upd rodem progresa - portal corporativo diputación de huelva
TRANSCRIPT
UPD Rodem Progresa
Página 2 de 24
INDICE
1. La Educación de Personas Adultas ..........................................................................3
1.1. Educación Secundaria de Personas Adultas......................................................3
1.2. Bachillerato de Personas Adultas.......................................................................4
1.3. Acceso a la Universidad Para Mayores de 25 años ...........................................6
2. La Formación Profesional .........................................................................................8
2.1. Ordenación de la Formación Profesional ...........................................................8
2.2. Los Ciclos Formativos........................................................................................9
2.3. El Programa de Cualificación Profesional Inicial .............................................. 12
3. El Certificado de Profesionalidad ............................................................................ 14
4. Acreditación de Competencias Adquiridas a través de la Experiencia Profesional.. 17
Asesoramiento .................................................................................................... 18
Evaluación .......................................................................................................... 19
Acreditación ........................................................................................................ 19
5. Programas Públicos de Empleo y Formación.......................................................... 20
Página 3 de 24
1. La Educación de Personas Adultas
La educación permanente de personas adultas tiene la finalidad de ofrecer a todos
los mayores de dieciocho años la posibilidad de adquirir, actualizar, completar o
ampliar sus conocimientos y aptitudes para su desarrollo personal o profesional.
También pueden acceder a esta formación las personas mayores de dieciséis años si
acreditan disponer de un contrato laboral que no les permita acudir a los centros
docentes en régimen ordinario.
1.1. Educación Secundaria de Personas Adultas
La Educación Secundaria Obligatoria para Personas Adultas viene recogida en la
disposición adicional primera del Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el
que se establecen las enseñanzas mínimas, y es desarrollada por la Consejería de
Educación en la Orden de 10 de agosto de 2007, por la que se regula la Educación
Secundaria Obligatoria para Personas Adultas.
Las enseñanzas de la E.S.P.A. se organizarán en dos Niveles (I y II), cada uno de
ellos integrado por tres ámbitos de conocimiento: Científico-tecnológico, de
Comunicación y Social.
Accederán al nivel I de la ESPA los/as alumnos/as que se encuentren en alguno de
los siguientes casos:
- Haber superado el nivel de Formación de Base.
- Haber superado el plan educativo de formación básica.
- Haber cursado el primero y segundo curso de la educación secundaria obligatoria y
no haber promocionado al tercero.
- Haber superado el proceso de valoración inicial.
Accederán al nivel II de la ESPA los/as alumnos/as que se encuentren en alguno de
los siguientes casos:
Página 4 de 24
- Haber superado el segundo curso de la E.S.O. o el primer ciclo de ésta en su
régimen para personas adultas.
- Estar en posesión del Título de Graduado Escolar.
- Haber superado el proceso de valoración inicial.
Las personas adultas sin requisitos académicos que deseen acceder a esta etapa
solicitarán la admisión en la misma y se podrán matricular en el nivel correspondiente
en función de los resultados obtenidos en el proceso de valoración inicial.
El alumnado que acceda a la educación secundaria obligatoria para personas adultas
podrá matricularse en un nivel completo o de forma parcial.
Cada ámbito puede ser calificado un máximo de seis veces, incluyendo
convocatorias ordinarias y extraordinarias.
Agotadas las convocatorias el/a alumno/a puede presentarse a las Pruebas de
Graduado Libre.
Una vez que al alumno/a supere el nivel II de la ESPA, en cualquiera de sus
modalidades, obtendrá el Título de Graduado en Educación Secundaria.
Para poder inscribirse se puede entrar en la página del Instituto Provincial de
Educación Permanente en la Web: www.ipephuelva.es.
Avenida de la Orden, sn
CP: 21005. Huelva.
Teléfono: 959524322. Fax: 959524325
1.2. Bachillerato de Personas Adultas
En el Instituto Provincial de Educación Permanente de Huelva, se imparte el
Bachillerato, en las modalidades:
- Ciencias y Tecnología
- Humanidades y Ciencias Sociales
- Artes escénicas, música y danza
- Artes plásticas, diseño e imagen
Página 5 de 24
Para acceder al Bachillerato, será necesario:
- Cumplir el requisito de la edad.
- Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
- Estar en posesión del título de Técnico en la correspondiente profesión, obtenido tras
cursar la formación profesional de grado medio, o del título de Técnico Deportivo en la
modalidad o especialidad correspondiente, tras superar las enseñanzas deportivas de
grado medio, tendrán acceso directo a todas las modalidades de Bachillerato.
Matriculación:
- El alumnado podrá matricularse de curso completo o de forma parcial por
materias, hasta un máximo de doce por curso académico en cualquiera de las
modalidades de enseñanza (presencial, semipresencial o a distancia).
- El alumnado podrá matricularse de una o varias materias en la modalidad presencial
y otra u otras en la modalidad semipresencial, siempre que todas ellas se oferten en
un mismo centro. Además, podrá cursar una o varias materias en la modalidad a
distancia, aunque éstas se oferten en otro centro educativo.
- Cada materia del bachillerato se podrá calificar un máximo de 6 veces entre las
sesiones de evaluación final ordinarias y extraordinarias.
- En el Bachillerato para personas adultas no se contemplará la posibilidad de
anular matrícula.
- Las personas interesadas en cursar estas enseñanzas presentarán una única
solicitud de admisión y matrícula en un solo centro educativo.
- El criterio de admisión está en función de la disponibilidad de plazas vacantes y de la
calificaciones obtenidas en las enseñanzas que dan acceso a este curso.
Equivalencias de conocimientos adquiridos:
Al alumnado que se matricule en el bachillerato para personas adultas y que hubiera
cursado estudios de bachillerato con anterioridad (BUP/COU o LOGSE), obteniendo
calificación positiva en una o varias materias del primer o segundo curso, se le
Página 6 de 24
reconocerán como superadas las materias aprobadas entonces, previa presentación
del documento oficial acreditativo correspondiente, de acuerdo con la valoración de las
equivalencias establecidas.
1.3. Acceso a la Universidad Para Mayores de 25 años
Los Planes Educativos de Acceso a la Universidad se imparten en la modalidad
presencial.
Semanalmente se dedicará una tutoría colectiva para la preparación de cada uno de
los ejercicios de la prueba común y cada una de las materias de la fase específica.
Las vías de acceso ofertadas estarán en función del número de
solicitudes recibidas.
Para inscribirse en el Curso Preparatorio de Acceso a la Universidad,
el único requisito exigible es tener más de 25 años, antes del 1 de
octubre del año en que se celebren las pruebas.
Las pruebas correspondientes son convocadas por las Universidades Andaluzas, en el
primer trimestre de cada año, celebrándose en la Universidad de Huelva y siendo
corregidas por profesores de la misma.
El Plan Educativo de Acceso a la Universidad para mayores de 25 años, consta
de dos fases:
Fase General. Tiene como objetivo apreciar la madurez e idoneidad de los
candidatos para seguir con éxito estudios universitarios, así como su capacidad
de razonamiento y de expresión escrita.
Comprenderá tres ejercicios:
a) Comentario de texto o desarrollo de un tema de actualidad
b) Lengua castellana
c) Lengua extranjera.
Fase específica. El candidato deberá elegir una de las cinco ramas de conocimiento.
Una vez elegida se examinará de dos materias vinculadas a la misma, siendo una
de ellas las que se indica a continuación:
Página 7 de 24
Página 8 de 24
2. La Formación Profesional
2.1. Ordenación de la Formación Profesional
Las enseñanzas de Formación Profesional Específica están agrupadas en 22 Familias
Profesionales. Cada familia se organiza en Ciclos Formativos de Grado Medio y Grado
Superior, según su nivel de cualificación, y permiten la obtención, respectivamente, del
Título de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional.
Cada Ciclo Formativo comprende un conjunto de módulos formativos, de duración
variable, constituidos por áreas de conocimientos teóricos-prácticos que pueden
acreditarse individualmente. Todos los Ciclos Formativos tienen un módulo profesional
denominado Formación en Centros de Trabajo cuya principal característica es que se
realiza en un ámbito productivo real, la empresa.
