a.030 hospedaje

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 NORMA A. 030 HOSPEDAJE CAPITULO I ASPECTOS GENERALES Artículo 1.- La presente norma técnica es de aplicación a las edificaciones destinadas a hospedaje cualquiera sea su naturaleza y régimen de explotación. Articulo 2.- Las edificaciones destinadas a hospedaje para efectos de la aplicación de la presente norma se definen como establecimientos que prestan servicio temporal de alojamiento a personas y que, debidamente clasificados y/o categorizados, cumplen con los requisitos de infraestructura y servicios señalados en la legislación vigente sobre la materia. Artículo 3.- Para efectos de la aplicación de la presente norma, las edificaciones destinadas a hospedaje son establecimientos que prestan servicio y atención temporal de alojamiento a personas en condiciones de habitabilidad. Artículo 4.- Las edificaciones destinadas a hospedaje, deben cumplir con los requisitos de infraestructura y servicios señalados en el “Reglamento de Establecimientos de Hospedajes”, aprobado por la autoridad competente según haya sido clasificada y/o categorizada. Artículo 5.- En tanto se proceda a su clasificación y/o categorización, se deberá asegurar que la edificación cumpla las siguientes condiciones mínimas: a) El número de habitaciones debe ser de seis (6) o más; b) Tener un ingreso diferenciado para la circulación de los huéspedes y personal de servicio; c) Contar con un área de recepción; d) El área de las habitaciones (incluyendo el área de clóset y guardarropa) de tener como mínimo 6 m2; e) El área total de los servicios higiénicos privados o comunes debe tener como mínimo 2 m2; f) Los servicios higiénicos deben ser revestidos con material impermeable. En el caso del área de ducha, dicho revestimiento será de 1.80 m; g) Para el caso de un establecimiento de cinco (5) o más pisos, este debe contar por lo menos con un ascensor; h) La edificación debe guardar armonía con el entorno en el que se ubica; i) Los aspectos relativos a condiciones generales de diseño, requisitos de seguridad y accesibilidad para personas con discapacidad, deberán cumplir con las disposiciones contenidas en el presente Reglamento. Artículo 6.- Los establecimientos de hospedaje se clasifican y/o categorizan en la siguiente forma: Clase Categoría Hotel Una a cinco estrellas Apart-hotel Tres a cinco estrellas Hostal Una a tres estrellas Resort Tres a cinco estrellas Ecolodge ---- Albergue ---- a) Hotel Establecimiento que cuenta con no menos de 20 habitaciones y que ocupa la totalidad de un edificio o parte del mismo completamente independizado, constituyendo sus dependencias una estructura homogénea. Los establecimientos de Hotel se caracterizan de 1 a 5 estrellas. b) Apart-Hotel Establecimiento de hospedaje que está compuesto por departamentos que integran una unidad de explotación y administración. Los Apart-Hotel pueden ser categorizados de 3 a 5 estrellas. c) Hostal Establecimiento de hospedaje que cuenta con no menos de 6 habitaciones y que ocupa la totalidad de un edificio o parte del mismo completamente independizado, constituyendo sus dependencias una estructura homogénea. d) Resort

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NORMA A. 030HOSPEDAJE 

CAPITULO IASPECTOS GENERALES

Artículo 1.- La presente norma técnica es de aplicación a las edificaciones destinadas a hospedaje cualquierasea su naturaleza y régimen de explotación. 

Articulo 2.- Las edificaciones destinadas a hospedaje para efectos de la aplicación de la presente norma sedefinen como establecimientos que prestan servicio temporal de alojamiento a personas y que, debidamenteclasificados y/o categorizados, cumplen con los requisitos de infraestructura y servicios señalados en lalegislación vigente sobre la materia.

Artículo 3.- Para efectos de la aplicación de la presente norma, las edificaciones destinadas a hospedaje sonestablecimientos que prestan servicio y atención temporal de alojamiento a personas en condiciones dehabitabilidad.

