0. 1 evaluación de la 1ra. unidad - sistemas de orgnizacion contable y otros

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UNIVERSIDAD SAN PEDRO VICERRECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y ADMINISTRATIVAS ESCUELA DE CONTABILIDAD EVALUACION 1RA UNIDAD–SISTEMAS ORGANIZACIÓN CONTABLE DOCENTE : Mg. CPCC EUSEBIO T. SARMIENTO MAZA Alumno…………………………………………………………. Nota…. 1. Explique la diferencia entre un hecho económico y un hecho contable con un Ejemplo práctico. 2. Explique con un ejemplo práctico, la diferencia entre método y sistema contable 3. Explique con un ejemplo práctico, la diferencia entre los métodos de los diarios múltiples y diarios auxiliares 4. Explique con un ejemplo practico, la cuenta única con la cuenta desdoblada 5. La empresa “San pedro SAC” reinicia operaciones en el presente ejercicio con el siguiente inventario: 10 EFECTIVO Y EQUIV DE EFECTIVO 9,000 .00 101 caja 3,500 1041 1 cta cte bco San Pedrito 5,500 Mg. CPCC. EUSEBIO T. SARMIENTO MAZA - ESTADOS FINANCIEROS II 1

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Page 1: 0. 1 Evaluación de La 1ra. Unidad - Sistemas de Orgnizacion Contable y Otros

UNIVERSIDAD SAN PEDRO VICERRECTORADO ACADEMICO

FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y ADMINISTRATIVAS

ESCUELA DE CONTABILIDAD

EVALUACION 1RA UNIDAD–SISTEMAS ORGANIZACIÓN CONTABLE

DOCENTE : Mg. CPCC EUSEBIO T. SARMIENTO MAZA

Alumno…………………………………………………………. Nota….

1. Explique la diferencia entre un hecho económico y un hecho contable con un Ejemplo práctico.

2. Explique con un ejemplo práctico, la diferencia entre método y sistema contable

3. Explique con un ejemplo práctico, la diferencia entre los métodos de los diarios múltiples y diarios auxiliares

4. Explique con un ejemplo practico, la cuenta única con la cuenta desdoblada

5. La empresa “San pedro SAC” reinicia operaciones en el presente ejercicio con el siguiente inventario:

10EFECTIVO Y EQUIV DE EFECTIVO

9,000.00

101 caja 3,500

10411 cta cte bco San Pedrito 5,500

12CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES

3,400

121 facturas por cobrar 2,000

123 letras por cobrar 1,400

14CUENTAS POR COBRAR PERSONAL

1,000

141 personal

20 MERCADERIAS 8,000

201 mercaderías

33INMUEBLES MAQ Y EQUIIPO

25,000

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333 maquinarias y equipos

39DEPRECIAC Y AMORTIZC ACUMULADA

6,250

391 depreciación acumulada

42CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES

2,700

421 facturas por pagar

41REMUNERAC Y PARTICIP POR PAGAR

1,200

411 remuneraciones por pagar

45OBLIGACIONES FINANCIERAS

5,000

451prestamos de instit financieras

50 CAPITAL 25,000

501 capital social

59RESULTADOS ACUMULADOS

6,250

591 utilidades no distribuidas

1. Se vende mercaderías por S/4,500 incluido IGV, se cobra el 50% y se deposita en Bco san pedrito, por el saldo se aceptan dos letras a 30 y 60 días mas un interés mensual del 5% .

2. Cobramos intereses sobre préstamos por S/5003. Compramos mercaderías por S/3,500 más IGV, se paga con cheque el 65% y por el

saldo aceptamos letra a 30 días con un interés del 4%.4. Se recibe recibo por honorarios por S/1,850 (retener IR), y paga con cheque5. Se vende un activo de la empresa por S/5,500 mas IGV. Considerar valor en libros

S/3,000 y depreciación acumulada S/2,400. Se deposita Banco San Pedrito.6. Cobramos letra pendiente por S/1400 mas interés del 2%.7. Se amortiza el 10% de la obligación financiera mas un interés del 3% con cheque.8. Contratamos por un año seguro contra incendio por S/3,500 mas IGV al crédito,

(desde abr 2014 hasta marzo 2015).9. Se paga alquiler de la oficina por S/750 mas un mes de garantía en efectivo. 10. Se provisiona y paga con cheque planilla del mes por S/ 1,595 (Afp

Prima: 12.83%)

Datos adicionales:- Inventario final S/ 7,875- Depreciación 20% (mensual)- CTS del mes (mensual)Se pide: Desarrollar por el método de la cuenta única y cuenta desdoblada. Libro diario (acumulación total) Libro caja Libro mayor (cuentas T)

Balance de comprobación (sumas y saldos)VENTA DE ACTIVOS FIJOS– INCIDENCIA CONTABLE Y TRIBUTARIA.

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Escrito por mcortez el 25-02-2012 en General.Comentarios   (4)

VENTA DE ACTIVOS FIJOS– INCIDENCIA CONTABLE Y TRIBUTARIA.

Conforme a lo previsto en el artículo 947º del Código Civil-CC, la transferencia de propiedad de bienes muebles se efectúa con la tradición (léase entrega) a su acreedor, salvo disposición legal diferente; en otras palabras, la propiedad de un bien mueble se transfiere con su entrega física al acreedor siempre y cuando no exista norma que obligue a cumplir otra formalidad para la transferencia. En el caso de bienes inmuebles, el artículo 949° del CC, establece que la sola obligación de enajenar estos bienes hace al acreedor propietario de él, salvo disposición legal diferente o pacto en contrario. Siendo ello así, podemos concluir que, la transferencia de propiedad de bienes muebles se verifica con la sola entrega; mientras que en el caso de bienes inmuebles se da por el solo acuerdo de voluntades, salvo disposición legal diferente o pacto en contrario 

En el presente comentario, abordaremos las incidencias contables y tributarias en la venta de activos fijos, por lo cual detallamos los siguientes casos:

 

VENTA DE INMUEBLE, MAQUINARIA Y EQUIPO, DESPUÉS DE DOS AÑOS

DE ADQUIRIDO:

El 16.06.2008 la empresa, NUEVA LUZ S.A, adquirió un vehículo por el monto total de S/. 31,155.00 (incluye IGV). Con fecha 31.10.2011 la empresa decide vender dicho activo por un valor de S/. 18,000.00 (más IGV) que corresponde a su valor de mercado, ¿Cómo sería el tratamiento contable y tributario, sabiendo que a dicha fecha el valor neto en libros de dicho bien asciende a S/. 15,272.06? Tratamiento ContableEn función a lo que establece el párrafo 67 de la NIC 16 Propiedades, Planta y Equipo, el importe en libros de un elemento (entiéndase activos) se dará de baja en cuentas cuando la entidad se desapropie del mismo, entre otros, mediante la venta del bien; reconociendo la pérdida o ganancia que surja por la baja del activo en el resultado delperíodo. En consideración a lo antes expuesto se deberá efectuar el siguiente asiento: 

REGISTRO CONTABLE

`--------------------- x -------------------------65 OTROS GASTOS DE GESTION 15,272.0

6655 Costo Neto de enajenación de

activos.

39 DEPRECIACION, AMORTIZACION Y 10,908.61

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Page 4: 0. 1 Evaluación de La 1ra. Unidad - Sistemas de Orgnizacion Contable y Otros

AGOTAMIENTO ACUMULADOS391 Depreciación Acumulada

33 INMUEBLES MAQUINARIA Y EQUIPO

26,180.67

334 Unidades de Transporte

*/* Por la baja en libros del activo fijo  Toda vez que la desapropiación del bien origina la entrada de flujos de efectivo, se deberá reconocer el correspondiente ingreso que permita determinar el resultado de la operación en el estado de resultados. Conforme a lo dispuesto por la NIC 18: Ingresos de actividades ordinarias, se reconocería el ingreso cuando la entidad ha transferido al comprador los riesgos y beneficios inherentes al bien, el importe de los ingresos pueden medirse con fiablemente y resulte probable que la entidad reciba los beneficioseconómicos asociados con la transacción; que deberá mostrarse tal como sigue:

 

REGISTRO CONTABLE

`--------------------- x -------------------------16 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS 21,240.0

0TERCEROS

165 Venta de Activo Inmovilizado

40 TRIBUTOS CONTRAPRESTACIONES Y

3,240.00

APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES

4011 Impuesto General a las Ventas

75 OTROS INGRESOS DE GESTION 18,000.00

756 Enajenación de activos inmovilizados*/* Por el reconocimiento del ingresoproducto de la enajenación del activo fijo

 

Tratamiento TributarioDe conformidad con el artículo 20º TUO LIR, en la enajenación de bienes depreciables, la renta bruta estará constituida por la diferencia existente entre el ingreso neto total proveniente de dicha operación y el costo computable de los bienes enajenados (en nuestro caso el costo de adquisición) disminuido en

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Page 5: 0. 1 Evaluación de La 1ra. Unidad - Sistemas de Orgnizacion Contable y Otros

el importe de las depreciaciones que hubiera correspondido aplicar de acuerdo a Ley. En el caso planteado de la empresa NUEVA LUZ S.A. nos encontramos ante una ganancia de capital toda vez que se ha enajenado un activo fijo (bien de capital), generándose un resultado equivalente a S/. 2,727.94 (S/. 18,000.00 – S/. 15,272.06), es decir, se ha producido una ganancia (Ingreso – Costo Computable) proveniente de la transferencia de bienes que no se encuentran destinados a ser comercializadosen el ámbito de un giro de negocio o de empresa. Esta ganancia, conforme con el literal d) del artículo 28º del TUO de la LIR constituye renta de tercera categoría al ser generado por una empresa. Complementariamente a ello, debe observarse que el ingreso se considerará para efectos del pago a cuenta correspondiente al mes de octubre. En lo que concierne al Impuesto General a las Ventas en la medida que esta operación implica la transferencia de bienes muebles se encuentra dentro de uno de los supuestos gravados con el Impuesto General a las Ventas y por lo tanto resulta correcto su afectación a dicho tributo. Así, dado que la venta se realiza con posterioridad a los dos años de su puesta en uso, no resulta aplicable la verificación siexiste reintegro del crédito fiscal dispuesto en el artículo 22º del TUO de la LIGV, aunque como puede observarse el valor de mercado de la operación resulta menor al precio de adquisición. 

VENTA DE ACTIVO TOTALMENTE DEPRECIADO

La empresa P & A S.A.C., en el mes de octubre 2011, decide efectuar la venta de una máquina que forma parte de su activo fijo que se encontraba fuera de uso y que se encuentra totalmente depreciada, el costo en libros asciende a S/. 30,000) el mismo que fue enajenado como chatarra a un valor de S/. 1,100.00 más IGV. ¿ Cómo se contabiliza dicha operación?, y ¿cuál es la incidencia tributaria? 

REGISTRO CONTABLE

`--------------------- x -------------------------16 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS 1,298.00

TERCEROS165 Venta de Activo Inmovilizado

40 TRIBUTOS CONTRAPRESTACIONES Y

198.00

APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES

4011 Impuesto General a las Ventas

75 OTROS INGRESOS DE GESTION 1,100.00756 Enajenación de activos inmovilizados

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Page 6: 0. 1 Evaluación de La 1ra. Unidad - Sistemas de Orgnizacion Contable y Otros

*/* Por el Registro de la venta del activofijo.

  

REGISTRO CONTABLE

`--------------------- x -------------------------39 DEPRECIACION, AMORTIZACION Y 30,000.0

0AGOTAMIENTO ACUMULADOS

391 Depreciación Acumulada

33 INMUEBLES MAQUINARIA Y EQUIPO

30,000.00

334 Unidades de Transporte*/* Para dar de baja al activo fijo que seencuentra totalmente depreciado.

 Incidencia TributariaIndependientemente que el bien se encuentre totalmente depreciado la venta de este debe realizarse considerando el valor de mercado ya sea que éste sea vendido como chatarra, asimismo se debe emitir el comprobante de pago que corresponda. En el presente caso se puede observar que la empresa P & A SAC ha obtenido una ganancia de S/. 1,100 producto de la venta del activo fijo dado que el costo neto delactivo es cero al encontrarse totalmente depreciado. Dicha ganancia se encuentra afecta al Impuesto a la Renta, debiendo considerarse como parte de la base imponible para el pago a cuenta del mes de octubre mes en que se realizó la transacción.Asimismo, dado que se trata de la venta de un bien mueble dicha operación se encuentra gravada con el 18% por Impuesto General a las Ventas. REINTEGRO DEL IGV POR VENTA DE UNA MAQUINARIA DESTINADA A OPERACIONES GRAVADAS CON IGV. Una empresa que realiza únicamente operaciones gravadas con IGV, adquirió y puso en funcionamiento una máquina en el mes de marzo 2011 cuyo valor de adquisición es de S/. 72,600 más IGV. En el mes de diciembre 2011, realiza la venta de dicho activo a un valor de mercado de S/. 52,000 más IGV. Se consulta respecto al cálculo del reintegro del crédito fiscal del IGV, para lo cual nos proporciona la siguiente información adicional: Ventas gravadas sin incluir venta de Activo Fijo S/. 638,000Compras gravadas S/. 333,200 

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Solución1. Cálculo del reintegro del Crédito Fiscal del IGVDe acuerdo a lo establecido por el artículo 22º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas (LIGV), cuando se realice la venta de bienes depreciables que formen parte del activo fijo de la empresa, antes de que transcurran dos años de haber sido puesto en funcionamiento y a un precio menor al de su adquisición, el crédito fiscal aplicado en la adquisición deberá reintegrarse en el mes de la venta, en la proporción que corresponda a la diferencia de precios. A continuación se procede a determinar la diferencia de precios existente en la operación planteada A. Determinación de la diferencia de precios

 

Detalle Base Imponible

IGV 18%

Valor de compra 72,600.00 13,068.00Valor de venta 52,000.00 9,360.00Diferencia de precios

20,600.00

 

B. Determinación del crédito a reintegrarDe otro lado, concordantemente con lo establecido por el artículo 22º del TUO de la LIGV, el segundo párrafo del numeral 3 del artículo 6º del Reglamento de la mencionada Ley, señala que el reintegro del crédito fiscal del IGV debe ser deducidodel crédito fiscal que corresponda al período tributario en que se produce dicha venta. Asimismo, señala la norma que en caso que el monto del reintegro, exceda el crédito fiscal del referido período, el exceso deberá ser deducido en los períodos siguientes hasta agotarlo. La deducción deberá afectar las columnas donde se registró el impuesto que gravó la adquisición del bien cuya venta originó el reintegro. En tal sentido, al efectuar la venta a un precio menor al adquirido, la empresa se encuentra en la obligación de reintegrar el crédito fiscal debiendo realizarlo en proporción a la diferencia de precios. El cálculo del crédito fiscal sería como sigue: Reintegro del Diferencia IGV vigenteCrédito fiscal     = de precios      x en la

Compra Reintegro del Crédito fiscal = 20,600 x 18%Reintegro del Crédito Fiscal = S/. 3,708 2. IGV por Débito Fiscal 

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Page 8: 0. 1 Evaluación de La 1ra. Unidad - Sistemas de Orgnizacion Contable y Otros

Base Imponible

IGV 18%

Ventas mes de diciembre (*)

690,000.00 124,000.00

 (*) Ventas del mes S/. 638,000 + S/. Venta activo fijo S/. 52,000. 3. IGV Crédito Fiscal 

Base Imponible

IGV 18%

Compras mes de diciembre

333,200.00 59,976.00

 IGV Compras S/

.59,976.00

Reintegro IGV -3,708.00IGV Crédito fiscal mes diciembre S/

.56,268.00

 4. IGV a pagar IGV por ventas del mes. S/

.124,200.00

IGV crédito fiscal. -56,268.00IGV a pagar S/

.67,932.00

  

REGISTRO CONTABLE

`--------------------- x -------------------------64 GASTOS POR TRIBUTOS 3,708.00

641 Gobierno central

40 TRIBUTOS CONTRAPRESTACIONES Y

3,708.00

APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES

4011 Impuesto General a las Ventas*/* Por el reintegro del crèdito fiscal.

 

 

Fuente:

Informativo Caballero Bustamante.

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Casos prácticos de venta de activo fijo revaluados 13 enero 2014  No hay comentarios 7265 Contabilidad activo fijo revaluados , empresa , igv , incidencia tributaria, nic 16

15

 

La empresa SOL S.A.C., con fecha 30/11/2013 vende una maquina

industrial   ejercicio 2012.Por tratarse de la enajenación de un bien

activado, se realiza una tasación a la fecha de venta, considerándose

un valor de mercado ascendente a S/. 65,000, no incluye IGV.

¿Cómo sería el tratamiento contable?

          Detalle            Costo  DepreciaciónValor en libros al 30/11/13

Original        75,000      41,250          33,750

Revaluación        44,000      24,200          19,800

Total        119,000      65,450          53,550

 Solución:

Con el párrafo 67 de la NIC 16 propiedades, plata y equipo, un activo

fijo

Será dado de baja de libros cuando, entre otros, la empresa se

desapropie de este. En este sentido, al final del mes de noviembre

deberá darse de baja en libros de bien enajenado, reconociéndose

cualquier ganancia o pérdida obtenida en la transacción.

La pérdida o ganancia derivada de baja en cuantas de un activo fijo,

se determinará como la diferencia entre el importe neto que, en su

caso, se obtenga por la venta y el importe en libros del bien.

             Cuentas                              Efecto de la baja del activo

            75 Valor de venta S/. 65,000

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Page 10: 0. 1 Evaluación de La 1ra. Unidad - Sistemas de Orgnizacion Contable y Otros

            65 Valor neto en libros S/. 53,550

Ganancia S/. 11,450

Podemos apreciar que la venta del activo fijo genera una ganancia a

favor de la empresa, que de conformidad con el párrafo 68 de la

mencionada NIC, se incluirá en el resultado de periodo se tendrá que

clasificar como ingresos de gestión, Por la venta del activo fijo.

Para determinar la fecha de venta del activo, la empresa aplicara los

criterios establecidos en la NIC 18 ingresos, para el reconocimiento de

ingresos por ventas de bienes, para fines tributarios el importe

reconocido como ingreso, es decir, la suma a recibir o recibida del

cliente, formara parte de los ingresos netos grabables mensuales del

mes de noviembre a efectos de determinar el pago a cuenta del

impuesto a la renta del referido periodo, por la baja del bien

revaluado.

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Page 11: 0. 1 Evaluación de La 1ra. Unidad - Sistemas de Orgnizacion Contable y Otros

  

Conforme el artículo 14 del reglamento de impuesto a la renta de

revaluación no tiene incidencia tributaria ni modifica el costo de

adquisición del bien. En este sentido, al final del periodo a efectos de

determinar el resultado del activo fijo enajenado.Es importante

señalar que si bien para fines financieros el costo del bien enajenado

asciende a S/. 53,550, ello no es así para fines tributarios, toda vez

que el artículo 20 de la ley del impuesto a la renta no reconoce como

costo computable de los bienes enajenados al valor revaluado.

Valor de venta S/. 65,000

Costo de adquisición S/. (33,750)

Utilidad tributaria S/. 31,250

Concluimos que la empresa deberá adicionar vía declaración jurada el

importe de S/. 19,800 (s/. 31,250 – s/. 11,450) que corresponde al

ingreso no reconocido financieramente en la relación con el pasivo

tributario diferido que la empresa debe haber reconocido el ejercicio e

que efectuó la revaluación, debemos manifestar que deberá ser

cancelado en este ejercicio por ser el periodo en el cual se efectúa la

enajenación del bien revaluado.

