios para que se realice
su dotación. Nos interesa conocer las razones por las que no ha
sido hasta diciembre de 2013 cuando se ha procedido a la
misma.
11. Nos interesa nos aclaren las reclamaciones que, supuestamente,
y según informaciones emitidas en Pleno, se han interpuesto por
parte de PAMMASA a la empresa ARPADA.
En el escrito entregado al Sr. Secretario por el Grupo
Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, constan, además de los
ruegos y preguntas anteriormente reflejados, los siguientes:
3. Dado que se están remodelando los parques infantiles del
municipio ¿se va a acometer alguna reforma en los de la
Sacedilla? Solicitamos que se tenga en cuenta ya que están en
mal estado.
4. ¿Tiene en m archa el Ayuntamiento algún plan de conservación
del arbolado de los parques que se están remodelando para que
se vean afectados lo menos posible por las obras? En el caso que
la respuesta sea negativa, solicitamos que lo realicen y además
efectúen un seguimiento para evitar que desaparezcan estos
árboles en algunos casos de gran edad.
5. ¿Tiene previsto el Ayuntamiento algún tipo de convenio con la
Asociación Cines Zoco? Esta colaboración serviría para apoyar
este proyecto cultural, pero además podría suponer beneficios a
los vecinos y vecinas de Majadahonda.
6. ¿Se ha pensado desde el Ayuntamiento destinar algunas de las
salas que queden libres en la Casa de la Cultura como salas de
estudio durante las épocas de exámenes? Existe una gran
demanda de este tipo de espacios en nuestro municipio.
7. Nos llegan quejas porque cada domingo los usuarios de la
Parroquia Santa María depositan sus coches en el entorno sin
cumplir las normas: ocupación de las plazas de movilidad
reducida, en pasos de peatones o en la glorieta, vehículos
parados en doble y tercera fila, etc. ¿Por qué no se toman
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
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medidas para evitar estas situaciones que resultan tan molestas
para el resto de vecinos?
8. Nos gustaría conocer la fecha estimada que tiene prevista el
Ayuntamiento para el soterramiento de las líneas de alta tensión.
9. ¿Qué destino se dio a la “piedra” del muro que bordeaba el
derribado colegio Santa Catalina?
10. ¿En qué estado se encuentra la revisión del PGOU? ¿Se han
cumplido los plazos recogidos en el contrato para desarrollar
estos trabajos? En caso negativo ¿cuál es el motivo?. Hasta la
fecha ¿cuánto dinero se le ha abonado a la empresa
responsable?-
11. Nos ha llegado la información de que a algunos vecinos se les ha
aplicado mal la bonificación del 3% por domiciliación bancaria
de la cuota íntegra del recibo del IBI ¿se tiene conocimiento de
este asunto? ¿cómo se piensa solventar?
12. En marzo se cumplen los 10 años de la entrega de la obra de la
“Residencia de Mayores Valle de la Oliva” ¿Se han iniciado ya
los trámites para reclamar los desperfectos de construcción cuya
garantía vencería en esa fecha?
13. ¿Cuántas adopciones de animales se han tramitado desde que la
nueva concesionaria asumió el servicio de CICAM? ¿Ha puesto
en marcha la concesionaria el programa de voluntariado
ofertado? Si es así ¿Con cuántos voluntarios/as cuenta?
14. En enero de 2012 nuestro grupo solicitó información sobre el
gasto en licencias de software que hacía el Ayuntamiento. No
habiendo recibido dicha información, volvemos a solicitar que
se nos informe del gasto en licencias de software de ofimática y
servidores, así como la vida útil estimada de éstas.
15. Solicitamos que se incorpore a la sección dedicada a la
transparencia de la página web del Ayuntamiento, la cantidad
total percibida en dietas por cada concejal y concejala sin
dedicación exclusiva durante el año 2013.
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
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El Sr. Presidente hace entrega al Secretario de la Corporación,
para que las adjunte al Acta de esta sesión, todas las contestaciones
que han realizado por escrito los miembros del Equipo de Gobierno a
las preguntas realizadas por los Grupos de la Oposición.
Se adjuntan a la presente acta como Anexo las respuestas a
preguntas formuladas, entregadas al Secretario que suscribe por el Sr.
Alcalde.
Las respuestas anexadas corresponden a las siguientes
Concejalías:
- De Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios
Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana.
- De Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda.
- De Medio Ambiente, Jardines y Limpieza.
- De Deportes.
- De Bienestar Social, Salud y Familia.
- De Participación Ciudadana, Comunicación y Urbanizaciones.
Respuestas de la Concejalía de Recursos Humanos al Grupo
Municipal Socialista. Pleno 27-11-2013.
“3. Pregunta si el equipo de gobierno tiene pensado adoptar alguna
medida en la rotonda de los Juzgados por los accidentes que se
ocasionan en la misma y recuerda que hace poco tiempo se
produjo un accidente muy grave que ha acabado con un niño
ingresado en un hospital.
Es el Departamento de Infraestructuras y Mantenimiento de la
Ciudad a quien compete el diseño de la vías..
En cuanto al informe confeccionado por la Unidad de Tráfico
de Policía Local sobre el accidente ocurrido recientemente en ese
punto, nos manifiestan que ha sido remitido a los Juzgados que
instruyen las diligencias por el citado asunto.
Majadahonda, a 23 de diciembre de 2013.- El Concejal Delegado de
Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos,
Seguridad y Movilidad Urbana.- Fdo.: José Antonio Carnevali
Ramírez.”
