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1. Cuarto Punto del Orden del día de la Quincuagésima Primera Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de Coacalco de Berriozábal 2019-2021, en el cual se aprueba el Informe de Ejecución Anual del Plan de Desarrollo Municipal 2019-2021, correspondiente al ejercicio fiscal 2019. 2. Informe de Ejecución Anual del Plan de Desarrollo Municipal 2019- 2021, año 2019.

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1. Cuarto Punto del Orden del día de la Quincuagésima Primera

Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de Coacalco de Berriozábal

2019-2021, en el cual se aprueba el Informe de Ejecución Anual del

Plan de Desarrollo Municipal 2019-2021, correspondiente al

ejercicio fiscal 2019.

2. Informe de Ejecución Anual del Plan de Desarrollo Municipal 2019-

2021, año 2019.

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El C. Darwin Renán Eslava Gamiño, Presidente Municipal Constitucional de Coacalco de

Berriozábal a su población hace saber: ----------------------------------------------------------

----------------------------------------------------------------------------------------------------

Que el Ayuntamiento de Coacalco de Berriozábal 2019-2021, en la Quincuagésima Primera

Sesión Ordinaria de Cabildo, celebrada el día 24 de febrero del año 2020, aprobó y expidió

el siguiente acuerdo:-----------------------------------------------------------------------------

---------------------------------------------------------------------------------------------------

4. PRESENTACIÓN, DISCUSIÓN Y EN SU CASO APROBACIÓN EL INFORME DE

EJECUCIÓN ANUAL DEL PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL 2019-2021,

CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2019. -------------------------------------------

---------------------------------------------------------------------------------------------------

---------------------------------------------------------------------------------------------------

El Mtro. Anselmo Hilario Zaragoza Esquinca, Secretario del Ayuntamiento, informó que

el CUARTO PUNTO en el orden del día fue el relativo a la Presentación, discusión y en su

caso aprobación del Informe de Ejecución Anual del Plan de Desarrollo Municipal 2019-

2021, correspondiente al ejercicio fiscal 2019. Agotada la discusión del presente punto y

por MAYORÍA de votos, con trece a favor y dos abstenciones, por parte de los ciudadanos,

Enrique Jhovany Morelos Rosas, Séptimo Regidor y Décimo Tercera Regidora, Yadira Mayali

Cruz Ramírez, resultó el siguiente:--------------------------------------------------------------

-------------------------------------------- ACUERDO: -----------------------------------------

---------------------------------------------------------------------------------------------------

Con fundamento en los artículos 26 apartado a, 115 y 134 de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos; 139 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de

México, 115 y 116 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 7, 14 20, 35, 36, 37 y

38 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios; 67, 71 y 76 del Reglamento

de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios, el Ayuntamiento de Coacalco

de Berriozábal aprueba y expide lo siguiente: -------------------------------------------------

----

PRIMERO: Se aprueba la evaluación contenida en el Informe de Ejecución Anual del Plan de

Desarrollo Municipal del 2019, que constará en anexo al acta de la presente Sesión; --------

----------------------------------------------------------------------------------------------------

----------------------------------------------------------------------------------------------------

SEGUNDO: Se instruye a la Dirección de Planeación a realizar las acciones necesarias para

el seguimiento del presente punto. -------------------------------------------------------------

----------------------------------------------------------------------------------------------------

----------------------------------------------------------------------------------------------------

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Dado en el Salón de Cabildos, ubicado en el Palacio Municipal de Coacalco de

Berriozábal, en la Quincuagésima Primera Sesión Ordinaria de Cabildo del Ayuntamiento

de Coacalco de Berriozábal 2019-2021, celebrada el día veinticuatro de febrero del año dos

mil veinte.

C. Darwin Renán Eslava Gamiño

Presidente Municipal

(rúbrica)

Mtro. Anselmo Hilario Zaragoza Esquinca

Secretario del Ayuntamiento

(rúbrica)

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Informe de Ejecución Anual del Plan de

Desarrollo Municipal 2019-2021, año

2019.

Coacalco de Berriozábal

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PRESENTACIÓN

La formulación del presente informe cumple con dos funciones primordiales del quehacer

gubernamental, dar cumplimiento a la normatividad en materia de evaluación del Plan de

Desarrollo y por otra parte, cumplir con rendición de cuentas y transparencia presupuestal.

La Dirección de Planeación (UIPPE) en coordinación con las direcciones y organismos de

la administración pública municipal, conforman el Informe Anual de Ejecución del Plan de

Desarrollo Municipal 2019. Dando cuentas del cumplimiento de objetivos de los programas

a través de la evaluación de las actividades sustantivas relevantes que los integran; de igual

forma, se destaca el carácter programático – presupuestal, ya que permite comparar el nivel

de cumplimiento de los objetivos y metas, con el ejercicio del gasto público, transparentando

el uso de los recursos para su posterior validación bajo los criterios de eficiencia, eficacia y

honradez. De acuerdo con la visión y desafío de esta administración de conducir con

responsabilidad el uso de los recursos públicos federales de manera que se administren con

transparencia y honradez para satisfacer los objetivos establecidos, el Municipio de Coacalco

de Berriozábal busca fomentar una gestión basada en resultados con Trabajo, Voluntad y

Cercanía, mediante el Presupuesto basado en Resultados y el Sistema de Evaluación del

Desempeño, buscando la optimización de los recursos públicos, la obtención del mayor

beneficio social, el Ayuntamiento de Coacalco de Berriozábal, como herramienta define los

lineamientos generales que se llevarán a cabo para la verificación del grado de cumplimiento

de objetivos y metas de la aplicación de los recursos públicos federales.

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INTRODUCCIÓN

En congruencia con los principios democráticos de transparencia y rendición de cuentas, y

en estricto cumplimiento a los ordenamientos legales aplicables, por medio del cual se da

cuenta de las acciones realizadas y los resultados alcanzados por la Administración Pública

Municipal durante el ejercicio fiscal 2019. La intención del Informe es contribuir a que la

presente Administración sea eficiente y eficaz, movida por los principios de la planeación

estratégica los cuales son la base para el seguimiento, la evaluación periódica y sistemática

de la actividad gubernamental, de tal manera que se puedan contrastar los objetivos y

estrategias definidas. El Informe Anual de Ejecución del Plan Desarrollo Municipal de

Coacalco de Berriozábal es un instrumento que apoyo los procesos de modificación

programática presupuestal en el ejercicio de las acciones y recursos de las dependencias y

entidades públicas, con el único fin es alcanzar mejores resultados para la ciudadanía.