Artículo 4.- Las edificaciones destinadas a hospedaje, deben cumplir con los requisitos de infraestructura y

servicios señalados en el “Reglamento de Establecimientos de Hospedajes”, aprobado por la autoridadcompetente según haya sido clasificada y/o categorizada.

Artículo 5.- En tanto se proceda a su clasificación y/o categorización, se deberá asegurar que la edificacióncumpla las siguientes condiciones mínimas:

a) El número de habitaciones debe ser de seis (6) o más;b) Tener un ingreso diferenciado para la circulación de los huéspedes y personal de servicio;c) Contar con un área de recepción;d) El área de las habitaciones (incluyendo el área de clóset y guardarropa) de tener como mínimo 6 m2;e) El área total de los servicios higiénicos privados o comunes debe tener como mínimo 2 m2;f) Los servicios higiénicos deben ser revestidos con material impermeable. En el caso del área de ducha,

dicho revestimiento será de 1.80 m;

g) Para el caso de un establecimiento de cinco (5) o más pisos, este debe contar por lo menos con unascensor;h) La edificación debe guardar armonía con el entorno en el que se ubica;i) Los aspectos relativos a condiciones generales de diseño, requisitos de seguridad y accesibilidad para

personas con discapacidad, deberán cumplir con las disposiciones contenidas en el presenteReglamento.

Artículo 6.- Los establecimientos de hospedaje se clasifican y/o categorizan en la siguiente forma:

Clase CategoríaHotel Una a cinco estrellasApart-hotel Tres a cinco estrellasHostal Una a tres estrellas

Resort Tres a cinco estrellasEcolodge ----Albergue ----

a) HotelEstablecimiento que cuenta con no menos de 20 habitaciones y que ocupa la totalidad de un edificio oparte del mismo completamente independizado, constituyendo sus dependencias una estructurahomogénea. Los establecimientos de Hotel se caracterizan de 1 a 5 estrellas.

b) Apart-HotelEstablecimiento de hospedaje que está compuesto por departamentos que integran una unidad deexplotación y administración. Los Apart-Hotel pueden ser categorizados de 3 a 5 estrellas.

c) HostalEstablecimiento de hospedaje que cuenta con no menos de 6 habitaciones y que ocupa la totalidad de

un edificio o parte del mismo completamente independizado, constituyendo sus dependencias unaestructura homogénea.

d) Resort

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Establecimiento de hospedaje ubicado en zonas vacacionales, tales como playas, ríos y otros deentorno natural, que ocupa la totalidad de un conjunto de edificaciones y posee una extensión de áreaslibre alrededor del mismo.

e) EcolodgeEstablecimiento de hospedaje cuya actividad se desarrollan en espacios naturales, cumpliendo losprincipios del Ecoturismo.

f) Albergue

Establecimiento de hospedaje que presta servicio de alojamiento preferentemente en habitacionescomunes, a un determinado grupo de huéspedes que comparten uno o varios intereses y actividadesafines, que determinarán la modalidad del mismo.

Artículo 7.- En todas las edificaciones de establecimientos de hospedaje, salvo los albergues, el área mínimacorresponde al área útil y no incluye el área que ocupan los muros.

Artículo 8.- En el caso de los ecolodges, estos deben ser edificados con materiales naturales propios de lazona, debiendo guardar estrecha armonía con su entorno natural. La generación de energía preferentementedebe ser de fuentes renovables, como la solar, eólica, entre otras.De la misma forma los ecolodges deben de contar con un sistema que les permita el manejo de sus residuos.

CAPITULO IICONDICIONES DE HABITABILIDAD

Artículo 9.- Las edificaciones destinadas a hospedajes, se podrán ubicar en los lugares señalados en losPlanes de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, dentro de las áreas urbanas, de expansiónurbana, en zonas vacacionales o en espacios y áreas naturales protegidas en cuyo caso deberán garantizar laprotección de dichas reservas.