Pleno ordinario 27-12-2013
210
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
Respuestas de la Concejalía de Recursos Humanos, Calidd,
Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana
al Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia. Pleno 27-11-
2013.
“4. Solicitamos se nos remita una relación de las funciones
concretas que son desempeñadas en nuestro municipio por las
Brigadas de Medio Ambiente y Policía Local.
Policía Local manifiesta en su informe que no se tiene
constancia de lo que son las Brigadas de Medio Ambiente con
esa denominación precisa.
Sí existe dentro de Policía Local una unidad denominada
Unidad de Medio Ambiente (UMA) que tiene asignadas
misiones relacionadas en general con los siguientes temas:
Ordenanza de Medio Ambiente; Obras y Licencias; Ordenanza
Reguladora de Estacionamiento, en lo relacionado con
vehículos con estacionamiento prolongado en la vía pública;
control de la Ordenanza de Limpieza y Recogida Neumática de
Basuras; tenencia de animales domésticos; Parque y Jardines;
Zona Rural; tramitación de denuncias por lesiones con motivo
de agresiones de animales domésticos, etc.
En cuanto a las funciones concretas desempeñadas por la
Policía Local en nuestro municipio y ante la amplitud de la
pregunta, sólo cabe responder que las competencias, y por lo
tanto las funciones de la Policía Local son todas las recogidas
en las distintas normas que regulan su funcionamiento.
5. En el Pleno de julio nuestro grupo planteó una pregunta acerca
de los gastos de mantenimiento del edificio de la Policía Local
para el ejercicio 2014. Su respuesta entonces, se limitó a los
gastos en materia de reparaciones. Lo que nosotros queremos
conocer y solicitamos a través de esta pregunta, es el detalle de
todos los gastos que son necesarios para el correcto
funcionamiento del edificio de la Policía Local durante el año
2014.
Pleno ordinario 27-12-2013
211
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
Indican desde Jefatura de la Policía Local que no
disponen de la información solicitada al tratarse de cuestiones
técnicas. Sin duda el departamento técnico, responsable de la
obra de las nuevas instalaciones podrá facilitar esta
información.
No obstante, también hay que tener en cuenta que al llevar
pocos meses haciendo uso de este nuevo edificio no se dispone
de datos de referencia para poder establecer una comparativa
respecto del coste de cada suministro, que permitan conocer
desviaciones y valorar consumos y gastos.
Majadahonda, a 23 de diciembre de 2013.- El Concejal Delegado de
Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos,
Seguridad y Movilidad Urbana.- Fdo.: José Antonio Carnevali
Ramírez.”
Respuestas de la Concejalía de Recursos Humanos, Calidad,
Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana
al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno 27-11-
2013.
“12. ¿Tiene el Ayuntamiento noticias sobre el aumento del número
de robos en nuestro municipio? ¿Se está tomando algún tipo de
medidas especiales?
Esta pregunta se planteó en la última reunión de la Junta Local
de Seguridad (junta en la que se encontraban representados todos los
grupos políticos municipales) y los datos fueron facilitados por el
personal de Guardia Civil, que en última instancia son los que
disponen de mayor información por ser quienes recogen las denuncias
formuladas con motivo de robo.
La Policía Local desea hacer constar, que en cualquier caso y
de forma coordinada e incluso en ocasiones conjunta con Guardia
Civil se vienen desarrollando a diario, en distintos turnos, lugares y
horarios, controles y otro tipo de acciones en prevención de la
comisión de hechos delictivos.
Majadahonda, a 23 de diciembre de 2013.- El Concejal Delegado de
Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos,
Pleno ordinario 27-12-2013
212
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
Seguridad y Movilidad Urbana.- Fdo.: José Antonio Carnevali
Ramírez.”
Respuestas de la Concejalía de Urbanismo, Mantenimiento de la
Ciudad y Vivienda al Grupo Municipal Unión Progreso y
Democracia. Pleno 27-11-2013.
“6. Hemos recibido numerosas quejas acerca de la parcela sin
urbanizar situada en la confluencia de las calles Charaima y
Dr. Fleming. Los vecinos de la zona se quejan de que dicha
parcela se encuentra totalmente descuidada y que el estado
actual del vallado “provisional” que se fijó, hace ya varios
años, es peligroso especialmente en días de viento. ¿Tiene el
equipo de gobierno constancia de esta situación? En caso de ser
así, ¿Tiene prevista alguna actuación al respecto?
RESPUESTA;
Se ha solicitado presupuesto a la empresa encargada de
realizar el vallado para proceder al mismo lo antes posible.
FFDDSSSSSSDGSGASBDFDDDFHB
Majadahonda, 26 de diciembre de 2013.- El Concejal de Urbanismo,
Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda.- Fdo.: Pablo García
González.”
Respuestas de la Concejalía de Urbanismo, Mantenimiento de la
Ciudad y Vivienda al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los
Verdes. Pleno 27-11-2013.
“2. Pregunta en qué estado se encuentran la lista de
adjudicatarios y reservistas de las 48 viviendas de protección.
RESPUESTA:
Hasta la fecha se ha contactado hasta el reservista nº 405, del
cupo general, y el reservista nº 22, del cupo de vivienda adaptada.
De las dos viviendas reservadas al cupo de vivienda adaptada,
un está disponible.
Pleno ordinario 27-12-2013
213
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
Hay 27 reservas formalizadas en total. Para el día 26 de
diciembre está prevista la firma de 3 reservas más.
