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Y porque así aconteció, así os parezca (XIX) Siendo cierto que el pasado es lo que somos en la forma de haber sido, también lo es que, sin conservación de lo adquirido, ninguna adquisición es posible Felipe Martínez Álvarez Arribaron al Valle del Oza Valle del Silencio Y desde el Camino Maragato llegaron al Valle del Oza .En Nuestra Señora de Foylobar acariciaron los más que ruinosos muros y la Granja Cenobial de Santullano hizo presentes su legado y credenciales. Volvieron y, cruzando el Puente de San Lázaro, se encaminaron a la Senda de los Monjes. Llegados que fueron a San Juan del Tejo, ya sin rostro, dieron con la, en otro tiempo, casa dominio espiritual del Guarda Jurado de las Aguas de la villa y la desolada Ferrería de Linares. Lograron sosiego en Peñalba, en el Valle del Silencio, en el Monasterio de San Pedro de Montes, en las cárcavas, farallones y enormes barrancos de los “doce apóstoles”, en las fragas, riscos, senderos y en los tantos atajos del valle del Oza. y, no debiendo

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Y porque así aconteció, así os parezca (XIX) Siendo cierto que el pasado es lo que somos en la forma de haber sido, también lo es que, sin conservación de lo adquirido, ninguna adquisición es posible Felipe Martínez Álvarez Arribaron al Valle del Oza

Valle del Silencio Y desde el Camino Maragato llegaron al Valle del Oza .En Nuestra Señora de Foylobar acariciaron los más que ruinosos muros y la Granja Cenobial de Santullano hizo presentes su legado y credenciales. Volvieron y, cruzando el Puente de San Lázaro, se encaminaron a la Senda de los Monjes. Llegados que fueron a San Juan del Tejo, ya sin rostro, dieron con la, en otro tiempo, casa dominio espiritual del Guarda Jurado de las Aguas de la villa y la desolada Ferrería de Linares. Lograron sosiego en Peñalba, en el Valle del Silencio, en el Monasterio de San Pedro de Montes, en las cárcavas, farallones y enormes barrancos de los “doce apóstoles”, en las fragas, riscos, senderos y en los tantos atajos del valle del Oza. y, no debiendo

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menospreciar los caminos de una larga historia, llegaron a San Adrián en la Quintería y al casar de la Arantigua.

Ruinas de Nuestra Señora de Foylobar

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Pero tal empeño sería ingrato y en vano fatigoso sin el sentir del centenario silencio de eremitas y monjes, de lugareños, criados y pastores, porque sin el secreto de cuanto ocurre en las almas, la naturaleza y las historias personales son tiempos perdidos. Eremitas y Monjes comprendieron que los montes también son expresión de la belleza del alma, belleza asumida cual anticipo y presentimiento de otra vida. Aquellos desolados parajes hubieron de constituirse en propicios servidores de Eremitas y Monjes que, sin demora, esculpieron engrandeciendo angustiadas e insatisfechas almas, así como forjadores de la nobleza y austeridad de criados, labriegos y pastores. Las retamas de arrogantes e inhiestos piornos de amarillenta tez que, por obra de labriegos, se tornaron en preciadas y modestas escobas de la era y del austero lar. Los ríos y arroyos al cobijo de los umbríos alisos, abrigos de mirlos danzarines, malvises y milpréndigos custodios todos de consigna y mensajes: ¿Quién vive ahí?, ¿quién se mueve por ahí? , no lejos de las erguidas y porfiadas carrascas y jaras, de los fornidos castaños agradecidos a las sin par caricias del asustadizo pájaro carpintero, elegido que fue, por alarmista, como guardabosque de todos los sotos.

Puente de San Lázaro Castaños de largos y acogedores brazos, atalayas de la dulce tórtola y águila culebrera y liebrera, castaños en flor y rotundo aroma, senderos del monte custodio del orégano y arándano ,aromas y colores de poderosas y salutíferas virtudes como atestiguan las menudas, las siempre hermanas e inocentes, Grabiela y Javiela, en San Pedro de Montes, la arrogante salud y riquezas de Luisón, “el mayor contrebuyente del Valle”, la santa austeridad de Fernandín , la indigencia de Generosa,” la muda” de San

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Adrián, las poderosas manos y mandíbula de Ángel ” Cachucha” en Valdefrancos y los más que, por flacos, incansables serrantines de Villanueva... Exquisita elegancia la del modesto brezo y su retama, de breves y aterciopeladas flores, irresistibles reclamos de abejas cenobíticas, abejas eremitas y testarudos abejorros, la dura y asentada madera del luengo cepo que, por virtud de pastores de la Quintería, tórnase en chiflos, flautas y tonadas pastoriles, alivios de silencios y obligadas soledades. Urces en espera de poder viajar a las bodegas de Los Barrios, Molinaseca, San Lorenzo y Ponferrada y ,como escobos que son, decláranse enemigos de cuantas cocas parásitas y corruptoras de vinos se cobijan en lunas y lucidos .Escobos que, dirigidos por la experta mano y la escudilla, ya dejaron prestas las cubas y cubetos para recibir en sus seno los dulces mostos de por San Miguel y , fermentados en virtuoso vino, allá entre los Santos y San Andrés, guárdanse, cual infalible medicina , en cualesquiera estragos y dolencias del alma de eremitas, monjes, abades, criados, labriegos y pastores. El brezo - amén de noble sirviente del hierro forjado-, hízose luz y calor, iluminó los ocasos y anocheceres, las manos y rostros de eremitas y monjes, criados, labriegos y pastores; luz y calor briosos necesarios para el duro y diario bregar, porque el día siguiente es, desde siempre, el primer día, en la misma razón que decís “hay nubes al poniente y va a llover”.

Patio de la Granja de Santullano. Foto: V.Fernández Vázquez De la mano de San Agustín, (s. IV / V), San Benito (s .VI), San Fructuoso, (s. VII), San Genadio, (s. IX /X)...

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El poderoso tiempo, inapelable envejecedor de todo pero extraño a toda vejez, confiesa que, aún siendo cierto que los mortales piensan según conviene a sus circunstancias- como buen sabedor que es de historias –, cuando un hombre es llegado al cumplimiento de sus días, no acaba su presente, ni llegan a morir por siempre dolores, alegrías y experiencias acumuladas, porque todos son fruto del trabajo laboriosamente apalabrado. Que pasar y asistir a lo que pasa llega a sedimentar en los hondones del alma y, desenvolviéndose la vida entre el arte y el azar, aún habiéndose caído los ladrillos, exígesenos construir con piedras labradas. Ermitaños y cenobitas -al decir de San Agustín (354/430) –supieron que la vida y la historia son la contraposición de dos amores: el amor de sí mismo hasta el desprecio de Dios-ciudad terrena-, y el amor a Dios hasta el desprecio de sí mismo-ciudad eterna-. Que, por lo mismo, es menester construir cualesquiera tiempos, presentes e históricos, en tiempos de espera activa, de tránsito, ambivalentes y degradados de la definitiva ciudad. Que en la historia, como en las dos ciudades,- la eterna y la temporal- todo está mezclado y confundido, no es posible identificar la ciudad de Dios desde esta condición, tanto que, hasta los hombres más relevantes de la Iglesia pueden pertenecer a la ciudad del diablo, mientras que los ciudadanos paganos pueden estar inscritos en la ciudad de Dios. La vida, así hay que asumirlo, es por siempre reventón de buenos, resbaladero y disipación de malos y atolladero para todos. Por lo mismo, exígese de cuantos hombres se sientan inquietos e insatisfechos que dobleguen su natural pasión material en pro del espíritu y, nada más acertado, en criterio de eremitas y cenobitas, que volver a las primitivas fuentes de la vida cristiana. Así, quienes sintieron la necesidad de perfección del espíritu, de pertenecer a una comunidad ideal, también inspirada por el Espíritu, se obligaron a abandonar sus casas, familias, aldeas o ciudades. Desde entonces pertenecieron a otra familia, en la que los monjes fueron los nuevos hermanos en espíritu y afanes y, el Abad, como máxima autoridad del Monasterio, su padre espiritual. La vida, predispuesta a la siempre fácil disipación, requiere de la oración en la diaria jornada reglamentada conforme al secular tiempo canónico. Desde el despertar hasta el anochecer, el son de la campana, oportuna e inoportunamente, interrumpe el descanso y la debilidad, e indica al monje que sus primeros pensamientos tienen como norte a Dios. La oración comunitaria en el firme canto llano es, por plural, poderosa, por lo mismo, capaz de batir cualquier resquicio ocioso.

