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ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE SERVICIOS EDUCATIVOS EN EL DISTRITO FEDERAL DIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS COORDINACIÓN SECTORIAL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA DIRECCIÓN OPERATIVA No. 4 ZONA ESCOLAR No. 80 SUPERVISOR: DR. JORGE LUIS QUIROZ BAEZA ABRIL, 2015

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ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE SERVICIOS EDUCATIVOS EN EL DISTRITO FEDERAL

DIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS

COORDINACIÓN SECTORIAL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA

DIRECCIÓN OPERATIVA No. 4

ZONA ESCOLAR No. 80

SUPERVISOR:

DR. JORGE LUIS QUIROZ BAEZA

ABRIL, 2015

LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

Los senadores aprobaron incorporar:

“La obligación de establecer acciones que garanticen el acceso y permanencia de niñas y adolescentes embarazadas en el sistema educativo nacional, facilitar su reingreso y promover su egreso”

Artículo 1° Fracción III: que el Estado cumpla con integral de su responsabilidad de garantizar la protección, prevención y restitución integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes que hayan

sido vulnerados:

Alumnos con rezago

educativo

Alumnas embarazadas

Alumnos y alumnas

migrantes

Alumnos y alumnas que han sufrido

violencia, abuso y discriminación

UNIVERSO DE ALUMNOS Y ALUMNAS DE ESCUELAS NOCTURNAS

En el 2010 existían XXX escuelas secundarias nocturnas en el D.F

En estas se secundarias se canalizan a los estudiantes con:

Mayor rezago educativo

Enfrentan situaciones de vulnerabilidad

Discapacidad física e intelectual

Situación migratoria

Origen étnico diverso

Problemas graves de indisciplina

Enfrentan barreras para el aprendizaje

• Crear protocolos de atención hacia los padres de familia o tutores y su real participación y obligación en los casos cuando su hijo cometa faltas disciplinarias y realizar el seguimiento de los compromisos contraídos por el padre o tutor conforme lo establece el Artículo 4° de la Constitución Política; la Convención sobre los Derechos de las personas con discapacidad y los Artículos 31, 32, 41 y 42 de la Ley General de Educación.

Art. 6

FRACC. IV LGDNNA

Interés superior de la niñez

Universalidad de los derechos

Igualdad sustantiva

No discriminación

Inclusión

Participación Una vida libre de violencia

Correspondencia de la familia,

sociedad y autoridades

Transversalidad en legislación,

política y administración

federal

Accesibilidad

ART. 57 FRACC. V Destinar recursos humanos, materiales adecuados y suficientes para garantizar la educación de calidad de niños, niñas y adolescentes.

1° Esc. de tiempo completo.

2° Secundarias generales

3° Telesecundarias

4° Secundarias nocturnas

GRACIAS POR SU ATENCIÓN

DR. JORGE LUIS QUIROZ BAEZA

SUPERVISOR ZONA ESCOLAR No. 80

[email protected]