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Página 1 de 17 Lista de Plaguicidas Prohibidos y Restringidos Mayo 2020 Versión 1.1.0 Lista de Plaguicidas Prohibidos y Restringidos Estándar de Producción Agrícola de Fair Trade USA® Versión 1.1.0 Introducción Mediante la implementación de nuestros estándares, Fair Trade USA persigue fomentar medios de vida sostenibles y condiciones laborales seguras, protección del medioambiente y cadenas de suministro sólidas y transparentes. Nuestros estándares apuntan a reducir los impactos negativos sobre las comunidades y el medioambiente. Todos los plaguicidas pueden ser potencialmente peligrosos para la salud humana y del medioambiente, tanto en la finca como en las comunidades. Además, pueden perjudicar la sostenibilidad a largo plazo de los medios de sustento agrícolas. El Estándar de Producción Agrícola (APS) de Fair Trade USA busca reducir al mínimo los riesgos involucrados en el uso de los plaguicidas limitando el uso de aquellos altamente peligrosos y mejorando la implementación de las prácticas de mitigación de riegos para plaguicidas menos peligrosos. Este enfoque permite mayor flexibilidad para los productores, equilibrando al mismo tiempo los controles de los impactos sobre la salud humana y medioambiental. Este documento contiene una lista de plaguicidas prohibidos o restringidos en los productos Fair Trade Certified TM , según lo exige el Objetivo 4.4.2 del APS. También incluye reglas adicionales para el uso de plaguicidas restringidos. Objetivo Este documento define las reglas que establecen la prohibición o restricción del uso de plaguicidas peligrosos en los productos agrícolas Fair Trade Certified. Alcance La Lista de Plaguicidas Prohibidos y Restringidos (LPPR) se aplica todos los cultivos certificados conforme al Estándar de Producción Agrícola (APS) de Fair Trade USA. Las restricciones definidas en esta lista se refieren a los ingredientes activos de cualquier plaguicida utilizado por las partes incluidas en el alcance del Certificado, al momento de manipular productos Fair Trade Certified. Esto incluye cualquier actividad incluida en el alcance del Certificado APS, por ejemplo, el tratamiento de semillas o del terreno, cultivo, tratamiento postcosecha, procesamiento, almacenamiento y/o transporte. El uso de ingredientes activos enumerados en la LPPR solo aplica a terrenos con cultivos Fair Trade Certified. En estos terrenos, los intercultivos también deben cumplir con la LPPR.

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Lista de Plaguicidas Prohibidos y Restringidos

Mayo 2020

Versión 1.1.0

Lista de Plaguicidas Prohibidos y Restringidos Estándar de Producción Agrícola de Fair Trade USA®

Versión 1.1.0

Introducción

Mediante la implementación de nuestros estándares, Fair Trade USA persigue fomentar medios de vida

sostenibles y condiciones laborales seguras, protección del medioambiente y cadenas de suministro

sólidas y transparentes. Nuestros estándares apuntan a reducir los impactos negativos sobre las

comunidades y el medioambiente. Todos los plaguicidas pueden ser potencialmente peligrosos para la

salud humana y del medioambiente, tanto en la finca como en las comunidades. Además, pueden

perjudicar la sostenibilidad a largo plazo de los medios de sustento agrícolas. El Estándar de Producción

Agrícola (APS) de Fair Trade USA busca reducir al mínimo los riesgos involucrados en el uso de los

plaguicidas limitando el uso de aquellos altamente peligrosos y mejorando la implementación de las

prácticas de mitigación de riegos para plaguicidas menos peligrosos. Este enfoque permite mayor

flexibilidad para los productores, equilibrando al mismo tiempo los controles de los impactos sobre la salud

humana y medioambiental.

Este documento contiene una lista de plaguicidas prohibidos o restringidos en los productos Fair Trade

CertifiedTM, según lo exige el Objetivo 4.4.2 del APS. También incluye reglas adicionales para el uso de

plaguicidas restringidos.

Objetivo

Este documento define las reglas que establecen la prohibición o restricción del uso de plaguicidas

peligrosos en los productos agrícolas Fair Trade Certified.

Alcance

• La Lista de Plaguicidas Prohibidos y Restringidos (LPPR) se aplica todos los cultivos certificados

conforme al Estándar de Producción Agrícola (APS) de Fair Trade USA.

• Las restricciones definidas en esta lista se refieren a los ingredientes activos de cualquier

plaguicida utilizado por las partes incluidas en el alcance del Certificado, al momento de manipular

productos Fair Trade Certified. Esto incluye cualquier actividad incluida en el alcance del

Certificado APS, por ejemplo, el tratamiento de semillas o del terreno, cultivo, tratamiento

postcosecha, procesamiento, almacenamiento y/o transporte.

• El uso de ingredientes activos enumerados en la LPPR solo aplica a terrenos con cultivos Fair

Trade Certified. En estos terrenos, los intercultivos también deben cumplir con la LPPR.

