2do, texto paralelo de derecho agrario

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UNIVERSIDAD RURAL DE GUATEMALA. CENTRO UNIVERSITARIO NOR-OCCIDENTE SEDE HUEHUETENANGO FACULTAD: INGENIERIA AMBIENTAL CURSO: DERECHO AGRARIO CAT. LIC. JOSE RAUL LOPEZ TEXTO PARALELO II YOMALI GUILLERMINA NOLASCO VILLATORO CARNE: 120080028 QUINTO SEMESTRE

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DERECHO AGRARIOUNIVERSIDAD RURAL DE GUATEMALA.CENTRO UNIVERSITARIO NOR-OCCIDENTESEDE HUEHUETENANGOFACULTAD: INGENIERIA AMBIENTALCURSO: DERECHO AGRARIOCAT. LIC. JOSE RAUL LOPEZ

TEXTO PARALELO II

YOMALI GUILLERMINA NOLASCO VILLATOROCARNE: 120080028QUINTO SEMESTRE

HUEHUETENANGO, O3 DE MAYO DE 2014.

NDICEDESCRIPCION PAGCARATULAPRESENTACION. 3INTRODUCCIN... 4OBJETIVOS... 51. JUSTOS TITULO, JUSTAS GERRAS. 61.1 CAPITULACION, REQUERIMIENTO, CENSO ENFILEUTICO.. 61.1.1 CENSO EFILEUTICO.. 61.2 ENCOMIENDA.. 61.3 REPARTIMIENTOS.. 6-72. LA POLITICA AGRARIA COLONIAL Y LOS ORIGENES DEL LATIFUNDIO EN GUATEMALA.ORIGEN DEL LARIFUNDIO... 8-9

2.1 ORIGEN DEL LATIFUNDIO... 93. GUATEMALA EN LA DECADA DE LA INDEPENDENCIA.. 93.1 CONTENIDO DE CLASE DE LA INDEPENDENCIA. 93.2 CONSTITUCION GENERAL DE 1824 9-104. LEGUISLACION AGRARIA DEL PRIMER GOBIERNO LIBERAL(DOC. MARIANO GALVEZ).. 10-11

4.1 IMPULSO A LA ACTIVIDAD AGROEXPORTADORA Y MODERNIZACION DEL PAIS.. 11

4.2 MANDAMIENTO DE LOS INDIOS 114.3 REGLAMENTO DE JORNALEROS 11-12CONCLUSIONES.... 13RECOMENDACIONES.... 14

PRESENTACION.Dentro del territorio guatemalteco considerado como un pas llego de culturas, una biodiversidad de flora y fauna, areas territoriales con grandes extensiones su gente, sus diversas caractersticas que los diferenciaban de otros grupos tnicos o pases, fue uno de los pases por los cuales fue invadido por el imperio espaol nombrando a este tiempo la conquista y colonia, apododerandose de todo recurso con que estas persona contaban, despojndolos de sus tierras sin dar derecho alguno sobre el explotndolos al trabajo forzado y obligado. Formando grupos de malas organizaciones ordenas por el rey quien era la autoridad de esta poca promovido por la corona espaola, la monarqua y la iglesia; quien daba ordenes para que realizaran todo lo predicho, durante esta poca todo indio fue saqueado de sus tierras, de acurdo a este acto el rey se encargaba del repartimiento de tierras junto esto tambin repartiendo a los indios y someterlos a la esclavitud en contra de su voluntad, amenazndolos a muerte porque tenan que pagar un tributo a la corona esto dependa de productos bsicos, de produccin como el maz, caf. Metales y material de construccin u otras tareas mas que cubrir, sin tener el derecho a que ellos pudieran elegir el cargo o trabajo que gustaran tener y a que amo servir.Esta mala distribucin de las tierras y el proteccionismo de parte de las elites gubernamentales econmicamente dominantes que desembocan en un estado de corrupcin, reformando la ley agraria imponindolas ante los indios. Dados todo estos acontecimientos la esclavitud, maltratos, violaciones a las mujeres, marcaron en estas personas inmortalizacin, miedo, muchos sentimientos negativos que solo consideraban una lucha para sobrevivir.Desde entonces se dieron las diversas guerras entre guerrieros y soldados por las tierras que se quedaron repartidas y el cambin de las leyes legislativas, el poder otorgndose a aquel que contaba con mas recursos econmicos que pudiese pagar, y siempre sometiendo a esclavitud trabajo forzado dentro de sus tierras, sin importar lo que los indios sentan o deseaban.Durante el gobierno del doctor Mariano Glvez un una gran figura poltica que emiti diversas leyes debatindole las propiedades a la iglesia y dndolas aquellos grupos para que las trabajaran, impulsando dentro del mismo el cultivo de caf y grama, una de las producciones que mantuvo el estado econmico de Guatemala, creo diversos monumentos, concedi que todo aquel que contena titulo de sus tierras fuese presentado para verificar y llevar el proceso de que fueran legtimos dueos de dicho patrimonio. Despus de terminar su gobierno tomo el poder Rafael carera y la iglesia teniendo el privilegio de recuperar lo que les fue quitado por Morazn Y Glvez.Todo estos sucesos que acontecieron aos atrs las reformas legislativas agrarias, el latifundio, expropiacin de tierras, esclavitud, pago del tributo, poder dominante de las elites gobernantes, nos da a conocer una historia donde los indios sufrieron durante 500 aos, para que tomemos conciencia de que ahora nuestra realidad debemos aportar para que estos catstrofes no se de mas [footnoteRef:2]dentro de nuestro territorio guatemalteco y velar para que se cumpla la ley. [2: 3]