Artículo 10.- Cuando se edifican locales de hospedaje ubicados en áreas urbanas, serán exigibles los retiros,coeficientes de edificación y áreas libres de acuerdo a lo dispuesto por la zonificación municipal vigente, yseñalados en los Certificados de Parámetros Urbanísticos y de Edificación.

Artículo 11.- Los proyectos destinados a la edificación de un establecimiento de hospedaje, debe tener 

asegurado previamente en el área de su localización, la existencia de los siguientes servicios:

a) Agua para consumo humanoEl agua destinada al consumo humano debe reunir las condiciones de calidad prevista en las normassanitarias respectivas, siendo que los depósitos de acumulación deben ser accesibles a fin de facilitar la limpieza y mantenimiento periódico.El suministro de agua deberá abastecer al establecimiento con un volumen mínimo de 150 litros por habitación, cuando proviene de una red pública y 300 litros por habitación cuando es abastecida por otros medios.

b) Aguas ResidualesLa evacuación de las aguas residuales se realizará a través de la red general de alcantarillado, y en elcaso de no existir dicha red, el establecimiento deberá comprometerse a realizar directamente eltratamiento y evacuación mediante la instalación de un sistema de depuración y vertido, en

concordancia con las disposiciones sanitarias vigentes.c) ElectricidadSe deberá contar con una conexión eléctrica de baja tensión o con una verificación de alta tensión quepermita cumplir con los niveles de electrificación previstos.Los accesos, estacionamientos y áreas exteriores de uso común deberán disponer de iluminaciónsuficiente, la misma que deberá provenir de una red de distribución eléctrica subterránea.En todas las tomas de corriente de uso público se indicará el voltaje e intensidad.

d) AccesosDeberá disponer de accesos viales y peatonales debidamente diferenciados que reúnan lascondiciones exigidas por el presente Reglamento y que provean seguridad vial, la misma que debealcanzar a las personas con discapacidad.

e) Estacionamientos

Dispondrán de espacios destinados a estacionamiento de vehículos en función de su capacidad dealojamiento, según lo normado en el plan distrital o de desarrollo urbano.

f) Recolección, almacenamiento y eliminación de residuos sólidos

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La recolección y almacenamiento de residuos sólidos, deberá de realizarse mediante el uso deenvases herméticos y contenedores. La eliminación de estos se realizará a través del servicio públicode recolección, con arreglo a las disposiciones municipales de cada Distrito o Provincia o mediante sudisposición de manera que no afecte el medio ambiente.

g) Sistema de Comunicación.Deberán mantener contar con un sistema de comunicación permanente conectado a la red pública.

Artículo 12.- Cuando se ubiquen fuera de las áreas urbanas, será exigible que cuenten con los requisitosmínimos de infraestructura que se señalan en la presente norma, así como la presentación de informesfavorables de las entidades responsables del cuidado y control de las Reservas Naturales y de los MonumentosHistóricos y Arqueológicos, cuando sea pertinente.

Artículo 13.- Los aspectos relativos a condiciones generales de diseño, referente a ventilación, iluminación,accesos, requisitos de seguridad y accesibilidad de vehículos y personas, incluyendo las de discapacidad, seregirán de acuerdo a lo dispuesto para tal fin, en las respectivas normas contenidas en el presente Reglamento.

Artículo 14.- Los ambientes destinados a dormitorios cualquiera sea su clasificación y/o categorización,deberán contar con espacios suficientes para la instalación de closets o guardarropas en su interior.

Artículo 15.- La ventilación de los ambientes de dormitorios se efectuará directamente hacia áreas exteriores,

patios, y vías particulares o públicas.Articulo 16- Las condiciones de aislamiento térmico y acústico de las habitaciones deberán lograr un nivel deconfort suficiente que permita el descanso del usuario.