Este Informe Anual de Ejecución del Plan de Desarrollo Municipal 2019 tiene como

objetivo general determinar y dar a conocer el Presupuesto que se utilizó en los Programas

para el ejercicio fiscal 2019 y cual es el avance en cuanto al primer año de esta

administración, así dar seguimiento a las acciones, obras y líneas de acción contenidas en el

Plan de Desarrollo Municipal de Coacalco de Berriozábal 2019-2021.

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MARCO JURIDICO

CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Título Primero

Capítulo I

De los Derechos Humanos y sus Garantías

ARTICULO 26 A. El Estado organizará un sistema de planeación

democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo,

competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para

la independencia y la democratización política, social y cultural de la

nación. Los fines del proyecto nacional contenidos en esta Constitución

determinarán los objetivos de la planeación. La planeación será

democrática y deliberativa. Mediante los mecanismos de participación que

establezca la ley, recogerá las aspiraciones y demandas de la sociedad para

incorporarlas al plan y los programas de desarrollo. Habrá un plan

nacional de desarrollo al que se sujetarán obligatoriamente los programas

de la Administración Pública Federal. La ley facultará al Ejecutivo para

que establezca los procedimientos de participación y consulta popular en

el sistema nacional de planeación democrática, y los criterios para la

formulación, instrumentación, control y evaluación del plan y los

programas de desarrollo. Asimismo, determinará los órganos

responsables del proceso de planeación y las bases para que el Ejecutivo

Federal coordine mediante convenios con los gobiernos de las entidades

federativas e induzca y concierte con los particulares las acciones a

realizar para su elaboración y ejecución. El plan nacional de desarrollo

considerará la continuidad y adaptaciones necesarias de la política

nacional para el desarrollo industrial con vertiente sectorial y regional

Título Séptimo

Prevenciones Generales

Artículo 134. Los recursos económicos de que dispongan la Federación,

las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales

de la Ciudad de México, se administrarán con eficiencia, eficacia,

economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que

estén destinados. Los resultados del ejercicio de dichos recursos serán

evaluados por las instancias técnicas que establezcan, respectivamente, la

Federación y las entidades federativas, con el objeto de propiciar que los

recursos económicos se asignen en los respectivos presupuestos en los

términos del párrafo precedente.

CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MEXICO

Título Octavo

Prevenciones Generales

Artículo 139.- El desarrollo de la entidad se sustenta en el Sistema

Estatal de Planeación Democrática, que imprima solidez, dinamismo,

competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para

la libertad y la democratización política, social y cultural del Estado y que

tiene como base el Plan de Desarrollo del Estado de México: I. El Sistema

Estatal de Planeación Democrática se integra por los planes y programas

que formulen las autoridades estatales y municipales y considerará en su

proceso: El planteamiento de la problemática con base en la realidad

objetiva, los indicadores de Desarrollo social y humano, la proyección

genérica de los objetivos para la estructuración de planes, programas y

acciones que regirán el ejercicio de sus funciones públicas, su control y

evaluación. Las Leyes de la materia proveerán la participación de los

sectores público, privado y social en el proceso y el mecanismo de

retroalimentación permanente en el sistema.

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Ley General de Contabilidad Gubernamental

Título Tercero

De la Contabilidad Gubernamental

Capítulo I

Del Sistema de Contabilidad Gubernamental

Artículo 16.- El sistema, al que deberán sujetarse los entes públicos,

registrará de manera armónica, delimitada y específica las operaciones

presupuestarias y contables derivadas de la gestión pública, así como

otros flujos económicos. Asimismo, generará estados financieros,

confiables, oportunos, comprensibles, periódicos y comparables, los cuales

serán expresados en términos monetarios.

Artículo 18.- El sistema estará conformado por el conjunto de registros,

procedimientos, criterios e informes, estructurados sobre la base de

principios técnicos comunes destinados a captar, valuar, registrar,

clasificar, informar e interpretar, las transacciones, transformaciones y

eventos que, derivados de la actividad económica, modifican la situación

patrimonial del gobierno y de las finanzas públicas.

Artículo 19.- Los entes públicos deberán asegurarse que el sistema:

I. Refleje la aplicación de los principios, normas contables generales y

específicas e instrumentos que establezca el consejo; II. Facilite el

reconocimiento de las operaciones de ingresos, gastos, activos, pasivos y

patrimoniales de los entes públicos; III. Integre en forma automática el

ejercicio presupuestario con la operación contable, a partir de la

utilización del gasto devengado; IV. Permita que los registros se efectúen

considerando la base acumulativa para la integración de la información

presupuestaria y contable; V. Refleje un registro congruente y ordenado

de cada operación que genere derechos y obligaciones derivados de la

gestión económico financiera de los entes públicos; VI. Genere, en tiempo

real, estados financieros, de ejecución presupuestaria y otra información

que coadyuve a la toma de decisiones, a la transparencia, a la

programación con base en resultados, a la evaluación y a la rendición de

cuentas, VII. Facilite el registro y control de los inventarios de los bienes

muebles e inmuebles de los entes públicos.

Código Financiero del Estado de México y Municipios

Título Noveno

Del presupuesto de egresos

Capítulo Cuarto

Del Control, Información y Evaluación del Gasto Público

Artículo 327.- Será responsabilidad de la Secretaría y la Contraloría, en el

ámbito de sus respectivas competencias, cumplir y hacer cumplir las

disposiciones del presente Título, estableciendo las medidas para su

correcta aplicación, así como determinar las normas, Manuales,

Lineamientos y procedimientos administrativos tendientes a

homogeneizar, desconcentrar, transparentar, racionalizar y llevar a cabo

un mejor control del gasto público estatal. En el caso de los municipios

esta responsabilidad recae en la Contraloría Interna. La evaluación del

desempeño se hará en función a los objetivos y metas de los programas

presupuestarios, y demás elementos de programación y para tales efectos

se diseñará, administrará y operará el Sistema de Evaluación del

Desempeño. La Secretaría, será la instancia técnica a que alude el artículo

134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,

encargada de la evaluación del desempeño por lo que respecta a las

Dependencias y Entidades Públicas y para el caso de los Municipios, la

evaluación del desempeño le corresponde a la Unidad de Información,

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Planeación, Programación y Evaluación o los servidores públicos

responsables de realizar estas funciones, en coordinación con la Tesorería.

