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Superior Tribunal de Justicia Provincia de Corrientes A C U E R D O N U M E R O V E I N T I T R E S. En Corrientes, a los ocho días del mes de agosto del año dos mil diecisiete, siendo las ocho horas, estando reunidos y constituidos en Tribunal, en la Sala de Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, el señor Presidente Dr. GUILLERMO HORACIO SEMHAN, los señores Ministros, Dres. LUIS EDUARDO REY VAZQUEZ, FERNANDO AUGUSTO NIZ, ALEJANDRO ALBERTO CHAIN, EDUARDO GILBERTO PANSERI y el señor Fiscal General, Dr. CESAR PEDRO SOTELO, asistidos del Secretario Administrativo, Dr. GUILLERMO ALEJANDRO CASARO LODOLI, tomaron en consideración los siguientes asuntos y, A C O R D A R O N PRIMERO: Visto: El Sr. Presidente da cuenta de las siguientes Resoluciones: I. Dictadas en uso de las facultades conferidas por el Art. 24°, inc. e) del Decreto Ley N° 26/00 LOAJ: N° 285 Corrientes, 31 de julio de 2017.- VISTO: El Expte. CA-323-2017 (E-3989-2016), caratulado: “ÁREA DE CAPACITACIÓN DEL PODER JUDICIAL S/ LIBERACIÓN DE FONDOS P/ GASTOS DE LA DIPLOMATURA INTERNACIONAL (PRIMERA PARTE) DERECHO CONSTITUCIONAL Y PROCESAL CONSTITUCIONAL. CLASE 18 Y 19 DE AGOSTO.”, y; CONSIDERANDO: Que a fs. 1 la Sra. Secretaria del Área de Capacitación del Poder Judicial de la Provincia de Corrientes Dra. Alina Montórfano solicita adelanto de fondos para abonar los gastos de transporte, estadía, filmación y pago de los pent drive correspondiente al 4° Módulo de la “DIPLOMATURA INTERNACIONAL (PRIMERA PARTE) DERECHO CONSTITUCIONAL Y PROCESAL CONSTITUCIONAL” que brindará el Dr. Marcelo López Alfonsín y que se realizará en el Salón Auditorio del Área de Capacitación los días Viernes 18 y Sábado 19 de Agosto de 2017. Que el gasto se realiza conforme con las disposiciones legales vigentes: Ley Nº 5571 de Administración Financiera Provincial; Ley Nº 4420 de Autarquía; Acuerdo Nº 25/14- Punto 6° del Superior Tribunal de Justicia y Reglamento de Administración Financiera (RAF).

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Page 1: A C O R D A R O N - Poder Judicial de Corrientes...A C U E R D O N U M E R O V E I N T I T R E S. En Corrientes, a los ocho días del mes de agosto del año dos mil diecisiete, siendo

Superior Tribunal de Justicia

Provincia de Corrientes

A C U E R D O N U M E R O V E I N T I T R E S. En Corrientes, a los ocho días del

mes de agosto del año dos mil diecisiete, siendo las ocho horas, estando reunidos y

constituidos en Tribunal, en la Sala de Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia de la

Provincia, el señor Presidente Dr. GUILLERMO HORACIO SEMHAN, los señores

Ministros, Dres. LUIS EDUARDO REY VAZQUEZ, FERNANDO AUGUSTO NIZ,

ALEJANDRO ALBERTO CHAIN, EDUARDO GILBERTO PANSERI y el señor Fiscal

General, Dr. CESAR PEDRO SOTELO, asistidos del Secretario Administrativo, Dr.

GUILLERMO ALEJANDRO CASARO LODOLI, tomaron en consideración los

siguientes asuntos y,

A C O R D A R O N

PRIMERO: Visto: El Sr. Presidente da cuenta de las siguientes Resoluciones:

I. Dictadas en uso de las facultades conferidas por el Art. 24°, inc. e) del

Decreto Ley N° 26/00 LOAJ:

“N° 285 Corrientes, 31 de julio de 2017.-

VISTO: El Expte. CA-323-2017 (E-3989-2016), caratulado: “ÁREA DE

CAPACITACIÓN DEL PODER JUDICIAL S/ LIBERACIÓN DE FONDOS P/ GASTOS

DE LA DIPLOMATURA INTERNACIONAL (PRIMERA PARTE) DERECHO

CONSTITUCIONAL Y PROCESAL CONSTITUCIONAL. CLASE 18 Y 19 DE

AGOSTO.”, y;

CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 la Sra. Secretaria del Área de Capacitación del Poder Judicial de la

Provincia de Corrientes Dra. Alina Montórfano solicita adelanto de fondos para abonar

los gastos de transporte, estadía, filmación y pago de los pent drive correspondiente al

4° Módulo de la “DIPLOMATURA INTERNACIONAL (PRIMERA PARTE) DERECHO

CONSTITUCIONAL Y PROCESAL CONSTITUCIONAL” que brindará el Dr. Marcelo

López Alfonsín y que se realizará en el Salón Auditorio del Área de Capacitación los

días Viernes 18 y Sábado 19 de Agosto de 2017.

Que el gasto se realiza conforme con las disposiciones legales vigentes: Ley Nº

5571 de Administración Financiera Provincial; Ley Nº 4420 de Autarquía; Acuerdo Nº

25/14- Punto 6° del Superior Tribunal de Justicia y Reglamento de Administración

Financiera (RAF).

Page 2: A C O R D A R O N - Poder Judicial de Corrientes...A C U E R D O N U M E R O V E I N T I T R E S. En Corrientes, a los ocho días del mes de agosto del año dos mil diecisiete, siendo

Que existe crédito presupuestario en la partida específica para tal fin en Fuente

14- Recursos del Tesoro Provincial con Afectación Específica- Fondo del Área de

Recursos Humanos.

Por ello,

RESUELVO:

1) Autorizar el adelanto de fondos para abonar los gastos de transporte,

estadía, filmación y pago de los pent drive correspondiente al 4° Módulo de la

“DIPLOMATURA INTERNACIONAL (primera parte) DERECHO CONSTITUCIONAL Y

PROCESAL CONSTITUCIONAL” que brindará el Dr. Marcelo López Alfonsín y que se

realizará en el Salón Auditorio del Área de Capacitación los días Viernes 18 y Sábado

19 de Agosto de 2017, por la suma de $19.600,00 (pesos diecinueve mil seiscientos).

2) Imputar el gasto al PROGRAMA: 1- ACTIVIDAD: 1- PARTIDAS: 349:

$6.600,00; 371: $9.000,00 y 292: $4.000,00 de FUENTE 14- RECURSOS DEL

TESORO CON AFECTACIÓN ESPECÍFICA- FONDO DEL AREA DE RECURSOS

HUMANOS.

3) Proceder a su liquidación y oportuno pago por la Tesorería Jurisdiccional, a

favor de la Dra. Alina Montórfano, con oportuna y documentada rendición de cuentas.

4) Comunicar, librar copias a sus efectos y oportunamente archivar.”

“N° 286 Corrientes, 31 de julio de 2017.-

VISTO: El Expte. EH-110-2014, caratulado: “CRE-NOR S.R.L. S/

REDETERMINACION DE PRECIOS - OBRA: CONSTRUCCION DE JUZGADO DE

PAZ DE LORETO - CORRIENTES”, y;

CONSIDERANDO:

Que la Dirección General de Administración plantea en el expediente de

referencia la necesidad de proveer los créditos presupuestarios para atender dichos

gastos por el devengamiento en el presente ejercicio en la partida de Bienes de Uso.

Que el crédito necesario para tramitar estos expedientes existe en la

estructura presupuestaria: 1-0-0-1-235 de FUENTE 14 – TESORO PROVINCIAL CON

AFECTACION ESPECIFICA, siendo necesaria una modificación presupuestaria en los

términos del Anexo III del RAF (Reglamento de Administración Financiera) Acuerdo Nº

16/2002, Ley de Autarquía Nº 4220 Art. 6º, Ley de Administración Financiera Nº 5571

Art. 34º, Decreto del Poder Ejecutivo Provincial Nº 3467 del 21 de diciembre de 2016

(aprueba la prórroga del Presupuesto 2016).

Por ello,

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Superior Tribunal de Justicia

Provincia de Corrientes

RESUELVO:

1) DISPONER traspaso de partidas en FUENTE 14 – TESORO PROVINCIAL

CON AFECTACION ESPECIFICA, ordenándose a tal efecto: a) REDUCIR

PRESUPUESTARIAMENTE por la suma de $32.300 (pesos treinta y dos mil

trescientos) con la siguiente afectación: PROGRAMA 1 - ACTIVIDAD 1 – PARTIDA

2.3.5. Libros, revistas y periódicos $32.300; b) INCREMENTAR

PRESUPUESTARIAMENTE por la suma de $32.300 (pesos treinta y dos mil

trescientos) con la siguiente afectación: PROGRAMA 1 – PROYECTO 1 - ACTIVIDAD

53 - PARTIDA 4.2.1. Construcciones en bienes de dominio privado $32.300.

2) REMITIR a la Dirección General de Administración para su instrumentación.

3) COMUNICAR, librar copias a sus efectos y oportunamente archivar.

“N° 287 Corrientes, 01 de agosto de 2017.-

VISTO: Los Exptes. E-2710-2017 y E-3227-2017, y;

CONSIDERANDO:

Que la Dirección General de Administración plantea en el expediente de

referencia la necesidad de proveer los créditos presupuestarios para atender dichos

gastos por el devengamiento en el presente ejercicio en la partida de Bienes de Uso.

Que el crédito necesario para tramitar estos expedientes existe en la

estructura presupuestaria: 12-0-0-1-256 de FUENTE 14 – TESORO PROVINCIAL

CON AFECTACION ESPECIFICA, siendo necesaria una modificación presupuestaria

en los términos del Anexo III del RAF (Reglamento de Administración Financiera)

Acuerdo Nº 16/2002, Ley de Autarquía Nº 4220 Art. 6º, Ley de Administración

Financiera Nº 5571 Art. 34º, Decreto del Poder Ejecutivo Provincial Nº 3467 del 21 de

diciembre de 2016 (aprueba la prórroga del Presupuesto 2016).

Por ello,

RESUELVO:

1) DISPONER un traspaso de partidas en FUENTE 14 – TESORO

PROVINCIAL CON AFECTACION ESPECIFICA, ordenándose a tal efecto: a)

REDUCIR PRESUPUESTARIAMENTE por la suma de $181.000 (pesos ciento

ochenta y un mil) con la siguiente afectación: PROGRAMA 12 - ACTIVIDAD 1 –

PARTIDA 2.5.6. Combustibles y lubricantes $181.000; b) INCREMENTAR

PRESUPUESTARIAMENTE por la suma de $181.000 (pesos ciento ochenta y un mil)

con la siguiente afectación: PROGRAMA 1 - ACTIVIDAD 5 - PARTIDA 4.3.6. Equipos

para computación $160.000; PARTIDA 4.3.7. Equipos de oficina y muebles $21.000.