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Fachada norte de la Granja de Santullano. Foto: V.Fernández Vázquez Ocho son las horas y ocho los tiempos de oración durante el día: maitines, laudes, prima, tertia, sexta, nona, vísperas y nocturnas o completas. El trabajo, la oración comunitaria en el firme canto llano, la lectura y la meditación, no son sino tiempos y trabajos al servicio de Dios, porque la ociosidad fue, desde siempre, el mayor enemigo del espíritu. Reza y trabaja, “ora et labora”, como dice el Salmo V: Es menester que siete veces al día te alabe, Señor, y el Salmo, 119: Me levanto en medio de la noche, dos veces, a darte gracias, y siete veces al día te alabo por tus justos juicios (Regla de San Fructuoso). Los monjes están obligados a residir en la clausura del monasterio (stabilitas loci). Los monjes duermen poco, pero suficiente, porque el mucho sueño envilece, por eso se hizo el sueño y descanso para el hombre y no a la inversa. No obstante, las horas de sueño dependerán de la estación del año, de la ubicación del Monasterio y la Regla de la Orden. El dormitorio es común, si bien, a partir del s.XIV, se generalizan las celdas individuales. El monje requiere ser más que austero en la comida: se abstendrá, en lo posible, de la carne, que hace insensibles y crueles a los humanos, amén de sofocar la vida del espíritu. Procede ayunar en invierno, cuando las faenas agrícolas resultan menos duras. Las comidas en silencio permiten escuchar la lectura que, de los libros sagrados y ejemplares, hace un monje en alta voz desde el púlpito del refectorio. Dos son las comidas diarias: yantar, antes del mediodía, y la cena al caer de la tarde.

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El reconocimiento de la propia condición invita a llevar la cabeza inclinada y los hombros hacia delante en actitud sumisa, para así mejor desprenderse de las terrenales codicias, usuras y desórdenes La humildad, que no sólo es cosa de la cabeza, requiere de unos pies bien asentados en la tierra y sandalias de grueso cuero. Siempre llevarás perneras bajo la túnica. Dormirás sobre un jergón individual con la túnica y las perneras puestas, no debes mostrar tu cuerpo; habrás de quitar, no obstante, las sandalias, la cogulla y el escapulario... Es menester que aproveches bien el día –cual carpe diem del alma- sin prisas ni pausas, como ves ocurre con las repetitivas tareas agrícolas que no es posible adelantar y, en esta actitud, va tu salvación. Para entregarte a Dios, como monje que eres, deberás poner el mayor empeño en renunciar a tí mismo y, por lo mismo, poner en práctica la pobreza y abstinencia sexual (conservatio morum) y, siempre, obediencia al Abad. La lectura en privado y la pública, la oración privada y la comunitaria, la meditación en soledad y el silencio, porque siendo cierto que Dios no ha hecho del hombre una serpiente sino con lengua y para hablar, son caminos decisivos para la perfección del alma. Pero..., las donaciones, fundaciones, los dominios, los pactos con el poder y la riqueza hicieron estragos, generaron codicia, usura y desorden en tal manera que, el programa de las actividades diarias, expresadas en la fórmula “ora et labora” de la primitiva humildad benedictina, ya privada del labora, quedó reducida a los oficios claustrales(sacristán y encargados de las necesidades materiales del Monasterio),y condujo a muchos Monjes y Abades a caer en los vicios de la Simonía ( comercio de cargos eclesiásticos) y el Nicolaísmo ( incontinencia de los religiosos). “Los ministros de la Iglesia se hartan de carne, están ebrios de orgullo ,resecos de avaricia ,debilitados por la voluptuosidad ,atormentados por la maldad, abrasados por la ira, muertos de envidia y aplastados por la lujuria”,Pognon: La vida cotidiana en el año 1.000. Los monjes tornáronse en pilar de una sociedad en la que los laboratores- los siervos, criados, campesinos, pastores, artesanos- tendrán como norte trabajar y producir bienes para todos, otros ,los bellatores- los guerreros y los señores- defienden y pelean por la paz y, otros, los oratores – los clérigos- rezan por unos y otros.

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Ilustración del libro de poemas del monje benedictino, s.IX Como propio del espíritu benedictino, a partir de los s. X y XI, llegarán las reformas: la de Cluny (monjes negros: por el color de la túnica) y, tras ellos, la del Císter (monjes blancos), la Cartuja, la Camáldula... Retazos de una larga historia Relación de los” Dominios del Monasterio de San Pedro de Montes desde los s. IX al XIII” : “Morales del Rey, Vidriales, Villanueva de Jamuz, La Bañeza, Palacios del Rey, Pobladura, Toral del Fondo, Huerga de Garavalles.,San Cristóbal de la Polantera, Posadilla de la Vega, San Román de la Vega, Santa Marta, Castrillo de las Piedras, Murias, El Ganso, Turienzo de los Caballeros, Molinaferrera, Villar de Ciervos, Truchas, Quintanilla de Somoza, Nogar, La Baña,Benuza,Llamas de Cabrera, Encinedo, Castrillo de Cabrera, Odollo, Silván, Lomba, Sigüeya, Pombriego, Casayo, Yebra, Salas de la Ribera, San Pedro de Trones, Carballeda, Sobradelo, Quereño, Córgomo, Biobra,Paredela del Río, Villafranca ,Horta, Castropodame, San Andrés de Montejos, Villaverde, San Juan de Paluezas, Columbrianos, Sto. Tomás de las Ollas, Salas de los Barrios, Villar de los Barrios, Lombillo, San Esteban, Foylovar ,San Cosme, San Clemente, Villanueva, Manzanedo, San Cristóbal, San Pedro de Montes, Arantigua,

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Peñalba ,Molinaseca”, José Diego Rodríguez Cubero: La Quintería del Real Monasterio de San Pedro de Montes,pág.,50/57. Rev. Bierzo, 1.997.

“Fr. Joaquín Herrezuelo, Abad del Monasterio de San Pedro de Montes ,1797/01,1805/14,1818/20, en su obra:”Historia del Monasterio de S. Pedro de Montes, 1803”, manifiesta que, bajo el mandato de Fr. Vicente, Abad del Monasterio, en el último tercio del s. XI:”Aumentaron más la hacienda del Monasterio, creciendo considerablemente sus rentas en la Provincia del Bierzo, en Valdeorras, Cabrera y Tierras de Astorga”. “A partir de esa fecha, la historia del Monasterio estará marcada por momentos de crisis y épocas de decadencia, fruto de varios factores: luchas políticas; en palabras del P. Herrezuelo:”Por la confusión de aquellos tiempos turbados por los partidos y facciones de sucesión en los reinos de Sancho IV y de su hijo D. Fernando”, usurpaciones de la nobleza, abades encomenderos que llegarán a poner en una situación delicada al Monasterio. Como consecuencia de todo ello, en los siglos bajomedievales el Monasterio pierde importantes propiedades, jurisdicciones y también beneficios curados, como los de San Pedro de Villarino, Santa María de Fonlevar, Santa María de Villanueva, San Jorge de Rimor, si bien algunos de ellos los volverá a recuperar durante la Edad Moderna.