El actual Catálogo de Títulos de Formación Profesional Específica está
compuesto por 142 títulos, de los cuales 64 son de Grado Medio y 78 de Grado
Superior. En Andalucía se ofertan 110 titulaciones, de ellas 47 son de Grado Medio y
63 de Grado Superior.
Para ofrecer a las personas adultas otras posibilidades de formación profesional y
favorecer su aprendizaje a lo largo de la vida, se ofrecen distintas modalidades para su
realización y acreditación:
Oferta parcial presencial de Ciclos Formativos. Permite la matrícula por
módulos profesionales, sin necesidad de realizar el ciclo formativo completo,
favoreciendo así la elaboración del itinerario formativo más acorde con las
necesidades del entorno productivo.
Oferta parcial a distancia de Ciclos Formativos. Permite cursar Ciclos
Formativos de Formación Profesional utilizando las herramientas que ofrece
Internet.
Pruebas libres de módulos formativos de formación profesional, que ofrece a
la población la posibilidad de acreditar la formación adquirida a través de
aprendizajes formales, no formales o informales, de modo que se reconozca su
cualificación profesional. Consiste en la realización de una prueba teórico-práctica de
cada uno de los módulos profesionales que componen un Ciclo Formativo. En caso de
Página 9 de 24
superar todos los módulos que configuran el plan de estudios de un Ciclo Formativo, y
reuniendo los requisitos académicos necesarios, se puede solicitar la expedición del
título de Técnico o Técnico Superior correspondiente. En la actualidad se ofertan 106
módulos profesionales de 12 Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior
encuadrados en 10 familias profesionales diferentes.
2.2. Los Ciclos Formativos
A.- CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO
¿Qué son los Ciclos Formativos de Grado Medio?
Son estudios de Formación Profesional que pretenden dar a l@s jóvenes una
formación específica para que puedan incorporarse al mundo del trabajo. Con estos
estudios se obtiene el Título de Técnico en la correspondiente actividad.
¿Qué duración tienen?
Los CFGM tienen una duración entre 1.300 y 2.000 horas y suelen durar curso
y un trimestre o dos cursos completos. En este tiempo entran de 200 a 300 horas de
prácticas en empresas, que se realizan en el último trimestre antes de terminar el ciclo.
¿Cuáles son sus condiciones de acceso?
� Tener el título de Graduado en Educación Secundaria.
� Poseer el título de Técnico Auxiliar (FP1)
� Tener el título de Técnico de FP Específica
� Haber superado el segundo de BUP
� Haber superado los cursos comunes de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos.
� Con 17 años, y teniendo superada la PRUEBA DE ACCESO a los CFGM
¿Cuándo es la matrícula?
La solicitud de reserva de plaza debe hacerse del 1 al 31 de marzo. Una vez
te encuentres en la lista de admitid@s que se publican en los tablones de anuncios del
centro correspondiente, debes proceder a la matriculación del 1 al 10 de julio, aunque
Página 10 de 24
en casos excepcionales y debidamente justificados puede haber matrículas hasta final
de septiembre.
¿Qué salidas tienen a otros estudios?
� A cualquier modalidad del Bachillerato.
� A otro Ciclo Formativo de Grado Medio de la F.P. Específica.
� Con 18 años, a la Prueba de Acceso a Ciclos Formativos de Grado Superior
de la misma familia profesional.
B.- CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR
Son estudios de Formación Profesional que dan a los alumn@s una formación
cualificada y altamente específica, para que puedan incorporarse al mundo laboral.
Con estos estudios se obtiene el Título de Técnico Superior en la correspondiente
actividad.
¿Qué duración tienen?
La mayoría de los CFGS tienen una duración de 2.000 horas y suelen durar dos
cursos completos. En este tiempo entran de 250 a 350 horas de prácticas en
empresas, que se realizan en el tercer trimestre del segundo curso.
¿Cuáles son las condiciones de acceso?