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2) REMITIR a la Dirección General de Administración para su instrumentación.

3) COMUNICAR, librar copias a sus efectos y oportunamente archivar.”

“N° 288 CORRIENTES, 02 de agosto de 2017.-

VISTO: El Expte. E-3522-2017, caratulado: “DGA-DIRECCIÓN GENERAL

DE ADMINISTRACIÓN S/ PROGRAMACION DE LA CUOTA CORRESPONDIENTE

AL TERCER TRIMESTRE DEL AÑO 2017 - 2° CUOTA (AGOSTO) - FUENTES: 12, 10

Y 14”, y;

RESUELVO:

1) AUTORIZAR la Programación de la Cuota correspondiente al TERCER

TRIMESTRE DEL AÑO 2017 – 2° Cuota (Agosto), con la siguiente afectación:

FUENTE 10 – RECURSOS DEL TESORO GENERAL DE LA PROVINCIA:

$188.500.000,00 (PESOS CIENTO OCHENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS

MIL), FUENTE 14: RECURSOS DEL TESORO CON AFECTACION ESPECIFICA

$4.030.000,00 (PESOS CUATRO MILLONES TREINTA MIL) y FUENTE 12:

FINANCIAMIENTO INTERNO: $3.500.000,00 (PESOS TRES MILLONES

QUINIENTOS MIL).

2) Comunicar y dar cuenta en el próximo Acuerdo.”

“N° 289 Corrientes, 02 de agosto de 2017.-

VISTO: El Expte. E-3526-2017 del registro de la Dirección General de Administración

del Poder Judicial de la Provincia de Corrientes, referente a la liquidación por la

RENOVACIÓN DE LA CONEXIÓN DE CLOACA del inmueble sito en calle

Sarmiento Nº 598 de la ciudad de Paso de los Libres, donde funcionan dependencias

judiciales, y;

CONSIDERANDO:

Que dicho gasto es necesario y de carácter indispensable para el normal

desenvolvimiento de las citadas dependencias.

Que el gasto se realiza conforme a las disposiciones legales vigentes (Ley de

Administración Financiera Provincial Nº 5571/04, Ley de Autarquía Nº 4420, Ley

Nº 4484/90 Art.1º, Reglamento de Administración Financiera (RAF) y Reglamento de

Contrataciones del Estado Art.85 Inc.”d”).

Que existe crédito presupuestario en la partida específica para tal fin en Fuente

14 - Recursos del Tesoro con Afectación Específica - Fondo del Poder Judicial.

Por ello,

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Superior Tribunal de Justicia

Provincia de Corrientes

RESUELVO:

1) Autorizar a la Dirección General de Administración del Poder Judicial a

realizar el gasto referente a la liquidación por la RENOVACIÓN DE LA CONEXIÓN

DE CLOACA del inmueble sito en calle Sarmiento Nº 598 de la ciudad de Paso de

los Libres, donde funcionan dependencias judiciales (Unidad: 90001075) y que

asciende a la suma de $11.580,55 (pesos once mil quinientos ochenta con cincuenta y

cinco centavos).

2) Imputar por la Dirección General de Administración mencionada el gasto al

Programa: 12 - Actividad: 01 - Partida: 3.1.2. de Fuente 14 - Recursos del Tesoro con

Afectación Específica - Fondo del Poder Judicial.

3) Proceder a su liquidación y oportuno pago por la Tesorería Jurisdiccional a

favor de la empresa AGUAS DE CORRIENTES S.A.

4) Comunicar, librar copias a sus efectos y, oportunamente, archivar.”

“N° 290 Corrientes, 03 de agosto de 2017.-

VISTO: El Contrato de Actualización Tecnológica del Sistema IURIX a su versión web

suscripto en fecha 21 de diciembre del 2015 con la Empresa “UNITECH S.A.”. El cual

abarca todos los Juzgados Civiles, Laborales, Contenciosos Administrativos y

Cámaras de Apelaciones Civiles, Laborales y Contencioso Administrativas.

Que dicho Contrato se ha previsto un cronograma de tareas de configuración,

prueba, capacitación e implantación consensuada con la Dirección General de

Informática, la cual informará debidamente al Alto Cuerpo el orden de los Organismos

a implementar como así también las modificaciones que surjan en el mencionado

cronograma.

CONSIDERANDO:

Que la implantación de la nueva versión lleva como correlativo de su adecuada

adaptación una serie de medidas que coadyuven a su correcto funcionamiento.

Que el cumplimiento eficiente de los objetivos tenidos en cuenta en la

mencionada actualización requiere de un período de prueba y adaptación en cada uno

de los Organismos del Poder Judicial.

Que de acuerdo al cronograma de tareas, los siguientes organismos

Jurisdiccionales a implantar serán los Juzgados de Familia N° 2 y N° 3.

Que durante el período de adaptación será necesaria la dedicación permanente

del personal perteneciente a la dependencia afectada; y que, deberá autorizarse la

presencia de los profesionales vinculados a la consultora en cada uno de los

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organismos en los que se lleve a cabo la implantación, debiendo el personal de cada

Juzgado prestar la colaboración que fuera necesaria a los fines de realizar las pruebas

y adaptaciones en el plazo más breve;

RESUELVO:

1) DECLARAR FERIADO JUDICIAL para los Juzgados de Familia N° 2 y N° 3,

los días 07 y 08 de agosto del corriente año.

2) ESTABLECER que durante esos días se suspenderá el curso de los

términos judiciales y el funcionamiento de los Juzgados, atendiéndose únicamente los

asuntos que se prevén en los Arts. 104° y 105° del Decreto Ley 26/00 –LOAJ- pero

manteniéndose la obligación para el personal de concurrir en el horario habitual de

trabajo y el que le fije el superior jerárquico.

3) Autorizar a: Viviana Gorini, DNI N° 23.009.783; Manuel Emmert

DNI N° 28.810.805; María José Jara DNI N° 32.795.737; Maximiliano Blasco DNI

N° 30.519.730; Noel González, DNI N° 36.833.678 y Silvana Coman DNI N°

30.305.299, pertenecientes al plantel de UNITECH S.A., a ingresar y permanecer en

las instalaciones de los Juzgados de Familia N° 2 y N° 3, los días que dure la

implantación y soporte.

4) Comunicar y dar cuenta en el próximo Acuerdo.” “N° 295 Corrientes, 04 de agosto de 2017.-

VISTO: El Expte. E-3380-2017, caratulado: “DGA-CONTABLE S/ TELECOM

ARGENTINA S.A. - FACTURACIÓN MES DE JUNIO/2017 - SERVICIO DE INTERNET

- $371.954,00”, y;

CONSIDERANDO:

Que la Dirección General de Administración plantea la necesidad de proveer el

crédito presupuestario para atender el gasto devengado en el presente ejercicio en la

partida de Servicios no Personales.

Que el crédito necesario para tramitar este expediente existe en la estructura

presupuestaria: 12-0-0-1-314 de FUENTE 10 – RECURSOS TESORO GENERAL DE

LA PROVINCIA, siendo necesaria una modificación presupuestaria en los términos del

Anexo III del RAF (Reglamento de Administración Financiera) Acuerdo Nº 16/2002,

Ley de Autarquía Nº 4220 Art. 6º, Ley de Administración Financiera Nº 5571 Art. 34º,

Decreto del Poder Ejecutivo Provincial Nº 3467 del 21 de diciembre de 2016 (aprueba

la prórroga del Presupuesto 2016).

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Superior Tribunal de Justicia

Provincia de Corrientes

Por ello,

RESUELVO:

1) DISPONER un traspaso de partidas en FUENTE 10 – RECURSOS

TESORO GENERAL DE LA PROVINCIA, ordenándose a tal efecto: a) REDUCIR

PRESUPUESTARIAMENTE por la suma de $130.848,68 (pesos ciento treinta mil

ochocientos cuarenta y ocho con sesenta y ocho centavos) con la siguiente

afectación: PROGRAMA 12 - ACTIVIDAD 1 – PARTIDA 3.1.4. Energía eléctrica

$130.848,68; b) INCREMENTAR PRESUPUESTARIAMENTE por la suma de

$130.848,68 (pesos ciento treinta mil ochocientos cuarenta y ocho con sesenta y ocho

centavos) con la siguiente afectación: PROGRAMA 1 - ACTIVIDAD 5 - PARTIDA

3.1.4. Teléfonos, télex y telefax $130.848,68.

2) REMITIR a la Dirección General de Administración para su instrumentación.

3) COMUNICAR, librar copias a sus efectos y oportunamente archivar.”

Por ello y oído el Sr. Fiscal General: SE RESUELVE: Aprobarlas.

II. Dictadas en uso de las facultades conferidas por el Art. 3°, ap. a), Régimen

aprobado por Acdo. N° 27/13, pto. 19°:

Resolución N° 284 (Expte. E-3229-2017): Aprueba la Compra Directa, previo

concurso de precios, para la adquisición de tres teléfonos de mesa, dos teléfonos fax

Tipo Panasonic y tres teléfonos inalámbricos con destino a Dependencias varias y

adjudica a la firma: “SIGLO XXI Servicios Informáticos” de Carlos Aníbal Ferreira por la

suma de $12.587 (pesos doce mil quinientos ochenta y siete).

Resolución N° 291 (Expte. E-2220-2017): Aprueba la contratación directa, por

el servicio técnico y mantenimiento de la fotocopiadora marca Kónica Minolta Bizhub

215 asignada al Juzgado de Paz de San Cosme y adjudica a la firma “M.A. SEOANE

RIERA SISTEMAS GRÁFICOS” de Miguel Ángel Seoane por la suma de $4.200

(pesos cuatro mil doscientos).

Resolución N° 292 (Expte. E-2720-2017): Aprueba la contratación directa, por

el servicio técnico y mantenimiento de la fotocopiadora marca Kónica Minolta Bizhub

363 asignada a la Defensoría de Pobres y Menores de Santo Tomé y adjudica a la

firma “M.A. SEOANE RIERA SISTEMAS GRÁFICOS” de Miguel Ángel Seoane por la

suma de $4.800 (pesos cuatro mil ochocientos).

Resolución N° 293 (Expte. E-2499-2017): Aprueba la contratación directa, por

el servicio técnico y mantenimiento de la fotocopiadora marca Kónica Minolta Bizhub

363 asignada al Tribunal Oral Penal de Mercedes y adjudica a la firma “M.A. SEOANE

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RIERA SISTEMAS GRÁFICOS” de Miguel Ángel Seoane por la suma de $15.975

(pesos quince mil novecientos setenta y cinco).

