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1 | Página XV CONGRESO NACIONAL DE ESTUDIANTES DE CIENCIAS CONTABLES Y FINANCIERAS HUARAZ- PARQUE NACIONAL HUASCARÁN 2013. PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DEL PERU LIMA ÁREA: BANCA Y FINANZAS TÍTULO DEL TRABAJO: ANALISIS DE LA COMISIÓN DE FLUJO Y SALDO: UNA APLICACIÓN DEL COSTO ANUAL EQUIVALENTE (CAE). AUTORES: Mautino Trujillo, Yesica Patricia 954046566 [email protected] Roque Calderón, Angel Enrique (Expositor) 990778943 [email protected] Villavicencio Llanos, Luz Cecilia 952532941 [email protected] LIMA LIMA PERÚ 2013

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XV CONGRESO NACIONAL DE

ESTUDIANTES DE CIENCIAS CONTABLES Y

FINANCIERAS HUARAZ- PARQUE

NACIONAL HUASCARÁN 2013.

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DEL PERU –LIMA

ÁREA: BANCA Y FINANZAS

TÍTULO DEL TRABAJO: ANALISIS DE LA COMISIÓN DE FLUJO Y

SALDO: UNA APLICACIÓN DEL COSTO ANUAL

EQUIVALENTE (CAE).

AUTORES:

Mautino Trujillo, Yesica Patricia 954046566 [email protected]

Roque Calderón, Angel Enrique (Expositor) 990778943 [email protected]

Villavicencio Llanos, Luz Cecilia 952532941 [email protected]

LIMA – LIMA PERÚ

2013

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Índice

Resumen……………………………………………………………………………..………..3

Presentación del trabajo..……………………………………………………………….……..4

Formulación del problema...……………………………………………………………….….5

Objetivos……………………………………………………………………………….……...5

Capítulo I: Marco Teórico y conceptual

1. Glosario de términos…………………………………………………………………..6

2. Antecedentes históricos………………………………………………………………..8

3. Marco Legal………………………………………………………………..……….…9

3.1 Sistema Privado de Pensiones…………………………………………………….9

3.2 Fondos…………………..…………………………………………….…………10

3.3 Aportes…………………………………………………………..………………10

3.4 Comisiones………………………………………………………………………10

4. Hipótesis……………………………………………………………………………..11

4.1 General….…………………………………………………………………….….12

4.2 Específicas……………………………………………………………………….12

5. Metodología de investigación………………………………………………….…….12

Capítulo II: Desarrollo del Tema…………………………………………………………….15

Conclusiones y Recomendaciones…………………………………………………………...23

Anexos…………………………………………………………………………………….....25

Bibliografía…………………………………………………………………………………..29

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RESUMEN DEL TRABAJO

El presente trabajo de investigación, consiste un análisis financiero sobre las comisiones de los

aportes que cobran las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) a los afiliados en

nuestro país. El objetivo principal de este trabajo es establecer que existe una paridad entre la

comisión por flujo y saldo, y para demostrarla se utiliza la herramienta financiera del Costo

Anual Equivalente (CAE).

El objetivo de mostrar la equivalencia en ambas comisiones es demostrar que la primera se

deriva de la segunda y que en términos financieros ambas comisiones son indistintas al rango

de edad en la cual un afiliado comience a aportar, a la remuneración que perciba u otros

factores que suelen asociarse para optar por una u otra comisión. Es así que el presente trabajo

plantea sobre la base de la herramienta del CAE y más explícitamente sobre la anualidad

demostrar la equivalencia de ambas comisiones estableciendo dos tramos, los cuales son

explicados en la metodología del trabajo.

Previo a lo expuesto en el párrafo anterior, se presenta un glosario de términos para explicar

mejor la terminología empleada a lo largo de este trabajo. Posteriormente se describe, de

manera breve, cómo se llevó a cabo la creación del Sistema Privado de Pensiones (SPP) tanto

a nivel internacional como en nuestro país. Así mismo, como Marco Legal se utiliza a la Ley

del Sistema Privado de Pensiones, con la finalidad de explicar en qué consisten las comisiones

que cobran las AFP sobre los aporte de los afiliados.

Finalmente, como conclusión principal, se sostiene que mediante la utilización de la

herramienta del CAE, se logra demostrar que existe la paridad financiera entre las comisiones

de flujo y saldo cobradas por las AFP. Además en base a los resultados obtenidos, afirmamos

que la mejor opción para el afiliado es comisión la por saldo administrado, ya que se le paga al

administrador del fondo de manera mensual y conforme esta entidad vaya brindando su

servicio.

Es por esta razón que este trabajo de investigación resalta la importancia de la presentación de

información de calidad para el afiliado en la elección de un sistema de cobro por comisiones y

apunta hacia la imparcialidad de quienes finalmente realizan la publicación de la información

sin atentar los conflictos de intereses existentes.

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PRESENTACIÓN

En la actualidad, la mayoría personas que trabajan, y reciben una remuneración por su trabajo,

optan por afiliarse a un sistema de pensiones, con la finalidad de conservar un fondo para

poder financiarse en un futuro cuando decidan jubilarse. En nuestro país se puede elegir entre

dos sistemas; el Sistema Nacional de Pensiones, en el cual los fondos son administrados por el

Estado o el Sistema Privado de Pensiones, donde los fondos los administran las AFP.

Es en el sistema privado en el cual los afiliados mantienen la propiedad de sus aportes más la

rentabilidad que estos generen hasta el momento de su jubilación ya que este sistema se

encuentra basado en la administración de cuentas individuales de capitalización (CIC). Como

se mencionó en el párrafo anterior la administración recae en las AFP, entidad que registrará al

afiliado y cobrará los aportes, y las comisiones que estos aportes poseen de manera anticipada.

Esta comisión de pagos por adelantado que es conocido como la comisión por flujo, y es

utilizado por las administradoras no sólo en nuestro país sino a nivel internacional. Sin

embargo no es la única manera de realizar el cobro a los aporte de los afiliados, también existe

la comisión por saldo administrado, la cual consiste en que el afiliado aportará de manera

mensual conforme la AFP le brinde su servicio.

