2. el estado social y sus principios.pptx

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CONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC. PROFESOR: GERMÁN BARRAGÁN C. PSICOLOGO ESPECIALIZADO EN PROCESOS AFECTIVOS PRINCIPIOS, VALORES Y EL FIN DEL ESTADO SOCIAL DE DERECHO

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PROFESOR:GERMN BARRAGN C.PSICOLOGO ESPECIALIZADO EN PROCESOS AFECTIVOSPRINCIPIOS, VALORES Y EL FINDEL ESTADO SOCIAL DE DERECHOCONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.Los principios, valores y el fin del estado social de derecho se da como marco jurdico poltico para la resolucin de los conflictosPRINCIPIOS, VALORES Y EL FINDEL ESTADO SOCIAL DE DERECHOCONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.ESENCIA PRINCIPIOS, VALORES Y EL FINDEL ESTADO SOCIAL DE DERECHOEl Estado Social de Derecho es el marco jurdico poltico propuesto en la Constitucin del 1991, dentro del cual los colombianos pretendemos construir unas nuevas relaciones con la naturaleza, basados en principios y valores como la vida, prevalencia del inters general sobre el particular, solidaridad, proteccin de las riquezas culturales y naturales, dignidad humana y participacin ciudadana.

CONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.ESENCIA PRINCIPIOS, VALORES Y EL FINDEL ESTADO SOCIAL DE DERECHOLos conflictos ambientales presentan hoy un nuevo reto para los juristas, puesto que para su comprensin, desarrollo y propuesta de soluciones, son necesarios un marco jurdico general y unas normas de derecho ambiental, as como tambin principios y valores consagrados en la Constitucin y en otros instrumentos internacionales ratificados por Colombia.CONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.ESENCIA PRINCIPIOS, VALORES Y EL FINDEL ESTADO SOCIAL DE DERECHOLa participacin de una ciudadana informada, formada y deliberante, en la resolucin de los conflictos ambientales y en las decisiones que se tomen sobre el medio ambiente, generar una opinin pblica dinmica que interpelar a sus gobernantes, cogestionar sus propios proyectos y promover unos valores diferentes a los alimentados por las sociedades del consumo y del individualismo propietarista de los estados de hoy.CONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.RESUMEN DE LOS PRINCIPIOS, VALORES Y EL FINDEL ESTADO SOCIAL DE DERECHO:

Estado Social de Derecho, Conflictos Ambientales, Participacin Ciudadana.PRINCIPIOS, VALORES Y EL FINDEL ESTADO SOCIAL DE DERECHOCONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.PRINCIPIOS, VALORES Y EL FINDEL ESTADO SOCIAL DE DERECHOJJ Rousseau manifiesta que los hombres en estado de naturaleza son iguales entre s y viven libremente regidos slo por la ley natural basada en la auto-conservacin y la piedad. Pero los hombres llegados a cierto punto, ya no pueden permanecer en ese estado de naturaleza debido a que ciertos obstculos que le impiden seguir conservndose a s mismos; por lo tanto plantea una necesidad de organizarsen. CONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.PRINCIPIOS, VALORES Y EL FINDEL ESTADO SOCIAL DE DERECHOPor esa razn, el gnero humano se ve obligado a cambiar su modo de vida para sobrevivir. Para lograr superar estos obstculos los hombres debern unirse y sumar sus fuerzas establecer alguna forma de asociacin con alguna autoridad comn. Teniendo en cuenta la libertad e igualdad de los hombres y que ni la naturaleza ni la fuerza son fuentes legitimas para establecer una autoridad, esta debe derivarse de la convencin. Esta convencin deber ser tal que los hombres no pierdan ni su libertad ni su igualdad al someterse a la autoridad. CONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.PRINCIPIOS, VALORES Y EL FINDEL ESTADO SOCIAL DE DERECHOPero que paso? y como se dio ese origen de estado en nuestro pas?

No existe consenso al interior de las ciencias sociales colombianas sobre el origen de nuestra organizacin estatal. Existen muchas versiones sobre el origen del estado y sus derechos. Miremos un poquito sobre esto, para poder hablar de sus principios, sus valores y el fin de ellos. CONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.PRINCIPIOS, VALORES Y EL FINDEL ESTADO SOCIAL DE DERECHOHay quienes consideran que ste se encuentra en el Acta de Independencia del 20 de Julio de 1810; otros creen que en las primeras constituciones polticas que expidieron las distintas provincias que conformaban el Virreinato del Nuevo Reino de Granada; otros afirman que fue la constitucin de 1821 que cre la primera forma de Estado republicano totalmente independiente de Espaa; otros sostienen que fue la Constitucin de 1832 que organiz nuestra actual repblica una vez se desintegra la Gran Colombia; mientras unos cuantos son partidarios de que el origen se encuentra en el periodo precolombino, los menos, y en el periodo colonial espaol.CONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.PRINCIPIOS, VALORES Y EL FINDEL ESTADO SOCIAL DE DERECHOEl estado social de derecho incorporado en la Constitucin de 1991, propone un nuevo marco jurdico y de etnicidad para redefinir y construir unas relaciones de la sociedad con los ecosistemas de una manera diferente a como se haban venido construyendo en nuestro pas. Esta nueva propuesta parte de los principios y valores como la vida, prevalencia del inters general sobre el particular, solidaridad, proteccin de las riquezas culturales y naturales, dignidad humana y participacin ciudadana.CONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.PRINCIPIOS, VALORES Y EL FINDEL ESTADO SOCIAL DE DERECHOMIREMOS TRES PARTES FUNDAMENTALES DONDE SE ESTN DANDO LOS PRINCIPIOS Y VALORES DEL ESTADO SOCIAL DE DERECHO:LOS CONFLICTOS AMBIENTALES.EL ESTADO SOCIAL DE DERECHO COMO MARCO POLTICO Y JURDICO DE COMPRENSIN PARA LA RESOLUCIN DE LOS CONFLICTOS AMBIENTALES.PARTICIPACIN DE LA CIUDADANA EN LA RESOLUCIN DE LOS CONFLICTOS AMBIENTALES.CONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.MECANISMO DE PARTICIPACIN

EL VOTO: herramienta mediante la cual el ciudadano colombiano elige de manera activa a las personas que considera idneas para su representacin en las instituciones del gobierno (Presidencia, vice-presidencia, Cmara de representantes, Senado, Alcaldas, Gobernaciones, Concejos distritales y municipales, Alcaldas locales).CONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.MECANISMO DE PARTICIPACIN

EL REFERENDO: herramienta utilizada para convocar a los ciudadanos a la aprobacin o al rechazo de un proyecto de ley o una norma jurdica vigente. El referendo puede ser nacional, regional, departamental, distrital, municipal o local.CONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.MECANISMO DE PARTICIPACIN

EL PLEBISCITO: herramienta utilizada por el Presidente de la Repblica para refrendar una decisin con la opinin del pueblo. El Presidente anuncia el uso del plebiscito y los ciudadanos votan para apoyar o rechazar la decisin puesta en cuestin.CONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.MECANISMO DE PARTICIPACIN

EL REFERENDO: herramienta utilizada para convocar a los ciudadanos a la aprobacin o al rechazo de un proyecto de ley o una norma jurdica vigente. El referendo puede ser nacional, regional, departamental, distrital, municipal o local. CONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.MECANISMO DE PARTICIPACIN

EL REFERENDO DEROGATORIO Y APROBATORIO: herramienta mediante la cual se pone a consideracin de la ciudadana la derogacin o aprobacin de una ley, una ordenanza, un acuerdo o una resolucin local. CONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.MECANISMO DE PARTICIPACIN

LA CONSULTA POPULAR: herramienta mediante la cual se plantea una pregunta de carcter general sobre un asunto de trascendencia nacional, departamental, municipal, distrital o local, por parte del Presidente de la Repblica, el Gobernador o el Alcalde, para que los ciudadanos se pronuncien al respecto. Este mecanismo puede ser utilizado para convocar una Asamblea Constituyente, con el fin de someter a consideracin popular las decisiones all establecidas.CONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.MECANISMO DE PARTICIPACIN

EL CABILDO ABIERTO: es la reunin pblica de los concejos distritales, municipales y de las juntas administradoras locales (JAL), con el objetivo de que los habitantes puedan participar directamente en la discusin de asuntos de inters para comunidades.CONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.MECANISMO DE PARTICIPACIN

LA INICIATIVA POPULAR: es el derecho poltico de un grupo de ciudadanos de presentar proyectos de ley y de acto legislativo (que pretende reformar la constitucin) ante el Congreso de la Repblica, de ordenanza ante las Asambleas Departamentales, de acuerdo ante los Concejos Municipales o Distritales y de resolucin ante las Juntas Administradores Locales (JAL), y dems resoluciones de las corporaciones de las entidades territoriales, de acuerdo con las leyes que las reglamentan, segn el caso, para que sean debatidos y posteriormente aprobados, modificados o negados por la corporacin pblica correspondiente. CONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.MECANISMO DE PARTICIPACIN

LA REVOCATORIA DEL MANDATO: es un derecho poltico por medio del cual los ciudadanos dan por terminado el mandato que le han conferido a un Gobernador o a un Alcalde.CONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.MECANISMO DE PROTECCIN CONSTITUCIONAL