Resolución N° 294 (Expte. E-2834-2017): Aprueba la contratación directa, por

el servicio técnico y mantenimiento de las fotocopiadoras Konica Minolta Bizhub 350

asignada al Juzgado de Instrucción y Correccional de Ituzaingó, Konica Minolta

Bizhub 363 asignada a la Fiscalía del T.O.P. de Mercedes, Konica Minolta Bizhub 362

asignada al Juzgado de Inst. Correc. y Menores de Paso de Los Libres y Konica

Minolta Bizhub 350 asignada a la Fiscalía del Tribunal Oral Penal de Paso de los

Libres y adjudica a la firma “M.A. SEOANE RIERA SISTEMAS GRÁFICOS” de Miguel

Ángel Seoane, por la suma de $25.025 (pesos veinticinco mil veinticinco).

Por ello y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Tener presente.

SEGUNDO: Visto: Las disponibilidades presupuestarias, la necesidad de cubrir los

cargos vacantes y asignación de cargos pertinentes. Y Considerando: Que, se dio

cumplimiento al nuevo procedimiento establecido en el punto 2° del resolutorio 1) del

Acuerdo N° 10/15 y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE:

1) Expte. E-3537-2017; referente a la Resolución de fecha 31 de

julio de 2017 de la Fiscalía General, a través de la cual se

solicita la designación de la Dra. Laura Mariel CARDOZO

AROMI, en el cargo de Secretaria de la Defensoría del Tribunal

Oral Penal con asiento en esta Ciudad, que quedara vacante por

la designación de la Dra. Norma Susana Arzuaga en el cargo de

Defensora de Ejecución de Penas, Medidas de Seguridad y

Tutelares por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial N° 1677/16.

Que la funcionaria propuesta para el cargo, resultó seleccionada

en el marco del Concurso dispuesto por Resolución de Fiscalía

General N° 41 de fecha 28/06/2017, publicada en Acordada del

STJ N° 20/17, conforme al nuevo Reglamento de Ascenso del

Funcionario y del Personal Judicial, aprobado en el punto 10° del

Acdo. N° 6/15 (Anexo II); SE RESUELVE: 1) Asignar un cargo de

Secretario Relator (Clase 114) a la Defensoría del Tribunal Oral

Penal con asiento en esta Ciudad. 2) Designar Secretaria

Relatora (Clase 114) en la Defensoría del Tribunal Oral Penal

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Superior Tribunal de Justicia

Provincia de Corrientes

con asiento en esta Ciudad, a la Dra. Laura Mariel CARDOZO

AROMI, M.I. N° 23.267.476, quien cesa como Secretaria

Relatora de la Fiscalía de Instrucción N° 6 y deberá prestar

juramento de ley ante el Sr. Fiscal General. 3) Reservar un cargo

de Prosecretario Relator (Clase 128) a la Fiscalía de Instrucción

N° 6.

2) Expte. E-3523-2017; referente al Acuerdo N° 269 de fecha

11/7/2017 del Tribunal Oral Penal con asiento en la ciudad de

Paso de los Libres, a través del cual se dispuso la designación

del Dr. José Antonio Monti en el cargo de Prosecretario Relator,

que quedara vacante en virtud de lo dispuesto por Decreto del

Poder Ejecutivo N° 3096/15, donde se designa al Dr. Carlos

Antonio Martínez en el cargo de Juez de Cámara Criminal de

Mercedes. Que el funcionario propuesto para el cargo, resultó

seleccionado en el marco del Concurso dispuesto por Acuerdo

N° 267/17, publicado en Acordada del STJ N° 15/17, -ver pto.

14°- conforme al nuevo Reglamento de Ascenso del Funcionario

y del Personal Judicial, aprobado en el punto 10° del Acdo. N°

6/15 (Anexo II). Por ello y oído el Sr. Fiscal General; SE

RESUELVE: 1) Tener presente la designación en el cargo de

Prosecretario (Clase 126) del Tribunal Oral Penal con asiento en

la ciudad de Paso de los Libres, al Dr. José Antonio MONTI, M.I.

N° 29.197.597, quien cesa como Prosecretario del Juzgado Civil,

Comercial y Laboral de Mercedes y deberá prestar juramento de

ley ante este Superior Tribunal de Justicia. 2) Reservar un cargo

de Prosecretario (Clase 128), al Juzgado Civil, Comercial y

Laboral de la ciudad de Mercedes.

3) Expte. E-3573-2017; referente a la Resolución de la Fiscalía

General N° 43 de fecha 2 de agosto de 2017, a través del cual

se solicita la designación de un Prosecretario para la puesta en

funcionamiento de la Asesoría de Menores e Incapaces de Bella

Vista, -creada por Ley N° 5655- y teniendo presente la lista

aprobada por Acdo. N° 20/14 pto. 13°; SE RESUELVE: 1)

Asignar un cargo de Prosecretario (Clase 128) a la Asesoría de

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Menores e Incapaces de la ciudad de Bella Vista. 2) Designar

Prosecretaria (Clase 128), provisoria, en la Asesoría de Menores

e Incapaces de Bella Vista, a la Dra. Cecilia Irene YEDRO, M.I.

N° 31.255.677, quien deberá prestar juramento de ley ante el Sr.

Fiscal General.

4) Expte. E-3572-2017; referente a la Resolución N° 43 de la

Fiscalía General, de fecha 2 de agosto de 2017, a través del cual

se solicita la designación de un Escribiente para la puesta en

funcionamiento de la Asesoría de Menores e Incapaces de Bella

Vista -creada por Ley N° 5655- y teniendo presente la lista

aprobada por Acdo. N° 22/16 pto. 9°; SE RESUELVE: 1) Asignar

un cargo de Escribiente (Clase 307) a la Asesoría de Menores e

Incapaces de la ciudad de Bella Vista. 2) Designar Escribiente

(Clase 307), provisoria, en la Asesoría de Menores e Incapaces

de Bella Vista, a Ivana Soledad GOMEZ, M.I. N° 28.020.091.

5) Expte. E-3570-2017; propuesta formulada por el Sr. Juez de

Ejecución Tributaria, lista aprobada por Acdo. N° 35/15 pto. 8 y

oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Asignar un cargo

de Escribiente (Clase 307) al Juzgado de Ejecución Tributaria. 2)

Designar Escribiente (Clase 307), provisorio, en el Juzgado de

Ejecución Tributaria, a Matías Alberto ALEGRE, M.I. N°

37.886.298.

6) Los designados en los apartados 3), 4), y 5), deberán cumplir

previamente, con el examen médico preocupacional

reglamentario y la documentación requerida por la Dirección

General de Administración –Departamento de Liquidaciones- y la

Dirección de Personal y Licencias.

TERCERO: Visto: El Expte. E-3544-2017; referente al Acuerdo N° 3 de fecha 5 de julio

de 2017, de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral con asiento en

Curuzú Cuatiá, a través del cual se dispuso ascender al cargo de Escribiente Mayor, a

la agente Liliana Concepción Hermida. Por ello y oído el Sr. Fiscal General; SE

RESUELVE: Tener presente.

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Provincia de Corrientes

CUARTO: Visto: El Expte. E-3536-2017; referente al Acuerdo N° 5 de fecha 5 de julio

de 2017, del Tribunal Oral Penal con asiento en Santo Tomé, a través del cual se

dispuso ascender al cargo de Jefe de Despacho, al agente Jorge Horacio Fernández.

Por ello y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Tener presente.

QUINTO: Visto: El Expte. E-3564-2017; a través del cual la Dirección de Personal y

Licencias eleva la nómina del personal en condiciones de ascender a la categoría

inmediata superior, de acuerdo al Régimen de Ascenso vigente, en el Escalafón

“Administrativo” y “Personal de Servicio y Maestranza” correspondiente a la 1ra, 2da, y

5ta Circunscripción Judicial, con base en el Orden de Mérito 2015 aprobado por Acdo.

Ext. N° 05/16 y de conformidad a las vacantes existentes adecuadas a la estructura

dispuesta en el Acdo. N° 40/08.

VISTO: Las renuncias de CARMEN MERCEDES DE BERNARDO DE TOMASELLA (Acdo. N° 19/17); RAMON ANTONIO RAMOS (Acdo. N° 20/17). Los ascensos dispuestos por el Tribunal Oral Penal N° 1 – Corrientes –; Cámara de Apelaciones en lo Laboral – Corrientes – (Acdo. N° 21/17); Cámara de Apelaciones Civil y Comercial – Corrientes – (Acdo. N° 22/17); del Tribunal Oral Penal – Santo Tome – (Acdo. N° 23/17). El cambio de Escalafón de DIEGO JOAQUIN PINSKER (Acdo. N° 21/17).

PRIMERA CIRCUNSCRIPCION:

Exceptuar del ascenso a Oficial Superior de Primera, a la agente María Clara Ramírez Cáceres (Tribunal Oral Penal N° 1 – Corrientes), por Art. 15° Inc. b) RCPP. Ascender a Oficial Superior de Primera, a la agente AURELIA RAMONA BARRIOS (Juzgado de Paz – Mburucuyá). Adjudicar un (1) cargo de Oficial Superior de Segunda, a la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial – Corrientes -, estando en condiciones de ascender al mismo, la agente NELIDA BEATRIZ RODRIGUEZ DE ARTAZA (Sala II). Ascender a Oficial Superior de Segunda, al agente LUIS ALBERTO LEZCANO (Dirección de Mandamientos y Notificaciones – Corrientes). Ascender a Jefe de Despacho, a las agentes MARIA EUGENIA GALVALIZ (Asesoría Menores e Incapaces N° 3 – Corrientes); SUSANA ESTER VILLALBA DE VELOZO (Juzgado Civil, Comercial y Laboral – Bella Vista). Exceptuar del ascenso a Oficial Mayor, a los agentes Manuel Bazante (Juzgado Civil y Comercial N° 13 – Corrientes) y María del Huerto Romero Luciano (Juzgado Civil y Comercial N° 11 – Corrientes), por Art. 15° Inc. b) RCPP.