� Tener el Título de Bachiller (LOGSE)
� Tener realizado el COU.
� Tener el Título de Técnico Especialista (FPII)
� Estar en posesión del Título de Técnico de Grado Superior de FP
� Tener una titulación universitaria o equivalente.
� Con 18 años, teniendo un título de Técnico en cualquier Ciclo Formativo de Grado
Medio de la misma familia profesional y con la PRUEBA de Acceso al Ciclo aprobada.
� Con 20 años, y teniendo aprobada la PRUEBA de Acceso al Ciclo.
¿Cómo se realiza la matrícula?
Página 11 de 24
En primer lugar hay que reservar plaza mediante una solicitud que se debe presentar
en secretaría del 1 al 15 de junio. En esta solicitud se piden una serie de CFGS y
centros, por orden de preferencia. La matrícula para los admitidos debe hacerse del 1
al 10 de julio.
¿Qué acceso directo tienen a la universidad?
Cada C.F.G.S. tiene acceso a determinados estudios universitarios, tanto a carreras
de un ciclo como de dos.
Como la relación es amplia, en la siguiente tabla hemos plasmado sólo los estudios
universitarios a los que acceden los ciclos que en esta ciudad se imparten.
¿Qué equivalencias hay entre las titulaciones de la F.P. antigua y la nueva?
� El título de Técnico Especialista correspondiente a la Formación Profesional de
Segundo Grado (L.G.E.) tiene los mismos efectos académicos y profesionales que el
nuevo título de Técnico Superior en la correspondiente especialidad.
� Los anexos II y III del Real Decreto 777/1998 de 30 de abril (BOE de 8 de mayo)
indican las equivalencias entre las titulaciones antiguas y las nuevas.
PRUEBAS PARA LA OBTENCIÓN DIRECTA DEL TÍTULO DE CFGM Y CFGS
Estas pruebas se ofrecen como una vía alternativa para obtener las titulaciones de
Técnico o Técnico Superior sin necesidad de cursar las enseñanzas de Ciclos
Formativos de grado medio y grado superior de forma presencial o a distancia.
Están destinadas a personas que ya tienen una importante formación en un
determinado campo profesional pero no disponen del título, y que son capaces de
planificar su estudio de manera individual sin necesidad de apoyo, presentándose a
una única prueba de cada módulo.
¿Qué necesito?
Para presentarte a las pruebas de obtención directa de un título, necesitas:
Página 12 de 24
• Tener dieciocho años para los títulos de Técnico y veinte años para los de
Técnico Superior o diecinueve años para quienes estén en posesión del título
de Técnico.
• Poseer el título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria o el de
Bachiller.
• Las personas que hayan cursado estudios en régimen presencial o a distancia,
podrán presentarse a estas pruebas para la superación de los módulos
profesionales que tengan pendientes.
• En función de los estudios que hayas cursado anteriormente, podrás convalidar
parte de la prueba.
¿Cuándo se realizan?
Las pruebas suelen convocarse una vez al año, y su convocatoria depende de cada
Comunidad Autónoma. En esa convocatoria se determinan los centros docentes
públicos designados para la realización de estas pruebas, el periodo de matriculación
y las fechas de realización.
2.3. El Programa de Cualificación Profesional Inicial
Un Programa de Cualificación Profesional Inicial es una vía para alumn@s que no han
obtenido el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y que tiene
como objetivos:
■ Ampliar las competencias básicas del alumnado para proseguir estudios de
las diferentes enseñanzas.
■ Permitir al alumnado alcanzar las competencias profesionales propias de una
cualificación de nivel uno de la estructura actual del Catálogo Nacional de
Cualificaciones Profesionales.
■ Dotar al alumnado de posibilidades reales para una inserción laboral
satisfactoria.
¿A quién va dirigido?
■ Alumnos/as menores de 21 años que cumplan al menos 16 años en el año
natural de comienzo del programa y que no hayan obtenido el título de
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
Página 13 de 24
■ Alumnos/as menores de 22 años que cumplan al menos 16 años en el año
natural de comienzo del programa y estén diagnosticados como de
necesidades educativas especiales.
