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A B R I L CRÉDITO COOPERATIVO Revista de la Federación Argentina de Cooperativas de Crédito 82 2 0 1 5 “Anteproyecto de Ley Federal de la Economía Social” Por qué tenés que concurrir al Pre-Foro del Cooperativismo de Crédito Cooperativismo de Crédito y Economía Social OPINIONES Y DEBATES ¡Sí!

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ABRIL

CRÉDITOCOOPERATIVO

Revista de laFederación Argentina

de Cooperativasde Crédito

822015

“Anteproyecto de Ley Federal de la Economía Social”

Por qué sí tenés que concurrir al Pre-Foro del Cooperativismo de Crédito

Cooperativismo de Créditoy Economía Social

OPINIONES Y DEBATES

¡Sí!

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CRÉDITO COOPERATIVOÓrgano oficial de la Federación Argentina de Cooperativas de Crédito Ltda.

Director Institucional: Luis Angel PuigResponsable editorial: Alberto Bavestrello

Av. Belgrano 1915, piso 6, C1094AABBuenos Aires - ArgentinaTel/Fax (54 11) 4954-0532www.faccredito.coopE-Mail: [email protected]

CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN 2014/2015

PRESIDENTECr. Luis Ángel PuigBICA Cooperativa de Emprendimientos Múltiples Ltda.

VICEPRESIDENTE 1o

Dr. Simón Abel GrollCooperativa de Crédito, Vivienda y Consumo FLORIDA Ltda.

VICEPRESIDENTE 2o

Sr. Aldo René PernigottiDE LOS ARROYOS Cooperativa de Emprendimientos Múltiples Ltda.

SECRETARIOSr. Juan Carlos ForgioneCooperativa de Emprendimientos Múltiples SUDECOR LITORAL Ltda.

PROSECRETARIOCr. Elidio BonardiCooperativa de Emprendimientos Múltiples CARLOS PELLEGRINI Ltda.

TESOREROSr. Enrique SaufblerCooperativa de Crédito LA PLATA Ltda.

PROTESOREROSr. Rubén IaschinskyCooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo UNICRED Ltda.

VOCALES TITULARES· Dr. Hernán SefusattiCooperativa Integral COINAG Ltda.· Dr. Néstor LemesoffCooperativa de Vivienda, Crédito, Consumo y Servicios Sociales PALMARES Ltda.

VOCALES SUPLENTES· Dr. Natalio CzarnyCooperativa de Crédito, Consumo y Vivienda DEL LITORAL Ltda. · Sr. Claudio BrowczukGESTISUR Cooperativa de Crédito y Vivienda Ltda.

SINDICO TITULARDr. Ricardo LibermanCooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo AMIGAL Ltda

SINDICO SUPLENTE Cr. Erardo L. RaspiniCooperativa INSTITUCIONAL de Inversión y Vivienda Ltda.

GERENTECr. Luis Alberto Bavestrello

Todos los derechos reservados.RNPI en trámiteEs una realización de TODO MEDIO SRL Av. Directorio 2157 - piso [email protected]: Nolo CorreaSecretaria de redacción: Sol SantoroDiseño gráfico: Alberto CarbonattoColaboran: Julio Mendelbaun, Patricia Redondo, Alberto Gonzaga.

EDITORIAL

SEMINARIOSASAMBLEASCONGRESOS

SERVICIOSOPINIÓN

ASOCIADAS

HISTORIA LIBROS

ARTE

Editorial

La FACC en el Guido SpanoLa economía de la honestidad, por Miguel Ángel García CamachoLey de protección de datos personales (Habeas Data),por Alberto ChichilnitskyReflexiones a propósito del anteproyecto de Ley Federal de Cooperativas y Mutuales, por Carlos César Basañes

SEMINARIO | Ley de protección de datos personalesComenzaron los foros para debatir el Anteproyecto de Ley Federal de la Economía SocialAnteproyecto de Ley Federal de la Economía Social: la FACC participó del primer foroPor qué sí tenés que concurrir al Pre-Foro del Cooperativismo de CréditoCooperativismo de Crédito y Economía social

Nuestras Asociadas

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Índice

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Al cierre del año 2014, participamos de la presentación del Dr. Patricio Griffin (Presidente del INAES) del nuevo anteproyecto de Ley de Economía Federal de la Economía Social. Comenzamos el año trabajando duro en el análisis del mismo y participamos en varios foros, para colaborar en el alcance de una legislación que perdure en el tiempo por ser la nuestra una actividad relevante dentro del sector cooperativo de crédito.

Vemos con cierta preocupación que algunas de las modificaciones propuestas apuntan directamente a nuestro movimiento y trabajaremos junto con las autoridades para ver cuál es el mejor camino para dotar a la norma de ideas creativas y flexibles que nos permitan desarrollar el Crédito Cooperativo, y por consiguiente potenciar al sector de la economía solidaria.

Nos queda mucho camino por recorrer y en esta edición queremos darle un lugar preponderante a la discusión de estos temas tan importantes para el futuro del cooperativismo todo y del de crédito en especial. Es el momento y debemos poner todos nuestros esfuerzos en participar en el diseño de una legislación que permita potenciar a la economía solidaria, y especialmente al Crédito Cooperativo, en beneficio de los asociados de nuestras cooperativas.

Con este propósito estamos trabajando para desarrollar un foro propio del movimiento cooperativo de crédito, que se realizará a mediados del mes de abril del corriente año.

Asimismo, participaremos en los distintos foros organizados por el IPES para dejar sentada nuestra opinión, respetando los principios cooperativos y apoyándonos en ellos.

Por último, nos acercaremos a los legisladores de la comisión parlamentaria para manifestar nuestras inquietudes y propósitos.

Esperamos el aporte y participación de todas nuestras asociadas y del sector. Así como también, nos ponemos a disposición de las Federaciones y la Confederación, que han generado los canales necesarios para que el sector se manifieste y realice los reclamos correspondientes en beneficio del desarrollo y afianzamiento del cooperativismo de ahorro y crédito.

Finalmente, y con el propósito de seguir participando y ser útiles en esta transición, los saludo hasta la próxima edición.

Cr. Luis Angel PuigPresidente

Edi-to-rial

Cooperativa de Crédito, Consumo y Vivienda

Junto a las Pymes brindando servicios financieros

para su desarrollo.

(011) 4311-3550 • [email protected]

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SERVICIOS

Luego de la tormenta, la calma vino de la mano de la cooperativa. Con el peligro de cierre dejado atrás, el Instituto Nuevo Guido Spano es dirigido actualmente por una cooperativa de docentes.

La Federación Argentina de Cooperativas de Crédito, junto a FEDECABA, siguió este proceso de cerca y se puso a disposición para ayudar, apoyar y asesorar en cuanto se pueda a esta nueva organización solidaria.

Durante el pasado mes de marzo, representantes de FEDECABA (presidida por Hugo Cabrera), la FACC y de las Cooperativas de Crédito Unicred y Amigal se acercaron a la institución para realizar una ayuda económica que le permitirá a la escuela, entre otras cosas, dotar a las aulas de pizarras, sillas para el SUM, computadoras de escritorios, sillas para la administración y equipos de audio para siete aulas, entre otros artículos. En representación de las cooperativas Unicred y Amigal se hicieron presentes los señores Marcelo Kremer y Jorge Orlinsky, respectivamente. El aporte realizado por ambas cooperativas busca apoyar la formación y la capacitación cooperativa, así como interactuar entre entidades y con la comunidad toda.