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Ascender a Oficial Mayor, a los agentes MONICA LAURA OLIVIERI (Juzgado Instrucción N° 4 – Corrientes); BENITO MARIO BURGOS (Juzgado Laboral N° 1 – Corrientes). Exceptuar del ascenso a Oficial Principal, a los agentes José Adolfo López (Defensoría Tribunal Oral Penal – Corrientes); Noemi Ester Zuberbuhler (Juzgado Civil y Comercial N° 4 – Corrientes); Josefina Liliana del Carmen Ojeda (Tribunal Oral Penal N° 2 – Corrientes); Ana María Avalos de Gomez (Cámara de Apelaciones Civil y Comercial – Sala III – Corrientes); Gabriela Teresa Martínez (Asesoría de Menores e Incapaces N° 2 – Corrientes), por Art. 15° Inc. b) RCPP. Ascender a Oficial Principal, a los agentes MIRTA MONICA MONZON (Defensoría de Pobres y Ausentes N° 2 – Corrientes); CARLOS ALBERTO ALARCON (Juzgado Instrucción N° 6 – Corrientes). Exceptuar del ascenso a Oficial, a los agentes Miguel Ángel Cerdán (Juzgado Instrucción N° 2 – Corrientes); Ramón Oscar Pérez (Secretaría Administrativa – Corrientes); María Emma Mariño Fages (Superior Tribunal – Corrientes); Orlando Bejarano (Defensoría Oficial Penal N° 3 – Corrientes); Karen Evelym Komarofsky (Juzgado Civil y Comercial N° 11 – Corrientes); Karina María Adelaida Chifflets (Fiscalía de Instrucción N° 1 – Corrientes); Oscar Ángel Palazzi (Juzgado de Instrucción N° 6 – Corrientes), por Art. 15° Inc. b) RCPP. Ascender a Oficial, a las agentes CECILIA RAQUEL VARELA (Asesoría Menores e Incapaces N° 3 – Corrientes); ELDA ALICIA MAIDANA (Juzgado de Paz – Ita Ibate). Exceptuar del ascenso a Oficial Auxiliar, a la agente VALERIA ANDREA FALCON (Juzgado Correccional N° 1), por Art. 15° Inc. b) RCPP. Ascender a Oficial Auxiliar, a las agentes LIDIA RAQUEL VEGA (Juzgado Laboral N° 4 – Corrientes); SABINA DEL CARMEN ARCE (Juzgado Civil y Comercial N° 4 – Corrientes); SILVIA DEL CARMEN SANDOVAL DELAYE (Juzgado Instrucción y Correccional – Bella Vista). Exceptuar del ascenso a Escribiente Mayor, al agente JOSE ROBERTO HIDALGO (Juzgado Civil y Comercial N° 7 – Corrientes), por encontrarse en calidad de sumariado en un procedimiento administrativo de investigación en trámite. Ascender a Escribiente Mayor, a los agentes HORACIO ANTONIO MELGAREJO (Inspectoría de Justicia de Paz – Corrientes); SABINA VICTORIA REYES (Juzgado Civil y Comercial N° 12 – Corrientes); NATALIA VERONICA ROUBINEAU (Juzgado Civil y Comercial N° 12 – Corrientes); OMAR DARIO ROMERO (Juzgado Laboral N° 1 – Corrientes). SEGUNDA CIRCUNSCRIPCION: Adjudicar un (1) cargo de Jefe de Departamento, al Tribunal Oral Penal – Goya -, estando en condiciones de acceder al mismo, la agente MARIA ELENA DEMARCHI DE ARRUA.

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Superior Tribunal de Justicia

Provincia de Corrientes

Ascender a Auxiliar Superior, al agente RAMON DANIEL MENDOZA (Juzgado Instrucción y Correccional – Esquina), por Art. 15° Inc. b) “in fine” RCPP. Ascender a Auxiliar Mayor, al agente FERNANDO GERMAN CUEVAS (Juzgado Laboral – Goya), por Art. 15° Inc. b) “in fine” RCPP. Ascender a Auxiliar Principal Técnico, al agente VICTOR ARGENTINO CANDIA (Juzgado Civil y Comercial N° 3 – Goya), por Art. 15° Inc. b) “in fine” RCPP. Ascender a Auxiliar Técnico, al agente MARCELO NICOLAS ESPINOZA (Defensoría Oficial Penal – Esquina), por Art. 15° Inc. b) “in fine” RCPP. Ascender a Auxiliar de Primera, al agente GERMAN JESUS BORGHI (Juzgado Instrucción N° 1 – Goya), por Art. 15° Inc. b) “in fine” RCPP. Ascender a Auxiliar de Segunda, al agente JORGE LEOPOLDO ABIB (Juzgado Familia – Goya), por Art. 15° Inc. b) “in fine” RCPP. Ascender a Auxiliar Ayudante, al agente LEANDRO FEDERICO GONZALEZ (Juzgado Instrucción N° 3 y Correccional – Goya). QUINTA CIRCUNSCRIPCION: Ascender a Oficial Mayor, al agente FELIPE HECTOR TAVARE (Juzgado Civil y Comercial, de Menores y Familia – Santo Tome). Ascender a Oficial Principal, a la agente NOEMI ROSA FAURE (Juzgado Instrucción y Correccional – Santo Tome). Ascender a Oficial, a la agente ANALIA ITATI AVALOS (Delegación Instituto Médico Forense – Santo Tomé). Ascender a Oficial Auxiliar, a la agente MARIA DEL ROSARIO MONTENEGRO (Juzgado Instrucción y Correccional – Santo Tomé). Ascender a Escribiente Mayor, a la agente MARCELA MARIA FERNANDEZ (Asesoría Menores e Incapaces – Santo Tomé). SEXTO: Visto: Los expedientes donde se solicita la designación y renovación de

pasantes; y Considerando: Que los propuestos han cumplido con los requisitos

previstos en el Régimen -aprobado por Acdo. N° 25/04, pto. 30° y sus modificaciones-.

Por ello y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Designar y/o renovar en calidad

de pasantes, según corresponda, a los aspirantes y en las dependencias que a

continuación se detallan:

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APELLIDO Y NOMBRE D.N.I. DEPENDENCIA LOCALIDAD MOVIMIENTO

BENITEZ GOMEZ, MABEL ALEJANDRA 34.297.913 JUZGADO CIVIL N° 12 CAPITAL RENOVACION

SUAREZ, ERIKA ELIZABETH 36.514.811 JUZGADO CIVIL N° 8 CAPITAL DESIGNACION

ESPINDOLA, GEORGINA MARIA DEL ROSARIO 37.889.140 JUZGADO CIVIL N° 4 CAPITAL RENOVACION

MIÑO, MARTA SUSANA 23.169.194 JUZGADO CIVIL N° 4 CAPITAL RENOVACION

PASANTES.DESIGNACION.RENOVACION.RENUNCIA.

SEPTIMO: Visto: La solicitud formulada por el Sr. Fiscal General, para que se otorgue

a la alumna Ayelén Itatí Romero, del Instituto Superior de Formación Docente “Dr. J.

Alfredo Ferreira”, autorización para realizar pasantía en la Fiscalía de Instrucción,

Correccional y de Menores de Esquina. Y Considerando: el Convenio de vinculación

Institucional suscripto oportunamente con este Superior Tribunal de Justicia; SE

RESUELVE: Autorizar la realización de la pasantía de la alumna Ayelén Itatí Romero,

M.I. N° 38.682.563, del Instituto Superior de Formación Docente “Dr. J. Alfredo

Ferreira”, en la Fiscalía de Instrucción, Correccional y de Menores de Esquina.

OCTAVO: Visto: La solicitud formulada por el Sr. Fiscal General, para que se otorgue

al alumno Mauro Toffalo, del Instituto Superior de Formación Docente “Dr. J. Alfredo

Ferreira”, autorización para realizar pasantía en la Asesoría de Menores e Incapaces

de Esquina. Y Considerando: el Convenio de vinculación Institucional suscripto

oportunamente con este Superior Tribunal de Justicia; SE RESUELVE: Autorizar la

realización de la pasantía del alumno Mauro Toffalo, M.I. N° 38.879.572, del Instituto

Superior de Formación Docente “Dr. J. Alfredo Ferreira”, en la Asesoría de Menores e

Incapaces de Esquina.

NOVENO: Visto: El Acuerdo Nº 23/2016 punto 13° y el Informe de Prensa del INDEC

sobre la evolución del IPC (Índice de Precios al Consumidor). Y Considerando: los

montos actuales de Contratación para la elección del Procedimiento de Selección del

co-contratista en los contratos administrativos que celebra este Poder Judicial y

teniendo presente el proceso inflacionario que impacta directa y significativamente

sobre los precios, produciendo un alza generalizada en los costos de adquisición de

bienes y servicios necesarios para el normal funcionamiento de la Administración de

Justicia Provincial. Por ello y oído el Señor Fiscal General; SE RESUELVE: Actualizar

los montos que sirven de base para la elección del procedimiento de selección del co-

contratista en los contratos administrativos que celebra el Poder Judicial Provincial y

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Provincia de Corrientes

en consecuencia, modificar el texto del artículo 3° del Acuerdo N° 27/13 pto.19°, que

en su parte pertinente quedará redactado de la siguiente manera:

“...3°) a) Monto estimado de los Contratos: Cuando el monto estimado de los contratos

sea el parámetro que se utilice para elegir el procedimiento de selección, se deberá

considerar la siguiente escala:

-Por Compra Directa, previo Concurso de Precios, desde $1 hasta $ 190.000

(Pesos ciento noventa mil).

-Por Licitación Privada o Concurso Privado de $ 190.001 hasta $ 690.000 (Pesos

seiscientos noventa mil).

-Por Licitación Pública o Concurso Público, cuando el monto supere $ 690.000

(Pesos seiscientos noventa mil).

b) Autoridades Competentes para disponer y aprobar los Procedimientos: En el

Poder Judicial las únicas Autoridades para disponer y aprobar los procedimientos son:

b.1) El Presidente del Superior Tribunal de Justicia, con conocimiento de los

Señores Ministros, cuando el monto estimado del contrato no supere $ 125.000. La

Resolución deberá protocolizarse en la Secretaría Administrativa y será válida con la

sola firma del Señor Presidente refrendada por el Secretario Administrativo.

b.2) El Superior Tribunal de Justicia, en todos los casos que la circunstancia lo

justifique y cuando el monto estimado del contrato supere $ 125.000....”.

DECIMO: Visto: El Expte. E-3617-2017; referente al pedido de asignación de una caja

chica para el Juzgado Civil y Comercial N° 8 y oído el Sr. Fiscal General; SE

RESUELVE: Asignar una caja chica al Juzgado Civil y Comercial N° 8 de esta ciudad,

por el importe de $ 2.500 (pesos dos mil quinientos) y designar responsable de la

administración y rendición de cuentas, al Sr. Juez Dr. Mario Fernández Corona.

UNDECIMO: Visto: El Expte. E-3542-2017; referente a la solicitud formulada por la

Sra. Juez Civil y Comercial N° 3, en su calidad de Juez Electoral, con motivo de la

convocatoria a elecciones Provinciales de Gobernador, Vice Gobernador, Legisladores

Provinciales e Intendentes y Concejales de distintos Municipios, fijada para el día 8 de

octubre de 2017. En atención a los motivos invocados, lo decidido en casos análogos

(Acdos. N° 16/11 pto. 13, entre otros) y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE:

Eximir, a partir del día 8 de agosto del corriente año, al Juzgado Civil y Comercial N° 3,

de los turnos, sorteos y subrogancias que le corresponden según la Ley Orgánica de

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Administración de Justicia y Acordadas reglamentarias, hasta la finalización del

cronograma electoral.

