19-2014-2015 equidd de genero

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  • 7/24/2019 19-2014-2015 Equidd de Genero

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    ESTADO LIBRE

    P U E RTDEPARTAMENTOO F I C I N A D E L

    ASOCIADO DE

    O R I C ODE EDUCACINS E C R E T A R I O

    25 de febrero de 2015

    Carta Circular Nm.: 19-2014-2015

    Subsecretario para Asuntos Acadmicos, Subsecretara de Administracin, SecretarioAsociado de Educacin Especial, Secretarios Auxiliares, Director Interino del Instituto deCapacitacin Administrativa y Asesoramiento a Escuelas, Directora del Instituto para elDesarrollo Profesional del Maestro, Directores de Oficinas, Programas y Divisiones,Directores de las Regiones Educativas, Ayudantes Especiales a cargo de los DistritosEscolares, Superintendentes de Escuelas, Superintendentes Auxiliares, FacilitadoresDocentes, Directores de Escuela y Maestros

    POLTICA PBLICA SOBRE LA EQUIDAD DE GNERO Y SU INTEGRACIN ALCURRCULO DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIN DE PUERTO RICO COMOINSTRUMENTO PARA PROMOVER LA DIGNIDAD DEL SER HUMANO Y LA IGUALDAD DE TODOS Y TODAS ANTE LA LEY

    El Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, ejerciendo su responsabilidad socialde promover los derechos humanos, sostiene como principio fundamental la bsqueda de laequidad entre los seres humanos, como lo estipula el Artculo 1de la Declaracin Universalde Derechos Humanos (1948): Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidady derechos y, dotados como estn de razn y conciencia, deben comportarse fraternalmente

    los unos con los otros. El Departamento de Educacin de Puerto Rico (DEPR) esindispensable en ese esfuerzo. El sistema de educacin pblica, ente fundamental de lasociedad puertorriquea, no puede estar ajeno a las desigualdades sociales y le correspondefomentar una cultura de paz, justicia y equidad.

    La meta de esta poltica pblica consiste en afianzar e institucionalizar la equidad entre losgneros en todas las disciplinas acadmicas, niveles, iniciativas y proyectos del DEPR. Poresta razn, el DEPR se compromete a transformar e implantar los contenidos y las prcticascurriculares, proveer servicios y difundir informacin que promuevan la equidad entre losgneros. De esta manera, se eliminan las desigualdades en materia de educacin entre losgneros y se avanza hacia el logro de la equidad. Adems, el DEPR est comprometido con

    impulsar y garantizar la equidad entre hombre y mujer dentro de su fuerza laboral.Segn los documentos internacionales de las conferencias mundiales e interamericanas,1

    1Convencin para la Eliminacin de Todas las Formas de Discriminacin contra las Mujeres (CEDA W, 1979),

    Educacin para Todos (Jomtien, Tailandia, 1990), Convencin Interamericana para Prevenir, Sancionar y

    Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belm do Para, 1994), Consenso de Montevideo sobre Poblacin y

    P.O. Box 190759San J uan, Puerto Rico 00919-0759

    Tel: 787 773 5800 mEl Departamento de Educacin no discrimina de ninguna manera por razn de raza, color, sexo, nacimiento, condicin de veterano,ideologa poltica o religiosa, origen o condicin social, orientacin sexual o identidad de gnero, discapacidad o impedimento fsica

    o mental; ni por ser vctima de violencia domstica, agresin sexual o acecho.

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    Carta Circular Nm. 19-2014-2015POLTICA PBLICA SOBRE LA EQUIDAD DE GNERO Y SU INTEGRACIN AL CURRCULO DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIN DE PUERTO RICO COMO INSTRUMENTO PARA PROMOVER LA DIGNIDAD DEL SER HUMANO Y LAIGUALDAD DE TODOS Y TODAS ANTE LA LEY25 de febrero de 2015Pgina 2 de 6

    han surgido importantes mandatos por los que los gobiernos nacionales se comprometen apromover la equidad de gnero en la formulacin de todas las polticas y programaspblicos. En la Convencin sobre los Derechos de la Infancia se establece como un principio

    fundamental el derecho a la no discriminacin de los nios y las nias.