INTRODUCCIONDentro de la sientes realizada por una serie de temas que nos hacen ver la vida de sufrimiento y el poder que ejercan los espaoles sobre los indios por considerarse unas personas pobres, de etnias y una cultura diferente, sencillos, humildes, analfabetos etc., que se perdi de acuerdo a las divisiones y repartos que realizaron estos gobernantes dominantes obligndolos al trabajo forzado encontrar de su voluntad, aprovechando de ellos el pago que les otorgaban del tributo para ir creciendo econmicamente la corona y la iglesia, tambin impugnando las leyes legislativas promoviendo nuevas leyes en las que ellos disponan del poder poltico, econmico y social de Guatemala. Dentro del desarrollo del trabajo hablamos un poco de estos temas que nos hay dado a conocer como se desarrollaban las leyes y poltica entre nuestros gobernantes, y el impero espaol. Justos titulo, justas guerras Capitulacin, requerimiento, censo enfitutico Censo enfitutico Encomienda Repartimientos

La poltica agraria colonial y los orgenes del latifundio en Guatemala

Guatemala en la dcada de la independencia. Contenido de clase de la independencia. Constitucin general de 1824.

Legislacin agraria del primer gobierno liberal (doc. Mariano Glvez) Impulso a la actividad agro exportadora y modernizacin del pas Mandamiento de los indios Reglamento de jornaleros

[footnoteRef:3] [3: 4]

OBJETIVOSGENERALESConocer la manera en que se estableci la poltica de la reforma agraria en Guatemala, la vida de nuestros antepasados en tiempo de la colonizacin invasin por los espaoles, la monarqua y la iglesia; as mismo como fue configurndose las leyes legislativas, polticas, econmicas, sociales y culturales en el transcurso de los tiempos por los diferentes gobernantes hasta nuestros das.

ESPECFICOS:Comprender el porque de la iglesia incorporarse con la corona para ser participe de todos los desastres que ocurriendo durante la colonizacin.Sealar las oportunidades que tuvieron los indios e indgenas durante el gobierno del Doctor Mariano Glvez y Morazn.Verificar la estructura y organizacin de las propiedades privadas y las relaciones jurdicas que se prestan como motivo de las tendencias de tierras.

[footnoteRef:4]j [4: 5]

o

J[footnoteRef:5] [5: ]

1. JUSTOS TITULO, JUSTAS GERRAS1.1 CAPITULACION, REQUERIMIENTO, CENSO ENFILEUTICO

1.1.1 CENSO EFILEUTICOLa enfiteusis o censo enfitutico, es un rgimen compartido de tenencia de tierra que lleva consigo la disociacin del dominio entre el dominio directo, correspondiente al propietario, y el til, el de la persona que usa y aprovecha la finca. La falta de pago del canon por parte del titular del dominio til puede llevar consigo el comiso de ese dominio por el titular del dominio directo, que vuelve a la situacin de la propiedad anterior a la institucin de la enfiteusis. El dominio til implica que el enfiteuta poda decidir sobre el destino econmico de la tierra y modificarlo cuanto quisiera siempre y cuando abonara el canon anual.1.2 ENCOMIENDA:

a. Qu es la encomienda? Laencomiendafue una institucin socio-econmica mediante la cual un grupo de individuos deba retribuir a otro en trabajo, especie o por otro medio.Dentro de la encomienda los espaoles les intereso el enriquecimiento personal por cual tomaron medidas de carcter econmico de manera que modificaron el sistema de explotacin del campesino por medio de las encomiendas, este sistema consista en forzar al campesino en el pago del tributo a la encomienda ya que su funcin era brindar el servir a los que vinieron a conquistar el territorio Guatemalteco de tal manera que la explotacin que se le hizo al campesino fue inhumana a comparaciones que el feudalismo europeos, la corona busca justificaciones de los encomedaderos pretendiendo que ellos eran protectores de los indgena lo cual para llegar a ellos era catequizarlos religiosamente. Todo este proceso nos da a entender que la encomienda fue un despiadado sistema de explotacin de trabajo indgena esta explotacin se dio del momento en que los campesinos se vieron forzados a entregarles a sus nuevos amos sus productos de trabajo, de gran parte sus producciones agrcolas o dinero pero en presentacin personales, esto lo llevo aprovecharse del tributo y mano de obra de los indgenas. Comprendemos que lo primero beneficios a los cuales tuvieron acceso los espaoles fue apropiarse de las tierras patrimoniales y los tributos que se recogan en la encomienda u otros servicios brindados, todo campesino que fue repartido o encomendado daban tributo al encomendadero en cambio todo campesino que no estaba recomendado tenia la obligacin de pagar tributo real como productos de produccin como frijol, maz, calabaza, tomate, chile, etc., as mismo prestar servicios como construccin de iglesias, casas, haciendas, caminos, puentes etc., tambin llegaron exigiendo tributo en metales que obligo a los campesinos a trabajar en la plantaciones de caa y cacao. Realmente todo las exigencias y explotaciones hacia los indgenas hizo destrozos entre la poblacin su nica salida era huir a las montaas dejando todo lo que tenan.1.3. REPARTIMIENTOSb. Que es el Repartimiento?El repartimiento es ms que repartir o distribuir una cosa que el individuo realiza, Dentro de la colonia solan darle varios usos como el repartimiento de cosas entre las personas o personas entre si, este uso fue modificado enfocado a la produccin a cual dio nfasis de formacin legal, dentro de la misma existan 5 instituciones socio econmicas quienes se les nombro repartimiento a raz de la derrota militar de los indgenas; a cauda de lo mismo los indgenas fueron esclavizados, repartidos y encomendados, fue el primer repartimiento en la primitiva encomienda. En las dos primeras dcadas de Guatemala el capitn quien tenia el mando reparta a los indios a los conquistadores o entre los colones que lo solicitaran, dentro de la misma tambin se le hizo vario repartimientos a lvaro en sus ausencias. El primitivo repartimiento consiste en lo siguiente: Los indgenas eran repartidos pero ellos permanecan en sus poblados que sus rasgos y caractersticas [footnoteRef:6]es muy propio que al del pueblo de los indios que sigui cuando se repartan y se encomendaban a los indios quienes estaban bajo autoridad de los encomendadores los cuales obligadamente tenia que tributarle en bienes y trabajos a su patrn todo ello dependa de lo que el peda a sus jornaleros o indios. Todo indio estaba bajo el mando del encomendadero quienes los someta a la esclavitud en contra de su voluntad, forzndolos a trabajar bajo su autoridad para entrega del tributo sugerido como metales, frutos, etc., si no cumplan con lo mandado eran amenazados a muerte, aunque ellos no pasaba por derecho a una posesin del encomendadero, sino que era de su propiedad porque dispona de sus vidas. [6: 6]

La perspectiva de los conquistadores hacia la esclavitud de los indios era sobre el gran enriquecimiento para ellos; algo que la monarqua espaola no puedo limitar ante los colonos o conquistadores, de igual manera las justificaciones polticas y morales consideraba que el repartimiento segn la corona los indios quedaban encomendados a quien los reciba quien se hacia responsable de velar por su indoccrina cristiana y salvacin de sus almas. Durante el siglo XVI se llega a cabo la reorganizacin de las colonias con la aplicacin de la Leyes Nuevas, dentro de ella implicaba el repartimiento de indios lo cual no consista en que ellos tuviesen el dominio de las tierras, si no mas bien toda tierra le perteneca al rey las cuales le fueron acreedoras al inicios de la colonia, el rey le otorgaba el poder a sus antiguos poseedores los indgenas para que ellos tomen el mando junto a los primitivos encomendaderos, conquistadores y colones sometidos a trabajarlas y darle el tributo requerido. As como resulto la esclavitud virtual se le dio origen a la esclavitud legal y declarada lo cual dio lugar a los encomendadores poder realizar estas acciones sin necesidad de ocultarlo, bajo esta nueva ley los indgenas se negaba aceptar el derecho de hacerse esclavos de guerra con el nico fin de hacer esclavos. Dentro de este mismo periodo tambin enfocamos al repartimiento de tierras por parte de los conquistadores, considerndose que las tierras de los indios y ellos mismos podan quedrsele a un conquistador pero no fuese as el repartimiento antes sealado, las tierras de los indios se supona que ellos permaneca en sus tierras para sobrevivir y poder tributar. Solo se solicitaba el repartimiento de aquellas tierras que no fuesen aun repartidas por los indgenas a si mismo tambin se repartan a lo indios junto a las tierras que aun no han sido repartidas ya hechas estas reparticiones se aplico el trabajo de los indios legalmente esclavizadosTodo mostro un nuevo panorama aplicando las Leyes Nuevas esquematizndose que todo indio repartido o encomendado estn bajo una presin de esclavitud virtual y todas las tierras que les fueron arrebatadas las cuales tienen que ser trabajadas por los indios, el repartimiento de indios y de tierras configuro el poblado indgena y las empresas agrcolas del aquel periodo llamada estancia.Se inicia una etapa donde los el sistema colonial espaol se organizo y crearos mtodos de rpido enriquecimiento, la esclavitud y el trabajo forzado ha causado la muerte de cientos de de miles de indgenas hizo huir y revelrseles ante los colonizadores de acuerdo a la jerarqua que manejaban por lo realizaron fueron sometidos a la esclavitud tratados como mercancas vendidos a los colonizadores forzndolos a trabajar con los colonistas en contra de su voluntad. El repartimiento de los indgenas determino el aprovechamiento de las tierras conquistadas sino tambin legalizo el trabajo forzado semigratuita ya implicaba la obligacin del pago de trabajo por da equivale a un real por da, el salario mnimo que se le daba a cada trabajador careca de libertad para escoger la clase de ocupacin y el amo a quien servir, todo esto lo determinaba un juez al momento del repartimiento quienes formaron a ser cmplices del los encomendadores y terratenientes estos le pagaba cierta cantidad a los jueces por cada campesino repartido. Los campesinos fueron tratados como animales sufriendo los malos tratos de los colonizadores todo ello viene hacer que los campesinos tuvieren una lucha de sobrevivencia, con lo poco que les pagaban no era lo suficiente para cubrir su alimentacin y otros gastos que hacan para mantener sus cultivos; con forme aumentaron las haciendas y las demandas de mano de obra el numero de indgenas disminuyo fuese ah donde se le dio origen al una rapia por trabajadores dentro de la [footnoteRef:7]misma surge el peonaje o esclavitud por deuda, donde muchos colonistas se aprovecharon por la demanda de obra de haba asegurando la mano de obra permanente de modo que ya no dependieran de los repartimientos. [7: 7]