(…)

Artículo 327-A.- Los titulares de las Dependencias, Entidades Públicas y

Organismos Autónomos en el ejercicio de su presupuesto, serán

responsables de que se ejecuten con oportunidad, eficiencia, eficacia y

honestidad los proyectos previstos en sus respectivos Programas

presupuestarios y serán los responsables del resultado y de la evaluación

de los Programas presupuestarios a su cargo, ya sea por cuenta propia o a

través de terceros, así como analizar la información relativa al desarrollo y

grado de avance de los Programas presupuestarios. Así mismo, deberán

enviar a la Secretaría o la Contraloría, según sea el caso, a través de las

Unidades de Información, Planeación, Programación y Evaluación, o su

equivalente, los resultados obtenidos de la evaluación, el informe del

comportamiento del ejercicio presupuestal y el informe de avance

programático en forma mensual y trimestral respectivamente, para la

revisión, seguimiento y evaluación del desempeño del cumplimiento de los

objetivos y metas establecidas en los proyectos aprobados en relación con

el presupuesto y ejercicio. En el caso de los municipios, los informes a que

se refiere este artículo, se enviarán a la Tesorería. (…)

Artículo 327-B.- La Secretaría, la Tesorería y los órganos de control en

coordinación con las Unidades de Información, Planeación, Programación

y Evaluación, o la unidad administrativa responsable de realizar estas

funciones, en el ámbito de sus respectivas competencias, verificarán

periódicamente a través del sistema de control y evaluación del desempeño

que establezcan, los resultados de la ejecución de los programas en

relación con el ejercicio del presupuesto. Los órganos de control interno

en el ejercicio del presupuesto, vigilarán que no adquieran compromisos

que rebasen el monto mensual del gasto que se les haya autorizado. Será

causa de responsabilidad de los titulares de las dependencias, entidades

públicas y unidades administrativas municipales, contraer compromisos

fuera de los montos mensuales aprobados en sus presupuestos.

Título Décimo Primero

De la Contabilidad Gubernamental y la Cuenta Pública Capítulo

Primero

De la Contabilidad Gubernamental

Sección Segunda Del Registro Contable y Presupuestal

Artículo 342.- El registro contable del efecto patrimonial y presupuestal

de las operaciones financieras, se realizará conforme al sistema y a las

disposiciones que se aprueben en materia de planeación, programación,

presupuestación, evaluación y contabilidad gubernamental. En el caso de

los municipios, el registro a que se refiere el párrafo anterior, se realizará

conforme al sistema y a las disposiciones en materia de planeación,

programación, presupuestación, evaluación y contabilidad gubernamental,

que se aprueben en el marco del Sistema de Coordinación Hacendaria del

Estado de México.

Ley Orgánica Municipal del Estado de México

Título IV

Régimen Administrativo

Articulo 115.- La formulación, aprobación, ejecución, control y

evaluación del plan y programas municipales estarán a cargo de los

órganos, dependencias o servidores públicos que determinen los

ayuntamientos, conforme a las normas legales de la materia y las que cada

cabildo determine.

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Capítulo Quinto

De la Planeación Artículo

Artículo 116.- El Plan de Desarrollo Municipal deberá ser elaborado,

aprobado y publicado, dentro de los primeros tres meses de la gestión

municipal. Su evaluación deberá realizarse anualmente; y en caso de no

hacerse se hará acreedor a las sanciones de las dependencias normativas en

el ámbito de su competencia.

Ley de Planeación del Estado de México y Municipios

Capítulo Primero

Disposiciones Generales

Artículo 7.- El proceso de planeación democrática para el desarrollo de

los habitantes del Estado de México y municipios, comprenderá la

formulación de planes y sus programas, los cuales deberán contener un

diagnóstico, prospectiva, objetivos, metas, estrategias, prioridades y líneas

de acción; la asignación de recursos, de responsabilidades, de tiempos de

ejecución, de control, seguimiento de acciones y evaluación de resultados,

así como la determinación, seguimiento y evaluación de indicadores para

el desarrollo social y humano.

Capítulo Segundo

Artículo 14.- El Sistema de Planeación Democrática para el Desarrollo

del Estado de México se conforma por:

IX. Los informes de evaluación

Articulo 19.- Compete a los ayuntamientos, en materia de planeación

democrática para el desarrollo: I. Elaborar, aprobar, ejecutar, dar

seguimiento, evaluar y el control del Plan de Desarrollo Municipal y sus

programas; IV. Garantizar, mediante los procesos de planeación

estratégica, la congruencia organizativa con las acciones que habrán de

realizar para alcanzar los objetivos, metas y prioridades de la estrategia

del desarrollo municipal;

Artículo 20.- Compete a las unidades de información, planeación,

programación y evaluación, de las dependencias, organismos y entidades

públicas estatales y a las unidades administrativas o de los servidores

públicos de los municipios, en materia de planeación democrática para el

desarrollo: IV. Verificar que los programas y la asignación de recursos

guarden relación con los objetivos, metas y prioridades de los planes y

programas y la evaluación de su ejecución; (…)

Artículo 35.- Las dependencias, entidades públicas, organismos, unidades

administrativas y servidores públicos, conforme a las facultades y

obligaciones contenidas en este capítulo, reportarán periódicamente los

resultados de la ejecución de los programas a la Secretaría, y en el caso de

los municipios, a quien los ayuntamientos designen

Artículo 36.- La Secretaría y los ayuntamientos, en el ámbito de su

competencia, establecerán la metodología, procedimientos y mecanismos

para el adecuado control, seguimiento, revisión y evaluación de la

ejecución de los programas, el uso y destino de los recursos asignados a

ellos y la vigilancia de su cumplimiento. Para la elaboración e integración

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Capítulo Cuarto

Del Control, Seguimiento y Evaluación de la Ejecución

de los informes de evaluación habrán de considerarse entre otros

elementos, los indicadores del Sistema Estatal de Información e

Investigación Geográfica, Estadística y Catastral, aplicados al proceso de

planeación democrática para el desarrollo, de conformidad con lo

dispuesto por el ordenamiento de la materia y demás disposiciones

aplicables.

