variacion de mandato de detencion por comparecencia felipe casavilca
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7/24/2019 Variacion de Mandato de Detencion Por Comparecencia Felipe Casavilca
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Expediente : 184-2014
Secretario : Paula Cordova
Cuaderno : PRINCIPAL
Escrito :
SUMILLA: SOLICITO VARIACIÓNDEL MANDATO DE DETENCIÓN,OR COMARECENCIARESTRIN!IDA"
SEÑORA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO PENAL CON REOS EN CARCEL DE LA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICA DE LIMA SUR
Dr. HELI AMILCAR NAVARRO ESPINOZA, abogado del encausado BIRMODESFELIPE CASAVILCA, en el proceso que se le sigue por el supuesto y negado delitocontra la Salud Pública, Tráfico Ilícito de Drogas – Promoción o faorecimiento alTráfico Ilícito de Drogas, en agraio del estado, e!erciendo la defensa que como tal mees obligatorio "acer, a usted respetuosamente digo#
$ue, conforme al artículo %&'( )último párrafo) y %*&( del +ódigo Procesal Penal,S-I+IT -. /.0I.+I12 D3- 4.2D.T D3 D3T32+I12 P0 -. D3+4P.03+32+I. 03ST0I25ID.6
Sustento la presente Solicitud en las siguientes consideraciones fácticas y !urídicasque a continuación paso a e7poner#
I.- FUNDAMENTOS DE HECHO:
PRIMERO.- Se8ora 9ue:, conforme se colige del .uto .pertorio de Instrucción,
se abre instrucción en mi contra, dictándose 4andato de Detención, por lasupuesta comisión del ilícito penal de TRAFICO ILICITO DE DROGAS-
PROMOCIÓN O FAVORECIMIENTO AL TRÁFICO ILICITO DE DROGAS, en
pretendido agraio de ESTADO; delito preisto y penado en el primer párrafo
del artículo <=>?, concordado con los incisos *@ y >@ del primer párrafo del
artículo <=A? del +ódigo Penal igente6
SEGUNDO.- 3s el caso, que el .)quo al momento de e7pedir el .uto .pertorio
de Instrucción con fec"a <% de mar:o del a8o <B%*, y consecuentemente dictar la 4edida +oercitia de carácter personal de Detención, "a merituado el
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con!unto de elementos probatorios acopiados a niel preliminar, se8alando que
en el presente caso e7isten suficientes elementos probatorios de la comisión
del ilícito penal denunciado que me inculan con los "ec"os materia de
denuncia, así como que la pena probable a imponerse es superior a B* a8os
de pena priatia de libertad y que e7isten peligro procesal para eludir la acción
de la !usticia o perturbar la actiidad probatoria, pee ! "!#er
!$re%&'!%( ARRAIGO DOMICILIARIO '!) $(*( )( e+pre,
)! repree'!'e %e) M&&'er&( P#)&$( e )! !/%&e$&! %e
pr&&, pre0e'&0!1 p(r "!#er re!)&2!%( )! $('!'!$&,
%(*&$&)&!r&! e) %3! 45 %e *!r2( %e) 67481 !&*&*( e "!
!$re%&'!%( e) ARRAIGO FAMILIAR $( )! p!r'&%! %e!$&*&e'( %e / *e(re "&9( J( D!0&% C!!0&)$!
N(! ; S!#%& E'"e<!& C!!0&)$! N(! ; )! P!r'&%! %e
M!'r&*(&( $( MER= ROSA NOA PEREZ ; '!*#& e
!$re%&'( e) ARRAIGO LABORAL $( )! CONSTANCIA DE
TRABAJO e+pe%&%! p(r )! E*pre! %e M('('!+& TORITOS
LOS LAURELES S.A.C.
TERCERO.- Sin embargo, se tiene que el PRESUPUESTO DEL PELIGRO
PROCESAL1 HA SIDO REFORMULADO conforme a las pruebas que se
ofrecen y se introducen al presente proceso, consecuentemente EN AUTOS
HAN SURGIDO NUEVOS ELEMENTOS DE PRUEBA1 >UE PONEN EN
CUESTIÓN EL RE>UISITO DEL PELIGRO PROCESAL >UE DIERA LUGAR
A LA APERTURA DE INSTRUCCIÓN CON MANDATO DE DETENCIÓN
CONTRA EL RECURRENTE1 LOS MISMOS >UE DEBEN SER VALORADOS
EN FORMA CONJUNTA CON LOS MEDIOS PROBATORIOS E?ISTENTES
EN AUTOS.
