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Page 1: 2 La República SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO...2015/10/10  · Pomacanchi, 21 de setiembre del 2015. ( 07, 0 9, 12 OCT ) EDICTO JUDICIAL.- Que, ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de
Page 2: 2 La República SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO...2015/10/10  · Pomacanchi, 21 de setiembre del 2015. ( 07, 0 9, 12 OCT ) EDICTO JUDICIAL.- Que, ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de

La República2 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Viernes, 9 de octubre del 2015

Avisos Judiciales

EDICTO JUDICIALSR.: JORGE RAMIRO CANO CANALES.Que ante el Juzgado de Paz Letrado de Pomacanchi - Acomayo, que despacha el señor Juez doctor Efraín La Torre Valenzuela, bajo la actua-ción de la Especialista Legal Violeta Lizbeth Huamani Benites, se viene tramitando el proceso N° 25-2015-FC, demanda de aumento de ali-mentos interpuesta por Mary Luz Roque Huanaco contra Jorge Ramiro Cano Canales, se ha dispuesto la publicación por edicto lo siguiente:RESOLUCIÓN NRO. 04, Pomacanchi, veintiuno de setiembre del año dos milquince: SE RESUELVE: DAR POR ABSUELTO EL TRASLADO DE LA DEMANDA EN REBELDÍA del demandado JORGE RAMIRO CANO CANA-LES. Conforme a su estado SEÑÁLESE FECHA para la AUDIENCIA ÚNICA acto procesal que se verificara en el local del Juzgado el día TRECE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE A LAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA, acto que se llevara acabo en el Juzgado de Paz Letrado de Pomacanchi y estando al juramento prestado por la demandante de desconocer el domicilio del demandado de conformidad a lo dispuesto en los artículos 165, 167 y 168 del Código Procesal Civil, NOTIFÍQUESE al demandado JORGE RAMIRO CANO CANALES con la presente resolución mediante la publicación de EDICTOS, y teniendo en cuenta la naturaleza especial del proceso, PUBLÍQUESE en el Diario el “ La República” y en la tablilla del Juzgado por tres días hábiles.H. S. Lo que se publica para los fines de Ley. Pomacanchi, 21 de setiembre del 2015. (07, 09, 12 OCTUBRE)

EDICTO JUDICIALSR.: HOOPER REYNALDO CCAJAVILCA CHOQUEMAMANI, Que, ante el Juzgado de Paz Letrado de Pomacanchi - Acomayo, que despacha el señor Juez doctor Efraín La Torre Valenzuela, bajo la actuación de la Especialista Legal Violeta Lizbeth Huamani Benites, se viene tramitan-do el proceso N° 34-2015-FC, se ha dispuesto la publicación del edicto judicial en los siguientes términos;RESOLUCION N° 03: Pomacanchi, veintiuno de setiembre del año dos mil quince, SE RESUELVE: DAR POR ABSUELTO EL TRASLADO DE LA DEMANDA EN REBELDÍA del demandado HOOPER REYNALDO CCAJAVILCA CHOQUEMAMANI. Conforme a su estado SEÑÁLESE FECHA para la AUDIENCIA ÚNICA acto procesal que se verificara en el local del Juzgado el día TRECE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE A LAS DIEZ DE LA MAÑANA, acto que se llevara acabo en el Juzgado de Paz Letrado de Pomacanchi y estando al juramento prestado por la demandante de desconocer el domicilio del demandado de conformidad a lo dispuesto en los artículos 165, 167 y 168 del Código Procesal Civil, NOTIFÍQUESE al demandado HOOPER REYNALDO CCAJAVILCA CHOQUEMAMANI con la presente resolución mediante la publicación de EDICTOS, y teniendo en cuenta la naturaleza especial del proceso, PUBLÍQUESE en el Diario el “ La República” y en la tablilla del Juzgado por tres días hábiles.H. S.- Lo que se publica para los fines de Ley. Pomacanchi, 21 de setiembre del 2015. ( 07, 09, 12 OCT )

EDICTO JUDICIAL.- Que, ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Canchis-Sicuani, que despacha el señor Juez Miguel Choque Zea, bajo la actuación del secretario judicial abogado Olivera Huaman Marco Wilbert, se viene tramitando el PROCESO CIVIL N° 260-2015-0-1007-JP-CI-01, en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO la solicitud interpuesta por PERCY CIPRIAN AYMACHOQUE AYMACHOQUE en represen-tación de su menor hija Erika Lizbeth Aymachoque Quispe, respecto al extremo en el que se consigna su nombre de pila como “LIZBETH” cuando lo correcto debía ser “LISBETH”, el apellido materno de su progenitora consignado como LIMACHI, cuando lo correcto debió ser: LIMACHE, y la omisión del segundo nombre de pila de su progenitor CIPRIAN, debiendo ser lo correcto y completo PERCY CIPRIAN AYMA-CHOQUE AYMACHOQUE. Lo que se publica para los fines de Ley. Sicuani, 05 de octubre del 2015.- Marco W. Olivera Huaman.- Secretario Judicial.- (09, OCT)

EDICTO JUDICIALSR.: JORGE RAMIRO CANO CANALES.Que ante el Juzgado de Paz Letrado de Pomacanchi - Acomayo, que despacha el señor Juez doctor Efraín La Torre Valenzuela, bajo la actua-ción de la Especialista Legal Violeta Lizbeth Huamani Benites, se viene tramitando el proceso N° 25-2015-FC, demanda de aumento de ali-mentos interpuesta por Mary Luz Roque Huanaco contra Jorge Ramiro Cano Canales, se ha dispuesto la publicación por edicto lo siguiente:RESOLUCIÓN NRO. 04, Pomacanchi, veintiuno de setiembre del año dos milquince: SE RESUELVE: DAR POR ABSUELTO EL TRASLADO DE LA DEMANDA EN REBELDÍA del demandado JORGE RAMIRO CANO CANA-LES. Conforme a su estado SEÑÁLESE FECHA para la AUDIENCIA ÚNICA acto procesal que se verificara en el local del Juzgado el día TRECE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE A LAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA, acto que se llevara acabo en el Juzgado de Paz Letrado de Pomacanchi y estando al juramento prestado por la demandante de desconocer el domicilio del demandado de conformidad a lo dispuesto en los artículos 165, 167 y 168 del Código Procesal Civil, NOTIFÍQUESE al demandado JORGE RAMIRO CANO CANALES con la presente resolución mediante la publicación de EDICTOS, y teniendo en cuenta la naturaleza especial del proceso, PUBLÍQUESE en el Diario el “ La República” y en la tablilla del Juzgado por tres días hábiles.H. S. Lo que se publica para los fines de Ley. Pomacanchi, 21 de setiembre del 2015. (07, 08, 09, OCTUBRE)

EDICTO JUDICIALSR.: HOOPER REYNALDO CCAJAVILCA CHOQUEMAMANI, Que, ante el Juzgado de Paz Letrado de Pomacanchi - Acomayo, que despacha el señor Juez doctor Efraín La Torre Valenzuela, bajo la actuación de la Especialista Legal Violeta Lizbeth Huamani Benites, se viene tramitan-do el proceso N° 34-2015-FC, se ha dispuesto la publicación del edicto judicial en los siguientes términos;RESOLUCION N° 03: Pomacanchi, veintiuno de setiembre del año dos mil quince, SE RESUELVE: DAR POR ABSUELTO EL TRASLADO DE LA DEMANDA EN REBELDÍA del demandado HOOPER REYNALDO CCAJAVILCA CHOQUEMAMANI. Conforme a su estado SEÑÁLESE FECHA para la AUDIENCIA ÚNICA acto procesal que se verificara en el local del Juzgado el día TRECE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE A LAS DIEZ DE LA MAÑANA, acto que se llevara acabo en el Juzgado de Paz Letrado de Pomacanchi y estando al juramento prestado por la demandante de desconocer el domicilio del demandado de conformidad a lo dispuesto en los artículos 165, 167 y 168 del Código Procesal Civil, NOTIFÍQUESE al demandado HOOPER REYNALDO CCAJAVILCA CHOQUEMAMANI con la presente resolución mediante la publicación de EDICTOS, y teniendo en cuenta la naturaleza especial del proceso, PUBLÍQUESE en el Diario el “ La República” y en la tablilla del Juzgado por tres días hábiles.H. S.- Lo que se publica para los fines de Ley. Pomacanchi, 21 de setiembre del 2015. ( 07, 08, 09, OCT )

EDICTO JUDICIALEn el proceso Civil Nro. 00542-2015-0-1001-JR-FC-03, ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco, que Despacha el Doctor Mario Rafael Ramos Bejar; bajo la actuación de la secretaria judicial Mará Yabar Achata, se ha dispuesto la publicación edictal siguiente: Resolución Nro, 11 de fecha dieciocho de mayo del año dos mil quince.- Auto admisorio de la Demanda; VISTO (...) Y, CONSIDERANDO (...) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por WILBER SILVA CUTIPA, sobre EXONERACIÓN DE ALIMENTOS, en contra de YONATAN SIL-VA AGUILAR, debiendo sustanciarse el trámite de la presente en la vía del PROCESO SUMARISIMO.- Estando al Artículo 554° del Código Procesal Civil CÓRRASE traslado a la parte demandada por el plazo de CINCO DÍAS para que conteste la demanda bajo apercibimiento de ser declarada rebelde en caso de renuencia.- MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidos los medios probatorios que adjunta para admitirse y actuarse en su oportunidad procesal.- H.S. Cusco, 28 de septiembre del año 2015. (09, 13, 15, OCTUBRE)

AVISO JUDICIALEN LA INVESTIGACION TUTELAR Nro 1651-2015JUEZ MENDOZA ZEGARRA, DEL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA- CUSCO. En los seguidos a favor del menor MIJAIL QUIJHUA GARCIA sobre ABANDONO MORAL Y MATERIAL se ha dispuesto la NOTIFICACION a ROSA GARCIA CCORIMANYA y CIPRIAN QUIJHUA MAYTA Y A LOS FAMILIARES Y/O RESPONSABLES DEL MENCIONADO MENOR, con la sentencia Resolución Nro. 02 Cusco, once de setiembre del dos mil quince .-ANTECEDENTES... FUNDAMENTOS DE LA DECISION ...DECISION : SE DECLARA EL ESTADO DE ABANDONO MORAL Y MATE-RIAL del niño MIJAIL QUIJHUA GARCIA ... Se dispone como medida de protección , la atención integral en la Clínica San Juan de Dios, hasta nueva decisión del Juzgado ... Se dispone la extinción de la patria potestad de los padres biológicos Ciprian Quijhua Mayta y Rosa García Ccorimanya ... se notifique la sentencia conforme a ley ... T.R.y H.S. Firmado Mendoza Zegarra. Firmado Luza Pezo Sec. Judicial . - Resolución 04 .- Cusco , cinco de octubre del dos mil quince .-Se dispone : Notificar a los progenitores del menor tutelado con la Res. 02 sentencia mediante edictos en el Diario judicial y Peruano .. Firmado Luza Pezo Sec-Jud. Loque notifico a Uds., para los fines consiguientes de ley . 3v. Cusco, 05 de octubre del 2015 . (09, 12, 13, OCTUBRE)

EDICTOSAnte el Primer Juzgado Mixto de Santiago que despacha el Dr. Mario castilla Huarco bajo la actuación de la especialista Evelin Baca Ochoa se tramita el expediente N° 00376-2015-0-1018-JM-CI seguido por Fernando Silva Conza contra Betty Florez Cornejo sobre Nulidad de Acto Jurídico, mediante la cual. SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por FERNANDO SILVA CONZA, sobre demanda con acumulación subjetiva Originaria de pretensiones de 1.- NULIDAD DEL CONTRATO DE COMPRA VENTA DE FECHA 26 DE MARZO DEL 2013 Y EL DOCUMENTO QUE LOS CONTIENE; 2.- SI LA DEMANDA PRINCIPAL ES DECLARADA FUNDADA SE DEVUELVA LA SUMA DE SI. 31.560.00 (TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS SESENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES) Y LA INDEMNIZACIONES DE DAÑOS Y PERJUICIOS POR LA SUMA DE SI. 31.560.00 NUEVOS SOLES MAS INTERESES LEGALES, COSTAS Y COSTOS DEL PROCESO. En contra de GILBERTO LOREN-ZO LUCANA GOMEZ. Debiendo tramitarse VÍA DEL PROCESO DE CONOCIMIENTO. Córrase traslado a los demandados por el plazo de TREINTA DIAS. AL OTRO SI DIGO: Por ofrecidos los medios probatorios las que serán admitidos en su oportunidad. AL MÁS DIGO: Téngase presente y agregúese a sus antecedentes. Y mediante Resolución Resolución Nro.4 de fecha dieciséis de setiembre del año dos mil quince. A LO EXPUESTO : Se tiene que las partes procesales están debidamente notificadas con la resolución N° 02 de fecha 16 de julio del año dos mil quince, sin embargo, la demandada BETTY FLOREZ CORNEJO, no ha absuelto el traslado de la demanda dentro del término previsto

por ley, Conforme al artículo 458 del Código Procesal Civil, se le declara REBELDE. OTRO SI DIGO Se dispone la notificación por edictos a los herederos legales de ALEJANDRINA CORNEJO QUISPE debiendo de concurrir el demandante al Juzgado para la publicación de los edictos. Santiago, 25 de septiembre del 2015. (09, 12, 13, OCT

EDICTO JUDICIALExpediente Nro. 00291-2015-0-1005-JM-FC-01, seguido por Alejandrina Quillo Zegarra, sobre RECONOCIMIENTO JUDICIAL DE UNION DE HECHO, tramitado ante el Juzgado Mixto de Calca, se ha dispuesto la notificación a la Sucesión de Q. E. V. F. ANDRES ALBERTO HUMPIRE FLORES con el extracto de la siguiente Resolución: Nro. 02, Calca, 31 de agosto de 2015, : ADMITIR a trámite la DEMANDA interpuesta por Alejandrina Quillo Ze garra contra la Sucesión indeterminadada de Andrés Alberto Humpire Flores, sobre RECONOCIMIENTO JUDICIAL DE UNION DE HECHO; TRAMITESE en la vía del proceso ABREVIADO; en tal virtud, córrase TRASLADO de la demanda mediante edictos, a la parte demandada por el plazo de ley, bajo apercibimiento de nombrarse CURADOR PROCESAL. (...). H.S. Firma de la Jueza Elvia Barriga Morón y del Especialista Legal Fresh Lennin Garcia Luna. Calca, 31 de agosto del 2015. (09, 15, 21, OCT)