    Base Legal

    El Estado Libre Asociado de Puerto Rico tiene leyes que imponen al DEPR la obligacinde incorporar la equidad de gnero de manera transversal en los ofrecimientoscurriculares de todos los niveles escolares, as como garantizarla en su fuerza laboral.Algunas de las leyes que sustentan la equidad entre hombre y mujer en la educacin sonlas siguientes:

    1. La Constitucin del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, en su Artculo 2, Seccin 1,

    proclama que la dignidad del ser humano es inviolable y todas las personas soniguales ante la ley. De ese modo se consagra en mxima jerarqua el principio de nodiscriminacin por motivo de raza, color, sexo, nacimiento, origen o condicin social, niideas polticas o religiosas. Adems, se afirma que las leyes y el sistema deinstruccin pblica encarnarn estos principios de esencial igualdad humana.

    Asimismo, la Seccin 5 del Artculo 2 establece que [t]oda persona tiene derecho auna educacin que propenda al pleno desarrollo de su personalidad y alfortalecimiento del respeto de los derechos del hombre [y la mujer] y de laslibertades fundamentales. Habr un sistema de instruccin pblica el cual serlibre y enteramente no sectario.

    2. La Ley Nm. 149-1999, conocida como Ley Orgnica del Departamento deEducacin de Puerto Rico, segn enmendada, reconoce la responsabilidad deofrecer educacin ms all de las reas tradicionales. Esta ley establece que laeducacin se oriente hacia el desarrollo y formacin integral del estudiantado; por lotanto, la equidad de gnero es un elemento fundamental de la funcin educativa.

    En particular, el inciso (bb) del Artculo 6.03, Facultades y Obligaciones del Secretarioen el mbito Acadmico, dicta que se establecer, en coordinacin con la Oficina dela Procuradora de las Mujeres, un currculo de enseanza dirigido a promover laequidad de gnero y la prevencin de violencia domstica. Adems, tendr la

    obligacin de implantar este currculo a travs de los ofrecimientos acadmicosregulares, o integrndolo a los programas acadmicos y otras modalidadeseducativas.

    Desarrollo (2013), Conferencia Mundial de la Mujer Beijing (1995), Conferencia Educacin para Todos (Dakar,

    2000), Beijing+ 5 (2000) y Beijing+ 10 (2005).

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    Carta Circular Nm. 19-2014-2015POLTICA PBLICA SOBRE LA EQUIDAD DE GNERO Y SU INTEGRACIN AL CURRCULO DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIN DE PUERTO RICO COMO INSTRUMENTO PARA PROMOVER LA DIGNIDAD DEL SER HUMANO Y LA IGUALDAD DE TODOS Y TODAS ANTE LA LEY25 de febrero de 2015Pgina 3 de 6

    3. La Ley 212-1999, Ley para Garantizar la Igualdad de Oportunidades en el Empleopor Gnero, establece en su Artculo 2 que: Es poltica del Gobierno de PuertoRico proveer igualdad de oportunidades en el empleo, independientemente de su

    gnero. Se ordena a las agencias e instrumentalidades antes sealadas y estastienen la obligacin de desarrollar e implantar Planes de Accin Afirmativa paragarantizar que no se discrimine contra ningn empleado o aspirante a empleadopor razones de su gnero, conforme se dispone en el Artculo 3 (d) de la presenteLey.

    4. La Ley 217-2006, Protocolo para Manejar Situaciones de Violencia Domstica enel Lugar de Trabajo, requiere que, en aras de promover proactivamente la polticapblica de cero tolerancia hacia la violencia domstica, se promulgue e implanteun protocolo para manejar situaciones de violencia domstica en lugares detrabajo o empleo, el cual debe incluir una declaracin de poltica pblica, una base

    legal y un procedimiento uniforme a seguir, entre otras disposiciones.

    5. La Ley 75-2007, Ley para ofrecer talleres educativos en todos los niveles delSistema dirigidos a prevenir el abuso sexual infantil, establece que el secretariodel Departamento de Educacin, por medio del Programa de Salud Escolar, de laSecretara Auxiliar de Servicios Acadmicos y con el apoyo y colaboracin delCentro de Ayuda a Vctimas de Violacin del Departamento de Salud, coordine yofrezca talleres educativos en todos los niveles del Sistema dirigidos a prevenir elabuso sexual infantil.

    6. La Ley 246-2011, Ley para la Seguridad, Bienestar y Proteccin de Menores,

    segn enmendada, establece en el Artculo 7 que el Estado es el contextoinstitucional en el desarrollo integral de los menores. En cumplimiento de susfunciones deber:

    a. Asegurar las condiciones para el ejercicio de los derechos y prevenir suamenaza o que se afecten mediante el diseo y la ejecucin de polticaspblicas sobre infancia y adolescencia.

    b. Educar a los menores y las familias sobre la importancia del respeto, ladignidad, los derechos de los dems, la convivencia democrtica, losvalores humanos y la solucin pacfica de conflictos.

    c. Prevenir y atender de forma inmediata las diferentes acciones violentas queatenten contra el derecho a la vida y la calidad de vida de los menores.