Artículo 37.- En cumplimiento de los objetivos y metas establecidos en

los planes de desarrollo estatal y municipales, los titulares de las

dependencias, entidades públicas, organismos, unidades administrativas y

demás servidores públicos serán responsables de que los programas se

ejecuten con oportunidad, eficiencia y eficacia, atendiendo el mejoramiento

de los indicadores para el desarrollo social y humano y enviarán a la

Secretaría cuando ésta así lo solicite, los informes del avance

programático-presupuestal para su revisión, seguimiento y evaluación, y

en el caso de los municipios, a quien los ayuntamientos designen.

Artículo 38.- Las dependencias, organismos, entidades públicas, unidades

administrativas y servidores públicos, deberán realizar el Informe Anual

de Ejecución, Ley de Planeación del Estado de México y Municipios

evaluación a fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas, así

como la mejora de los indicadores de desarrollo social y humano y, en su

caso, emitirán dictamen de reconducción y actualización cuando sea

necesaria la modificación o adecuación de la estrategia a la que se refiere el

artículo 26 de esta Ley, dictamen que habrán de hacer del conocimiento

inmediato de la Secretaría o del ayuntamiento en el ámbito de su

competencia, para que a su vez, se reformule el contenido de la estrategia

de desarrollo.

Ley de Fiscalización Superior del Estado de México

Título Segundo

Del Órgano Superior de Fiscalización

Capítulo Primero

De las Atribuciones

Artículo 8.- El Órgano Superior tendrá las siguientes atribuciones: VI.

Practicar auditorías de desempeño en el cumplimiento de los objetivos

contenidos en los programas, conforme a los indicadores que

correspondan y evaluar la eficacia, eficiencia y economía en el uso de los

recursos públicos por las entidades fiscalizables, la congruencia del

ejercicio de los presupuestos con los programas y de estos con los planes y

políticas públicas conforme a los estándares internacionales;

Capítulo Tercero

De la Organización e Integración del Órgano Superior

Artículo 23.- Sin perjuicio del ejercicio directo por parte del Auditor

Superior, los Auditores Especiales tendrán las facultades genéricas

siguientes: IV. Formular pliegos de observaciones, en los términos de esta

Ley;

Reglamento de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios

Artículo 18.- Para efectos de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley, los

Ayuntamientos de los municipios del Estado realizarán las siguientes

acciones: VI. Integrar en los documentos que contengan la evaluación de

los resultados de la ejecución de sus planes de desarrollo, el análisis de

congruencia entre las acciones realizadas y las prioridades, objetivos y

metas de sus planes de desarrollo y programas;

Artículo 20.- En el caso de los Ayuntamientos, las unidades

administrativas o servidores públicos que realicen las tareas de

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Capitulo Segundo

De la Planeación Democrática para el Desarrollo del Estado de

México y Municipios

información, planeación, programación y evaluación tendrán las siguientes

funciones: VI. En materia de evaluación: a) Diseñar, instrumentar e

implantar un sistema de evaluación y seguimiento que permita medir el

desempeño de la Administración Pública Municipal, en términos de los

resultados obtenidos en el logro de sus objetivos y metas establecidas en

el Plan de Desarrollo Municipal y en los programas de mediano y corto

plazo; b) Integrar y reportar al Presidente Municipal y al Cabildo, con la

periodicidad que este determine, el informe del comportamiento de los

principales indicadores definidos en el Plan de Desarrollo Municipal, así

como el avance programático y presupuestal de las metas contenidas en el

programa anual; c) Integrar en coordinación con las dependencias y

organismos que Informe Anual de Ejecución 2018 Reglamento de la Ley

de Planeación del Estado de México y Municipios integran la

Administración Pública del Municipio, el informe anual de ejecución del

Plan de Desarrollo Municipal, el cual deberá ser enviado al Órgano

Superior de Fiscalización de la Legislatura Local, en forma anexa a la

cuenta de la Hacienda Pública del Municipio; Capítulo Cuarto Del

Control, Seguimiento y Evaluación de la Ejecución

Artículo 67.- El Plan de Desarrollo Municipal será evaluado dos veces al

año, la primera, al rendir su informe de gobierno el Presidente Municipal

y la segunda al cierre del ejercicio presupuestal, constituyéndose dicha

evaluación como parte integrante de la Cuenta Pública Municipal. Las

revisiones tendrán como propósito determinar los avances y logros de los

objetivos, estrategias, líneas de acción y metas intermedias y los

resultados de la evaluación servirán para reorientar los programas y

acciones de esta esfera de gobierno.

Artículo 71.- Las evaluaciones del Plan de Desarrollo Municipal se

realizarán en sesión especial de cabildo y en todos los casos, deberán

participar los miembros integrantes del COPLADEMUN.

Artículo 76.- El análisis de la Cuenta Pública apoyará sus resultados

contables en la relación que hubiere existido entre los elementos

constitutivos del gasto público y el cumplimiento de los objetivos y

prioridades de la planeación y programación, a través del informe de

avance de ejecución del plan de desarrollo.

Bando Municipal 2019-2021 Coacalco de Berriozábal

Titulo Octavo

De la Planeación Municipal, la Transparencia y el Acceso de la

Información Publica

Capítulo I

De la Planeación Municipal

Articulo 104. La Presidencia Municipal, a través de la Dirección de

Planeación, elaborara y evaluara su Plan de Desarrollo Municipal y los

programas de trabajo necesarios para su ejecución de forma democrática y

participativa, con el objeto de atender las demandas prioritarias de la

población, propiciar el desarrollo armónico, aplicar de manera racional los

recursos financieros y asegurar la participación de la sociedad en las

acciones de Gobierno Municipal, vinculados con los Planes de Desarrollo

Federal y Estatal; en donde la ejecución del mismo estará a cargo de las

Estructuras Administrativas, conforme a la Ley Orgánica, la Ley de

Planeación del Estado de México y Municipios, su reglamento y las demás

normas legales aplicables en la materia

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PROPÓSITO

Buscar dar respuesta a los problemas urbanos, económicos, sociales, medioambientales y de

integración, partiendo de una perspectiva de desarrollo de largo plazo, pero también aspira a

integrar una gestión pública municipal capaz de responder con eficacia y eficiencia las diversas

demandas de la población, así como consolidar una administración pública municipal transparente y

comprometida con la rendición de cuentas a la sociedad.