CAPITULO IIICARACTERISTICAS DE LOS COMPONENTES

Artículo 17.- El número de ocupantes de la edificación para efectos del cálculo de las salidas deemergencia, pasajes de circulación de personas, ascensores y ancho y número se hará según lo siguiente:

Hoteles de 4 y 5 estrellas 18.0 mt2 por persona

Hoteles de 2 y 3 estrellas 15.0 mt2 por personaHoteles de 1 estrella 12.0 mt2 por personaApart-hotel de 4 y 5 estrellas 20.0 mt2 por personaApart-hotel de 2 y 3 estrellas 17.0 mt2 por personaApart-hotel de 1 estrella 14.0 mt2 por personaHostal de 1 a 3 estrellas 12.0 mt2 por personaResort 20.0 mt2 por persona

Artículo 18.- Los establecimientos de hospedaje a partir del cuarto nivel, deberán contar con ascensores depasajeros y de montacargas independientes. El número y capacidad de los ascensores de pasajeros sedeterminará según el número de ocupantes.

Artículo 19.- Se dispondrá de accesos independientes para los huéspedes y para el personal de servicio.

Artículo 20.- El ancho mínimo de los pasajes de circulación que comunican a dormitorios no será menor de1.20 mts.

Artículo 21.- Los establecimientos que suministre comida a sus huéspedes, deberán contar con un ambientede comedor y otro a cocina, según lo establecido en los anexos a la presente norma. La cocina estará provistade ventilación natural o artificial, y acabada con revestimientos que garanticen una fácil limpieza.

CAPITULO IVDOTACION DE SERVICIOS.

Artículo 22.- Los Establecimientos de Hospedaje, deberán contar para el servicio de huéspedes con ambientes

de recepción y conserjería. Asimismo, deberán contar con servicios higiénicos para público, para hombres ymujeres.Artículo 23.- Los Servicios Higiénicos, deberán disponer de agua fría y caliente, en lavatorios, duchas y/o tinas.

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Artículo 24.- Los ambientes de aseo y de servicios higiénicos, deberán contar con pisos de materialimpermeable y zócalos hasta un mínimo de 1.50 mts., de material de fácil limpieza.

Artículo 25.- En las zonas del país, donde se presentan condiciones climáticas superiores a 25 grados Celsiuso inferiores a 10 grados Celsius, los establecimientos de hospedaje deberán contar con sistemas decalefacción y/o aire acondicionado o ventilación que permitan alcanzar niveles de confort al interior de losambientes de dormitorio y estar 

Artículo 26.- Todo establecimiento de hospedaje, cualquiera sea su clasificación y/o categorización, deberácontar con teléfono público o sistema de comunicación radial de fácil acceso.

CAPITULO VINFRAESTRUCTURA MÍNIMA PARA ESTABLECIMIENTOS DE HOSPEDAJE

Artículo 27.- La infraestructura mínima para un establecimiento de hospedaje clasificado como Hotel, es lacontenida en el Anexo 1 de la presente Norma.

Artículo 28.- La infraestructura mínima para un establecimiento de hospedaje clasificado como Apart-Hotel, esla contenida en el Anexo 2 de la presente Norma.

Artículo 29.- La infraestructura mínima para establecimientos de hospedaje clasificados como Hostal, es lacontenida en el Anexo 3 de la presente Norma.

Artículo 30.- La infraestructura mínima para establecimientos de hospedaje clasificados como Resort, es lacontenida en el Anexo 4 de la presente Norma.

Artículo 31.- La infraestructura mínima para establecimientos de hospedaje clasificados como Ecolodge, es lacontenida en el Anexo 5 de la presente Norma.

Artículo 32.- La infraestructura mínima para establecimientos de hospedaje clasificados como Albergue, es lacontenida en el Anexo 6 de la presente Norma.

