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BOP TE Número 107 7 de junio de 2019 «NOMBRE» «DIRECCIÓN» «CPPOBLACIÓN» «PROVINCIA» Depósito Legal TE-1/1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL Avda. Sagunto, 46, 1º, Izda. - 44071 TERUEL Tel. Y Fax: 978647401 Correo=e: [email protected] web: http://bop.dpteruel.es Franqueo Concertado 44000003/14 BOLETÍN OFICIAL SUMARIO Página ORGANISMOS OFICIALES Ministerio de Interior .............................................................................................. 2 Confederación Hidrográfica del Ebro .................................................................... 2 Confederación Hidrográfica del Júcar ................................................................... 5 ADMINISTRACIÓN LOCAL Ayuntamientos Teruel .................................................................................................................... 5 Alacón.................................................................................................................... 6 Valdeltormo y Comarca del Maestrazgo ............................................................... 7 Cañada de Benatanduz......................................................................................... 8 Andorra ................................................................................................................ 19 Mezquita de Jarque y Alcañiz ............................................................................. 24 Arens de Lledó y Berge ....................................................................................... 25 Allueva ................................................................................................................. 26 Exposición de documentos ................................................................................. 27 NO OFICIAL Comunidad de Regantes de la Acequia de Ancho, Inchavales, Malos Altos, Molinar, Suertes y Valleantiguo, de Villanueva de Jiloca, Daroca y Manchones ............. 27 NOTA................................................................................................................... 28

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BOP TE Número 107 7 de junio de 2019

«NOMBRE» «DIRECCIÓN» «CPPOBLACIÓN» «PROVINCIA»

Depósito Legal TE-1/1958

Administración:EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUELAvda. Sagunto, 46, 1º, Izda. - 44071 TERUELTel. Y Fax: 978647401

Correo=e: [email protected] web: http://bop.dpteruel.es

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SUMARIO

Página ORGANISMOS OFICIALES Ministerio de Interior..............................................................................................2 Confederación Hidrográfica del Ebro ....................................................................2 Confederación Hidrográfica del Júcar...................................................................5 ADMINISTRACIÓN LOCAL Ayuntamientos Teruel ....................................................................................................................5 Alacón....................................................................................................................6 Valdeltormo y Comarca del Maestrazgo ...............................................................7 Cañada de Benatanduz.........................................................................................8 Andorra................................................................................................................19 Mezquita de Jarque y Alcañiz .............................................................................24 Arens de Lledó y Berge.......................................................................................25 Allueva.................................................................................................................26 Exposición de documentos .................................................................................27 NO OFICIAL Comunidad de Regantes de la Acequia de Ancho, Inchavales, Malos Altos, Molinar, Suertes y Valleantiguo, de Villanueva de Jiloca, Daroca y Manchones .............27 NOTA...................................................................................................................28

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BOP TE Número 107 7 de junio de 2019 2

MINISTERIO DEL INTERIOR

Núm. 82.624

JEFATURA PROVINCIAL DE TRÁFICO DE GENERAL DE TRÁFICO

Con fecha de 30 de abril de 2019, el Ayuntamiento de Torrijas solicitó de manera expresa que la competencia sancionadora municipal en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, que corresponde al Alcalde, sea ejercida por la Jefatura Provincial de Tráfico de Teruel, de conformidad con lo que se establece en el artículo 84.4 del vigente texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto legislativo 6/2015, de 30 de octubre.

Atendiendo a esta petición, esta Jefatura ha resuelto con fecha 7 de mayo de 2019 asumir el ejercicio de la competencia sancionadora en el marco y materias contempladas en la normativa invocada, mientras persistan las razones justificadas o la insuficiencia de los servicios municipales correspondientes.

Lo que se publica para general conocimiento. Teruel, a 7 de mayo de 2019.- El Jefe Provincial de Tráfico de Teruel, Javier Agulló Martínez.

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO

Núm. 82.438

Comisaría de Aguas Nota Anuncio

REF.: 2018-P-1222

El AYUNTAMIENTO DE CANTAVIEJA ha solicitado la concesión de un aprovechamiento de aguas públicas subterráneas cuyos datos se indican a continuación:

El aprovechamiento toma de un manantial situado en la margen derecha del barranco del Cabezo, tributario del río Cantavieja por su margen derecha, fuera de zona de policía de cauces, en el paraje El Cabezo (Po: 11, Pa: 19). El equipo de elevación previsto consistirá en una motobomba de 2,5 C.V. y un caudal instantáneo de 4,72 l/s. El agua se destinará al abastecimiento urbano del Complejo de ocio “Vértigo Park Maestrazgo” (cafete-ría, tienda y aseo), para 100 personas, en el T.M. de Cantavieja (Teruel). El volumen total anual será de 4.708 m3 y el caudal medio equivalente en el mes de máximo consumo será de 0,255 l/s.

Lo que se hace público para general conocimiento y para que quienes se consideren perjudicados por esta petición puedan presentar por escrito sus reclamaciones ante la Confederación Hidrográfica del Ebro, durante el plazo de VEINTICINCO días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, a cuyo efecto el expediente y la documentación técnica estarán de manifiesto en la Confe-deración Hidrográfica del Ebro, Pº de Sagasta 26-28, Zaragoza, en horas hábiles de oficina.

En Zaragoza, 13/05/2019.- el Comisario Adjunto, Javier San Román Saldaña,

Núm. 82.569

Comisaría de Aguas Nota Anuncio

REF.: 2018-OC-460

Amada Lilao Sánchez ha solicitado la autorización cuyos datos y circunstancias se indican a continuación: CIRCUNSTANCIAS: Solicitante: AMADA LILAO SÁNCHEZ Objeto: CORTA DE ÁRBOLES en 0,0045 Ha, situadas en dominio público hidráulico, con carácter de explota-

ción maderera. Cauce: RÍO JILOCA Paraje: TEJERÍAS, POLÍGONO: 457, PARCELA: 9010 (COLINDANTE PARCELA 192) Municipio: LUCO DEL JILOCA-CALAMOCHA (TERUEL)

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BOP TE Número 107 7 de junio de 2019 3

Se advierte la posibilidad de presentar peticiones en competencia e incompatibles con la petición inicial en vir-tud del art. 72 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, modificado por Real Decreto 606/2003, de 23 de mayo.

Lo que se hace público para general conocimiento y para que quienes se consideren perjudicados por esta petición puedan presentar por escrito sus reclamaciones ante la Confederación Hidrográfica del Ebro, durante el plazo de VEINTICINCO días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, a cuyo efecto el expediente y la documentación técnica estarán de manifiesto en la Confe-deración Hidrográfica del Ebro, Pº de Sagasta 26-28, Zaragoza, en horas hábiles de oficina.

En Zaragoza, el Comisario Adjunto, Javier San Román Saldaña

Núm. 82.579

Comisaría de Aguas Nota Anuncio

REF.: 2019-P-458

JOSE ANTONIO MELENDEZ COLLADOS y MARÍA BELÉN FRANCO CALVO han solicitado la concesión de un aprovechamiento de aguas públicas subterráneas cuyos datos se indican a continuación:

El aprovechamiento consiste en un pozo de 238 m de profundidad situado en la margen derecha del barranco de Doña Teresa, tributario de la rambla La Hoz por su margen izquierda, fuera de zona de policía de cauces, en el paraje Los Tajadales (Po: 17, Pa: 198). El equipo de elevación previsto consistirá en una electrobomba de 7,5 C.V. y un caudal instantáneo de 1,33 l/s. El agua se destinará al suministro ganadero para 3.750 cabezas de ganado porcino en la parcela 198 del polígono 17, en el T.M. de Odón (Teruel). El volumen total anual será de 9.180 m3 y el caudal medio equivalente en el mes de máximo consumo será de 0,316 l/s.

Lo que se hace público para general conocimiento y para que quienes se consideren perjudicados por esta petición puedan presentar por escrito sus reclamaciones ante la Confederación Hidrográfica del Ebro, durante el plazo de VEINTICINCO días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, a cuyo efecto el expediente y la documentación técnica estarán de manifiesto en la Confe-deración Hidrográfica del Ebro, Pº de Sagasta 26-28, Zaragoza, en horas hábiles de oficina.

En Zaragoza, el Comisario Adjunto, Javier San Román Saldaña.- El Comisario Adjunto, San Roman Saldaña Javier.

Núm. 82.455

Comisaría de Aguas Nota Anuncio

REF.: 2019-P-376

CAMPOLASIMA AGRICULTURA SLU ha solicitado la concesión de un aprovechamiento de aguas públicas subterráneas cuyos datos se indican a continuación:

El aprovechamiento consiste en un pozo de 136 m de profundidad situado en la margen derecha de la rambla de La Cobatilla, tributaria del río Jiloca por su margen derecha, fuera de zona de policía de cauces, en el paraje Rodrigo (Po: 514, Pa: 81). El equipo de elevación previsto consistirá en una electrobomba de 10 C.V. y un caudal instantáneo de 1,9 l/s. El agua se destinará al suministro ganadero para 7.200 cabezas de ganado porcino en la parcela 81 del polígono 514, en el T.M. de Singra (Teruel). El volumen total anual será de 17.544 m3 y el caudal medio equivalente en el mes de máximo consumo será de 0,604 l/s.

Lo que se hace público para general conocimiento y para que quienes se consideren perjudicados por esta petición puedan presentar por escrito sus reclamaciones ante la Confederación Hidrográfica del Ebro, durante el plazo de VEINTICINCO días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, a cuyo efecto el expediente y la documentación técnica estarán de manifiesto en la Confe-deración Hidrográfica del Ebro, Pº de Sagasta 26-28, Zaragoza, en horas hábiles de oficina.

En Zaragoza, el Comisario Adjunto, Javier San Román Saldaña

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BOP TE Número 107 7 de junio de 2019 4

Núm. 82.547

Comisaría de Aguas Nota Anuncio

REF.: 2019-OC-70

José Luís Ruiz Sánchez ha solicitado la autorización cuyos datos y circunstancias se indican a continuación: CIRCUNSTANCIAS: Solicitante: JOSE LUIS RUIZ SÁNCHEZ Objeto: CORTA DE ÁRBOLES en 0,003 Ha, situadas en dominio público hidráulico, con carácter de explota-

ción maderera. Cauce: RÍO JILOCA Paraje: EL RINCÓN, POLÍGONO: 14, PARCELA: 9001 (COLINDANTE PARCELA 323 DEL POLÍGONO 15) Municipio: CALAMOCHA (TERUEL) Se advierte la posibilidad de presentar peticiones en competencia e incompatibles con la petición inicial en vir-

tud del art. 72 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, modificado por Real Decreto 606/2003, de 23 de mayo.

Lo que se hace público para general conocimiento y para que quienes se consideren perjudicados por esta petición puedan presentar por escrito sus reclamaciones ante la Confederación Hidrográfica del Ebro, durante el plazo de VEINTICINCO días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, a cuyo efecto el expediente y la documentación técnica estarán de manifiesto en la Confe-deración Hidrográfica del Ebro, Pº de Sagasta 26-28, Zaragoza, en horas hábiles de oficina.

En Zaragoza, el Comisario Adjunto, Javier San Román Saldaña

Núm. 82.548

Comisaría de Aguas Nota Anuncio

REF.: 2019-OC-69

José Ruiz García ha solicitado la autorización cuyos datos y circunstancias se indican a continuación: CIRCUNSTANCIAS: Solicitante: JOSÉ RUIZ GARCÍA Objeto: CORTA DE ÁRBOLES en 0,0085 Ha, situadas en dominio público hidráulico, con carácter de explota-

ción maderera. Cauce: RÍO JILOCA Paraje: LOS MALINARES, POLÍGONO: 5, PARCELA: 9013 (COLINDANTE PARCELA 1024) Municipio: CALAMOCHA (TERUEL) Se advierte la posibilidad de presentar peticiones en competencia e incompatibles con la petición inicial en vir-

tud del art. 72 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, modificado por Real Decreto 606/2003, de 23 de mayo.

Lo que se hace público para general conocimiento y para que quienes se consideren perjudicados por esta petición puedan presentar por escrito sus reclamaciones ante la Confederación Hidrográfica del Ebro, durante el plazo de VEINTICINCO días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, a cuyo efecto el expediente y la documentación técnica estarán de manifiesto en la Confe-deración Hidrográfica del Ebro, Pº de Sagasta 26-28, Zaragoza, en horas hábiles de oficina.

