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1 de 28 PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES PARA SELECCIÓN DEL CONTRATISTA QUE PRESTARÁ EL SERVICIO ESPECIAL DE TRANSPORTE PARA EL PERSONAL DE LA INDUSTRIA LICORERA DE CALDAS La Industria Licorera de Caldas pone a consideración de los interesados por el término de diez (10) días calendario a partir del 24 de enero y hasta el 2 de de febrero 2007, el proyecto de pliegos de condiciones para la Licitación 01-2007, cuyo objeto es la prestación del servicio de transporte para el personal de la Industria Licorera de Caldas, con el propósito de que formulen las observaciones a su contenido dentro del término señalado, las cuales deben realizarse a través de nuestro e-mail: [email protected] , a la oficina Asesora Jurídica o a la Subgerencia General Administrativa de la Industria Licorera de Caldas, ubicada en el segundo piso del Edificio Administrativo - Zona Industrial Juanchito-Vía al Magdalena. Se advierte que las fechas señaladas en el proyecto de los pliegos de condiciones, no son definitivas y por lo tanto están sujetas a modificaciones.

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PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES PARA SELECCIÓN DEL CONTRATISTA QUE PRESTARÁ EL SERVICIO ESPECIAL DE TRANSPORTE PARA EL PERSONAL DE LA INDUSTRIA LICORERA DE CALDAS La Industria Licorera de Caldas pone a consideración de los interesados por el término de diez (10) días calendario a partir del 24 de enero y hasta el 2 de de febrero 2007, el proyecto de pliegos de condiciones para la Licitación 01-2007, cuyo objeto es la prestación del servicio de transporte para el personal de la Industria Licorera de Caldas, con el propósito de que formulen las observaciones a su contenido dentro del término señalado, las cuales deben realizarse a través de nuestro e-mail: [email protected], a la oficina Asesora Jurídica o a la Subgerencia General Administrativa de la Industria Licorera de Caldas, ubicada en el segundo piso del Edificio Administrativo - Zona Industrial Juanchito-Vía al Magdalena. Se advierte que las fechas señaladas en el proyecto de los pliegos de condiciones, no son definitivas y por lo tanto están sujetas a modificaciones.

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CMP1 LICITACIÓN 01-2007

PLIEGO DE CONDICIONES PARA SELECCIÓN DEL CONTRATISTA QUE PRESTARÁ EL SERVICIO ESPECIAL DE TRANSPORTE PARA LOS TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA LICORERA DE CALDAS.

CAPÍTULO I 1. INFORMACIÓN GENERAL SOBRE LA LICITACIÓN 1.1. CONSIDERACIONES DEL OBJETO Para la presente licitación se tiene en cuenta el contenido del Decreto 174 del 5 de febrero de 2001, el cual define como SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE TERRESTRE AUTOMOTOR ESPECIAL aquel que se presta bajo la responsabilidad de una empresa de transporte legalmente constituida y debidamente habilitada en esta modalidad, a un grupo especifico de personas ya sean estudiantes, asalariados, turistas (prestadores de servicios turísticos) o particulares, que requieren de un servicio expreso y que para todo evento se hará con base en un contrato escrito celebrado entre la empresa de transporte y ese grupo específico de usuarios. De acuerdo a la norma citada, las empresas interesadas en prestar el servicio público de transporte terrestre automotor especial constituidas para tal fin, deberán solicitar y obtener habilitación para operar. La habilitación es la autorización expedida por el Ministerio de Transporte para la prestación del servicio público y lleva implícita la autorización para la prestación del servicio público de transporte en la modalidad solicitada. La habilitación tendrá vigencia indefinida, mientras subsistan las condiciones exigidas y acreditadas para su otorgamiento. El Ministerio de Transporte expedirá la tarjeta de operación únicamente a los vehículos legalmente vinculados a las empresas debidamente habilitadas, de acuerdo a la capacidad transportadora fijada según su plan de rodamiento. El transporte terrestre automotor especial sólo podrá contratarse con empresas de transporte legalmente habilitadas para esta modalidad y en ningún caso se podrá prestar sin sujeción a un contrato, y de acuerdo a la reglamentación que expida el Ministerio de Transporte. Los vehículos deberán llevar los colores verde y blanco armónicamente distribuidos a lo largo y ancho de la carrocería y portarán para su operación equipo de comunicaciones. 1.2. INFORME SOBRE LICITACIÓN A LA CÁMARA DE COMERCIO El día de enero de 2007 se remitió a la Cámara de Comercio y a la Confederación de Cámaras de Comercio la información sobre la licitación pública 02 de 2007 para información, de acuerdo a lo previsto en la Ley 80 de 1993.

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1.3. AVISOS DE CONVOCATORIA La convocatoria a la licitación pública se efectuó mediante la publicación de sendos avisos en el Diario La República los días de febrero de 2007, de conformidad con lo previsto en el numeral 3 del Artículo 30 de la Ley 80 de 1993. 1.4. ACTO ADMINISTRATIVO DE APERTURA DE LA LICITACIÓN La apertura de la presente licitación fue ordenada mediante resolución del de enero de 2007, proferida por el Subgerente General Administrativo de la Industria Licorera de Caldas, quien fuera delegada para el trámite de esta licitación mediante Resolución 1067 del 1 de septiembre de 2003. 1.5. OBJETO DE LA LICITACIÓN La presente licitación pública tiene por objeto seleccionar los contratistas que prestarán el servicio de transporte especial para los trabajadores de la Industria Licorera de Caldas en las rutas que se describen a continuación (conforme al Decreto 174 de 2001 y a este pliego de condiciones). RUTA 1: El Peñón, Plaza de Toros, Avenida Centenario, Avenida del Centro, Avenida Santander, Licorera. El personal que se transporta en ésta ruta tiene los siguientes horarios: Lunes, martes, sábados y domingos 3 turnos de las 6:00 a las 14:00 horas, de las 14:00 a las 22:00 horas y de las 22:00 a las 6:00 horas. Miércoles, jueves y viernes de las 6:00 a las 18:00 horas y de las 18:00 a las 6:00 horas. En todos los horarios la anterior ruta trae y lleva personal. Vehiculo requerido: Microbús Horario de las 7:00 horas a las 16:00 horas de Lunes a Viernes RUTA 2: Villapilar, iglesia de Chipre, Avenida Doce de Octubre, Parque Olaya, carrera 20, Avenida Santander, Clínica de la Presentación, San Jorge, Versalles, el cable, túnel vizcaya, Industria Licorera de caldas. RUTA 3: Campohermoso, terminal de transportes, avenida del centro, Avenida Paralela, cementario, barrio Colombia, El Campín, Confamiliares de la 50, Avenida Paralela, Palermo, Industria Licorera de Caldas. RUTA 4: Universidad Autónoma, Peralonso, Caribe, San Cayetano, Solferino, Comuneros, Villahermosa, Carola, Avenida del Río, Viveros, alto Minitas, Sultana, Industria Licorera de Caldas.