H
Majadahonda, 26 de diciembre de 2013.- El Concejal de Urbanismo,
Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda.- Fdo.: Pablo García
González.”
Respuestas de la Concejalía de Urbanismo, Mantenimiento de la
Ciudad y Vivienda al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los
Verdes. Pleno 27-11-2013.
“7. En los Presupuestos municipales del año 2014 aparece una
inversión de 100.000€ denominada “Instalación de bolardos
en casco urbano”. Hace años que los bolardos están
instalados en el centro urbano sin funcionamiento. ¿Cuánto
costó la inversión inicial que nunca se ha llegado a poner en
marcha?¿Para qué es esta nueva inversión?¿Cuándo va a
funcionar?
RESPUESTA;
La inversión inicial fue de 213.696€ con cargo al FEIL (Plan
E) y consistió en instalar bolardos en las calles perpendiculares a la
Gran Vía. Esta segunda inversión consistirá en conectar, a petición
de la Policía Local, el control de dicho bolardos con la Central de
Policía de Majadahonda.
Majadahonda, 26 de diciembre de 2013.- El Concejal de Urbanismo,
Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda.- Fdo.: Pablo García
González.”
Respuestas de la Concejalía de Urbanismo, Mantenimiento de la
Ciudad y Vivienda al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los
Verdes. Pleno 30-10-2013
“12. ¿Qué información tiene el Ayuntamiento y/o PAMMASA sobre
la fecha prevista de entrega de las VPP del Plan Joven para
empadronados? Les recordamos que estas viviendas fueron
sorteadas en el año 2008, que los retrasos son continuos y que
afectan seriamente a la vida de sus adjudicatarios, por lo que
Pleno ordinario 27-12-2013
214
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
es necesaria la mediación de nuestra administración con el
IVIMA para no seguir dilatando este asunto.
RESPUESTA:
Es una de las primeras sesiones de 2014 del Consejo de
Gobierno de la Comunidad de Madrid se procederá a aprobar el
proyecto modificado de la obra.
La previsión de entrega de dicha promoción, se producirá en
el verano de 2014, según nos ha informado recientemente el IVIMA.
Queda principalmente rematar la colocación de la tarima,
urbanización, recogida neumática y contratación de las acometidas,
antes de solicitar las preceptivas licencias y calificaciones necesarias
para la entrega de las viviendas.
Majadahonda, 26 de diciembre de 2013.- El Concejal de Urbanismo,
Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda.- Fdo.: Pablo García
González.”
Respuestas de la Concejalía de Urbanismo, Mantenimiento de la
Ciudad y Vivienda al Grupo Municipal Centrista. Pleno 27-11-
2013.
“1. Pregunta si se ha notificado a la empresa ASSIGNIA la
retención de dinero que debía efectuarse de acuerdo con lo
aprobado en el Pleno.
RESPUESTA:
Sí, se le ha notificado.
Majadahonda, 26 de diciembre de 2013.- El Concejal de Urbanismo,
Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda.- Fdo.: Pablo García
González.”
Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y
Limpieza al Grupo Municipal Socialista. Pleno octubre 2013.
“5. Trasladamos al equipo de gobierno la queja vecinal respecto a
un tramo de la calle Perú (entre c/ Argentina y c/ Colombia),
sentido ascendente acera izquierda, en la que en la propia acera
Pleno ordinario 27-12-2013
215
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
de uno de los lados se encuentra con verdín, y por tanto en
estado resbaladizo, como consecuencia del riego de uno de los
jardines colindantes que se filtran a través del muro.
Recibida su incidencia, se va a comprobar la situación creada y
se pondrá las medidas necesarias para su resolución.
Majadahonda, 19 de diciembre de 2013.- El Concejal de Medio
Ambiente, Jardines y Limpieza.- Juan Carlos Pérez González.”
Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y
Limpieza al Grupo Municipal Socialista. Pleno noviembre 2013.
“7. Volvemos a preguntar (ya lo hicimos en enero 2013, a lo que
se nos contestó “Se pasa a queja al servicio correspondiente
para su estudio y posible solución”) sobre unas quejas
vecinales referentes a un muladar ubicado en la intersección
de las calles Charaima y Dr. Fleming. ¿En qué punto se
encuentra este asunto?
Se ha procedido a limpiarlo el pasado verano y se está
pendiente para que esté en un estado suficiente de limpieza.
Paralelamente, se va a estudiar su posible vallado.
Majadahonda, 19 de diciembre de 2013.- El Concejal de Medio
Ambiente, Jardines y Limpieza.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.”
Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y
Limpieza al Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia.
Pleno noviembre 2013.
“2. Dado el pésimo estado en que se encuentra el camino de la
dehesa en la actualidad y teniendo en cuenta las dificultades
que esto genera en el acceso al CICAM, a las fincas colindantes
y a la zona de recreo de la dehesa, quisiéramos saber si el
equipo de gobierno tiene algún plan que permita una
adecuación y mejora del citado camino.
Existe una Comisión Municipal para actualizar el inventario de
los caminos públicos y el estado de los mismos. La intervención para
Pleno ordinario 27-12-2013
216
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
su arreglo es muy complicada ya que necesita de los permisos de
otras administraciones y está limitado lo que en ellos se puede hacer.
Aún así, en el caso concreto por el que se pregunta, se han
mantenido reuniones con vecinos de la zona y se intentará paliar en la
medida de los posible las deficiencias detectadas con la tramitación
de los oportunos permisos para que mejore su situación.