En diálogo con Nolo Correa, director de esta publicación, Marcial Costoya, en representación de la cooperativa que hoy dirige el colegio dijo “estamos muy contentos con el trabajo de la cooperativa durante el 2014 y lo que va del 2015, incluso ha superado nuestras expectativas.

La FACC en el Guido Spano

Se pudieron hacer mejoras, equipar el colegio y hoy estamos mejor que en el 2013. La mayoría de los padres se mantuvieron en el colegio y adhirió a la nueva etapa”. También agregó que hoy “hay muchos proyectos, ahora modernizamos la parte de administración, se equiparon las aulas y también queremos formar al personal docente para usar esas herramientas tecnológicas nuevas. La idea para el futuro es crecer, tanto en relación a la enseñanza como en cuanto al servicio”. Finalmente, destacó la importancia del vínculo con otras cooperativas, como las asociadas a la FACC, y agregó sobre la jornada que nos convocó: “este gesto me parece buenísimo, súper positivo”.

La FACC se hizo presente en Instituto Nuevo Guido Spano

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Con la presencia de autoridades nacionales, provinciales, locales y representantes del movimiento cooperativo y mutual, se llevó a cabo la participación democrática de la construcción de la ley que representará y regulará al sector de la Economía Solidaria.

La apertura contó con la presencia del presidente del INAES, Patricio Griffin; el diputado nacional y presidente de la comisión de cooperativas y mutuales en la Cámara de Diputados, Fabián Rogel; el intendente de Sunchales, Ezequiel Bolatti, el presidente de Casa Cooperativa, Raúl Colombetti; el presidente del IPES, José Orbaiceta; el presidente de Cooperar, Ariel Guarco; el presidente de la CAM, Alejandro Russo, los vicepresidentes de la MAC y CONAM, Miguel Gutiérrez y Carlos Gómez, entre otros representantes del sector.

El Cr. Alberto Chichilnitzky dictó en las instalaciones de nuestra Federación, un interesante seminario sobre a Ley de protección de datos personales (Habeas Data). Allí, los asistentes pudieron hacer consultas, informarse e intercambiar interesantes experiencias. En este mismo número, en la página 22 para ser más precisos, Alberto Chichilnitzky nos ofrece una nota sobre esta temática y las cuestiones más importantes a tener en cuenta.

Comenzaron los foros para debatir el Anteproyecto de Ley Federal de la Economía Social

Ley de Protección de Datos Personales

Comenzó en Sunchales (Santa Fe) el primer foro de los más de treinta organizados por el IPES a lo largo y ancho del país. La nueva ley de la Economía Solidaria se construirá entre todo el movimiento cooperativo y mutual con sus aportes en los intensos debates que se llevarán a cabo los próximos dos meses.

SUNCHALES

FOROSSEMINARIOS

Web

INAE

S

SEMINARIO

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FOROS

Colombetti y Bolatti dieron la bienvenida, “si pensamos un modelo que nos haga bien a todos, el cooperativismo y mutualismo nos pueden enseñar mucho”, sostuvo el intendente. Por su parte, el diputado Rogel afirmó que “este es el momento correcto para comprometer a los que quieren gobernar” a impulsar la nueva ley. El diputado propuso al sector cooperativo y mutual que ponga todo su esfuerzo para que el Estado los “entienda de manera estratégica para que los vincule en la planificación económica del país”.

Griffin destacó que “esta ley es el resultado de un largo camino que se inició en 2005 con el Consenso de Sunchales, donde propusimos unirnos para tener un modelo alternativo y transformador”. En relación a los foros, el presidente del INAES afirmó que “nos planteamos conseguir que sea la sociedad entera la que concluya esta ley, como fue el caso de la Ley de Servicios Audiovisuales”, en alusión a su carácter democrático y participativo.

“Somos la democracia metida en la economía”, finalizó el funcionario.

Fuente: www.inaes.gob.ar

El Pre-Foro de Cooperativismo de Crédito tendrá

repercusión y del debate participarán representantes

de distintas organizaciones y federaciones relacionadas

con el cooperativismo de crédito. Entre ellas, Cooperar,

Banco Credicoop, Banco Coinag, Banco BICA, la FACC,

la Fecoopder, IMFC, representantes del INAES y del

IPES y, del ámbito académico, la Universidad Nacional

de La Plata.

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FOROS

El espacio de exposición y debate se realizó en la ciudad de Sunchales (pág. 9). Allí, la Federación participó de la primera reunión y acompañó a FECOOPDER en la presentación de un trabajo escrito que aportará a la legislación que nos regula actualmente.

El Tesorero, el síndico titular y el gerente de la Federación Argentina de Cooperativas de Crédito (FACC), Ernque Saufbler , Ricardo Héctor Liberman y Alberto Bavestrello, respectivamente, participaron del Primer Foro organizado por el Instituto de Promoción de la Economía Solidaria (IPES) en la ciudad de Sunchales, Santa Fe. Además acompañaron representantes de las Cooperativas, Carlos Pellegrini, Coinag, BICA e Independencia.

FACC y la Federación de Cooperativas para el Desarrollo Regional (FECOOPDER) –cuya delegación estuvo compuesta por su presidente, los asesores contables Eduardo Raul Scolara y Miguel Angel García Camacho–, Juan Carlos Petinari y Pablo Ferrero, junto con sus entidades federadas, han aunado esfuerzos para debatir y preparar documentos sobre puntos sensibles que constan en el Proyecto de Ley Federal que son fundamentales para garantizar el desarrollo del crédito cooperativo, y fueron presentados en el foro.

La FACC participó del primer foro

Anteproyecto de Ley Federal de la Economía Social

GESTISURCooperativa de Crédito,

y Vivienda Ltda.

“Estamos consensuando con los demás sectores las distintas visiones para unificar cuáles son los puntos que creemos que habría que modificar o revisar cómo están escritos. Consideramos que las leyes que nos regulan fueron buenas, lo que hay que hacer es aggiornarlas y darles una nueva perspectiva después de tantos años”, dijo Liberman.

La FACC también participará de manera directa en distintos foros, de manera asociativa o por medio de sus representantes. Y junto a FECOOPDER será parte del que se realizará el 15 de abril en la sede del Hotel Telepostales (FOECYT, Rincón 153, Ciudad Autónoma de Buenos Aires), en el que se trabajará junto a reconocidos especialistas en el cooperativismo de crédito. Las conclusiones serán elevadas a las autoridades correspondientes en pos de ampliar las propuestas que mejoren la normativa presentada por el INAES en diciembre pasado.

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voca

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50cooperativismo

FOROS

• La FACC es la entidad de segundo grado del cooperativismo de crédito creada en el año 1950, fundadora de Cooperar y con cientos de cooperativas de crédito representadas a lo largo del tiempo.• Somos los representantes del sector ante la Confederación COLAC como organismo internacional confederado del sector.• Somos desde siempre uno de los pilares del cooperativismo de crédito nacional y nuestra opinión es altamente representativa y debería ser escuchada.• La redacción actual del anteproyecto de Ley Federal de la Economía Social en los aspectos vinculados al crédito propone una serie de modificaciones que van a contramano de las necesidades del sector y lo condenan al achicamiento o su desaparición como en el pasado.• El anteproyecto se autodefine abierto.• También expresa que surge del intercambio de opiniones entre el INAES y el Movimiento Cooperativo y Mutual durante diez años pero no hemos emitido nuestra opinión, entonces queremos hacerlo ahora.• Si nos invitan a la participación democrática, no debemos perder la oportunidad de ejercer nuestros derechos.• La Ley 20.337 puede y debe ser perfeccionada pero no debe olvidarse que fue creada por juristas respetados hasta hoy y sus prescripciones han ayudado al crecimiento del sector aún en circunstancias históricas particularmente difíciles.• Proponemos cumplir los principios cooperativos de la ACI con las particularidades del sector crédito, partiendo de las mejores experiencias, nacionales o mundiales.

