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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES
“UNIANDES”
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA
CARRERA DE DERECHO
TESIS PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADO DE LOS
TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA:
“EL DEPORTE BARRIAL Y PARROQUIAL, SU PERSONERIA JURIDICA Y LOS
DERECHOS ECONOMICOS DE LAS ASOCIACIONES DEPORTIVIAS”.
AUTOR: Armyn Alexis Maldonado Quevedo.
ASESOR: Ab. Fernando Caicedo Banderas.
Ambato-Ecuador
2015
CERTIFICACIÓN DEL ASESOR
AB: FERNANDO CAICEDO BANDERAS, en mi calidad de asesor del presente trabajo
de tesis, certifico: que el tema “EL DEPORTE BARIAL Y PARROQUIAL, SU
PERSONERIA JURIDICA Y LOS DERECHOS ECONOMICOS DE LAS
ASOCIACIONES DEPORTIVAS”, elaborado por: ARMYN ALEXIS MALDONADO
QUEVEDO, previo a la obtención del Título de Abogado de los Tribunales de la
República, fue revisado y aprobado, al haber cumplido con las normas legales y
reglamentarias de la institución universitaria; además de haber cumplido con el objetivo
planteado y por haber comprobado la necesidad de la elaboración de ordenanza que
propone, en consecuencia autorizo su sustentación.
AB. FERNANDO CAICEDO BANDERAS
ASESOR
uniandes
DECLARACIÓN DE AUTORÍA
Yo, ARMYN ALEXIS MALDONADO QUEVEDO, por mis propios derechos y en pleno
goce de mis facultades, declaro que el contenido del presente trabajo de tesis, sobre el
tema: “El Deporte Barrial y Parroquial, su personería jurídica y los derechos económicos
de las asociaciones deportivas”, es de mi absoluta responsabilidad realizarlo, respetando
las normas legales y reglamentos correspondientes, en tal virtud expreso que los conceptos,
conclusiones, ideas, opiniones y recomendaciones del mismo, son creación plena del autor
y por ello otorgo toda potestad a la Universidad Regional Autónoma de los Andes
“UNIANDES”, para que emplee el trabajo de culminación de estudio como bibliografía
para futuras investigaciones relacionadas con el tema planteado.
C.C.NRO.050314606-0
uniandes
DEDICATORIA
El presente trabajo es dedicado de una manera muy especial a Dios, guía de mi ser y
consuelo de mi espíritu, a mis padres Armyn y Olga, quienes han sido fuente de sabiduría
y amor que me han enseñado a ser una mejor persona cada día, a mis hermanos Alexander
y Daniela que han sido mis compañeros de tristezas y alegrías, a mi Tío Carlos, quien me
apoyó siempre y en todo momento de una manera incondicional;
AGRADECIMIENTO
Al Abogado Fernando Caicedo, asesor de mi tesis quién con sus conocimientos y apoyo
supo guiar el desarrollo de la presente tesis desde el inicio hasta su culminación.
A mis maestros por haberme impartido sus conocimientos con el fin de formarme en cada
aspecto de mi vida como ser humano y como profesional.
A la Universidad Regional Autónoma de los Andes, que me abrió sus puertas para impartir
todo el saber necesario y me ha dado uno de los mejores recuerdos de mi vida en mi etapa
universitaria.
A todas y todos quienes de una u otra forma han colocado un granito de arena para el logro
de este Trabajo de Grado, agradezco de forma sincera su valiosa colaboración.
RESUMEN EJECUTIVO
Con el tema propuesto sobre el Deporte Recreacional, organizado por el Deporte Barrial y
Parroquial, para alcanzar la personería jurídica y por ende las organizaciones deportivas
sean beneficiarias de los recursos económicos, podemos ver la importancia que tiene la
elaboración de un anteproyecto de ordenanza para que con esto el Gobierno Autónomo
Descentralizado del Cantón Latacunga se vea directamente involucrado en cumplir con lo
estipulado en la presente ordenanza para alcanzar un bienestar general de nuestra
población.
El Estado protegerá, promoverá y coordinará la cultura física, que comprende el deporte, la
educación física y la recreación, como actividades que contribuyen a la salud, formación y
desarrollo integral de las personas; el derecho a la salud es fundamental, el derecho a gozar
de una mejor calidad de vida, por lo que, en el presente trabajo se examinarán cada uno de
estos derechos.
Además, con la creación de esta ordenanza estaremos protegiendo los derechos de las
personas que practican el deporte recreacional, regentado por el deporte barrial y
parroquial y les permitirá recibir consejería con enfoque de sus derechos.
Esta Ordenanza Municipal, traerá resultados productivos, porque así todos quienes
practican el deporte barrial y parroquial serán quienes velen por el cumplimiento de los
derechos y garantías de los clubes deportivos básicos, protegiendo de esta manera el interés
de los deportistas y demás derechos consagrados en la Constitución de la República del
Ecuador.
Al realizar la investigación se podrá tomar en cuenta los criterios de los deportistas
quienes se verán beneficiados con la presente propuesta, con la que se busca llegar al pleno
goce de sus derechos.
ABSTRACT
The proposal about the Recreacional sport, organized by barrial sport and
parroquial, to get juridical personeria and also the sporting organizations have been
beneficiary of the economic resoures, we can see the importanes to elaborate a
project of ordinance with this Autonomic Government Descentralizated of
Latacunga town to involve directly with the present ordenance to get a general well-
being of our population.
The state protects, promotes and coordinates the physical culture of sport, the
physical education and the entertainment, like activities that contribute the health,
formation and integral development of the people; the haw of the health is
fundamental, the law to enjoy of a better quality life, the present work examinate
each one.
In addition, with the creaction of this ordenance, it protect the laws of the people
that practice the recreational sport, barrial sport and parroquial and it is focusing in
their laws this municipal ondenance, should result productive, because everybody
practice the barrial sport and parroquial, who apply the laws and garantice of the
basic clubs sport, protecting of this manner the importance of the sportsmen and
furthermore consagrade the laws in the constitutions oh the Equator Republic.
To do the investigation taking a count the criteria of the sportsmen who should
benefit with the present proposal, it is looking the enjoyment of their laws.
INDICE
Certificación del Asesor...................................................................................................................
Declaración de autoría .....................................................................................................................
Dedicatoria ........................................................................................................................................
Agradecimiento.................................................................................................................................
Resumen ejecutivo ...........................................................................................................................
Abstract ..............................................................................................................................................
Indice .................................................................................................................................................
Introducción .................................................................................................................................... 1
Antecedentes de la Investigación: ................................................................................................ 1
Situacion Problemática: ................................................................................................................. 2
Problema Cientifico........................................................................................................................ 5
Objeto de Investigación y Campo de Accion .............................................................................. 5
Línea de Investigación ................................................................................................................... 5
Objetivos: ........................................................................................................................................ 6
Objetivo General: ........................................................................................................................... 6
Objetivos Específicos ..................................................................................................................... 6
Idea a Defender: .............................................................................................................................. 6
Variable Independiente: ................................................................................................................ 7
Variable Dependiente: .................................................................................................................. 7
Justificación del Tema ................................................................................................................... 7
Metodología a Emplear .................................................................................................................. 8
Métodos ........................................................................................................................................... 8
Técnicas: .......................................................................................................................................... 8
Herramientas de la Investigación: ................................................................................................ 8
Descripcion de la estructura de la tesis: esquema de contenidos: ............................................. 9
EPÍGRAFE I: .................................................................................................................................. 9
EPIGRAFE II:................................................................................................................................ 9
EPÍGRAFE III: ............................................................................................................................... 9
EPÍGRAFE IV: ............................................................................................................................... 9
Aporte Teórico, Significación Práctica y Novedad Científica. ............................................... 10
Capítulo I: Marco Teórico. .......................................................................................................... 11
EPÍGRAFE I ................................................................................................................................. 11
1.1 Ministerio del deporte .................................................................................................... 11
1.1.1 Definicion ................................................................................................................... 11
1.1.2 Objetivos del ministerio del deporte ........................................................................... 11
1.2 Cultura fisica.................................................................................................................. 13
1.2.1 Definición de cultura física......................................................................................... 13
1.2.2 La cultura física y tiempo libre en la Constitución de la República. .......................... 13
1.2.3 Autonomia de las organizaciones deportivas: ............................................................ 15
1.2.4 El tiempo libre: ........................................................................................................... 16
1.2.5 La recreacion: ............................................................................................................ 16
EPÍGRAFE II ...................................................................................................................... 17
2.1 Fedeprobac Fedenaligas y el Deporte Barrial y Parroquial. .......................................... 17
2.2 Atribuciones de fedeprobac ........................................................................................... 18
2.3 HisToria de Fedeprobac y Ligas Barriales .................................................................... 19
2.3.1 Historia de Fedeprobac ............................................................................................... 19
2.3.2 Historia de las Ligas Barriales. .................................................................................. 21
2.4 el Deporte ...................................................................................................................... 23
2.4.1 Definicon y Conceptos ............................................................................................... 23
2.4.1.1 Clases de Deportes que se Practica a Nivel Barial y Parroquial del Canton
Latacunga............................................................................................................................. 24
2.4.1.3 Fedenaligas .............................................................................................................. 25
2.5 Fundamentos Sociologicos ............................................................................................ 26
2.6 Fundamentos Economicos ............................................................................................ 26
EPÍGRAFE III .............................................................................................................................. 27
3.1 Las personas juridicas y el derecho comparado.................................................................. 27
3.1.1 Definicion ................................................................................................................... 27
3.1.2 Clases de Personas Juridicas: ..................................................................................... 27
3.2 Derecho Comparado ...................................................................................................... 28
3.2.1 Persona Juridica en Argentina .................................................................................... 28
3.2.1.1 Personas de Derecho Publico Diferencias de Personas de Derecho Privado .......... 29
3.2.1.2 Asociaciones y Fundaciones .................................................................................... 30
3.2.2 Persona Juridica en Mexico ........................................................................................ 31
3.2.2.2 La Capacidad. .......................................................................................................... 31
3.3 Persona Juridica en Chile .............................................................................................. 33
3.3.1 Atributos de Personalidad de las Personas Jurídicas .................................................. 34
3.4 Conclusiones del derecho comparado entre ecuador y argentina, mexico y chile ........ 34
EPÍGRAFE IV .............................................................................................................................. 35
4.1 Gobiernos Autonomos Descentralizados. ........................................................................... 35
4.1.1 Definición ................................................................................................................... 35
4.1.2 El Municipio ............................................................................................................... 36
4.1.2.1 Naturaleza del Municipio ........................................................................................ 36
4.1.3 Funciones .................................................................................................................... 36
4.2 Ordenanza. ..................................................................................................................... 37
4.2.1 Definición ................................................................................................................... 37
4.2.2 Jerarquía dentro del Ordenamiento jurídico ............................................................... 38
4.2.3 Procedimiento de creación de una Ordenanza y Ejecución de las ordeNanzas. ......... 39
CONCLUSIONES……………………………………………… ………………………………………………………………40
CAPÍTULO II. ..................................................................................................................... 41
Marco Metodológico y Planteamiento de la Propuesta ............................................................ 41
Caracterización del sector seleccionado para la investigación ................................................ 41
Procedimiento metodológico para el desarrollo de la investigación....................................... 42
Métodos ............................................................................................................................... 42
Inductivo – Deductivo ......................................................................................................... 42
Analítico- Sintético .............................................................................................................. 42
Técnicas: .............................................................................................................................. 42
Herramientas de la Investigación ........................................................................................ 43
Diseño de la Investigación de Campo. ................................................................................ 43
Población ............................................................................................................................. 43
Muestra de la Investigación ................................................................................................. 43
Interpretación de Resultados ............................................................................................... 44
Conclusiones ........................................................................................................................ 50
CAPÍTULO III. ................................................................................................................... 51
Desarrollo de la Propuesta. .................................................................................................. 51
Conclusiones y recomendacines ................................................................................................. 62
Recomendaciones……………………………………………………………………………… …63
BIBLIOGRAFIA……………………………………………………………………………….…64
Linkografia .......................................................................................................................... 66
Fuentes Normativas ............................................................................................................. 67
1
INTRODUCCIÓN
ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN:
Los medios de comunicación diariamente nos dan a conocer sobre la práctica del deporte,
pero sobre el deporte profesional, tanto a nivel nacional como internacional; en torno a lo
cual cabe una gran pregunta, ¿por qué no hablan del DEPORTE RECREACIONAL,
enmarcado en el BARRIAL Y PARROQUIAL?, será tal vez porque este tipo de deporte
no posee los recursos necesarios para la difusión, fomento, masificación y desarrollo; o
quizás sólo es visto o tomado en cuenta, cuando se requiere de jugadores que se inician en
las canchas del deporte barrial, escenarios que en algunos lugares son precarios, en malas
condiciones, y todo porque no se posee la ayuda necesaria del estado o gobiernos
seccionales; como es conocimiento de todos, en el deporte barrial, los jugadores son
quienes cubrimos los gastos de inscripción y garantía, confección de uniformes, pagos de
arbitraje, en todas y cada una de las distintas disciplinas de los campeonatos organizados
por las ligas barriales del Cantón Latacunga, filiales de la Federación Provincial del
Deporte Barrial y Parroquial de Cotopaxi ( FEDEPROBAC ), los dirigentes de los clubes
participantes, conjuntamente con los directivos de las ligas, tienen que hacer auto-gestión
para poder obtener recursos y mantener en buen estado los escenarios deportivos, en donde
los deportistas barriales, realizan actividad por lo menos los fines de semana, porque son
momentos de sano esparcimiento en donde pasan en familia, realizan ejercicio para de esa
manera poder tener junto a sus familias una buena salud, ya que en cuerpo sano, mente
sana.
En el Deporte Barrial y Parroquial, los directivos y jugadores son quienes solventan los
gastos para poder desarrollar los campeonatos, porque este tipo de deporte no cuenta con
ingresos, no tiene finalidad de lucro, en este deporte hay que pagar para jugar, y es el
único en el cual participan un gran número de ciudadanos del país, porque su nombre
mismo lo dice, es Deporte Barrial y Parroquial donde intervienen deportistas de barrios y
parroquias urbanas y rurales, los encuentros se desarrollan en distintos lugares, la
movilización es financiado por los propios deportistas y sus dirigentes, ya que no se poseen
2
recursos suficientes para que los organismos deportivos financien los campeonatos en su
totalidad, y los deportistas puedan realizar la práctica deportiva en mejores condiciones.
La matriz del deporte barrial en el Cantón Latacunga y Provincia de Cotopaxi
FEDEPROBAC, dentro de sus fines tiene por objeto dar un mejor desarrollo a los
campeonatos organizados por esta Institución con la participación de sus ligas filiales,
puesto que los representantes de las mismas, participan en los campeonatos provinciales, y
los equipos campeones representan a la provincia de Cotopaxi, en los eventos nacionales
organizados por FEDENALIGAS, Matriz del Deporte Barrial y Parroquial del País.
SITUACION PROBLEMÁTICA:
Es primordial comenzar analizando, la importancia de tener una liga con clubes básicos
barriales y/o parroquiales debidamente legalizados, y así puedan tener acceso a los
beneficios y derechos que la Constitución de la República; la Ley del Deporte, Educación
Física y Recreación; El Reglamento General a la Ley del Deporte, Educación Física y
Recreación; El Estatuto y el Reglamento Interno de Fedeprobac, les consagra.
Al ser un club básico sin personería jurídica, acarrearía una serie de inconvenientes tanto
internamente en la liga a la cual pertenecen, como a nivel cantonal y por ende provincial,
puesto que la Ley del Deporte, la Disposición del Ministerio del Deporte y el Reglamento
Unificado de FEDENALIGAS (Federación Nacional de Ligas Deportivas Barriales y
Parroquiales del Ecuador), manifiesta que uno de los requisitos primordiales para participar
en sus campeonatos nacionales, es que, el club representante de cada Liga, Federación
Cantonal y Provincial debe gozar de Personería Jurídica.
En las Ligas Barriales y Parroquiales se daría el mismo problema, ya que si una liga no es
legal, no tiene estatutos, no tiene personería jurídica, solo podrán realizar campeonatos
internos y no participarán en los juegos interligas que organiza su matriz FEDEPROBAC,
y tampoco en los juegos nacionales que son efectuados por FEDENALIGAS, que es la
matriz a nivel nacional, esto en primer lugar; en segundo lugar, les perjudica porque no
podrán gozar de los beneficios legales como es poder tener unos buenos escenarios
3
deportivos y tampoco podrán participar en los actos que organice Fedeprobac; no pueden
ejercer el derecho Constitucional de elegir y ser elegido; y, así se perjudica a los
deportistas, ya que ellos tiene la oportunidad de representar a su provincia en los juegos
nacionales que se llevan a cabo cada año en las provincias del Ecuador y, podrían llegar a
ser deportistas profesionales, como fue el caso de Antonio Valencia que surgió del Deporte
Barrial, en Sucumbíos, pero al no ser jurídico el club no podrán participar.
La Constitución de la República del Ecuador en su artículo 381 garantiza que el Estado
protegerá, promoverá y coordinará la cultura física que comprende el Deporte, la
Educación Física y la Recreación, como actividades que contribuyen a la salud, formación
y desarrollo integral de las personas; impulsará el acceso masivo al deporte y a las
actividades deportivas a nivel formativo, recreacional, barrial y parroquial; auspiciará la
preparación y participación de los deportistas en competencias nacionales e
internacionales.
Además, dispone que el Estado garantice los recursos y la infraestructura necesaria para
estas actividades.
En la Ley del Deporte, Educación Física y Recreacional, en el art. 93 dispone que “ Los
Gobiernos Municipales y Distritos Metropolitanos podrán dentro de su jurisdicción otorgar
personería jurídica a las organizaciones deportivas de conformidad con las disposiciones
previstas en la presente ley, a excepción de las organizaciones provinciales o nacionales”.
Dentro de la Funciones y atribuciones del Ministerio del Deporte tenemos, en el art. 14.
Literal L), de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación la siguiente: “Ejercer la
competencia exclusiva para la creación de organizaciones deportivas, aprobación de sus
estatutos y el registro de sus directorios de acuerdo a la naturaleza de cada organización,
sin perjuicio de la facultad establecida en la Ley a favor de los gobiernos autónomos
descentralizados; “.
En el art. 55 del Reglamento General de la Ley del Deporte, Educación Física y
Recreación, expresa: “De acuerdo a lo establecido en el art. 93 de la Ley, los Gobiernos
4
Municipales y Distritos Metropolitanos deberán ejercer la competencia para el
otorgamiento de la personería jurídica, reforma de estatutos y registro de directorios de las
organizaciones deportivas dentro de su jurisdicción”.
En el art. 56 del Reglamento General de la Ley del Deporte, Educación Física y
Recreación dispone: “En aquellos casos en los que los Gobiernos Municipales y Distritos
Metropolitanos asuman la competencia a la que se refiere el artículo anterior, deberán
tomar en cuenta los requisitos que la ley y su reglamento establecen para la creación de los
clubes básicos barriales y/o parroquiales.
Los Gobiernos Autónomos Descentralizados, podrán ejecutar actividades deportivas o
recreativas sin interferir con las actividades que realiza el deporte barrial y parroquial”:
El art. 57 del Reglamento General de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación
establece: “ Los Gobiernos Municipales y Distritos Metropolitanos, mediante acto
administrativo, otorgarán la personería jurídica a la organización deportiva solicitante, bajo
el único requisito de que cumplan con los requerimientos establecidos en la Ley de
Deporte, Educación Física y Recreación y su Reglamento”.
El art. 57. Literal a), del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización establece como atribución del Gobierno Cantonal: “El ejercicio de la
facultad normativa en las materias de Competencias del Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal, mediante la expedición de ordenanzas cantonales, acuerdo y
resoluciones”
El art. 264, en el numeral 7 de la Constitución de la República del Ecuador, menciona que
es competencia de los Municipios la planificación, construcción y mantenimiento de la
infraestructura física y los espacios públicos destinados al deporte, mismas que guarda
entera relación con el art. 55, literal G) del COOTAD.
Con los antecedentes expuestos considero que es necesario se cree el marco jurídico
normativo legal municipal para que el Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón
5
Latacunga, asuma las competencias del Ministerio del Deporte y pueda aprobar y otorgar
la personería jurídica, funcionamiento y disolución de los clubes básicos, ligas barriales y
parroquiales de Latacunga y otorgar recursos económicos que servirán para financiar la
planificación, organización, fomento, desarrollo y masificación del deporte recreacional y
de esa manera puedan tener los beneficios que se les consagra la Constitución de la
República, la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, al igual que puedan
participar en todos los juegos organizados por Fedeprobac y Fedenaligas, y así poder
trabajar buscando una mejor calidad de vida de nuestra población..
PROBLEMA CIENTIFICO
¿La falta de normativa cantonal para regularizar la personería jurídica de los clubes
deportivos básicos barriales y parroquiales; vulnera los derechos económicos de estas
organizaciones deportivas?
OBJETO DE INVESTIGACIÓN Y CAMPO DE ACCION
Objeto de Investigación;
Derecho Municipal.
Campo de Acción.;
El ejercicio de la facultad normativa en las materias de competencia del GAD. Municipal
de Latacunga mediante la expedición de ordenanzas.
LÍNEA DE INVESTIGACIÓN
El presente tema se encuentra contemplado en la línea de responsabilidad Social y
Compromiso ciudadano.
6
OBJETIVOS:
OBJETIVO GENERAL:
Diseñar un proyecto de Ordenanza Municipal que valide la aprobación, funcionamiento,
disolución, obtención de la personería jurídica de los clubes deportivos básicos barriales
y/o parroquiales del Cantón Latacunga, así como el proveer recursos económicos para
financiar la planificación, organización, fomento, desarrollo y masificación del deporte
recreacional.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
- Fundamentar científicamente la legislación que compete al Estado Ecuatoriano,
Municipio, federaciones deportivas de ligas deportivas barriales y parroquiales, en
lo referente al deporte.
- Procurar el diálogo entre actores, organizadores y dirigentes deportivos del deporte
barrial y parroquial.
- Desarrollar los componentes para el proyecto de ordenanza municipal que valide la
aprobación, funcionamiento, disolución y obtención de la personería jurídica de los
clubes deportivos básicos barrial y/o parroquial del canon Latacunga.
IDEA A DEFENDER:
La elaboración de un proyecto de ordenanza para que el Gobierno Autónomo
Descentralizado de Latacunga asuma las competencias del Ministerio del Deporte y pueda
otorgar la aprobación de la personería jurídica, el funcionamiento y la disolución de los
clubes deportivos básicos barriales y parroquiales y Liga deportivas barriales y
parroquiales del Cantón Latacunga y de esa manera que sean personas jurídicas, a fin de
que puedan ejercer los derechos constitucionales y legales.
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VARIABLE INDEPENDIENTE:
Anteproyecto de Ordenanza Municipal que valide la aprobación, funcionamiento,
disolución y obtención de la personería jurídica de los clubes deportivos básicos barriales y
parroquiales, ligas deportivas barriales y parroquiales del cantón Latacunga.
VARIABLE DEPENDIENTE:
Derechos Constituciones que protegerá, promoverá y coordinará la cultura física que
comprende el Deporte, la Educación Física y la Recreación como los artículos 381 de la
Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con el art. 264 del mismo
cuerpo legal.
JUSTIFICACIÓN DEL TEMA
En el Cantón Latacunga se ha llegado a la masificación con el deporte recreacional,
regentado por el deporte barrial y parroquial, podemos observar que semana tras semana
niños jóvenes, adultos, adultos mayores realizan la práctica del deporte, que en la presente
tesis se dará un enfoque de manera especial, que se organiza en diferentes ligas barriales y
parroquiales, las mismas que suman veinte siete ligas, de las cuales diez son ligas
parroquiales y diecisiete ligas barriales, y de acuerdo a las investigaciones realizadas a los
dirigentes de la Federación Provincial de Liga Deportivas Barriales y Parroquiales de
Cotopaxi ( FEDEPROBAC), estos organismos deportivos abarcan a treinta y cinco mil
deportistas, de los cuales veinte siete mil setecientos setenta y dos deportistas están
inscritos en los registros de Fedeprobac; debiendo recalcar que son los dirigentes de los
organismos deportivos y los propios jugadores quienes corremos con los gastos que
demanda el poder hacer práctica deportiva, ya que nosotros mismos pagamos los
uniformes, valores de inscripción, garantías, arbitraje, hidratación, movilización, entre
otros gastos, sin que ningún organismo seccional, apoye al deporte recreacional; por estos
antecedentes, se me ha motivado realizar mi investigación y facilitar este proyecto de
ordenanza, a fin de que el GAD Municipal del Cantón Latacunga, asuma las competencias
deportivas, otorgue los acuerdos municipales, reconociendo la existencia de los organismos
8
deportivos, para que gocen de personería jurídica; y, en dicha ordenanza hagan constar en
el presupuesto una partida para infraestructura deportiva y otra para la ejecución de la
actividad deportiva y recreacional conforme así consta en la redacción del proyecto de
ordenanza.
METODOLOGÍA A EMPLEAR
MÉTODOS
- Histórico –Lógico: Porque nos permite desarrollar los antecedentes del Deporte barrial y
parroquial, la estabilidad deportiva y los derechos de los deportistas, ya que el problema
de no tener un club deportivo básico o una liga deportiva debidamente constituidas
se ha venido dando desde hace mucho tiempo atrás,
- Inductivo – Deductivo: Nos permite establecer la relación de la federación
deportiva barrial y parroquial de Cotopaxi sobre el deporte barrial y parroquial
conjuntamente con el proceso legislativo del GAD MUNICIPAL DE
LATACUNGA.
- Analítico - Sintético: Estos métodos nos permite dar origen a las características
generales, y a la vez reunir las partes divididas del análisis del deporte barrial y
parroquial, como también el proceso legislativo del GAD. MUNICIPAL DE
LATACUNGA.
TÉCNICAS:
Es necesaria la aplicación de técnicas, que en este caso utilizamos, la encuesta es una
técnica que me permitirá obtener datos de varias personas, cuyas opiniones serán de gran
importancia para la creación de esta ordenanza.
HERRAMIENTAS DE LA INVESTIGACIÓN:
Cuestionario.
9
DESCRIPCION DE LA ESTRUCTURA DE LA TESIS: ESQUEMA DE
CONTENIDOS:
EPÍGRAFE I:
En el primer epígrafe hablamos sobre El ministerio del deporte su misión, visión sus
objetivos, la cultura física y recreacional
EPIGRAFE II:
Se ve la definición, historia, misión, organización de la Federación Provincial de Ligas
Barriales y Parroquiales de Cotopaxi (FEDEPROBAC), funciones y servicios, los derechos
que obtendrían los clubes deportivos básicos barriales y/o parroquiales al momento de
obtener su personería jurídica, el presupuesto que les otorga el Ministerio del Deporte , la
evolución histórica, su desarrollo e integración del deporte barrial y parroquial en el
Cantón Latacunga, fundamentándose en la CONSTITUCION DE LA REPUBLICA, La
Ley del Deporte, el COOTAD, el Reglamento a la Ley del Deporte, y el Reglamento
Unificado de Fedeprobac.
EPÍGRAFE III:
Se ve la definición de persona jurídica, y se conoce el procedimiento que los clubes
deportivos básicos barriales y/o parroquiales deberán seguir para obtener su personería
jurídica, y el derecho comparado con Argentina, México y Chile
EPÍGRAFE IV:
Se abordó un análisis jurídico normativo de la Constitución, Leyes, y Reglamentos que
tengan relación con el tema propuesto.
10
APORTE TEÓRICO, SIGNIFICACIÓN PRÁCTICA Y NOVEDAD CIENTÍFICA.
Aporte Teórico.-
Es la fundamentación teórica de la naturaleza esencial del deporte barrial y/o parroquial en
su contexto en la Constitución del Ecuador, en la Ley del Deporte, Cultura Física y
Recreación, el Reglamento la Ley del Deporte, Cultura Física y Recreación, las
Resoluciones del Ministerio del Deporte, Estatuto y Reglamentos de Fedeprobac.
Significación Práctica
Este trabajo de investigación sirve en la práctica, para que los clubes deportivos básicos,
las ligas barriales y parroquiales de la Ciudad de Latacunga, realicen los trámites
pertinentes con la ayuda de los miembros del GAD Municipal y de Fedeprobac, para ser un
club deportivo básico barrial y/o parroquial y una liga deportiva, legalmente constituidas
con su personería jurídica y así poder gozar de los beneficios legales.
Novedad Científica.-
Aportar teórica y científicamente, a fin de que se cumpla con lo dispuesto en el artículo
381 de la CONSTITUCION DE LA REPUBLICA, en el la Ley del Deporte y en especial
la Ordenanza Municipal, al incorporar que los clubes, ligas barriales y parroquiales
obtengan su personería jurídica.
11
CAPÍTULO I: MARCO TEÓRICO.
EPÍGRAFE I
1.1 MINISTERIO DEL DEPORTE
1.1.1 DEFINICION
Es la cartera de Estado encargada del deporte del Ecuador. Surgió durante el gobierno de
Rafael Correa como una escisión del antiguo ministerio de educación, cultura y deportes.
Al ser el Ministerio del Deporte un ente creado por el Estado, está inmerso directamente
con el desarrollo físico y psicológico de las sociedad en general, por cuanto el deporte es
una actividad que la ejercemos las personas de todas las edades y de distinto género,
tomando en consideración que esta institución es la encargada en regular las actividades
deportivas sean estas formativas o recreativas, por lo que ejerce una administración con
transparencia y eficacia.
Al ser el Ministerio del Deporte el ente regulador de las actividades físicas y deportivas, se
convierte en un organismo generador del buen vivir, derecho que precautela nuestra
Constitución de la República, por lo que la mencionada Institución establece políticas y
estrategias que las considera necesarias a fin de obtener buenos frutos, para de esa manera
cumplir con sus objetivos.
1.1.2 OBJETIVOS DEL MINISTERIO DEL DEPORTE
El Ministerio del Deporte, ha establecido ciertos lineamientos para cada tipo de actividad
deportiva, a fin de aplicarlos como un mecanismo que nos lleve al perfeccionamiento de
los fundamentos técnicos necesarios para una buena práctica deportiva.
Con la práctica deportiva, se busca mejorar la calidad de vida de las personas, y por ende
su educación, por cuanto al efectuar actividad física se produce empeño en el desarrollo
12
mental, tomando en consideración que se implanta el hábito deportivo en las nuevas
generaciones, que conforman un grupo vulnerable, el mismo que requiere de mucha
atención por parte del Estado, por lo que a través de este ministerio, se busca optimizar los
recursos que el gobierno proporciona, pese a que en muchos casos se recurre a la
autogestión de los directivos a fin de brindar una mejor recreación en las personas.
El Ministerio busca incentivar la práctica deportiva en las personas, para de esa manera,
procurar que la sociedad se enmarque en actividades que no sean nocivas para la salud, y a
su vez, desarrollar en las personas valores cívicos y morales, que ayuden al
engrandecimiento de la sociedad, porque de esa manera se podrá obtener ciudadanos con
una excelente formación integral, basada en planes de enseñanza dirigida, la misma que
debe ser apegada a la actividad física.
Con la actividad Física y por ende deportiva se busca sembrar conciencia en la sociedad en
general, sobre la importancia que conlleva el ejercicio, y los lasos que se pueden unir sin
importar el grupo social, visualizando el desarrollo nacional e internacional de acuerdo a la
realidad socio-político-económico y cultural del país, precautelando el sumak kawsay de
las personas, garantizando de esta manera sus derechos Constitucionales.
El Ministerio del Deporte al ser conocedor de las actividades recreativas que son
practicadas en todos y cada uno de los barrios, parroquias, ciudades y por ende provincias
de nuestro país, busca fomentar los juegos recreativos, utilizando los espacios físicos que
ofrece nuestra naturaleza, los mismos que en muchos casos no presta las condiciones
necesarias, por lo que es necesaria la ayuda que puede brindar esta institución, a fin de
poder adecuar los escenarios deportivos, cubriendo las necesidades que requiere el deporte
recreativo, puesto que al no poseer personería jurídica, no puede acceder a la ayuda que
brinda el Ministerio, por lo que siempre se recurre a la autogestión de los representantes de
cada uno equipos, en las diferentes actividades deportivas recreativas que realizan.
Como también se busca brindar atención médica especializada en medicina deportiva, a las
personas que practiquen cualquier tipo de actividad física, para de esa manera asesorar en
mecanismos que pueden ser utilizados para la prevención de lesiones, por lo que se
13
impulsa la investigación científica, vinculada a ciencias aplicadas al deporte, a fin que, se
puede realizar práctica deportiva recreativa o formativa de una manera adecuada,
precautelando la integridad física de los deportistas, y de esa manera no permitir su
deslinde del deporte, y al contrario involucrar a la población a realizar actividad física,
gracias a lo cual los deportistas pueden dar a conocer sus talentos, los mismos que pueden
ser apreciados por la sociedad, lo cual puede conllevar al nacimiento de un semillero
deportivo.
Gracias al Ministerio del deporte, en la ciudad de Latacunga, existe un Centro Médico
Deportivo, al cual pueden acceder los deportistas de los Clubes que posean su personería
Jurídica, lo cual junto a la entrega de alícuotas a los clubes jurídicos, es un mecanismo muy
acertado por el Ministerio, q a fin de incentivar en los Clubes del cantón a ser Jurídicos,
con lo que estaría cumpliendo sus objetivos, por lo que de esa manera se podría tener
regularizados a los clubs recreativos como formativos.
1.2 CULTURA FISICA
1.2.1 DEFINICIÓN DE CULTURA FÍSICA.
Se entiende por cultura física, a las maneras y hábitos de cuidado corporal, mediante la
realización de actividades como el deporte o ejercicios recreativos, que no sólo buscan
la salud del cuerpo, otorgándole actividad que lo aleja del sedentarismo y sus
consecuencias, sino también, persigue la búsqueda de plenitud y bienestar integral del ser
humano, del binomio cuerpo-mente.
1.2.2 LA CULTURA FÍSICA Y TIEMPO LIBRE EN LA CONSTITUCIÓN DE LA
REPÚBLICA.
Tomando en consideración que la práctica deportiva o cultura física está precautelada por
la Constitución de la República de nuestro país en su título VII, capitulo primero, sección
sexta, en los artículos:
14
Art: 381: “El Estado protegerá, promoverá y coordinará la cultura física que comprende el
deporte, la educación física y la recreación, como actividades que contribuyen a la salud,
formación y desarrollo integral de las personas; impulsará el acceso masivo al deporte y a
las actividades deportivas a nivel formativo, barrial y parroquial; auspiciará la preparación
y participación de los deportistas en competencias nacionales e internacionales.