DUODECIMO: Visto: El Expte. E-3023-2017; por el que la Directora de Mandamientos

y Notificaciones, solicita autorización para que el Escribiente Darío Antonio Maidana,

de la delegación de la ciudad de Mercedes, cumpla funciones de Notificador. Que,

habiéndose autorizado por la Presidencia del Cuerpo lo requerido, en virtud de la

urgencia planteada y oído el Señor Fiscal General; SE RESUELVE: Tener presente.

DECIMO TERCERO: Visto: El Expte. E-3385-2017; referente al pedido formulado por

la Decana de la Facultad de Ciencias Empresariales de la Universidad de la Cuenca

del Plata, Lic. Noelia Beatriz Zacarías, de suscripción de un Convenio para la

realización de Prácticas Profesionales tendiente a que se otorgue a los alumnos de la

carrera de Especialización en Administración Financiera y Control de las

Organizaciones Públicas de esa Universidad, un espacio de Práctica Profesional

Supervisada (PPS) en dependencias de este Poder Judicial. Señala que la Práctica

Profesional tiene como finalidad, generar espacios específicos de formación práctica

para el ejercicio de la actividad profesional; propiciar el despliegue de competencias

que permitan al profesional resolver situaciones profesionales o de un campo de

aplicación real; brindar el espacio institucional adecuado y pertinente para la

identificación, análisis y reflexión acerca de los procesos disciplinares, implicados en el

ejercicio de una práctica en contexto y favorecer el proceso de resignificación de la

realidad social y profesional. Por ello y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: 1)

Autorizar al Señor Presidente, a suscribir el Convenio para la Realización de Prácticas

Profesionales de los estudiantes de la Carrera de Especialización en Administración

Financiera y Control de las Organizaciones Públicas de la Universidad de la Cuenca

del Plata, en dependencias del Poder Judicial. 2) Autorizar a desempeñarse como

pasantes a los siguientes alumnos: C.P. Perla Marina BARBA, M.I. N° 26.159.471;

C.P. Verónica Amalia BURGOS, M.I. N° 21.827.180 y C.P. Fabricio Martín COPPINI,

M.I. N° 26.261.547. 3) El Secretario Administrativo del Superior Tribunal de Justicia y/o

quien este designe, actuará como Referente Institucional del Poder Judicial, respecto

del practicante, a los efectos del seguimiento y suscripción del Protocolo Operativo

Complementario previsto en el Convenio.

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DECIMO CUARTO: Visto: Las inspecciones realizadas en la ciudad de Goya por el Sr.

Ministro Dr. Eduardo Gilberto Panseri, los días 6 al 9 de junio del corriente año,

asistido por las Funcionarias, Dras. María Juliana Ojeda (Fuero Penal) e Yliana Raquel

Ramírez (Fuero Civil), respecto de los siguientes Tribunales: al Juzgado de Instrucción

N° 1 (Expte E-3581-2017); Juzgado de Instrucción N° 2 (Expte. E-3583-2017);

Juzgado de Instrucción y Correcional N° 3 (Expte. E-3587-2017); Juzgado de Familia y

Menores –Secretaría Correccional- (Expte. E-3580-2017); Tribunal Oral Penal (Expte.

E-3585-2017), todos de la ciudad de Goya. Y Considerando: Las recomendaciones y

observaciones efectuadas por el Sr. Ministro (Ver Expte. E-3577-2017), oído el Sr.

Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Pasar a conocimiento de los Sres. Ministros y del

Señor Fiscal General. 2) Remitir copia del Acta de Inspección, a los Tribunales

inspeccionados. 3) Tomar razón por las Áreas competentes, de los distintos

requerimientos y necesidades que le fueran planteados al Señor Ministro en

oportunidad de la inspección. 4) Disponer la publicación como Anexo del presente

Acuerdo y difusión en la página web del Poder Judicial, del informe estadístico:

aspectos sociales más relevantes de los menores involucrados en causas penales,

realizado por la Secretaría penal del juzgado de familia con competencia en menores

de Goya. 5) Encomendar a la Dirección de Arquitectura, un estudio y relevamiento de

los edificios del Poder Judicial sito en la ciudad de Goya, a los efectos de una

refuncionalización de las distintas dependencias judiciales e interesar al Estado su

protección cultural o declaración como Edificio Histórico.

DECIMO QUINTO: Visto: El Expte. E-1860-2017; en el que la Sra. Inspectora de

Justicia de Paz, eleva el Acta labrada en ocasión de la inspección realizada al Juzgado

de Paz de San Miguel el día 20 de abril del corriente año; habiendo tomado

conocimiento los Señores Ministros y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE:

Tener presente y aprobar el informe respectivo.

DECIMO SEXTO: Visto: El Expte. E-1861-2017; en el que la Sra. Inspectora de

Justicia de Paz, eleva el Acta labrada en ocasión de la inspección realizada al Juzgado

de Paz de Loreto el día 21 de abril del corriente año; habiendo tomado conocimiento

los Señores Ministros y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Tener presente y

aprobar el informe respectivo.

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DECIMO SEPTIMO: Visto: El Expte. E-2351-2017; en el que la Sra. Inspectora de

Justicia de Paz, eleva el Acta labrada en ocasión de la inspección realizada al Juzgado

de Paz de Yapeyú el día 19 de mayo del corriente año; habiendo tomado conocimiento

los Señores Ministros y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Tener presente y

aprobar los informes respectivos.

DECIMO OCTAVO: Visto: El Expte. E-3543-2017; referente al pedido del Área de

Capacitación Judicial, de aprobación y publicación de la actividad: “TALLER DE

GESTION DE CALIDAD EN LA PRESTACION DEL SERVICIO DE JUSTICIA” que

presentara el Juzgado Correccional N° 1. Por ello y oído el Sr. Fiscal General; SE

RESUELVE: Aprobarla y dar a publicidad por Secretaría.

DECIMO NOVENO: Visto: El Expte. E-3561-2017; referente al pedido del Área de

Capacitación Judicial, de aprobación y publicación de la actividad “INTRODUCCION A

LA PROBLEMÁTICA DE DROGAS PARA OPERADORES JUDICIALES” que

presentara la Dirección Nacional de Capacitación en materia de drogas de la

SEDRONAR, a realizarse en la ciudad de Goya. Por ello y oído el Sr. Fiscal General;

SE RESUELVE: Aprobarla y dar a publicidad por Secretaría.

VIGESIMO: Visto: El Expte. E-3604-2017; referente al pedido de aprobación y

publicación de la actividad “LA EFICIENCIA EN LA GESTION JUDICIAL”, que

presentara el Juzgado de Instrucción N° 6, oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE:

Aprobarla y dar a publicidad por Secretaría.

VIGESIMO PRIMERO: Visto:

Las solicitudes de licencias:

1) Sr. Walter Gustavo ALEGRE, 30 días desde el 03/07/17: SE RESUELVE:

Concederla (Art. 44º del R.I.).

2) Sra. Lucía Victoria Itatí ALVAREZ CAPARA DE COLIGNON, 30 días desde el

30/06/17: SE RESUELVE: Concederla (Art. 44º del R.I.).

3) Dra. Ana Inés ALVIRA, 30 días desde el 14/07/17: SE RESUELVE:

Concederla (Art. 46º del R.I.).

4) Dra. Aida Gladis CIRILLO, 28 días desde el 08/07/17: SE RESUELVE:

Conceder 24 días (Art. 45º del R.I.) y 4 días sin goce de haberes (Art. 45º del R.I.).

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5) Sra. Yanina Elisabet CORREA, 31 días desde el 30/06/17: SE RESUELVE:

Concederla (Art. 44º del R.I.).

6) Sr. Mario Eduardo DEL CURTO, 31 días desde el 02/07/17: SE RESUELVE:

Concederla (Art. 44º del R.I.).

7) Sra. Olga Alicia FERNANDEZ, 15 días desde el 31/07/17: SE RESUELVE:

Concederla (Art. 44º del R.I.).

8) Sr. Carlos Alfredo GOMEZ, 31 días desde el 18/07/17: SE RESUELVE:

Concederla (Art. 44º del R.I.).

9) Sra. Claudia Beatriz GONZALEZ, 8 días desde el 08/07/17: SE RESUELVE:

Concederla (Art. 44º del R.I.).

10) Sra. Roxana Noelia GONZALEZ, 1 día por el 05/07/17: SE RESUELVE:

Concederla (Art. 44º del R.I.).

11) Dr. Walter Alejandro HEINE, 16 días desde el 13/07/17: SE RESUELVE:

Concederla (Art. 44º del R.I.).

12) Dra. Fabiana Alejandra MARCONI LAMAZON, 28 días desde el 08/07/17: SE

RESUELVE: Concederla (Art. 45º del R.I.).

13) Sra. Valeria Araceli MELLO, 30 días desde el 23/07/17: SE RESUELVE:

Concederla (Art. 44º del R.I.).

14) Sra. Martha Susana NUÑEZ, 30 días desde el 10/07/17: SE RESUELVE:

Conceder 4 días (Art. 44º del R.I.) y 26 días con carácter excepcional (Art. 63º “in fine”

del R.I.).

15) Sra. María Eugenia QUETGLAS, 30 días desde el 19/07/17: SE RESUELVE:

Concederla (Art. 44º del R.I.).

16) Dra. Paola Yanina RUIZ DIAZ, 30 días desde el 08/07/17: SE RESUELVE:

Concederla (Art. 44º del R.I.).

17) Sra. María Itatí SANCHEZ, 30 días desde el 14/07/17: SE RESUELVE:

Concederla (Art. 44º del R.I.).

18) Sra. Rosa Angélica ZALAZAR DE GARCIA, 9 días desde el 04/07/17: SE

RESUELVE: Concederla (Art. 46º del R.I.).

19) Sr. Mario Daniel DIAZ, 1 día por el 28/06/17: SE RESUELVE: Concederla

con carácter excepcional (Art. 63º “in fine” del R.I.).

20) Sr. Raúl Alcides PEREZ, 40 días desde el 26/06/17: SE RESUELVE: 1)

Concederla con carácter excepcional y con goce de haberes (Art. 63º “in fine” del R.I.).

2) Intimar al agente a iniciar el trámite de jubilación por invalidez, por derecho propio,

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representante legal y/o por quien correspondiere, debiendo la Dirección de Personal y

Licencias, remitir al Instituto de Previsión Social toda la documentación vinculada con

el empleado y solicitar al mencionado instituto que, con carácter de preferente

despacho, proceda a dar trámite y resolver el beneficio jubilatorio del agente.

