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Red Asistencial Lambayeque “JAV”-EsSalud AMC Nº 1210M08401 Adquisición de Medicamentos BASES ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 1210M08401 DEVIENE DE ADS N° 1210S00181 CONTRATACIÓN DE BIENES PAC Nº 1362 Primera Convocatoria “ADQUISICION DE MEDICAMENTOS MORFINA (SULFATO) 30 mg LIBERACION PROLONGADA – 12 MESES PARA LA RED ASISTENCIAL LAMBAYEQUE” 1

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Red Asistencial Lambayeque “JAV”-EsSaludAMC Nº 1210M08401 Adquisición de Medicamentos

BASES

ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 1210M08401

DEVIENE DE ADS N° 1210S00181

CONTRATACIÓN DE BIENES

PAC Nº 1362Primera Convocatoria

“ADQUISICION DE MEDICAMENTOS MORFINA (SULFATO) 30 mg LIBERACION PROLONGADA – 12 MESES PARA LA RED ASISTENCIAL LAMBAYEQUE”

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SECCIÓN GENERAL

DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

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CAPÍTULO I

ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN

1.1 CONVOCATORIA

De conformidad con lo señalado en el artículo 51º del Reglamento, la convocatoria se efectuará a través de su publicación en el SEACE, oportunidad en la que deberá publicarse las Bases, sin perjuicio de las invitaciones que se pueda cursar a uno (1) o más proveedores, según corresponda, en atención a la oportunidad, al monto, a la complejidad, envergadura o sofisticación de la contratación, bajo sanción de nulidad.

1.2 BASE LEGAL

− Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.− Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado,

en adelante la Ley.− Decreto Supremo N° 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de

Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.− Decreto Supremo N° 021-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de

Contrataciones del Estado.- Decreto Supremo N° 140-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de

Contrataciones del Estado.− Directivas de OSCE− Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.− Código Civil.− Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.− Decreto Supremo Nº 007-2008-TR, Texto Único Ordenado de la Ley de

Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

− Decreto Supremo Nº 008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE.

Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.

Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

1.3 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES

El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria hasta antes de la presentación de propuestas. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno de sus integrantes, de conformidad con el Artículo 53º del Reglamento.

La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá acreditar estar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto contractual. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentra inhabilitado para contratar con el Estado.

MUY IMPORTANTE:

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Para participar de un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores se encuentren inscritos, en el registro correspondiente, ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe.

Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres y apellidos (persona natural), DNI, razón social (persona jurídica), número de RUC, domicilio legal, teléfono.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 52º del Reglamento, la persona natural o jurídica que desee ser notificada electrónicamente, deberá consignar una dirección de correo electrónico y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que, conforme a lo previsto en el Reglamento, deban realizarse. La notificación a través del SEACE prevalece sobre cualquier medio que se haya utilizado adicionalmente, siendo responsabilidad del participante el permanente seguimiento del respectivo proceso a través del SEACE.

1.4 FORMA DE PRESENTACIÓN Y ALCANCES DE LAS PROPUESTAS

Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción efectuada por traductor público juramentado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. La omisión de la presentación del documento o su traducción no es subsanable.

Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica.

Si las propuestas se presenten en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos, llevarán el sello y la rúbrica del postor y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.

Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual, debiendo llevar el sello y la rúbrica del postor o su representante legal o mandatario designado para dicho fin.

Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.

1.5 ACTO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

La presentación de propuestas se realizará en ACTO PRIVADO,

Los participantes presentarán sus propuestas, con cargo y en sobre cerrado, en la dirección, en el día y horario señalados en las Bases, bajo responsabilidad del Comité Especial u órgano encargado de las contrataciones.

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1.6 CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente:

a) La oferta económica, en nuevos soles, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del bien a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.

El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.

1.7 EVALUACIÓN DE PROPUESTAS La evaluación de propuestas se realizará en dos (02) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica.

Los máximos puntajes asignados a las propuestas son las siguientes:Propuesta Técnica : 100 puntosPropuesta Económica : 100 puntos

1.7.1 Evaluación Técnica

Se verificará que la propuesta técnica contenga los documentos de presentación obligatoria y cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.

Sólo a aquellas propuestas admitidas, el Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones les aplicará los factores de evaluación previstos en las Bases y asignará los puntajes correspondientes, conforme a los criterios establecidos para cada factor.

Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de sesenta (60) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.

1.7.2 Evaluación Económica

Si la propuesta económica excede el valor referencial, será devuelta por el Comité Especial o por el órgano encargado de las contrataciones y se tendrá por no presentada, conforme lo establece el artículo 33° de la Ley.

La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:

Pi = Om x PMPE Oi

Donde: i = Propuesta Pi = Puntaje de la propuesta económica i Oi = Propuesta Económica i Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo

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PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica

1.8 OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

“El Comité Especial u órgano encargado de las contrataciones consolidará en un cuadro comparativo, el puntaje obtenido en las propuestas técnicas y su correspondiente orden de prelación, indicando además las propuestas descalificadas, de ser el caso.

A continuación, el Comité Especial u órgano encargado de las contrataciones procederá a la apertura de los sobres que contienen las propuestas económicas de aquellos postores cuyas propuestas técnicas hubieran alcanzado el puntaje técnico mínimo requerido en las Bases.

La evaluación de las propuestas económicas, así como la determinación del puntaje total, se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.

El Presidente del Comité Especial u órgano encargado de las contrataciones anunciará la propuesta ganadora indicando el orden en que han quedado calificados los postores a través del cuadro comparativo.

Al terminar el acto se levantará un acta, la cual será suscrita por todos los miembros del Comité Especial u órgano encargado de las contrataciones.

En el supuesto que dos (02) o más propuestas empatasen, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el Artículo 73º del Reglamento.

El otorgamiento de la Buena pro se publicará y se entenderá notificado a través del SEACE, el mismo día de su realización, bajo responsabilidad del Comité Especial u órgano encargado de las contrataciones, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la Buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Adicionalmente, se podrá notificar a los correos electrónicos de los postores, de ser el caso.”

1.9 CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los cinco (5) días hábiles de la notificación de su otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación.

En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento. El consentimiento de la Buena Pro se publicará en el SEACE al día siguiente de haber quedado consentido el otorgamiento de la buena pro.

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CAPÍTULO II

SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1 Recurso de apelación

A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato.

En caso de CONSORCIO deberá señalar de manera expresa el NOMBRE DE TODOS Y CADA UNO DE LOS INTEGRANTES DEL CONSORCIO (denominación social completa o nombre completa en caso de persona natural). Ello, según se refiere, en atención al oficio N° 5196-2011-SBS Superintendencia de Banca, Seguros y AFPs

El recurso de apelación se presentará ante la Entidad que convocó el proceso de selección que se impugna, y será conocido y resuelto por el Titular de la Entidad.

Con independencia del valor referencial del proceso de selección, los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.

El Tribunal será competente para conocer y resolver las controversias que surjan en los procesos de selección de las contrataciones que se encuentren bajo los alcances de tratados o acuerdos internacionales donde se asuman compromisos en materia de contratación pública.

2.2 Plazos de la interposición del recurso de apelación

La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.

La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

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CAPÍTULO III

SUSCRIPCION DEL CONTRATO

3.1. DE LOS CONTRATOS

Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad deberá, dentro del plazo de dos (2) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro, citar al postor ganador otorgándole el plazo establecido en las Bases, el cual no podrá ser menor de cinco (5) ni mayor de diez (10) días hábiles, dentro del cual deberá presentarse a la sede de la Entidad para suscribir el contrato con toda la documentación requerida. En el supuesto que el postor ganador no se presente dentro del plazo otorgado, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 148° del Reglamento.

El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 139° del Reglamento.

Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes documentos:

Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Garantía de fiel cumplimiento y por el monto diferencial de la propuesta, de

ser el caso, cuya vigencia se extiende hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista, salvo casos de excepción;

Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso.

3.2 VIGENCIA DEL CONTRATO

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149º del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene o, en su caso, desde la recepción de la orden de compra. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista y se efectúe el pago.

3.3 REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS

Las garantías que debe presentar el contratista deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática al solo requerimiento de la Entidad, emitida por una empresa bajo el ámbito de supervisión de la

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Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o que estén consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.

3.4 DE LAS GARANTÍAS

3.4.1 GARANTÍA DE SERIEDAD DE OFERTA

Los postores deberán presentar la garantía de seriedad de oferta a efectos de garantizar la vigencia de su oferta, según el monto establecido en las presentes Bases.

El postor que resulte ganador de la Buena Pro y el que ocupó el segundo lugar están obligados a mantener su vigencia hasta la suscripción del contrato.

Luego de consentida la Buena Pro, la Entidad devolverá las garantías presentadas por los postores que no resultaron ganadores de la Buena Pro, con excepción del que ocupó el segundo lugar y de aquellos que decidan mantenerlas vigentes hasta la suscripción del contrato.

El plazo de vigencia de la garantía de seriedad de oferta no podrá ser menor a dos (2) meses computados a partir del día siguiente de la presentación de las propuestas. Esta garantía puede ser renovada.

3.4.2 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO

El postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.

De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

3.4.3 GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA

Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del veinte por ciento (20%) de aquél, para la suscripción del contrato el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.

3.4.4 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS

En caso el contrato conlleve a la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por este concepto, la misma que se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.

3.5 EJECUCIÓN DE GARANTÍAS

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Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164° del Reglamento.

3.6 DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

La aplicación de penalidades por retraso injustificado en la atención del bien y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los Artículos 165° y 168° del Reglamento.

De acuerdo con los artículos 48º de la Ley y 166º del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165º del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al 10% del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por mora.

3.7 PAGOS

La Entidad deberá realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los bienes objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarán después de ejecutada la respectiva prestación; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio sea condición para la entrega de los bienes.

La Entidad podrá realizar pagos periódicos al contratista por el valor de los bienes contratados en cumplimiento del objeto del contrato, siempre que estén fijados en las Bases y que el contratista los solicite presentando la documentación que justifique el pago y acredite la existencia de los bienes. Las Bases podrán especificar otras formas de acreditación de la obligación. Los montos entregados tendrán el carácter de pagos a cuenta.

En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.

Plazos para los pagos

La Entidad deberá pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la oportunidad establecida en las Bases o en el contrato. Para tal efecto, el responsable de dar la conformidad de la recepción de los bienes, deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos recibidos.

En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48° de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.

3.8 DISPOSICIONES FINALES

Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.

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SECCIÓN ESPECÍFICA

CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

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CAPÍTULO I

GENERALIDADES

1.1 ENTIDAD CONVOCANTESeguro Social de Salud (ESSALUD) - Red Asistencial de Lambayeque “Juan Aíta Valle”,

RUC Nº 20131257750.

1.2 DOMICILIO LEGAL

Plaza de Seguridad Social s/n., Chiclayo.1.3 OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El presente proceso de selección tiene por objeto la adquisición de Medicamentos Morfina (Sulfato) 30 mg – 12 meses. de conformidad con las presentes Bases.