2. LA POLITICA AGRARIA COLONIAL Y LOS ORIGENES DEL LATIFUNDIO EN GUATEMALA.De sobra se sabe que el problema primordial de la sociedad guatemalteca es la mala distribucin de su ms importante medio de produccin. La tierra se halla concentrada en pocas manos, mientras carece de ella la gran mayora de la poblacin dedicada a la agricultura, ya porque no la tenga en absoluto o porque sea escasa y mala la que posee. Censos y estudios recientes ponen a la vista las proporciones del fenmenoLa informacin recitada en los documentos coloniales respecto a las tierras, las leyes, las reales cedulas permiten nombrar a 5 principios que norman a la poltica agraria.a. Primero: Principio que nos habla sobre las tierras que estaban bajo el mando de la corona espaola en el tiempo de la conquista tomadas y despojadas de los indgenas, nos da a conocer como punto central el la toma de posesin de las tierras, que desde la colonizacin de los espaoles tomaron estas propiedades la cual abola a todo derecho de propiedad de los nativos por sus tierras; ellos solo poda recibirlas de su verdadero propietario quien era el Rey era l que venda o encomendaba.Para que pudiesen tener acceso a estas tierras deban una comunidad o persona en particular deban acudir al rey para obtener su patrimonio legal por lo contrario estas tierras no se pueden trabajar si haber sido dadas u otorgadas por el rey, los seoros destacaban a todo aquel dicindoles que no hay tierra sin dueo o nadie puede introducirse en tierras que el rey no haya cedido. Este principio sobre el dominio del rey sobre las tierras puso la base legal sobre los latifundios.b. Segundo: El estado espaol enfoco este principio en la poltica agraria en indias la cual llamo principio aliciente, la corona toda aquella empresa por parte del estado estimulndolas como empresas privadas ofrecindoles a los conquistadores una serie de ofertas econmicas a toda provincia que fuese conquistada, ya que estos tributos no le eran otorgados a todo conquistador lo cual ellos tenan que mostrar mucha marginada en la cesin de tierras. De este modo sealamos como inicio del latifundio en la colonia, la monarqua enviaba a los colonizadores a conquistar en nombre y bajo el control de la monarqua la misma los premiaba cedindoles partes de esas mismas tierras y sus habitantes.c. Tercero:Ya estando establecidos dentro del los territorios la cual la monarqua se apodero de ello por parte de la colonizacin perdieron el ritmo del principio de aliciente siguiendo como forma atenuada, una mayor parte de colonizadores se establecieron dentro de los territorios formaron ciudades, tenan tierras en abundancia disponan del trabajo forzado de los indios, tenan encomiendas haban fundado familias tenan descendientes, la monarqua atendiendo estas situaciones se tomo el derecho de nombrar un nuevo principio la tierra como fuente de ingresos para las cajas reales bajo el procedimiento de la composicin de tierras., la corona solicito el titulo de dichas tierras quienes las tenan en su poder, otros casos se verificaba si cumpla los requisitos para poder otorgrsele un titulo si no hubieron usurpaciones diera el caso el rey exiga una cantidad de dinero si no se contaba con ello las mandaba a desalojar.En 1591 Felipe ll despacho dos cedulas que pusieron en accin la composicin de las tierras de Guatemala, la usurpacin de tierras tomadas ilegalmente pero se estaba viendo de que manera la usurpacin parara por ser un procedimiento normal para apropiarse de las tierras hasta el fin de la colonia, la toma de posicin de manera ilcita dio origen al latifundio todo ello ocurri a despecho de voluntad de los reyes ya que todo esto fue removido por la poltica econmica de la monarqua esto les causo grandes ingresos a la corona durante todo el periodo colonial.d. Cuarto:Este principio se basa sobre la defensa de las tierras de indios, las leyes coloniales y la Audiencia en [footnoteRef:8]Guatemala exponen de manera concreta y clara el inters de la monarqua en los pueblos de indios [footnoteRef:9]que tuvieran tierras suficientes dando a conocer que tal registr no aparece hasta que surge la nueva reforma de las nueva leyes desde entonces comenzaron a vivir los indios y tribuir al rey, por cual deroga monarqua exponiendo que los pueblos deben tener sus elegidos territorios comunes y de pastoreo, y que todo indio que quiera obtener tierras debe tratarse de manera preferencial, en ningn momento debe admitirse aquellos que usurparon tierras de indios, deben tener en guardia en los distintos pueblos indgenas que no se este solicitando tierras usurpadas a ellos. Por ello deba que tener tierras suficiente para que los indios pudieran trabajarlas sin necesidad de ir a buscar otras tierras; todo ello tratado como un principio fundamental de la poltica agraria en la colonia. [8: 8] [9: 9]