Norma internacional de contabilidad NIC 16 Propiedades, planta

y equipo

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Page 12: 0. 1 Evaluación de La 1ra. Unidad - Sistemas de Orgnizacion Contable y Otros

Norma internacional de contabilidad 16: Propiedades, planta y

equipo

Bienes Intangibles

Análisis integrado del punto de equilibrio

Ejercicio 5- Venta de Activo FijoEnunciado:El 27/03/2012 por remodelación de Sala de exhibición, se venden los modulares que ahí se tienen, es una venta al contado, como sigue: Valor de venta: S/. 15,000 más IGV  Valor Libros :   S/.  36,000 Depreciación:   S/.  18,000Efectuar los asientos contables por la baja y venta de los activos.

 Solución Caso 5

Contabilización de la venta de activos fijosInicio » Contabilidad. » (10 / 09 / 2013 )

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Page 13: 0. 1 Evaluación de La 1ra. Unidad - Sistemas de Orgnizacion Contable y Otros

La contabilización de la venta de activos fijos, en ocasiones puede resultar

confusa por la presencia de la depreciación acumulada, depreciación que afecta

la utilidad o pérdida en la venta de los activos.

Cuando se vende un activo fijo, se pueden presentar dos situaciones: se

presenta una pérdida o se presenta una utilidad. Naturalmente que hay utilidad

cuando el valor de la venta supera el valor en libros del activo, y pérdida en el

caso contrario.

Para determinar si hay pérdida o utilidad en la venta del activo, se ha de

determinar cual es su costo o valor en libros.

El valor en libros del activo será el valor de adquisición, más adiciones y

mejoras y mas ajustes porinflación cando aun existían,  menos la depreciación

acumulada.

Para efectos de simplicidad trabajaremos solo con valor de adquisición menos

depreciación acumulada. (Suponemos un vehículo)

Tenemos entonces:

Valor de adquisición  10.000.000

Depreciación acumulada 6.000.000

Valor en libros o valor neto 4.000.000

Suponiendo que el valor de la venta es de 7.000.000 tendremos una utilidad en

venta de activos  de 3.000.000.

La contabilización sería:Cuenta Débito Crédito

110505 7.000.000

159235 6.000.000

154005 10.000.000

424540 3.000.000

Explicación:

1. Se lleva a caja el valor recibido por la venta

2. Se reversa la depreciación acumulada

3. Se acredita el valor del activo puesto que se vende

4. Se lleva como ingreso la utilidad obtenida por la venta del activo

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Page 14: 0. 1 Evaluación de La 1ra. Unidad - Sistemas de Orgnizacion Contable y Otros

VENTA DE ACTIVO FIJO - ENAJENACIONEscenarioEsta consulta tiene que ver con la contabilización de una operación de venta de un vehículo, el mismo que venía siendo utilizado por la empresa en operaciones de reparto de mercaderías.

RespuestaAntes de pasar a exponer el tratamiento contable, es de indicar que tratándose de una operación de trasferencia de bienes, por esta operación debe de emitirse el respectivo comprobante de pago (factura y/o boleta de venta, según corresponda), asímismo, es de resaltar que esta operación se encuentra dentro del ámbito de aplicación del Impuesto General a las Ventas (salvo que se trate de una operación exonerada dispuesto por norma especial como es el caso de la que se aplica en zona selva).De lo expuesto, el tratamiento contable es como sigue:

1. Contabilización del comprobante de pago emitido es como sigue:------------ x ------------16 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS – TERCEROS............XXXX165 Venta de activo inmovilizado1653 Inmuebles, maquinaria y equipoA....40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES......AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR....................XXXX......401 Gobierno central......4011 Impuesto general a las ventas......40111 IGV – Cuenta propiaA....75 OTROS INGRESOS DE GESTIÓN..................................................XXXX......756 Enajenación de activos inmovilizados......7564 Inmuebles, maquinaria y equipo------------ x ------------

2. Por el costo de venta (enajenación) del Activo Fijo:------------ x ------------39 DEPRECIACIÓN, AMORT.Y AGOT. ACUMULADOS........XXXX391 Depreciación acumulada3913 Inmuebles, maquinaria y equipo – Costo39132 Maquinarias y equipos de explotación65 OTROS GASTOS DE GESTION.....................................XXXX655 Costo neto de enajenac.de activos inmov.y operac.discont.6551 Costo neto de enajenación de activos inmovilizados65513 Inmuebles, maquinaria y equipoA....33 INMUEBLES, MAQUINARIA Y EQUIPO..........................................XXXX.......333 Maquinarias y equipos de explotación.......3331 Maquinarias y equipos de explotación.......33311 Costo de adquisición o construcción------------ x ------------

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Publicado por CPC JOSE L. GARCIA Q. en 1/14/2010 12:15:00 p. m. 

Contabilizar Venta de Activos FijosEtiquetas: ContabilidadSi hay una partida que me costo entender en mis inicios contables, es la que se hace cuando se venden activos fijos, es sumamente sencilla pero se me complicaba bastante, y es que el alcance de esta operación no es solo a nivel contable sino que abarca declaración de impuestos, además de que depende del tipo de activo que se venda. Expliquemosla.

Es común que las empresas vendan activos fijos que tienen un tiempo considerable de uso, ya sea para liberarse de la carga administrativa del control de los mismo o para obtener liquidez.

Tomemos el siguiente ejemplo: La empresa B&N decide vender un automóvil en el 2011 que adquirió hace 3 años de modelo 2008 por un valor sin I.V.A. de Q. 126,000.00 a un valor de Q. 105,000.00 sin I.V.A.

A simple vista podemos decir que la empresa perdió en la transacción pero veamos que pasa al contabilizar, primero debemos saber a cuánto asciende la depreciación acumulada del auto, para hacerlo fácil podemos decir Q. 126,000.00 * 20% * 3 = 75,600.00.¿Por qué 20%? porque es el porcentaje aplicado a vehículos según el artículo 19 inciso d) de la ley.

¿Por qué 3? porque el vehículo se compro hace 3 años, la depreciación se calcula por esos años.

Bien, esta es la partida:

Caja y Bancos                             Q. 105,000.00Depreciación Acumulada          Q.   75,600.00                 Vehículos                                                        Q. 126,000.00                 Ganancia en Negociación de Activos        Q.   54,600.00

Como se darán cuenta quedo una ganancia en negociación de activos porque a pesar que lo vendimos por un valor menor al que lo compramos, el valor en libros era inferior al de venta.

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¿Valor en Libros? Es el valor de compra menos la depreciación acumulada, en este caso Q. 126,000.00 - Q. 75,600.00 = 50,400.00. Y se vendió por Q.105,000.00:Q. 105,000.00 - Q. 50,400.00 = Q. 54,600.00 que es la ganancia obtenida.

Análisis de la partida:Caja y Bancos: recibimos el pago que bien pudo haber sido deudores si hubiera sido al crédito.Depreciación Acumulada: reversamos la depreciación que teníamos registrada del vehículo porque es un pasivo que ya no nos corresponde.Vehículos: damos de baja el activo fijo.Ganancia en negociación de activos: reflejamos el resultado de la operación.

Veamos otro ejemplo:

La empresa N&B vendió mobiliario y equipo por un precio de Q. 60,0000.00  al contado según factura 356 que había costado Q. 85,000.00 y tenía una depreciación acumulada de Q. 17,000.00.

La partida:

Caja y Bancos                                              Q. 60,000.00Depreciación Acumulada                           Q. 17,000.00Pérdida en Negociación de Activos          Q. 14,428.57                    Mobiliario y Equipo                                                Q. 85,000.00                     I.V.A. Débito                                                           Q.   6,428.57

Como se darán cuenta hay dos cambios importantes entre el primer y el segundo ejemplo:

El primero es la cuenta "Pérdida en Negociación de Activos" y esto es porque el valor de venta fue menor al valor en libros, y el segundo cambio es el I.V.A. Débito, porque ya que es una venta debemos declarar I.V.A., en el primer ejemplo no se contabilizo impuesto ya que a pesar de ser una venta e ir facturada, en el caso de vehículos automotores  cuyo modelo es anterior a dos años del actual el impuesto lo paga el comprador directamente a SAT.Recordar:  El artículo 55 de la ley del I.V.A. proporciona la tarifas del impuesto al valor agregado en las operaciones de vehículos automotores, en este caso como el modelo es de tres años anteriores al año en curso, paga Q. 500.00 no importa el valor de venta, pero lo que es bien importante decir es que no es el vendedor quien recibe este impuesto como en las demás ventas sino el comprador lo paga directamente a SAT.

Cualquier duda u observación la pueden hacer en los comentarios.

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Re: venta de activo fijo #2Miembro Participante

Registrado:30/4/2005 4:27Desde: peruGrupo: Usuarios RegistradosMensajes: 43

Hola Gianki.

bueno , para la venta de un activo fijo en el aspecto contable podemos decir que como dicho activo fijo se va a vender y ya no será usada permanentemente, de acuerdo con la Nic 16 se debe eliminar del Balance general el importe que corresponda de la partida de dicho activo, así como su depreciación.

Ejm: se tiene una maquinaria con valor en libros ;valor del activo 400,000y depreciacion acumulada 240,000. Y al venderlo le daran la suma de 100,000 mas igv.Asientos Contables DEBE HABER ____________1_______________ 

66Cargas Excepcionales 160,000 668 Gastos Etraord. Act.Fijo39 Dep.y Amortizac. Acum. 240,000 393 Depreciación Inm,Maquinaria Equip 33 Inmuebles Maquinaria y Equipo 400,000 334 Unidades de Transporte x/x POR la compra y/o mejoras de Inmuebles Maquinaria y Equipo registrado al costo de adquisición

______ 2__________

16Cuentas por Cobrar Diversas 119,000 168 Otras cuentas por Cobrar div 40 Tributos por Pagar 19,000 401 Gobierno Central

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401.01 IGV 100,000 76 Ingresos Excepcionales 762 Enajenación de Inm.Maquinaria Equipo x/x Por la venta de la maquinaria

Espero haberte ayudado en algo......saludosssssssssssss

Enviado el: 27/10/2005 3:48_________________"Existen tres grupos de personas: los que hacen que las cosas pasen; los que miran las cosas que pasan y los que se preguntan qué

pasó....   " Transferir a

LERSTAR Re: venta de activo fijo #3Miembro Participante

Registrado:30/4/2005 4:27Desde: peruGrupo: Usuarios RegistradosMensajes: 43

hola aqui van los asientos los otros salieron un poco movidos espero q estos se vean bien . 

____________1_______________ 

66Cargas Excepcionales..................... 160,000 668 Gastos Etraord. Act.Fijo39 Dep.y Amortizac. Acum. ................240,000 393 Depreciación Inm,Maquinaria Equip 33 Inmuebles Maquinaria y Equipo ......................400,000 334 Unidades de Transporte x/x POR la compra y/o mejoras de Inmuebles Maquinaria y Equipo registrado al costo de adquisición 

______ 2__________

16Cuentas por Cobrar Diversas............ 119,000 168 Otras cuentas por Cobrar div 40 Tributos por Pagar ..........................................19,000 401 Gobierno Central 401.01 IGV 76 Ingresos Excepcionales.................................. 100,000 762 Enajenación de Inm.Maquinaria Equipo x/x Por la venta de la maquinaria

Enviado el: 27/10/2005 3:51_________________"Existen tres grupos de personas: los que hacen que las cosas pasen; los que miran

las cosas que pasan y los que se preguntan qué pasó....   " Transferir a

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LERSTAR Re: venta de activo fijo #4Miembro Participante

Registrado:30/4/2005 4:27Desde: peruGrupo: Usuarios RegistradosMensajes: 43

Hola Gianki.

bueno , para la venta de un activo fijo en el aspecto contable podemos decir que como dicho activo fijo se va a vender y ya no será usada permanentemente, de acuerdo con la Nic 16 se debe eliminar del Balance general el importe que corresponda de la partida de dicho activo, así como su depreciación.

Ejm: se tiene una maquinaria con valor en libros ;valor del activo 400,000y depreciacion acumulada 240,000. Y al venderlo le daran la suma de 100,000 mas igv.Asientos Contables ____________1_______________ 

66Cargas Excepcionales..................... 160,000 668 Gastos Etraord. Act.Fijo39 Dep.y Amortizac. Acum. ................240,000 393 Depreciación Inm,Maquinaria Equip 33 Inmuebles Maquinaria y Equipo ......................400,000 334 Unidades de Transporte x/x POR la baja del activo para su enajenacion

______ 2__________

16Cuentas por Cobrar Diversas............ 119,000 168 Otras cuentas por Cobrar div 40 Tributos por Pagar ..........................................19,000 401 Gobierno Central 401.01 IGV 76 Ingresos Excepcionales.................................. 100,000 762 Enajenación de Inm.Maquinaria Equipo x/x Por la venta de la maquinaria

Espero haberte ayudado en algo......saludosssssssssssss

Enviado el: 27/10/2005 4:01_________________"Existen tres grupos de personas: los que hacen que las cosas pasen; los que miran

las cosas que pasan y los que se preguntan qué pasó....   " Transferir a

MTorresC Re: venta de activo fijo #5Miembro Regular

Registrado:28/6/2004 20:52Desde: Lima/PerúGrupo: Usuarios

Gianki, efectivamente la lógica que Lerstar esboza es la correcta, solo quisiera aportar en un par de puntos:

1) En el PCGR existe la cuenta 662 Costo Neto de Enajenación de Inmuebles, Maquinarias y Equipos, que es la cuenta que por su dinámica debes usar en lugar de la 668 que propone el amigo Lerstar.

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RegistradosMensajes: 237 2) Cuando se registra la enajenación (venta) un activo fijo, a

mediado el ejercicio, en mi experiencia asesorando a otros contadores he observado que cometen el error que quisiera graficar con un ejemplo:

Fecha de enajenación..........30/06/2005Valor del activo...................S/. 10,000Depr.Acum.a Dic-2004.........S/. 8,000Tasa de Depreciación...........10% (Línea recta)

Entonces estos contadores hacen su asiento por el costo de la enajenación:

393......................8,000662......................2,000333................................10,000

obviando, como es evidente, los cargos de depreciación que se generan desde el 01/01/2005 al 30/06/2005 fecha en hasta la cual el activo ha estado en posesión generando beneficios económicos a la empresa.

Por lo tanto, como ya es clarísimo, se debe reconocer la depreciación del activo en el transcurso del ejercicio hasta antes de su venta y antes de registrar el asiento por el costo de la enajenación. Por lo que se debió registrar:

681....................500393...............................500Por la depreciación de lo que va del ejercicio

393....................8,500662....................1,500333.............................10,000

¿efectos?Matemáticamente hablando noEn la determinación del Impto a la Renta (tributariamente hablando) tampocoSin embargo el efecto significante está en la lectura y correcta comprensión de los Estados Financieros pues el registro incorrecto generará distorsiones en la presentación que al analista inducirá al error, pues imaginando que el activo es un bien para producción su depreciación influiría en el costo de producción y posteriormente al costo de ventas, variando los ratios del margen bruto; y si fuera un bien administrativo el efecto sería sobre la utilidad operativa.

CUENTA 12

CLIENTES

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     EJERCICIOS DE APLICACIÓN SOBRE ASIENTOS CONTABLES DE LA CUENTA CLIENTES 

     ———————————— 1 ————————————                             DEBE        HABER

     VENTA DE MERCADERIAS AL CONTADO     Reconocimiento de ingresos por ventas12  Clientes                        1´475,000     121 Facturas por Cobrar            121.1 Facturas por Cobrar – País 1´475,00040  Tributos por Pagar                                                         225,000     401 Gobierno Central            401.1 Impuesto General a las Ventas           225,00070  Ventas                                                                           1´250,000     701 Mercaderías            701.1 Ventas Mercaderías - País                     1´250,000     Por la venta de mercaderías a clientes del país, al contado sustentado en facturas. (S/. 900,000 y US $ 100,000 más IGV al tipo de cambio US $ 1= S/. 3.50)

     ———————————— 2 ————————————                             DEBE        HABER

     VENTA DE MERCADERIAS AL CREDITO    Reconocimiento de ingresos por ventas12 Clientes                     2´832,000    121 Facturas por Cobrar         121.1 Facturas por Cobrar–País 2´832,00040 Tributos por Pagar                                                432,000    401 Gobierno Central         401.1 Impuesto General a las Ventas       432,00070 Ventas                                                              2´400,000    701 Mercaderías         701.1  Ventas Mercaderías - País      2´400,000     Por la venta de mercaderías a clientes del país, al crédito sustentado en facturas. (S/. 1´000,000 y US $ 400,000 al tipo de cambio US $ 1= S/. 3.50)

     ———————————— 3 ————————————                             DEBE        HABER

     VENTAS AL CREDITO MEDIANTE CUOTAS     Reconocimiento de ingresos diferidos12  Clientes                             108,000     125 Otros Documentos por Cobrar            125.14 Cuotas por Cobrar por Ventas a Plazos 108,00049  Ganancias Diferidas                                                          108,000     491 Ventas Diferidas                                                  100,000     493 Intereses Diferidos                                                  8,000     POR las ventas a plazos mediante cuotas.

     ———————————— 4 ————————————                             DEBE        HABER

     COBRANZA DE FACTURAS DE CLIENTES     Cancelación de facturas por cobrar e ingreso de efectivo a Caja10  Caja y Bancos                               1´475,000     101 Caja            101.1 Fondos por Depositar en mn 1´475,000

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12  Clientes                                                                             1´475,000     121 Facturas por Cobrar            121.1 Facturas por Cobrar País                             1´475,000     Por el importe del efectivo y/o cheques recibidos en la Oficina de Caja por concepto de facturas cobradas a clientes.

    

 

———————————— 5 ————————————                                   DEBE        HABER

     CANJE DE FACTURAS POR LETRAS INCLUIDO INTERESES E IGV     Cancelación de facturas por cobrar y reconocimiento de intereses por cobrar no devengados12  Clientes                                        2´856,840     123 Letras (o Efectos) por Cobrar            123.1 Letras (o Efectos) por Cobrar – País  2´856,84016  Cuentas por Cobrar Diversas            138,000     161 Intereses por cobrar    138,00012  Clientes                                                                     2´832,000     121 Facturas por Cobrar            121.1 Facturas por Cobrar – País                  2´832,00040  Tributos por Pagar                                                            24,840     401 Gobierno Central            401.1 Impuesto General a las Ventas               24,84049  Ganancias Diferidas                                                         138,000     493 Intereses Diferidos            493.1 Intereses sobre Documentos Mercantiles 138,000     Por el canje de las facturas de la transacción anterior por letras. (A 60 días con un interés de S/. 40,0OO y US $ 28,000 más IGV, emitiéndose además las respectivas notas de débito al tipo de cambio US $ 1= S/. 3.50)

     ———————————— 6 ————————————                             DEBE        HABER

     COBRANZA DE FACTURAS CON TARJETAS DE CREDITO Y/O CHEQUES DE PAGO DIFERIDO     Cancelación de facturas por cobrar y registro de nuevos documentos de cobro12  Clientes                                        35,400     125 Otros Documentos por Cobrar            125.1 Otros Documentos por Cobrar – País            125.11 Boletas de Venta con Tarjeta de Crédito  5,900            125.12 Cheques de Pago Diferido             29,50012  Clientes                                                                         35,400     121 Facturas por Cobrar            121.1 Facturas por Cobrar - País                               35,400     Por las cobranzas de facturas de clientes del país con boletas de venta con tarjetas de crédito y cheques de pago diferido.