En Zaragoza, el Comisario Adjunto, Javier San Román Saldaña

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BOP TE Número 107 7 de junio de 2019 5

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR

Núm. 82.537

CONFEDERACIÓN HIDRÓGRAFICA DEL JÚCAR

En el expediente instado por el AYUNTAMIENTO DE CALOMARDE sobre concesión de aguas subterráneas renovables formado por las captaciones denominadas “EL PRADO 2”, “MANANTIAL ONTANOR” y “EL PRADO 3” en el término municipal de Calomarde (Teruel), con un volumen máximo anual de 20.000 m3/año y un caudal máximo instantáneo de 4,1 l/s, con destino a abastecimiento y uso ganadero en el término municipal de Calo-marde, se ha resuelto favorablemente con arreglo a las condiciones impuestas por esta Confederación Hidrográ-fica del Júcar, autorizando dicha legalización en el expediente referencia 2017RP0008.

Lo que por orden de su Presidencia se hace público en cumplimiento de las disposiciones vigentes. Valencia, a 6 de mayo de 2019.- JEFE DEL AREA DE GESTIÓN DEL D.P.H., JOSE ANTONIO SORIA VIDAL

ADMINISTRACIÓN LOCAL

Núm. 82.414

EXCMO AYUNTAMIENTO DE TERUEL

En la Unidad de Licencias del Ayuntamiento de Teruel se instruye expediente nº 31/2019/LAC, a instancia de DOSISPRAY SL, solicitando licencia ambiental de actividades clasificadas de un establecimiento dedicado a la actividad de DEPOSITO Y MAQUINA DE MEZCLA DE POLIOL. ALMACENAMIENTO DE RUEDAS Y CARGA EN CAMIÓN PARA SU TRANSPORTE en local sito en CALLE MONTECARLO (DE) FINCA LIP-2 (PLATEA), de esta Ciudad.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 77.3 de la Ley 11/2014, de 4 de di-ciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, para que quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad que se pretende establecer, puedan hacer las observaciones pertinentes mediante escrito, que se presentará en el Registro General sito en las Oficinas Municipales de Urbanismo del Ayuntamiento de Teruel, durante el PLAZO DE QUINCE DÍAS NATURALES, que se contarán a partir del siguiente al de la publi-cación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (Sección correspondiente del BOA) y en el Ta-blón de Edictos.

A tenor de lo establecido en el artículo 42 de la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Ad-ministrativo Común de las Administraciones Públicas, todos aquellos que no se encuentren en su domicilio en el momento de proceder a la entrega de la notificación personal se considerarán notificados por el presente anun-cio.

Teruel, 13 de mayo de 2019.- La Técnico de la Unidad de Licencias, Aurora Gómez Castaño.

Núm. 82.412

EXCMO AYUNTAMIENTO DE TERUEL

En la Unidad de Licencias del Ayuntamiento de Teruel se instruye expediente nº 32/2019/LAC, a instancia de VIVEROS DANIEL MARTINEZ, S.L.U., solicitando licencia ambiental de actividades clasificadas de un estable-cimiento dedicado a la actividad de VIVERO en local sito en CTRA. VILLASPESA, POL 31 PAR 45, 47 y 48 (HUERTOS DEL MOLINO) de esta Ciudad.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 77.3 de la Ley 11/2014, de 4 de di-ciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, para que quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad que se pretende establecer, puedan hacer las observaciones pertinentes mediante escrito, que se presentará en el Registro General sito en las Oficinas Municipales de Urbanismo del Ayuntamiento de Teruel, durante el PLAZO DE QUINCE DÍAS NATURALES, que se contarán a partir del siguiente al de la publi-

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BOP TE Número 107 7 de junio de 2019 6

cación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (Sección correspondiente del BOA) y en el Ta-blón de Edictos.

A tenor de lo establecido en el artículo 42 de la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Ad-ministrativo Común de las Administraciones Públicas, todos aquellos que no se encuentren en su domicilio en el momento de proceder a la entrega de la notificación personal se considerarán notificados por el presente anun-cio.

Teruel, 13 de mayo de 2019.- La Técnico de la Unidad de Licencias, Aurora Gómez Castaño.

Núm. 82.448

EXCMO AYUNTAMIENTO DE TERUEL

En la Unidad de Licencias del Ayuntamiento de Teruel se instruye expediente nº 7/2019/LAC, a instancia de JUAN PEDRO APARICIO ORTUBIA, solicita GARAJE Y APARCAMIENTO DE VEHICULOS PARA TRANSPOR-TE DE MERCANCIAS en local sito en PLATEA ZONA LI-1 PARCELA LIP-1, de esta Ciudad.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 77.3 de la Ley 11/2014, de 4 de di-ciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, para que quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad que se pretende establecer, puedan hacer las observaciones pertinentes mediante escrito, que se presentará en el Registro General sito en las Oficinas Municipales de Urbanismo del Ayuntamiento de Teruel, durante el PLAZO DE QUINCE DÍAS NATURALES, que se contarán a partir del siguiente al de la publi-cación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (Sección correspondiente del BOA) y en el Ta-blón de Edictos.

A tenor de lo establecido en el artículo 42 de la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Ad-ministrativo Común de las Administraciones Públicas, todos aquellos que no se encuentren en su domicilio en el momento de proceder a la entrega de la notificación personal se considerarán notificados por el presente anuncio.

Teruel, 15 de mayo de 2019.- La Técnico de la Unidad de Licencias, Aurora Gómez Castaño.

Núm. 82.370

EXCMO AYUNTAMIENTO DE TERUEL

En el Excmo. Ayuntamiento de Teruel se ha solicitado por VIVEROS DANIEL MARTINEZ, S.L.U. una AU-TORIZACIÓN ESPECIAL en suelo no urbanizable para la construcción de VIVERO, cuyo emplazamiento concre-to es POLÍGONO 31 PARCELAS 47-48, con referencia catastral: 44900A031000480000UP, habiéndose instruido el expediente nº.279/2019/OBRA.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, sometiéndose la citada solicitud a información pública para que quienes puedan resultar interesados en el presente expediente puedan hacer las observaciones pertinentes mediante escrito, que se presentará en las oficinas del Registro General Municipal sitas en la calle Temprado, nº.6, durante el PLAZO DE VEINTE DÍAS HÁBILES, que se contarán a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio.

En Teruel, a 9 de mayo de 2019.- La Técnico de la Unidad de Licencias, Aurora Gómez Castaño

Núm. 82.489

ALACÓN

A instancia del Ayuntamiento de Alacón (Teruel), se está tramitando licencia ambiental de actividad clasificada para la actividad instalación de cooperativa agroalimentaria en nave industrial municipal sita en C/Carretera sn Ref. catastral 001400300XL94C0001FO , según proyecto técnico redactado por el arquitecto técnico D. Ignacio

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BOP TE Número 107 7 de junio de 2019 7

Chulilla Moya, colegiado número 307, visado con fecha 21 de marzo de 2019, en este Ayuntamiento se tramita el oportuno expediente.

En cumplimiento con el artículo 77.3 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Am-biental de Aragón, se procede a abrir período de información pública por término de quince días naturales desde la inserción del presente anuncio en el BOPT, para que quienes se vean afectados de algún modo por dicha acti-vidad, presenten las observaciones que consideren pertinentes.

El expediente objeto de esta información se encuentra depositado en las dependencias del este Ayuntamien-to, pudiéndose consultar en las mismas durante horario de oficina. Alacón, 20 de mayo de 2019.- El alcalde, Raúl Lázaro Lázaro

Núm. 82.658

VALDELTORMO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 26 del Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de

diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, aprobado por Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, se hace pública la aprobación de un Plan económico-financiero por el Pleno de esta Corporación en sesión de fecha 24/05/2019 el cual estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://valdeltormo.sedelectronica.es].

Valdeltormo, 30 de mayo de 2019.- El Alcalde, José Miguel Timoneda Puyo.

Núm. 82.725

COMARCA DEL MAESTRAZGO

LISTA DEFINITIVA DE ADMITIDOS EN EL PROCESO DE SELECCIÓN DE UNA PLAZA DE COORDINA-

DOR-MONITOR DE DEPORTES PARA LA COMARCA DEL MAESTRAZGO Y LA FORMACIÓN DE UNA BOL-SA DE EMPLEO DE LA MISMA CATEGORÍA

RESOLUCIÓN Nº 19/2019 de 18 de marzo de 2019 de la Comarca del Maestrazgo por la que se aprueba la lista definitiva de candidatos admitidos y excluidos a la convocatoria de una plaza de coordinador-Monitor de deportes y la formación de una bolsa de empleo de la misma categoría.

RESOLUCIÓN Nº 34/2019 de 3 de junio de 2019 de la Comarca del Maestrazgo por la que se designa al tri-bunal calificador y se fija la fecha de la prueba selectiva de una plaza de coordinador-monitor de deportes para la Comarca del Maestrazgo.

De conformidad con las bases de la convocatoria; esta Presidencia en el uso de las facultades que le confiere el artículo 34.1 g) de la Ley 7/1985 de 2 de abril Reguladora de Bases de Régimen Local, así como el artículo 64.3 de la Ley 7/1999 de 9 de abril, de Administración Local de Aragón y el artículo 61.12 del Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre por el que se aprueba el reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,

HA RESUELTO Primero; declarar aprobada la lista definitiva de candidatos admitidos y excluidos a la convocatoria para pro-

veer mediante concurso-oposición de una plaza de coordinador-monitor deportivo y formación de una bolsa de empleo de la misma categoría.

A). Candidatos admitidos:

1 18451195C

2 20487938K

3 73087463H

4 73092132H

5 18442921A

6 18453732G

7 18452344L

8 73103862H

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BOP TE Número 107 7 de junio de 2019 8

9 73091167L

10 73088915K

11 48441329V

12 20904072Q

13 18443447T

14 73090898A

15 73090899G

16 18457132T

17 73009133A

18 31708924C

19 77839257N

20 73093902V

21 17762455S B). Candidatos Excluidos:

NIF

18448894L

18445798M Segundo.- En consideración, de acuerdo con lo establecido en las Bases que rigen la presente convocatoria,

convocar a los admitidos para la realización de las pruebas selectivas el día 20 de junio, jueves, de 2019 a las diez horas en la Sede de La Comarca del Maestrazgo, sita en la Calle Las tres bailías nº 7 de la localidad de Cantavieja (TERUEL).

Tercero.- Designar los siguientes miembros del tribunal calificador: Presidente: Coordinador de deportes de la Comarca del Bajo Aragón. Vocales: -Coordinador de deportes de La Comarca de Jiloca. -Coordinador de deportes de La Comarca de Gúdar Javalambre. -Sr. Miguel Angel Colás. (del Servicio de Asistencia a Municipios de la Excma. Diputación Provincial de Te-

ruel). -Secretario; Sr. Fernando Aragonés Polo; (del Servicio de Asistencia a Municipios de la Excma. Diputación

Provincial de Teruel). Cantavieja a 4 de junio de 2019.- El Presidente, Fdo. Arturo Martín Calvo.

Núm. 82.713

CAÑADA DE BENATANDUZ

Por Resolución de Alcaldía, de fecha 3 de junio de 2019, se aprobaron las bases y la convocatoria para la se-

lección, con carácter de urgencia y en régimen de interinidad de la plaza vacante de Secretaría- Intervención del Ayuntamiento de Cañada de Benatanduz por el sistema de concurso-oposición.

Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria: Bases para la provisión mediante concurso-oposición con carácter de urgencia y en régimen de interinidad de

la plaza vacante de Secretaría- Intervención de Cañada de Benatanduz. Anuncio en el Boletín Oficial de Aragón Sección Provincia de Teruel y en el tablón de anuncios de Cañada de Benatanduz. Por Resolución de Presiden-cia, de fecha 3 de junio de 2019, se aprobaron las bases y la convocatoria para la selección, con carácter de urgencia y en régimen de interinidad de la plaza vacante de Secretaría- Intervención, por el sistema de concurso-oposición.

El nombramiento será válido hasta la reincorporación del Secretario-Interventor interino que se en-cuentra de excedencia voluntaria o, en su defecto, hasta que el puesto sea cubierto de forma definitiva mediante resolución de concurso, unitario u ordinario, o se efectúe un nombramiento provisional, en comisión de servicios o por acumulación a favor de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

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Si durante el procedimiento de selección, un funcionario con habilitación de carácter nacional solicitase cualquier tipo de nombramiento para cubrir el puesto, la presente convocatoria quedará sin efecto.