Objetivos Planteados en el Plan de Desarrollo 2019-2021

– Lograr una gestión local que contribuya a reducir la pobreza y la desigualdad social, beneficiando

sobre todo a los grupos de población vulnerables (mujeres, niños, jóvenes y adultos mayores).

- Desarrollar las capacidades institucionales, administrativas, gerenciales y de gestión necesarias

para asumir a cabalidad las nuevas tareas y atribuciones que tienen los gobiernos municipales en

nuestro país y estado.

- Mejorar la eficiencia y eficacia de las políticas públicas y programas de gobierno, para incidir

positivamente en el desarrollo económico y social sustentable de Coacalco de Berriozábal

- Consolidar la participación ciudadana como medio potenciar el capital social y mecanismo de

corresponsabilidad de los diversos actores de la sociedad local en el logro de las metas de desarrollo

que propone este Plan.

- Construir una administración pública comprometida con valores de la transparencia y la rendición

de cuentas, con un gobierno democrático en nuestro municipio.

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Demandas Ciudadanas

Se convocó a la ciudadanía a participar en un Foro de Consulta Ciudadana para así tener una

interacción más directa con la población, lo que nos permitió identificar los problemas más

importantes que aquejan a la población de las diferentes comunidades del municipio y las propuestas

de solución de los ciudadanos, así como recabar su opinión sobre los temas, asuntos y problemas que

debe atender el gobierno municipal. Para ello, las demandas, peticiones y propuestas de los

ciudadanos constituyeron un insumo básico para valorar y así definir con mayor certidumbre y

racionalidad los ámbitos de atención estratégica que darán rumbo a la acción de gobierno.

-Plan de Desarrollo Municipal 2019-2021

Pilar

Líneas de Acción

Programadas por Pilar

Líneas de Acción

Atendidas

Porcentaje Líneas de Acción No

Atendidas

Porcentaje

1 53 33 62% 20 18%

2 20 20 100% 0 0%

3 47 42 89% 5 11%

4 25 25 100% 0 0%

Eje

Transversal 1

14 10 71% 4 29%

Eje

Transversal 2

71 69 97% 2 3%

Eje

Transversal 3

9 9 100% 0 0%

Total de Acciones Programadas: 239 Porcentaje: 100%

Total de líneas de Acción Atendidas: 208 Porcentaje: 86%

Total de líneas de Acción no Atendidas: 31 Porcentaje: 14%

Áreas Prioritarias:

-Incrementar la cobertura de la infraestructura social básica (agua potable, drenaje, vialidades,

electricidad, tratamiento de desechos sólidos).

- Elevar la calidad de vida de los habitantes.

-Fomentar la generación de empleo mediante la gestión y puesta en marcha de proyectos

productivos.

-Mejorar los espacios educativos.

-Dar una mejor atención a los ciudadanos.

-Fomentar la cultura física y deporte.

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- Fortalecer la hacienda pública municipal.

Reporte:

FODA:

Fortaleza Oportunidades

El municipio de Coacalco de Berriozábal

cuenta con elementos humanos capacitados

para atender las necesidades del municipio

eficientemente.

Lograr una cooperación con municipios

vecinos para diseñar estrategias de solución

a problemáticas comunes en la región.

Debilidades Amenazas

No se cuenta con las herramientas

materiales y financieras suficientes para

hacer frente a la totalidad de las

problemáticas que radican en el municipio.

Derivado a las circunstancias que

actualmente persisten en el país en cuanto a

la delincuencia esto puede afectar a la

operatividad y capacidad de respuesta de las

políticas municipales.

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PILAR 1. SOCIAL: MUNICIPIO SOCIALMENTE RESPONSABLE, SOLIDARIO E INCLUYENTE

Engloba todos los aspectos educativos, culturales y sociales de los habitantes, a través de la provisión

de programas que atiendan a las distintas necesidades que manifiestan. Uno de los retos es atender

las diferentes situaciones en materia social, identificando como temas centrales la política social, el

combate a la pobreza, marginación y desigualdad, así como el fortalecimiento del núcleo social y

mejoramiento de la calidad de vida.

Objetivos: Combatir la pobreza a través de la gestión tripartita de programas en beneficio de la

población, así como mejorar la calidad de vida de los habitantes del municipio mediante la

transformación positiva de su entorno y sobre todo alcanzar una sociedad más igualitaria con la

atención a grupos en situación de vulnerabilidad, otorgando beneficios con distintos programas

sociales. Resultados alcanzados entre lo programado y alcanzado en el Plan de Desarrollo de este

Pilar.

LINEAS DE ACCION PROGRAMADAS: 53

*FECHA DE REPORTE: 09 DE DICIEMBRE

62%

38%

Atencion de Lineas de Accion

Atendidas No Atendidas

ATENCION A LINEAS DE ACCION

PROGRAMADAS

ATENDIDAS 33 62%

NO

ATENDIDAS 20 18%

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PILAR 2. ECONOMICO: MUNICIPO COMPETITIVO, PRODUCTIVO E INNOVADOR

Para contribuir al mejoramiento de las condiciones de bienestar de los coacalquenses aún requiere

establecer estrategias y programas que favorezcan una mayor derrama económica y la consolidación

de Coacalco de Berriozábal como destino Turístico, Industrial y Comercial. A tal efecto y de forma

muy sintética es necesario incentivar la diversificación de oferta turística, industrial y coadyuvar al

mantenimiento del patrimonio histórico; la conservación de la imagen urbana y reducir las brechas

que se observaban, tanto en la cobertura como en la calidad de servicio básicos como agua potable,

drenaje, alcantarillado y alumbrado público.