EDICTO JUDICIALAnte El 5°Juzgado Civil-Sede Central en el Expediente 01490-2015-0-1001-JR-CI-05 seguido por Choquehuanca Vallenas, Luz Dina contra la Sucesión De Pedro Pablo Alonso Rojas Sobre Prescripción Adquisitiva bajo la dirección de la Señora Juez Apaza Béjar Solina Maybee y la Actuación de la Especialista Legal Vargas Trujillo Vilma Se Ha Dispuesto la publicación de la RESOLUCIÓN N° 02, Cusco, 02 de setiembre de 2015.- (...) La recurrente demanda la Prescripción adquisitiva de dominio sobre el inmueble urbano ubicado en la Calle sin nombre, lote 9 del predio Uran Qquenccoro Tabla del sector de Capullana del distrito de San Jerónimo, provincia y departamento de Cusco, (...) Por estos fundamentos expuestos; SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por LUZ DINA CHOQUEHUANCA VALLENAS sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITD7A contra la SUCESIÓN DE PEDRO PABLO ALONSO ROJAS debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso ABREVIADO, en consecuencia, córrase traslado a la parte demandada por el término de diez días, bajo apercibimiento de declarar-se su rebeldía. (...). AL OTROSI DIGO: conforme a lo establecido por el ARTÍCULO 506° del Código Procesal Civil, efectúese las publicaciones de un extracto de la presente por el término de tres días con intervalo de tres días (...) Asimismo notifíquese a los probables herederos legales del demandado QVF Pedro Pablo Alonso Rojas mediante edictos conforme lo dispone el ARTÍCULO 435° del Código Procesal Civil, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal. (09, 15, 21, OCT)

EDICTO JUDICIALExpediente Nro. 519-2015-0-1018-JM-CI-02 tramitado por ante este Despacho Judicial del Segundo Juzgado Mixto de Santiago, judicado por el señor Juez doctor López Trelles, y bajo la gestión procesal de la Especialista Legal Abog, Cabana Zuvileta, da cuenta que se ha ADMI-TIDO a trámite en la vía del PROCESO ABREVIADO, la demanda interpuesta por DANIEL VENGOA HUMPIRE, contra Héctor Rene Anselmo Rodríguez Piazze, en su condición de representante legal de la persona jurídica EMPRESA ANTARES RIGEL S.R.L, sobre PRESCRIPCION AD-QUISITIVA DE BIEN MUEBLE, para ser declarado propietario de la unidad vehicular de placa de rodaje N° XH-1308, marca MITSUBISHI y demás características que describe en la demanda, en consecuencia: TRASLADO de la demanda, a la parte demandada, por el plazo de diez días, PUBLIQUESE un extracto del auto admisorio en el diario judicial del Cusco, por treces veces, con intervalo de tres días, debiendo ser a costa de la parte actora; PUBLIQUESE un extracto del auto admisorio en la Tablilla del Juzgado, por treces veces, con intervalo de tres dias; H.S. Cusco, Santiagcu-21 de SEPTIEMBRE de 2015. (09, 15, 21, octubre)

EDICTO CIVILSr. FERNANDO CARLOS BRONCANO MORA.En el Proceso No. 2014- 0037 sobre Declaración judicial de paternidad extramatrimonial y de prestación de alimentos tramitado ante el Juzgado de Paz Letrado de San Sebastián, la señora juez , bajo la actuación del secretario Ronald Bornas Guerra, por Resolución No. 02 del 14 de febrero del 2014 y complementada mediante resolución No. 07 del 28 de agosto del 2015,, se ha dispuesto se proceda a su emplaza-miento mediante edictos del extracto siguiente, : Resolución No. 02, Cusco, San Sebastián, 14 de febrero del 2014. SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE en VIA ESPECIAL la demanda interpuesta por Eni Graciela Abarca Poccohuanca en representación de sus menores hijos Fernan-do Salvador, Sebastián Paul e Irene Kasandra Broncano Abarca contra FERNANDO CARLOS BRONCANO MORA sobre Filiación Judicial de Paternidad Extramatrimonial. EXPIDIÉNDOSE: MANDATO DE FILIACIÓN DE PATERNIDAD EXTRAMATRIMONIAL: TÉNGASE al demandado FERNANDO CARLOS BRONCANO MORA como padre de FERNANDO SALVADOR BRONCANO ABARCA, SEBASTIÁN PAUL BRONCANO ABARCA E IRENE KASANDRA BRONCANO ABARCA, CONCEDIÉNDOSE al demandado el PLAZO DE DIEZ DÍAS a efecto de que si fuese el caso formule oposición al mandato de filiación; de no hacerlo el mandato se convertirá en declaración judicial de paternidad definitiva.- Resolución No. 07 del 28 de agosto del 2015. Estando al pedido de complemento del auto admisorio dictado en autos, se establece que, de la demanda, se puede establecer que la parte demandante ha formulado demanda acumulada de declaración judicial de paternidad y prestación de alimentos, sin que en el auto de admisión, se haya dado providencia a esta ultima pretensión por su mérito en vía de com-plemento se RESUELVE: Admitir y tramitar en la via del PROCESO EXTRAORDINARIO DE FILIACION EXTRAMATRIMONIAL la demanda in-terpuesta por ENI GRACIELA ABARCA POCCOHUANCA en representación de sus menores hijos Fernando Salvador, Sebastián Paul e Irene Kasandra Broncano Abarca sobre PRESTACION DE ALIMENTOS; dirigiéndola contra FERNANDO CARLOS BRONCANO MORA en tal virtud ORDENO: córrase traslado a la parte demandada sobre la pretensión de prestación de alimentos, por el plazo legal, fijado en el artículo 1° de la ley 29821,bajo apercibimiento de ley en caso de no formularse oposición y absolverse el traslado. MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidos como medios probatorios los que se indican, las que serán merituadas en la oportunidad procesal respectiva. Estando al ju-ramento prestado por la parte recurrente respecto a haber agotado las gestiones destinadas a conocer el domicilio real del demandado, al amparo de la norma contenida en el artículo 165 del Código Procesal Civil, se dispone conforme a lo regulado por el artículo 167 del Código procesal Civil, modificado por el Artículo 2 de la Ley N° 30293. H. S. Firma completa de la juez . Bornas Guerra, Secretario (09, 15, 21, OCTUBRE)

EDICTO JUDICIALAnte el 5o JUZGADO CIVIL DEL CUSCO, en el Expediente N° 00685-2015-0-1001-JR-CI-0, seguido por DANALIA ERNESTINA TORRES VILLA-FUERTE sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA bajo la dirección de la Sra. Juez. Solina Maybee Apaza Bejar y la actuación del Especialista Legal Rafael Castillo Canal se ha dictado:SENTENCIAResolución N° 05.-Cusco, 9 de julio de 2015.- AUTOS Y VISTOS y CONSIDERANDO: SE RESUELVE: DECLARAR FUNDADA la demanda presentada por Danalia Ernestina Torres Villafuerte, en consecuencia, se ORDENA que en la partida de nacimiento N° 14124, extendida el 5 de noviembre de 1954 por la Municipalidad Metropolitana de Lima correspondiente a Danalia Ernestina Torres Villafuerte, se ADICIONE en el extremo nombre de la madre el apellido materno “Morveli” en el extremo nombre de la madre de la referida partida, debiendo quedar en forma completa como nombre de la madre: Leocadia Villafuerte Morveli; en consecuencia, una vez publicada la presente en el Diario Oficial El Peruano y Diario Judicial de Cusco, PROCÉDASE a la inscripción de esta sentencia en los Registros de Identificación y Estado Civil de la Municipalidad Metropolitana de Lima para la adición del apellido, consentida o firme que quede la presente resolución. H.S.RESOLUCIÓN Nro. 06.-Cusco, 13 de Agosto de 2015.-A LO EXPUESTO Por la demandante y CONSIDERANDO: SE RESUELVE: DECLARAR CONSENTIDA, la sentencia del 09 de julio del 2015, PU-BLICAR un extracto de la sentencia así como de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y el Diario Judicial del Cusco.- H.S.- Cusco, 23 de setiembre del 2015.- (09, OCT)

SUCESIÓN INTESTADAANTE MI DR. JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, UBICADO EN EL INMUEBLE NRO. 460 DE LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO, DEL CERCADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO; EN CALIDAD DE HIJOS NINOSCA TEJADA APAZA, LOURDES TEJADA APAZA Y JUAN CANCIO TEJADA APAZA Y CONYUGE SUPERSTITE ARNALDO TEJADA SANCHEZ, SOLICITAN LA SUCESION INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUE SATURNINA APAZA BRAVO; FALLECIDA EN LA CIUDAD DEL CUSCO, EL 26 DE JULIO DEL 20O9, SIN DEJAR TESTAMENTO, HABIENDO TENIDO COMO ÚLTIMO DOMICILIO EN LA CALLE QUERA N° 259, DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES DE LEY. CUSCO, 28 DE SETIEMBRE DEL 2015. . J. OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, ABOGADO NOTARIO. (09, OCT)

EDICTO JUDICIALEn el proceso Civil N° 01780-2015-0-1001-JP-CI-03., ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco, que Despacha el doctor Rafael Ramos Bejar; bajo la actuación de la secretaria judicial Mará Yabar Achata, se ha dispuesto la publicación edictal siguiente:Resolución N° 02, de fecha catorce de setiembre del año dos mil quince.- Auto admisorio de la Demanda; VISTA (...) Y, CONSIDERANDO (...)SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la petición interpuesta por NANCY JUANA, FREDDY SIXTO, VIRGINIA ALEJANDRINA, JOSE MODESTO, GLORIA MAGDALENA, ROSARIO ANGELICA y RUTH CORNELIA HUILLCA ROJAS, sobre SUCESION INTESTADA, a efectos de que se les de-clare como herederos únicos y universales a los recurrentes, de quien en vida fue MODESTO HUILLCA ROCCA, debiendo tramitarse bajo los mecanismos del PROCESO NO CONTENCIOSO.- MEDIOS PROBATORIOS: Por ofrecidos los medios probatorios, los mismos que serán merituados en su oportunidad.- ANEXOS: Agregúese a sus antecedentes los anexos que adjunta.- AL OTROSI DIGO: De conformidad con lo establecido en el inciso 1 del artículo 833° del Código Procesal Civil publíquese el extracto de la solicitud por una sola vez en el diario judicial y otro diario de mayor circulación.- AL MAS DIGO: Notifíquese a la Beneficencia Pública con la demanda nexos y el auto admisorio de la

Page 3: 2 La República SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO...2015/10/10  · Pomacanchi, 21 de setiembre del 2015. ( 07, 0 9, 12 OCT ) EDICTO JUDICIAL.- Que, ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de

La República 3Viernes, 9 de octubre del 2015 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

demanda.- PRIMER MAS DIGO: Gírese los Partes Regístrales para la inscripción de la demanda y el auto admisorio en los Registros Públicos de Cusco, para lo cual cumpla previamente con adjuntar dicha tasa judicial correspondiente.-.-Hágase. Saber. Cusco, 14 de setiembre del año 2015. (09, OCT)

SUCESIÓN INTESTADAANTE LA NOTARIA PÚBLICA DEL DR. JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, UBICADO EN EL INMUEBLE NRO. 460 DE LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO, DEL CERCADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO; MARISOL FLORES BOLAÑOS EN CALIDAD DE HIJA DEL CAUSANTE, SOLICITA LA SUCESION INTESTADA DEL QUE EN VIDA FUE EL SEÑOR: MARIO FLORES RABELO, FALLECIDO, EL 01 DE FEBRERO DEL AÑO 1976. LO QUE SE PONE EN CONOCIMINETO PARA LOS FINES DE LEY. CUSCO, 30 DE SETIEMBRE DEL 2015. J. OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, ABOGADO NOTARIO. (09, OCT)

EDICTO JUDICIALPor ante el Primer Juzgado de paz Letrado de Cusco, bajo el Despacho de la Señora Juez Doctora GILDA A. ZEA NUÑEZ y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Catalina Solazar Miranda, se tramita el expediente Nro. 01778-2015-0-1001-JP-CI-01, seguido por TERESA CHUISO FUENTES, solicita en la Vía del Proceso No Contencioso la rectificación de la Partida de Defunción , y el Registro Único de Identificación de personas Naturales (DNI) y el Registro Único de Identificación de Personas Naturales del RENIEC (RUIPN) de su progenitor Q.V.F. Ysidro Chui-so Atapaucar, en lo que respecta nombre de pila de su señor padre de la recurrente, consignado erróneamente como “ISIDRO” siendo lo correcto “YSIDRO CHUISO ATAPAUCAR”, se efectúa la presente publicación para los fines consiguientes de ley.----------------- Cusco, 24 Setiem-bre del 2015. (09, OCT)

SUCESIÓN INTESTADAAnte la “NOTARIA HUANCA”, ubicado en el Jirón Jaquijahuana “C6-10” de la ciudad de Anta - Cusco; se ha presentado MERCEDES PEÑA CCOYA, con DNI N° 42877107, solicitando la sucesión intestada de su madre la que en vida fue ANGELICA CCOYA QUISPE, fallecido el 23 de diciembre del 1998, siendo el último domicilio de la causante el inmueble s/n, ubicado en el sector Sumaccucho, distrito de Cachimayo, provincia de Anta i departamento de Cusco; indica que debe declararse como sus herederos a la SOLICITAN-TE i a su hermana ELENA PEÑA CCOYA por ser hijas de la causante. Anta, 30 de setiembre del 2015. T MARCIAL HUANCA CAYLLAHUA. ABOGADO NOTARIO. CNC 030. (09, OCT)

SUCESION INTESTADAAnte el 2do. Juzgado de Paz Letrado del Cusco, despachado por el señor Juez Dr. Mario Castilla Huarco, bajo la actuación de la secretaria del Juzgado Juana P. Huanca Ccapcha, se tramita el Expediente Civil N° 01547-2015-0-1001-JP-CI-04, se ha dictado la resolución 2 de fecha 25-08-2015, lo que se publica a fin de que se apersonen los que se creen herederos acreditando su calidad con instrumento respectivo .Abog. J.P. HUANCA C. Secretaría Judicial. Cusco, 20 de abril del 2010....Se Resuelve: Admitir A Trámite En La Via Del Proceso No Contencioso, La Petición Interpuesta Por Faustina Cusihuaman Pompilla, Sobre Declaración Judicial De Sucesión Intestada Del Que En Vida Fue Catalina Pompilla Cusiyunca; Fallecido 1 11 De Mayo de 1994, En La Comunidad De Chinchaysuyo Del Distrito De Poroy- Cusco, A Fin Que Se Les Declare Herederos Legales A Rodolfo Correa Pompilla, Juliana Cusihuaman Pompilla, Tomás Cusihuaman Pompilla, Faustina Cusihuaman Pompilla, Bautista Cusihuaman Pompilla, lo que se publica a fin de que se apersonen los que se creen herederos acreditando su calidad con instrumento respectivo .Abog. J.P. HUANCA C. Secretaría Judicial. Cusco, 26 de agosto del 2015. (09, OCT)