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ANEXOS

ANEXO 1

INFRAESTRUCTURA MÍNIMA PARA UN ESTABLECIMIENTO DE HOSPEDAJE CLASIFICADO COMOHOTEL

REQUISITOS MINIMOS 5*****  4****  3***  2**  1* 

Nº de HabitacionesEl número mínimo de suites debe ser igual al 5% del número total de lashabitaciones

40 30 30 20 20

Salones (m2. por Nº total de habitaciones)

El área techada útil en conjunto, no debe ser menor a: 3 m2 2.5 m2 1.5 m2 ---- ----

Bar independiente Obligatorio Obligatorio ---- ---- -----

Comedor - Cafetería (m2. por Nº total de habitaciones)

Deben estar techados y cada uno de ellos no debe ser menor a: 1.5 m2 1.25 m2 1 m2 ---- ----Todas las habitaciones deben tener un closet o guardarropa de unmínimo de: m2 1.5 x 0.7 1.5 x 0.7 1.2 x 0.7 Debe tener Debe tener 

1. Simples (m2) 13 m2 12 m2 11 m2 9 m2 8 m22. Dobles ( m2 ) 18 m2 16 m2 14 m2 12 m2 11 m2

3. Suites (m2 mínimo, si la sala está INTEGRADA al dormitorio) 28 m2 26 m2 24 m2 --- ---

4. Suites ( m2 mínimo, si la sala está SEPARADA del dormitorio) 32 m2 28 m2 26 m2 --- ---

Cantidad de servicios higiénicos por habitación(tipo baño)

1 bañoprivadocon tina

1 bañoprivadocon tina

1 bañoprivadocon tina

1cada2habitaciones-con ducha

1cada2habitaciones-con ducha

Área mínima 5.5 m2 4.5 m2 4m2 3 m2 3 m2Todas las paredes deben estar revestidas con material impermeable decalidad comprobada (metros) altura 2.10 altura 2.10 altura 2.10 altura 1.80 altura 1.80

Servicios y equipos para las habitaciones:1. Aire acondicionado frío (tomándose en cuenta la temperatura

promedio de la zona) Obligatorio obligatorio --- --- ---2. Calefacción (tomándose en cuenta la temperatura promedio de

la zona) Obligatorio obligatorio --- --- ---3. Agua fría y caliente las 24 horas (no se aceptan sistemas

activados por el huésped)

obligatorioen ducha y

lavatorio

obligatorioen ducha y

lavatorioobligatorio obligatorio obligatorio

4. Alarma, detector y extintor de incendios Obligatorio obligatorio --- --- ---

5. Tensión 110 y 220 v. Obligatorio obligatorio obligatorio --- ---6. Teléfono con comunicación nacional e internacional (en el

dormitorio y en el baño) Obligatorio obligatorio obligatorio --- ---

Ascensor de uso público (excluyendo sótano o semi-sótano)

obligatorioa partir de4 plantas

obligatorioa partir de4 plantas

obligatorioa partir de5 plantas

obligatorioa partir de5 plantas

obligatorioa partir de5 plantas

Ascensor de servicio distintos a los de uso público (con parada en todoslos pisos y excluyendo sótano o semi-sótano)

obligatorioa partir de4 plantas

obligatorioa partir de4 plantas --- --- ---

Alimentación eléctrica de emergencia para los ascensores Obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio

Estacionamiento privado y cerrado (porcentaje por el Nº de habitaciones) 30% 25% 20% --- ---Estacionamiento frontal para vehículos en tránsito Obligatorio obligatorio obligatorio --- ---

Generación de energía eléctrica para emergencia Obligatorio obligatorio obligatorio --- ---

Recepción y conserjería

obligatorio –separados

obligatorio-separados

obligatorio-separados

obligatorio obligatorio

Sauna, baños turcos o hidromasajes Obligatorio --- --- --- ---

Servicios higiénicos públicos (Se ubicarán en el hall de recepción o enzonas adyacentes al mismo)

obligatoriodiferenciados por sexos

obligatoriodiferenciados por sexos

obligatoriodiferenciados por sexos

Obligatorio Obligatorio

Teléfono de uso público Obligatorio Obligatorio Obligatorio Obligatorio Obligatorio