     ———————————— 7 ————————————                             DEBE        HABER

     COBRO DE BOLETAS DE VENTA CON TARJETAS DE CREDITO Y/O CHEQUES DE PAGO DIFERIDO     Depósito en cuentas corrientes bancarias10  Caja y Bancos                                       35,400     104 Cuentas Corrientes            104.1 Cuentas Corrientes en moneda nacional   35,40012  Clientes                                                                               35,400

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     125 Otros Documentos por Cobrar            125.1 Otros Documentos por Cobrar – País            125.11 Boletas de Venta con Tarjeta de Crédito       5,900            125.12  Cheques de Pago Diferido             29,500     Por el depósito en cuenta corriente bancaria de las boletas de venta con tarjetas de crédito y/o cheques de pago diferido.

     ———————————— 8 ————————————                             DEBE        HABER

     ANTICIPOS RECIBIDOS DE CLIENTES     Ingreso de efectivo a Caja10  Caja y Bancos                                   135,000     101 Caja            101.1 Fondos por Depositar en mn 135,00012  Clientes                                                                   135,000     122 Anticipos Recibidos            122.1 Anticipos Recibidos – País                              135,000     Por los anticipos recibidos de clientes.

     ———————————— 9 ————————————                             DEBE        HABER

     DEVOLUCIÓN DE CHEQUES NO CONFORMES    Cargo en cuenta corriente12 Clientes                        1,059    125 Otros Documentos por Cobrar         125.1   Otros Documentos por Cobrar – País         125.13  Cheques de Clientes Devueltos  1,05910 Caja y Bancos                                     1,059    104 Cuentas Corrientes         104.1 Cuentas Corrientes en moneda nacional 1,059    Por la devolución por parte del banco de cheque de cliente depositado en cuenta corriente, no conforme mas gastos bancarios e IGV.

     ———————————— 10 ————————————                            DEBE        HABER

     DESCUENTOS, REBAJAS Y BONIFICACIONES FUERA DE FACTURA    Emisión de nota de crédito40 Tributos por Pagar               540    401 Gobierno Central         401.1 Impuesto General a las Ventas  54074 Descuentos, Rebajas y Bonificaciones Concedidas 3,000    741 Descuentos fuera de factura     3,00012 Clientes                                                               3,540    121 Facturas por Cobrar         121.1   Facturas por Cobrar – País          3,540    Por los descuentos, rebajas y bonificaciones concedidos fuera de factura, según notas de crédito.

    ———————————— 11 ————————————                            DEBE        HABER

    DESCUENTOS POR PRONTO PAGO    Emisión de nota de crédito67 Cargas Financieras                    100    675 Descuentos Concedidos por Pronto Pago 10040 Tributos por Pagar                                     18    401 Gobierno Central         401.1 Impuesto General a las Ventas  18                  12 Clientes                                                              118

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    121 Facturas por Cobrar         121.1    Facturas por Cobrar – País             118    Por los descuentos concedidos por pronto pago según notas de crédito.

     ———————————— 12 ————————————                            DEBE        HABER

     DEVOLUCIÓN DE MERCADERIAS POR PARTE DE LOS CLIENTES     Emisión de nota de crédito70 Ventas                                500,000    701 Mercaderías –Mercado Local  500,00040 Tributos por Pagar                      90,000    401 Gobierno Central         401.1Impuesto General a las Ventas  90,00012 Clientes                                                         590,000    121 Facturas por Cobrar                         590,000     Por la devolución de las mercaderías devueltas por los clientes, que fueron vendidas en el mismo ejercicio económico o período.     NOTA: El asiento por la reversión del costo de ventas corresponde a las cuentas 20. Mercaderías y 69. Costo de Ventas.

    

 

 

———————————— 13 ————————————                                 DEBE        HABER

     COBRO DE CUENTAS DE COBRANZA DUDOSA PROVISIONADAS     Ingreso de efectivo a Caja10  Caja y Bancos                                                                                          5,000     101 Caja            101.1 Fondos por Depositar en moneda nacional          5,00012  Clientes                                                                                                                       5,000     129 Cobranza Dudosa                                                       5,000     Por el importe del efectivo y/o cheques recibidos en la Oficina de Caja por concepto de recuperaciones de cobranza dudosa provisionadas.     NOTA: El asiento de la recuperación de la provisión corresponde a la cuenta 19. Provisión para Cuentas de Cobranza Dudosa.

     ———————————— 14 ————————————                            DEBE        HABER

     DESCUENTO DE LETRAS POR COBRAR EN BANCOS     Abono en cuenta corriente10  Caja y Bancos                                                                                        39,300     104 Cuentas Corrientes            104.1 Cuentas Corrientes en moneda nacional            39,30067  Cargas Financieras                                                                                     700     674 Intereses y Gastos de Documentos Descontados            70012  Clientes                                                                                                                    40,000     123 Letras (o Efectos) por Cobrar - País            123.1 Cliente “A”                                                      40,000     Por el abono en cuenta corriente bancaria del importe de letras en cobranza pagadas por los clientes en bancos.

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     ———————————— 15 ————————————                            DEBE        HABER

     CASTIGO DE LAS CUENTAS POR COBRAR INCOBRABLES QUE FUERON PROVISIONADAS     Anulación de derecho de cobro19  Provisión para Cuentas de Cobranza Dudosa                                             80,000     192 Clientes            192.1 Clientes - País            192.11                                                   Facturas por Cobrar              10,000            192.12                                      Letras (o Efectos) por Cobrar              60,000            192.13                                     Otros Documentos por Cobrar                1,000            192.14                                          Documentos Descontados                9,00012  Clientes                                                                                                                     80,000     129 Cobranza Dudosa            129.1 Clientes - País                                                11,000            129.2 Clientes - Exterior                                             69,000     Por el castigo de cuentas incobrables anteriormente provisionadas.

     ———————————— 16 ————————————                            DEBE        HABER

     CONTROL DE LETRAS DESCONTADAS EN CUENTAS DE ORDEN     Apertura de cuentas de orden00  Activo                                                                                                   150,000     002 Letras (o Efectos) Descontadas01  Pasivo                                                                                                                      150,000     012 Responsabilidad por Letras Descontadas     Para registrar en cuentas de orden la responsabilidad de la empresa por las letras descontadas en bancos.

     ———————————— 17 ————————————                            DEBE        HABER

     DISMINUCIÓN DE LETRAS DESCONTADAS EN CUENTAS DE ORDEN     Cobranza de letras descontadas por el banco01  Pasivo                                                                                                    90,000     012 Responsabilidad por Letras Descontadas00  Activo                                                                                                                        90,000     002 Letras (o Efectos) Descontadas     Para registrar en cuentas de orden la cobranza por parte de los bancos de las letras descontadas.

     ———————————— 18 ————————————                            DEBE        HABER

     CONTROL DE CUENTAS POR COBRAR CASTIGADAS EN CUENTAS DE ORDEN     Apertura de cuentas de orden00  Activo                                                                                                     10,000     006 Cuentas por Cobrar Castigadas -DEBE

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01  Pasivo                                                                                                                       10,000     016 Cuentas por Cobrar Castigadas - HABER     Para registrar en cuentas de orden las cuentas por cobrar de Clientes que han sido materia de castigo.

     ———————————— 20 ————————————                            DEBE        HABER

     RECUPERACION DE CUENTAS POR COBRAR CASTIGADAS EN CUENTAS DE ORDEN     Cobranza de cuentas castigadas01  Pasivo                                                                                                      5,000     016 Cuentas por Cobrar Castigadas - HABER00  Activo                                                                                                                          5,000     006 Cuentas por Cobrar Castigadas -DEBE     Para registrar en cuentas de orden la recuperación por cobranza de las cuentas por cobrar de Clientes que han sido materia de castigo.

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 CONTABILIZACIÓN POR UN DESCUENTO CONCEDIDO POR PRONTO PAGO El 24 de enero se realiza el canje de la Factura N° 38569por una Letra de CambioEl 31 de enero se da un descuento por pagar mucho antesdel vencimiento la letra canjeada. -------------------Asiento 1 ------------------- 12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES-     TERCEROS                                                                        8,180.00      123 Letras por cobrar            1231 En cartera12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES-     TERCEROS                                                                                                8,180.00      121 Facturas, boletas y otros            comprobantes por cobrar            1213 En cobranza 24/01  Por el canje de Factura N° 38569     por la Letra de Cambio -------------------Asiento2  ----------------------- 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO           7,771.00    101 Caja 67 GASTOS FINANCIEROS                                                     409.00     675 Descuentos concedidos             por pronto pago 12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES-     TERCEROS                                                                                                8,180.00      123 Letras por cobrar            1232 En cobranza  31/01   Por descuento concedido por pronto     pago en Letra canjeada, según nota de      crédito -------------------Asiento3 -------------------

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 12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES-     TERCEROS                                                                      8,180.00      123 Letras por cobrar            1232 En cobranza12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES-     TERCEROS                                                                                                8,180.00      123 Letras por cobrar            1231 En cartera31/01   Por regularización a nivel divisionaria -------------------Asiento4 ------------------- 97 GASTOS FINANCIEROS                                                    409.00     973 Descuentos de Letras79 CARGAS IMPUTABLES     A CUENTA DE COSTOS                                                                             409.00 31/01    Por el destino ________________________________________________________________________________________ COMENTARIO En este caso no hay modificaciones con respecto al IGV la ventaesta realizada, sólo en la cobranza ya no va a ir el integro del importede la factura al tener un descuento del 5%. Es decir sólo cobrará el 95%del monto de la factura.El descuento va a una cuenta como es la 67 Cargas financieras porque vaa rebajar la utilidad del ejercicio. ANÁLISIS En el asiento 1Se registra el canje de la factura por la Letra de cambio En el asiento 2Se registra el descuento concedido por pronto pago, según indica la nota de crédito 

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En el asiento 3 Por la regularización a nivel divisionaria En el asiento 4 El destino del gasto financiero  EN LOS REGISTROS CONTABLES En el Registro de Letras por Cobrar se tendrá que anotar la cancelaciónde la misma y en el Libro de Caja.

#1 Asiento de compras con interesJONASG Enviado el: 31/1/2005 23:10Saludos, agradeceria que me hicieran sus comentarios y correcciones respecto al siguiente asiento de compras al crédito:El 31/01/04 compramos mercadería al crédito por S/.15000.00 pagando el 40% de intereses + IGV. Pagamos el 50% de la factura a los 60 dias y aceptamos una letra a 120 dias.

---------1---------60......15000.0060140.......2850.00401401142......................17850.00421 46....................... 7140.0046631/01 x la compra---------2---------20......15000.0020197........7140.0061......................15000.0079...................... 7140.0031/01 x la transf.---------3---------42......8925.00421 46......3570.0046610......................12495.0010101/04 x el pago del 50%

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---------4---------42......8925.00421 46......3570.0046642......................12495.0042301/04 x acepta letra por el 50% rest.---------5---------42......12495.0042310......................12495.0010130/07 x cancela letra 

Gracias. 

#2 Re: Asiento de compras con interesjportillo Enviado el: 2/2/2005 17:09En el caso de que el 50% de la compra es al contado y 50% al crédito + Intereses con canje de letra.Primero antes que nada deberías contabilizar la compra de la siguiente manera:Provisiona la compra por el total

------1-------60-------15.00040-------- 2.85042----------------17.850Por la provisión de la factura------2-------20-------15.00061----------------15.000Por el destino de la compra a almacén

Luego como el 50 % por ciento de la compra es al contado haces la cancelación parcial de la factura contabilizada:

------3-------42.1--------8.92510.4---------------8.925Por el pago del 50% de la factura al contado

Por el 50% de la compra restante debes reconocer el gasto financiero por intereses mediante la nota de débito + IGV que deberá emitir para tal efecto el vendedor. Posteriormente hacer el canje del saldo de la F/. con una letra de cambio (Incluyendo los intereses calculados)

-------4------42.1------8.92567--------3.57040----------67842.3--------------13.173Por la nota de débito + IGV y canje de factura con Letra

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#3 Re: Asiento de compras con interesAndresCG Enviado el: 4/2/2005 20:51Hola; con respecto al siguiente asiento de compras al crédito: doy a entender que por la compra tienes una FACTURA y por los intereses una NOTA DE DEBITO; y quieres provisionar todo en un asiento compuesto....lo siguiente es: 

---------1---------60......15000.0060167........6000.0067 Intereses40........3990.00401401142......................17850.00421 46....................... 7140.0046631/01 x la compra---------2---------20......15000.0020197........6000.0061......................15000.0079...................... 6000.0031/01 x la transf.---------3---------42......8925.00421 46......3570.0046610......................12495.0010101/04 x el pago del 50%---------4---------42......8925.00421 46......3570.0046642......................12495.0042301/04 x acepta letra por el 50% rest.---------5---------42......12495.0042310......................12495.0010130/07 x cancela letra 

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ASIENTOS CONTABLES

ASIENTO DE APERTURA

Como por ejemplo la Empresa ALFA SApor la apertura de su empresa según la Escritura Pública  detalla lo siguiente:Fecha de operación: 1ro de enero

Dinero en cuenta corrientemoneda nacional en el Banco por ...   S/. 10,000.00Mercaderías por valor de ...                 S/.    5,000.00Activos de la Empresa                          S/. 10,000.00

                                                                                        DEBE                 HABER---------------- Asiento N° 1 ------------------

14 CUENTAS POR COBRAR    AL PERSONAS, A LOS ACCIONISTAS   (SOCIOS), DIRECTORES Y GERENTES                     25,000.00      142 Accionistas (o socios)      1421 Suscripciones por cobrar                a socios o accionistas50 CAPITAL                                                                                                     25,000.00      501 Capital social      5011 Acciones1/1 Por la suscripción de accionesde la empresa ALFA SA a S/. 1.00cada acción, según Escritura Públicainscrita en los Registros Públicosen el asiento 24531

---------------- Asiento N° 2 ------------------

10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO           10,000.00      104 Cuentas corrientes en instituciones financieras      1041 Cuentas corrientes operativas20 MERCADERÍAS                                                                    5,000.00      201 Mercaderías Manufacturadas

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      20111 Costo33 INMUEBLE MAQUINARIA      Y EQUIPO                                                                            10,000.00      333 Maquinaria y equipo de explotación      3331   Maquinaria y equipo de explotación      33311 Costo de adquisición o construcción14 CUENTAS POR COBRAR    AL PERSONAS, A LOS ACCIONISTAS   (SOCIOS), DIRECTORES Y GERENTES                                                25,000.00      142 Accionistas (o socios)      1421 Suscripciones por cobrar                a socios o accionistas

1/1 Por los aportes de los socios           según informe del gerente           de los bienes recibidos

____________________________________________________________________________

COMENTARIO

Cuándo se trate de una persona jurídica se hace un asiento por las suscripciones de las acciones y otra por la entrega de aportes, sin embargo cuándo se realice la apertura de una persona natural sólo se hace un asiento por los aportes que realiza al inició del negocio.

ANÁLISIS

En el asiento contable 1Cuando se trate de empresas jurídicas se anotan la suscripción de acciones que dan nacimiento a la creación de la empresa.

En el asiento contable 2Se anota los aportes en bienes o en efectivo que se han obligado los socios

REGISTROS CONTABLES

Este asiento se contabiliza en el libro diario como asiento inicial.

CONTABILIZACIÓN DE UNA VENTA, SEGÚN EL PLAN CONTABLE EMPRESARIAL 

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Como por ejemplo la Empresa ALFA SA realiza una venta de mercaderías al contado emitiendo por esta operación la factura N° 0002-3675 por S/. 1,180.00 La Factura detalla lo siguiente:Fecha de transacción el 21 de eneroBASE IMPONIBLE            S/.  1,000.00IGV                                     S/.      180.00TOTAL                               S/.   1,180.00                                                                                                DEBE               HABER ------------- Asiento N° 1 --------------12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES-     TERCEROS                                                                    1,180.00      121 Facturas, boletas y otros            comprobantes por cobrar            1213 En cobranza40 TRIBUTOS CONTRAPRESTACIONES      Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES      Y DE SALUD POR PAGAR                                                                    180.00      401 Gobierno central           4011 Impuesto general a las ventas           40111  I GV - Cuenta propia 70 VENTAS                                                                                                  1,000.00      701 Mercaderías           7011 Mercaderías (Manufacturadas)21/01 Por la venta de mercadería          según factura N° 0002-3675    ------------- Asiento N° 2--------------   10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO                             1,180.00    101 Caja 12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES- TERCEROS                                                                     1,180.00     121 Facturas, boletas y otros            comprobantes por cobrar            1213 En cobranza21/01 Por la cobranza en efectivo

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          de la factura N°  0002-3675 COMENTARIOSLa emisión de una factura por una operación realizada implica un ingreso que es en caja, y la cual representa una utilidad en el ejercicio y esta reflejada en la cuenta 70 VentasLas facturas emitidas durante el mes se registran una a una en el Registro de ventas al final del mes se totalizan y se declara via PDT INCIDENCIA TRIBUTARIAEl Impuesto General a las Ventas de las ventas es un debito fiscal, que corresponde al impuesto por este concepto que debe pagar al Estado EN LOS REGISTROS CONTABLESEl comprobante de pago debe anotarse en el Registro de Ventas 

ASIENTO DE COMPRA DE MERCADERÍAS Como por ejemplo la Empresa ALFA SA realiza una compra de mercaderías al contado emitiendo por esta operación la factura N° 001-4678por S/. 595.00 La Factura detalla lo siguiente:Fecha de transacción el 21 de eneroBASE IMPONIBLE            S/.     500.00IGV                                     S/.         90.00TOTAL                               S/.       595.00                                                                                             DEBE       HABER                 Asiento N° 160 COMPRAS                                                                  500.00    601 Mercaderías           6011 Mercaderías manufacturadas40 TRIBUTOS CONTRAPRESTACIONES      Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES      Y DE SALUD POR PAGAR                                        90.00     401 Gobierno central           4011 Impuesto general a las ventas                                 

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42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES- TERCEROS     421 Facturas, boletas y otros comprobantes             por pagar              4212 Emitidas                                                                             590.0015/01 Por las compras           según factura N° 001-4678               Asiento N° 2 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES- TERCEROS                                                                   590.00     421 Facturas, boletas y otros comprobantes             por pagar              4212 Emitidas 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO                             590.00    101 Caja 21/01 Por la cancelación en efectivo          de la factura N°  001-4678               Asiento N° 3 20 MERCADERÍAS                                                        500.0061 VARIACIÓN DE EXISTENCIAS                                                        500.00     611 Mercaderías 21/01 Por la trasferencia de la mercadería          adquirida con factura N°  001-4678 _____________________________________________________________________________________ COMENTARIOEn este asiento contable se esta utilizando la cuenta 60 para registrar la compra de mercadería adquirida para la venta y la trasferencia ira a la cuenta 20 mercaderías, Si se tratase de un bien por recibir en otro momento se utilizará la cuenta 28 Existencias por recibir ANÁLISISEn el asiento número 1 Se a utilizado la cuenta 60 Compras para contabilizar la adquisición de las mercaderías adquiridas, 

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En el asiento número 2Se cancela en efectivo su factura de compra al proveedorEn el asiento número 3luego de esto se trasfiere por medio de la cuenta 61 Variación de Existencias a la cuenta  20 mercadería. TRIBUTARIOLos stock deben de tener un control de inventarios, muchas veces son objeto de fiscalización y cuándo se detecta faltantes se podria presumir que corresponde a mercadería vendida y por la cuál no se otorgo factura. REGISTROS CONTABLESLas facturas de compras deben registrarse en orden cronológica en el Registro de Compras, 

ASIENTO DE PLANILLA

Como por ejemplo la Empresa ALFA SA realiza el cálculo de los conceptos a pagar en su planilla del mes

El 31 de enero se realiza la liquidación de la planilla de sueldos de los cinco (05) trabajadores de la empresaTeniendo lo siguientes datos luego que a cerrado la planilla del mes.

