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NORMAS LEGALES www.elperuano.com.pe FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR Lima, jueves 3 de mayo de 2012 465647 AÑO DE LA INTEGRACIÓN NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA Ley N° 29858.- Ley que otorga amnistía por la posesión irregular o ilegal de armas de uso civil, armas de uso de guerra, municiones, granadas de guerra o explosivos y regulariza su tenencia 465649 Ley N° 29859.- Ley que incorpora el Artículo 317-A al Código Penal 465649 PODER EJECUTIVO AGRICULTURA R.M. N° 0152-2012-AG.- Designan Administrador Técnico Forestal y de Fauna Silvestre Selva Central 465650 R.M. N° 0153-2012-AG.- Aprueban el “Plan de Promoción, Difusión y Práctica del Código de Ética de la Función Pública del Ministerio de Agricultura - 2012” 465650 DEFENSA R.S. N° 177-2012-DE/.- Autorizan viaje de representantes de la FEDEMILPE a Uganda, en comisión de servicios 465651 R.S. N° 178-2012-DE/.- Autorizan viaje de Equipo de Inspección del Ministerio de Defensa a Haití, en comisión de servicios 465652 R.S. N° 179-2012-DE/MGP.- Autorizan viaje de personal militar a Colombia, en comisión de servicios 465653 R.M. N° 421-DE/SG-2012.- Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de los Estados Unidos de América 465653 EDUCACION R.M. N° 0163-2012-ED.- Designan Jefa de la Unidad de Cooperación Financiera No Reembolsable de la Oficina de Cooperación Internacional, dependiente del Viceministerio de Gestión Institucional 465654 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS R.M. N° 0121-2012-JUS.- Encargan el Despacho Viceministerial de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia a la Viceministra de Justicia 465654 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES R.M. N° 099-2012-MIMP.- Designan Jefa de Recursos Humanos de la Unidad Administrativa del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual - PNCVFS 465654 R.M. 100-2012-MIMP.- Designan Jefa de Contabilidad de la Unidad Administrativa del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual - PNCVFS 465655 RELACIONES EXTERIORES RR.MM. N°s. 0439, 0440, 0441, 0442, 0451 y 0453/RE- 2012.- Autorizan viajes de funcionarios diplomáticos a Colombia, Corea, Japón y Bolivia, en comisíón de servicios 465655 RR.MM. N°s. 0454 y 0455/RE-2012.- Autorizan viajes de funcionarios diplomáticos a Colombia y Brasil, en comisión de servicios 465658 SALUD R.M. N° 337-2012/MINSA.- Designan Coordinadora Técnica de la Oficina General de Comunicaciones del Ministerio 465659 R.M. N° 338-2012/MINSA.- Designan Asesor de Alta Dirección del Despacho Viceministerial 465660 R.M. N° 340-2012/MINSA.- Designan Jefa de Oficina de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección de Salud II Lima Sur 465660 R.M. N° 341-2012/MINSA.- Designan funcionarios en la Dirección de Salud V Lima Ciudad 465661 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO R.M. N° 114-2012-TR.- Designan funcionario responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio 465661 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES RR.MM. N°s. 211 y 212-2012-MTC/02.- Autorizan viajes de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU., Chile y Rusia, en comisión de servicios 465662 Sumario Año XXIX - Nº 11827

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NORMAS LEGALESwww.elperuano.com.pe

FUNDADOEN 1825 POR

EL LIBERTADORSIMÓN BOLÍVAR

Lima, jueves 3 de mayo de 2012

465647

AÑO DE LA INTEGRACIÓN NACIONAL Y ELRECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD

PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA

Ley N° 29858.- Ley que otorga amnistía por la posesión irregular o ilegal de armas de uso civil, armas de uso de guerra, municiones, granadas de guerra o explosivos y regulariza su tenencia 465649Ley N° 29859.- Ley que incorpora el Artículo 317-A al Código Penal 465649

PODER EJECUTIVO

AGRICULTURA

R.M. N° 0152-2012-AG.- Designan Administrador Técnico Forestal y de Fauna Silvestre Selva Central 465650R.M. N° 0153-2012-AG.- Aprueban el “Plan de Promoción, Difusión y Práctica del Código de Ética de la Función Pública del Ministerio de Agricultura - 2012” 465650

DEFENSA

R.S. N° 177-2012-DE/.- Autorizan viaje de representantes de la FEDEMILPE a Uganda, en comisión de servicios 465651R.S. N° 178-2012-DE/.- Autorizan viaje de Equipo de Inspección del Ministerio de Defensa a Haití, en comisión de servicios 465652R.S. N° 179-2012-DE/MGP.- Autorizan viaje de personal militar a Colombia, en comisión de servicios 465653R.M. N° 421-DE/SG-2012.- Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de los Estados Unidos de América 465653

EDUCACION

R.M. N° 0163-2012-ED.- Designan Jefa de la Unidad de Cooperación Financiera No Reembolsable de la Ofi cina de Cooperación Internacional, dependiente del Viceministerio de Gestión Institucional 465654

JUSTICIA Y

DERECHOS HUMANOS

R.M. N° 0121-2012-JUS.- Encargan el Despacho Viceministerial de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia a la Viceministra de Justicia 465654

MUJER Y

POBLACIONES VULNERABLES

R.M. N° 099-2012-MIMP.- Designan Jefa de Recursos Humanos de la Unidad Administrativa del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual - PNCVFS 465654R.M. N° 100-2012-MIMP.- Designan Jefa de Contabilidad de la Unidad Administrativa del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual - PNCVFS 465655

RELACIONES EXTERIORES

RR.MM. N°s. 0439, 0440, 0441, 0442, 0451 y 0453/RE-2012.- Autorizan viajes de funcionarios diplomáticos a Colombia, Corea, Japón y Bolivia, en comisíón de servicios 465655RR.MM. N°s. 0454 y 0455/RE-2012.- Autorizan viajes de funcionarios diplomáticos a Colombia y Brasil, en comisión de servicios 465658

SALUD

R.M. N° 337-2012/MINSA.- Designan Coordinadora Técnica de la Ofi cina General de Comunicaciones del Ministerio 465659R.M. N° 338-2012/MINSA.- Designan Asesor de Alta Dirección del Despacho Viceministerial 465660R.M. N° 340-2012/MINSA.- Designan Jefa de Ofi cina de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección de Salud II Lima Sur 465660R.M. N° 341-2012/MINSA.- Designan funcionarios en la Dirección de Salud V Lima Ciudad 465661

TRABAJO Y

PROMOCION DEL EMPLEO

R.M. N° 114-2012-TR.- Designan funcionario responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio 465661

TRANSPORTES Y

COMUNICACIONES

RR.MM. N°s. 211 y 212-2012-MTC/02.- Autorizan viajes de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU., Chile y Rusia, en comisión de servicios 465662

Sumario

Año XXIX - Nº 11827

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 3 de mayo de 2012465648

ORGANISMOS REGULADORES

SUPERINTENDENCIA

NACIONAL DE SERVICIOS

DE SANEAMIENTO

RR. N°s. 020 y 023-2012-SUNASS-PCD.- Designan Asesores de la Presidencia del Consejo Directivo de la SUNASS 465665Res. N° 022-2012-SUNASS-PCD.- Designan Gerente de Políticas y Normas 465665

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

INSTITUTO NACIONAL

DE ESTADISTICA

E INFORMATICA

R.J. N° 112-2012-INEI.- Aprueban Índices Unifi cados de Precios de la Construcción para las seis Áreas Geográfi cas, correspondientes al mes de abril de 2012 465665

PODER JUDICIAL

CORTES SUPERIORES

DE JUSTICIA

Res. Adm. N° 301-2012-P-CSJLI/PJ.- Designan Juez Supernumerario del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Lima 465666Res. Adm. N° 302-2012-P-CSJLI/PJ.- Disponen permanencia de magistrado como Juez Superior Provisional integrante de la Segunda Sala Contencioso Administrativo de Lima 465666Res. Adm. N° 303-2012-P-CSJLI/PJ.- Designan Juez Supernumerario del Sexto Juzgado de Paz Letrado de La Victoria Turno “B” 465667Res. Adm. N° 304-2012-P-CSJLI/PJ.- Designan Juez Supernumeraria del Vigésimo Segundo Juzgado Civil de Lima 465667

ORGANOS AUTONOMOS

BANCO CENTRAL

DE RESERVA

Circular N° 0012-2012-BCRP.- Índice de reajuste diario a que se refi ere el Artículo 240° de la Ley General del Sistema Bancario y del Sistema de Seguros, correspondiente al mes de mayo de 2012 465668

MINISTERIO PUBLICO

RR. N°s. 991, 992, 993, 994, 995, 996, 997, 998 y 999-2012-MP-FN.- Nombran y designan fiscales en los Distritos Judiciales del Santa, Puno, Huánuco, Amazonas, Apurímac, Cajamarca, Ucayali y Lima 465668RR. N°s. 1000 y 1001-2012-MP-FN.- Aceptan renuncias de fi scales del Distrito Judicial de Ancash 465670

SUPERINTENDENCIA DE BANCA,

SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS

DE FONDOS DE PENSIONES

Res. N° 2590-2012.- Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa la conversión de agencia ubicada en el departamento de Junín en ofi cina especial 465671

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE COMAS

Acuerdo N° 019-2012-MDC.- Autorizan viaje del Alcalde a Colombia, en comisión de servicios 465671

MUNICIPALIDAD

DE LA VICTORIA

Ordenanza N° 148-2012/MLV.- Regulan horarios y condiciones para la ejecución de obras en el distrito 465672Ordenanza N° 149-2012/MLV.- Regulan el proceso del Presupuesto Participativo del año 2013 465673

MUNICIPALIDAD

DE PUEBLO LIBRE

D.A. N° 06-2012-MPL.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 386-MPL, que aprobó Régimen Excepcional de Fraccionamiento de Deudas Tributarias para los Pequeños y Micro Contribuyentes 465674

MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS

D.A. N° 007-2012-MDSL.- Aprueban modifi cación del Cronograma de Actividades del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año 2013 465674

MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO

D.A. N° 11-2012-MSS.- Aprueban Reglamento de las Sesiones de la Junta de Delegados Vecinales Comunales 465675

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA

D.A. N° 003-2012/MDV-ALC.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 029-2011/MDV, que establece el Programa de Revalorización Predial mediante la Actualización de Declaraciones Tributarias de Predios por los Contribuyentes del distrito 465677

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

LA BANDA DE SHILCAYO

R.A. N° 137-2012-MDBSH.- Autorizan viaje del Alcalde a EE.UU. para participar en el programa regional “Desarrollo Urbano Sostenible” 465678

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de mayo de 2012 465649

PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA

LEY Nº 29858

EL PRESIDENTE DEL CONGRESODE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE OTORGA AMNISTÍA POR LA POSESIÓN IRREGULAR O ILEGAL DE ARMAS DE USO CIVIL,

ARMAS DE USO DE GUERRA, MUNICIONES, GRANADAS DE GUERRA O EXPLOSIVOS Y

REGULARIZA SU TENENCIA

Artículo 1. Otorgamiento de amnistía y regularización

Concédase la amnistía a las personas naturales o jurídicas que poseen ilegal o irregularmente armas de uso civil, armas de uso de guerra, armas de fuego artesanales, municiones, granadas de guerra o explosivos, que las entreguen a la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Dicscamec), la autoridad policial, militar o el Ministerio Público, en el plazo de ciento veinte días calendario, contado a partir de la vigencia de la Ley, a fi n de regularizar su tenencia o proceder a su confi scación según corresponda.

Esta amnistía también es aplicable a las personas que omitieran denunciar la pérdida o sustracción de armas de fuego de uso civil y/o armas de guerra.

Artículo 2. Derechos del amnistiadoLas personas a que se refi ere el artículo 1 gozan de

los siguientes derechos:

a) Derecho a solicitar a la autoridad correspondiente la presencia de un notario público, un fi scal, un juez de paz o de una autoridad comunal o eclesiástica que deje constancia de la entrega del arma, munición, granadas de guerra, armas de fuego artesanales o explosivos, o de la omisión de la denuncia por pérdida o sustracción.

b) Derecho al anonimato, a su solicitud.c) Derecho a una constancia de internamiento

otorgada por la autoridad correspondiente, que le permita al titular solicitar la posterior devolución del arma, en caso de que esta sea de uso particular.

d) Derecho a que no se ejerza contra ellas, según sea el caso, acción penal, civil o administrativa por la tenencia ilegal o irregular de armas de uso civil, armas de uso de guerra, municiones, granadas de guerra o explosivos.

e) Derecho a que se les condone las deudas pendientes ante la autoridad correspondiente en el caso de licencia vencida.

Artículo 3. Destino fi nalLa autoridad policial, militar y el Ministerio Público

que reciban armas de uso civil, armas de uso de guerra, municiones, granadas de guerra o explosivos, deben remitirlas en un plazo no mayor de cinco días calendario a la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Dicscamec) para el procesamiento correspondiente, a fi n de establecer su destino fi nal, de conformidad con el reglamento de la presente Ley.

Artículo 4. Proceso penal y sanciónVencido el plazo establecido en el artículo 1, las

personas naturales o jurídicas que poseen en forma ilegal

o irregular armas de uso civil, armas de uso de guerra, armas de fuego de uso artesanal, municiones, granadas de guerra o explosivos, serán sancionadas administrativa, civil o penalmente según corresponda.

Artículo 5. Convenios con la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Dicscamec)

Las entidades del Gobierno Nacional, gobierno regional y gobierno local pueden celebrar convenios, en coordinación con la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Dicscamec) para implementar programas orientados a lograr los fi nes a que se refi ere la presente Ley.

Artículo 6. Acción preventiva multisectorialLas entidades del Gobierno Nacional, gobierno

regional y gobierno local formulan y ejecutan programas preventivos, disuasivos y concientizadores de capacitación, difusión y control, para reducir la venta ilegal, la violencia y las consecuencias por el uso indebido de armas de fuego, municiones, granadas de guerra y explosivos.

Artículo 7. Licencias vencidasAutorízase a la Dirección General de Control de

Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Dicscamec) para publicar la relación de las licencias vencidas, para su renovación.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL

ÚNICA. ReglamentaciónEl Poder Ejecutivo, en un plazo no mayor de quince

días calendario, contado a partir de la vigencia de la Ley, dicta las disposiciones reglamentarias que sean necesarias para su debido cumplimiento.

POR TANTO:

Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, aceptándose las observaciones formuladas por el señor Presidente Constitucional de la República, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 de la Constitución Política del Perú, ordeno que se publique y cumpla.

En Lima, a los veinte días del mes de abril de dos mil doce.

DANIEL ABUGATTÁS MAJLUFPresidente del Congreso de la República

MANUEL ARTURO MERINO DE LAMAPrimer Vicepresidente del Congreso de la República

783956-1

LEY Nº 29859

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la RepúblicaHa dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE INCORPORA EL ARTÍCULO 317-A AL CÓDIGO PENAL

Artículo único. Incorporación del artículo 317-A al Código Penal

Incorpórase el artículo 317-A al Código Penal, el cual quedará redactado en los términos siguientes:

“Artículo 317-A.- Marcaje o reglajeEl que para cometer o facilitar la comisión de los delitos tipificados en los artículos 106, 107,

Page 4: 03 05-2012

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 3 de mayo de 2012465650

108, 121, 124-A, 152, 153, 170, 171, 172, 173, 173-A, 175, 176, 176-A, 177, 185, 186, 188, 189 o 200 del Código Penal, realiza actos de acopio de información; o realiza actos de vigilancia o seguimiento de personas; o tiene en su poder armas, vehículos, teléfonos u otros instrumentos para facilitar la comisión del delito, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años.Constituye circunstancia agravante si el sujeto activo es funcionario o servidor público o mantiene o hubiese mantenido vínculo laboral con el sujeto pasivo o mantiene o hubiese mantenido con este último vínculo que lo impulse a depositar en él su confi anza o utilice para su realización a un menor de edad. En estos casos la pena privativa de libertad será no menor de seis ni mayor de diez años.”

Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación.

En Lima, a los doce días del mes de abril de dos mil doce.

DANIEL ABUGATTÁS MAJLUFPresidente del Congreso de la República

YEHUDE SIMON MUNAROSegundo Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de mayo del año dos mil doce.

OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la República

ÓSCAR VALDÉS DANCUARTPresidente del Consejo de Ministros

783956-2

PODER EJECUTIVO

AGRICULTURA

Designan Administrador Técnico Forestal y de Fauna Silvestre Selva Central

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0152-2012-AG

Lima, 27 de abril de 2012

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 487-2011-AG, se designó al Ingeniero Ricardo Roberto Woolcott Echevarria, las funciones de Administrador Técnico Forestal y de Fauna Silvestre Selva Central;

Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación efectuada y designar a su reemplazante;

De conformidad con la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos, Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 031-2008-AG;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación del Ingeniero Ricardo Roberto Woolcott Echevarria, como Administrador Técnico Forestal y de Fauna Silvestre Selva Central, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2°.- Designar, a partir de la fecha, al Ingeniero Angel Yversen Landeo Sinche, Administrador Técnico Forestal y de Fauna Silvestre Selva Central.

Registrese, comuníquese y publíquese.

LUIS GINOCCHIO BALCÁZARMinistro de Agricultura

783825-1

Aprueban el “Plan de Promoción, Difusión y Práctica del Código de Ética de la Función Pública del Ministerio de Agricultura – 2012”

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0153-2012-AG

Lima, 27 de abril de 2012

VISTO:

La Ley Nº 27815 que aprueba el Código de Ética de la Función Pública, el Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2005-PCM, la Directiva Nº 004-2009-SEGMA “Directiva sobre la Aplicación de la Promoción del Código de Ética de la Función Pública en el Ministerio de Agricultura” “Plan para la Promoción, Difusión y Práctica del Código de Ética de la Función Pública del Ministerio de Agricultura”;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley 27815 del Código de ética de la Función Pública, modifi cada por la Ley Nº 28496, regula los principios, deberes y prohibiciones éticos e incentivos que rigen para los empleados públicos de las entidades de la Administración Pública, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4º del presente Código y Artículo 1º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, incluyendo a las empresas públicas, cuyos fi nes de la función pública son el servicio a la Nación. Actuándose bajo los principios de: respeto, probidad, efi ciencia, idoneidad, veracidad, lealtad - obediencia, justicia - equidad, y lealtad al estado de derecho; con los deberes de: neutralidad, transparencia, discreción, responsabilidad, uso adecuado del cargo y uso adecuado de los bienes del Estado y; las prohibiciones sobre: mantener intereses de confl icto, realizar actividades de proselitismo político, hacer mal uso de Información privilegiada; presionar, amenazar y/o acosar. Debiendo el Órgano de la Alta Dirección ejecutar, las medidas para promover la cultura de probidad, transparencia, justicia y servicio público (Difusión del Código de Ética) conforme se establece en el artículo 9º del presente Código;

Que, el Decreto Supremo Nº 033-2005-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley del Código de Ética de la Función Pública, desarrolla las disposiciones contenidas en la Ley del Código de Ética de la Función Pública, para lograr que los empleados públicos, conforme a la Ley, actúen con probidad durante el desempeño de su función. Los empleados públicos están obligados a observar los principios, deberes y prohibiciones que se señalan en el capítulo II de la Ley; cuya infracción dará lugar a la aplicación de las sanciones correspondientes. Para lo cual Los mecanismos de protección, así como los incentivos y estímulos a los que se refi ere el artículo 9º de la Ley, se aprueban por Resolución Ministerial conforme se dispone en los artículos 21º y 22º del presente Reglamento;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 050-2009-PCM, se aprueba la Directiva Nº 001-2009-PCM/SGP, sobre Lineamientos para la Promoción de Ética de la Función Pública entidades Públicas;

Page 5: 03 05-2012

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de mayo de 2012 465651

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0626-2009-AG, de fecha 19 de agosto de 2009 se resuelve en su artículo 1º; aprobar el Código de Ética del Empleado Público del Ministerio de Agricultura que consta de cinco capítulos, diecisiete artículos y tres disposiciones complementarias fi nales. Asimismo, la Primera Disposición Complementaria Final del Código de Ética del Empleado Público del Ministerio de Agricultura, prevé que mediante la Directiva correspondiente se determinara la conformación del Grupo de Trabajo para el fomento de la ética, de las actividades a desarrollar, del procedimiento sancionador y las sanciones a imponer, así como las demás disposiciones pertinente que permitan la aplicación correcta de la Ley 27815, su reglamento y el Código de Ética;

Que, mediante la Directiva Nº 004-2009-SEGMA de fecha 19 de agosto del 2009 se establecen las orientaciones para la aplicación de las disposiciones del Código de Ética de conformidad con su normativa, el Reglamento y demás normas complementarias, disponiéndose así que el grupo de trabajo correspondiente elabore el “Plan de Actividades de Difusión” del mismo que coadyuvara al plan operativo institucional;

Que, en el ámbito de lo dispuesto los miembros del Equipo Técnico han elaborado el “Plan de Promoción, Difusión y Práctica del Código de Ética de la Función Pública del Ministerio de Agricultura – 2012”, documento que se encuentra subdividido en cuatro (04) partes: 1) Introducción, 2) Marco Organizacional, 3) Marco Orientador del Plan de Difusión y, 4) Anexos, herramienta documentaria que corresponde a la propuesta del Plan de Difusión del Código de Ética de la Función Pública, Ley Nº 27815, con la fi nalidad de promover su utilización en el desempeño de la función pública de los empleados públicos del Ministerio de Agricultura, señalando los principios, conductas, impedimentos, incompatibilidades, prohibiciones, responsabilidades e incentivos, con el fi n de propiciar un ambiente adecuado para el desempeño de la función pública, dentro del marco de la moralidad, honestidad y ética personal; por lo que resulta necesario aprobar el mencionado plan de actividades referente al Código de Ética;

Que, en ese orden y, de conformidad, con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, Ley Nº 26889, Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2006-JUS, Decreto Supremo Nº 017-2001-AG, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar el “Plan de Promoción, Difusión y Práctica del Código de Ética de la Función Pública del Ministerio de Agricultura – 2012”, herramienta documentaria diseñada para fomentar la formación de una cultura ética en el ejercicio de la función pública, así como la mejora de la gestión y de la relación con los usuarios del servicio (administrados), a través de la promoción, difusión y práctica del Código de Ética de la Función Pública.

Artículo 2º.- Crear el Comité de Ética del Ministerio de Agricultura, con el propósito de velar por el cumplimiento del Código de Ética al interior del Ministerio de Agricultura, que estará integrado por el: Secretario General (Presidente); Director de la Unidad de Personal (Secretario Técnico); Director de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; Director de la Ofi cina General de Administración; Director de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto; Presidente de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios.

Artículo 3º.- El Comité de Ética, tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Resolución, para la elaboración de su Reglamento Interno.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS GINOCCHIO BALCÁZARMinistro de Agricultura

783825-2

DEFENSA

Autorizan viaje de representantes de la FEDEMILPE a Uganda, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN SUPREMANº 177-2012-DE/

Lima, 2 de mayo de 2012

CONSIDERANDO:

Que, la Federación Deportiva Militar del Perú (FEDEMILPE) es el ente rector de las actividades físicas y deportivas de las Fuerzas Armadas a nivel nacional, con representación ante la Unión Deportiva Militar Sudamericana (UDMSA), y la Presidencia de su Directorio es ejercida en forma rotativa entre los Directores de las Escuelas de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, y de acuerdo a la rotación institucional establecida, le corresponde asumir la citada presidencia para el Año Fiscal 2012, al Director de la Escuela Naval del Perú;

Que, el Consejo Internacional del Deporte Militar (CISM) es un organismo deportivo internacional militar cuyos miembros son las Fuerzas Armadas, Policiales y/o Auxiliares de los países de los continentes de América, África, Europa y Asia y cuya autoridad suprema es la Asamblea General (organismo constituido por los delegados de los países miembros) y que es representado por el Presidente del Comité Ejecutivo;

Que, por ser conveniente para los intereses institucionales del Sector Defensa, se ha considerado la asistencia de dos (2) representantes de las Fuerzas Armadas a la Asamblea General y Congreso del Consejo Internacional del Deporte Militar (CISM); a realizarse en la ciudad de Kampala - Uganda, del 11 al 20 de mayo del presente año, con la fi nalidad de mantener preeminencia en el ámbito mundial, en provecho del deporte militar nacional y mundial, contribuyendo de esta manera al fortalecimiento de las relaciones de confi anza mutua;

Que, el viaje que se autoriza se encuentra previsto en el ítem 80, del Rubro 5: Medidas de Confi anza Mutua del Anexo 01 (RO) del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2012, aprobado con Resolución Suprema Nº 014-2012-DE/ de fecha 13 de enero de 2012;

Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE/ del 29 de marzo de 2011; Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004 del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009 - Determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio de Defensa;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar del 11 al 20 de mayo de 2012, el viaje de Comisión de Servicio al Exterior al señor Contralmirante Cristian Eduardo LINDLEY RUÍZ, CIP. 00813023, DNI. 43330969, Presidente de la Federación Deportiva Militar del Perú - FEDEMILPE y al señor Capitán de Fragata Renzo CORVETTO DEL ALAMO, CIP. 01816809, DNI. 43333866, secretario de la citada Federación, para que participen en la Asamblea General y Congreso del Consejo Internacional del Deporte Militar - CISM, que se realizará en la ciudad de Kampala, República de Uganda.

Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Administración General efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle:

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 3 de mayo de 2012465652

Pasajes (Lima - Kampala - Lima):

US$ 4,000 x 2 personas (Incluye TUUA) US$ 8,000

Viáticos:

US$ 200 x 2 personas x 10 días US$ 4,000 ----------------Total: US$ 12,000

Artículo 3º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país; asimismo, dentro del referido plazo cumplirán también con presentar la correspondiente rendición de cuentas, conforme a lo establecido en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM.

Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante.

Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la República

OSCAR VALDÉS DANCUARTPresidente del Consejo de Ministros

LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDAMinistro de Defensa

783956-3

Autorizan viaje de Equipo de Inspección del Ministerio de Defensa a Haití, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN SUPREMANº 178-2012-DE/

Lima, 2 de mayo de 2012

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ofi cio Nº 107-2012-IG/K.3 del 29 de marzo de 2012, la Inspectoría General del Ministerio de Defensa, comunica que dentro del Cronograma de Actividades de Control del presente año, aprobado mediante Directiva Nº 001-2012-MINDEF/IG/K “Ejecución de Inspecciones de la Inspectoría General del Ministerio de Defensa para el año 2012” de fecha 10 de enero de 2012, la acción de control - inspección a la Compañía Perú desplegada en la República de Haití, prevista para el mes de abril de 2012, fue postergada para realizarse en el período comprendido entre el 14 al 18 de mayo del presente año;

Que, la acción de control- inspección tiene particular importancia en razón que permitirá conocer cómo se viene desempeñando la mencionada Compañía, lo que permitirá disponer las medidas correctivas y recomendaciones que correspondan;

Que, el viaje se encuentra incluido en el Rubro 6.- Actividades de Inspectoría, Item 3, del Anexo 1, del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2012, aprobado con Resolución Suprema Nº 014-2012-DE de fecha 13 de enero de 2012 y su modifi catoria

aprobada con Resolución Suprema Nº 017-2012 DE/SG de fecha 20 de enero de 2012;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicio de un Equipo de Inspección del Ministerio de Defensa, a la ciudad de Puerto Príncipe, República de Haití, del 14 al 18 de mayo de 2012, para realizar una acción de control - inspección a la Compañía Perú desplegada en dicho país, el mismo que estará integrado por las siguientes personas:

- Vicealmirante AP (r) Juan Manuel SIERRALTA FAIT- Capitán de Fragata Daniel Felipe VALENCIA JÁUREGUI- Teniente Coronel EP Ladislao Ampelio SÁNCHEZ ESPINOZA- Comandante FAP Edwin NÚÑEZ DEL PRADO MALDONADO

Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Administración General, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al detalle siguiente:

Pasajes (Lima - Puerto Príncipe (Haití) - Lima):

US$ 1,631.00 x 4 personas (Incluye TUUA) US$ 6,524.00

Viáticos:

US$ 240.00 x 4 personas x 5 días US$ 4,800.00

Total: US$ 11,324.00

Artículo 3º.- El personal comisionado, deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentación de viáticos.

Artículo 4º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 5º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.

Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuesto o derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación.

Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la República

ÓSCAR VALDÉS DANCUARTPresidente del Consejo de Ministros

LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDAMinistro de Defensa

783956-4

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de mayo de 2012 465653

Autorizan viaje de personal militar a Colombia, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN SUPREMANº 179-2012-DE/MGP

Lima, 2 de mayo de 2012

Visto, el Ofi cio P.200-0660 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 6 de marzo de 2012;

CONSIDERANDO:

Que, anualmente la Marina de Guerra del Perú viene participando en Ejercicios Fluviales con la Armada Nacional de la República de Colombia y la Armada de la República Federativa del Brasil (BRACOLPER), para lo cual se dispone el desplazamiento de Cañoneras Fluviales por cada país, a fi n que efectúen una serie de actividades operacionales y protocolares de manera conjunta por el río Amazonas, habiéndose previsto la Reunión de Planeamiento de los Ejercicios Fluviales entre la Marina de Guerra del Perú, la Armada Nacional de la República de Colombia y la Armada de la República Federativa del Brasil;

Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 4: Actividades Operacionales, Ítem 35, Anexo 1 (RO) del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2012, aprobado por Resolución Suprema Nº 014-2012-DE, de fecha 13 de enero de 2012;

Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2012 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el Artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002;

Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio de Personal Naval, para que participe en la Reunión de Planeamiento de los Ejercicios Fluviales entre la Marina de Guerra del Perú, la Armada Nacional de la República de Colombia y la Armada de la República Federativa del Brasil (BRACOLPER), a realizarse en la ciudad de Leticia, República de Colombia, del 14 al 18 de mayo de 2012; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de la Institución;

De conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio;

Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio del Capitán de Navío Francisco José BOLAÑOS Chavarri, CIP. 00810277, DNI. 43432082, del Capitán de Fragata Imanol LAUCÍRICA Lizarzaburu, CIP. 00959066, DNI. 43314889 y del Capitán de Fragata Renan Antonio HERMOZA Bellatín, CIP. 00952023, DNI. 43564672, para que participen en la Reunión de Planeamiento de los Ejercicios Fluviales entre la Marina de Guerra del Perú, la Armada Nacional de la República de Colombia y la Armada de la República Federativa del Brasil (BRACOLPER), a realizarse en la ciudad de Leticia, República de Colombia, del 14 al 18 de mayo de 2012.

Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasajes Fluviales: Iquitos - Leticia (COLOMBIA) - IquitosUS$ 140.00 x 3 personas US$ 420.00

Viáticos:US$ 200.00 x 5 días x 3 personas US$ 3,000.00 TOTAL A PAGAR: US$ 3,420.00

Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.

Artículo 4º.- Los Ofi ciales Superiores comisionados, deberán cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentación de viáticos.

Artículo 5º.- El Ofi cial Superior más antiguo, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha del retorno al país.

Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneraciones ni liberación de impuesto aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la República

ÓSCAR VALDÉS DANCUARTPresidente del Consejo de Ministros

LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDAMinistro de Defensa

783956-5

Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de los Estados Unidos de América

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 421-DE/SG-2012

Lima, 16 de abril de 2012

CONSIDERANDO:

Que, con Facsímil (DSD) Nº 234 de fecha 27 de marzo de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra;

Que, personal militar de los Estados Unidos de América, realizará un entrenamiento en las sedes del Centro de Investigaciones de Enfermedades Tropicales - NAMRU-6 ubicadas en las ciudades de Iquitos y Lima, así como una visita a hospitales de la zona;

Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 3 de mayo de 2012465654

en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores;

Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú, y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin armas de guerra, al Teniente Primero Janie A Zubier, del 4 al 31 de mayo de 2012, y al Capitán Charla Tully del 5 de mayo al 6 de junio de 2012, para realizar un entrenamiento en las sedes del Centro de Investigaciones de Enfermedades Tropicales - NAMRU-6 ubicadas en las ciudades de Iquitos y Lima.

Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cada por Ley Nº 28899.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDAMinistro de Defensa

783096-1

EDUCACION

Designan Jefa de la Unidad de Cooperación Financiera No Reembolsable de la Oficina de Cooperación Internacional, dependiente del Viceministerio de Gestión Institucional

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0163-2012-ED

Lima, 2 de mayo de 2012

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2012-ED se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación el cual contempla, como uno de los órganos de línea dependiente del Viceministerio de Gestión Institucional, a la Ofi cina de Cooperación Internacional de la cual depende la Unidad de Cooperación Financiera No Reembolsable;

Que, se encuentra vacante la plaza correspondiente al Jefe de la Unidad de Cooperación Financiera No Reembolsable;

Que, resulta necesario designar al funcionario que ejercerá el cargo al que se hace mención en el considerando precedente;

De conformidad, con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios, la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público; en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo Nº 006-2012-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar a la señorita Rosa Beatriz Soria Torres, como Jefa de la Unidad de Cooperación

Financiera No Reembolsable de la Ofi cina de Cooperación Internacional, dependiente del Viceministerio de Gestión Institucional del Ministerio de Educación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PATRICIA SALAS O’BRIENMinistra de Educación

783947-1

JUSTICIA Y DERECHOS

HUMANOS

Encargan el Despacho Viceministerial de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia a la Viceministra de Justicia

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0121-2012-JUS

Lima, 27 de abril de 2012

CONSIDERANDO:

Que, el Viceministro de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia, realizará una Comisión de Servicios en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 01 de mayo al 05 de mayo de 2012, a fi n de participar en la Reunión de Ministros de Defensa, Justicia y Relaciones Exteriores de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR);

Que, en tal sentido el citado funcionario se ausentará del país, por lo que es necesario encargar el Despacho del Viceministro de Justicia y Derechos Humanos, en tanto dure la ausencia del Titular;

Que, el artículo 26º de la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden encargar a un Viceministro para que, con retención de su cargo, desempeñe el de otro Viceministro por ausencia del Titular;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Encargar el Despacho Viceministerial de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia, a la Señora Doctora Eda Adriana Rivas Franchini, Viceministra de Justicia, a partir del 01 de mayo de 2012 y mientras dure la ausencia del Titular.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN F. JIMÉNEZ MAYORMinistro de Justicia y Derechos Humanos

783952-1

MUJER Y POBLACIONES

VULNERABLES

Designan Jefa de Recursos Humanos de la Unidad Administrativa del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual - PNCVFS

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 099-2012-MIMDES

Lima, 2 de mayo de 2012

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de mayo de 2012 465655

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 006-2012-MIMP se designó a la abogada Carla Marina Pérez Casquino en el cargo de Jefa de Recursos Humanos de la Unidad Administrativa del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual – PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP;

Que, la abogada Carla Marina Pérez Casquino ha formulado renuncia al citado cargo, la que resulta pertinente aceptar, así como emitir el acto de administración mediante el cual se designe a la persona que se desempeñará en dicho cargo;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1098 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; y, el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada CARLA MARINA PÉREZ CASQUINO al cargo de Jefa de Recursos Humanos de la Unidad Administrativa del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual – PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- Designar a la economista MIRIAM YANET CARREÑO BERNAL en el cargo de Jefa de Recursos Humanos de la Unidad Administrativa del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual – PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP.

Artículo 3.- La citada profesional, al término de su designación retornará a la plaza del Cuadro para Asignación de Personal del MIMP de la cual es titular.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA JARA VELÁSQUEZMinistra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

783942-1

Designan Jefa de Contabilidad de la Unidad Administrativa del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual - PNCVFS

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 100-2012-MIMP

Lima, 2 de mayo de 2012

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 172-2009-MIMDES se designó a la señora Elvira Giovana Siccha Macassi en el cargo de Jefa de Contabilidad de la Unidad Administrativa del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual – PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMP (actualmente Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP);

Que, por convenir al servicio, es necesario dar por concluida la citada designación, así como emitir el acto de administración por el que se designe a la persona que la reemplazará;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1098 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP;

y, el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la señora ELVIRA GIOVANA SICCHA MACASSI en el cargo de Jefa de Contabilidad de la Unidad Administrativa del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual – PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- Designar a la señora BERTHA BEATRIZ BARRENECHEA IZQUIERDO en el cargo de Jefa de Contabilidad de la Unidad Administrativa del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual – PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP.

Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial al Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual – PNCVFS.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA JARA VELÁSQUEZMinistra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

783942-2

RELACIONES EXTERIORES

Autorizan viajes de funcionarios diplomáticos a Colombia, Corea, Japón y Bolivia en comisión de servicios

RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 0439/RE-2012

Lima, 27 de abril de 2012

CONSIDERANDO:

Que, se realizarán la V Ronda de Reuniones Técnicas y la IV Reunión del Grupo de Alto Nivel (GAN) de la Alianza del Pacífi co, en la ciudad de Bogotá, Distrito Capital, República de Colombia, del 03 al 04 de mayo de 2012, con miras a la preparación de la próxima Cumbre Presidencial de la Alianza del Pacífi co;

Que, la Alianza del Pacífi co es una iniciativa para conformar un área de integración profunda con avances en la liberación del comercio de bienes y la libre circulación de servicios, capitales y personas, como una estrategia para consolidar una plataforma económica común para proyectarse al área del Pacífi co y al mundo;

Que, resulta necesaria la participación del Viceministro de Relaciones Exteriores en la IV Reunión del Grupo de Alto Nivel (GAN) de la Alianza del Pacífi co, que se celebrará en la ciudad de Bogotá, Distrito Capital, República de Colombia, el 04 de mayo de 2012;

Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) Nº 1851, del Despacho Viceministerial, de 25 de abril de 2012; y los Memoranda (DAE) N° DAE0479/2012, de la Dirección General para Asuntos Económicos, de 24 de abril de 2012 y (OPR) N° OPR0262/2012, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 26 de abril de 2012, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje;

De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 3 de mayo de 2012465656

la República José Rafael Eduardo Beraún Araníbar, Viceministro de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Bogotá, Distrito Capital, República de Colombia, el 04 de mayo de 2012, para que participe en la IV Reunión del Grupo de Alto Nivel (GAN) de la Alianza del Pacífi co.

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 19437: Integración Política y Negociaciones Económico Comerciales Internacionales, debiendo presentar la rendición de cuenta de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apel-lidos

PasajesClase

EconómicaUS$

Viáticospor día

US$

Númerode

días

Totalviáticos

US$

José Rafael Eduardo Beraún Araníbar 1,315.00 200.00 1+1 400.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar ante el Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asista.

Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSOMinistro de Relaciones Exteriores

783442-1

RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 0440/RE-2012

Lima, 27 de abril de 2012

CONSIDERANDO:

Que, se realizarán la V Ronda de Reuniones Técnicas y la IV Reunión del Grupo de Alto Nivel (GAN) de la Alianza del Pacífi co, en la ciudad de Bogotá, Distrito Capital, República de Colombia, del 03 al 04 de mayo de 2012, con miras a la preparación de la próxima Cumbre Presidencial de la Alianza del Pacífi co;

Que, la Alianza del Pacífi co es una iniciativa para conformar un área de integración profunda con avances en la liberación del comercio de bienes y la libre circulación de servicios, capitales y personas, como una estrategia para consolidar una plataforma económica común para proyectarse al área del Pacífi co y al mundo;

Que, la Dirección General para Asuntos Económicos, a través de la Dirección de Integración, preside el Grupo Técnico de Cooperación y Mecanismos de Solución de Diferencias de la Alianza del Pacífi co;

Teniendo en cuenta los Memoranda (DAE) N° DAE0479/2012, de la Dirección General para Asuntos Económicos, de 24 de abril de 2012; y (OPR) N° OPR0256/2012, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 26 de abril de 2012, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje;

De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Luis Alberto Castro Joo, Director de Integración, de la Dirección General para Asuntos Económicos, a la

ciudad de Bogotá, Distrito Capital, República de Colombia, del 03 al 04 de mayo de 2012, para que participe en la V Ronda de Reuniones Técnicas y la IV Reunión del Grupo de Alto Nivel (GAN) de la Alianza del Pacífi co.

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 19437: Integración política y Negociaciones Económico comerciales Internacionales, debiendo presentar la rendición de cuenta de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos

PasajesClase

EconómicaUS$

Viáticospor día

US$

Númerode

días

Totalviáticos

US$

Luis Alberto Castro Joo 1,199.98 200.00 2+1 600.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar ante el Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asista.

Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSOMinistro de Relaciones Exteriores

783442-2

RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 0441/RE-2012

Lima, 27 de abril de 2012

CONSIDERANDO:

Que, el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores es el órgano de dirección política de la Comunidad Andina, encargado de asegurar la consecución de los objetivos del proceso andino de integración y de formular y ejecutar la política exterior de la Comunidad Andina, entre cuyas principales funciones y atribuciones se encuentra la de considerar y aprobar las propuestas de “Decisiones” que la Secretaría General o los Países Miembros sometan a su consideración;

Que, se realizará la XXIV Reunión Ordinaria del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y la XXXV Reunión del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores en Reunión Ampliada con los Representantes Titulares ante la Comisión de la Comunidad Andina, en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, el 03 de mayo de 2012;

Que, dentro del marco de los objetivos fi jados por el Gobierno en materia de integración regional, que prioriza la integración andina como uno de los pilares centrales de la política exterior, la Dirección General para Asuntos Económicos y la Subdirección de Comunidad Andina, de la Dirección de Integración, tienen una activa participación;

Teniendo en cuenta los Memoranda (DAE) N° DAE0475/2012, de la Dirección General para Asuntos Económicos, de 23 de abril de 2012; y (OPR) N° OPR0258/2012, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 26 de abril de 2012, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje;

De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012;

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de mayo de 2012 465657

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Juan Fernando Javier Rojas Samanez, Director General para Asuntos Económicos, a la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, el 03 de mayo de 2012, para que participe en la XXIV Reunión Ordinaria del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y en la XXXV Reunión del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores en Reunión Ampliada con los Representantes Titulares ante la Comisión de la Comunidad Andina.

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 19437: Integración política y Negociaciones Económico, comerciales Internacionales, debiendo presentar la rendición de cuenta de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos

PasajesClase

EconómicaUS$

Viáticospor día

US$

Númerode

días

Totalviáticos

US$

Juan Fernando Javier Rojas Samanez 1,225.60 200.00 1+1 400.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático presentará ante el Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asista.

Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSOMinistro de Relaciones Exteriores

783442-3

RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 0442/RE-2012

Lima, 27 de abril de 2012

CONSIDERANDO:

Que, el señor Presidente de la República Ollanta Moisés Humala Tasso tiene previsto realizar una gira ofi cial por el continente asiático, que incluye Visitas Ofi ciales a Japón y a la República de Corea, del 08 al 12 de mayo del 2012;

Que, la Visita Ofi cial a la República de Corea incluirá, además de las actividades ofi ciales en la ciudad de Seúl, la visita al Complejo Industrial y Petroquímico en la ciudad de Ulsan, así como la participación del señor Presidente de la República en la Inauguración Ofi cial de la Expo Yeosu, en la ciudad de Yeosu;

Que, con la fi nalidad de coordinar los preparativos y la ejecución de los aspectos protocolares y de ceremonial vinculados a las mencionadas Visitas Ofi ciales, es necesario que el Director General de Protocolo y Ceremonial del Estado, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Eduardo Román Morey, viaje a los citados países en Misión de Avanzada, del 02 al 07 de mayo de 2012;

Teniendo en cuenta los Memoranda (PRO) Nº PRO0302/2012, de la Dirección General de Protocolo y Ceremonial del Estado, de 23 de abril de 2012; y (OPR) N° OPR0252/2012, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 24 de abril de 2012, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje;

De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y

modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Eduardo Román Morey, Director General de Protocolo y Ceremonial del Estado, del 02 al 07 de mayo de 2012, en Misión de Avanzada a los siguientes destinos, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución:

• Seúl, Ulsan y Yeosu, República de Corea, del 02 al 05 de mayo de 2012;

• Tokio, Japón, del 06 al 07 de mayo de 2012.

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 33569: Atención del Protocolo y Ceremonial del Estado y las Inmunidades y Privilegios de los Diplomáticos Extranjeros, debiendo presentar la rendición de cuenta de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apel-lidos

PasajesClase

EconómicaUS$

Tren hacia YeosuUS$

Pasaje aéreo ha-cia Ulsan

US$

Viáticospor día

US$

Númerode

días

Totalviáticos

US$

Jorge Eduardo Román Morey 2,899.24 150.00 200.00 260.00 6 1,560.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático presentará ante el Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asista.

Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSOMinistro de Relaciones Exteriores

783442-4

RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 0451/RE-2012

Lima, 27 de abril de 2012

CONSIDERANDO:

Que, resulta necesario autorizar el viaje del Director de Política Consular, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, y de un representante de la Ofi cina de Gestión del Servicio Exterior, de la Ofi cina General de Administración, al Estado Plurinacional de Bolivia, del 28 de abril al 05 de mayo de 2012, a fi n de que efectúen una evaluación de control interno a las Ofi cinas Consulares del Perú con sede en las ciudades de Cochabamba y El Alto;

Teniendo en cuenta los Memoranda (DGC) N° DGC0268/2012, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, de 24 de abril de 2012; y (OPR) N° OPR0259/2012, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 26 de abril de 2012, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje;

De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Régimen

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 3 de mayo de 2012465658

Especial de Contratación Administrativa de Servicios y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 075-2008-PCM; la Resolución Ministerial 0531-2011/RE, que aprueba la Directiva para la aplicación del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y su Reglamento; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios, a las ciudades de Cochabamba y El Alto, Estado Plurinacional de Bolivia, del 28 de abril al 05 de mayo de 2012, a fi n de realizar una evaluación de control interno al Consulado General del Perú en Cochabamba y al Consulado del Perú en El Alto:

• Ministro en el Servicio Diplomático de la República, Jorge Antonio Méndez Torres-Llosa, Director de Política Consular, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares; y,

• Señor Samuel Aguilu Valverde Aramburú, Contratado Administrativo de Servicios de la Ofi cina de Gestión del Servicio Exterior, de la Ofi cina General de Administración.

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 33829: Misiones Consulares, debiendo presentar la rendición de cuenta de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y ApellidosPasajesClase

EconómicaUS$

Viáticospor día

US$

Númerode

días

Totalviáticos

US$

Jorge Antonio Méndez Torres-Llosa 1,478.79 200.00 08 1,600.00

Samuel Aguilu Valverde Aramburú 1,478.79 200.00 08 1,600.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios deberán presentar ante el Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSOMinistro de Relaciones Exteriores

783442-5

RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 0453/RE-2012

Lima, 2 de mayo de 2012

CONSIDERANDO:

Que, el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores es el órgano de dirección política de la Comunidad Andina, encargado de asegurar la consecución de los objetivos del proceso andino de integración y de formular y ejecutar la política exterior de la Comunidad Andina, entre cuyas principales funciones y atribuciones se encuentra la de considerar y aprobar las propuestas de “Decisiones” que la Secretaría General o los Países Miembros sometan a su consideración;

Que, se realizará la XXIV Reunión Ordinaria del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y la XXXV

Reunión del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores en Reunión Ampliada con los Representantes Titulares ante la Comisión de la Comunidad Andina, en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, el 03 de mayo de 2012; eventos a los que asistirá el Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores del Perú, señor Fortunato Rafael Roncagliolo Orbegoso;

Que, resulta necesaria la participación de un funcionario de la Cancillería para que acompañe al Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores en las citadas reuniones;

Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAB) Nº 629, del Despacho Ministerial, de 24 de abril de 2012; y el Memorándum (OPR) N° OPR0265/2012, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 26 de abril de 2012, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje;

De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Francisco Javier Pella Plenge, funcionario del Despacho Ministerial, a la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, el 03 de mayo de 2012, para que acompañe al Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores en la XXIV Reunión Ordinaria del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y en la XXXV Reunión del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores en Reunión Ampliada con los Representantes Titulares ante la Comisión de la Comunidad Andina.

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 19437: Integración política y Negociaciones Económico, comerciales Internacionales, debiendo presentar la rendición de cuenta de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y ApellidosPasajesClase

EconómicaUS$

Viáticospor día

US$

Númerode

días

Totalviáticos

US$

Francisco Javier Pella Plenge 1,296.94 200.00 1+1 400.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático presentará ante el Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asista.

Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSOMinistro de Relaciones Exteriores

783442-6

Autorizan viajes de funcionarios diplomáticos a Colombia y Brasil, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 0454/RE-2012

Lima, 2 de mayo de 2012

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de mayo de 2012 465659

CONSIDERANDO:

Que, la Presidencia Pro Tempore de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR) ha convocado a la Reunión de Ministros de Defensa, Interior, Justicia y Relaciones Exteriores de UNASUR, a llevarse a cabo en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 03 al 04 de mayo de 2012;

Que, el referido evento reviste especial importancia dentro del marco de la Política Exterior del Perú, pues se abordarán temas relativos a incluir dentro de la institucionalidad de UNASUR una instancia que aborde la cooperación regional en los temas de delincuencia organizada transnacional y seguridad pública;

Teniendo en cuenta los Memoranda (DGA) N° DGA0384/2012, de la Dirección General de América, de 27 de abril de 2012; y (OPR) N° OPR0270/2012, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 27 de abril de 2012, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje;

De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Claudio Julio De la Puente Ribeyro, Director General de América, a la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 03 al 04 de mayo de 2012, para que participe en la Reunión de Ministros de Defensa, Interior, Justicia y Relaciones Exteriores de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR).

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 01281: Promoción, Ejecución y Evaluación de las Acciones de Política Exterior, debiendo presentar la rendición de cuenta de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y ApellidosPasajesClase

EconómicaUS$

Viáticospor día

US$

Númerode

días

Totalviáticos

US$

Claudio Julio Dela Puente Ribeyro 1,298.00 200.00 2+1 600.00

Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSOMinistro de Relaciones Exteriores

783569-1

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0455/RE-2012

Lima, 2 de mayo de 2012

CONSIDERANDO:

Que, es interés del gobierno peruano contribuir a profundizar las relaciones de la región con los países africanos, a través del impulso de las relaciones bilaterales y de una activa participación en las reuniones, a todo nivel, del Foro América del Sur – África (ASA), así como en los Grupos de Trabajo creados dentro del marco de dicho foro;

Que, se llevará a cabo la reunión de Altos Funcionarios Sudamericanos del Foro América del Sur – África (ASA),

en la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, el 04 de mayo de 2012, evento preparatorio de la III Cumbre del Foro América del Sur – África (ASA) que se realizará en la ciudad de Malabo, República de Guinea Ecuatorial, del 15 al 16 de mayo de 2012;

Que, resulta necesario que el Director General de África, Medio Oriente y Países del Golfo participe en el citado evento, así como en sus reuniones informales previas, el 03 de mayo de 2012;

Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) Nº 1779, del Despacho Viceministerial, de 23 de abril de 2012; y los Memoranda (DAM) N° DAM0214/2012, de la Dirección General de África, Medio Oriente y Países del Golfo, de 24 de abril de 2012; y (OPR) N° OPR0268/2012, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 27 de abril de 2012, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje;

De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Carlos Rodolfo Zapata López, Director General de África, Medio Oriente y Países del Golfo, a la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, del 03 al 04 de mayo de 2012, para que participe en la reunión de Altos Funcionarios Sudamericanos del Foro América del Sur – África (ASA).

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 01281: Promoción, Ejecución y Evaluación de las Acciones de Política Exterior, debiendo presentar la rendición de cuenta de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y ApellidosPasajesClase

EconómicaUS$

Viáticospor día

US$

Númerode

días

Totalviáticos

US$

Carlos Rodolfo Zapata López 1,878.86 200.00 2+1 600.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar ante el Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asista.

Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSOMinistro de Relaciones Exteriores

783569-2

SALUD

Designan Coordinadora Técnica de la Oficina General de Comunicaciones del Ministerio

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 337-2012/MINSA

Lima, 27 de abril del 2012

Page 14: 03 05-2012

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 3 de mayo de 2012465660

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 923-2011/MINSA, de fecha 16 de diciembre de 2011, se aprobó el reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de Salud, aprobado por la Resolución Suprema N° 008-2011-SA, de fecha 30 de junio de 2011, en el cual se encuentra consignado, entre otros, el cargo de Coordinador/a Técnico/a de la Ofi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud, clasifi cado como Directivo Superior y cuenta con el fi nanciamiento correspondiente.

Que, por convenir al servicio resulta pertinente adoptar las acciones de personal que resulten necesarias, a fi n de asegurar el normal funcionamiento de la Ofi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud;

Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y,

De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Designar a la señora Dalva Anel Campos Tapia, en el cargo de Coordinadora Técnica, Nivel F-3, de la Ofi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGAMinistro de Salud

783946-1

Designan Asesor de Alta Dirección del Despacho Viceministerial

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 338-2012/MINSA

Lima, 27 de abril del 2012

Visto, el Expediente Nº 12-040055-001, que contiene la Nota Informativa N° 252-2012-OIE-OGGRH/MINSA, remitida por la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 1° de la Resolución Ministerial N° 196-2012/MINSA de fecha 19 de marzo de 2012, se designó al Médico Cirujano Porfi rio Javier Alva Gambini, en el cargo de Asesor de la Alta Dirección del Despacho Viceministerial del Ministerio de Salud;

Que, con Resolución Ministerial N° 923-2011/MINSA de fecha 16 de diciembre de 2011, se aprobó el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de Salud, aprobado con Resolución Suprema N° 008-2011-SA de fecha 30 de junio de 2011, en el cual, el cargo de Asesor/a de Alta Dirección del Despacho Viceministerial del Ministerio de Salud, se encuentra califi cado como cargo de confi anza;

Que, mediante documento recepcionado el 25 de abril de 2012, el Médico Cirujano Porfi rio Javier Alva Gambini presenta su renuncia al cargo de Asesor de la Alta Dirección del Despacho Viceministerial del Ministerio de Salud;

Que, mediante el documento del visto, la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, emite la opinión correspondiente; por lo que resulta necesario

adoptar las acciones de personal pertinentes, a fi n de asegurar el normal funcionamiento del Despacho Viceministerial del Ministerio Salud;

Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y,

De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios; en el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; en el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, que aprueba el Reglamento de la Carrera Administrativa y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aceptar la renuncia formulada por el Médico Cirujano PORFIRIO JAVIER ALVA GAMBINI, al cargo de Asesor de Alta Dirección, Nivel F-5, del Despacho Viceministerial del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2°.- Designar al Médico Cirujano LUIS ALFONSO MEZA SANTIBAÑEZ, en el cargo de Asesor de Alta Dirección, Nivel F-5, del Despacho Viceministerial del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGAMinistro de Salud

783946-2

Designan Jefa de Oficina de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección de Salud II Lima Sur

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 340-2012/MINSA

Lima, 2 de mayo de 2012

Visto, el Expediente Nº 12-034741-001, que contiene el Ofi cio N° 832-2012-DG-DISA-II-LS/MINSA, remitido por el Director General de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud; y,

CONSIDERANDO:

Que, con Resolución Ministerial N° 034-2012/MINSA de fecha 12 de enero de 2012, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección de Salud II Lima Sur y sus Órganos Desconcentrados, en el cual, al cargo de Director/a de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la mencionada Dirección de Salud, se le ha denominado como de Jefe/a de Ofi cina de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, el mismo que se encuentra califi cado como cargo de confi anza;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 165-2010/MINSA de fecha 1 de marzo de 2010, se designó a la Abogada María Elena Tuesta Coral, en el cargo de Directora de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud;

Que, a través del documento del visto, el Director General de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud, solicita dar por concluida la designación de la Abogada María Elena Tuesta Coral en el cargo de Jefa de Ofi cina de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la mencionada Dirección de Salud y propone designar en dicho cargo, a la Abogada Luz Marina Varillas Loli;

Que, con Nota Informativa N° 257-2012-OIE-OARH/MINSA de fecha 27 de abril de 2012, la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, emitió opinión favorable, respecto de la solicitud y la propuesta formulada por el Director General de la Dirección de Salud II Lima Sur;

Que, en virtud de lo señalado precedentemente, es pertinente adoptar las acciones de personal que resulten

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de mayo de 2012 465661

necesarias, a fi n de garantizar el normal funcionamiento de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud;

Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General (e) de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y,

De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios; en el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; en el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, que aprueba el Reglamento de la Carrera Administrativa y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Dar por concluida la designación de la Abogada MARÍA ELENA TUESTA CORAL, en el cargo de Jefa de Ofi cina, Nivel F-3, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2°.- Designar a la Abogada LUZ MARINA VARILLAS LOLI, en el cargo de Jefa de Ofi cina, Nivel F-3, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGAMinistro de Salud

783941-1

Designan funcionarios en la Dirección de Salud V Lima Ciudad

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 341-2012/MINSA

Lima, 2 de mayo de 2012

Visto, el Expediente Nº 12-034458-001, que contiene el Ofi cio N° 2043-2012-DG-DISA.V.LC., remitido por el Director General de la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud; y,

CONSIDERANDO:

Que, con Resolución Ministerial N° 294-2011/MINSA de fecha 20 de abril de 2011, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección de Salud V Lima Ciudad, en el cual, los cargos de Jefe/a de Ofi cina y Director/a Ejecutivo/a de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y la Ofi cina Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos de la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud, respectivamente, se encuentran califi cados como cargos de confi anza;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 874-2008/MINSA de fecha 17 de diciembre de 2008, se designó, entre otros, a la Abogada Elizabeth del Rosario Rojas Rumrrill en el cargo de Directora Ejecutiva de la Ofi cina Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos de la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud;

Que, con Resolución Ministerial N° 708-2011/MINSA de fecha 23 de septiembre de 2011, se designó, entre otros, a la Abogada Raquel Tasayco Soto en el cargo de Jefa de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud;

Que, a través del documento del visto, el Director General de la Dirección de Salud V Lima Ciudad, comunica la renuncia de la Abogada Elizabeth del Rosario Rojas Rumrrill en el cargo de Directora Ejecutiva de la Ofi cina Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos de la Dirección de Salud V Lima Ciudad;

Que, asimismo, el Director General de la Dirección de Salud V Lima Ciudad, propone dar término a la

designación de la Abogada Raquel Tasayco Soto en el cargo de Jefa de Ofi cina de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y solicita designar a la citada profesional y a la abogada Celmira Cornejo Zaga, en los cargos de Directora Ejecutiva de la Ofi cina Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos y de Jefa de Ofi cina de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, de la Dirección de Salud a su cargo, respectivamente;

Que, mediante Nota Informativa N° 228-2012-OIE-OARH/MINSA de fecha 17 de abril de 2012, la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, emite opinión favorable al pedido formulado por el Director General de la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud;

Que, estando a lo solicitado con el documento del visto, resulta necesario adoptar las acciones de personal que resulten pertinentes, a fi n de asegurar el normal funcionamiento de la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud;

Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y,

De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios; en el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; en el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, que aprueba el Reglamento de la Carrera Administrativa y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aceptar la renuncia formulada por la Abogada ELIZABETH DEL ROSARIO ROJAS RUMRRILL, al cargo de Directora Ejecutiva, Nivel F – 4, de la Ofi cina Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos de la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2°.- Dar por concluida la designación de la Abogada RAQUEL TASAYCO SOTO, al cargo de Jefa de Ofi cina, Nivel F – 3, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 3°.- Designar en la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud a los profesionales que se indican:

Nombres y Apellidos Cargo NivelAbogada RAQUEL TASAYCO SOTO

Directora Ejecutiva de la Ofi cina Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos

F – 4

Abogada CELMIRA CORNEJO ZAGA

Jefa de Ofi cina de la Ofi cina de Asesoría Jurídica

F – 3

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGAMinistro de Salud

783941-2

TRABAJO Y PROMOCION

DEL EMPLEO

Designan funcionario responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 114-2012-TR

Lima, 27 de abril de 2012

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 3 de mayo de 2012465662

VISTOS: Los Ofi cios Nºs. 112 y 127-2012-MTPE/4.3 del Jefe de la Ofi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM se estableció la obligación de las entidades públicas comprendidas en los numerales 1 al 7 del artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, de contar con un Libro de Reclamaciones, como mecanismo de participación ciudadana para lograr la efi ciencia del Estado y salvaguardar los derechos de los usuarios frente a la atención de los trámites y servicios que se les brinda;

Que, el artículo 3º del mencionado Decreto Supremo establece, entre otras características, que el Libro de Reclamaciones es uno en el que los usuarios podrán formular sus reclamos, debiendo consignar además información relativa a su identidad y aquella otra información necesaria a efectos de dar respuesta al reclamo formulado;

Que, el artículo 4º del mismo Decreto Supremo establece que la entidad pública está obligada a dar respuesta al usuario, por medios físicos o electrónicos, en un plazo de 30 (treinta) días hábiles, informándole, de ser el caso, acerca de las medidas adoptadas para evitar hechos similares en el futuro;

Que, el artículo 5º de la referida norma, dispone que mediante resolución del titular de la entidad se designa al responsable del Libro de Reclamaciones y que las entidades públicas deben informar a sus respectivos Órganos de Control Institucional, sobre cumplimiento de dicho Decreto Supremo;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 140-2011-TR se designó al señor Walter Jesús Salas Paz, Jefe de la Ofi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria, como funcionario responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

Que, en atención a las consideraciones expuestas y por convenir al servicio, corresponde emitir la resolución que dé por concluida la citada designación y en consecuencia designar al funcionario responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

Con las visaciones del Secretario General y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y,

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el numeral 8) del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el literal d) de la artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2010-TR;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- DAR por concluida la designación del señor WALTER JESUS SALAS PAZ, como funcionario responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y del cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2º.- DESIGNAR al JEFE DE LA OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO Y GESTIÓN DOCUMENTARIA, como funcionario responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y de asegurar el cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM.

Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial al Órgano de Control Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en cumplimiento de lo dispuesto por Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANDRÉS VILLENA PETROSINOMinistro de Trabajo y Promoción del Empleo

783867-1

TRANSPORTES Y

COMUNICACIONES

Autorizan viajes de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU., Chile y Rusia, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 211-2012 MTC/02

Lima, 27 de abril de 2012

VISTOS:

El Informe Nº 152-2012-MTC/12.04, emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil, y el Informe Nº 090-2012-MTC/12.04, emitido por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado;

Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, señala que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específi co de la institución conforme a la Ley Nº 27619;

Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29812, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad;

Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, en virtud a dicha competencia, la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean;

Que, la empresas North American Float Plane Service S.A.C. y Lan Perú S.A., han presentado ante la autoridad aeronáutica civil, sus solicitudes para ser atendidas durante el mes de mayo de 2012, acompañando los requisitos establecidos en el marco del Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, asimismo, las empresas North American Float Plane Service S.A.C. y Lan Perú S.A., han cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refi ere el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos de los viajes de inspección, están íntegramente cubiertos por las empresas solicitantes del servicio, incluyendo el pago de los viáticos;

Page 17: 03 05-2012

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de mayo de 2012 465663

Que, dichas solicitudes han sido califi cadas y aprobadas por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, según se desprende de las respectivas Ordenes de Inspección y referidas en los Informes Nos. 152-2012-MTC/12.04 y 090-2012-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29812, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar los viajes de los señores Guido Tulio Zavalaga Ortigosa, Simón Samolski Edery y Alfredo Federico Alvarez Zevallos, Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuarán del 03 al 05 de mayo de 2012, y del 16 al 17 de mayo de 2012 a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, y del 07 al 11 de mayo a la ciudad de Santiago, República de Chile, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes Nos. 152-2012-MTC/12.04 y 090-2012-MTC/12.04.

Artículo 2.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por las empresas North American Float Plane Service S.A.C. y Lan Perú S.A., a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto de viáticos.

Artículo 3.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuados los viajes, deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS PAREDES RODRÍGUEZMinistro de Transportes y Comunicaciones

DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL DEL PERU (DGAC)Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10

Cuadro Resumen de Viajes

RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVILESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

- DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 03 AL 17 DE MAYO DE 2012 Y SUSTENTADOEN LOS INFORMES Nº 090-2012-MTC/12.04 Y Nº 152-2012-MTC/12.04

ORDEN INSPECCION Nº INICIO FIN VIATICOS

(US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAIS DETALLE RECIBOS DE ACOTACION Nºs

876-2012-MTC/12.04 03-May 05-May US$ 660.00NORTH AMERICAN

FLOAT PLANE SERVICE SAC

Zavalaga Ortigosa, Guido Tulio Miami EUA

Chequeo técnico de profi ciencia en el simulador de vuelo del equipo C-208B, a

su personal aeronáutico33796-33811

877-2012-MTC/12.04 07-May 11-May US$ 800.00 LAN PERU S.A. Samolski Edery, Simón Santiago Chile

Chequeo técnico Inicial y habilitación Categoría II/III en simulador de vuelo del equipo B-767, a su personal aeronáutico.

33692-33693-33694

878-2012-MTC/12.04 16-May 17-May US$ 440.00 LAN PERU S.A. Alvarez Zevallos, Alfredo Federico Miami EUA

Chequeo en ruta por renovación como EDE en la fl ota B-767, en la ruta Lima

- Miami - Lima, a su personal aeronáutico33690-33691

783940-1

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 212-2012-MTC/02

Lima, 27 de abril de 2012

VISTOS:

El Informe Nº 151-2012-MTC/12.04, emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe Nº 093-2012-MTC/12.04, emitido por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado;

Que, el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, señala que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés

nacional o en el interés específi co de la institución conforme a la Ley Nº 27619;

Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29812, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad;

Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, en virtud a dicha competencia, la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean;

Page 18: 03 05-2012

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 3 de mayo de 2012465664

Que, las empresas Lan Perú S.A., Trans American Air Lines S.A., Helicópteros del Sur S.A. y Aerolift S.A.C. ha presentado ante la autoridad aeronáutica civil, sus solicitudes para ser atendidas durante los meses de mayo y junio de 2012, acompañando los requisitos establecidos en el marco del Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, asimismo, las empresas Lan Perú S.A., Trans American Air Lines S.A., Helicópteros del Sur S.A. y Aerolift S.A.C. han cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refi ere el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos de los viajes de inspección, están íntegramente cubiertos por las empresas solicitantes del servicio, incluyendo el pago de los viáticos;

Que, dichas solicitudes han sido califi cadas y aprobadas por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, según se desprende de las respectivas Órdenes de Inspección y referida en los Informes Nº 151-2012-MTC/12.04 y Nº 093-2012-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29812, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar los viajes de los señores Simón Samolski Edery, Moisés Rondón Rondón, Salvador Octavio Olivares Mongrut, Alfonso Hernán Rivera – Santander Mieses y Manuel Bernardo Salmerón Indacochea, Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil

del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuarán del 03 al 04 de mayo de 2012, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, del 15 al 18 de mayo de 2012, a la ciudad de Orlando, Florida, Estados Unidos de América, del 19 al 23 de mayo de 2012, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 21 al 28 de mayo de 2012, a la ciudad de Tyumen, Moscú, Federación Rusa y del 25 de mayo al 01 de junio de 2012 a la ciudad de Rostov, Federación Rusa, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes Nº 151-2012-MTC/12.04 y Nº 093-2012-MTC/12.04.

Artículo 2.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por las empresas Lan Perú S.A., Trans American Air Lines S.A., Helicópteros del Sur S.A. y Aerolift S.A.C. a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto de viáticos.

Artículo 3.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuados los viajes, deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS PAREDES RODRÍGUEZMinistro de Transportes y Comunicaciones

DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL DEL PERU (DGAC)Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10

Cuadro Resumen de Viajes

RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVILESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES- DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 03 DE MAYO AL 01 DE JUNIO DE 2012 Y SUSTENTADO

EN LOS INFORMES Nº 093-2012-MTC/12.04 Y Nº 151-2012 MTC/12.04

ORDEN INSPECCION Nº

INICIO FIN VIATICOS (US$)

SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAIS DETALLE RECIBOS DE ACOTACION Nºs

917-2012-MTC/12.04 03-May 04-May US$ 440.00 Lan Perú S.A. Samolski Edery, Simón

Miami EUA Chequeo en ruta para habilitación como EDE en el avión - equipo B-767, en la ruta Lima – Miami

– Lima

33790-9232

918-2012-MTC/12.04 15-May 18-May US$ 880.00 TACA PERU Rondón Rondón, Moises

Orlando EUA Chequeo técnico Inicial en simulador de vuelo del equipo A-319/320/321, a su personal

aeronáutico

33799-33800

919-2012-MTC/12.04 19-May 23-May US$ 1,000.00 Lan Perú S.A. Olivares Mongrut, Salvador Octavio

Santiago Chile chequeo anual en ruta, chequeo técnico Inicial y habilitación en

el equipo, en simulador de vuelo del equipo A-319 a su personal

aeronáutico

33687-33688-33689

920-2012-MTC/12.04 21-May 28-May US$ 1,300.00 HELISUR Rivera-Santander Mieses, Alfonso

Hernán

Tyumen, Moscu

Rusia Chequeo técnico Inicial en simulador de vuelo del equipo

MI-17MT/8AMT/8MTV-1/171 a su personal aeronáutico

33365-33366

921-2012-MTC/12.04 25-May 01-Jun US$ 1,560.00 AEROLIFT SAC

Salmeron Indacochea,

Manuel Bernardo

Rostov Rusia Chequeo técnico Inicial en simulador de vuelo del equipo MI-

8T a su personal aeronáutico

33394-33395

783940-2

Page 19: 03 05-2012

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de mayo de 2012 465665

ORGANISMOS

REGULADORES

SUPERINTENDENCIA

NACIONAL DE SERVICIOS

DE SANEAMIENTO

Designan Asesores de la Presidencia del Consejo Directivo de la SUNASS

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIANº 020 -2012-SUNASS-PCD

Lima, 26 de abril de 2012.

CONSIDERANDO:

Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor de la Presidencia del Consejo Directivo de la SUNASS, el mismo que de acuerdo al Cuadro de Asignación de Personal (CAP) ha sido califi cado como de confi anza;

Que, a fi n de asegurar el normal desarrollo de las actividades de la Alta Dirección de la SUNASS, corresponde adoptar las acciones de personal respectivas;

En uso de la facultad conferida en el inciso g) del artículo 56º del Reglamento General de la SUNASS, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 046-2007-PCM1;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar a partir del 26 de abril de 2012 al señor JORGE LUIS ZEÑA LÓPEZ en el cargo de Asesor de la Presidencia del Consejo Directivo de la SUNASS.

Regístrese y comuníquese.

FERNANDO MOMIY HADAPresidente del Consejo Directivo

1 Inciso incorporado por el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 046-2007-PCM, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 26 de mayo de 2007.

783955-1

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIANº 023-2012-SUNASS-PCD

Lima, 27 de abril de 2012

CONSIDERANDO:

Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor de la Presidencia del Consejo Directivo de la SUNASS, el mismo que de acuerdo al Cuadro de Asignación de Personal (CAP) tiene la condición de cargo de confi anza;

Que, a fi n de asegurar el normal desarrollo de las actividades de la Alta Dirección de la SUNASS, corresponde adoptar las acciones de personal respectivas;

En uso de la facultad conferida en el inciso g) del artículo 56º del Reglamento General de la SUNASS, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM, modifi cado por Decreto Supremo Nº 046-2007-PCM1;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar a partir del 02 de mayo de 2012 al señor CARLOS JORGE FIERRO GARCES en el

cargo de Asesor de la Presidencia del Consejo Directivo de la SUNASS.

Regístrese y comuníquese.

FERNANDO MOMIY HADAPresidente del Consejo Directivo

1 Inciso incorporado por el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 046-2007-PCM, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 26 de mayo de 2007.

783955-3

Designan Gerente de Políticas y Normas

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIANº 022-2012-SUNASS-PCD

Lima, 27 de abril de 2012

CONSIDERANDO:

Que, se encuentra vacante el cargo de Gerente de Políticas y Normas, el mismo que de acuerdo al Cuadro de Asignación de Personal (CAP) tiene la condición de cargo confi anza;

Que, a fi n de asegurar el normal desarrollo de las actividades de la Alta Dirección de la SUNASS, corresponde adoptar las acciones de personal respectivas;

En uso de la facultad conferida en el inciso g) del artículo 56º del Reglamento General de la SUNASS, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM, modifi cado por Decreto Supremo Nº 046-2007-PCM1 y con cargo a informar al Consejo Directivo;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir del 02 de mayo de 2012, la encargatura efectuada mediante Resolución de Presidencia Nº 014-2012-SUNASS-PCD al señor JORGE LUIS MENDOZA CABRERA, como Gerente de Políticas y Normas.

Artículo 2º.- Designar a partir del 02 de mayo de 2012 al señor JOSÉ CARLOS VELARDE SACIO en el cargo de Gerente de Políticas y Normas.

Regístrese y comuníquese.

FERNANDO MOMIY HADAPresidente del Consejo Directivo

1 Inciso incorporado por el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 046-2007-PCM, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 26 de mayo de 2007.

783955-2

ORGANISMOS TECNICOS

ESPECIALIZADOS

INSTITUTO NACIONAL DE

ESTADISTICA E INFORMATICA

Aprueban Índices Unificados de Precios de la Construcción para las seis Áreas Geográficas, correspondientes al mes de abril de 2012

RESOLUCIÓN JEFATURALNº 112-2012-INEI

Lima, 2 de mayo de 2012

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 3 de mayo de 2012465666

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, de 18.11.92, se declara en desactivación y disolución al Consejo de Reajuste de Precios de la Construcción (CREPCO);

Que, asimismo la Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley, dispone transferir al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) las funciones de elaboración de los Índices de los elementos que determinen el costo de las Obras;

Que, con el objeto de facilitar su cumplimiento, se considera necesaria la publicación de aquellos Índices que a la fecha cuentan con la información requerida;

Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos ha elaborado el Informe Nº 01-04-2012/DTIE, referido a los Índices Unifi cados de Precios de la Construcción, para las seis (6) Áreas Geográfi cas, correspondientes al mes de abril de 2012, el mismo que cuenta con la conformidad de la Comisión Técnica para la aprobación de los Índices Unifi cados de Precios de la Construcción (IUPC);

En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6º del Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”.

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Aprobar los Índices Unifi cados de Precios de la Construcción para las seis (6) Áreas Geográfi cas, correspondientes al mes de abril de 2012, que a la fecha cuentan con la información requerida, tal como se detalla a continuación:

ÍNDICE ABRIL 2012 CÓDIGO

30 355,21 34 566,04 39 377,15 47 448,25 49 233,54 53 906,68

Regístrese y comuníquese.

ALEJANDRO VILCHEZ DE LOS RÍOSJefe

783936-1

PODER JUDICIAL

CORTES SUPERIORES

DE JUSTICIA

Designan Juez Supernumerario del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Lima

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 301-2012-P-CSJLI/PJ

Lima, 2 de mayo del 2012 VISTOS Y CONSIDERANDOS:

Que, a través de la razón que antecede, se hace de conocimiento de esta Presidencia que la doctora Rocío Gómez Cunya, Juez Titular del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Lima, se encuentra con descanso médico hasta el día 04 de mayo del presente año.

Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, esta Presidencia considera pertinente emitir el pronunciamiento respectivo, a fi n de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Lima.

Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables y, en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional.

Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor ALEJANDRO JURO CABALLERO, como Juez Supernumerario del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Lima, a partir del 02 al 04 de mayo del presente año, por la licencia por motivos de salud de la doctora Gómez Cunya.

Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes.

Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese.

HECTOR ENRIQUE LAMA MOREPresidente de la Corte Superiorde Justicia de Lima

783953-1

Disponen permanencia de magistrado como Juez Superior Provisional integrante de la Segunda Sala Contencioso Administrativo de Lima

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 302-2012-P-CSJLI/PJ

Lima, 17 de abril del 2012

VISTOS la Resolución Administrativa Número 256-2012-P-CSJLI/PJ y el ingreso Nº 30270-2012; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Administrativa de vistos, se dispuso la permanencia del doctor Germán Alejandro Aguirre Salinas como Juez Superior integrante de la Segunda Sala Contencioso Administrativa de Lima, hasta el 01 de mayo del presente año, debido a las vacaciones de la doctora Emilse Victoria Niquen Peralta.

Que, por ingreso Nº 30270-2012, el doctor Juan Miguel Ramos Lorenzo, Presidente de la Segunda Sala Contencioso Administrativa de Lima, informa la inconcurrencia de la doctora Emilse Victoria Niquen Peralta, Juez Superior Titular de esta Corte.

Que, estando a lo expuesto en los considerandos anteriores, esta Presidencia considera pertinente emitir el pronunciamiento respectivo, a fi n de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales de la Segunda Sala Contencioso Administrativa de Lima.

Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de mayo de 2012 465667

y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional.

Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial,

SE RESUELVE:

Artículo Primero: DISPONER la PERMANENCIA del doctor GERMAN ALEJANDRO AGUIRRE SALINAS, Juez Titular del Tercer Juzgado Civil de Lima, como Juez Superior Provisional integrante de la Segunda Sala Contencioso Administrativo de Lima, a partir del 02 de mayo del presente año y mientras dure la ausencia de la doctora Niquen Peralta, quedando conformado este Colegiado de la siguiente manera:

Segunda Sala Contencioso Administrativo de Lima:

Dr. Juan Miguel Ramos Lorenzo PresidenteDr. José Guillermo Aguado Sotomayor (P)Dr. Germán Alejandro Aguirre Salinas (P)

Artículo Segundo: DISPONER la PERMANENCIA del doctor LUIS ALBERTO GAVANCHO CHÁVEZ, como Juez Provisional del Tercer Juzgado Civil de Lima, a partir del 02 de mayo del presente año y mientras dure la promoción del doctor Aguirre Salinas.

Artículo Tercero: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes.

Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese.

HECTOR ENRIQUE LAMA MOREPresidente de la Corte Superiorde Justicia de Lima

783954-1

Designan Juez Supernumerario del Sexto Juzgado de Paz Letrado de La Victoria Turno “B”

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 303-2012-P-CSJLI/PJ

Lima, 2 de mayo del 2012

VISTOS Y CONSIDERANDOS:

Que, con la razón que antecede, se hace de conocimiento de esta Presidencia el accidente que sufriera el doctor Piero Alberto Lázaro Motta, Juez Supernumerario del Sexto Juzgado de Paz Letrado de La Victoria Turno “B”.

Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, esta Presidencia considera pertinente emitir el pronunciamiento respectivo, a fi n de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales del Sexto Juzgado de Paz Letrado de La Victoria Turno “B”.

Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional.

Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del artículo 90º del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor CARLOS VÁSQUEZ RÍOS, como Juez Supernumerario del Sexto Juzgado de Paz Letrado de La Victoria Turno “B”, a partir del 03 de mayo y mientras dure la licencia por enfermedad del doctor Lázaro Motta.

Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Ofi cina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, Ofi cina de Personal del Poder Judicial y de los Magistrados designados, para los fi nes pertinentes.

Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese.

HECTOR ENRIQUE LAMA MOREPresidente de la Corte Superior de Justicia de Lima

783863-1

Designan Juez Supernumeraria del Vigésimo Segundo Juzgado Civil de Lima

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 304-2012-P-CSJLI/PJ

Lima, 2 de mayo del 2012

VISTOS Y CONSIDERANDOS:

Que, mediante la razón que se da cuenta en la fecha, se informa a esta Presidencia, el delicado estado de salud de la doctora Iris Esperanza Pasapera Seminario, Juez Titular del Vigésimo Segundo Juzgado Civil de Lima.

Que, estando a lo expuesto anteriormente, resulta necesario a fi n de no alterar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales del Vigésimo Segundo Juzgado Civil de Lima, proceder a la designación del magistrado que reemplazará a la doctora Pasapera Seminario.

Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional.

Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DESIGNAR a la doctora TERESA ANGÉLICA VITE LUJÁN, como Juez Supernumeraria del Vigésimo Segundo Juzgado Civil de Lima, a partir del 02 de mayo y mientras dure la licencia de la doctora Pasapera Seminario.

Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes.

Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese.

HECTOR ENRIQUE LAMA MOREPresidente de la Corte Superior de Justicia de Lima

783865-1

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 3 de mayo de 2012465668

ORGANOS AUTONOMOS

BANCO CENTRAL DE RESERVA

Índice de reajuste diario a que se refiere el Artículo 240º de la Ley General del Sistema Bancario y del Sistema de Seguros, correspondiente al mes de mayo de 2012

CIRCULAR Nº 0012-2012-BCRP

Lima, 2 de mayo de 2012

El índice de reajuste diario, a que se refi ere el artículo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, correspondiente al mes de mayo es el siguiente:

Día Indice1 7,56678 2 7,56808 3 7,56937 4 7,57067 5 7,57196 6 7,57326 7 7,57455 8 7,57585 9 7,57714

10 7,57844 11 7,57973 12 7,58103 13 7,58233 14 7,58362 15 7,58492 16 7,58622 17 7,58752 18 7,58881 19 7,59011 20 7,59141 21 7,59271 22 7,59401 23 7,59531 24 7,59660 25 7,59790 26 7,59920 27 7,60050 28 7,60180 29 7,60310 30 7,60440 31 7,60570

El índice que antecede es también de aplicación para los convenios de reajuste de deudas que autoriza el artículo 1235º del Código Civil.

Se destaca que el índice en mención no debe ser utilizado para:

a. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase.b. Determinar el valor al día del pago de las

prestaciones a ser restituidas por mandato de la ley o resolución judicial (artículo 1236º del Código Civil, en su texto actual consagrado por la Ley Nº 26598).

RENZO ROSSINI MIÑÁNGerente General

783821-1

MINISTERIO PUBLICO

Nombran y designan fiscales en los Distritos Judiciales del Santa, Puno, Huánuco, Amazonas, Apurímac, Cajamarca, Ucayali y Lima

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNN° 991-2012-MP-FN

Lima, 2 de mayo de 2012

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficio Nº 1650-2012-MP-PJFS-DJ-SANTA, de fecha 20 de abril del 2012, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial del Santa, comunica el sensible fallecimiento del doctor Luis Junior Sánchez Colona, Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial del Santa, designado en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Casma;

Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo previsto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Cesar por motivo de fallecimiento al doctor LUIS JUNIOR SÁNCHEZ COLONA, Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial del Santa, designado en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Casma, materia de la Resolución Nº 2199-2010-MP-FN, de fecha 30 de diciembre del 2010.

Artículo Segundo.- Nombrar al doctor ANGEL PERCY PEREZ AGUINAGA, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial del Santa, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Casma.

Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial del Santa, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALESFiscal de la Nación

783857-1

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNN° 992-2012-MP-FN

Lima, 2 de mayo de 2012

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades conferidas por el Artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Articulo Primero.- NOMBRAR a la doctora ARMINDA MORALES MENESES, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Puno, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Azángaro.

Articulo Segundo.- NOMBRAR a la doctora DIONINI HUMPIRI HUAMAN, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Puno, designándola en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Román.

Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Puno, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de mayo de 2012 465669

de Registro y Evaluación de Fiscales y a las Fiscales mencionadas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALESFiscal de la Nación

783857-2

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNN° 993-2012-MP-FN

Lima, 2 de mayo de 2012

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades conferidas por el Artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- NOMBRAR al doctor MIRKO ENRIQUE GONZALES RUBINA, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Judicial de Huánuco, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Pachitea, con reserva de su plaza de origen.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Huánuco, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALESFiscal de la Nación

783857-3

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNN° 994-2012-MP-FN

Lima, 2 de mayo de 2012

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Nombrar a la doctora ELZI DOLORES ALVAREZ PERALTA, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, designándola en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Utcubamba, con reserva de su plaza.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Amazonas, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALESFiscal de la Nación

783857-4

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNN° 995-2012-MP-FN

Lima, 2 de mayo de 2012

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades conferidas por el Artículo 64° del Decreto

Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- NOMBRAR al doctor EDWIN GARCIA PALOMINO, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Judicial de Apurímac, designándolo en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Andahuaylas.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Apurímac, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALESFiscal de la Nación

783857-5

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNN° 996-2012-MP-FN

Lima, 2 de mayo de 2012

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades conferidas por el Artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor OSCAR ALEJANDRO GUTIERREZ CAMACHO, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Prevención del Delito de Bagua, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2095-2011-MP-FN, de fecha 21 de octubre del 2011.

Artículo Segundo.- NOMBRAR al doctor OSCAR ALEJANDRO GUTIERREZ CAMACHO, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Prevención del Delito de Bagua.

Artículo Tercero.- NOMBRAR a la doctora IDANIA NEIRA PEÑA, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental de Amazonas con sede en Chachapoyas.

Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Amazonas, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALESFiscal de la Nación

783857-6

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNN° 997-2012-MP-FN

Lima, 2 de mayo de 2012

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades conferidas por el Artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 3 de mayo de 2012465670

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- NOMBRAR al doctor JOSE ALBERTO TANTALEAN BENEL, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y Familia de San Pablo.

Artículo Segundo.- NOMBRAR al doctor MARCO ANTONIO ALIAGA ALIAGA, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Tumbaden.

Artículo Tercero.- NOMBRAR como Fiscales Adjuntas Provinciales Provisionales del Distrito Judicial de Cajamarca, designándolas en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Hualgayoc, a las siguientes doctoras:

- YEIMI YANINA CORREA ASTETE- KERSTIN IVONNE RIVERA HERRERA

Artículo Cuarto.- NOMBRAR como Fiscales Adjuntas Provinciales Provisionales del Distrito Judicial de Cajamarca, designándolas en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Asunción, a las siguientes doctoras:

- VERONICA ARACELY CHUQUILIN CELIS- LINDER ROSELI ABANTO REYES

Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Cajamarca, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALESFiscal de la Nación

783857-7

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 998-2012-MP-FN

Lima, 2 de mayo de 2012

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del doctor ALONSO DANIEL VALDIVIA CORREA, Fiscal Adjunto Provincial Titular Mixto de Purús, Distrito Judicial de Ucayali en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Purús, materia de la Resolución Nº 277-2008-MP-FN, de fecha 29 de febrero del 2008.

Artículo Segundo.- NOMBRAR al doctor ALONSO DANIEL VALDIVIA CORREA, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Ucayali, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Purús, con retención de su cargo de carrera.

Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Ucayali, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALESFiscal de la Nación

783857-8

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 999-2012-MP-FN

Lima, 2 de mayo de 2012

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del doctor CARLOS MIGUEL ALVAREZ JINES, Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lima, en el Despacho de la Sexta Fiscalía Provincial Civil de Lima, materia de la Resolución Nº 1009-2011-MP-FN, de fecha 13 de junio del 2011.

Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación de la doctora VIVIANA MERCEDES CAICEDO ZAPATA, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lima, en el Despacho de la Décima Tercera Fiscalía Provincial Civil de Lima, materia de la Resolución Nº 350-2011-MP-FN, de fecha 07 de marzo del 2011.

Artículo Tercero.- DESIGNAR al doctor CARLOS MIGUEL ALVAREZ JINES, Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lima, en el Despacho de la Décima Tercera Fiscalía Provincial Civil de Lima.

Artículo Cuarto.- DESIGNAR a la doctora VIVIANA MERCEDES CAICEDO ZAPATA, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lima, en el Despacho de la Sexta Fiscalía Provincial Civil de Lima.

Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALESFiscal de la Nación

783857-9

Aceptan renuncias de fiscales del Distrito Judicial de Ancash

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 1000-2012-MP-FN

Lima, 2 de mayo de 2012

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, mediante documento cursado por el doctor ALBERTO REYNAGA LOAYZA, formula renuncia al cargo como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Ancash y a su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Mixta de Huaylas, por motivos familiares;

Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo previsto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el doctor ALBERTO REYNAGA LOAYZA, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Ancash y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Mixta de Huaylas, materia de la Resolución Nº 789-2006-MP-FN, de fecha 26 de junio del 2006.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Cajamarca, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano,

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de mayo de 2012 465671

Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALESFiscal de la Nación

783857-10

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 1001-2012-MP-FN

Lima, 2 de mayo de 2012

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, mediante documento, recibido con fecha 26 de marzo del 2012, el doctor ANGEL ENRIQUE GUERRERO CENTURION, Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Ancash, designado en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Mariscal Luzuriaga, formula renuncia al cargo, por motivos estrictamente personales, con efectividad a partir del 01 de mayo del 2012;

Que, estando a lo expuesto y de conformidad con las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el doctor ANGEL ENRIQUE GUERRERO CENTURION, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Ancash y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Mariscal Luzuriaga, materia de las Resoluciones Nº 887-93-MP-FN, de fecha 04 de junio de 1993 y Nº 372-2002-MP-FN, de fecha 05 de marzo del 2002, respectivamente, con efectividad al 01 de mayo del 2012.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Ancash, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALESFiscal de la Nación

783857-11

SUPERINTENDENCIA

DE BANCA, SEGUROS Y

ADMINISTRADORAS PRIVADAS

DE FONDOS DE PENSIONES

Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa la conversión de agencia ubicada en el departamento de Junín en oficina especial

RESOLUCIÓN SBS Nº 2590-2012

Lima, 24 de abril de 2012

EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS

VISTA:

La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa (CMAC Arequipa) para que se le autorice la conversión de su Agencia ubicada en el

distrito de La Oroya, provincia de Yauli, departamento de Junín, en Ofi cina Especial; y,

CONSIDERANDO:

Que, la empresa solicitante ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación correspondiente para la conversión solicitada;

Que mediante Resolución SBS Nº 1179-2009 de fecha 24 de febrero de 2009 se autorizó el funcionamiento de la citada Ofi cina en la modalidad de Agencia;

Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “B”; y,

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26702 – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009;

RESUELVE:

Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa la conversión de su Agencia ubicada en la Avenida Almirante Grau s/n, Santa Anita Lote A-4 Marcavalle, distrito de La Oroya, provincia de Yauli, departamento de Junín, en Ofi cina Especial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DEMETRIO CASTRO ZÁRATEIntendente General de Microfi nanzas

783703-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE COMAS

Autorizan viaje del Alcalde a Colombia, en comisión de servicios

ACUERDO DE CONCEJONº 019-2012-MDC

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE COMAS

POR CUANTO:

VISTO; En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 26.04.2012; el Expediente Nº 3306PM-2012 de fecha 18.04.2012, presentado por la Empresa OPERAMOS 2000 ESP S.A.; el Informe Nº 015-2012-SGCTPC-GM/MC de fecha 18.04.2012, emitido por la Sub Gerencia de Cooperación Técnica y Proyectos Comunales; el Informe Nº 306-2012-GAJ-MDC de fecha 20.04.2012, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; la Carta Nº 003-2012-A-MDC de fecha 23.04.2012, emitida por el Despacho de Alcaldía; y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula los viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba Normas Reglamentarias, de los viajes al exterior de los Funcionarios y Servidores Públicos, estos se autorizarán mediante documento de la más alta autoridad de la respectiva entidad;

Que, mediante Carta S/N de fecha 12.04.2012, emitida por la Empresa OPERAMOS 2000 ESP S.A., se hace llegar al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Comas, la invitación formal, al señor Alcalde Distrital de Comas, Dr. Nicolás Octavio Kusunoki Fuero y al Gerente Municipal de

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NORMAS LEGALESEl Peruano

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la Municipalidad Distrital de Comas, Sr. Moisés Eduardo Salgado Díaz, para visitar sus instalaciones, asistir a conocer el PARQUE AMBIENTAL VILLA KARINA, ubicado en el Departamento del Quindio, República de Colombia; la fi nalidad de esta visita es para conocer y compartir con otros Alcaldes locales la aceptación que sus empresas han llevado a los municipios y a la comunidad desde que iniciaron los trabajos de Recolección, Barrido, Limpieza y Transporte de los Residuos Orgánicos hasta su sitio de disposición fi nal denominado PARQUE AMBIENTAL VILLA KARINA, luego visitaríamos su operadora de servicios MULTIPROPOSITO DE CALARCA, donde el esquema de concesión fue desde hace 10 años una Asociación Pública Privada y allí podrían compartir experiencias, sin dejar de conocer parte de la zona cafetera que es como se le conoce a este y otros Departamentos;

Que, asimismo nos manifi estan que la Empresa convocante asumirá todos los gastos de desplazamientos aéreos y terrestres, alojamientos y manutención, por lo que no se irrogará gastos a la Municipalidad Distrital de Comas;

Que, mediante Informe Nº 015-2012-SGCTPC-GM/MC, la Sub Gerencia de Cooperación Técnica y Proyectos Comunales establece que de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en el artículo 9º inciso 11) se registra como atribución del Concejo Municipal “Autorizar los viajes al exterior del país que en comisión de servicio o representación de la municipalidad, realice el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal o cualquier otro funcionario; asimismo se encuentra normado en nuestro Reglamento de Organización y Funciones - ROF; concluye manifestando que en coordinación con la Empresa convocante se ha establecido que la visita se realizará del 02 al 06 de mayo del 2012;

Que, mediante Informe Nº 306-2012-GAJ-MDC de fecha 20.04.2012, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina por la procedencia que el Concejo de la Municipalidad de Comas autorice el viaje del Señor Alcalde Dr. Nicolás Octavio Kusunoki Fuero y del Gerente Municipal Sr. Moisés Eduardo Salgado Díaz, para que realicen una visita técnica a las instalaciones de la Empresa OPERAMOS 2000 ESP S.A., en las ciudades de Quindio y Armenia, Colombia, siendo la autorización del viaje a partir del 02 al 06 de mayo del 2012, asimismo se tiene en cuenta que los gastos por conceptos de pasajes aéreos y viáticos, serán fi nanciados en su totalidad por la Empresa, sin que la participación del señor Alcalde y del Gerente Municipal, a la República de Colombia irrogue gasto alguno a la Municipalidad Distrital de Comas. El Señor Alcalde y el gerente Municipal, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes de su retorno deberá presentar un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado; asimismo el señor Alcalde de acuerdo a sus atribuciones deberá delegar sus funciones en el primer regidor de su lista, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;

Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, mediante su Articulo 9º, Atribuciones del Concejo Municipal, Inciso 11) señala que corresponde al Concejo Municipal Autorizar los viajes al exterior del país que en comisión de servicio o representación de la Municipalidad realicen el Alcalde, los regidores, el Gerente Municipal o cualquier otro funcionario;

En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 9º, inciso 11) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Ley Nº 27619, D.S. Nº 047-2002-PCM; el Reglamento Interno de Concejo Vigente (RIC), con el voto mayoritario del Pleno del Concejo y con la dispensa del Dictamen de la Comisión correspondiente, del trámite de lectura y aprobación de actas;

ACUERDA:

Artículo Primero.- AUTORIZAR, del 02 al 06 de Mayo del 2012, el viaje del Alcalde de la Municipalidad Distrital de Comas DR. NICOLÁS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO y del Gerente Municipal SR. MOISES EDUARDO SALGADO DIAZ, a las Ciudades de QUINDIO y ARMENIA - REPUBLICA DE COLOMBIA, para participar, en representación de la Municipalidad Distrital de Comas; en una visita técnica a las instalaciones de la Empresa

OPERAMOS 2000 ESP S.A.; para los fi nes expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo;

Artículo Segundo.- ENCARGAR, del 02 al 06 de Mayo de 2012, el despacho de Alcaldía al Teniente Alcalde, DON ROMEL MAURO GUTIÉRREZ BADILLO, mientras dure la ausencia del señor Alcalde, con las facultades y atribuciones inherentes a dicho cargo.

Artículo Tercero.- Dentro de los quince días calendarios siguientes, de efectuado el viaje, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Comas, DR. NICOLÁS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO y el Gerente Municipal SR. MOISES EDUARDO SALGADO DIAZ, presentarán ante el Concejo Municipal un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, el fi el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo.

Dado en el Palacio Municipal a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil doce.

NICOLÁS OCTAVIO KUSUNOKI FUEROAlcalde

783437-1

MUNICIPALIDAD DE

LA VICTORIA

Regulan horarios y condiciones para la ejecución de obras en el distrito

ORDENANZA Nº 148-2012/MLV

La Victoria, 19 de abril de 2012

EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA

VISTO; en sesión ordinaria de la fecha el Dictamen Conjunto Nº 003-2012-CPPPAL- CPDU/MLV emitido por las Comisiones Permanentes de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales y de Desarrollo Urbano; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades –; las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27972, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;

Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece en su artículo 79º numeral 3.6 apartado 3.6.2 y en su artículo 80º, que las municipalidades en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, ejercen funciones específi cas exclusivas de las municipalidades distritales, que consisten en normar, regular, y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fi scalización de construcción, remodelación o demolición de inmuebles y declaratoria de fábrica; por su parte en materia de saneamiento, salubridad y salud, ejercen funciones fi scalizadoras y realizan labores de control respecto de la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y del ambiente;

Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de mayo de 2012 465673

de Edifi caciones, las licencias de habilitación urbana y de edifi cación constituyen actos administrativos mediante los cuales las municipalidades otorgan autorización para la ejecución de habilitaciones urbanas o edifi caciones, las mismas que pueden ser objeto de modifi cación, conforme lo señala el artículo 7º de dicha norma;

Que, en el distrito de La Victoria, como consecuencia de las diversas actividades económicas y sociales que forman parte del desarrollo de la industria de la construcción, tanto entidades públicas y privadas, así como personas naturales y jurídicas, en uso de la Licencia de Edifi cación o Demolición otorgada, realizan obras de construcción civil diariamente, no solo dentro del horario de la jornada laboral ordinaria, sino en muchos casos fuera de ella, incluso hasta los días domingos y/o feriados. Asimismo, dichas construcciones se ejecutan en la mayoría de casos con ocupación de la vía pública, causando el deterioro de las vías, veredas y áreas públicas, lo que perturba la tranquilidad de los vecinos tanto de las zonas residenciales como de las zonas comerciales, lo cual a su vez genera la formulación de permanentes quejas y denuncias vecinales;

Que, en este sentido y teniendo en cuenta que uno de los fi nes estratégicos del Plan de Desarrollo Local Distrital, es otorgar y mantener la calidad de vida de la población del distrito en general, lo que signifi ca evitar en lo posible toda alteración del medio ambiente, así como los impactos negativos que en materia de ruidos y vibraciones produce la actividad de la construcción; se hace necesario dictar medidas pertinentes a fi n de armonizar la ejecución de obras de la industria de la construcción, estableciendo el horario de realización de las mismas en propiedad privada y pública, efectuadas tanto por el sector público o privado;

Estando a los fundamentos expuestos, a las normas legales glosadas y en virtud de los pronunciamientos emitidos por la Gerencia Municipal, la Gerencia de Desarrollo Urbano la Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Control Urbano, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia de Fiscalización y Control, mediante informes detallados en el dictamen de vistos, tomando en cuenta lo dispuesto en la Ley Nº 29091 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, así como en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, respectos a los anexos de las normas legales, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – el Concejo Municipal por unanimidad aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE REGULA LOS HORARIOS Y CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS

CIVILES EN EL DISTRITO DE LA VICTORIA

Artículo 1º.- Aprobar la Ordenanza que regula los horarios, condiciones y términos de seguridad para la ejecución de obras civiles en el distrito de La Victoria, cuyos lineamientos forman parte integrante de la presente norma como anexo.

Artículo 2º.- Encargar el cumplimiento y efectiva difusión de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Fiscalización y Control y Gerencia de Imagen Institucional, de acuerdo a sus competencias y atribuciones.

Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza y su Anexo en el portal institucional www.munilavictoria.gob.pe y en el portal del Estado Peruano.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C.Alcalde

783938-1

Regulan el proceso del Presupuesto Participativo del año 2013

ORDENANZA Nº 149-2012/MLV

La Victoria, 26 de abril de 2012

El CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA

VISTO; en sesión extraordinaria de la fecha el Dictamen Nº 005-2012-CPPPAL/MLV de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional – las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anualmente bajo responsabilidad, conforme a Ley;

Que, Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – el artículo 53° de la, establece que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales, como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertado de su jurisdicción. El Presupuesto Participativo forma parte del Sistema de Planifi cación;

Que, la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización – a través del artículo 17 numeral 1) dispone que los Gobiernos Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus Planes de Desarrollo y Presupuestos en la Gestión Pública. Asimismo, el artículo 20º de la misma norma establece que los gobiernos regionales y locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley y en concordancia con los planes de desarrollo concertados, lo cual guarda concordancia con lo regulado en el artículo 53º la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades –;

Que, de conformidad con las disposiciones contenidas en el artículo 7º de la Ley Orgánica de Municipalidades, los Consejos de Coordinación Local Distrital, son órganos de coordinación y concertación de las municipalidades distritales, a los cuales corresponde coordinar y concertar el Presupuesto Participativo, conforme lo establece el artículo 104º de la citada norma;

Que, mediante la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo –, reglamentada por Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, se establecen disposiciones para asegurar la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de Programación Participativa del Presupuesto, el cual se desarrolla en armonía con los planes de desarrollo concertados de los Gobiernos Locales. Asimismo, el artículo 5º de dicha norma señala que el gobierno local dispondrá mediante Ordenanza las medidas necesarias para reglamentar el proceso de identifi cación y acreditación de los agentes participantes, particularmente de aquellos de la sociedad civil;

Que, el instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 – Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados – aprobado mediante Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, publicado en el diario Ofi cial El Peruano con fecha 10 de abril del 2010, establece los lineamientos, mecanismos y pautas para que los gobiernos regionales y locales desarrollen el proceso en mención, precisando diversos criterios para delimitar los proyectos de impacto regional, provincial y local, de conformidad a lo estipulado en la Ley Nº 28056, sus modifi catorias y reglamento así como en la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto –;

Que, en este contexto resulta necesario reglamentar la participación de los representantes de la Sociedad Civil, así como sus responsabilidades, obligaciones y derechos, dentro del proceso de desarrollo del Presupuesto Participativo para el año 2013, el cual permitirá asegurar un uso efi ciente de los recursos públicos en el desarrollo local;

Que el Equipo Técnico de la Municipalidad de La Victoria que elaborará el Presupuesto Participativo para el año 2013 estará presidido por la Gerente de Planeamiento y Presupuesto, quedando conformado por distintos funcionarios de la entidad que brindarán el apoyo

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NORMAS LEGALESEl Peruano

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profesional y técnico que se requiere para tal fi n, conforme se detalla en los Anexos de la presente Ordenanza;

Que, sin perjuicio de lo expuesto se deja constancia que mediante Acuerdo de Concejo Nº 024-2012/MLV se encargó el despacho de Alcaldía a la teniente alcalde, Milagros del Carmen Manchego Bustíos, desde el 26 de abril hasta el 3 de mayo de 2012;

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y tomando en cuenta lo dispuesto en la Ley Nº 29091 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, así como en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, respectos a los anexos de las normas legales el Concejo Distrital de La Victoria por unanimidad aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE REGULA EL PROCESODEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2013

Artículo Primero.- Dar inicio al proceso del Presupuesto Participativo del año 2013 en el distrito de La Victoria.

Artículo Segundo.- Aprobar los Anexos Nº 1: Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo 2013, conformado por II títulos, IV capítulos, 20 artículos y 2 disposiciones fi nales; Nº 2: Criterios de Priorización y Nº 3: Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo 2013, que forman parte integrante de la presente Ordenanza,.

Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento y efectiva difusión de la presente Ordenanza al Equipo Técnico que se conforma en el Anexo Nº 1 y a la Gerencia de Imagen Institucional, respectivamente. Asimismo, se encarga a la Subgerencia de Tecnología de la Información la publicación de la presente Ordenanza y sus anexos en el portal institucional www.munilavictoria.gob.pe.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

MILAGROS DEL C. MANCHEGO BUSTIOSTeniente AlcaldesaEncargada del Despacho de Alcaldía

783950-1

MUNICIPALIDAD DE

PUEBLO LIBRE

Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 386-MPL, que aprobó Régimen Excepcional de Fraccionamiento de Deudas Tributarias para los Pequeños y Micro Contribuyentes

DECRETO DE ALCALDÍANº 06-2012-MPL

Pueblo Libre, 26 de abril de 2012

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

PUEBLO LIBRE

VISTO: El Informe Nº 070-2012-MPL-GAT/SREC de la Subgerencia de Recaudación y Ejecución Coactiva, Informe Nº 022-2012-MPL-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria, Proveído Nº 586-2012-MPL-GM de la Gerencia Municipal, Informe Nº 065-2012-MPL/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Proveído Nº 595-2012-MPL-GM de la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú, establece en su artículo 194º las municipalidades provinciales y distritales

son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, mediante Ordenanza Nº 386-MPL se aprobó un Régimen Excepcional de Fraccionamiento de Deudas Tributarias para los Pequeños y Micro Contribuyentes, la cual en la Tercera Disposición Final, faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza y pueda en caso excepcional prorrogar el plazo de vigencia de la presente Ordenanza;

Que, la Subgerencia de Recaudación y Ejecución Coactiva, mediante Informe Nº 070-2012-MPL-GAT/SREC de fecha 23 de abril de 2012, informa que vista la concurrencia por parte de los contribuyentes del distrito de Pueblo Libre dando respuesta al fraccionamiento otorgado por esta Corporación Edil, recomienda se extienda hasta el 30 de junio del 2012 el plazo inicial establecido en la Ordenanza Nº 386-MPL;

En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20º y en el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de junio de 2012 el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 386-MPL, para que los pequeños y micro contribuyentes puedan acogerse al fraccionamiento.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Informática y Gobierno Electrónico y Gerencia de Calidad de Servicios, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, en lo que fuere de su competencia.

Artículo Tercero.- DISPONER que el presente Decreto de Alcaldía, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

RAFAEL SANTOS NORMANDAlcalde

783052-1

MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS

Aprueban modificación del Cronograma de Actividades del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año 2013

DECRETO DE ALCALDIA Nº 007-2012-MDSL

San Luis, 27 de abril de 2012

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITALDE SAN LUIS

VISTO:

El Informe Nº 071-2012-MDSL-GPPI de fecha 26ABR2012 de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática (e), respecto a la Modifi cación del Cronograma de Actividades del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en resultados correspondiente al ejercicio 2013, aprobado mediante el Decreto de Alcaldía

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Nº 006-2012-MDSL de fecha 17ABR2012 y publicado en el diario ofi cial “El Peruano” con fecha 24ABR2012; y,

CONSIDERANDO:

Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo dispone el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, en concordancia con lo señalado en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú;

Que, en el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de San Luis para el Año 2013, aprobado por Ordenanza Nº 140-MDSL, en el Artículo Segundo, faculta al Alcalde, a dictar por Decreto de Alcaldía las normas complementarias y reglamentarias a la presente ordenanza;

Que, teniendo en cuenta lo señalado en el Informe del Visto por el Gerente de Planeamiento, Presupuesto e Informática (e), respecto a la modifi cación del Cronograma, únicamente en lo que respecta a la hora de inicio de los talleres (07.00 pm), a partir del 04 de mayo de 2012;

Con el visto bueno de la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática (e), Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Servicios a la Ciudad, Gerencia de Promoción Económico y Social, Gerencia de Administración y Finanzas y Gerencia de Asesoría Legal y de la Subgerencia de Imagen y Participación Vecinal;

En uso de las facultades conferidas por los artículos 20º numeral 6); y 42 de la Ley Nº 27972.

DECRETA:

Artículo Primero.- APROBAR la Modifi cación del Cronograma de Actividades del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de San Luis para el Año 2013, únicamente en lo que respecta a la hora de inicio de los Talleres dirigidos a los Agentes Participantes, el cual será a partir de las 07.00 pm, rigiendo este nuevo horario desde el 04 de mayo de 2012. Asimismo se precisa que el Taller de Formalización y Rendición de Cuentas del 12 de junio de 2012, se desarrollará en el horario siguiente: Asamblea de Formalización: 07.00 pm; Rendición de Cuentas: 08.00 pm y, Convocatoria Elección de los Miembros del Comité de Vigilancia: 09.00 pm.

Artículo Segundo.- DISPONER que el Cronograma debidamente detallado, será publicado en el portal electrónico de la municipalidad: www.munisanluis.gob.pe

Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal y a las demás gerencias de acuerdo a sus funciones y competencias.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General disponga la publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano” del presente Decreto de Alcaldía, y a la Subgerencia de Informática y Estadística su difusión en el Portal de la Municipalidad y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

RICARDO CASTRO SIERRAAlcalde

783370-1

MUNICIPALIDAD DE

SANTIAGO DE SURCO

Aprueban Reglamento de las Sesiones de la Junta de Delegados Vecinales Comunales

DECRETO DE ALCALDÍANº 11-2012-MSS

Santiago de Surco, 2 de mayo de 2012

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO DE SURCO:

VISTOS: El Informe Nº 33-2012-GPV-MSS de la Gerencia de Participación Vecinal, el Informe Nº 305-2012-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante los cuales se propone el Reglamento de las Sesiones de la Junta de Delegados Vecinales Comunales; y

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 28607, concordante con el Artículo II de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”;

Que, el Artículo 106° de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que, “La junta de delegados vecinales comunales es el órgano de coordinación integrado por los representantes de las agrupaciones urbanas y rurales que integran el distrito dentro de la provincia y que están organizadas, principalmente, como juntas vecinales”;

Que, mediante Ordenanza N° 401-MSS, publicada el 16.10.2011, se aprobó la Ordenanza que regula la constitución, organización y funciones de las Juntas Vecinales Comunales en el distrito de Santiago de Surco;

Que, el Artículo 42° de la Ordenanza N° 401-MSS establece que “La Junta de Delegados Vecinales Comunales se constituye como el órgano de coordinación entre la Autoridad Municipal y la Sociedad Civil organizada. Está integrado por treinta (30) Delegados Vecinales Comunales quienes representan a cada una de las Juntas Vecinales Comunales, las cuales se constituyen y delimitan conforme al Anexo 1 de la presente ordenanza. Está presidida por el Primer Regidor de la Municipalidad de Santiago de Surco, quien la convoca y preside. El Alcalde podrá asistir a las sesiones, en cuyo caso las presidirá”;

Que, mediante Informe N° 33-2012-GPV-MSS del 19.04.2012, la Gerencia de Participación Vecinal, adjunta el proyecto de Reglamento de Sesiones de la Junta de Delegados Vecinales Comunales, señalando que contiene el desarrollo de las Sesiones de la Junta de Delegados Vecinales Comunales entre las que destacan las generalidades, lectura y aprobación de acta anterior, informes, pedidos, orden del día, quórum y votación, dando cumplimiento a lo dispuesto por la Ordenanza N° 401-MSS;

Que, asimismo agrega la Gerencia de Participación Vecinal, que el citado proyecto se encuentra dentro de las excepciones señaladas por el numeral 3.2. del inciso 3) del Artículo 14° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS - Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General que señala: “Se exceptúa de la aplicación del presente artículo: Cuando la entidad por razones debidamente fundamentadas, en el proyecto de norma, considere que la prepublicación de la norma es impracticable, innecesaria o contraría a la seguridad o al interés público” por cuanto el Reglamento Interno de la Junta de Delegados Vecinales Comunales, es complemento de lo detallado en el Título V de la Ordenanza N° 401-MSS, publicada el 16.10.2011;

Que, con Informe N° 305-2012-GAJ-MSS del 20.04.2012, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que en el proyecto de Decreto de Alcaldía, de conformidad con el Título V de la Ordenanza N° 401-MSS, tiene

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por fi nalidad regular el procedimiento para el normal desarrollo de las sesiones que llevarán a cabo la Junta de Delegados Vecinales Comunales, teniendo en cuenta que por mandato de la ley deberá sesionar como mínimo 04 veces al año, con el objeto de que éstas sesiones sean llevadas de manera ágil, ordenada y centrándose únicamente en las funciones que se le otorgan a los citados delegados; opinando por la procedencia de la emisión del Reglamento de las Sesiones de la Junta de delegados Vecinales Comunales, en cumplimiento de lo señalado por la Tercera Disposición Final de la Ordenanza N° 401-MSS, mediante el Decreto de Alcaldía correspondiente;

Estando al Informe N° 305-2012-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, en uso de las atribuciones conferidas en los Artículos 20° numeral 6) y 39° de la Ley N° 27972;

DECRETA:

Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de las Sesiones de la Junta de Delegados Vecinales Comunales del distrito de Santiago de Surco, el mismo que consta de 3 Títulos, 3 Capítulos y 15 Artículos, conforme al Anexo Único, que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Segundo.- DISPONER que la Ofi cina de Secretaría General efectúe la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano, asimismo deberá publicarse en el Portal Web de la Municipalidad de Santiago de Surco.

Artículo Tercero.- EL PRESENTE Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

ROBERTO GOMEZ BACAAlcalde

ANEXO ÚNICO

REGLAMENTO DE LAS SESIONES DE LA JUNTA DE DELEGADOS VECINALES COMUNALES

TÍTULO IDISPOSIONES GENERALES

Artículo 1º.- El presente Reglamento de las Sesiones de la Junta de Delegados Vecinales Comunales, establece el procedimiento para el desarrollo de las sesiones de la Junta.

Artículo 2º.- Las competencias de la Junta de Delegados Comunales están normadas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y la Ordenanza Nº 401-MSS que regula la Constitución, organización y funciones de las Juntas Vecinales Comunales para el distrito de Santiago de Surco.

TÍTULO II

DE LAS SESIONES DE LA JUNTA DE DELEGADOS VECINALES COMUNALES

CAPÍTULO I

GENERALIDADES

Artículo 3º.- Las sesiones de la Junta de Delegados Vecinales Comunales pueden ser:

a) Ordinariasb) Extraordinarias

Artículo 4º.- La Gerencia de Participación Vecinal, será la encargada de comunicar y citar a cada uno de los miembros a las sesiones que se convoquen, dichas citaciones deberán ser por escrito, contener la agenda de la sesión, debiendo cursarse con una antelación de por lo menos cinco (5) días hábiles.

Artículo 5º.- El quórum para la instalación y funcionamiento de la Junta de Delegados Vecinales

Comunales se constituye con la presencia de la mitad más uno de sus miembros acreditados ante la Municipalidad en primera convocatoria. En caso de no existir el quórum reglamentario la sesión se realizará en segunda convocatoria a los treinta (30) minutos siguientes de la hora fi jada para la primera convocatoria, llevándose a cabo con los integrantes que estuvieren presentes.

CAPÍTULO II

DE LAS SESIONES ORDINARIAS

Artículo 6º.- Las sesiones ordinarias se realizan cuatro (04) veces al año

En las sesiones ordinarias se observará las siguientes estaciones:

a) Lectura y aprobación del acta de la sesión anteriorb) Informesc) Pedidosd) Orden del día

Lectura y aprobación del acta de la Sesión anterior

Artículo 7º.- Iniciada la Sesión el presidente de la misma procede a leer el acta de la sesión anterior sea esta ordinaria o extraordinaria. El presidente de la sesión puede disponer que se omita la lectura del acta si su texto se hubiera distribuido a los miembros con la debida antelación, pudiendo los miembros formular observaciones que estimen convenientes respecto de sus propias intervenciones. La formulación de observaciones no dará lugar a debate ni a reabrir temas de la sesión anterior, con la constancia de las observaciones efectuadas se procederá a la aprobación mediante la votación correspondiente.

InformesArtículo 8º.- En esta estación los miembros pueden

dar cuenta de los asuntos relacionados con las funciones que le señala la Ordenanza Nº 401-MSS y que consideren deban ser puestos en conocimiento de la Junta de Delegados Vecinales Comunales. Los informes serán concretos y no excederán de tres (3) minutos, en esta estación no se admitirá debate y será solo una intervención por delegado.

PedidosArtículo 9º.- Sin perjuicio de los pedidos que

pudiesen formular por escrito ante la Gerencia de Participación Vecinal, en esta estación los miembros podrán formular en forma concisa los pedidos que estimen pertinentes, con una intervención máxima de un (01) minuto, el presidente dispondrá el trámite que se debe de dar a cada uno de los pedidos y será sólo una intervención por delegado.

Orden del díaArtículo 10º.- En esta estación se debate y vota

únicamente los asuntos que durante la sesión hubieran pasado a esta estación. Durante los debates, ningún miembro podrá intervenir más de dos veces en el mismo asunto, siendo el tiempo máximo de cada una de las intervenciones de dos (02) minutos, el tiempo para cada intervención es intransferible, debiendo el presidente evitar que el debate derive a asuntos diferentes a los que se traten.

Artículo 11º.- Durante el desarrollo de la sesión los miembros de la Junta de Delegados Vecinales Comunales, participan a través del presidente y guardan el debido respeto a la opinión de los demás miembros, evitando dirigirse con palabras ofensivas que afecten el honor y la buena reputación.

Si algún miembro pronuncia palabras o frases ofensivas es llamado al orden y a retirarlas, por el presidente de la sesión, de no hacerlo o de persistir en su actitud el infractor es sancionado y retirado del salón. El acuerdo de sanción se adopta por mayoría simple.

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Artículo 12º.- Constituyen faltas:

a) Pronunciar palabras o frases ofensivas que afecten la reputación, el honor, la intimidad o la imagen personal del Alcalde, regidores, funcionarios y demás miembros de la Junta de Delegados Vecinales Comunales.

b) Interrumpir el normal desarrollo de las sesiones de la Junta de Delegados Vecinales Comunales.

c) Agredir físicamente a otro miembro de la Junta de Delegados Vecinales Comunales.

d) Concurrir a la sesiones de la Junta de Delegados Vecinales Comunales, bajo el efecto del alcohol y/o sustancias estupefacientes o alucinógenas.

Las faltas establecidas en los literales a) y b) serán sancionadas con amonestación escrita. Las establecidas en los literales c) y d) por considerarse faltas graves se sancionarán con suspensión en el ejercicio del cargo hasta por un plazo de treinta (30) días calendario.

Artículo 13º.- Votación Los acuerdos son adoptados por mayoría simple.

El presidente de la Junta de Delegados Vecinales Comunales, tiene voto dirimente en caso de empate.

CAPÍTULO III

DE LAS SESIONES EXTRAORDINARIAS

Artículo 14º.- La Junta de Delegados Vecinales Comunales sesiona extraordinariamente cuando la convoque el Primer Regidor Municipal o lo solicite cuando menos el veinticinco por ciento ( 25 %) de los Delegados Vecinales Comunales.

TÍTULO III

DISPOSIONES FINALES

Artículo 15º.- El presidente de la sesión de la Junta de Delegados Vecinales Comunales, determinará las pautas a seguir en los casos no previstos en el presente reglamento de conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 y demás normas complementarias.

783945-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE

VENTANILLA

Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 029-2011/MDV, que establece el Programa de Revalorización Predial mediante la Actualización de Declaraciones Tributarias de Predios por los Contribuyentes del distrito

DECRETO DE ALCALDIANº 003-2012/ MDV-ALC

Ventanilla, 29 de marzo de 2012

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITALDE VENTANILLA

VISTO:

El Informe Nº 21-2012/MDV-GRM de fecha 20 de marzo de 2012, remitido por la Gerencia de Rentas Municipales, y el Informe Nº 62-2012/MDV-GLySM de fecha 27 de marzo de 2012, remitido por la Gerencia Legal y Secretaría Municipal de esta Entidad Edil; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia, con lo previsto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades.

Que, mediante el informe del visto la Gerencia de Rentas Municipales, manifi esta que se viene ejecutando la Ordenanza Municipal Nº 029-2011/MDV que establece Programa de Revalidación Predial mediante la Actualización de Declaraciones Tributarias de Predios por los contribuyentes del Distrito de Ventanilla, desde el 02 de noviembre hasta el 31 de diciembre de 2011, que a su vez fue prorrogado por el Decreto de Alcaldía Nº 015-2011/MDV-ALC, desde el 02 de enero hasta el 31 de marzo de 2012, lo cual está permitiendo que los contribuyentes que no se encuentran tributando a la Municipalidad cumplan con su obligación de declarar sus predios y pagar el Impuesto Predial y Arbitrios Municipales.

Que, asimismo señala que luego del trabajo realizado existe aún un gran número de contribuyentes omisos a la presentación de la declaración jurada, por lo que se propone que otorgue la prórroga de este benefi cio tributario por un plazo adicional de nueve (09) meses (del 01 de abril hasta el 31 de diciembre de 2012) a fi n de seguir brindando facilidades a los contribuyentes para que cancelen sus obligaciones pendientes de pago ante este Municipio.

Que, con el Decreto Nº 015-2012/MDV-ALC que prorroga la referida ordenanza municipal señala que el benefi cio tributario antes señalado tendrá una vigencia hasta el 31 de marzo de 2012; asimismo en la Cuarta Disposición Final y Transitorio de la Ordenanza Municipal Nº 029-2011/MDV se faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía establezca su prórroga de ser el caso.

Que, el artículo 55º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modifi cado mediante Decreto Legislativo Nº 981, establece que “es función de la administración tributaria recaudar los tributos” y el artículo 69º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades señala que: “son rentas municipales, los tributos creados por ley a su favor y las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, multas y derechos creados por su Concejo Municipal, los que constituyen sus ingresos propios”.

Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece “los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”.

Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, y a lo establecido en la Ordenanza Municipal Nº 009-2011/MDV de fecha 10 de marzo de 2011.

SE DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 029-2011/MDV, que establece el Programa de Revalorización Predial mediante la Actualización de Declaraciones Tributarias de Predios por los Contribuyentes del Distrito de Ventanilla, desde el 01 de abril hasta el 31 de diciembre del 2012.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas Municipales y a las Sub Gerencias dependientes de dicha unidad orgánica el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, debiendo todas las dependencias de la Municipalidad prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento.

Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ventanilla (www.muniventanilla.gob.pe), así como en el Portal de Servicios al Ciudadano

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y Empresas – PSCE (www.psce.gob.pe) de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 29091 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGAAlcalde

783413-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE LA BANDA DE SHILCAYO

Autorizan viaje del Alcalde a EE.UU. para participar en el programa regional “Desarrollo Urbano Sostenible”

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍANº 137-2012-MDBSH

La Banda de Shilcayo, 20 de marzo del 2012

VISTO:

El Acuerdo de Concejo Nº 070-2012 de fecha 19 de Marzo del 2012, donde se autoriza al señor Alcalde Distrital el viaje a los Estados Unidos de América.

CONSIDERANDO:

Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política. Económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y que dicha autonomía, reconocida en la Constitución Política del Perú y en la Ley Nº 27972. Ley Orgánica de Municipalidades. Radica en la Facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;

Que, a través de la Sección de Prensa y Cultura (PAS) ; el Gobierno de los Estados Unidos de América ha brindado una beca para el señor alcalde del “International Visitor Leadership Program” auspiciado por la embajada de los Estados Unidos de Américael cual está desarrollando el programa regional denominado “Desarrollo Urbano Sostenible” que se realizará del lunes 07 de mayo al viernes 25 de mayo del 2012;

Que, según el artículo 9, numeral 11, de la mencionada Ley Nº 27972, es atribución del Concejo Municipal, como máximo órgano edil, autorizar los viajes al exterior del

país que en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el Alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario. Asimismo, según el artículo 9, numeral 27 de este mismo dispositivo legal, el Concejo Municipal apruebo los licencias solicitadas por el Alcalde o los regidores;

Que, artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, con el que se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes 01 exterior de servidores y funcionarios públicos, prescribe que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano con anterioridad al viaje.

Que, en concordancia con lo indicado, según el artículo 10. I de la Ley Nº 298 12, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, se prohíben los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que dicha Ley señala, entre ellos el de los altos funcionarios y autoridades del Estado. Asimismo, indica que el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas, en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, se autoriza mediante acuerdo del consejo regional o concejo municipal, respectivamente; y, en todos los casos, la resolución o acuerdo de excepción es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano;

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9 y 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje del señor Alcalde Distrital Luis Antonio Neira León por el período comprendido entre el 03 al 28 de Mayo, a fi n de participar en el programa regional denominado “Desarrollo Urbano Sostenible”, que se realizará del 07 al 25 de Mayo de 2012 en los Estados Unidos de América; de conformidad con los considerandos expuestos en el presente acuerdo.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente dispositivo en el Diario Ofi cial El Peruano; y a la Ofi cia de Imagen Institucional su publicación en el Portal Institucional (www.mdbsh.gob.pe).

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

LUIS ANTONIO NEIRA LEONAlcalde

783369-1

REQUISITO PARA PUBLICACIŁN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS

Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico [email protected].

LA DIRECCIÓN

DIARIO OFICIAL