VIGESIMO SEGUNDO: Comunicar lo resuelto por Secretaría y darlo a publicidad. No

habiendo otros asuntos a consideración, se dio por terminado el presente Acuerdo,

firmándose, previa lectura y ratificación, ante mí, Secretario Autorizante, que doy fe.

Fdo. Dr. GUILLERMO HORACIO SEMHAN (Presidente), los Dres., LUIS EDUARDO

REY VAZQUEZ, FERNANDO AUGUSTO NIZ, ALEJANDRO ALBERTO CHAIN,

EDUARDO GILBERTO PANSERI (Ministros) y el Dr. CESAR PEDRO SOTELO (Fiscal

General). Ante mí, Dr. GUILLERMO ALEJANDRO CASARO LODOLI, Secretario

Administrativo.

ES COPIA

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ANEXO

(conf. pto. 14° Acdo. N° 23/17)

INFORME ESTADÍSTICO: ASPECTOS SOCIALES MÁS RELEVANTES DE LOS

MENORES INVOLUCRADOS EN CAUSAS PENALES.SECRETARÍA PENAL DEL

JUZGADO DE FAMILIA CON COMPETENCIA EN MENORES DE GOYA

INTRODUCCIÓN

Aspirando a lograr eficiencia en la utilización de los recursos del Poder Judicial, y sin perder de

vista a quienes están en busca de justicia, el presente informe estadístico pretende tanto

ilustrar los aspectos sociales más relevantes de los menores involucrados en causas penales

como exponer el desempeño de la Secretaría Penal del Juzgado de Familia con competencia

en Menores de Goya durante el año 20161. El proceso para lograrlo requirió, en una primera

instancia, el relevamiento de datos a partir de los Expedientes, de los informes de sus

Movimientos y de los Reportes Genéricos del Sistema IURIX, clasificándolos y plasmándolos

en Planillas de Cálculo; para luego, en una segunda instancia, expresarlos en valores

numéricos como resultado del uso de funciones de Promedio, Moda, Mínimos y Máximos. Por

último volcar toda esa información en el presente informe de modo que sea de fácil lectura y

comprensión.

1 Mes de Enero sin movimientos.

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DESARROLLO ASPECTOS SOCIALES Edad

Del total de 143 imputados durante el año 2016, al momento del hecho 80 imputados tenían

más de 16 años de edad; 58, menos de 16 años; y de 5 no se tienen datos (Ver Gráfico 1). A

su vez, la Moda fue de 17 años y la edad mínima 7 años2.

En cuanto a los procesados, 7 tenían 17 años; y 5 de ellos, 16, conformando un total de 12

procesados en todo el año (Ver Gráfico 2).

Ubicación Geográfica

En Goya, cabecera de la Segunda Circunscripción, residen 87 de los 143 imputados durante el

año 2016; en Santa Lucía, 23; en San Roque, 13; en Lavalle, 11; en Gobernador Martínez, 6;

en Bella Vista3, 2; y en Yatay Ti Calle, 1 (Ver Gráfico 3).

De los que residen en Goya, 17 pertenecen al Barrio Arcoiris; 13 al Barrio Sarmiento; 12 al

Barrio San Ramón; 9 al Barrio Esperanza; 5 al Barrio La Rotonda; y el resto se distribuyen más

equitativamente entre los Barrios Itatí, Ñapindá, J.B. Alberdi, 160 Viviendas, Resurrección,

Francisco I y Medalla Milagrosa con 2 imputados cada uno, y los Barrios, Francisco Palau,

Puerto Boca, Sargento Cabral, Laguna Bosco, Santa Lucía, Centro, Rincón de Gómez, Roberto

Alvarado, 100 Viviendas, 86 Viviendas, San Cayetano, Coembotá, 1° de Mayo, Paraje La

Soledad, Matadero, Scófano, e Independencia con 1 imputado cada uno (Ver Gráfico 4).

De los 12 procesados, 6 residen en Goya, 2 en Lavalle, 2 en San Roque, 1 en Cruz de los

Milagros, y 1 en Santa Lucía (Ver Gráfico 5).

Entorno Familiar4

47 de las 143 familias de imputados son numerosas5, mientras que 39 no lo son. Del resto se

desconoce su conformación (Ver Gráfico 6). También se observa que 49 de las familias de

2 Es imperante aclarar que durante el año 2016 hubo sólo una menor imputada con 7 años de edad,

la cual se halló acusada de abuso sexual contra su sobrina de 4 años a raíz de una denuncia

motivada por una conflictiva preexistente entre padres. Prescindiendo de este dato, la edad mínima

sería de 12 años. 3 Por un hecho cometido en Santa Lucía.

4 La información sobre el entorno familiar de los menores se obtiene de las Audiencias de

Conocimiento Personal tomadas en los Legajos Personales de los mismos, Legajos que en algunas

ocasiones no ameritan ser iniciados en razón de la edad, residencia, condición económica y/o

gravedad del delito. Es por ello que no se cuenta con la información completa de algunos

imputados. 5 Considerando como Familia Numerosa aquella formada por uno o dos adultos que tienen a cargo

más de 4 hijos y/o menores.

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imputados son funcionales6, pero en otras 55 uno de los progenitores, o en ocasiones ambos,

está ausente, desconociendo cómo se conforman las 39 familias restantes (Ver Gráfico 7).

En las familias de los procesados se observa que de las 12, 5 son numerosas, 5 no lo son y de

2 familias no se sabe el número de integrantes (Ver Gráfico 8). También que 3 de ellas son

familias funcionales, 7 no lo son y de 2 familias se desconoce como están conformadas (Ver

Gráfico 9).

Actividades que realizan7

Continuando el desarrollo con las actividades que realizan los imputados se advierte que de los

113 de los que se pudo obtener datos sobre su escolaridad, 40 no están escolarizados, 14

cursan estudios primarios, y 59 estudios secundarios (Ver Gráfico 10). Además, de esos 40

imputados que no estudian, 17 tampoco trabajan, mientras que 22 realizan “changas” o ayudan

a algún familiar en su trabajo (Ver Gráfico 11).

También entre los procesados se puede observar que 5 de ellos no están escolarizados, 1

cursa estudios primarios y 6 estudios secundarios (Ver Gráfico 12). A su vez, de esos 5 que no

estudian, 4 trabajan. El restante se desconoce (Ver Gráfico 13).

Delitos de los que se les acusan

Durante el transcurso del año 2016 hubo 59 imputados por Lesiones, 35 por Robo, 31 por

Hurto, 12 por Amenazas, 4 por Abuso, 1 por Homicidio, y 1 por Tentativa de Homicidio (Ver

Gráfico 14).

De los 143 imputados, 118 lo fueron por primera vez, mientras que 25 contaban con

imputaciones previas (Ver Gráfico 15).

De los 12 procesados, 2 lo fueron por Encubrimiento, 2 por Lesiones Graves, 1 por Lesiones

Graves en Accidente de Tránsito, 1 por Homicidio, 1 por Lesiones Culposas, 1 por Robo

Simple, 1 por Abuso Sexual Simple, 1 por Encubrimiento por Receptación, y 2 por Hurto

Calificado (Ver Gráfico 16).

Probabilidad de autoría de menores no punibles

De los 76 sobreseídos en el año 2016, 3 de los cuales lo fueron dos veces, 60 fueron

sobreseídos por ser inimputables, 11 por prescripción de la acción penal, 6 por vencimiento de

la prórroga de la instrucción, y 2 por inexistencia de delito (Ver Gráfico 17). A su vez, de los 60

inimputables 35 es probable que hayan sido autores de los delitos, 12 es probable que no lo

hayan sido, y de 13 se mantiene la sospecha (Ver Gráfico 18).

6 Ambos padres presentes.

7 La información sobre las actividades que realizan los menores también se obtienen de las

Audiencias de Conocimiento Personal.

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FUNCIONAMIENTO DE LA SECRETARÍA

Duración de causas8

Para estimar un valor aproximado de la duración del trámite de las causas en la Secretaría, fue

necesario fijar una fecha de inicio a partir de la cual ir registrando el total de días en trámite de

cada causa a medida que éstas finalizaban o, en su defecto, y como variante, registrando el

total de días en trámite de todas las causas iniciadas desde esa fecha fijada al cierre del

período en cuestión (hayan o no finalizado las causas). Teniendo en cuenta lo mencionado, la

duración aproximada de las causas, en cada hipótesis, es:

1. Si se toman en cuenta todos los expedientes iniciados desde el año 2015 y que

efectivamente terminaron su trámite al cierre del presente período se obtiene un

promedio de duración de 3 meses y 2 días, correspondiente al 76,24 % del total de las

causas iniciadas. Siguiendo con este supuesto la máxima duración registrada sería de

13 meses y 24 días.

2. Si se toma la hipótesis anterior y se suma como supuesto que las causas que

quedaron pendientes al cierre del período, es decir el 23,76%, también finalizaron su

trámite el último día hábil del 2016, se obtiene un promedio de duración de 4 meses y 4

días. De ése porcentaje sólo 11 causas quedaron pendientes del año 2015 y 32 del

2016. Siguiendo con este supuesto la máxima duración registrada sería 22 meses y 21

días. (Ver Gráfico 19) De los 178 expedientes iniciados en el 2016, 95 son expedientes penales, de los cuales se

terminaron 63, quedando 32 en trámite (Ver Gráfico 20). Esos expedientes terminados 8 fueron

por Elevación a juicio, 40 por Archivo, 3 por Incompetencia, 10 por Acumulación y 2 por

Reserva (Ver Gráfico 21).

Movimiento diario de expedientes9

Durante el año 2016 se registró un promedio diario de 21 expedientes enviados y recibidos, con

un máximo mensual de 479 movimientos en Agosto, y un mínimo de 197 en Julio. A su vez, el

máximo diario fue de 37 registrado en Agosto, y el mínimo diario de 6 en Septiembre (Ver

Gráfico 22 y 23).

Causas en trámite

8 Sólo se tienen en cuenta los Expedientes Penales. Los Legajos Tutelares quedan excluidos del

cálculo por depender su duración en trámite de causas ajenas al funcionamiento de la Secretaría,

como ser: edad del menor, estado de su situación procesal, etc. 9 Se cuentan Expedientes enviados con Notificación Simple y Vista, y todos los recibidos, excepto los

que ingresan por primera vez.

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Al inicio del período la Secretaría contaba con 824 causas en trámite, que luego de 179 causas

entradas, 109 causas terminadas, y 12 causas salidas resultaron en 882 (Ver Gráfico 24). Esas

179 causas entradas corresponden a 84 Legajos Personales y 95 Expedientes Penales, de los

cuales 37 se iniciaron en la Secretaría por Elevación de Sumario Policial y 58 ingresaron por

Incompetencia (Ver Gráfico 25). El Promedio Mensual de causas entradas fue de 16; el

máximo, de 24 registrado en Agosto; y el mínimo, de 10 registrado en Marzo y Octubre (Ver

Gráfico 26). De las 109 causas terminadas, 97 se terminaron por archivo y 12 por acumulación

(Ver Gráfico 27), con un promedio mensual de causas terminadas de 10, un máximo de 16

registrado en febrero, y un mínimo de 7 registrado en Mayo (Ver Gráfico 28). Las 12 causas

salidas corresponden a 9 Elevaciones a Juicio y 3 remisiones por Incompetencia (Ver Gráfico

29).