ConceptoRemuneració

n

Aporte Empleador Aporte trabajador

TotalAsignación Familiar

EsSALUD

ONPAdelanto

de sueldos

AFP

Vera Vera. Gerardo

1,500.00 150.00 135.00195.0

0500.00 955.00

Espino Stuar,

1,450.00 130.50 188.50

400.00 861.50

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Julio

Vera Gallo, Walter

1,350.00 121.50175.5

0200.00 974.50

Alonzo Pinto, Crispin

1,150.00 115.00 103.50149.5

0200.00 915.50

Calderón Mejía, María

1,050.00 94.50 141.75 908.25

Totales 6,500.00 265.00 585.00708.5

01,300.0

0141.7

54,614.7

5

Nota: el señor Gerardo Vera Vera y  Crispin Alonzo Pinto acreditan tener carga familiar por lo que se les asigna "Asignación Familiar"

La planilla detalla lo siguiente:Remuneraciones                S/. 6,500.00Asignación Familiar            S/.   265.00Adelanto de sueldos          S/. 1,300.00EsSalud 9%                        S/.    585.00ONP 13%                            S/.    708.50AFP                                       S/.     141.75                                                                                                                     DEBE                 HABER

-------------------Asiento 1 -----------------------

62 GASTOS DE PERSONAL, DIRECTORES Y GERENTES        7,350.00     621 Remuneraciones                         6,500.00     622 Otras remuneraciones                   265.00     627 Seguridad,  previsión social             y otras contribuciones                    585.00             6271 Régimen de prestaciones                       de salud14 CUENTAS POR COBRAR AL PERSONAL,      A LOS ACCIONISTAS (SOCIOS), DIRECTORES      Y GERENTES                                                                                  1,300.00     141 Personal              1412 Adelantos de remuneraciones40 TRIBUTOS CONTRAPRESTACIONES      Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES      Y DE SALUD POR PAGAR                                1,435.25     403 Instituciones publicas               4031 EsSALUD               585.00

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               4032 ONP                         708.50     407 Administradoras             de fondo de pensiones      141.7541 REMUNERACIONES Y PARTICIPACIONES     POR PAGAR                                                                                                              4,614.75     411 Remuneraciones por pagar              4111 Sueldos y salarios por pagar31/01 Por las compras del mes, segúnel Registro de Compras del folioNumero ...

-------------------Asiento 2 -----------------------

94 GASTOS ADMINISTRATIVOS                                          7,350.0079 CARGAS IMPUTABLES     A CUENTA DE COSTOS                                                                                        7,350.00 31/01 Por el destino

-------------------Asiento3 -----------------------

41 REMUNERACIONES  Y PARTICIPACIONES     POR PAGAR                                                                            4,614.75     411 Remuneraciones por pagar10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO                                4,614.75      101 Caja31/01 Por la cancelación de la planilla de sueldos

____________________________________________________________________________

COMENTARIO

Los gastos de personal no sólo corresponden al sueldo fijado por el empleador (S/. 6,500.00) sino otros adicionales como lo son  la Asignación familiar  que corresponde aplicar la tasa del 10% sobre el monto de la remuneración y EsSalud que corresponde aplicar la tasa del 9% (585.00-) .

ANÁLISIS

En el asiento contable 1Se contabiliza la planilla del mes, con todas sus obligaciones del Empleador, las retenciones que se deben de realizar al trabajador y deduciendo los adelantos de remuneraciones.

En el asiento contable 2

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Se contabiliza el asiento del destino del gasto de la planilla

En el asiento contable 3Se contabiliza el egreso de caja cancelando el importe neto de la planilla a los trabajadores

INCIDENCIA TRIBUTARIA

Los importes consignados en la cuenta gastos de personal van al gasto lo que van a deducir la Utilidad del ejercicioEn el asiento del destino se traslada los gastos de acuerdo al destino de donde corresponde

EN LOS REGISTROS CONTABLES Hasta antes de la planilla electrónica se tenia que registrar en el libro de planilla sin embargo ahora ya se dejo sin la obligación de contar con este registro.

CONTABILIZACIÓN DE LAS MULTAS

Los asientos contables corresponden al empleo de las cuentas del Plan Contable aplicando los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en las operaciones económicas que se han realizado. Como por ejemplo la Empresa ALFA SA no ha presentado la declaración mensual  formulario virtual 621 del mespor lo que procede a regularizar y a cancelar la multa respectiva a fin de aprovechar la rebaja de incentivo del 90% sobre la multa.  Multa      (1 UIT )                                      S/. 3,550.00Rebaja 90% (3,550.00 x 90%)              S/. 3,195.00Importe a pagar  ...                                  S/.    355.00                                                             DEBE       HABER                 Asiento N° 1 65 OTROS GASTOS DE GESTIÓN  355.00      659 Otros gastos      6591 Sanciones administrativas10 CAJA                                                               355.00      101 Caja                                    23/01   Por el pago de la multa              por presentación de la               declaración fuera de plazo        

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______________________________________________________________________________________

COMENTARIOS

Las multas se registran en la cuenta 65 OTROS GASTOS DE GESTIÓN nos refleja un gasto por lo que tiene cuenta de destino para el gasto y al determinar al cierre de operaciones  va a afectar la Utilidad del ejercicio, habrá que agregar los importes de las multas en este caso S/. 355.00 en  "Adiciones" en la declaración jurada anual

 ANÁLISIS

El asiento contable 1

Se contabiliza la multa con cargo a la cuenta 65  OTROS GASTOS DE GESTIÓN representa gasto pero se va a adicionar a la Utilidad para determinar el impuesto a la Renta

Esta cuenta no tiene destino a una cuenta de la clase 9

TRIBUTARIAMENTE

El egreso de dinero por concepto de multas se va a deducir de los gastos para efectos tributarios, al repararse adicionando este importe al momento de determinar la base imponible antes del Impuesto a la Renta.

REGISTROS CONTABLES

Se registra en el libro diario con abono a la cuenta 46 Cuentas por pagar diversas en la divisionaria 469 Otras cuentas por pagar diversas y por caja se cancela o sino se hace directamente el egreso por caja con cargo a la cuenta 65

 

 

  CONTABILIZACIÓN DE LOS HONORARIOS PROFESIONALES Como por ejemplo la Empresa ALFA SA solicita los servicios de un Contador para la liquidación de impuestos  y presentación del PDT  emitiendo por esta operación  el Recibo de honorarios  N° 001-503 por S/. 5,000.00 La Factura detalla lo siguiente:Fecha de transacción el 25 de eneroIMPORTE DEL RECIBO            S/.    5,000.00

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 TOTAL                                         S/.     5,000.00 El 25 de enero se reciben los recibos de honorarios                                                                                                   DEBE       HABER -------------------Asiento 1 ----------------------- 63 GASTOS DESERVICIOS  PRESTADOS POR     TERCEROS                                                                   5,000.00     634 Mantenimiento y reparaciones            6321 Contador40 TRIBUTOS CONTRAPRESTACIONES      Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES      Y DE SALUD POR PAGAR                                                                    500.00      401 Gobierno central                    4017 Impuesto a la Renta                    40172  Renta de Cuarta Categoría42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES- TERCEROS                                                                                               4,500.00    424 Honorarios por pagar                                                              25/01 Por la provisión de honorarios del mes -------------------Asiento 2 ----------------------- 94 GASTOS ADMINISTRATIVOS                                  5,000.0079 CARGAS IMPUTABLES     A CUENTA DE COSTOS                                                               5,000.00 25/01  Por el destino -------------------Asiento 3 ----------------------- 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES- TERCEROS                                                                      5,000.00      424 Honorarios por pagar10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO                                5,000.00      104 Cuentas corrientes en Instituciones financieras              1041 Cuentas corrientes operativas 

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_____________________________________________________________________________________ COMENTARIO: Los servicios prestados independientemente a la empresa van a una cuenta de gastos y van a deducir la utilidad del ejercicio ANÁLISIS En el asiento contable 1Se contabiliza el importe del Recibo de honorarios del contador, con abono a la cuenta 42 creando la obligación por cancelar. En el asiento contable 2Se contabiliza el destino del gasto INCIDENCIA TRIBUTARIA

Impuesto a la renta Esta contemplado en el Impuesto a la Renta la deducción de estos servicios prestados por personal independiente a la empresa que por lo general no son actividades del giro del negocio EN LOS REGISTROS CONTABLES Se contabiliza este asiento en el Libro Diario  

 CONTABILIZACIÓN DE LAS VENTAS MENSUALES

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 El 30 de enero Como por ejemplo la Empresa ALFA SA  realiza la liquidación del IGV por lo que se registra todas las facturas de ventas realizadas en el mes las facturas a las personas naturales y jurídicas con RUC luego se registran las boletas de ventas emitidas a las personas que no tenían RUC.Se totalizan las columnas determinando la base imponible , el IGV y el TOTAL  -------------------Asiento 1 ----------------------- 12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES-     TERCEROS                                                                    48,262.00      121 Facturas, boletas y otros            comprobantes por cobrar            1213 En cobranza40 TRIBUTOS CONTRAPRESTACIONES      Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES      Y DE SALUD POR PAGAR                                                                   7,362.00      401 Gobierno central           4011 Impuesto general a las ventas           40111  I GV - Cuenta propia70 VENTAS                                                                                                  40,900.00      701 Mercaderías           7011 Mercaderías (Manufacturadas)21/01 Por la venta de mercadería según Registro de ventasdel mes de enero según folio N° ... _____________________________________________________________________________________________ COMENTARIO: En este caso se ha considerado la cuenta de mercaderías para nuestro ejemplo, sin embargo corresponde anotar la divisionaria que más corresponda de acuerdo a las operaciones que se realice. ANÁLISIS: En el asiento contable 1

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Se contabiliza la venta con cargo a la cuenta 12 para indicar las ventas del mes, el abono a la cuenta 40 y 70 representa en primer lugar la obligación del IGV a pagar por concepto de la venta la cuál esta contabilizada en el abono de la cuenta 40 Tributos por pagar y además la cuenta 70 Ventas que representa una cuenta de resultados que va a determinar el impuesto a la renta a pagar. INCIDENCIA TRIBUTARIA

Impuesto general a las VentasEl abono en la cuenta 40 Tributos por pagar por S/. 7,362.00 representa el IGV por pagar que tiene por las operaciones del mes

Impuesto a la rentaEl importe consignado de la cuenta 70 Ventas por S/. 40,900.00 corresponde como base imponible para los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta. EN EL PDT Este monto va a ir en el PDT del Formulario Virtual 621 como IGV a pagar en la casilla correspondiente 

CONTABILIZACIÓN MENSUAL DEL REGISTRO DE COMPRAS

El 02 de febrero se realiza la liquidación del Impuesto General a las Ventas.Se han registrado todas las facturas canceladas en el mes en los Registrosde Compras, codificado respecto a la naturaleza del gasto y totalizadosus respectivas columnas                                                                                          DEBE       HABER -------------------Asiento 1 -----------------------60 COMPRAS                                                                             30,000.00     601 Mercaderías            6011 Mercadería manufacturada63 GASTOS DE SERVICIOS PRESTADOS POR

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     TERCEROS                                                                              3,320.00     631 Transporte, correos                                 500.00              y gastos de viaje                6311 Transporte                63111 De carga               500.00     634 Mantenimiento y reparación            6343 Inmueble, maquinaria y equipo       540.00           636 Servicios básicos                               650.00                  6361 Energía Eléctrica  280.00                  6363 Agua                      110.00                  6364 Teléfono                170.00                  6365 Internet                     90.00     637 Publicidad, publicaciones,             relaciones públicas                                1,630.00                 6371 Publicidad           1,630.0065 OTROS GASTOS DE GESTIÓN                                          6,141.96                   653 Suscripciones                       450.00    656 Suministros                           352.0040 TRIBUTOS CONTRAPRESTACIONES      Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES      Y DE SALUD POR PAGAR                                                  7,102.98      401 Gobierno central                    4011 Impuesto general a las ventas                    40111  I GV - Cuenta propia42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES- TERCEROS                                                                                              46,563.98     421 Facturas, boletas y otros comprobantes             por pagar              4212 Emitidas                                                            46,563.98Por las compras del mes, segúnel Registro de Compras del folioNumero ... -------------------Asiento 2 ----------------------- 20 MERCADERÍAS                                                               30,000.0061 VARIACIÓN DE EXISTENCIAS                                                           30,000.00        611 Mercaderías                                                                       Por la trasferencia de la mercadería

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     adquirida -------------------Asiento 3----------------------- 94 GASTOS ADMINISTRATIVOS                                        4,730.9895 GASTOS DE VENTAS                                                      4,730.9879 CARGAS IMPUTABLES     A CUENTA DE COSTOS                                                            9,461.96     Por el destino -------------------Asiento 4 ----------------------- 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES- TERCEROS                                                                         40,563.98    421 Facturas, boletas y otros comprobantes             por pagar              4212 Emitidas10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO                               40,563.98     101 Efectivo                                                   30,563.98       104 Cuentas corrientes en Instituciones             financieras              1041 Cuentas corrientes operativas   10,000.00Por la cancelación de facturas de nuestrosproveedores  COMENTARIOEn los asientos contables se han contabilizado de acuerdo al plan de cuentas las operaciones realizadas en el mes y que constan en el Registro de compras. ANÁLISIS En el asiento numero 1 Los importes de los gastos han sido desagregadosde acuerdo a los gastos que se han realizado. En el asiento numero 2 Se ha contabilizado el ingreso de las mercaderíasa través de la cuenta 61 Variación de existencias para determinar al final del ejerciciocuanto de la mercadería vendida corresponde a las compras del año. 

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En el asiento número 3 Se contabiliza el destino de los gastos que no corresponde incluira las compras de mercaderías, están comprendidas los gastos que se encuentranen las cuentas:63 Servicios Prestados por Terceros, y65 Cargas diversas de Gestión. INCIDENCIA TRIBUTARIA

Con relación al IGVEl Impuesto general a las Ventas que están registradas en el cargo de la cuenta 40 TRIBUTOS POR PAGAR corresponde al crédito del IGV que va a ser deducido al IGV procedente de las ventas del mes. EN LOS REGISTROS CONTABLES

Las facturas de compras deben ser registradas en el Registro de Compras en el mes que corresponda al pago.

La cancelación de estas facturas deben ser registradas en el Libro de Caja.

 

CONTABILIZACIÓN DE LOS PAGOS DE SERVICIOS

Como por ejemplo la Empresa ALFA SA solicita los servicios de una empresa de mantenimiento de locales, para refaccionar su oficina administrativa emitiendo por esta operación la  factura N° 265-03568 por S/. 1,062.00

La Factura detalla lo siguiente:Fecha de transacción el 21 de eneroBASE IMPONIBLE            S/.      500.00IGV                                     S/.         90.00TOTAL                               S/.       590.00

                                                                       DEBE        HABER

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------------------ Asiento N° 1 -----------------

63 GASTOS DESERVICIOS  PRESTADOS POR     TERCEROS                                                                   500.00     634 Mantenimiento y reparaciones            6343 Inmuebles, maquinarias y equipo40 TRIBUTOS CONTRAPRESTACIONES      Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES      Y DE SALUD POR PAGAR                                           90.00      401 Gobierno central                    4011 Impuesto general a las ventas                    40111  I GV - Cuenta propia42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES- TERCEROS                                                                                               590.00     421 Facturas, boletas y otros comprobantes             por pagar             4212 Emitidas 21/01 Por el servicio de Reparación          según factura N° 265-03568

---------------- Asiento N° 2 ---------------

42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES- TERCEROS                                                                         590.00    421 Facturas, boletas y otros comprobantes             por pagar             4212 Emitidas10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO                             590.00    101 Efectivo21/01 Por la cancelación en efectivo          de la factura N°  0002-3675

---------------- Asiento N° 3 ---------------

94 GASTOS ADMINISTRATIVOS                                     250.0095 GASTOS DE VENTAS                                                   250.0079 CARGAS IMPUTABLES     A CTA DE COSTOS                                                                         500.0021/01 Por el destino_____________________________________________________________________________________

COMENTARIOLos pagos por servicios que le brindaron a la empresa para poder realizar sus actividades como pueden ser por mantenimiento, reparación, publicidad, teléfono y servicios de correo se anotan

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en la cuenta 63 Servicios prestados por tercerosEn el presente caso, se le contrata para realizar la reparación del local dónde realiza operaciones la empresa

ANÁLISIS

En el asiento contable 1Se registra la provisión por pagar de la factura del proveedor que realizó el servicio de mantenimiento, por ser un servicio se registra en la cuenta 63el Impuesto general a las ventas es el Crédito Fiscal que se va a aplicar contra el Impuesto General a las Ventas de las ventas realizadas

En el asiento contable 2Se registra el pago de la factura

En el asiento contable 3Se registra el destino del servicio

INCIDENCIA TRIBUTARIAEstos gastos sirven para deducir la Utilidad en el ejercicio siempre y cuando tengan justificación con las actividades del negocio

TRIBUTARIOpor el importe que es menos a S/. 700.00 no se tiene la obligación de pagar con Cheque o utilizando cualquier otro por un Medio de Pago

  CONTABILIZACIÓN DE UN CANJE DE UNA FACTURA POR UNA LETRA DE CAMBIO Como por ejemplo la Empresa ALFA SA realizael canje de la Factura N° 38569 por una Letra de Cambio -------------------Asiento 1 --------------------- 12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES-     TERCEROS                                                                        8,180.00      123 Letras por cobrar            1231 En cartera12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES-     TERCEROS                                                                                                8,180.00

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      121 Facturas, boletas y otros            comprobantes por cobrar            1213 En cobranza 24/01  Por el canje de Factura N° N° 38569     por la Letra de Cambio. _____________________________________________________________________________________________                                                                           COMENTARIOEste asiento es una reclasificación a nivel divisionaria de la cuenta 12 en la cuál se realiza el cambio de una Factura por cobrar por una Letra de Cambio por cobrar ANÁLISISEn este asiento 1Se trasfiere  de la divisionaria 121 Facturas por Cobrar a la divisionaria 123 Letras por cobrar de la cuenta 12 Clientes EN LOS REGISTROS CONTABLESSe tendrá que registrar esta operación en el Registro de Letras por cobrar o en un libro auxiliar que se tenga a fin de controlar la amortización y luego en el Libro Diario

CONTABILIZACIÓN DE CENTRALIZACIÓN DE CAJA

Como por ejemplo la Empresa ALFA SA realiza la centralización del asiento de caja del mes de enero

                                                                                                   DEBE HABER-------------------Asiento 1 -------------------10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO  ---------- 128,180.00101 Caja14 CUENTAS POR COBRAR AL PERSONAL,A LOS ACCIONISTAS (SOCIOS), DIRECTORESY GERENTES    ------------------------------------------------------------    1,300.00141 Personal1412 Adelantos de remuneraciones16 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS- TERCEROS -----------------------------------------------------------------35,000.00

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161 Prestamos a terceros1612 Sin garantía40 TRIBUTOS CONTRAPRESTACIONESY APORTES AL SISTEMA DE PENSIONESY DE SALUD POR PAGAR -----------------------------------------------3,418.50401 Gobierno central --------------------1,983.254011 Impuesto general a las ventas ---159.004017 Impuesto a la Renta ----------------389.0040172 Renta de Cuarta Categoría --1,435.25403 Instituciones publicas -------------1,293.504031 EsSALUD -----------------------------585.004032 ONP ------------------------------------708.50407 Administradoras ----------------------141.75de fondo de pensiones -------------------141.7541 REMUNERACIONES Y PARTICIPACIONESPOR PAGAR ---------------------------------------------------------------------4,614.75411 Remuneraciones por pagar4111 Sueldos y salarios por pagar42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES- TERCEROS -------------------------------------------------------------------23,563.50421 Facturas, boletas y otros comprobantespor pagar4212 Emitidas46 CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS -----------------------------15,030.00469 Otras cuentas por pagar10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DEEFECTIVO ------------------------------------------------------------------------------------------89,926.75101 Caja12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES- TERCEROS -------------------------------------------------------------------------------------128,180.00121 Facturas, boletas y otroscomprobantes por cobrar1213 En cobranza30/01 Por centralización de caja correspondienteal mes-------------------Asiento2 -----------------------COMENTARIO

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En la centralización mensual de libro de caja se consolida todos los pagos realizados tomando como referencia el Registro de Compras y los ingresos tomando como referencia el Registro de Ventas.Asimismo los pagos realizados a la SUNAT, instituciones publicas y municipales.ANÁLISISEn el asiento contable 1Se ha centralizado los ingresos de Caja, cargando a la cuenta 10 y como contrapartida están la cuenta 12 Clientes por los ingresos de las ventas en el mes, y en los egresos de Caja corresponde al importe abonado en la cuenta 10 y su contrapartida son las cuentas 14, 16, 40, 41, 42 y 46EN LOS REGISTROS CONTABLESSe deben registrar este asiento en el libro diario, que corresponde al asiento de centralización del registro de Caja.