Primera.— Objeto de la Convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria la provisión como funcionario in-terino, mediante concurso-oposición con carácter de urgencia y en régimen de interinidad de la plaza vacante de Secretaría- Intervención del Ayuntamiento de Cañada de Benatanduz en la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento, reservada a funcionarios con habilitación nacional de la Subescala de Secretaría-Intervención. Clasificación: El puesto de trabajo de Secretario/a (Secretaria-Intervención), reservado a Funciona-rios de Administración Local con Habilitación de carácter Nacional de la Subescala de Secretaría- Intervención, está clasificado como Grupo A, Subgrupos A1/A2, y dotado con el sueldo correspondiente a dicha clasificación y nivel de Complemento de Destino 22. La interinidad se extinguirá por la cobertura del puesto por Funcionario con Habilitación de carácter Nacional, en los casos y forma previstos en el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo. Sistema de selección: Concurso-Oposición. Publicidad. Estas bases se publicarán en el Boletín Oficial de Aragón Sección Boletín Oficial de la de la Provincia de Teruel (BOPT) y tablón de Edictos del municipio de Cañada de Benatanduz. Los sucesivos anuncios relativos a las pruebas que se convoquen se harán públicos en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Cañada de Benatanduz.

Segunda.— Condiciones de Admisión de Aspirantes. Para formar parte en la selección, será necesario que los aspirantes reúnan en el momento en el que finalice el plazo de presentación de las solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Nacionalidad: Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decre-to Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones que se deriven del puesto a desempeñar.

c) Edad: Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad máxima de jubilación for-zosa.

d) Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los organismos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a la escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción dis-ciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Titulación: estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias: Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado, según lo previsto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, para el ingreso en los cuerpos o escalas clasificados en el subgru-po A1.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.

Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualifica-ción profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de derecho comunita-rio.

f) Deberá de disponer de medios de locomoción autónomos, (propios, cedidos o contratados) y en posesión personal de carnet o permiso de conducción de vehículos, AM o superiores, vigente y autorizado con puntos sufi-cientes para poder utilizar los medios de locomoción aportados para desplazarse entre los ayuntamientos que forman la agrupación secretarial.

Los requisitos establecidos en esta base deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presenta-ción de solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión como funcionario interino.

Tercera.— Forma y Plazo de Presentación de Instancias. Las instancias (Anexo I) solicitando tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán al Sr. Alcalde del

Ayuntamiento de Cañada de Benatanduz y se presentarán en el Registro General de Comarca Maestrazgo, de 9 a 14 horas o en cualquiera de los restantes registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 del Procedi-miento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, durante el plazo de 7 días naturales a contar desde el siguiente al de publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel.

El resto de publicaciones se llevarán a cabo en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. A la instancia se acompañará una fotocopia del Documento Nacional de Identidad, así como del título acadé-

mico acreditativo del requisito del apartado e) de la segunda de estas bases, o de una declaración responsable, acreditando dicha circunstancia, y presentando el título académico en caso de ser seleccionado para la plaza o para la bolsa de empleo que se pueda generar, y fotocopia del carnet de conducir. Además deberá adjuntar, si procede en su caso, certificados de haber superado el/los ejercicio/os correspondientes en las oposiciones con-

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vocadas por el Ministerio, para el ingreso en cualquiera de las subescalas de funcionarios de administración local con habilitación nacional, expedidas por el Ministerio competente, para su posterior valoración en la fase de con-curso.

Cuarta.— Admisión de Aspirantes. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia de la Agrupación dictará resolución declaran-

do aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Cañada de Benatanduz, se señalará un plazo de cinco días hábiles para subsana-ción y/o reclamaciones. Concluido el plazo de reclamaciones, se dictará nueva resolución por la Presidencia re-solviendo las que se hubieran formulado o subsanando defectos, en su caso, y acordándose la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, así como lugar, fecha y hora en que habrá de realizarse el ejercicio de la fase de oposición y composición nominal del Tribunal calificador. Si inicialmente ningún aspirante resulta excluido, se publicará directamente la lista definitiva de aspirantes admitidos, así como lugar, fecha y hora en que habrá de realizarse el ejercicio de la fase de oposición y composición nominal del Tribunal calificador.

Todos los anuncios que se generen en la presente convocatoria, a partir de la publicación de estas bases, se publicarán únicamente en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Cañada de Benatanduz, sustituyendo dicho medio a la notificación personal de los aspirantes.

Quinta.— Tribunal Calificador. Se constituirá Tribunal Calificador y su composición se ajustará, en todo caso, a lo que determina el TREBEP

(cumplimiento de los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, teniendo asimismo, en su composición a la paridad entre mujer y hombre, y sin que puedan formar parte de los mismos, el personal de elección o designación política, los funcionarios interinos, ni el personal laboral no fijo de plantilla o eventual). El tribunal calificador estará formado por:

Presidente: 1 Empleado Público de la Diputación Provincial de Teruel, Funcionario con Habilitación Nacional perteneciente a la subescala de secretaria-Intervención.

Vocales: - 2 Empleados Públicos, Funcionarios con Habilitación Nacional perteneciente a la subescala de se-cretaria-Intervención del servicio de Asistencia Técnica a Municipios de la Diputación Provincial de Teruel

- 1 Empleado Público, Funcionario con Habilitación Nacional perteneciente a la subescala de Secretaria-Intervención designado por el Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local de la Provincia de Teruel.

Vocal-Secretario: 1 Funcionario con Habilitación Nacional perteneciente a la subescala de Secretaria-Intervención designado por la Comarca del Maestrazgo, de entre su propio personal o de alguno de los Ayunta-mientos integrantes en dicha Comarca.

El Tribunal podrá nombrar asesores, que deberán hacerse públicos junto con el mismo, y podrán actuar con voz pero sin voto. Las personas propuestas o designadas para actuar como miembros del Tribunal deberán abs-tenerse de formar parte del mismo cuando concurran las circunstancias previstas en el articulo 23.2 de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, notificándolo a la Presidencia.

El Presidente del Tribunal podrá exigir a los miembros del mismo, declaración expresa de no hallarse incursos en causa de abstención en las circunstancias previstas en el art. 23 de la Ley 40/2015. El Tribunal queda faculta-do para la resolución de cuantas dudas se presenten en la interpretación, así como en lo no previsto en las pre-sentes bases y adoptar los acuerdos necesarios para el buen funcionamiento de las pruebas. El Tribunal no po-drá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros o suplentes indistintamente, y en todo caso del Presidente y Secretario. Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concu-rran las causas previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015. Las resoluciones de los Tribunales vinculan a la Administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión, conforme a lo previsto en el art. 106 y ss. de la Ley 39/2015. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cum-plimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valora-ción de las pruebas y para la publicación de sus resultados.

Sexta.—Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos. La selección de los aspirantes se llevará a cabo por el sistema de concurso-oposición desarrollándose en las siguientes fases:

A) Concurso. La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán por el Tribunal los méritos acreditados, una

vez realizada la fase de oposición y sólo de aquellos aspirantes que hayan superado aquella. El Tribunal a la vista de los méritos alegados y debidamente acreditados, los valorará de acuerdo con el si-

guiente baremo: a) Por cada ejercicio superado en las tres últimas convocatorias en oposiciones convocadas por el Ministerio

competente, para el ingreso en cualquiera de las subescalas de funcionarios de administración local con habilita-ción nacional: 1 punto hasta un máximo de 3 puntos.

La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de finalización del plazo de presentación de instancias.

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Los méritos a valorar en la fase de concurso se acreditarán mediante la presentación junto con la instancia señalada en la Base segunda del certificado/os de haber superado el/los ejercicio/os correspondientes en las oposiciones convocadas por el Ministerio (últimas tres convocatorias), para el ingreso en cualquiera de las sub-escalas de funcionarios de administración local con habilitación nacional, expedidas por el Ministerio competente.

B) Oposición: Consistirá en la realización de una única prueba tipo test de 30 preguntas más 3 preguntas de reserva con

TRES respuestas alternativas (siendo solamente una respuesta la correcta) por escrito para desarrollar en el plazo máximo de treinta y cinco minutos, que el Tribunal determine relacionado con el contenido del temario que figura en el Anexo II de estas bases, para dar respuesta a las cuestiones planteadas.

En la realización del supuesto los opositores NO podrán hacer uso de textos legales. El ejercicio será eliminatorio, calificándose hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes

que no alcancen un mínimo de 5 puntos (equivale a 15 respuestas correctas). Las respuestas incorrectas y no contestadas no restarán puntos al total de puntos obtenidos. Séptima.—Sistema de calificación. El ejercicio de oposición será eliminatorio, calificándose con un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los

aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos (equivale a 15 respuestas correctas). La suma de las puntuaciones alcanzadas en la fase de oposición, más la obtenida por la valoración de los mé-

ritos de la fase del concurso determinará el orden de calificación definitiva. Titulo: RESOLUCIÓN de 25 de febrero de 2019, del Director del Instituto Aragonés de Administración Pública,

por la que se hace público el resultado del sorteo previsto en el artículo 17 del Decreto 122/1986, de 19 de di-ciembre, de la Diputación General de Aragón, regulador del Instituto Aragonés de Administración Pública y de la selección, formación y perfeccionamiento del personal de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Texto En el caso de empate se resolverá por la mejor puntuación en la fase de oposición. Si persiste el empate, se

atenderá al orden alfabético del primer apellido, comenzando por la letra “W“ de conformidad con la Resolución de 1 de febrero de 2019, del Director del Instituto Aragonés de Administración Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo previsto en el artículo 17 del Decreto 122/1986, de 19 de diciembre, de la Diputación Ge-neral de Aragón, regulador del Instituto Aragonés de Administración Pública y de la selección, formación y per-feccionamiento del personal de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Octava.—Selección de Candidatos y Propuesta de Nombramiento. Concluida la calificación, el tribunal publi-cará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Cañada de Benatanduz la relación de aspirantes por orden de puntuación y calificación. La mencionada relación será elevada a la Presidencia con el expediente y actas del Tribunal, que efectuará propuesta de nombramiento del aspirante que haya obtenido mayor puntuación, ante la Dirección General de Administración Local a fin de que se efectúe el nombramiento interino correspondiente.

Novena.—Bolsa de empleo. Para los efectos de la provisión de futuros nombramientos de Secretario-Interventor interino, en los que se exijan los mismos requisitos y se valoren los mismos conocimientos que en las presentes bases, se formará una bolsa de empleo con los aspirantes que superasen la oposición relacionados por orden de prelación de máxima puntuación según la lista confeccionada por el Tribunal calificador. El llama-miento se realizará preferentemente por e-mail a la dirección de correo electrónico facilitado por el miembro de la bolsa de trabajo, respetando el citado orden de prelación. En el e-mail se establecerá el plazo máximo de res-puesta —que, en caso de urgencia, podrá limitarse a 24 horas—. El nombramiento se otorgará al miembro de la bolsa mejor situado que responda afirmativamente dentro del plazo de llamamiento. La respuesta al llamamiento debe enviarse al mismo e-mail desde el que se haya cursado aquel. Las respuestas que se reciban fuera del plazo de llamamiento serán desestimadas. Se incluirá en el expediente una copia de los e-mails enviados y de las respuestas recibidas. Únicamente, en caso de acreditar imposibilidad de comunicación vía e-mail con los aspirantes, se podrá acudir al llamamiento por correo ordinario o telefónico, debiendo dejar constancia en este último caso de su realización a través de diligencia,

Décima. — Presentación de documentos y toma de posesión. Recibida la resolución de nombramiento interino otorgada por el órgano competente de la respectiva Comuni-

dad Autónoma, se requerirá al interesado para la toma de posesión en el plazo máximo de 3 días hábiles, si este no compareciese a la misma dentro del plazo decaerá en su derecho, realizándose una nueva propuesta de nombramiento a favor del siguiente aspirante, según el orden de puntuación obtenida, y siempre que haya supe-rado la fase de oposición.

El aspirante propuesto para su nombramiento aportará ante la Corporación, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en esta convocatoria, que son:

a) Declaración jurada de no hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad, y de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública.

b) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de la función.

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Si dentro del plazo expresado, y salvo causa de fuerza mayor, el aspirante no reuniera los requisitos exigidos quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia. En tal supuesto, la Presidencia de la Corporación efectuará propuesta de nombramiento a favor del siguiente aspirante, según el orden de puntuación.

De igual forma se procederá en caso de renuncia, o en caso de producirse vacante posterior, para lo cual la relación de aspirantes que hayan superado las pruebas, con el orden de las puntuaciones totales obtenidas fun-cionará como bolsa de trabajo.

La Corporación convocante podrá proponer motivadamente al órgano competente que se declare desierto el proceso de selección.

Decimoprimera.— Cese. La provisión de los puestos de trabajo por funcionarios con habilitación de carácter nacional, por cualquiera de

las formas previstas en la legislación aplicable a la materia, determinará automáticamente el cese de los funcio-narios interinos que los viniesen desempeñando.

Igualmente, son causas de cese además de las generales de pérdida de la condición de funcionario de carre-ra contenidas en el artículo 63 del Texto Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprue-ba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la reincorporación del funcionario susti-tuido, la finalización de la causa que dio lugar al nombramiento interino y la remoción del mismo por deficiente prestación de funciones o rendimiento insuficiente.