Majadahonda, 19 de diciembre de 2013.- El Concejal de Medio
Ambiente, Jardines y Limpieza.- Fdo. Juan Carlos Pérez González.” Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza al Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia. Pleno noviembre 2013.
“4. Solicitamos se nos remita una relación de las funciones
concretas que son desempeñadas en nuestro municipio por las
Brigadas de Medio Ambiente y Policía Local.
En la Concejalía de medio Ambiente no existen “brigadas de
Medio Ambiente”, contando sólo y exclusivamente con un encargado
de zonas verdes que hace una labor de organizar los servicios
propios del personal municipal y la coordinación con la empresa de
mantenimiento de zonas verdes de una parte del municipio, Ciclo
Medio Ambiente.
La policía Local si cuenta con la Patrulla Verde que está
coordinada con los encargados de parques y jardines y con el de
limpieza viaria y RSU.
Majadahonda, 19 de diciembre de 2013.- El Concejal de Medio
Ambiente, Jardines y Limpieza.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.” Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza al Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia. Pleno noviembre 2013.
“7. A la vista de que la acumulación de basuras en torno a los
buzones de recogida neumática, sigue siendo una realidad de
este municipio, nos interesa nos remitan un listado con la
totalidad de las sanciones impuestas hasta la actualidad por el
Pleno ordinario 27-12-2013
217
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
depósito de las basuras en la calle en vez de en su buzón
correspondiente.
Se está en coordinación con la empresa concesionaria del
servicio de limpieza viaria y RSU para intentar que las incidencias
detectadas por la acumulación de basura junto a los buzones de
recogida neumática se resuelvan en el menor tiempo posible.
En paralelo, se están estudiando otras medidas entre las que
estarán una mayor frecuencia de paso por los puntos negros y
campañas de concienciación para que entre todos tengamos una
ciudad de calidad.
En el presente año 2013 se han abierto 52 expedientes
sancionadores por verter residuos en la vía pública, calificándose la
infracción como leve con multa de hasta 601€, de acuerdo a lo
tipificado en los art. 41.1.a) y 42.a) de la OAIV.
Majadahonda, 19 de diciembre de 2013.- El Concejal de Medio
Ambiente, Jardines y Limpieza.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.” Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza al Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia. Pleno noviembre 2013.
“8. Nos interesa conocer cuáles son las razones por las que la
empresa concesionaria de la recogida de residuos haya puesto
en algunos puntos de la ciudad, al lado de los buzones de
recogida neumática, contenedores para la recogida de envases,
que ya son recogidos por los buzones de recogida neumática.
El pliego de condiciones y la oferta presentada por la empresa
concesionaria del servicio de limpieza viaria y RSU contempla esa
posibilidad para que se de un mayor reciclaje en diferentes residuos.
Actualmente se ha parado la instalación de los mismos para que no
haya en el viario público más contenedores y se han mantenido
reuniones con la empresa y se les ha pedido que presenten una batería
de medidas para optimizar la recogida selectiva en nuestro municipio.
Majadahonda, 19 de diciembre de 2013.- El Concejal de Medio
Ambiente, Jardines y Limpieza.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.”
Pleno ordinario 27-12-2013
218
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza al Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia. Pleno octubre 2013.
“11. Son numerosísimas las quejas emitidas acerca de las heces de
perros que cada día aparecen en las calles y parques de nuestro
municipio. Entendiendo que es un problema de carácter cívico,
queremos conocer qué programas se han adoptado para
concienciar a la ciudadanía sobre la necesaria colaboración de
todos en este aspecto; si existen sanciones para los dueños
infractores y, si en caso de existir dichas sanciones, se persigue
de algún modo su cumplimiento.
Se detectan con mucha frecuencia que en las calles de nuestro
municipio hay una incidencia permanente sobre la no recogida por
parte de los dueños de perros de las heces que sus mascotas hacen.
Para intentar paliar en lo posible el mal estado del viario
público, la colaboración es necesaria y tal fin de hacen campañas
específicas de limpieza que se van a complementar con campañas de
concienciación.
Cuando por parte de la Policía Local se puede identificar al
dueño, se abre el oportuno expediente sancionador con sanciones
calificadas como muy graves y que van desde los 301€ hasta los
1.202€ de acuerdo con lo tipificado en los arts. 33.2b) y 34.b) de la
OAIV, habiéndose tramitado en el año 2013 un total de nueve.
Majadahonda, 19 de diciembre de 2013.- El Concejal de Medio
Ambiente, Jardines y Limpieza.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.”
Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y
Limpieza al Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia.
Pleno octubre 2013.
“12. Nos interesa que el Concejal de Medio Ambiente nos
remitiese el documento a través el cual se instó recientemente
al Canal de Isabel II, a la ampliación de la red de agua
regenerada destinada al riego de las zonas verdes de nuestro
municipio.
Pleno ordinario 27-12-2013
219
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
Lo que se ha solicitado al Canal de Isabel II es la ampliación de
los puntos de carga para vehículos en la red de riego de agua
regenerada que existe en nuestro municipio y por la que se riegan
diferentes parque públicos.
Majadahonda, 19 de diciembre de 2013.- El Concejal de Medio
Ambiente, Jardines y Limpieza.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.”
Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y
Limpieza al Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia.
Pleno octubre 2013.
“13. Rogamos que el Concejal de Medio Ambiente nos haga llegar
copia del documento en el que solicitó que se habilitasen más
puntos de carga para los camiones destinados al baldeo de
calles.