Por qué sí tenés que concurrir al Foro del Cooperativismo de Crédito

• Los principios cooperativos de la ACI prevén la retribución económica al capital.• Si los considerando del anteproyecto enuncian que pretende agrandar “las conquistas conseguidas en mas de cien años”, entonces no querrá terminar con nuestra historia de cooperativismo de crédito de más de cien años.• La ley 11.388 de Juan B. Justo ya daba un tratamiento diferenciado al cooperativismo de crédito por tratarse del único cooperativismo en que, al no transformar el capital en otros bienes, al aportante de capital se lo debería compensar económicamente por su aporte si queremos reunir capital.• El anteproyecto enuncia que pretende ayudar a resolver “con justicia y equilibrio los enormes problemas de nuestras sociedades y el planeta como consecuencia de la concentración de riqueza”, y eso es lo que siempre hicimos y el camino que seguiremos.• Las cooperativas y las mutuales partimos de diferente filosofía asociativa y las diferencias entre unas y otras no son consideradas adecuadamente en el anteproyecto.• Queremos seguir siendo cooperativas de crédito.• A pesar de los preconceptos solo contamos con exenciones fiscales muy acotadas y no se evalúa nuestra contribución real al tesoro.• Por el contrario, existen impuestos que solo fueron creados para el cooperativismo (Fondo Educación y Promoción Cooperativas) o que se duplican en la operatoria (Impuesto a débitos y créditos).

Porque:

• Estamos supervisados en forma cercana y no obstante se nos refiere como entidades no supervisadas.• Tenemos y cumplimos normas estrictas y específicas de prevención lavado de dinero y se nos supervisa al respecto en forma cercana y permanente no obstante lo cual se nos refiere como entidades de alto riesgo y nos cierran cuentas bancarias sistemáticamente alegando riesgos no verificados de lavado de dinero o provenientes de generalizaciones injustificadas.• No solo nos cierran cuentas día a día sino que, entre otras cosas, nos niegan aperturas de cuentas lo cual es contrario al proceso de bancarización y nos cierran líneas de crédito.• Si un banco se equivoca se le aplica la ley, si una sociedad comercial se equivoca, una sociedad comercial sufrirá el peso de la ley, si una cooperativa de crédito se equivoca, todas las cooperativas son culpables y se busca castigar al sector completo o se dirigen al sector como responsable colectivo.• Con muy poco hicimos mucho por los asociados, poniendo nuestra vocación al servicio de la gente, pero queremos y necesitamos apoyo para seguir creciendo.• La falta de apoyo financiero y de reconocimiento al sector de crédito solidario termina beneficiando a servicios crediticios marginales que proliferan fuera de todo control y que no pagan impuestos ni son controlados.

• Hace cincuenta años que se viene imponiendo regularmente al cooperativismo de crédito condiciones tendientes a dificultar su existencia.• El cooperativismo de crédito ha tenido cientos de entidades que siendo víctimas de políticas restrictivas en el pasado debieron desaparecer o transformarse en bancos cooperativos y que la mayoría de estos bancos por otras políticas discriminatorias similares fueron empujados también a su desaparición.• Las normas que se escriban tienen que dar lugar a un cooperativismo de crédito pujante, con nuevas entidades; más bancos, más futuro.• Cuando en tiempos recientes a las autoridades financieras les tocó reglamentar la ley de creación de Cajas de Crédito, si bien vimos el interés de muchos cooperativistas por generar cajas de créditos, también vimos muy poca voluntad de las autoridades financieras para aprobarlas.• Las entidades de crédito son entidades de capital intensivo, y es irreal pretender reunir capital intensivo sin remunerar al capital.• El capital de las cooperativas es divisible, y si constituimos la reserva legal sin límite, se mutualizará el patrimonio transformándolo en indivisible.• Siendo la negociación de documentos de terceros (entre ellos cheques en sus diversas formas), la operatoria clásica del comercio, el artesano y el productor nacional, todavía se escucha discutir su legitimidad para las cooperativas y mutuales y se pretende muchas veces restringir la operatoria a formas primarias de crédito casi en desuso.

• Dirigir cooperativas de crédito es administrar crédito profesionalmente y la renovación de la dirigencia es un proceso natural que no debe ser impuesto por la ley cuando lo que se requiere es idoneidad.• Gran parte de la tasa la constituyen los impuestos.• Otra gran parte de la tasa la constituye la compensación de la inflación.• Sin contar con fondeo gratuito o cuasi gratuito como el de las entidades financieras, nuestras tasas siguen siendo competitivas y con servicios de proximidad adecuadas a la gente que tiene otras ocupaciones más importantes que esperar en los bancos.• Muchas otras veces los bancos sub-atienden las necesidades crediticias de la gente.• El servicio que brindamos es distinto al del sistema bancario, nos caracterizamos por horarios amplios, localización cercana, atención personal y orientación al asociado. Esto incluye escucharlo y ser flexibles. O sea, somos mucho más que redes de cajeros automáticos y servicios telefónicos impersonales y autómatas.• Al igual que cualquier otro tipo de entidades, incluidas otras de la economía solidaria, administrar las organizaciones tiene costos y entendemos que los socios deben contribuir a su sostenimiento independientemente de la tasa de interés, como en cualquiera de ellas.• Esos costos de administración no deberían computarse como costo financiero de los préstamos, del mismo modo que los bancos no computan como tasas de los préstamos las retribuciones administrativas generales.

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cons

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15 de abril

FOROS FOROS

• Si la entidad decide contar con sindicatura profesional debería seguir pudiendo ser ejercida por el auditor externo, ya que dicha incompatibilidad no existe según las normas de ejercicio profesional.• Se dictan regulaciones que alejan al asociado de las entidades, como pretender que solo se le pueda brindar un servicio luego de treinta días. Esto es discriminatorio entre cooperativas porque solo se aplica a las de sección crédito y porque limita o posterga innecesariamente la atención de las necesidades del asociado, cuando en cooperativas el servicio en un marco solidario es justamente la razón del vínculo.• Tus propias razones merecen ser escuchadas, y este es el momento y el lugar.

Te esperamos en el Pre-Foro de la FACCpara debatir el anteproyecto de ley dela Economia Solidaria, el próximo 15 de abril,en el Hotel Telepostal Eva Perón.Rincón 153, CABAAcreditaciones a: [email protected]

La Federación Argentina de Cooperativas de Crédito, como entidad de segundo grado del cooperativismo de crédito fue creada en el año 1950. Actualmente nuestra entidad es miembro de Cooperar, de quien fuera cofundadora en el año 1962, de la Confederación Latinoamericana de Cooperativas de Ahorro y Crédito (COLAC) como organismo internacional confederado del sector y, asimismo, uno de los pilares del cooperativismo de crédito nacional. Por ello, entendemos nos sentimos en la obligación de ser partícipes de la discusión del anteproyecto de ley, así como de acercar los fundamentos sobre la necesidad del crédito cooperativo en un proyecto inclusivo a nivel nacional.