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(...) Durante la Edad Moderna los ingresos del Monasterio de San Pedro de Montes tienen diverso origen y procedencia. Por un lado estaban los Patrimoniales: los que procedían de las rentas de los foros, arrendamientos y censos (...). Estos ingresos fueron con mucho los más importantes hasta el primer tercio del s. XVIII. Las rentas más cuantiosas procedían de la zona de Valdeorras y de La Cabrera, Ribera y Escontra, seguidas por las de las Tierras de Astorga y de La Bañeza y por las que el Monasterio recibía en su coto monástico, en la Quintería de Montes y en las tierras de su abadengo, especialmente en el Valle de Valdueza. Rentas que eran administradas a través de la Granja de Santullano, de Prioratos como los de Ferradillo y Arnado, de paneras y bodegas que el Monasterio tenía repartidas por El Bierzo, La Bañeza y Valdeorras y, sobre todo, en el propio Monasterio por medio de los Libros Abecedarios y los Libros Depositarios de las rentas por Partidos. Total de las Rentas Patrimoniales del Monasterio de San Pedro de Montes a finales del s. XVI y procedentes de El Bierzo, La Cabrera, Valdeorras, La Bañeza y Tierras de Astorga: Dinero, 84.829 mrs., Trigo 331 fanegas, 5 cuartas y 2 heminas, Centeno, 437 fanegas y 5 cuartas, Vino, 151 miedros y 15 cañadas. (...)Rentas Señoriales: Las cantidades que percibía el Monasterio por esto conceptos eran, según el Catastro de Ensenada,1.752,las siguientes:5 reales los habitantes de San Cristóbal,2,los de Manzanedo,10,los de Valdefrancos,,256,los de San Pedro de Montes,72 los de Ferradillo, amén de otras regalías de origen medieval como la mañería o de las sernas, a las que estaban obligados los vecinos de San Pedro de Montes, las martiniegas, los de Ferradillo y San Adrián. Los ingresos denominados Eclesiásticos: Benefíciales, procedentes de los curatos, diezmos y primicias; los Fundacionales, de Capellanías y Aniversarios y los Serviciales o de Altar. (...) Durante la Edad Moderna el dominio Jurisdiccional y Territorial no sólo no aumenta sino que se verá disminuido a lo largo del s. XVI. En el último tercio del s. XV, el entonces poderoso Conde de Lemos, D. Pedro Álvarez Osorio, había arrebatado al Monasterio nueve lugares, la mayoría en la Jurisdicción de Cornatel que, en el año 1.500 pasarán, de manera definitiva, a poder del II Marqués de Villafranca, D. Pedro de Toledo (...).En 1.586, Felipe II desamortizó la villa de Villanueva de Valdueza. (...) El Monasterio se vio desamparado ante los abusos de los nobles, campesinos, vasallos y Concejos que cuestionaban y pretendían algunas de sus propiedades, privilegios y regalías. Por esta razón, Fr. Plácido Fernández de la Reguera, monje del Monasterio, en el último cuarto del s. XVII, manifiesta que:”en estos pleitos todo el Bierzo se conjura contra nosotros y todos se ofrecían a jurar en contra nuestra”(*).En verdad, no le falta razón al monje, ya que hay una constante en la historia del Monasterio durante los s. XVI /XVII, y ésta es la presencia de los pleitos en que se vio inmerso y que, en las más de las ocasiones, se solucionaron en contra de sus intereses .El tener que hacer frente a tantos pleitos suponía a una merma considerable de las arcas monásticas”, Vicente Fernández Vázquez: El Monasterio de San Pedro de Montes en la Edad Moderna, Actas de San Pedro de Montes, pág., 81 /109. I.E.B. Ponferrada, 2006. (*) Andrés González Alonso, vecino de San Esteban de Valdueza, manifiesta profunda desazón por la codicia y usura del Monasterio : su viña forera, de cinco jornales en Valdetrillos, ha de abonar al Convento de San Pedro de Montes, 7 cañadas de mosto, siendo cada cañada del valor de un real ; el prado, también forero del Monasterio de San Pedro de Montes, molino y arboleda al sitio que dicen la Granja de Santollano, de

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una carga de sembradura, paga en cada año 20 cuartales de centeno , por la viña de 9 jornales en el pago que llaman el Majuelo y una tierra de una fanega de sembradura, ambas foreras del Real Monasterio de San Pedro de Montes, 12,5 cañadas y media de mosto y 5,5 reales en dinero. “El Monasterio que contaba con 26 frailes (incluidos 3 legos) 8 criados y una lavandera, recibía de la Quintería ( San Adrián, San Pedro y Ferradillo ) unos 5.000 reales anuales, sin contar con las sernas que, en San Pedro de Montes, estaban reguladas en 6 días de jornal cada año, de Ferradillo que, en el s.XVII, las pagaba en las probainas y cavas de viña de la Granja Cenobial de Santullano, recibía de cada vecino cuartal y medio de centeno por la misma razón, cuyo derecho los habitantes del lugar llaman martiniegas contradiciendo al Abad Plácido, aunque no sabían si el derecho a ello expresado recae sobre el establecimiento del suelo, mientras que los de San Adrián, los tributos de vasallaje estaban aforados ,incluidos en el foro comunal. Con una extensión, declarada, de 5.700 cuartales, (228 has.) de montes, peñascos incultos y terrenos sembrados, los tres núcleos de población de la Quintería sólo ocupaban 200 cuartales (8 has.), que correspondían al Convento en gran parte, por lo que el 71,8 % de los vecinos subsistían como jornaleros. La industria se reducía a 5 molinos de una rueda pertenecientes a 6 dueños distintos, que obtenían la exigua ganancia de 5 cuartales de centeno cada uno al año. Y el comercio, a 3 tabernas ,una en cada lugar por las que los administradores abonaban al Monasterio entre 12 y 15 reales, con un beneficio anual de 70-80 reales, excepto la de Ferradillo que no se le consideraba ningún rendimiento y, para su existencia, era preciso obligar a un vecino para atenderla, y un estanco de tabaco en San Adrián que pagaba 6 reales por año, añadiendo en Ferradillo que “ no hay estanco por falta de consumo”,Miguel J. García González: Evolución de la Quintería de Montes,pág,58/66 Revista Bierzo,1997. El Monasterio en el s.XVIII

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Casa de la Ferrería de Linares. Foto: J.A. Balboa de Paz “El s.XVIII será el momento en el que la mayor parte de los monasterios renuevan sus fábricas, tanto de la Iglesia como del Monasterio. En esta centuria se produce un incremento considerable de los ingresos del Monasterio de San Pedro de Montes, gracias sobre todo a los beneficios generados por las Herrerías de Linares y Pombriego, esto posibilitará el aumento de la comunidad, pasando de la decena de monjes en el s. XVI a los 18-21 del siglo XVII, y el poder hacer frente a una auténtica renovación del Monasterio. Gracias a estos ingresos, se procedió a la ampliación de la Iglesia y a la construcción de nuevas dependencias y un nuevo Claustro (...). Las obras de mayor alcance son las correspondientes al Claustro Oriental, contruido a finales del s.XVI, pero se había levantado con pocos medios, y ahora algunos de sus lienzos amenazaban ruina. Las obras del nuevo Claustro comienzan a principios de la segunda década del siglo y se terminan en el último tercio. Se aprovecharán algunas paredes, arcos y ventanas de lo construido en el s.XVI, especialmente en la nave del norte (...). Fue el Abad, F. Genadio de Olivar, el que inició la construcción del nuevo Claustro, levantado en su segundo mandato, el ala norte, en el que irán el refectorio y sobre él seis celdas, todas muy frías porque daban al norte”. Esta obra se termina en el año de 1716, siendo Abad Fr. Antonio Rodríguez. al año siguiente, el nuevo Abad, Fr. Genadio de Olivar, procedió a demoler el cuarto oriental porque amenazaba ruina, si bien las obras del nuevo pabellón no darían comienzo hasta 1.745-49,levantándose en ella dos pisos de celdas y ,en el piso bajo, el Archivo y la Biblioteca”,Vicente Fernández Vázquez, San Pedro de Montes: su historia y sus dependencias monacales, Revista Bierzo, pág.,67/77.Año 1997. Las Ferrerías

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Consagración de la Iglesia del Monasterio de S. Pedro de Montes por S.Genadio, Reiter, 1.781