CONTABILIZACIÓN DE APLICACIÓN DEL RÉGIMEN DE RETENCIÓN EN EL IGVEl 30 de enero vende la empresa ALFA SAC a una empresa que ha sido designadaAgente de Retención la venta de la mercadería asciende al importe S/. 17,850.00(sin considerar el IGV)-------------------Asiento 1 -----------------------12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES- TERCEROS                                                                   21,063.00121 Facturas, boletas y otroscomprobantes por cobrar1213 En cobranza40 TRIBUTOS CONTRAPRESTACIONES

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Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONESY DE SALUD POR PAGAR                                                                       3,213.00401 Gobierno central4011 Impuesto general a las ventas40111 I GV - Cuenta propia70 VENTAS                                                                                               17,850.00701 Mercaderías7011 Mercaderías (Manufacturadas)30/01 Por las ventas según Factura N° 2583-------------------Asiento 2 -----------------------10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO   19,799.22101 Caja40 TRIBUTOS CONTRAPRESTACIONESY APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES               1,263.78Y DE SALUD POR PAGAR401 Gobierno central4011 Impuesto general a las ventas40114 I GV - Régimen de retenciones30/01 Por la cobranza de la Factura N° 258312 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES- TERCEROS                                                                                            21,063.00121 Facturas, boletas y otroscomprobantes por cobrar1213 En cobranza __________________________________________________________________________________________COMENTARIO:La SUNAT mediante Resolución de Superintendencia a nombrado agentes de retención entre las personas jurídícas con el fin de asegurar una mayor recaudación.Es importante saber que si un agente de Retención realiza una venta antes de realizar la retención debe cerciorarse que la otra persona no sea un agente de detracción, porque le correspondería realizarle la detracción y no la retención.ANÁLISISEn el asiento contable 1El abono en la cuenta 40 Tributos por pagar representa el IGV por pagarque tiene por la operación realizada.

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En el asiento contable 2En el segundo asiento el cargo en la cuenta 40 Tributos correspondeal Crédito de IGV por concepto de la retención del 6%. que va comoun pago anticipado por concepto de IGVEn la cuenta 10 Caja se anota el saldo efectivo, es decir la diferenciaentre lo que iba a cobrar menos la retencion efectuadaEL PROCEDIMIENTO EN EL PAGO SERIAAl darle la Factura al cliente este último retendría el 6% del totaly le daría la empresa ALFA SAC a su proveedor el 94% del importe totalde la factura..EN EL PDTEste monto va a ir en el PDT del Formulario Virtual 621 como créditodel IGV en la casilla correspondiente

 CONTABILIZACIÓN DE LA COMPRA DE UN VEHICULOEl 15 de enero se realiza la empresa ALFA SAC la compra, de un vehiculo al contado según factura N°° 054- 012569 para las operaciones del negocio. -------------------Asiento 1 ----------------------- 33 INM MAQUINARIA Y EQUIPO                             15,400.00     334 Unidades de trasporte40 TRIBUTOS CONTRAPRESTACIONES      Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES      Y DE SALUD POR PAGAR                                    2,772.00     401 Gobierno central           4011 Impuesto general a las ventas           40111  I GV - Cuenta propia                                42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES- TERCEROS     421 Facturas, boletas y otros comprobantes             por pagar              4212 Emitidas                                                                             18,172.0015/01 Por las compras del vehiculo segúnfactura N° 054-012569 -------------------Asiento 2 -----------------------42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES

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- TERCEROS                                                                    18,172.00     421 Facturas, boletas y otros comprobantes             por pagar              4212 Emitidas       10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO                                                                               18,172.00    101 Caja         104 Cuentas corrientes en Instituciones financieras              1041 Cuentas corrientes operativas15/01 Por la cancelación de factura N° 054-012569de nuestro proveedor ______________________________________________________________________________________________ COMENTARIOLa adquisición de un activo no es un gasto para la empresa por esa razón no se contabiliza a una cuenta de gastos que de corresponder seria una cuenta de la en la clase 6 ANÁLISIS En el asiento contable 1Se contabiliza la adquisición del activo, utilizando la divisionaria correspondiente, al ser un  Activo no tiene destino de gasto y su valor de adquisición va a ser prorrateado en un lapso de tiempo de acuerdo al bien y su naturaleza.   En el asiento contable 2Se cancela con la divisionaria 104 al utilizar un medio de pago, además se utiliza la sub divisionaria 1041 al corresponder esta cuenta corriente su uso, por ser para gastos operativos y comunes de la empresa.   INCIDENCIA TRIBUTARIA

Con relación al Impuesto a la RentaLa adquisición de activos por parte de la empresa representan inversiones para la empresa y la ley del Impuesto a la Renta permite deducir el costo de bien adquirido por el concepto de la depreciación del bien adquirido de acuerdo a la naturaleza de los mismo. EN LOS REGISTROS CONTABLES

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Esta compra debe registrarse en el Registro de Compras y en el Libro de Activos para controlar el bien que cuenta la empresa para fines tributarios. LOS MEDIOS DE PAGOEsta compra por el monto de la operación, debe realizarse su cancelación mediante un medio de pago por lo general con la emisión de un cheque  

  CONTABILIZACIÓN POR UN DESCUENTO CONCEDIDO POR PRONTO PAGO El 24 de enero se realiza el canje de la Factura N° 38569por una Letra de CambioEl 31 de enero se da un descuento por pagar mucho antesdel vencimiento la letra canjeada. -------------------Asiento 1 ------------------- 12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES-     TERCEROS                                                                        8,180.00      123 Letras por cobrar            1231 En cartera12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES-     TERCEROS                                                                                                8,180.00      121 Facturas, boletas y otros            comprobantes por cobrar            1213 En cobranza 24/01  Por el canje de Factura N° 38569     por la Letra de Cambio -------------------Asiento2  ----------------------- 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO           7,771.00    101 Caja 

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67 GASTOS FINANCIEROS                                                     409.00     675 Descuentos concedidos             por pronto pago 12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES-     TERCEROS                                                                                                8,180.00      123 Letras por cobrar            1232 En cobranza  31/01   Por descuento concedido por pronto     pago en Letra canjeada, según nota de      crédito -------------------Asiento3 ------------------- 12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES-     TERCEROS                                                                      8,180.00      123 Letras por cobrar            1232 En cobranza12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES-     TERCEROS                                                                                                8,180.00      123 Letras por cobrar            1231 En cartera31/01   Por regularización a nivel divisionaria -------------------Asiento4 ------------------- 97 GASTOS FINANCIEROS                                                    409.00     973 Descuentos de Letras79 CARGAS IMPUTABLES     A CUENTA DE COSTOS                                                                             409.00 31/01    Por el destino ________________________________________________________________________________________ COMENTARIO En este caso no hay modificaciones con respecto al IGV la ventaesta realizada, sólo en la cobranza ya no va a ir el integro del importede la factura al tener un descuento del 5%. Es decir sólo cobrará el 95%

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del monto de la factura.El descuento va a una cuenta como es la 67 Cargas financieras porque vaa rebajar la utilidad del ejercicio. ANÁLISIS En el asiento 1Se registra el canje de la factura por la Letra de cambio En el asiento 2Se registra el descuento concedido por pronto pago, según indica la nota de crédito En el asiento 3 Por la regularización a nivel divisionaria En el asiento 4 El destino del gasto financiero  EN LOS REGISTROS CONTABLES En el Registro de Letras por Cobrar se tendrá que anotar la cancelaciónde la misma y en el Libro de Caja.

 CONTABILIZACIÓN POR PRÉSTAMO OTORGADO A OTRA EMPRESA El 30 de enero la empresa ALFA SAC realiza el préstamo a la Empresa UB REAL SAC a una tasa del 6% mensual por tres meses -------------------Asiento 1 --------------------- 16 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS      - TERCEROS                                                                               35,000.00     161 Prestamos a terceros     1612 Sin garantía

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10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO                                             35,000.00     101 Caja     Por el préstamo otorgado a la empresa     UB REAL SAC -------------------Asiento 2 --------------------- 10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO                   41,300.00     101 Caja16 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS       - TERCEROS                                                                                35,000.00     161 Prestamos     1612 Sin garantía77 INGRESOS FINANCIEROS                                                                                  6,300.00     772 Rendimientos ganados     7723 Prestamos otorgados    Por la recuperación del préstamo otorgado ____________________________________________________________________________________________ COMENTARIO En los préstamos que se otorga a la otra empresa si es que recibe un interés esta afecto al IGV y a la renta sin embargo si se pacta a no percibir interés alguno no estará afecta a intereses, debe tener un documento que acredite el contrato del préstamo ANÁLISIS En el asiento contable 1Se contabiliza  a una cuenta por cobrar diversa (Cuenta 16)Si correspondiera el préstamo a un trabajador se utilizaría la cuenta 14 CUENTAS POR COBRAR AL PERSONAL,      A LOS ACCIONISTAS (SOCIOS), DIRECTORES      Y GERENTES      141  Personal      1411 PrestamosSi correspondería el préstamo a un accionista se utilizaría

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la misma cuenta pero otra divisionaria 14 CUENTAS POR COBRAR AL PERSONAL,      A LOS ACCIONISTAS (SOCIOS), DIRECTORES      Y GERENTES      142  Accionistas  (o Socios)      1422 Prestamos En el asiento contable 2Se contabiliza el ingreso a caja de la recuperación de dicho préstamo  INCIDENCIA TRIBUTARIA

En el Impuesto a la rentaEstos ingresos de intereses, aumenta la utilidad del ejercicio

En el Impuesto General las VentasEn los préstamos que se otorga a otra empresa emitiendo un comprobante de pago, están afectos al Impuesto General a las Ventas  por ser ingresos para la empresa. EN LOS REGISTROS CONTABLESSe tendrá que registrar esta operación en el de Caja y tener un control de las amortizaciones si fueran canceladas a plazos

ASIENTOS DE PROVISIONES

  CONTABILIZACIÓN DE LA DEPRECIACIÓN DEL EJERCICIO El 31 de diciembre la empresa ALFA SAC realiza el cálculo de de la depreciación del Activo Fijo de la empresa. -------------------Asiento 1 ----------------------- 68 VALUACIÓN Y DETERIORO DE      ACTIVOS Y PROVISIONES                                3,060.00      681 Depreciación          6814 Depreciación de inmuebles,          maquinarias y equipo - Costo

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39 DEPRECIACIÓN, AMORTIZACIÓN      Y AGOTAMIENTOS ACUMULADOS                                        3,060.00     391 Depreciación acumulada     3914 inmueble, maquinaria             y equipo - Costo                                                                         31/12 Por la depreciación del ejercicio     Valor del Activo   S/. 30,600.00     Tasa          10%   S/.    3,060.00 -------------------Asiento 2 ----------------------- 94 GASTOS ADMINISTRATIVOS                             1,530.0095 GASTOS DE VENTAS                                           1,530.0079 CARGAS IMPUTABLES     A CUENTA DE COSTOS                                                               3,060.0031/12  Por el destino ________________________________________________________________________________________________________

 COMENTARIO:La depreciación del ejercicio deduce la utilidad del ejercicio, y en la presentación del Balance deduce el valor de los activos fijos. ANÁLISIS:En el asiento contable 1Se carga a una cuenta de la clase 6 especificamente la cuenta 68 y se abona a la cuenta 39 Depreciación Acumulada En el asiento contable 2Se contabiliza el destino del gasto   INCIDENCIA TRIBUTARIA

Impuesto a la rentaEl porcentaje de la depreciación  en la presentación de la Declaración Jurada Anual se aplica la tasa que determina la Ley del Impuesto a la Renta y su reglamento EN LOS REGISTROS CONTABLESLa depreciación debe registrarse en el Registro de Activos  para controlar el activo de la empresa para fines tributarios.   

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  CONTABILIZACIÓN DE LA COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS  El 12 de abril la empresa ALFA SAC realiza el cálculo de la provisión de la Compensación por Tiempo de Servicios para realizar el depósito a la entidad bancaria -------------------Asiento 1 ----------------------- 62 GASTOS DE PERSONAL, DIRECTORES      Y GERENTES                                                              617.00     629 Beneficios sociales de los trabajadores41 REMUNERACIONES Y PARTICIPACIONES      POR PAGAR                                                                                617.00     415 Beneficios sociales de los trabajadores             por pagar                                                                               Por la compensación por tiempo de servicios -------------------Asiento 2 ----------------------- 94 GASTOS ADMINISTRATIVOS                                  617.0079 CARGAS IMPUTABLES     A CUENTA DE COSTOS                                                               617.00     Por el destino ______________________________________________________________________________ COMENTARIO:Este asiento corresponde a un asiento de provisión del ejercicio y se realiza en cumplimiento a una norma laboral. ANÁLISIS En el asiento 1La compensación por tiempo de servicios en el ejercicio se carga a una cuenta de gastos y sirve para deducir la utilidad del ejercicio En el asiento 2Se hace el asiento por destino del gasto.

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 INCIDENCIA TRIBUTARIA

Impuesto a la rentaEl valor de la compensación por tiempo de servicios esta contemplado en la ley del Impuesto a la Renta como deducción para determinar la utilidad del ejercicio EN LOS REGISTROS CONTABLES Se debe de tener un control de los depósitos realizados a una entidad bancaria por concepto de Compensación por Tiempo de Servicio, sea en moneda nacional o extranjera.    CONTABILIZACIÓN DEL COSTO DE VENTAS La empresa ALFA SAC  realiza el cálculo del costo de ventas para determinar el stock de mercaderías -------------------Asiento 1 ----------------------- 69 COSTO DE VENTAS                                70,060.00     691 Mercaderías            6911  Mercaderías manufacturadas            69111 Terceros20 MERCADERÍAS         201 Mercaderías manufacturadas                    2011  Mercaderías manufacturadas                                          70,060.00                       20111 Costo     Por el cálculo del costo    de ventas Inventario Inicial                S/. 35,000.00       Más compras                      S/. 45,360.00Menos Inventario Final  (   S/. 10,300.00 ) Costo de Ventas                S/. 70,060.00  COMENTARIO:El costo de ventas corresponde, al costo de las mercaderías que se han vendido vendidas, este representa una disminución de la utilidad del ejercicio. 

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 ANÁLISIS En el asiento contable 1El abono en la cuenta 20 mercaderías va a disminuir el valor total de las existencias, el saldo que se determine debe tener en stock al fin del periodo.Este asiento contable no tiene asiento de destino utilizando la clase 9 El Inventario Inicial corresponde al valor de las existencias inicialeslas compras corresponde a las adquisiciones realizadas en el ejercicioEl Inventario Final viene a ser según el control de existencias o inventario practicado, el importe en mercaderías que queda al fin del año. INCIDENCIA TRIBUTARIA

Impuesto a la rentaEl valor del costo de ventas se anota en la declaración anual y sirve para determinar el margen de utilidad comercial. EN EL PDTEste monto va a ir en el PDT del Formulario Virtual 621 como IGV a pagaren la casilla correspondiente EN LOS REGISTROS CONTABLESEn la Ley del Impuesto a la Renta de determina tramos para llevar registros de inventarios por unidades y valorizado de acuerdo a los ingresos que se obtengan en el ejercicio.  

CONTABILIZACIÓN DE UN CANJE DE UNA FACTURA POR UNA LETRA DE CAMBIO Como por ejemplo la Empresa ALFA SA realizael canje de la Factura N° 38569 por una Letra de Cambio -------------------Asiento 1 --------------------- 12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES-     TERCEROS                                                                        8,180.00      123 Letras por cobrar

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            1231 En cartera12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES-     TERCEROS                                                                                                8,180.00      121 Facturas, boletas y otros            comprobantes por cobrar            1213 En cobranza 24/01  Por el canje de Factura N° N° 38569     por la Letra de Cambio. _____________________________________________________________________________________________                                                                           COMENTARIOEste asiento es una reclasificación a nivel divisionaria de la cuenta 12 en la cuál se realiza el cambio de una Factura por cobrar por una Letra de Cambio por cobrar ANÁLISISEn este asiento 1Se trasfiere  de la divisionaria 121 Facturas por Cobrar a la divisionaria 123 Letras por cobrar de la cuenta 12 Clientes EN LOS REGISTROS CONTABLESSe tendrá que registrar esta operación en el Registro de Letras por cobraro en un libro auxiliar que se tenga a fin de controlar la amortización y luegoen el Libro Diario

Cuenta 42: Cuentas por Pagar Comerciales - TercerosEN: ¿CóMO CONTABILIZAR CON EL

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PCGE?23

Comentarios

1. DEFINICIÓNLa Cuenta 42 Cuentas por Pagar Comerciales – Terceros agrupa las subcuentas que representan obligaciones que contrae la empresa derivada de la compra de bienes y servicios en operaciones objeto del negocio.