El anteproyecto de la Ley Federal de la Economía Social, especialmente en los aspectos vinculados al crédito (área en la que contamos con la mayor experiencia), cuenta con una serie de modificaciones que pueden perjudicar seriamente al sector del cooperativismo de crédito y a la economía social en general. Entendemos que la revisión de los aspectos citados del anteproyecto y que merecieron nuestra especial atención, surtirán un efecto notablemente ordenador y expansivo sobre nuestro sector y el cooperativismo en general, a través de esta oportunidad tan esperada.

En primer término, destacamos la importancia del formato de participación democrática mediante la utilización de foros, lo que permitirá profundizar la tarea de trabajar en pos de un cooperativismo a la altura de las circunstancias y desafíos que se han impuesto.

Es por ello que queremos realizar aportes que consideramos relevantes en el proceso de cambio de Legislación para todo el sector y que, seguramente, serán abordados en el foro correspondiente a nuestro sector.

Cooperativismo de Crédito y Economía Social

Entendemos necesario establecer reformas en una legislación que tiene ya más de cuarenta años y que fue adecuándose a las nuevas realidades sociales y económicas mediante el uso de resoluciones y ordenamientos del propio organismo regulador. A las que se le agregaron, por la actividad que desarrollamos desde hace ya 65 años, las referidas al control y prevención sobre el lavado de activos.

Es por ello que necesitamos y consideramos de trascendencia realizar aportes que, entendemos, ayudarán a adecuar la anterior legislación a las realidades por venir.Hemos tomado y analizado las experiencias de otros países latinoamericanos que han modificado y aggiornado su legislación recientemente. Sin embargo, nos encontramos con que una de las principales diferencias y, por consiguiente, uno de los impedimentos que permiten al Cooperativismo de crédito su crecimiento (acompañando al desarrollo y la potenciación de la economía social) está relacionado directamente con las posibilidades de captar ahorro de los asociados para con ello potenciar adecuadamente la actividad. Si bien se soslaya dentro del anteproyecto y sobre el final del primer título la necesidad de una redacción de una tipología nueva de cooperativas de “ahorro y crédito”, ello implicaría un nuevo título que, por su complejidad y amplitud de temáticas a abordar, entendemos es parte de otro trabajo complementario al presente.

No obstante, entendemos y compartimos la estrategia de recoger ideas y experiencias en el sector para una construcción conjunta. Desde nuestra Federación, durante los últimos años, hemos trabajado en este sentido en forma permanente con

Cooperativa de Vivienda, Crédito, Consumo y Servicios Sociales Limitada

Por Luis Alberto Bavestrello,

Gerente de la FACC

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FOROS

el organismo que preside el Dr. Griffin, elaborando muchos de los borradores de las actuales regulaciones prudenciales a propuesta de nuestros técnicos y que, creemos, sirvieron de base para el nuevo sistema de contralor que sostiene el Instituto. El cual, además, le permitió sentar sus bases para adecuarse a los controles y las exigencias de la Unidad de Información Financiera para con el propio Instituto.

Además, hemos colaborado y propuesto borradores que ayudaron a la redacción de la resolución que regula el control y la prevención sobre el lavado de activos, reglamentada por la Resolución 11/2012 de la Unidad de Información Financiera, para el sector cooperativo de crédito y mutual de ayuda económica.

Nuestro rol

Respecto de nuestra historia y nuestra actividad, además de alcanzar los 65 años como entidad Federativa y una de las fundadoras de la actual Cooperar, queremos dejar sentado que nuestras asociadas tuvieron y tienen una importante participación en el desarrollo productivo del país, sobre todo en regiones en donde la banca no siempre acompaña a los productores y a los individuos con necesidades de asistencia crediticia.

Podemos decir que las cooperativas asociadas a nuestra Federación han financiado a pymes y pequeños productores, desde antes de la creación del actual INAES y su predecesor el INAC, con distintas operatorias y herramientas, nacidas en la creatividad del sector, previas a la década del 60 (con la vigencia de la Ley 11.388 que regía a la actividad cooperativa desde el año 1926 y luego con la actual Ley 20.337, sancionada en mayo de 1973). Estas herramientas fueron luego utilizadas por el sistema financiero (del cual además formaron parte las antiguas Cajas de Crédito), entre las que podemos citar, a modo de ejemplo, los préstamos a sola firma, el descuento de Letras de Cambio, luego de cheques y pagarés, préstamos con garantía de productos –granos, ganado, etc. – y muchos otros sistemas de asistencia que le permitieron desarrollarse a nuestras economías regionales.

No vamos a contar acá, porque ya resulta repetitivo, la historia de los últimos cincuenta años y el daño que se le ha infligido al cooperativismo, sobre todo al de crédito, desde el mismo Estado, poniendo condicionamientos que lo llevaron a reducirse significativamente, con el impacto que ello trajo aparejado, desfinanciando a los sectores que más lo necesitaron. No olvidemos, por otra parte, que luego de contar con cerca de mil Cajas de Crédito Cooperativas diseminadas en todo el territorio de la Nación; el Estado Nacional primero eliminó el principal instrumento de crédito con que contaban las cooperativas para operar –la Letra de Cambio-, y luego las obligó a fusionarse en cerca de ochenta bancos cooperativos en pos de la búsqueda de una eficiencia que nunca se alcanzó, mediante el uso de “discursos y justificativos” concentradores que ayudarían a desarrollarnos con mayor eficacia.

Estos discursos, luego fueron complementados con la necesidad de incorporar partícipes del exterior apuntando a una “globalización” que el mercado “exigía”. Por todas estas acciones, hoy contamos con un solo banco Cooperativo, el Banco Credicoop. Importante, comprometido con la economía solidaria, con fuerza, pero que creemos no alcanza, ya que para potenciar al sector y hacerlo crecer varios puntos en su participación en el PBI, se necesitan muchos recursos e incentivos al financiamiento del sector. Si bien recientemente fueron aprobadas dos nuevas entidades bancarias (BICA y COINAG), cuyo origen se remonta a las citadas cajas de crédito cooperativas y que empiezan a ser una herramienta importante dentro del movimiento de la economía solidaria, no podemos dejar de pensar y preguntarnos: ¿cómo hará el sector de la economía social durante la próxima década para alcanzar el crecimiento propuesto en los distintos foros y congresos sectoriales?, ¿con qué recursos? Sería un error estratégico no incorporar a este proceso al cooperativismo de crédito, ya que éste tiene la potencialidad, conocimiento y capilaridad para acompañar al sistema bancario relacionado con el sector.

Sin embargo, volviendo al rol de las cooperativas de crédito en la actualidad, decimos que nuestras cooperativas asociadas hoy cumplen con normas de prevención de lavado de activos y operan por intermedio del SINAPA (Sistema Nacional de Pagos) para liquidar su operatoria con los asociados a través del sistema financiero, atienden en conjunto a un número superior a los 750 mil asociados y financian a individuos que con sus compras a crédito potencian y motorizan parte del aparato productivo, a pequeños productores que con sus créditos pueden pagar insumos y sueldos a sus empleados, y a medianas empresas que mediante este esquema asociativo, utilizan a nuestras Federadas para financiar parte de su capital de trabajo, que el sector financiero no asiste.

Abundando, nuestras cooperativas han asistido financieramente a sus asociados en las mayores crisis por las que atravesó nuestra economía en donde el sistema financiero y el propio Estado dejó de asistirlas (v.gr. la crisis del año 2001), dejando un país a la deriva.