¿Cuál es su estructura?
1.- Módulos Obligatorios
a) Módulos específicos
- Módulos profesionales asociados a unidades de competencia de una
cualificación profesional de nivel uno.- Módulo de Formación en Centros
de Trabajo.
b) Módulos de formación general
- Módulo de proyecto emprendedor.
- Módulo de participación y ciudadanía.
- Módulo de libre configuración.
2.- Módulos voluntarios
Los módulos voluntarios se realizarán por aquellos alumnos que deseen
obtener el título de Graduado de Educación Secundaria Obligatoria y se organizan en:
1.- Módulo de comunicación
2.- Módulo social
3.- Módulo científico-tecnológico.
Página 14 de 24
3. El Certificado de Profesionalidad
Un certificado de profesionalidad acredita con carácter oficial las competencias
profesionales que capacitan para el desarrollo de una actividad laboral con
significación en el empleo. Configura un perfil profesional entendido como conjunto de
competencias profesionales identificadas en el sistema productivo, y reconocido y
valorado en el mercado laboral.
Tiene carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, sin que ello constituya
regulación del ejercicio profesional. Cada certificado de profesionalidad acredita una
cualificación del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
Con los certificados de profesionalidad se trata, por tanto, de proporcionar a los/as
trabajadores/as la formación requerida por el sistema productivo y acercar los
certificados a la realidad del mercado laboral
¿Quién puede solicitar el certificado de profesionalidad?
Pueden solicitar un certificado de profesionalidad aquellas personas que:
• Hayan superado positivamente todos los módulos que componen un certificado
de profesionalidad de un curso de Formación Profesional para el Empleo
(FPE). Deben haberlo realizado en una entidad acreditada por la Dirección
General de Formación Profesional para el Empleo.
• Hayan superado positivamente un Programa de Cualificación Profesional
Inicial, en el que se haya programado una especialidad conducente a un
certificado de profesionalidad.
• Hayan participado en el procedimiento de acreditación de competencias
adquiridas a través de la experiencia laboral, o las vías no formales de
formación, siempre y cuando demuestren que poseen todas las competencias
comprendidas en el certificado de profesionalidad correspondiente.
Aquellas personas que no hayan completado todos los módulos que componen el
certificado de profesionalidad, podrán solicitar la acreditación parcial acumulable de
aquellas unidades de competencia que hayan superado a través de un proceso
formativo.
Página 15 de 24
¿Cómo puedo obtener un certificado de profesionalidad?
El certificado de profesionalidad se puede obtener de varias formas:
• A través de la superación de todos los módulos formativos que integran el
certificado de profesionalidad, por ejemplo, de un curso del Programa de
Cualificación Profesional Inicial.
• Tras superar los procedimientos para la evaluación y acreditación de las
competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de
vías no formales de formación, una vez que estos se implanten.
• Mediante la acumulación de acreditaciones parciales de las unidades de
competencias que comprenda el certificado de profesionalidad.
Los certificados tienen validez en todo el territorio nacional. Ten en cuenta, sin
embargo, que los certificados de profesionalidad no son equivalentes a las
titulaciones de formación profesional reglada. No son títulos académicos, y por
lo tanto no dan acceso a los estudios que imparte Educación (ciclos formativos y/o
universitarios).
¿Dónde se solicita el certificado de profesionalidad?
Los certificados de profesionalidad son expedidos por la Dirección General de
Formación Profesional para el Empleo de la Consejería de Educación, Cultura y
Deporte o por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), dependiendo de la
entidad que gestione el curso o del procedimiento necesario para la obtención del
certificado.
Para su obtención es necesario que presentar la solicitud junto con la documentación
que acredite haber superado positivamente el curso conducente al certificado o las
pruebas necesarias para adquirirlo.
Las solicitudes pueden presentarse el los Registros Generales de la Consejería de
Educación, Cultura y Deporte y en los de las Delegaciones Territoriales de Educación,
Cultura y Deporte, así como en los registros y oficinas contemplados en el artículo
Página 16 de 24
38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el artículo
82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía.