AVISO JUDICIALEn Proceso Nro.222-2015 -Ante el juzgado de paz letrado de San Sebastián Despachado por la Sra. Juez Dra. MARIANELLA CARDENAS bajo la actuación de la secretaria Dra. Antonina Ponce de León, VICTORIA LAVILLA GAMARRA Solicita SUCESION INTESTADA del que fue Guillermo Hermitaño Lavilla Bustamante fallecido en esta ciudad el 16 de junio del 2014 se publica a fin de que se asomen los que tiene derecho a suceder. S.S. 10-01-2015. (09, OCT)

EDICTO JUDICIALQue, el Proceso Civil N° 00124-2015-0-1010-JM-CI-01 seguido por: Edgar Gallego Alvarez sobre Cambio de Nombre en el registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Vilcabamba, Partida Nro 67202815, en cuanto concierne al Cambio del Segundo Nombre de Pila, de su menor hija llamada originariamente como “Liz Hebriam Gallegos Villegas”, por el de Liz Kiara, debiendo en lo sucesivo llamarse como “LIZ KIARA GALLEGOS VILLEGAS, en la VÍA DEL PROCESO ABREVIADO, PUBLIQUESE por tres veces, con intervalo de tres días, para los fines de ley; conforme lo establece 506s de la norma adjetiva civil. Fdo. Juez Titular Erasmo Waldir Urruchi Zuñiga, Fdo. Sri Radha Castro Mellado. Quillabamba, 30 de julio del año 2015. (09, 15, 21, OCT)

SUCESION INTESTADAAnte mi Despacho Notarial, se presentó el Sr. BLAS EDILBERTO OCHOA FLORES, identificado con DNI. N° 23903057; solicitando la Suce-sión Intestada de Q.E.V.F. Sra. ISABEL FLORES RAMOS, fallecida el día treinta y uno de julio de dos mil catorce, y siendo el último domicilio de la causante el inmueble donde se encuentra ubicado en la Urbanización Amadeo Repeto Q-16, en el distrito de Santiago, provincia y departamento de Cusco; lo que hago de conocimiento público para los fines de Ley. Cusco, 01 de octubre de 2015. CARLOS AUGUSTO SOMOCURCIO ALARCON, NOTARIO DEL CUSCO – CALLE BELEN Nro. 307 CUSCO. Cusco, 01 de octubre de 2015. (09, OCT)

EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Anta, que despacha el Dr. Arturo Cabrera Orue, bajo la actuación del Especialista Legal Elvis Renny Morales Loaiza, se viene tramitando el Proceso Civil N° 140-2015-0-1004 JP-CI-01, Seguido por JUAN DE DIOS BACA MELENDRES sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO del recurrente, en el sentido que se corrija el nombre de su progenitura de Balvina a BALBINA y agregar e! segundo apellido DE BACA debiendo quedar en lo sucesivo como BALBINA MELENDRES DE BACA, asimismo en el extremo del apellido materno de su progenitor se agregue TORRES siendo lo correcto y completo DONATO BACA TORRES. Se publica para los fines de ley. Anta. 01 de Octubre del 2015. (09, oct)

EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Anta, que despacha ei Dr. Arturo Cabrera Orue, bajo la actuación del Especialista Legal Elvis Renny Morales Loaiza, se viene tramitando el Proceso Civil N° 141-2015-0-1004-JP-CI-01, Seguido por ROSA BACA MELENDRES BACA DE ROMERO sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO de la recurrente, en el sentido que se corrija el nombre de su progenitora de Balvina a BALBINA y agregar el segundo apellido DE BACA debiendo quedar en lo sucesivo como BALBINA MELENDRES DE BACA, asimismo en el extremo de! apellido materno de su progenitor se agregue TORRES siendo lo correcto y completo DONATO BACA TORRES. Se publica para los fines de ley. Anta, 01 de Octubre del 2015. (09, OCT)

EDICTO JUDICIAL1o Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, Expediente N° 00411-2015-0-1001-JM-CI-02, Materia Rectificación de Partida, bajo la dirección de la Sra. Jueza Tania García Quispe, la actuación del Secretario Judicial Ciro Chuquimago Mamani, el recurrente NILO CASTILLO TECSI, viene solicitando la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, debiendo suprimirse el primer nombre de su progenitora, el nombre “Te-resa” siendo lo correcto como Pilar Tecsi Cárdenas. Publicación que se realiza conforme a ley. Wanchaq, 02 de octubre del 2015. (09, OCT)

EDICTO JUDICIALAnte el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por el señor Juez John Aleck Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil Nro. 01703-2015-0-1001-JR-CI-03, seguido por BASILIA ARAPA DAVALOS, con citación de Representante del Ministerio Público, del se-ñor Francisco Coavoy Ferro y la señora Presentación Dávalos Cárdenas, en el que mediante Res. 02 de fecha 29-09-2015, SE RESUELVE: AD-MITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por BASILIA ARAPA DAVALOS, sobre CAMBIO DE NOMBRE EN ACTA MATRIMONIAL debiéndose de suprimir el nombre de BETTY y rectificar el nombre de su señora madre de “Isabel” a PRESENTACIÓN; debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso SUMARÍSIMO, con citación del Representante del Ministerio Público, del señor Francisco Coavoy Ferro y la señora Presentación Dávalos Cárdenas , en consecuencia córrase traslado de la demanda por el término de CINCO DÍAS. Debiendo efectuarse las publicaciones de un extracto de la presente a través de edictos por el término de un día en el diario oficial El Peruano y el Diario Judicial de esta localidad. AL OTROSI DIGO.- Téngase por ofrecidos los medios probatorios. AL MÁS DIGO: Téngase en cuenta. DE OFICIO.- REQUIERASE a la recurrente a efecto de que señale el domicilio real de los citados Francisco Coavoy Ferro y Presentación Dávalos Cárdenas, así como copias de la demanda y anexos, dentro del TERCER DÍA de notificada con la presente resolución, bajo apercibimiento de Ley. H.S.- Firmado por el Juez Alfaro Tupayachi.- Secretaria Judicial Altamirano Mayca., Cusco, 05 de Octubre de 2015. (09, OCT)

SUCESION INTESTADADe conformidad con el Articulo 41 de la ley 26662, ley de Competencia Notarial en asuntos No Contenciosos, comunico que ante mi Despacho Notarial, sito en el inmueble número 513 del Jirón Jaquijahuana del distrito y provincia de Anta y departamento de Cusco, se presentó el señor WILGHEN JUVENAL QUEJIA CUSIRIMAY, solicitando se tramite la sucesión intestada de quien en vida fuera su señor Padre FRANCISCO QUEJIA PUMA, fallecido en el trayecto Kehuar; del distrito de Anta, provincia de Anta, departamento de Cusco, el día 04 de Mayo del 2013, declarando que su último domiciliofue EN LA COMUNIDAD CAMPESINA QUEHUAR, DEL DISTRITO DE ANTA, PROVINCIA DE ANTA Y DEPARTAMENTO DE CUSCO y se declare como a sus herederosuniversales A: WILGHEN JUVENAL QUEJIA CUSIRIMAY y ROEL GUDIEL QUEJIA CUSIRIMAY (HIJO). Se comunica a fin que los que tengan vocación hereditaria, hagan uso de su derecho dentro del termi-no de ley. Anta, 29 de setiembre del 2015. YORKA I. JORDAN GAMARRA, ANOGADA NOTARIA, REG. CNCMD N°046, JR. JAQUIJAHUANA N° 513 IZCUCHACA – ANTA, TELEFONO: 084-434012. (09, OCT)

EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado Mixto y Penal Liquidador de Anta, despachado por la Juez Juana Consuelo Camocho Zambrano, se tramita el Proceso N°

00428-2013-0-1004-JM-FT-01, en la que por resolución N° 06 de fecha 26-06-2015 se resuelve notificar por edictos al demandado FELIPE CCAHUA HUILLCA y a la agraviada FRANCISCA SILVA HUAAAAN con la resolución N° 02 de fecha 22-11-2013 por el cual se ADMITE en la vía del PROCESO ÚNICO la demanda interpuesta por la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Anta, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en su moda-lidad de maltrato físico y psicológico, en contra del citado demandado, en agravio de la referida victima; se corre traslado de la demanda y sus anexos al demandado FELIPE CCAHUA HUILLCA por el plazo especial de QUINCE DÍAS, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal en caso de incumplimiento. Anta, 31 de agosto 2015. (02, 09, 15, OCTU)

EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado Mixto y Penal Liquidador de Anta, despachado por la Juez Juana Consuelo Camocho Zambrano, se tramita el Proceso N° 00380-2012-0-1004-JM-FT-01, en la que por resolución N° 12 de fecha 26-06-2015 se resuelve notificar por edictos al demandado PEDRO QUILLCA HUALLPA con la resolución N° 01 de fecha 03-01-2013 por el cual se ADMITE en la vía del PROCESO ÚNICO la demanda inter-puesta por la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Anta, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en su modalidad de maltrato psicológico, en contra del referido demandado, en agravio de la menor LEONARDA HUILLCA HUALLPA Y GUIDO WALTER HUILLCA RONDAN; se le corre traslado de la demanda y sus anexos por el plazo especial de QUINCE DÍAS, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal en caso de incum-plimiento. Anta, 31 de agosto 2015. (02, 09, 15, OCTU)

EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado Mixto y Penal Liquidador de Anta, despachado por la Juez Juana Consuelo Camocho Zambrano, se tramita el Proceso N° 00002-2015-0-1004-JM-FT-01, en la que por resolución N° 04 de fecha 11-09-2015 se resuelve notificar por edictos a la agraviada AMALIA HUAMANI AGUILAR con la resolución N° 01 de fecha 08-01-2015 por el cual se ADMITE en la vía del PROCESO ÚNICO la demanda inter-puesta por la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Anta, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en su modalidad de maltrato físico y psicológico, en contra del demandado LEONIDAS HUANCCOLLUCHO LUNA, en agravio de la referida victima. Lo que se le pone en conocimiento para los fines pertinentes. Anta, 14 de setiembre del 2015. (02, 09, 15, OCTU)

EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado Mixto y Penal Liquidador de Anta, despachado por la Juez Juana Consuelo Camocho Zambrano, se tramita el Proceso N° 00063-2015-0-1004-JM-FT-01, en la que por resolución N° 03 de fecha 31-08-2015 se resuelve notificar por edictos al demandado JUAN CARLOS SONCCO CHUNCA con la resolución N° 01 de fecha 11-02-2015 por el cual se ADMITE en la vía del PROCESO ÚNICO la demanda interpuesta por la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Anta, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en su modalidad de maltrato físico y psicológico, en contra del referido demandado, en agravio de ELENA CONDORI CCOHA; se le corre traslado de la demanda y sus anexos por el plazo especial de QUINCE DÍAS, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal en caso de incumplimiento. Anta, 10 de setiembre 2015. (02, 09, 15, OCTU)

EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado Mixto y Penal Liquidador de Anta, despachado por la Juez Juana Consuelo Camocho Zambrano, se tramita el Proceso N° 00138-2015-0-1004-JM-FT-01, en la que por resolución N° 03 de fecha 31-08-2015 se resuelve notificar por edictos a la agraviada YESI-CA FLORES MISAHUANCA con la resolución N° 01 de fecha 08-04-2015 por el cual se ADMITE en la vía del PROCESO ÚNICO la demanda interpuesta por la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Anta, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en su modalidad de maltrato físico y psicológico, en contra de JULIO CESAR PEÑA RAMOS, en agravio de la referida victima; lo que se notifica para los fines pertinentes. Anta, 10 de setiembre del 2015. (02, 09, 15, OCTU)

EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado Mixto y Penal Liquidador de Anta, despachado por la Juez Juana Consuelo Camocho Zambrano, se tramita el Proceso N° 00059-2015-0-1004-JM-FT-01, en la que por resolución N° 04 de fecha 31-08-2015 se resuelve notificar por edictos al demandado ROGER QUISPE QUISPE con la resolución N° 01 de fecha 11-02-2015 por el cual se ADMITE en la vía del PROCESO ÚNICO la demanda interpuesta por la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Anta, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en su modalidad de maltrato psicológico, en contra del referido demandado, en agravio de YULITZA JUSTINIANI AMACHI; se le corre traslado de la demanda y sus anexos por el plazo especial de QUINCE DÍAS, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal en caso de incumplimiento. Anta, 10 de setiembre del 2015. (02, 09, 15, OCT)

EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado Mixto y Penal Liquidador de Anta, despachado por la Juez Juana Consuelo Camocho Zambrano, se tramita el Proceso N° 00012-2015-0-1004-JM-FT-01, en la que por resolución N° 04 de fecha 31-08-2015 se resuelve notificar por edictos al demandado JUAN CLIAAACO QUISPE VELASQUE y a la agraviada MARÍA ENCARNACIÓN CRUZ MAMANI con la resolución N° 01 de fecha 15-01-2015 por el cual se ADMITE en la vía del PROCE SO ÚNICO la demanda interpuesta por la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Anta, sobre VIOLENCIA FA-MILIAR en su modalidad de maltrato físico y psicológico, en contra del referido demandado, en agravio de la citada victima; se corre traslado de la demanda y sus anexos al demandado JUAN CLIMACO QUISPE VELASQUE por el plazo especial de QUINCE DÍAS, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal en caso de incumplimiento. Anta, 10 de setiembre 2015. (02, 09, 15, OCT)

EDICTO JUDICIALAnte el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, Despachado por el Señor Juez Doctor Jhon Alfaro Tupayachi, se tramita el Pro-ceso 1442 - 2015, SE RESUELVE: admitir eh la vía ABREVIADO la DEMANDA INTERPUESTA POR JULIAN OROSCO TITO, sobre DIVISIÓN Y PARTICIÓN contra BASILIO SALAS ALAGON, ABEL TORRES TORRES, FROILAN CONDORI CCOYORI, AUGUSTO E MAMANI YANA, LUCIO RODRIGUEZ MONTOYA, JOSE ACCOSTUPA CCAHUA, JUVENAL RICALDE CACERES, MARTIN HUANACO KCANA, LA SUCESION DE JUAN CRISOSTOMO QUISPE PACCO, LA SUCESION DE ELIZABETH RICALDE CACERES VIRGILIO MONTANO QUISPE, JACINTO BARRIOS NAVA-RRETE, GLORIA SILVA SULLCA, SOCRATES MARMANILLO PIMENTEL Y FELICIA SEGURA FLORES. Consecuentemente, córrase traslado de la demanda a los demandados por el plazo de DIEZ DÍAS, CUMPLASE con notificar mediante edictos a los sucesores de JUAN CRISOSTOMO QUISPE PACCO, y de ELIZABETH RICALDE CACERES, con la finalidad de que se apersonen al proceso dentro del plazo de ley (artículo 492 del Código Procesal Civil), bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal. Firmando la especialista legal, por el Señor Juez. H.S. Cusco, 15 de setiembre del 2015. (28, SET 02, 09, OCT)

