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V REUNIÓN CIENTÍFICAASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE HISTORIA MODERNA

TOMO II

LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL EN LAEDAD MODERNA

Esta edición ha contado con el apoyo del Ministerio de Educación y Cultura,Dirección General de Enseñanza Superior e Investigación Científica, Acción EspecialAPC1998-0123Dirección General de Cooperación y Comunicación CulturalExcmo. Ayuntamiento de San Fernando. Fundación de Cultura.

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MUNICIPAL

EN

COORDINADORJOSE MANUEL DE BERNARDO ARES

UNIVERSIDAD DE CÁDIZSERVICIO DE PUBLICACIONES

1999

ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DEHISTORIA MODERNA

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© Edita: " Servicio de Publicaciones de la Universidad de Cádiz" Asociación Española de Historia Moderna

Diseño y Maquetación: CREASUR, S.L.

Printed in Spain. Impreso en España

ISBN Obra completa: 84-7786-642-2/ Vol. II: 84-7786-644-9Depósito Legal: CA-SOS/99

Imprime: INGRASA Artes Gráficas

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PRESIDENTA:

EXCMA. SRA. Da ESPERANZAAGUIRRE GIL DE BIEDMA

MINISTRA DE EDUCACIÓN Y CULTURA.

VOCALES:

DR. D. JOSEP JUAN VIDAL

Presidente de la Asociación Española de Historia Moderna.

EXCMO. SR. D. GUILLERMO MARTÍNEZ MASSANET

Rector Magnífico de la Universidad de Cádiz.

EXCMO. SR. D. ENRIQUE ÁNGEL RAMOS JURADO

Vicerrector de Extensión Universitaria de la U.c.A.

ILMO. SR. D. JUAN LÓPEZ ÁLVAREZ

Decano de la Facultad de Filosofía y Letras de la U.CA

EXCMO. SR. D. FRANCISCO RAPALLO COMENDADOR

Almirante Jefe de la Zona Marítima del Estrecho.

D. ANTONIO MORENO OLMEDO

Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de San Fernando.

D. HERNÁN DÍAZ CORTÉS

Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de El Puerto de Santa María.

D. JOSÉ QUINTERO GONZÁLEZ

Delegado General de la Fundación de Cultura de San Fernando.

D. JUAN GÓMEZ FERNÁNDEZ

Tte. Alcalde del Área de Servicios Culturales de El Puerto de Santa María.

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COORDINADORES:

DR. JOSÉ LUIS PEREIRA IGLESIAS

Catedrático de Historia Moderna de la Universidad de Cádiz.

DR. JOSÉ MANUEL DE BERNARDO ARES

Catedrático de Historia Moderna de la Universidad de Córdoba.

SECRETARIO ORGANIZACIÓN:

DR. JESÚS MANUEL GONZÁLEZ BELTRÁN

VOCALES:

DR. MANUEL BUSTOS RODRÍGUEZ

DRA. MARÍA JOSÉ DE LA PASCUA SÁNCHEZ

DR. ARTURO MORGADO GARCÍA

DRA. GUADALUPE CARRASCO GONZÁLEZ

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JESÚS BRAVO LOZANO

Universidad Autónoma de Madrid

Leyendo los informes y peticiones de los pueblos de la Corona de Castilla en los años de1695 y 1696 se puede pensar que Domínguez Ortiz se quedó corto en su artículo sobre la

crisis de Castilla" entre 1677 y 1687.(1) Al menos los años 1693, 1694 Y 1695 fueronunas condiciones climáticas extremadamente duras y generalizadas. Entre infinidad de casos

rec()jarnos los de Villaluenga (probablemente Villaluenga de la Sagra, en Toledo) y Anchuelo\''''.'U''U}> ambos se quejan de cosechas muy escasas por pedrisco u otras causas el año 1694, con

agravante de que llegan después de otra serie de malos años. (2)

La gravedad de la situación, dimanante de un invierno extraordinariamente frío seguido dey tormentas excesivas y extemporáneas se refleja también en la ganadería tanto en lo

reÍi~rente a los ganados mesteños, como en los ganados para carne. Escasez y carestía definenaños. Las informaciones llegan al Consejo de Castilla en cascada. Pueblo tras pueblo pide