Lo que se busca en este trabajo no es demostrar cual comisión es mejor, por el contrario lo que

se busca en realidad es demostrar que existe una paridad financiera entre las comisiones que

puede ofrecer una AFP. Al final tras realizar esta demostración, es el afiliado quien elegirá la

comisión que le parece más atractiva. A simple vista la comisión por saldo resulta ser más

atractiva, ya que el servicio es pagado conforme el mismo se vaya devengando y además

ofrece una tasa menor con respecto a la comisión de flujo. Pero, por otro lado, sería

beneficioso para el mismo afiliado mantenerse en la comisión de flujo, siempre y cuando se

ofrezca un descuento lo suficientemente conveniente como para quedarse en dicho sistema de

cobro.

Así mismo consideramos que es necesario que las AFP, independientemente de la comisión

que cobren informen de manera objetiva sobre la manera en que el afiliado deba aportar a su

fondo.

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FORMULACIÓN DEL PROBLEMA

Problema general

¿Existe alguna manera financiera por la cual, un afiliado al Sistema Privado de pensiones,

puede comparar las comisiones por flujo y por saldo?

Problemas específicos

a) ¿Es posible investigar la construcción de las comisiones por saldo?

b) ¿Cuál es la relación que existe entre la comisión por flujo y por saldo?

c) ¿La comisión por flujo se encuentra debidamente expresada?

d) ¿La remuneración y el rango de edad, son factores que afectan a la comisión por flujo?

e) ¿Se puede informar de una mejor manera a los afiliados, sobre el cobro de las comisiones

en el Sistema Privado de Pensiones?

OBJETIVOS GENERALES Y ESPECÍFICOS

Objetivo general

Demostrar la paridad de la comisión por flujo y la comisión por saldo fundado en la

herramienta financiera del Costo Anual Equivalente (CAE).

Objetivos específicos

a) Investigar cómo se construye la comisión por saldo.

b) Demostrar que la comisión por flujo se deriva de la comisión por saldo.

c) Esclarecer al afiliado a una AFP la correcta expresión de la comisión por flujo de la

publicada por las AFP.

d) Demostrar que la comisión por flujo es independiente a la remuneración, al rango de

edad en el que el afiliado empiece a aportar.

e) Proponer recomendaciones para que el sistema de cobro por comisiones sea en

beneficio del afiliado.

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CAPITULO I: MARCO TEORICO Y CONCEPTUAL

1.1 GLOSARIO DE TÉRMINOS

Anualidad: Una anualidad es una corriente uniforme de pagos regulares que dura un número

fijo de periodos. […]Con frecuencia, las pensiones que reciben las personas cuando se retiran

son bajo la forma de una anualidad1. Para que un conjunto de pagos se considere una

anualidad se debe cumplir con las siguientes condiciones:2todos los pagos deben ser iguales,

periódicos, llevados al principio o al final de la serie, a la misma tasa, a un valor equivalente,

es decir, la anualidad debe tener un valor presente equivalente y un valor futuro equivalente, e

igual al número de periodos.

Anualidad ordinaria o vencida3: En esta anualidad los pagos o ingresos tienen lugar al final

del periodo.

Administradora de Fondos de Pensiones (AFP): Empresa privada constituida con el objeto

exclusivo de administrar los Fondos de Pensiones de los trabajadores que se encuentran

afiliados a esta y de otorgar las prestaciones de jubilación, invalidez, sobrevivencia y gastos de

sepelio en el SPP.4

Comisión: Retribución que tiene derecho a percibir una AFP por la administración del fondo

de pensiones y el servicio que ofrece a sus afiliados. Cada AFP determina libremente la

comisión que cobra y se aplica como un porcentaje de la Remuneración Asegurable.5

Comisión variable sobre la remuneración: Determinada como un porcentaje de la

remuneración del afiliado, aplicable sobre la Remuneración Asegurable del trabajador y

cobradas directamente a este.6

1 Fragmento del libro de Ross, Westerfiel y Jaffe, Finanzas Corporativas pg. 102

2 Fragmento del libro de Jhony Meza Matemáticas Aplicadas pg. 234

3 Extraido de Berk Jonathan del libro Fundamentos de finanzas corporativas

4 De acuerdo al glosario básico de términos de la SBS.

5 De acuerdo al glosario básico de términos de la SBS.

6 Extraído del Informe elaborado por Lorena Masías “Competencia y reducción de comisiones en el SPP: el caso

peruano”p.9

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Comisión variable sobre el saldo administrado: Establecida como porcentaje del mismo,

deducible directamente de la CIC7 del afiliado y aplicable sobre el saldo a fin de mes, siendo

la frecuencia de la deducción la que a su criterio estableciera la AFP.8

Costo Anual Equivalente (CAE): Es el costo equivalente por año de poseer un activo durante

toda su vida. El método es una sencilla aplicación en dos pasos de operaciones del valor del

dinero en el tiempo. El CAE se calcula como un pago de anualidad ordinaria que tiene el

mismo valor presente de los costos del activo.

Cuenta Individual de Capitalización (CIC): Cuenta donde se registran los aportes

realizados por el afiliado. Pueden existir dos clases de cuentas: Las de aportes obligatorios,

donde se consignan todos los pagos retenidos y pagados, y la de aportes voluntarios, donde se

registran tanto los aportes voluntarios con fin como sin fin previsional.9

Fondo de Pensiones: Fondo constituido con las contribuciones obligatorias y voluntarias de

los afiliados y con los rendimientos de las inversiones, una vez deducidas las comisiones y el

pago de prestaciones. Este fondo se constituye en un patrimonio independiente del de la

Administradora. 10

Fondo de Pensiones Tipo 2 o Fondo Mixto11

: Tipo de Fondo con el cual se busca un

crecimiento moderado con volatilidad media. Es obligación de cada AFP brindar un Fondo de

este tipo a sus afiliados.

Remuneración Promedio: La remuneración promedio se obtiene de dividir la suma de las

remuneraciones actualizadas que un afiliado hubiera registrado en el periodo de evaluación,

entre el número de meses a los que corresponden las referidas remuneraciones12

.