Cocina (porcentaje del comedor) 60% 50% 40% --- ---

Zona de mantenimiento Obligatorio Obligatorio

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ANEXO 2

INFRAESTRUCTURA MÍNIMA PARA UN ESTABLECIMIENTO DE HOSPEDAJE CLASIFICADO COMOAPART-HOTEL

REQUISITOS MINIMOS 5*****  4****  3*** 

Nº de Departamentos 6 6 6

Nº de Ingresos de uso exclusivo de los Huéspedes (separado deservicios) 1 1 ----

Cafetería (m2. por Nº total de departamentos) 1.25 m2 1 m2 0.75 m2Todos los departamentos deben tener un closet o guardarropa de unmínimo de:

1.5 x 0.7m2

1.5 x 0.7m2

1.5 x 0.7m2

5. Con un dormitorio integrado al kitchenette y disponibilidad deservicios hasta cuatro personas 28 m2 26 m2 24 m2

6. Si el kitchenette y la sala comedor están separados deldormitorio, mínimo 32 m2 28 m2 26 m2

7. Con dos dormitorios (uno integrado al kitchenette) y

disponibilidad de servicios hasta seis personas 46 m2 42 m2 38 m28. Si el kitchenette y la sala comedor están separados de losdormitorios, mínimo 50 m2 44 m2 40 m2

Cantidad de servicios higiénicos privados por departamento:1. Departamento de un dormitorio2. Departamento de dos dormitorios

1 con tina1 con tina,1 medio

baño

1 con tina1 con tina,1 medio

baño

1 conducha1 con

ducha, 1mediobaño

Área mínima 5.5 m2 4.5 m2 4.5 m2Todas las paredes deben estar revestidas con material impermeable decalidad comprobada

altura 2.10m.

altura 2.10m.

altura 1.80m.

Servicios y equipos para los departamentos:7. Aire acondicionado frío (tomándose en cuenta la temperatura

promedio de la zona)obligatorio obligatorio ----8. Calefacción (tomándose en cuenta la temperatura promedio de

la zona) obligatorio obligatorio ----

9. Agua fría y caliente las 24 horas (no se aceptan sistemasactivados por el huésped)

obligatorioen ducha y

lavatorio

obligatorioen ducha y

lavatorioObligatorio

10. Alarma, detector y extintor de incendios obligatorio obligatorioSolo

extintor 

11. Tensión 110 y 220 v. obligatorio obligatorio ---

12. Teléfono con comunicación nacional e internacional obligatorio obligatorio obligatorio

Ascensor de uso público (excluyendo sótano o semi-sótano)

obligatorioa partir de4 plantas

obligatorioa partir de4 plantas

obligatorioa partir de5 plantas

Alimentación eléctrica de emergencia para los ascensores obligatorio obligatorio obligatorioEstacionamiento privado y cerrado, dentro o contiguo al local (porcentaje

por el Nº de departamentos) 30% 25% 20%Generación de energía eléctrica para emergenciaAlarma, detector y extintor de incendios

obligatorioobligatorio

obligatorioobligatorio

obligatorioobligatorio

Recepción y conserjería

obligatorio-

separados

obligatorio-

separados

obligatorio-

separados

Servicios higiénicos públicos (Se ubicarán en el hall de recepción o enzonas adyacentes al mismo)

obligatoriodiferenciad

os por sexos

obligatoriodiferenciad

os por sexos

obligatoriodiferenciad

os por sexos

Teléfono de uso público obligatorio obligatorio obligatorio

Zona de mantenimiento obligatorio obligatorio obligatorio

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ANEXO 3

INFRAESTRUCTURA MÍNIMA PARA UN ESTABLECIMIENTO DE HOSPEDAJE CLASIFICADO COMOHOSTALES

REQUISITOS MINIMOS 3***  2**  1* 

Nº de Habitaciones 6 6 6

Ingreso suficientemente amplio para el tránsito de huéspedes y personalde servicio

obligatorio obligatorio obligatorio

Todas las habitaciones deben tener un closet o guardarropa de unmínimo de: obligatorio obligatorio obligatorio

9. Simples (m2) 11 m2 9 m2 8 m2

10. Dobles ( m2 ) 14 m2 11 m2 11 m2

Cantidad de servicios higiénicos por habitación

1 bañoprivado con

ducha

1 baño cada2

habitaciones

- con ducha

1 bañoprivado

con duchaÁrea mínima 4 m2 3 m2 3 m2Todas las paredes deben estar revestidas con material impermeable decalidad comprobada altura 1.80 m.

altura 1.80m.

altura 1.80m.