Audiencias, oficios y exhortos, oficios librados, cédulas y órdenes de allanamiento

Las audiencias tomadas durante el año 2016 suman un total de 499, con un promedio mensual

de 45 audiencias, un máximo de 62 registrado en el mes de Agosto y un mínimo de 14

registrado en el mes de Julio (Ver Gráfico 30).

Las cédulas libradas sumaron un total de 88 con un promedio mensual de 8 cédulas, y

registrando un máximo de 14 en el mes de Abril y un mínimo de 3 en el mes de Julio (Ver

Gráfico 31).

Los oficios librados fueron 1037, con un promedio mensual de 94 oficios, y registrando un

máximo de 125 oficios en el mes de Agosto y un mínimo de 46 en el mes de Diciembre (Ver

Gráfico 32).

También, durante el 2016 se diligenciaron un total de 12 Oficios y Exhortos, y se libraron 15

Órdenes de Allanamiento (Ver Gráfico 33).

Avocamientos, Resoluciones y Sobreseimientos

El total de Avocamientos durante el año 2016 fue de 160, conformado por 82 Avocamientos en

expedientes penales y 78 Avocamientos en Legajos Personales (Ver Gráfico 34), registrando

un promedio mensual de 15 Avocamientos, un máximo de 23 en el mes de Agosto y un mínimo

de 10 en los meses de Marzo y Diciembre (Ver Gráfico 35).

Las Resoluciones fueron 126 con un promedio mensual de 11, un máximo de 16 registrado en

el mes de Septiembre, y un mínimo de 5 en el mes de Julio (Ver Gráfico 36).

Los Sobreseimientos fueron 69 con un promedio mensual de 6, un máximo de 12 registrado en

el mes de Agosto, y un mínimo de 1 en el mes de Diciembre (Ver Gráfico 37).

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CONCLUSIÓN

Puede leerse de este informe, reflejando una simplificada realidad social de los menores

imputados, que más de la mitad de aquellos residen en la ciudad de Goya, y en la misma, la

mayoría se ubica geográficamente en los Barrios Arcoiris, Sarmiento, Esperanza y San Ramón;

también, que la mayoría tiene más de 16 años, y forma parte de familias numerosas y/o

familias no funcionales. Hay un alto grado de deserción escolar, y los delitos en los que

incurren mayormente son los de Lesiones seguidos por los de Robo y Hurto. Por otro lado, la

mayor parte de los sobreseídos por inimputabilidad son considerados probables autores del

delito o se mantiene la sospecha de su autoría. Por ende, se desprende la necesidad de

enfocar en estos sectores las políticas de desarrollo social que favorezcan la inclusión de los

menores involucrados en causas penales.

En cuanto al funcionamiento de la Secretaría se puede observar un crecimiento pronunciado de

las causas en trámite desde comienzos del año hasta julio para luego presentar un crecimiento

más moderado hasta fin de año. Esto puede corroborarse viendo la disminución progresiva de

las causas terminadas desde comienzos de año hasta mayo, mientras las causas entradas

presentaban un crecimiento constante y luego, en la otra parte del año, a la inversa. De esas

fluctuaciones mensuales de las causas entradas deriva el mayor o menor volumen de trabajo,

que presenta su “cúspide” en el mes de Agosto (un mes después de los dos meses que

mostraron el máximo de causas entradas, feria de invierno de por medio) y se verifica mes a

mes observando su correspondencia con los oficios librados, audiencias tomadas,

avocamientos y movimiento mensual de expedientes; influyendo, no tan directamente, en las

resoluciones, sobreseimientos, cédulas libradas, órdenes de allanamiento y oficios y exhortos.

Por último, y desde el punto de vista más pesimista, se advierte una duración promedio de las

causas penales de 4 meses y 4 días, quedando en trámite, al cierre del período, el 34% de las

causas iniciadas en el 2016. Cabe señalar que las causas terminadas por prescripción

representan minoría, y que la duración de las causas muchas veces depende de agentes

externos al funcionamiento de la Secretaría.

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ANEXO Gráfico 1

Gráfico 2

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Gráfico 3

Gráfico 4

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Gráfico 5

Gráfico 6

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Gráfico 8

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Gráfico 9

Gráfico 10

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Gráfico 12

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Gráfico 14

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Gráfico 17

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Gráfico 20

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Gráfico 36

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COMUNICADOS DE SECRETARIA

1. AREA DE CAPACITACION DEL PODER JUDICIAL: COMUNICA: La Realización de

las siguientes actividades:

I.INTRODUCCIÓN A LA PROBLEMÁTICA DE DROGAS PARA OPERADORES COORDINADORES DR. JULIO ANGEL DUARTE DRA. ANALÍA DÍAZ COLODRERO PROGRAMA

MÓDULO I DISPOSITIVOS SEDRONAR. PLANES, PROGRAMAS Y EJES DE GESTIÓN DE SEDRONAR. TRIBUNAL TRATAMIENTO DROGAS. El cambio de paradigma respecto a la descriminalización de los consumidores de estupefacientes. La Ley Nº 23.737, sus consecuencias, jurisprudencia aplicable y la necesidad de una reforma legislativa. El cambio de mirada sobre los consumidores de drogas: salud pública y derecho penal, de “delincuentes” y “enfermos” a sujetos de derecho. Crisis actual del paradigma prohibicionista-abstencionista. Cortes de Drogas. Tribunal de Tratamiento Drogas: Experiencia Piloto de la Provincia de Salta. Estrategias y alternativas al encarcelamiento. Mecanismos de derivación locales. Programa Municipios en Acción.

MÓDULO II ASPECTOS SOCIALES Y PSICOLÓGICOS DEL CONSUMO DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS. PREVENCIÓN. ASISTENCIA. Ley de Salud Mental 26.657. Inclusión de las adicciones en el campo de la salud mental. Presunción de Capacidad - Código Civil y Comercial. Equipos de trabajo interdisciplinario. Caracterización de la internación como recurso terapéutico de carácter restrictivo. Plan Integral Para el Abordaje de los Consumos Problemáticos (Ley 26.934. IACOP). Su vinculación y articulación con la normativa local. Abordaje comunitario, Prevención y Asistencia. Reducción de Riesgos y Daños. Consumo problemático y relación del sujeto con los objetos de consumo. Disertantes LIC. MARTIN CAGIDE. Licenciado en Psicología de la UBA. Licenciado en Sociología de la UBA. Coordinador de la Dirección Nacional de Capacitación – Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas (Sedronar). Docente de la Facultad de Ciencias Sociales UBA. Y de la Carrera de Trabajo Social UBA. Atención clínica de pacientes Fundación ABRA 2007-2008 y consultor particular. DRA. KARINA VALENTI. Abogada. Especialista en Investigación Científica del Delito. I.U.P.F.A Mediadora Prejudicial Depto. San Isidro. Docente Posgrado UBA. Defensora de Derechos Humanos reconocida por Amnistía Internacional. DESTINATARIOS: Magistrados y Secretarios del Fuero Civil, Familia, Menores y Penal. Funcionarios del Ministerio Público y Secretarios. Funcionarios del Cuerpo Médico Forense, del Cuerpo de Psicología Forense y del Cuerpo de Trabajadores Sociales Forenses. Funcionarios y Personal del Poder Ejecutivo de la Provincia de Corrientes. Se entregarán certificados extendidos por Sedronar y Poder Judicial de la Provincia LUGAR: Tribunal Oral Penal de la ciudad de Goya, Corrientes. HORA: Martes 19 y miércoles 20 de septiembre de 16.30 a 20.00 hs.

II.TALLER DEL JUZGADO CORRECCIONAL N° 1 “TALLER DE GESTIÓN DE CALIDAD EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE JUSTICIA” COORDINADORA: DRA. GABRIELA AROMI DE SOMMER

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INSTRUCTORES: DRES. GABRIELA MARIA ALEJANDRA AROMI – MARIA ALEJANDRA AGURIRE MOREYRA – CELESTE ROTT – GUSTAVO ROSSICH PROGRAMA MODULO I: Sistema de gestión de calidad. Principios, normativa, requerimientos. Visión y Misión. Relevamiento de datos. Análisis de la información recolectada (Cuestionarios y encuestas). MODULO II: Identificación de la documentación realizada en el taller de gestión, en relación a Mesa de Entradas y Salidas: SIPOC, Procedimientos particulares, Planilla de acciones preventivas y correctivas, Minutas de reuniones. MODULO III: Elaboración del registro escrito de los procesos de gestión por áreas: Secretaría y Relatoría. Resoluciones judiciales, Fallos y Sentencias. Inicio del registro documental. MODULO IV: Puesta en común de la documentación registrada por la Secretaría Actuarial: SIPOC. MODULO V: Procedimientos particulares de Secretaría Actuarial. Resoluciones y Fallos. Puesta en común. MODULO VI: Planilla de acciones correctivas y preventivas, minutas de reuniones. Puesta en común. MODULO VII: SIPOC y Procedimientos particulares de la Relatoría. Resoluciones y Sentencias. MODULO VIII: Planilla de acciones preventivas y correctivas. Minutas de reuniones. Puesta en común. MODULO IX: Registro de la documentación faltante: Carpeta de los documentos de gestión del Juzgado Correccional N° 1 por áreas: Mesa de entradas, secretaría, relatoría, resoluciones judiciales. MODULO X: Evaluación teórico-práctica. Conclusiones: Verificación de los cambios implementados. INICIO: Lunes 07 de agosto de 2017. DICTADO: 10 clases semanales. LUGAR: Juzgado Correccional N° 1. DESTINATARIOS: Personal del mismo Juzgado.