"precio competente" para las carnicerías, es decir, que se permita una subida del precio de lade carne alegando la mortandad extraordinaria de ganado a causa de la escasez de pastos

debida a las fuertes y duraderas heladas.(3) Así que la agricultura y ganadería castellana seguíala amenaza de una negra sombra.

l.-A. DOMINGUEZ ORTIZ: Crisis y decadencia de la Espaíia de los Al/sirias. Barcelona, 1969; cap. final: "La crisis deCastilla en 1677-1687".

2.-Archivo Histórico Nacional, Consejos, 1" 7577, días 13 y 5 de noviembre de 1694, respectivamente. Añadamos, entreotros, Serradilla, donde todavía en febrero de 1695 hay 16 labradores en la cárcel como consecuencia de sus deudas.[bid., 1" 7578, 12, febrero, 1695. En adelante citaremos AHN., c., 1"., fecha. La documentación que se va a manejarprocede del Registro General del Sello de Castilla.

c., Legajos referentes a los meses de la segunda parte del año 94 y del 95, es decir, los LO comprendidos entre el7572 y 7580, teniendo en cuenta que cada Legajo del Registro general del Sello comprende dos meses. Así, AHN.,C.,LO 7579; 25 marzo,1695, BUENDIA. El obligado de la came expone que su obligación corre de S. Juan del 94 a S. Juandel 95, expone precios y obligaciones adicionales, pero a causa de los hielos comenta con evidente exageracion, que se

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A la hora de la cosecha el campesino era uno de tantos entre los que pretendían d[JI·ODllar"

se de los granos. Acreedores, rentistas, señores, dezmeros y la Hacienda Real. Sobre todoHacienda Real. Al menos en el nivel de lo discursivo y, seguramente también, en el nivel d~realidad. Cuando los campesinos de Segurilla (Toledo) pierden totalmente sus cosechas el díaS. Fernando de 1681, se expresan así ante el Consejo de Castilla:

"respecto de haber sido Dios sen1ido que el día del santo rey Fernando, su Divinales ha quitado toda la más cosecha de pan que tenían para cumplir con sus obligaciones... " (4)

fórmula muy similar en todas las peticiones al Consejo de Castilla en caso de pérdida decosechas, como en Chauchina (Granada) en 1693 (5). El campesino pone en primer lugarobligación con la Real Hacienda, lo cual no deja de ser un recurso psicológico pn~te]ndida_

mente eficaz de cara al receptor: el Consejo de Hacienda, o el Real, pero ello no alterahecho fundamental: lo primero era pagar las deudas con hacienda, máxime si estas secomo deudas de la comunidad antes que del individuo, tal como en los casos presentados.y no importa que de una situación de endeudamiento generalizado(6) se tratase, ni de cómose había llegado a ello. La cuestión era la deuda colectiva gravando distributivamente -perono justamente- a cada campesino individualmente y relacionándole con la Corona comopobre menesteroso y débil en busca de acogida y apoyo por parte de un padre misericor­dioso y previsor.

Pero además del clima influye otro elemento: la langosta. El año 94 deja una secuencia depueblos manchegos invadidos por la plaga. Entre enero y mayo del 94 un rosario de localidadesmanchegas piden licencia la Consejo para roturar tielTas y otras medidas para extirpar la langosta"aovada" o en "cañuto"(7)

Establecida la gravedad de la situación en estos años nos centramos en el papel de los pósitos.

Préstamos de trigo y cereales para la sementera, reserva de trigo para panadearlo frente alas reservas de los poderosos acumuladores, e instituto de crédito local. Así describe G. Anes susfunciones aunque para el siglo XVIII les relaciona directamente con los aspectos financieros,como accionistas del Banco de S. Carlos.(8) Para la década de 1690 los pósitos son ante todoinstituciones de préstamo de granos para las sementeras, aunque no están ausentes los otros

le han muerto "más de las tres tercias partes del ganado" (sic). En 20 de abril del mismo año el obligado de Navasdel Marqués informaba que como consecuencia del "crudísimo invierno" habían muerto muchos ganados y corderos.Concretamente él había perdido 500 carneros.

4.~Cfr. J. BRAVO: Montes para Madrid. El abastecimiento de carbón vegetal a la villa y corte entre los siglos XVIl y XVIJl.Madrid, 1993, p. 192.

5.~AHN., c., L" 7574; 15 junio 1694. Un diluvio yuna fuerte tempestad destruyen la cosecha de Chauchina el día del Cristode septiembre, todo tipo de ganados, los granos, el arroz y los melones por recoger, "los principales frutos qlle en eldicho G/lO tenían mis partes para el alivio de proseguir su valor y pagar SllS cargas y rentas de tierra, ye.\pecialmentelos derechos de vuestra Real Hacienda, las alcabalas, cientos, millones, bulas, pescados, torres de la mar y demás con­tribllciones..."

6.-Ya señalado en obras clásicas, como en G. ANES: Las crisis agrarias en la EspOlia Moderna., Madrid, reimpresión1974.

7.-AHN., c., L" 7572 a 7574, passim. Dejo de lado enumerar lugares y recojo el encabezamiento de algunas cartasConsejo de Castilla dirigidas "a los concejos, villas y lugares de los partidos de La Mancha, obispado de CuencaSiglienza, villa de Yepes y otras..." con instmccioones al respecto.

8.-G. ANES: "Los pósitos en la España del siglo XVIII". en Moneda y Crédito, n° 105, junio,( 1968),pp. 39 - 69.

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por lo que en conjunto a los pósitos se les debe asignar una función reguladora delpúblico en manos de una administración carente de policía: las escasas autoridades loca­

obligadas a mantener el pósito en un nivel óptimo de reservas para impedir hambre o~speClIla(jo]nes con el trigo y mantener, junto con otros medios ideológicos y culturales el orden

el evitar que el lugar "se pierda" presente en tantas representaciones. Esto supuesto, eles el primer objetivo de la política del Consejo de Castilla, y de los bandos locales en los

r1ueu¡U~, de tal manera que las batallas "políticas" electorales año tras año se libran en torno a lade los propios y del pósito. Por los mismos motivos el Consejo impulsa la fundación o

reflJTIdlaCllon de pósitos en las grandes ciudades, Córdoba y Sevilla entre otras.(9)

Así pues, el pósito no se queda para los pequeños lugares que viven de y para el campo, esCllv~U'"'H que afecta a todo el reino. Así vemos a Burgos en 1694 solicitando licencia para repar­

trigo entre los labradores para poder hacer las sementeras(10).

Un mapa de estos años nos lleva otra vez a tierras manchegas y andaluzas con alguna pre­de las castellano viejas. Se han registrado al menos 52 referencias directas al pósito, sinnotas de las residencias de corregidores donde no podía faltar el tema(ll).

Abundancia de pósitos, fundados en el último tercio del siglo XVI, constituidos según laCédula de Felipe II de 1584. La cédula distribuye las funciones del pósito según otra pers­

repartir el trigo a los panaderos para fabricar pan para los vecinos y los viajeros es lafunción, antes que la de repartir trigo a los labradores para sus sementeras. (l2)La

im¡JortancJa de esta cédula viene dada por el hecho de que hasta 1735 no se recoge en laNovísima ningún otro documento al respecto. Entre 1584 y 1735 por tanto es el tiempo de la"nt"~rtH'"''', fraudulenta en muchos casos si hemos de creer a Castillo de Bovadilla a la altura de

No quiero decir que hasta entonces no haya normativa "legal", pues el mismo Castillo deuv'vuvHwrecuerda la normativa de las Cortes de 1594 (13) que permite a los labradores amasar

vender panadeado la mitad del trigo que les sobrare, medida aprobada a instancias de Castilloletrado de las mismas.