El financiamiento que dan las asociadas a sus socios, si bien es marginal respecto de los montos que sus asociadas reciben del sistema financiero, no por ello deja de ser imprescindible para sostener su actividad y el mantenimiento de innumerables fuentes de trabajo.

Como dijimos, las cooperativas asociadas a la FACC, cumplen con las exigencias regulatorias, tanto impuestas por el INAES como por la UIF en su rol de sujetos obligados por la Ley de Prevención de Lavado de Activos.

No obstante ello, nuestras cooperativas, además, han profundizado sus sistemas de control mediante el armado de legajos de crédito para cada asociado, que les permite una adecuada evaluación del riesgo y el armado de los perfiles de riesgo, que en muchos casos excede lo regulatorio y que permitió, en la historia reciente, contar con niveles de irregularidad o incumplimiento por parte de los asociados a nuestras cooperativas muy por debajo de los que muestra el sistema financiero.

Es un trabajo a desarrollar en la presente legislación, la importancia de la integración que apunta solo a una integración vertical y creemos que se debería buscar como objetivo que la integración horizontal sea un tema a abordar en cada uno de los sectores de la economía social.Por último, consideramos que la nueva legislación debiera contemplar la importancia del crédito cooperativo y dotar a la nueva legislación de herramientas que faciliten su crecimiento, democratizando de alguna forma la administración del crédito cooperativo, mejorando sus niveles de capitalización.Es en este punto donde vemos que se debe trabajar profundamente para permitir al sector alcanzar adecuadas capitalizaciones que permitan incrementar el financiamiento a distintos sectores de la economía solidaria. Este que es uno de los puntos abordados en el anteproyecto entendemos que, tal como está, tiende a debilitar el potencial crecimiento de las cooperativas de crédito y creemos que se intenta, con la redacción actual, atacar con legislación “adversa” para la economía social, el funcionamiento de entidades que operan fuera de las regulaciones, ya sea por la falta de controles adecuados o falta de expertisse en implementar los mismos, perjudicando, quizás sin querer, a todo el sector y logrando, de esta forma, dañar indirectamente a la producción y a la economía social.

El debate está abierto

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Así ha denominado el papa Francisco a la labor económica que desarrollan las cooperativas, destacando la solidaridad que mueve al cooperativismo como la respuesta a la globalización, y que tienden a contrarrestar el trabajo en negro y la cultura del descarte que hoy rige para muchas personas de nuestra sociedad (cumpliste cincuenta años, estás fuera del mercado laboral).

El proyecto de Ley Federal de Cooperativas y Mutuales debe movilizar a todo el sector de la economía solidaria a un profundo debate para que esta ley consolide y defienda a este vital sector de la vida económica de un país.

Es importante recordar la historia del movimiento cooperativo y mutual en nuestro país, con instituciones pioneras en cada sector, como las de servicios públicos, las agrícolas ganaderas, las de seguros, de ahorro y préstamo, las vinícolas, frutícolas, de consumo y vivienda, de trabajo (fueron pioneras la de panaderos), etc. Entonces, es penoso ver cómo luego del discurso donde se las reivindican, la realidad muestra otra versión. Leemos y oímos como las desacreditan en diversos medios gráficos y radiales, se las menosprecia (incluso muchas veces por parte de funcionarios de los propios organismos de control del estado como el BCRA, la AFIP, etc.), y las atacan con medidas que muchas veces entorpecen directamente su funcionamiento. Otros sectores lo hacen abiertamente, como muchos bancos comerciales, que a través del cierre injustificado de la operatoria en cuentas corrientes buscan cercenar su funcionamiento, sin la posibilidad de que el organismo de control (BCRA) escuche y ponga limite a este accionar arbitrario.

Es penoso ver y sentir en estos organismos a quienes tienen una visión totalmente distorsionada de lo que representa el movimiento cooperativo y mutual, sobre todo en el interior del país, donde muchas entidades tienen más de cien años de trayectoria corroborativa de probada vocación solidaria.

Es por esto que es necesario mejorar la legislación vigente como han hecho distintos países de todo el mundo y en particular los latinoamericanos, donde por ley se las ha protegido y facilitando su desarrollo, lo que redundó en un enorme beneficio para sus socios y las localidades donde estas entidades operan; logrando un enorme prestigio por los logros alcanzados. Como ejemplo, podemos mencionar el SICREDI en el hermano país del BRASIL.

Debemos aferrarnos a una legislación que, debatida por los representantes del movimientos y los legisladores, les asegure a las entidades de la economía solidaria que ninguna política o funcionario de turno las agreda y las haga claudicar como

La economía de la HONESTIDAD

Por Miguel Ángel García Camacho

Asesor de FECOOPDER

ocurrió en el pasado con entidades pioneras que marcaron toda una generación de argentinos. Basta recordar al Hogar Obrero, a las Cajas de Créditos primero y a los bancos cooperativos después, y hay cientos de ejemplos más. El daño hecho fue irreparable

Es muy importante que los legisladores sepan que es la ley la única que puede preservar a las entidades, que delegar funciones propias de esta en organismos de control nos traen a la memoria el accionar del BCRA en materia de las cajas de créditos, donde las presentaciones tienen años sin respuesta, pese a que la ley fue aprobada por unanimidad por ambas Cámaras del Honorable Congreso de la Nación. Pese a la pobre bancarización que muestra el fracaso del modelo de la concentración bancaria en la República Argentina, a través de tener solo bancos comerciales, se olvidan los diversos tipos de entidades financieras que la ley 21.526 establece (hoy no hay banco hipotecario, cajas de créditos, sociedades de ahorro y préstamos para la vivienda, banco de inversión y casi ni quedan compañías financieras).

Han triunfado los intereses de determinados “banqueros” que buscan un mercado cautivo al que seleccionan por segmentos de rentabilidad para “bancarizar” y así prevalecen sobre las necesidades reales. Su objetivo es bien claro, eliminar cualquier posible competencia y, si son cooperativas o mutuales, con más énfasis.

El Inaes debe ser el organismo de control, emitiendo normas que contemplen el desarrollo y buen funcionamiento del sector, y dando respuestas en plazos prudentes a las solicitudes planteadas.

No nos debemos equivocar, cuando se habla de grandes estafas, corrupción, lavado de dinero, fuga de capitales etc., no son este tipo de entidades las que han hecho movilizados los millones de dólares, son entidades armadas como fondos de inversión, sociedades off-shore de dueños desconocidos, bancos internacionales que armaron el circuito de lavado y fuga de capitales.

Promover el funcionamiento de nuevas entidades de la economía social no debe ser solo función del Inaes, lo debe ser del Estado Nacional, Provincial y Municipal.

Es inentendible que hoy día el acto cooperativo siga siendo tratado como un acto de comercio, y gravado con el impuesto a los ingresos brutos. Esto es solo un hecho de las múltiples contradicciones que se muestra, al igual que sellos o que se asimile la base de cálculo de los impuestos a entidades comerciales. Que pese a estar exentos por ley, la AFIP las obligue a tramitar dicha exención.

Como vemos, hay mucho que pensar y hacer en pos de buscar una Ley Federal de Cooperativas y Mutuales que deje avanzar a este sector. Sin duda, los resultados serán los que queremos para nuestra patria y para sus habitantes.

FOTO Laila Ali

OPINIÓN

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SERVICIOS

La ley de Habeas Data fue promulgada en el año 2000 y reglamentada en el año 2005. Esencialmente su objetivo consiste en proteger la integridad y confidencialidad de los datos de las personas físicas e ideales registradas en bases de datos públicas o privadas.