Se adjunta el documento remitido al Canal de Isabel II.
Majadahonda, 19 de diciembre de 2013.- El Concejal de Medio
Ambiente, Jardines y Limpieza.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.”
El documento remitido por el Servicio de Medio Ambiente,
Jardines y Limpieza al Canal de Isabel II Gestión S.A., de fecha 17 de
septiembre de 2013 y firmado por el Ingeniero de Caminos Municipal,
Jefe del Servicio de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza, tiene el
siguiente texto:
“ASUNTO: PUNTOS DE CARGA PARA VEHÍCULOS DEL
SERVICIO DE LIMIEZA MUNICIPAL.
Muy Sr./Sra. Mío/a:
El municipio de Majadahonda cuenta con una red de agua
regenerada que abastece diferentes parques de la localidad y con el
objeto de poder optimizar la misma y los tiempos de desplazamiento
de los vehículos del servicio de limpieza destinados al baldeo de
calles, mediante la presente solicitamos que se creen puntos de carga
con capacidad suficiente adaptados a esta necesidad.
Pleno ordinario 27-12-2013
220
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
La superficie de calles y aceras baldeadas es de 3.000.000 m2. y
este servicio se presta a lo largo de todo el año salvo cuando existe la
posibilidad de heladas, de acuerdo con lo estipulado en el pliego de
condiciones del contrato de “Servicios de limpieza y recogida de
residuos del municipio de Majadahonda”.
Al objeto de que esta solicitud sea llevada a cabo en el menor
plazo posible quedamos a su entera disposición.
Atentamente,
Majadahonda, 17 de septiembre de 2013.- El Ingeniero de Caminos
Municipal Jefe del Servicio de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza.”
Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y
Limpieza al Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia.
Pleno octubre 2013.
“14. Nos interesa ver el documento en el que se autoriza a la
empresa ECOTEXTIL a instalar contenedores de ropa usada
en el municipio de Majadahonda.
Se estaba tramitando una modificación de contrato de la
empresa Valoriza, que en caso de ser aprobada, les permitiría la
recogida de ropa usada mediante la instalación de contenedores en la
vía pública.
Actualmente no existe autorización a ninguna empresa ni ONG
para la recogida de ropa usada por lo que se procede a la retirada de
los contenedores que son detectados.
Majadahonda, 19 de diciembre de 2013.- El Concejal de Medio
Ambiente, Jardines y Limpieza.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.”
Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y
Limpieza al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno
octubre 2013.
“4. Nos llegan quejas por la suciedad acumulada en el entorno del
Centro de Salud “Valle de la Oliva” y la calle Manuel de Falla.
Pleno ordinario 27-12-2013
221
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
Solicitamos que el Ayuntamiento tome las medidas necesarias
para dar solución a este asunto dado que es una zona muy
transitada por los usuarios del centro y por escolares del
entorno.
Recibida su incidencia, se ha pasado al servicio de Limpieza
Viaria para que se compruebe y se pongan las soluciones adecuadas
para que el estado de limpieza del viario público de Majadahonda sea
el adecuado a una ciudad del nivel de calidad de nuestro municipio.
Majadahonda, 19 de diciembre de 2013.- El Concejal de Medio
Ambiente, Jardines y Limpieza.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.”
Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y
Limpieza al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno
octubre 2013.
“5. Vecinos y vecinas nos muestran su indignación por el nuevo
sistema de limpieza de calles y aceras mediante chorros de
agua, que se utiliza de forma desproporcionada y muy poco
sostenible y respetuoso con el medio ambiente. Nos han hecho
llegar vídeos donde se puede comprobar que este tipo de
limpiezas se realizan en momentos en los que está lloviendo por
lo que esta labor no sirve de nada más que para consumir
descontroladamente un recurso natural tan preciado como es el
agua. ¿Se está estudiando esta situación desde los servicios
técnicos para organizar mejor este tipo de limpieza y que
realmente resulte efectiva?
Se está en permanente contacto y coordinación con la empresa
concesionaria del servicio de limpieza viaria y RSU de nuestro
municipio para optimizar los recursos humanos y técnicos y el
servicio prestado, incluido las posibles modificaciones de trabajos
para que el servicio sea más efectivo.
En el caso del baldeo de calles, ya se ha hablado con la
empresa para optimizarlo y que se produzcan las menores molestias y
se realice acorde a las necesidades reales y se tengan en cuenta
factores como el meteorológico.
Pleno ordinario 27-12-2013
222
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
Majadahonda, 19 de diciembre de 2013.- El Concejal de Medio
Ambiente, Jardines y Limpieza.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.”
Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y
Limpieza al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno
octubre 2013.
“6. Vecinos nos transmiten su sugerencia de retrasar el horario de
intervención de los vehículos del servicio de limpieza a primera
hora de la mañana porque producen largos atascos que
incrementan el ya complicado tráfico que existe a estas horas.
Solicitamos se tenga en cuenta para una posible reorganización
del servicio y se nos dé cuenta de ello.
Recibida su sugerencia, le comunico que es permanente el
trabajo con la empresa para que las labores de limpieza molesten lo
menos posible, habiéndose modificado en diferentes ocasiones
algunas de ellas pero también teniendo en cuenta que otras no se
pueden realizar en horas diferentes ya que los perjuicios serían
incluso mayores.
Majadahonda, 19 de diciembre de 2013.- El Concejal de Medio
Ambiente, Jardines y Limpieza.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.”
Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y
Limpieza al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno
octubre 2013.
“7. A pesar del uso excesivo de agua para la limpieza de aceras que
se utiliza desde hace poco, muchas zonas del municipio dan
verdadera pena a causa de las heces caninas que los dueños de
animales de compañía no recogen, incumpliendo las normas y
siendo un hecho sancionable. Desde nuestro grupo hemos
solicitado reiteradamente que el Ayuntamiento tome cartas en
este asunto (campañas de sensibilización y de información) y
siempre se nos responde favorablemente pero sigue sin hacerse
nada. ¿Cuándo piensa hacer algo el equipo de gobierno a este
respecto para que las aceras de nuestro municipio no den asco?
Pleno ordinario 27-12-2013
223
AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
Se detectan con mucha frecuencia que en las calles de nuestro
municipio hay una incidencia permanente sobre la no recogida por
parte de los dueños de perros de las heces que sus mascotas hacen.
Para intentar paliar en lo posible el mal estado del viario
público, la colaboración es necesaria y tal fin de hacen campañas
específicas de limpieza que se van a complementar con campañas de
concienciación.
Cuando por parte de la Policía Local se puede identificar al
dueño, se abre el oportuno expediente sancionador con sanciones
calificadas como muy graves y que van desde los 301€ hasta los
1.202€ de acuerdo con lo tipificado en los arts. 33.2b) y 34.b) de la
OAIV, habiéndose tramitado en el año 2013 un total de nueve.
Majadahonda, 19 de diciembre de 2013.- El Concejal de Medio
Ambiente, Jardines y Limpieza.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.”
Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y
Limpieza al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno
octubre 2013.
“8. La invasión del espacio público por setos o plantas, que
dificultan el paso de los viandantes, es frecuente y un abuso por
parte de las comunidades de propietarios. ¿Qué medidas se
adoptan desde el Ayuntamiento para controlar y evitar estas
situaciones?
Está en marcha una campaña de detección de setos de
propiedades privadas que invaden el viario público de nuestro
municipio. En ese sentido, ya se han realizado cerca de 350
inspecciones y en muchos casos de los detectados, se ha procedido al
oportuno requerimiento para que se procedan a su arreglo.
Se han notificado cerca de 50 y se está trabajando junto con
otros Servicios municipales en la obtención de la información de los
propietarios para poder notificarlos.
Majadahonda, 19 de diciembre de 2013.- El Concejal de Medio
Ambiente, Jardines y Limpieza.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.”
Pleno ordinario 27-12-2013
224
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MAJADAHONDA
(MADRID)
Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y
Limpieza al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno
octubre 2013.
“9. ¿En qué estado se encuentra el Convenio de colaboración entre
el Ayuntamiento de Majadahonda y la organización no
gubernamental GREFA? ¿Qué propuestas de actividades
conjuntas se tienen previstas para los próximos meses?
Desde la Concejalía de Medio Ambiente y más concretamente
desde el Patronato del Monte del Pilar se están teniendo reuniones de
trabajo con la organización GREFA para establecer nuevos canales
de colaboración y coordinación así como una programación de
actividades conjuntas.
En ese sentido, en los próximos meses se tendrá un documento
elaborado conjuntamente para poner al día todo lo necesario para
que la situación de la ONG y sus actividades estén acorde a lo que la
normativa establece.
Majadahonda, 19 de diciembre de 2013.- El Concejal de Medio
Ambiente, Jardines y Limpieza.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.”
Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y
Limpieza al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno
octubre 2013.
“10. Quisiéramos conocer el motivo y la forma de designación, para
que a las reuniones del Patronato del Monte del Pilar asista, en
calidad de representante de las Asociaciones de padres y
madres del municipio, la presidenta de la cooperativa que
gestiona el Colegio Caude y no alguien perteneciente a alguna
de las AMPAS de Majadahonda.
Entre los patronos del Patronato del Monte del Pilar hay
representantes de diferentes colectivos ciudadanos y organizaciones
medioambientales o instituciones representativas del municipio y
entre las que se encuentra el colectivo educativo con una
representante que fue designada al ser la única asociación educativa
que estaba inscrita en el registro municipal de Asociaciones en el
ayuntamiento de Majadahonda.
Pleno ordinario 27-12-2013
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAHONDA
(MADRID)
Majadahonda, 19 de diciembre de 2013.- El Concejal de Medio
Ambiente, Jardines y Limpieza.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.”
Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y
Limpieza al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno
noviembre 2013.
“11. Nos llega la información de que la empresa CICLO
MEDIOAMBIENTE S.L., con la que el Ayuntamiento tiene
varios contratos, está en concurso de acreedores. ¿Cómo puede
afectar esta situación a la prestación de los servicios? ¿Y a las
condiciones laborales de los trabajadores que los prestan?
Conocedores de la situación del grupo Velasco y en particular
de la empresa Ciclo Medio Ambiente con un concurso de acreedores
con viabilidad, se han mantenido reuniones con los responsables de la
misma y nos han hecho llegar que la situación del contrato que
mantienen en nuestro municipio no va a cambiar, cumpliendo con sus
obligaciones en mantener las zonas verdes y manteniendo al personal
dedicado.
Desde esta Concejalía se estará en permanente contacto con la
empresa y se revisará su trabajo para que se cumplan con las
responsabilidades que en el mantenimiento de las zonas verdes tienen.
Majadahonda, 19 de diciembre de 2013.- El Concejal de Medio
Ambiente, Jardines y Limpieza.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.”