1.4 VALOR REFERENCIAL

El valor referencial asciende a S/. 128,838.30 (CIENTO VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS TREINTA y OCHO CON 30/100 NUEVOS SOLES), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro Concepto que incida en el costo total del bien. El valor referencial ha sido calculado al 19 mes de Noviembre del 2012

No. Ítem

DESCRIPCIÓN DEL ÍTEM

REQUERIMIENTO TOTAL

VALOR UNITARIO VALOR REFERENCIAL

CÓDIGO SAP DESCRIPCIÓN DEL ÍTEM UMEN

NUMEROS EN NUMEROS EN LETRAS

1 010050028

Morfina (Sulfato) 30 mg. De Liberación Prolongada

TB 17,110 7.53 128,838.30

CIENTO VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS TREINTA y OCHO CON 30/100 NUEVOS SOLES

TOTAL 128,838.30

CIENTO VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS TREINTA y OCHO CON 30/100 NUEVOS SOLES

De conformidad con lo señalado en el numeral 1 de la citada Disposición, el valor referencial del proceso es único y deberá incluir todos los conceptos que incidan sobre el costo del objeto de contratación, incluido el Impuesto General a las Ventas, determinado sobre la base del estudio de posibilidades que ofrece el mercado realizado por la Entidad.

Las propuestas económicas no pueden exceder el monto consignado en las bases como valor referencial de conformidad con el artículo 33º de la Ley. No existe un límite mínimo como tope para efectuar dichas propuestas.

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1.5 EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓNEl expediente de contratación fue aprobado mediante Resolución de la Oficina de Adquisiciones Nº 607 -OA-OADM-RAL-ESSALUD-2012, del 21.11.2012

1.6 FUENTE DE FINANCIAMIENTORecursos Directamente Recaudados

1.7 SISTEMA DE CONTRATACIÓNEl presente proceso se rige por el sistema de Precios Unitarios, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.

1.8 ALCANCES DEL REQUERIMIENTO

El bien a contratar está definido en el Capítulo III de la presente sección.1.9 PLAZO DE ENTREGA

Los bienes materia de la presente convocatoria se entregarán en el plazo máximo de 10 días calendario. Dicho plazo constituye un requerimiento técnico mínimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratación

1.10 BASE LEGAL

Ley Nº 28411, Ley General del Sistema de Presupuesto. Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del sector Publico para el año Fiscal 2012 Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017-2008 y

sus modificatorias. Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo

Nº 184-2008-EF y sus modificatorias. Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social Ley N° 28006, Ley que garantiza la Intangibilidad de los Fondos y Reservas de la

Seguridad Social y Restituye la Autonomía Administrativa, Económica, Financiera y Presupuestal de ESSALUD.

Ley Nº 26842, Ley General de Salud Decreto Supremo N° 002-99-TR- Aprueba Reglamento de la Ley N° 27056. Decreto Supremo N° 013-2002-TR, Aprueban el Texto Único de Procedimientos

Administrativos del Seguro Social de Salud – ESSALUD. Decreto Legislativo Nº 295, Código Civil Decreto Supremo N° 007-2008-TR y su Reglamento el Decreto Supremo N°

008-2008-TR. Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente.

Decreto Supremo Nº 010-97-SA, Reglamento para el Registro, Control y Vigilancia Sanitaria de productos Farmacéuticos y Afines.

Decreto Supremo Nº 020-2001-SA, Modifica el Reglamento para el Registro, Control y Vigilancia Sanitaria de productos Farmacéuticos y Afines.

Decreto Supremo N° 093-2006-EF, Aprueba relación de medicamentos e insumos para el tratamiento oncológico y VIH/SIDA, para efectos de liberación de pago del IGV y derechos arancelarios.

Resolución Ministerial N° 585-99.SA/DM, Aprueba Manual de Buena Prácticas de Almacenamiento de Productos Farmacéuticos y Afines.

Resolución Ministerial N° 055-99.SA/DM, Aprueba el Manual de Buenas Prácticas de Manufactura de Productos Farmacéuticos.

Resolución Ministerial N° 0641-2008/MINSA, Reglamento para el Control de Partículas Extrañas visibles en inyectables.

Resolución Jefatural N° 229/96-J-IPD/INS, Establece el tamaño mínimo para la toma de la muestra para el control de calidad.

Resolución Ministerial 1853-2002-SA-DM, Reglamento de Dirimencias de Productos Farmacéuticos y Afines pesquisados por la DIGEMID.

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Red Asistencial Lambayeque “JAV”-EsSaludAMC Nº 1210M08401 Adquisición de Medicamentos

Resolución de Gerencia General N° 281-GG-ESSALUD-2006, que aprueba el petitorio Farmacológico de ESSALUD y su normatividad de uso y sus modificatorias.

Directiva N° 003-PE-ESSALUD-2003, Normas de Gestión y Proceso Presupuestario del Seguro Social de Salud – ESSALUD aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 981-PE-ESSALUD-2003.

Ley Nº 29812-Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2012 – Articulo 13º Aprueba los topes para la determinación de los Procesos de Selección contemplados en la Ley de Contrataciones del Estado para el ejercicio presupuestal 2012.

Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.

CAPÍTULO II

DEL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1 CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN

ETAPAS FECHAS LUGAR

CONVOCATORIA 17.12.2012Publicación en el SEACE, PORTAL

ESSALUDInvitación a Proveedores, mediante

correo electrónico.

REGISTRO DE PARTICIPANTES

18 AL 27.12.2012

Ventanilla de Atención a ProveedoresOficina de Adquisiciones-Plaza de la

Seguridad Social S/N ChiclayoDe 8:00 a 16:00 horasTelefax 074-272808

PRESENTACION DE PROPUESTAS

28.12.2012Ventanilla de Atención a ProveedoresOficina de Adquisiciones-Plaza de la

Seguridad Social S/N ChiclayoDe 8:00 a 16:00 horas.

EVALUACION DEPROPUESTAS 02 y

03.01.2013Comité Especial

OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

04.01.2013Publicación en el SEACE, y la Of. Adquisiciones sito en Plaza de la Seguridad Social S/N – Chiclayo

2.2 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES El registro de los participantes se realizará de manera gratuita en la ventanilla de la Oficina de Adquisiciones de la Red Asistencial Lambayeque, sitio en Plaza de la Seguridad Social S/N Chiclayo, desde el día siguiente de la convocatoria hasta antes de la hora prevista para la presentación de propuestas, en las fechas y hora señaladas en el cronograma.

En el momento de la entrega de las Bases al participante, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que constará: el número y objeto del

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proceso, el nombre y firma de la persona que recibe las Bases así como el día y hora de dicha recepción.

2.3 ACTO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Las propuestas se presentarán en dos sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial u órgano encargado de las contrataciones de la ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA N° 1210M08401, conforme al siguiente detalle:

SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado:

SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:

Todos los documentos que contengan información esencial de las propuestas se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. La omisión de la presentación del documento o su traducción no es subsanable.

Cuando se exija la presentación de documentos que sean emitidos por autoridad pública en el extranjero, el postor podrá presentar copia simple de los mismos, sin perjuicio de su ulterior presentación a la suscripción del contrato, con las formalidades que se establecen en el Art. 62º del Reglamento.

Los formatos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual, debiendo llevar el sello y la rúbrica del postor o su representante legal o mandatario designado para dicho fin y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.

2.4 CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

SOBRE Nº 1 - PROPUESTA TÉCNICA:

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SeñoresEsSALUDRed Asistencial LambayequeAtt.: Comité EspecialSeñores

ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA N° 1210M08401Objeto del proceso: Adquisición de medicamento…………….

SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICANOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR

SeñoresEsSALUDRed Asistencial LambayequeAtt.: Comité Especial

ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA N° 1210M08401Objeto del proceso: Adquisición de medicamento……………

SOBRE N° 02: PROPUESTA ECONÓMICA NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR

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Se presentará en un (1) original, debidamente foliada

El Sobre N° 1 contendrá, además de un índice de documentos, la siguiente documentación:

Documentación de presentación obligatoria: a) Copia simple del Certificado de inscripción vigente en el Registro Nacional

de Proveedores: Registro de Bienes.

b) Declaración Jurada de datos del postor.Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados - Anexo Nº 01.

c) Declaración jurada y/o documentación que acredite el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de de la presente sección. Anexo Nº 02.

d) Declaración jurada simple de acuerdo al Artículo 42º y 157º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado1 - Anexo Nº 03.

En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante legal común del consorcio.

e) Promesa de consorcio, de ser el caso, consignando los integrantes, el representante común, el domicilio común y el porcentaje de participación. Anexo Nº 04

La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes. En caso de no establecerse en la promesa formal de consorcio las obligaciones, se presumirá que los integrantes del consorcio ejecutarán conjuntamente el objeto de convocatoria, por lo cual cada uno de sus integrantes deberá cumplir con los requisitos exigidos en las Bases del proceso.

Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.

“Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos

f) Constancia de Establecimiento Farmacéutico (copia simple). vigente a la presentación de propuestas. Expedida por el Ministerio de Salud (DIGEMID), este documento es de carácter obligatorio en todos los casos para postores individuales o en consorcio.

g) Declaración Jurada de Presentación del Producto (original). La Propuesta Técnica debe cumplir las denominaciones y características referidas en el Anexo Nº 05 de ser necesario, se utilizará hojas adicionales.

h) Declaración Jurada de Plazo de entrega según Anexo Nº 06

i) Carta de Representación (En idioma castellano y en original o copia simple).Obligatorio sólo para los postores que no fabrican ni son dueños de marca. Deberá ser emitida por el fabricante o el dueño de la marca del producto y/o por el distribuidor siempre que se encuentre debidamente autorizado por cualquiera de éstos. Para la emisión de la Carta de Representación no se requerirá de la presencia de autoridad alguna ni que dicho acto conste en instrumento público.

Deberá estar a nombre del postor.1 En este documento se encuentra incluida la declaración jurada sobre el compromiso de mantener

vigente la oferta del postor hasta la suscripción del contrato, conforme a lo requerido por el artículo 157º del Reglamento.

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Si el postor es dueño de la marca, deberá entenderse que son dueños del producto, pudiendo ser éste indistintamente de marca o genérico, por lo que no requiere de Carta de Representación.

Con vigencia a la fecha de Presentación de Propuestas. Debe indicar la fecha de vigencia, caso contrario, la fecha de emisión no deberá ser mayor a dos (02) años, contados a partir de la fecha de Presentación de Propuestas. No se aceptará vigencias indefinidas.

También se consideraran las cartas de representación que indican una vigencia superior a dos años y que han sido emitidas con retroactividad hace mas de 2 años, siempre y cuando se precise el periodo de representación que supere los dos (2) años de vigencia del documento.En caso de presentar el documento solicitado, en idioma distinto al castellano; se deberá presentar copia simple de la traducción efectuada por traductor público juramentado, de acuerdo a lo establecido en el Art. 62º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

j) Registro Sanitario o Certificado de Registro Sanitario (Copia Simple) Expedido por el Ministerio de Salud (DIGEMID). Vigente a la fecha de presentación de Propuestas. No se aceptará expedientes en trámite a (excepción de la reinscripción puntualmente señalada en del DS 009-2009-SA).Los datos expresados en la oferta presentada, deben coincidir con los datos indicados en el Registro Sanitario del producto ofertado.De ser el caso, para los productos que se oferten con solvente, aditivo y/o dispositivo, tanto el producto, como el solvente, el aditivo y/o el dispositivo deben estar acompañados por el respectivo registro sanitario.

Productos de origen nacional:

El Registro Sanitario deberá estar a nombre de la empresa postora. Para el caso de empresas distribuidoras de productos nacionales, podrán presentar copia simple del Registro Sanitario del Titular con su respectiva Carta de Representación a nombre del postor.

Productos de origen extranjero: El Registro Sanitario deberá estar a nombre de la empresa postora. Si el postor no es titular del Registro Sanitario, deberá ceñirse a lo establecido en los Art. 31° y 32° del D.S. N° 010-97-SA y sus modificatorias, que entre otros señala “que un producto ya registrado, podrá ser importado y comercializado por quien no es el Titular del Registro Sanitario, y para tal efecto la DIGEMID emitirá a favor del interesado un “Certificado de Registro Sanitario de Producto Importado”

Productos de origen extranjero elaborados por encargo de empresa nacional: Si el postor es distribuidor de productos de origen extranjero elaborados por encargo de una empresa nacional, deberá presentar copia del Registro Sanitario a nombre del titular con su respectiva carta de representación. Esta Carta de Representación deberá ser emitida por el Titular del Registro Sanitario.

k) Protocolo y/o Certificado de Análisis (En idioma castellano y en original o copia simple).

Adjuntar copia simple de la obra oficial de referencia a la que se acoge.El Protocolo y/o Certificado de Análisis deberá ser emitido por el laboratorio de Control de Calidad del fabricante o por un laboratorio acreditado por INDECOPI o autorizado por el Ministerio de Salud (MINSA), debe contener los análisis realizados en todos los componentes del producto, los límites y los resultados obtenidos en dichos análisis, con arreglo a las exigencias contempladas en la farmacopea o

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metodología declarada por el interesado en su solicitud (para la obtención del registro sanitario). En esa medida, conforme a la normativa que regula de manera específica los protocolos de análisis, estos deberán contener la información a que se refiere el artículo 28º y 29º del Decreto Supremo Nº 010-97-SA que aprueba el Reglamento para el Registro, Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Farmacéuticos y Afines y sus modificatorias.

En tal sentido conforme a lo establecido por el Pronunciamiento N° 020-2006/GTN, deberá admitirse los protocolos de análisis emitidos conforme al Reglamento para el registro, control y vigilancia sanitaria de productos farmacéuticos y afines, sin perjuicio de la aplicación de la Resolución Jefatural N.º 229/96-J-IPD-INS a los controles de calidad que deban realizarse.

Para productos importados este documento deberá contar con la firma debidamente identificada (Nombre y Cargo) del responsable o responsables de Control de Calidad del Laboratorio Fabricante (Pronunciamiento N 020-2006/GTN).

Para productos nacionales este documento deberá contar con la firma debidamente identificada (Nombre y Cargo) del responsable o responsables del Control de Calidad del Laboratorio Fabricante (Pronunciamiento N 020-2006/GTN).

Para productos por encargo este documento deberá contar con la firma debidamente identificada (Nombre y Cargo) del responsable o responsables del Control de Calidad del Laboratorio Fabricante o de la firma debidamente identificada (Nombre y Cargo) del responsable o responsables de Control de Calidad del que encargue la fabricación (Pronunciamiento N 020-2006/GTN).

Este documento es un informe técnico por cada lote que se produce, no se admitirá enmendaduras ni correcciones de este documento.

Cuando se oferten productos con solvente, aditivos y/o dispositivos, deberán presentar Protocolos de Análisis; por el polvo o liofilizado, por el solvente, aditivo y/o dispositivo.

Obligatoriamente, el Protocolo de Análisis debe contener Pruebas Generales y Pruebas Específicas y consignar lo siguiente:

- Nombre del Laboratorio que lo emite.- Nombre del producto.- Forma farmacéutica.- Fecha de Análisis.- Descripción del producto.- Fecha de vencimiento.- Número de lote (explicar en hoja aparte si es codificado de manera

diferente a lo indicado por el D.S. N° 010-97-S.A.). Esta explicación deberá presentarse de manera obligatoria.

- Farmacopea o Suplemento de referencia, vigente a la fecha de fabricación, (Pronunciamiento N 020-2006/GTN). Dichos documentos al ser información técnica complementaria podrá ser presentada en el idioma original.

- Cuando el producto no se encuentre en las Farmacopeas Oficiales, se aceptará técnica analítica propia del fabricante, la que se presentará con traducción simple, con cago a entregar la traducción oficial antes de la suscripción del contrato. (Pronunciamiento N 020-2006/GTN).

- Se aceptarán las farmacopeas con ediciones anteriores a la fecha de fabricación, siempre que éstas no hayan variado las especificaciones.

- Análisis físico - químicos, microbiológicos, farmacológicos y/o biológicos realizados, señalando las especificaciones, los Límites de Aceptación y los resultados obtenidos.

Tratándose de inyectables o sustancias de uso parenteral, el Protocolo deberá incluir

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el resultado de la prueba de partículas extrañas y endotoxinas bacterianas o Pirógenos y en el caso de hemoderivados deberá certificarse la negatividad de HIV y Hepatitis B y C. (Art. 59° del Reglamento para el Registro, Control y Vigilancia Sanitaria de los Productos Farmacéuticos y Afines – D.S. 020-2001-S.A.) y Res. Ministerial N° 0641-2008/MINSA.

En caso de tabletas y cápsulas (cuya farmacopea así lo exija) deberá figurar necesariamente la prueba de disolución o desintegración.Para los productos no estériles deberán incluir en el protocolo de análisis el control

de límite microbiano.

Las demás especificaciones particulares para cada tipo de producto se establecen en el Reglamento para el Registro, Control y Vigilancia Sanitaria de Productos

Farmacéuticos y afines.

En caso de presentar el documento solicitado, en idioma distinto al castellano; se deberá presentar copia simple de la traducción efectuada por traductor público juramentado, de acuerdo a lo establecido en el Art. 62º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

j) Metodología Analítica propia (Copia Simple)Sólo para los productos que no se encuentren comprendidos en Farmacopeas Oficiales de Referencia.Cuando un medicamento no se encuentra incluido en las Farmacopeas Oficiales de Referencia, entonces la única forma de poder evaluar este Protocolo de Análisis es comparando con la Metodología Analítica propia desarrollada por el fabricante; es por ello, la importancia de este requerimiento. (En concordancia a lo indicado en el numeral 2.1 del Pronunciamiento N° 330-2008/DOP).Esta Metodología de Análisis deberá ser descrita en forma completa de acuerdo a las pruebas indicadas en el Protocolo de Análisis respectivo.En caso de presentar el documento solicitado, en idioma distinto al castellano; se deberá presentar copia simple de la traducción efectuada por traductor público juramentado, de acuerdo a lo establecido en el Art. 62º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

k) Certificado de Buena Práctica de Almacenamiento: copia simple, vigente a la fecha de presentación de propuestas, extendido por DIGEMID.Para el caso de postores que contraten el servicio de almacenamiento con un tercero, deberá presentar CBPA vigente a nombre del postor, se deberá presentar el CBPA de la empresa que presta el servicio de almacenamiento, acompañando para este caso de la documentación que acredite el vínculo contractual entre ambas partes.(documento de arrendamiento que garantice que esta haciendo uso de los almacenes). (En concordancia a lo indicado en el numeral 3.2.5 del Pronunciamiento N° 330-2008/DOP). Asimismo se deberá adjuntar copia simple de la Constancia del Establecimiento Farmacéutico, solicitada en el literal (f) del presente numeral.

l) Certificado de Buena Práctica de Manufactura del laboratorio fabricante – (CBPM). (En idioma castellano y en original o copia simple).Deberá ser extendido por autoridad competente del país de origen. Vigente a la fecha de Presentación de Propuestas. Debe indicar la fecha de vigencia, caso contrario, la fecha de emisión no deberá ser mayor a dos (02) años, contados a partir de la fecha de Presentación de Propuestas.

En el caso que el Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura, corresponda a un producto elaborado en territorio nacional, éste documento deberá certificar al

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área de manufactura correspondiente al producto. Asimismo, en el caso que la empresa postora sea a la vez un laboratorio fabricante nacional; en mérito a la aplicación de los dispositivos que en esta materia se encuentran vigentes en el territorio peruano, se entiende que el CBPM incluye al CBPA.Para productos elaborados en el extranjero, podrá aceptarse como documentos alternativos el Certificado de Libre Venta o el Certificado de Libre Comercialización y el Certificado de Producto Farmacéutico, los que deberán certificar que el laboratorio fabricante cumple con las Buenas Prácticas de Manufactura.

Para el caso de productos fabricados por etapas en países distintos, el postor deberá presentar en su propuesta técnica, el certificado de buenas prácticas de manufactura o el certificado de libre venta, o el certificado de libre comercialización o el certificado de producto farmacéutico de cada país que intervino en la elaboración del mismo. (Pronunciamiento N 020-2006/GTN).Para el caso de productos elaborados por encargo en el extranjero, el certificado de buenas prácticas de manufactura o Certificado de Libre Venta o Certificado de Libre Comercialización o Certificado de Producto Farmacéutico, debe ser extendido al laboratorio fabricante por la autoridad competente del país de origen. (Pronunciamiento N 020-2006/GTN).En caso de presentar el documento solicitado, en idioma distinto al castellano; se deberá presentar copia simple de la traducción efectuada por traductor público juramentado, de acuerdo a lo establecido en el Art. 62º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

m) Muestra1. Se precisa la muestra para el análisis físico (descripción del producto mediante el

análisis organoléptico) según los artículos 28° y 29° del D.S. 010-97-SA; y la verificación de los envases inmediatos o primarios y mediatos o secundarios, artículos 43° y 44° del mismo decreto y su modificación D.S. 020-2001-SA, lo cual faculta la manipulación de la muestra..

2. Para el medicamento ofertado, los postores deberán presentar obligatoriamente como muestra 1 (UNO) envase secundario conteniendo como mínimo 1 (UNO) envase primario. Si el producto, según Registro Sanitario; no dispone de envase secundario, presentará sólo 1 (UNO) envase primario. (Pronunciamiento N°319-2008/DOP)

3. La muestra debe ser entregada en la fecha de presentación de propuestas.4. La fecha de vencimiento de la muestra no deberá ser menor a 60 (SESENTA) días

calendario, contados a partir de la fecha de Presentación de Propuestas.5. Cada muestra deberá ser marcada o etiquetada con la siguiente información:

Postor .................. (sticker o impreso), Ítem N°:……, Adjudicación de Menor Cuantía N° 1210M08401.

6. Los rotulados estipulados en los numerales 3.2.9 y 3.2.10, tienen carácter obligatorio en la presentación de muestras.

7. El número de lote y la fecha de vencimiento (mes y año) de las muestras presentadas, debe ser el mismo que figura en el Protocolo de Análisis.

8. La metodología a emplear para la evaluación de las muestras se detalla en el numeral 2.3.1.

9. La muestra que requiera conservar la cadena de frío tendrán el rótulo respectivo y deberá bajo responsabilidad del postor, ser remitida en un paquete separado de las muestra que no requieran de dicha conservación, con una señal al respecto y especialmente acondicionado.

10.En el estado en que se encuentre por efecto del proceso de evaluación técnica, las muestras deberán ser retiradas dentro de los 15 días (calendario) posteriores a la adjudicación del proceso, en la oficina de adquisiciones, ventanilla de atención a proveedores, ubicada en la sede del Hospital Nacional “Almanzor Aguinaga Asenjo”, Plaza de la Seguridad Social S/N. Aquellas muestras que no sean recogidas dentro del plazo indicado serán desechadas, no reconociendo ningún reclamo posterior. ESSALUD no se hará responsable por las muestras que no hayan sido solicitadas para su devolución dentro del periodo que se indique.

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n) La vigencia mínima del medicamento será de 18 meses contados a partir de la fecha de ingreso del producto al almacén.

Excepcionalmente, para los productos que por sus propiedades biológicas, físicas y químicas no puedan cumplir con la vigencia mínima establecida, podrán presentar vigencias menores, siempre que éstas no sean inferiores al 80% del tiempo de vida útil especificado para el Producto y declarada por el fabricante. Esta situación deberá encontrarse debidamente sustentada en la propuesta técnica, lo que será evaluado por el Comité Especial. (La evaluación consistirá en función del tiempo de vida útil de cada producto declarado por el fabricante, el cual no debe ser menor al 80%. Es decir, ejemplo: Si la vida útil de un medicamento es de 18 meses, el 80% de estos 18 meses, será 14.4 meses. En consecuencia, esta evaluación será tomada en cuenta a partir de la fecha de entrega. De no considerarse este 80% del tiempo de vida útil del producto ofertado será descalificado). (En concordancia a lo indicado en el numeral 2.1 del Pronunciamiento N° 330-2008/DOP.

Solo se internará medicamentos con una vigencia menor a la mínima establecida, en casos excepcionales debidamente justificados contando con la autorización de la Jefatura del Servicio de Farmacia, en estos casos el contratista esta obligado de presentar una Carta de Compromiso de Canje por fecha de vencimiento, por el lote del medicamento a entregar.

o) Carta de compromiso de canje, según Anexo Nº 08.

Muy importante: La omisión de alguno de los documentos enunciados o muestra acarreará la descalificación de la propuesta.

Documentación de presentación facultativa:

a) Certificado de inscripción o reinscripción en el Registro de la Micro y Pequeña Empresa – REMYPE.

b)En el caso de microempresas y pequeñas empresas integradas por personas con discapacidad o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por éstas, deberá presentarse una constancia o certificado con el cual acredite su inscripción en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad.

c) Relación de documentos que acrediten prestaciones relacionadas con la venta de medicamentos, (original) según modelo del Anexo Nº 07.

Para efecto de obtener el puntaje señalado para este factor en el Capítulo IV, el postor deberá necesariamente presentar copia simple de los contratos y su respectiva conformidad o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente (no se aceptarán Declaraciones Juradas), referidos a la venta de medicamentos en general a personas naturales o jurídicas (empresas, instituciones o entidades afines, públicas o privadas), hasta por un número máximo de 20 (veinte) contrataciones sin importar el número de documentos que lo sustenten con una antigüedad de emisión o suscripción no mayor de tres (03) años contados a partir de la fecha de Presentación de Propuestas.

En caso que el proveedor presente comprobante de pago deberá acompañar cualquier documento que acredite su cancelación: Reporte del Estado de Cuenta Bancario, Nota de Abono en Cuenta Corriente a través de la Banca Electrónica, Voucher del cheque emitido por la empresa que realiza el pago, comprobante de retención, u otro documento.

En caso de suministro de medicamentos, solo se considerará la parte que haya sido ejecutada hasta la fecha de presentación de las propuestas, debiendo adjuntar la conformidad de la misma o acreditar su pago.

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SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICA (original)

El Sobre N° 2 deberá contener la siguiente información obligatoria:

a) Oferta económica y el detalle de precios unitarios cuando este sistema haya sido establecido en las Bases. (Anexo Nº 09)

El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.

b) La Garantía de Seriedad de Oferta (Carta Fianza), suma equivalente al 2% del mismo, tal como señala el Artículo 157º del Reglamento.

No. Ítem

MONTO GARANTIA SERIEDAD DE OFERTA(CARTA FIANZA)

DESCRIPCIÓN DEL ÍTEM UM EN NUMEROS EN LETRAS

1Morfina (Sulfato) 30 mg. De Liberación Prolongada

TAB 2,576.77

Dos Mil Quinientos Setenta y Seis con 77/100 Nuevos soles

La Garantía no deberá presentar borrones, enmendaduras, perforaciones, ni alteraciones que le resten la posibilidad de renovaciones, ejecuciones futuras o las inhabilitaciones; por consiguiente se sugiere que el original sea presentado dentro de una mica, adjuntando una copia fotostática de la misma en la propuesta económica. Debe tenerse en cuenta que el Título Valor debe contar con una vigencia mínima de 02 meses.

Los documentos que contengan los sobres técnicos y económicos deben estar debidamente foliados.

2.5 EVALUACION DE PROPUESTAS

La evaluación de propuestas se realizará en dos (02) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica.

Los máximos puntajes asignados a las propuestas son las siguientes:Propuesta Técnica : 100 puntosPropuesta Económica : 100 puntos

2.5.1. Evaluación TécnicaLa evaluación Técnica comprende 2 (DOS) etapas:

1. Admisión

A efecto de la admisión de las propuestas, el Comité Especial verificará que las ofertas cumplan con los requerimientos técnicos mínimos establecidos en las Bases:

a) Del Plazo de Entrega : Se verificará que en ningún caso el plazo de entrega ofertado supere los 10 días calendarios, contados a partir del día siguiente de la recepción de la orden de compra.

b) Contenido del sobre técnico : Se verificará que el contenido de los documentos presentados en el sobre técnico (numeral 2.4 de las Bases), se ajusten a lo dispuesto por las Bases, de lo contrario la propuesta será desestimada.

c) Del cumplimiento de la vigencia mínima del medicamento: Se verificará el cumplimiento de la vigencia mínima requerida del medicamento en las condiciones establecidas en el numeral 2.4 literal p, de las Bases.

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d) Del cumplimiento del requerimiento señalado en el CAPITULO III de las Bases en cuanto a:

(1) En la muestra se verificará que el principio activo presentado sea lo solicitado por EsSALUD; asimismo cuando se especifique en el requerimiento, peso o volumen se verificará en la muestra que sea lo solicitado.

(2) En la muestra se verificará que la concentración farmacológica sea la solicitada. e) De la descripción

En cada forma farmacéutica, confirmar las características físicas del contenido descritas en el Protocolo (aspecto, forma, color y olor) y las características generales establecidas para cada una de ellas en la farmacopea o norma a la que se acoge.

f) De los envasesa) Se verificará manualmente que el envase primario esté herméticamente cerrado de manera que garantice su contenido y evite su contaminación. b) Se verificará que el número de lote y la fecha de vencimiento sean idénticos a los especificados en el Protocolo de Análisis.c) Se verificará que el número de Registro Sanitario coincida con el número señalado en la parte resolutiva de la Resolución Directorial.d) Se verificará el cumplimiento de los rótulos, según lo establecido en los numerales 3.2.9 y 3.2.10 de las Bases.

2. Calificación, según Capítulo IV.Sólo a aquellas propuestas admitidas, el Comité Especial les aplicará los factores de evaluación previstos en las Bases y asignará los puntajes correspondientes, conforme a los criterios establecidos para cada factor.

2.5.2 Evaluación Económica

La propuestas que excedan el valor referencial serán devueltas, teniéndose por no presentadas. (Artículo 33º de la Ley).

La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:

Pi = Om x PMPE Oi

Donde: i = Propuesta Pi = Puntaje de la propuesta económica i Oi = Propuesta Económica i Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica

2.5.3 Determinación del Puntaje Total

Una vez calificadas las propuestas durante la evaluación técnica y económica se determinará el puntaje total de las mismas.

El puntaje total de las propuestas será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:

PTPi = c1 PTi + c2 PEiDonde:

PTPi = Puntaje total del postor iPTi = Puntaje por evaluación técnica del postor iPEi = Puntaje por evaluación económica del postor i

c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica = 0.60 c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica = 0.40

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“El Comité Especial verificará las operaciones aritméticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorrección, deberá corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha corrección debe figurar expresamente en el acta respectiva”.

2.6 OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

Se otorgará la Buena Pro al postor que obtenga el mayor puntaje total. El otorgamiento de la Buena Pro se registrará en el SEACE en la fecha prevista en el calendario del proceso.

2.7 CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

El consentimiento de la Buena Pro se registrará en el SEACE al día siguiente de haber quedado consentido el otorgamiento de la buena pro.

2.8 REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

Adicionalmente, conforme al artículo 141º del Reglamento y en concordancia con el objeto de la convocatoria, se requerirá, los siguientes documentos:

a) Copia de DNI del Representante Legal;b) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa;c) Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado;d) Copia del RUC de la empresa;e) Código de Cuenta Interbancario (CCI), de corresponder.f) Constancia de no estar Inhabilitado para contratar con el Estado.

Asimismo, el postor ganador de la buena pro deberá presentar una carta fianza para efectos de garantizar lo siguiente:

- De fiel cumplimiento del contrato.- Por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso).- Prestaciones accesorias (de ser el caso).

Nota: Carta de retención del 10% en caso de ser pequeña empresa.

2.9 PLAZO PARA EL PAGO

La Entidad se compromete a efectuar el pago al contratista en un plazo máximo de 30 días calendarios de otorgada la conformidad de recepción de la prestación.

El pago se realizará en Nuevos Soles, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente de acuerdo a lo establecido en el artículo 180° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

2.10 FORMA DE PAGO

De acuerdo con el artículo 176º del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación:

- Recepción y conformidad del funcionario encargado para dar conformidad.

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- Informe del funcionario responsable del área usuaria emitiendo su conformidad de la prestación efectuada.

Son requisitos de pago:

a) Que el contratista haya cumplido con la entrega total de las cantidades indicadas en la Orden

de Compra.b) Que haya canjeado, repuesto o entregado los medicamentos por las causales del

numeral 3.2.23 y 3.2.24.c) En el caso de existir observaciones, que éstas hayan sido subsanadas.

El expediente completo deberá incluir:

a) Factura (Original, SUNAT y copia)b) Orden de Compra (Original y copia)c) Guía de Remisión (Original y copia)d) Notas contables, si hubiera, (Original, SUNAT y copia)e) Formato de Pago a Tesorería, si hubiera, (Original y copia)Los documentos contables deberán consignar obligatoriamente el número de la orden de compra como referencia.

2.11 SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

2.11.1 DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN

En caso de procesos de selección cuyo valor referencial no supere las seiscientas (600) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), la presentación, plazos, requisitos y resolución de los Recursos de Apelación se sujetan a lo dispuesto en los artículos 53°, 54° Y 55° de la Ley de Contrataciones del Estado y artículos del 104° al 115° de su Reglamento.

Los recursos de apelación deberán ser presentados en la Oficina de Trámite Documentario (ventanillas de la 1 a la 4), sito en Jr. Domingo Cueto Nº 120 - Jesús María, adjuntando la copia del depósito en la cuenta bancaria de la Entidad o Carta Fianza a nombre de “ESSALUD”, por una suma equivalente al tres por ciento (3%) del valor referencial del proceso de selección impugnado o del ítem, etapa, tramo, lote o paquete a impugnarse.

En caso la garantía sea, en depósito en cuenta bancaria, ésta deberá realizarse conforme a lo siguiente:

E

EEn caso la garantía sea Carta Fianza, ésta deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática en el país al sólo requerimiento de la Entidad, emitida por una empresa bancaria autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o estar consideradas en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú. Esta garantía deberá tener un plazo mínimo de vigencia de veinte (20) días calendario, debiendo ser renovada hasta el momento en que se agote la vía administrativa, siendo obligación del impugnante realizar dichas renovaciones en forma oportuna. En el supuesto que la garantía no fuese renovada hasta la fecha consignada como vencimiento de la misma, se considerará el recurso como no presentado.

N. DE CUENTA CCI Denominación BANCO191-0208161-0-36

00219100020816103658

LEY 26790-SALUD CREDITO

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Las solicitudes de lectura de expediente derivadas de un recurso de apelación deberán ser solicitadas ante la Oficina Central de Asesoria Jurídica (Telf. 2656000-Anexo 2494), sea en forma verbal o escrita.

Lo resuelto en el recurso de apelación agota la vía administrativa. Una vez resuelto el recurso de apelación, las solicitudes de devolución de garantías deberán ser tramitadas ante la Gerencia de Tesorería de la Sede central.

2.11.2 DURANTE LA EJECUCION CONTRACTUAL

Las controversias que surjan durante la ejecución contractual serán resueltas mediante conciliación y/o arbitraje.

Si las controversias estuvieran referidas a la adecuación que deben existir entre las características del bien presentado por EL CONTRATISTA a ESSALUD y las especificaciones técnicas contenidas en la ficha técnica respectiva, las partes podrán conciliar en función al dictamen pericial que emita el perito designado de común acuerdo por ellas.

1.- CONCILIACIONCualquiera de las partes tiene el derecho a solicitar una conciliación dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos, 144°, 170°, 175°, 177°, 199°, 201°, 209°, 210° y 211° del Reglamento de la Ley de Contrataciones, o en su defecto, en el articulo 52° de la referida Ley, debiendo iniciarse este procedimiento ante un Centro de Conciliación acreditado por el Ministerio de Justicia.Las actas de conciliación deberán ser remitidas al OSCE para su registro y publicación dentro del plazo de (10) días hábiles de suscritas.

2.- ARBITRAJECualquiera de las partes tiene el derecho a solicitar una conciliación dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos, 144°, 170°, 175°, 177°, 199°, 201°, 209°, 210° y 211° del Reglamento de la Ley de Contrataciones, o en su defecto, en el articulo 52° de la Ley. De haberse pactado en el convenio arbitral la realización de un arbitraje institucional, la parte interesada debe recurrir a la institución arbitral en aplicación del respectivo reglamento arbitral institucional. De haberse pactado arbitraje ad hoc, la parte interesada procederá a remitir sa la otra la solicitud de arbitraje a que se refiere este Reglamento.Si las partes optaron por el procedimiento de conciliación de manera previa al arbitraje, éste deberá iniciarse dentro de un plazo de caducidad de quince (15) días hábiles siguientes de emitida el Acta de no Acuerdo Total o Parcial.

Las controversias relativas al consentimiento de la liquidación final de los contratos de consultoria y ejecución de obras o respecto de la conformidad de la recepción en el caso de bienes y servicios, así como las referidas al incumplimiento de los pagos que resulten de las mismas, también serán resueltas mediante arbitraje.

El arbitraje se desarrollara de conformidad con la normativa de contrataciones del Estado, pudiendo el OSCE brindar servicios de organización y administración en los arbitrajes administrativos que se encuentren bajo el régimen de contratación publica y de acuerdo a las Directivas que apruebe el OSCE para tal efecto.

Se regirá de conformidad con lo dispuesto Titulo V de Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y el Capitulo XII de su Reglamento

En caso que el arbitraje sea iniciado por el CONTRATISTA, el impugnante deberá asumir como domicilio legal de la Entidad la siguiente dirección: Jr. Domingo Cueto Nº 120 – Jesús María- Lima, remitiendo copia a la Oficina de Asesoria Jurídica de la Red Asistencial Lambayeque, sito en Plaza de la Seguridad social S/N de la ciudad de Chiclayo, conforme al procedimiento señalado en el Articulo 276° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

El Laudo arbitral emitido es vinculante para las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualquier instancia administrativa.

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CAPÍTULO III

3.1 REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS

Los postores ofertarán por la cantidad total especificada cumpliendo con las especificaciones técnicas del medicamento.

IT CÓDIGO DESCRIPCIÓN DEL ÍTEM UM CANTIDA

D TOTAL

ENTREGAS

DIC.12I

TRIM.13I I

TRIM.13III

TRIM.13IV

TRIM.13

1 010050028

Morfina (Sulfato) 30 mg. De Liberación Prolongada

TAB 17,110 1,426 3,974 5,400 5,400 910

PLAZO DE ENTREGAMáximo 05 días calendario.

LUGAR DE ENTREGASerá el indicado en la orden de compra.Las entregas deberán efectuarse en la dirección consignada en la respectiva orden de compra. El horario para la recepción de los materiales es de lunes a viernes de 8:00 a 16:00 horas. La Red Asistencial Lambayeque no está obligada a recibir bienes fuera de la fecha u horarios establecidos.

INFORMACION ADICIONAL

3.2 CONDICIONES DE CARACTER TECNICO- ECONOMICO

(Lugar, cantidad y oportunidad de entrega)

3.2.1 El postor obligatoriamente ofertará la cantidad total solicitada.

3.2.2 El postor podrá presentar en su propuesta técnica el plazo de entrega que estime adecuado, el que será evaluado por el Comité Especial de acuerdo a lo indicado para este factor en el Capítulo IV, ningún caso el plazo de entrega ofertado deberá superar los 10 días calendarios contados a partir del día siguiente de la recepción de la orden de compra. El último día de dicho plazo se convierte en la fecha límite de entrega la cual estará señalada en las respectivas órdenes de compra.

3.2.3 Las entregas deben efectuarse según numeral 3.2.2. , en el Almacén Central de la Gerencia Red Asistencial Lambayeque; sito en la Av. Los Incas Nº 150 La Victoria- Chiclayo.

El horario para la recepción de los medicamentos en los almacenes de EsSALUD es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 1.00 p.m. y de 2.00 p.m. a 3.00 p.m.

3.2.4 La entrega será formalizada en las correspondientes Órdenes de Compra.

CALIDAD

3.2.5 La calidad de un medicamento debe entenderse como la condición de estar conforme con las especificaciones técnicas y anexos de las Bases y además estar apto para las condiciones normales de uso, entendido esto como la idoneidad del producto para cumplir su funcionabilidad, la misma que será medida en atención a las observaciones que realicen los usuarios (Profesionales de las Redes Asistenciales) y pacientes del Seguro.

3.2.6 Adicionalmente el medicamento debe cumplir estrictamente las Especificaciones Técnicas señaladas y aprobadas en el proceso del Registro Sanitario del medicamento.

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ESSALUD no aceptará productos reenvasados o reetiquetados por terceros.

Como regla general, el principio activo y la concentración, así como otras características de los medicamentos, deben coincidir con lo señalado en el Capítulo III de las presentes Bases.

ENVASE Y EMBALAJE

3.2.7 Los rótulos correspondientes a los numerales 3.2.9 y 3.2.10 deberán sujetarse a lo establecido en el Decreto Supremo N° 010-97-SA y sus modificatorias. Estos deben ser claros, legibles y resistentes a la manipulación.

3.2.8 Al momento de la evaluación y en la entrega de los medicamentos, se verificará que el rotulado del Envase Inmediato o Primario (contiene directamente al medicamento) consigne cuanto menos lo siguiente:

- Nombre del producto y su DCI., si es un monofármaco o asociación a dosis definida.

- Concentración. del principio activo, para el caso de monofármacos o asociación a dosis definida.

- Vía de Administración, oral. Rectal, tópica, inhalatoria, IM (intramuscular) o EV (Endovenosa) u otros.

- Nombre o razón social o logotipo que identifica al Laboratorio Fabricante y/o al Titular del Registro Sanitario.

- Número de Lote y fecha de vencimiento.

3.2.9 Al momento de la evaluación y en la entrega de los medicamentos, se verificará que el rotulado del Envase Mediato o Secundario (contiene varios envases Primarios) consigne cuanto menos lo siguiente:

- Nombre del producto y su DCI y con su nombre de marca si lo tuvieran- Concentración.- Forma farmacéutica- Vía de Administración- Contenido neto por envase.- La fórmula del producto (según lo establecido en el Art. 43 del D.S. N° 010-

97-SA y su modificatorias)- Condición de Venta- Nombre y país del Laboratorio Fabricante - Número de R.U.C. del fabricante nacional- Nombre del Director Técnico para los Laboratorios Nacionales, para el caso

de los productos fabricados en el país por encargo de un tercero se consignará además el nombre del Q.F. responsable.

- Registro Sanitario- Número de Lote y Fecha de Expiración o Vencimiento.- Los productos importados deberán consignar: Nombre, dirección y RUC del

Importador, y el nombre del Químico Farmacéutico responsable.- Condiciones especiales de almacenamiento y de administración si fuesen

necesarios. - Cuando corresponda, advertencias que establezca la autoridad

sanitaria (Anexo Nº 09), respecto a los Rotulados establecidos en la Farmacopeas Oficiales, a la cual se acoge el producto, es de cumplimiento obligatorio, conforme a lo establecido en el artículo 43, numeral j) del DS N° 010-97-SA.

3.2.10 Asimismo, adicionalmente a lo indicado al momento de la entrega de los medicamentos, los envases deberán tener impreso de manera indeleble en forma clara, legible y resistente a la manipulación normal en el transporte y uso del producto, los siguientes rótulos:

Envase Inmediato o Primario

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- "EsSALUD Prohibida su Venta".

Envase Mediato o Secundario- “EsSALUD Prohibida su Venta”.

Es obligatorio para el contratista imprimir los rótulos indicados en el presente numeral, en el 100% de los envases de las cantidades a entregar mensualmente. EsSALUD no está obligado a recibir los medicamentos que no estén de acuerdo a las normas legales vigentes o que no cumplan con las características señaladas en el presente numeral y en los numerales 3.2.8, 3.2.9 y 3.2.10.

3.2.11 Los rótulos deberán estar en idioma castellano. Podrán emplearse otros idiomas además del castellano, siempre que dicha información corresponda a la que obra en Registro Sanitario del producto (Artículo 18º del Reglamento para el Registro, Control y Vigilancia Sanitaria de los Productos Farmacéuticos y Afines).

3.2.12 En caso de no existir envase secundario, los rótulos del envase primario, deberán ser los señalados, para el envase secundario.

3.2.13 Los envases primarios o inmediatos deben estar herméticamente cerrados, deben ser resistentes a la manipulación almacenaje y transporte, de tal manera que garantice la integridad del producto evitándose su contaminación y adulteración.

3.2.14 Los medicamentos de acuerdo a su forma farmacéutica deben ser ofertados y entregados en su forma de presentación correspondiente, por ejemplo:

- TB: forma oral sólida, comprende genéricamente: tabletas, grageas, perlas y cápsulas con contenido sólido (excepto en los casos en que se indica específicamente cápsulas).

- CP: cápsulas con contenido sólido o líquido (excluye cualquier otra presentación diferente.)

- SUP: supositorios- OV: óvulos vaginales o tabletas vaginales en envases individuales.- Frascos (FR): soluciones orales, ampollas bebibles, jarabes, suspensiones, polvos

para reconstruir, soluciones bebibles y otros.- Potes (PT): cremas, ungüentos, geles, jaleas, y otros semisólidos.- Tubos (TU): cremas, ungüentos, geles, jaleas, y otros semisólidos.- Galones (GL): soluciones desinfectantes.- Sobres (SOB): polvos para rehidratación oral.- Aerosoles .- Ampollas (AM): Soluciones inyectables, liofilizados.- Jeringas prellenadas: Soluciones inyectables.- Frasco – ampolla (VIAL): Soluciones inyectables, liofilizados.- Cartucho Dental (CAD): Soluciones inyectables de uso dental.- Galones (GL): Soluciones para hemodiálisis.

3.2.15 Para el caso de medicamentos cuyo rotulado tenga la advertencia: “Proteger de la Luz” de acuerdo a la norma que se acoge o determine el fabricante, el envase primario debe cumplir con alguna de las siguientes condiciones:

- Envase primario que proteja de la luz.- Envase primario protegido por empaque individual.

3.2.16 En el caso de estos medicamentos, si el envase primario no cumpliera con la primera condición, entonces para la segunda condición no se aceptaran envases múltiples, siendo por lo tanto motivo de descalificación.

3.2.17 De preferencia los envases primarios múltiples e individualizados deberán estar rotulados por cada unidad posológica indicando nombre de marca si lo tuviera, concentración del principio activo, denominación común internacional ( DCI) y nombre o razón social o logotipo que identifica al laboratorio fabricante y/o titular del registro.

EMBALAJE DEL PRODUCTO

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3.2.18 El embalaje dependiendo del producto autorizado en su Registro Sanitario, es el que contiene todos los envases secundarios o primarios a ser distribuidos.

3.2.19 Los medicamentos deben embalarse adecuadamente utilizando cajas, de tal forma que se preserve su orden, integridad y conservación. Cada caja debe llevar impreso en un lugar visible y con el tamaño adecuado para una fácil identificación, lo siguiente:

- "EsSALUD"- “AMC N° 1210M08401 ”

3.2.20 Debe descartarse la utilización de envases plásticos flexibles (bolsas) o cajas de productos comestibles o productos de tocador, entre otros.

3.2.21 El contratista deberá entregar por cada ítem en cada punto de destino folletos o cartillas ú hojas de instrucciones que señale las condiciones de almacenamiento del medicamento.

CONFORMIDAD DE RECEPCIÓN

3.2.22 La conformidad de la recepción se sujeta a lo dispuesto en el Artículo 176º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y será dada por el Jefe de Almacén (o quien haga sus veces) y por el encargado del Área de Salud (o quien haga sus veces) en el almacén de destino, considerando el cumplimiento de lo siguiente:

- CalidadLos medicamentos que se entregan corresponden a las especificaciones técnicas incluidas en la propuesta adjudicada y se encuentran en adecuado estado de conservación. Para llevar a cabo tal verificación el contratista deberá entregar en cada punto de destino copia simple de los siguientes documentos:

a. Protocolo ó Certificado de Análisis de Control de Calidad; en el que se pueda verificar que los medicamentos que está entregando cumplen con las especificaciones técnicas adjudicadas. Este documento debe ser emitido por el laboratorio fabricante o por quien encargue su fabricación.

b. En el caso de Inyectables o sustancias de uso parenteral, deberá presentar el ensayo referente a Partículas Extrañas. Este documento debe ser emitido por el laboratorio fabricante o por un laboratorio acreditado por INDECOPI o autorizado por MINSA; en el caso que este documento sea emitido por el laboratorio fabricante, y de existir quejas o reclamos por el usuario sobre la presencia de partículas extrañas, EsSALUD se reserva el derecho de realizar un control posterior, el mismo que se realizará de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial N° 063-2004/MINSA.EsSALUD aceptará los resultados de conformidad de acuerdo a lo señalado en los numerales 9.2.1 y 9.2.2 de la Resolución Ministerial N° 063-2004/MINSA.

c. Registro Sanitario del producto, el cual deberá estar vigente a la fecha de entrega de los bienes.

d. Se hará la verificación física, por cada ítem, de la entrega de folletos o cartillas ú hojas de instrucciones que señale las condiciones de almacenamiento del medicamento.

- Cantidada. La entrega de los medicamentos se realiza en las cantidades requeridas y

especificadas en las correspondientes órdenes de compra.b. La Guía de Remisión deberá indicar obligatoriamente por cada punto de destino

el número de los lotes entregados y la cantidad de medicamentos que suministra con cada lote por cada ítem. No deberán entregar más de 4 (CUATRO) lotes distintos de un mismo ítem por cada entrega y punto de destino.

- OportunidadLa entrega de los medicamentos se realiza en el plazo de entrega señalado en las correspondientes órdenes de compra.

- Lugar

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La entrega de los medicamentos se realiza en los almacenes de la Red Asistencial – Lambayeque.

3.2.23 Si durante el acto de recepción de los bienes se advirtiera mermas y/o medicamentos deteriorados a consecuencia del transporte, el contratista deberá proceder a reponer o canjear los bienes que se hayan detectado en las situaciones descritas.

3.2.24 La conformidad de recepción no invalida el reclamo posterior por parte de ESSALUD, por defectos o vicios ocultos, inadecuación a las Especificaciones Técnicas u otras situaciones anómalas no detectables o no verificables durante la recepción de los medicamentos debiendo el contratista proceder a reponer o canjear en el término de la distancia los bienes que se hayan detectado en las situaciones descritas.

PRUEBAS DE CONFORMIDAD Y CONTROL DE CALIDAD

3.2.25 Las Pruebas de Control de Calidad que el contratista especifica en el Protocolo de Análisis se ceñirán estrictamente a lo señalado en la Ley General de Salud Nº 26842 y el Reglamento para el Registro, Control y Vigilancia Sanitaria de productos Farmacéuticos y Afines (D.S.010-97-S.A. y su modificatoria).

3.2.26 Para efectos de la entrega de los medicamentos, el contratista deberá adjuntar el PROTOCOLO DE ANALISIS Y REGISTRO SANITARIO.

3.2.27 ESSALUD de considerarlo necesario, por sí o por terceros, podrá dentro del plazo de ejecución del contrato, realizar Análisis de Control de Calidad de los medicamentos, los que serán evaluados de acuerdo a la metodología actualizada del Registro Sanitario que obra en DIGEMID. De considerarlo necesario EsSALUD podrá realizar un control posterior, en cuyo caso las muestras se tomarán de los almacenes de EsSALUD.

3.2.28 Los controles de calidad de los medicamentos se efectuarán en cualquiera de los laboratorios acreditados que conforma la Red de Laboratorios Oficiales de Control de Calidad del MINSA. Dicho control deberá ser solicitado y será certificado por un laboratorio que el contratista elija, cuyo costo será asumido por el mismo (incluido el costo de las muestras tomadas de sus almacenes y de los estándares).

3.2.29 EsSALUD efectuará visitas de inspección a las instalaciones del contratista a fin de verificar los procesos de producción, almacenamiento y distribución.

Se levantará un acta consignando las inspecciones y verificaciones realizadas, así como los resultados obtenidos, dicha acta deberá ser firmada por representantes de EsSalud y del contratista.

3.2.30 Cuando un producto obtenga un resultado No Conforme, el contratista podrá solicitar su apelación o derecho de réplica (Prueba de Dirimencia) dentro de los siete primeros días hábiles posteriores a la recepción de la comunicación por parte de la Gerencia Central de Prestaciones de Salud (Oficina de Medicamentos y Control de Calidad), la cual indicará la información técnica sustentatoria de la misma. La respuesta del contratista no enmarcado en una solicitud de Dirimencia, será interpretada como un consentimiento al resultado no conforme del control de calidad de su producto de acuerdo a la Resolución Ministerial N° 1853-SA-DM-2002.

3.2.31 La inmovilización de los lotes analizados se realizará al detectarse la No Conformidad, debiendo la Gerencia Central de Prestaciones de Salud comunicarlo inmediatamente a la Gerencia Central de Logística para las acciones que el caso amerite, debiendo el contratista realizar las coordinaciones respectivas ante esta última Gerencia Central.

PENALIDADES

3.2.32 La penalidad por mora en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, se aplicarán de acuerdo a lo establecido en el Art. 165º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Esta penalidad será deducida de cualquiera de sus facturas pendientes o en la liquidación final. La mora es automática.

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3.2.33 La aplicación de la penalidad y resolución del contrato sólo afectará al ítem en el que se haya originado la mora o incumplimiento.

3.2.34 Será causal de resolución si la penalidad por mora alcanza el diez por ciento (10%) del monto del ítem. (Art. 165º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado).

AMPLIACIONES

3.2.35 Las ampliaciones de plazo que el contratista pudiera solicitar se sujetan a lo dispuesto por el Art. 41º de la Ley de Contrataciones del Estado y Art. 175º de su Reglamento.

SANCIONES

3.2.36 De detectarse en cualquiera de las etapas del proceso de selección o durante la ejecución del contrato, la adulteración o falsificación de documentos, se procederá:

a) Para los Postores: Eliminación del postor desaprobándose automáticamente todas sus ofertas y se iniciarán las acciones administrativas, Civiles y Penales (Art. 427º del Código Penal) a que hubiera lugar.

b) Para los Contratistas: Se sujetará a lo dispuesto por el Art. 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado vigente; sin perjuicio de las acciones Administrativas, Civiles y Penales (Art. 427º del Código Penal) a que hubiera lugar.

El postor o contratista, según sea el caso, es solidariamente responsable de cualquier adulteración o falsificación de sus documentos, así haya sido cometida por alguno de sus empleados a iniciativa propia.

La Gerencia Central de Logística comunicará de este hecho al Consejo Directivo del OSCE.

3.2.37 El postor adjudicado que no mantenga su oferta hasta la suscripción del contrato; o, que no suscriba el contrato en el plazo establecido en el Art. 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, perderá la Buena Pro, debiendo la Gerencia Central de Logística proceder a comunicar este hecho al Consejo Directivo del OSCE para la aplicación de las sanciones que por tales causales contempla el Reglamento de la Ley.

3.2.38 Las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los Art. 40° inciso c) y 44° de la Ley de Contrataciones del Estado y los Art. 167º y 168º de su Reglamento; de darse el caso se seguirá el procedimiento establecido en el artículo 169º del citado Reglamento.

3.2.39 Asimismo, durante el plazo de ejecución del contrato, se aceptará hasta un máximo de un lote No Conforme por ítem. De sobrepasar el límite señalado EsSALUD, resolverá el contrato; de darse el caso se seguirá el procedimiento establecido en el Art. 169º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

3.2.40 En el caso de consorcio, los integrantes de éste responden solidariamente respecto de la no suscripción del contrato y del incumplimiento del mismo, estando facultada la Entidad, en dichos casos, para demandar a cualquiera de ellos por los daños y perjuicios causados. El incumplimiento del contrato generará la imposición de sanciones administrativas que se aplicarán a todos los integrantes del consorcio, aun cuando se hayan individualizado las obligaciones y precisado la participación de cada uno.

3.2.41 En todo lo no previsto en las presentes Bases se regula por las disposiciones de la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento y supletoriamente por el Código Civil y demás dispositivos legales pertinentes.

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CAPÍTULO IV

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

La Buena Pro se adjudicará por ítem a la propuesta que obtenga el mayor puntaje total.

La evaluación de las propuestas es integral, realizándose en 2 (DOS) etapas: Evaluación Propuesta Técnica y Evaluación Propuesta Económica.

4.1. EVALUACIÓN PROPUESTA TÉCNICA

DESCRIPCION TABLETAS

Se verificará que los envases primarios múltiples e individualizados estén rotulados de forma individualizada indicando DCI, concentración del principio activo y nombre o razón social o logotipo que identifica al Fabricante.

20

Se verificará que los envases primarios múltiples e individualizados presenten un “precorte” que permita la facilidad en la dispensación de la unidad posológica.

10

PLAZO DE ENTREGAMenor de 3 días calendarios contados a partir del día siguiente de la recepción de la orden de compra

De 3 a 4 días calendarios contados a partir del día siguiente de la recepción de la orden de compra

30

20

EXPERIENCIA DEL POSTORLa presentación de documentos se sujeta a lo indicado en el literal (c) de la documentación de presentación facultativa de las Bases.Mayor del 300% hasta el 500% del Valor Referencial del ítem cotizado.Mayor del 200% hasta el 300% del Valor Referencial del ítem cotizado.Mayor del 100% al 200 % del Valor Referencial del ítem cotizado.Mayor del 50% al 100% del Valor Referencial del ítem cotizado.

40

30

20

10

PARA ACCEDER A LA ETAPA DE EVALUACIÓN ECONÓMICA, EL POSTOR DEBERÁ OBTENER UN PUNTAJE TÉCNICO MÍNIMO DE SESENTA (60) PUNTOS.

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CAPÍTULO V

PROFORMA DE CONTRATO

Conste por el presente documento, el contrato de contratación de ……….., que celebra de una parte ……………………., en adelante ESSALUD, con RUC Nº ………, con domicilio legal en …………, representada por …………, identificado con DNI Nº ……………., y de otra parte ………………......................................, con RUC Nº ……………….., con domicilio legal en ………………..........................., inscrita en la Ficha N° ………. Asiento N° …………. del Registro de Personas Jurídicas de (Ciudad), debidamente representado por su Representante Legal, ……………….........................................., con DNI N° ……………….., según poder inscrito en la Ficha N° ………., Asiento N° ……….. del Registro de Personas Jurídicas de (Ciudad), a quien en adelante se le denominará “EL CONTRATISTA” en los términos y condiciones siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO Con fecha ……., el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N.º 1210S00181, para la adquisición de medicamentos, a ……………………… (indicar nombre del ganador de la Buena Pro), cuyos detalles, importes unitarios y totales, constan en los documentos integrantes del presente contrato.

CLÁUSULA SEGUNDA: FINALIDAD DEL CONTRATO……………………….

CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUALEl monto total del presente contrato asciende a S/. ………………… a todo costo, incluido IGV.Este monto comprende el costo del bien, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato. El objeto del proceso se encuentra incluido en el listado de medicamentos e insumos liberados del pago del IGV y de los derechos arancelarios de acuerdo a lo dispuesto en el decreto supremo Nº 004-2009-S.A.; por lo tanto, no incluye IGV.

CLÁUSULA CUARTA: FORMA DE PAGO 2 ESSALUD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en ………………. (indicar moneda), en el plazo de ……………………… (indicar el plazo en el que ESSALUD efectuará el pago), luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para tal efecto, el responsable de dar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días de ser estos recibidos.

CLÁUSULA QUINTA: INICIO Y CULMINACIÓN DE LA PRESTACIÓNEl plazo de ejecución de la prestación se extenderá desde …..……… hasta ……………………..

CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO El presente contrato está conformado por las bases integradas, la oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes.

CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍASEL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de ESSALUD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:2 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a efectos de generar el pago.

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De fiel cumplimiento del contrato: S/…………………., a través de la …………………(Indicar el tipo de garantía). Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tiene una vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:

Adicional por el monto diferencial: S/…………………., de ser el caso, …………………., a través de la …………………(Indicar el tipo de garantía), con una vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

Garantía por prestaciones accesorias: S/………………, de ser el caso, …………………., a través de la ………………(Indicar el tipo de garantía) con una vigencia hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas.

Esta(s) garantía(s) es(son) emitida(s) por una empresa bajo el ámbito de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o que estén consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.

La garantía de fiel cumplimiento y, de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta deberán encontrarse vigentes hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo de EL CONTRATISTA.3

CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓNESSALUD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164º del Reglamento.

CLÁUSULA NOVENA: CONFORMIDAD DE RECEPCIÓN DE LA PRESTACIÓNLa conformidad de recepción de la prestación se regula por lo dispuesto en el Artículo 176º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del bien. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, el contratista no cumpliese a cabalidad con la subsanación, ESSALUD podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.Este procedimiento no será aplicable cuando los bienes manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso ESSALUD no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.

CLÁUSULA DÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA El contratista declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.

CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOSLa conformidad de recepción de la prestación por parte de ESSALUD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50º de la Ley.

3 De manera excepcional, en aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

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CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: PENALIDADES 4 En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la entidad le implicará al contratista una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto maximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o , de ser el caso, del item que debió ejecutarse.Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta , del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de fiel cumplimiento o por el monto diferencial de propuesta.La penalidad se aplicará y se calculará de acuerdo a la siguiente formula:

Penalidad diaria = 10 X Monto F X Plazo en díasDonde :F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días oF = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.

Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o item que debió ejecutarse o, en caso que estos involucraran obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso.

Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, la Entidad podrá resolver el contrato por incumplimiento.

Para efectos del calculo de la penalidad diaria se considerará el monto del contrato vigenteCLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: AMPLIACIONES DE PLAZO DEL CONTRATODe acuerdo al artículo 41º de la Ley de Contrataciones de Estado, EL CONTRATISTA podrá solicitar la ampliación del plazo contractual, siempre y cuando se presente los siguientes casos:

1. Cuando se apruebe el adicional, siempre y cuando afecte el plazo. En este caso EL CONTRATISTA ampliará la garantía que hubiere otorgado.

2. Por atrasos o paralizaciones no imputables a EL CONTRATISTA.3. Por atrasos o paralizaciones en el cumplimiento de la prestación de EL

CONTRATISTA por culpa de ESSALUD; y,4. Por caso Fortuito o fuerza mayor.

Debiendo seguirse el procedimiento establecido en el Artículo 175º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESOLUCIÓN POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATOCualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40º, inciso c), y 44º de la Ley, y de los artículos 167º y 168º de su Reglamento. De darse el caso, ESSALUD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: RESOLUCIÓN POR MUTUO ACUERDO DEL CONTRATOLas partes podrán resolver el contrato de mutuo acuerdo por causas no atribuibles a éstas por caso fortuito o fuerza mayor, estableciendo los términos de la resolución. En ambos supuestos, se liquidará en forma exclusiva la parte efectivamente ejecutada. CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Sin perjuicio de la indemnización por daño ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias aplicadas a EL CONTRATISTA, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas ni de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar.4 Deberá considerarse las penalidades que se hubieran establecido al amparo del artículo 166º del

Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

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CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE OBLIGACIONES Y/O DERECHOS.EL CONTRATISTA no podrá transferir total o parcialmente los derechos u obligaciones que se generen del presente contrato. Es de su responsabilidad la ejecución y cumplimiento de las obligaciones fijadas en el contrato y en los documentos que lo conforman

CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: MARCO LEGAL DEL CONTRATOEn lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, serán de aplicación las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente y demás normas concordantes.

CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 5 Las controversias que surjan durante la ejecución contractual serán resueltas mediante conciliación y/o arbitraje.

Si las controversias estuvieran referidas a la adecuación que deben existir entre las características del bien presentado por EL CONTRATISTA a ESSALUD y las especificaciones técnicas contenidas en la ficha técnica respectiva, las partes podrán conciliar en función al dictamen pericial que emita el perito designado de común acuerdo por ellas.

CONCILIACIÓN

Cualquiera de las partes tiene el derecho de solicitar el inicio del procedimiento de conciliación dentro del plazo de caducidad previsto en el Artículo 52º de la Ley de Contrataciones del Estado, en armonía con lo previsto en los artículos 144º, 170º y 175º, de su Reglamento, pudiendo optar por:

Recurrir a un centro de conciliación, caso en el que la conciliación se desarrollará bajo los alcances de la legislación de la materia.Recurrir al OSCE, el mismo que organizará y administrará el procedimiento de conciliación, de acuerdo con el Reglamento para tal efecto.

ARBITRAJE

Cualquiera de las partes tiene el derecho de dar inicio al Arbitraje dentro del plazo de caducidad previsto en el Artículo 52º de la Ley de Contrataciones del Estado, en armonía con lo previsto en los artículos 144º, 170º y 175º de su Reglamento. Para iniciar el arbitraje, las partes deben recurrir a una institución arbitral, en el caso de arbitraje institucional, o remitir la solicitud de arbitraje a que se refiere el Reglamento.

Se regirá de conformidad con lo dispuesto Titulo V de la Ley de Contrataciones del Estado y el Capítulo XII del Titulo II de su Reglamento.

El Laudo arbitral emitido es vinculante para las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualquier instancia administrativa.

En caso de procesos de selección cuyo valor referencial no supere las seiscientas (600) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), la presentación, plazos, requisitos y resolución de los Recursos de Apelación se sujetan a lo dispuesto en los artículos 53°, 54° Y 55° de la Ley de Contrataciones del Estado y artículos del 104° al 115° de su Reglamento. En Adjudicaciones de Menor Cuantía el plazo será de cinco (05) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.

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Los recursos de apelación deberán ser presentados en la Oficina de Trámite Documentario (ventanillas de la 1 a la 4), sito en Jr. Domingo Cueto Nº 120 - Jesús María, adjuntando la copia del depósito en la cuenta bancaria de la Entidad o Carta Fianza a nombre de “ESSALUD”, por una suma equivalente al tres por ciento (3%) del valor referencial del proceso de selección impugnado o del ítem, etapa, tramo, lote o paquete a impugnarse.

En caso la garantía sea, en depósito en cuenta bancaria, ésta deberá realizarse conforme a lo siguiente:N. DE CUENTA CCI Denominación BANCO191-0208161-0-

360021910002081610365

8 LEY 26790-SALUD CREDITO

En caso la garantía sea Carta Fianza, ésta deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática en el país al sólo requerimiento de la Entidad, emitida por una empresa bancaria autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o estar consideradas en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú. Esta garantía deberá tener un plazo mínimo de vigencia de veinte (20) días calendario, debiendo ser renovada hasta el momento en que se agote la vía administrativa, siendo obligación del impugnante realizar dichas renovaciones en forma oportuna. En el supuesto que la garantía no fuese renovada hasta la fecha consignada como vencimiento de la misma, se considerará el recurso como no presentado.

Las solicitudes de lectura del expediente derivadas de un recurso de apelación deberán ser solicitadas ante la Oficina Central de Asesoria Jurídica (anexo 2494), sea en forma verbal o escrita

Lo resuelto en el recurso de apelación agota la vía administrativa. Una vez resuelto el recurso de apelación, las solicitudes de devolución de garantías deberán ser tramitadas ante la Gerencia de Tesorería de la Sede Central.

CLÁUSULA VIGESIMA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICACualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.

CLÁUSULA VIGESIMA PRIMERA: VERACIDAD DE DOMICILIOSLas partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del presente contrato. En caso que lo varíen, dicho acto tendrá que ser comunicado a ESSALUD de modo indubitable a fin que produzca efectos tal como dispone el artículo 40º del Código Civil

De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de ………. al …………………………

“ESSALUD” “EL CONTRATISTA”

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FORMATOS Y ANEXOS

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ANEXO N° 01

DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 1210M08401Presente.-

El que se suscribe, ……………………. (o representante Legal de ..................), identificado con DNI Nº ................., R.U.C. Nº ............., con poder inscrito en la localidad de ................ en la Ficha Nº ............ Asiento Nº ..........., DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información de mi representada se sujeta a la verdad:

Nombre o Razón SocialDomicilio LegalRUC Teléfono Fax

Ciudad y fecha, ……………………………

..........................................................Firma y sello del Representante Legal

Nombre / Razón social del postor

(*) Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

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ANEXO N° 02

DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS DEL BIEN CONVOCADO

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 1210M08401Presente.-

De nuestra consideración:

El que suscribe, ……………………. (postor y/o Representante Legal de ..................), identificado con DNI Nº ................., RUC Nº ............. en calidad de postor, luego de haber examinado los documentos del proceso de la referencia proporcionados por ESSALUD- RED ASISTENCIAL LAMBAYEQUE “JAV”, y conocer todas las condiciones existentes, el suscrito ofrece entregar los Medicamentos de conformidad con dichos documentos y de acuerdo con los Requerimientos Técnicos Mínimos y demás condiciones que se indican en el Capítulo III de la sección específica de las Bases.

En ese sentido, me comprometo a entregar el bien con las características, en la forma y plazo especificados en las Bases.

Ciudad y fecha, ……………………………

…….………………………….…………………..Firma y sello del representante legal

Nombre / Razón social del postor

(*) Adicionalmente, puede requerirse la presentación de otros documentos para acreditar el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos, conforme a lo señalado en el contenido del sobre técnico.

ANEXO N° 03

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DECLARACIÓN JURADA (ART. 42º y 157º DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL

ESTADO)

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 1210M08401Presente.-

De nuestra consideración:

El que suscribe …………….. (o representante legal de …………), identificado con DNI Nº ................, con RUC Nº ……………, domiciliado en .........................................., que se presenta como postor de la ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº ………………….., para la CONTRATACIÓN DE ……………………. declaro bajo juramento:

1.-No tengo impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al Art. 10º de la Ley de Contrataciones del Estado.

2.-Conozco, acepto y me someto a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.

3.-Soy responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del presente proceso de selección.

4.-Me comprometo a mantener mi oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro. Art.157º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado

5.-Conozco las sanciones contenidas en la Ley y su Reglamento, así como en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Ciudad y fecha, ……………………………

………………………….………………………..

Firma y sello del representante legalNombre / Razón social del postor

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ANEXO N° 04

PROMESA FORMAL DE CONSORCIO(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 1210M08401Presente.-

De nuestra consideración,

Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta en la ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA N° ……………………….., responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.

Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio, de conformidad con lo establecido por el artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Designamos al Sr. ..................................................................................., identificado con D.N.I. Nº…………………….. como representante legal común del Consorcio, para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y formalizar la contratación correspondiente. Adicionalmente, fijamos nuestro domicilio legal común en.........................................

OBLIGACIONES DE ……..: % Participación

OBLIGACIONES DE ……: % Participación

Ciudad y fecha, ……………………………

………………………………………….. …..

………………………………….Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y

DNI delRepresentante Legal empresa 1 Representante Legal

empresa 2

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ANEXO Nº 05

DECLARACION JURADA DE PRESENTACION DEL PRODUCTO

El que se suscribe, don …………………………………………, identificado con DNI Nº........................ Representante Legal de ............................................................., con R.U.C. Nº ………………… DECLARO BAJO JURAMENTO:

NOMBRE O RAZON SOCIAL DEL POSTOR ÍTEM N°

NOMBRE GENERICO O COMERCIAL

CONCENTRACIONFORMA DE PRESENTACIÓNFORMA FARMACÉUTICAUNIDAD MÍNIMA DE DESPACHO (debe coincidir con la información que aparece consignada en el Registro SanitarioREGISTRO SANITARIOLABORATORIO FABRICANTEDUEÑO DE MARCA O PRODUCTOPAIS DE ORIGEN DEL PRODUCTO TERMINADOCANTIDAD OFERTADA

VIGENCIA DEL MEDICAMENTO: (A partir de la fecha de entrega a los almacenes)

……………..………………. meses

E S P E C I F I C A C I O N E S T E C N I C A S (Marcar con una X) CONSIGNADAS EN EL PROTOCOLO DE ANÁLISIS:

INDICADAS EN HOJA INDIVIDUAL: (indicar las hojas que se adjuntan)

FARMACOPEA N°: ............................ (cuando el producto ofertado se encuentre en Farmacopea, siempre deberá consignarse el dato correspondiente).

NORMA TÉCNICA PROPIA.........................Indicar página del expediente en donde se encuentra el Protocolo de Análisis con la Farmacopea indicada.

DESCRIPCIÓN DEL EMBALAJE (numeral 3.2.19 y 3.2.20 de las Bases)

………………………….………………………..Firma y sello del representante legal

Nombre / Razón social del postor

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ANEXO Nº 06

DECLARACIÓN JURADA SOBRE PLAZO DE ENTREGA

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 1210M08401Presente.-

De nuestra consideración,

El que suscribe, don _______ identificado con D.N.I. N° __________, Representante Legal de __________, con RUC Nº ___________, DECLARO BAJO JURAMENTO que mi representada se compromete a entregar los bienes objeto del presente proceso en el plazo de…………………………………….calendario (Indicar el plazo ofertado en días).

Ciudad y fecha, ……………………………

……..........................................................Firma y sello del Representante Legal

Nombre / Razón social del postor

ANEXO N° 07

EXPERIENCIA DEL POSTOR

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SeñoresCOMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 1210M08401Presente.-

El que suscribe..........................................................., con (documento de identidad) N°.............................., Representante Legal de la Empresa..............................................., con RUC. N°..............................., y con Domicilio Legal en......................................................................., detallamos lo siguiente:

Nº CLIENTEOBJETO DEL CONTRATO

(a)

N° CONTRATO

O FACTURA

IMPORTE DEL

CONTRATO O FACTURA

FECHA DE INICIO Y TÉRMINO

123456789

10TOTAL

Ciudad y fecha, ……………………………

……..........................................................Firma y sello del Representante Legal

Nombre / Razón social del postor

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ANEXO Nº 08

CARTA DE COMPROMISO DE CANJE AUTOMATICO

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 1210M08401Presente.-

El que suscribe, don.......…………......................….........., identificado con D.N.I. Nº ........................., Representante Legal de .................………...........….........., con R.U.C. Nº ........................; DECLARO BAJO JURAMENTO que mi representada, al ser favorecidos con la Buena Pro se compromete a realizar el canje de los productos de detectarse deficiencias en la calidad, los que presenten deterioros originales por el manipuleo o transporte, o si el producto vence sin ser utilizado en el plazo indicado los que por motivo no atribuibles al Centro Asistencial no estén aptas para su uso dentro de la institución, antes de la fecha de expiración o durante la entrega

El canje se efectuará a solo requerimiento y no generará gastos adicionales a la entidad.

Chiclayo,……………………………

……..................................................................Firma y sello del Representante Legal

Nombre / Razón social del postor

ANEXO Nº 09

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CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA(MODELO)

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 1210M08401Presente.-

De nuestra consideración,

A continuación, hacemos de conocimiento que nuestra propuesta económica es la siguiente:

CANT. CONCEPTO PRECIO UNITARIO, PRECIO TOTAL

La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo del bien a contratar.

Ciudad y fecha, ……………………………

……………………………….…………………..Firma y sello del representante legal

Nombre / Razón social del postor

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ANEXO Nº 10LISTADO DE ADVERTENCIAS PARA EL USO DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y AFINES

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