EDICTO JUDICIALAnte el Primer Juzgado Mixto de Urubamba, despachado por el señor Juez Rómulo Víctor Velasco Chávez, bajo la actuación de la Secretaría Judicial Ruth Mary Obada Cruz, se tramita el Proceso Civil Nro. 036-2015-0-1015-JM-CI-01., se emitido la resolución N° 03 de fecha 11-05-2015, en el que SE RESUELVE: ADMITIR la demanda interpuesta por MELCHOR ITURRIAGA TAPIA como PRETENSIÓN PRINCIPAL sobre la RECTIFICACIÓN DE ÁREAS así como la denominación y los linderos o colindancias correctas y actuales de las parcelas 98-UNUPATA, 100-PE-RACHAYOC, 143-PINTASCHAYOC Y 155-TUNASMOCCO, PARTES INTEGRANTES DEL EX-FUNDO PACHAR, ubicado en el distrito de Ollanta-ytambo, provincia de Urubamba y departamento del Cusco, y ACCESORIAMENTE la inscripción del Fallo de Rectificación en el Registro de la Propiedad Inmueble de los Registros Públicos, en contra de MARIANO LOAYZA JORDÁN, FIDEL QUISPE CABEZA, FORTUNATO QUISPE LIMA, SANTIAGO CRUZ FUENTES, EMILIO ITURRIAGA CRUZ, NICASIO OQUENDO CHÁVEZ, LEONCIO ZUBIZARRETA FLOREZ, MUNICIPALI-DAD DISTRITAL DE OLLANTAYTAMBO, MARINA ITURRIAGA ATAULLUCO, CONSTANTINA ITURRIAGA DÍAZ, ALEJANDRINA OCSA JORDÁN, GERENTE GENERAL DE PERÚ RAIL, FLAVIO DUEÑAS GARCÍA, SATURNINO BANDERA DÍAZ, JAIME DELGADO ACUARIO y PEDRO TAPARA ZAPATA. Debiendo sustanciarse en la vía procedimental correspondiente al proceso ABREVIADO. Téngase por ofrecidos los medios proba-torios. Urubamba, 18 de Setiembre del 2015. (28, SET. 02, 09, OCT)

A TODOS LOS INTERESADOSEn el Juzgado Mixto del Distrito de Santiago, que despacha el señor Juez Doctor Mario Castilla Huarca, bajo la actuación del Especialista Legal N. Victorio, en el proceso civil Nro.532-2015-0-1018-JM-CI-01, se ha dispuesto notificar con la siguiente resolución: Resolución Nro. 02.- Santiago, cuatro de setiembre del año dos mil quince.- ... SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por EUSEBIO ASCENCIO CRUZ Y YOLANDA SOTA ESCOBAR, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, respecto del bien inmueble antes signado con el numero dos del grupo de viviendas para obreros del barrio de Santiago, del distrito de Santiago provincia y departamento del Cusco, hoy calle inca B-2 del distrito de Santiago, provincia y departamento de Cusco, seguido en contra los sucesores legales de Pedro Pablo Rodrí-guez Zamudio y Zoila Yañez Valverde de Rodríguez debiendo de notificarse mediante edictos conforme a ley debiendo de correr a cuenta y costo del demandante quien deberá apersonarse la Juzgado a fin de recabar sus edictos, asimismo contra Julio Ignacio Alzadora Ojeda y Yolanda Cecilia Pacheco Yabar, con citación de la Municipalidad Distrital de Santiago representado por su Alcalde, del procurador publico de la Municipalidad Distrital de Santiago y así como de los colindantes conformado por Blanca Pilares Suyo, Margarita Silva Viuda de Cuba y Rafael Soria. Debiendo tramitarse VÍA DEL PROCESO ABREVIADO. Córrase traslado al demandado por el plazo de DIEZ DIAS. A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidas, las mismas que se admitirán, actuarán y merituarán en la oportunidad procesal Y conforme a lo pre-ceptuado por el artículo 506 del Código Procesal Civil, procédase con la publicación del extracto del Auto Admisorio de la demanda por tres veces con intervalo de tres días en la forma prevista en los artículos 167 y 168 del mismo cuerpo legal.- COMUNIQUESE.- (28, SEP. 02, 09, OCT)

SUCESIÓN INTESTADAANTE LA NOTARÍA DEL DR. NÉSTOR AVENDAÑO GARCIA, SITA EN LA CALLE AYACUCHO N° 200 DE ESTA CIUDAD, LA SEÑORITA: ELI-ZABETH CUSIHUAMAN ALARCON, SOLICITA LA SUCESION INTESTADA, DE QUIEN EN VIDA FUE: LUCIO CUSIHUAMAN CUSIHUAMAN, FALLECIDO EN ESTA CIUDAD, EL DÍA 28 DE ENERO DEL 2015, Y HABIENDO SIDO SU ÚLTIMO DOMICILIO EN ESTA CIUDAD DEL CUSCO. SE COMUNICA A FIN DE QUE LOS QUE TENGAN VOCACIÓN HEREDITARIA, HAGA USO DE SU DERECHO DENTRO DEL TERMINO DE LEY. CUSCO, 26 DE SETIEMBRE DEL 2015. NESTOR AVENDAÑO G, NOTARIO – ABOGADO. (09, OCT)

Page 4: 2 La República SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO...2015/10/10  · Pomacanchi, 21 de setiembre del 2015. ( 07, 0 9, 12 OCT ) EDICTO JUDICIAL.- Que, ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de

La República4 Viernes, 9 de octubre del 2015SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

EDICTO JUDICIALEn el Juzgado Mixto de Calca - Cusco, Exp. No. 00089-2012-0-1005-JM-CI-01, se ha dispuesto publicar el extracto de la Resolución No. 02 del 10-09-2012: “...ADMITIR A TRAMITE LA DEMANDA INTERPUESTA POR ARMANDO BECERRA ZEVALLOS Y TOMASA AQUILINA CÁCERES con LA SUCESIÓN DE ISAAC BECERRA MAQQUE SOBRE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL Predio rustico denominado Cha-cachimpa s/n del distrito de Pisaq, con un área de 0.0767 hectáreas y un perímetro de 118.81 ml. y los colindantes de dicho predio rustico: Mercedes Achanccaray Paucar y Mariano Guerra Quispe, Maria Jesús Loaiza Becerra, Encarnación Quinto y Mariano Rivera y Municipalidad Distrital de Pisaq,, quienes deberán ser igualmente notificados con la presente demanda y sus anexos en los domicilios reales indicados en por la actora, para los fines de ley; en la vía del proceso ABREVIADO. (...). H.S.”.- Firma y sello de la señora Juez Yeny M. Olivares Tapia y Secretaria Carmen Rosa Delgado SAnchez. Calca, 23 de setiembre de 2015. (28, SEP 02, 09 OCT)

EDICTO JUDICIALEn el 2do Juzgado Mixto de Wanchaq-Cusco. Exp. Nro. 00547-2015-0-1001-JM-CI-02, seguido por Hairo Tesillo Torres y otros, sobre Pres-cripción Adquisitiva, se ha dispuesto la publicación por edictos el extracto de la resolución Nro. 02 del 11-09-15: “... admitir a trámite en la vía del proceso ABREVIADO, la demanda interpuesta por Rosalinda Torres Morante, Hairo Tesillo Torres y Huber Alain Tesillo Torres, en contra de MODESTO LONCONE HUAMAN Y DOÑA TIMOTEA GONZALES QUISPE DE LONCONE; sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO de bien Inmueble consistente en el inmueble N° 10-”A” ubicado entre las esquinas Jr. Acomayo y la calle La Convención de la Asociación Pro Vivienda Progreso, con un área de 171.69 m2 del distrito de Wanchaq; con citación de los colindantes: Marco Antonio Luza Huallpa y Marlenv Elena Chura Huillca, Norma Aguilar Yucra y Guido Fernando Nuñez Mansilla y la Municipalidad distrital de Wanchaq; CORRASE TRASLADO a los demandados por el plazo de ley, - De los medios probatorios: Téngase por ofrecidos los medios probatorios propuestos en este extremo, reservándose su admisión v actuación para la audiencia respectiva.-.. De conformidad a lo dispuesto por el artículo 506° del Código Procesal Civil publíquese el extracto del auto admisorio de la demanda en el Diario Oficial “El Peruano” y el Diario Judicial de la locali-dad por tres veces con un intervalo de tres días,..”.- H.S.-Firma y sello de la señora Juez Erika Nuñez Orihuela- Ante mí: Evangelina Conza Cho-que.- Secretaria Judicial.- Lo que se publica para los fines consiguientes.- Wanchaq, 22 de setiembre del 2015.-3 veces. (28, SEP 02, 09, OCT)

REMATE

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO DE BIEN INMUEBLEEn el Expediente N° 00376-2000-98-1001-JR-LA-01., seguido por AMPARO CUSI SIHUINCHA contra los herederos de Juan Francisco León Motta: Señores: Javier Francisco León Astete, Gladys Esther León Astete, María del Carmen León Motta Baca y Riña Elvira Villalba Collantes en calidad de Curador, Sobre PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES, el 2do Juzgado de Trabajo Transitorio del Cusco de la Corte Superior de Justicia de Cusco, a cargo de la señora Juez Dra. María del Carmen Villagarcía Valenzuela, Especialista Legal Dr. Juan Quispe Quispe, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA, el Siguiente Bien Inmueble:1._Ambiente N°16 - ubicada en el primer piso - primera etapa del Centro Comercial Cusco, ubicada entre las calles Ayacucho y San Andrés N° 198 Y 273, del distrito, provincia y departamento de Cusco, inscrito en la Partida Electrónica N° 05004544, del Registro de la Propiedad inmueble de la Zona Registral N° X - Sede Cusco - Oficina Registral de Cusco. VALOR DE TASACIÓN: El valor de tasación asciende a la suma de SI 286,981.12.NUEVOS SOLESBASE DE REMATE: Las dos terceras partes de la tasación, lo que asciende a la suma de SI 191,320.75.NUEVOS SOLESAFECTACIONES: El bien inmueble tiene las siguientes afectaciones:A. - EMBARGO JUDICIAL: a favor de la señora Amparo Cusi Sihuincha, inscrito en el asiento D00002, hasta por la suma de S/ 64,877.03 (Sesenta y Cuatro Mil Ochocientos Setenta y Siete con 03/100 Nuevos Soles)B. - REACTUALIZACION DE EMBARGO JUDICIAL: Se reactualiza el embargo Inscrito en el Asiento: D00002 a favor de la señora Amparo Cusi Sihuincha, hasta por la suma de SI 64,877.03 (Sesenta y Cuatro Mil Ochocientos Setenta y Siete con 03/100 Nuevos Soles) inscrito en el asiento D00003, De Fecha: 23/05/2005.C- REACTUALIZACION DE EMBARGO JUDICIAL: Se reactualiza el embargo Inscrito en el Asiento: D00003 a favor de la señora Amparo Cusi Sihuincha, hasta por la suma de SI.64,877.03 (Sesenta y Cuatro Mil Ochocientos Setenta y Siete con 03/100 Nuevos Soles) inscrito en el asiento D00005, De Fecha: 28/04/2010.Todas estas reactualizaciones de Embargo Judicial son Materia del Presente Remate. FECHA Y HORA DEL REMATE: El Bien será rematado el día 20 de Octubre del Año 2015, A HORAS 12:30.pm y será efectuado por el Abogado Martillero Publico Alberto Oscar Ramos Wong, Registro Nacional No 226. [email protected]. Tlfs: 942089706 -RPM *0074114- #945010777.LUGAR DE REMATE: Local del 2do. JUZGADO DE TRABAJO TRANSITORIO DEL CUSCO, urbanización La florida- jirón Los Kantus C-14 distrito de Wanchaq - Cusco.LOS POSTORES: Depositarán una cantidad no menos al 10% del Valor de la Tasación en efectivo, mediante Certificado de Depósito Judi-cial o Cheque de Gerencia y presentarán el arancel y su DNI. Los Honorarios del Martillero Público más el IGV será Cancelado al Finalizar el Remate y es por cuenta del Adjudicatario. Cusco, 22 de setiembred el año 2015. ALBERTO OSCAR RAMOS WONG, MARTILLERO PUBLICO REG. 226. (07, 09, 12, 13, 14, 15, OCTUBRE)

AVISO DE REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIAEn la causa N° 01530-2012 seguida por JUSTA SANTOS PAUCCAR. VIRGINIA CONCEPCION SANTOS PAUCCAR Y JESUS SANTOS PAUCCAR contra SIMON SANTOS PAUCCAR v DOMINGO FERNANDEZ PAUCCAR sobre DIVISIÓN Y PARTICION DE BIEN INMUEBLE, el señor Juez del Tercer Juzgado Civil del Cusco Dr. John Aleck Alfaro Tupayachi, bajo la actuación de la Secretaría Judicial Dra. Pamela Desiree Altamirano Mayca, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el siguiente bien inmueble: CASA SOBRE LA FRACCIÓN N° 5, PARTE REINTEGRANTE DE LA FRACCIÓN DEL INMUEBLE N° 01. UBICADO ENTRE LA AVENIDA TULLUMAYO SIN NÚMERO Y EL PASAJE HERMOZA, PROLONGACIÓN AHUACPINTA DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, cuyo dominio corre inscrito en los asientos 05 y 07 de la Partida N° 02033412 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de los Registros Públicos del Cusco.-VALOR DE TASACIÓN: US$ 320,000.00 (Trescientos veinte mil y 00/100 DólaresAmericanos). BASE DEL REMATE: US$ 213,333.33 (Doscientos trece mil trescientos treinta y tres 33/100 Dólares Americanos) que equivale a las dos ter-ceras partes del valor deGRAVÁMENES Y CARGAS: No registra ninguna.----------------------------------------------------- DÍA Y HORA DEL REMATE: 05 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2015 A HORAS 9:00 A.M. LUGAR DEL REMATE: Oficina de Administración del Módulo Civil del Cusco ubicada en el Segundo Nivel de la Corte Superior de Justicia del Cusco, ubicado en la Av.El Sol S/N Cercado del Cusco. LOS POSTORES: 1) Oblarán mediante depósito en efectivo o cheque de gerencia una cantidad no menor al diez por ciento del valor de tasación: 2) Presentarán en original el documento de identidad; 3) Presentarán arancel judicial por participación en remate judicial, consig-nando el juzgado respectivo, número de expediente y número de documento de identidad o RUC (presentar copia del arancel judicial y DNI); 4) En caso de actuar a través de un representante legal deberán acreditarlo con los poderes respectivos y el Certificado de Vigenciacorrespondiente. EL ADJUDICATARIO. Los Honorarios del Martillero Público serán cancelados por eladjudicatario conforme a Ley. Martillero Público Elena Lissette Solazar Alcázar conReg. N° 248 celular (1) 991345501. Cusco, 11 de setiembre del año 2015. (07, 09, 12, 13, 14, 15, OCTUBRE)