En el supuesto de cese por deficiente prestación de funciones o rendimiento insuficiente, el expediente de re-moción se iniciará por la Entidad Local interesada mediante resolución debidamente motivada, la Dirección Ge-neral de Administración Local dará audiencia al interesado para formular las alegaciones que estime pertinentes durante el plazo de diez días y resolución del mismo por el órgano que efectuó el nombramiento. Este expediente administrativo contradictorio no tendrá carácter disciplinario.

Decimosegunda.— Régimen jurídico. A la presente convocatoria le será de aplicación lo establecido en el Re-al Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local; el Real Decreto Legisla-tivo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Adminis-tración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funciona-rios de Administración Local; la Orden APU/1461/2002, de 6 de junio, por la que se establecen las normas para la selección y nombramiento de personal funcionario interino; la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efec-tiva de Hombres y Mujeres; Ley 39/2015, d 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Admi-nistraciones Públicas, Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del sector público, y demás legislación general sobre función pública y función pública local. Así como los artículos 241 y 242 de la Ley 7/1999, de Ad-ministración Local de Aragón y demás normativa de la Comunidad Autónoma de Aragón. Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo, en su caso, al recurso contencioso-administrativo que podrá interponer-se ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de pu-blicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Regula-dora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

En Cañada de Benatanduz a 4 de junio de 2019.- Firmado El Alcalde, D. Juan Antonio Monserrate Plana Anexo I DATOS PERSONALES: PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO NOMBRE D.N.I.

TELEFONO CONTACTO CORREO ELECTRONICO

DOMICILIO, CALLE, PLA-ZA….

MUNICIPIO PROVINCIA CODIGO POSTAL

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AUTORIZACION EXPRESA PARA COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS: AUTORIZO como medio de comunicac ión pre ferente e l s iguiente correo e lec trónico: CORREO ELECTRONICO Asimismo adjunto los siguiente/es certificado/os de haber superado el/los ejercicio/os correspondientes en las

oposiciones convocadas por el Ministerio (últimas tres convocatorias), para el ingreso en cualquiera de las sub-escalas de funcionarios de administración local con habilitación nacional, expedidas por el Ministerio competente (Solo si procede, en tal caso hacer autobaremación):

1.- __________________________________________ 2.- __________________________________________ El abajo firmante solicita ser admitido a la convocatoria a que se refiere la presente instancia y DECLARA que

son ciertos los datos consignados en ella, y que reúne las condiciones exigidas y especialmente señaladas en la convocatoria antes citada, comprometiéndose a probar documentalmente los datos que figuran en esta solicitud. Así mismo declara conocer y aceptar las bases generales de la convocatoria

En a de de 2019. El solicitante, Anexo II Programa de materias para la Subescala de Secretaría-Intervención 1. Programa de materias (81 temas). En temario se entiende que incluye toda la legislación aragonesa, a título de ejemplo: Ley 7/1999, de 9 de

abril, de Administración Local de Aragón… etc. 1.1Temas jurídicos (68 temas): Tema 1. Estado social y democrático. Modelos, políticas y problemas actuales del Estado del bienestar. Tema 2. La transición española a la democracia. El consenso constitucional de 1978. La consolidación demo-

crática. Tema 3. Gobiernos, partidos y sistemas de partidos en la España democrática. Sociedad civil y grupos de in-

terés en España. Participación política y ciudadanía. Tema 4. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido esencial. La constitucionalización del prin-

cipio de estabilidad presupuestaria. La reforma constitucional. Tema 5. Los derechos y deberes fundamentales. La protección y suspensión de los derechos fundamentales.

La Corona. Atribuciones según la Constitución. Tema 6. Las Cortes Generales. Composición y funciones. Regulación y funcionamiento de las Cámaras: los

reglamentos parlamentarios. Órganos de control dependientes de las Cortes Generales: El Defensor del Pueblo y el Tribunal de Cuentas.

Tema 7. El Gobierno en el sistema constitucional español. El Presidente del Gobierno. El control parlamenta-rio del Gobierno. El Gobierno: composición, organización y funciones.

Tema 8. El Poder Judicial. Regulación constitucional de la justicia. La Ley Orgánica del Poder Judicial. La Ley de Demarcación y de Planta Judicial. El Consejo General del Poder Judicial: designación, organización y funcio-nes. La organización de la Administración de Justicia en España: órdenes jurisdiccionales, clases de órganos jurisdiccionales y sus funciones. Conflictos de jurisdicción y de competencia.

Tema 9. El Tribunal Constitucional en la Constitución y en su Ley Orgánica. Composición, designación y orga-nización. Funciones del Tribunal Constitucional.

Tema 10.La Administración Pública en la Constitución. El derecho administrativo básico dictado en virtud del artículo 149.1.18 de la Constitución. El desarrollo legal llevado a cabo por las Comunidades Autónomas.

Tema 11. La Administración General del Estado: disposiciones legales y su normativa de desarrollo. La es-tructura departamental y los órganos superiores. La Organización territorial de la Administración General del Es-tado. Los Delegados y Subdelegados del Gobierno. Directores Insulares.

Tema 12. Las formas de organización territorial del Estado. El Estado autonómico. Naturaleza jurídica y prin-cipios. Las formas de acceso a la autonomía en la Constitución española.

Tema 13. El proceso estatuyente: los Estatutos de Autonomía. La organización política y administrativa de las Comunidades Autónomas. La reforma de los Estatutos de Autonomía. El sistema de la distribución de competen-cias y las relaciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas.

Tema 14. La Administración Local: entidades que la integran. Evolución de la normativa básica de régimen lo-cal. El marco competencial de las Entidades Locales.

Tema 15. La Administración Instrumental. Los organismos públicos. Organismos autónomos y entidades pú-blicas empresariales. Sociedades mercantiles y fundaciones públicas. Otro tipo de entidades públicas para la gestión de los servicios públicos.

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Tema 16. La Unión Europea: origen y evolución. El proceso de integración de España. Instituciones y Orga-nismos de la Unión Europea: composición, funcionamiento y competencias. La Unión económica y monetaria.

Tema 17 El Comité de las Regiones. El Congreso de Poderes Locales y Regionales de Europa. La coopera-ción y el asociacionismo internacional de las Entidades locales. La Carta Europea de la Autonomía Local. Conte-nido. Posición y significación en el ordenamiento jurídico español.

Tema 18. El ordenamiento jurídico-administrativo (I): el derecho de la Unión Europea: Tratados y Derecho de-rivado. La Constitución. Las Leyes estatales y autonómicas. Tipos de disposiciones legales. Los Tratados Inter-nacionales.

Tema 19. El ordenamiento jurídico-administrativo (II). El reglamento: concepto y clases. La potestad reglamen-taria. Procedimiento de elaboración. Límites. El control de la potestad reglamentaria.

Tema 20. El administrado versus ciudadano: concepto y clases. La capacidad de los ciudadanos y sus causas modificativas. El Estatuto del ciudadano: derechos subjetivos e intereses legítimos, diferencias entre ambos con-ceptos y obligaciones.

Tema 21. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. Requisitos: la motivación y forma. Tema 22. La eficacia de los actos administrativos: el principio de autotutela declarativa. Condiciones. La notifi-

cación: contenido, plazo y práctica. La notificación defectuosa. La publicación. La aprobación por otra Administra-ción. La demora y retroactividad de la eficacia. La ejecutividad de los actos administrativos. La coacción adminis-trativa directa. La vía de hecho.

Tema 23. La invalidez del acto administrativo. Supuestos de nulidad de pleno derecho y anulabilidad. El prin-cipio de conservación del acto administrativo. La revisión de actos y disposiciones por la propia Administración: supuestos. La acción de nulidad, procedimiento, límites. La declaración de lesividad. La revocación de actos. La rectificación de errores materiales o de hecho.

Tema 24. Disposiciones generales sobre el procedimiento administrativo. Los medios electrónicos aplicados al procedimiento administrativo común. La iniciación del procedimiento: clases, subsanación y mejora de solicitu-des. Presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones. Los registros administrativos. Términos y plazos: cómputo, ampliación y tramitación de urgencia. Ordenación. Instrucción: intervención de los interesados, prueba e informes. Singularidades del procedimiento administrativo de las Entidades Locales.

Tema 25. Terminación del procedimiento. La obligación de resolver. Contenido de la resolución expresa: prin-cipios de congruencia y de no agravación de la situación inicial. La terminación convencional. La falta de resolu-ción expresa: el régimen del silencio administrativo. El desistimiento y la renuncia. La caducidad. La tramitación simplificada del procedimiento administrativo común.

Tema 26. Recursos administrativos: principios generales. Actos susceptibles de recurso administrativo. Reglas generales de tramitación de los recursos administrativos. Clases de recursos. Procedimientos sustitutivos de los recursos administrativos: conciliación, mediación y arbitraje.

Tema 27. La Jurisdicción contencioso-administrativa. Naturaleza, extensión y límites. Órganos de la jurisdic-ción y sus competencias. Las partes: legitimación. El objeto del recurso contencioso administrativo. El procedi-miento y la finalización del mismo: las sentencias.

Tema 28. La potestad sancionadora: concepto y significado. Principios del ejercicio de la potestad sanciona-dora. Especialidades del procedimiento en materia sancionadora. Medidas sancionadoras administrativas. Espe-cial referencia a la potestad sancionadora local.

Tema 29. Los contratos del sector público: objeto y ámbito de la Ley de Contratos del Sector Público. Tipos de contratos del Sector Público. Contratos sujetos a regulación armonizada. Régimen jurídico de los contratos admi-nistrativos y los de derecho privado; los actos separables. Los principios generales de la contratación del sector público: racionalidad, libertad de pactos y contenido mínimo, perfección y forma, el régimen de invalidez de los contratos y el recurso especial en materia de contratación.

Tema 30. Las partes en los contratos del sector público. Los órganos de contratación. La capacidad y solven-cia de los contratistas. Prohibiciones. Clasificación. La sucesión del contratista.

Tema 31. Preparación de los contratos por las Administraciones Públicas. El precio, el valor estimado. La revi-sión de precios. Garantías en la contratación del sector público. Clases de expedientes de contratación. Procedi-mientos y formas de adjudicación de los contratos. Criterios de adjudicación. Perfeccionamiento y formalización de los contratos administrativos. Ejecución y modificación de los contratos administrativos. Prerrogativas de la Administración. Extinción. La cesión de los contratos y la subcontratación.

Tema 32. El contrato de obras. Actuaciones administrativas preparatorias. Formas de adjudicación. Ejecución, modificación y extinción. La cesión del contrato y subcontrato de obras. Ejecución de obras por la propia Adminis-tración. El contrato de concesión de obra pública.

Tema 33. El contrato de gestión de servicios públicos. El contrato de suministros. El contrato de servicios. El contrato de colaboración entre el sector público y privado.

Tema 34. La expropiación forzosa. Sujetos, objeto y causa. El procedimiento general. Garantías jurisdicciona-les. La reversión expropiatoria. Tramitación de urgencia. Procedimientos especiales.

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Tema 35. La responsabilidad de la Administración pública: caracteres. Los presupuestos de la responsabili-dad. Daños resarcibles. La acción de responsabilidad. Principio del procedimiento administrativo en materia de responsabilidad. La responsabilidad patrimonial de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones públicas.

Tema 36. El patrimonio de las Administraciones públicas. Las propiedades públicas: tipología. El dominio pú-blico, concepto, naturaleza y elementos. Afectación y mutaciones demaniales. Régimen jurídico del dominio pú-blico. Utilización: reserva y concesión. El patrimonio privado de las Administraciones Públicas.

Tema 37. El Régimen local: significado y evolución histórica. La Administración Local en la Constitución. El principio de Autonomía Local: significado, contenido y límites.

Tema 38. Las fuentes del Derecho Local. Regulación básica del Estado y normativa de las Comunidades Au-tónomas en materia de Régimen Local. La incidencia de la legislación sectorial sobre el régimen local. La potes-tad reglamentaria de las entidades locales: Reglamentos y Ordenanzas. Procedimiento de elaboración. El Re-glamento orgánico. Los Bandos.

Tema 39. El Municipio: Concepto y elementos. El término municipal: el problema de la planta municipal. Alte-raciones de términos municipales. Legislación básica y legislación autonómica. La población municipal. El Padrón de habitantes. El estatuto de los vecinos. Derechos de los extranjeros.

Tema 40. La organización municipal. Órganos necesarios: Alcalde, Tenientes de Alcalde, Pleno y Junta de Gobierno Local. Órganos complementarios: Comisiones Informativas y otros órganos. Los grupos políticos y los concejales no adscritos. La participación vecinal en la gestión municipal. El concejo abierto. Otros regímenes especiales. Especialidades del régimen orgánico-funcional en los municipios de gran población.

