y antecedentes - unam

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VN!V[~[)AJD NAqONAl A 'IPNºMA [)[ MDUC:,0 COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO RESOLUCIÓN: CTUNAM/048/17 FOLIO: F6440000098016 Visto el expediente relativo a la clasificación parcial de la información confidencial y propuesta de versión pública que somete la Facultad de Estudios Superiores Aragón , en relación con la solicitud de acceso a la información folio 64400000098016, se procede a dictar la presente resolución con base en los siguientes: ANTECEDENTES l. Mediante solicitud de acceso a la información con número de folio 6440000098016, recibida el 24 de noviembre de 2016, a través del Sistema-de Solicitudes de Acceso a la Información de la Plataforma Nacional .de Transparencia, se solicitó lo siguiente: "Solicito a la UNAM me provea la información contenida en el archivo adjunto, misma que corresponde a datos de gestión de recursos económicos, humanos y financieros de la FES Aragón. De conformidad con el artículo 29 del Reglamento de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para la Universidad Nacional Autónoma de México, solicito mediante correo electrónico la siguiente información: Integración del presupuesto con las metas establecidas con el Plan de Institucional de Desarrolfo Universitario, de lo~ ejercicios 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016. Justificación de los presupuestos de los ejercicios años 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016. Asignación presupuesta! y seguimiento del gasto a cada proyecto y ~ 1

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Page 1: y ANTECEDENTES - UNAM

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MDUC:,0

COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

RESOLUCIÓN: CTUNAM/048/17

FOLIO: F6440000098016

Visto el expediente relativo a la clasificación parcial de la información confidencial y

propuesta de versión pública que somete la Facultad de Estudios Superiores

Aragón, en relación con la solicitud de acceso a la información folio

64400000098016, se procede a dictar la presente resolución con base en los

siguientes:

ANTECEDENTES

l. Mediante solicitud de acceso a la información con número de folio

6440000098016, recibida el 24 de noviembre de 2016, a través del Sistema-de

Solicitudes de Acceso a la Información de la Plataforma Nacional .de

Transparencia, se solicitó lo siguiente:

"Solicito a la UNAM me provea la información contenida en el archivo

adjunto, misma que corresponde a datos de gestión de recursos

económicos, humanos y financieros de la FES Aragón.

De conformidad con el artículo 29 del Reglamento de Transparencia,

Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales

para la Universidad Nacional Autónoma de México, solicito mediante

correo electrónico la siguiente información:

• Integración del presupuesto con las metas establecidas con el

Plan de Institucional de Desarrolfo Universitario, de lo~

ejercicios 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016. ~

• Justificación de los presupuestos de los ejercicios años 2012,

2013, 2014, 2015 y 2016.

• Asignación presupuesta! y seguimiento del gasto a cada

proyecto y

~ 1

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RESOLUCIÓN: CTUNAM/048/17

FOLIO: F6440000098016

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AVJ'~ºMA DÍ: Mrxnc:,o

• programa contenidos en el Plan Institucional de Desarrollo

Universitario.

• Programa operativo anual de la Facultad de Estudios

Superiores Aragón de los años 2012, 2013, 2014, 2015 y

2016, desglosado por Capitulo Gastos y partida presupuesta/.

• Programa anual de adquisiciones de la Facultad de Estudios

Superiores Aragón de los años 2012, 2013, 2014, 2015 y

2016, desglosado por partida presupuesta/ y capitulo de

gasto, justificación y procedimiento de adquisición

proyectado.

• Presupuesto de la Facultad de Estudios Superiores de

Aragón, autorizado durante los años 2012, 2013, 2014, 2015

y 2016, la información de cada año deberá estar desglosada

por concepto y partida presupuesta!.

• Listado de los bienes, servicios y obras en los que fue

ejercido el presupuesto de la Facultad de Estudios Superiores

Aragón durante los años 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016,

dicho listado deberá ser desglosado por año y contener

número de pedido, contrato o compra menor, concepto,

descripción de los bienes, servicio u obra, partida

presupuesta/, monto, procedimiento de contratación y ~ -

fundamento legal. / -J Listado de los bienes, servicios y obras en los que fueron J • ejercidos los ingresos o extraordinarios de la Facultad de

Estudios Superiores Aragón durante los años 2012, 2013,

2014, 2015 y 2016, dicho listado deberá ser desglosado por

año y contener número de pedido, contrato o compra menor,

además de concepto, descripción de los bienes, servicio u

obra, partida presupuesta/, monto,

contratación y fundamento legal.

procedimiento d~

2

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COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

RESOLUCIÓN: CTUNAM/048/17

FOLIO: F6440000098016

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• Listado mediante el cual se desglose el origen de los Ingresos

extraordinarios obtenidos durante los años 2012, 2013, 2014,

2015 y 2016, dicho listado deberá contener concepto, monto,

institución o empresa contratante, periodo de ejecución del

proyecto.

• Copia de los Informes finales de los proyectos realizados por

ingresos extraordinarios, de la Facultad de Estudios

Superiores Aragón durante los años 2012, 2013, 2014, 2015

y 2016.

• Montos de actuación para cada procedimiento de

adquisiciones, arrendamientos y contrataciones y obras del

ejercicio 2015 y 2016 (Licitación pública, Invitación a cuando

menos tres personas y adjudicación directa), de la Facultad

de Estudios Superiores Aragón, ya sea por presupuesto

asignado o ingresos propios.

• Copia de todos los pedidos, contratos y órdenes de compra

fincados a proveedores, contratistas y/o prestadores de

servicios de los años 2012, 2013, 2014, 205 y 2016, dichos

documentos deberán incluir todos los capítulos de gasto, ya

sea por ingresos autorizados o ingresos propios o

extraordinarios.

Listado de sanciones aplicadas a proveedores, contratistas o

prestadores de servicios, durante los ejercicios 2012, 2013, ~~ 2014, 2015 y 2016 por la Facultad de Estudios Superiores

Aragón, en la que se especifiquen los bienes, servicios u

obra, proveedor, numero de contrato, porcentaje de pena

convencional aplicada y monto de la pena convencional

aplicada.

Informe de los ejercicios 2012, 2013, 2014, 2015 y parcial

2016, sobre el fincamiento de pedidos o celebración de

~\

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RESOLUCIÓN: CTUNAM/048/17

FOLIO: F6440000098016

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AVF ,~ºMA I)[

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contratos adjudicados mediante procedimientos de excepción

a la licitación pública con base en el punto 4.2 de la

Normatividad en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y

Servicios, así como informe de las licitaciones públicas

realizadas y los resultados generales de las adquisiciones,

arrendamientos y servicios, de la Facultad de Estudios

Superiores Aragón.

• Programa Anual de Obras de la Facultad de Estudios

Superiores Aragón de los ejercicios 2012. 2013, 2014, 2015 y

2016.

• Listado de obras y servicios relacionados con las mismas

(Construcción, instalación, ampliación, adecuación,

remodelación, restauración, reacondicionamiento,

conservación, mantenimiento, rehabilitación, modificación y

demolición de bienes inmuebles y en general todos aquellos

trabajos que sean producto de cualquier servicio relacionado

con la obra, así como los conceptos establecidos en la

política 1 de las Políticas en Materia de Obra y Servicios

Relacionados con la Misma), de los años 2012, 2013, 2014,

205 y 2016contratados por la Facultad de Estudios

Superiores, dicho listado deberá especificar descripción

detallada de las obras y servicios, partida presupuesta/ u

objeto del gasto, fundamento legal, número de contrato,

monto del contrato, proveedor adjudicado, procedimiento de

contratación y modalidad de contratación.

Listado de obras y servicios relacionados con las mismas

contratados por la Dirección General de Obras y

Conservación para la Facultad de Estudios Superiores

Aragón de los aflos 2012, 2013, 2014, 205 y 2016, incluyendo

descripción de los bienes, inmuebles y servicios, partida x4

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RESOLUCIÓN: CTUNAM/048/17

FOLIO: F6440000098016

VJ\IIlVER,'áDAID NAq¡ONAl A ,/f'>Jll0MA D[

Mn:xnc:,o

presupuesta/ u objeto del gasto, fundamento legal, número de

contrato, monto del contrato, proveedor adjudicado,

procedimiento de contratación y modalidad de contratación.

• Plantilla del personal de la Facultad de Estudios Superiores

de Aragón, tanto mandos superiores, mandos medíos,

personal administrativo y personal operativo de los años

2012, 2013, 2014, 205 y 2016.

• Plantilla del personal académico de la Facultad de Estudios

Superiores de Aragón, de los años 2012, 2013, 2014, 205 y

2016, dicho listado deberá ser desglosado por año e indicar si

el profesor tiene un nombramiento definitivo o interino.

• Usta de las plazas vacantes de la Facultad de Estudios

Superiores de Aragón, dicho listado deberá incluir plazas de

estructura, mandos superiores, mandos medios, personal

administrativo, personal operativo y personal académico.

• Demandas laborales con el estatus que guarda cada asunto,

que actualmente tiene en proceso la Facultad de Estudios

Superiores de Aragón, que incluya personal de estructura,

mandos superiores, mandos medios, personal administrativo,

personal operativo y personal académico.

• Listado de personal contratado por la Facultad de Estudios

Superiores de Aragón por servicios profesionales bajo la

contratación de servicios asimilados, durante los años 2012,

2013, 2014, 2015 y 2016, en dicho listado se deberá incluir

nombre completo, área o el proyecto en donde prestan o

prestaron sus servicios, monto del contrato e indicar si se

pagó con presupuesto autorizado o con recursos propios.

• Copia de los Reportes de actividades que presentó el

personal contratado por I& Facultad de Estudios Superiores

de Aragón por servicios profesionales bajo la contratación de

~. ¿(s

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RESOLUCIÓN: CTUNAM/048/17

FOLIO: F6440000098016

VNilV!El\1DAD NAC:,IlONAL Á'ÍÍ'NºMA DI[

M.[XIC:,O

servicios asimilados, durante los años 2012, 2013, 2014,

2015 y 2016 incluyendo el área o el proyecto en donde

prestan o prestaron sus servicios.

• Lista del personal contratado por la Facultad de Estudios

Superiores de Aragón por servicios profesionales, a las

cuales se les paga mediante recibo de honorarios durante los

años 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016, en dicho listado se

deberá incluir nombre completo, área o el proyecto en donde

prestan o prestaron sus servicios, monto del contrato e indicar

si se pagó con presupuesto autorizado o con recursos

propios.

• Lista de auditorías realizadas a la Facultad de Estudios

Superiores de Aragón por cualquier órgano de control, ya sea

interno o externo, así como la resolución de las mismas de

los periodos 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016.

• Listado de observaciones realizadas por algún órgano revisor

tanto interno como externo, de los años 2012, 2013, 2014,

2015 y 2016, status de cada una de las observaciones,

alcance y resolución". (sic)

11. La modalidad de entrega requerida por el particular fue por internet en la ~

Plataforma Nacional de Transparencia.

111. La Unidad de Transparencia, mediante correo electrónico de fecha 25 de~

noviembre de 2016, remitió la solicitud de información al Director de la Facultad

de Estudios Superiores Aragón, y el 1º de diciembre de 2016, al Secretario

Administrativo.

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RESOLUCIÓN: CTUNAM/048/17

FOLIO: F6440000098016

IV. Mediante oficio número FESAR/DIRA/OJUR/1100/2016, tle fecha 30 de

noviembre de 2016, el Director de la Facultad de Estudios Superiores Aragón,

solicitó a la Presidenta del Comité de Transparencia, lo siguiente:

"Me refiero a las solicitudes de acceso a la información con número

de folio F6440000098316, F6440000098416, F6440000098516,

F6440000099116, F6440000099916, F64400000100016,

F6440000010016, F6440000098016, F6440000099316, mismas que

fueron recibidas en esta multidisciplinaria el pasado 25 de noviembre

del presente año mediante la cual se requirió:

Por lo que hace a la solicitud de Acceso a la Información con número

de folio F6440000098016, en virtud de contar con varias viñetas, con

fundamento en el artículo citado, se solicita la ampliación de plazo,

de las siguientes:

INFORMACIÓN SOLICITADA No. F6440000098016. "Solicito a la

UNAM me provea la información contenida en el archivo adjunto,

misma que corresponde a datos de gestión de recursos económicos,

humanos y financieros de la FES Aragón." (sic) ~ -

* Presupuesto de la Facultad de Estudios Superiores de Aragón, ~ autorizado durante los años 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016, la

infonnación de cada año deberá estar desglosada por concepto y

partida presupuesta/.

* Listado de los bienes, servicios y obras en los que fue ejercido el

presupuesto de la Facultad de Estudios Superiores Aragón durante

los años 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016, dicho listado deberá ser

desglosado por año y contener número de pedido, contrato o compra

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FOLIO: F6440000098016

V.N] VC!R,'<JDAJD .NAq.ONAlL ~.Vf,>;iºMA [)[

Mr~nc,o

menor, concepto, descripción de los bienes, servicio u obra, partida

presupuesta/, monto, procedimiento de contratación y fundamento

legal.

* Listado de los bienes, servicios y obras en los que fueron ejercidos

los ingresos o extraordinarios de la Facultad de Estudios Superiores

Aragón durante los años 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016, dicho

listado deberá ser desglosado por año y contener número de pedido,

contrato o compra menor, además de concepto, descripción de los

bienes, servicio u obra, partida presupuesta/, monto, procedimiento

de contratación y fundamento lega!.

* Listado mediante el cual se desglose el origen de los Ingresos

extraordinarios obtenidos durante los años 2012, 2013, 2014, 2015 y

2016, dicho listado deberá contener concepto, monto, institución o

empresa contratante, periodo de ejecución del proyecto.

* Copia de todos los pedidos, contratos y órdenes de compra

fincados a proveedores, contratistas y/o prestadores de servicios de

los aflos 2012, 2013, 2014, 205 y 2016, dichos documentos deberán

incluir todos los capítulos de gasto, ya sea por ingresos autorizados o

ingresos propios o extraordinarios.

* Listado de obras y servicios relacionados con las mismas ·-----;--,

(Construcción, instalación, ampliación, adecuación, remodelación, ~V restauración, reacondicionamiento, conservación, mantenimiento,

rehabilitación, modificación y demolición de bienes inmuebles y en

general todos aquellos trabajos que sean producto de cualquier

servicio relacionado con la obra, asi como los conceptos establecidos

en la política 1 de las Políticas en Materia de Obra y Servicios

Relacionados con la Misma), de los años 2012, 2013, 2014, 205 y

2016contratados por la Facultad de Estudios Superiores, dicho

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FOLIO: F6440000098016

V.l'll\/[~;;DAD NAqO~AL Avlf>N°M.A Il)[

Mrxnc:,o

listado deberá especificar descripción detallada de fas obras y

servicios, partida presupuesta! u objeto del gasto, fundamento legal,

número de contrato, monto del contrato, proveedor adjudicado,

procedimiento de contratación y modalidad de contratación.

* Listado de personal contratado por fa Facultad de Estudios

Superiores de Aragón por servicios profesionales bajo la contratación

de servicios asimilados, durante los años 2012, 2013, 2014, 2015 y

2016, en dicho listado se deberá incluir nombre completo, área o el

proyecto en donde prestan o prestaron sus servicios, monto del

contrato e indicar si se pagó con presupuesto autorizado o con

recursos propios.

* Copia de los Reportes de actividades que presentó el personal

contratado por fa Facultad de Estudios Superiores de Aragón por

servicios profesionales bajo la contratación de servicios asimilados,

durante los años 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016 incluyendo el área o

el proyecto en donde prestan o prestaron sus servicios.

* Lista del personal contratado por la Facultad de Estudios Superiores

de Aragón por servicios profesionales, a las cuales se les paga

mediante recibo de honorarios durante los años 2012, 2013, 2014,

2015 y 2016, en dicho listado se deberá incluir nombre completo,

área o el proyecto en donde prestan o prestaron sus servicios, monto

del contrato e indicar si se pagó con presupuesto autorizado o con

recursos propios.

* Listado de observaciones realizadas por algún órgano revisor tanto

interno como externo, de los años 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016,

status de cada una de las observaciones, alcance y resolución". (sic)

9 ~

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RESOLUCIÓN: CTUNAM/048/17

FOLIO: F6440000098016

V.NJVrlR.'iDA.ID NAC,UOl',lAl AVPl'ilºMIA ID[

M.rxnc:p

Lo anterior, obedece al cúmulo de información y documentación con

la que se encuentra relacionada." (sic)

V. Mediante oficio FESAR/DIRA/OJUR/1101/2016, de fecha 30 de noviembre de

2016, el Director General de la Facultad de Estudios Superiores Aragón, informó

al Titular de la Unidad de Transparencia, lo siguiente:

"Con relación a la solicitud de acceso a la información identificada

con número de folio F6440000098016 mismas que fue recibida en

esta multidisciplinaria, mediante la cual se requiere diversa

información, al respecto manifiesto lo siguiente:

En virtud de que dicha solicitud cuenta con varias viñetas, me pennito

comunicarle que la vmeta siguiente:

"INFORMACIÓN SOLICITADA:

• Listado de obras y servicios relacionados con fas mismas

contratados por la Dirección General de Obras y Servicios y

Conservación para la Facultad de Estudios Superiores Aragón

de los años 2012, 2013, 2014, 205 y 2016, incluyendo

descripción de los bienes inmuebles, y servicios, partida ~ ,

presupuesta/ u objeto del gasto, fundamento legal, número de

contrato, monto de contrato, proveedor adjudicado,--:V

procedimiento de contratación y modalidad de contratación."

(sic)

No es competencia de esta multidisciplinaria, sugiriéndose que el

área competente fo es la Dirección General de Obras y

10 ~

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COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

RESOLUCIÓN: CTUNAM/048/17

FOLIO: F6440000098016

Vl~DV[lf{'t[)AID A!AqIONAl AVFNºMA ID[

Muucp

Conservación de la UNAM, a la cual deberá remitirse dicha

solicitud.

Lo anterior de conformidad con lo dispuesto por el articulo 53,

fracción V, inciso a) del Reglamento de Transparencia y Acceso a

la Información Pública de la Universidad Nadonal Autónoma de

México. " (sic)

VI. Mediante oficio FESAR/DIRA/OJUR/1102/2016 de fecha 30 de noviembre de

2016, el Director de la Facultad de Estudios Superiores Aragón, informó al Titular

de la Unidad de Transparencia, lo siguiente:

" Me refiero a las solicitudes de Acceso a la Información con número

de folios F6440000098016, F6440000098216, F6440000099216,

F6440000098816, mismas que fueron recibidas en esta

multidisciplinaria el pasado 25 de noviembre del presente año,

mediante la cual se requiere diversa información.

Folio No. F6440000098016. La presente solicitud por contener varias

viñetas me permito solicitar se requiere a la interesada, aclare o

precise para que esta Facultad esté en posibilidad de dar respuesta

en lo siguiente:

INFORMACIÓN SOLICITADA

• Integración del presupuesto con las metas establecidas con

el Plan Institucional de Desarrollo Universitario, de los

ejercicios 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016.

• Justificación de los presupuestos de los ejercicios años 2012,

2013, 2014, 2015 y 2016.

y\ ~

11 ~

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M[XIlC:,O

COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

RESOLUCIÓN: CTUNAM/048/17

FOLIO: F6440000098016

• Asignación presupuesta! y seguimiento del gasto a cada

proyecto y programa contenidos en el Plan Institucional de

Desarrollo Universitario

Lo anterior, para que manifieste a qué Plan Institucional de

Desarrollo Universitario se refiere, en viftud de que esta Facultad

no cuenta con dicho documento, y así estar en posibilidades de

dar una respuesta preósa.

• Programa operativo anual de la Facultad de Estudios

Superiores Aragón de los años 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016,

desglosado por Capítulo Gastos y partida presupuesta/.

Lo anterior para que aclare a que Programa Operativo Anual se refiere

y estar en posibilidades de dar una respuesta precisa.

• Programa anual de adquisiciones de la Facultad de Estudios

Superiores Aragón de los años 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016,

desglosado por partida presupuesta/ y capítulo de gastos,

justificación y procedimiento de adquisiciones proyectado.

Lo anterior, para que precise su solicitud, toda vez que los

requerimientos de tos formatos institucionales que la Dirección General

de Proveeduría envía para su llenado, no prevén Jo rubros que el

solicitante requiere.

• Copia de los Informes finales de los proyectos realizados por

ingresos extraordinarios, de la Facultad de Estudios Superiores

Aragón durante los años 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016.

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V/l!JV[fi\1DAD NAqONAL AV1PN°MA ll)I

Mrxnc,o

COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

RESOLUCIÓN: CTUNAM/048/17

FOLIO: F6440000098016

Lo anterior, para que aclare a qué Proyectos se refiere y estar en

posibilidad de dar una respuesta precisa.

• Informe de los ejercicios 2012, 2013, 2014, 2015 y parcial

2016, sobre el fincamiento de pedidos o celebración de

contratos adjudicados mediante procedimientos de excepción a

la licitación pública con base en el punto 4.2 de la Normatividad

en Materia de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios, así

como informe de las licitaciones públicas realizadas y los

resultados generales de las adquisiciones, arrendamientos y

servicios, de la Facultad de Estudios Superiores Aragón.

Lo anterior, para que el solicitante especifique este punto por no ser

claro y ser confuso ... " (sic)

VII. El Titular de la Unidad de Transparencia, mediante notificación realizada a

través de la Plataforma Nacional de Transparencia 1º de diciembre de 2016,

requirió al solicitante lo siguiente:

"En atención a su solicitud de acceso a la infonnación con número de

folio 6440000098016, mediante el cual requirió diversa información

relacionada con la Facultad de Estudios Superiores Aragón.

Al respecto, le comento que la Universidad debe otorgar acceso a los

documentos que se encuentren en sus archivos o que esté obligada a

documentar de acuerdo, con sus facultades competencias o funciones,

de conformidad con lo previsto por el artículo 54 del Reglamento de

Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Universidad

Nacional Autónoma de México (UNAM).

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COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

RESOLUCIÓN: CTUNAM/048/17

FOLIO: F6440000098016

V.NIV[Jí\'i[)AJD NAC:,Ró.NA!L AVF.NºMA ID[

MDncp

Por lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por el articulo 53,

fracción IV, del Reglamento citado, me permito requerirle para que, en

un término de diez di as, precise lo siguiente:

En relación con:

"

• Integración del presupuesto con las metas establecidas con

el Plan Institucional de Desarrollo Universitario, de los

ejercicios 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016

• Justificación de los presupuestos de los ejercicios años 2012,

2013, 2014, 2015 y 2016.

• Asignación presupuesta/ y seguimiento del gasto a cada

proyecto y programa contenidos en el Plan Institucional de

Desarrollo Universitario.

Manifieste a qué Plan Institucional de Desarrollo Universitario se

refiere, en virtud de que la Facultad referida señala que no cuenta con

dicho documento.

Por cuanto hace a:

• Programa operativo anual de la Facultad de Estudios

Superiores Aragón de los años 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016,

desglosando por Capitulo Gastos y parlida presupuesta/.

Aclare respecto de este punto a qué Programa Operativo Anual se

-i ~ refiere \\

14 ~

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RESOLUCIÓN: CTUNAM/048/17

FOLIO: F6440000098016

'/}llOV[~DAD NAqIOJllAl Avlf.l'lºMA DI

Mrxnc,o

En relación con:

• Programa anual de adquisiciones de la Facultad de Estudios

Superiores Aragón de los años 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016,

desglosando por partida presupuesta/ y capítulo de gasto,

justificación y procedimiento de adquisición. proyectado.

Precise su solicitud, toda vez que los requerimientos de los formatos

institucionales que la Dirección General de Proveeduría envía para su

llenado, no prevén los rubros que el solicitante requiere.

Por cuanto hace a:

• Copia de los informes finales de los proyectos realizados por

ingresos extraordinarios, de la Facultad de Estudios Superiores

Aragón durante los aflos 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016.

Aclare a qué proyectos se refiere, a efecto de que la Facultad esté en

posibilidad de dar respuesta precisa.

Finalmente en cuanto a: d"~ L':::7

• Informe de los ejercicios 2012, 2013, 2014, 2015 y parcial ~

2016, sobre el fincamiento de pedidos o celebración de

contratos adjudicados mediante procedimientos de excepción a

la licitación pública con base en el punto 4.2 de la Normatividad

en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, asf

como informe de las licitaciones públicas realizadas y los

resultados generales de las adquisiciones, arrendamientos y

servicios, de la Facultad de Estudios Superiores Aragón.

Page 16: y ANTECEDENTES - UNAM

V?>JDV[~"'íDAD NA<:,RO.I\IAL

Alflf,'llºMA [)[

Mtxnc:,o

COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

RESOLUCIÓN: CTUNAM/048/17

FOLIO: F6440000098016

Especifique a que se refiere en el presente punto, pues la redacción

resulta confusa, adicionalmente precise que se debe entender con la

palabra ufincamiento".

Lo anterior, por resultarle necesaria la información a la Facultad de

Estudios Superiores Aragón a efecto de que pueda brindar una

respuesta puntual a lo solicitado.

No se omite señalar que el presente requerimiento interrumpe el

término para dar respuesta a su solicitud, contemplando en el artículo

53 fracción I, del Reglamento antes referido, el cual empezará a

computarse nuevamente al día siguiente del desahogo de la misma.

Finalmente, le comento que de no atender el requerimiento que nos

ocupa, la solicitud de acceso a la información se tendrá como no

presentada." (sic)

VIII. Mediante correo de fecha 8 de diciembre de 2016, la Secretaría Administrativa

informó al Titular de Transparencia lo siguiente

"En respuesta a la solicitud de acceso a la información folio F98016, en la que el

C. UNAM TRANSPARENCIA requiere " .. . Listado de obras y servicios

relacionados con las mismas contratados por la Dirección General de Obras y

Conservación para la Facultad de Estudios Superiores Aragón de los años

2012, 2013, 2014, 205 y 2016, incluyendo descripción de los bienes, inmuebles

y servicios, partida presupuesta/ u objeto del gasto, fundamento legal, número

de contrato, monto del contrato, proveedor adjudicado, procedimiento de ~ ~ · i ontratación y modalidad de cont; ción ... ", por lo que hace a la Secffltar:: ~

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V,'\IIV[~"íiDAD NA(,IlOMAL

AVlfNºMA DIE MDUIC,0

COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

RESOLUCIÓN: CTUNAM/048/17

FOLIO: F6440000098016

Administrativa, me permito comunicarle la información que remite la Dirección

General de Obras y Conservación:

• . Anexo se envía la relación de las obras y servicios relacionados con la misma

contratados por la Dirección General de Obras y Conservación para la Facultad

de Estudios Superiores Aragón, incluyendo la descripción de los bienes

inmuebles y servicios, partida presupuesta/, fundamento legal, número de

contrato, monto del contrato, proveedor adjudicado, procedimiento y modalidad

de contratación, para los años 2012 al 2016 ... "(sic)

IX. En virtud de que el solicitante no desahogó el requerimiento antes señalado, en

tiempo y forma, en la Plataforma Nacional de Transparencia se tuvo por

desechada la solicitud en cuanto a los puntos requeridos.

X. Con fecha 9 de enero de 2017, con fundamento en los artículos 6º, apartado "A"

de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 132 de la Ley

General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 135 de la Ley

Federal de Transparencia y Acceso a la información Pública; 1 º, 1 O, 15 y 53,

fracción V inciso c) del Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información

Pública de la Universidad Nacional Autónoma de México , se amplió el plazo para

emitir la respuesta a la solicitud por 10 días más, contados a partir del día hábil

siguiente a su vencimiento, en virtud de que se requiere mayor tiempo para hacer

el análisis de la clasificación de la información realizada por el área universitaria

responsable de atender la solicitud en comento y que sometió a este Comité

mediante oficio FESAR/DIRA/OJUR/0004/2017 de fecha 5 de enero de 2017. ~

XI.Mediante oficio FESAR/DIRA/OJUR/0067/2017 de fecha 23 enero de 2017,

dirigido a la Unidad de Transparencia el i i riores Aragón, remitió lo sigui; e:

Director de la Facultad de Estudios

~ 17 ~

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COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

RESOLUCIÓN: CTUNAM/048/17

FOLIO: F6440000098016

"Me refiero a la solicitud de Acceso a la Información identificada con

número de folio F6440000098016, mediante la cual se requiere

diversa información, se contesta de fa siguiente manera:

"INFORMACIÓN SOLICITADA: No. de Folio: F6440000098016

1. Presupuesto de fa Facultad de Estudios Superiores de

Aragón, autorizado durante tos años 2012, 2013, 2014, 2015

y 2016, la información de cada año deberá estar desglosada

por concepto y partida presupuesta/.

Al respecto, envío la información solicitada en CD, identificada con el

número 1.

2. Listado de los bienes, servicios y obras en los que fue

ejercido el presupuesto de fa Facultad de Estudios Superiores

Aragón durante los años 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016,

dicho listado deberá ser desglosado por año y contener

número de pedido, contrato o compra menor, concepto,

descripción de los bienes, servicio u obra, partida

presupuesta/, monto, procedimiento de contratación y ~

fundamento legal. ~ __/

Al respecto, envió la información solicitada en CD, identificada con el

· número 2.

Page 19: y ANTECEDENTES - UNAM

VMJV[~DAD .NAqONAL A.Vf./'lºMA ID[

Mr1:nc,o

COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

RESOLUCIÓN: CTUNAM/048/17

FOLIO: F6440000098016

3. Listado de los bienes, servicios y obras en los que fueron

ejercidos los ingresos o extraordinarios de la Facultad de

Estudios Superiores Aragón durante los años 2012, 2013,

2014, 2015 y 2016, dicho listado deberá ser desglosado por

año y contener número de pedido, contrato o compra menor,

además de concepto, descripción de los bienes, servicio u

obra, partida presupuesta!, monto, procedimiento de

contratación y fundamento legal.

Al respecto, envió la información solicitada en CD, identificada con el

número 3.

4. Listado mediante el cual se desglose el origen de los

Ingresos extraordinarios obtenidos durante los años 2012,

2013, 2014, 2015 y 2016, dicho listado deberá contener

concepto, monto, institución o empresa contratante, periodo

de ejecución del proyecto.

Al respecto, envió la información solicitada en CD, identificada con el

número 4.

5. Montos de actuación para cada procedimiento de /

adquisiciones, arrendamientos y contrataciones y obras del

ejercicio 2015 y 2016 (Licitación pública, Invitación a cuando

menos tres personas y adjudicación directa), de la Facultad de 'y Estudio Superiores Aragón, ya sea por presupuesto asignado o

ingresos propios.

19

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COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

RESOLUCIÓN: CTUNAM/048/17

FOLIO: F6440000098016

VNJV[fi\'1,DAD AIAqONAL

A'./f>.NºM.A [)[ M[ll':ITC,O

-6

De la información proporcionada por el Departamento de

Adquisiciones de esta multidisciplinaria, me permito informar que las

circulares de los ejercicios 2015 y 2016 que informan sobre los montos

de actuación para los procedimientos de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios de la UNAM, se encuentran se encuentran

en la página de la Secretaría Administrativa de la UNAM en el rubro de

circulares, que para mayor referencia dirigirse a la página web

www.sa.unam.mx/salcircufar.isp

6. Copia de todos los pedidos, contratos y órdenes de compra

fincados a proveedores, contratistas y/o prestadores de

servicios de los años 2012, 2013, 2014, 205 y 2016, dichos

documentos deberán incluir todos los capítulos de gasto, ya

sea por ingresos autorizados o ingresos propios o

extraordinarios. (sic)

Al respecto, envió copia de la respuesta emitida por el área de

Adquisiciones de esta multidisciplinaria, quien tuvo personal contratado

bajo la modalidad que se solicita, de conformidad con fo siguiente:

- No se omite manifestar que en virtud de que dicha información ~

contiene datos personales la misma fue sometida para clasificación del Y H. Comité de Transparencia para que pueda calificarse su~

confidencialidad y generarse una versión pública, de conformidad con~

el oficio número FESARIDIRA/OJUR/0312017 de fecha 5 de enero de

2017, por lo que, se está en espera de la respuesta del H. Comité.

Sumado a lo anterior se hace del conocimiento que la información, por

ser extensa, sólo se encuentra en soporte documental, por lo que esta

multidisciplinaria no cuenta con alguna versión electrónica o digital, en

20 ~

Page 21: y ANTECEDENTES - UNAM

VftiDV[({'iDAD NAqIOlllAl AVlfNºMA [)[

.MI::lllC:,O

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RESOLUCIÓN: CTUNAM/048/17

FOLIO: F6440000098016

virtud de la complejidad de realizar dicho trabajo por alto volumen del

material, aunado a la falta de personal para ello.

7. Listado de sanciones aplicadas a proveedores, contratistas o

prestadores de servicios, durante los ejercicios 2012, 2013,

2014, 2015 y 2016 por la Facultad de Estudios Superiores

Aragón, en la que se especifiquen tos bienes, servicios u obra,

proveedor, numero de contrato, porcentaje de pena

convencional aplicada y monto de la pena convencional

aplicada.

De la información proporcionada por el Departamento de

Adquisiciones y fa Superintendencia de Obras y Mantenimiento de está

multidisciplinaria, se desprende que no se han aplicado sanciones o

penas convencionales a proveedores o prestadores de servicios

contratados en los ejercicios que se solicita.

8. Programa Anual de Obras de la Facultad de Estudios

Superiores Aragón de los ejercicios 2012. 2013, 2014, 2015 y

2016.

De la información proporcionada por la Superintendencia de Obras y

Mantenimiento de esta multidisciplinaria informo a Usted que al no :V contar con un Subcomité de Obras en la Facultad, no se genera un

Programa Anual de Obras.

9. Listado de obras y servicios relacionados con las mismas

(Construcción,

remodelación,

instalación,

restauración,

ampliación, adecuación,

reacondicionamiento

conservación, mantenimiento, rehabilitación, modificación y

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VlliilV[l{'i[)A[) NA(,ll07tiAl

AVl'N°.M.A DI

MJEXIlC:,O

COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

RESOLUCIÓN: CTUNAM/048/17

FOLIO: F6440000098016

demolición de bienes inmuebles y en general todos aquellos

trabajos que sean producto de cualquier servicio relacionado

con la obra, así como los conceptos establecidos en la política

1 de las Polfticas en Materia de Obra y Servicios Relacionados

con la Misma), de los años 2012, 2013, 2014, 205 y 2016

contratados por la Facultad de Estudios Superiores, dicho

listado deberá especificar descripción detallada de las obras y

servicios, partida presupuesta! u objeto del gasto, fundamento

legal, número de contrato, monto del contrato, proveedor

adjudicado, procedimiento de contratación y modalidad de

contratación. (sic)

Al respecto, envío adjunto en CD, la información proporcionada por la

Superintendencia de Obras de esta multidisciplinaria, identificada con

el número 9.

1 O. Listado de obras y servicios relacionados con las mismas

contratados por la Dirección General de Obras y Conservación

para la Facultad de Estudios Superiores Aragón de los afJos

2012, 2013, 2014, 205 y 2016, incluyendo descripción de los

bienes, inmuebles y servicios, partida presupuesta/ u objeto del

gasto, fundamento legal, número de contrato, monto del ~

contrato, proveedor adjudicado, procedimiento de contratación

y modalidad de contratación. (sic)

Al respecto, me permito informar que no es competencia de esta

multidisciplinaria, sugiriéndose que el área competente es la Dirección

General de Obras y Conservación de la UNAM.

Page 23: y ANTECEDENTES - UNAM

Vl'HV[l{'a[JAD NACjlO.NAJL

A v'l01t1°.MA D[

MDU(,0

COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

RESOLUCIÓN: CTU NAM/048/17

FOLIO: F6440000098016

11. Plantilla del personal de la Facultad de Estudios Superiores

de Aragón, tanto mandos superiores, mandos medios, personal

administrativo y personal operativo de los años 2012, 2013,

2014, 205 y2016. (sic)

Se adjunta información solicitada en CD, identificada con el número

11.

12. Plantilla del personal académico de la Facultad de Estudios

Superiores de Aragón, de los años 2012, 2013, 2014, 205 y

2016, dicho listado deberá ser desglosado por año e indicar si

el profesor tiene un nombramiento definitivo o interino.

Se adjunta información solicitada en CD, identificada con el número

12.

13. Lista de las plazas vacantes de la Facultad de Estudios

Superiores de Aragón, dicho listado deberé incluir plazas de

estructura, mandos superiores, mandos medios, personal

administrativo, personal operativo y personal académico.

Se adjunta información solicitada en CD, identificada con el número

13.

14. Demandas laborales con el estatus que guarda cada

asunto, que actualmente tiene en proceso la Facultad de

Estudios Superiores de Aragón, que incluya personal de-p

estructura, mandos superiores, mandos medios, personal \

administrativo, personal operativo y personal académico.

Al respecto, esta multidisciplinaria considera prudente tomar como

_/ fundamento y antecedente, el caso de la resolución C1R/302016, V emitida por 'el entonces Comité de Información de la Universidad

~ ~

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COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

RESOLUCIÓN: CTUNAM/048/17

FOLIO: F6440000098016

Nacional Autónoma de México, de fecha 15 de abril de 2016, en

concordancia con el Oficio!Cl/143116 del mismo Comité, dirigido al

entonces Director de esta Facultad de Estudios Superiores Aragón,

derivado de la solicitud de Acceso a la lnfonnación con número de folio

F12175, realizada a la Unidad de Enlace-UNAM, mediante la cual

considera Confinnar la clasmcación de Reserva de dicha información,

sin embargo en aras de garantizar el derecho de acceso a la

información se considera procedente otorgar el número de demandas

actualmente en trámite en esta Facultad, así como la categorfa del

promovente, por lo que se da en los términos siguientes:

Número de demandas

actualmente en trámite en la

FES Aragón Número de Categoría del promovente

demandas actualmente en

trámite en la FES Aragón

38 Académico

Administrativo de Base

Administrativo de

Confianza

Es importante mencionar que mediante oficio número y FESARIDIRAIOJUR/0005/2017 de fecha 5 de enero de 2017, se

solicitó al H. Comité de Transparencia la Desclasmcación de reserva

respecto de los siguientes asuntos:

1.

vs. Universidad Nacional Autónoma de México

Exp. 63/2010

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RESOLUCIÓN: CTUNAM/048/17

FOLIO: F6440000098016

VNl'l[ IR,",[)A!D NAqONAIL AV~/llºMIA D[

MEXK,0

2.

3.

VS.

Universidad Nacional Autónoma de México

514/2014

vs. Universidad Nacional Autónoma de México

Exp. 1005/2015

Mismos que con fecha 20 de enero de 2017 mediante la resolución

CTUNAM/007/2017, fueron Desclasificados como información

reservada por el H. Comité de Transparencia de la UNAM.

15. Listado de personal contratado por la Facultad de Estudios

Superiores de Aragón por servicios profesionales bajo la

contratación de servicios asimilados, durante los años 2012, 2013,

2014, 2015 y 2016, en dicho listado se deberá incluir nombre

completo, área o el proyecto en donde prestan o prestaron sus

servicios, monto del contrato e indicar si se pagó con presupuesto

autorizado o c.on recursos propios.

Al respecto, envío la información solicitada en CD, identificada con el

número 15.