EL DERECHO DE PETICIN:Es el derecho fundamental que tiene toda persona para presentar solicitudes respetuosas en trminos comedidos ante las autoridades o ante las organizaciones privadas que cumplen funciones pblicas, para obtener de stas una pronta resolucin sobre lo solicitado. La violacin del Derecho de Peticin por parte de las autoridades o de particulares prestadores de servicios pblicos, puede conducir a que este derecho sea tutelado.CONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.MECANISMO DE PROTECCIN CONSTITUCIONAL

EL DERECHO DE PETICIN: El Derecho de Peticin se encuentra consagrado en Artculo 23 de la Constitucin Nacional y puede ejercerse por inters general o particular, peticin de informaciones y formulacin de consultas.CONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.MECANISMO DE PROTECCIN CONSTITUCIONAL

SOLICITUD DE PETICIN DE INFORMACIN:Peticin que se hace a las autoridades para que stas den a conocer cmo han actuado en un caso concreto, entreguen informacin general sobre la entidad, expidan copias y/o permitan el examen de la documentacin que reposa en la entidad, en un trmino no mayor de diez (10) das hbiles siguientes a la fecha de radicacin para su respuesta.CONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.MECANISMO DE PROTECCIN CONSTITUCIONAL

PETICIONES DE INTERS PARTICULAR O GENERAL:cuando se hace llegar a las autoridades una solicitud sobre una materia sometida a actuacin administrativa, con el fin que se tomen las medidas pertinentes, sean stas de carcter individual o colectivo. El trmino de respuesta corresponde a quince (15) das hbiles siguientes a la fecha de radicacin.CONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.MECANISMO DE PROTECCIN CONSTITUCIONAL

CONSULTAS:Peticin que se presenta a las autoridades para que manifiesten su parecer sobre materias relacionadas con sus atribuciones y competencias. Deben ser resueltas dentro de los treinta (30) das hbiles siguientes a la fecha de radicacin.CONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.MECANISMO DE PROTECCIN CONSTITUCIONAL

QUEJAS:Es la manifestacin que se realiza ante las autoridades, sobre las conductas irregulares de servidores pblicos o particulares que ejerzan funciones pblicas, administren bienes del Estado o presten servicios pblicos. Deben ser resueltas dentro de los quince (15) das hbiles siguientes a su presentacin.CONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.MECANISMO DE PROTECCIN CONSTITUCIONAL

RECLAMOS:Cuando se anuncia a las autoridades, la suspensin injustificada o la prestacin deficiente de un servicio pblico. Deben resolverse dentro de los quince (15) das hbiles siguientes a su presentacin.CONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.MECANISMO DE PROTECCIN CONSTITUCIONAL

MANIFESTACIONES:Es la opinin del peticionario que se hace llegar a las autoridades sobre una materia sometida a actuacin administrativa. Deben contestarse dentro de los quince (15) das hbiles siguientes a su presentacin.CONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.MECANISMO DE PROTECCIN CONSTITUCIONALOJOLos anteriores plazos son los mximos, pues todo servidor pblico debe actuar frente a las peticiones con celeridad, eficacia e imparcialidad. Los trminos procesales se observarn con diligencia y el incumplimiento ser sancionado. Artculo 228 de la Constitucin Poltica de Colombia y Artculo 55 de la Ley 190 de 1995..CONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.MECANISMO DE PROTECCIN CONSTITUCIONAL

HABEAS DATA:Es el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades pblicas y privadas.CONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.MECANISMO DE PROTECCIN CONSTITUCIONAL

HABEAS CORPUS:Es un mecanismo para la proteccin del derecho a la libertad individual, procede cuando alguien es capturado con violacin de las garantas constitucionales o legales, o cuando se prolongue ilcitamente la privacin de la libertad. El trmino para su resolucin es de treinta y seis (36) horas.CONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.MECANISMO DE PROTECCIN CONSTITUCIONAL

ACCIN DE TUTELA:Procede para la proteccin inmediata de derechos constitucionales fundamentales cuando stos resulten vulnerados o amenazados ya sea por autoridad pblica o particular. No procede cuando existan otros medios de defensa judicial, salvo que se utilice como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable.CONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.MECANISMO DE PROTECCIN CONSTITUCIONAL

ACCIN DE CUMPLIMIENTO:Es un mecanismo mediante el cual toda persona podr acudir ante la autoridad judicial para hacer efectivo el cumplimiento de normas aplicables con fuerza material de ley o actos administrativos.CONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.MECANISMO DE PROTECCIN CONSTITUCIONAL

ACCIN POPULAR:Es un mecanismo judicial encaminado a la proteccin de los derechos e intereses colectivos, para evitar el dao contingente, hacer cesar el peligro, la amenaza, la vulneracin o agravio, y de ser posible, restituir las cosas a su estado anterior.CONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.PRINCIPIOS, VALORES Y EL FINDEL ESTADO SOCIAL DE DERECHOMIL GRACIASCONSTITUCION Y DEMOCRACIA GBC.