Tema 41. Las competencias municipales: sistema de determinación. Competencias propias, delegadas y competencias distintas de las propias. La sostenibilidad financiera de la hacienda local como presupuesto del ejercicio de las competencias. Los convenios sobre ejercicio de competencias y servicios municipales. Los servi-cios mínimos.

Tema 42. La provincia como entidad local. Organización y competencias. La cooperación municipal. Las rela-ciones entre las Comunidades Autónomas y las Diputaciones Provinciales. Regímenes especiales. Las Islas: los Consejos y Cabildos Insulares. La coordinación en la prestación de determinados servicios por las Diputaciones Provinciales. Entidades locales de ámbito inferior al municipio. Las comarcas. Las mancomunidades de munici-pios. Las áreas metropolitanas. Los consorcios: régimen jurídico.

Tema 43. El sistema electoral local. Causas de inelegibilidad e incompatibilidad. Elección de los Concejales y Alcaldes. Elección de Diputados Provinciales y Presidentes de Diputaciones provinciales. Elección de Consejeros y Presidentes de Cabildos y Consejos Insulares. La moción de censura y la cuestión de confianza en el ámbito local. El recurso contencioso-electoral. El Estatuto de los miembros electivos de las Corporaciones locales.

Tema 44. Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos de gobierno local. Actas, certificaciones, comuni-caciones, notificaciones y publicación de los acuerdos. El Registro de documentos. La utilización de medios tele-máticos.

Tema 45. Las formas de acción administrativa de las entidades locales. El fomento: estudio especial de las subvenciones. La actividad de policía: la intervención administrativa local en la actividad privada. Las autorizacio-nes administrativas: sus clases. El régimen de las licencias. La comunicación previa y la declaración responsable.

Tema 46. La iniciativa económica de las Entidades locales y la reserva de servicios en favor de las Entidades locales. El servicio público en las entidades locales. Concepto. Las formas de gestión de los servicios públicos locales. Las formas de gestión directa e indirecta. Especial referencia a la concesión de servicios públicos.

Tema 47. El patrimonio de las entidades locales: bienes y derechos que lo conforman. Clases. Bienes de do-minio público. Bienes patrimoniales. Prerrogativas y potestades de las entidades locales en relación con sus bie-nes. Los bienes comunales. El inventario. Los montes vecinales en mano común.

Tema 48. Evolución histórica de la legislación urbanística española: desde la Ley del Suelo de 1956 hasta el Texto Refundido de 2015. El marco constitucional del urbanismo. La doctrina del Tribunal Constitucional. Compe-tencias del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales.

Tema 49. El Derecho Financiero: Concepto y contenido. La Hacienda Local en la Constitución. El régimen ju-rídico de las Haciendas locales: criterios inspiradores del sistema de recursos y principios presupuestarios.

Tema 50. El Presupuesto General de las Entidades Locales: concepto y contenido. Especial referencia a las bases de ejecución del presupuesto. La elaboración y aprobación del Presupuesto General. La prórroga presu-puestaria.

Tema 51. La estructura presupuestaria. Los créditos del presupuesto de gastos: delimitación, situación y nive-les de vinculación jurídica. Las modificaciones de crédito: clases, concepto, financiación y tramitación.

Tema 52. La ejecución del presupuesto de gastos y de ingresos: sus fases. Los pagos a justificar. Los antici-pos de caja fija. Los gastos de carácter plurianual. La tramitación anticipada de gastos. Los proyectos de gasto. Los gastos con financiación afectada: especial referencia a las desviaciones de financiación.

Tema 53. La liquidación del presupuesto. Tramitación. Los remanentes de crédito. El resultado presupuesta-rio: concepto, cálculo y ajustes. El remanente de tesorería: concepto y cálculo. Análisis del remanente de tesore-

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ría para gastos con financiación afectada y del remanente de tesorería para gastos generales. La consolidación presupuestaria.

Tema 54. Estabilidad Presupuestaria y sostenibilidad financiera. Principios generales. Objetivos de estabilidad presupuestaria, de deuda pública y de la regla de gasto para las Corporaciones locales: establecimiento y conse-cuencias asociadas a su incumplimiento. Los Planes económico-financieros: contenido, tramitación y seguimien-to. Planes de ajuste y de saneamiento financiero. Suministro de información financiera de las Entidades Locales.

Tema 55. La tesorería de las Entidades Locales. Régimen jurídico. El principio de unidad de caja. Funciones de la tesorería. Organización. Situación de los fondos: la caja y las cuentas bancarias. La realización de pagos: prelación, procedimientos y medios de pago. El cumplimiento del plazo en los pagos: el período medio de pago. El estado de conciliación.

Tema 56. La planificación financiera. El plan de tesorería y el plan de disposición fondos. La rentabilización de excedentes de tesorería. Las operaciones de tesorería. El riesgo de tipos de interés y de cambio en las operacio-nes financieras.

Tema 57. La contabilidad de las entidades locales y sus organismos autónomos: los modelos normal, simplifi-cado y básico. Las Instrucciones de los modelos normal y simplificado de contabilidad local: estructura y conteni-do. Particularidades del modelo básico.

Tema 58. La Cuenta General de las Entidades Locales: contenido, formación, aprobación y rendición. Otra in-formación a suministrar al Pleno, a los órganos de gestión, a los órganos de control interno y a otras Administra-ciones Públicas.

Tema 59. Marco integrado de Control Interno (COSO). Concepto de control interno, y su aplicabilidad al sector público. El control interno de la actividad económico-financiera de las Entidades Locales y sus entes dependien-tes. La función interventora: ámbito subjetivo, ámbito objetivo y modalidades. Especial referencia a los reparos.

Tema 60. Los controles financiero, de eficacia y de eficiencia: ámbito subjetivo, ámbito objetivo, procedimien-tos e informes. La auditoría como forma de ejercicio del control financiero. Las Normas de Auditoría del sector público.

Tema 61. El control externo de la actividad económico-financiera del sector público local. La fiscalización de las entidades locales por el Tribunal de Cuentas y los órganos de control externo de las Comunidades Autóno-mas. Las relaciones del Tribunal de Cuentas y los órganos de control externo de las Comunidades Autónomas. La responsabilidad contable: concepto y régimen jurídico.

Tema 62. Los recursos en el marco de la legislación de las Haciendas Locales: de municipios, provincias y otras entidades locales. Regímenes especiales. Los ingresos de derecho privado. Las subvenciones y otros in-gresos de derecho público.

Tema 63. La gestión, liquidación y recaudación de los recursos de las Haciendas Locales. La devolución de ingresos indebidos. El procedimiento de recaudación en período voluntario y ejecutivo. La revisión en vía admi-nistrativa de los actos de gestión tributaria dictados por las Entidades Locales, en municipios de régimen común y de gran población. La gestión y recaudación de recursos por cuenta de otros entes públicos.

Tema 64. La participación de municipios y provincias en los tributos del Estado y de las Comunidades Autó-nomas. La cooperación económica del Estado y de las Comunidades Autónomas a las inversiones de las Entida-des locales. Los Fondos de la Unión Europea para Entidades locales.

Tema 65. Los derechos constitucionales de los empleados públicos. Políticas de igualdad y contra la violencia de género en las Administraciones Públicas. Políticas dirigidas a la atención a personas con discapacidad y/o dependientes.

Tema 66. El personal al servicio de las Entidades Locales: Clases y régimen jurídico. Los instrumentos de or-ganización del personal: plantillas y relaciones de puestos de trabajo. Los instrumentos reguladores de los recur-sos humanos: la oferta de empleo, los planes de empleo y otros sistemas de racionalización. El acceso a los empleos locales: sistemas de selección y provisión.

Tema 67. Los derechos de los funcionarios locales. Derechos individuales. Especial referencia a la carrera administrativa y a las retribuciones. El régimen de Seguridad Social. Los deberes de los funcionarios locales. El régimen disciplinario. El régimen de responsabilidad civil, penal y patrimonial. El régimen de incompatibilidades.

Tema 68. Régimen Jurídico de los funcionarios de habilitación con carácter nacional. Los puestos de trabajo de secretaría, intervención y tesorería. Clasificación de los puestos y funciones de los mismos.

1.2 Temas de organización, planificación y dirección (13 temas): Tema 69. El paradigma burocrático como sistema de gestión: evolución y crisis. Las nuevas orientaciones de

la gestión pública. Gobierno en red. Tema 70. Gestión del conocimiento en las Administraciones Públicas. El impacto de las nuevas tecnologías.

La administración electrónica. «Smart cities». Tema 71. La función directiva. Sus particularidades en la gestión pública. El directivo público local. Tema 72. Las políticas públicas como enfoque de análisis. Clasificación y comparación de las políticas públi-

cas. Actores y redes de actores. La formulación clásica del ciclo de las políticas públicas.

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Tema 73. La planificación de la gestión pública. La planificación estratégica y operativa. Su aplicación a los gobiernos locales.

Tema 74. El Presupuesto como instrumento de planificación, como instrumento de administración y gestión y como mecanismo general de coordinación. El ciclo presupuestario y sus fases. La estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad financiera.

Tema 75. La Planificación de recursos humanos: instrumentos. Selección, formación y evaluación de los re-cursos humanos.

Tema 76. La racionalización de estructuras y procesos para la orientación a resultados en apoyo a la mejora continua. La gestión de la calidad en las Administraciones Públicas.

Tema 77. Nuevas formas de gestión de los servicios públicos locales, partenariados público-privados y gestión de alianzas y redes.

Tema 78. La innovación social como elemento de transformación y empoderamiento ciudadano. Eficiencia so-cial de los ingresos y gastos públicos.

Tema 79. Sistemas de información para la dirección y la gestión. La información como recurso para la Admi-nistración Pública. La protección de los datos de carácter personal.

Tema 80. La centralidad del ciudadano. Participación ciudadana. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: Real Decreto 919/2014, de 31 de octubre, por el que se aprueba por su estatuto. Funciones. La Oficina de Transparencia y Acceso a la Información (OTAI): Funciones. El Portal de Transparencia. Las Unidades de Infor-mación y Transparencia (UITS): Funciones. La transparencia y el acceso a la información en las Comunidades Autónomas y Entidades Locales. Gobierno abierto.

Tema 81. La buena administración orientada al bien común. La dimensión ética del personal al servicio de la Administración Pública. Códigos de buen gobierno. El código europeo de buena conducta administrativa.

2. Temas de Materias jurídicas (40 temas): Tema 1.Los principios de la organización administrativa: La competencia y sus técnicas de traslación. La je-

rarquía, la coordinación y el control. Conflicto de atribuciones. Tema 2.La potestad organizatoria de la Administración. Creación, modificación y supresión de los órganos

administrativos. Clases de órganos. Especial referencia a órganos colegiados. Tema 3.Las relaciones interadministrativas. Principios. Colaboración, cooperación y coordinación. La sustitu-

ción y la disolución de Corporaciones locales. Impugnación de los actos y acuerdos locales y ejercicio de accio-nes.

Tema 4.Régimen urbanístico de la propiedad del suelo. Contenido del derecho de propiedad del suelo: facul-tades, deberes y cargas. Criterios de utilización del suelo en la normativa básica. Especial referencia a la situa-ción de suelo rural y urbanizado: facultades y deberes en cada tipo de suelo. Criterios de valoración.

Tema 5.Las actuaciones de transformación urbanística y edificatoria: tipos y fundamento. Deberes vinculados a la promoción de las actuaciones de transformación urbanísticas y de las actuaciones edificatorias.

Tema 6.La ordenación del territorio. La Carta europea de Ordenación del Territorio. La Estrategia Territorial Europea. Ordenación del Territorio y urbanismo: problemas de articulación. Los instrumentos de ordenación terri-torial y su incidencia urbanística. Actuaciones de interés regional autonómicas y la planificación territorial auto-nómica supramunicipal.

Tema 7. Instrumentos de planeamiento general a la luz de la normativa autonómica: planes generales y nor-mas subsidiarias y complementarias. Planes de Ordenación intermunicipal y planes de sectorización. Municipios sin ordenación: proyectos de delimitación del suelo urbano y normas de aplicación directa.

Tema 8. Planeamiento de desarrollo a la luz de la normativa autonómica. Planes Parciales. Estudios de Deta-lle. Planes de Reforma Interior. El planeamiento especial. Las Ordenanzas urbanísticas.

Tema 9. Elaboración y aprobación de planes a la luz de la normativa autonómica. Competencia y procedi-miento. Efectos de la aprobación. Iniciativa y colaboración de los particulares. Publicidad. Modificación y revisión de planes.

Tema 10.Ejecución del planeamiento. Presupuestos de la ejecución. Los diversos sistemas de actuación: elección del sistema. El principio de equidistribución y sus técnicas: áreas de reparto y unidad de ejecución. Aprovechamiento medio y tipo. El programa de actuación. El proyecto de urbanización.