Respuestas de la Concejalía de Deportes al Grupo Municipal
Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno noviembre 2013.
“4. Nos ha llegado la información de que el Club de Baloncesto de
Majadahonda CBM está cobrando unas cuotas a los
participantes por sus actividades que no corresponden a los
precios públicos de la Concejalía de Deportes y que exceden en
27,85 € al mes, por unos servicios que deberían estar cubiertos
con la cuota municipal. Nos consta que el Concejal de Deportes
conoce esta situación. ¿Por qué se permite a este Club cobrar
unas cuantías que no son las fijadas por el Ayuntamiento para
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esta actividad municipal? ¿Otros clubs deportivos están
cobrando cuotas por conceptos que no son los publicados por la
Concejalía?
CONTESTACIÓN
Como ya han sido informados por esta Concejalía con la
copia enviada a la vecina que transmitió su queja, el importe
superior a la Escuela Municipal va dirigido a los gastos que se
ocasionan por la inclusión del deportista en un Equipo de
Baloncesto Federado (Ficha Federativa, Seguro Federativo,
Gastos de Arbitrajes, etc.)
Creemos que es un error inducido por no desglosar
adecuadamente los gastos y cuál es su origen, para la próxima
temporada, en la fecha de inscripción de cada club, vamos a
exigir que se clarifiquen para qué son cada entidad.
En cuanto a la Escuela Municipal, dos o tres horas a la
semana, la cantidad cobrada corresponde con los precios
públicos vigentes, acordados por el Ayuntamiento.
10. Ante las quejas de los usuarios, nuestro grupo solicitó en el mes
de julio informes en relación al estado de conservación de las
instalaciones donde imparte su actividad la Escuela Municipal
de Gimnasia ubicadas en el colegio San Pío X. Se nos respondió
de forma escueta desde las concejalías de Seguridad y de
Educación, cuando entendemos que dependería de Deportes. No
nos consta que se haya realizado ninguna inversión en estas
instalaciones en los últimos meses por lo que solicitamos que la
Concejalía de Deportes nos haga llegar la documentación
obrante a este respecto (informes de los técnicos y profesionales
sobre el estado y necesidades del edificio para albergar esta
actividad deportiva, solicitudes y quejas de los usuarios, etc.).
Sobre este ruego, estamos recopilando y completando la
información requerida que será puesta a disposición de ese
Grupo Municipal en cuanto nos sea posible.
Majadahonda, 26 de diciembre de 2013.- El Concejal de
Deportes.- Fdo.: Javier Caballero López.”
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Respuestas de la Concejalía de Bienestar Social, Salud y Familia
al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes.
“1. Indica que la Asociación de Vecinos presentó, hace unos meses,
una solicitud a la que su grupo desea sumarse y es que
Majadahonda se declare Ciudad Solidaria con el Alzheimer,
ruego que realiza para que se inicien los trámites oportunos
para ello.
Informamos que:
Nos ratificamos en la respuesta, transcrita a continuación, y que
fue enviada con fecha 12 de noviembre de 2013, a la
Asociación de vecinos, en respuesta a su solicitud de adhesión
de nuestra localidad a la lista de ciudades solidarias con el
alzhéimer, que hacen suya la declaración de Sangüesa.
“Majadahonda es una ciudad comprometida con el Alzheimer y
con el deterioro cognitivo en general, tanto es así, que desde la
Concejalía de Bienestar Social Salud y Familia trabajamos
diariamente en un programa municipal de “Prevención del
deterioro cognitivo”.
Dicho programa, consciente de la importancia de la
coordinación multidisciplinar, trata de crear sinergias con otros
estamentos vinculados a la prevención y tratamiento de estas
enfermedades. Contamos con un rico equipo multidisciplinar,
médico geriatra, auxiliar de geriatría, trabajadora social y
animador sociocultural capaz de mantener vivo el programa
adecuando los recursos a las necesidades presentadas por las
personas afectadas.
Apoyamos en este sentido las políticas que desde la Comunidad
de Madrid se llevan a cabo encaminadas a mejorar la situación
de los pacientes con deterioro cognitivo y sus familiares y/o
cuidadores. Los planes de acción puestos en funcionamiento en
los Centros de Salud para la detección precoz, valoración
tratamiento y cuidado de las personas afectadas por deterioro
cognitivo.
Consideramos necesario continuar con el esfuerzo llevado a
cabo por las distintas administraciones en apoyo de las
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personas con deterioro cognitivo y consideramos adecuada la
línea de compromiso por la que discurren las políticas relativas
a la enfermedad de Alzheimer y otros deterioros cognitivos.
Siendo consciente que las dotaciones de recursos puestas a
disposición por las administraciones públicas nunca son
suficientes cuando de lo que estamos hablando es de sufrimiento
humano.
No consideramos por lo tanto necesaria en estos momentos la
adhesión de nuestra localidad en la lista de ciudades solidarias
con el alzhéimer, que hacen suya la declaración de Sangüesa.
Majadahonda, a 23 de diciembre de 2013.- El Concejal de
Bienestar Social, Salud y Familia.- Fdo.: Alberto San Juan Llorente.“
Respuestas de la Concejalía de Bienestar Social, Salud y Familia
al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes.
“3. Pregunta por qué se ha trasladado el centro de día del Servicio
de Salud Mental al Hospital Puerta de Hierro.