Agua fría y caliente las 24 horas (no se aceptan sistemas activados por elhuésped) obligatorio obligatorio obligatorio

Ascensor de uso público (excluyendo sótano o semi-sótano)

obligatorio apartir de 5

plantas

obligatorio apartir de 5

plantas

obligatorioa partir de5 plantas

Recepción obligatorio obligatorio obligatorio

Servicios higiénicos públicosobligatorio

diferenciadospor sexos

obligatorio obligatorio

Teléfono de uso público obligatorio obligatorio obligatorio

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ANEXO 4INFRAESTRUCTURA MÍNIMA PARA UN ESTABLECIMIENTO DE HOSPEDAJE CLASIFICADO COMO RESORT

REQUISITOS MINIMOS 5*****  4****  3*** 

Nº de HabitacionesEl número mínimo de suites debe ser igual al 5% del número total de lashabitaciones

50 40 30

Nº de Ingresos de uso exclusivo de los Huéspedes (separado de servicios) 1 1 1

Salones (m2. por Nº total de habitaciones)

El área techada útil en conjunto, no debe ser menor a: 3 m2 2.5 m2 1.5 m2

Bar independiente Obligatorio Obligatorio Obligatorio

Comedor Principal - Cafetería (m2. por Nº total de habitaciones)

Deben estar techados y cada uno de ellos no debe ser menor a: 1.5 m2 1.25m2 1 m2

Comedores complementarios

Su número yamaño dependerádélas necesidades

funcionales delResort

Su número ytamaño dependeráde las necesidades

funcionales delResort

Su número ytamaño dependeráde las necesidades

funcionales delResort

Todas las habitaciones deben tener un closet o guardarropa de un mínimo de: 1.5 x 0.7 m2 1.5 x 0.7 m2 1.2 x 0.7 m2

11. Simples (m2) 13 m2 12 m2 11 m2

12. Dobles ( m2 ) 18 m2 18 m2 14 m2

13. Suites (m2 mínimo, si la sala está INTEGRADA al dormitorio) 28 m2 26 m2 24 m214. Suites ( m2 mínimo, si la sala está SEPARADA del dormitorio) 32 m2 28 m2 26 m2

Cantidad de servicios higiénicos por habitación1 baño privado con

tina1 baño privado con

tina1 baño privado con

ducha

Área mínima 5.5 m2 4.5 m2 4 m2Todas las paredes deben estar revestidas con material impermeable de calidadcomprobada altura 2.10 m. altura 2.10 m. Altura 1.8 m.

Servicios y equipos para las habitaciones:13. Aire acondicionado frío (tomándose en cuenta la temperatura

promedio de la zona) obligatorio obligatorio obligatorio14. Calefacción (tomándose en cuenta la temperatura promedio de la

zona) obligatorio obligatorio obligatorio15. Agua fría y caliente las 24 horas (no se aceptan sistemas activados

por el huésped)obligatorio en

ducha y lavatorioobligatorio en

ducha y lavatorioobligatorio en

ducha y lavatorio

16. Alarma, detector y extintor de incendios obligatorio obligatorio obligatorio

17. Tensión 110 y 220 v. obligatorio obligatorio obligatorio18. Teléfono con comunicación nacional e internacional (en el dormitorio yen el baño) obligatorio obligatorio obligatorio