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RUTA 5: Topacio, Alcázares, Asturias, Santa Sofía, Bosque, carrera 26, carrera 29, Campoamor, Cervantes, Villa Carmenza, ruta 30 Malhabar, Aranjuez, panamericana, Industria Licorera de Caldas. RUTA 6: Peñón, Panorama, Nuevo Horizonte, Villajardín, Panamericana, Villamaría, la Pradera, Panamericana, Enea, Industria Licorera de Caldas. NOTA: LOS ANTERIORES HORARIOS PODRAN SER MODIFICADOS POR LA INDUSTRIA LICORERA DE CALDAS EN CUALQUIER MOMENTO. RUTAS PARA HORAS EXTRAS Y SEGUNDO TURNO: De acuerdo a la necesidad se utilizará de 1 a 5 servicios de las rutas 2 a la 6, en vehículos buses y microbuses con capacidades mínimas de 36 y 18 pasajeros respectivamente. En los casos que se labore hasta las 12 de la noche se usará el servicio de microbús puerta a puerta. RUTAS PARA ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y RECREATIVAS: Se solicitarán servicios en la ruta 2 para la escuela de fútbol y otras actividades programadas por la Empresa y servicios al sector Santagueda y Rochela para torneos de fútbol, baloncesto y actividades de integración patrocinadas por La Licorera. RIESGOS: Los vehículos a prestar el servicio deben estar afiliados a una Empresa que tenga servicio de transporte especial y tener póliza de responsabilidad civil extracontractual, que cubra todos los riesgos derivados de este tipo de servicio. 1.6. ALCANCE DEL OBJETO Obligaciones a cargo del contratista: 1.6.1. Cumplir con todas las especificaciones y requerimientos de los pliegos de condiciones

1.6.2. Acreditar y mantener vigente durante el término de duración del contrato el seguro que cubra a las personas contra los riesgos referentes al transporte. Salvo que el Gobierno Nacional haya expedido otra reglamentación al respecto. 1.6.3. Tener vigente la tarjeta de operación a que se refiere los artículos 46 y siguientes del decreto 174 de 2001 del vehículo con que presta el servicio de transporte durante la ejecución del contrato 1.6.4. Someterse a los horarios que establezca la Industria Licorera de Caldas para sus trabajadores, por lo tanto los que se establezcan podrán ser modificados 1.6.5. Recoger al personal en los sitios señalados por la empresa para las diferentes rutas 1.6.6. No podrán transportar personal diferente del que labora para LA LICORERA 1.6.7. Tener vigente el seguro obligatorio de los vehículos durante el plazo del contrato 1.6.8. Tener disponibilidad de los vehículos microbús para cualquier horario diferente al de la ruta 1 1.6.9. Mantener en los buses por su cuenta los avisos indicativos de las rutas con el nombre de uno de los barrios, inclusive en los reemplazos así sea por un día 1.6.10. En caso de no poderse prestar el servicio con el vehículo ofrecido en forma temporal o definitiva, deberá contar con otro de igual o superior calidad para reemplazarlo

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1.6.11. El reemplazo del conductor deberá ser por otro de igual experiencia e idoneidad, para ello acreditará hoja de vida y experiencia. Este reemplazo deberá tener el visto bueno del interventor del contrato. 1.6.12. Los conductores deberán acatar las instrucciones del interventor del contrato 1.6.13. LA LICORERA podrá solicitar el cambio de algún conductor. El contratista deberá reemplazarlo con otra persona de igual experiencia, de común acuerdo entre las partes 81.614. Acreditar el Manual de Funciones, procedimientos y sistema de selección del recurso humano 1.6.15. Adjuntar la hoja de vida de los conductores ofrecidos para la prestación del servicio 1.6.16. Anexar copia de los contratos de trabajo celebrados entre la empresa y los conductores ofrecidos para la prestación del servicio 1.6.17. Identificar el vehículo con que prestará el servicio, con indicación del nombre y cédula del propietario, clase, marca, modelo, número del chasis, capacidad, placa, número y demás especificaciones pertinentes 1.6.18. Tener equipo de sonido en el vehículo 1.6.19. Mantener el vehículo en las mejores condiciones técnico mecánicas. 1.6.20. Presentar bimestralmente el certificado de revisión técnico mecánica incluyendo sistema de frenos y dirección 1.6.21. Los vehículos siempre deberán portar el aviso indicando uno de los barrios de la ruta hacia donde se dirigen. 1.6.22. Cumplir con el programa y presentar bimestralmente el certificado de revisión técnico mecánica, incluyendo sistema de frenos y dirección (De taller acreditado) o avalado por funcionarios de LA LICORERA 1.6.23. Presentar las actualizaciones de la ficha técnica del vehículo con que se preste el servicio de transporte 1.6.24. Presentar constancia de revisión técnico mecánica y certificado ambiental de los vehículos y mantenerlos vigentes 1.6.25. Presentar el programa de salud ocupacional que realizan con los conductores y las certificaciones de cursos en primeros auxilios, manejo de extintores, y manejo defensivo 1.6.26. Presentar los conductores, en la empresa (LICORERA) para realizar charla de inducción. 1.6.27. Durante la prestación del servicio el conductor deberá portar un extracto del contrato en papel membreteado de la empresa y firmado por el representante legal de la misma, esto en cumplimiento de lo establecido en el artículo 23 del Decreto 174 de 2001. 1.6.28. Entregar y mantener el pasado judicial vigente (aplica para personal de aseo, cafetería, vigilancia, transportadores del personal de LA LICORERA). 1.6.29. Entregar y mantener actualizadas las hojas de vida del personal (aplica para aseo, cafetería y vigilancia). 1.6.30. Entregar informe de visita domicilia realizada al personal antes de ingresar a trabajar a LA LICORERA (aplica para personal de aseo y vigilancia) 1.6.31.Cumplir con las demás obligaciones que se generen de la propuesta y que se deriven del objeto del contrato

LA PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL que deberá cubrir al menos los

siguientes riesgos: a. Muerte b. Incapacidad Permanente

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c. Incapacidad Temporal d. Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios.

El MONTO ASEGURABLE de cada riesgo no podrá ser inferior a sesenta (60) salarios mínimos mensuales legales vigentes por persona.

Los riesgos mínimos asegurables de la póliza de RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL, serán los siguientes: a. Muerte o lesiones a una persona b. Daños a bienes de terceros c. Muerte o lesiones a dos o más personas

El MONTO ASEGURABLE no podrá ser inferior a sesenta (60) salarios mínimos mensuales legales vigentes por persona .Estos seguros deberán estar vigentes durante el término de ejecución del contrato y un año más.

- Cumplir con las demás obligaciones que se generen de la propuesta y que se deriven del objeto del contrato

1.7. RÉGIMEN JURÍDICO DE LA LICITACIÓN La presente licitación se sujeta a lo dispuesto en la Ley 80 de 1993 y sus Decretos reglamentarios, Decreto 174 de 2001, por el cual se reglamenta el servicio público de transporte Especial y de Turismo y normas concordantes, así como al contenido del presente pliego de condiciones. 1.8. MODALIDAD DE CONTRATACIÓN El o los contratos que se celebren como consecuencia de la presente licitación, será (n) de prestación de servicios de transporte y se regirá por sus respectivas cláusulas y en lo que no quede previsto, se regirá en primer lugar por lo dispuesto en los presentes pliegos de condiciones y de no existir previsión al respecto, por la oferta del contratista y de no existir previsión al respecto por las normas legales que regulen la contratación pública y el servicio de transporte. 1.9. PRESUPUESTO OFICIAL El presupuesto oficial de la presente licitación por la totalidad de las rutas es de DOSCIENTOS SETENTA MILLONES DE PESOS ($270.00.000) incluido el IVA El presupuesto oficial máximo por viaje en bus es la suma de TREINTA Y OCHO MIL PESOS ($38.000); en microbús es de VEINTISIETE MIL PESOS ($27.000) y a la Rochela por ida y regreso de CIENTO NOVENTA MIL PESOS ($190.000) incluido IVA, sí a ello hubiere lugar La propuesta que supere el presupuesto oficial aproximado por viaje será eliminada.