    7. La Ley 22-2013, Ley para establecer la Poltica Pblica del Gobierno dePuerto Rico en contra del discrimen por orientacin sexual o identidad de gneroen el empleo, pblico o privado, declara como poltica pblica del Gobierno dePuerto Rico el repudio a la discriminacin por orientacin sexual o identidad de

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    Carta Circular Nm. 19-2014-2015POLTICA PBLICA SOBRE LA EQUIDAD DE GNERO Y SU INTEGRACIN AL CURRCULO DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIN DE PUERTO RICO COMO INSTRUMENTO PARA PROMOVER LA DIGNIDAD DEL SER HUMANO Y LA IGUALDAD DE TODOS Y TODAS ANTE LA LEY25 de febrero de 2015Pgina 4 de 6

    gnero en el empleo y reafirma los principios de inviolabilidad de la dignidad delser humano y la igualdad de todas las personas ante la ley.

    De igual modo, el Ttulo IX de las Enmiendas de Educacin de 1972, 20 U.S.C. Sec.1681-1688, prohbe el discrimen por razn de sexo en programas y actividadeseducativas que reciben ayuda econmica federal. El Departamento de EducacinFederal emite normas de aplicacin de estos precptos legales, entre las cuales haindicado la responsabilidad que tienen las instituciones receptoras de fondos de evitarreforzar los estereotipos de gnero.2Estas directrices federales son el requisito legal alamparo de la reglamentacin federal bajo Ttulo IX.

    Conceptos bsicos

    Segn la Organizacin Mundial de la Salud (OMS, 2013) la equidad es la resolucin de

    inequidades que son innecesarias, evitables e injustas. La equidad es distinta al concepto dela igualdad. No significa una distribucin igual de recursos, sino una distribucin diferencialde acuerdo con las necesidades particulares de cada persona. La OMS (2013) explica queel gnero se refiere a los conceptos sociales de las funciones, comportamientos, actividadesy atributos que cada sociedad considera apropiados para los hombres y las mujeres. Esteconcepto contrasta con el concepto sexo, el cual se refiere a la distincin entre hombres ymujeres a base de sus caractersticas fsicas, anatmicas y fisiolgicas. El gnero se refierea las expectativas socioculturales de los hombres y de las mujeres, respecto a suscualidades, comportamientos o roles. Esta distincin produce inequidad cuando se favorecesistemticamente a uno de los dos grupos sobre el otro o cuando se limitan las posibilidadesde las personas por razn de estereotipos de gnero.

    La equidad de gnero significa una distribucin justa de los beneficios, el poder, los recursosy las responsabilidades entre las mujeres y los hombres. La inequidad de gnero se refiere alas desigualdades injustas, innecesarias y prevenibles que existen entre las mujeres y loshombres. Esas desigualdades suelen privilegiar lo masculino, subordinar a las mujeres yafectar a todas las personas. La inequidad de gnero y el discrimen producen violencia contralas nias y las mujeres. Esto tambin afecta a los nios y a los hombres, ya que lasexpectativas de gnero se relacionan con los altos niveles de violencia y conductas de riesgoque se asocian con el gnero masculino. A nivel internacional (ONU), se ha establecido quelos esfuerzos de prevencin de la violencia deben enfocarse en la niez y la juventud, pueses mediante la formacin de valores de respeto y equidad que se logra combatir msefectivamente la violencia de gnero.3Siendo as, es crucial tomar accin afirmativa a favorde la equidad de gnero.

    2 Oficina de Derechos Civiles, Departamento de Educacin Federal, Questions and Answers on Title IX and Single-Sex Elementary and Secondary Classes andExtracurricular Activities, 1 de diciembre de 2014.