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El cumplimiento de la LPPR es obligatorio y es responsabilidad de los

administradores de los sitios incluidos en el alcance del

Certificado.Términos y Definiciones

Los siguientes términos y definiciones, citados del Glosario de Fair Trade USA, son conceptos clave para

comprender este documento de orientación y se incluyen acá a modo de referencia:

ingrediente activo: La sustancia o componente químico de un producto plaguicida que puede matar,

repeler, atraer, mitiga o controlar de otro modo una plaga (en oposición a ingredientes inertes, como agua,

solventes, emulsificadores, surfactantes, arcilla y propelentes).

plaguicida: Insecticidas, fungicidas, herbicidas, desinfectantes y otras sustancias o mezclas de

sustancias destinadas a prevenir, destruir o controlar cualquier tipo de plaga, incluidas especies

indeseadas de plantas o animales que provocan daños o interfieren de algún otro modo con la producción,

el procesamiento, el almacenamiento, el transporte o la comercialización de productos alimenticios o

agrícolas. El término incluye sustancias concebidas para ser usadas como regulador del crecimiento

vegetal, defoliante, desecante o agente raleador de frutos o para impedir la caída prematura de los frutos,

y sustancias que se aplican a los cultivos o bien antes o después de la cosecha para proteger el deterioro

de los productos durante el almacenamiento y el transporte. Los plaguicidas pueden ser sintéticos o

naturales e incluyen a aquellos cuyo uso está aprobado en la agricultura orgánica.

Referencias

Las siguientes referencias son útiles para comprender este documento de orientación y se pueden

descargar de www.FairTradeCertified.org:

• Estándar de Producción Agrícola

• Requisitos del Alcance del Certificado Conforme al APS

1. Cumplimiento de Leyes Locales y Nacionales

Todos los productores Fair Trade Certified deben cumplir las leyes y reglamentos locales y nacionales.

Solo se pueden aplicar plaguicidas cuyo uso agrícola haya sido aprobado legalmente en el país. Los

requisitos de la LPPR pueden ser más exigentes, menos exigentes o similares a las leyes que rigen el uso

de plaguicidas en un lugar determinado. En caso que la ley o el reglamento correspondiente sea más

exigente que los requisitos de la LPPR de Fair Trade USA, prevalecerá la ley. Cuando los requisitos de

Fair Trade USA sean más exigentes, predominarán los requisitos de la LPPR.

2. Estructura de la Lista

La Lista de Plaguicidas Prohibidos y Restringidos de Fair Trade USA se divide en dos partes, la Lista Roja

y la Lista Amarilla.

La Lista Roja detalla los ingredientes activos cuyo uso en cultivos actualmente está prohibido por

Fair Trade USA. Cualquier plaguicida que contenga estos ingredientes activos no puede usarse en la

manipulación de productos Fair Trade Certified. Esto incluye cualquier actividad dentro del alcance del

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Certificado APS, por ejemplo: tratamiento de semillas o del terreno, cultivo, tratamiento postcosecha,

procesamiento, almacenamiento y/o transporte.

La Lista Amarilla detalla los ingredientes activos cuyo uso está permitido por Fair Trade USA solo

si se cumplen ciertas condiciones, incluidas la implementación de prácticas rigurosas de

mitigación. Al poner énfasis en el uso adecuado de estos plaguicidas en lugar de simplemente ampliar

nuestra lista de ingredientes prohibidos, el objetivo es estimular un enfoque más holístico al manejo de

plaguicidas que reduzca el riesgo en general.

3. Lista Roja de Plaguicidas Prohibidos

Los ingredientes activos incluidos en la Lista Roja se encuentran en los plaguicidas más persistentes y de

alta peligrosidad. El Código internacional de conducta para la gestión de plaguicidas de la Organización

de las Naciones para la Alimentación y la Agricultura (FAO) define “plaguicidas de alta peligrosidad” como

“aquellos que reconocidamente representan riesgos agudos o crónicos particularmente elevados para la

salud o el medioambiente, de acuerdo con los sistemas de clasificación internacionalmente aceptados,

como los de la OMS o el SGA, o por figurar en acuerdos o convenciones internacionales pertinentes con

carácter vinculante. Además, podrán considerarse muy peligrosos y tratarse como tales aquellos

plaguicidas que, en condiciones de uso en un país, parezca que ocasionan un daño grave o irreversible

para la salud o el medioambiente1.”

3.1. Metodología de la Lista Roja

La Lista Roja contiene las sustancias incluidas en las siguientes listas reconocidas internacionalmente:

• Convenio de Estocolmo, Contaminantes Orgánicos Persistentes2 (COP), los cuales se acumulan

en la cadena alimenticia y pueden trasladarse grandes distancias por la atmósfera provocando

contaminación ambiental; y/o (POP),

• Convenio de Rotterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo3, que

incluye productos químicos que han sido prohibidos en dos o más países firmantes debido a

riesgos para la salud o el medioambiente; y/o

• Protocolo de Montreal relativo a Sustancias que Agotan la Capa de Ozono4; y/o

• Clasificación recomendada por la OMS de plaguicidas según su peligrosidad, 2009, Clase Ia (de

alta peligrosidad)5, puesto que estos ingredientes activos plantean riesgos extremadamente graves

para la salud.

Estos ingredientes activos también han sido prohibidos por un consorcio de otros estándares reconocidos

de sostenibilidad6.

1 http://www.fao.org/fileadmin/templates/agphome/documents/Pests_Plaguicidas/Code/Code_Spanish_2015_Final.pdf

2 Lea más sobre el Convenio de Estocolmo en: http://chm.pops.int/

3 Lea más sobre el Convenio de Rotterdam en: http://www.pic.int/

4 Lea más sobre el Protocolo de Montreal en: https://ozone.unep.org/treaties/montreal-protocol

5 Lea más sobre las clasificaciones de la OMS en: http://www.who.int/ipcs/publications/plaguicidas_hazard_2009.pdf

6 http://www.isealalliance.org/online-community/news/iseal-members-make-significant-plaguicidas-commitment

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3.2. Cuadro de Ingredientes Activos de la Lista Roja

El siguiente cuadro enumera todos los ingredientes activos por Fair Trade USA. Las sustancias se

identifican según su nombre químico común y el Número de Registro CA. El número CAS consiste en un

identificador numérico único, asignado por Chemical Abstracts Service (CAS), a cada sustancia química

descrita en la literatura científica de acceso público. Para cada sustancia, se indican el o los convenios o

listas internacionales que hacen referencia a ella.

Cuadro 1: Lista Roja de Plaguicidas Prohibidos

Ingrediente Activo Prohibido N° CAS COP PIC Mont. Prot. OMS 1a

1,2 dibromuro de etileno (EDB) 106-93-4 X

2,4,5-T (2,4,5-Triclorofenoxiacético) y sus sales y ésters (contaminación por dioxina)

93-76-5 X

Acetato de fenilmercurio (PMA) 62-38-4 X

Ácido perfluorooctano sulfónico, sus sales y fluoruro de perfluorooctano sulfonilo

1763-23-1, 307-35-7

X

Alaclor 15972-60-8 X

Aldicarb 116-06-3 X X

Aldrina 309-00-2 X X

Alfa HCH (hexaclorociclohexano) 319-84-6 X

Azinfos-metílico 86-50-0 X

Beta-HCH (hexaclorociclohexano) 319-85-7 X

Binapacryl 485-31-4 X

Brodifacum† 56073-10-0 X

Bromadiolona† 28772-56-7 X

Brometalin 63333-35-7 X

Bromuro de metilo 74-83-9 X

Captafol 2425-06-1 X X

Cianuro de calcio 592-01-8 X

Clordano 57-74-9 X X

Clordecona 143-50-0 X

Clordimeformo 6164-98-3 X

Cloretoxifos 54593-83-8 X

Clormefos 24934-91-6 X

Clorobencilato 510-15-6 X

Clorofacinona 3691-35-8 X

Compuestos de mercurio (incluyendo el óxido de mercurio, cloruro de mercurio (calomelanos), acetato de fenilmercurio (PMA), oleato fenilmercúrico (PMO)

Groupo X X

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Ingrediente Activo Prohibido N° CAS COP PIC Mont. Prot. OMS 1a

otros compuestos inorgánicos de mercurio: el mercurio alquilo, compuestos arílicos de mercurio)

Compuestos de tributilestaño

1461-22-9, 1983-10-4, 2155-70-6, 24124-25-2, 4342-36-3, 56-35-9, 85409-17-2

X

DDT (diclorodifeniltricloroetano) 50-29-3 X X

Dicloruro de etileno 107-06-2 X

Dieldrina 60-57-1 X X

Difacinona 82-66-6 X

Difenacum 56073-07-5 X

Difetialona 104653-34-1 X

Dinoseb y sus sales y ésters 88-85-7 (*) X

Disulfoton 298-04-4 X

DNOC (dinitro-orto-cresol) y sus sales (amonio, potasio, sodio)

534-52-1 X

Endosulfán 115-29-7, 959-98-8

X X

Endrina 72-20-8 X

EPN 2104-64-5 X

Éter de tetrabromodifenilo y éter de pentabromodifenilo

5436-43-1, 60348-60-9

X

Etóprofos; Etopop 13194-48-4 X

Flocumafén† 90035-08-8 X

Fluoroacetato de sodio (1080) 62-74-8 X

Fluroacetamida 640-19-7 X

Forato 298-02-2 X

Formulas pulverizadas que contengan 7% o más de Benomilo, 10% o más de Carbofurano y 15% o más de Tiram

137-26-8, 1563-66-2, 17804-35-2

X

Fosfamidón (mezcla de isómeros E y Z) 13171-21-6, 297-99-4, 23783-98-4

X X

HCH mezclas de isómeros (que contengan menos del 99.0% de isómero gamma)

608-73-1 X

Heptacloro 76-44-8 X X

Hexabromobifenilo 36355-01-8 X

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Ingrediente Activo Prohibido N° CAS COP PIC Mont. Prot. OMS 1a

Hexabromociclododecano 25637-99-4, 3194-55-6

X

Hexabromodifenilo

68631-49-2, 207122-15-4, 446255-22-7, 207122-16-5

X

Hexaclorobenceno (HCB) benceno hexacloruro 118-74-1 X X X

Hexaclorobutadieno 87-68-3 X

Lindano (gamma HCH) 58-89-9 X X

Metamidofos 10265-92-6 X

Mevinfos 7786-34-7 X

Mirex 2385-85-5 X

Monocrotofos 6923-22-4 X

Naftalenos policlorados 70776-03-3 X

Óxido de etileno 75-21-8 X

Paratión 56-38-2 X X

Paratión-metilo, metilo-paratión 298-00-0 X X

Pentaclorobenceno 608-93-5 X

Pentaclorofenol y sus sales y ésteres 87-86-5 X X

Policlorobifenilos (PCB) (excepto los fenoles mono y diclorados) (aroclor)

varios X

Sulfotep (Acido tiodifosfórico, tetraetil éster) 3689-24-5 X

Tebupirimifos 96182-53-5 X

Terbufós 13071-79-9 X

Toxafeno 8001-35-2 X X

Los ingredientes marcados con un (*) en el cuadro anterior, están compuestos por un grupo de

plaguicidas. Todos los ingredientes activos de estos grupos, enumerados a continuación en el Cuadro 2,

se encuentran en la Lista Roja de Plaguicidas Prohibidos.

Cuadro 2: Lista Roja de Ingredientes Activos en Grupos

Grupo Ingrediente Activo N° CAS

DNOC (dinitro-orto-cresol) y sus sales

DNOC, amonio sal 2980-64-5

DNOC, potasio sal 5787-96-2

DNOC, sodio sal 2312-76-7

DNOC 534-52-1

Compuestos de mercurio

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Versión 1.1.0

Cloruro de mercurio (calomelanos) 7487-94-7

Óxido de mercurio 21908-53-2

Chloromethoxypropylmercuric acetato; CPMA 1319-86-4

Diphenylmercurydodecenylsuccinate; PMDS 27236-65-3

Oleato fenilmercúrico (PMO) 104-68-9

Acetato de fenilmercurio (PMA) 62-38-4

Compuestos de tributilestaño

Óxido de tributilestaño 56-35-9

Fluoruro de tributilestaño 1983-10-4.

Metacrilato de tributilestaño 2155-70-6

Benzoato de tributilestaño 4342-36-3

Cloruro de tributilestaño 1461-22-9

Linoleato de tributilestaño 24124-25-2

Naphthenato de tributilestaño 85409-17-2

Los ingredientes marcados con el símbolo (†) pertenecen a la Lista Roja en algunas formas y a la Lista

Amarilla en otras formas. Cuando se usan como raticidas en trampas preparadas de cebo fijo y en

estaciones diseñadas para impedir derrames y descomposición, se consideran plaguicidas de la Lista

Amarilla y están sujetos a los demás requisitos descritos a continuación. En todas las demás formas,

estos ingredientes se consideran plaguicidas de la Lista Roja y están estrictamente prohibidos.

4. Lista Amarilla de Plaguicidas Restringidos

4.1. Metodología de la Lista Amarilla

Los ingredientes activos que se enumeran en la Lista Amarilla de plaguicidas restringidos se incluyen

según uno o más de tres criterios básicos de peligrosidad. Estas clasificaciones de peligro se basan en

fuentes autorizadas contenidas en la lista internacional de Plaguicidas Altamente Peligrosos (HHP)7 de

2015 de la Red de Acción contra Plaguicidas (PAN). Las fuentes incluidas en cada clasificación se

enumeran a continuación.

4.1.1. Toxicidad aguda (Tox Aguda): alto riesgo de efectos tóxicos graves sobre la salud humana

inmediatamente después de la exposición.

• Altamente peligroso (Clase Ib) según la Clasificación Recomendada por la OMS de Plaguicidas

según Peligrosidad; y/o

• Fatal si se inhala (H330) según el Sistema Mundialmente Armonizado (GHS).

4.1.2. Efectos de largo plazo para la salud (crónicos) (Salud LP): el ingrediente activo provoca o aumenta

el riesgo de problemas graves de salud luego de varias exposiciones o una exposición por un período

prolongado. Tales problemas de salud incluyen cáncer, problemas reproductivos y de desarrollo y/o

mutaciones hereditarias en células germinales.

7 http://pan-international.org/wp-content/uploads/PAN_HHP_List.pdf

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Mayo 2020

Versión 1.1.0

• Cancerígeno para los humanos según el Organismo Internacional de Investigación sobre el Cáncer

(IARC), el Organismo de Protección Medioambiental de Estados Unidos (EPA) o cancerígeno

humano comprobado o presunto (Categoría 1) según el GHS; y/

• Sustancias conocidas por inducir mutaciones hereditarias o que deben ser consideradas como si

indujeran mutaciones hereditarias en las células germinales humanas’ (Categorías 1A y 1B) según

el GHS; y/o

• Sustancia tóxica comprobada o presunta para el sistema reproductivo humano (Categoría 1) según

el GHS; y/o

• Posible interruptor endocrino según la Categoría 1 de la UE.

4.1.3. Peligro medioambiental: existen altos riesgos de impactos graves para los ecosistemas y los

servicios ambientales que podrían tener efectos perjudiciales de largo plazo sobre los medios de sustento

y las comunidades locales.

4.1.3.1. Tóxico para el Medioambiente (Tox. MA)

• Vida media muy persistente, superior a 60 días en agua marina o dulce, o vida media superior a

180 días en el suelo (vida media típica) o en sedimentos de agua marina o dulce) (Indicadores y

umbrales según el Convenio de Estocolmo); y/o

• Elevada bioacumulación (BCF >5000) o log Kow P > 5 (los datos vigentes de BCF reemplazan a

los datos sobre log Kow P) (Indicadores y umbrales según el Convenio de Estocolmo).

4.1.3.2. Tóxico para los Organismos Acuáticos (Tox. Acua.): Alta toxicidad para organismos acuáticos

(LC/EC 50 [48h] para Daphnia spp. < 0,1 mg/l).

4.1.3.3. Tóxico para las abejas (Tox. Abejas): Altamente tóxico para las abejas según la EPA de EE.UU.

(LD50, μg/abejas < 2) y clasificado como de alto riesgo para abejas de miel y abejorros que estén

expuestos a entrar en contacto agudo (>99% de mortalidad potencial por atomizadores) 8 y residuos de

pesticidas (DT50, <2 días)9.

4.2. Cuadro de Ingredientes Activos de la Lista Amarilla

El siguiente cuadro presenta la lista de todos los ingredientes activos restringidos por Fair Trade USA. Las

sustancias se identifican según su nombre químico y el Número de Registro CAS, que consiste en un

identificador numérico único asignado por Chemical Abstracts Service (CAS) a cada sustancia química

descrita en la literatura científica de acceso público. Para cada sustancia, se indican la o las

clasificaciones de peligrosidad, junto con la clasificación previa de la sustancia según Fair Trade USA.

Cuadro 3: Lista Amarilla de Plaguicidas Restringidos

Ingrediente Activo Restringido N° CAS Tox. Agud.

Salud LP

Tox.

MA

Tox. Acua.

Tox. Abejas

22 Tolfenpyrad 129558-76-5

X X

3- cloruro -1,2-propanediol (Alfa clorohidrina)

96-24-2 X

8 Zhu Y, et al. Spray Toxicity and Risk Potential of 42 Commonly Used Formulation of Row Crop Pesticides to Adult Honey Bees (Hymenoptera: Apidae). Econ. Entomol. 1–8 (2015); DOI: 10.1093/jee/tov269

9 Sanchez-Bayo F, Goka K (2014) Pesticide Residues and Bees – A Risk Assessment. PLoS ONE 9(4): e94482. doi:10.1371/journal.pone.0094482

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Lista de Plaguicidas Prohibidos y Restringidos

Mayo 2020

Versión 1.1.0

Ingrediente Activo Restringido N° CAS Tox. Agud.

Salud LP

Tox.

MA

Tox. Acua.

Tox. Abejas

Abamectina 71751-41-2 X X

Aceite de antraceno 90640-80-5 X

Aceites de parafina; aceites minerales 64741-88-4 X

Acetato de fenestaño; Acetato de trifenilestaño

900-95-8 X X

Acetoclor 34256-82-1 X

Ácido bórico 10043-35-3 X

Acroleína 107-02-8 X

Alcohol alílico 107-18-6 X

Amisulbrom 348635-87-0

X X

Arseniato de cobre (Paris Green) 12002-03-8 X

Arsénico y sus compuestos 7778-39-4 X

Atrazina 1912-24-9 X

Azafenidina 68049-83-2 X

Azinfos-etil 2642-71-9 X

Azociclotina 41083-11-8 X X X

Benomilo 17804-35-2 X

Beta-ciflutrina; Ciflutrina 68359-37-5 X

Bifentrin 82657-04-3 X X

Blasticidina-S 2079-00-7 X

Bórax; tetraborato de disoido decahidrato

1303-96-4 X

Brodifacum† 56073-10-0 X

Bromadiolona† 28772-56-7 X

Bromoxinil 1689-84-5 X

Butocarboxim 34681-10-2 X

Butoxicarboxim 34681-23-7 X

Cadusafos 95465-99-9 X

Carbaril 63-25-2 X X

Carbendazima 10605-21-7 X

Carbofurano 1563-66-2 X

Carbosulfano 55285-14-8 X X

Cianuro sódico 143-33-9 X

Cihexatina 13121-70-5 X X

Cipermetrina 52315-07-8 X

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Ingrediente Activo Restringido N° CAS Tox. Agud.

Salud LP

Tox.

MA

Tox. Acua.

Tox. Abejas

Clorantraniliprol 500008-45-7

X X

Clorfenvinfós 470-90-6 X

Clorfluazuron 71422-67-8 X X

Cloropicrín 76-06-2 X

Clorotalonil 1897-45-6 X X

Clorpirifós 2921-88-2 X

Clotianidina 210880-92-5

X

Coumafos 56-72-4 X

Creosota 8001-58-9 X

Cumatetralilo 5836-29-3 X

Deltametrina 52918-63-5 X X

Demeton-S-metil 919-86-8 X

Diazinón 333-41-5 X X

Dibromuro de dicuat 85-00-7 X

Dicloruro de dicuat 4032-26-2 X

Diclorvós; DDVP 62-73-7 X

Dicrotofós 141-66-2 X

Dimetoato 60-51-5 X

Dimoxitrosbina 149961-52-4

X X X

Dinocap 39300-45-3 X

Dinotefuran 165252-70-0

X

Dinoterb 1420-07-1 X

Diuron 330-54-1 X

Edifenfos (EDDP) 17109-49-8 X

epiclorhidrina 106-89-8 X

Epoxiconazol 133855-98-8

X

Estricnina y sales Estricnidin -10- ona y sales

57-24-9 X

Etilentiourea 96-45-7 X

Etiofencarb 29973-13-5 X

Etofenprox 80844-07-1 X X X

Famfur 52-85-7 X

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Ingrediente Activo Restringido N° CAS Tox. Agud.

Salud LP

Tox.

MA

Tox. Acua.

Tox. Abejas

Fenamifós 22224-92-6 X

Fenclorazol etil 103112-35-2

X

Fenitrotión 122-14-5 X X

Fenpropatrina 39515-41-8 X X

Flocumafén† 90035-08-8 X

Fluazifop-butil 69806-50-4 X

Fluazolato 174514-07-9

X X

Flucitrinato 70124-77-5 X

Flufenoxurón 101463-69-8

X X

Flumetralina 62924-70-3 X X

Flumioxazina 103361-09-7

X

Flusilazol 85509-19-9 X

Formaldehído 50-00-0 X

Formetanato 22259-30-9 X

Fosfina 7803-51-2 X

Fosfuro de aluminio (R, T) 20859-73-8 X X

Fosfuro de cinc 1314-84-7 X

Fosfuro de magnesio 12057-74-8 X

Fosmet 732-11-6 X

Furatiocarb 65907-30-4 X

Glifosato 1071-83-6 X

Glufosinato de amonio 77182-82-2 X

Halfenprox 111872-58-3

X X

Heptanoato de bromoxinil 56634-95-8 X X

Heptenofós 23560-59-0 X

Hidróxido de fentin 76-87-9 X X

Hidróxido de cobre(II) 20427-59-2 X X

Imidacloprid 138261-41-3

X

Isopirazam 881685-58-1

X X X

Isoxatión 18854-01-8 X

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Ingrediente Activo Restringido N° CAS Tox. Agud.

Salud LP

Tox.

MA

Tox. Acua.

Tox. Abejas

Lambda-cialotrin 91465-08-6 X X X

Linurón 330-55-2 X

Lufenurón 103055-07-8

X X

Malatión 121-75-5 X X

Maneb 12427-38-2 X

Mecarbam 2595-54-2 X

Metidatión 950-37-8 X

Metiocarb 2032-65-7 X

Metomyl 16752-77-5 X

Nicotina 54-11-5 X

Nitrobenceno (I,T) 98-95-3 X

Octanoato de bromoxinil 1689-99-2 X X

Ometoato 1113-02-6 X

Oxamilo 23135-22-0 X

Oxidemetón-metil 301-12-2 X

Óxido de fenbutatín 13356-08-6 X X X

Óxido de propileno; Oxirano 75-56-9 X

Paraquat dicloruro 1910-42-5 X

Permetrín 52645-53-1 X X

Piradalil 179101-81-6

X X

Pirazoxón 108-34-9 X

Pirimicarb 23103-98-2 X X X

Potasan 299-45-6 X

Propargita 2312-35-8 X X X

Propetamfós 31218-83-4 X

Propoxur 114-26-1 X X

Protiofos 34643-46-4 X X

Quinoxifeno 124495-18-7

X X

Quizalofop-p-tefuril 119738-06-6

X

Rasmetrina 10453-86-8 X X

Silafluorén 105024-66-6

X X

Sulfato de talio 7446-18-6 X

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Ingrediente Activo Restringido N° CAS Tox. Agud.

Salud LP

Tox.

MA

Tox. Acua.

Tox. Abejas

TCMTB 21564-17-0 X

Teflutrín 79538-32-2 X

Tetraclorvinfos 22248-79-9 X X

Tiametoxam 153719-23-4

X

Tiofanox 39196-18-4 X

Tiometón 640-15-3 X

Tolilfluanida 731-27-1 X X

Trialato 2303-17-5 X X

Triazofos 24017-47-8 X

Trifluralina 1582-09-8 X X

Trodemorf 81412-43-3 X

Vamidotion 2275-23-2 X

Vinclozolina 50471-44-8 X

Warfarina 81-81-2 X

Zeta-Cipermetrina 52315-07-8z

X

Zineb 12122-67-7 X

Ziram 137-30-4 X

Los ingredientes marcados con un (*) en el cuadro anterior constituyen un grupo de plaguicidas. Todos los

ingredientes activos de estos grupos, enumerados en el Cuadro 4 a continuación, están en la Lista

Amarilla de Plaguicidas Restringidos.

Cuadro 4: Lista Amarilla de Ingredientes Activos en Grupos

Grupo Ingrediente Activo N° CAS

Arsénico y sus compuestos

Pentóxido de arsénico 1303-28-2

Ácido cacodílico; dimetilarsínico 75-60-5

MSMA 2163-80-6

Arseniato de sodio 13464-38-5

Cacolydate; dimetilarsinato de sodio 124-65-2

Arseniato de cobre cromado; CCA 75-60-5

Trióxido de arsénico 1327-53-3

Arseniato de calcio 7778-44-1

Arseniato de cobre 10103-61-4

Arseniato de plomo 7784-40-9

Arsenito de sodio 7784-46-5

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Aceites de parafina; aceites minerales

Aceite de parafina 64741-88-4

Aceite de parafina 64741-89-5

Aceite de parafina 64741-97-5

Aceite de parafina 64742-46-7

Aceite de parafina 64742-54-7

Aceite de parafina 64742-55-8

Aceite de parafina 64742-65-0

Aceite de parafina 72623-86-0

Aceite de parafina 97862-82-3

Los ingredientes marcados con el símbolo (†) pertenecen a la Lista Roja en algunas formas y a la Lista

Amarilla en otras formas. Cuando se usan como raticidas en trampas preparadas de cebo fijo y en

estaciones diseñadas para impedir derrames y descomposición, se consideran plaguicidas de la Lista

Amarilla y están sujetos a los demás requisitos descritos a continuación. En todas las demás formas,

estos ingredientes se consideran plaguicidas de la Lista Roja y están estrictamente prohibidos.

4.3. Condiciones para Usar Plaguicidas que Contienen Ingredientes Activos

de la Lista Amarilla

Los plaguicidas enumerados en la Lista Amarilla han demostrado un alto riesgo de provocar daños graves

o irreversibles a la salud humana y del medioambiente. Los plaguicidas que contienen estos ingredientes

activos solo se pueden usar en cultivos Fair Trade Certified cuando se cumplen las siguientes

condiciones. Ambas condiciones deben cumplirse para satisfacer el criterio 4.4.2.c10 del APS.

4.3.1. Existen pruebas de que se intentaron alternativas menos peligrosas pero dichas alternativas o bien

no están disponibles o no son eficaces; y

4.3.2. Se cumplen los requisitos y se siguen las prácticas de mitigación de riesgos descritas en la

Sección 4.4.

4.4. Requisitos y Prácticas de Mitigación de Riesgos para Usar Plaguicidas

que Contienen Ingredientes Activos de la Lista Amarilla

Esta sección describe los requisitos que se deben cumplir para satisfacer la condición de la sección 4.3.2

anterior. Algunos de estos requisitos (aquellos descritos en la Sección 4.4.1) ya han sido detallados en el

APS para otros fines, pero vienen al caso y deben ser implementados de inmediato cuando se usan

productos de la Lista Amarilla. Otros requisitos (aquellos de la Sección 4.4.2) son ajenos al APS pero son

igualmente obligatorios.

4.4.1. Requisitos descritos en el APS

El Cuadro 5 enumera los criterios de cumplimiento del APS que son pertinentes a la manipulación de

plaguicidas y productos químicos peligrosos. Los Titulares del Certificado que usan algún producto que

contenga un ingrediente activo enumerado en la Lista Amarilla deben implementar inmediatamente los

10 El criterio 4.4.2.c establece lo siguiente: “Los plaguicidas enumerados en la Lista Amarilla de Plaguicidas Restringidos de Fair Trade USA se usan en los cultivos Comercio Justo solo en condiciones específicas.”

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requisitos descritos en cada uno de estos criterios, independientemente del tipo o del plazo del criterio de

cumplimiento, en relación con el uso y la manipulación del producto de la Lista Amarilla.

Cuadro 5: Lista de criterios de cumplimiento relacionados con la correcta manipulación de ingredientes de

la Lista Amarilla en productos Fair Trade Certified

Tema Criterios de Cumplimiento Relevantes en el APS

Ambiente de Trabajo Seguro 3.2.1.c, 3.2.1.g, 3.2.1.h, 3.2.2.a, 3.2.2.b, 3.2.2.c, 3.2.3.a,

3.2.3.d

Protección de vías fluviales y Ecosistemas 4.2.2.d

Gestión Integrada de Plagas y Reducción del

Uso de Productos Químicos 4.3.1.b

Uso Seguro de Productos Químicos 4.4.1.a, 4.4.1.b, 4.4.1.c, 4.4.1.d, 4.4.1.e, 4.4.2.d

Eliminación de Desechos 4.5.1.b, 4.5.2.a, 4.5.2.b, 4.5.3.a, 4.5.3.c

.

El no cumplimiento de los requisitos destacados en el Cuadro 5 al momento de manipular plaguicidas de

la Lista Amarilla provocará el no cumplimiento del criterio 4.4.2.c y de los criterios individuales

enumerados en el Cuadro 5. El no cumplimiento de 4.4.2.c describirá cuál de los criterios enumerados

más arriba incluye requisitos que el Titular del Certificado no siguió al momento de usar un producto

contenido en la Lista Amarilla. Esto es independientemente del tipo de criterio de cumplimiento (Crítico,

Progreso o Buena Práctica) en el que caben esos requisitos. Tome en cuenta de que, en el caso de los

criterios Progreso, para cumplir con 4.4.2.c se debe implementar el requisito solo en relación con el

producto contenido en la Lista Amarilla. Sin embargo, no es posible ganar puntos Progreso si esos

criterios se aplican solo en el contexto de los productos de la Lista Amarilla.

Por ejemplo, el criterio 3.2.2.b, es un criterio Progreso que se incluye en el Cuadro 5. Una finca que no

usa ningún ingrediente de la Lista Amarilla puede decidir cuándo cumplir 3.2.2.b a lo largo del programa

de certificación de seis años. Sin embargo, si la finca empieza a usar un producto químico que contiene

un ingrediente de la Lista Amarilla, debe implementar el criterio 3.2.2.b (además de los otros criterios del

Cuadro 5 y los requisitos de la Sección 4.4.2 a continuación) en el marco del uso del ingrediente de la

Lista Amarilla con el fin de cumplir el 4.4.2.c. Para ganar puntos Progreso por 3.2.2.b, o cualquier otro

criterio Progreso enumerado en el Cuadro 5, los requisitos deben aplicar universalmente y no solo para

los productos de la Lista Amarilla. Por ejemplo, en el caso de 3.2.2.b, el Titular del Certificado recibirá

puntos Progreso cuando todos los trabajadores que manipulan cualquier tipo de plaguicida peligroso sean

sometidos a un examen médico gratuito, pero no cuando solo los trabajadores que manipulan el

plaguicida de la Lista Amarilla se sometan al examen, puesto que este es un requisito de 4.4.2.c.

4.4.2. Requisitos Adicionales de Prácticas de Mitigación de Riesgos

Además de implementar los requisitos relevantes definidos en el APS, también se exigen las siguientes

prácticas de mitigación de riesgos cuando se usan sustancias de la Lista Amarilla.

4.4.2.1. Para todas las sustancias de la Lista Amarilla, debe haber materiales para responder a un

derrame cerca de las bodega o sitios de mezcla o carga de productos químicos, y todos los trabajadores

que manipulan plaguicidas deben saber cómo usar los materiales y reaccionar a un derrame. La buena

práctica es tener un Plan de Respuesta ante Derrames publicado.

4.4.2.2. En el caso de sustancias contenidas en la Lista Amarilla que se clasifican como de riesgo agudo

o de largo plazo para la salud humana:

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a) Además de la señalización exigida en 4.4.1.b, la notificación de la fumigación planificada debe

publicarse por lo menos con 24 horas de anticipación de la actividad. Bajo circunstancias

excepcionales, si no es posible emitir ese aviso con 24 horas de antelación, el aviso debe darse lo

antes posible para reducir el riesgo para las personas. Se deben poner señales de advertencia en

los idiomas pertinentes para las comunidades locales y explicarse con dibujos. Estos avisos se

deben retirar una vez que sea seguro ingresar al terreno sin equipo de protección personal.

b) Ningún trabajador puede manipular productos químicos con riesgo de toxicidad agudo

individualmente. Es decir, siempre deben trabajar, por lo menos, en parejas, cuando se realicen

labores de mezcla, carga, limpieza de equipos o aplicación con fumigadora de mochila. La

intención de este requisito es velar por que siempre haya otra persona en las cercanías para

prestar asistencia en caso de exposición accidental.

c) Los trabajadores no pueden llevarse a casa los equipos de protección personal o los aplicadores.

Dichos equipos deben guardarse en un lugar separado de los efectos personales.

4.4.2.3. En el caso de sustancias contenidas en la Lista Amarilla consideradas como peligrosas para las

abejas:

a) En invernaderos: Se pueden usar solo si se toman suficientes precauciones para impedir la fuga

de aguas de desecho del invernadero y siempre y cuando los polinizadores no ingresen al

invernadero durante la fumigación, por ejemplo, a través de respiraderos. Si se usan abejas para

polinizar los cultivos, no se debe fumigar cuando las abejas están presentes.

En campos abierto solo se pueden usar si se reduce al mínimo el contacto con los polinizadores:

1) No se pueden aplicar las sustancias en cultivos Fair Trade Certified que estén floreciendo,

y no se pueden aplicar en la maleza cuando esté floreciendo; o,

2) Las sustancias se aplican solo cuando los polinizadores no están activos. Por ejemplo, la

aplicación puede realizarse en la tarde, al anochecer o en la noche.

3) Si hay colmenas de abejas presentes en el campo, deben cubrirse o retirarse

temporalmente durante la aplicación.

4.4.2.4. En el caso de sustancias de la Lista Amarilla marcadas con † en el Cuadro 3 más arriba:

a) Los ingredientes solo se usan como raticidas en trampas preparadas de cebo fijo y en estaciones

diseñadas para impedir derrames y descomposición (todas las demás formas están prohibidas

conforme a la Lista Roja);

b) Las trampas de cebo fijo y las estaciones están diseñas para impedir el acceso de especies no

objetivo;

c) Se elabora un plan de manejo de roedores en base a técnicas integrales de manejo de plagas y

este se implementa;

d) Los cadáveres de roedores se manipulan con el mismo cuidado que los propios ingredientes,

incluida su disposición adecuada para impedir riesgos para la salud humana y contaminación

ambiental;

e) La actividad de roedores es monitoreada y registrada con el fin de incluir la inspección regular de

trampas de cebo fijo y estaciones;

f) El uso de estos raticidas se reduce si el monitoreo indica una disminución en la incidencia de los

roedores;

g) El uso de estos raticidas se detiene si el monitoreo indica que los roedores no están comiendo de

las trampas; y

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Versión 1.1.0

h) El uso de estos raticidas se detiene si hay pruebas de acceso frecuente y generalizado de

especies no objetivo.