Si bien su alcance está limitado a “los datos personales asentados en archivos, registros, bancos de datos, u otros medios técnicos de tratamiento de datos, sean éstos públicos o privados destinados a dar informes”, por lo cual podría interpretarse que las Cooperativas de Crédito no estarían alcanzadas por la ley, lo concreto es que al remitir información sobre los asociados (en nuestro caso al Inaes), resultan de aplicación las medidas de protección que dispone la ley para “para garantizar el derecho al honor y a la intimidad de las personas, así como también el acceso a la información que sobre las mismas se registre, de conformidad a lo establecido en el artículo 43, párrafo tercero de la Constitución Nacional”.

Así las cosas, nuestro interés debe focalizarse en lo que debemos hacer para encuadrar en la Ley, situación que cobra mayor importancia a la luz de las Inspecciones que la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales está llevando a cabo en organizaciones de diversa índole, incluyendo Cooperativas de Crédito.

La Ley tuvo un largo proceso para su puesta plena en vigencia, así es como recién en 2006 por medio de la publicación de la Resolución 11 se reglamentaron las “Medidas de Seguridad para el Tratamiento y Conservación de los Datos Personales Contenidos en Archivos, Registros, Bancos y Bases de Datos Públicos no estatales y Privados”, tornando exigible el contar con un “Documento de Seguridad de Datos Personales” que no es otra cosa que un manual de Seguridad Informática, en el cual se vuelquen los procedimientos de seguridad que lleva a cabo la Entidad tales como el otorgamiento de perfiles diferenciados a los usuarios de los sistemas según su jerarquía y facultades, entre otros.

La resolución antes mencionada exige la implementación de tres niveles de seguridad (básico, medio y crítico), para la protección de los datos ya sea tanto para archivos informáticos como manuales que brevemente pasamos a detallar:

El nivel básico exige un manual en el que se especifiquen, entre otros, los procedimientos y las medidas de seguridad a observar sobre los archivos, registros, bases y bancos que contengan datos de carácter personal. Este material debe mantenerse en todo momento actualizado y ser revisado cuando se produzcan cambios en el sistema de información. En otros términos, no escapa en líneas generales a los manuales de Seguridad Informática (que comprende la seguridad lógica y la seguridad física en el resguardo de los medios magnéticos y el acceso al sitio de procesamiento de los datos) que son usuales en las Entidades Financieras y muchas compañías de mediano y gran porte que tienen sus procesos informáticos normalizados.El nivel medio exige contar con un Responsable de Seguridad, la realización de auditorías internas o externas con periodicidad anual en lasque se verifique el cumplimiento de los procedimientos e instrucciones vigentes en materia de

seguridad para datos personales, informe que será exigido por las Inspecciones de la DNPDP las que tomarán en consideración las aseveraciones del Auditor en el informe pero con carácter no vinculante. Adicionalmente este nivel especifica medidas de seguridad física del sitio en donde se procesan los datos, la seguridad de los resguardos de los datos (back ups), entre otras medidas de esta naturaleza.

El nivel crítico dispone medidas específicas para el encriptado de los datos alojados en las bases de datos, la realización periódica de copias de seguridad (back ups), el registro de los accesos a los datos (log de seguridad), evidencias del análisis del registro de seguridad, condiciones que debe cumplir el sitio en donde se depositen las copias de seguridad, encriptación de los datos que se transmitan a través de redes de comunicaciones, entre otras.

Los incumplimientos a la Ley (más allá de las acciones judiciales que el regulador estime pertinente iniciar), son pasibles de la aplicación de sanciones tales como apercibimiento, suspensión y multas que oscilan entre los mil pesos ($ 1.000.-) a los cien mil pesos ($ 100.000.-), sanciones que pueden incluir la clausura o cancelación del archivo, registro o banco de datos que se encuentre en infracción.

Si bien una primera lectura de estas exigencias puede hacernos pensar que en nuestras organizaciones estamos muy lejos de poder cumplimentar los requisitos exigidos por la ley, lo cierto es que esta apreciación no es tan valedera por las siguientes razones:

Más allá de que se cuente o no con un manual de procedimientos, lo cierto es que nadie deja librada la seguridad de los datos de los asociados al azar. En efecto, en todas las Entidades algunas medidas de seguridad están implementadas(con mayor o menor profundidad) como por ejemplo que no cualquier usuario pueda dar de baja a un asociado o modificar sus datos.

Las altas, bajas y modificaciones de los usuarios que acceden a los sistemas suelen estar generalmente reservadas a uno o dos responsables de la Entidad y, en algunos casos, esta función está tercerizada en quien efectúa el mantenimiento del aplicativo utilizado o bien quien cumple el rol de soporte técnico).

Siguiendo esta línea de pensamiento las funciones de autorización de operaciones que requieran un nivel jerárquico determinado para llevarlas a cabo, suelen estar reservadas al Contador de la Entidad, al Responsable Comercial o de Riesgo Crediticio, etc.

En cuanto a la seguridad física, los servidores de las redes locales suelen estar en lugares a los que no accede libremente todo el mundo, ello sin considerar que generalmente este tipo de equipamiento requiere contar con un mínimo de medidas de protección ambiental (aire acondicionado a determinada temperatura, baja exposición al polvo o al agua, etc.).

Las copias de seguridad, por una razón de sentido común en general más que de la normativa en particular, suelen resguardarse en un lugar físico distinto del sitio en donde se procesan los datos.

Ley de Protecciónde Datos Personales (Habeas Data)

Por Alberto Chichilnitsky

En suma, para determinar con precisión en qué punto está ubicada la entidad en relación a estas exigencias legales lo que se debe efectuar en primer término es una revisión de la situación actual en relación a estas exigencias y actuar en función de los resultados de este análisis, formalizando aquellos aspectos que se llevan a cabo en la práctica pero que no están escritos y complementando el panorama actual mediante la adopción del conjunto de medidas que sean necesarias para lograr el encuadramiento en la ley teniendo siempre presente el tamaño y la complejidad de las operaciones que lleva a cabo la entidad.

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El objeto de este trabajo es contribuir al debate convocado por el INAES respecto al Anteproyecto de Ley Federal de Cooperativas y Mutuales, en lo que hace al tratamiento del capital en las cooperativas y otros temas vinculados.

1. Capital Proporcional

Las cooperativas son empresas que brindan servicios a sus asociados, por lo que la estrategia recomendada es la búsqueda de proporcionalidad entre el volumen de servicios que estos usan y el capital que aportan. Es decir, que el capital sea proporcional al consumo realizado en la cooperativa, al volumen de producción entregado, al trabajo retribuido, etc. Este es el criterio de la ley de cooperativas vigente, por lo que en su Art. 27 autoriza a que el Estatuto establezca un procedimiento para la formación de capital proporcional. El anteproyecto en discusión no incluye este artículo. Se entiende que esto es un error de redacción, debido a que parece citarlo en el artículo 62, que establece las competencias de la Asamblea (se citan aquí los números de artículos del anteproyecto que surgen de su numeración correlativa, ya que el anteproyecto no tiene números). De no ser así, se estaría condicionando severamente la lógica interna de los sistemas de capitalización y la doctrina más difundida al respecto.

