valentin

16
CODIGO DEONTOLOGICO DEL COLEGIO DE INGENIEROS DEL PERU VALENTIN VICENTE, JOSE

Upload: jose-valentin-vicente

Post on 17-Feb-2016

214 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

descripcion de los codigos deontologicos

TRANSCRIPT

Page 1: Valentin

CODIGO DEONTOLOGICO DEL COLEGIO DE

INGENIEROS DEL PERUVALENTIN VICENTE, JOSE

Page 2: Valentin

CODIGO DEONTOLOGICO DEL COLEGIO DE

INGENIEROS DEL PERU

CODIGO DEONTOLOGICO DEL COLEGIO DE

INGENIEROS DEL PERUAPROBADA 10/08/12 - Hyo

Page 3: Valentin

CODIGO DEONTOLOGICO

Conjunto de normas y deberes dirigidos a un colectivo de profesionales de ingeniería para guiar el ejercicio de su profesión desde una perspectiva ética y moral.

Page 4: Valentin

PRINCIPIOS GENERALESLos ingenieros están al servicio de la sociedad

contribuyen al bienestar humano, dan importancia a la seguridad y adecuada utilización de los

recursos en sus tareas profesionalesPromover y defender la integridad, el honor y la dignidad de su profesión, contribuyendo con su

conducta respecto a la sociedad, a sus miembros, con honestidad en su desempeño profesional.

Servir con fidelidad al publico, empleadores y sus clientes, esforzarse por incrementar el prestigio, la

calidad y la idoneidad de la ingeniería.

Page 5: Valentin

DE LAS FALTASEl CIP sanciona a los ingenieros que en el ejercicio de la profesión, faltan a las leyes, al estatuto a al

código deontológico del CIP; estén o no colegiados o hábiles.

Los tipos de faltas son:

Contra la Ética profesional . Contra la Institución.

Contra el ejercicio de la actividad

profesional .

Page 6: Valentin

Contra la ética profesional

Faltas contra el juramento de incorporación al colegio.

Faltas a la ética profesional, tipificadas en el Titulo II del CIP

Page 7: Valentin

Contra la institución.

Faltas en perjuicio de la institución.

Faltas a las normas contenidas en la ley, el Estatuto, Reglamento, Directivas y otros emitidas

por los órganos del CIP.

Page 8: Valentin

Contra el ejercicio de la actividad profesional.

Ejercer labores propias de ingeniería sin estar colegiado en el CIP.

Ejercer labores propias de la ingeniería sin encontrarse habilitado.

Desempeñar cargos o realizar actividades inherentes a la ingeniería ya sea en entidades publicas, privadas o independientes sin contar

con el respectivo certificado de habilidad otorgado por el CIP.

Page 9: Valentin

DE LAS SANCIONESLos Órganos Deontológicos del CIP, de acuerdo a

susatribuciones y a la gravedad de las faltas, puede

aplicar las siguientes sanciones.Multas:

Amonestación . Suspensión.

Expulsión.

Page 10: Valentin

Multas

La multa solo será impuesta en la falta contra el ejercicio de la actividad profesional de acuerdo a

Ley

Page 11: Valentin

Amonestaciones

La amonestación consiste en exhortar al sancionado a cumplir con sus deberes

profesionales y ceñirse al Código Deontológico. Siempre se aplica por escrito. Pueden ser

públicas o privadas y se aplican en caso de faltas leves

Page 12: Valentin

Suspensión.

La suspensión consiste en la inhabilitación temporal como Miembro del CIP, de acuerdo a la gravedad de la falta podrá imponerse hasta por un periodo no mayor de veinticuatro (24) meses

Page 13: Valentin

Expulsión.

La expulsión es la pena máxima, y por faltas de extrema gravedad, señaladas en el presente Código. Consiste en la separación definitiva del CIP quedando nulo su registro deColegiatura.

Page 14: Valentin

ORGANOS DEONTOLOGICOS

FISCALIAS DEONTOLOGICAS: Califica las denuncias presentadas y de acuerdo a su evaluación

deriva al tribunal correspondiente podrá apertura procesos en uno o mas tribunales simultáneamente.TRIBUNALES DEPARTAMENTAL/NACIONAL DE ETICA: Resuelve la denuncias referidas a as faltas

contra la ética profesional.TRIBUNALES DISCIPLINARIOS DEPARTAMENTALES: Resuelve las denuncias

referidas a las faltas contra la institución en cada consejo departamental.

TRIBUNAL AD HOC PROFESIONAL NACIONAL : Resuelve las denuncias referidas a las faltas contra

el ejercicio de las actividades profesionales.

Page 15: Valentin

LOS MIEMBROS Los miembros que integran los Organismos

Deontológicos ejercen sus funciones con independencia y están obligados a mantener en

reserva los asuntos de su conocimiento.FUNCIONES DEL PRESIDENTE:Representar, Supervisar, Presidir y hacer cumplir los

acuerdos y mantener informados a los otros miembros de su marcha.FUCIONES DEL SECRETARIO:

Llevar el libro de actas, firmar las comunicaciones oficiales, supervisar la marcha administrativa del

tribunal.FUNCIONES DE LOS VOCALES:

Dictaminar los expedientes que les corresponde, asistir a las reuniones del tribunal, opinar.

Page 16: Valentin

GRACIAS…..