e. Quinto:Este principio fue el principio del bloque agrario de los mestizos, las leyes de indias no hacen discriminacin alguna a estas poblaciones sino mas bien les brindan el apoyo legal para que ellos tambin tengan procedimientos usuales, toda autoridad no les limitaban el acceso a obtener tierras a los mestizos, ya que eran personas de escasos recursos econmicos fuese necesario que el gobierno colonial tomara las provisiones necesarias para proporcionarles tierras considerndolos como un grupo muy diferenciado y muy necesitado de dichos recursos. Dado a distinta etnia los indios disponan de tierras y los mestizos grupo emergente de la sociedad no contaban con un patrimonio, quienes debieron tomar para trabajar sus tierras la monarqua o la corana. Surge una nueva poltica de negacin de tierras a los mestizos pobres mas bien se otorgaba aquel que contaba con recursos econmicos esto estimulo al crecimiento del los latifundios, muchos ladinos pobres desplazaron a vivir a las haciendas y trabajar a cambio de tierras en usufructo. Todo ladino pobre proveniente de las areas rurales se someti a las condiciones de trabajo de los latifundistas. 2.1 ORIGEN DEL LARIFUNDIOLos principios anteriores nos dan a conocer como se desarrollo la poltica agraria colonial en ese periodo de la colonizacin, as mismo sus principios como el primero de ellos fue el fundamento sobre el que operaron los restantes. El segundo fue el punto de arranque del latifundismo en Guatemala. El tercero fue el gran mecanismo generador y ampliador de latifundios durante ms de dos siglos coloniales. El cuarto no fue generador de latifundios tierra comunal para los pueblos de indios Y el quinto debe haber actuado como incitante secundario.Los principios de la poltica agraria colonial no hubieran llevado el latifundismo a los extremos que lleg, si la estructura de la colonia y la esencia de la clase terrateniente criolla no hubieran obligado a dicha clase a aprovecharse de aquellos principios para ampliar su dominio, cerrado y excluyente, sobre la tierra. La tierra sin indios no significaba nada, porque la gran importancia de los indios como creadores de valor, aconsejaba la adquisicin de grandes extensiones de tierra. Es interesante anotar que el latifundismo lleg a ser un serio problema ya en la misma poca colonial. As lo revelan de manera notable los clebres Apuntamientos sobre Agricultura y Comercio3. GUATEMALA EN LA DECADA DE LA INDEPENDENCIA.

3.1 CONTENIDO DE CLASE DE LA INDEPENDENCIA3.2 CONSTITUCION GENERAL DE 1824.Al emanciparse Guatemala del Imperio Mexicano (el 2 de agosto de 1823) rigi provisionalmente la vida poltica del pas la Constitucin Espaola de 1812. El22 de noviembre de 1824entr en vigor, para toda Centroamrica, la Constitucin Federal de ese ao: dentro de la Federacin, se aprob la Constitucin del Estado de Guatemala de11 de octubre de 1825.La disolucin de la Federacin Centroamericana supuso la necesidad de que sus Estados miembros se dotasen de sistemas constitucionales propios.En Guatemala, durante la fase que va de 1839 a 1871 (el llamado rgimen conservador o de los treinta aos) el sistema constitucional se integr por las Leyes Constitutivas aprobadas en 1839 por una Asamblea Constituyente: la Ley Constitutiva del Poder Ejecutivo (Decreto 65) la Ley Constitutiva del Supremo Poder Judicial (Decreto 75) y la Declaracin de los Derechos del Estado y sus habitantes (Decreto 76). Una posterior Acta Constitutiva de 1851 confirmaba el poder omnmodo del dictador Carrera.El paso al rgimen liberal se tradujo en la adopcin de la Constitucin de 1879, texto que se mantuvo en lo esencial en vigor hasta 1944, si bien se vio sometido a numerosas reformas. Tales fueron las de los aos 1885, 1897, 1903,1921 (reforma de amplio calado pero de escasa duracin), 1927,1935 y 1941 (estas ltimas de acusado carcter presidencialista).