EDICTO PENAL

EXP. N° 01736-2015-0-1 001-JR-PE-01Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio Especializado en Delitos Ambientales del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Cusco, que despacha el Señor Juez Dr. Edson Ormachea Acurio, bajo la tramitación de la Especialista de Causa María del Pilar Sánchez Vargas, se notifica al ciudadano Florencio Ccañihua Mamani la siguiente resolución:Resolución N° 01 Cusco, cinco de agosto Del año dos mil quince.¬III. PARTE RESOLUTIVA: RECEPClONAR la comunicación de la disposición de formalización y continuación de la investigación preparatoria expedida por La Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental de Cusco, contra DINA CARRION ZUÑIGA y FLORENClO CCAÑIHUA MAMANI, por la presunta comisión de los delitos contra los recursos naturales sub-tipos Depredación de Flora y Fauna Silvestre Protegida, sancionado en el artículo 308-C del Código Penal en agravio del Estado Peruano representado por el Procurador Publico Especializado en Delitos Ambienta-les, a efectos de que el Juez de Investigación Preparatoria asuma competencia material en el proceso. 2. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al imputado, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la Policía.. 3. PRECISAR que el curso de la prescripción de la acción penal no podrá prolongarse más allá de un tiempo acumulado equivalente al plazo ordinario de prescripción mas una mitad de dicho plazo reconocido por la norma penal para el delito materia de investigación en el Despacho Fiscal; dejándose constancia que habiendo formalizado la Investigación Preparatoria, el representante del Ministerio Público ha perdido la facultad de archivar la investigación sin la intervención del Órgano Jurisdiccional.NOT! FlQUESE a los imputados DINA CARRION ZUÑIGA y FLORENClOCCANIHUA MAMANI en su domicilio real a efectos de que designen al abogado defensor de su libre elección. Sin perjuicio de lo antes dispuesto, a fin de garantizar el debido procesoDESIGNESE abogado de oficio, conforme a lo dispuesto en el artículo 800 del Código Procesal Penal, para que asuma la defensa de los Imputados DINA CARRION ZUNIGA y FLORENClO CCANIHUA MAMA NI al haberse advertidoque no cuentan con defensa técnica, dejando a salvo el derecho de la investigada para sustituido con abogado de su libre elección comuni-cándolo en forma inmediata al juzgado, para cuyo fin GIRESE oficio a la Coordinación de la Defensoría Publica, en su sede institucional, para que cumpla con apersonarse en sede judicial y fiscal, bajo responsabilidad. 6. COMUNICAR a la parte agraviada que tiene derecho a ser informado y escuchado antes de cada decisión que implique la extinción o suspensión de la acción penal siempre que lo solicite al juzgado y solamente tendrá derecho a impugnar el sobreseimiento y la sentencia absolutoria; así mismo, tiene la facultad de solicitar su constitución en actor civil, con la finalidad de obtener mayores facultades de actuación en el proceso.

7. PRECISAR a los sujetos procesales que la carpeta fiscal con todo lo que se actúe en la investigación preparatoria, se encuentra disponible en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para su revisión, expedición de copias u otros fines que correspondan. 8. ADVERTIR a las partes que los requerimientos y solicitudes se presentan por escrito (en formulario oficial cuando corresponda) y deben ser sustentados oralmente en audiencia pública, bajo apercibimiento de declararse inadmisible en caso de inconcurrencia del peticionante. 9. EXPLICAR que el desarrollo íntegro de las audiencias judiciales serán grabados en audio, pudiendo acceder las partes a una copia. La resolución dictada oralmente en audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan asistido, debiendo redactarse las actas solo como constancias de su desarrollo. 10. ORDENAR a las partes que fijen en autos un domicilio procesal dentro del radio urbano del juzgado, precisándose que las resoluciones escritas en adelante serán notificadas sólo en el domicilio procesal, siendo de su entera responsabilidad la variación del mismo no comuni-cada al juzgado o el fijado fuera del radio urbano, para lo primero se entenderá válida la notificación en el último domicilio fijado en autos y para lo segundo se entenderá efectuada la notificación en el mismo día de expedida la resolución. 11. AUTORIZAR a las partes la utilización del correo electrónico para la notificación de las resoluciones, equiparable al domicilio procesal, la misma que deberá ser comunicada al juzgado y será excluyente a la notificación por cédula en lo que sea pertinente. 12. EXHORTAR al representante del Ministerio Público a efecto de que cumpla con informar a este Despacho Judicial las variaciones de domicilio que realicen las partes procesales, bajo responsabilidad del mismo, de los actos que deriven de la no observación al presente ítem.13. NOTIFICAR la presente resolución al agraviado en su domicilio real y procesal obrante en autos, y al Ministerio Público en su correo electrónico. 14. COMUNICAR al representante del Ministerio Publico que la presente investigación vencerá el 05 de diciembre del 2015, en caso se opte por el plazo ordinario establecido en el artículo 3420 del Código Procesal Penal, siendo de exclusiva responsabilidad del Ministerio Público la observancia del cumplimiento de los plazos. H.S.(07, 08, 09, OCT)

EDICTO PENALExp Nro. 0024-201S-0-1004-JR-PE-01El Juzgado de Investigación Preparatoria de Anta. Secretaria: Nathaly Acosta Rado. Se cita, y emplaza a PAULlNO GUTIERREZ SUYLLO, para el día cuatro de noviembre del año dos mil quince a hora nueve de la mañana (hora exacta) a la realización de la audiencia preliminar de control de acusación que se verificara en la SALA DE AUDIENCIAS de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Anta, con la presen-cia obligatoria del Fiscal y la abogada del acusado, bajo apercibimiento en caso de in concurrencia injustificada de la defensa técnica del acusado poner en conocimiento de la Coordinación de la Defensoría Pública de Cusco para los fines legales consiguientes y su posteriorExclusión de la defensa y designar un nuevo abogado de oficio. REQUIERASE a la representante del Ministerio Publico para que concurra a la audiencia con el integro de la carpeta fiscal, para fines de que las pruebas ofrecidas por las partes procesales, y admitidas por el juez sean entregadas en la misma audiencia a la especialista de audio para la formación del expediente judicial (de conformidad al acuerdo inte-rinstitucional celebrado entre el Ministerio Publico y el Poder Judicial). PREClSESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos 1° y 2° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° Og6-2006-CE-P J. NOTIFIQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos, incluida a la parte agraviada, a efectos de posibilitar la incoación de un criterio de oportunidad, de ser el caso.¬Anta, 02 de octubre del 2015.(07, 08, 09, OCT)…………………………………………………………

EDICTO IUDICIAL¬CUAD. DEBATE N° 19-2015-441010-IR-PE-01.- EL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO MIXTO UNIPERSONAL DE ECHARATE, BAJO LA ACTUA-CIÓN DE LA ESPECIALISTA LEGAL ROCÍO CALLAYMARA AYQUIPA. CITAR A JUICIO ORAL AL CIUDADANO WILBERT SEVILLANOS CARBA-JAL, ACUSADO POR EL SEÑOR FISCAL PROVINCIAL DE LA FISCALÍA PROVINCIAL MIXTA DE ECHARA TE, POR EL DELITO CONTRA LA FAMI-LIA, EN SU MODALIDAD DE OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, SUB TIPO INCUMPLIMIENTO OBLIGACIÓN ALIMENTARÍA, TIPIFICADO EN EL ARTÍCULO 149°, PRIMER PÁRRAFO DEL CÓDIGO PENAL, EN AGRAVIO DE LOS MENORES JHON SEVILLANO LUNA Y ÁNGELA ADRIANA SEVILLANO LUNA, REPRESENTADA POR SU PROGENITORA YANETTE LUNA ALEGRÍA; JUICIO QUE SE REALIZARÁ EN AUDIENCIA PÚBLICA EL DIA DIEZ DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A LAS DOS Y TREINTA DE LA TARDE (2:30 P.M) (HORA EXACTA) EN EL LOCAL DE LA SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO MIXTO Y UNIPERSONAL DE ECHARATE, UBICADO EN EL SEGUNDO NIVEL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ECHARATE, QUIEN DEBERÁ COMPARECER A ESTE JUZGADO EL DÍA DE LA AUDIENCIA, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DE-CLARADO REO CONTUMAZ Y/O AUSENTE Y ORDENARSE SU CONDUCCIÓN COMPULSIVA H.5.-.(06, 07, 08 OCTUBRE)

EDICTO VIOLENCIA FAMILIARFamilia Tutelar N° 23-2015, El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA a demandado ALEX ESTRADA FIGUEROA y a la agraviada EDICSA ALMANZA FLORES con el extracto de la resolución N° 07 de fecha 28/07/2015: SE RESUELVE: 1.-Declarar CONCLUIDO EL PROCESO, por INCONCURRENCIA de las partes procesales a la audiencia única señalada, en los seguidos por el señor representante del Ministerio Pú-blico, en contra de ALEX ESTRADA FIGUEROA, sobre CESE DE ACTOS de VIOLENCIA FAMILIAR, consistente en MALTRATO FISICO y PSICO-LÓGICO, en agravio de EDICSA ALMANZA FLORES. 2.- En consecuencia, una vez consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución, ARCHIVESE EN FORMA DEFINITIVA. 3.- DISPONER que la señorita Secretaria Judicial Rocío Callaymara Ayquipa, cumpla con notificar con la presente resolución por edictos, radiodifusión de mayor alcance. Hágase Saber. Firma Víctor Hugo Silva Gamboa, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Rocío Callaymara Ayquipa. 3vz(06, 07, 08 OCTUBRE)

EDICTO VIOLENCIA FAMILIAR

Familia Tutelar N° 35-2015-FT. El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA al demandado RAFAEL CÁRDENAS LAURA ya la agra-viada ZONJA UMERES GARCÍA, con el extracto de la resolución N° 03 de fecha 28/09/2015: SE DISPONE: Declarar REBELDE al demandado RAFAEL CARDENAS LAURA; en consecuencia, fíjese fecha y hora para la AUDIENCIA UNICA A VERIFICARSE EL DÍA VEINTIOCHO DE OC-TUBRE DEL DOS MIL QUINCE A HORAS DOCE DEL DIA, con citación de las partes procesales y el Señor Fiscal Provincial de la Fiscalía Mixta de Echarate, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la audiencia con la parte que concurra o en su defecto darse por concluido el proceso en caso de inconcurrencia de ambas partes, conforme a lo dispuesto por el artículo 2030 del Código Procesal Civil, modificado por la Ley Nro.-29057. Victo Hugo SilvaGamboa, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Roció Callymara Ayquipa. 3vz(06, 07, 08 OCTUBRE)

EDICTO VIOLENCIA FAMILIAR

Familia Tutelar N° 122-2015, El juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA al demandado JESÚS GAMARRA SINCHI, con el extracto de la resolución N° 01 de fecha 28/0912015: SE DISPONE: Declarar REBELDE al demandado JESÚS GAMARRA SINCHI; en consecuencia, fíjese fecha y hora para la AUDIENCIA UNICA A VERIFICARSE EL DÍA NUEVE DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, con citación de las partes procesales y el Señor Fiscal Provincial de la Fiscalía Mixta de Echarate, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la audiencia con la parte que concurra o en su defecto darse por concluido el proceso en caso de inconcurrencia de ambas partes, conforme a lo dispuesto por el artículo 2030 del Código Procesal Civil, modificado por la Ley Nro.-29057, disponiendo la notificación por edicto judicial y radiodifusión.- Hágase Saber.- Firma juez Víctor Silva Gamboa, bajo la actuación de la Secretaria judicial Rocío Callaymara Ayquipa. 3vz(06, 07, 08 OCTUBRE)

EDICTO VIOLENCIA FAMILIARFamilia Tutelar N° 124-2015, El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA al demandado VICMAR GONZALES , con el extracto de la resolución N° 01 de fecha 21/08/2015: SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE en la vía del PROCESO UNICO, la demanda interpuesta por el representante del Ministerio Público, sobre cese de actos de VIOLENCIA FAMILIAR, consistentes en MALTRATO FÍSICO, contra VICMAR GON-ZÁLES ESPINOZA, en agravio de NORMA HUAMANHORCCO CASTILLO; en tal virtud, córrase traslado de la demanda al demandado por el plazo de cinco días hábiles. DEBIENDO con cuyo fin notificarse al demandado con el auto admisorio de la demanda, dándose un plazo perentorio de tres días hábiles. -a partir de la notificación con el auto admisorio-, para que concurra al local del juzgado a fin de que tome conocimiento de la demanda y sus anexos, y solicite la expedición de copias simples de dichos documentos. El demandado se considerará notificado con la demanda en la fecha en que concurra al juzgado o en la fecha en que venza el plazo establecido para este efecto, lo que ocurra primero, de conformidad al segundo párrafo del artículo 17° del Reglamento del TUO de la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, Decreto Supremo N° 002-98-JUS de fecha 25 de febrero de 1998; bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y continuar el proceso en su rebeldía. Hágase. Saber. Firma Víctor Hugo Silva Gamboa, bajo la actuación Secretaria Judicial Rocío Callaymara Ayquipa. 3vz(06, 07, 08 OCTUBRE)

EDICTO VIOLENCIA FAMILIAR

Familia Tutelar N°139-2015, El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA al demandado AMERICO JAVIER CHATATA y a la agra-viada SONIA USCA CORRALES, con el extracto de la resolución N° 01 de fecha 21/08/2015: SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE en la vía del PROCESO UNICO, la demanda interpuesta por el representante del Ministerio Público, sobre cese de actos de VIOLENCIA FAMILIAR, consistentes en MALTRATO FÍSICO, contra AMÉRICO JAVIER CHATATA, en agravio de SONIA USCA CORRALES; en tal virtud, córrase traslado de la demanda al demandado por el plazo de cinco días hábiles. DEBIENDO con cuyo fin notificarse al demandado con el auto admisorio de la demanda, dándose un plazo perentorio de tres días hábiles. -a partir de la notificación con el auto admisorio-, para que concurra al local del Juzgado a fin de que tome conocimiento de la demanda y sus anexos, y solicite la expedición de copias simples de dichos documentos. El demandado se considerará notificado con la demanda en la fecha en que concurra al Juzgado o en la fecha en que venza el plazo establecido para este efecto, lo que ocurra primero, de conformidad al segundo párrafo del artículo 17° del Reglamento del TUO de la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, Decreto Supremo N° 002-98-JUS de fecha 25 de febrero de 1998; bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y continuar el proceso en su rebeldía, Hágase. Saber. Firma Víctor Hugo Silva Gamboa, bajo la actuación de la