Objetivos:

-Contribuir a fomentar la actividad artesanal del Municipio coacalquenses, mediante la gestión de

apoyos federales y estatales.

-Realizar acciones para poder dotar a las poblaciones coacalquenses de agua potable de calidad y

cantidad para su consumo, así como la rehabilitación y ampliación de la infraestructura.

-Realizar acciones para satisfacer las necesidades en la población en un adecuado servicio de drenaje,

alcantarillado y tratamiento de aguas servidas, para evitar riesgos, enfermedades y disminuir los

riesgos por inundaciones en el Municipio de Coacalco de Berriozábal.

-Realizar acciones que estén relacionadas con el manejo y disposición de los residuos sólidos del

municipio de Coacalco de Berriozábal y asegurar el confinamiento adecuado de residuos sólidos.

-Contribuir en el desarrollo del ordenamiento territorial de Municipio de Coacalco de Berriozábal,

mediante la infraestructura urbana para mejorar la calidad de vida de los coacaqueneses.

LINEAS DE ACCION PROGRAMADAS: 20

*FECHA DE REPORTE: 09 DE DICIEMBRE 2019

ATENCION A LINEAS DE ACCION

PROGRAMADAS

ATENDIDAS 20 100%

NO

ATENDIDAS 0 0%

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PILAR 3. TERRITORIAL: MUNICIPIO ORDENADO, SUSTENTABLE Y RESILIENTE

Toda sociedad requiere producir bienes y servicios para satisfacer diversas necesidades y crear un

entorno de orden, bienestar y oportunidad. La elaboración de estos satisfactores requiere de mano

de obra, maquinaria, infraestructura y recursos naturales como: agua, suelo, energía, flora y fauna

silvestre. Es responsabilidad gubernamental vigilar que se preserven los servicios que el medio

ambiente brinda en soporte al desarrollo de las actividades humanas, en particular la recarga natural

de los mantos acuíferos, el control de la erosión de suelos y las emisiones contaminantes, el manejo

correcto de residuos sólidos y la promoción de la producción y el consumo de bienes y servicios

sustentables. Lo que se busca al implementar procesos de ordenamiento es que a la par de mejorar

las condiciones sociales y de desarrollo, se logre un bienestar ambiental y un crecimiento económico,

mediante la erradicación de la pobreza y el hambre, el acceso igualitario a la energía, el agua potable,

el saneamiento y la energía sostenible. Los reglamentos en materia de Protección Civil son

elementos que se regulan y apoyan el desarrollo de las actividades que se refieren a este rubro, y

aunado a ello, se encuentra con un Atlas de Riesgo Municipal que apoya al trabajo de las autoridades

para disminuir los percances que afectan a la población.

Algunas de las principales funciones de este pilar son los siguientes:

-La rehabilitación de las unidades de bomberos,

-Implementar la cultura de la prevención en materia de Protección Civil

-Inspecciones en materia de Desarrollo Urbano

-Desarrollo de conferencias para el impulso y difusión de la cultura

-Bacheo de las vialidades

-Gestión integral de los residuos solidos

-Manejo de eficiente y sustentable del agua, aguas residuales

-Protección al ambiente

LINEAS DE ACCION PROGRAMADAS: 47

*FECHA DE REPORTE: 09 DE DICIEMBRE

ATENCION A LINEAS DE ACCION

PROGRAMADAS

ATENDIDAS 42 89%

NO

ATENDIDAS 5 11%

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PILAR 4. SEGURIDAD: MUNICIPIO CON SEGURIDAD Y JUSTICIA

Es obligación del municipio proteger a la ciudadanía a través de un conjunto de leyes que establezcan

la diferencia entre lo legal y lo ilegal e instituciones que apliquen esas normas jueces que administran

justicia y aplican sanciones a quienes vulneran las leyes.

En materia de seguridad justicia y derechos humanos se dará cumplimiento al compromiso que tiene

México con los objetivos de desarrollo sostenible 2030 que promueven sociedades pacíficas e

incluyentes, que facilitan el acceso a la justicia para todos y la construcción de instituciones eficaces

y transparentes.

Algunas de las principales funciones de este pilar son los siguientes:

-Operativos

-Una policía capacitada

-Coordinación intergubernamental para la seguridad publica

-Protección jurídica a las personas y sus bienes

-Función mediadora, conciliadora y calificadora municipal

-Derechos Humanos

LINEAS DE ACCION PROGRAMADAS: 25

*FECHA DE REPORTE: 09 DE DICIEMBRE

ATENCION A LINEAS DE

ACCION PROGRAMADAS

ATENDIDAS 25 100%

NO

ATENDIDAS 0 0%

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EJE TRANSVERSAL I. IGUALDAD DE GENERO

La igualdad de género en los ámbitos de patrimonio, la creatividad y la diversidad cultural, es una

de las prioridades esenciales, la igualdad, participación acceso y contribución a la vida cultural de las

mujeres y los hombres es un derecho humano además de un derecho cultural. El objetivo 5 de los

objetos de desarrollo Sostenible cita “Lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las

mujeres y las niñas” de esta manera se establecerán programas en materia de seguridad pública con

un enfoque de género, a fin de erradicar los índices de violencia, discriminación u otras acciones que

atenten en contra de niñas y mujeres. La discriminación que enfrentan las mujeres ha sido un

fenómeno constante no sólo en México sino a nivel internacional, la “visión masculina” ha

subordinado el papel que tiene la mujer en la sociedad, limitando sus derechos y dejando a su cargo

únicamente la reproducción y el cuidado familiar. Para funcionar y tener mejores resultados de la

democracia es necesario que los principios y derechos en que se fundamenta la libertad y la igualdad

de las personas sean una realidad y no únicamente una declaración. Entre los derechos que más se

desconoce e incumplen, está el de la igualdad para las mujeres.

Algunas de las principales funciones de este pilar son los siguientes:

-Igualdad de trato y oportunidades para el hombre y mujer

-Inclusión económica para la igualdad de género.