Sistema de capitalización individual: Sistema contributivo de pensiones basado en cuentas

individuales de ahorro. Los fondos aportados por un trabajador se invierten en instrumentos

7 Se definirá en el Glosario de Términos

8 Extraído del Informe elaborado por Lorena Masías “Competencia y reducción de comisiones en el SPP: el caso

peruano”p.9 9 De acuerdo al glosario básico de términos de la SBS.

10 Los términos utilizados son extraídos de la FIAP (Federación Internacional de Administradoras de Fondo de Pensiones)

11 De acuerdo a lo mencionado en la Ley N° 25897 art. 18-A.

12 De acuerdo al glosario básico de términos de la SBS

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financieros. La pensión otorgada depende actuarialmente del saldo en la cuenta individual y de

la esperanza de vida a la fecha de la jubilación.13

Valor Futuro: Valor en un determinado momento futuro de una cantidad presente de dinero,

es decir de una serie de pagos, calculado a determinada tasa de interés. 14

1.2 ANTECEDENTES HISTORICOS

A inicios del siglo XX, debido a la preocupación por parte de los estados modernos en

aspectos referentes a la seguridad social, como el caso de las pensiones, se establecieron

esquemas de aportes con fines pensionarios, para que así, las personas sientan la necesidad de

realizar esfuerzos en su vida activa y poder obtener un financiamiento cuando llegue el

momento de su retiro. (BERNAL, 2008: 17).

Los primeros sistemas de pensiones que se desarrollaron fueron los de reparto, los cuales

consistían en que el trabajador activo financiaba las pensiones de aquellas personas que

pasaban al retiro. Según Eduardo Fuentes, los sistemas de pensiones se encontraban

organizados y administrados por instituciones públicas de seguridad social, donde el Estado se

encargaba de brindar un conjunto amplio de seguros y prestaciones. (2010:13).

Pasados los años, el aumento de la expectativa de vida de la población y el descenso en el

número de aportantes jóvenes, como consecuencia del aumento de la informalidad y el

desempleo y de la disminución de la natalidad, afectaron el financiamiento de este tipo de

regímenes de pensiones. Ante esta situación, era necesario efectuar reformas para evitar el

conflicto entre las generaciones y sus implicancias fiscales. (BERNAL, 2008: 18).

El primer país de América Latina en el que se realizó una reforma de sistema de pensiones fue

Chile, en mayo de 198115

. El sistema adoptado poseía entre sus principales características que

los beneficios guardaban una relación directa con el esfuerzo contributivo (contribuciones

definidas16

); el régimen de administración financiera es la capitalización en cuentas

13 De acuerdo al informe de la CEPAL: La protección social de cara al futuro pg.149 14

Extraído de Van James y Vachowicz del libro de Fundamentos de Administración Financiera 15

Dato tomado de CEPAL: La protección social hacia el futuro. 16

En el Sistema de Contribución Definida, la pensión resultante se construye con los recursos propios que los

individuos generan a lo largo de su vida laboral, es decir, aporte y pensión están relacionados.

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individuales, y la administración del sistema se delega en administradores especializados del

sector privado (AFP), que compiten entre sí por atraer a los afiliados.

En el Perú a inicios de la década de los noventa, el Sistema de Nacional de Pensiones (SNP)17

pasaba por una crisis debido a diversos factores que influyeron para que este sistema se

desgaste. El primero de ellos fue el proceso hiperinflacionario que además de causar un

aumento en las pensiones que se otorgaban mensualmente a los afiliados, destruyó el fondo

acumulado. (Morón y Carranza, 2003: 21). La segunda razón por la cual el SNP colapsó fue

por el mal uso de los fondos del Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS, hoy

ESSALUD), ya que esto llevó al Estado a reconocer que no se encontraba en condiciones de

garantizar la seguridad social de la población.

Debido a las razones mencionadas en el párrafo anterior la opción de mantener la

administración de pensiones en manos del sector público era inviable. Es por ello que se buscó

la creación de un modelo previsional autofinanciado que asegure el bienestar de los

trabajadores y sus familias, cuando éstos alcanzaran la edad de jubilación o en la eventualidad

de un siniestro como la invalidez o el fallecimiento.

Fue recién el 6 de diciembre de 1992, que el Ejecutivo promulgó el Decreto Ley N° 25897 en

el cual se estableció la creación del Sistema Privado de Administración de Fondo de

Pensiones.

1.3 MARCO LEGAL

En este apartado se tiene como fin presentar los Fondos de pensiones que establece el marco

regulatorio del SPP para brindar un panorama de las alternativas que el afiliado tiene de poder

rentabilizar su dinero de acuerdo a lo que establece dicho marco.

1.3.1 El sistema privado de pensiones

Se creó como alternativa a los regímenes de pensiones administrados por el Estado y

concentrados en el Sistema Nacional de Pensiones. Consiste en un sistema de capitalización

individual donde cada afiliado aporta a su propio fondo de pensiones que es administrado por

entidades privadas que son AFP. Estas además, brindan prestaciones de jubilación, invalidez,

17

Sistema de pensiones de reparto a cargo del Estado, creado conforme a la Ley 19990 en el año 1973.

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sobrevivencia y gastos de sepelio18

. Las operaciones de las AFP se encuentran bajo el control

y supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.

1.3.2 Fondos de Pensiones

Las AFP administran tres tipos de Fondos19

, denominados Fondo 1 (Conservador o

Preservación de capital), Fondo 2 (Balanceado o Mixto) y Fondo 3 (Crecimiento o

Apreciación de capital); estas tres opciones permiten que los afiliados elijan el tipo de Fondo

donde se acumularán sus aportes obligatorios y/o voluntarios, dependiendo del nivel de riesgo

que están dispuestos a asumir. Cada Fondo está constituido por la suma correspondiente de las

Cuentas Individuales de Capitalización de los afiliados que optaron por el mismo. Estas

pueden ser de Aportes Obligatorios o de Aportes Voluntarios.20

1.3.3 Aportes de los afiliados

Los afiliados al SPP, están obligados a realizar tres tipos de aportes a sus respectivas AFP que

consistían en un aporte obligatorio, equivalente al 10%21

de la remuneración asegurable22

; la

prima de seguro, que le da derecho a recibir las prestaciones de invalidez, sobrevivencia y

gastos de sepelio; y, la comisión que debe pagar el afiliado a la AFP por administrar su CIC, la

que es establecida por cada AFP y se calcula como un porcentaje de su remuneración máxima

asegurable. (Alonso, Bjeletic y Tuesta, 2010: 9).

1.3.4 Comisiones

Según estudios de Tapia y Yermo, en la mayoría de países de Latino América que cuentan con

un Sistema Privado de Pensiones (SPP), el cobro de comisiones que realizan las AFP se basa

18

En conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Pensiones (SPP) N° 25897 19

De acuerdo al artículo 18-A del TUO de la Ley del Sistema Privado de Pensiones 20

En el presente trabajo se asume que el trabajador realiza aportes obligatorios. El término Aporte Obligatorio

será definido en el Glosario de Términos. 21

De conformidad con el Artículo 1 del Decreto Supremo N° 179-97-EF, publicada el 31-12-1997, se dispuso

que la tasa de aporte sea de 8% hasta el 31-12-1998. Posteriormente, dicha tasa se mantuvo vigente hasta la

publicación de la Ley N° 28445 (30-12-2004) en la cual indicaba que la tasa sería de 10% a partir del 01-01-

2006. 22

Según el artículo 30° del TUO de las Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, la

remuneración asegurable es el “total de rentas provenientes del trabajo personal del afiliado percibidos en dinero,

cualquiera que sea la categoría de renta a que quiera atribuirse, de acuerdo a las normas tributarias sobre renta.”.

Adicionalmente, esta remuneración no tiene tope para efectos de base de cálculo de los aportes obligatorios y las

comisiones.

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en la remuneración o salario, esquema que conocido es como cobro de comisión por flujo

mientras que en los países europeos utilizan un esquema dual: cobro de comisión sobre el flujo

y sobre el saldo administrado.

En nuestro país en la ley del SPP (Decreto Legislativo N° 25897), en su artículo 30° señalaba

que las AFP estaban autorizadas a efectuar el cobro de la comisión compuesta por uno de los

siguientes rubros o una combinación de los mismos: (i) comisión fija, (ii) comisión sobre la

remuneración y (iii) comisión sobre el saldo administrado.

Tanto la comisión fija como la de remuneración se cobraban cuando se efectuaban los

depósitos de los aportes. Mientras que, la comisión sobre el saldo se devengaba diariamente,

liquidándose cada vez que se realizaban los aportes (Morón y Carranza, 2003: 44).

En noviembre de 1996 mediante Decreto Legislativo Nº 874 se optó simplificar y flexibilizar

la estructura de comisiones. La mencionada norma dejó sin efecto el cobro de la comisión fija

y la comisión sobre saldos administrados, permitiendo únicamente el cobro de una comisión

variable calculada como porcentaje de la remuneración asegurable del afiliado (Masías y

Sánchez: 73). A partir de esa fecha se utilizó, únicamente el cobro de las comisiones sobre la

remuneración, según Alonso, ya que no se contaba con los fondos suficientes para aplicar un

esquema alternativo como el de comisión por saldo.

1.4 HIPÓTESIS

1.4.1 Hipótesis general

En la presente investigación, lo que se pretende es demostrar la paridad de la de la comisión

por flujo y la comisión por saldo fundado en la herramienta financiera del CAE. Se hallará

dicha equivalencia utilizando la anualidades considerando una simulación de aportes

continuos que el afiliado realice y una tasa de rentabilidad fija a lo largo de un período. Con

esta demostración lo que se quiere es esclarecer al afiliado que lo que diferencia a ambas tasas

es la forma en la cual es cobrada dicha comisión. La comisión por flujo es cobrada de forma

anticipada y que la comisión por saldo es la que se cobra de forma periódica conforme el

servicio de la administración del aporte se vaya devengando.

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1.4.2 Hipótesis Específica

H.E. 1.- La construcción de la comisión por saldo es posible de calcular aun cuando se sabe

que en el horizonte del año 2001 hasta el 2012 no existía en el sistema. Dicha comisión es

calculada a través de dos tramos: se parte de obtiene de datos históricos las comisiones

promedio por flujo en dicho horizonte. Asimismo, se tiene por supuesto una tasa de

rentabilidad promedio histórica que abarca el período en mención. Es así que calculando los

valores futuros de los aportes mensuales totales y el de las comisiones es posible hallar un

valor futuro incluido estas últimas sobre la cual se calcule la rentabilidad que genera dicho

flujo. El segundo tramo una vez obtenido la comisión por saldo, es la herramienta del CAE la

que servirá para hallar la comisión por flujo y demostrar finalmente la derivación de dicha

comisión de la de saldo.

H.E.2.- La desinformación existente por parte de quienes brindan el servicio de administración

de fondos de pensiones privados por concepto de cobro de comisiones por flujo, hace

necesaria el esclarecimiento al afiliado de la tasa real de dicha comisión expresada como

porcentaje de aporte y no , como legalmente se conoce, como porcentaje de la remuneración.

Por ejemplo si una persona gana 10,000 soles y la tasa de comisión por flujo es el 2% y un

10% como porcentaje obligatorio de aporte, la comisión cobrada sería S/. 200 soles. Ahora

bien, si queremos expresar de forma correcta la comisión por flujo tendremos que decir que

dichos S/ 200 soles son un porcentaje de l000 (el aporte obligatorio). Puesto que es finalmente

es el aporte lo que administra la AFP y no la remuneración, con lo cual la comisión cobrada

vendría a representar un 20% del aporte (20/1000) y no un 2% sobre la remuneración.

1.5 MÉTODO DE INVESTIGACIÓN

El presente trabajo se basará en la aplicación de lo que se conoce como Costo Anual

Equivalente (CAE) para enmarcar nuestra hipótesis de que ambas comisiones son el resultado

de una equivalencia financiera y que la comisión por flujo se deriva de la comisión por saldo.