Page 5: 2 La República SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO...2015/10/10  · Pomacanchi, 21 de setiembre del 2015. ( 07, 0 9, 12 OCT ) EDICTO JUDICIAL.- Que, ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de

La República 5Viernes, 9 de octubre del 2015 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Secretaria Judicial Rocío Callaymara. 3vz(06, 07, 08 OCTUBRE)

EDICTO PENAL

Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación del especialista Judicial Abogada Dayma Gabriela Novia Canal. con la asistencia de la Especialista de Audiencias Abogada Jacquelin Quispe Valenzuela, en el proceso en el proceso N°0031O-2013-0-101O-JR-PE-01. seguidos contra LUCIO CARLOS CCAPA, JORGE MUÑOZ VALDEZ, MIGUEL ÁNGEL LIPA MENDOZA, NELSON ALBERTO SUEROS JARAMILLO, LUIS FRANCISCO LLANOS AQUINO, LUIS ALBERTO GUEV ARA JIMÉNEZ, VÍCTOR HUGO ANGELlNO VALENZUELA, WALTER PALIZA JARA, KARLO FRANCISCO GARCÍA ANDRADE, JORGE LUIS ARDILES ESPINOZA, LlZANDRO FERNÁNDEZ BACA V ALDERRAMA, GUILLERMO DORADO NUÑEZ, IRWIN FOLLANA LOAIZA, MOISÉS ALBERTO ALEGRÍA FARFÁN Y CELlNA CONDORI SEQUEIROS, como tercero civil responsable a la EMPRESA CONSORCIO SANTA ANA, EMPRESA ACUÑA Y PERAÑTA S,A., EMPRESA INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN PERUANA S.A.C” EMPRESA LUIMA S.A” LUIS FRANCISCO LLANOS AQUINO, y CONSORCIO QUILLABAMBA, por la presunta comisión del delito PECULADO, en la modalidad PECULADO DOLOSO, previsto en el Artículo 387°, del Código Penal, modificado por Ley N° 26198, de fecha 13-06-1993, COLUSIÓN artículo 384° del Código Penal, modificado por Ley N° 26713, de fecha 27-12-1996, ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO artículo 401° del Código Penal; en agravio de la MUNICIPA-LIDAD PROVINCIAL DE LA CONVENCIÓN; por la comisión del delito PECULADO DOLOSO artículo 387° del Código Penal, modificado por el artículo único de la Ley. N° 26198, de fecha 13-06-1993,OMISIÓN REQUISAMIENTO O DEMORA DE ACTOS FUNCIONALES (Incumplimiento de deberes funcionales), del Artículo377° del Código penal, CONCUSIÓN del Artículo 382° del Código Penal, y COBRO INDEBIDO (exacción ilegal), del Artículo 383° del Código Penal, contra JORGE NUÑEZ VALDEZ, LUCIO CARLOS CCAPA, representante legal del Consorcio Santa Ana, MIGUEL ÁNGEL LIPA MENDO-ZA, representante de la Empresa Acuña y Peralto, LUCIO CARLOS CCAPA, representante de la Empresa Ingeniería y Construcción Peruana S.A.C.; NELSON ABELARDO SUEROS JARAMILLO, representante de la Empresa Luima S.A; LUIS FRANCISCO LLANOS AQUINO, LUIS A. GUEV ARA JIMÉNEZ. representante legal del Consorcio Quillabamba, por la presunta comisión de delito de COLUSIÓN DESLEAL artículo 384°, modificado por Ley N° 26713, de fecha 27-12-1996, ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO, artículo 401° del Código Penal, contra los representantes de la EMPRESA QUILLABAMBA LUIS ALBERTO GUEV ARA JIMÉNEZ y Consorcio Santa Ana, LUCIO CARLOS CCAPA, por la presunta comi-sión del delito de DEFRAUDACIÓN TRIBUTARIA, del Decreto Ley N° 813, Articulo sustituido por la décima primera disposición final de la ley N° 27038, de fecha 31-12-1998; contra LUCIO CARLOS CCAPA, representante de la Empresa Consorcio Santa Ana y LUCIO ALBERTO GUEVARA JIMÉNEZ, representante del Consorcio Quillabamba, por la presunta comisión del delito de estafa, Artículo 196° del Código Pe-nal. y como tercero civil responsable a la EMPRESA CONSORCIO SANTA ANA, EMPRESA ACUÑA Y PERAÑTA S.A” EMPRESA INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN PERUANA S.A.C” EMPRESA LUIMA S.A” LUIS FRANCISCO LLANOS AQUINO, y CONSORCIO QUILLABAMBA. en agravio de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LA CONVENCIÓN; se ha dispuesto efectué la presente publicación NOTIFICANDO CON LA RESO-LUCION N° 21. de fecha treinta de setiembre del año dos mil quince; a la persona de José Castillo Díaz; Wilbert Gonzalo Roque Vásquez, Mario Concepción Guevara; Oiga Ninaco Terán, Modesto Quiñones Carrasco; Trifon Santos Pinares Espinozo; Hilda Monteviller Velásquez; Wilbert Guevara Mellado; Zenaida Sequeiros Salas; Abraham Manuel Salas Conde; Marco Antonio Mamani Cabrera; Vilma Barrientos Ayala; Fredy Mirko Amudio Zapata; José Manuel Luna Villafuerte; Marleni Pozo Barrientos; Marco Antonio Araoz Gamboa; Meri Ontón Paliza; José Castillo Díaz; Wilbert Gonzolo Roque Vásquez; Asención Huamanrica Lauro; Jorge Edwin Molino Orosco; Donato Yanque Márquez; Heber Paye Luna; Kromer Cárdenas Ruiz; Gabriel Armando Huamani Salhua; Eva Brígida Condori Quispe; Wilian Alfaro Alanya; Susana Gonzáles Gallegos; Pepe Huillas Rojas;; Julio Cesar Ríos Bravo; Ayner Arone Castillo Galindo; Edgar Vega Neyra; Dina Fuentes Cáceres y Julio Cesar Arias Bravo, cuyo tenor es el siguiente;RESOLUCION N° 21.Quillabamba, treinta de setiembre del año dos mil quince. AUTOS y VISTOS: Se deja registro en audio.PARTE CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio.PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe:SE RESUELVE:PRIMERO.- Se deja registro en audio.SEGUNDO.- SEÑALAR NUEVA FECHA Y HORA PARA AUDIENCIA PÚBLICA DE PRÓRROGA DE PLAZO DE LA INVESTIGACIÓN. para el día SEIS DE NOVIEMBRE AÑO DOS MIL QUINCE, a horas OCHO Y CUARENTA Y CINCO DE LA MAÑANA. Se dispone la notificación de los sujetos procesales en 10s domicilios señalados en autos.TERCERO.- SE DISPONE LA NOTIFICACIÓN DE LOS IMPUTADOS MEDIANTE EDICTOS de los imputados JOSÉ CASTILLA DÍAZ; WILBERT GONZALO ROQUE V ÁSQUEZ, MARIO CONCEPCIÓN GUEV ARA; OLGA NINACO TERÁN, MODESTO QUIÑONES CARRASCO; TRIFON SAN-TOS PINARES ESPINOZA; HILDA MONTEVILLER VELÁSQUEZ; WILBERT GUEV ARA MELLADO; ZENAIDA SEQUEIROS SALAS; ABRAHAM MANUEL SALAS CONDE; MARCO ANTONIO MAMA NI CABRERA; VILMA BARRIENTOS AY ALA; FREDY MIRKO AMUDIO ZAPATA; JOSÉ MANUEL LUNA VILLAFUERTE; MARLENI POZO BARRIENTOS; MARCO ANTONIO ARAOZ GAMBOA; MERI ONTÓN PALIZA; JOSÉ CASTILLA DÍAZ; WILBERT GONZALO ROQUE VÁSQUEZ; ASENClÓN HUAMANRICA LAURA; JORGE EDWIN MOLlNA OROSCO; DONATO YANQUE MÁRQUEZ; HEBER PAYE LUNA; KROMER CÁRDENAS RUIZ; GABRIEL ARMANDO HUAMANI SALHUA; EVA BRIGIDA CONDORI QUISPE; WILlAN ALFAR O ALANY A; SUSANA GONZALES GALLEGOS; PEPE HUILLAS ROJAS;; JULIO CESAR Ríos BRAVO; A YNER ARONE CASTILLO GALlNDO; EDGAR VEGA NEYRA; DINA FUENTES CÁCERES y JULIO CESAR ARIAS BRAVO. Mediante EDICTOS JUDICIALES tanto en el Diario Judicial y en el diario Oficial “EL PERUANO”. asimismo en el Portal Web Oficial del Poder Judicial;Fijándose además el edicto en la tablilla del Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención. a fin de que se publique con el ex-tracto del acta de Audiencia Frustrada, sin perjuicio de ello notifíquese a los referidos imputados en sus domicilios proporcionados por el Señor Representante del Ministerio Publico. en su domicilio procesal y real señalado en autos; requerir al especialista de causa Abogada Dayma Gabriela Navia Canal. a fin de que recabe los edictos respecto a la Resolución N° 21, donde se notifica nueva fecha, día y hora para audiencia pública dePrórroga de Plazo de la Investigación, subsistiendo los apercibiendo decretados en autos. HAGASE SABER (06, 07, 08 OCTUBRE)

Modulo Básico de Justicia de AcomayoJUZGADO DE PAZ LETRADO E INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE A COMA YOEDICTO PENALEl señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Acomayo Dr. HUGO HERNAN PARRA VILLAFUERTE, ha dispuesto se notifique al imputado Lenin Contreras Pinares con el contenido de la resolución numero nueve, de fecha dieciséis de septiembre del año dos mil quince, para fines del Proceso Penal N° 00041-2014-99-1003-JR-PE-01, seguido contra Lenin Contreras Pinares, por la presunta comisión del delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en su modalidad de Homicidio calificado en grado de tentativa, en agravio de Eusebia Quispe Quispe, Danely Kusiurpi Loaiza Quispe y José LuisLoayza Quispe¡ bajo la actuación de la especialista Judicial Abg. CINTHYA B. ANTEZANA ZUBIZARRETA:

RESOLUCIÓN N° 09.Acomayo, dieciséis de septiembre Del año dos mil quince.¬PARTE CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe.Por las consideraciones antes expuestas, este Juzgado RESUELVE:1. DECLARAR FRUSTADA la presente sesión por inasistencia de la defensa del imputado, el imputado así como de la parte agraviada.2. señalar como nueva fecha para su realización, para el día TRES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A LAS NUEVE HORAS CON TREINTAMINUTOS DE LA MAÑANA (09:30 A.M.), atendiendo al tiempo de demora en la devolución de las notificaciones de la provincia de Tambo-pata. DISPONER que con copia de la presente resolución se notifique alAsistente de Comunicaciones RIVELINO SORIA VALENZUELA a efectos de que cumpla con notificar al imputado Lenin Contreras Pinares en la dirección consignada en autos, con lo cual se alcanzaría el objeto de la notificación judicial dispuesta por este órgano jurisdiccional, sin perjuicio de adjuntarse también el requerimiento de Prisión Preventiva formulado por el señor Fiscal. DISPONER que en la misma dirección se cumpla con la notificación al imputado con el requerimiento de Acusación dispuesto en el expediente 41-2014-47.3. Se DISPONE la notificación del imputado Lenin Contreras Pinares, mediante Edictos a publicarse en el diario Judicial del Cusco y de Apuri-mac así también en el diario Oficial El Peruano, por tres veces consecutivas en la forma y modo que establece la ley. H.S.¬(06, 07, 08 OCTUBRE)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CALCANOTIFICACION VIA EDICTO A JUDITH SEQUEIROS SORIAEl señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Calca, Dr. Jorge Pareja Quispe, en el Incidente Penal N° 91-2014-0-1005-JR-PE-01, seguido contra de Judith Sequeiros Sorla y otros por el delito de Incumplimiento de Deberes Funcionales en agravio del Jurado Nacional de Elecciones, bajo la actuación de la Especialista Judicial de Audiencias Judith Chipayo Barrios, ha resuelto comunicar al acusado con el extracto de la audiencia de fecha 30 de setiembre del año 2015.¬ACTA DE AUDIENCIA DE PRORROGA DE PLAZOJUEZ: Emite resolución quedando registrado en audio la parte expositiva y considerativa transcribiendo la parte resolutiva.RESOLUCION N° 03 Calca trenta de setiembre Del año dos mil quince.¬SE RESUELVE: 1.- DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia por falta de notificación a Satumino Cartagena Huayllani y Judith Sequei-ros Sorla 2. REPROGRAMAR la presente audiencia para el día VEINTISIETE DE OCTUBRE DEL AÑO 2015 A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, quedando notificados las partes asistentes a la presente audiencia. 3. Así mismo en este acto se ha hecho presente el imputado Percy Alfaro Valencia señalando que su abogado es el Dr. Américo Huallpa, así mismo se hizo presente la imputada Irene Palacios señalando que su abo-gado es el abogado Américo Huallpa y el señor Juan Arturo Barrios Ferro señalando que su abogada es la abogada Julieta Galdoz Andia y conforme lo dispone el articulo 85.2 del Código Procesal Penal se procede a su exclusión debiendo los referidos imputados en el termino de veinticuatro horas designe a otro abogado reemplazante en caso de no realizarlo el Juzgado procederá a nombrar un abogado defensor de oficio y en cuanto a los imputados validamente notificados esto es a Daniel Montalvo Mormontoy , Luis Aucca Navarro no habiendo señalado su defensa técnica en este acto se dispone se dirija oficio a la Defensoria Publica de esta provincia a fin de que asuma la defensa de los imputados. 4. Se dispone la NOTIFICACION por edictos a la imputada Judith Sequeiros Sorla. H.S.(06, 07, 08 OCTUBRE)

EDICTO PENALSEÑOR: VICTOR FERNANDO VILCA LlNARESLa señora Juez del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Agripina Usca Caviedes, en el proceso Nro 2304-2015-0-1001-JR-PE-05, seguido contra Victor Fernando Vilca Linares, por el delito de Conducción en Estado de Ebriedad, en agravio de la Sociedad, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Zapata Bravo, se le ha dispuesto notificar con la Resolución N° 01 del 01/10/15 Y el extracto de la acusación fiscal cuyo contenido es el siguiente:

REQUERIMIENTO DE ACUSACION DlRECTA.- El Fiscal Provincial del Primer Despacho deInvestigación de la Primera Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Cusco, formula ACUSACIÓNDIRECTA contra VICTOR FERNANDO VILCA LlNARES como autor del delito contra la Seguridad Publica - Peligro Común, en la modalidad de CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la SOCIEDAD representada por el Ministerio Publico, la Fiscalía ha tipificado en delito en el primer párrafo del Artículo 274° del Código Penal (modificado por la Ley N° 29439); sobre los hechos ocurridos en fecha 29/06/14. El Ministerio Publico, solicita que se IMPONGA al acusado Víctor Fernando Vilca Linares, UN ANO DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD EFECTIVA e INHABILlTACION PARA OBTENER AUTORIZACIÓN PARA CONDUCIR CUALQUIER TIPO DE VEHICULO POR IGUAL TIEMPO, Y el pago de una REPARACION CIVIL de SI. 2.500 NUEVOS SOLES a favor de la Sociedad.1. Resolución Nro. 01. Cusco. 01/10/15.- DADO CUENTA: Con el requerimiento Fiscal de Acusación Directa que antecede (...) DISPONE: CO-RRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS UTlLES, a efectos de que puedan por escrito 1) Ob-servar formalmente la acusación, 2) Deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) Solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) Pedir el sobreseimiento, 5) Instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad o terminación anticipada), 6) Ofrecer prueba para el juicio, 7) Objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) Proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) Proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) Plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación a señalarse en su oportunidad. 11) El plazo de absolución de diez días, se computará sin excusa alguna a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, con prescindencia de la variación del abogado defensor del acusado no comunicada oportunamente al órgano jurisdiccional, por lo que por ésta vez, se le notificará al acusado en su domicilio real a efectos de garantizar su derecho a la defensa técnica, y en adelante solamente al domicilio procesal del abogado. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-201 0/J-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil antes de que concluya el plazo otorgado por el artículo 350° del Código procesal Penal.2. PRECISAR que sólo será objeto de debate en la audiencia preliminar las solicitudes fundamentadas por escrito y presentadas dentro del plazo legal.3. NOTIFICAR a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada, en sus respectivos domicilios, adjuntando copia del escrito de acusación.4. PRECÍSESE que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentran en las oficinas del Despacho Fiscal, para los fines que correspondan, conforme al protocolo de Gestión y Procesos aprobado por Decreto Supremo Nro. 003-2014-JUS a los requerimientos solo se debe adjuntar la documentación pertinente que sustente su pretensión, excepto en el requerimiento de sobreseimiento, por lo que la tendencia de adjuntar la carpeta fiscal al requerimiento dificulta la consolidación del sistema oral que propone el Código Procesal Penal.5. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al imputado VICTOR FERNANDO VILCA LlNARES, quien se encuentra obligado a con-currir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la Policía.

6. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa del imputado VICTOR FERNANDO VILCA LlNARES, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo su derecho de sustituirlo por abogado de su libre elección comunicándolo en forma inmediata al juzgado, para ello, se dirigirá el oficio respectivo al Coordinador de los Defensores de Oficio en su sede institucional, para que cumpla con lo ordenado, con el apersonamiento inmediato del abogado de oficio, bajo apercibimiento de tenerse por designado a él mismo (...) Lo que notifico a Usted, Media Firma de la Señora Juez Dra. Agripina Usca Caviedes, ante mi Ricardo Zapata Bravo, de que doy fe.Cusco, 01 de octubre del 2015.(06, 07, 08 OCTUBRE)

EDICTO TUTELARExpediente Nro. 2139-2015-0-1001-JR-FT-03, Tercer Juzgado de Familia de Cusco, Juez Edwin Bejar. Secretaria Judicial Elizabeth Nancy Soncco Medrano, en los seguidos por el Ministerio Público contra Gustavo Farfán Cusihuallpa en agravio de Marlingina Quispe Farfán, sobre Violencia Familiar en su modalidad de maltrato psicológico, se ha proveído lo siguiente:¬Resolución Nro. 01: AUTO ADMISORIO, Cusco veinticinco de septiembre del año dos mil quince: Admitir a trámite la demanda interpuesta por el Ministerio Público sobre Violencia Familiar en su modalidad de maltrato psicológico contra GUSTAVO FARFAN CUSIHUALLPA en agravio de MARLINGINA QUISPE FARFAN (...) Córrase traslado al demandado por el plazo de cinco días bajo apercibimiento de ser de-clarado rebelde (...). H. S. Firma del señor Juez Edwin Romel Bejar Rojas y de la Secretaria Elizabeth Nancy Soncco Medrano. Cusco, 29 de septiembre del 2015.(06, 07, 08 OCTUBRE)

EDICTO PENALSEÑOR: JUAN AUGUSTO ORTIZ MACEDOEl señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Arias Paullo, en el proceso Nro 1376-2015-0-1001-JR-PE-02, seguido contra el referido procesado, por el delito de Conducción en Estado de Ebriedad, en agravio de la Sociedad, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Rodríguez Ugarte, se ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 04 contenida en el acta de audiencia del 29/09/15 cuyo contenido es el siguiente:ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE ACUSACIÓN I. INTRODUCCIÓN (...) II. ACREDITACIÓN (...) RESOLUCION N° 04, Cusco, 29/09/15.- PARTE EXPOSITIVA y CONSIDERATIVA: Se halla en el registro de audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. 1. Declarar frustrada la audiencia de control de acusación por inconcurrencia injustificada de la defensa técnica del imputado. 2. Exclúyasele de la de-fensa al abogado del imputado Elio Luna Salas, disponiéndose la remisión de copias certificadas tanto a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco, como al Colegio de Abogados del Cusco una vez que quede consentida la presente resolución. 3. Reprográmese la presente audiencia de Control de Acusación para el dieciséis de octubre del año dos milquince a horas dos treinta de la tarde a verificarse en la Se unda Sala de Audiencias del Módulo Penal de esta cede de corte. 4. Se dispone la notificación con el contenido de la presente resolución a Juan Augusto Ortiz Macedo a efecto que en el lazo de veinticuatro horas designe abogado de su libre elección, bajo apercibimiento de designársele abogado defensor público de acuerdo a ley y en atención al Principio de Economía y Celeridad Procesal gírese oficio a la Coordinación de Defensoría Pública del Cusco para que garantice la presencia de abogado defensor público a la audiencia reprogramada, subsistiendo los apercibimientos decretados en autos. NOTIFICACIÓN (...) II. CONCLUSIÓN(...) Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señor Juez Dr. Gilbert Arias Paullo, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe.Cusco, 30 de setiembre del 2015. (06, 07, 08 OCTUBRE)

EDICTO VIOLENCIA FAMILIAR (Juzgado Mixto v Unipersonal de Echarate)Familia Tutelar N° 112-2015, El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA al demandado JESUS CUELLAR CÁCERES, con el extrac-to de la resolución N° 01 de fecha 23/07/2015: SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE en la vía del PROCESO UNICO, la demanda interpuesta por el representante del Ministerio Público, sobre cese de actos de VIOLENCIA FAMILIAR, consistentes en MALTRATO PSICOLÓGICO, contra JESÚS CUELLAR CÁCERES, en agravio de NAYDA HUAMÁN LUQUE; en tal virtud, córrase traslado de la demanda al demandado por el plazo de cinco días hábiles, DEBIENDO con cuyo fin notificarse al demandado con el auto admisorio de la demanda, dándose un plazo perentorio de tres días hábiles, -a partir de la notificación con el auto admisorio-, para que concurra al local del Juzgado a fin de que tome conocimiento de la demanda y sus anexos, y solicite la expedición de copias simples de dichos documentos. El demandado se considerará notificado con la demanda en la fecha en que concurra al Juzgado o en la fecha en que venza el plazo establecido para este efecto, lo que ocurra primero, de conformidad al segundo párrafo del artículo 17° del Reglamento del TUO de la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, Decreto Supremo N° 002-98-JUS de fecha 25 de febrero de 1998; bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y continuar el proceso en su rebeldía. Hágase. Saber. Firma Juez Víctor Silva Gamboa, bajo la actuación de la Secretaria JudicialRocío Callaymara Ayquipa.(09, 12, 13, octubre)

EDICTO VIOLENCIA FAMILIARFamilia Tutelar N° 44-2015-FT, El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA a la agraviada ZENOVIA PUMA VELASQUE, con el extracto de la resolución N° 04 de fecha 06/08/2015: SE RESUELVE: 1.-Declarar CONCLUIDO EL PROCESO, por INCONCURRENCIA de las partes procesales a la audiencia única señalada, en los seguidos por el señor representante del Ministerio Público, en contra de CIRILO TTITO ILLA, sobre CESE DE ACTOS de VIOLENCIA FAMILIAR, consistente en MALTRATO FISICO, en agravio de ZENOVIA PUMA VELASQUE.2.- En consecuencia, una vez consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución, ARCHIVESE EN FORMA DEFINITIVA. Hágase. Saber. Firma el señor Juez Abog. Victo Hugo Silva Gamboa, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Rocío Callaymara Ayquipa. 3vz(09, 12, 13, octubre)

EDICTO VIOLENCIA FAMILIAR(Echarate)Familia Tutelar N° 9-2015, El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA a demandado MAXCELSO SERRANO CONCHA Y la agra-viada SIL VIA SOTO RAMJREZ con el extracto de la resolución N° 06 de fecha 01/10/2015: SE RESUELVE: 1.-Declarar CONCLUIDO EL PROCE-SO, por INCONCURRENCIA de las partes procesales a la audiencia única señalada, en los seguidos por el señor representante del Ministerio Público, en contra de MAXCELSO SERRANO CONCHA, sobre CESE DE ACTOS de VIOLENCIA FAMILIAR, consistente en MALTRATO FICICO, en agravio de SIL VIA SOTO RAMIREZ y su menor hija EVELlN SERRANO CONCHA. 2.¬ En consecuencia, una vez consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución, ARCHIVESE EN FORMA DEFINITIVA. 3.- DISPONER que la señorita Secretaria Judicial Rocío Callaymara Ayqui-pa, cumpla con notificar con la presente resolución a las partes por edictos, radiodifusión de mayor alcance.- Hágase Saber. Firma Víctor Hugo Silva Gamboa, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Rocío Callaymara Ayquipa. 3vz.(09, 12, 13, octubre)

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La República 7Viernes, 9 de octubre del 2015 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

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La República 9Viernes, 9 de octubre del 2015 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

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La República10 Viernes, 9 de octubre del 2015SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

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La República 11Viernes, 9 de octubre del 2015 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

HORA MATERIA IMPUTADO DEMANDADO

DELITO PRETENCIÓN

AGRAVIADO DEMANDANTE

ACTO PROCESAL

REO JUEZ DIRECTOR

M A R T E S 6 D E O C T U B R E D E 2 0 1 5TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS EN LIQUIDACIÓN

11:00 14:00

TABLA DE AUDIENCIAS DE VISTA DE CAUSAS EN DIVERSAS MATERIAS

M I E R C O L E S 7 D E O C T U B R E D E 2 0 1 5TABLA DE AUDIENCIAS DE VISTA DE CAUSAS EN DIVERSAS MATERIAS

09:00 09:30 10:00 10:10 10:20 10:30 10:40

Jueces Superiores: Dres. Dina Meza Monge, Liberata Sonia Alvarez Mendoza y Efraín Trelles Sulla.

Fiscal Superior: Dr. Efraín Quesada Velez.

DINA MEZA MONGE

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado

1 08:00 3734-2014 Sentencia Luna Salcedo Humberto UGEL CUSCO Contencioso Adm 2-J-E-T-C Gamarra-Luna-Chacòn2 08:05 1501-2015 Sentencia Vallenas de Salazar Juana Fortunata DREC Contencioso Adm 3-J-T-C Gamarra-Luna-Chacòn3 08:10 1240-2015 Sentencia Cosio Cuentas Justino Apolonio DREC Contencioso Adm 2-J-T-E-C Gamarra-Luna-Chacòn4 08:15 3359-2014 Sentencia Ata Palomino Margoth ICAC Laboral Privado 1-J-E-T-C Gamarra-Luna-Chacòn6 09:45 2957-2014 Sentencia Patiño Rodas, Juan José Ferrocarril Transandino SA. Laboral Privado 1-J.T.C Gamarra-Luna-Chacòn7 10:45 687-2015 Sentencia Escalante Quispe Jacinto Muncipalidad de Cusco Laboral Privado 1-J-E-T-C Gamarra-Luna-Chacòn8 11:45 1898-2014 Sentencia Quispe Apaza Cristobal Muncipalidad de Cusco Laboral Privado J-T-T-C Gamarra-Luna-Chacòn9 03:00 147-2015 Sentencia Ccorimanya Catalan Lourdes Muncipalidad de Cusco Laboral Privado 1-J-E-T-C Dirimencia: Gamarra Flores

10 03:30 249-2015 Sentencia Paucar Alvarez Wilfredo Gobierno Regional de Cusco Laboral Privado J-T-T-C Dirimencia: Chacòn Alfaro

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado

1 08:00 1249-2014 Sentencia Montesinos Santos Delia DREC Contencioso Adm 2-J-T-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra2 08:05 2160-2012 Sentencia Oviedo Huallpa Antonio DREC Contencioso Adm 2-J-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra3 08:10 3173-2012 Sentencia Segundo Valencia Mario DREC Contencioso Adm 2-J-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra4 08:15 2220-2013 Sentencia Aite Chacòn Lucy IMA Laboral Privado 1-J-T-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra5 09:00 1194-2014 Sentencia Jesus Florez Màximo Luis EXCURSIONES OASIS EIRL Laboral Privado 1-J-T-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra6 09:45 1388-2013 Sentencia Mellado Pagan Juan Pablo OVERSEAS BECHTEL INCORP SUC Laboral Privado 1-J-T-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra7 10:45 007-2015 Sentencia Dueñas Pinto Edwin CONSETTUR MACHUPICCHU SAC Laboral Privado J-T-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra8 11:45 1892-2014 Sentencia Ttito Silva Juvenal Municipalidad de Cusco Laboral Privado 1-J-T-T-C Bustamante-Gamarra-Paredes9 14:30 832-2014 Sentencia Emilio Terrazas Loayza PERU RAIL Laboral Privado 1-J-T-T-C Dirimencia: Gamarra Flores

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado

1 08:00 1803-2010 Sentencia Lazo Valderrama Deyssi DIRESA Contencioso Adm 2-J-T-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra2 08:05 93-2014 Sentencia Herrera Campana Giovanni DREC Contencioso Adm 3-J-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra3 08:10 131-2012 Sentencia Gamero Handa de Benavente Delia DREC Contencioso Adm 2-J-E-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra4 08:15 13-2015 Sentencia Chacmani Pèrez Marco CONSETTUR MACHIPICCHU SAC Laboral Privado 1-J-E-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra5 09:00 1356-2013 Sentencia Salazar Grajeda Javier GRUPO PERUANO SUIZA EIRL Laboral Privado 1-J-T-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra6 09:45 632-2014 Sentencia ELECTRO SUR ESTE SAA Chaccacanta Estrada Cipriano y Otros Laboral Privado 1-J-E-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra7 10:45 1455-2014 Sentencia Arzubialde Quintanilla Edith CREDINKA SA Laboral Privado 1-J-T-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra8 11:45 1408-2014 Sentencia Garcia Quispe Leonarda Fernandez Arnado Sonia A. Laboral Privado 1-J-T-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado

1 08:30 1090-2014 Sentencia Ccorimanya Catalàn Lourdes Municipalidad de Cusco Laboral Privado 1-J-T-T-C Dirimencia: Gamarra Flores2 09:30 3672-2013 Sentencia Loayza Paullo Fanny Corte Superior de Justicia de Cusco Laboral Privado 1-J-T-T-C Dirimencia: Gamarra Flores3 10:30 3179-2014 Sentencia Ojeda Mamani Ermitaño Municipalidad de Cusco Laboral Privado 1-J-T-T-C Dirimencia: Gamarra Flores4 11:30 2780-2014 Sentencia Velarde Huamàn Rubàn Muncipalidad de Cusco Laboral Privado 1-J-T-T-C Dirimencia: Gamarra Flores

Cusco, 05 de octubre de 2015

WILBER BUSTAMANTE DEL CASTILLO MARIA DEL ROSARIO DONGO CALLO

PRESIDENTE SECRETARIA

Viernes, 09 de octubre de 2015

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

PRIMERA SALA LABORAL

TABLA DE VISTA DE CAUSAS Y AUDIENCIAS (05,06,07 y 09 de octubre de 2015)

Lunes, 05 de octubre de 2015

Martes, 06 de octubre de 2015

Miercoles, 07 de octubre de 2015

Page 12: 2 La República SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO...2015/10/10  · Pomacanchi, 21 de setiembre del 2015. ( 07, 0 9, 12 OCT ) EDICTO JUDICIAL.- Que, ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de

La República12 Viernes, 9 de octubre del 2015SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

INICIO TERMINO

1 01063-2015-0- 08:00 08:59 JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ VENERO ILLATUPA OSWALDO 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

2 01080-2015-0- 09:00 10:00 UNICA REPOSICION MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

SEQUEIROS ALVAREZ KATIA VICTORIA 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

3 01567-2015-0- 10:01 12:00 JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES COVARRUBIAS CHOCANO LUIS FEDERICO

EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA MACHUPICCHU SA 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

4 01941-2014-0- 12:01 12:31 VISTA DE LA CAUSA

REINTEGRO DE REMUNERACIONES

DIRECTOR DE PROYECTO PLAN COPESCO CUSCO MOLINA CHALLCO WALTER 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

5 02358-2015-0- 12:32 13:00 CONCILIACION CESE DE ACTOS DE HOSTILIDAD DEL EMPLEADOR ELECTRO SUR ESTE SAA NINA HANCO JULIO CESAR 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

6 02354-2015-0- 14:00 14:30 CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO SAIRE SINCE ELSIVIO 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

7 02350-2015-0- 15:00 15:30 CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

VELASQUEZ CCOLQUE LEONCIO 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

INICIO TERMINO

1 01898-2015-0- 08:00 08:59 JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO AUCCA MARIN MARTHA 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

2 01439-2015-0- 09:00 10:00 UNICA REPOSICION MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO LIMA UCHUPE EDGAR 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

3 01881-2015-0- 10:01 11:00 UNICA REPOSICION EMPRESA ELECTRO SUR ESTE SAA ROZAS RAMIREZ MARIO 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

4 01394-2015-0- 11:30 12:30 JUZGAMIENTO DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO MUNICIPALIDAD PROV DE CUSCO CHUMBISUCA THIA BENICIA 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

5 02360-2015-0- 12:31 13:00 CONCILIACION INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SAN PEDRO DE

ANDAHUAYLAS RODRIGUEZ VALDIVIA RAMIRO 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

INICIO TERMINO

1 01855-2015-0- 08:00 09:59 JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO OLMEDA QUISPE YANESA 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

2 01906-2015-0- 10:00 12:00 JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO CHOQUE BACA MARTINA 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

3 01889-2015-0- 12:01 13:00 JUZGAMIENTO REPOSICION MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO

CCOLQQUE CONDORI SERAFINA 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

4 01434-2015-0- 14:30 15:00 CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO QUISPE MAQQUE EBER 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

INICIO TERMINO

1 01893-2015-0- 08:00 09:00 JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES MUNCIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO QUISPE QUISPE CARLOS 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

2 01924-2015-0- 09:30 10:30 JUZGAMIENTO ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO UCHASARA AVENDAÑO TOMASA 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

3 01946-2015-0- 11:00 12:01 JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES SEGURO SOCIAL DE SALUD CUSCO ESSALUD RAMIREZ VALENZUELA JUAN 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

4 02122-2015-0- 12:02 12:29 UNICA REPOSICION BANCO DE LA NACION MORENO GIRONDA MAGDA ELSA 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

5 1886-2015-0 14:30 14:59 CONCILIACIONPAGO DE BENEFICIOS

SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS

GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO AMAO TAPARA VALERIO 1º SALA JUDIT TACURI CHAVEZ

INICIO TERMINO

1 00204-2015-0- 08:00 08:30 CONCILIACION ACCION DE AMPARO MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JERONIMO POLO MATAMOROS ANGELICA 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

2 01959-2015-0- 08:31 08:59 CONCILIACION DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO CARPIO VALER TERESA 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

3 00364-2013-0- 09:00 10:00 UNICA ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA

DIRECCION REGIONAL DE CULTURA DEL CUSCO

GONZALES GARCIA MARIO FREDY 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

4 01045-2014-0- 10:01 10:59 JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES PROCURADOR PUBLICO DEL MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE HIDALGO SIFUENTES YOLANDA 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

5 03350-2014-0- 11:00 12:00 JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES UNIVERSIDAD ANDINA DEL CUSCO SERNA GONGORA CARLOS AXEL 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

6 03007-2014-0- 12:01 12:59 JUZGAMIENTO DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO MUNICIPALIDAD PROV DEL CUSCO ARIAS PACCO FLORENCIO 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

INICIO TERMINOMAGISTRADO

MAGISTRADO

AUDIENCIA MATERIA DEMANDADO DEMANDANTE

SEGUNDA SALA DE AUDIENCIAS

AUDIENCIA MATERIA DEMANDADO DEMANDANTE

PRIMERA SALA DE AUDIENCIAS

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 06 DE OCTUBRE DEL 2015

N° N° DE EXPEDIENTEHORA

MAGISTRADO

HORAAUDIENCIA DEMANDADO

LUGAR

MAGISTRADO

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 05 DE OCTUBRE DEL 2015

N° N° DE EXPEDIENTEHORA

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCONUEVA LEY PROCESAL DE TRABAJORELACIÓN DE AUDIENCIAS DEL 05 AL 09 DE OCTUBRE DEL 2015

LOCAL : URBANIZACION LA FLORIDA C-14 PASAJE KANTUS

LUGAR

MATERIA DEMANDADO

DEMANDANTE LUGAR

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 05 DE OCTUBRE DEL 2015

N° N° DE EXPEDIENTE MATERIA DEMANDANTE LUGAR

N° DE EXPEDIENTE

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 09 DE OCTUBRE DEL 2015

N° N° DE EXPEDIENTE

DEMANDADO

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 06 DE OCTUBRE DEL 2015

N° N° DE EXPEDIENTEHORA

AUDIENCIA

MATERIA

HORAAUDIENCIA MATERIA

MAGISTRADO

DEMANDANTE LUGAR MAGISTRADO

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 07 DE OCTUBRE DEL 2015

DEMANDADO DEMANDANTE LUGARHORA

AUDIENCIA

Page 13: 2 La República SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO...2015/10/10  · Pomacanchi, 21 de setiembre del 2015. ( 07, 0 9, 12 OCT ) EDICTO JUDICIAL.- Que, ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de

La República 13Viernes, 9 de octubre del 2015 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

1 01957-2015-0- 08:00 08:29 CONCILIACION DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

ANDRADE ANDRADE ROXANA YBONE 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

2 02559-2014-0- 08:30 09:00 JUZGAMIENTO DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO

DIRECCION DESCONCENTRADA DE CULTURA CUSCO

CHOQUE CENTENO GLORIA MERCEDES 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

3 03478-2014-0- 09:01 09:59 JUZGAMIENTO DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO

SERVICIO NACIONAL DE ADIESTRAMIENTO TECNICO

INDUSTRIAL SANTA CRUZ FLOREZ LUIS 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

4 02333-2014-0- 10:00 11:00 JUZGAMIENTO

PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION

U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

DIRECCION REGIONAL DE CULTURA DE CUSCO

MOLINA DEL CASTILLO CLARA LUZ 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

5 01087-2015-0- 11:01 11:59 UNICA REPOSICION MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

QUISPE CARRION MARVIN MAVERICK 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

6 01992-2015-0- 12:00 12:30 CONCILIACION DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO

LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO SARAVIA CHAMPI EDGARD 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

7 03272-2014-0- 15:00 16:30 JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALESSUPERTINTENCIA NACIONAL DE

ADMINISTRACION TRIBUTARIA DEL CUSCO

MAR MEZA WALKER AUGUSTO 2º SALA CARLOS ENRIQUECERVANTES LUQUE

INICIO TERMINO

1 02214-2013-0- 08:00 08:30AUDIENCIA

COMPLEMENTARIA

DERECHOS LABORALES UNIVERSIDAD ANDINA DEL CUSCO CARPIO CALDERON YOLINTON 2º SALA CARLOS ENRIQUECERVANTES LUQUE

2 03861-2013-0- 08:31 08:59AUDIENCIA

COMPLEMENTARIA

DERECHOS LABORALES

SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE ENACO SA

SINTEC ENACO SA REPRESENTADO POR SU SECRETARIO GENERAL E

EMPRESA NACIONAL DE LA COCA SOCIEDAD ANONIMA

ENACO SA 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

3 00324-2014-0- 09:00 10:00 JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES CHAVEZ SERRANO LUIS RAMIRO ELECTRO SUR ESTE SAA 2º SALA CARLOS ENRIQUECERVANTES LUQUE

4 00118-2015-0- 10:01 10:59 UNICA REPOSICION MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN CHECMA PALOMINO JULIAN 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

5 02561-2014-0- 11:00 12:00 JUZGAMIENTO INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO DELGADO PAQUILLO UBER 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

6 02408-2014-0- 12:01 13:00 CONCILIACIONPAGO DE BENEFICIOS

SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS

ARREDONDO LLOCLLA JOHAN OMAR

CASTILLO QUISPE MARIANO CONCEPCION 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

7 00357-2015-0- 14:00 14:30 CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO VILLALBA AQQUEHUA HENRRI 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

INICIO TERMINO

1 01972-2015-0- 08:00 08:30 CONCILIACION DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO DIAZ DELGADO MARILYN 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

2 01974-2015-0- 08:31 09:00 CONCILIACION DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

MAMANI CHOQUENAYRA CIPRIANA 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

3 03435-2014-0- 09:01 09:30 CONCILIACION DERECHOS LABORALES SAN AGUSTIN FOOD SAC ORTIZ DE ZEVALLOS GUTIERREZ WALTER LEONID 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

4 00310-2015-0- 10:00 11:00 JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO GUEVARA MAQQUE MARTIN 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

5 01579-2014-0- 11:01 12:00 JUZGAMIENTO REPOSICION

MCM INGENIEROS SRL REPRESENTADA POR SU

GERENTE GENERAL FLORENTINO MELENDEZ VELASCO

MENDOZA CANALES RAMON 2º SALA CARLOS ENRIQUECERVANTES LUQUE

6 00660-2015-0- 12:01 13:00 CONCILIACIONPAGO DE BENEFICIOS

SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO QUISPE MONGE JESUS YENY 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

7 01779-2014-0- 15:00 16:30 JUZGAMIENTOPAGO DE BENEFICIOS

SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO QUISPE PALOMINO PERCY 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

INICIO TERMINO

1 01707-2015-0- 10:00 10:59 UNICA OBLIGACIONES DE DAR HASTA 50 URP

EMPRESA DE TRANSPORTES DE TURISMO WONDER PERU

EXPEDITION SCRL CCAPATINTA MENDOZA NERY 3º SALA NAYDA CASTILLO CRUZ

2 01517-2015-0- 15:00 16:30 CONTINUACION DE AUDIENCIA

PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION

U OTROS

DIRECCION DESCONCENTRADA DE CULTURA CUSCO MELLADO VARGAS NILDA 3º SALA NAYDA CASTILLO CRUZ

INICIO TERMINO

1 288-2015-0 09:00 10:00 JUZGAMIENTO

INDEMNIZACION POR DAÑOS Y PERJUICIOS POR

INCUMPLIMIENTO DE NORMAS LABORALES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

ANDRADE VIZCARRA FRANCISCO 3º SALA JUDIT TACURI CHAVEZ

INICIO TERMINO

1 00279-2015-0- 10:00 10:59 UNICAPAGO DE BENEFICIOS

SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS

ASOCIACION CIVIL INVESTIGACION Y DESARROLLO

EJECUTIVO ALEGRIA ARAGON EULOGIA 3º SALA RAUL CALLO DELGADO

MAGISTRADO

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 06 DE OCTUBRE DEL 2015

N° N° DE EXPEDIENTEHORA

AUDIENCIA MATERIA DEMANDADO DEMANDANTE LUGAR

AUDIENCIA MATERIA DEMANDADO DEMANDANTE MAGISTRADO

AUDIENCIA MATERIA DEMANDADO DEMANDANTE

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 09 DE OCTUBRE DEL 2015

N° N° DE EXPEDIENTEHORA

LUGAR

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 07 DE OCTUBRE DEL 2015

N° N° DE EXPEDIENTEHORA

LUGAR

HORAAUDIENCIA LUGARDEMANDADO DEMANDANTE

TERCERA SALA DE AUDIENCIAS RELACION DE AUDIENCIAS DIA 05 DE OCTUBRE DEL 2015

N° MAGISTRADO

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 07 DE OCTUBRE DEL 2015

N° N° DE EXPEDIENTEHORA

AUDIENCIA

N° DE EXPEDIENTE

MATERIA DEMANDADO DEMANDANTE

MATERIA

MAGISTRADOLUGAR

MAGISTRADO

Page 14: 2 La República SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO...2015/10/10  · Pomacanchi, 21 de setiembre del 2015. ( 07, 0 9, 12 OCT ) EDICTO JUDICIAL.- Que, ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de

La República14 Viernes, 9 de octubre del 2015SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

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La República 15Viernes, 9 de octubre del 2015 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

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La República16 Viernes, 9 de octubre del 2015SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO