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1 Concesiones Mineras Ing. Walter Casquino Rey Presidente del Consejo Directivo del INGEMMET

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  • *Concesiones Mineras Ing. Walter Casquino ReyPresidente del Consejo Directivo del INGEMMET

  • *Nuestra Misin

    Otorgar ttulos de Concesin Minera, Incorporarlos al Catastro, Administrar el Derecho de Vigencia y Penalidad,Mediante la investigacin, procesar, administrar y difundir eficientemente la informacin geocientfica. *

    * Con plena seguridad jurdica, de manera eficiente y en armona con el desarrollo sustentable de la minera en el pas.

  • *CONCESION MINERABASE LEGALConstitucin Poltica del Per. (Art. 66)Ley N 26821 Ley Orgnica para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales. Decreto Supremo N 014-92-EM Texto nico Ordenado de la Ley General de Minera.Decreto Supremo N 018-92-EM Reglamento de Procedimientos Mineros.Decreto Supremo N 03-94-EM Reglamento de Diversos Ttulos del Texto nico Ordenado de la Ley General de Minera. Ley N 26615 Ley del Catastro Minero Nacional.Ley N 27651 Ley de Formalizacin y Promocin de la Pequea Minera y la Minera Artesanal modificado por D.Leg. 1040. Ley N 27015 Ley de reas Urbanas y de Expansin Urbana, modificada por la Ley N 27560, y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N 008-2002-EM.Ley N 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General

  • *ConcesinArtculo 66 de la Constitucin de 1993.- Los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nacin. El Estado es soberano en su aprovechamiento. Por ley orgnica se fijan las condiciones de su utilizacin y de su otorgamiento a particulares. La concesin otorga a su titular un derecho real, sujeto a dicha norma legal.

  • *

    Ley N 26821

    LEY ORGNICA PARA EL APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS NATURALES

    Artculo 19

    Los derechos para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales se otorgan a los particulares mediante las modalidades que establecen las leyes especiales para cada recurso natural. En cualquiera de los casos, el Estado conserva el dominio sobre estos, as como sobre los frutos y productos en tanto ellos no hayan sido concedidos por algn ttulo a los particulares.

  • *La concesin minera otorga a su titular el derecho a la exploracin y explotacin de los recursos minerales concedidos, que se encuentren dentro de un slido de profundidad indefinida, limitado por planos verticales correspondientes a los lados de un cuadrado, rectngulo o polgono cerrado, cuyos vrtices estn referidos a coordenadas Universal Transversal Mercator (UTM).

    La concesin minera es un inmueble distinto y separado del predio donde se encuentre ubicada.CONCESION MINERAD.S. 017-92-EM

  • *Caractersticas de la Concesin MineraEs legal.- La ley fija las condiciones de su utilizacin y otorgamiento.Es formal.- La ley establece el procedimiento, requisitos y como acto es reglado.Es irrevocable.- En tanto el titular cumpla con las obligaciones: pago del derecho de vigencia y penalidad.Es de plazo indefinido.- La concesin minera no esta sujeta a plazo, sino a condicin.Es un derecho real.- Otorga el uso, disfrute y propiedad del recurso concedido.Es un inmueble.- Distinto y separado del predio donde se ubica.Tiene unidad bsica de medida.- Con una extensin de 100 Has.Es indivisible.- No podr dividirse a menos de 100 Has.

  • *Solicitud de Petitorio Minero

  • *Sistema de CuadrculasEl sistema de Cuadrculas est elaborado sobre la base de las Cartas Nacionales del Instituto Geogrfico Nacional.

    El territorio peruano comprende 500 Cartas.

    La unidad bsica de los petitorios mineros es la cuadrcula de 100 hectreas, de un kilmetro por lado.

  • *

  • *D.S. 014-92-EMProcedimiento Ordinario Para Concesiones Mineras

    Jurisdiccin Nacional DescentralizadaEl procedimiento ordinario para el otorgamiento de concesiones mineras, se establece a travs de una jurisdiccin nacional descentralizada, a cargo del Instituto Geolgico Minero y Metalrgico (titulares inmersos en Rgimen General).Las Direcciones Regionales de Energa y Minas del Gobierno Regional (titulares con calificacin de PPM y PMA).Tiene su Sede Central en la ciudad de Lima, y cuenta con Oficinas Desconcentradas en las ciudades de: Arequipa, Cusco, La Libertad, Puno y Puerto MaldonadoINGEMMET

  • *Solicitud de un Derecho MineroExcelencia ambientalRespeto a instituciones, autoridades, cultura y costumbres localesDilogo continuo y oportuno con las autoridadesInstitucionalidad para el desarrollo local ms all de la vida de la minaEmpleo local, oportunidades de capacitacinAdquirir preferentemente bienes y servicios locales.Desarrollo SostenibleD. S. 043-2003-EM Declaracin Jurada de Compromiso Previo

  • *Procedimiento Ordinario Minero

  • *Datos del Petitorio:NombreSustanciaDemarcacinCarta NacionalZona GeogrficaEscalaCoordenadas UTM de los vrtices de cuadrculareferidos al Datum PSAD56REQUISITOS.

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    Datos del Solicitante:Denominacin Social (persona jurdica)Datos de inscripcinDatos del representante y datos de inscripcinNombre y apellidos (persona natural)NacionalidadDNI / Carn ExtranjeraEstado CivilNombre y nacionalidad cnyuge RUCDomicilioFirmaREQUISITOS

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    Pago anual equivalente a $3 dlares por hectrea Solicitada REGIMEN GENERAL.

    El primer pago se realiza en el momento en que se solicita el petitorio minero. Los pagos siguientes deben efectuarse del 1 de enero al 30 de junio de cada ao.

    Su omisin al presentarse la solicitud constituye causal de rechazo del petitorio minero.

    El pago parcial en dlares no puede ser subsanado.

    El pago parcial en moneda nacional slo puede ser subsanado si no es inferior al 97% del pago total.

    La omisin de su pago durante 2 aos constituye causal de caducidad (extincin).Pago equivalente al 10% de unaUnidad Impositiva Tributaria.

    Pago con el cual se solventa losgastos en que incurre laAdministracin para la tramitacin del petitorio minero.

    Su omisin al presentarse la solicitud constituye causal de rechazo del petitorio minero.

    El pago parcial puede ser subsanado en el plazo de 10 das hbiles, bajo apercibimiento de rechazo del petitorio minero.

    PAGOS:DERECHO DE TRAMITE DERECHO DE VIGENCIA.

  • *La no publicacin del cartel, publicar fuera del plazo, o no presentarLa pgina entera del peridico en que conste la publicacin del cartelEL PETITORIO CAE EN ABANDONO (concluye el POM)DIAGRAMA DEL P.O.M

  • *Ttulo de Concesin Minera

    Producidos los dictmenes tcnico y legal favorables, los que debern emitirse en un plazo no mayor de treinta das contados a partir de la ltima publicacin o de la notificacin de la advertencia a los titulares de petitorios anteriores, lo que ocurra ltimo, de no mediar oposicin, el Director General de Concesiones Mineras elevar los actuados al Presidente del Consejo Directivo del INGEMMET para que otorgue el ttulo de la concesin minera.

  • *Contenido de unaResolucinde titularidad de una concesin minera.

    (La resolucin Vara de acuerdo a la norma vigente a su expedicin)

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  • *PLANO CATASTRAL DEL DISTRITO DE TICACO, PROVINCIA DE TARATA, REGIN TACNA.

  • *(DERECHOS MINEROS Y AREAS RESTRINGIDAS)Catastro Integrado

  • *REGIONES DEL PERU

  • *PROVINCIAS

  • *DISTRITOS

  • *DISTRITOTICACO

  • *CUADRICULAS DE 100 HECTAREAS

  • *CATASTRO ACTUAL PETITORIOS

  • *AREAS RESTRINGIDAS(NUCLEO)

  • *RIOS

  • *CENTROS POBLADOS

  • *CARRETERAS

  • *DATOS DEMOGRAFICOS

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  • *CANON MINERO EN EL DISTRITO DE TICACO

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