Entonces, desde el punto de vista del afiliado, dicho costo representaría el precio de haber

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aportado mensualmente al fondo elegido durante un horizonte de tiempo como por ejemplo

25, 30 ó 35 años.

Es importante tener en cuenta la base sobre la cual se parte para hallar dicho CAE y es la

anualidad cuyos parámetros son el plazo estimado de aportación del afiliado, la tasa nominal

de rentabilidad del fondo elegido, el flujo representado en el aporte mensual y el valor futuro

del pago por comisiones. Entonces se tiene los conceptos para calcular el valor futuro de una

anualidad ordinaria expresada en la fórmula siguiente:

[

]……(a)

APV: Valor del aporte

i: Tasa de rentabilidad para cada intervalo de tiempo

n: Número total del plazo de aporte en meses

Es importante señalar que la metodología empleada para hallar la paridad de la tasa tendrá dos

tramos. Partiremos de la comisión por flujo y hallaremos la comisión por saldo equivalente

dado un nivel de rentabilidad, la anualidad del flujo neto de comisiones y el período de

aportación en meses como dato. El tramo siguiente empezará por tener como dato la comisión

por saldo para finalmente hallar el CAE o comisión por flujo. Una vez obtenida la rentabilidad

neta en términos porcentuales es posible hallar el valor futuro que me genera el aporte

descontado de comisiones. Así, por una diferencia en el cálculo de los valores futuros tanto el

del aporte mensual como el de aporte descontado de comisiones, obtendremos el valor futuro

del pago por comisiones.

Ahora bien, para hallar el CAE mensual siguiendo con el marco teórico expuesto

anteriormente calculamos el costo del pago por comisiones mensual mediante la fórmula

siguiente23

.

Costo anual equivalente

…… (b)

23

Fórmula extraída del libro de Finanzas Empresariales de Jesús Tong pg. 251

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Donde el Valor Futuro de los costos es el valor futuro del pago por comisiones del afiliado y el

factor de valor futuro de la anualidad (FVFA) es la anualidad sin ser multiplicada por el aporte

mensual. Alternativamente, dicho CAE es calculado con la función PAGO24

. Asimismo, el

CAE mensual en términos monetarios será reexpresado porcentualmente en función al aporte

y a la remuneración para ver la diferencia entre ambas formas de presentación del mismo

CAE.

24

Los cáculos presentados en los Anexos utilizarán funciones de Excel como es el caso de PAGO para el CAE; la

función TASA para calcular las rentabilidades de los valores futuros de los flujos descontados de comisiones en

el primer tramo.

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CAPITULO II: DESARROLLO DEL TEMA

Para el presente trabajo se ha considerado emplear tres escenarios de plazos estimados en años

de aportación. Se ha trabajado con escenarios de 25, 30 y 35 años como tiempo durante el

cual el afiliado aportará activamente. Se ha considerado como referente la distribución

porcentual de los afiliados por rango de edad que se muestra en el Gráfico N° 01, pues

aproximadamente el 73% de los afiliados están en el rango de 21 a 45 años, con lo cual si

seguimos la lógica de la jubilación legal de los 65 años es aproximadamente a partir de 26

años donde hay una mayor concentración de afiliados activos, con lo cual se ha estimado por

conveniente plantear escenarios superiores de 25 años a más.

GRÁFICO N° 01

Fuente: SBS

Elaboración: Propia

Fuente: SBS

Elaboración: Propia

Asimismo, se ha establecido para simplificar nuestra estimación un horizonte de tiempo en el

cual se pueda observar la variación de las comisiones por flujo25

como porcentaje de

remuneración en el período que empieza desde el 2001 hasta el año 2012.

25

Las comisiones por flujo han sido obtenidas de los datos históricos publicados por las AFP, obteniendo un

promedio aritmético mensual y luego anual que va desde al 2001 hasta el 2012.

< 2

1

21

- 2

5

26

- 3

0

31

- 3

5

36

- 4

0

41

- 4

5

46

- 5

0

51

- 5

5

56

- 6

0

61

- 6

5

> 6

5

2.6%

10.7%

15.6% 17.0% 16.3%

13.2%

9.8%

6.8%

4.3%

2.2% 1.4%

Distribución porcentual de afiliados por rango de edad

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16 | P á g i n a

Por otro lado, para fijar la tasa nominal de rentabilidad, se ha optado por conveniente elegir la

rentabilidad promedio del Fondo Tipo 2 debido a que es el fondo más representativo entre los

tipos de Fondos que las AFP ofrecen. Entonces, se ha manejado el supuesto de asumir una tasa

de rentabilidad promedio histórica para todo el horizonte temporal de 12 años que comienza

desde el 2001 hasta 2012; dicha tasa se ha obtenido del promedio aritmético para cada año de

todo el sistema a partir de abril de 199826

y luego se obtuvo el promedio de la rentabilidad de

todos los años, obteniéndose una tasa de 12.04%. Dicha tasa representaría la tasa de

rentabilidad promedio que se puede obtener hasta diciembre del 2012 de todo el sistema.

GRÁFICO N° 02

Fuente: SBS

Elaboración: Propia

26

Para obtener los promedios de la rentabilidad histórica por cada año, los datos se extrajeron de la Rentabilidad

Nominal Histórica del Fondo de Pensiones Tipo 2 por AFP, publicada por la Superintendencia de Banca y

Seguros y AFP, cuyos datos comienzan a partir de abril del 2008.

-5.00%

0.00%

5.00%

10.00%

15.00%

20.00%

25.00%

30.00%

35.00%

40.00%

1 9

98

1 9

99

2 0

00

2 0

01

2 0

02

2 0

03

2 0

04

2 0

05

2 0

06

2 0

07

2 0

08

2 0

09

2 0

10

2 0

11

2 0

12

3.7%

12.0% 9.6%

4.3%

10.2%

17.4% 16.0% 13.8%

23.2%

39.8%

-4.4% 2.8%

19.8%

7.1% 5.3%

Rentabilidad nominal histórica del Fondo Tipo 2 ( promedio acumulado 12 meses)

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17 | P á g i n a

En cuanto al aporte mensual se ha estimado establecer como flujo para tener la anualidad el

resultado de multiplicar la tasa de aporte obligatorio27

y la remuneración promedio del

afiliado. Cabe destacar que para fines de establecer la paridad en las tasas este dato es

indistinto puesto que, como se explicará más adelante, el factor que hará que cambie el valor

de las tasa de comisión por saldo equivalente- a lo largo de los 12 años- será el período en

años de aportación del afiliado.