“Las Herrerías que ,a mediados del s.XVIII, había en el Bierzo, eran: San Juan del Tejo perteneciente al Monasterio de Montes, Herrerías de Valcarce, a Pedro Luis de Ulloa, Oencia (Ponte Petre) a Manuel de las Llanas, Oencia (Arnado ) ,a Juan de la Puebla, San Vicente de Leira ,al Monasterio de Samos .La Herrería de la localidad de San Juan del Tejo, conocida por la Herrería de Linares, porque se levantó en el lugar llamado de Linares, aunque en el Catastro de Ensenada se dice: “En el pago de la Ramosa, la construcción de esta Herrería se inició siendo Abad del Cenobio de Montes, Fr. Benito de Monteaguado (1.729/33),monje profeso del Monasterio de San Julián de Samos. Este Abad, siguiendo el ejemplo de sus compañeros de Samos, que llegaron a ser propietarios de 6 herrerías ,consiguió la aprobación de la Comunidad el 8 de Diciembre de 1.729 para levantar la citada Herrería de Linares y para solicitar un préstamo de 7.000 ducados con el fin de poder realizar la obra”. “En el pago de la Ramosa hay una casa de Herrería de fábrica de hierro propia del Monasterio de Montes, en virtud de concesión de S.M., con facultad para abrir en diferentes términos veneras y fábricas de carbón, por tener satisfechos, por razón de media annata, 50 ducados de vellón por súplica y merced concedida por una vez, en lugar de los 5.000 mrs. en cada quinquenio con que le fue hecha la referida concesión. No saben el número de arrobas que rinde al día la fundición, lo que necesita de vena, madera para la quema, de agua, conmposición de ella ,salarios de artífices, desperfectos mayores y menores. Deja útil 15.000 rs. de vellón dicha fábrica de hierro, bonificados ya todos los gastos de vena, agua, carbón, salarios y desperfectos con 120 días que se le dan de hueco por las dominicas, festividades y composiciones”. “El Monasterio pasó por graves dificultades debido al pleito con la familias Andrade de Ponferrada, como reflejó Fr. Martín Sarmiento en carta a un amigo escrita en Madrid, año de 1.743: “La casa y antiquísimo Santuario de San Pedro de Montes perdió un pleito sobre la manutención de una Herrería que había fabricado. Perdió los gastos, perdió la Herrería y perdió el útil que coadyuvaba a mantener un proporcionado numero de Monjes para el mayor culto divino y más estrecha observancia monástica...; pues fue preciso que la religión tomase el arbitrio de repartir los Monjes profesos de

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aquella Casa en diferentes Casas de la Congregación para que los mantuviesen porque ya no los podía mantener su misma Casa matriz de Montes... Recurriose a la piedad y benignidad de nuestro Monarca y se compusieron las cosas de tal modo que la facultad para sacar, venar y fundar herrerías que el contrario recientemente había conseguido en perjuicio del Monasterio, se dividiese entre las dos partes colitigantes, por conclusión de todo, vendió el contrario al Monasterio aquel derecho que le pertenecía, y así se terminó el pleito”, Abel Soto Carbajo: El Bierzo en el s.XVIII, Tesis Doctoral, 2005. “El Monasterio de San Pedro de Montes inicia la Edad Moderna con una situación económica bastante precaria. (...). En 1.527 San Pedro de Montes tenía la renta más baja, 200.000 mrs. de todos los Monasterio de la Congregación...Evidentemente, con unos ingresos tan exiguos su comunidad era de sólo 6 monjes y el Abad. (...) A partir del s.XVIII la economía monástica cambiará de forma radical con la construcción de varias ferrerías, política que Montes copia del Monasterio de San Julián de Samos (...). A imitación de Samos, el Monasterio de San Pedro de Montes emprendería, así mismo, una activa política constructiva, que le permitirá aumentar sus menguados caudales. Inició esta política el Abad Benito Monteagudo, 1729/33, al poco tiempo de llegar de Samos, donde había sido profeso. Según el Abad Herrezuelo, historiador al final del Monasterio, una vez que el Abad, Benito Monteagudo, hubo tomado posesión de la Abadía:”Reconoció el terreno de las inmediaciones del Monasterio; y observando su hermosa situación con la abundancia de todos los materiales necesarios para la fábrica de una herrería, se determinó a construirla casi al pie de la Casa. En 8 de Diciembre del mismo año de 1.729, dio parte de su pensamiento a los monjes, exponiendo las utilidades que se seguirían al Monasterio, como las procuraban a la Casa de su profesión otras de la misma naturaleza”. “ El problema con los Andrade se solucionaría, después de pleitos, gastos y disgustos en el Abadiato del villafranquino D. Manuel Amigo, 1.737/41, con la compra a éstos de su Cédula, en 32.000 rs. De este modo, el Monasterio lograba adquirir los derechos sobre la mina de la Chana y, con nuevas Cédulas sacadas por este Abad, el aprovechamiento de las de Molina Ferrera y Llamas”. “Nuestro Abad, dice Herrezuelo, fue el que acabó de arreglar las cosas de la Herrería de Linares y terminó el pleito sobre las minas de hierro, comprando a Andrade en 32.000 mrs. la Cédula Real para el aprovechamiento de las de Chana y demás del Bierzo. Sacó también Cédula Real para aprovechar las de Molina Ferrera y Llamas y pagó la media anata de dicha Cédula”. “La construcción de la ferrería de Pombriego plantearía la Monasterio mayores problemas aún que la de Linares, por la denodada oposición del Marqués de Villafranca, Señor Jurisdiccional de La Cabrera. Nuevamente el Monasterio hubo de recurrir a la Justicia, entablándose un largo pleito iniciado el 17 de Julio de 1.750 y que, aunque favorablemente a éste, retrasó el funcionamiento de la ferrería hasta Abril de 1.761, cuando concluía el segundo Abadiato de P.Fr. Zoube:”En su tiempo se acabó de arreglar la Herrería de Pombriego y la puso en caudal; hizo también casa para el administrador y compró algún terreno inmediato y plazas de la herrería”. Señala Herrezuelo que hubo de hacer de nuevo”la chapacuña de la herrería de Pombriego que había arrastrado el río”, y el Abad Velasco, en 1.781,”gastó unos 30.000 rs. en la presa de la herrería de Linares, reparó la presa y acrecentóla e hizo el

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molino y la estacada de la herrería de Linares, hizo por tres veces la estacada de la de Pombriego” y su anterior en el cargo, el Abad Juan Páramo:” por tres veces costió la fábrica del árbol y rueda mayor de la herrería de Linares. Reparó el vanzado y levantó algunos paredones de ella, y en la de Pombriego desmontó la peña que caía sobre la chapacuña”. “En 1793/97, el Abad Fulgencio Aguirre, volvió a realizar costosas obras en la ferrería de Pombriego. Sin embargo, los ingresos de esta dos ferrerías son, aproximadamente, la mitad de todos los del Monasterio, de ahí la importancia de estos artefactos”. “Las ferrerías estaban administradas por un Prior Rendero que vivía en la casa construida en sus inmediaciones y que para aquel era un ámbito de clausura. Un Acta de 1.778 señala “por clausura rigurosa fuera de la cual no se puede salir sin quebrantar el voto de clausura ,no procediendo expresa licencia del Abad ,en Ferradillo, media legua poco más o menos en circunferencia de la casa; en San Turjo otra media legua, excepto cuando por razón de la administración de Arnado y de dicho Priorato tenga precisión de salir a mayor distancia, en la Granja otra media legua en la conformidad que en San Turjo, y lo mismo en las dos herrerías de Linares y Pombriego ”. “A los Administradores se les exigían cuentas con cierta regularidad”.”Mandamos- dice otra Acta de visita de 1792- que el Abad acompañado de otro monje inteligente tome rigurosas cuentas a los administradores de las herrerías, haciéndoles los cargos correspondientes sin llevarlos a consejo”. “Estado de cuentas de San Pedro de Montes en 13 de Marzo de 1.785”:”Recibió su P. el antecesor en sus cuatro años del producto de la herrería de Linares, 48.707,17 rs. Item, de la de Pombriego, 85.263,27 rs.”, J. Antonio Balboa de Paz: Las Ferrerías de Montes en el s.XVIII, Revista Bierzo, pág., 78/93. Año 1997.