La Revolucin de octubre de 1944 supuso el fin de la etapa liberal, y la adopcin de la Constitucin de 13 de marzo de 1945, en vigor bajo las Presidencias de Arvalo y Arbenz, y cuya vigencia termin con el golpe de 1954.En esta fecha se aprob el Estatuto Poltico de la Repblica de Guatemala, que derog la Constitucin de 1945 (10 de agosto de 1954). Una Asamblea Constituyente elabor la Constitucin de 1 de marzo de 1956 en vigor hasta el golpe de Estado militar de 1963. El 10 de abril de este ao se aprob una Carta Fundamental de Gobierno, segn la cual"El poder pblico ser ejercitado por el Ejrcito de Guatemala, conservando su jerarqua militar". Este estado de cosas finaliz con la aprobacin, por una Asamblea Constituyente, de la Constitucin de 15 de septiembre de 1965. Un nuevo golpe de Estado militar, el 23 de marzo de 1982, declar en suspenso la Constitucin de 1965, y una Junta Militar emiti, el 27 de abril del mimo ao, un Estatuto Fundamental del Gobierno. Bajo la direccin del general scar Meja Vctores, que haba depuesto el 8 de agosto de 1983 al tambin general Ros Montt, se inicia el proceso de transicin a la democracia, dictndose en enero de 1984 una nueva ley electoral que regir las elecciones constituyentes celebradas el 1 de julio de 1984 mediante un sistema electoral de doble voto de tipo alemn

4. LEGUISLACION AGRARIA DEL PRIMER GOBIERNO LIBERAL. (DOC. MARIANO GALVEZ)

4.1. MODIFICACION DEL REGIMEN DE TENDENCIA DE TIERRASDurante los aos 1830 a 1839 gobierna como jefe el Estado de Guatemala el Doc. Mariano Glvez durante su periodo se reglamento por primera vez en Guatemala lo concerniente a la matricula de bienes inmueble con autoridad de que los jefes departamentales abrieran todo libro necesarios. Esta ley emitida en septiembre de 1933 dando orden a que fuese registrado toda actividad o movimiento realizado a propiedad de raz as mismo dentro de la misma entra la distribucin territorial valido 4 reales por caballeraDurante su gobierno en mi 1834 ampara a los indgenas que por las leyes anteriores no les concedan el derecho a apropiarse de sus tierras y ellos mismos con cualquier ttulo probaban la propiedad de sus tierras. En el ao 1836 por medio de la Asamblea legislativa mandan a corromper todas las propiedades privadas y tierras baldas que no fuesen haber sido otorgadas o sindole y siga bajo el poder del estado, el 1837 el estado declara que tuvieran terrenos baldos. El artculo 3ero. De la constitucin gubernativa contempla la titulacin supletoria emanan esta ley beneficindose probando que son respectivos dueos de su patrimonio correspondiente solucionar todo mal entendido sin complicacin alguna. El doctor Mariano Glvez dicta otras medidas importantes como:a. Libertad de contratacin para el trabajo y abolicin de trabajo personal obligatoriob. Se exonera por 20 aos los impuestos de exportacin de la grana.c. Se impulsa el cultivo de caf.d. Se expropian los bienes de la iglesia y se otorgan a los agricultores que lo solicitaren.En conclusin el periodo de Mariano Glvez y Morazn fue de gran contribucin a los pueblos indgenas; con el movimiento reformista promoviendo y divulgando la propiedad privada de las tierras sobre base de repartimiento de los terrenos baldos el derecho otorgado a todo propietario legal de estas tierras, la expropiacin de los latifundios de la iglesia, inculcando a los agricultores al la produccin de grama y caf. Fue nos de los gobernantes velo por el bien comn de los pueblos indgenas quienes en tiempos de la colonia eran sometidos a la esclavitud, el trabajo forzado y entregar tributos a sus encomendaderos luego ellos a la corona. Concluye su periodo el 31 de enero [footnoteRef:10]de 1838, toma la posesin Rafael Cabrera quien llega a cometer todo atropello y depredaciones. En 1844 Rafael Cabrera junto a la Iglesia catlica recuperan todos sus privilegios que les fueron quietados durante el gobierno del Doc. Mariano Glvez y Morazn; por la cual le fueron de vueltas las grandes extensiones de tierras, la universidad se registro al estatus colonial, ya que todo guatemalteco tiene la mentalidad de pertenecer como un hombre de colonia. [10: 10]