Entonces se procederá a realizar un ejemplo del cálculo obtenido para hallar la tasa

equivalente de comisión por saldo a partir de una anualidad en el año 2001. Es importante

señalar que se partirá de la comisión por flujo para hallar dicha comisión equivalente por saldo

(primer tramo). Así, se tiene un primer escenario de 25 años28

de aportación que equivalen a

300 meses de aportes mensuales consecutivos. Dichos aportes mensuales se determinan sobre

la base de un porcentaje fijo obligatorio de Remuneración Promedio, conforme al plan

pensionario, en este caso si establecemos una remuneración de S/. 1,400, el aporte mensual

sería para el 2001 el 8% de la remuneración, esto es, S/. 112.00. Como habíamos comentado

se trabaja con un supuesto de rentabilidad del 12.04%, dicha tasa está en términos nominales

con lo cual para equipararlo con la frecuencia del flujo la convertimos a mensual obteniendo

1.0%. Según la fórmula que presenta de la ecuación (a) de la metodología.

Entonces calculamos el valor futuro de los aportes sin descontar comisiones:

[

]= S/. 211, 797. 94…… (1)

Asimismo, calculamos el valor futuro de la anualidad por concepto de comisiones, recordemos

partimos de la comisión por flujo que publican las AFP cuyas tasas tienen periodicidad

mensual. Entonces, para este caso nuestro valor de pago anualizado sería la multiplicación de

la comisión por flujo como porcentaje del aporte por este mismo. Es importante notar frente a

este respecto que la tasa de comisión promedio por flujo en el año 2001, fue de 2.385%; sin

embargo esta tasa deberá ser expresada como porcentaje del aporte, esto es, dividir dicha tasa

27

Cabe destacar que la tasa de aporte obligatorio para nuestro horizonte temporal considera el porcentaje de

conformidad con la Ley N° 28445 (30-12-2004) que mantuvo la tasa de 8% hasta el 31-12-2005. En adelante se

considera el 10% como tasa de aporte obligatorio según el inciso a) del artículo 30° del TUO del SPP.

28 Se trabaja como ejemplo a fin de sustentar la metodología un escenario de 25 años. En los anexos es posible

ver la variación en las tasas equivalentes de comisión por saldo con escenarios de 30 y 35 años adicionalmente.

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18 | P á g i n a

por la porcentaje de aporte del 8%, con ello se obtiene una tasa de 29.81% nominal mensual,

que es la tasa de comisión por flujo expresada correctamente. Ahora es posible calcular el

valor de pago anualizado con una tasa del 29.81% y un aporte fijo de S/. 112, por lo que

obtengo como flujo a pagar por concepto de comisiones S/.33.39 mensualmente.

Entonces calculamos el valor futuro de los pagos por concepto de comisiones a 300 meses:

[

]= S/. 63,142…….. … (2)

Finalmente, hallamos el valor futuro del aporte descontado de comisiones con lo cual quedaría

S/. 148, 655.68 (diferencia entre ecuación 1 y 2). Un vez que obtenemos el valor futuro de los

fondos descontados de comisiones, averiguamos el rendimiento que ha experimentado el

fondo del afiliado, dicho rendimiento lo calculamos con la función TASA dado el número de

períodos (300 meses), el pago del aporte mensual (S/. 112) y el valor futuro de los aportes

descontados de comisiones (S/. 148,655.68), obteniéndose una tasa de rendimiento mensual

del fondo de 0.833%. Para hallar la comisión por saldo equivalente solo basta expresar dicha

tasa en términos anuales (0.833% X 12 =10.00%) y restarla de la tasa de rendimiento ofrecida

por el fondo, que en nuestro caso es 12.04%. Finalmente, obtenemos una tasa de comisión por

saldo equivalente de 2.035%. Esto quiere decir que si en el 2001 existiese una comisión por

saldo dicha tasa es la que sería cobrada por las AFP para cada comisión por flujo dado.

El procedimiento anterior es aplicable para todo el horizonte temporal del año 2001 al 2012.

Asimismo, si queremos observar cual hubiese sido el escenario si el período de aportación no

hubiese sido 25, sino 30 ó 35 años solo reemplazamos el valor de “n” de la ecuación (a) por

360 y 420 meses respectivamente. Como se muestra en el Anexo N° 129

a medida que el

período de aportación se incrementa la tasa de comisión por saldo equivalente va

disminuyendo. Este resultado es de suma importancia porque significa que dicha tasa es

independiente de la remuneración fijada y como consecuencia del monto del aporte.

Otro aspecto que resalta en el primer tramo es que la tasa de rentabilidad para un Fondo “n”

guarda una relación inversamente proporcional con la comisión por saldo. Puesto que si

incrementamos rentabilidad, la comisión por saldo tenderá a disminuir. Hemos planteado para

29

Este fenómeno se puede apreciar también en los Anexos 2 y 3, en los cuales se presentan escenarios de 30 y 35

años.

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19 | P á g i n a

observar este hecho un caso aislado en el que la tasa de rentabilidad para un Fondo Tipo “n”

sea creciente en el año 2001 y calculamos la comisión por saldo equivalente de forma similar

al procedimiento para el primer tramo. Con este fenómeno podemos señalar que mientras se

fomente mayores inversiones que promuevan una mayor rentabilidad en los fondos

administrados por las AFP, ello redundará en mejores tarifas de comisiones como es el caso de

la comisión por saldo (Véase Anexo N° 4).

Ahora bien, si bien en la explicación anterior se ha partido de la comisión por flujo para hallar

la comisión por saldo equivalente, para sustentar nuestra hipótesis de que la comisión por flujo

se deriva de la comisión por saldo (segundo tramo) expondremos a continuación la

metodología aplicada para llegar a dicha hipótesis utilizando la herramienta del CAE.