Por 10 que se refiere a la Real provisión de 1735, ley III, del mismo libro y título, no esuna recopilación de la práctica impuesta una y otra vez por el Consejo de Castilla, En efec-

9.-lbid" 1" 7575, 27 julio 1694, y 1" 7576, 12 octubre 1694. Una discusión detallada del caso cordobés en Jase M. DEBERNARDO: Corrupción política)' centralización administrativa. La Hacienda de propios en la Córdoba de Carlos11. Córdoba, 1993. Tener en cuenta que la documentación está duplicada, en el Registro General del Sello (A.H.N.) y enel Archivo Municipal de Córdoba, ciudad receptora de la carta del Consejo de Castilla.

IO.-lbid., 1" 7577,29 noviembre 1694.

referencias mancan el 2 de Enero de 1694 para Atienza y siguen desgranándose estacionalmente entre los mesesdel otoño. Las referencias de diciembre y enero son muy escasas lógicamente. AHN" c., 1" 7572, 7573, 7574, 7576,7577, todos del año 1694. Para el año 1695 son más escasas, y se hallan en el 1" 7583, así como en el LO 7584 se regis­tran las de enero de 1696. Probablemente en los 1" 7588 Y7589, correspondientes a los meses de septiembre-diciembredel año habrá nuevas referencias, pero mi investigación no ha llegado aún a esos meses.

RECOPILACION DE LAS LEYES DE ESPAÑA, 1" 7°, Tít. XX, 1. I, tomo III., pp. 458 Yss. RafaelLasaga Sanz :"Instituciones de Economía Social en España: El Pósito agrícola como antecedente del Estado deBienestar Español", comunicación presentada al III Congreso de Historia Social, Vitoria-Gasteiz, 3 - 5 de julio de 1997.Actas en vías de publicación, hace un correcto resumen del contenido de la Cédula.

CASTILLO DE BOVADILLA: Política para corrregidores )' seriores de vasallos.... , ed. Facsímil sobre la deAmsterdam de 1704. "De la Política", Libro III, cptlo. III "De la Provisión del Pan", a lo que dedica del apartado 27 al50 ambos inclusive.

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to, en todos los casos recogidos en este trabajo se da el mismo esquema textual: un prClcu:ract,OI'expone la situación que le llega a través de la justicia y regimiento del pueblo en Cut~sr](\f1

Exposición reiterativa, canónica y petrificada en el sentido de que alega los motivosConsejo necesita oir: malas cosechas, esterilidad de los tiempos, "baja de la moneda",blación, etc. Luego avanza un paso más: los labradores tienen hechos sus barbechos, "hanbechado" o expresión similar, pero no tienen trigo para la "simienza" o la sementera de lose seguirían gravísimos daños.

La petición tiene un segundo apartado expositivo: el pósito está lleno, o cuasi lleno,"reintegrado" o a falta de algunas pocas fanegas por las que se está persiguiendo Jucllcllahnelotea los morosos, de manera que se puede considerar una situación óptima para el pósito. La terce­ra parte es la solicitud propiamente dicha: que se preste a los labradores trigo del pósito para noperder toda su labor, dado que no hay otros medios alternativos de aprovisionamiento.

La respuesta del Consejo es "canónica", como las peticiones, es decir, responde aestructura argumental y expositiva cuasi invariable, Constando que se han hecho los barbechosque no se debe nada al pósito ni a la Real Hacienda (si se debiere algo aún es posible haber obte~nido mora para el pago de la deuda), se puede repartir entre los labradores y oficiales del lugarhasta la tercera parte del aforo total del pósito, sin que nadie reciba más de 20 fanegas ydo las obligaciones pertinentes de devolver el trigo con sus creces en agosto, Con este procederlos gestores del pósito no inculTirán en pena ninguna.(14)

Estas consideraciones son las que valora Lasaga Sanz(l5) al señalar los pósitos como unode los precedentes del Estado Social de Bienestar. En efecto, en todos los casos recogidos elConsejo de Castilla accedió a la petición de repartir trigo entre los labradores. Naturalmente quelos alcaldes y la justicia de los lugares se encargaban de argumentar sólidamente sus peticionesdejando sentado que el pósito estaba plenamente reintegrado, o casi reintegrado. Y se puedeconstatar que a pesar de los años de malas cosechas, así era. A pesar de las malas cosechas, repi­to, y de los artilugios estilísticos y contables que se detectan en las peticiones. Veamos lo quesucede en Atienza.