El Centro de Día, dependiente del Centro de Salud Mental de
Majadahonda, que prestaba sus servicios en los locales de la
calle Sierra de Guadarrama del Ayuntamiento de la localidad
cumpliendo una función Rehabilitadora y Social con pacientes
psiquiátricos crónicos de larga evolución, se ha trasladado de
ubicación al Hospital Puerta de Hierro Majadahonda, donde
los pacientes son atendidos en un lugar específico e
independiente para ellos con una entrada coincidente con el
Hospital de Día Psiquiátrico del Centro Sanitario.
Actualmente, mantiene su dependencia del Centro de Salud
Mental de Majadahonda y cuenta con los mismos profesionales,
recursos y actividades que cuando estaba ubicado en los locales
de la calle Sierra de Guadarrama.
Con este cambio de ubicación, los pacientes tienen cubierta
tanto la parte psico-social como cualquier eventualidad de tipo
asistencial que pueda surgir cuando se encuentren en dicho
Centro.
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Majadahonda, a 23 de diciembre de 2013.- El Concejal de
Bienestar Social, Salud y Familia.- Fdo.: Alberto San Juan Llorente.”
Respuestas de la Concejalía de Bienestar Social, Salud y Familia
al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes
“9. La Memoria de Actividades de Servicios Sociales del año 2012
no está publicada en la web del Ayuntamiento. Solicitamos que
a la mayor brevedad se haga.
Informamos que se ha procedido a dar las instrucciones
oportunas para la publicación de la Memoria de los Servicios
Sociales en la página web del ayuntamiento.
Majadahonda, a 23 de diciembre de 2013.- El Concejal de Bienestar
Social, Salud y Familia.- Fdo.: Alberto San Juan Llorente.”
Respuestas de la Concejalía de Bienestar Social, Salud y Familia
al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes
“6. Ha llegado a nuestro grupo la información de que una de las
psicólogas del CAID podría pasar a prestar servicio en la
Concejalía de Servicios Sociales. Dado que no sería la primera
trabajadora que deja de prestar servicio en el CAID. ¿Cómo se
pretende atender la carga asistencial de este servicio? ¿Cómo
se atendería a los pacientes de esta profesional? ¿Qué planes de
futuro tiene la Concejalía de Sanidad para el CAID?
Efectivamente una de las psicólogas del CAID va a prestar
servicio en la Concejalía de Servicios Sociales, manteniendo
parte de la actividad que desarrolla en el CAID dos días a la
semana.
La carga asistencial de pacientes que realiza esta psicóloga se
está distribuyendo entre el resto de los profesionales del CAID
(psicóloga, psiquiatra, médico, enfermera) y otra parte
continuará llevándolo ella hasta que los pacientes sean dados
de alta.
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Debo decir que todos los profesionales del CAID están haciendo
un gran esfuerzo para seguir manteniendo la calidad asistencial
del servicio a pesar de los traslados que se han realizado.
En cuanto a los planes de futuro que tiene la Concejalía de
Sanidad para el CAID quiero indicar que lo que pretendemos
es dar continuidad al servicio que existe en la actualidad.
Debo indicar que La Agencia Antidroga de la Comunidad de
Madrid tiene la competencia de la atención a los
drogodependientes. El Ayuntamiento tiene una competencia
delegada. Por nuestra parte, salvo que la Agencia Antidroga
decida algún tipo de cambio, vamos a continuar igual. En el
caso que la Comunidad decida cambiar algo, habrá que
estudiarlo y ver la solución más adecuada para todos los
trabajadores que forman parte del mismo.
De momento la Agencia Antidroga ha informado que el
convenio continúa para el año 2014 en las mismas condiciones
que hasta el momento y el día 27 de este mes se procederá a la
firma del mismo.
Majadahonda, a 23 de diciembre de 2013.- El Concejal de Bienestar
Social, Salud y Familia.- Fdo.: Alberto San Juan Llorente.”
Respuestas de la Concejalía de Participación Ciudadana,
Comunicación y Urbanizaciones al Grupo Municipal Socialista
“5. Preguntamos sobre la situación en que se encuentran las
Asociaciones ASTI y Entreculturas que ya no tienen local propio
¿tiene el equipo de gobierno prevista alguna actuación en este
sentido?
La asociación se llama ASTI-ENTRECULTURAS y está
registrada con el número 69 en el libro de actas del
Ayuntamiento de Majadahonda, cuya finalidad es el “Fomento
de la lengua y la cultura de origen y defensa de los derechos de
los trabajadores inmigrantes”. No ha comunicado ningún dato
nuevo desde el 13 de septiembre de 2007 y tampoco se ha puesto
en contacto con esta concejalía.
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El Ayuntamiento, a través de la concejalía de Juventud, cede
espacios preferentemente a asociaciones Juveniles y, si hay
espacios libres, también al resto de las asociaciones para
actuaciones puntuales. Alguna vez este espacio se ha cedido,
previa petición, a Entreculturas. La última, para un curso de
formación para 60 personas.
Majadahonda, 26 de diciembre de 2013.- Concejal de Participación
Ciudadana, Comunicación y Urbanizaciones.- Fdo.: Laura Nistal
Marcos.”
Y no habiendo más asuntos que tratar el Sr. Presidente levantó
la sesión siendo las doce horas y treinta y cinco minutos del día
veintisiete de diciembre de dos mil trece, en prueba de lo cual se
levanta el presente acta que firma el Sr. Presidente en unión de mí, el
Secretario, que doy fe.
EL PRESIDENTE EL SECRETARIO