los bienes muebles e intangibles cuyo costo unitario de adquisición sea igual o superior a 70 veces...

7

Upload: others

Post on 26-Sep-2020

2 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Los bienes muebles e intangibles cuyo costo unitario de adquisición sea igual o superior a 70 veces el valor diario de la LIMA, se registrarán contablemente como un aumento en
Page 2: Los bienes muebles e intangibles cuyo costo unitario de adquisición sea igual o superior a 70 veces el valor diario de la LIMA, se registrarán contablemente como un aumento en
Page 3: Los bienes muebles e intangibles cuyo costo unitario de adquisición sea igual o superior a 70 veces el valor diario de la LIMA, se registrarán contablemente como un aumento en
Page 4: Los bienes muebles e intangibles cuyo costo unitario de adquisición sea igual o superior a 70 veces el valor diario de la LIMA, se registrarán contablemente como un aumento en
Page 5: Los bienes muebles e intangibles cuyo costo unitario de adquisición sea igual o superior a 70 veces el valor diario de la LIMA, se registrarán contablemente como un aumento en
Page 6: Los bienes muebles e intangibles cuyo costo unitario de adquisición sea igual o superior a 70 veces el valor diario de la LIMA, se registrarán contablemente como un aumento en
Page 7: Los bienes muebles e intangibles cuyo costo unitario de adquisición sea igual o superior a 70 veces el valor diario de la LIMA, se registrarán contablemente como un aumento en