Así, para el mismo plazo de aportación de 25 años, equivalente a 300 meses de aportes

mensuales, y teniendo como aporte mensual S/. 112 y rentabilidad del Fondo Tipo 2 en el año

2001 de 12.04% nominal anual, expresada en términos mensuales es de 1%. Se sabe por lo

anterior que la comisión por saldo nominal anual es 2.035%, a dicha tasa expresada

mensualmente será 0.170%. Frente a ello podemos decir que una vez obtenido la tasa por

saldo mensual es posible hallar la tasa de rentabilidad del fondo luego de comisiones. Así solo

basta con restar ambas tasas y obtener la tasa de rentabilidad neta.

Entonces tenemos:

Tasa de rentabilidad neta = 1% - 0.170% = 0.8335%

Una vez obtenida la tasa de rentabilidad neta del Fondo, es posible calcular el valor futuro de

la anualidad que abarca los pagos que haría el afiliado mensualmente después de haber

considerado el pago por comisiones. Tendríamos lo siguiente:

[

]= S/. 148, 655.68…… (3)

Así también, acorde con los datos anteriores se calcula el valor futuro de la anualidad de los

pagos por concepto de aporte obligatorio en el 2001 durante 300 meses, dada una tasa de

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20 | P á g i n a

rentabilidad del fondo Tipo 2 mensual de 1.003% y un aporte de S/. 112 por dicho lapso de

tiempo. Entonces tendríamos:

[

]= S/. 211, 797.68……….. (4)

Ahora es una vez obtenido las anualidades futuras correspondientes al valor futuro del fondo

del afiliado sin sujeto a comisiones y el valor futuro de los pagos que el afiliado realice

descontados de comisiones, podremos hallar el valor futuro del importe que el afiliado pagaría

por concepto de comisiones. Así restaríamos los S/. 211,797.68 de los S/. 148, 655.68, con lo

cual se obtendría S/. 63, 142. 26 dicho monto representaría el valor futuro pagado por

comisiones durante 25 años.

Una vez hallado dicha valor futuro es posible calcular el CAE mensual. A través de la fórmula

(b) presentada en la metodología. Entonces, para obtener el valor futuro de costos solo

debemos obtener el factor de valor futuro de la anualidad (FVFA) que habíamos obtenido de

forma implícita en la ecuación 4:

[

] = 1891.05

Así para hallar el costo anual equivalente se dividirá el valor futuro descontado de comisiones

de la ecuación 4 entre el factor obtenido.

Costo anual equivalente

= s/. 33.39

Alternativamente mediante la función PAGO dado que se tiene que la tasa de rentabilidad del

fondo mensual 1.003%, el número de meses (300) y el valor futuro que se desea lograr

después de efectuar el último pago ( S/. 63, 142.26). De ahí que el CAE mensual se obtenga

S/. 33.39 que representa el costo mensual, en términos monetarios, en el que el afiliado incurre

para obtener una pensión luego de 25 años de aportación continúa. En este caso es posible

expresarla como comisión en función al aporte que equivale a 29.813% (S/. 33.3/ S/. 112.00) y

en función a la remuneración 2.385% (S/. 33.3/ S/. 1,400.00). Así llegamos a la comisión de

pago por adelantado o comisión por flujo que es lo que se conoce como CAE y demostramos

que la comisión por flujo se deriva de la comisión por saldo. Finalmente, luego de todo el

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21 | P á g i n a

análisis cuantitativo podemos señalar la equivalencia de las tasas por flujo y saldo, en el

ejemplo planteado para el 2001.

El procedimiento anterior (segundo tramo) es aplicable para todo el horizonte temporal del

año 2001 al 2012. Es importante notar aquí que los datos que variarán serán el plazo de

aportación y la tasa de comisión por saldo extraída del procedimiento en el primer tramo

(Véase Anexo N° 3).

Es así que en términos financieros con la herramienta del CAE es posible cuantificar el costo

que representa para el afiliado el pago mensual de una comisión, en este caso la comisión por

flujo. Por un lado, es importante resaltar la diferencia de expresar el CAE como porcentaje en

función a la remuneración, forma en la cual las AFP han venido publicando en sus tarifarios;

y por otro la expresión del CAE en función al aporte, la cual refleja la tasa correcta de cobro

en términos financieros.

Otro aspecto a resaltar en este segundo tramo es la relación directamente proporcional

existente entre la rentabilidad de un Fondo “n” y la comisión por flujo para una tasa por saldo

dada. En este caso se ha planteado un caso aislado en el que la rentabilidad de un Fondo “n”

sea creciente para un período de 12 meses y se calcula que la comisión por flujo se incrementa

a medida que la rentabilidad se incrementa (Véase Anexo N° 4). Este fenómeno nos permite

señalar que en la medida que las inversiones por las AFP en los fondos administrados crezcan

y sean rentables, el precio que los afiliados tendrán que pagar por dicho concepto se hará más

alto hecho que podría influir en la decisión del afiliado a optar por dicha comisión.

Si bien se establece que existe una paridad entre la comisión por flujo y por saldo, la elección

desde el punto de vista del afiliado por lo anteriormente mencionado puede ser objeto de

distorsión ¿qué haría que el afiliado opte por elegir una comisión por flujo o cobro por

adelantado y una comisión por saldo?

COMISION POR FLUJO = COMISIÓN POR SALDO EQUIVALENTE

2.385% 2.035%

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22 | P á g i n a

En principio la diferencia en términos cuantitativos, siguiendo el ejemplo antes mencionado,

es la siguiente: una persona preferiría pagar un 29.81% sobre su remuneración por adelantado

o un 2.035% sobre el aporte que es cobrado mensualmente como parte del servicio de

administración por el mismo. Si nos centramos en la forma cómo es que dichas comisiones

son cobradas, es sumamente probable que el afiliado opte por pagar una comisión por cada

mes que la AFP le preste el servicio y no pagar de forma directa por un servicio como si este

ya fuera prestado y, a consecuencia de ello, la AFP ya no tuviera la obligación futura de seguir

administrando su fondo y finalmente prestar el servicio por jubilación.