En 2 de enero de 1694 en el pósito había 5 116 fanegas de trigo sobre una capacidad máxi­ma de 5 907, faltaban, pues, 790 fanegas que, según los alcaldes, se estaban recuperando. Porello el Consejo concede repartir 1 000 fanegas en las condiciones ya sabidas. El 20 de diciem­bre de 1695, casi 2 años después, los alcaldes piden licencia nuevamente para repartir 1 000fanegas por la mala cosecha del año, dado que cada fanega sembrada sólo ha producido tres yofrecen, además, estos datos: capacidad total del pósito, 5 000 fanegas; existencias actuales,4.883, un pequeño agujero de 17 fanegas que no merece ser tenido en cuenta dado que en el vera­no se han reintegrado 1 000 fanegas.(l6) En ambos casos el Consejo concede la licencia solici­tada sin verificar los datos, tal vez ni siquiera recuerde dónde los ha archivado, o tal no vez dis­ponga de medios para hacerlo.

Pero se ocurren fácilmente algunos interrogantes ¿es tan fácil disimular el aforo de un pósi­to bajándolo de casi 6 000 fanegas a 5 OOO? ¿Cómo se pueden reintegrar 1 000 fanegas enaño malo?, ¿con creces? ¿sin creces? Lo cierto es que 'el pósito de Atienza está en una fase

14.-AHN" c., U 7572 YSS., passilll.

15.-Cf/: supra, nota 12.

16.-AHN, RGS., CONSEJOS, LO 7572, 2 de enero de 1694, y LO 7583,20 de diciembre de 1695 respectivamente.

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sin que el Consejo lo advierta. La abundancia de expedientes similares apunta a que else movía ante todo en el terreno de las disposiciones legales, dejando la comprobación

para casos de denuncias concretas. De todas maneras Atienza salva dos-tres años malosa la existencia de un pósito saneado y controlado, al menos en lo esencial.

Estos años ven sobrevivir a los pósitos en condiciones, al menos, aceptables, gracias a esavigilancia del Consejo de Castilla. El pósito de Fuencanal tenía un aforo de 1776 fane-

un celemín y un cuartillo, pero en 1686 hubo que desechar 734 fanegas deterioradas; el 94no se logró recoger ni siquiera lo que se había sembrado, y ya sabemos las condicio­

medianas del 95. A pesar de todo en octubre de 1695 el pósito contaba 1 540 fanegas(l7).

La supervisión y el control del Consejo de Castilla, aun con sus limitaciones, eran indis­rJel1SaC1les si se quería mantener operativos los pósitos. Por eso los alcaldes de Tragacete acuden

"~._"~'A para lograr la "reintegración" de los tres pósitos existentes: el pósito real y dos pósi­de fundación nobiliaria. Del pósito real faltaban 607 fanegas desde el año 1669 y no se sabía

eran los deudores. No era mejor la situación de los pósitos nobiliarios, que sumaban 620de las que faltaban 320 desde el mismo año. No todo se debía, como vemos, a la cose-

del año 95 "tan estéril", pues de tres partes de semilla sólo se recogió una. El Consejo diode reintegralos. (l8)Las órdenes del Consejo al final terminaban siendo efectivas, aunqueplazo pareciesen de imposible cumplimiento.