2. Interés al capital

La legislación vigente permite el pago de un interés sobre el capital aportado por los asociados, siempre que sea financiado con el excedente repartible (neto de la retracción del 15%) y que no supere en un punto al que cobra el BNA en operaciones de descuento. El pago de un interés al capital implica solamente una transferencia de excedente entre asociados, los menos capitalizados transfieren excedente a los más capitalizados. Esteinterés nunca puede ser interpretado como un beneficio. Así sería si se pudiesen pagar intereses con los excedentes generados en operaciones con no asociados, o generados por operaciones ajenas al objeto (temas estos taxativamente prohibidos por el artículo 42 y las normas complementarias). Es una compensación entre asociados por la falta de proporcionalidad del capital. Si existiese perfecta proporcionalidad es indistinto distribuir todo el excedente como interés al capital o como retorno en proporción al uso de los servicios.

Reflexiones a propósito delanteproyecto de Ley Federal de Cooperativas y Mutuales

CAPITAL EN LAS COOPERATIVAS

OPINIÓN

El Licenciado Carlos César Basañes (gerente de Cooperar que firma en esta oportunidad en carácter personal) nos acerca una serie de interesantes ideas acerca del anteproyecto de Ley. En el siguiente número, publicaremos otros puntos que se desprenden de los que aquí presentamos y una serie de conclusiones a manera de cierre.

Por Carlos César Basañes

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Esta posibilidad de pago de interés limitado al capital forma parte de los principios de la ACI, es práctica habitual desde los Pioneros de Rochdale, y está presente en la mayor parte de la legislación sobre esta materia en otros países.

El anteproyecto, por otro lado, propone la integración de aportes voluntarios que sí podrían cobrar un interés. Esto no compensa el impacto negativo que tendría la modificación propuesta: se estarían incentivando aportes voluntarios por un plazo fijo y desincentivando la capitalización de carácter permanente. Por otro lado, no queda clara la transición: los asociados sobrecapitalizados deberían transformar su capital en aportaciones voluntarias, de lo contrario habría trato desigual. Por ejemplo, un asociado subcapitalizado respecto al uso efectivo de los servicios podría cobrar intereses por tener aportes voluntarios, frente a otro sobrecapitalizado, que podría no recibir ningún interés porque ha integrado cuotas sociales y no aportes voluntarios.

3. Aportaciones voluntarias

El antecedente de los TICOCA. La baja propensión de los asociados a aportar capital a su cooperativa llevó a la autoridad de aplicación a dictar las resoluciones 349/95, 1966/95 y 593/95, que reglamentan la emisión de títulos cooperativos de capitalización. La razón por la que un asociado estaría más dispuesto a suscribir un TICOCA que una cuota de capital social es que permite establecer un interés fijo por más de un ejercicio y permite acordar un plazo de recuperación. Es decir, sabe qué retribución va a tener, sujeto a la existencia de excedentes repartibles, y sabe cuándo recuperará su aporte. Un debate contable fue si estos TICOCA formaban parte del patrimonio neto (que es lo que sugieren las resoluciones del INAES) o parte del pasivo. Finalmente la Resolución Técnica Nro. 24 de la FACPCE, aprobada a su vez por la Resolución 247/09 del INAES, terminó acordando que forman parte del patrimonio neto sólo si las condiciones de emisión definen que únicamente se rescatarán con un nuevo título.

Aportaciones Voluntarias en el anteproyecto. En su artículo 30 el anteproyecto autoriza a la Asamblea “a acordar la admisión de aportaciones voluntarias al capital social”. Más allá de la perfectible redacción del artículo se entiende que lo que se busca es incorporar a la Ley la experiencia de los TICOCA, lo que parece razonable para darle mayor solidez jurídica a este instrumento. Lamentablemente, a nuestro entender, introduce un cambio que desincentiva el uso de esta herramienta, ya de por sí de muy baja difusión: limita el interés a la tasa pasiva del BNA, cuando hoy puede ser la tasa activa.

De los TICOCA a los Fondos Rotativos de Consolidación. A partir de la experiencia de los TICOCA, algunas cooperativas han organizado fondos rotativos con aportaciones voluntarias, aprobados en sus estatutos. Esta herramienta nos parece más atractiva que la emisión de TICOCA. Al respecto puede verse la experiencia de la Asociación de Cooperativas Argentinas (“Sistemas de Capitalización en Cooperativas Agropecuarias: un análisis de casos” Carlos César Basañes, Documentos Nro. 74 CESOT, FCE-UBA, 2011, disponible en web.econ.uba.ar). En nuestra opinión esto es lo que debería habilitar la ley: autorizar la formación de fondos rotatorios a partir de aportes voluntarios o incluso de los retornos. Esta herramienta permitiría además establecer en forma implícita capitales mínimos y un criterio previsible de reembolsos.

Aportes voluntarios para un proyecto específico. Es habitual que una cooperativa cuente con un proyecto específico y busque inversores entre sus asociados para desarrollarlo. La pregunta es cómo lograr que parte de los excedentes generados por esta sección lleguen a los inversores. Asumimos que esto es lo que busca responder el anteproyecto, cuando en su artículo 30 habla de aportaciones voluntarias destinadas a una actividad específica. En nuestra opinión la propuesta es de interés, pero deberían revisarse los siguientes temas: • Los excedentes generados por la sección en cuestión deberían tener el mismo tratamiento que hoy establece el vigente art. 42, con la única diferencia de que, obligatoriamente, durante de vigencia del aporte voluntario, deberían remunerarse con un interés a este capital voluntario (con el mismo máximo que dicho artículo establece hoy para el pago de interés). • Debería habilitarse la formación de reservas facultativas, y que específicamente estas puedan ser aplicadas al pago de estos intereses cuando teniendo la sección excedente repartible positivo la cooperativa en forma consolidada no los tenga6.

4. Capital y Cooperativas Agropecuarias de Valor agregado

Vinculado al esto último (aportes voluntarios para un proyecto específico), nos parece importante rescatar la experiencia de las llamadas cooperativas de nueva generación, esto es, cooperativas cuyas acciones están asociadas a derechos de entrega y son transferibles a precio de mercado. La propuesta es que las cooperativas agropecuarias puedan emitir derechos de entrega a una sección y que este derecho pueda transferirse a precio de mercado. De esta manera, quien estuviese interesado en invertir para agregar valor a su producción, compraría derechos de entrega que le permitirían tener una retribución por su producción mayor al precio de mercado, debido a que incluiría el beneficio asociado a participar como inversor en parte de la cadena de valor. En caso de querer retirarse podría vender su derecho entrega a otro asociado al valor que libremente acuerden. En nuestra opinión, ello podría no estar directamente asociado a las cuotas sociales; podrían ser otro componente del patrimonio neto. El principal punto de debate es que esto implica secciones o cooperativas cerradas, ya que nadie puede operar sin comprar este derecho de entrega (de tantos pesos por tonelada en el momento de la emisión), que de esta manera podría transferirse a valor de mercado.Esta es la razón por la que la Ley de Cooperativas Agropecuarias de CONINAGRO proponía autorizar la constitución de cooperativas de asociación limitada con emisión de cuotas sociales con derechos de uso.

5. Reembolso cuotas sociales

La ley vigente establece en el artículo 31 que el estatuto puede limitar el reembolso anual de las cuotas sociales a un monto no menor del cinco por ciento del capital integrado. Esto se justifica para minimizar el impacto negativo que pudiesen tener los reembolsos en las finanzas de las cooperativas. El anteproyecto propone cinco reformas:

• Eleva la limitación a un monto no menor del 20% (Art. 35 del anteproyecto). • Permite la suspensión de reembolsos por dos años. • Establece que el reembolso de las cuotas sociales tendrá prioridad sobre la distribución de retornos (Art. 35).• Duplica el interés a pagar sobre las cuotas sociales pendientes de reembolso (Art. 36).• Condiciona los reembolsos a que esté garantizada la atención de los acreedores (Art. 39).