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CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

Conclusiones

1. La utilización del CAE (Costo anual equivalente) basado en el modelo anualidades

demuestra que existe una equivalencia financiera entre la comisión por flujo y saldo; y

que la primera se deriva de la segunda.

2. Al aplicar el modelo se aprecia que existe distorsión en cuanto a la forma en la cual se

informan las comisiones por parte de las AFP, organismos reguladores y medios de

comunicación hacia los usuarios puesto que el porcentaje que se les cobra a los

aportantes sobre su remuneración corresponde a un porcentaje sobre su aporte y no en

base a la remuneración. Así dicho porcentaje es calculado en base a las comisiones de

flujo entre la tasa de aporte obligatorio de las AFP.

3. Con los resultados obtenidos se rompe el mito que la edad de los afiliados es

determinante para el cobro de las comisiones. Por lo que no se trata de cuantos años

tenga un aportante, sino el período de aportación en años que la persona realice

continuamente.

4. Se concluye que la comisión por saldo muestra una mayor eficiencia ya que a medida

que la rentabilidad del fondo aumenta esta tasa tiende a disminuir lo cual se traduciría

en un beneficio para el afiliado. Mientras que si observamos la tendencia de la

comisión por flujo en un escenario de rentabilidad creciente podemos señalar que dicha

tasa se incrementa representando un mayor costo al afiliado pero a su vez se muestra la

ineficacia en el sistema de cobro en la comisión por flujo desde el punto de vista del

afiliado.

Recomendaciones

1. Es indispensable que los organismos reguladores cumplan el papel de supervisar la

forma en que las AFP informan sobre las comisiones que cobran a sus afiliados. Por

otro lado, si se quiere una mejor competencia en el sistema privado de pensiones y que

la decisión de los afiliados sea la más óptima, las comisiones por flujo deberán en

principio ser expresadas en tasas reales, esto es, como porcentaje del aporte.

Asimismo, la decisión del afiliado a optar por una comisión por flujo se dará en la

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24 | P á g i n a

medida en que dicha tasa presente un descuento lo suficientemente competitivo,

haciéndola más atractiva para el afiliado.

2. Consideramos la necesidad que se encuentre establecido en la ley o mediante la

supervisión de la SBS, información referente al registro contable del cobro de las

comisiones de las AFP. Ello para que los afiliados sepan lo que realmente ocurre con

su fondo de pensiones. Es decir para el esclarecimiento de que las comisiones por

flujo, principalmente, estén siendo provisionadas acorde con las normas contables de

tal forma que las AFP tengan que reconocer obligaciones futuras por la provisión

realizada y no reconocer un ingreso de forma directa desligándose de dichas

obligaciones.

3. Se plantea la necesidad de implementar reformas en el sistema pensionario en la cual

se promueva por lo menos en igual magnitud; por un lado, incentivos para que las

AFP pueden generar mayores ingresos y; por otro, que los afiliados tengan la plena

seguridad de que sus aportes están siendo correctamente utilizados de forma que no se

vean afectados al momento de llegar a jubilarse. Asimismo, en un largo plazo dado que

se reconoce el pequeño mercado en el cual se desenvuelven las AFP, ya sean por

situaciones ajenas a las mismas; se sugiere fomentar que más entidades privadas de

administradoras de fondos de pensiones ingresen al mercado con el fin de captar más

afiliados, incrementar el nivel de competencia y como consecuencia reducir las

comisiones por el servicio prestado.

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ANEXOS

ANEXO N° 01: CUADRO DE CONSTRUCCIÓN DE COMISIÓN POR SALDO (PERIODO DE APORTE: 25 AÑOS)

0.00%

0.50%

1.00%

1.50%

2.00%

2.50%

3.00%

2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012

Gráfica A : Tasas de Comision por flujo y saldo equivalente (Horizonte 25 años)

Comisión por saldo equivalente

Cae mensual % (remuneración)

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26 | P á g i n a

ANEXO N° 02: CUADRO DE CONSTRUCCIÓN DE COMISIÓN POR SALDO (PERIODO DE APORTE: 30 AÑOS)

0.00%

0.50%

1.00%

1.50%

2.00%

2.50%

3.00%

2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012

Gráfica B :Tasas de Comision por flujo y saldo equivalente (Horizonte 30 años)

Comisión por saldo equivalente

Cae mensual % (remuneración)

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27 | P á g i n a

ANEXO N° 03: CUADRO DE CONSTRUCCIÓN DE COMISIÓN POR SALDO (PERIODO DE APORTE: 35 AÑOS)

0.00%

0.50%

1.00%

1.50%

2.00%

2.50%

3.00%

2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012

Gráfica C :Tasas de Comision por flujo y saldo equivalente (Horizonte 35 años)

Comisión por saldo equivalente

Cae mensual % (remuneración)

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28 | P á g i n a

ANEXO N° 04: CUADRO DE RENTABILIDADES Y TASAS DE COMISIÓN POR FLUJO Y SALDO

Tasa rentabilidad 3% 5% 7% 9% 11% 13% 15% 17% 19% 21% 23% 25%

Tasa comisión por saldo 2.6608% 2.469% 2.312% 2.184% 2.080% 1.996% 1.928% 1.872% 1.827% 1.790% 1.759% 1.733%

0%

5%

10%

15%

20%

25%

30%

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

GRÁFICA D: Rentabilidad creciente de Fondo y comisión por saldo (período de 12 meses)

Tasa rentabilidad Tasa comisión por saldo

0%

5%

10%

15%

20%

25%

30%

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

GRÁFICA E: Tasa de rentabilidad creciente y comisión por flujo (periodo de 12 meses)

Tasa rentabilidad Tasa comisión por saldo

Tasa rentabilidad 3% 5% 7% 9% 11% 13% 15% 17% 19% 21% 23% 25%

Tasa comisión por flujo 1.9167% 2.037% 2.149% 2.251% 2.342% 2.422% 2.492% 2.552% 2.604% 2.648% 2.686% 2.718%

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29 | P á g i n a

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