Veámoslo. Brunete es todo un modelo de funcionamiento del sistema.(l9) El 9 de noviem­de 1695 por primera vez y el 24 por segunda, el Consejo deniega el reparto de trigo para la

SelYlentera porque siendo el aforo del pósito 1 900 fanegas, en ese momento solo tiene en exis­1 105. No importa que las justicias aleguen que el día de S. Juan había caído un pedrisco

destrozó la mayor parte de la cosecha. El Consejo es claro: "por ahora" no se concede elhay que reintegrar previamente el pósito. Sin embargo e128 de enero de 1696 el Consejola ansiada licencia. Para ello las justicias han aportado un breve historial del pósito. Se

en 1579 tomando a censo 2 000 ducados para comprar trigo, luego en 1589 se tomaron aotros 2 000 ducados. Aunque se habían redimido 1500 ducados del principal aún se seguí-

pagando intereses al 4%. No consta la capacidad inicial del pósito, aunque por los datos dese dispone desde 1642 la cifra estaba en torno a las 1900 fanegas. Ahora, a finales de enero,

pósito dispone de 1905 fanegas de trigo. Ahora sí el Consejo concede la licencia en la formaI<lVllU'". Claro que este testimonio oculta y aclara al mismo tiempo.

En primer lugar las justicias de Brunete han logrado reintegrar 800 fanegas al pósito en unredlJciclo espacio de tiempo, dos meses y en una mala época, cuando el campesino necesita su

para sembrar. Si antes no se ha hecho la sementera es porque no había trigo suficiente enpueblo, pero si se han reintegrado 800 fanegas al pósito, es que había trigo, ¿dónde? Una

respuesta se encuentra en los mismos documentos. Algo similar ocurrió en Anchuelo\"..... }\,,"V} Después de varios años de malas cosechas, 1694 fue especialmente escaso, muchos

siquiera recogieron lo que habían sembrado y a todos se les vendieron sus existencias paralas deudas reales. El pósito consta de 1018 fanegas pero por todo lo dicho ahora sólo dis-

Lº 7582,21 de octubre de 1695.

Lº 7583, 14 de diciembre de 1695.

</,-~rum .. e., LO 7583; 24 noviembre 1695, y Lº 7584,28 enero 1696.

"V.-~lUlI:t .. Lº 7577,5 noviembre 1694.

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pone de 385, y se necesita trigo para la sementera. El Consejo actúa salomónicamente:los ricos devuelvan lo que adeudan al pósito y que se repartan 100 fanegas entre los pobres.pudo suceder en Brunete. El Consejo en defensa del común obligó a aflorar el trigo esconclIdn

Pero lo que el Consejo pretendía, aparte de hacer "aflorar" el trigo oculto, era mantenercontinuidad del pósito permitiendo el pago de los intereses, eliminando, tal vez haya quefrenando, un proceso de endeudamiento de Brunete. Todo esto excluye otra hipótesis: lade trigo fuera del pueblo a especuladores mediante una operación de crédito avaladamismo pósito. En realidad los pósitos pretendían eliminar el que el campesino delperldi,eraregatones y grandes propietarios. Así que el punto de vista de Lasaga es correcto, HlllCIJen­dientemente de la actual discusión sobre el Estado Moderno: los pósitos están en la base deldito fácil a los municipios, aseguran la continuidad de las explotaciones campesinas y alejantemible fantasma del hambre.

El modelo de pósito hasta aquí contemplado es el de la estabilidad, o la tendencia a labilidad porque con una vigilancia adecuada el pósito recupera automáticamente cada agostoentregas. Todos los informes manejados se basan en esta hipótesis: reintegración del pósito aniveles fundacionales, o constitución de un reducido excedente mediante las "creces y recreces"evaluadas en un celemín por fanega (21).

Aquí nos movemos entre dos percepciones de la realidad Una, inducida por unageneral de la "crisis del XVII" sentenciaría la decadencia de los pósitos por impagos o mala admi­nistración, y no faltan datos. Otra, a mi juicio más pegada al documento y por ello másarroja más luces que sombras sobre la institución del Pósito, una entidad estable e incluso en cre­cimiento de sus fondos en especie o dinero. No podemos dar una solución cuantitativa estable­ciendo por ejemplo que eran más numerosos los pósitos mal gestionados y alTuinados pallllatm:l­mente que los pósitos bien gestionados y equilibrados. Pero sí podemos afirmar, en cambio, quela etapa final del siglo XVII contempla una práctica y una vigilancia eficaz del ConsejoCastilla sobre el funcionamiento del Pósito. En estos años se fundan nuevos pósitos o se apunta­lan algunos aITUinados. Recordemos la refundación del de Córdoba y añadamos las fundacionesde Cervera, La Guardia, La Palma. (22) No se olviden las numerosas comisiones del Consejo parareintegra!" los pósitos en amplias regiones: Cuenca, Segovia y Extremadura. (23)