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1.10. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL Previamente a la apertura de la presente licitación fue expedida la disponibilidad presupuestal 41 del 4 de enero de 2007 expedido por el Coordinador del Área de Presupuesto.

CAPÍTULO II

REQUISITOS QUE DEBEN LLENAR LOS PROPONENTES PARA PARTICIPAR

EN LA LICITACIÓN 2.1. REQUISITOS LEGALES DE PARTICIPACIÓN

2.1.1. Existencia y representación legal.

� Podrán participar todas las personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras que estén debidamente inscritas en la Cámara de Comercio de Colombia o su equivalente en el exterior de conformidad con la ley respectiva, cuyo objeto comercial o actividad mercantil se refiera a prestación de servicio de transporte.

� El proponente debe ser una empresa legalmente constituida como empresa transportadora con un año de anticipación como mínimo a la fecha de apertura de la presente licitación.

� El oferente debe encontrarse legalmente habilitado conforme el decreto 174 de 2001

para la prestación del servicio público de transporte terrestre automotor especial.

� Los proponentes deberán acreditar su existencia y representación legal mediante certificado expedido por la autoridad competente de su domicilio principal, con una antigüedad no superior a sesenta días con respecto a la fecha de presentación de la propuesta; Se tendrá en cuenta que la duración de la sociedad para efectos de la contratación, debe ser al menos igual al plazo de ejecución del contrato y un año más.

� Si del certificado de existencia y representación legal se desprende que el representante legal de la persona jurídica no tiene facultades suficientes para presentar la propuesta o para contratar, se deberá anexar a la propuesta copia del acta correspondiente en la conste la decisión del órgano social competente, que autorice la presentación de la misma y la contratación.

2.1.2. Inhabilidades e incompatibilidades

No podrán participar en la presente contratación directa las personas que se encuentren incursas en cualquiera de las causales de inhabilidad o incompatibilidad señaladas en la Constitución Política, en los artículos 8 y 9 de la ley 80 de 1993 o en alguno de los eventos de prohibiciones especiales para poder contratar.

El proponente presentará una manifestación escrita donde conste que el representante legal y la persona jurídica que representa no se haya incurso en ninguna causal de inhabilidades e incompatibilidades para contratar con el Estado

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Si la inhabilidad o incompatibilidad sobreviniere durante el trámite del proceso de selección, se entiende que el proponente afectado renuncia a la participación en dicho proceso y a los derechos surgidos o que puedan surgir del mismo.

2.1.3. Pagos de parafiscales

Los proveedores nacionales o los extranjeros con sucursal legalmente constituía en el país, deberán presentar con su oferta el certificado o constancia de pago de los recursos parafiscales, Seguridad Social en Salud, Seguridad Social en Pensiones, Seguridad Social en Riesgos Profesionales, Aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Aporte al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Aporte al Servicio Nacional de Aprendizaje Sena, cuando a ello hubiere lugar

La certificación o constancia de pagos de aportes a los mencionados sistemas, cuando se trate de personas jurídicas deberá ser expedida por el revisor fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de la ley o por el Representante Legal en su defecto.

Todo esto en cumplimiento del Artículo 50 de la ley 789 de 2002, que prescribe que el proponente deberá encontrarse a paz y salvo por concepto de parafiscales de sus empleados en Colombia a la fecha de iniciación del plazo para la presentación de propuestas.

2.1.4. Responsabilidad fiscal - embargos

Los proponentes no podrán figurar en el boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la Nación (artículo 60 de la Ley 610 de 2.000) ni podrán tener embargos judiciales, ni haber incurrido en cesación de pagos concurso de acreedores o concordatos.

2.1.5. Garantía de seriedad de la oferta

El proponente deberá adjuntar a la propuesta una garantía de seriedad de la misma expedida por una compañía de seguros legalmente constituida en Colombia, por un valor mínimo equivalente al 10% del valor de la propuesta, vigente mínimo por el término de 60 días contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo previsto para su presentación.

2.1.6. Registro de precios de referencia SICE (Ley 598 de 2000, Decreto reglamentario 3512 de 2003)

De conformidad con el artículo 18 del decreto 3512 de 2003 que reglamenta las excepciones a las obligaciones SICE, al presente proceso se le aplica la excepción referente a la adquisición de servicios de obra pública que no estén codificados en el CUBS.

Como se trata de un proceso contractual que involucra servicio y el código del servicio no se encuentra codificado hasta el nivel de ITEM (2.37.6), este proceso se encuentra exento temporalmente de las obligaciones SICE. (Preguntas más frecuentes resueltas por el comité SICE).

2.1.7. PARA EXTRANJERAS:

La persona jurídica extranjera aunque tenga establecida sucursal en Colombia deberá acreditar además de la existencia y representación de la sucursal en Colombia, la existencia y representación de la principal expedida en el país de origen.

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Las personas extranjeras que no tengan domicilio en el país deben acreditar su existencia y representación con certificado expedido por la entidad competente en su país de origen. Las personas naturales extranjeras sin domicilio en el país y las personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia , deberán constituir apoderado debidamente facultado para presentar la propuesta, firmar el contrato y las adiciones que sean necesarias , al igual para que lo represente judicial y extrajudicialmente. Las personas naturales o jurídicas extranjeras que deban constituir apoderado deberán protocolizar en la Notaría del respectivo circulo del domicilio del apoderado, prueba idónea de la existencia y representación de la persona que designa el apoderado y del correspondiente poder; un extracto de los documentos protocolizados se inscribirá en la Cámara de Comercio del lugar, si se tratare de una sociedad, y en los demás casos en el Ministerio de Justicia ( Art 48 CPC). El oferente extranjero que presente documentos públicos otorgados en el exterior en uno de los estados que hagan parte de la convención suscrita en la Haya el 5 de Octubre de 1961 la cual entró en vigor en Colombia a partir del 30 de enero de 2001, deberán apostillarse en el país en el cual fue expedido. Se citan como ejemplo de estados que adhirieron a esta convención los siguientes: Alemania, Argentina, Austria, Australia, Bélgica, China, Colombia, España, Estados Unidos de América, Francia, Grecia, Italia, Japón, México, Noruega, Panamá; Portugal, Reino Unido, Suecia, Turquía, Venezuela etc. En caso de presentación de documentos otorgados en el exterior en uno de los estados que no hagan parte de la Convención de La Haya, el oferente deberá proceder a autenticarlos en el país de origen y la firma del funcionario que realice esta diligencia, será autenticada por el Cónsul Colombiano, o a falta de este, por el de una Nación amiga sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el Régimen de Poderes; la firma del Agente Consular de la República se abonará por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia y si se trata de Agente Consular de un país amigo, se autenticará previamente por el funcionario competente del mismo. Igualmente, los documentos extendidos en idioma distinto al castellano deben tener su correspondiente traducción efectuada por el Ministerio de Relaciones Exteriores o por un intérprete o traductor oficial debidamente autorizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores. (Artículo 480 del Código de Comercio y 259 , 260 del Código de Procedimiento Civil). En el caso de los documentos extendidos en idioma distinto al castellano en país que pertenezca a la Convención, deberá anexar la traducción efectuada por intérprete oficial y la correspondiente apostilla.