2. NOMENCLATURALa cuenta en análisis está compuesta por las siguientes subcuentas y divisionarias:421 Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar

4211 No emitidas4212 Emitidas

422 Anticipos a proveedores423 Letras por pagar424 Honorarios por pagar

3. SUBCUENTASEl contenido de cada una de las subcuentas que conforman esta cuenta es el siguiente:

•      Subcuenta 421 Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar: Obligaciones por concepto de bienes o servicios adquiridos.

•      Subcuenta 422 Anticipos a proveedores: Efectivo o sus equivalentes, entregado a proveedores a cuenta de compras posteriores. Es de naturaleza deudora.

•      Subcuenta 423 Letras por pagar: Obligaciones sustentadas en documentos de cambio aceptados por la empresa.

Subcuenta 424 Honorarios por pagar: Obligaciones con personas naturales, proveedores de servicios prestados en relación de independencia.

4. A TENER EN CUENTA• Reconocimiento inicial y posterior Las cuentas por pagar comerciales se reconocerán por el monto nominal de la transacción, menos los pagos efectuados, lo que es igual al costo amortizado.

• Operaciones en moneda extranjeraLas cuentas en moneda extranjera pendientes de pago a la fecha de los estados financieros, se expresarán al tipo de cambio aplicable a las transacciones a dicha fecha.

• Tratamiento de los anticipos otorgados Los anticipos otorgados a proveedores, en cuanto corresponden a compra de bienes o servicios pactados, deben reclasificarse para efectos de presentación, de acuerdo con la naturaleza de la transacción. Si el anticipo no corresponde de bienes o servicios pactados, corresponde presentarse como “Otras cuentas por cobrar” en el Estado de Situación Financiera.

APLICACIÓN PRÁCTICACASO Nº 1: FACTURAS, BOLETAS Y OTROS COMPROBANTES POR PAGARSe reconoce y se paga el arrendamiento de una maquinaria por S/. 5,000 más IGV, el cual es prestado por un tercero, quien emite y entrega el respectivo comprobante de pago.

SOLUCIÓN:

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CASO Nº 2: ANTICIPOS A PROVEEDORESSe efectúa un anticipo de S/. 50,000 a nuestro proveedor, sujeto no vinculado con la empresa. Posteriormente, se realiza la adquisición de mercaderías manufacturadas por S/. 90,000 más IGV, imputándose el anticipo otorgado.

SOLUCIÓN:

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 EJERCICIOS DE APLICACIÓN SOBRE ASIENTOS CONTABLES DE LA CUENTA CLIENTES

Cargo: C

Abono: A

                ———————————— 1 ————————————

                VENTA DE MERCADERIAS AL CONTADO

                Reconocimiento de ingresos por ventas

C: 12       Clientes                                 1´475,000

                121          Facturas por Cobrar

                                121.1       Facturas por Cobrar – País                1´475,000

A: 40      Tributos por Pagar                                             225,000

                401          Gobierno Central

                               401.1       Impuesto General a las Ventas         225,000

A: 70      Ventas                                                  1´250,000

                701          Mercaderías

                               701.1       Ventas Mercaderías – País 1´250,000

                Por la venta de mercaderías a clientes del país, al contado sustentado en facturas. (S/. 900,000 y US $ 100,000 más IGV al tipo de

cambio US $ 1= S/. 3.50)

                ———————————— 2 ————————————

                VENTA DE MERCADERIAS AL CREDITO

                Reconocimiento de ingresos por ventas

C: 12 Clientes                                          2´832,000

                121          Facturas por Cobrar

                               121.1       Facturas por Cobrar – País                2´832,000

A: 40      Tributos por Pagar                                             432,000

                401          Gobierno Central

                               401.1       Impuesto General a las Ventas         432,000

A: 70      Ventas                                                  2´400,000

                701          Mercaderías

                               701.1       Ventas Mercaderías – País 2´400,000

                Por la venta de mercaderías a clientes del país, al crédito sustentado en facturas. (S/. 1´000,000 y US $ 400,000 al tipo de cambio

US $ 1= S/. 3.50)

                ———————————— 3 ————————————

                VENTAS AL CREDITO MEDIANTE CUOTAS

                Reconocimiento de ingresos diferidos

C: 12       Clientes                                 108,000

                125          Otros Documentos por Cobrar

                               125.14     Cuotas por Cobrar por Ventas a Plazos          108,000

A: 49      Ganancias Diferidas                                           108,000

                491          Ventas Diferidas  100,000

                493          Intereses Diferidos             8,000

                POR las ventas a plazos mediante cuotas.

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                ———————————— 4 ————————————

                COBRANZA DE FACTURAS DE CLIENTES

                Cancelación de facturas por cobrar e ingreso de efectivo a Caja

C: 10       Caja y Bancos                      1´475,000

                101          Caja

                               101.1       Fondos por Depositar en moneda nacional   1´475,000

A: 12      Clientes                                                1´475,000

                121          Facturas por Cobrar

                               121.1       Facturas por Cobrar País   1´475,000

                Por el importe del efectivo y/o cheques recibidos en la Oficina de Caja por concepto de facturas cobradas a clientes.

———————————— 5 ————————————

                CANJE DE FACTURAS POR LETRAS INCLUIDO INTERESES E IGV

                Cancelación de facturas por cobrar y reconocimiento de intereses por cobrar no devengados

C: 12       Clientes                                 2´856,840

                123          Letras (o Efectos) por Cobrar

                               123.1       Letras (o Efectos) por Cobrar – País 2´856,840

C: 16       Cuentas por Cobrar Diversas                          138,000

                161          Intereses por cobrar           138,000

A: 12      Clientes                                                2´832,000

                121 Facturas por Cobrar

                               121.1       Facturas por Cobrar – País                2´832,000

A: 40      Tributos por Pagar                                            24,840

                401          Gobierno Central

                               401.1       Impuesto General a las Ventas         24,840

A: 49      Ganancias Diferidas                                          138,000

                493          Intereses Diferidos

                               493.1       Intereses sobre Documentos Mercantiles     138,000

                Por el canje de las facturas de la transacción anterior por letras. (A 60 días con un interés de S/. 40,0OO y US $ 28,000 más IGV,

emitiéndose además las respectivas notas de débito al tipo de cambio US $ 1= S/. 3.50)

                ———————————— 6 ————————————

                COBRANZA DE FACTURAS CON TARJETAS DE CREDITO Y/O CHEQUES DE PAGO DIFERIDO

                Cancelación de facturas por cobrar y registro de nuevos documentos de cobro

C: 12       Clientes                                 35,400

                125          Otros Documentos por Cobrar

                               125.1       Otros Documentos por Cobrar – País

                               125.11     Boletas de Venta con Tarjeta de Crédito        5,900

                               125.12     Cheques de Pago Diferido 29,500

A: 12      Clientes                                                35,400

                121          Facturas por Cobrar

                               121.1       Facturas por Cobrar – País 35,400

                Por las cobranzas de facturas de clientes del país con boletas de venta con tarjetas de crédito y cheques de pago diferido.

                ———————————— 7 ————————————

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                COBRO DE BOLETAS DE VENTA CON TARJETAS DE CREDITO Y/O CHEQUES DE PAGO DIFERIDO

                Depósito en cuentas corrientes bancarias

C: 10       Caja y Bancos                      35,400

                104          Cuentas Corrientes

                               104.1       Cuentas Corrientes en moneda nacional        35,400

A: 12      Clientes                                               35,400

                125          Otros Documentos por Cobrar

                               125.1       Otros Documentos por Cobrar – País

                               125.11     Boletas de Venta con Tarjeta de Crédito       5,900

                               125.12     Cheques de Pago Diferido               29,500

                Por el depósito en cuenta corriente bancaria de las boletas de venta con tarjetas de crédito y/o cheques de pago diferido.

                ———————————— 8 ————————————

                ANTICIPOS RECIBIDOS DE CLIENTES

                Ingreso de efectivo a Caja

C: 10       Caja y Bancos                      135,000

                101          Caja

                               101.1       Fondos por Depositar en moneda nacional   135,000

A: 12      Clientes                                               135,000

                122          Anticipos Recibidos

                               122.1       Anticipos Recibidos – País                135,000

                Por los anticipos recibidos de clientes.

                ———————————— 9 ————————————

                DEVOLUCIÓN DE CHEQUES NO CONFORMES

                Cargo en cuenta corriente

C: 12       Clientes                               1,059

                125          Otros Documentos por Cobrar

                               125.1       Otros Documentos por Cobrar – País

                               125.13     Cheques de Clientes Devueltos      1,059

A: 10      Caja y Bancos                                     1,059

                104          Cuentas Corrientes

                               104.1 Cuentas Corrientes en moneda nacional              1,059

                Por la devolución por parte del banco de cheque de cliente depositado en cuenta corriente, no conforme mas gastos bancarios e

IGV.

                ———————————— 10 ————————————

                DESCUENTOS, REBAJAS Y BONIFICACIONES FUERA DE FACTURA

                Emisión de nota de crédito

C: 40       Tributos por Pagar                             540

                401          Gobierno Central

                               401.1 Impuesto General a las Ventas               540

C: 74       Descuentos, Rebajas y Bonificaciones Concedidas                    3,000

                741          Descuentos fuera de factura             3,000

A: 12      Clientes                                                                3,540

                121          Facturas por Cobrar

                               121.1       Facturas por Cobrar – País                3,540

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Page 73: 0. 1 Evaluación de La 1ra. Unidad - Sistemas de Orgnizacion Contable y Otros

                Por los descuentos, rebajas y bonificaciones concedidos fuera de factura, según notas de crédito.

                ———————————— 11 ————————————

                DESCUENTOS POR PRONTO PAGO

                Emisión de nota de crédito

C: 67       Cargas Financieras                             100

                675          Descuentos Concedidos por Pronto Pago     100

C: 40       Tributos por Pagar                             18

                401          Gobierno Central

                               401.1 Impuesto General a las Ventas               18

A: 12      Clientes                                                                118

                121          Facturas por Cobrar

                               121.1       Facturas por Cobrar – País                118

                Por los descuentos concedidos por pronto pago según notas de crédito.

                ———————————— 12 ————————————

                DEVOLUCIÓN DE MERCADERIAS POR PARTE DE LOS CLIENTES

                Emisión de nota de crédito

C: 70       Ventas                                   500,000

                701          Mercaderías –Mercado Local           500,000

C: 40       Tributos por Pagar                             90,000

                401          Gobierno Central

                               401.1       Impuesto General a las Ventas         90,000

A: 12      Clientes                                               590,000

                121          Facturas por Cobrar            590,000

                Por la devolución de las mercaderías devueltas por los clientes, que fueron vendidas en el mismo ejercicio económico o período.

                NOTA: El asiento por la reversión del costo de ventas corresponde a las cuentas 20. Mercaderías y 69. Costo de Ventas.

———————————— 13 ————————————

                COBRO DE CUENTAS DE COBRANZA DUDOSA PROVISIONADAS

                Ingreso de efectivo a Caja

C: 10       Caja y Bancos                      5,000

                101          Caja

                               101.1       Fondos por Depositar en moneda nacional   5,000

A: 12      Clientes                                                                5,000

                129          Cobranza Dudosa               5,000

                Por el importe del efectivo y/o cheques recibidos en la Oficina de Caja por concepto de recuperaciones de cobranza dudosa

provisionadas.

                NOTA: El asiento de la recuperación de la provisión corresponde a la cuenta 19. Provisión para Cuentas de Cobranza Dudosa.

                ———————————— 14 ————————————

                DESCUENTO DE LETRAS POR COBRAR EN BANCOS

                Abono en cuenta corriente

C: 10       Caja y Bancos                     39,300

                104          Cuentas Corrientes

Mg. CPCC. EUSEBIO T. SARMIENTO MAZA - ESTADOS FINANCIEROS II 73

Page 74: 0. 1 Evaluación de La 1ra. Unidad - Sistemas de Orgnizacion Contable y Otros

                               104.1       Cuentas Corrientes en moneda nacional        39,300

C: 67       Cargas Financieras                            700

                674          Intereses y Gastos de Documentos Descontados       700

A: 12      Clientes                                               40,000

                123          Letras (o Efectos) por Cobrar – País

                               123.1       Cliente “A”           40,000

                Por el abono en cuenta corriente bancaria del importe de letras en cobranza pagadas por los clientes en bancos.

                ———————————— 15 ————————————

                CASTIGO DE LAS CUENTAS POR COBRAR INCOBRABLES QUE FUERON PROVISIONADAS

                Anulación de derecho de cobro

C: 19       Provisión para Cuentas de Cobranza Dudosa                              80,000

                192          Clientes

                               192.1       Clientes – País

                               192.11     Facturas por Cobrar            10,000

                               192.12     Letras (o Efectos) por Cobrar           60,000

                               192.13     Otros Documentos por Cobrar         1,000

                               192.14     Documentos Descontados               9,000

A: 12      Clientes                                                80,000

                129          Cobranza Dudosa

                               129.1       Clientes – País     11,000

                               129.2       Clientes – Exterior                69,000

                Por el castigo de cuentas incobrables anteriormente provisionadas.

                ———————————— 16 ————————————                               DEBE     HABER

                CONTROL DE LETRAS DESCONTADAS EN CUENTAS DE ORDEN

                Apertura de cuentas de orden

C: 00       Activo                                   150,000

                002          Letras (o Efectos) Descontadas

A: 01      Pasivo                                                   150,000

                012          Responsabilidad por Letras Descontadas

                Para registrar en cuentas de orden la responsabilidad de la empresa por las letras descontadas en bancos.

                ———————————— 17 ————————————

                DISMINUCIÓN DE LETRAS DESCONTADAS EN CUENTAS DE ORDEN

                Cobranza de letras descontadas por el banco

C: 01       Pasivo                                   90,000

                012          Responsabilidad por Letras Descontadas

A: 00      Activo                                                  90,000

                002          Letras (o Efectos) Descontadas

                Para registrar en cuentas de orden la cobranza por parte de los bancos de las letras descontadas.

                ———————————— 18 ————————————

                CONTROL DE CUENTAS POR COBRAR CASTIGADAS EN CUENTAS DE ORDEN

                Apertura de cuentas de orden

C: 00       Activo                                   10,000

                006          Cuentas por Cobrar Castigadas -DEBE

A: 01      Pasivo                                                   10,000

Mg. CPCC. EUSEBIO T. SARMIENTO MAZA - ESTADOS FINANCIEROS II 74

Page 75: 0. 1 Evaluación de La 1ra. Unidad - Sistemas de Orgnizacion Contable y Otros

                016          Cuentas por Cobrar Castigadas – HABER

                Para registrar en cuentas de orden las cuentas por cobrar de Clientes que han sido materia de castigo.

                ———————————— 20 ————————————

                RECUPERACION DE CUENTAS POR COBRAR CASTIGADAS EN CUENTAS DE ORDEN

                Cobranza de cuentas castigadas

C: 01       Pasivo                                   5,000

                016          Cuentas por Cobrar Castigadas – HABER

A: 00      Activo                                                  5,000

                006          Cuentas por Cobrar Castigadas -DEBE

                Para registrar en cuentas de orden la recuperación por cobranza de las cuentas por cobrar de Clientes que han sido materia de

castigo.

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7 Responses to “Ejemplos de asientos contables – Cuenta 12 Clientes”Feed de comentarios

manuel

deseo saber la contabilizacion del credito fiscal de igv y asi tambien de renta y como se presentaria en el

balance gracias

Responder

YESSICA

Gracias a sus ejemplos de asientos pude resolver un ejercicio para mi muy complicado. y espero sigan

publicando este tipo de ayudas ya que nos ayudan muchisimo. MUCHAS GRACIAS.

Por favor necesito saber como se debe contabilizar el gasto electoral en el Ecuador para las elecciones del año

2009.

Responder

MARIA

como se debe contabilizar el anticipo del impuesto a la renta para el próximo año como cuenta de gasto o

Mg. CPCC. EUSEBIO T. SARMIENTO MAZA - ESTADOS FINANCIEROS II 75

Page 76: 0. 1 Evaluación de La 1ra. Unidad - Sistemas de Orgnizacion Contable y Otros

como cuenta de activo corriente al 31 diciembre

Responder

robertofelipe

Hola María:

El pago a cuenta que se realiza, se deja en la 40 luego esta se neteará cuando se realice el pago anual del

impuesto a la renta.

Responder

robertofelipe

Hola Yessica:

¿El gasto electoral?

Si te refieres a la contabilidad de un partido político puedes utilizar la cuenta 637 publicidad, avisos y

publicaciones.

Slds

CUÁNDO OPERA LA FIGURA DEL REINTEGRO DEL CRÉDITO FISCAL DEL IGV?Deja una respuesta¿CUÁNDO OPERA LA FIGURA DEL REINTEGRO DEL CRÉDITO FISCAL DEL IGV?MARIO ALVA MATTEUCCI1. INTRODUCCIÓN

El legislador tributario ha determinado el cumplimiento de una serie de reglas que se deben cumplir para la utilización del IGV como crédito fiscal, para evitar que se establezca algún efecto de piramidación o de cascada y se logre un mecanismo de neutralidad en el IGV.

Pero puede presentarse el caso en el cual esta neutralidad del IGV no debiera presentarse, ello porque el propio contribuyente la ha utilizado indebidamente o porque se han presentado supuestos señalados por el propio legislador para que se restituya el IGV que se utilizó. Esta devolución del crédito fiscal sería una especie de restitución.

Mg. CPCC. EUSEBIO T. SARMIENTO MAZA - ESTADOS FINANCIEROS II 76

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El motivo del presente informe es realizar un análisis de la legislación contenida en la Ley del Impuesto General a las Ventas sobre la figura del reintegro tributario como mecanismo de restitución del IGV.

2. LA DEFINICIÓN DEL CONCEPTO “REINTEGRO”

Lo primero que debemos realizar es definir el término “reintegro” el cual será utilizado en el presente Informe.

Si revisamos el Diccionario de la Real Academia Española – RAE, el término “reintegro” alude a“la acción y efecto de reintegrar” 1. Si ahondamos más en el tema el verbo reintegrar en el mismo diccionario tiene como significado lo siguiente: “Restituir o satisfacer íntegramente algo” 2.

De allí que el reintegro tiene como finalidad una devolución de un crédito que se utilizó en una determinada fecha, el cual posteriormente es entregado al fisco mediante la figura de la restitución.

3. ¿EN QUÉ NORMATIVIDAD SE ENCUENTRA REGULADA LA FIGURA DEL REINTEGRO DEL CRÉDITO FISCAL DEL IGV?

Cabe mencionar que esta figura del reintegro del crédito fiscal se encuentra regulada en el texto del artículo 22º de la Ley del Impuesto General a las Ventas.

En el Reglamento de la Ley del Impuesto General a las Ventas se puede observar los numerales 3, 4 y 5 del artículo 6º.

4 ¿CUÁNDO OPERA LA FIGURA DEL REINTEGRO DEL CRÉDITO FISCAL?

Existen las reglas que determinan el nacimiento de la obligación tributaria en materia del Impuesto General a las Ventas y que se encuentra reguladas en el artículo 4º de la Ley que regula dicho tributo, haciendo mención a cada una de las operaciones que el IGV considera afectas al pago, tales como el caso de:

(i) la venta de bienes.(ii) la prestación de servicios.(iii) la utilización económica de servicios cuando son prestados por sujetos no domiciliados.(iv) en los contratos de construcción.(v) en la primera venta de los inmuebles efectuada por los constructores de los mismos.(vi) en la importación de bienes del exterior.