La recuperación del pósito de Fernán Núñez es todo un símbolo de la aparición deélites en combinación con la política reformista del Consejo de Castilla. GutiérTez de losconde de Fernán Núñez impulsa la reintegración del pósito. (24)

2l.-Así Barchín del Hoyo, AHN., c., LO 7576, 20 octubre 1694, o Fuente de Cantos [bid., 2 octubre 1694.

n-Ver AHN., C., L" 7576, 19 octubre 1694 (Cervera, Cu.); L" 7582-2,7 septiembre 1695 (La Guardia, To.); L" 7583,diciembre 1695 (La Palma "reino de Sevilla").

23.-1bid., L" 7583, 14 diciembre 1695 (Cuenca), ibid., noviembre 1695 (Extremadura); ibid., 19 diciembre 1695pero refüiéndose a laorden original de de 8 de febrero de 1695).

24.-AHN., c., LO 7576, 5 octubre 1694. El pósito de 3 000 fanegas de trigo disponía en ese momento tan sólo deHabían muerto varios administradores y otros habían puesto su hacienda en cabeza de parientes eclesiásticos por loresultaba imposible la reintegración. Esta se hace por vecinos particulares y el señor de la villa. el conde deNúñez, que aporta "liberalmente" 380 fanegas. El pósito se recuperará hasta las 1750 fanegas.

Sobre el señor de Fernán Núñez, Gutiérrez de los Ríos, ver José NARANJO RAMIREZ: "Peculiar organizaciónria de un señorío en la campiña de Córdoba: Fernán Núñez". En: Actas del segundo congreso de Historia de AI1lJaI/l'CIll.

Córdoba 1991. Historia Moderna, T. n., pp.l39-150.

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Así que junto a situaciones de clara mala gestión, cOIrupción si empleamos la terminología de.rmll11'U r-u vú, encontramos una situación en conjunto equilibrada y de recuperación de la institución

y no sólo de algunos pósitos. Mala gestión como la de Cádiz(25) donde el año 91 se habían12000 fanegas con un costo final de 371 702 rs y 6 rnrs. Para recuperar la inversión la ciu­

vender el trigo entre los más ricos para que pudiesen almacenarlo y revenderlo, mien-que el gobernador impuso la venta a los panaderos para "panadearlo", y así se hizo obteniendo981 rs. Y17 rnrs. con una pérdidas de 98721 rs y 21 rnrs, aunque el mayordomo del pósito con­

solamente 86 434 rs. por la pérdida de 517 fanegas de tligo picado. De todas fonTIas esa can­se distribuía asimétticamente: los particulares perdían 23 546 rs. y 62 888 el pósito.

A veces es imposible establecer la situación verdadera del pósito, como en Madrigueras.el conegidor de S. Clemente ha recibido la orden reintegrar el pósito y lo ha intentado en

flO\I¡ernm'e de 1694, pero sus métodos han sido tan expeditivos que han levantado la protestaspueblo. Nos enteramos de que las deudas con el pósito datan de 30 años, cuando algunos

aún no habían nacido y es dífícil estableceer la identidad de los deudores basándose tanen la coincidencia de apellidos.(26)

Pero volvemos nuevamente alIado positivo, tal como nos lo reflejan los pósitos que tie­que renovar el trigo por exceso de existencias o de tiempo almacenado. Hay pósitos que

euforia, como Caín (27), Villalpando(28), Cabanillas del Campo(29). y podemos aña-aquellos pósitos donde es necesario renovar el trigo para que no se "pique", o donde es nece­

deshacerse del trigo viejo para ensilar el de la nueva cosecha. Tal es el caso de Lucena y13uial,mce(~)U). La situación está prevista ya en la real cédula de 1584 y viene comentada por

de Bovadilla,(3I) quien asegura que el pósito debe reunir condiciones adecuadas para

pósito de Cádiz es un prototipo de la lucha entre las oligarquías locales y el representante del poder central. AHN"c., U 7575, 9 julio 1694.