16. Copia, de los Reportes de actMdades que presentó el personal

contratado por la Facultad de Estudios Superiores de Aragón por

servicio profesionales bajo la contratación de servicios asimilados,

durante los años 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016 incluyendo el área

o el proyecto en donde prestan o prestaron sus servicios.

25~

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COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

RESOLUCIÓN: CTUNAM/048/17

FOLIO: F6440000098016

Al respecto, envío adjunto copia de la respuesta emitida por las

distintas áreas de esta multidisciplinaria que tuvieron personal

contratado bajo la modalidad que se solicita, de conformidad con lo

siguiente:

- Por lo que respecta a la División de Universidad Abierta Continua y a

Distancia (DUACyD), y considerando que los archivos a que hace

referencia y que corresponden a la División de Universidad Abierta

Continua y a Distancia, constituyen más de 80,000 hojas, sumado a

que el Departamento de Almacén e Inventarios se encuentra en

inventario físico semestral y no le es posible suministrar a dicha

División de papelerfa, además de que no se cuenta con el material

suficiente (hojas y tóner) para poder atender la petición en la forma

propuesta, por lo que se pone a disposición del solicitante para

consulta directa, los documentos que conforman su petición en las

instalaciones de la División de Universidad Abierta Continua y a

Distancia, en un horario laboral de lunes a viernes de 10:00 horas a

14:00 horas y de 17:00 a 20:00 horas, de conformidad con el artículo

128 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información

Pública.

- La respuesta dada por la Unidad de Extensión Universitaria, se

encuentra adjunta en el CD, identificada con el número 16.

- 1 carpeta con la respuesta emitida por el Centro Tecnológico Aragón

(CTA), haciendo la aclaración de que se adjunta en soporte

documental (copia), en viltud de ser la modalidad en que obra en esta

dependencia.

17. Lista del personal contratado por la Facultad de Estudios

Superiores de Aragón por servicios profesionales, a las cuales se

les paga mediante recibo de honorarios durante los años 2012,

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RESOLUCIÓN: CTUNAM/048/17

FOLIO: F6440000098016

VJllJV[lf{'u[)AJD NAqONAlL ÁVFl'JºMA ID[

MDm::p

2013, 2014, 2015 y 2016, en dicho listado se deberá incluir nombre

completo, área o el proyecto en donde prestan o prestaron sus

servicios, monto del contrato e indicar si se pagó con presupuesto

autorizado o con recursos propios.

Al respecto, envío la información solicitada en CD, identificada con el

número 17.

18. Lista de auditorías realizadas a la Facultad de Estudios

Superiores de Aragón por cualquier órgano de control, ya sea

interno o extemo, así como la resolución de las mismas de los

periodos 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016.

De la información proporcionada por el Departamento de Presupuesto

de esta multidisciplinaria, se desprende, que se ha realizado lo

siguiente:

ANO RESOLUCION DE LA AUDITORIA

2012 15 OBSERVACIONES ATENDfDAS Y

AUDITORÍA DE SEGUIMIENTO 5 PARCIALMENTE A TENDfDAS

2013 3 OBSERVACIONES A TENDIDAS Y 2

AUDITORÍA DE SEGUIMIENTO PARCIALMENTE A TENDIDAS

2014 2 OBSERVACIONES A TENDIDAS

AUDITORÍA DE SEGUIMIENTO

19. Listado de observaciones realizadas por algún órgano revisor

tanto interno como externo, de los años 2012, 2013, 2014, 2015 y

2016, status de cada una de las observaciones, alcance y

resolución.

27 ~ -

~

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VmVEJ(-'í:JDAJD NAc¡rO}iAl A.VFNºMA D[

MEXRC.,0

COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

RESOLUCIÓN: CTUNAM/048/17

FOLIO: F6440000098016

Al respecto, envío la información solicitada en CD, identificada con el

número 19.

XII. Mediante oficio FESAR/DIRA/OJUR/0096/2017 de fecha 31 enero de 2017,

dirigido a la Presidenta del Comité de Transparencia el Director General de la

Facultad de Estudios Superiores Aragón, solicitó lo siguiente:

"Me refiero a la solicitud de Acceso a la Información identificada con

número de foUo F6440000098016, exclusivamente a la viñeta

identificada con la siguiente infonnación:

"INFORMACIÓN SOLICITADA:

• Copia de todos los pedidos, contratos y órdenes de compra

fincados a proveedores, contratistas y/o prestadores de

servicios de los años 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016, dichos

documentos deberán incluir todos los capítulos de gasto, ya

sea por ingresos

extraordinarios." (sic)

autorizados o ingresos propios o

Considerando que los archivos a que se hace referencia y que

corresponden al Departamento de Adquisiciones de esta Facultad, Y consUtuyen aproximadamente 1 O, 800 hojas, por contener datos

personales de los contratistas (personas físicas y/o morales), como

son Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y domicilio, se someten

a consideración de ese H. Comité para que pueda calificarse su

confidencialidad y generarse una versión pública de la misma, de

confonnidad con el artículo 32, 33, 34, fracción III del RTAIPUNAM;

110 y 113 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la

Información Pública; 113 y 116 de la Ley General de Transparencia y

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V,~IV[IP(,[)AJD NACj!Ol~Al

Avl3N°MA D[

MD:IC:,O

COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

RESOLUCIÓN: CTUNAM/048/17

FOLIO: F6440000098016

Acceso a fa Información Pública, anexando como referencia y ejemplo

un Contrato.

Sumado a lo anterior, se hace del conocimiento que la información, por

ser de amplio volumen, sólo se encuentra en soporte documental, por

lo que esta multidisciplinaria no cuenta con alguna versión electrónica

o digital, en virtud de la complejidad de realizar dicho trabajo por el alto

número de documentación, por lo anterior, solicito se autorice la

versión pública de dicha información, para que en su caso pueda ser

entregada en copia simple al solicitante previo pago de derechos que

se generen por/a reproducción de la misma.

Lo anterior, para estar en posibilidad de dar alcance al oficio

FESARIDIRAIOJUR/06712017, mediante el cual se da respuesta a la

solicitud de acceso a la información con número de arriba referido,

anexando al presente copia de este oficio para pronta referencia". (sic)

Establecidos los antecedentes del presente asunto, este Comité de Transparencia,

procede al análisis de los argumentos referidos con antelación, al tenor de las

siguientes:

CONSIDERACIONES

PRIMERA. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1 º , 1 O y 15 fracción X

del Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la

Universidad Nacional Autónoma de México, el Comité de Transparencia de la

Universidad Nacional Autónoma de México es competente para analizar la

clasificación parcial de la información confidencial y elaboración de versión pública ~

__j sometida por la Facultad de Estudios Superiores de Aragón, en relación al Registro . u Federal de Contribuyente y domicilio, y resolver si confirma, modifica o revoca.

j , \\ 29 4

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COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

RESOLUCIÓN: CTUNAM/048/17

FOLIO: F6440000098016

V/ll[V[JR;'1[)A[) NAcp:Ol'lAIL A v'UóNºMA ID[

i

MIDUC:,O

SEGUNDA. La Facultad de Estudios Superiores Aragón en la documentación

materia de clasificación descrita en el antecedente X, clasifica como confidenciales

el Registro Federal de Contribuyentes y domicilio, en términos de los artículos 113 y

116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 11 o y

113 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 32, 33 y

34, fracción 111 del Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública

de la UNAM.

Cabe señalar que la entidad académica solicitante expuso la imposibilidad para

efectuar la remisión a este Comité de la totalidad de la documentación materia de

clasificación dado su gran volumen, calculado en alrededor de 10, 800 fojas, que

corresponden conforme a la viñeta de la solicitud a pedidos, contratos y órdenes de

compra de los años 2012 a 2016; acompañando solamente un contrato de

compraventa de fecha 31 de octubre de 2016, constante de 8 fojas, así como 8

solicitudes internas de compra, todas del año 2016, ello como muestra de lo que

compone el total de la documentación sobre la que se solicita clasificación.