Sin embargo, la propia Ley del Impuesto General a las Ventas también cuenta dentro de su propia estructura normativa con determinadas reglas, las cuales tienen por finalidad realizar ajustes o correcciones del crédito fiscal, el cual fue en un inicio reconocido como válido y aceptado pero que posteriormente el fisco exige su restitución.

Esta figura es conocida en la legislación del IGV y en la doctrina como el “reintegro del crédito fiscal”, el cual opera cuando se realizan ventas de bienes calificados como activos fijos bajo ciertas condiciones. Ello determina entonces que el reintegro tributario como posibilidad de ajuste únicamente opera cuando se realizan venta de este tipo de bienes.

En este orden de ideas, convenimos en determinar que la figura del reintegro del IGV por las adquisiciones realizadas, implica necesariamente que el crédito fiscal en un inicio cumplió con los parámetros legales exigidos por la normatividad tributaria del IGV y ello

Mg. CPCC. EUSEBIO T. SARMIENTO MAZA - ESTADOS FINANCIEROS II 77

Page 78: 0. 1 Evaluación de La 1ra. Unidad - Sistemas de Orgnizacion Contable y Otros

permitió utilizarlo sin dificultad en su oportunidad. Sin embargo, por la presencia de una causal sobreviniente el mismo se pierde y existe mandato del fisco para exigir su restitución, lo cual determina entonces el reintegro del crédito fiscal.

Coincidimos con el criterio mencionado por VILLANUEVA GUTIERREZ cuando precisa que el reintegro del crédito fiscal “…tiene por objeto controlar la proporción entre el crédito fiscal deducido al momento de la adquisición de los activos fijos y los débitos fiscales generados con su explotación durante un plazo mínimo fijado en la ley o, en su defecto, cuando la venta del activo fijo se realice a un precio mayor al de su adquisición dentro del plazo mínimo que indica la norma” 3.5. EL REINTEGRO DEL CRÉDITO FISCAL EN LA LEGISLACIÓN DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS

A continuación analizaremos el detalle de la figura del reintegro del crédito fiscal en la legislación del Impuesto General a las Ventas.

5.1 ¿QUÉ REQUISITOS SE DENE CUMPLIR PARA QUE PROCEDA EL REINTEGRO DEL CRÉDITO FISCAL DEL IGV?

El texto del artículo 22º de la Ley del Impuesto General a las Ventas determina que en el caso de venta de bienes depreciables destinados a formar parte del activo fijo, antes de transcurrido el plazo de dos (2) años de haber sido puestos en funcionamiento y en un precio menor al de su adquisición, el crédito fiscal aplicado en la adquisición de dichos bienes deberá reintegrarse en el mes de la venta, en la proporción que corresponda a la diferencia de precio.

Esta primera parte de la norma amerita realizar una descripción detallada de los supuestos que encierra el texto. De este modo, se puede precisar que se requiere el cumplimiento de los siguientes requisitos:

•    Se realice la venta de bienes que califican como activos fijos 4.•    La venta5  se debe efectuar antes que se cumplan los dos (2) años de haber sido puesto en funcionamiento el referido bien.

•    El precio pactado en la operación de venta del activo fijo sea a un monto menor de adquisición del bien.

De aquí se puede determinar grosso modo que si la venta se produce luego del plazo de los dos (2) años mencionado anteriormente, ya no resulta relevante verificar si se vendió a un monto mayor o menor al de su costo de adquisición, ello porque no le serán aplicables las reglas del reintegro del crédito fiscal.

Sobre este tema VILLANUEVA GUTIERREZ menciona que “… es perfectamente comprensible que la venta a precios mayores al de adquisición, incluso dentro del período mínimo de maduración del crédito fiscal, no origine el reintegro, ya que la venta ulterior ha generado un débito fiscal mayor al crédito inicialmente aplicado, y ha mantenido la coherencia del valor agregado” 6.

Si se aprecia, el plazo de los dos (2) años es inferior al plazo que la normatividad del Impuesto a la Renta determina para realizar la depreciación de los bienes que se encuentran en el activo fijo. Ello se puede observar de una simple revisión del texto del literal b) del artículo 22º del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, el cual contiene el siguiente cuadro.

BIENES — PORCENTAJE ANUAL DE DEPRECIACION HASTA UN MAXIMO DE:1. Ganado de trabajo y reproducción; redes de pesca. —  25%

Mg. CPCC. EUSEBIO T. SARMIENTO MAZA - ESTADOS FINANCIEROS II 78

Page 79: 0. 1 Evaluación de La 1ra. Unidad - Sistemas de Orgnizacion Contable y Otros

2. Vehículos de transporte terrestre (excepto ferrocarriles); hornos en general. —  20%3. Maquinaria y equipo utilizados por las actividades minera, petrolera y de construcción; excepto muebles, enseres y equipos de oficina.  —  20%4. Equipos de procesamiento de datos.  —  25%5. Maquinaria y equipo adquirido a partir del 01.01.91. — 10%6. Otros bienes del activo fijo — 10%Sobre la obligatoriedad del reintegro del crédito fiscal existe una opinión contraria en la doctrina, ello lo apreciamos en palabras de RISSO MONTES, cuando precisa que “Con relación a la venta de activos fijos antes del plazo de dos años de haber sido puestos en funcionamiento y en un precio menor al de su adquisición, no encontramos razón que justifique la obligación de devolver el crédito fiscal en proporción a la diferencia de precios.En efecto, conforme el artículo 42º de la Ley del Impuesto General a las Ventas, el impuesto bruto se calculará sobre el valor de mercado del activo fijo materia de venta, de manera que el ajuste a la base imponible por dicho concepto constituye en sí mismo una forma indirecta de reintegro del crédito fiscal. En tal sentido, el precio de venta a comparar para efectos del reintegro debe entenderse constituido por el valor de venta establecido para efectos del impuesto de acuerdo al artículo 42º. Si efectuado el ajuste (incremento) a valor de mercado de la base imponible de la venta del activo fijo continuara habiendo una diferencia de menos con el precio de adquisición del bien, el artículo 22º de la Ley obligaría a reintegrar proporcionalmente el crédito fiscal por la sola disminución del valor de mercado del activo entre la fecha de su adquisición y la fecha de su vencimiento, circunstancia sobre la que el contribuyente no tiene ingerencia alguna y que en modo alguno desvirtúa el cumplimiento del requisito contenido en el inciso a) del artículo 18º de la Ley para la configuración del crédito fiscal objeto del reintegro, considerando que dicho requisito debe ser apreciado en términos sustanciales y no cuantitativos” 7.En esta misma línea de pensamiento encontramos una opinión de LUQUE BUSTAMANTE que señala lo siguiente: “Técnicamente, no existe razón para establecer la obligación de reintegro del crédito fiscal por la venta de un bien del activo fijo por un precio inferior al de su adquisición, considerando que: (i) se tiene derecho al crédito fiscal cuando la adquisición al tiempo de su realización resultaba potencialmente susceptible de ser aplicada a la generación de operaciones gravadas; (ii) la posterior venta de un bien del activo fijo constituye una operación gravada que materializa de suyo la potencialidad de la adquisición; y, (iii) que existe una norma legal que obliga a los contribuyentes a establecer el precio de sus operaciones en el valor usual que corresponde a otros bienes en operaciones similares (valor de mercado)” 8.5.2 BIENES QUE REQUIEREN DE REPOSICIÓN EN UN PLAZO MENOR A UN AÑOEl segundo párrafo del artículo 22º de la Ley del Impuesto General a las Ventas precisa que tratándose de los bienes que califican como activo fijo, que por su naturaleza tecnológica requieran de reposición en un plazo menor, no se efectuará el reintegro del crédito fiscal, siempre que dicha situación se encuentre debidamente acreditada con informe técnico del Ministerio del Sector correspondiente 9.

En estos casos, se encontrarán obligados a reintegrar el crédito fiscal en forma proporcional, si la venta se produce antes de transcurrido un (1) año desde que dichos bienes fueron puestos en funcionamiento.

5.3 LA DESAPARICIÓN, DESTRUCCIÓN O PÉRDIDA DE BIENES CUYA ADQUISICIÓN GENERÓ UN CRÉDITO FISCALEl tercer párrafo del artículo 22º de la Ley del Impuesto General a las Ventas considera el supuesto en el cual ocurra la desaparición10, destrucción11 o pérdida12  de bienes cuya adquisición generó un crédito fiscal, así como la de bienes terminados en cuya elaboración se hayan utilizado bienes e insumos cuya adquisición también generó crédito fiscal, determina la pérdida del mismo.

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Page 80: 0. 1 Evaluación de La 1ra. Unidad - Sistemas de Orgnizacion Contable y Otros

5.4 ¿EN QUÉ MOMENTO SE DEBE EFECTUAR EL REINTEGRO DEL CRÉDITO FISCAL?

En todos los casos, la oportunidad en la cual el reintegro del crédito fiscal deberá efectuarse es en la fecha que corresponda declarar las operaciones que se realicen en el periodo tributario en que se produzcan los hechos que originan el mismo.

Ello implica que en el PDT Nº 621 IGV – RENTA mensual que corresponda al período donde se debe reintegrar el IGV se deberá descontar del crédito fiscal el monto que se debe restituir al fisco, lo cual en términos prácticos implicaría que se cuente previamente con papeles de trabajo donde se hubiera efectuado el cálculo del IGV a restituir y solo se restaría del crédito fiscal, lo cual implica disminuirlo.

Con respecto a la parte operativa relacionada al reintegro del IGV en la venta de activos recomendamos la revisión del trabajo titulado “REINTEGRO DEL IGV EN VENTA DE ACTIVOS FIJOS”, el cual se puede consultar accediendo al Blog de José Luis García Quispe 13.5.5 ¿CUÁLES SON LOS SUPUESTOS EN LOS CUALES SE EXCLUYEN DE LA OBLIGACIÓN DEL REINTEGRO?

El quinto párrafo del artículo 22º de la Ley del Impuesto General a las Venta determina los supuestos en los cuales se excluyen de la obligación del reintegro, los cuales se detallan a continuación:

a) LA DESAPARICIÓN, DESTRUCCIÓN O PÉRDIDA DE BIENES QUE SE PRODUZCAN POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR

En este punto resulta importante diferenciar los conceptos de Caso Fortuito y Fuerza Mayor.

EL CASO FORTUITOLa pérdida extraordinaria es una situación no cotidiana para el contribuyente o empresa, precisamente por tratarse de un hecho no común, de allí que se mencione al caso fortuito. PorCASO FORTUITO debemos entender a aquel “… evento que, a pesar de que se pudo prever, no se podía evitar”14.Al revisar al maestro CABANELLAS apreciamos que define al caso fortuito como aquel “… suceso inopinado, que no se pudo prever ni resistir”15. También se les conoce en la doctrina como los “hechos de Dios o de la naturaleza”.“Los elementos del caso fortuito son:1. HECHO INIMPUTABLE: ajeno a su culpa o dolo o de quienes responde.2. IMPREVISTO: Que en los cálculos ordinarios de una persona normal no sea esperable su ocurrencia.3. IRRESISTIBLE: Que impida al deudor su cumplimiento, bajo todo respecto o circunstancia, no basta que lo haga más oneroso o difícil” 16.La RTF Nº 00417-3-2004 la cual constituye Jurisprudencia de Observancia Obligatoria, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 154º del Código Tributario, determina que “De acuerdo  a  los  artículos 18º y 22º de la  Ley  del  Impuesto  General  a  las  Ventas  e  Impuesto Selectivo  al  Consumo, aprobado por el  Decreto  Legislativo  Nº  821,  no  debe  reintegrarse  el  crédito  fiscal  por  la destrucción de bienes  por  caso  fortuito  o fuerza mayor, debidamente acreditados, aun cuando no se haya contemplado expresamente dentro de las  excepciones  que  señalaba el Reglamento, aprobado por los Decretos Supremos Nº 029-94-EF y Nº 136-96- EF”.LA FUERZA MAYOROtra situación extrema que se puede presentar en la pérdida de los bienes es la fuerza mayor, entendida ésta como aquella “…causa que no se puede evitar y tampoco se puede prever”17.

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También CABANELLAS menciona a la fuerza mayor como aquel “…acontecimiento que no ha podido preverse o que, previsto, no ha podido resistirse”18. Un punto que diferencia la fuerza mayor del caso fortuito es que en el primero de los nombrados existe la presencia de la mano del hombre, razón por la cual en la doctrina se les conoce como “hechos del hombre o también hechos del príncipe”.

Como se puede apreciar son situaciones en las cuales el contribuyente no ha podido prever que los hechos sucedan ya que éstos se producen al margen de la voluntad del mismo.

Dentro del Derecho Civil las figuras del caso fortuito y la fuerza mayor se encuentran recogidas en normas como el Código Civil. En el Perú, específicamente se encuentran reguladas en el artículo 1315º del Código Civil el cual determina lo siguiente:

“Artículo 1315º.- Caso fortuito o fuerza mayor:Caso fortuito o fuerza mayor es la causa no imputable, consistente en un evento extraordinario, imprevisible e irresistible, que impide la ejecución de la obligación o determina su cumplimiento parcial, tardío o defectuoso”.b) LA DESAPARICIÓN, DESTRUCCIÓN O PÉRDIDA DE BIENES POR DELITOS COMETIDOS EN PERJUICIO DEL CONTRIBUYENTE POR SUS DEPENDIENTES O TERCEROSLa pérdida de bienes como figura del ilícito penal puede presentarse de dos maneras, las cuales se diferencian una de otra por la utilización o no de la violencia en la comisión del delito. En este caso pueden presentarse dos figuras en materia penal, nos estamos refiriendo al“HURTO” y al “ROBO”. A veces utilizamos estos términos como sinónimos cuando en realidad tiene una clara definición legal que los distingue totalmente.EL HURTOPara poder realizar una definición del término HURTO recurrimos al maestro CABANELLASquien manifiesta lo siguiente: “Delito contra la propiedad, la posesión o el uso, consistente en el apoderamiento no autorizado de un bien mueble ajeno, con ánimo de lucro, sin fuerza en las cosas ni violencia en las personas. La sustracción aprovecha una oportunidad o un descuido, o explota una particular habilidad”19.Según el portal DEFINICIÓN ABC el término HURTO significa “… todo acto que represente la sustracción de algún elemento a una persona de manera ilegítima o sin su acuerdo o aceptación. El hurto es una forma de delincuencia, quizás menor, pero de todos modos significa la realización de un acto ilegal ya que implica obtener algo de un modo incorrecto o sin la aceptación de aquel a quien se le saca el objeto. Los hurtos pueden llevarse a cabo de maneras muy diferentes y variadas aunque por lo general se trata de acciones que no requieren demasiada logística o preparación si no que son aprovechamientos sobre descuidos momentáneos que las víctimas tienen, obviamente, sin darse cuenta.”20

La figura del Hurto se encuentra consignada en los artículos 185º al 187º del Código Penal y las penas de cárcel (pena privativa de libertad) varían entre uno (1) y seis (6) años, ello dependerá si se trata de un hurto simple o agravado.

EL ROBOSiguiendo al maestro CABANELLAS al encontrar una definición de ROBO el menciona lo siguiente: “Delito contra la propiedad consistente en el apoderamiento de una cosa mueble ajena, con ánimo de lucro, y empleando fuerza en las cosas o violencia en las personas”21.Según el portal DEFINICIÓN ABC el término ROBO significa “… aquel delito que se perpetra contra el patrimonio de un individuo, grupo, organismo, empresa, entre otros. Un robo, básicamente, consiste en apoderarse de aquellos bienes ajenos, con la única finalidad del lucro y utilizando la violencia, la intimidación y la amenaza como recursos para lograrlo.

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Este último aspecto que mencionábamos, de la utilización de la violencia, es lo que en definitivas cuentas diferencia al robo del hurto, ya que este último únicamente implicará el apoderamiento de los bienes ajenos sin que medie ningún tipo de intervención violenta”22.

La figura del Robo se encuentra consignada en los artículos 188º al 189º del Código Penal y las penas (pena privativa de libertad) varían entre tres (3) y veinte (20) años, dependiendo de los agravantes.

Aun cuando en materia penal es posible realizar distinciones de ambos ilícitos penales, tomando como referencia el uso de la violencia, en materia tributaria (tanto para el Impuesto a la Renta como en el IGV) los efectos son los mismos cuando se producen robos o hurtos.

c) LA VENTA DE LOS BIENES DEL ACTIVO FIJO QUE SE ENCUENTREN TOTALMENTE DEPRECIADOSRecogemos la opinión de VILLANUEVA GUTIERREZ quien precisa que “… este supuesto de excepción es ocioso y reiterativo, debido a que la venta de bienes totalmente depreciados no genera el reintegro del crédito fiscal, ya que se ha superado largamente el período mínimo de dos años. Por consiguiente, tratándose de la venta de activos fijos con las condiciones antes mencionadas, no procese reintegro alguno”23.

Si aplicamos el criterio de interpretación a contrario sensu observaremos que la norma podría incorporar en estas reglas a los bienes que aún no han sido totalmente depreciados, en este caso nos estamos refiriendo a los bienes parcialmente depreciados.

Siguiendo lo que señala VILANUEVA GUTIERREZ “…tratándose de bienes parcialmente depreciados (…) no procede el reintegro total o parcial en la venta de los mismos si estos han superado los dos años establecidos como plazo de maduración a partir de su puesta en funcionamiento. De igual forma, si dentro del período de maduración se venden bienes a un precio mayor al de adquisición, tampoco procede el reintegro, ya que dicha transacción generaría un monto mayor de débito fiscal que el deducido como crédito”24.d) LAS MERMAS Y DESMEDROS DEBIDAMENTE ACREDITADOSEL CONCEPTO DE MERMAAl consultar el Diccionario de la Lengua Española – RAE25 para poder comprender el concepto de merma se aprecia que existen dos significados: el primero de ellos alude a la“Acción y efecto de mermar” y el segundo significado precisa que merma es la “Porción de algo que se consume naturalmente o se sustrae o sisa”.A su vez, atendiendo a la definición que contiene el Diccionario de Derecho Usual del maestroGUILLERMO CABANELLAS sobre el término MERMA señala que se trata “Disminución, pérdida o baja de una cosa, por causa natural; como evaporación, filtración, vertimiento”26 .

Al revisar la Norma Internacional de Contabilidad – NIC 2, “se define a la merma como la pérdida física tanto en el volumen, peso o cantidad de las existencias, ocasionada por causas inherentes a su naturaleza o al proceso productivo.”