Casa de la Ferrería de Pombriego. Foto: V.Fernández Vázquez

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Poder al Padre Maestro Fr. Benito Gutiérrez, Procurador General de la Religión de San Benito en la Villa y Corte de Madrid, 25 de Febrero de1.744 Sépase que nosotros, el Abad y Monjes de este Real Monasterio de San Pedro de Montes, del Orden de nuestro Padre San Benito, estando juntos en nuestro Capítulo, habiendo sido llamados y convocados a son de campana tañida, según lo tenemos de costumbre, especialmente el P. Maestro Fr. Gregorio Sánchez, Abad de este Real Monasterio, su Paternidad el P .Prior, Fr. Manuel Amigo, el P. Predicador Fr. Mauro González, Prior Mayor, los Padres Fr. Valerio Bustamante,Fr. Antonio de Ortega, Fr. Melito de Lara, Fr. Anselmo de Liébana, Fr. José Luna, Fr. Benito Feijóo, Fr. Fructuosos Pérez, Fr. Claudio Gavilanes y Fr. Luis Ángel de la Buelga, todos monjes profesos y conventuales de este Real Monasterio, que confesamos ser la mayor parte de los, que al presente, hay en él y ,por los ausentes e impedidos que no pudieron juntarse, prestamos voz y capción de rato grato et iudicatum solvendo, de que estarán y pasarán por lo que por nosotros fuere hecho y otorgado, bajo expresa obligación que para ello hacemos de los bienes y rentas de este Monasterio y, estando así juntos, decimos : Que este Monasterio tiene y posee por suya una Herrería en el sitio que llaman Linares ,en virtud de Cédulas de S.M.,que Dios guarde, por las que se nos da facultad y permiso de aprovecharnos de los montes de urz para hacer carbón y para el gasto y surtimiento de la Herrería ,sin que, por ningún Concejo ni persona, se pueda impedir el arranque de cepos ni fabricar el carbón ,por cuyas Reales Cédulas se requirió a la Justicia y Regimiento del lugar de Peñalba quienes las obedecieron consintiendo que, en los montes de sus términos y jurisdicción, este Monasterio pudiese fabricar el carbón para la dicha Herrería y, con efecto se ha fabricado y extraído de sus montes, sin que hubiese existido la menor contradicción, como tampoco de otros lugares de la circunferencia, donde también se ha fabricado . Sin embargo, contraviniendo lo mandado por S.M. por las Cédulas Reales, los vecinos y Concejo del lugar de Peñalba han prendido y castigado, puestos presos en diferentes ocasiones, a diferentes operarios de la dicha Herrería por haber fabricado para ella carbón en los montes calvos y sierras del término del lugar de Peñalba impidiendo el arranque del cepo y extracción de carbón, por cuya causa se halla la Herrería desurtida del, de lo que se sigue grave daño y perjuicio a este Monasterio. Por tanto, otorgamos nuestro poder cumplido y bastante, el que de Derecho se requiere y es necesario, al Rvdo. P. Maestro Fr. Benito Gutiérrez, Procurador General de Nuestra Sagrada Religión en la Villa y Corte de Madrid y, representando a este Monasterio, parezca ante S.M. y Señores de su Real Consejo de Cámara y se querelle grave y criminalmente, acuse a los vecinos y Concejo del lugar de Peñalba por haber impedido el arranque de los cepos de urz, prendiendo ,castigando y puestos presos a las personas y operarios que fueron a los montes calvos a fabricar el carbón para el surtimiento de nuestra Herrería, y pida se multe y castigue a los vecinos y Concejo que, en adelante, no nos impidan el fabricar el carbón en los montes calvos de su término debajo de las peñas ,así como los apercibimientos más oportunos. Se querelle de otros Concejos cualesquiera, Justicias y personas de cualesquiera lugares que impidiesen a este Monasterio la fábrica y extracción de carbón para el surtido de la Herrería y aprestos que necesitara, según y como por S.M. nos está concedido. En razón de lo cual y lo más que ocurra a favor de esta Monasterio, haga pedimentos, requerimientos, juramentos, presente escritos, escrituras, papeles, testigos y probanzas, tache y contradiga, así en demandando como en defendiendo, oiga Autos y sentencias,

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interlocutorios y definitivas, consienta en nuestro favor y, de las en contrario, suplique, gane Reales Cédulas en nuestro favor, haga todas las diligencia judiciales y extrajudiciales que convengan y sean necesarias. Y para lo cumplir, damos poder a las Justicias de nuestro fuero y jurisdicción competente, y renunciamos las leyes de nuestro favor con la general y derechos en forma. Renunciamos la licencia mayor y menor de nuestro Prelado, el Capítulo obduandus de solutionibus y el suam de poenis, y así lo otorgamos ante el presente Escribano en este Real Monasterio, a 25 días del mes de Febrero de 1.744 años, siendo testigos: Gabriel Bello, Manuel Fernández y Juan de Castro, criados de este Monasterio, y los otorgantes lo firmaron a quienes, yo Escribano doy fe, conozco. Ante mí, Agustín de Voces Siguen doce firmas de monjes.

San Juan del Tejo. Foto: F. González González, 1.975 Operarios en prisión por fabricar carbón de urz para la Herrería de Linares en los montes de la Jurisdicción de Peñalba Pase que nosotros, Domingo Fernández, vecino del lugar Alense, feligresía de San Juan de Tores, Obispado de Lugo y Antonio Méndez, vecino del lugar de Estacas, de la misma feligresía: Otorgamos y damos todo nuestro poder cumplido y bastante, el que de Derecho se requiere y es necesario, a Bartolomé Hidalgo, vecino del lugar de Villanueva de Valdueza para que, en nuestro nombre, comparezca ante S.M.,que Dios guarde, y de ahí abajo ante cualesquiera Señores Jueces, Justicias y Tribunales donde convenga, y nos defienda en la causa de oficio contra nosotros fulminada por el Juez de este lugar de

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Peñalba, por haber fabricado carbón de urz en su jurisdicción para el sostenimiento de la Herrería del Real Monasterio de San Pedro de Montes, por lo que nos puso y estamos presos rigurosamente ha muchos días, y se queje y querelle del Juez y más culpados, y pida se nos suelte libremente de la prisión, y se nos paguen y satisfagan los jornales de los días de prisión. En razón de todo lo cual y lo más que ocurra a nuestro favor y defensa, haga pedimentos, requerimientos, juramentos y protestas, presente escritos, apele, y contradiga, así en demandando como en defendiendo, gane Reales Provisiones y otros despachos y, en nuestro nombre, haga todas las demás diligencias judiciales y extrajudiciales que nosotros podríamos hacer siendo presentes. Así lo otorgamos ante el presente Escribano en este lugar de Peñalba, a 29 días del mes de Abril de 1.744 años, siendo testigos, Santiago García, Gregorio Pérez y Simón Regueras, vecinos todos de este lugar, y de los otorgantes que yo, Escribano, doy fe conozco, lo firmó Antonio y no Domingo Fernández ni ninguno de los testigos, pues todos dijeron no saber escribir. Ante mí, Agustín de Voces

(*) Compromiso entre el Real Monasterio de San Pedro de Montes y el

Concejo de Santa La Villa: Estando en el Real Monasterio de San Pedro de Montes, Orden de nuestro Padre San

Benito, a 11días de Abril de 1.787 años, juntos y congregados en la Celda Abacial sus Religiosos Conventuales, especial y señaladamente el R. P. M. Fray Fulgencio Aguirre ,Abad y Señor de esta Jurisdicción, sus Paternidades Fray Juan Páramo y Fr. Genadio Velasco, los Padres Priores Fr. Agustín Merayo, Prior Mayor, Fr. Manuel Suárez, Fr. Mauro Valcarce, Fr. Isidoro Ochoa ,Fr. José Otero, Fr. Bernardo Rama, Fr. Pablo Rivera, Fr. Lorenzo Iglesias, Fr. Rosendo Armesto, Fr. Melito Anta y Vega, todos Monjes Profesos y la mayor parte, que confesaron ser de los que al presente hay en este Monasterio que, por los ausentes enfermos y legítimamente impedidos que no han podido juntarse, prestaron capción en forma de que estarán y pasarán por lo que por los presentes fuese hecho y otorgado, bajo expresa obligación que para ello hacen de los bienes y rentas de su Comunidad, y así juntos de la una parte y, de la otra, Pedro Méndez, Procurador Síndico del lugar de Santa La Villa, Diego Losada y Juan Vega, vecinos y Diputados por su Concejo y vecinos para lo que en adelante se hará mención, según resulta del testimonio dado por Marcelo Fernández, Fiel de Fechos de dicho lugar , el cual ,para que en todo tiempo conste ,se pone por cabeza de esta Escritura y su tenor a la letra es el siguiente testimonio:

Usando de las facultades que por dicho Concejo les son conferidas, los expresados Procurador y Diputados juntos con la referida Comunidad, por ante mí Escribano de S.M. y vecino de la villa de Ponferrada, dijeron:

Que teniendo este Real Monasterio por suya propia una herrería en el pago de Linares, construida en virtud de Real Cédula del Señor D. Felipe V, despachada en el Pardo, a 4 de Marzo de 1.738, con ciertas facultades y prerrogativas y, entre ellas, con las de poder arrancar cepo y fabricar carbón en los montes comunes de los pueblos circundantes para su uso y fábrica del hierro, como lo han ejecutado de muchos años a

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esta parte en los montes pertenecientes al Derecho y Jurisdicción del lugar de Santa La Villa ,no obstante de serles notoria y haberla consentido, parece ser que el Concejo o parte de él , a pretexto de que, con motivo de las crecientes de aguas que descienden de las montañas en las crecidas lluvias y avenidas, suele embarazarles las heredades fructíferas del valle de su distrito, suponiendo causan este daño el arranque de cepos de urz, único producto de aquellas sierras, pasó en 31 de Enero del año próximo pasado a prender a diferentes operarios que estaban arrancando y fabricando carbón al sitio del Vallino de Candaneda comprendido en aquellos montes ,por lo que este Real Monasterio dio queja del expresado Concejo ante los Señores Presidente y Oidores de la Real Chancillería de Valladolid, por cuyo Superior Tribunal se libró Real Provisión de citación y emplazamiento contra dicho Concejo y vecinos en el día 12 de Marzo próximo pasado que se les hizo saber en el día 26 del mismo mes. Y habiéndose juntado los vecinos en forma de Concejo, conociendo lo costoso de los pleitos ,lo dudoso de sus fines, deseando la paz y buen armonía con que siempre se han conducido, así con este Monasterio como con los pueblos inmediatos, cuyos vecinos y naturales concurren a aquellas sierras a la fábrica de carbón, y deseando igualmente este Monasterio evitar cualquier visible perjuicio que del arranque del cepo de urz se pueda seguir al terreno fructífero del pueblo, han tratado de transigir la queja por parte de esta Comunidad y los expresados vecinos de Santa La Villa ,por medio de su Procurador y Diputados en señalar los sitios hasta donde puedan bajar los operarios a arrancar cepo y fabricar el carbón, a cuyo fin se hizo vista ocular por los citados Procurador y Diputados con presencia del P. Prior Fr. Mauro Valcarce, a nombre y de orden de esta Comunidad y con asistencia de mí Escribano, según se demostrará en ésta, otorgando, en su razón, el correspondiente compromiso para mayor satisfacción y seguridad de unas y otras partes.

Y poniendo en ejecución lo tratado, desde luego, y por la presente y en la mejor vía y forma que de Derecho haya lugar y más firme sea, el expresado R. P. Abad y más Religiosos otorgan:

Que, desde hoy en adelante, desisten y apartan de la propuesta queja y se obligan en forma a no proseguirla en manera alguna por esta causa, a cuyo fin dan por nulo y de ningún valor el Poder que otorgaron para instaurarla y, a mayor abundamiento, lo revocan en todas sus partes, entregándose por el expresado Concejo de Santa La Villa a los operarios fabricantes las prendas que se les exigieron en el monte libremente y sin coste alguno como lo tienen igualmente tratado.

Y los referidos Procuradores y Diputados del citado Concejo, por lo que les toca y a nombre de sus vecinos, en virtud del nombramiento en ellos hecho y facultades que les tienen conferidas, cumpliendo por su parte con lo estipulado desde ahora en adelante y para siempre jamás:

Otorgan que, consienten que los operarios y fabricantes de carbón para la citada herrería, en uso de la expresada Real Cédula, puedan entrar y entren a arrancar el cepo de urz para él por las Sierras y montes del Derecho y Jurisdicción del lugar de Santa La Villa hasta bajar a las Tres Peñas más altas y que están más arriba de las labradas del Campo por sobre las cuales pasa la senda que baja de Ferradillo y Campo de las Forciellas para Santa La Villa y mira su fachada inferior rectamente al mediodía, y habrá de unas a otras en derechura la distancia de doce pasos, poco más o menos y, desde éstas, por la parte siniestra mirando hacia dicho lugar, sigan en rectitud a las Peñas que hay bajo la Carruna Nueva que hicieron los de Ferradillo, las cuales miran para el norte y teso de las Corralinas y, desde éstas, en derechura, a las Tres Peñicas que están encima de la bouza de Nuestra Señora de Santa La Villa ,que hoy está poblada de matas de roble y, de éstas, en rectitud a la Moulla o Morreca de Piedras

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apañadas que dejan puesta en el testero, dando vista al Pico de Valdazores ,y de aquí a la Peña del Torno ,y de a la Peña del fondo de la Mata del Obispo ,y de allí a la becea o senda que va por la Pasada de Valdeseves y, en derechura, por encima de la Mata de Carvallal Viejo y tirando o bajando hacia la parte diestra con la misma rectitud, puedan bajar pasando desde las citadas Tres Peñas donde se dio principio a otras tres que están al arroyo por sobre la Mata del Vallino del Candanedo y de ésta a otras peñas bajas que hacen forma de vallado y frente a la peñas primeras por sobre las Matas de la Era del Escamuzón, en donde pusieron otra Moulla o Morueca y de allí al Pico de la Mata de la Torrecilla y ,desde ésta ,por encima de los Couros, hasta a cuyos sitios puedan bajar y arrancar los operarios, como va expresado, y desde ellos hasta las Cumbres de las Sierras, dejando libre todo el demás monte contra la parte inferior para el resguardo del terreno fructífero, a fin de que las aguas que bajan en tiempo de truenas y lluvias copiosas no puedan con tanta facilidad arroyarlas y embarrarlas con las brozas que conducen .

Y, en cuanto a las prendas que tomaran a los operarios, están prontos a entregarlas libremente, y se obligan en debida forma con sus personas y bienes y los demás vecinos y Concejo a que ahora, ni en tiempo alguno, prenderán ni estorbarán por ningún pretexto a los operarios carboneros sobre el arranque y fabricación de carbón, desde los expresados sitios hacia la parte superior no introduciéndose desde lo señalado aguas vertientes al valle y arroyo que baja al lugar, pena de pagar las costas y daños que de ejecutar lo contrario se siguieren y causaren al Monasterio y sus operarios.

Y para lo así cumplir unas y otras partes, cada una por lo que le toca y van obligados, dan poder a las Justicias de S.M., de su Fuero, que a ello les compelan como por sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, renunciaron las leyes, Fueros y Derechos de su favor con la general en forma y dicha Comunidad renuncia el Capítulo: suam de poenis ob duardus de solutionis licencia mayor y minor del Superior. Y por firme así lo otorgaron ante mí Escribano, siendo testigos Pablo García, Juan Rodríguez, naturales de este lugar, y Rafael de Voces del de La Chana, de los otorgantes que doy fe conozco, firmaron los religiosos y, por no saber ,el Procurador y Diputados de Santa La Villa, uno de los testigos a su ruego.

Ante mí, Pedro Fuentes (*) Hasta bien entrado el s. XVIII, el hierro se obtenía calentando, a gran temperatura,

las capas de mineral de hierro con carbón vegetal. El producto resultante era una masa de hierro que había de ser trabajada al rojo vivo en la forja. El martilleo de la forja hacía perder al metal las escorias adheridas.

En cualquier caso, el material así obtenido era de gran calidad , denominado hierro forjado o dulce.

Pero, para la obtención de un Kg. de Hierro, se requerían 3 Kg.de venera y 5 Kg. de carbón vegetal .La leña verde, una vez hecha carbón, merma hasta quedarse en 1/5 de cuanta leña había sido apilada.