Página 17 de 24
4. Acreditación de Competencias Adquiridas a través
de la Experiencia Profesional.
Qué puedo acreditar
Puedes acreditar las unidades de competencia del Catálogo Nacional de
Cualificaciones Profesionales que estén incluidas en Títulos de Formación Profesional
y/o en Certificados de Profesionalidad.
Cada unidad de competencia será la unidad mínima de acreditación.
Qué son las competencias profesionales-Unidades de competencia
Las competencias profesionales de una persona reflejan el conjunto de conocimientos
y capacidades que le permiten el ejercicio de la actividad profesional conforme a las
exigencias de la producción y el empleo.
Estas competencias pueden adquirirse mediante formación o por experiencia laboral.
El conjunto de unidades de competencia con significación para el empleo constituyen
una cualificación profesional.
Una persona está cualificada cuando en el desarrollo de su trabajo obtiene unos
resultados que están al nivel demandado por el sistema productivo.
Ventajas de la acreditación
• Obtener una acreditación oficial con validez en todo el territorio del Estado.
• Conseguir acreditaciones que me conduzcan a un certificado de
profesionalidad o un título de formación profesional y su correspondencia entre
ellos.
• Hacer visibles mis competencias y valorar mi experiencia con la ayuda de
diferentes profesionales.
• Proponerme un Plan de formación individualizado que complete o aumente mis
competencias profesionales.
• Incrementar mis posibilidades de empleabilidad y mejora de mi cualificación.
• Fomentar la movilidad en el mercado de trabajo, tanto en el ámbito nacional
como en el europeo.
Página 18 de 24
Requisitos Generales
Para participar en el procedimiento deberás cumplir los siguientes requisitos:
• Nacionalidad.
Poseer la nacionalidad española.
• Haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta
de familiar de ciudadano o ciudadana de la Unión, ser titular de una
autorización de residencia o, de residencia y trabajo en España en vigor, en los
términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración.
• Edad.
Tener 18 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción, cuando se
trate de unidades de competencia correspondientes a cualificaciones de nivel I
y 20 años para los niveles II y III.
• Tener experiencia laboral y/o formación relacionada con las competencias
profesionales que se quieren acreditar:
o En el caso de experiencia laboral. Justificar, al menos 3 años, con un
mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos 10 años
transcurridos antes de realizarse la convocatoria. Para las unidades de
competencia de nivel I, se requerirán 2 años de experiencia laboral con
un mínimo de 1.200 horas trabajadas en total.
o En el caso de formación. Justificar, al menos 300 horas, en los últimos
10 años transcurridos antes de realizarse la convocatoria. Para las
unidades de competencia de nivel I, se requerirán al menos 200 horas.
En los casos en los que los módulos formativos asociados a la unidad
de competencia que se pretende acreditar contemplen una duración
inferior, se deberán acreditar las horas establecidas en dichos módulos.
Participar en el procedimiento
Asesoramiento
• Me ayudan a completar el cuestionario de autoevaluación si no lo he realizado
previamente.
• Analizan mi historial profesional y formativo, y lo contrastan con el referente
(CNCP)
Página 19 de 24
• Si es necesario, me ayudan a completar la documentación aportada, para
configurar mi dossier de competencias,
• Emiten un informe orientativo sobre la conveniencia o no de pasar a la
siguiente fase de evaluación.
• Decido si continuo o no en el procedimiento.
• En el caso de no continuar, me indican qué formación complementaria necesito
para acreditar mis competencias y loscentros (CC.AA.) donde puedo recibirla.
Evaluación
• La Comisión de Evaluación analiza y valora mi dossier de competencias y el
informe emitido en la fase de asesoramiento.
• Planifican y organizan mi evaluación, seleccionando los métodosy actividades
más adecuadas a mi caso.
• Demuestro las competencias profesionales a las que me presento, realizando
las actividades de evaluación ya planificadas.
• Me informan sobre los resultados de mi evaluación.