En caso de consorcios u uniones temporales integrado totalmente por oferentes extranjeros sin domicilio o sucursal en Colombia, cada uno de los integrantes extranjeros deberá constituir apoderado en Colombia.

2.1.8 PARA CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES: Se admite presentación de propuestas conjuntas en Consorcios o Uniones Temporales. Los integrantes de la propuesta conjunta presentarán documento de conformación indicando si su participación es a título de consorcio o unión temporal, el cual debe contener sus integrantes ,

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la persona que va a representar el consorcio o la unión y las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos, indicando expresamente sus facultades.

Una vez constituido el Consorcio o la Unión Temporal , sus integrantes no podrán ceder o transferir su participación en el mismo, ni modificar sus integrantes o su participación en aquel, salvo en el evento que LA LICORERA lo autorice previamente y por escrito en los casos que legalmente este permitido.

En el caso de las uniones temporales señalarán las condiciones, términos y extensión de la participación de cada integrante en la propuesta y en su ejecución. Los consorcios o uniones temporales podrán estar conformados hasta por dos (2) personas cada uno de sus integrantes debe acreditar por lo menos el 50% de la experiencia.

Cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal debe acreditar la existencia y representación, y/o la inscripción en el registro mercantil, la experiencia y el apoderado en Colombia cuando sea el caso.

2.2. REQUISITOS TÉCNICOS DE PARTICIPACION

2.2.1. Experiencia del proponente

La experiencia mínima requerida para participar en este proceso de selección corresponde a un mínimo de cuatro (4) contratos celebrados con clientes con objeto referido a prestación de servicio de transporte continuo a Empresas o Instituciones ejecutados por el proponente dentro de los últimos cinco años (5) años anteriores a la fecha de vencimiento del plazo de presentación de propuestas.

La ejecución de contratos por parte del proponente, deberá acreditarse aportando los documentos soporte idóneo para verificar su celebración. Serán aceptadas certificaciones expedidas por el cliente contratante (En plantilla, ver Anexo No 2), y/o copias de los contratos u órdenes de la prestación del servicio suscritas con dichas entidades. Caso en el cual, las copias de los contratos u órdenes de la prestación del servicio deberán estar acompañadas de las certificaciones de ejecución del contrato firmadas por el representante legal o funcionario competente, en donde conste el cumplimiento del contrato y valor ejecutado hasta la fecha de expedición de la misma, en cuyo caso se tendrá en cuanta solo el valor ejecutado certificado para la calificación técnica de la propuesta.

2.2.2 Idoneidad de los Conductores

Todos los conductores ofrecidos para prestar el servicio deben tener experiencia como mínimo de cinco años en el manejo de vehículos pesados de pasajeros, para lo cual deberán anexar hojas de vida en la que se relacione la experiencia.

2.2.3 Pólizas

Las empresas transportadoras deberán contar con pólizas de seguros que amparen los siguientes riesgos: PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL que deberá cubrir al menos los siguientes riesgos:

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a. Muerte b. Incapacidad Permanente c. Incapacidad Temporal d. Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios. El monto asegurable de cada riesgo no podrá ser inferior a sesenta (60) salarios mínimos mensuales legales vigente por persona POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: Los riesgos mínimos asegurables de la póliza son: a. Muerte o lesiones a una persona b. Daños a bienes de terceros c. Muerte o lesiones a dos o mas personas El monto asegurable no podrá ser inferior a sesenta (60) salarios mínimos legales por persona 2.2.4 Otro requisito de participación La empresa donde estén afiliados los vehículos a prestar el servicio debe estar legalmente constituida, contar con tarjeta de operación vigente, licencia para prestar servicios especiales de transporte y contar con los vehículos para ello, es decir prestar el servicio con vehículos autorizados para servicios especiales (Buses de color verde y blanco). - Tener vigente la tarjeta de operación de los vehículos con que prestará el servicio de transporte durante la ejecución del contrato - Tener vigente la tarjeta de operación a que se refiere los artículos 46 y siguientes del decreto 174 de 2001 del vehículo con que presta el servicio de transporte durante la ejecución del contrato

- Los vehículos presentados por el proponente deben ser modelos posteriores al año de 1992.

CAPÍTULO III

DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA

3.1. CONSULTA Y ADQUISICIÓN DE LOS PLIEGOS DE CONDICIONES Podrán ser consultados en la Página Web de la Industria Licorera de Caldas : www.ilc.com.co, desde el 2 de febrero de 2007 a las 8:00 horas. Los interesados en la presentación de ofertas, deberán inscribirse en la Oficina Asesora Jurídica de la Industria Licorera de Caldas desde el día ----- de febrero de 2007 a las 8:00 horas hasta el día ------- de febrero de 2007 a las dieciséis horas (16:00), previa consignación de DOSCIENTOS SETENTA MIL PESOS ($270.000) no reembolsables en la cuenta corriente 7055000161-4 de Bancolombia y legalización de ésta consignación presentando el recibo (copia al carbón) ante la Coordinación de Área de Tesorería de LA LICORERA, ubicada en el

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segundo piso del Edificio Administrativo, Zona Industrial Juanchito, kilómetro 10 vía la Magdalena. Previo a la inscripción en la Industria Licorera de Caldas el oferente deberá acreditar el pago de las estampillas pro-universidad y pro-desarrollo en la Tesorería del Departamento de Caldas. El recibo de consignación del pliego, expedido a favor de una persona diferente al proponente, no servirá de prueba de compra del pliego de condiciones y menos como base para participar en la licitación. Cuando se presenten propuestas por un consorcio o unión temporal bastará que el recibo de pago se haya expedido a nombre de uno de los integrantes del consorcio o de la unión temporal. 3.2. AUDIENCIA EXPLICATIVA DE PLIEGOS El día de febrero de 2007 a las 10:00 horas en la Sala de Juntas de la Industria Licorera de Caldas, ubicada en el tercer piso del edificio administrativo, se celebrará audiencia explicativa, con el fin de precisar el contenido y el alcance del pliego de condiciones y de oír a los interesados. De dicha audiencia se levantará un acta suscrita por el Subgerente General Administrativo y los demás funcionarios de la entidad contratante intervinientes. Como resultado de lo debatido en la audiencia, y cuando sea necesario o conveniente, la Industria Licorera de Caldas podrá modificar el pliego de condiciones mediante addendo, y prorrogará si fuera necesario el plazo de la licitación hasta por seis (6) días hábiles, sin perjuicio de poder modificar el pliego o ampliar el plazo de cierre de la licitación hasta por la mitad del plazo inicialmente fijado, cuando lo estime conveniente la entidad o lo soliciten las dos terceras partes de las personas que retiraron pliego de condiciones de conformidad con lo establecido en el numeral 5 del Artículo 30 de la Ley 80 de 1993. Dentro del plazo de la licitación y hasta tres (3) días hábiles antes de la expiración del término previsto para la presentación de las propuestas los interesados podrán solicitar las aclaraciones adicionales a la Industria licorera de Caldas, dirigiendo comunicación escrita a la Subgerencia General Administrativa de la Industria Licorera de Caldas, Zona Industrial Juanchito, tercer piso, edificio administrativo. La Industria Licorera de Caldas responderá a través de la Gerencia General o la Subgerencia General Administrativa mediante comunicación escrita, copia de la cual se enviará a todos los que hayan retirado pliegos. La Industria Licorera de Caldas podrá modificar el presente pliego mediante addendo, que enviará a quienes retiraron pliego de condiciones, cuando lo considere conveniente en cualquier momento, antes del vencimiento del plazo de la licitación. 3.3. FECHA Y HORA DE APERTURA La licitación se declara abierta el día ---- de febrero de 2007 a las 8:00 horas, fecha a partir de la cual se iniciará la presentación de las propuestas, las cuales serán recibidas en la Oficina

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Asesora Jurídica de la Industria Licorera de Caldas, ubicada en el segundo piso del Edificio Administrativo. 3.4. FECHA Y HORA DE CIERRE La diligencia de cierre se llevará a cabo el día ----- de febrero de 2007 a las 10:00 horas, en la Oficina Asesora Jurídica de la Industria Licorera de Caldas. DILIGENCIA DE CIERRE DE LA LICITACIÓN: corresponde a la apertura de las propuestas, para lo cual se elaborará un acta en donde consten las propuestas presentadas, el número de folios y el valor de cada una. Las horas expresadas se entienden como horas en punto. Ninguna propuesta que llegue por fuera del plazo será recibida. El proponente deberá entregar las ofertas en la Oficina Asesora Jurídica de la Industria Licorera de Caldas, localizada en el segundo piso del edificio administrativo, Zona Industrial Juanchito. No se aceptarán propuestas enviadas por correo, ni por fax, ni se admitirán documentos remitidos por estas vías, ni serán recibidas las propuestas entregadas en lugar diferente al expresamente señalado.

CAPÍTULO IV

REQUISITOS, DOCUMENTOS Y PROPUESTAS AL PLIEGO

4.1. SUJECIÓN DE LAS PROPUESTAS AL PLIEGO Las propuestas deben sujetarse estrictamente a los términos y condiciones de este pliego. Su presentación implica que el proponente ha analizado los términos del pliego y el servicio que le corresponde desarrollar en el evento en que sea seleccionado y que acepta todas las condiciones y obligaciones establecidas. 4.2. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS Todas las propuestas para la presente licitación pública se presentarán en la siguiente forma:

4.2.1. Suscritas por la persona natural propietaria de la empresa transportadora, el representante legal de la persona jurídica proponente o el representante del consorcio o la unión temporal.

4.2.2. Las propuestas y los documentos que la integran deben presentarse en forma clara diligenciada en medio mecánico y sin enmendaduras o borrones. Las correcciones que se hagan en el texto impreso deberán señalarse al final de la propuesta con la firma del proponente. Dichas correcciones en todo caso no pueden dar lugar a interpretaciones que puedan generar dudas para la calificación de las propuestas.

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4.2.3. Deben ser presentadas en idioma español. 4.2.4. Los valores deben ser expresados en pesos Colombianos.

Deberán ser entregadas por duplicado en sobres separados, con el número 1 (original) y con el número 2 (duplicado), debidamente cerrados y sellados, en los cuales se indicará:

- Propuesta para la prestación del servicio de transporte para los trabajadores de la Industria Licorera de Caldas - Nombre del proponente - Licitación 01-2007 - Número de folios y anexos - Indicación de si es original o copia

4.2.5. Los dos (2) sobres deberán contener exactamente la misma información y documentos. La documentación debe presentarse organizada, cada página numerada y agrupada de tal forma que no contengan hojas sueltas. Igualmente se debe anexar índice de paginado.

4.2.6. Las ofertas deberán ser entregadas por el propietario de la empresa transportadora, o por el representante legal de la persona jurídica, o del consorcio o unión temporal o por la persona debidamente autorizada, en la Oficina Asesora Jurídica de la Industria Licorera de Caldas, ubicada en la ciudad de Manizales, Zona Industrial Juanchito, edificio administrativo, segundo piso. La Industria Licorera de Caldas dejará constancia escrita de la fecha y hora exacta de la presentación de las mismas, precisando el nombre o razón social del proponente y de la persona que en nombre o por cuenta de este ha efectuado la presentación. Las propuestas serán abiertas el día y la hora fijados para el cierre de la licitación, en la Oficina Asesora Jurídica.

4.2.7. La Industria Licorera de Caldas no será responsable por la apertura prematura de una

propuesta o por no abrirla, si esta no fuere correctamente marcada o no fuere entregada en la Oficina Asesora Jurídica de la Industria Licorera de Caldas. 4.3. DOCUMENTOS INTEGRANTES DE LA PROPUESTA La documentación de la propuesta es la siguiente:

4.3.1. Carta de presentación de la propuesta, firmada por el representante legal de la sociedad, la personal natural o el representante del Consorcio o la unión temporal, donde afirme de manera expresa el pleno conocimiento de las condiciones y requisitos de este proceso de selección. En esta carta de presentación el oferente debe declarar que no se encuentra incurso en las causales de inhabilidad e incompatibilidad previstas en el artículo 8 de la ley 80 de 1993 y de no tener fallos en contra con responsabilidad fiscal. (Art. 60 ley 610 de 2002). En esta carta de presentación deben incluirse los datos del proponente, de su representante legal, dirección, teléfono y fax, señalando además la vigencia de la propuesta. De acuerdo al anexo 1.

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4.3.2. Registro mercantil de la persona natural oferente expedido por la Cámara de Comercio con fecha de expedición no superior a sesenta (60) días antes a la fecha de cierre de la licitación.

4.3.3. Certificado de existencia y representación de la persona jurídica oferente expedido por la Cámara de Comercio, con fecha de expedición no superior de sesenta (60) días antes de la fecha de cierre de la licitación

4.3.4. Autorización de la Junta o Consejo Directivo o de la Asamblea, en el caso de que el representante legal tenga limitación para presentación de oferta y celebración de contrato, debidamente registrada en la Cámara de Comercio.

4.3.5. En caso de propuestas conjuntas, documento que acredite la constitución del consorcio o unión temporal, en el que se incluyan las reglas básicas de funcionamiento y se señale el representante legal del mismo.

4.3.6. Documento expedido por el Ministerio del Transporte en el que conste que el oferente está habilitado para la prestación del servicio público en esta modalidad expedido durante la vigencia del año 2007 4.3.7. Oferta económica y técnica de acuerdo a las siguientes especificaciones: Hacer presentación de la prestación del servicio por las seis (6) rutas descritas en los pliegos, discriminando: 4.3.7.1. Conductor con el que se prestará el servicio para esta ruta

4.3.7.2. Descripción del vehículo con el que se prestará el servicio para esta ruta. No se

admitirán vehículos de modelo anterior al año 1992

4.3.7.3. Valor por viaje desde el sitio inicial del recorrido de la ruta hasta las instalaciones de la Industria Licorera de Caldas y de esta empresa hasta donde termina dicho recorrido. En este valor se entenderán incluidos todos los conceptos en que incurra el contratista para la ejecución del contrato, como pago de impuestos (IVA, timbre etc), gastos de legalización del contrato (estampillas, publicación), pago de la garantía única, etc. El valor por viaje será el mismo para todas las rutas.

Si el proponente tiene la disponibilidad de los vehículos para ofrecer todas las rutas, debe discriminarse cada ruta en la forma prevista anteriormente.

Si la oferta no ofrece claridad en cuanto a el vehículo, el conductor y el valor del viaje por ruta en la forma solicitada será eliminada y no será calificada.

El proponente no tendrá que especificar el número de ruta para la cual va a concursar.

4.3.8. Tarjeta de operación vigente, del vehículo ofrecido para la prestación del servicio

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4.3.9. Identificación del vehículo con que prestará el servicio, con indicación del nombre y cédula del propietario, clase, marca, modelo, número del chasis, placa, capacidad y demás especificaciones pertinentes

4.3.10. Certificado del diagnosticentro en el que conste la dotación técnica de los vehículos ofrecidos para la prestación del servicio y el buen estado en general de los mismos

4.3.11. Copia de seguro obligatorio vigente de cada vehículo ofrecido para la prestación del servicio

4.3.12. Certificación sobre récord de mantenimiento preventivo que le hará al vehículo, (mínimo cada dos meses) indicando el método y con énfasis en los sistemas de frenos, suspensión, eléctrico, dirección, motor, caja de velocidades, transmisión y estado general de la carrocería, se anexará, además la constancia de la última revisión del vehículo.

4.3.13. Programa de revisión y mantenimiento preventivo, con la frecuencia y el método ofrecido 4.3.14. Especificar los equipos de comunicación que tiene el vehículo 4.3.15. Copia de la hoja de vida del conductor ofrecido por ruta

4.3.16. Copia del contrato de trabajo celebrado entre la empresa y el conductor ofrecido para la prestación del servicio

4.3.17. Experiencia certificada del conductor del vehículo en manejo de vehículos pesados de

servicio público

4.3.18. Copia del pase o licencia de los conductores ofrecidos para la prestación del servicio

4.3.19. Documento en el que se certifique la capacidad de reemplazo oportuno del vehículo y del conductor ofrecido por ruta que pueda resultar adjudicada. Para el efecto se relacionará el vehículo que se ofrece en reemplazo, al igual que los conductores.

4.3.20. Constancias o certificaciones expedidas por las entidades en que se haya prestado servicio de transporte en los últimos cinco (5) años, que acrediten la experiencia y calidad en la prestación del servicio objeto de esta contratación. La Industria Licorera de Caldas se reserva el derecho de verificar las referencias. Únicamente se tendrán en cuenta las certificaciones con el servicio calificado como bueno o excelente. De acuerdo al anexo 2.

4.3.21. Copia de la Póliza de constitución de los seguros de responsabilidad civil contractual y extracontractual de que trata el numeral 1.6. de los presentes pliegos

4.3.22. Original de garantía de seriedad de la propuesta a favor de la Industria Licorera de Caldas con una vigencia de sesenta (60) días, contados a partir de la fecha de cierre de la licitación, equivalente al diez (10%) del valor de la propuesta.

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La garantía debe consistir en una póliza de una compañía de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia, cuya póliza matriz debe corresponder a las que se otorgan a favor de entidades públicas, o una garantía bancaria. En la garantía bancaria se deberá establecer que la Industria Licorera de Caldas puede exigir el pago de la misma cuando se presenten hechos que para el efecto prevé este pliego sin que sea necesaria autorización alguna del oferente.

Cuando la propuesta se presente en consorcio o en unión temporal, la garantía deberá presentarse a nombre de todos los integrantes del consorcio o unión temporal y debidamente firmada por el representante legal de la persona jurídica, por la persona natural natural o por el representante del consorcio o la unión temporal.

4.3.25. Recibo de pago de la prima de la garantía de seriedad, salvo el caso de que la misma pruebe el pago

4.3.26. Copia del recibo de pago de la inscripción para la presente Licitación expedida por la

Industria Licorera de Caldas y recibos de cancelación de las estampillas pro-desarrollo y pro-universidad expedidos por la Tesorería del Departamento de Caldas.

4.3.27. Las personas jurídicas deberán acreditar certificación expedida por el revisor fiscal si es

aplicable, o el representante legal, en la cual se acredite el pago de los aportes de sus empleados al sistema de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar; información que será cotejada con las bases de datos oficiales, por la entidad contratante. CAPÍTULO V

EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS

El proceso de análisis y evaluación de las ofertas será realizado por la Comisión Jurídica y la Comisión Técnico Financiera que designe la Gerencia General o el delegado para contratar 5.1. EVALUACIÓN JURÍDICA Se efectuará dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha fijada como límite para el cierre de la licitación. Esta evaluación consiste en el estudio y análisis detallado de las propuestas, con el fin de definir cuáles propuestas son legalmente válidas, teniendo en cuenta lo consignado en los Pliegos de Condiciones. Las propuestas que de acuerdo a este estudio no se ajusten a los pliegos de condiciones, serán eliminadas y no serán calificadas por la Comisión Técnico-Financiera. 5.2. EVALUACIÓN TÉCNICO FINANCIERA Se efectuará dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al vencimiento del término fijado como límite para la evaluación Jurídica. Esta Comisión establecerá un orden de elegibilidad de las propuestas, previo estudio de las mismas y efectuará un comparativo.

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PUNTAJE TOTAL DE CALIFICACIÓN: se otorgará un máximo de 100 puntos así: PRECIO: Hasta un máximo de 80 puntos A la propuesta de menor valor (tomando como valor el promedio aritmético entre el precio de los viajes en colectivo y en bus urbanos), se le asignará el máximo puntaje y proporcionalmente a los demás aplicando regla de tres simple inversa EXPERIENCIA: Hasta un máximo de 20 puntos para el número de certificados de prestación de servicio de transporte continuo en los últimos cinco (5) años a Empresas o Instituciones, los cuales se asignaran así: De 1 a 4 certificados 5 puntos De 5 a 8 certificados 10 puntos Mas de 9 certificados 20 puntos Los anteriores certificados deben tener la duración de los contratos, los cuales no deben ser inferiores a 10 meses y con un mínimo de tres rutas cada uno. Únicamente se tendrán en cuenta las certificaciones con el servicio calificado como bueno o excelente, además del tiempo de duración y el número de rutas Al sumar los valores anteriores se obtiene el puntaje de ponderación de la oferta, estableciéndose una lista de elegibilidad. En consecuencia, el puntaje máximo que podrá obtener una oferta es el que se describió anteriormente. 5.4. ACLARACIONES Y EXPLICACIONES Una vez entregadas las ofertas no podrán retirarse, adicionarse, modificarse o reemplazarse por los proponentes. A fin de facilitar el examen, evaluación y comparación de las propuestas, las comisiones respectivas designadas por la Industria Licorera de Caldas podrán solicitar las aclaraciones que no modifiquen las ofertas presentadas, siempre y cuando no se incurra en violación del principio de igualdad entre los participantes. En todo caso, la Industria Licorera de Caldas se reserva el derecho de interpretar libremente cualquier incongruencia contenida en la propuesta. 5.5. ELIMINACIÓN DE LAS PROPUESTAS Son causales de eliminación de las ofertas las siguientes: 5.5.1. Cuando el oferente no tenga la capacidad legal para contratar o cuando se encuentre inhabilitado o exista incompatibilidad para contratar con la Industria Licorera de Caldas

5.5.2. Cuando la oferta no se ajuste a las exigencias del presente pliego de condiciones y por consiguiente no sea posible procederse a la calificación de la misma

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5.5.3. Cuando la persona natural y/o jurídica no reúna los requisitos exigidos, o el representante legal de la persona jurídica no tenga la autorización suficiente para presentar la propuesta y firmar el contrato

5.5.4. Cuando el oferente no acredite encontrarse legalmente habilitado para la prestación del

servicio público de transporte especial en esta modalidad

5.5.5. Cuando el oferente no acredite la tarjeta de operación de los vehículos ofrecidos para la prestación del servicio

5.5.6. Por la entrega extemporánea de la propuesta o remisión de la propuesta por correo o

por vía fax 5.5.7. Por sobrepasar el presupuesto oficial aproximado por viaje

5.5.8. Por no acreditarse la póliza y/o pólizas que cubran los riesgos de responsabilidad civil contractual y extracontractual inherentes al transporte, mencionadas en los presentes pliegos

5.5.9. Cuando no exista claridad en cuanto a los vehículos, conductores y valor de viaje por ruta en la forma solicitada en los presentes pliegos de condiciones

5.5.10. Cuando se presente recibo de compra de pliego a nombre diferente del proponente. 5.5.11. Cuando el oferente no presente garantía de seriedad de la propuesta.

5.5.12. Cuando el oferente no acredite las certificaciones indicadas en los numerales 4.3.7 y 4.3.20 5.6. CONOCIMIENTO DE EVALUACIONES Y OBJECIONES Vencido el término de la evaluación Técnico Financiera, tanto los informes de evaluación Jurídica como de la evaluación Técnico Financiera, permanecerán durante cinco (5) días hábiles, en la oficina Jurídica de la Industria Licorera de Caldas, con el único fin de que los proponentes formulen las observaciones del caso; en consecuencia, no podrán completar, adicionar, modificar o mejorar su propuesta. Igualmente serán publicadas en la página web de la Entidad. 5.7. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO La Industria Licorera de Caldas adjudicará mediante resolución, el o los contratos de prestación del servicio de transporte objeto de esta licitación de acuerdo al orden de elegibilidad establecido por la comisión Técnico-Financiera. La adjudicación del contrato se regirá por las pautas establecidas en el presente pliego y se efectuará dentro del término de cuarenta y cinco días (45) calendario siguientes a la fecha de cierre de la Licitación, plazo prorrogable, a juicio de la Industria Licorera de Caldas. 5.8. DECLARATORIA DE DESIERTA

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La Industria Licorera de Caldas declarará desierta la presente licitación, en uno cualquiera de los siguientes casos: - Cuando ninguna de las ofertas se ajuste a lo establecido en el presente pliego - Cuando se presenten hechos que impidan la escogencia objetiva. La presente licitación se declarará desierta a través de un acto administrativo en el que se señalarán en forma expresa y detallada las razones que han conducido a esta decisión. Contra este acto cabe el recurso de reposición. La Industria Licorera de Caldas podrá adjudicar aún cuando exista una sola propuesta que reúna todos los requisitos. 5.9. NOTIFICACIÓN AL PROPONENTE FAVORECIDO Una vez expedida la resolución de adjudicación, la Industria Licorera de Caldas notificará a los proponentes favorecido de acuerdo a los Artículos 44 y siguientes del Código Contencioso Administrativo. A los proponentes no favorecidos se les comunicará sobre la adjudicación del contrato, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la expedición de la resolución de adjudicación, en el evento de que el acto de adjudicación no se haya realizado en audiencia pública. 5.10. FIRMA Y LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO Los proponentes favorecidos deberán firmar el contrato dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación y deberán legalizarlo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la firma. En el evento en que el proponente favorecido con la adjudicación no firme el contrato en el término establecido, la Industria Licorera de Caldas le hará efectiva la garantía de seriedad de la propuesta y podrá adjudicar el contrato al oferente que figure en el listado de elegibilidad en el puesto 2 y así sucesivamente, siempre y cuando la propuesta sea favorable para la entidad. 5.11. CORRESPONDENCIA Toda la correspondencia de los proponentes relacionada con la licitación, deberá ser enviada a la siguiente dirección: INDUSTRIA LICORERA DE CALDAS Subgerencia General Administrativa Zona Industrial Juanchito. Teléfono: 8782200 extensión 2001. Fax 9782211

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CAPÍTULO VI

CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO 6.1. OBJETO El objeto del presente contrato es la prestación del servicio de transporte para los trabajadores de la Industria Licorera de Caldas en las rutas y formas descritas 6.2. VALOR DEL CONTRATO El valor total del contrato para los doce (12) meses, se calculará teniendo en cuenta el valor por viaje y el número efectivo de los mismos. 6.3. FORMA DE PAGO El pago del servicio contratado se hará mensualmente, previa presentación y tramitación por parte del contratista, de la correspondiente factura, la que deberá ser presentada a través del Interventor del contrato. 6.4. DURACIÓN La duración del contrato será de doce (12) meses, contados a partir de la fecha de aprobación de la garantía única. 6.5. GARANTÍA ÚNICA El proponente favorecido con la adjudicación del contrato estará obligado a constituir a través de una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia y con sucursal en Manizales, una garantía única que avale los siguientes riesgos: El cumplimiento de todas y cada una de sus obligaciones contractuales, por cuantía equivalente al treinta por ciento (30%) del valor total del contrato, con vigencia igual al término de duración y seis (6) meses más. Calidad, por cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, con vigencia igual al término de duración y un (1) año más El pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones por cuantía equivalente al diez por ciento (10%) el valor total del contrato, con vigencia igual a la duración y tres (3) años más. 6.6. SEGUROS El contratista deberá acreditar y mantener vigente durante el término de duración del contrato el seguro que cubra a las personas contra los riesgos referentes al transporte. Salvo que el Gobierno Nacional haya expedido otra reglamentación al respecto, las empresas transportadoras deberán contar con pólizas de seguros que amparen los siguientes riesgos:

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LA PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL que deberá cubrir al menos los siguientes riesgos: a. Muerte b. Incapacidad permanente c. Incapacidad Temporal d. Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios. El MONTO ASEGURABLE de cada riesgo no podrá ser inferior a sesenta (60) salarios mínimos mensuales legales vigentes por persona. Los riesgos mínimos asegurables de la RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL, serán los siguientes: a. Muerte o lesiones b. Daños a bienes de terceros El MONTO ASEGURABLE por cada riesgo de seguro no podrá ser inferior a sesenta (60) salarios mínimos mensuales legales vigentes. 6.7. SANCIONES En el contrato se estipulará la aplicación por parte de la Industria Licorera de Caldas sanciones consistentes en multas sucesivas por un valor equivalente al cero punto cinco por ciento (0.5%) del valor total del contrato por cada día de retardo en el cumplimiento de alguna de las obligaciones del contratista. El valor de las multas o sanciones se le deducirán al contratista de cualquier suma que le esté adeudando la Industria Licorera de Caldas. Todo lo anterior sin perjuicio de que se haga efectiva la garantía única. CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA EL CONTRATISTA otorgará una cláusula penal pecuniaria, mediante póliza expedida por compañía de seguros con sucursal en la ciudad de Manizales, mediante la cual garantizará el pago de las sanciones que le puedan ser impuestas en virtud del contrato celebrado, la cuantía será equivalente al treinta por ciento (30%) del valor total del contrato y la vigencia será durante la duración del contrato y cinco (5) meses más. 6.8. PRESTACIONES SOCIALES Y APORTES PARAFISCALES 6.8.1. PRESTACIONES SOCIALES El contratista se obliga a reconocer y a pagar a sus conductores todas las prestaciones sociales establecidas en la Legislación Colombiana e igualmente está obligado a efectuar el pago por concepto de subsidio de transporte, cuando a ello hubiere lugar, además dotación adecuada de vestidos, calzado, elementos de protección personal, equipo y herramienta en estado óptimo para el buen desempeño de los conductores.

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6.8.2. APORTES PARAFISCALES El contratista se compromete al pago de los aportes parafiscales a su cargo, como Sena, ICBF y subsidio familiar e igualmente a vincular al conductor al Sistema de Seguridad Social en Salud y en Pensiones. Además se compromete a cumplir con todo lo relacionado a la protección del personal de conductores a su cargo en el Sistema General de Riesgos Profesionales. 6.8.3. PAZ Y SALVO DEL CONTRATISTA El incumplimiento por parte del contratista, de las obligaciones aquí establecidas, darán la facultad a la Industria Licorera de Caldas de retener las sumas que ésta le adeude hasta el momento que presente la constancia de paz y salvo de sus conductores. El contratista deberá presentar a la Industria Licorera de Caldas, antes del último pago que ésta le haga, la constancia de estar a paz y salvo por concepto de salarios y prestaciones sociales de los conductores. 6.9. CADUCIDAD La Industria Licorera de Caldas podrá declarar la caducidad del presente contrato de conformidad al Artículo 18 de la Ley 80 de 1993. 6.10. TERMINACIÓN, MODIFICACIÓN E INTERPRETACIÓN UNILATERALES La Industria Licorera de Caldas podrá terminar, modificar e interpretar el presente contrato de conformidad a los Artículos 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993. 6.11. DOCUMENTOS DEL CONTRATO * Pliego de condiciones * Resolución de adjudicación * Propuesta seleccionada * Certificado de reserva presupuestal * Garantía única 6.12. LIQUIDACIÓN Se efectuará dentro de los dos (2) meses siguientes a su terminación, de conformidad a los Artículos 60 y 61 de la ley 80 de 1993. 6.13. INTERVENTORÍA La efectuará el Coordinador Área Seguridad Industrial 6.14. GASTOS DE LEGALIZACIÓN DE CONTRATO Serán por cuenta del proponente favorecido con la adjudicación del contrato los gastos de legalización del mismo, los cuales consisten en:

- Pago de impuesto de timbre, equivalente al 1.5% del valor total del contrato incluir IVA. - Pago de estampilla pro-desarrollo equivalente al uno por ciento (1%) del valor total del

contrato sin incluir el IVA. - Pago de estampilla pro-universidad equivalente al uno punto cinco por ciento (1,5%) del valor

total del contrato sin incluir el IVA.

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- Pago de gastos de publicación, equivalente a salarios mínimos mensuales vigentes del valor total del contrato. - Pago del valor de la garantía única y de los seguros. 6.15. ANEXOS: Anexo 1: Carta de presentación Anexo 2: Formato experiencia. 6.16. FIRMAS V°B° CARLOS LÓPEZ BOTERO ALVARO MONTOYA SALAZAR Coordinador Área Seguridad Ind. Subgerente General Administrativo V°B° JORGE ENRIQUE VELASQUEZ YEPES Jefe Oficina Asesora Jurídica

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ANEXO “1”: MODELO DE CARTA REMISORIA DE LA PROPUESTA

Manizales, febrero 2007 Señores INDUSTRIA LICORERA DE CALDAS Manizales

Ref.: “Propuesta para la Licitación 01-2007, cuyo objeto es la selección del Contratista que prestará el servicio de Transporte para los Funcionarios de la Industria Licorera de Caldas. El suscrito, obrando en su propio nombre y/ó en representación legal de: _____________________________, presenta su propuesta en la cual se ofrece, para prestar los servicios de transporte para los Funcionarios de la Industria Licorera de Caldas, todo de acuerdo con el contenido de los pliegos de condiciones de la Licitación 07-2005. MANIFIESTO QUE: Conozco los Pliegos de Condiciones, información general de la Licitación 01-2007 y los medios escritos números (addendas) ____________ y acepto todos los requisitos contenidos en ellos. Soy (somos) el (los) único (s) interesado(s) en la propuesta que presento (amos); que ninguna otra persona fuera de los aquí nombrados o por mi (nosotros) representados tiene interés en esta propuesta o en el contrato que se celebre y que no tengo conexión alguna con otra persona o Entidad proponente en esta misma Licitación Pública y por consiguiente solo compromete a el (los) firmante (s). Bajo la gravedad del juramento, como persona natural (o jurídica) no me (nos) encuentro (encontramos) incurso (s) dentro de las inhabilidades e incompatibilidades para contratar contempladas en las normas legales vigentes Así mismo declaro bajo la gravedad del juramento que no figuro en el Boletín de la Contraloría General de la República, con fallo en contra con responsabilidad fiscal de acuerdo con lo indicado en el artículo 60 de la Ley 610 de 2002. Que tengo pleno conocimiento del sitio donde se prestara el servicio y de las condiciones que rigen para la prestación mencionada. Que me comprometo a tener en cuenta los horarios establecidos por la INDUSTRIA LICORERA DE CALDAS, para la ejecución del contrato.. Que en caso de que se me adjudique el contrato, me comprometo a formalizarlo con base en los documentos de los pliegos de condiciones y otorgar las garantías que se establecen en el mismo documento de pliegos de condiciones.

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Para la determinación del valor de la propuesta, tuve en cuenta todos los gastos e impuestos legales vigentes necesarios para la legalización del contrato, e igualmente para la prestación del servicio a que se refiere la Licitación Pública 01-2007. Manifiesto o (manifestamos) que nos encontramos al día en nuestras obligaciones legales tributarias. Sobre mi o alguno de nosotros no cursa ningún tipo de demandas o procesos civiles por embargos a favor de terceros de cualquier índole, que afecten de manera grave la ejecución del contrato. Información sobre las persona que firmará el contrato en caso de adjudicación del mismo: Nombre completo ___________________________ Identificación ___________________________ Cargo ___________________________ Atentamente, --------------------------------- --------------------------------- Firma Firma El proponente señala como dirección para recibir comunicación relacionada con esta propuesta, la siguiente:

Nombre de la firma: NIT: Nombre del representante legal: Identificación: Dirección: Teléfono: Fax: Celular: E-mail : Buscapersonas: Código: Ciudad:

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ANEXO “2” MODELO CERTIFICACIÓN DE CONTRATOS DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

EMPRESA QUE EXPIDE LA CERTIFICACIÓN NUMERO DEL CONTRATO: FECHA DE INICIACIÓN: Contratos suscritos a partir del mes de FECHA DE TERMINACIÓN: No. De Rutas CALIDAD DEL SERVICIO Excelente ----- Bueno ----- Regular ----- Deficiente ---- CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO: Excelente ----- Bueno ----- Regular ----- Deficiente ---- NOMBRE DE QUIEN EXPIDE LA CERTIFICACIÓN: Representante legal o funcionario competente FIRMA DE QUIEN EXPIDE LA CERTIFICACIÓN: FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA CERTIFICACIÓN: NOTA: El proponente puede presentar la información en este anexo o en el formato que se desee, en todo caso, debe contener toda la información aquí requerida. De no ser así, la certificación no será tenida en cuenta para la ponderación técnica.

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