Este Comité de Transparencia considera procedente efectuar una clasificación con

base en las muestras enviadas y los datos confidenciales que en párrafos

posteriores se describirán, por lo que la clasificación que en esta resolución se /

determine impactará a la totalidad de la documentación, según se expresará en

párrafos posteriores de esta consideración.

Ahora bien, por cuanto hace al estudio de la clasificación efectuada por el área

universitaria, este Comité de Transparencia considera que el Registro Federal de

Contribuyentes de las personas físicas, es un dato personal ya que para su

obtención es necesario acreditar previamente la identificación de la persona, su

fecha y lugar de nacimiento, entre otros datos, por medio de documentos oficiales

como el pasaporte y el acta de nacimiento.

30

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COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

RESOLUCIÓN: CTU NAM/048/17

FOLIO: F6440000098016

Ahora bien, el artículo 79 del Código Fiscal de la Federación, establece que utilizar

una clave de registro no asignada por autoridad, se constituye como una infracción

en materia fiscal, toda vez que dicha clave tiene como propósito hacer identificable

a la persona respecto de una situación fiscal determinada. Al respecto sirve de

fundamento el Criterio 9/09 del Instituto Federal de Transparencia , Acceso a la

Información y Protección de Datos Personales que señala, lo siguiente respecto al

Registro Federal de Contribuyentes:

"Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de las personas físicas

es un dato personal confidencial. De conformidad con fo establecido

en el artículo 18, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y

Acceso a la Información Pública Gubernamental se considera

información confidencial los datos personales que requieren el

consentimiento de los individuos para su difusión, distribución o

comercialización en los términos de esta Ley. Por su parte, según

dispone el artículo 3, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y

Acceso a la Información Pública Gubernamental, dato personal es

toda aquella información concerniente a una persona física

identificada o identificable. Para obtener el RFC es necesario

acreditar previamente mediante documentos oficiales (pasaporte,

acta de nacimiento, etc.) fa identidad de la persona, su fecha y fugar

de nacimiento, entre otros. De acuerdo con la legislación tributaria,

las personas físicas tramitan su inscripción en el Registro Federal de ~

Contribuyentes con el único propósito de realizar mediante esa clave

de identificación, operaciones o actividades de naturaleza tributaria.

En este sentido, el artículo 79 del Código Fiscal de la Federación

prevé que la utilización de una clave de registro no asignada por la

autoridad constituye como una infracción en materia fiscal. De

acuerdo con lo antes apuntado, el RFC vinculado al nombre de su

titular, permite identificar la edad de la persona, así como su

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RESOLUCIÓN: CTUNAM/048/17

FOLIO: F6440000098016

homocfave, siendo esta última única e irrepetible, por lo que es

posible concluir que el RFC constituye un dato personal y, por tanto,

información confidencial, de conformidad con los previsto en el

artículo 18, fracción ll de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a

la Información Pública Gubernamental.

Expedientes:

4538/07 Instituto Politécnico Nacional -Alonso Gómez-Robledo V.

5664108 Secretaría de Comunicaciones y Transportes - María

Marván Laborde

5910108 Secretaría .de Gobernación -Jacqueline Peschard Mariscal

1391/09 Comisión Federal de Electricidad - Alonso Gómez-Robledo

v. 1479109 Secretaría de la Función Pública - María Marván Laborde

Criterio 9109"

Por lo que hace al domicilio particular, se estima que dichos datos hacen

localizables a sus titulares, lo anterior es así, toda vez que, el primero de ellos se

conforma por la calle, número, código postal, Municipio y Entidad Federativa en que

la persona vive, razón por la que atendiendo a que con ese número pueden localizar

a las personas, este órgano colegiado los estima como datos personales

susceptibles de protegerse, de conformidad con el artículo 113, fracción 1, y último

párrafo de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Atendiendo a que le resultó materialmente imposible a la Facultad de Estudios

Superiores Aragón remitir la documentación completa que contiene datos

confidenciales al Comité de Transparencia, se destaca que el Registro Federal de

__/ Contribuyentes y el domicilio de las personas morales constituye información

f) ~ pública, por lo que en caso de qu; e la documentación se desprendiese algún da~

2

-<

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-RESOLUCIÓN: CTUNAM/048/17

FOLIO: F6440000098016

VNllVIR.''i[)Af) NAqIONAl AVF NºMA DE

MDUC:,O

relativo a personas morales, no es procedente su clasificación y por lo tanto dicha

información no deberá testarse.

Asimismo, del análisis del contrato que envió la Facultad de Estudios Superiores

Aragón se desprende la firma autógrafa de quien en el instrumento se identifica

como "El Vendedor" dato que se estima información confidencial en tanto

corresponda a personas físicas que identifica o hace identificable a su titular, razón

por la que debe protegerse por este sujeto obligado.

Aplica a contrario sensu el criterio 10/10 emitido por el Instituto Federal de Acceso a

la Información Pública:

"La firma de los servidores públicos es información de carácter público

cuando ésta es utilizada en el ejercicio de las facultades conferidas para

el desempeño del servicio público. Si bien la firma es un dato personal

confidencial, en tanto que identifica o hace identificable a su titular,

cuando un servidor público emite un acto como autoridad, en ejercicio

de las funciones que tiene conferidas, la firma mediante la cual valida

dicho acto es pública. Lo anterior, en virtud de que se realizó en

cumplimiento de las obligaciones que le corresponden en términos de

las disposiciones jurídicas aplicables. Por tanto, la firma de los

servidores públicos, vinculada al ejercicio de la función pública, es

información de naturaleza pública, dado que documenta y rinde cuentas

sobre el debido ejercicio de sus atribuciones con motivo del empleo,

cargo o comisión que le han sido encomendados.

Expedientes:

636/08 Comisión Nacional Bancaria y de Valores - Alonso Gómez­

Robledo Verduzco 2700/09 Consejo Nacional para Prevenir la

Discriminación - Jacqueline Peschard Mariscal

33 K

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VNilY[JR.'í,DAD NAqIOAAl Avl'NºMA D[

MlEXK,0

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RESOLUCIÓN: CTU NAM/048/17

FOLIO: F6440000098016

3415/09 Instituto Mexicano de Tecnología del Agua - María Marván

Laborde

3701/09 Administración Portuaria Integral de Tuxpan, S.A. de C. V. -

Jacqueline Peschard Mariscal

59911 O Secretaría de Economía - Jacqueline Peschard Mariscal

Criterio 1011 O"

Por otro lado, tal y como se ha señalado en el cuerpo de la presente resolución , la

Facultad de Estudios Superiores Aragón envió un contrato de compraventa de fecha

31 de octubre de 2016, constante de 8 fojas, así como 8 solicitudes internas de

compra, todas del año 2016 al Comité de Transparencia, como muestra para

identificar los datos personales que puede contener fa documentación, indicando

que debido al gran volumen de información, no le fue posible remitir la totalidad de

los documentos, al respecto, este órgano colegiado estima pertinente recomendar

que a efecto de salvaguardar los datos personales considerados como

confidenciales, el área universitaria deberá proteger los que se pudieran contener en

el resto de la información.

En ese sentido, en caso de que el área identifique otros datos diferentes a los que se

hace referencia en esta resolución, el área deberá someter a éste órgano colegiado y su clasificación, de conformidad con los que establecen los artículos 97 de la Ley

Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y 33 del Reglamento

de Transparencia y Acceso a la Información Pública de esta Universidad.

Para tal efecto, se mencionan de manera enunciativa más no limitativa los datos que

deberán protegerse, como son, entre otros: el nombre, Clave Única de Registro de

i Población, fecha de nacimiento, estado civil , sexo, número de teléfono particular,

correo electrónico personal, nacionalidad, patrimonio, datos de familiares (nombre,

j arentesco), número de cuenta b; caria de particulares, personas flsicas y morale:~ K

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I

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RESOLUCIÓN: CTUNAM/048/17

FOLIO: F6440000098016

número de cuenta bancaria de los sujetos obligados. CLASE interbancaria, la firma

de los servidores públicos cuando no ejerzan actos de autoridad, firma de personas

que no laboran en la institución, secreto industrial y derecho de propiedad

intelectual.