LINEAS DE ACCION PROGRAMADAS: 14

*FECHA DE REPORTE: 09 DE DICIEMBRE

ATENCION A LINEAS DE

ACCION PROGRAMADAS

ATENDIDAS 10 71%

NO

ATENDIDAS 4 29%

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EJE TRANSVERSAL II. GOBIERNO MODERNO, CAPAZ Y RESPONSABLE

Las instituciones son el pilar, a través del cual, se llevan a cabo las acciones dirigidas a atender a la

población, es por eso que, conocer y atender las necesidades institucionales, así como en algunos

casos someterlas a procesos de reformas, permitirá que operen con mayor eficiencia. El modelo de

transversalidad en el que se basa este eje, está orientado a diseñar estrategias y líneas de acción a

través de la vinculación institucional y la realización de actividades específicas que A políticas

públicas integradoras, inclusivas, transparentes, eficientes, eficaces y de calidad.

Algunas de las principales funciones de este pilar son los siguientes:

-Conducción de las políticas generales de gobierno

-Reglamentación Municipal

-Consolidación de la administración Publica de resultados

-Fortalecimiento de los ingresos

-Planeación y Presupuesto basado en Resultados

-Previsiones para el pago de adeudos de ejercicios fiscales anteriores

-Transparencia

-Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios

LINEAS DE ACCION PROGRAMADAS: 71

*FECHA DE REPORTE: 09 DE DICIEMBRE

ATENCION A LINEAS DE

ACCION PROGRAMADAS

ATENDIDAS 69 97%

NO

ATENDIDAS 2 3%

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EJE TRANSVERSAL III. TECNOLOGIA Y COORDINACION PARA EL BUEN

GOBIERNO

El uso de las tecnologías de información y comunicación en diferentes ámbitos de aplicación se ha

vuelto una necesidad, toda vez que el proceso de globalización obliga a las comunidades y gobiernos

actualizar la información y crear sistemas que faciliten dos temas importantes; por un lado, eficientar

los procesos de planeación y por otro; la simplificación de trámites y servicios. En ese contexto, se

busca implementar el fortalecimiento municipal, consolidando la certeza jurídica, fortalecer el canal

de comunicación con la ciudadanía y dar una mayor eficiencia a las actividades de la administración

pública. Derivado de lo anterior, el gobierno en turno implementará políticas públicas que permitan

lograr una mejora continua del municipio, con la participación activa de los pobladores, el sector

privado, instituciones de gobierno y el gobierno en sus diferentes niveles. Es por ello, que este eje

se centra en el objetivo 17 de la Agenda 2030 y sus metas.

Algunas de las principales funciones de este pilar son los siguientes:

-Nuevas organizaciones de la Sociedad

-Gobierno Electrónico

LINEAS DE ACCION PROGRAMADAS: 71

*FECHA DE REPORTE: 09 DE DICIEMBRE

ATENCION A LINEAS DE

ACCION PROGRAMADAS

ATENDIDAS 9 100%

NO

ATENDIDAS 0 0%

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Seguimiento a obra pública:

La obra pública programada para ejecución en el año 2019, tuvo como propósito el cubrir y atender

lo expuesto dentro del Plan Municipal de Desarrollo 2019-2021, en cada uno de sus pilares y ejes

transversales, con el fin y objetivo de atender eficientemente a las necesidades de la población, por

ello a continuación se expone el plan de obra autorizado para el ejercicio 2019:

CLAVE PROGRAMATICA

NOMBRE DE LA OBRA PRESUPUESTO ANUAL

AUTORIZADO

JUSTIFICACION DE LA OBRA

020202010101 Desarrollo Comunitario $8,005,093.35 Promoción a la participación comunitaria

020301010101 Prevención Medica para la Comunidad

$6,517,929.01 Medicina Preventiva

020501010106 Educación Básica $9,581,036.61 Apoyo Municipal a la Educación

básica

020502010105 Educación Media Superior $ 21,699.93 Apoyo Municipal a la Educación

Media Superior

020608060102 Oportunidades para los Jóvenes $1,889,276.26 Bienestar y orientación juvenil

030102010202 Empleo $9,056,910.44 Colocación de trabajadores

desempleados

030903010202 Promoción Artesanal $3,275,869.03 Promoción y Fomento artesanal

030701010101 Fomento turístico $ 96,394.50 Promoción e Información

Turística

010308010201 Política Territorial $15,035,744.32 Planeación Integral y

Concertada

020402010101 Cultura y Arte $ 1,803,940.35 Servicios Culturales

020201010203 Desarrollo Urbano $33,771,072.29 Guarniciones y banquetas

020101010101 Gestión Integral de Residuos Solidos

$84,307,366.56 Manejo integral de residuos

solidos

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Seguimiento presupuestario para la ejecución del Plan de Desarrollo

201-2021, año 2019.

Los recursos que se destinan a las acciones realizadas por la Administración Pública

Municipal deben de estar coherentemente alineadas a los objetivos del Plan de Desarrollo

Municipal 2019-2021, por ello se pretende ilustrar a continuación y por medio de una tabla

el presupuesto asignado a los proyectos presupuestarios que dieron seguimiento a las

acciones y objetivos del Plan de Desarrollo:

Proyectos presupuestarios y acciones.

En este apartado se plasmarán algunas de las acciones que se ejecutaron para el seguimiento

del Plan de Desarrollo y a las cuales se les destino un presupuesto para su ejecución.

DEPENDENCIA NUMERO DE

PRESUPUESTO

PROGRAMA PRESUPUESTO ACCIONES

DESEMPEÑADAS

Porcentaje de

Avance Físico

F00 124

FISMDF-015-2019

FISMDF-016-2019

FISMDF-017-2019

FISMDF-018-2019

Vivienda

$11302466.36

Construcción de

“Techos, pisos,

muros firmes”

“Cuartos

Dormitorios”

“Cuarto para

Vivienda”

“Calentadores

Solares”

96%

FISMDF-020-2019

Mejoramiento de

Sanitarios

020204010201 Alumbrado Publico $18,522,814.18 Alumbrado Público

020104010302 Protección al Medio Ambiente $ 4,315,522.03 Promoción de la Cultura

Ambiental

010304010102 Desarrollo de la Función Pública y Ética en el Servicio Publico

$1,298,668.57 Fiscalización de control y

evaluación interna de la gestión

publica

010304020101 Sistema de Anticorrupción del Estado de México y Municipios

$1,407,269.53 Prevención, detención,

disuasión, sanción y combate de

la corrupción

010502050203 Planeación y Presupuesto Basado en Presupuesto

$22,736,222.12 Registro, control contable

010804010101 Transparencia $3,171,610.28 Vinculación ciudadana con la

administración publica

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F00 124

FISMDF-021-2019

FISMDF-022-2019

Educación

Básica

$ 3641203.98

Construcción de

techados en áreas de

impartición de

Educación física

Construcción de

Barda Perimetral

100%

F00 124

FISMDF-023-2019

FISMDF-024-2019

Educación

Básica

$ 4137824.96

Mejoramiento de

aulas en “Jardín de

niños Laura Méndez

de Cuenca”

Mejoramiento de

Aula en “Jardín de

Niños Cuitláhuac”

100%

F00 124

FISMDF-026-2019

Educación

Básica

$ 1767851.00

Impermeabilización

de “Jardín de Niños

Nezahualcóyotl”

100%

Impermeabilización

de “Jardín de Niños

Natalia Carrasco”

Impermeabilización

de “Escuela Primaria

Malinalli”

F00 124

FISMDF-027-2019

Educación

Básica

$ 552693.04

Impermeabilización

de “Jardín de Niños

Profesora Gabriela

Mistral”

100%

Impermeabilización

de “Escuela Primaria

Carmen Serdán”

Impermeabilización

de “Escuela

Telesecundaria

Oficial No. 203

Felipe Berriozábal”

F00 124

FISMDF-028-2019

Educación

Básica

$ 325993.65

Mejoramiento de

barda Perimetral de

“Jardín de Niños

Edmundo Amicis”

95%

“Escuela Primaria

Ignacio Allende”

F00 124

FEFOM-001-2019

FEFOM-007-2019

Desarrollo

Urbano

SubPrograma:

Vialidades

Urbanas

$20061262.36

Repavimentación de

“Calle

Zarzaparrillas”

1ERA Etapa

100%

Repavimentación de

“Calle

Zarzaparrillas”

tramo Av. José López

Portillo” a Eje 3

100%

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2DA Etapa

F00 124

FEFOM-003-2019

FEFOM-004-2019

Desarrollo

Urbano

SubPrograma:

Pavimentación

de Calles

$1566471.05

Construcción de

Pavimento con

Concreto Hidráulico

“Calle Chabacano”

95%

Construcción de

Pavimento con

Concreto Hidráulico

“Cerrada

Narciso Mendoza”

5%

F00 124

FEFOM-005-2019

FEFOM-008-2019

Desarrollo

Urbano

SubPrograma:

Pavimentación

de Calles

$ 4134177.36

Pavimentación con

Concreto Hidráulico

en “Cerrada 1”

30%

Pavimentación con

Concreto Hidráulico

de la “Calle Juárez”

tramo de Vía José

López Portillo a

Calle Francisco I.

Madero”

20%

H00 127

FEFOM-010-2019

Alumbrado

Publico

$ 2167000.00

Material para

proyecto de

Alumbrado Público

de Avenida López

Bonaga

10%

F00 124

FEFOM-011-201

Desarrollo

Urbano

SubPrograma:

Edificaciones

Urbanas

$ 2480150.28

Rehabilitación de

Módulos devigilancia

en el Municipio

30%

F00 124

RP-002-2019

RP-004-2019

RP-005-2019

Desarrollo

Urbano

SubPrograma:

Edificaciones

Urbanas

$64447057.48

Rehabilitación de los

Velatorios

100%

Mejoramiento de las

Galeras

1%

Remodelación de

Presidencia

100%

F00 124

BRP-001-2019

BRP-003-2019

Desarrollo

Urbano

SubPrograma:

Vialidades

Urbanas

$11999095.98

Bacheo en varias

calles y colonias del

Municipio

1era Etapa

100%

$29991025,47

Bacheo en varias

calles y colonias del

Municipio

2da Etapa

80%

PF-001-2019

Desarrollo

Urbano

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F00 124 SubPrograma:

Vialidades

Urbanas

$6363407.66 Rehabilitación de

“Avenida Carlos

Hank González”

0%

F00 124

FISE-001-2019

Vivienda

$ 1417473.60

Construcción de

“Calentadores

Solares” (Suministro

e Instalación para el

Mejoramiento de

Vivienda en el

Municipio)

53%

F00 141

FISE-002-2019

FISE-003-2019

Educación

Básica

SubPrograma:

Educación

Básica con

Calidad

$ 582523.06

Mejoramiento de

Aula en “Jardín de

Niños Sebastián

Bach”

90%

Mejoramiento de

Aula en “Escuela

Primaria Josué

Mirlo”

90%

*FISMDF.- Fondo de Infraestructura Social Municipal y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal

*FEFOM.- Fondo Estatal de Fortalecimiento Municipal

*RP.- Recursos Propio

*BRP.- Bacheo con Recursos Públicos

*FISE.- Fondo de Infraestructura Social para las Entidades

ANEXOS:

MEDIO DIGITAL

Anexos:

1. 1er. Informe de Gobierno. 2. Acta de la 5TA Sesion de Coplademun. 3. PbRM 08b Ficha de los indicadores por programas. 4. PbRM 08c Avance trimestral de metas físicas por proyecto. 5. PbRM 09a Avance presupuestal de ingresos. 6. PbRM 09b Estado comparativo presupuestal de ingresos. 7. PbRM 10a Avance presupuestal de egresos detallado. 8. PbRM 10b Avance presupuestal de egresos. 9. PbRM 10c Estados comparativos presupuestal de egresos. 10. PbRM 11 Seguimiento trimestral del programa anual de obras.

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El Mtro. Anselmo Hilario Zaragoza Esquinca, Secretario del

Ayuntamiento de Coacalco de Berriozábal, Estado de

México, en uso de las facultades que le confieren las

fracciones VIII y XIII del artículo 91 de la Ley Orgánica

Municipal del Estado de México, certificó los puntos de

acuerdo contenidos en la presente Gaceta y ordenó su

publicación.