FERNÁNDEZ ORIGGI manifiesta que “… la RTF Nº 16274 de 16 de diciembre de 1980 precisa que dentro del concepto de mermas están comprendidos la pérdida de productos en el proceso de producción y envasado, la rotura de botellas llenas dentro del almacén de la planta y manipuleo de embarque del depósito a los medios de transporte, y las pérdidas en operaciones que se realizan normalmente, tales como envasado que no reúne las condiciones formales para su venta, como

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igualdad de niveles de contenido, etc., que se suele entregar gratuitamente al personal o al público.” 27En el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta existe una definición del concepto de merma, específicamente en el numeral 1 del literal c) del artículo 21º. Allí se menciona que merma es la “Pérdida física, en el volumen, peso o cantidad de las existencias, ocasionada por causas inherentes a su naturaleza o al proceso productivo”.EL CONCEPTO DE DESMEDROEn el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta existe una definición del concepto de desmedro, específicamente en el numeral 2 del literal c) del artículo 21º. Allí se menciona que desmedro es la “Pérdida de orden cualitativo e irrecuperable de las existencias, haciéndolas inutilizables para los fines a los que estaban destinados”.Conforme lo menciona PICÓN GONZALES 28, existen diversos supuestos en los cuales las existencias se convierten en desmedros:• Deterioro de los bienes: Ladrillos rotos, tornillos oxidados que están en un almacén y que no tienen alta rotación, vidrios rotos, copas rajadas, entre otros.• Bienes perecederos: Bienes con fecha de caducidad que hubieran vencido, como es el caso de las  medicinas que ya venció el plazo de expiración. También es el caso del pan que se vende embolsado en los centros comerciales en los cuales también expiró la fecha de comercialización al público.• Desfase tecnológico: Piezas de maquinaria obsoleta, disquetes flexibles de 5 1/4 pulgadas utilizados en las computadoras cuyos modelos eran del tipo 286, 386 o 486.Para efecto de lo dispuesto en los incisos antes mencionados, se deberá tener en cuenta lo establecido en el Reglamento de la presente Ley y en las normas del Impuesto a la Renta29.

El reintegro al que se hace referencia en los párrafos anteriores, se sujetará a las normas que señale el Reglamento.

5.6 CONCORDANCIA REGLAMENTARIA EN EL CASO DEL REINTEGRO DEL CRÉDITO FISCAL DEL IGV

En el caso del texto del Reglamento de la Ley del Impuesto General a las Ventas, existen normas que complementan las reglas de la Ley en el tema del reintegro del crédito fiscal.   Nos estamos refiriendo a los numerales 3), 4) y 5) del artículo 6º del mencionado reglamento, los cuales se desarrollan a continuación:

5.6.1 REINTEGRO DE CRÉDITO FISCAL POR LA VENTA DE BIENES

El numeral 3 del artículo 6º del Reglamento de la Ley del Impuesto General a las Ventas determina que para calcular el reintegro a que se refiere el Artículo 22° de la Ley del Impuesto General a las Ventas, en caso de existir variación de la tasa del Impuesto entre la fecha de adquisición del bien y la de su venta, a la diferencia de precios deberá aplicarse la tasa vigente a la de adquisición.

El mencionado reintegro deberá ser deducido del crédito fiscal que corresponda al período tributario en que se produce dicha venta. En caso que el monto del reintegro exceda el crédito fiscal del referido período, el exceso deberá ser deducido en los períodos siguientes hasta agotarlo. La deducción, deberá afectar las columnas donde se registró el Impuesto que gravó la adquisición del bien cuya venta originó el reintegro 30.

Lo dispuesto en el referido artículo de la Ley del Impuesto General a las Ventas no es de aplicación a las operaciones de arrendamiento financiero (Leasing).

5.6.2 REINTEGRO DE CRÉDITO FISCAL POR DESAPARICIÓN, DESTRUCCIÓN O PÉRDIDA DE BIENES

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El numeral 4 del artículo 6º del Reglamento de la Ley del Impuesto General a las Ventas considera que en el caso que la desaparición, destrucción o pérdida de bienes cuya adquisición generó un crédito fiscal, así como la de bienes terminados en cuya elaboración se hayan utilizado bienes e insumos cuya adquisición también generó crédito fiscal; determina la pérdida del crédito, debiendo reintegrarse el mismo en la oportunidad, forma y condiciones establecidas en el numeral anterior.

La desaparición, destrucción o pérdida de bienes que se produzcan como consecuencia de los hechos previstos en los incisos a) y b) del Artículo 22º de la Ley del Impuesto General a las Ventas, se acreditará en la forma señalada por el numeral 4 del Artículo 2º.Las mermas y desmedros se acreditarán de conformidad con lo dispuesto en las normas que regulan el Impuesto a la Renta .

5.6.3 REINTEGRO DE CRÉDITO FISCAL POR NULIDAD, ANULACIÓN, RESCISIÓN O RESOLUCIÓN DE CONTRATOS

El numeral 5 del artículo 6º del Reglamento de la Ley del Impuesto General a las Ventas considera que en el caso de nulidad, anulación, rescisión o resolución de contratos, se deberá reintegrar el crédito fiscal en el mes en que se produzca tal hecho.

Sobre este tema VILLANUEVA GUTIERREZ precisa que “… estos supuestos, en la práctica, no generan ningún efecto legal distinto a los ajustes del débito y crédito fiscal previstos en los artículos 26º y 27º de la Ley del IGV.Debemos hacer notar que la norma reglamentaria hace referencia a cuatro supuestos de ineficacia negocial distintos: la nulidad, la anulabilidad, la rescisión y resolución contractual. Los cuatro supuestos de ineficiacia negocial originan la restitución de prestaciones. Desde este punto de vista, en el caso de la venta de bienes, no procedería el reintegro de crédito fiscal, sino el ajuste del débito y crédito fiscal a través de la emisión de la nota de crédito correspondiente.Tratándose de servicios de ejecución continuada respecto de los cuales se cuales se haya producido la nulidad, anulabilidad, rescisión o resolución contractual, tampoco procederá el reintegro. Ello, ya que, por la parte de los servicios ya prestados, se habría generado la obligación tributaria y el crédito fiscal correspondiente sin ser posible el ajuste del débito ni del crédito fiscal, conforme lo disponen los artículos 26º y 27º de la Ley del IGV. En relación con la otra parte de los servicios aun no prestados respecto del cual ya hubiera nacido la obligación tributaria y se hubiera aplicado el crédito fiscal, procederá el ajuste del débito y crédito fiscal a través de la nota de crédito correspondiente” 31.6. INFORMES EMITIDOS POR LA SUNAT SOBRE REINTEGRO DEL IGVINFORME Nº 149-2002-SUNAT/K0000  de fecha 16.05.2002SUMILLA: Tratándose de la transferencia de bienes del activo fijo que han sido utilizados para realizar operaciones gravadas con el IGV, será de aplicación lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 22° del TUO LIGV y su reglamento, con prescindencia que dicha transferencia no resulte gravada con el IGV, como es el caso de la originada en una reorganización empresarial.

En este supuesto, para que surja la obligación de reintegrar el crédito fiscal es imprescindible que el bien del activo fijo sea transferido a un precio menor al de su adquisición.

INFORME Nº 290-2003-SUNAT/K0000  de fecha 27.10.2003SUMILLA:

1. Para que proceda la deducción de los desmedros deben ser acreditados con la destrucción de los bienes, según el procedimiento establecido en el inciso c) del artículo

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21° del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta. A la fecha, no existe norma jurídica alguna que haya aprobado un procedimiento distinto al señalado.

2. Tratándose de bienes que habiendo sufrido una pérdida cualitativa e irrecuperable, haciéndolos inutilizables para los fines a los que estaban destinados, son enajenados por el contribuyente, en aplicación del artículo 20° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, el costo de estos bienes podrá ser deducido.

3. No existe la obligación de reintegrar el crédito fiscal en los casos de bienes que hayan sufrido desmedros pero que hayan sido enajenados porque no se habría producido los supuestos contemplados en el artículo 22° del TUO de la Ley del IGV e ISC.

7. SUMILLAS DE JURISPRUDENCIA EMITIDAS POR EL TRIBUNAL FISCALRTF Nº 146-3-1998

Se declara nula e insubsistente la apelada, debido a que los reparos no han sido debidamente sustentados por la Administración al no obrar en autos los correspondientes papeles de trabajo, y en cuanto al extremo referido al reintegro tributario, si bien existe acuerdo respecto de que se halla respaldada en un Acta Notarial ésta no obra en autos, por lo que se ordena que la Administración emita nuevo pronunciamiento previa determinación de si la destrucción de envases corresponde (1) a productos dañados en el proceso productivo o productos terminados, o (2) a insumos, pues en el primer caso no procedería el reintegro tributario debido que el gasto forma parte de la renta gravada por constituir costo de producción, en cambio en el segundo caso sí procedería el reintegro tributario debido a que dicho gasto al no constituir costo de producción no forma parte de la renta gravada; Por otro lado se confirma en cuanto al reparo por haber sustentado su crédito fiscal con facturas emitida por la Agencia de viaje por el costo total del pasaje cuando los boletos de aviación tiene la condición de comprobantes de pago, correspondiendo a las agencias de viaje facturar únicamente por su comisión ya que son comisionistas. En cuanto a las resoluciones de multa emitidas por no incluir en sus declaraciones ingresos y rentas gravadas, estas se declaran nulas a efecto que se resuelva en el mismo sentido que la cuestión de fondo, Finalmente se acepta el desistimiento parcial formulado.

RTF Nº 199-4-2000

Se declara la nulidad e insubsistencia de la apelada en relación a los reparos efectuados al débito fiscal por concepto de adelantos a clientes, toda vez que la Administración debe verificar si el pago efectuado por la recurrente a fin de la aceptación de pruebas no presentadas en la fiscalización, cubre el monto reclamado actualizado hasta la fecha de pago, y de ser el caso merituar la prueba presentada y emitir nuevo pronunciamiento. Se señala que debe mantenerse el reparo respecto al crédito fiscal por no haberse reintegrado aquel que corresponde a los productos que fueron destruidos por no superar el control de calidad, al considerar que la destrucción de tales bienes no califica como merma (pues ésta alude a una pérdida en cantidad, siendo que el desmedro obedece a una disminución en la calidad), por lo que no se encuentra comprendida en la excepción prevista en el segundo párrafo del numeral 4 del artículo 6º del Reglamento de la Ley del Impuesto General a las Ventas, encontrándose obligada a reintegrar el crédito fiscal. Se establece además que las multas derivadas de las acotaciones señaladas deben resolverse en el mismo sentido.

RTF Nº 588-2-2001

Es venta todo acto por el que se transfieren bienes a título oneroso, independientemente de la designación que se dé a los contratos o negociaciones que originen esa transferencia y de las condiciones pactadas por las partes; por lo que la transferencia del indicado

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vehículo si constituye una venta, y, dado que se realizó antes de transcurridos dos años de haber sido puestos en funcionamiento y a un precio menor al de su adquisición, la recurrente estaba obligada a reintegrar en el mes de la venta el crédito fiscal aplicado en la adquisición, en la proporción correspondiente a la diferencia de precio.

RTF Nº 00417-3-2004Se  revoca la apelada respecto al reparo del Impuesto General a las Ventas por reintegro del crédito fiscal por la pérdida o destrucción de bienes por caso fortuito o fuerza mayor. Se señala que de acuerdo a los artículos 18º y 22º de la Ley del Impuesto General aprobado por el Decreto Legislativo Nº 821 no debe reintegrarse el crédito fiscal por la destrucción de bienes por caso fortuito o fuerza mayor, debidamente acreditados, un cuando no se haya contemplado expresamente dentro de las excepciones que señalaba el reglamento, aprobado por los Decretos Supremos Nº 029-2004-EF y 136-96-EF. En tal sentido, tal como se indica en el resultado del requerimiento de fiscalización y se advierte de la copia certificada de la denuncia policial, la pérdida de bienes cuya adquisición generó crédito fiscal, ocurrió como consecuencia de las inundaciones producidas por el fenómeno del Niño, las cuales califican como fuerza mayor, por lo que la recurrente no se encontraba obligada a efectuar dicho reintegro. Se declara que la presente resolución constituye precedente de observancia obligatoria disponiéndose su publicación en el diario oficial El Peruano.__________________________________1  Diccionario de la Real Academia Española – RAE. Esta información puede consultarse en la siguiente página web: http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=reintegro   2  Diccionario de la Real Academia Española – RAE. Esta información puede consultarse en la siguiente página web: http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=reintegro   3 VILLANUEVA GUTIERREZ, Walker. Estudio del Impuesto al Valor Agregado en el Perú. Análisis, doctrina y Jurisprudencia. ESAN ediciones. Tax editor. Lima, mayo de 2009. Página 377.4 En este caso quedarían descartadas las existencias de la aplicación de las reglas del reintegro del crédito fiscal, toda vez que por su propia naturaleza éstas califican como activos negociables.5 Cuando la norma hace referencia al termino venta debemos tomar en cuenta el concepto que la Ley del Impuesto General a las Ventas consigna en el numeral 1 del literal a) del artículo 3º cuando menciona que se entiende como VENTA a todo acto por el que se transfieren bienes a título oneroso, independientemente de la designación que se dé a los contratos o negociaciones que originen esa transferencia y de las condiciones pactadas por las partes.  A manera de referencia y como parte de la comparación normativa se puede citar el texto del artículo 5º de la Ley del Impuesto a la Renta, el cual considera como concepto de ENAJENACIÓN a la venta, permuta, cesión definitiva, expropiación, aporte a sociedades y, en general, todo acto de disposición por el que se transmita el dominio a título oneroso.6  VILLANUEVA GUTIERREZ, Walker. Ob. Cit. Páginas 378 y 379.7  RISSO MONTES, Carolina. “El Crédito Fiscal en el Impuesto General a las Ventas Peruano”. Ponencia individual presentada por la autora en las VII Jornadas Nacionales de Derecho Tributario. Lima, 2003. Páginas 331 y 332.8 LUQUE BUSTAMANTE,  Javier. El Impuesto General a las Ventas – Tratamiento del Crédito Fiscal. Tema II. Ponencia General., VII Jornadas Nacionales de Derecho Tributario. Páginas 232 y 233. Esta información puede consultarse en la siguiente página web:http://www.ipdt.org/editor/docs/08_Rev41_JLB.pdf9  Ello implicará necesariamente verificar en cada caso concreto el sector al que corresponde en cada oportunidad10  La palabra desaparición proviene del verbo desaparecer el cual tiene como significado los siguiente: 1. tr. Ocultar, quitar de la vista con presteza. U. t. c. intr. y c. prnl. 2. intr. Dejar de existir. Esta información puede consultarse en la siguiente página web:http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=desaparición. Esta

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página corresponde a la Real Academia Española de la Lengua – RAE.11  La palabra destrucción tiene como significado los siguiente: 1. f. Acción y efecto de destruir. 2. f. Ruina, asolamiento, pérdida grande y casi irreparable. Esta información puede consultarse en la siguiente página web: http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=destrucción. Esta página corresponde a la Real Academia Española de la Lengua – RAE.12  La palabra pérdida tiene como significado lo siguiente: 1. f. Carencia, privación de lo que se poseía. 2. f. Daño o menoscabo que se recibe en algo. Esta información puede consultarse en la siguiente página web: http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=pérdida. Esta página corresponde a la Real Academia Española de la Lengua – RAE.13 Se puede acceder a dicha información en la siguiente página web:http://armonizacioncontable.blogspot.com/2011/10/reintegro-del-igv-en-venta-de-activos.html   14 Esta información puede consultarse en la siguiente página web:http://es.wikipedia.org/wiki/Caso_fortuito15 CABANELLAS DE TORRES, Guillermo. “Diccionario Jurídico Elemental”. Editorial Heliasta SRL. Buenos Aires, 1982. Página 47.16 Esta información puede consultarse en la siguiente página web:http://catedra.org/tema/caso-fortuito   17 Esta información puede consultarse en la siguiente página web:http://es.wikipedia.org/wiki/Fuerza_mayor   18  CABANELLAS DE TORRES, Guillermo. Ob. Cit. Página 138.19 CABANELLAS DE TORRES, Guillermo. “Diccionario Jurídico Elemental” Editorial Heliasta SRL. 2da. Edición. Buenos Aires, 1982. Página 150.20 Esta información puede consultarse en la siguiente página web:http://www.definicionabc.com/derecho/hurto.php21  CABANELLAS DE TORRES, Guillermo. Op. Cit. Página 286.22  Esta información puede consultarse en la siguiente página web:http://www.definicionabc.com/general/robo.php   23  VILLANUEVA GUTIERREZ, Walker. Ob. Cit. Página 380.24  VILLANUEVA GUTIERREZ, Walker. Ob. Cit. Página 381.25 Esta información puede consultarse en la siguiente página web:http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=merma26 CABANELLAS DE TORRES, Guillermo. Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual. Editorial Heliasta. Tomo V. 27º edición. Buenos Aires, 2001. Página 399.27  FERNANDEZ ORIGGI, Italo. “Las deducciones del Impuesto a la Renta”. Palestra editores. Lima, 2005. Página 230.28 PICÓN GONZALES, Jorge Luis.  Deducciones del Impuesto a la Renta Empresarial: ¿Quién se llevó mi gasto? La Ley, la SUNAT o lo perdí yo … DOGMA ediciones. Lima 2007. Página 209.29  Para revisar en detalle la regulación del desmedro en la Ley del Impuesto a la Renta se recomienda revisar un trabajo que elaboramos hace algún tiempo sobre el desmedro, el cual se puede consultar en la siguiente dirección web: http://blog.pucp.edu.pe/item/155930/que-implicancias-tributarias-generan-los-desmedros-en-el-impuesto-a-la-renta   30 Recomendamos revisar un interesante trabajo acerca del reintegro tributario a cargo del CPC JOSUÉ BERNAL ROJAS, el cual fue publicado en la revista “Actualidad Empresarial” correspondiente al número 167 de la segunda quincena de 2008, en las páginas I-11 al I-16. También se puede consultar en la siguiente página web:http://www.aempresarial.com/web/revitem/1_8554_67006.pdf   31  Estas reglas están contenidas en el texto del literal f) del artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta y en el texto del literal c) del artículo 21º del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta.32  VILLANUEVA GUTIERREZ, Walker. Ob. Cit. Páginas 389 y 390.Puntuación: 4.64 / Votos: 11

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Acerca de JUAN MARIO ALVA MATTEUCCIAbogado de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Egresado de la Maestría en Contabilidad con mención en Política y Administración Tributaria de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Profesor del Curso de Especialización Avanzada en Tributación de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Profesor del curso "Impuestos Especiales II - Impuesto a la Renta e IGV" de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Profesor del Programa en Gestión Tributaria Empresarial dictado en ESAN. Profesor de los cursos "Impuesto a la Renta Empresarial" y "Planeamiento Tributario" del PEE DE DERECHO CORPORATIVO en ESAN. Coautor del Libro "Infracciones y Sanciones del Código Tributario. Tomo I y II", del Libro "Detracciones, Retenciones y Percepciones", del "Libro Homenaje a Armando Zolezzi Möller", del "Libro Homenaje a Luis Hernández Berenguel", del "Libro Homenaje a Francisco Escribano” y del "Libro Homenaje a Victor Vargas Calderón". Coautor del libro "Guia de Operaciones Societarias y Comerciales", del "Manual de Detraciones, Retenciones y Percepciones", del libro "Aplicación Práctica del Impuesto a la Renta: Ejercicio 2013 - 2014". Autor del libro "Análisis para la aplicación del Crédito Fiscal". Autor del libro "Análisis práctico del Impuesto General a las Ventas". Autor de artículos para revistas universitarias y profesionales sobre diversos temas tributarios. Actualmente ocupa el cargo de Director de la Revista Actualidad Empresarial.Ver todas las entradas por JUAN MARIO ALVA MATTEUCCI   →

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