Tema 11. El sistema de compensación y asimilados en la normativa autonómica. Estatutos y bases de actua-ción de la Junta de Compensación. Sistema de cooperación. La reparcelación. Sistema de expropiación. Otros sistemas de ejecución urbanística. Obtención de terrenos dotacionales.

Tema 12. Expropiaciones urbanísticas. Supuestos expropiatorios. Procedimientos de tasación individual y conjunta. Supuestos indemnizatorios. Las valoraciones urbanísticas.

Tema 13. Instrumentos de intervención en el mercado del suelo. Los patrimonios públicos de suelo: especial referencia al régimen jurídico del Patrimonio Municipal del suelo.

Tema 14. Las áreas de reserva. Derechos de tanteo y retracto y de readquisición preferente. El derecho de superficie. Los convenios urbanísticos: modalidades y características.

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Tema 15. Intervención administrativa en la edificación o uso del suelo. La autorización administrativa previa a través de la licencia urbanística: régimen jurídico con especial referencia al silencio administrativo. Otras técnicas autorizatorias: la comunicación previa o la declaración responsable. Las órdenes de ejecución. Deberes de con-servación y régimen de la declaración de ruina.

Tema 16. La inspección urbanística. Protección de la legalidad urbanística. Obras sin la preceptiva autoriza-ción administrativa o contrarias a sus condiciones. Autorizaciones ilegales. La restauración de la legalidad urba-nística. Infracciones y sanciones urbanísticas.

Tema 17. Los distintos niveles de la Hacienda Pública. Distribución de competencias y modelos de financia-ción. Las subvenciones intergubernamentales.

Tema 18. El sistema tributario estatal. Especial referencia a los impuestos sobre la renta y sobre el valor aña-dido.

Tema 19. La financiación de las Comunidades Autónomas: principios generales. Recursos de las Comunida-des Autónomas. Especial referencia a los tributos propios, tributos cedidos y Fondo de Compensación Interterrito-rial.

Tema 20. Los tributos locales: principios. La potestad reglamentaria de las Entidades locales en materia tribu-taria: contenido de las ordenanzas fiscales, tramitación y régimen de impugnación de los actos de imposición y ordenación de tributos. El establecimiento de recursos no tributarios.

Tema 21. La inspección de los tributos. Funciones y facultades. Actuaciones inspectoras. Infracciones y san-ciones tributarias. Procedimiento de inspección tributaria. La inspección de los recursos no tributarios.

Tema 22. El Impuesto sobre bienes inmuebles. Naturaleza. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones y bo-nificaciones. Base imponible: el valor catastral. Base liquidable. Cuota, devengo y período impositivo. Gestión catastral y gestión tributaria.

Tema 23. El Impuesto sobre actividades económicas: régimen jurídico. Especial referencia a las exenciones. El recargo provincial. El Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras: régimen jurídico.

Tema 24. El Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: régimen jurídico. El impuesto sobre el incremen-to de valor de los terrenos de naturaleza urbana: régimen jurídico.

Tema 25. El Crédito local. Clases de operaciones de crédito. Naturaleza jurídica de los contratos: tramitación. Las operaciones de crédito a largo plazo. Finalidad y duración. Competencia. Límites y requisitos para la concer-tación de operaciones de crédito a largo plazo. Operaciones de crédito a corto plazo. La concesión de avales por las entidades locales.

Tema 26. Actividad subvencional de las Administraciones Públicas. Procedimientos de concesión y gestión de las subvenciones. Reintegro de subvenciones. Control financiero. Infracciones y sanciones administrativas en materia de subvenciones.

Tema 27. Las competencias municipales en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. La regulación municipal de usos de las vías urbanas. El procedimiento sancionador en materia de tráfico.

Tema 28. Seguridad ciudadana y policía Local. Los Cuerpos de Policías Locales. Funciones. La coordinación de las Policías Locales. Protección Civil y las competencias municipales en la legislación sectorial estatal. Los servicios de prevención y extinción de incendios.

Tema 29. Las competencias de las Entidades Locales en materia de medio ambiente urbano (I). Parques y jardines públicos. La protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las zonas urbanas. El control ambiental de actividades en la normativa sectorial de aplicación. Especial referencia a la unidad de mercado en el ejercicio de actividades económicas. La inspección municipal.

Tema 30. Las competencias de las Entidades Locales en materia de medio ambiente urbano (II). La gestión de los residuos urbanos en la legislación sectorial de aplicación. El abastecimiento de agua y la evacuación y tratamiento de las aguas residuales.

Tema 31. Protección de la salubridad pública: las competencias atribuidas por la legislación de régimen local. Las competencias sanitarias de las Entidades Locales en la legislación sectorial estatal. Cementerios y activida-des funerarias. Policía sanitaria mortuoria.

Tema 32. Las ferias y mercados. La venta ambulante. Intervención municipal en espectáculos públicos, activi-dades recreativas y establecimientos públicos. Intervención municipal en el comercio y determinados servicios en los términos de la legislación sectorial. Especial referencia a la unidad de mercado en el ejercicio de actividades económicas.

Tema 33. Las competencias municipales en materia de servicios sociales. Los instrumentos de cooperación y coordinación interadministrativa en materia de servicios sociales. Las políticas municipales de juventud e igual-dad de género.

Tema 34. Las competencias en materia de transporte colectivo de viajeros. Los transportes urbanos. Las ex-periencias de gestión coordinada del transporte de viajeros en ámbitos supramunicipales. Los consorcios de transportes colectivos de viajeros.

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Tema 35. El alcance de las competencias locales en materia de educación. Los Consejos Escolares de ámbito local. La cultura. Las obligaciones de las Entidades Locales en materia de protección del patrimonio histórico-artístico. El deporte. La representación de las Entidades Locales en los órganos consultivos del deporte.

Tema 36. La participación de las Entidades Locales en la política de vivienda. Las políticas municipales del suelo y viviendas de protección pública. Patrimonio municipal del suelo como instrumento de gestión en la pro-moción de viviendas de protección pública. El Plan de Vivienda y los convenios interadministrativos de colabora-ción.

Tema 37. Competencias de las Entidades Locales en materia de turismo. Información y promoción de la acti-vidad turística de interés local. Municipios turísticos. Los medios de difusión de titularidad de las entidades Loca-les: alcance y competencia.

Tema 38. Las Sociedades mercantiles públicas. Su constitución. Control. Rendición de Cuentas. Diferencia-ción entre sociedades prestadoras de servicios y en régimen de actividad económica. Las Fundaciones: régimen jurídico.

Tema 39. El Derecho del Trabajo. El contrato de trabajo: elementos. Modificación, suspensión y extinción de la relación laboral. Derechos y deberes de trabajadores y empresarios. El salario.

Tema 40. Modalidades de la contratación laboral. Medidas para el fomento del empleo. Sindicación y repre-sentación. Los convenios colectivos. Conflictos colectivos. El derecho de huelga y su ejercicio.

Núm. 82.641

ANDORRA

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 29 de mayo de 2019 se han aprobado las ba-

ses para la constitución de una bolsa para cubrir por personal interino, el puesto de Técnico de Administración General del Ayuntamiento de Andorra (Teruel), mediante el sistema de concurso.

BASES POR LAS QUE SE RIGE LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA PROVISIÓN CON CARACTER INTERINO DE PUESTOS DE TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL AYUNTAMIENTO DE ANDO-RRA.

PRIMERO.- OBJETO 1.1.- Es objeto de las presentes bases convocar una bolsa para cubrir por personal interino, el puesto de Téc-

nico de Administración General, Grupo A1, u otras plazas de similares características, al efecto de cubrir las va-cantes producidas y hasta reincorporación de las mismas por sus titulares.

1.2.- La naturaleza contractual será personal interino y tendrá por objeto sustituir situaciones que puedan pro-ducirse en los supuestos de incapacidad temporal, interinidad hasta provisión definitiva, jubilación parcial, exce-dencias, vacaciones, licencias, acumulación de tareas y otras contingencias o permisos que afecten a dicho per-sonal.

1.3.- Las presentes bases se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel y, salvo que se disponga otra cosa, las sucesivas publicaciones se efectuarán en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Andorra así como en la página Web Municipal (www.ayuntamientoandorra.es)

1.4.- El presente procedimiento de selección es de tramitación urgente. SEGUNDO.- REQUISITOS 2.1 Para ser admitidos, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Tener la nacionalidad española o reunir, en su caso, los requisitos establecidos en el artículo 57 del Real

Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Bá-sico del Empleado Público.

b) Tener cumplidos la edad de 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administra-ciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para al acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal labo-ral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabili-tado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

d) No hallarse incurso en alguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad establecidos en la le-gislación vigente así como no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desarrollo de las correspondien-tes funciones debiendo poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del cargo.

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e) Estar en posesión del título, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presen-tación de instancias, una de las siguientes titulaciones: Licenciado en Derecho, Licenciado en Ciencias Políticas y de la Administración, Licenciado en Sociología, Licenciado en Administración y Dirección de Empresas, Licencia-do en Economía, Licenciado en Ciencias Actuariales y Financieras o el título de Grado correspondiente. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homolo-gación.

2.2.- Los requisitos establecidos en el apartado anterior deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias.

2.3.- La presentación de instancias por los aspirantes supone la aceptación íntegra de las presentes Bases. TERCERO.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES 3.1.- Las instancias (según Anexo I) solicitando tomar parte en el proceso selectivo, se dirigirán a la Sra. Al-

caldesa- Presidenta del Ayuntamiento de Andorra (Teruel), presentándose en el registro General del Ayuntamien-to o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedi-miento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 7 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia. Si el último día del plazo fuera festivo o inhábil se prorrogará al primer día hábil siguiente en aplicación del artículo 30.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La no pre-sentación en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

3.2.- Para ser admitido y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, bastará con que los aspirantes manifiesten, en sus solicitudes de participación, que reúnen todas y cada una de las condicio-nes exigidas en la Base Segunda, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presen-tación de instancias.

3.3.- La solicitud deberá ir acompañada por los siguientes documentos: a) Fotocopia compulsada del DNI o, en su caso, del pasaporte en vigor. b) Fotocopia compulsada de la titulación académica exigida en la Base Segunda. En caso de titulaciones ob-

tenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de los documentos acreditativos de su homologación en España.

c) Curriculum Vitae. d) Acreditar la Experiencia Laboral: Certificado de los servicios prestados en caso de haber trabajado para la

administración pública (indicando denominación plaza, periodo de duración, jornada) o bien a través de la pre-sentación de fotocopia de los contratos de trabajo realizados al efecto e informe de la vida laboral expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social.

e) Fotocopia compulsada de los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen: - Para acreditar los cursos de Formación: Deberá constar en los documentos el número de horas y el progra-

ma de los mismos. - Para acreditar la Titulación: Deberán aportar copia compulsada de la misma. Las Fotocopias deberán estar, en su caso, compulsadas tanto por su adverso como por su reverso. Los do-

cumentos presentados por los aspirantes objeto de baremación que carezcan de la correspondiente compulsa no serán causa de valoración por el órgano de selección.

3.4.- Finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se admitirá ninguna documentación adicional, pro-cediéndose a valorar por el tribunal únicamente los méritos que hayan sido documentados y presentados en di-cho plazo.

3.5.- De acuerdo con Ley 3/2018 de 5 de Diciembre de Protección de Datos Personales y Garantías de los Derechos Digitales, a través de estas bases, se informa a todos los interesados en participar en esta convocato-ria que los datos personales facilitados a través de la instancia y documentación aportada a los efectos, serán almacenados en el fichero de Recursos Humanos titularidad del Ayuntamiento de Andorra con la única facilidad de valorar su candidatura.

Asimismo, y a través también de estas bases, se informa de la posibilidad de que tales interesados tienen de-recho a ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación, en relación a sus datos personales, en los términos establecidos por la Agencia Española de Protección de Datos Personales, y dirigiéndose al Ayuntamien-to de Andorra, sito en plaza España, 1, 44500 Andorra (Teruel). Dichos datos no serán cedidos a terceros, salvo que la ley lo prevea o lo exija expresamente.

CUARTO.-ADMISION DE ASPIRANTES y CELEBRACIÓN DE PRUEBAS. 4.1.- Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía o, en su caso, la Junta de Gobierno Local por

delegación de aquella, dictará acuerdo declarando aprobada la lista provisional de los aspirantes admitidos y excluidos indicándose las causas de la exclusión. En dicha resolución, que se publicará en el tablón de Anuncios del Ayuntamiento así como en la Página Web municipal www.ayuntamientoandorra.es, se concederá un plazo de 3? días hábiles a los aspirantes excluidos para subsanar, en su caso, los defectos o errores en que pudieran haber incurrido que motive su exclusión, considerándose definitivamente aprobada dicha relación en caso de no presentarse reclamaciones.

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4.2.- Expirado el plazo señalado en el párrafo anterior, y si se hubieran presentado alegaciones, la Alcaldía o, en su caso, la Junta de Gobierno Local por delegación de aquella resolverá las mismas y dictará acuerdo elevan-do a definitiva la lista de aspirantes admitidos y excluidos. Dicha resolución se publicará en el tablón de edictos y en la Página Web Municipal www.ayuntamientoandorra.es. En la misma publicación se hará constar la composi-ción del Tribunal Calificador y el día, hora y lugar de comienzo de las pruebas selectivas.

4.3 Procedimiento de Selección.- .El procedimiento de selección será el concurso. 1) Baremo de méritos: Se podrán obtener hasta diez puntos. 1.1.- Por haber superado alguno o algunos de los ejercicios de las pruebas selectivas convocadas para el ac-

ceso a los puestos de a) secretaría, intervención o secretaría-intervención: 1,5 puntos por cada ejercicio, hasta un máximo de 3 pun-

tos. b) técnico de administración general de administración local o puestos de similar categoría (Grupo A1): 1 pun-

to por cada ejercicio, hasta un máximo de 2 puntos. 1.2.- Por experiencia profesional desarrollada en la administración: A) En puestos reservados a la misma o superior subescala y categoría: 0,04 puntos por mes completo o frac-

ción hasta un máximo de 2 puntos. B) En puestos reservados a inferior subescala y categoría: 0,02 puntos por mes completo o fracción hasta un

máximo de 0,5 puntos. 1.3.- Por la realización de cursos impartidos por centros oficiales de formación en los siguientes sectores: ur-

banismo, informática, gestión económica financiera, tesorería y recaudación, contabilidad, legislación general y sectorial relacionada con la Administración local, hasta un máximo de 1,5 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:

A) Cursos hasta 20 horas: 0,10 puntos. B) Cursos de 21 a 41 horas: 0,20 puntos. C) Cursos de 41 a 60 horas: 0,30 puntos. D) Cursos de 61 a 80 horas: 0,40 puntos. E) Cursos de 81 a 200 horas: 0,50 puntos. F) Cursos de más de 201 horas: 0,60 puntos. 1.4.- Diploma de Especialización en Derecho Local de Aragón (antes Postgrado de Especialización en Dere-

cho Local de Aragón): 1 punto. 1.5.- Otros Diplomas o Postgrados relacionados con el puesto de trabajo: 1 punto. 2). Los méritos se acreditarán por los aspirantes mediante certificados y títulos originales emitidos por los ór-

ganos competentes o fotocopias debidamente compulsadas. 4.4. Criterios a tener en cuenta, en su caso, en la selección a realizar: 1. Redondeo en puntuación.- Se determina que en las operaciones aritméticas de suma que se realicen en la

valoración de criterios a aplicar según las bases de la convocatoria, si se diera un tercer decimal, si éste fuera 5 o superior se redondearía la cifra de los dos primeros decimales incrementando una unidad, y siendo menor de 5 el tercer decimal se redondearía, sin tenerlo en cuenta, a la cifra de los dos primeros decimales.

2. Acreditación de servicios por experiencia: Sólo se tendrá en cuenta si así se acredita por certificado de la Administración correspondiente, donde se

hará constar la categoría del puesto de trabajo desempeñado totalizado por años, meses y días, acompañado de informe de vida laboral y copia de contrato o acta de toma de posesión y cese.

3. Cómputo de plazos: Los meses se computarán entendiéndolos completos cuando se aprecie de que su ex-tensión abarca de fecha a fecha.

4. Empate de puntuación: En caso de producirse empate en la puntuación entre dos o más candidatos, se considerará preferente entre ellos aquel cuya solicitud para tomar parte en el presente proceso selectivo tuviera fecha anterior a los demás, y en caso de ser idéntica la fecha: anterior número de registro de entrada en la admi-nistración en que se hubiera presentado.

B) Entrevista Personal. En ella se valorarán los conocimientos del solicitante en la Administración Local y se indagará sobre la práctica profesional del candidato. La puntuación máxima será de 5 puntos.

QUINTO.- TRIBUNAL. 5.1.- El Tribunal calificador será nombrado por la Sr. Alcaldesa-Presidenta o, en su caso, por la Junta de Go-

bierno Local por delegación de aquella y, estará constituido por cinco miembros; - Presidente: Secretaria de la Corporación. - Vocales: o Un funcionario de otra Administración Local (Ayuntamientos, Diputación, Provincial, Comarca…) o Un funcionario del INAP. o Un funcionario del Ayuntamiento de Andorra - Secretario: El del Ayuntamiento o persona en quien delegue.

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5.2.- Los Vocales podrán ser funcionarios de este Ayuntamiento o de otras administraciones públicas, siempre que posean una titulación igual o superior a la requerida para los puestos de trabajo que deban proveerse y per-tenecer al mismo grupo o grupos superiores.

5.3.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá asimismo, a la paridad entre mujer y hombre. El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección. La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en represen-tación o por cuenta de nadie.

5.4.- En todo caso, el Tribunal estará integrado por los respectivos suplentes que serán designados simultá-neamente.

5.5.- Este órgano no podrá constituirse ni actuar sin hallarse presentes un número de miembros equivalente o superior a la mayoría absoluta del número de miembros que lo compone ni sin hallarse presentes el Presidente y el Secretario. Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes, resolviendo en caso de empate el voto de calidad del Presidente del Tribunal.

5.6.- Su actuación se ajustará estrictamente a las presentes bases, no obstante, resolverá las dudas que sur-jan en su aplicación y podrá tomar los acuerdos que correspondan para aquellos supuestos no previstos en las Bases. La Alcaldesa-Presidenta de la Corporación o, en caso de delegación la Junta de Gobierno Local resolverá de acuerdo con la propuesta del Tribunal, que tendrá carácter vinculante.

5.7.- De la correspondiente sesión o sesiones se levantará la oportuna acta, publicándose en el Tablón de Anuncios de la Corporación así como en la página Web del Ayuntamiento de Andorra.

5.8.- En caso de creerlo necesario el Tribunal podrá recabar la ayuda de asesores técnicos, los cuales tendrán voz pero no voto limitándose a cumplir la función para la que en su caso sean designados, asesorando al Tribu-nal en el momento y sobre las cuestiones que específicamente éste les plantee.

5.9.- La Abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

SEXTO.- ASPIRANTE El aspirante que resulte seleccionado deberá presentar ante la Corporación la siguiente documentación: - fotocopia del Documento Nacional de identidad, - fotocopia de los documentos acreditativos de poseer la titulación exigida como requisito para el acceso, - declaración de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier admi-

nistración pública y de no encontrarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones correspondientes, - declaración de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de las funciones y, - declaración de no estar dentro de las causas de incompatibilidad del personal al servicio de las Adminis-

traciones Públicas, conforme a lo establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.

El candidato nombrado deberá tomar posesión en el plazo de cinco días hábiles desde el siguiente al de la re-cepción en la Corporación de la resolución por la que se efectúa el nombramiento.

El funcionario interino cesará en el desempeño del puesto, una vez se reincorpore a su puesto de trabajo el funcionario titular de la plaza.

SÉPTIMO – RELACIONES DE CANDIDATOS/AS El Tribunal calificador propondrá a la Sra. Alcaldesa, el candidato seleccionado y, el resto como suplentes or-

denados según la puntuación obtenida, procediendo posteriormente la Sra. Alcaldesa a resolver el nombramiento que se hará público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

El resto de candidatos configurarán por orden de puntuación una bolsa de empleo para la contratación tempo-ral en vacantes que se puedan producir en el Ayuntamiento de Andorra en el puesto de Técnico de Administra-ción General u otras plazas de similares características, para las situaciones que puedan producirse en los su-puestos de incapacidad temporal, interinidad hasta provisión definitiva, jubilación parcial, excedencias, vacacio-nes, licencias, acumulación de tareas y otras contingencias o permisos que afecten a dicho personal.

OCTAVO.- CONSTITUCION BOLSA DE EMPLEO Y VIGENCIA 8.1. Las personas integrantes de las Bolsas de Empleo, ocuparán el puesto de la lista que le corresponda,

atendiendo a la puntuación obtenida en el proceso selectivo utilizado para su constitución, debiendo aparecer, junto al número del puesto ocupado, la puntuación que ostenta dentro del listado.

8.2. Todas las personas que superen el proceso de selección serán incluidas en una bolsa de empleo para las futuras contrataciones que resulten necesarias a fin de cubrir vacantes temporalmente, y serán llamadas siguien-do el orden establecido en el listado correspondiente. El funcionamiento de la Bolsa de Empleo se ajustará a los principios de igualdad de oportunidades y principio de no discriminación.

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8.3. La renuncia inicial a un nombramiento, o la renuncia durante la vigencia del mismo, no darán lugar a la exclusión de la Bolsa de Empleo, pero ocasionará un cambio de lugar del puesto, dentro de la misma, pasando a ocupar el último puesto como integrante de la Bolsa.

Son causas que justifican la renuncia a un nombramiento y que implican el mantenimiento dentro de la Bolsa de Empleo:

— Estar en situación de ocupado, prestando servicios en el Ayuntamiento como personal contratado, en cual-quiera de las formas admitidas en derecho, laboral o funcionario interino.

— Estar en situación de Suspensión por accidente, baja por enfermedad, intervención quirúrgica, internamien-to hospitalario, maternidad, embarazo de alto riesgo y situación de riesgo o necesidad acreditada por facultativo que exija la lactancia natural de menores de nueve meses.

— La acreditación documentada de la finalización de tal circunstancia dará lugar a la reposición en el mismo lugar del orden de lista en las Bolsas de Empleo en que se encontrara la persona afectada.

— Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo. 8.4. Las personas incluidas en la Bolsa de Trabajo tendrán que presentar datos personales suficientes que

permitan su pronta localización, siendo responsables de que estén actualizados en todo momento. Una vez realizado el intento de localización por medio de la comunicación telefónica, la telegráfica con acuse

de recibo o el correo electrónico con acuse de recepción, si no fuese posible el contacto en veinticuatro horas se acudirá a la persona siguiente. Si se opta por la comunicación telefónica, se realizarán un mínimo de tres intentos de contacto entre las 9:00 y las 14:00 horas, con un intervalo de sesenta minutos entre cada llamada.

Quedará anotación escrita de lo que se indica en este número en el servicio correspondiente, dándose trasla-do inmediato de informe escrito al Secretario de la Corporación para conocimiento y constancia.

La persona integrante de la Bolsa de Empleo que reciba propuesta de nombramiento, en los términos descri-tos anteriormente, deberá proceder a la aceptación o rechazo de la misma, en un periodo máximo de 24 horas, salvo que por circunstancias excepcionales o de fuerza mayor.

8.5. Las personas integrantes de la Bolsa de Empleo que finalicen el nombramiento ofertado por el Ayunta-miento, pasarán a formar parte de la bolsa, pasando a ocupar el último puesto correspondiente de la Bolsa de Empleo.

8.6. Esta bolsa de empleo tendrá una vigencia máxima de tres años. 8.7. La Bolsa de Empleo debidamente actualizada se encontrará publicada de forma permanente en la sede

electrónica municipal. NOVENO.- IMPUGNACIÓN Y LEGISLACIÓN APLICABLE Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley

39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El llamamiento se realizará siguiendo el orden de puntuación que haya sido obtenido por los aspirantes. Noti-

ficado el mismo, el plazo para que se presente será de tres días. Contra la convocatoria y sus bases, que ponen fin a la vía administrativa, se podrá interponer por los interesa-

dos recurso de reposición previo al contencioso-administrativo en el plazo de un mes ante la Alcaldía, de confor-midad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Teruel, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del corres-pondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamen-te o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera estimar más conveniente a derecho.

En lo no previsto en las bases será de aplicación el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Em-pleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; el Reglamento General de In-greso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Ré-gimen Local aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; y la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

ANEXO I MODELO DE SOLICITUD PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO DE PROVISIÓN CON CARÁCTER INTER-

INO DE UN PUESTO DE TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL AYUNTAMIENTO DE ANDORRA. D./Dª..................................................., con DNI.................................., y lugar a efectos de comunicaciones y

notificaciones en ................................................. de la localidad ................. provincia ........................ C.P. ............. y teléfono ……........., EXPONGO:

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Que deseo ser admitido/a en el proceso de selección para la provisión con carácter interina de la plaza de TAG del Ayuntamiento de Andorra, conforme consta en el encabezamiento y cuya convocatoria ha sido publicada en el “Boletín Oficial” de la provincia de Teruel nº.........de fecha…………..