• Si no obtengo la acreditación, me diseñan un Plan de formación sobre:
o las posibilidades de formación de las competencias que quiero acreditar
en posteriores convocatorias.
o las posibilidades de la fomación conducentes a certificados de
profesionalidad o títulos de formación profesional.
Acreditación
• Si supero el proceso de reconocimiento, me expiden:
o Una acreditación parcial de cada una de las UC que haya demostrado
en el proceso.
o Un certificado de profesionalidad si demuestro competencia en todas
las UC de la cualificación por la que he optado.
• Mis datos se transfieren a un registro nominal y por UC.
• Me informan sobre los efectos de las acreditaciones obtenidas.
o La administración educativa convalidará los módulos profesionales
asocidos a cada UC acreditada.
o La administración laboral realizará la exención de los módulos
formativos asociados a cada UC acreditada.
Página 20 de 24
5. Programas Públicos de Empleo y Formación
a) Formación Profesional para el Empleo
La Formación Profesional para el Empleo (FPE) integra en uno solo los anteriores
programas de Formación Profesional Ocupacional (FPO) y de Formación Continua. Se
trata de un conjunto de acciones que tiene como objeto impulsar y extender entre las
empresas y los trabajadores ocupados y desempleados una formación que contribuya
a la mejora de la competitividad y de la productividad de las empresas. Asimismo,
pretende mejorar la empleabilidad de los trabajadores, especialmente de aquellos
colectivos que tienen mayores dificultades de acceso al mercado laboral o de
mantenimiento en él.
Los cursos de Formación Profesional para el Empleo están organizados por diferentes
entidades y centros de formación acreditados o inscritos en el correspondiente
Registro de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte.
Estas entidades se establecen en cada orden de convocatoria, pudiendo ser de
diversa naturaleza (sin ánimo de lucro, administraciones locales, instituciones públicas
o privadas). Como requisito, entre sus fines debe estar la formación o inserción
profesional de los colectivos recogidos en cada convocatoria.
La formación impartida por estas entidades puede ser presencial, semipresencial, a
través de teleformación o mixta y las solicitudes de participación deben entregarse en
la entidad responsable de cada curso.
Si estás desempleado y quieres realizar un curso de FPE puedes optar a diferentes
becas y ayudas en concepto de transporte, manutención, alojamiento y cuidado de
hijos, además de becas por asistencia en el caso de personas con discapacidad.
Ten en cuenta que para beneficiarte de estas ayudas la jornada lectiva del curso no
debe ser inferior a cuatro horas diarias, en general, y de seis horas para ayudas de
alojamiento, manutención, etc.
Página 21 de 24
b) Programas de Escuelas Taller, Casa de Oficios y Talleres de Empleo.
Son programas que compaginan la Formación Profesional en alternancia con la
práctica profesional adquirida en determinadas ocupaciones de utilidad pública o de
interés general.
El objetivo de estos programas es mejorar la ocupabilidad de las personas
participantes a través de la realización de un trabajo efectivo directamente relacionado
con la formación profesional adquirida anteriormente en el programa. Es decir, es
aquella que tienen por objeto contribuir a la adquisición de las competencias
profesionales de la ocupación mediante un proceso mixto, de empleo y formación, que
permite al trabajador compatibilizar el aprendizaje formal con la práctica profesional en
el puesto de trabajo.
Por tanto, su finalidad es mejorar la cualificación y posibilidades de empleo de
determinados colectivos de personas desempleadas.
Escuelas Taller y Casas de Oficios
Son programas mixtos de empleo y formación que tienen por objeto mejorar la
ocupabilidad de las personas desempleadas, mediante la realización de obras o
servicios de interés general y social que posibiliten a los alumnos y alumnas
trabajadores/as la realización de un trabajo efectivo que, junto con la formación
ocupacional recibida, procure una cualificación profesional y favorezca su inserción
laboral.
Página 22 de 24
Están dirigidos a personas jóvenes desempleadas menores de 25 años, que figuren
como demandantes de empleo.
Duración:
Escuelas Taller: Entre uno y dos años. Constan de dos etapas:
� la primera, con una duración de seis meses, de carácter formativo de iniciación.