    3ONU Mujeres, Enfoque en la Prevencin de la Violencia. Disponible en:http://www. unwomen. org/es/what-we-

    do/ending-violence-against-women/prevention#sthash.5tl WbQYh. dpuf

    http://www/http://www/
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    Carta C ircular Nm. 19-2014-2015POLTICA PBLICA SOBRE LA EQUIDAD DE GNERO Y SU INTEGRACIN AL CURRCULO DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIN DE PUERTO RICO COMO INSTRUMENTO PARA PROMOVER LA DIGNIDAD DEL SER HUMANO Y LAIGUALDAD DE TODOS Y TODAS ANTE LA LEY25 de febrero de 2015Pgina 5 de 6

    Para lograr la equidad de gnero, es necesario atender los retos existentes e identificarinstancias concretas de inequidad. En el marco de los derechos humanos, se considera que

    la perspectiva de gnero es una herramienta necesaria para identificar los desafos queenfrenta el sistema en su trabajo por la equidad. Segn el Instituto Interamericano deDerechos Humanos (2008),4 la perspectiva de gnero constituye un enfoque terico deanlisis que facilita repensar las construcciones sociales y culturales de la distribucin delpoder entre mujeres y hombres y que afectan de manera directa, las formas de relacionarsede las personas en todos los mbitos. Es una herramienta conceptual y prctica que permitedesarrollar propuestas metodolgicas de anlisis, con el fin de variar la forma de estasrelaciones, que han derivado en discriminacin, falta de equidad, poco acceso aoportunidades y al desarrollo, as como poco conocimiento de sus derechos[...]". Entenderestas diferencias socioculturales permite que se identifiquen necesidades de las personasque se relacionan con su gnero, de modo que se puedan satisfacer adecuadamente y

    propender al pleno desarrollo de la persona. La perspectiva de gnero no es un fin en smismo, sino que es una herramienta para lograr la equidad.

    Aspectos pertinentes

    El Departamento de Educacin de Puerto Rico implementar un plan de accin en el quese concrete la implantacin de su poltica pblica con respecto a la equidad de gneroen el mbito escolar. Este plan encamina sus esfuerzos hacia:

    1. La incorporacin de la perspectiva de gnero de manera transversal en los currculosescolares, las prcticas educativas y las actividades extracurriculares. La perspectivade gnero se refiere al enfoque terico de anlisis que facilita repensar lasconstrucciones sociales y culturales de la distribucin del poder entre mujeres y hombresy que afectan de manera directa, las formas de relacionarse de las personas en todos losmbitos".5 Su implementacin transversal significa que esta herramienta conceptual seincluir en el conjunto de contenidos de enseanza integrados a las diferentesdisciplinas acadmicas y se abordan desde todas las reas de conocimiento. Sedenominan as porque es un tema que atraviesa cada una de las reas del currculoescolar y etapas educativas.6

    4Instituto Interamericano de Derechos Humanos, Herramientas bsicas para integrar la perspectiva de gnero en

    organizaciones que trabajan derechos humanos / Instituto Interamericano de Derechos Humanos, San Jos, C.R.:

    IlDH, 2008.5Instituto Interamericano de Derechos Humanos, Herramientas bsicas para integrar la perspectiva de gnero en

    organizaciones que trabajan derechos humanos / Instituto Inter americanos de Derechos Humanos, San Jos, C.R.:

    IlDH, 2008.6 Proyecto de Renovacin curricular, 2003.

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    Carta C ircular Nm. 19-2014-2015POLTICA PBLICA SOBRE LA EQUIDAD DE GNERO Y SU INTEGRACIN AL CURRCULO DEL DEPARTAMENTO DEEDUCACIN DE PUERTO RICO COMO INSTRUMENTO PARA PROMOVER LA DIGNIDAD DEL SER HUMANO Y LAIGUALDAD DE TODOS Y TODAS ANTE LA LEY25 de febrero de 2015Pgina 6 de 6

    2. El desarrollo de estrategias y metodologas educativas para fomentar la equidadentre hombre y mujer en la educacin.

    3. La identificacin de contenido sexista en los textos y materiales docentes paraevaluar sus manifestaciones y reflexionar crticamente sobre su contenido.

    4. La capacitacin del personal sobre la equidad de gnero en todos los programasacadmicos, en los programas de educacin ocupacional, educacin especial yservicios comunitarios.

    5. La divulgacin de informacin sobre la equidad entre hombre y mujer en losmedios tecnolgicos.

    6. El establecimiento de acuerdos de colaboracin con universidades y otrosorganismos relacionados con la preparacin de personal docente y no docente

    para que se incorpore la equidad y la perspectiva de gnero en las polticaspblicas institucionales.

    7. El uso de lenguaje inclusivo en las prcticas, los materiales educativos y lascomunicaciones de carcter administrativo.

    Esta carta circular deroga todas las disposiciones anteriores y otras normas establecidas,mediante cartas circulares o memorandos que estn en conflicto, en su totalidad o enparte, con lo que aqu se establece.