Glvez aspiro por ser una figura poltica quien se intereso por el bienestar socioeconmico y cultural de estado de Guatemala inculcando diversos proyectos y leyes; como jefe de estado los conservadores lo odiaban que se enfocaban en su nacimiento para juzgarlo por no estar de acuerdo a sus acciones realizadas, ofendindole por ser un hijo de padres ignorados. La familia de Glvez una de las mas nobles de Guatemala; Glvez funda la biblioteca y el museo reorganizo la universidad junto al Doc. Pedro Molina, impulso el azcar, el caf, inculcando tambin al agricultor premiando a uno de ellos que levantara 100 quintales de caf, implanto las exportaciones de grana, dentro de estas inversiones llevo la industria a las islas canarias que hasta hoy en da aun siguen con este movimiento esto fue la base que mantena la economa en Guatemala, Emiti la ley del trabajo, la ley contra la vagancia, as mismo decreto que el indgena deba trabajar en las fincas, emiti un reglamento para normar la relacin entre patronos y jornaleros, intento suprimir el trabajo personal obligatorio, aunque lucho ante romper con las cadenas de esclavitud pero nunca fueron cumplidas. 4.2 IMPULSO A LA ACTIVIDAD AGROEXPORTADORA Y MODERNIZACION DEL PAIS.

4.3 MANDAMIENTO DE LOS INDIOSen el ao de 1877 el 3 de abril se emite el decreto 177 reconociendo el mandamiento haciendo del indio un esclavo y se vuelve, este aspecto bsico enfocado a la poca colonia, Barrios quien creo las posibilidades de explotacin privada de baldos, estas se repartieron en grandes extensiones y tambin propiedades particulares a precios favorables. Barrios reparti muchas tierras a pueblos que dependan de otros por que les pagaban el arrendamiento. Dentro de este mandamiento surge el latifundio liberal. La sujecin del campesino paso a tener una mejor economa de la que dispona un pequeo grupo que viva del trabajo de la mayora, al desvanecerse algunas comunidades se les acuda para la produccin de caf, caa de azcar, se entrego a millares de indgenas para ser explotados, dejando a un lado el latifundio laical conservando su reforma agraria. La burocracia impulsada por barrios no alcanzo el mayor desarrollo que se pretenda lograr sigui con la tendencia de tierras y la explotacin, dado el circulo de opresores encamino a la transformacin del capitalismo no poda llegar sino con la reforma agraria; el la circular que se emiti en noviembre declara que fortalece la explota restableciendo los trabajos forzados para los siervos fija las penas para todo aquel quien piensa liberarse, barrios era un explotador de indgenas en una de sus haciendas.4.4 REGLAMENTO DE JORNALEROS.Durante el gobierno de Justo Rufino Barrios fue creado el reglamento de jornaleros decreto 177 del 3 de abril de 1877, Se distribuyo una circular a los jefes departamentales exponiendo lo siguiente: Siento la agricultura el ramo principal de riquezas y una de las mas importantes bases del futuro y contando con extenso territorios, que es necesario explotarlas empleados y manos que se lleve a cabo la operacin de diversos elementos productores.Contribuir poderosa mente ante la accin de los jefes departamentales dando a los agricultores todo el apoyo que desean dentro de sus empresa precaviendo todo dao que le ocasionan los fraudes, constantes en los jornaleros.Expone el presidente que si se deja aun agricultor a su suerte sin que cuenten con la cooperacin de parte de los agentes de gobierno puede que sea un engao. As mismo persuadiendo que el nico medio para mejorar la situacin de los indios es sacndolos de su estado de miseria, [footnoteRef:11]convirtindolos as en til y productiva para la agricultura para el comercio y la industria del pas. [11: 11]

DECRETRO No. 177Decreta el siguiente reglamento de los jornaleros.ENCONTRADO EN LA SEGUNDA SECCION JORNALEROS:Art. 15: encontramos tres tipos de jornaleros: colonos, jornaleros habilitados para trabajar por tarea, por da o por mes y jornaleros no habilitados.De Colonos;Art. 16 jornalero colono es todo aquel que reside y trabaja en una finca rural.Los arrendantes estn obligados a trabajar dentro de la finca, ya que cuenta con un contrato que ello mismos han firmado.Art. 17 el tiempo que el colono debe permanecer en la finca o este limitado su contrato es convencional sin exceder los 4 aos, pero no podr retirarse se la finca sin que haya estado solvente con su patrn.Art. 18 obligaciones del colono1. Prestar su trabajo al salario conveniente, siempre que haya ocupacin en ella.2. Someterse bajo las rdenes del patrn para trabajar de manera ordenada y responsable dentro de la finca.3. Conservar su libreta de cuentas, y estar al pendiente que el patrn semanalmente este al da con el estado de ella.4. No recibir anticipos por trabajo que vengan de otro patrn, que deba verificarse antes de cumplirse el termino,5. Enviar a sus hijos a la escuela establecida en la misma finca.6. Permanecer en la finca todo el tiempo concertado y no retirarse de ella antes que se venza el plazo del contrato, Art. 19. El patrn calculara la suma que deba darle al colono por el trabajo ejecutado en el tiempo del compromiso.Art. 20. Cuando el patrn este a disposicin de suministrar alimentos al colono y por cuestin de escases no pueda proverselos por falta de granos bsicos, o que no le alcance el salario para poder comprarlos, puede retirarse de la finca sin que haya cumplido con su tiempo de compromiso.Art. 21. Si el colono en virtud de lo dispuesto anteriormente desea retirarse del la finca puede hacerlo pero con un permiso escrito anotando en la misma anote la cantidad adecuada de acuerdo a lo ejecutado en trabajo y el tiempo que permaneci dentro de la mismas. Art. 22. El jornalero que extravi su libreto deber pasar por la oficina del patrn para verificar su cuenta dentro de los libro donde se llevan todo apunte.JORNALEROS HABILITADOS:Art. 23 el jornalero es el que recibe dinero anticipado obligndose a pagarlo con su trabajo personal en una finca rustica.Para la anticipacin se tendr presente lo dispuesto en el artculo 19,Art. 24 el jornalero habilitado tienes las mismas obligaciones que el colono.[footnoteRef:12]Art. 25. Son comunes a los jornaleros las disposiciones de los artculos 18 al 22 [12: 12]