Servicios generalesAscensor de uso público (excluyendo sótano o semi-sótano)

obligatorio a partir de 4 plantas

obligatorio a partir de 4 plantas

obligatorio a partir de 4 plantas

Ascensor de servicio distintos a los de uso público (con parada en todos los pisosy excluyendo sótano o semi-sótano)

obligatorio a partir de 4 plantas

obligatorio a partir de 4 plantas

obligatorio a partir de 4 plantas

Alimentación eléctrica de emergencia para los ascensores obligatorio obligatorio obligatorioEstacionamiento privado y cerrado que contemple además área paraestacionamiento de buses (porcentaje por el Nº de habitaciones) 30% 25% 20%

Estacionamiento frontal para vehículos en tránsito obligatorio obligatorio obligatorio

Generación de energía eléctrica para emergencia obligatorio obligatorio obligatorio

Recepción y conserjeríaobligatorio -separados

obligatorio -separados

obligatorio -separados

Sauna o baños turcos obligatorio obligatorio obligatorio

Hidromasajes obligatorio obligatorio obligatorio

Gimnasio obligatorio obligatorio obligatorioÁreas deportivas: cancha de tenis, cancha múltiple, frontón y otras instalacionesacorde con la ubicación geográfica obligatorio obligatorio obligatorio

Piscina para adultos obligatorio obligatorio obligatorio

Piscina para niños obligatorio obligatorio obligatorio

Sala de juegos obligatorio obligatorio obligatorio

Peluquería y salón de belleza obligatorio obligatorio obligatorio

Servicios higiénicos públicosobligatorio

diferenciados por sexos

obligatoriodiferenciados por 

sexos

obligatoriodiferenciados por 

sexos

Teléfono de uso público obligatorio obligatorio obligatorio

Tópico (espacio para atención de primeros auxilios) obligatorio obligatorio obligatorioÁrea para venta de artículos diversos, souvenirs, artesanía local y otros acorde ala ubicación obligatorio obligatorio obligatorio

Cocina (porcentaje del comedor) 60% 60% 60%

Áreas libres (porcentaje del área total del terreno) 70% 70% 70%

Zona de mantenimiento obligatorio obligatorio obligatorio

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ANEXO 5

INFRAESTRUCTURA MÍNIMA PARA UN ESTABLECIMIENTO DE HOSPEDAJE CLASIFICADO COMOECOLODGES

ANEXO 6

INFRAESTRUCTURA MÍNIMA PARA UN ESTABLECIMIENTO DE HOSPEDAJE CLASIFICADO COMOALBERGUE

Nº de Cabañas o Bungalows independientes 12Ingreso suficientemente amplio para el tránsito de huéspedes personal deservicio obligatorio

Recepción obligatorio

Dormitorios simples (m2) 11 m2

Dormitorios dobles (m2) 14 m2

Terraza 6 m2

Cantidad de servicios higiénicos por cabaña o bungalow1 privado -con ducha

Área mínima (m2) 4 m2Las paredes del área de ducha deben estar revestidas con materialimpermeable de calidad comprobada

1.80 m dealtura

Servicios y equipos para las cabañas o bungalows

1. Ventilador obligatorio2. Estufa (tomándose en cuenta la temperatura promedio de la

zona) obligatorio

Agua debidamente procesada obligatorio

Servicios higiénicos públicos, los cuales se ubicarán en el hall derecepción o en zonas adyacentes al mismo

obligatoriodiferenciad

os por sexos

Generación de energía eléctrica para emergencia en los lugares quecuentan con red de energía eléctrica obligatorio

Sala de interpretación obligatorio

Ambientes de alojamiento, con servicios higiénicos diferenciados para uso

exclusivo de los huéspedes obligatorioRecepción obligatorio

Ambientes de estar obligatorio

Ambientes de esparcimiento obligatorio

Comedor obligatorio

Cocina obligatorioServicios higiénicos públicos diferenciados por sexo, los cuales se ubicaránen el hall de reopción o en zonas adyacentes al mismo obligatorio

Equipo de seguridad contra incendios y siniestros obligatorio

Equipo de comunicación con zonas urbanas obligatorio