Según la clase de madera empleada, así será la capacidad calorífica. La mayor capacidad calorífica de origen vegetal la facilitan, entre otros, los cepos (tuérganos, forgos) de la urz o brezo.

Este carbón vegetal suele cocerse en el mismo lugar en que se arrancan los cepos, haciéndose una poza sobre la que se extienden estos, una vez que el pozo se ha cubierto con leña. . Se prende fuego, a la vez que el montón de los cepos se va cubriendo gradualmente con tierra fina y sin piedra.

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El montón permanece cociéndose, en esta forma, por algunos días. De esta forma tiene lugar una combustión que, entre otras cosas, posibilita el desprendimiento de la humedad vegetal del cepo, hace el carbón vegetal más esponjoso y de mayor poder calorífico.

Parte del metal de hierro, proveniente de la Ferrería de Linares, termina por distribuirse en la tienda del ferretero Valcarce ,sita en la Plaza Mayor de la villa de Ponferrada ,tienda que proporciona hierro forjado en planchas y cortadillo a fraguas, herreros, cerrajeros, herradores y otros artesanos, pudiendo elaborar tenazas, mazos, martillos, hoces de siega, podaderas, rozaderas, azadas, azadones, picos, ganchas, sachos, rejas, -calzas de los mismos-, guadañas, pinas, cortafríos, herraduras, clavos, palancas, aldabas, bisagras, morillos, trébedes, preganzas, cadenas, alcimeres, asadores, sartenes, cucharas de hierro, navajas, cuchillos, tijeras de trasquilar, azuelas,etc.

Pastora, su perro y rebaño en Manzanedo con las Guiana nevada por

fondo. Foto: F.González González Arriendo de la Herrería de Ponte Petre en favor de Nemesio Fernández

de esta villa, año de 1.816 D. Antonio de Quiñones y Quiñones, hijo primogénito de otro D. Antonio de

Quiñones García de las Llamas, Teniente de Caballería retirado, con agregación al Estado Mayor de la Plaza de la ciudad de Zamora, Regidor Perpetuo de esta villa de donde soy vecino y mi padre de la de Villalpando, digo:

Que por éste se me ha conferido poder general en los 20 de Junio último, por testimonio de Tomás Morillas, Escribano de aquel número, no sólo para percibir y cobrar la renta y demás emolumentos correspondientes de Mayorazgos y agregaciones que disfruto en esta Provincia del Bierzo ni a menor poseedor D. Manuel García de las Llamas ,vecino que fue de esta misma villa, sino para hacer nuevo arrendamiento de

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cuantos predios urbanos y rústicos correspondan a los citados Mayorazgos, con las cláusulas, plazos, gastos y condiciones que por bien tuviere, siendo en ellos también comprendida la Herrería titulada de Pontepetre, en la Merindad de Aguiar, y otros diferentes particulares que por menor resultan de dicho poder, que exhibo al presente Escribano que da fe, y de contener todas las cláusulas circunstancias y requisitos necesarios para su validación y comprobación de los Escribanos de S.M.,número ,rentas y cuadrilla de Mesta de la citada villa de Villalpando, José María de Mazo y Gervasio Morillas con las misma fechas, usando del poder en su aceptación:

Arriendo y doy en renta y arrendamiento a D .Nemesio Fernández ,mi convecino, la expresada Herrería con todos los pertrechos necesarios para su uso, por tiempo y espacio de cuatro años que principian a correr y contarse desde el día 25 de Enero, próximo pasado, y concluirán en otro tal del venidero de 1.820,en cada uno de los cuales me ha de dar y pagar o a la persona que legítimamente represente a mi padre,24.000 reales de vellón en dos tercios iguales de 25 de Julio, y otro tal de Enero, ,bajo la pena de ejecución décima y costas, y de pagar a la persona que a ella fuese, residiendo fuera de esta villa y jurisdicción, para compelirle a ponerla en mi casa, mano y poder en esta misma villa, 400 maravedís de salario por cada un día de su legítima ocupación, incluso ida y vuelta por los que les ha de ser ejecutado como por la cantidad principal, y este arrendamiento se lo hago a D. Nemesio bajo las condiciones siguientes :

1.-Que la referida cantidad la ha de satisfacer sin descuento alguno respecto quedar de su cuenta todos los reparos mayores y menores que puedan ocurrir en la expresada fabrica y sus accesorios ,a excepción de la reparación que en la actualidad necesita el paredón de la entrada de la Herrería, los pared de la cuadra, la del horno y el tejado de la Capilla que han de ser, por esta vez, de cuenta del refererido mi padre y los que ocurran en lo sucesivo, por parte del mencionado D .Nemesio.

2.-Que, del mismo modo, ha de ser de cuenta de éste, la contribución de la sal y cualquiera otra que corresponda por razón de vecindad, igualmente que el foro que se paga al Excmo. Señor Marqués de Villafranca, y el de la venera y, de cuenta del relacionado mi padre, cuantas contribuciones en lo sucesivo puedan imponerse sobre las rentas estipuladas.

3.-Que, al finalizarse este arriendo, ha de quedar la fábrica y sus oficinas actuales y corrientes y en disposición de servicio para que pueda continuarse trabajando en ella, debiendo, además, hacer entrega de todos los utensilios y más efectos que reciben del inventario que ha de entregar el referido D. Nemesio según la entrega que se le hizo por el anterior arrendatario.

4.-Que no se ha de hacer uso ajeno de los montes más que para destinados. 5.-Que, al final del arriendo, sea mi padre u otro cualquiera que le suceda a D.

Nemesio, bien en administración o en arriendo, ha de tomar y pagar a dinero de presente metálico contante y, al tiempo de la entrega, todos los enseres de vena, carbón, hierro, recua, grano y demás que el enunciado D, Nemesio tenga en la Herrería, sus casas y accesorios.

Y bajo estas condiciones obligo los bienes del ya citado mi padre que lo son en el presente.

“Ingresos y gastos de la Herrería de Ponte Petre, año de 1.761”. “Ingresos: Concepto Valor

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De 1.625 quintales de hierro a 54 rs. el quintal 87.750 rs. Venta de 90 fanegas de centeno de pan cocido 360 rs. Venta de 20 miedros de vino anuales 225 rs .30 mrs. Del alquiler de 9 machos de 133 días de trabajo 3.591 rs. Total Ingresos 91.926 rs. 30 mrs. Gastos: Concepto Valor De 4.062,5 q. de vena cocida a 5 rs. menos cuartillo el quintal 19.297 rs. De carbón (a 18 rs. por q. de hierro) 29.250 rs. Prima a los oficiales (4,5 rs, por q. producido) 7.312 rs .17 mrs. Salarios de los oficiales (56 q. de hierro a 54 rs.) 3.024 rs. A los oficiales por componer herramientas, etc. 200 rs. Reparar gurruiones, barquines, vatarre, cequillo,... 400 rs. De 20 toberas a 18 rs. cada una, 360 rs. De 70 libras de cobre a 6 rs, para componer toberas 360 rs. De 18 mangos para el mazo a 33 rs. de coste uno 594 rs. De 8 q. de hierro para mazo, yunque, techos, etc., 432 rs. De madera para componer banzados, techos, etc., 4.000 rs. Salarios de 6 criados para cocer y traer carbón, 2.178 rs. De vino, carne, pan para los 6 criados, 4.305 rs. Salario del criado y 2 criadas de casa +comidas 1.540 rs. De 9 caballos para conducir carbón, 3.744 rs. De consumo de paja, hierba para los caballos, 1.180 rs. De herraje, albardas, cinchas, atafales, ronzales... 1.100 rs. Renta a Manuel García de las Llanas 11.200 rs. Total Gastos 90.537 rs.17 mrs.

Ingresos –Gastos=1.389 rs.13 mrs.” Abel Soto Carbajo, El Bierzo en el s.XVIII, Tesis Doctoral, pág.482/516. Ponferrada, 2005.