CUARTO.- $ue, siendo esto así, la medida coercitia de detención dictada en
mi contra, en el presente caso resulta e7trema e inoficiosa, ya que TENGO
DOMICILIO CONOCIDO, conforme se colige del .cta de +onstatación
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Domiciliaria de fec"a %> de 4ar:o del <B%* e )! $/!) e@!)! /e *&
%(*&$&)&( re!) e e$/e'r! /#&$!%( e )! M!2!! 41 L('e 41 L(
Áe)e1 P!*p)(! A)'!1 e e) %&'r&'( %e S! J/! %e M&r!<)(re; y
asegura >UE NO ELUDIRE LA ACCIÓN DE LA JUSTICIA1 MENOS AN
PERTURBARE LA ACTIVIDAD
PROBATORIA6))))))))))))))))))))))))))))))))))))))))))))))))))))))))))))))
>UINTO.- $ue, aparte que acredito que cuento con un domicilio conocido
tambiCn acredito LA E?ISTENCIA DE UN ARRAIGO DE MI PARTE EN LA
CIUDAD DE LIMA, ya que TENGO UNA FAMILIA CONSTITUDA POR MI
CON=UGE MER= ROSA NOA PEREZ1 que se ACREDITA CON LA PARTIDA
DE MATRIMONIO E?PEDIDA POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN
JUAN DE MIRAFLORES que obra en autos = NUESTROS MENORES HIJOS
DE NOMBRES JOS DAVID CASAVILCA NOA = SABDI ESTHEFANI
CASAVILCA NOA1 %e 4 ; 46 !@( %e e%!%1 repe$'&0!*e'e1 cuyas
pree7istencias se acreditan con las .ctas de 2acimiento y en consecuencia
requieren de mi apoyo y cari8o en mi condición de padre, otra ra:ón más que
me impedirá fugarme o trasladarme a otro lugar6
SE?TO.- . mayor abundamiento, debo precisar que SIEMPRE ME HE
DESEMPEÑADO EN TRABAJOS HONESTOS es más ad!unto al presente la
copia del +ontrato de mi último traba!o, antes de que se dictara 4andato de
Detención en mi contra# CONSTANCIA DE TRABAJO E?PEDIDA POR LA
EMPRESA DE MOTOTA?I TORITOS LOS LAURELES S.A.C. %e <e$"! 48
%e) *!r2( %e) 67481 *e%&!'e e) $/!) e $(&! /e BIRMODES FELIPE
CASAVILCA MIRANDA iene laborando en la empresa desde el %B dediciembre del <B%< desempe8ándose como c"ofer6
SEPTIMO.- De otro lado se8ora 9ue:, NO REGISTRO ANTECEDENTES
PENALES1 POLICIALES O JUDICIALES, conforme es de erse del
+ertificado 9udicial de .ntecedentes Penales, que corre a s6 *AA a *EB6
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OCTAVO6) SEÑORA JUEZ1 TAMBIN DEBO PRECISAR >UE NO CONOZCO
A LAS PERSONAS DE ROSALINA NUÑEZ SALAZAR1 =ESSICA CHO>UE
NUÑEZ1 MILU VANESSA BARJA NUÑEZ1 ILLIAM ALBERTO
HUAMANCHUMO ROMERO = GIANCARLO SANTOS CERRON >UISPE; .
3ST3 S3F03S - +2+I +G.2D 3STG/3 D3T32ID 32 -.
DI0I2+0I D3 S.2 9G.2 D3 4I0.-03S6
NOVENO6) Se8ora 9ue:, conforme se colige de autos EL DA DE LOS
HECHOS1 ESTO ES 75 DE MARZO DEL 6748 A HORAS 4:7
APRO?IMADAMENTE1 CUANDO ME ENCONTRABA LABORANDO EN MI
CONDICIÓN DE MOTOTA?ISTA A BORDO DE MI MOTOTA?I DE PLACA
NM-K88 UNA PERSONA DE SE?O MASCULINO ME TOMO UNA
CARRERA A LA ALTURA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA JORGE
BASADRE INDICANDOME >UE LO TARSLADE HASTA LA IGLESIA SAN
FRANCISCO = AL LLEGAR AL LUGAR INDICADO ME DIJO >UE LO
TRASLADE HASTA LA RUTA B AL PARADERO PAMPLONA ALTA POR
LO >UE UNA VEZ LLEGADO A DICHO LUGAR ME INDICO >UE SUBA
UNA PENDIENTE HASTA LLEGAR A UNA CASA >UE TENA LA FACHADA
CON MA=OLICAS DE COLOR AZUL DONDE ESTE PASAJERO INGRESO =
SACO UNA BOLSA DE COLOR NEGRO DEL INTERIOR PARA SUBIR A MI
MOTO EN EL ASIENTO DE PASAJERO1 INDICANDOME >UE LO LLEVE A
LA INVASIÓN = CUANDO AVANCE UNOS METROS EL PASAJERO EN
FORMA NERVIOSA ME DIJO VOLTEA = REGRESAME A LA CASA = AL
LLEGAR A LA CASA DE FACHADA DE MA=OLICAS AZULES DESCENDIO
DE MI VEHICULO = RAUDAMENTE INGRESO A LA CASA DEJANDO LA
BOLSA NEGRA EN EL ASIENTO DE PASAJERO DE MI MOTOTA?I = ES EN
ESE MOMENTO >UE LOS EFECTIVOS POLICIALES INTERVIEN LA CASADE FACHADA DE MA=OLICAS AZULES = TAMBIEN ME INTERVIENE
ENCONTRANDO EN EL ASIENTO DE PASAJEROS UNA BOLSA NEGRA =
LOS EFECTIVOS CON GRITOS ME PRESIONARON PARA >UE FIRME EL
ACTA DE REGISTRO VEHICULAR RAZÓN POR LA CUAL FIRME
ACLARANDO >UE EN ESE INSTANTE NO VI EL CONTENIDO DE DICHA
BOLSA NEGRA = RECIEN EN LA UNIDAD POLICIAL ME ENSEÑARON EL
CONTENIDO >UE ERAN UNOS ETES DE PBC SEGN REFIRIERON LOS
EFECTIVOS SEÑORA JUEZ DEBO PONER A SU CONICIMIENTO >UE ELDIA DE LOS HECHOS EL RECURRENTE ESTUVO TRABAJANDO COMO
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MOTOTA?ISTA = NO TENIA CONCOMIENTO DEL CONTENIDO DEL
E>UIPAJE DEL PASAJERO =A >UE EN MI CONDICIÓN DE MOTOTA?ISTA
NO ESTO= OBLIGADO A REVISAR EL E>UIPAJE DE LOS PASAJEROS.
DECIMO6) 3s preciso se8alar que en la manifestación del ST&6P2P6 -GIS0TIH 0.4S reali:a el día %= de mar:o del <B%* ante el instructor en una de
las oficinas de la DI/I2+0I de San 9uan de 4iraflores !'e )! pre/'! 78
p!r! / %&!: +uál "a sido su participación en la interención policial a las
personas de 0S.-I2. 2GF3H S.-.H.0, JI--I.4S .-K30T
LG.4.2+LG4 0430, KI04D3S 3-IP3 +.S./I-+. 4I0.2D. M
5I.2+.0- S.2TS +30012 $GISP3, el día de los "ec"osN Di!o# OLe
participado directamente en la captura de las personas de 0S.-I2. 2GF3H
S.-.H.0, JI--I.4S .-K30T LG.4.2+LG4 0430, KI04D3S3-IP3 +.S./I-+. 4I0.2D. M 5I.2+.0- S.2TS +30012 $GISP3,
asimismo participe en el registro domiciliario y en dos actas de registro
e"icular y actas de registro personal y en la pre/'! *er( 4
SOT.PNP. LUIS ORTIZ RAMOS %&9(: que lo que motió la interención es
que se tiene conocimiento que dic"a :ona es una enta de droga y más aún
que se acercó a la puerta del inmueble ubicado en la 4H6 ** -t %' – Sector -os
-aureles – Pamplona .lta – San 9uan de 4iraflores, que sabemos en dic"o
interior se guarda y se ende droga; obserando que descendió una personade te: trigue8a el que conocemos como 3-IP3, quien luego de ingresar por el
lapso de un corto tiempo salió en compa8ía de una persona de conte7tura
gruesa, de cabello corto QLG.4.2+LG4@, subiendo elipe, a la moto con
una bolsa de color negra en la mano, siendo el caso que al notar la presencia
policial se dieron a la fuga ingresando los dos en forma iolenta a la casa,
siendo capturado la persona de conte7tura gruesa, quien fue identificado con el
nombre de JI--I.4S .-K30T LG.4.2+LG4 0430; asimismo e )!
pre/'! 48 pre$&!: que la persona de KI04D3S 3-IP3 +.S./I-+.
estaba transportando en la motota7i, a la persona conocida con el alias de
3-IP36
DECIMO PRIMERO6) 3s el caso, se8ora 9ue: que en la etapa de instrucción
las personas de 0S.-I2. 2GF3H S.-.H.0, JI--I.4S .-K30T
LG.4.2+LG4 0430 M 5I.2+.0- S.2TS +30012 $GISP3 en
sus respectias declaraciones manifiestan que no me conocen, situación que
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se debe a que no pertene:co a ninguna organi:ación que se dedica a este tipo
de negocios ilícitos y me ganó la ida "onradamente traba!ando en la moto que
compre con unos a"orros familiares por lo que mi detención es totalmente
in!usta6
DECIMO SEGUNDO6) 3s preciso se8alar que para la configuración de uno de
los Presupuestos Procesales del 4andato de Detención Preliminar, en este
caso e) Pe)&r( Pr($e!)1 e %e#e !!)&2!r ! p!r'&r %e /! er&e %e
$&r$/'!$&! /e p/e%e 'eer )/!r1 !'e ( %/r!'e e) %e!rr())( %e)
pr($e( ; /e e' )&!%! </%!*e'!)*e'e $( )( !'e$e%e'e %e)
pr($e!%(1 /1 / &'/!$&, ($&!) ; <!*&)&!r1 / ($/p!$&,1 / #&ee1
/ 03$/)( <!*&)&!re ; '(%( ('r( <!$'(r /e per*&'! $($)/&r1 $( /
!)'( r!%( %e (#9e'&0&%!%1 /e )! )&#er'!% %e) &$/)p!%(1 pre0&! ! )!%e'er*&!$&, %e / e0e'/!) rep(!#&)&%!%1 p(e e r&e( e) $(rre$'(
%ee0()0&*&e'( %e )! )!#(r %e &0e'&!$&, ; )! e<&$!$&! %e) pr($e(.
))))))))))))))))))))))))))))
II.- FUNDAMENTOS DE DERECHO:
PRIMERO.- Se8or 9ue:1 para dictar una medida restrictia de carácter
personal, como lo es la Detención, se "a establecido que deben existir
suficientes elementos probatorios de la comisión de un delito doloso, en el que
el agente se encuentre vinculado como autor o partícipe (Suficiencia
Probatoria); que "aciendo una prognosis la pena a imponerse sea mayor a un
año de pena privativa de libertad (Gravedad de la pena aplicable), y que el
imputado por ra:ón de sus antecedentes tratare de eludir la acción de la
!usticia (Peligro Procesal), debiendo concordar este análisis con los
Pr&$&p&( %e R!$&(!)&%!%1 J/%&$&!)&%!% ; Le!)&%!% para dictar una
medida de coerción personal tal como lo preC el artículo %&'? del +ódigo
Procesal Penal y su modificatoria6)))))))))))))))))))))))))))))))))))))))))))))))))))))))
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SEGUNDO.- Según 4ario /ásque: /ásque:R, “la posición más dominante
sobre la finalidad de la detención judicial es aquella que afirma que el Mandato
de Detención tendría por objeto asegurar la persona del imputado a los fines
del cumplimiento de la pena privativa de libertad (!" #in embargo$ el
aseguramiento de una pena corporal o el asegurar la presencia del inculpado
en el proceso son funciones que se %an asignado en el intento de dar
justificación a una medida preventiva$ que tiene su g&nesis en la suerte de
inseguridad que genera la criminalidad para la sociedad y que$
lamentablemente$ se encarna a priori en el imputado con consecuencias
perjudiciales" 'i an esta función$ puede otorgar legitimidad a la intromisión
estatal en la esfera de la libertad de la persona sin que exista una declaración
de culpabilidad) todos los intentos por justificar la medida resultan infelices$
porque en principio la medida de detención no se impone únicamente en
los casos en que el procesado será objeto de una pena, y aunque este
argumento significara pretender adelantar las funciones de la pena a la
declaración de culpabilidad que es la única con la cual puede resultar
legitimada la facultad del !stado para privar de libertad a los individuos
de la sociedad "******************************************************
TERCERO.- De otro lado para declarar Procedente la Solicitud de "ariación
del #andato de $etención por el %omparecencia, es necesario que se
cumpla el presupuesto establecido por el último párrafo del artculo &'
del %ódigo Procesal Penal , que claramente establece que el 9ue: penal
podrá reocar el 4andato de Detención preiamente ordenado, por el
comparecencia, cuando nueos actos de inestigaciónR pongan en cuestión la
suficiencia de las pruebas que dieron lugar a la
medida6))))))))))))))))))))))))))))))))))))))))))))))))))))))))))))))))
* VASQUEZ VASQUEZ, Mario “¿Cómo enfrentar el Mandato de Detención?. Especial:
Detención y Libertad en el Proceso Penal. Actualidad ur!dica "ro. #$%. p. #&.
** ACUERDO LENARIO NRO" #$%&### DE VOCALES DE LAS CORTESSUERIORES DE LA RE'(LICA DE )EC*A + DE OCTU(RE DEL &###.Los nue'os elementos de prueba (ue la norma procesal e)i*e para la 'ariación de la
medida podr+n estar referidos a la suficiencia probatoria sobre la e)istencia del delito o
participación del procesado en el ,ec,o- como tambin en el presupuesto del peli*ro
procesal. /ncluso- la solicitud podr+ estar referida a las circunstancias probatorias (ue
eterminaron la calificación del ,ec,o en el tipo penal concreto para los efectos deestablecer el presupuesto de la *ra'edad de la pena.
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CUARTO6) *a revocación o variación de la $etención procederá en la
medida de que en el curso del proceso apare+can nuevos actos de
investigación, como ocurre en el presente caso; lo que significa que puede
estar basada en HECHOS DIFERENTES A LOS CONSIGNADOS EN LOS
PRIMEROS RECAUDOS >UE SIRVIERON PARA LA EMISIÓN DEL
MANDATO o los que e7istieron al momento de mantenerlo6 -a norma en
mención no e7ige que los elementos de !uicio aportados por los nueos actos
probatorios, deban tener la calidad probatoria suficiente para desanecer
totalmente los indicios que sirieron para dar por constituido los presupuestos
del 4andato de Detención preiamente dictado6
POR TANTO#
. Gd6 Se8ora 9ue: solicito se sira atender a lo
peticionado y proeer con arreglo a ley6
L&*!1 46 %e !('( %e) 6748.
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I"- )UNDAMENTOS DE *EC*O . DE DEREC*O:
+"- QUE, DADA, LA NATURALEZA INSTRUENTAL ! EL CAR"CTER #ARIA$LEDE LAS EDIDAS CAUTELARES, CA$E ANI%ESTAR QUE C&N%&RE SEDESPRENDE DEL ULTI& P"RRA%& DEL ARTICUL& 1'() DEL CDI+&
PR&CESAL PENAL, &DI%ICAD& EDIANTE LE! N) 282, EL UEZ PENAL, SEENCUENTRA %ACULTAD& PARA #ARIAR LA EDIDA DE DETENCIN CUANDONUEVOS ACTOS DE INVESTI!ACIÓN ON!AN EN CUESTIÓN LASU)ICIENCIA DE LAS RUE(AS /UE DIERON LU!AR A LA MISMA OLOS MOTIVOS /UE 0USTI)ICARON LA NECESIDAD DE /UEMANTEN!AN SU LENA VI!ENCIA"
&"- Qu/, // ord/ d/ 3d/a, ¿Que signifca nuevos actos de
investigación que pongan en cuestión la sufciencia de las
pruebas?, /d3a/ A5u/rdo Pl/ar3o N) 04 d/l 2000, / /6ala / /l /r5/r5o3d/rado 7u/ / 5o5/9o /: r/;/r3do al d/va/533/o od/5a33/o d/ la 9ru/<a 7u/ 3rv3/ro 9ara /a<l/5/r la v/ro33l3udd/ la 39ua53=, la 9/a o /l 9/l3>ro 9ro5/al.
"- Qu/, d/ oro lado? /l r/;/r3do A5u/rdo Pl/ar3o N) 04 d/l 2000,9uual3@a / u a5u/rdo /r5/ro lo 3>u3//
“Tercero.- Por consenso: los supuestos en que se puede acordar larevocación del mandato de detención en aplicación del ultimo párrafo delarticulo 135º del Código Procesal Penal, modicado por la e! "º #$##%,son lo siguientes:
a& Cuando los nuevos actos de investigación pongan en cuestión lasuciencia de las prue'as que vinculen al procesado con la comisión de undelito doloso(
'& Cuando nuevos actos de investigación determinen la variación de la pena pro'a'le por de'a)o de los *+ aos de pena privativa de li'ertad, !
c& Cuando nuevos actos de investigación pongan en cuestión lasuciencia de prue'as so're el peligro procesal(
-./0. 2 / C4"6728 .72"4 9 /4/ /2P2/04/ P.8. 2
P84C9. . 84C.C6;" 9 <."9.04 9 90"C6;"=(
$"- NUEVOS ACTOS DE INVESTI!ACIÓN /UE ONEN EN CUESTIÓNLA SU)ICIENCIA DE LAS RUE(AS /UE DIERON LU!AR A LA MEDIDADE DETENCION:
aB D/5lara53= /3o3al d/ 0UAN MOISES ARIAS ROLDAN? 7u3/d/arrolla a53v3dad la<oral / la E9r/a Ela5/ d/l P/r S.A.C., 7u/ /r/9r//a53= d/ a, 5oraa ra9or/ 9ara /l ralado d/ 5ar>a,.Qu3/ a /6alado / auo / u 5od353= d/ /3>o 9r//53al d/ lo/5o, 7u/ 7u3/ 5odu5Fa /l #/F5ulo d/ Pla5a N) !G - 110, Hr:3l/rB, / /lo/o d/l a553d// /ra /l Sr. "N+EL #ALDEZ $ARRI&S, 5oo53do 5oo
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/l >ordo, 9u/, / la 3/r/553= d/ la Av. a5o Ca9a5 5o la Av. 28 d/ ul3o, u a3 35o, /6ala 7u/ /l 5o;/r a<Fa aro9/llado, raado // d//a53oar/ 3/do 3/d3aa// 3/rv/3do 9or la Pol35Fa Na53oal.
<B D/5lara53= /3o3al d/ EDIT* 0ULIA CAR*UAS NOA, /3>o
3d3r/5o, 7u3/ a d/5larado / auo 7u/ /l dFa d/ lo /5o /l 5o;/rSr. "N+EL DANN! #ALDEZ $ARRI&S, /l auda/ Sr. SANTIA+& QUISPEAQUIN&, d/auaro / u /a<l/533/o, 7u/ 9o/r3or// adv3r3=7u/ /l r:3l/r al3= d/ la 5o5/ra adJua 5odu53do 9or /l r/;/r3do 5o;/r,5oJua// 5o u auda/, /l 5o33o3a Sr. UAN &ISKS ARIASR&LDAN, /3>o 9r//53al d/ lo /5o.
5B D/5lara53= /3o3al d/ !IL(ERTINA MARIN DE LA CRU1, /3>o3d3r/5o, 7u3/ a d/5larado / auo 7u/ / u /a<l/533/o d/ Ju>o,7u/ / /5u/ra al lado d/ ua d/ la 5o5/ra, /l /5auado Sr. &SAN
TAA!& QUISPE, / /l o/o d/ lo /5o /uvo / d35o/a<l/533/o.
dB D/5lara53= /3o3al d/ TEODOSIO (ERNAVEARRESCURRENA!A *ERRERA,7u3/ a d/5larado / auo 7u/ /l dFa d/lo /5o / /5ora<a / u v/F5ulo d/ /rv353o d/ a3, /a53oado/r/ la Av. $aua/ /a? Av. au/l C3/ro? 7u/ /l /5auado Sr.&SAN TAA!& QUISPE, ol353= u /rv353o a /;/5o d/ /r raladado a laAv. 28 d/ Jul3o? 9or7u/ u v/F5ulo Hr:3l/rB, a<Fa 5o5ado, d/J:dolo /r/la Av. 28 d/ Jul3o 5o la Av. o +:lv/@.
/B D/5lara53= /3o3al d/ MARIANO DESIDERIO LÓE1LUDE2A, /3>o 3d3r/5o, 7u3/ a d/5larado / auo 7u/ /l dFa d/ lo/5o /l /5auado Sr. &SAN TAA!& QUISPE, / /5ora<a / u all/rd/ /5:35a ol353ado lo /rv353o d/ u/ll/, 9ara /l #/F5ulo Hr:3l/rB,/r/>:dol/ / la ua d/ S.100.00 HC3/ 00100 u/vo ol/B, 9or5o5/9o d/ ad/lao.
;B D/5lara53= /3o3al d/ 0AVIER E)RA3N OTA1U MONTES, /3>o3d3r/5o, 7u3/ a d/5larado / auo 7u/ / /l dFa d/ lo /5o / u5od353= d/ 5o33o3a / 7u/do 5ov/rado 5o /l /5auado Sr.&SAN TAA!& QUISPE, a /;/5o d/ 5o/>u3r ua o<r/5ar>a, 9ara /l
v/F5ulo Hr:3l/rB, oda v/@ 7u/ la 5ar>a 7u/ 3<a a l/vaar /l Sr. "N+EL#ALDEZ $ARRI&S o a3;a5Fa la oal3dad d/ la 5a9a53dad d/l r:3l/r. D/ la3a ;ora, a d/5larado 7u/ /l r:3l/r / r/3ro 5o /l 5o-93loo Sr. "N+EL#ALDEZ $ARRI&S, u auda/ Sr. SANTIA+& QUISPE AQUIN&, /l5o33o3a /3>o 9r//53al d/ lo /5o Sr. UAN &ISKS ARIASR&LDAN, r/9r//a/ d/ l/ E9r/a Ela5/ P/r S.A.C.
>B D/5lara53= Jurada d/ SANTIA!O /UISE A/UINO, auda/ /3>o 9r//53al, 7u3/ d/5lara 7u/ / /l o/o d/ lo /5o 7u3/5odu5Fa /l v/F5ulo Hr:3l/rB a/r3a d/ a553d// d/ r:3o / /l Sr
AN+EL DANN! #ALDEZ $ARRI&S, 5o-93loo d/l r:3l/r, o /l /5auado&SAN TAA!& QUISPE, oda v/@, 7u/ /l r/;/r3do /3>o / u 5od353=
7/24/2019 Variacion de Mandato de Detencion Por Comparecencia Felipe Casavilca
http://slidepdf.com/reader/full/variacion-de-mandato-de-detencion-por-comparecencia-felipe-casavilca 11/11
d/ auda/ d/l r:3l/r, / /5ora<a al 3/r3or d/l v/F5ulo / /lo/o d/ lo /5o a/r3a d/ d/u53a M5al.
4"- QUE, %INALENTE, C&N%&RE SE APRECIA DE L&S ACTUAD&S SEACREDITA DE$IDAENTE UN D&ICILI&, ! TRA$A& C&N&CID&, ASIIS&?
N& SE RE+ISTRA RE%ERENCIAS CARCELARIAS, NI ANTECEDENTE P&LICIAL,NI PENAL, QUE N& SEAN LAS QUE SE RE%IEREN ECLUSI#AENTE A ESTECAS&. DE LA ISA %&RA? N& EISTE REQUISIT&RIA PENDIENTE EN SUC&NTRA, DE L& QUE SE IN%IERE PR&PIAENTE, DE QUE N& EISTENE#IDENCIAS DE QUE #A!A ELUDIR LA ACCIN DE LA USTICIA & PERTUR$ARLA ACTI#IDAD PR&$AT&RIA. OR CONSI!UIENTE SOLICITO LAVARIACIÓN DEL MANDATO DE DETENCIÓN OR EL DECOMARECENCIA RESTRIN!IDA"
OR TANTO:
Al u@>ado, ol353o / 3rva //r 9r/// lo /9u/o darl/ /l r:3/7u/ a u aural/@a 5orr/9oda.