U 7580, 18 mayo 1695.

U 7580, 18 mayo 1695. Compra de casa nueva para el pósito porque ya no cabe el trigo almacenado. Se financiacon la venta de 300 fanegas de lo almacenado. Situación tan distinta de la de 1683, cuando por efecto de las malas cose­chas, la devaluación de 1680 y el terremoto del mismo año muchos vecinos habían emigrado y otros tenían que comer!maíz¡ por no disponer de trigo. AHN., CO, LO 6904, 2 julio 1683.

Lo.--tUm .• c., L07573, 17 marzo 1694. Casi desde su fundación en 1514 el pósito arrastraba un superávit de 148 cargas detrigo. Ultimamente se había fundado un monte de piedad con 400 cargas de trigo de capital, que dejaba a un lado el anti­guo pósito. Era necesario desprenderse de las 148 cargas antignas, con peligro de picarse, lo que no sucedía con las nue­vas que se renovaban todos los años. Sería muy útil vender el trigo antiguo y sumar los ingresos al monte de piedad.

k7.--r\1m .. CO, LO 7576,20 octubre 1695. El pósito lo habían inciado algnnos vecinos particulares con 264 fanegas, ahoracontaba con 2 033 fanegas y 6 celemines.

U 7576,23 octubre 1694, y U 7582-2, lO septiembre 1695. Lucena, de cuyo pósito se han sacado para combatirla peste 20 000 ducados, cuyos réditos importaban 19 000 rs, apru'te de los 220 000 rs. que adeudaba a la Hacienda Real,decide con sus arbitrios ir saldando las deudas y después restituir el pósito que disponía de más de 7 200 fanegas de trigo.Para Bujalance el problema es que hay 4 000 fanegas ensiladas desde 1688 a las que hay que dar salida, por lo que sedecide prestar a los labradores hasta 3431 fanegas. Cantidad muy superior a la "tercia parte" que concedía el Consejo.

• ' ',--U"lVlI.lIl1l' CASTILLO BOVADILLA: Política para corregidores y sel10res de vasallos, .. ,ed. facsimil sobre la de Amsterdamde [704. El capítulo III del tomo II está dedicado al tema: "De al provisión del pan" a través de los ap311ados 27 al 50 "delcuidado que debe tener el cOlTegidor con la provisión de los pósitos y del pan cocido", El ap311ado 47 trata de la visita que elcOlTegidor debe hacer por sí mismo de los pósitos verificando las condiciones de conservación aludidas en el texto. Asu vezel tema viene ya de la Pragmática de 1584 v31'ias veces aludida en el trabajo, libro VII, título XX, Ley 1, apmado 7.

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Page 14: V REUNIÓN CIENTÍFICA EDAD MODERNAdigital.csic.es/bitstream/10261/103955/1/R.C.AEHM_Cádiz...6.-Ya señalado en obras clásicas, como en G. ANES: Las crisis agrarias en la EspOlia

que el trigo no se moje, y esté bien oreado, con ventanas "al cierzo", porque en condicionesmales el trigo no aguanta más de 3 años en los silos, a lo sumo siete si está mezclado con

Apenas he apuntado los problemas de administración y de lucha por el control de lostos. No es este el lugar, pero una vez más la Novísima Recopilación y Castillo de J:Sovadlilbponen las bases de un tema que las denuncias de los pueblos no hacen sino confirmar.

Las referencias aquí transcritas nos muestran una institución pujante y hasta idealizadalos pueblos a pesar del catastrofismo dominante en la documentación que le llega al ConsejoCastilla. Este, con su distanciamiento físico y la mtina de los centenares de expedientes acumu­lados, era capaz de cribar e interpretar en un justo medio con el resultado final de la consolida_ción del Pósito.

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