� la segunda, de formación en alternancia con el trabajo y la práctica profesional.
Casas de Oficios: Duración de un año. Constan de dos etapas:
o la primera, con una duración de seis meses, de carácter formativo de iniciación.
o la segunda, igualmente de seis meses, de formación en alternancia con el trabajo y
la práctica profesional.
L@s alumn@s-trabajadores que finalicen un proyecto de Escuela taller-Casa de
Oficios recibirán:
� Un Certificado de Formación, que expide la entidad promotora del proyecto,
en el que figuran los módulos formativos realizados y las horas de formación
teórico-prácticas. El certificado acredita la cualificación obtenida para el
desempeño de un oficio y la experiencia laboral adquirida.
� Asesoramiento y apoyo de la entidad promotora del proyecto, durante los tres
meses posteriores a la finalización, para la búsqueda de empleo por cuenta
ajena o para la constitución como trabajador/a autónom@ o la puesta en
marcha de pequeñas empresas.
� Preparación para que el alumnado-trabajador pueda presentarse a las pruebas
para obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
Talleres de Empleo
Son programas públicos de empleo y formación de carácter temporal cuya finalidad es
la inserción o reinserción de personas desempleadas a través de programas mixtos en
los que el aprendizaje y la cualificación se alternan con un trabajo productivo en
actividades de interés público o social que permitan la inserción a través de la
profesionalización y adquisición de las personas participantes.
Página 23 de 24
Están dirigidos a personas desempleadas de más de 25 años con el fin de mejorar su
ocupabilidad y facilitar su inserción o reinserción en el mercado de trabajo, inscritos en
los Centros SERVEF de Empleo como demandantes de Empleo.
Los Talleres de Empleo tienen una duración mínima de 6 meses y máxima de 1 año.
En cuanto a los contenidos que se desarrollan, los alumnos y alumnas participantes
recibirán Formación Profesional para el Empleo relacionada con la ocupación a
desempeñar. Dicha formación se adecuará en función del oficio o puesto de trabajo a
desempeñar.
Se impartirá además, formación complementaria de carácter modular, relacionada con
la alfabetización informática, sensibilización medioambiental y prevención de riesgos
laborales, además, y en función del proyecto, podrán impartirse otros módulos
complementarios, como idiomas o trabajo en equipo.
Para l@s alumn@s que no hayan alcanzado los objetivos de la Educación Secundaria
Obligatoria, se organizarán programas específicos con el fin de completar dicha
educación.
Durante las fases de formación en alternancia con la práctica profesional, los alumnos
y alumnas tendrán un contrato bajo la modalidad de contrato para la formación,
realizando un trabajo de utilidad pública y social y continuando con el proceso
formativo iniciado en la primera parte.
� Becas/ salario: se suscribirá un contrato de trabajo con la entidad promotora bajo la
modalidad de contrato para la formación y cuya cuantía es de 1,5 veces el Salario
Mínimo Interprofesional.
c) Programa Andalucía Orienta
Es la red de unidades de Orientación del Servicio Andaluz de Empleo de la Junta de
Andalucía, puesta en marcha con la participación de las Direcciones Provinciales.
Tiene como objetivo apoyar a la población activa andaluza para su inserción en el
Mercado Laboral, asesorándola en la búsqueda de empleo.
Está dirigido a las personas demandantes de empleo inscritas como tales en el
Servicio Andaluz de Empleo. Y especialmente:
Página 24 de 24
• Personas con Discapacidad.
• Estudiantes Universitarios y recién titulados.
• Mujeres.
• Jóvenes.
• Personas desempleadas con especiales dificultades para la inserción.
Los servicios que ofrece son:
• Itinerarios Personalizados para la Inserción.
• Información sobre el mercado de trabajo.
• Asesoramiento sobre Técnicas de búsqueda de empleo.
• Orientación vocacional.
• Asesoramiento para el autoconocimiento y posicionamiento para el mercado de
trabajo.
• Acompañamiento en la búsqueda de empleo.
• Asesoramiento para el autoempleo.
• Autoorientación