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Monasterio de San Pedro de Montes. Foto: F.González González, 1.959 Escritura de Arriendo de las Ferrerías de Pombriego y Linares a favor

del Crédito Público. (*) En la villa de Ponferrada, a 20 de Febrero de 1.821, ante mí Escribano y testigos,

compareció presente D. Antonio Álvarez Trincado, Comisionado Subalterno del Crédito Público de este Partido, y dijo:

Que en virtud del Oficio que, con fecha 19 del corriente, le dirigió D. Francisco Alonso, Oficial Mayor del Establecimiento Principal de León, y con las facultades que tiene del Administrador Principal, arrienda y da en arrendamiento, desde hoy y hasta el último del mes de Julio del corriente año, al Padre Fr. Ildefonso Gayoso ,la Ferrería que pertenecía al extinguido Monasterio de San Pedro de Montes, existente en el lugar de Pombriego y, al Padre Fr. Benito Canedo, la de Linares, perteneciente, así mismo, al citado Monasterio con los accesorios que cada una tiene.

Por ellas han de pagar cada uno 3.000 reales de vellón en monedas metálicas, concluido que sea el mes de Julio, juntos y en una sola paga, puesta en mano y poder del otorgante o en el de la persona que le suceda en el destino, bajo pena de ejecución y costas de la cobranza, y de pagar a la persona que fuese a ponerlas 400 maravedís de salario por cada un día de su legítima ocupación, contando los de la ida estada y vuelta, por los que han de consentir la misma que por la cantidad principal y, además han de guardar y cumplir las condiciones siguientes:

1.-Primeramente, es condición que los expresados Padres han de poner cada uno la Herrería que se les confiere en arriendo corriente para que pueda trabajar en el día,

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limpios los cauces con empalizadas sin que por su coste puedan reclamarlo al establecimiento ,pues quedan de cuenta y riesgo de los susodichos que, por razón de reparos, se les había de entregar a cada uno 500 reales, se les rebajan de los 3.500 con que debían de contribuir por cada una de las dos Herrerías, por lo que sólo han de pagar los 3.000 reales cada uno.

2.-Que, si en el intermedio del tiempo de este arriendo, alguna de las dos Ferrerías se incendiase en su mayor parte o hubiese algún descalabro mayor, cual es el rompimiento de los dos árboles mayores o ruedas que imposibiliten trabajar, o si se hundiera la venera que surte a ambas Ferrerías existentes en el lugar de la Chana, sea visto rebajárseles el tiempo que estén sin poder trabajar, siempre que no se pueda sacar la vena.

3.-Que concluido el tiempo de este arriendo, los referidos Padres han de dejar en cada una de las Ferrerías la vena y carbón existente y que resulta de los inventarios que se han formado o pagar en metálico el importe al precio corriente o al que fuere tasado por peritos nombrados, y mediante los Padres tienen representando al Administrador Principal del Establecimiento, sobre se les entregue o pague el importe de la vena y carbón existente en cada una de las Ferrerías por ser comprados por ellos con dinero suyo y no del Monasterio, siempre que declare la voz de ellos y sea visto no quedar obligados a pagar el carbón y vena existente ni dejar igual porción de cada cosa.

Con cuyas condiciones, el otorgante, a nombre del Establecimiento, les otorga el arriendo por el tiempo que queda referido y por la pensión expresada,y estando presentes los nominados Padres Fr. Ildefonso Gayoso y Fr. Benito Canedo ,habiendo visto, oído y entendido esta Escritura de arriendo, dijeron que la aceptaban y se obligaban y obligaron con sus personas y bienes espirituales y temporales, habidos y por haber, a que cada uno y por la Herrería que se les arrienda ,pagarán los 3.000 reales concluido el mes de Julio venidero del presente año, puestos y pagados en poder de D. Antonio Trincado o en el que le suceda en el empleo, llanamente y sin excusa alguna bajo las pena de ejecución décima y costas y de pagar a la persona que fuese a por (...).

A cuyo cumplimiento desde luego quedan obligados, y dieron por fiador a D. Sebastián Villadomar, vecino de esta villa de Ponferrada ,quien estando presente y enterado de esta Escritura, cierto y sabedor del derecho que le pertenece, se obligó a constituirse por fiador de los expresados Padres Fr. Ildefonso Gayoso y Fr. Benito Canedo, y se obligó con su persona y bienes muebles, raíces, habidos y por haber, a que los susodichos pagarán, cada uno, los 3.000 reales concluido el mes de Julio del presente año, y de no ,los pagará este otorgante, como tal su fiador, sin que sea necesario hacer diligencias con los Padres que guardarán y cumplirán todo lo contenido en las condiciones y, de lo contrario, todos los daños y perjuicios que se originasen, los satisfará el otorgante, por lo cual hará de deuda y negocio ajeno, suyo propio .

Y para así lo cumplir unos y otros, y por lo que les toca, dan poder a las Justicias de S.M. y Santidad de sus Fueros competentes que a ello les compelan y apremien como por sentencia pasada en juzgado, renunciando todas las leyes, fueros y derechos de su favor y la general en forma.

Y así lo otorgan ante mí Escribano, siendo testigos, Francisco Pedro Álvarez, vecino de esta villa de Ponferrada y Manuel Ramos, natural de Millaroso de Valdeorras, Agustín Velasco, natural de Puente de Domingo Flórez.

Los otorgantes que doy fe, conozco, firmaron y firmé. Ante mí, Manuel Jerónimo Suárez

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(*) Trienio Liberal, 1.820/23 El día primero de Enero de 1.820, D. Rafael del Riego dirigió un Pronunciamiento en

Cabezas de San Juan, proclamando la Constitución de Cádiz de 1.812. Ello, entre otras cosas, significaba el restablecimiento de la legislación

desamortizadora-bienes amortizados: sutraídos al mercado libre- de las Cortes de Cádiz.

Las nuevas Leyes y Disposiciones del nuevo Gobierno y Cortes afectaron a la Iglesia que consideró lesionados sus Derechos.

Una de las medidas que el Gobierno y las Cortes aprobaron fue el Decreto 1 de Octubre de 1.820, que venía a reformar las Órdenes Religiosas. Por la llamada Ley de Monasterios, se suprimían las Órdenes Monacales, los Monasterios Regulares, el Santo Oficio y sus bienes, las Órdenes Militares y otras Leyes que afectaban, por ej. a los Mayorazgos.

Quedaban extinguidos los Conventos que no llegasen a 24 individuos, si había más de uno en la localidad, o a 12 si sólo había uno, pasando los bienes de tales Monasterios a poder del Estado

Por Ley de 29 de Junio de 1.821, se reducían en un 50 % los diezmos eclesiásticos. Bibliografía: Balboa de Paz, J. Antonio: Ferrerías y Fraguas. León, 2008. Balboa de Paz, J. Antonio: El Patrimonio Industrial de la Provincia de León, 2006. Durany Castrillo, Mercedes: La Región del Bierzo en los siglos centrales de la Edad

Media,1.070/1.250.Universidad de León, 1.989 García González, Miguel J: El Bierzo a finales del s. XVIII. Ponferrada, 1.998 García González, Miguel .J.: La Desamortización de Mendizábal y Espartero en el

Bierzo. León, 1994 García González, Miguel J.: La Desamortización de Madoz en El Bierzo. León, 1.996

García González, Miguel .J.: Severo Gómez Núñez: Un Técnico Reformista para El Bierzo, 1.859/39. I.E.B. Ponferrada, 1.996

González, González, Francisco: Oza del Rizo y Rezo.I.E.B. Ponferrada, 2.009 López, David -Gustavo: El Valle del Silencio. León, 1.999 Puyol, J: La Abadía de San Pedro de Montes. León, 1.925. Revista Bierzo: Monasterio de San Pedro de Montes –Monografía-. Ponferrada,

1.997 Rodríguez Cubero, José-Diego: El Señorío de Villanueva de Valdueza .Ponferrada,

s/f. Soto Carbajo, Abel: El Bierzo en el s.XVIII, Tesis Doctoral. Ponferrada, 2005 Varios: Actas de San Pedro de Montes, I.E.B. Ponferrada, 2.006

Fuentes Documentales:

Archivo Histórico Provincial de León Sección de Protocolos Notariales Cajas, 2.184, 2.347, 2.390, 2.584, 2.705, 2.786

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