CONCLUSIONES. Los indios de Guatemala contaban cada uno con sus tierras formando pequeos grupo dispersos dentro del pas, compartiendo entre culturas y tradiciones que en generacin en generacin se respetaban en especial el amor a la naturaleza.

El inters de los espaoles por conquistar Guatemala durante la colonia considero que fue el apoderarse de las riquezas con las que contaba el pas as mismo el rembolso econmico que reciban por el pago de tributo que daban los indios.

Antes de la colonizacin la organizacin de las tierras estaba gobernada bajo el poder de los sacerdotes y caciques militares quienes tenan derecho sobre las tierras; organizada bsicamente entorno a la agricultura y se dispona o se distribua de acuerdo con la necesidad y capacidad para trabajarlas, desconocan el concepto de propiedad privada pero para ellos los nicos dueos de las tierras eran los dioses.

En tiempos de colonizacin la estructura y organizacin de las tierras en torno a las leyes judiciales las principales propiedades de las cuales se apoderaron fueron la propiedad de la corona espaola (tierras realengas), propiedad privada de los criollos terratenientes (latifundios), propiedad de la iglesia (gran terrateniente colonial), propiedad comunal de los indios en pueblo de indios, pequeas y mediana propiedad de indios ricos, ladinos y criollos empobrecidos.

La poltica agraria colonial fue nombrada a travs de 5 principios destacados de la informacin documentada de la colonia as mismo emitiendo las leyes y la cedula real, desarrollando el primero como teora del seoro donde la corona de Espaa por derecho de la conquista toma la posesin de tierras en su nombre, el segundo toma como base al anterior llamo a este principio tierras como alicente creando la propiedad privada ofreciendo una serie de ofertas econmicas para todo aquel que conquistara, el tercero tierra como fuente de ingresos a sus cajas reales, cuarto principio resulta como la defensa de tierra de indios y el quinto principio se destaca el bloqueo agrario de los mestizos asi mismo se estimulo el crecimiento del latifundio.

Durante el gobierno del Doctor Mariano Glvez y Morazn tuvo oportunidad todo indio de presentar su titulo que lo hacia acreedor cierta extensin de tierras pasando por revisin y llevar el proceso necesario si prejuicio alguno, as mismo se les proporciono producir el caf y la grama motivndose a todo aquel que produjera mas quien seria premiado, tambin se le quito toda propiedad a la iglesia que estaba bajo su poder, se emiti una ley donde al indio no deba someterse a trabajos forzados.

[footnoteRef:13] [13: 13]

RECOMENDACIONES Es necesario adquirir conocimientos que nos encaminan al derecho agrario donde nos seala la organizacin y estructura de las leyes de la reforma agraria que solan desarrollarse en tiempos de la colonizacin, despus hasta nuestros das.

Es importante conocer toda historia y acontecimientos que han pasado en nuestro pas para tomar conciencia de la lucha que hicieron nuestros antepasados por defender las tierras donde hoy habitamos aunque no la vemos de un modo comn donde se pretenda su conservacin y cuidados que se han perdido.

El realizar este trabajo me doy cuenta que en nuestros das aun existe las peleas por las tierras, llegando a grandes conflictos, en los cuales se les han arrebatado a muchas personas de escasa pobreza por habitar en privadas, algo que nuestros gobernantes deberan de interferir para darles la oportunidad de habitarlas y poder trabajarlas generando proyectos auto sostenibles.

En sugeridle que se vele por el latifundio que aun se genera en nuestro pas, donde encontramos muchas propiedades sin que sean trabajadas, o bien propiedades donde se exceda el nmero de habitantes, de modos de equilibrar este prejuicio dando oportunidades de empleo a personas que lo necesiten produciendo sus propios insumos para bien comn y del pas.

[footnoteRef:14] [14: 14]

QUINTO SEMESTRE