Que reúno todas las condiciones exigidas en las bases del concurso, que declaro conocer y aceptar. Que aporto los siguientes documentos acreditativos de los méritos a valorar exigidos en las bases: Por lo que SOLICITO: Que se me admita en el proceso selectivo para la provisión con carácter interino de la plaza de Técnico de

Administración General del Ayuntamiento de Andorra. ..............., a......de...............de 2019. Fdo.:........................ SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE ANDORRA Plaza España, 1 ANDORRA, 44500.TERUEL.

Núm. 82.686

MEZQUITA DE JARQUE Por Resolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Mezquita de Jarque de fecha 24/05/2019, se aprobó la con-

tratación de una la plaza de maestro de educación infantil de primer ciclo que asume las funciones de Director para la Escuela de Educación Infantil de Primer Ciclo (0-3años) de Mezquita de Jarque, en régimen laboral tem-poral, para los Cursos 2019/2020 y 2020/2021, por el sistema de concurso de méritos.

En la sede electrónica en la sede electrónica de este Ayuntamiento https://mezquitadejarque.sedelectronica.es y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento aparecen íntegramente publicadas las bases que han de regir la convocatoria para la contratación de la plaza.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publi-cación de este anuncio.

Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se publicarán en la sede electrónica de este Ayuntamiento https://mezquitadejarque.sedelectronica.es y en el Tablón de Anun-cios.

Mezquita de Jarque, 30 de mayo de 2019.- El Alcalde, Herminio Sancho Iñiguez.

Núm. 82.673

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALCAÑIZ

TituloES: CONVOCATORIA CONCURSO CARTEL ANUNCIADOR DE FERIAS Y FIESTAS PATRONALES ALCAÑIZ 2019

TextoES: BDNS(Identif.):458715 De conformidad con lo previsto en el Decreto de Alcaldía número 876 de fecha 29 de mayo de 2019 se ordena

la publicación del extracto de la convocatoria del concurso del Cartel Anunciador de Ferias y Fiestas patronales 2019 cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

Primero. Objeto El objeto de este concurso es fomentar la participación ciudadana para elegir el Cartel Anunciador de las Fies-

tas de Alcañiz 2019, en las modalidades general e infantil Segundo. Beneficiarios. a) GENERAL.- Podrá tomar parte toda persona que lo desee.. b) INFANTIL.- Podrán participar todos/as los/as interesados/as en edad escolar desde 2º de Infantil hasta 4º

de la ESO. Tercero. Cuantía. CONCURSO GENERAL: El primer premio será de 1.000 €. Se otorgarán tres accésit de 100 € cada uno a los

mejores carteles de entre las obras pictóricas presentadas (que no hayan sido premiadas). Dichos accésit corre-rán a cargo del copatrocinador del concurso el Hotel Guadalope.

CONCURSO INFANTIL: 5 premios (1 premio por ciclo) de: 30 €.

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BOP TE Número 107 7 de junio de 2019 25

Tanto los accésits como los premios de las categorías infantiles serán abonados por El Hotel Guadalope, co-patrocinador del concurso.

Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de recepción de Carteles para el Concurso comenzará al día siguiente de la publicación de las pre-

sentes bases en el BOPTERUEL y finalizará a los 15 días naturales desde el inicio de dicha publicación a las 15 h. Alcañiz, 2019-05-30.- El Alcalde de Alcañiz, D. Juan Carlos Gracia Suso

Núm. 82.659

ARENS DE LLEDÓ

Corrección de errores.- Advertido error en la publicación del anuncio número 82.360, del Boletín Oficial de la

Provincia de Teruel número 93, de fecha 20 de mayo de 2019 y, en lo referido a la aprobación definitiva de la Plantilla de Personal del Ayuntamiento de Arens de Lledó (Teruel) para el ejercicio 2019, se detalla la siguiente corrección::

Donde dice: Plantilla de Personal del Excmo. Ayuntamiento de Arens de Lledó, con la corrección queda así: A) Funcionario de Carrera n.º de plazas: 1 – Secretaría interventora. B) Personal Laboral Fijo n.º de plazas: 1 – Alguacil. C) Personal Laboral Temporal n.º de plazas: 1 – Operario de Servicios Múltiples. En Arens de Lledó, a 30 de mayo de 2019.- La Alcaldesa, M.ª Ángeles Vaquer Domingo.

Núm. 82.665

BERGE

Corrección de errores en el anuncio nº 82.323, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel nº 87

de fecha 10/05/2019, se sustituye la redacción del apartado DISPOSICIÓN FINAL por el siguiente: <<DISPOSICION FINAL La presente Ordenanza, aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el 06 de

Marzo de 2019, será objeto de publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel, entrando en vigor una vez que haya transcurrido el plazo establecido en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y se mantendrá vigente en tanto no se acuerde su modificación o derogación expresa.

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.>>

En BERGE, a 27 de Mayo de 2019.- El Alcalde, Juan Antonio Lej Esteban.

Núm. 82.666

BERGE

Corrección de errores en el anuncio nº 82.326, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel nº 87

de fecha 10/05/2019, los artículos 2 y 4, eliminando la transmisión de licencia, por lo que, su redacción sería la siguiente:

<< ARTÍCULO 2. Hecho Imponible […] Se entiende por actividad municipal, técnica y administrativa:

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BOP TE Número 107 7 de junio de 2019 26

— Concesión, expedición y registro de una licencia o autorización administrativa de auto-taxi y demás vehícu-los de alquiler de los indicados en el Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Regla-mento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos de Transportes en Automóviles Ligeros.

— El uso y la explotación de dichas licencias ínter vivos o mortis causa. — Aplicación de las licencias a otro vehículo por sustitución del anterior. […] ARTÍCULO 4. Cuota Tributaria 1. La cuantía de la tasa vendrá determinada con arreglo a las tarifas que a continuación se señalan:

CONCEPTO CUOTA

1 Por concesión, expedición y registro de una licencia o autorización administrativa de auto-taxi y demás vehículos de alquiler (clase A, B, C)

200 euros

2 Por sustitución de vehículo anterior 200 euros 3 Por uso y explotación de licencia (clase A, B, C) 200 euros

[…]>> En BERGE, a 27 de Mayo de 2019, El Alcalde, Juan Antonio Lej Esteban

Núm. 82.600

ALLUEVA

Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Concejo para el 2019, y comprensivo aquel del Presu-puesto General de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario y laboral, de confor-midad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:

ESTADO DE GASTOS A) OPERACIONES NO FINANCIERAS 503.802,49 € A.1. OPERACIONES CORRIENTES 65.600,00 € CAPÍTULO 1: Gastos de Personal 20.000,00 € CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios 39.000,00 € CAPÍTULO 3: Gastos Financieros 100,00 € CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes 6.500,00 € A.2. OPERACIONES DE CAPITAL 438.202,49 € CAPÍTULO 6: Inversiones Reales 438.202,49 € CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital 0,00 € B) OPERACIONES FINANCIERAS 0,00 € CAPÍTULO 8: Activos Financieros 0,00 € CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros 0,00 € TOTAL: 503.802,49 € ESTADO DE INGRESOS A) OPERACIONES NO FINANCIERAS 503.802,49 € A.1. OPERACIONES CORRIENTES 473.556,00 € CAPÍTULO 1: Impuestos Directos 8.100,00 € CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos 409.000,00 € CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos 8.420,00 € CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes 41.936,00 € CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales 6.100,00 € A.2. OPERACIONES DE CAPITAL 30.246,49 € CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversiones Reales 0,00 € CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital 30.246,49 € B) OPERACIONES FINANCIERAS 0,00 € CAPÍTULO 8: Activos Financieros 0,00 € CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros 0,00 € TOTAL: 503.802,49 €

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BOP TE Número 107 7 de junio de 2019 27

RESUMEN FUNCIONARIOS: 1 SECRETARIA-INTERVENCION INTERINA, Agrupada el 11 %. Laboral Fijo: 0 Laboral Temporal CONVENIO D.P.T.: 2 - Peón Servicios Múltiples: 1 - Auxiliar Administrativo: 1 (11 % jornada). Eventual: 0 TOTAL PLANTILLA: 3 Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos,

formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Hacien-das Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

En Allueva, a 28 de Mayo de 2.019.-LA ALCALDESA,

EXPOSICIÓN DE DOCUMENTOS

De conformidad con lo dispuesto en los arts. 169 y 212 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por

Real Decreto Legislativo 2/2004, se hallan expuestos inicialmente al público, por plazo de quince días hábiles en el caso de los presu-puestos y modificaciones de créditos y quince días y ocho más para presentar reclamaciones, en el caso de las Cuentas Generales, los siguientes expedientes, para que los interesados puedan examinarlos y presentar las reclamaciones u observaciones que estimen opor-tunas: Cuenta General 82.657.-Los Olmos, año 2018. 82.656.-La Mata de los Olmos, año 2018. 82.714.-Albentosa, año 2018. Expediente de Modificación de Créditos 82.715.-Monforte de Moyuela, núm. 2/2019

NO OFICIAL

Núm. 82.475

COMUNIDAD DE REGANTES DE LA ACEQUIAS DE ANCHO, INCHAVALES, MALOS ALTOS, MOLINAR, SUERTES Y VALLEANTIGUO, DE VILLANUEVA DE JILOCA, DAROCA Y MANCHONES

D. José Luis Domingo Pérez, en calidad de Presidente de la Comunidad de Regantes de las Acequias de An-cho, Inchavales, Malos Atos, Molinar, Suertes y Valleantiguo, con sede en Daroca (Zaragoza), convoca, en virtud de lo dispuesto en el artículo 206 del Reglamento del Dominio Público Hidraúlico, a todos los usuarios del río Jiloca influenciados por el Embalse de Lechago para la celebración de Junta General el próximo día 24 de Junio de 2019, a las 9 horas de su mañana en primera convocatoria y a las 9,30 horas en segunda convocatoria, en la sede de la Fundación Campo de Daroca, sita en la Calle Mayor, número 44 de Daroca (Zaragoza), para tratar los asuntos relacionados en el siguiente:

ORDEN DEL DÍA: 1.- Constitución de la Junta Central de Usuarios del río Jiloca influenciados por el Embalse de Lechago. 2.- Formalizar la relación nominal de usuarios partícipes y fijar su participación según el caudal teórico inscrito

de su respectivo aprovechamiento de aguas, así como determinar el número de representantes de cada usuario partícipe en la misma.

3.- Nombramiento de la Comisión encargada de redactar el proyecto de Ordenanzas por las que va a regirse, y elección de su Presidente.

4.- Acordar las bases a las que ha de ajustarse el proyecto de Ordenanzas mencionado. Asistentes: Los usuarios colectivos (Comunidades de Regantes) estarán representados por el Presidente de

la Comunidad ó por la persona en quién deleguen, pudiendo acudir dos partícipes como máximo. El resto, esta-rán representados por el titular del aprovechamiento de aguas ó por su representante legal.

En Daroca a 14 de Mayo de 2019.- Fdo: el Presidente de la Comunidad, José Luís Domingo Pérez.

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BOP TE Número 107 7 de junio de 2019 28

NOTA: Se corrige el anuncio nº 82.693 del Ayuntamiento de Hinojosa de Jarque publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel nº 106 de 6 de junio de 2019.

Queda anulado el contenido del anuncio y sustituido por el siguiente: “El Pleno del Ayuntamiento de Hinojosa de Jarque en sesión celebrada el 20-05-2019, acordó dejar sin efecto,

derogar, la aprobación inicial del Reglamento de Régimen Interno Regulador del Coto Municipal de Caza del Ayuntamiento de Hinojosa de Jarque (Te-10.190-D) aprobada por el Pleno de fecha 1-4-2019 y publicada en el BOP de Teruel nº 66 de fecha 5-4-2019, anuncio 81.888.

Lo que se hace público para general conocimiento. En Hinojosa de Jarque, a 03/06/2019.- El Alcalde, Fdo. José Luís Pedro Pérez.”

TARIFAS Suscripciones:

Trimestral por correo-e: 20,00 €

BOLETÍN OFICIALD E L A P RO V IN C IA D E TE R U E L

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Depósito Legal TE-1/1958 Administración: EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL Av. Sagunto, 46 1º Izq. – 44071 TERUEL Telf.: 978647401 y fax: 978647449 Correo-e: [email protected]

* Cuando se remitan por correo electrónico o soporte informático tendrán una bonificación del 20 %. Así mismo tendrán un recargo del 20 % aquellos que sean presentados en papel y no sean susceptibles de ser leidos por sistema de escaner. No se admitirán anuncios cuya resolución, lectura o transcripción sea dudosa ni fotocopias.

El BOP de Teruel, puede consultarse en la siguiente página web: https://236ws.dpteruel.es/bop