Concluido el análisis de la clasificación, este Comité de Transparencia considera

que en caso de existir una imposibilidad material y humana, para preparar una

versión pública en la modalidad solicitada, que en el caso concreto es entrega por

internet vía en la Plataforma Nacional de Transparencia, ello dada la alta cantidad

de documentos que integran la información; el área universitaria podrá previa

motivación y fundamentación ofrecer en modalidad diversa el acceso al solicitante,

recomendándose el acceso directo, previo resguardo de la información confidencial

expuesta en este considerando, debiéndose observar en su caso, las medidas de

seguridad establecidas para proteger documentos y datos personales en los

numerales Septuagésimo, Septuagésimo primero, Septuagésimo segundo y

Septuagésimo tercero del Capítulo X, de los Lineamientos Generales en materia de

Clasificación y Desclasificación de la Información, así como para la Elaboración de

Versiones Públicas, como son: y--1.

2.

3.

4.

5.

6.

1Í'

La consulta y disposición se realizará en el domicilio que el área universitari~

disponga para tal efecto.

El solicitante deberá presentarse con el acuse de la solicitud de información.

Acuda sin cámaras, celulares o cualquier medio electrónico que permita ·

reproducción parcial o total de cualquier documento.

Sin acompañantes.

En los horarios que disponga el área universitaria para la consulta.

Que personal del área universitaria realice el acompañamiento durante la revisión

y consulta de los documentos a efecto de realizar acciones que permitan la

protección de información confidencial o reservada.

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VNIV[ll(i,DAD NA(,OOJ'\IAL AVlfl'JºMA !D[

MD~EC:P

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RESOLUCIÓN: CTUNAM/048/17

FOLIO: F6440000098016

TERCERA. En consecuencia, los datos personales como son: el Registro Federal

de Contribuyentes, domicilio y la firma en tanto se refieran a personas físicas, son

datos que constituyen información confidencial, por lo que al no contar con el

consentimiento expreso de los titulares de esa información, la Universidad Nacional

Autónoma de México se encuentra jurídicamente impedida para proporcionar la

información requerida, estimándose procedente modificar la versión pública

propuesta por la Facultad de Estudios Superiores Aragón, conforme a lo expuesto

en la consideración segunda, esto es debiéndose resguardar también la firma de las

personas físicas contratantes.

CUARTO. En otro orden de ideas, este Comité de Transparencia considera

necesario precisar que en relación al oficio FESAR/DIRA/OJUR/0067/2017 de fecha

23 enero de 2017 transcrito en el apartado de antecedentes IX, en el que refiere que

la clasificación de información, se sometió a este órgano colegiado, inclusive,

mediante el oficio FESARIDIRAJOJUR/003/2017 de fecha 5 de enero de 2017. Al

respecto, de los acervos del Comité de Transparencia se advierte que a través del~

oficio señalado la Facultad de Estudios Superiores Aragón sometió la clasificación ~

de información requerida con número de folio F6440000099116 y no de la solicitud

de acceso a la información 64400000098016. ~

Por lo expuesto, y con fundamento en lo dispuesto por los articulas 6º, apartado A

de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1º, 6º, 7°, 8º, 23, 44,

fracción 11, 116, 137 inciso b) de la Ley General de Transparencia y Acceso a la

Información Pública, 65, fracción II y 113, fracción 1, de la Ley Federal de

Transparencia y Acceso a la Información Pública y 1 º y 15, fracción X, 40, primer y

tercer párrafo del Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública

de la Universidad Nacional Autónoma de México, este Comité de Transparencia:

36 ~

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VNDV[~1 DAD NAqONAL A Vlf>NºM.A DI

MDUC:,O

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RESOLUCIÓN: CTUNAMI048/17

FOLIO: F6440000098016

RESUELVE

PRIMERO. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1° y 15 fracción X del

Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Universidad

Nacional Autónoma de México, así como 137, inciso b) de la Ley General de

Transparencia y Acceso a la Información Pública y 140, fracción 11, de la Ley Federal

de Transparencia y Acceso a la Información Pública, este Comité de Transparencia

MODIFICA la clasificación parcial de CONFIDENCIAL en la versión pública

propuesta por la Facultad de Estudios Superiores Aragón, debiéndose testar

además, la firma del vendedor que obra en el Contrato, en términos de lo resuelto en

la consideración segunda de la presente resolución.

Por lo anterior, se instruye a la Facultad de Estudios Superiores Aragón para que, en

el término de tres días contados a partir del día siguiente a la notificación de esta

resolución, realice lo siguiente:

1. En caso de que el área universitaria estime procedente la modalidad requerida

por el particular, informe a la Unidad de Transparencia el total de fojas que

integran la versión pública y ésta a su vez lo informe al solicitante.

Asimismo, una vez realizado el pago de derechos por parte del peticionario, la r Facultad de Estudios Superiores Aragón deberá elaborar la versión pública

debidamente fundada y motivada y entregarla a la Unidad de Transparencia para ~

su envío conforme la modalidad procedente, de conformidad con los artículos 127

y 129 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; así

como los artículos 128 y 130 de la Ley Federal Transparencia y Acceso a la

Información Pública.

2. O bien, en caso de existir una imposibilidad material y humana para preparar una

~ versión pública en la modalid; solicitada, el área universitaria deberá, prev~:K

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RESOLUCIÓN: CTUNAM/048/17

FOLIO: F6440000098016

V/iiHV!E~[)AID NAqONAiL A Vll3N°MA DI

¡

MDm:,o

motivación y fundamentación , ofrecer en modalidad diversa el acceso al

solicitante, recomendándose el acceso directo, previo resguardo de la

información confidencial expuesta en este considerando, debiéndose observar en

su caso, las medidas de seguridad establecidas para proteger documentos y

datos personales en los numerales Septuagésimo, Septuagésimo primero,

Septuagésimo segundo y Septuagésimo tercero del Capitulo X, de los

Lineamientos Generales en materia de Clasificación y Desclasificación de la

Información, así como para la Elaboración de Versiones Públicas, de conformidad

con lo expuesto en la consideración segunda de la presente resolución.

SEGUNDO. El solicitante podrá interponer el recurso de revisión previsto en los

artículos 142 y 143 de la LGTAIP, 61 del Reglamento de Transparencia y Acceso a

la Información Pública de la UNAM, ante el Instituto Nacional de Transparencia,

Acceso a la Información y Protección de Datos Personales o ante la Unidad de

Transparencia de la UNAM, dentro de los quince días siguientes a la fecha de la

notificación de la respuesta o del vencimiento del plazo para su notificación.

TERCERO. Con fundamento en los artículos 45, fracción V y 137, último párrafo de

la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y 53, fracción

VI, inciso c, del Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública de

la UNAM, notifíquese la presente resolución a la Unidad de Transparencia de esta

Universidad para que por su conducto sea notificado el solicitante y por correo

institucional del Comité de Transparencia a la Facultad de Estudios Superior~

Aragón.

Así lo resolvió por unanimidad de votos de sus miembros el Comité de

Transparencia de la Universidad Nacional Autónoma de México, en términos de los

artículos 1 º , 11, 15, 20 y 53, fracción VI del Reglamento de Transparencia y Acceso

a la Información Pública de la Universidad Nacional Autónoma de México.

38 ~

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V/l!DV[~DAD NAqIO/llAL AVlf.NºMA ID[

MEXDC,O

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"POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU" Ciudad Universitaria, Cd. Mx., 17 de febrero de 2017

Dra.~{J:S:ez Contró Abogada General y Presidenta del Comité de Transparencia

t;:>

Lic. Enrique Pineda Cal y Mayor Director General para la Prevención y

Mejora de la Gestión Institucional Suplente del Contralor

~ Lic. 1 d n Bellmunt Director Ge i ios Generales y

Movilidad

~ e Limón Ortega nso junto de los Derechos

Universitarios Suplente del Defensor

Mtro. Francisc Javier Fonseca Corona Titular de la Unidad de Transparencia

Dra. lssa Luna Plá Especialista

Esta hoja de firmas corresponde a la resolución del Comité de Transparencia

en el expediente CTUNAM/48/17.

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