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CONSEJO DIRECTIVO I. E. CAMILO TORRES. ACUERDO N° 003 marzo 01 de 2018. ACUERDO N° 003 Marzo 01 de 2018. POR MEDIO DEL CUAL EL CONSEJO DIRECTIVO ADOPTA EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES - SIE, DE ACUERDO CON LA ESTRUCTURA Y REQUERIMIENTOS SEÑALADOS ESPECÍFICAMENTE EN EL ARTÍCULO 4° DEL DECRETO 1290 DE 2009Y Y DEROGA ACUERDO DE CONSEJO DIRECTIVO DE MARZO 5 DE 2010 EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA CAMILO TORRES, En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el art.144 de la ley 115 del 8 de junio del 94 y el art.23 del Decreto reglamentario 1860 del 3 de agosto del 94, LA LEY 715 DE 2001 compilado en el Decreto 1075 26 de mayo del 2015 y, CONSIDERANDO QUE: 1. Que el Decreto 1290 del 16 de abril de 2009 reglamentó la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media. 2. Que el decreto 1290 del 16 de abril de 2009 estableció los lineamientos generales y específicos para los procesos Evaluación y Promoción de los estudiantes a partir del año 2010. 3. Que el Artículo 4 del Decreto 1290 de 2009, establece que para la definición del Sistema Institucional de Evaluación de los estudiantes, que hace parte del Proyecto Educativo Institucional, se debe tener el siguiente contenido: a. Los criterios de evaluación y promoción. b. La escala de valoración institucional y su respectiva equivalencia con la escala nacional. c. Las estrategias de valoración integral de los desempeños de los estudiantes. d. Las acciones de seguimiento para el mejoramiento del desempeño de los estudiantes durante el año escolar. e. Los procesos de autoevaluación de los estudiantes. f. Las estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedagógicas pendientes de los estudiantes. g. Las acciones para garantizar que los directivos docentes y docentes del establecimiento educativo cumplan con los procesos evaluativos estipulados en el sistema institucional de evaluación. h. La periodicidad de entrega de informes a los padres de familia. i. La estructura de los informes de los estudiantes, para que sean claros, 1 ACUERDO N° 003 marzo 01 de 2018. POR MEDIO DEL CUAL EL CONSEJO DIRECTIVO ADOPTA EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES - SIE, DE ACUERDO CON LA ESTRUCTURA Y REQUERIMIENTOS SEÑALADOS ESPECÍFICAMENTE EN EL ARTÍCULO 4° DEL DECRETO 1290 DE 2009.

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CONSEJO DIRECTIVOI. E. CAMILO TORRES.

ACUERDO N° 003 marzo 01 de 2018.

ACUERDO N° 003Marzo 01 de 2018.

POR MEDIO DEL CUAL EL CONSEJO DIRECTIVO ADOPTA EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES - SIE, DE ACUERDO CON LA ESTRUCTURA Y REQUERIMIENTOS SEÑALADOS ESPECÍFICAMENTE EN EL ARTÍCULO 4° DEL DECRETO 1290 DE 2009Y Y DEROGA

ACUERDO DE CONSEJO DIRECTIVO DE MARZO 5 DE 2010EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA CAMILO TORRES,

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el art.144 de la ley 115 del 8 de junio del 94 y el art.23 del Decreto reglamentario 1860 del 3 de agosto del 94, LA LEY 715 DE 2001 compilado en el Decreto 1075 26 de mayo del 2015 y,

CONSIDERANDO QUE:

1. Que el Decreto 1290 del 16 de abril de 2009 reglamentó la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media.

2. Que el decreto 1290 del 16 de abril de 2009 estableció los lineamientos generales y específicos para los procesos Evaluación y Promoción de los estudiantes a partir del año 2010.

3. Que el Artículo 4 del Decreto 1290 de 2009, establece que para la definición del Sistema Institucional de Evaluación de los estudiantes, que hace parte del Proyecto Educativo Institucional, se debe tener el siguiente contenido: a. Los criterios de evaluación y promoción. b. La escala de valoración institucional y su respectiva equivalencia con la escala nacional. c. Las estrategias de valoración integral de los desempeños de los estudiantes. d. Las acciones de seguimiento para el mejoramiento del desempeño de los estudiantes durante el año escolar. e. Los procesos de autoevaluación de los estudiantes. f. Las estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedagógicas pendientes de los estudiantes. g. Las acciones para garantizar que los directivos docentes y docentes del establecimiento educativo cumplan con los procesos evaluativos estipulados en el sistema institucional de evaluación. h. La periodicidad de entrega de informes a los padres de familia. i. La estructura de los informes de los estudiantes, para que sean claros, comprensibles y den información integral del avance en la formación. j. Las instancias, procedimientos y mecanismos de atención y resolución de reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación y promoción. k. Los mecanismos de participación de la comunidad educativa en la construcción del sistema institucional de evaluación de los estudiantes.

4. Que el Artículo 6 del Decreto 1290 del 16 de abril de 2009, ordena que cada establecimiento educativo determine los criterios de promoción escolar de acuerdo con el Sistema Institucional de Evaluación de los estudiantes.

5. Que el artículo 8, numeral 2 del Decreto 1290 de 2009, ordena socializar el Sistema Institucional de Evaluación de los estudiantes con la comunidad educativa.

6. Que el Artículo 8, numeral 3 del Decreto 1290 de 2009, ordena aprobar el Sistema Institucional de Evaluación de los estudiantes en sesión en el consejo directivo y consignación del acta.

7. Que el Artículo 8, numeral 7 del Decreto 1290 de 2009, ordena informar sobre el Sistema Institucional de Evaluación a los nuevos estudiantes, padres de familia y docentes que ingresen durante cada periodo escolar.

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ACUERDO N° 003 marzo 01 de 2018. POR MEDIO DEL CUAL EL CONSEJO DIRECTIVO ADOPTA EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE

ESTUDIANTES - SIE, DE ACUERDO CON LA ESTRUCTURA Y REQUERIMIENTOS SEÑALADOS ESPECÍFICAMENTE EN EL ARTÍCULO 4° DEL DECRETO 1290 DE 2009.

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CONSEJO DIRECTIVOI. E. CAMILO TORRES.

ACUERDO N° 003 marzo 01 de 2018.8. Que el artículo 11, numeral 1 del Decreto 1290 de 2009, establece que responsabilidad del

establecimiento educativo definir, y divulgar el sistema institucional de evaluación de estudiantes, después de su aprobación por el Consejo Académico y consejo directivo

9. Que el Consejo Académico, tendiendo las recomendaciones de la visita de inspección y vigilancia del pasado 25 de septiembre de 2017 y del jefe de núcleo educativo en reunión Ordinaria del 01 de noviembre de 2017 (Acta No. 20 de 2017) da su visto bueno para efectuar la revisión y ajustes de todos puntos del SIE, APROBADO EN EL AÑO 2010 POR EL CONSEJO DIRECTIVO; por tal motivo se acordó organizar comisiones encargadas de revisar y proponer los ajustes necesario de cada punto establecido en el decreto 1290 de 2009

10. Que atendiendo las recomendaciones del Consejo Académico y la Comunidad Educativa en general, se han observado los pasos y procedimientos requeridos para la construcción del Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de los Estudiantes, SIE.

11. Que corresponde al Consejo Directivo adoptar el sistema Institucional de Evaluación y Promoción de Estudiantes, SIE, de acuerdo con la estructura y requerimientos señalados específicamente en el Artículo 4° del decreto 1290 de 2009.

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO: Adóptese el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de estudiantes - SIE, de acuerdo con la estructura y requerimientos señalados específicamente en el artículo 4° del decreto 1290 de 2009, quedando así:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.

En la Institución Educativa Camilo Torres del Municipio de San Pedro de Urabá, la evaluación se hará teniendo en cuenta los siguientes criterios:

CONTINUA: Se realiza en forma permanente, haciendo un seguimiento al estudiante que permita observar el progreso y las dificultades que se presenten en su formación.

INTEGRAL: Tiene en cuenta los aspectos y/o dimensiones del desarrollo del estudiante, con actividades como pruebas escritas y orales para evidenciar el proceso de aprendizaje y apropiación del conocimiento. Se le aplicarán las que permitan la consulta de textos, notas, solución de problemas y situaciones, ensayos, análisis, interpretación, proposición, conclusiones, y otras formas que los docentes consideren pertinentes y que independicen los resultados, de factores relacionados solamente con simples recordaciones o memorización de palabras, nombres, fechas, datos, cifras, resultado final, sin tener en cuenta el proceso del ejercicio y que no se encuentren relacionadas con la constatación de conceptos y factores cognitivos.

INTEGRAL: Tiene en cuenta:

• La observación de comportamientos, actitudes, valores, aptitudes, desempeños cotidianos, conocimientos; registrando en detalle los indicadores de competencias en los cuales se desarrollan, y que demuestren los cambios de índole cultural, personal y social del estudiante.

• El diálogo con el estudiante y el padre de familia, como elemento de reflexión y análisis, para adquirir información que complemente la obtenida en la observación y en las pruebas escritas.

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ACUERDO N° 003 marzo 01 de 2018.

• La auto-evaluación es el ejercicio que realiza el estudiante para identificar sus propios desempeños, reconocer sus dificultades, comprender las metodologías propicias y utilizar los recursos adecuados. Todo ello con el fin de tomar las decisiones que le permitan avanzar con éxito en el proceso de aprendizaje. Tomar conciencia de su proceso formativo con el fin de auto-regularlo, es el sentido de la auto-evaluación.

• La co-evaluación es el ejercicio que se realiza entre los estudiantes de un mismo grupo, atendiendo a criterios de evaluación o indicadores establecidos por consenso. Esta permite al estudiante y al docente: identificar los desempeños personales y grupales, fomentar la participación, reflexión y crítica constructiva ante situaciones de aprendizaje, opinar sobre su actuación dentro del grupo, mejorar su responsabilidad e identificación con el grupo, emitir juicios valorativos acerca de otros en un ambiente de libertad, compromiso y responsabilidad.

• La hetero-evaluación es el conversatorio que se realiza entre el docente y el estudiante, esta les permite: identificar carencias o puntos débiles que son necesarios reforzar antes de seguir adelante con el programa, evitar repeticiones innecesarias de objetivos que ya han sido integrados, dar soporte para la planificación de objetivos reales adecuados a las necesidades e intereses del grupo, trabajar en el diseño de actividades destinadas al grupo o a los estudiantes que lo requieran.

SISTEMÁTICA: Se realiza la evaluación teniendo en cuenta los principios pedagógicos y que guarde relación con los fines, objetivos de la educación, la visión y la misión del plantel, los estándares de competencias de las diferentes áreas y asignaturas, los desempeños, indicadores de desempeños, lineamientos curriculares o estructura científica de las áreas, los contenidos, los Derechos Básicos de Aprendizaje (DBA) de cada área y asignatura, métodos y otros factores asociados al proceso de formación integral de los estudiantes.

FLEXIBLE: Tiene en cuenta capacidades, dificultades, limitaciones de tipo afectivo, familiar, nutricional, entorno social, físicas, discapacidad de cualquier índole, estilos propios y ritmos de aprendizaje. Se da un manejo diferencial y especial según la problemática relevante o diagnosticada por profesionales.

PARTICIPATIVA: Involucra en la evaluación al estudiante, al docente, al padre de familia y otras instancias que aporten iniciativas en la realización de buenos métodos en los que sean los estudiantes quienes desarrollen las clases. Entre las actividades evaluativas que pueden ser utilizadas tenemos: técnicas de exposición grupal, prácticas de campo, trabajos en foros, mesa redonda, trabajo en grupo, debates, seminarios, talleres (de comprensión textual, de consulta, de resolución de problemas, de aplicación del conocimiento) y centros literarios. Esto con el fin de alcanzar las competencias interpretativas, argumentativas, propositivas, ciudadanas, científicas, laborales, comunicativas y matemáticas con la orientación y acompañamiento del educador.

FORMATIVA: Permite reorientar los procesos y metodologías educativas cuando se presenten indicios de reprobación en algún área, analizando las causas y buscando que lo aprendido en clase incida en el comportamiento y actitudes de los estudiantes dentro y fuera de Institución.

INTERPRETATIVA: se permitirá que los estudiantes comprendan el significado de los procesos y los resultados que obtienen, y junto con el profesor, hagan reflexiones sobre los alcances y las falencias para establecer oportunidades de mejoramiento que les permitan avanzar en su desarrollo de manera normal.

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ACUERDO N° 003 marzo 01 de 2018.

EVALUACIONES.

Las evaluaciones y sus resultados serán tan claros en su intención e interpretación, que no permitirán conflictos por intereses particulares entre estudiantes, profesores y padres de familia.

Para la valoración de las actividades evaluativas se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

• Talleres

• Sustentación

• Puntualidad en la entrega

• Organización de ideas

• Ortografía

• Presentación-forma-apoyo bibliográfico

En los talleres de aplicación del conocimiento tendrá el estudiante el derecho de recuperación y en los talleres de investigación, consulta y comprensión textual no tendrán recuperación.

TRABAJOS ESCRITOS INDIVIDUALES Y GRUPALES:

• Sustentación

• Puntualidad en la entrega

• Organización de ideas

• Ortografía

• Presentación-forma-apoyo bibliográfico

TÉCNICAS DE EXPOSICIÓN GRUPAL:

• Dominio del tema, coherencia y argumentación

• Manejo del grupo

• Ayudas audiovisuales

• Estrategias de presentación

ENSAYOS:

• Estructura textual

• Tesis

• Claridad y rigor en la argumentación

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ACUERDO N° 003 marzo 01 de 2018.• Conclusión

• Organización del pensamiento

• Ortografía

• Presentación-forma-apoyo bibliográfico

PRUEBAS ESCRITAS:

• Estas deben indagar los niveles de competencias.

• Cada interrogante tendrá un valor acordado previamente entre docentes y estudiantes.

• Trabajos de campo, plenarias, debates y relatorías.

• Al momento de diseñarlos deben ir acompañados de sus criterios de evaluación.

• Deben ser conocidos por los estudiantes antes de ser socializados y/o evaluados.

PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES EXTRACURRICULARES:

Todo estudiante que participe, en representación de la Institución y se destaque positivamente con su comportamiento dentro y fuera de ella, en actividades culturales, deportivas, científicas y otras, se le debe dar una valoración en el aspecto social y personal que será considerada con los demás criterios establecidos en el S.I.E.

PRUEBAS INTERNAS Y EXTERNAS:

Serán tomadas como referentes para observar cómo está el grupo y el grado en relación con la escala nacional y se tendrán en cuenta como insumo para los planes de mejoramiento institucional.

PROMOCIÓN ESCOLAR.

Serán promovidos todos los estudiantes que reúnan las siguientes condiciones:

• El grado preescolar se evalúa y promueve de conformidad con el artículo 10 del Decreto 2247 de 11 de septiembre de 1997, es decir que no se reprueba. En este nivel no hay ceremonia de grado, sino de clausura.

• Alcancen desempeños básicos, altos y superiores, en todas las áreas y/o asignaturas, al finalizar el año escolar.

• Habiendo presentado dificultades académicas y comportamentales en alguno de los cuatro períodos del año escolar, hayan alcanzado los desempeños básicos, altos y superiores a través de las estrategias de evaluación establecidas por la Institución.

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ACUERDO N° 003 marzo 01 de 2018.• Culminen la Educación Media obteniendo el Título de Bachiller Académico, cuando hayan cumplido con

todos los requisitos de promoción adoptados por la Institución educativa en su PEI, de acuerdo con la Ley y las normas reglamentarias vigentes.

• Los estudiantes con necesidades educativas especiales (NEE) serán promovidos después de la realización de ajustes razonables que se desarrollen en el aula con el acompañamiento del padre de Familia, la ayuda interdisciplinaria y el maestro de apoyo pedagógico.

• Habiendo presentado dificultades académicas y comportamentales en una o dos áreas y/o asignatura, se

promueve y se matricula en el grado siguiente como APROBADO. El estudiante tendrá un año para presentar las nivelaciones de estas áreas reprobadas en las siguientes fechas:

En la semana siguiente al regreso del receso de Semana Santa.

En la semana siguiente al regreso de vacaciones de mitad de año.

En la semana siguiente al regreso de la semana de receso escolar del segundo semestre.

Parágrafo: Con el fin de reconocerle al estudiante sus avances en los ciclos 1, 2º, 3, 4 y 5; cuando haya sido promovido con una o dos áreas o asignaturas con desempeño bajo en un grado especifico y en el grado siguiente muestra suficiencia en dicha área o asignatura; el docente del área o asignatura llevará la propuesta a consejo académico para su respectiva valoración y aprobación, mediante acta firmada por todos los miembros del consejo académico. El área que, según criterio argumentado del docente, no tenga proceso consecutivo en un ciclo, no se tendrá en cuenta para dicho reconocimiento y por consiguiente el estudiante debe realizar la respectiva actividad evaluativa de nivelación.

ACTIVIDADES DE NIVELACIÓN.

Los estudiantes que al finalizar el año escolar obtengan valoración de desempeño BAJO en una o dos áreas y/o asignatura, presentarán la nivelación de dichas áreas y/o asignatura durante el año siguiente en las fechas previstas anteriormente con los siguientes criterios:

• Son acciones o actividades de refuerzo: complementación, pruebas escritas, trabajos escritos, investigación, prácticas, proyectos. Estas serán elaboradas y programadas por cada docente en su área o curso, para ser desarrolladas y demostradas por los estudiantes durante cada proceso de nivelación.

• Para las actividades de nivelación, los docentes utilizarán estudiantes monitores que ayuden con explicaciones y refuerzos a los estudiantes que hayan tenido dificultades en su desempeño académico. También se contará con la colaboración de los padres de familia, las comisiones de evaluación y apoyo o cualquier otra forma que no implique la suspensión de clases para adelantar y demostrar dichas actividades.

• La nivelación de las áreas o asignaturas con desempeño bajo durante el año, no se hará solamente imponiendo un trabajo escrito o realizando una prueba escrita de contenidos o ejercicios. Se requiere la sustentación personal y directa del estudiante ante el docente, con la que se demuestre que superó tanto la parte cognitiva, como formativa; en su desarrollo social, personal y académico.

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CONSEJO DIRECTIVOI. E. CAMILO TORRES.

ACUERDO N° 003 marzo 01 de 2018.• Cada docente diligenciará y entregará a la secretaria de la I.E el acta donde se evidencie que el estudiante

superó las dificultades presentadas, en cualquiera de los momentos propuestos en el S.I.E. para el proceso de nivelación.

PROMOCIÓN ANTICIPADA DE GRADO.

Los docentes directores de grupo, recomendarán ante el Consejo Académico, la promoción anticipada de grado a grado, de los estudiantes que, finalizado el primer periodo académico, demuestren persistentemente, en todas las áreas y/o asignaturas, un desempeño alto o superior en la adquisición de los indicadores de desempeño. Para esto se tendrá en cuenta el análisis previo del proceso de rendimiento académico y disciplinario de los estudiantes y elconsentimiento de los padres de familia. Estos estudiantes deben reunir condiciones excepcionales de desarrollo cognitivo, actitudinal y comportamental.

Atendiendo al inciso anterior los docentes directores de grupo de la Básica Primaria, y los de las respectivas áreas y/o asignaturas en la Básica Secundaria y Media (Grado 10), sugerirán al Consejo Académico la promoción de grado, para aquellos estudiantes con las características descritas anteriormente.

Si el consejo académico encuentra méritos para atender la solicitud hecha por los profesores, se elaborará un acta dirigida al Consejo Directivo debidamente sustentada. Esto con el fin de que se produzca la decisión acertada, que legalice la promoción, previa consulta que se hará con el padre de familia y el estudiante a promover en forma anticipada. De esta promoción se dejará constancia por escrito.

El Decreto 1290 en lo dispuesto en el artículo 7 permite que un estudiante que reprobó un grado, pueda ser promovido anticipadamente al grado siguiente durante el primer periodo del nuevo año lectivo, una vez haya superado sus debilidades en las áreas y/o asignaturas conservando una nota mínima de 3,5 en todas las áreas y/ o asignaturas. En ese sentido la institución educativa usa este mecanismo para adoptar planes de apoyo en donde los docentes realicen las recomendaciones necesarias para que los estudiantes, que hayan reprobado el año escolar, en sus semanas de descanso realicen actividades de estudios de tal manera que al regresar al siguiente año hayan logrado mejorar sus aprendizajes. De esta forma cada uno de los actores del proceso educativo (Institución, docente, padre de familia y estudiante) asumen la responsabilidad que tienen en el proceso formativo de sus educandos.

En el momento de producirse la promoción anticipada se expiden las valoraciones finales de cada área y/o asignatura y copia de dicha decisión pasará al Consejo Directivo. Esta será consignada en acta y además reposará en el libro de calificaciones. Se le entregará copia de esta decisión al estudiante promovido y al padre de familia.

La promoción anticipada de grado a grado no aplica para el grado preescolar por las características que exigen las dimensiones de este nivel.

GRADUACIÓN.

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ACUERDO N° 003 marzo 01 de 2018.• El grado Preescolar se evalúa y promueve de conformidad con el Artículo 10 del Decreto 2247 de 1997

sobre Educación Preescolar, es decir, no se reprueba.

• La Institución graduará en el último nivel que ofrece. En los otros niveles y ciclos, se hará ceremonia de clausura.

• El título de Bachiller se otorgará a los estudiantes del grado undécimo que hayan aprobado todos los niveles, habiendo cumplido los requisitos legales.

• Los estudiantes que culminen el grado 9º y hayan aprobado todas las áreas y/o asignatura, incluyendo las de los grados anteriores, recibirán un certificado en donde conste la culminación de este Nivel de Educación Básica.Siempre y cuando sea solicitado por el estudiante, padre de familia o acudiente.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN.

La evaluación de los estudiantes se hará en cuatro periodos de igual duración (10 semanas). Todos tendrán el mismo valor, en los que se dividirá el año escolar, el quinto informe será una mirada integral del proceso formativo durante la totalidad del año escolar y no simplemente el promedio de los resultados de cada periodo.

REPROBACIÓN.

La repitencia de un grado es una medida extrema que la institución adopta como alternativa máxima para prolongar o incrementar el tiempo necesario que un educando debe tener para aprender lo que debe aprender. Medida que por supuesto, no puede ser la regla general sino la excepción. Su aplicación no puede darse de una manera mecánica y aislada, toda vez que conlleva a que el estudiante que presente debilidades en su proceso formativo, y que no las haya superado durante el año escolar, deba repetir no solamente lo que no pudo aprobar, sino que repita todo aquello que probablemente aprobó satisfactoriamente.

Recuérdese que la reprobación no obedece absolutamente a las carencias de los educandos, llámense falta de voluntad y de interés, pereza, indisciplina e incapacidad, entre otras. Puede ser que las causas provengan de las prácticas pedagógicas desarrolladas. La actitud, metodología o pertinencia de los aprendizajes propuestos en el ejercicio de la función docente pueden ser fácilmente aceptadas o asimiladas por unos, quizá por la mayoría, pero no siempre por todos los estudiantes. Igualmente, las condiciones del ambiente familiar, escolar, comunitario y social son muchas veces definitivas para desempeños no exitosos. (Documento 11 “Finalidades y alcances del Decreto 1290” Numeral 5).

Se consideraran reprobados los estudiantes que:

Obtengan una valoración con desempeño bajo en tres o más áreas o asignaturas en el informe final académico.Para todos los casos de la educación básica y media, una asignatura o área se reprueba si el estudiante ha dejado de asistir, sin justificación, al 15% o más a las actividades propias de la asignatura o área o al 20% o más de las mismas, con justificación.

CRITERIOS DE REPROBACIÓN.

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CONSEJO DIRECTIVOI. E. CAMILO TORRES.

ACUERDO N° 003 marzo 01 de 2018.

• Los estudiantes de grado once con desempeño bajo en una o dos áreas o asignaturas antes de finalizar el año académico, tendrán las dos últimas semanas de noviembre del calendario académico para realizar actividades evaluativas, tendientes a superar las dificultades. Si persiste el desempeño bajo en una o las dos áreas o asignaturas, no será graduado hasta superar las dificultades presentadas.

• El estudiante que no asista a las actividades evaluativas deberá presentar excusa avalada por el consejo académico o por el coordinador de la Institución para ser reprogramado, de lo contrario reprobará el grado. La excusa no podrá exceder un tiempo mayor a 5 días hábiles para ser considerada válida después de realizada la actividad evaluativa.

• El estudiante que no asista a las actividades evaluativas deberá presentar excusa avalada por el coordinador o rectora y en casos especiales (embarazos, incapacidad por maternidad, médicas y calamidad doméstica) por el consejo académico de la Institución para ser reprogramado, de lo contrario reprobará el área o la asignatura. La excusa no podrá exceder un tiempo mayor a 5 días hábiles para ser considerada válida después de realizada la actividad evaluativa.

• Para la realización de las actividades evaluativas, los estudiantes, a través del acompañamiento de los padres de familia o acudientes y de los docentes de cada área y/o asignatura, presentarán los procesos evaluativos en las fechas y horas establecidas entre docentes y estudiantes.

• Conformar comisiones de seguimiento y apoyo a los procesos de las actividades evaluativas para comprobar y verificar el cumplimiento de los procesos evaluativos. Estas serán conformadas por el Consejo Académico, con presencia del personero y contralor estudiantil.

LA ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y SU RESPECTIVA EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL

Queda establecida así: 1,0 – 5,0.

COMPARACIÓN CON LA ESCALA NACIONAL

VALORACIÓN

DESEMPEÑO SUPERIOR 4,6 - 5,0DESEMPEÑO ALTO: 4,0 - 4,5DESEMPEÑO BASICO 3,0 - 3,9DESEMPEÑO BAJO 1,0 - 2,9

LA ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y SU RESPECTIVA EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL.

Se puede considerar con Desempeño Superior el estudiante que:

• Alcanza todos los desempeños propuestos sin actividades complementarias.

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CONSEJO DIRECTIVOI. E. CAMILO TORRES.

ACUERDO N° 003 marzo 01 de 2018.• Asiste puntualmente a clases y aun teniendo inasistencias presenta excusas justificadas, sin que su

proceso de aprendizaje se vea afectado.

• Muestra excelente comportamiento y maneja buenas relaciones interpersonales con todos los miembros

de la comunidad educativa.

• Desarrolla actividades curriculares que exceden las exigencias esperadas.• Participa activamente en las actividades curriculares y extracurriculares.

• Valora y promueve con autonomía su desarrollo.

• Cumple a cabalidad con las exigencias establecidas en el Manual de Convivencia.

• Porta correctamente y con decoro los uniformes establecidos según acuerdo del Consejo Directivo,

dentro y fuera del Establecimiento.

• Representa a la Institución con altruismo en eventos académicos, deportivos y culturales.

• Manifiesta sentido de pertenencia institucional.

• Demuestra liderazgo para propiciar el bien común.

Se puede considerar con Desempeño Alto el estudiante que:

• Alcanza todos los desempeños propuestos, con algunas actividades complementarias.

• Tiene faltas de asistencia justificadas.

• Desarrolla actividades curriculares específicas.

• Manifiesta sentido de pertenencia con la Institución.

• Demuestra interés y responsabilidad por superar sus dificultades.

• Demuestra crecimiento en su proceso cognitivo y formativo.

• Acata respetuosamente los llamados de atención relacionados con el porte y manejo de los uniformes reglamentarios.

Se puede considerar con Desempeño Básico el estudiante que:

• Alcanza los logros mínimos con actividades complementarias dentro del periodo académico.

• Presenta faltas de asistencias justificadas e injustificadas.

• Desarrolla un mínimo de actividades curriculares requeridas.

• Reconoce pero no siempre muestra interés por superar las dificultades de comportamiento.

• Manifiesta poco sentido de pertenencia por la Institución.

• Le falta constancia en sus responsabilidades académicas y formativas.

• Tiene algunas dificultades que supera, pero no en su totalidad.

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ACUERDO N° 003 marzo 01 de 2018.• Presenta dificultades en el porte y manejo adecuado de los uniformes reglamentarios.

Se puede considerar con Desempeño Bajo el estudiante que:

• No alcanza los desempeños mínimos y requiere actividades evaluativas repetitivas.

• Presenta dificultades de comportamiento.

• Le falta mayor sentido de pertenencia con la Institución.

• Es inconstante en sus responsabilidades académicas y formativas.

• Presenta numerosas faltas de asistencia injustificadas que inciden en su desarrollo integral.

• Demuestra poco interés en la superación personal.

• Le falta acompañamiento de su entorno familiar.

• Hace caso omiso a los llamados de atención con relación al porte y manejo adecuado de los uniformes reglamentarios.

ESTRATEGIAS DE EVALUACIÓN INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES.

Se evaluarán de la siguiente manera:

ASPECTO COGNITIVO: representará el 65 % de la nota final Y 45% durante el transcurso de cada periodo académico.

• Sustentación de talleres y trabajos.

• Trabajos escritos individuales y grupales.

• Técnicas de exposición grupal.

• Pruebas escritas y orales.

• Pruebas internas y externas.

• Participación activa y asertiva en clases.

• Participación en actividades extracurriculares.

• Trabajo de campo.

• Análisis de casos

• Y demás metodologías de evaluación que el docente pueda aplicar.

EL 20% COMPRENDE LA EVALUACIÓN ACUMULATIVA.

Estas se realizarán la última semana de cada periodo y no tendrán proceso de recuperación.

ASPECTO PERSONAL: representa el 15 % de la nota final.

ASPECTO SOCIAL: representa el 15 % de la nota final.

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ACUERDO N° 003 marzo 01 de 2018.

AUTOEVALUACION: representa el 5%.

ASPECTO SOCIAL. VALORACIÓNAsumo las consecuencias de mis actos, aceptando mis errores e intentando mejorar.Me comporto adecuadamente sin necesidad de ser supervisado(a) por un(a) adulto(a)Tomo decisiones propias, considerando el punto de vista de los demás.Cumplo con los deberes como estudiante y me comporto de acuerdo con lo establecido en el Manual de Convivencia de mi institución.

PROMEDIO

ASPECTO PERSONAL VALORACIÔNRespeto las personas, sus ideas, su intimidad y sus sentimientos, sin discriminación de ningún tipo.Cuido los recursos físicos que la institución pone a mi servicio.Me relaciono con mis profesores (as), personal administrativo y de servicios, a través de la cordialidad y el buen trato, evitando usar un lenguaje ofensivo al dirigirme a ellos (as).Evito agredir física o verbalmente a mis compañeros (as).Demuestro ante el diálogo, una actitud de escucha activa y respetuosa.Participo activamente en los proyectos y actividades extracurriculares

PROMEDIO

AUTOEVALUCIÓN: representará el 5 % de la nota final.Esta nota tiene como base los parámetros cognitivos, personales y sociales que el estudiante se asigna y que no puede ser modificada por parte del educador.

INDICADORES DE DESEMPEÑO VALORACIÔNPara el ser (Actitudinal)

Asisto puntualmente a la clases.Atiendo las orientaciones y explicaciones del profesor.Participo efectiva y positivamente cuando debo asumir un rol en el equipo aunque no me sienta cómodo.Soy responsable con mis obligaciones académicas.Manifiesto respeto hacia las compañeras, hacia los compañeros y hacia el profesor.Demuestro interés y motivación por aprender.Evito usar despectivos o apodos para llamar a mis compañeros.Procuro evitar la copia y el plagio en tareas y actividades curriculares.

DEFINITIVA (para el ser).

PARA EL SABER (CONCEPTUAL) VALORACIÓNApoyo mis ideas con argumentos, fruto de mis conocimientos.Expreso mis puntos de vista con claridad.Evalúo mi proceso de aprendizaje a partir de los resultados que he obtenido en pruebas y exámenes.Expongo aportes pertinentes y oportunos en clase.

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ACUERDO N° 003 marzo 01 de 2018.Doy solución adecuada a situaciones problema relacionadas con los temas estudiados en clase.Comprendo los contenidos y procedimientos estudiados en clase durante este periodo.Cuando no comprendo los temas, pido explicaciones, hasta llegar al conocimiento.

DEFINITIVA (para el saber)

PARA EL HACER (PROCEDIMENTAL) VALORACIONRealizo los trabajos asignados en clase.Desarrollo actividades extracurriculares (estudio personal, consultas e investigaciones, desarrollo de proyectos, entre otros).Procuro que mi cuaderno y trabajos estén lo mejor presentados posibles.Hago todo lo posible por superar mis dificultades académicas y aprender los contenidos que me parecen difíciles.Uso eficiente y eficazmente internet u otros medios para acceder a la información como apoyo a mi proceso de aprendizaje autónomo.DEFINITIVA (para el hacer)

DEFINITIVA TOTAL

ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR.

• Entrega de informes por periodos a los padres de familia y estudiantes.

• Fichas de seguimiento.

• Control de asistencia.

• Visitas domiciliarias.

• Contrato pedagógico.

• Registro de asistencia al proceso de actividades evaluativas.

• Identificar las limitaciones y destrezas de los estudiantes.

• Realizar actividades evaluativas para estudiantes con desempeños bajos en el transcurso del periodo.

• La evaluación del comportamiento de los estudiantes se hará finalizado cada periodo con la participación del Consejo Académico, quien analizará casos extremos de rendimiento académico y comportamental y propondrá, para cada caso, un tratamiento específico.

• Se identificarán las dificultades de los estudiantes por medio de actividades diagnósticas, pruebas escritas y técnicas orales como: Exposiciones, conversatorios, diálogos personalizados, mesa redonda, dramatizados.

• Cada docente de área dará el reporte cuatro semanas antes de finalizar el periodo al director de grupo de los estudiantes, que a la fecha presentan bajo rendimiento académico en el área. Esto con el objetivo de informar al padre de familia, muy detalladamente, el nivel académico del estudiante.

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ACUERDO N° 003 marzo 01 de 2018.• Cuando el estudiante no asista (con excusa justificada) a una actividad evaluativa durante el transcurso

del periodo correspondiente, se le brindará el espacio para realizar dicha actividad que NO podrá exceder un tiempo máximo de 7 días hábiles después de llegar al plantel educativo, teniendo en cuenta la intensidad horaria.

PARÁGRAFO

Los estudiantes que representen a la institución en actividades culturales, culturas religiosas, filosóficas, científicas y deportivas o tengan que cumplir con compromisos académicos como practicas o carreras técnicas en planteles de educación para el trabajo tendrán la oportunidad de realizar las actividades académicas correspondientes al periodo con previo conocimiento y compromiso de los estudiantes y padres de familias, algunas antes y otras después del regreso de dichos eventos. En caso, que las actividades extracurriculares no gocen de un aviso con anterioridad, los estudiantes presentarán sus compromisos académicos cuando regresen a la institución en un plazo de 15 días hábiles.

• En los casos de no cumplimiento al párrafo anterior el Consejo Académico analizará la situación y tomará la decisión correspondiente.

• Designar estudiantes monitores que tengan buen rendimiento académico en áreas básicas, para reforzar las falencias de compañeros que presenten dificultades en algunas de ellas. Esto se podrá hacer en la misma jornada y/o en jornada contraria y se tomará como servicio social.

ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGÓGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES.

• En el transcurso de cada periodo académico al estudiante se le dará oportunidades de refuerzo y recuperación en las áreas cuyo desempeño sea bajo acorde a la intensidad horaria de cada área.

• Se entiende por lo anterior el conjunto de acciones, trabajos escritos, ensayos, plenarias, debates, relatorías, pruebas orales y escritas creadas por los docentes con el fin de superar las dificultades en los estudiantes. En dichas acciones los padres de familia o acudientes asumirán el compromiso de acompañar a sus hijos en la preparación de las actividades y buscar ayuda, de ser necesario, para que se logre así la promoción de los estudiantes.

• Los procesos de las actividades evaluativas serán orientados por los docentes con los cuales se presentaron desempeños bajos. El educador debe presentar al coordinador, al estudiante y al padre de familia o acudiente las actividades evaluativas con su respectiva temática y dejará actas del proceso realizado. En casos excepcionales y ante la petición del padre de familia y/o acudiente, el Consejo Académico justificará el cambio o no del docente evaluador, para la asignación de un segundo evaluador que sea idóneo, y de la institución, previa revisión de evidencias que demuestren que hubo fallas en el proceso evaluativo.

De persistir el bajo rendimiento académico por parte de algunos estudiantes se pedirá orientación al docente orientador para que ofrezca ayuda profesional al estudiante y al padre de familia o acudiente.

Se conformarán Comisiones de Evaluación y Apoyo integradas por:

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CONSEJO DIRECTIVOI. E. CAMILO TORRES.

ACUERDO N° 003 marzo 01 de 2018.

Los directores de grupo.

El personero estudiantil.

El consejal estudiantil de cada grado.

Cinco representantes de los padres de familia de cada grado. Sólo tiene voz y voto el representante

de los padres de familia elegido de cada grado en el Consejo de Padres.

Un directivo docente.

PARÁGRAFO: el consejal de cada grado y el personero estudiantil tendrán voz, mas no voto dentro de la comisión.

FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y APOYO.

a) Analizar casos persistentes de superación e insuficiencia en la consecución de los logros de los educandos. Esto con el fin de diseñar estrategias que den solución a las dificultades presentadas en los desempeños de los estudiantes.

b) Sugerir las actividades pedagógicas complementarias, que se deben adelantar, para superar las insuficiencias en determinadas áreas.

c) Consignar en actas sus decisiones, observaciones y recomendaciones respecto a los procesos académicos y disciplinarios.

d) Realizar seguimiento en el cumplimiento de las recomendaciones y compromisos del período anterior, tanto para estudiantes, como para padres de familia y docentes.

e) Participar cuando así se requiera en reuniones conjuntas de acudientes, estudiantes y profesores del grado respectivo para el análisis del desempeño y para la formulación de seguimiento de compromisos.

ACCIONES QUE GARANTICEN EL CUMPLIMIENTO POR PARTE DE DIRECTIVOS Y DOCENTES DE LO ESTABLECIDO EN EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN.

Iniciando el año escolar la Institución debe socializar a estudiantes y padres de familia, el nuevo sistema de evaluación, durante la semana de inducción a los estudiantes y en la primera reunión de padres de familia.

Para garantizar el cumplimiento de lo establecido en el Sistema Institucional de Evaluación, los miembros del Consejo Directivo, del Consejo Académico, del Consejo Estudiantil, de la Asociación o Asamblea de Padres de Familia, estarán atentos, para que estas pautas sean conocidas y divulgadas ante toda la Comunidad Educativa. Cuando cualquiera de los miembros de la institución detecte alguna irregularidad, se puedan dirigir en primera instancia, al Consejo Académico, Consejo Directivo o a la respectiva Secretaría de Educación.

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ACUERDO N° 003 marzo 01 de 2018. Los docentes deberán presentar informes que contengan las evidencias de los procesos evaluativos

académicos y comportamentales, ante el consejo académico, de los estudiantes que presenten desempeño bajo en una o más áreas y/o asignaturas.

El coordinador de la Institución solicitará las evidencias de seguimiento periódicas, que permitan evaluar y conocer las acciones realizadas por los docentes con relación a las actividades evaluativas.

Aplicar exámenes o pruebas acumulativas de desempeño a los estudiantes, la última semana de cada periodo, en todas las áreas. Esto con el propósito de observar el proceso de enseñanza y de aprendizaje de los educandos y los procesos evaluativos de la Institución.

Revisión y ajustes a los planes de área y las actividades extracurriculares, las cuales se realizarán en los dos primeros meses del año lectivo por los docentes, atendiendo a las directrices del Consejo Académico.

Entrega de los planes de área ajustados, plan de estudio, plan de aula y la planeación de las actividades extracurriculares actualizados a coordinación.

ARTÍCULO CUARTO: el presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todos los anteriores.

Comuníquese, Publíquese y Cúmplase San Pedro de Urabá, marzo 01 de 2018

Para constancia firman

DALYS ATENCIO VARGAS MIRIAM RUTH LUCAS GALLEGOR. DOCENTES R. Docente

YOLY ROMERO HILDA PEREAR. Padre de familia. R. padres de familia.

CARMEN NEGRETE GEORGINA MATIAS MORA. R. sector productivo Rectora

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