III.TALLER DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N° 6 “LA EFICIENCIA EN LA GESTION JUDICIAL”

COORDINADORA: DRA GRACIELA ELIZABETH FERREYRA. INSTRUCTORAS: DRA GRACIELA E. FERREYRA, MONICA A. YBACETA Y ANDREA R. MARCZUK. DISERTANTE:DR MIGUEL ANTONIO BENITEZ, SECRETARIO DEL CENTRO JUDICIAL DE MEDIACION DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES. PROGRAMA MODULO I. MEDIACION 1) Lineamientos generales del proceso de Mediación previstos en la ley N°5931 de la Provincia de Corrientes y legislación comparada. Mediación penal. 2) Comunicación efectiva. Análisis de su concepto y alcance en el fuero penal. 3) Herramientas para abordar conflictos (tanto con respecto a las relaciones interpersonales de los que trabajan en el mismo tribunal, como asimismo con las personas de otras oficinas judiciales y de las que se acercan por diversos motivos al juzgado) 4) Acceso a la Justicia. Análisis de las 100 Reglas de Brasilia MODULO II. PROGRAMA DE GESTION DE CALIDAD INSTITUCIONAL 1) Trabajo realizado en el juzgado ( en el primer semestre del año), en el marco del Programa de Gestión de calidad Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, habiéndose realizado trece reuniones, con un total de 11 hs de trabajo, conforme las

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constancias de las reuniones efectuadas, cuyas copias oportunamente han sido remitidas a la Sra. Secretaria Académica del Área de Capacitación del Poder Judicial Dra Alina Montórfano. 2) Continuar el trabajo en el segundo semestre del año, siguiendo los lineamientos dados en el Programa de Gestión de Calidad Institucional, contemplando la documentación requerida por el mismo. MODULO III. CAPACITACION A CARGO DE LA TITULAR DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N°6 DRA. GRACIELA ELIZABETH FERREYRA. 1) La necesidad del cambio. 2) Iniciar el camino de la reforma: gestión y responsabilidad. Compromiso de todos los integrantes del equipo de trabajo. 3) Aplicación de las herramientas recabadas en los dos módulos anteriores a la realidad de este Juzgado de Instrucción N°6. Como llevar a la práctica los conocimientos recibidos INICIO: Lunes 14 de agosto de 2017 de 18 a 20 hs DIAS : Lunes (7 clases) HORARIO: 18 a 20 hs LUGAR MODULO I: Sede del Centro Judicial de Mediación de la Provincia de Corrientes MODULO II Y III: Juzgado de Instrucción N°6 de la ciudad de Corrientes DESTINATARIOS: Personal del Juzgado de Instrucción N°6 de Corrientes- Capital REGULARIDAD: 90 % de asistencia MODALIDAD DE EVALUACION: A determinar por la coordinadora INSCRIPCION: en la misma dependencia

2. SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA: COMUNICA:

CAPACITACION: “SISTEMA DE DEPOSITOS Y PAGOS JUDICIALES POR MEDIOS

ELECTRONICOS”.

PRESIDIDO POR: Dr. Guillermo Casaro Lodoli – Secretario Administrativo del Superior

Tribunal de Justicia.

COORDINADORA: C.P Guillermina Inés Goetze – Jefe del departamento de Tesorería.

DISERTANTE:

- C.P. Cristhian David López

OBJETIVOS:

Informar sobre la implementación del sistema de órdenes de pagos por medios

electrónicos de los depósitos en cuentas judiciales.

Informar y explicar a los juzgados la operatoria de depósitos y pagos judiciales. Este

sistema brindará autonomía a los juzgados para la gestión de saldos, movimientos y

órdenes de transferencia, sustituyendo los cheques judiciales vigentes.

Informar sobre los requisitos a presentar por los beneficiarios de los pagos, como ser:

cuentas habilitadas exclusivamente en Banco de Corrientes S.A. a nombre del

beneficiario, CBU y CUIT del titular de la cuenta.

Informar mecanismos de retenciones practicadas en función de los conceptos pagados.

FECHA Y HORA: Lunes, 14 de Agosto - 17 hs.

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LUGAR: SALON AUDITORIO - ÁREA DE CAPACITACION DEL PODER JUDICIAL, 9 DE

JULIO N° 1099 - 9º PISO

DESTINATARIOS: Jugados de Menores N° 1, 2 y 3, Juzgado de Ejecución Tributaria,

Juzgados en lo Contencioso Administrativo N° 1 y 2 y Juzgado de Paz Barrial N° 1 de

Capital.

INSCRIPCION: Área de Capacitación del Poder Judicial, 9º Piso,

[email protected].

Comunicado importante:

Tienen hasta el día 18/08 para presentar la lista de los “Usuarios” que van a tener el perfil de

Supervisores y Operadores, debiendo mandar por Oficio a la Secretaría Administrativa del STJ

y por correo electrónico a [email protected] o comunicarse a Tesorería teléfono:

379-4476925, correo electrónico tesorerí[email protected].

A partir del día de la fecha, se recomienda, a todos los juzgados incluidos en la presente, leer el

texto ordenado del Anexo del Acuerdo N° 14/2017 punto 12° y descargarse el tutorial publicado

en la página web del Poder Judicial, en la pestaña de Dirección General de Administración –

Cuentas Judiciales - Tutorial del sistema de depósitos y pagos electrónicos

3.- COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES: Publicación

de la Resolución N° 25/17 (Expte. Adm. E-3366-2017)

RESOLUCIÓN Nº 25.-

Corrientes, 26 de junio de 2017.-

VISTO:

Lo dispuesto por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de

Corrientes, en el punto DECIMO TERCERO del ACUERDO NUMERO SIETE del pasado 28

de marzo de 2017; y

CONSIDERANDO:

I.- Que, a través de dicha disposición, se recomienda a los magistrados

establecer como práctica judicial conveniente desde el inicio de tales procesos, la disposición

de colocar, en la entrada del inmueble objeto de litis, con intervención de un oficial de justicia o

Secretario del lugar, de un cartel indicativo de la mayor cantidad de datos representativos de la

existencia del proceso (referencias esenciales: carátula y número de expediente, juzgado y

secretaría interviniente), en un lugar del inmueble visible, además de que en el caso de tener

un camino de acceso, otro cartel idéntico deberá ser colocado a su entrada; y como obligación

del actor/es, la de de acompañar al proceso fotografías certificadas por el Escribano Público o

Juez de Paz que den cuenta del cumplimiento de la presente obligación de publicidad.

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Superior Tribunal de Justicia

Provincia de Corrientes

II.- Que el acta notarial, está dotado del máximo valor probatorio de plena

fe, hasta su redargución de falsedad en sede civil o criminal, respecto de los hechos

anunciados por el notario como cumplidos por él mismo o que han pasado en su presencia.

Y el acta notarial es el instrumento público notarial cuyo fin radica en la

fijación y prueba de tales sucesos.

En efecto, durante el diligenciamiento de un acta notarial es viable tomar y

luego reproducir fotografías, que luego se agregarán a la matriz como al testimonio, para fijar

hechos.

III.- Que, por tanto, entendemos que el medio idóneo para la acreditación

del cumplimiento de la obligación antes mencionada , es el acta notarial protocolar, prevista por

los artículos 310, siguientes y concordantes de Código Civil y Comercial de la Nación.

Ello, por cuanto el acta protocolar autorizada por el notario es la forma

válida y eficaz para acreditar el cumplimiento de una obligación, con certificación de

reproducciones fotográficas.

Por todo ello,

LA JUNTA EJECUTIVA DEL COLEGIO DE ESCRIBANOS

DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Hacer saber que el instrumento notarial idóneo para la acreditación del

cumplimiento de la obligación que surge del punto DECIMO TERCERO del ACUERDO

NUMERO SIETE del pasado 28 de marzo de 2017, del Superior Tribunal de Justicia de la

Provincia de Corrientes, es el acta notarial protocolar, prevista por los artículos 310,

siguientes y concordantes de Código Civil y Comercial de la Nación.

ARTÍCULO 2º: Comunicar la presente Resolución al Superior Tribunal de Justicia, solicitando

su difusión a los Juzgados y Tribunales de la Provincia.

ARTÍCULO 3º: Dar cuenta a la Comisión Directiva, notificar, mandar a registrar y difundir a

través de la página Web de la institución.

FIRMADO: MIRIAM CELIA CORREA-PRESIDENTE; MARIA ISABEL CADENAS-

SECRETARIA; CEFERINO P. A. BROTTO-SECRETARIO; JOSE GUSTAVO

VALSANGIACOMO-TESORERO.-

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4.- CONVOCATORIA CONCURSOS DE CARGOS:

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Superior Tribunal de Justicia

Provincia de Corrientes

5.- INSCRIPTOS EN EL REGISTRO DE PASANTES

Apellido y Nombre DNI Tel. Cel E-mail Localidad Carrera

N°Materias

/Titulo Fuero

ROMERO, ANGEL

FRANCISCO 38.714.566

02966-15652387

/ 0379-

154896001

romero95.fra

[email protected]

m CAPITAL ABOGACIA 35 PENAL

CORREA, MARIA BELEN 38.714.274 03777-15650140

correa.mabel

[email protected]

om SANTA LUCIA ABOGACIA 41 PAZ

Registro de Aspirantes a Pasantias

_____________________________________________________________________

6.- EL JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO N° 1: COMUNICA

Lo dispuesto por Resolución N° 74 de fecha 4 de agosto de 2017, que en su parte

pertinente dice: “VISTOS: ... CONSIDERANDO:... RESUELVO:... 1) Hacer lugar al

Incidente de Suspensión de decisión administrativa, debiendo ordenarse a favor de la

Dra. GLADYS AURORA UJHELLY, M.P. N° I-4911, la suspensión de la ejecución de

la Sentencia N° 01 del 3 de julio de 2012 de la Sala II del Tribunal de Disciplina, de la

Sentencia N° 02 del 24 de febrero de 2017, como así también de la Resolución N° 20

del 03 de julio del presente año, dictadas por el Tribunal de Disciplina del Colegio

Público de Abogados de la Provincia de Corrientes, que fijó como fecha de

cumplimiento de la sanción la suspensión de la matrícula profesional a la incidentista,

desde el 07 de agosto y hasta el 16 de ese mismo mes y año, ambos inclusive, en

forma provisoria, mientras tramite el presente y hasta tanto recaiga sentencia

definitiva en el principal, previa caución juratoria que deberá presentar la incidentista

por los eventuales daños y perjuicios que la medida pudiera ocasionar, de haber sido

pedida sin derecho. 2) Líbrense oficios al Colegio de Abogados de la Provincia de

Corrientes y a la Secretaría Administrativa del Excmo. Superior Tribunal de Justicia –

que por Acdo. N° 22/2017, publicó la suspensión de la matricula profesional de la

incidentista – para que se sirvan tomar razón de la presente y proceder en

consecuencia. HABILITENSE DIAS Y HORAS INHABILES a los fines de la

notificación. 3) Costas a la incidencia vencida. Diferir la regulación de honorarios para

el estadio procesal oportuno. 4) Insértese, regístrese, notifíquese y protocolícese.-

Fdo. Dra. María Gabriela ROMERO FERIS, Juez en lo Contencioso Administrativo N°

1- Dr. César Daniel ROMERO, Prosecretario –Sustituto- Juzgado en lo Contencioso

Administrativo N° 1. Corrientes.” –ver Comunicado relacionado publicado en Acdo.

N° 22/17-

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