Respecto al primer punto, nuestra opinión es que incrementa la fragilidad patrimonial de la cooperativa. Si la participación del capital social en la composición del patrimonio neto es alta es posible que perder un 20% resulte financieramente muy crítico. Por otro lado, aunque ello no ocurra, termina afectando la evaluación de riesgo patrimonial que realizan terceros sobre la cooperativa (no es lo mismo prestarle dinero a una empresa cuyos socios pueden retirar el capital

OPINIÓN

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hasta un 5% por año, que hacerlo a una entidad que puede perder el 20% del capital). En general las propuestas de modificación de la ley han ido en sentido contrario. Con un efecto contrario, el anteproyecto en el mismo artículo autoriza a la Asamblea a suspender todo reembolso de cuotas sociales por un plazo máximo de dos años, propuesta inspirada en la Resolución 1027/94. Sin adentrarse en un análisis de las diferencias en detalle entre la resolución y el anteproyecto, nuestra opinión es que este tipo de herramientas deterioran ante el asociado la previsibilidad del tratamiento del capital integrado y por lo tanto su propensión a capitalizar. Respecto a la restricción para distribuir retornos si hay reembolsos de cuotas sociales pendientes, nos parece que hay un error conceptual. Todos los retornos (en la ley vigente y en el anteproyecto) deben distribuirse entre los asociados. Lo único que puede decidir la Asamblea es si distribuirlo en efectivo o en cuotas sociales. En todo caso la restricción debería ser a la distribución de retornos en efectivo. El mismo artículo del anteproyecto (35) parece proponer que las cuotas sociales pendientes de reembolso sean enviadas a una reserva especial. En nuestra opinión es un error contable. El valor de las cuotas sociales pendientes de reembolso, como establece la RT 24, debe asignarse al pasivo, es una deuda. En el artículo 36 del anteproyecto se propone incrementar el pago del interés a las cuotas sociales pendientes de reembolso del 50% de la fijada por el BCRA para las cajas de ahorro, al 100% de la tasa del BNA para las mismas cajas. De todas maneras resulta una tasa baja, habitualmente por debajo de la tasa de inflación. Finalmente, condicionar los reembolsos a que esté garantizada la atención de los acreedores está privilegiando a todos los acreedores (proveedores, estado, trabajadores, etc.) por sobre las cuotas pendientes de reembolso (cuyos titulares también son acreedores). No conocemos las motivaciones de la propuesta y deben estudiarse sus implicancias jurídicas.

Otras propuestas. El tema del reembolso es un tema de gran complejidad en las cooperativas, y donde existe una profusa experiencia internacional con distintas soluciones. En nuestra opinión, el quid de la cuestión es cómo darle mayor previsibilidad a los rembolsos, tanto al asociado como a la cooperativa y a los terceros vinculados (en particular acreedores). Las restricciones temporales a los reembolsos van en sentido contrario. En nuestra opinión cualquier acuerdo democráticamente aprobado, respaldado por el Estatuto, que otorgue previsibilidad es mejor que la restricción arbitraria y espasmódica. Por ejemplo, parece razonable que los trabajadores asociados a una cooperativa de trabajo puedan acordar que el capital sólo será reembolsado a partir de la jubilación (o fallecimiento, etc.), y hacerlo a lo largo de una determinada cantidad de años; o que los productores cuando se retiran de la cooperativa puedan retirar el capital en forma gradual, y que ello tenga un mecanismo consistente con la implementación de un sistema de capitalización proporcional. Ninguna de estas propuestas es posible en el marco de la legislación vigente ni del anteproyecto propuesto. Habría que incorporar la posibilidad de que la Asamblea establezca un régimen especial de reembolso de cuotas sociales, que debería formar parte de un reglamento aprobado (como todo reglamento) por la autoridad de aplicación.

Los fundamentos de este trabajo están incluidos en la ponencia “Capital en las Cooperativas: un debate pendiente”, presentada por el autor en ocasión de la Jornada de Derecho Cooperativo organizada por COOPERAR y auspiciada por el INAES (18/9/2013) y se encuentra disponible en la Web cooperar.coop.

OPINIÓN

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01. Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo AMIGAL Ltda.

02. Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo ARMAR Ltda.

03. Cooperativa de Crédito, Consumo y Vivienda BAYMOR Ltda.

04. BICA Cooperativa de Emprendimientos Múltiples.

05. Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo BICENTENARIA Ltda.

06.Cooperativa de Crédito CANAL Ltda.

07. Cooperativa de Emprendimientos Múltiples CARLOS PELLEGRINI Ltda.

08.CATALINAS Cooperativa de Crédito, Consumo y Vivienda Ltda.

09.Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo COFICRED Ltda.

10. Cooperativa Integral COINAG Ltda.

11. Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo CONCEPCIÓN Ltda.

12. Cooperativa de Crédito y Vivienda CONCRED Ltda.

13. Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo CREDIKOT Ltda.

14. CREDIQUEN Cooperativa de Provisión de Servicios de Administración

15. CREDISIS Cooperativa de Crédito, Consumo y Vivienda Ltda.

16. CRUZ DEL SUR Cooperativa de Crédito, Vivienda, Consumo y Servicios Sociales Ltda.

17.Cooperativa de Provisión de Obras y Servicios Públicos CUENCA DEL SALADO Ltda.

18. Cooperativa de Emprendimientos Múltiples Ltda. DE LOS ARROYOS

19. Cooperativa de Crédito, Consumo y Vivienda DEL LITORAL Ltda.

20. DEL PAÍS Cooperativa de Crédito, Vivienda y Consumo Ltda.

21. FINCREDIT Cooperativa de Crédito, Consumo y Vivienda Ltda.

22. Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo FLORIDA Ltda.

23. GESTISUR Cooperativa de Crédito y Vivienda Ltda.

24. GRAN COOPERATIVA de Crédito, Vivienda, Consumo y Servicios Sociales Ltda.

25. Cooperativa Integral INDEPENDENCIA Ltda.

26. Cooperativa INSTITUCIONAL de Inversión y Vivienda Ltda.

27. INTERAMERICANA Cooperativa de Crédito, Consumo y Vivienda Ltda.

28. Cooperativa de Crédito LA PLATA Ltda.

29. Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo LA UNION Ltda.

30. Cooperativa LUZ Y FUERZA de Crédito, Vivienda y Consumo Ltda.

31. MERCOOP Cooperativa de Crédito, Consumo y Vivienda Ltda.

32. ORION Cooperativa de Crédito y Vivienda Ltda.

33. Cooperativa de Vivienda, Crédito, Consumo y Servicios Sociales PALMARES Ltda.

34. Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo PIRAMIDE Ltda.

35. PLURAL Cooperativa de Crédito, Consumo y Vivienda Ltda.

36. POLlCREDITO Cooperativa Limitada de Crédito y Vivienda.

37. PREVER Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo Ltda.

38. PROVEZA Cooperativa de Crédito, Vivienda y Consumo Ltda.

39. Cooperativa de Emprendimientos Múltiples SUDECOR LITORAL Ltda.

40. Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo UNICRED Ltda.

NU

ES

TRA

S

AS

OC

IAD

AS

San Martín 439 - 5to piso (1004) CABA - Argentina Tel/Fax:(54 11) 4326-8024 rotativas

Matricula I.N.A.E.S Nº20299 https://www.orioncoop.com.ar

E-mail: [email protected]

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