El estado garantiza los recursos y la infraestructura necesaria para estas actividades. Los
Recursos se sujetarán al control estatal, rendición de cuentas y deberán distribuirse en
forma equitativa”1.
Los políticos de paso, amparados en el artículo detallado anteriormente, siempre
mencionan al deporte dentro de sus ofrecimientos o planes de campaña, específicamente al
deporte barrial y parroquial, por cuanto son quienes efectúan actividades recreativas, y por
ende concentra gran número de personas de todas las edades y de distinto género; dentro
de sus ofrecimientos siempre manifiestan, que ayudaran a la obtención de escenarios
deportivos, que ayudarán a la masificación del deporte, que las puertas de las distintas
instituciones públicas a las cuales pretender llegar, siempre estarán abiertas, y al momento
de acudir a ellos, siempre manifiestan que es necesario que sean jurídicos para poderlos
ayudar, que requieren de este requisito fundamental para ser efectuada su petición, sin
darse cuenta, que nuestro país es garantista de derechos, y que ha creado otras instituciones
a las cuales se pueda recurrir cuando las autoridades competentes se niegan a escucharlos.
Por lo cual al respecto creó la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, la cual
junto a los estatutos de la Federación Nacional de Ligas Barriales y Parroquiales del
Ecuador y de las Federaciones Provinciales de Ligas Barriales y Parroquiales, buscan el
desarrollo de la práctica deportiva, y para alcanzar en su totalidad requieren el apoyo de los
gobiernos cantonales respectivamente.
Es por esto que el Ministerio a delegado ciertas competencias a los Gobiernos Autónomos
Descentralizados, como en este caso otorgar la personería Jurídica a los clubs básicos
1Constitución de la República del Ecuador art. 381
2Constitución de la República del Ecuador art. 382
15
deportivos, que ejercen la actividad física recreativa, por lo que, en el cantón Latacunga es
necesaria la creación de una ordenanza, en la cual se establezca la competencia para
Otorgar la personería Jurídica de los Clubes Básicos, como también la disolución de los
mismos de ser el caso, al igual que la renovación de la misma, para de esa manera dar
cumplimiento al mandato Constitucional establecido en nuestra Carta Magna, y los clubs
puedan acceder a los beneficios que otorga el Ministerio del deporte y el Estado en general.
1.2.3 AUTONOMIA DE LAS ORGANIZACIONES DEPORTIVAS:
El Ecuador es un Estado Garantista de Derechos, y como tal ha otorgado cierta autonomía
a varias organizaciones, entre ellas las deportivas, es por esto que dentro de nuestra
Constitución, existe el siguiente artículo:
Art. 382: “Se reconoce la autonomía de las organizaciones deportivas y de la
administración de los escenarios deportivos y demás instalaciones destinadas a la práctica
del deporte, de acuerdo a la ley”2.
Con lo expuesto tenemos otro motivo por el cual es necesaria la creación de una
ordenanza, para que los clubs puedan obtener la personería jurídica, y de esta manera
exigir al GAD Municipal de Latacunga, se otorgue la administración de los escenarios
deportivos existentes en el cantón y que se encuentran bajo la administración del GAD de
esta ciudad, para que de esta manera se convierta en un medio por el cual los equipos y por
ende ligas barriales como parroquiales puedan tener ingresos económicos, que les permitan
ayudar a solventar los gastos que requiere la práctica deportiva, y de esta manera a través
de la autonomía que otorga la Constitución, sean ellos quienes administren los recursos que
pueden obtener gracias a la personería jurídica que otorgue el Municipio, la misma que se
obtendrá con la creación de una ordenanza que así lo disponga.
Ya que actualmente al no ser clubs jurídicos, los campeonatos que se organicen en las
disciplinas deportivas que organiza la matriz del deporte barrial FEDEPROBAC, deben
solventar por cuenta propia y en el mejor de los casos con colaboraciones o mejor
conocido como auto-gestión de los dirigentes; pese que la Constitución otorga autonomía,
16
los clubs deben adecuar terrenos baldíos, o arrendar un determinado inmueble a fin de
efectuar actividad deportiva, y teniendo escenarios que no son ocupados en actividades
para las cuales son creados, y que al momento de acercarse a la institución que se
encuentra cargo de su administración, no se obtiene respuestas positivas, y al contrario lo
que se recibe es que se justifique la existencia real del clubs, esto es con el acuerdo
ministerial, el mismo que no se lo ha obtenido ya que la Municipalidad no asume las
competencias que establece el Ministerio del Deporte.
1.2.4 El TIEMPO LIBRE:
Se garantiza el derecho de las personas y de las colectividades al tiempo libre, la
ampliación de las condiciones físicas, sociales y ambientales para su disfrute, y la
promoción de actividades para el esparcimiento, descanso y desarrollo de la personalidad.
Buscando como objetivo que las personas en general utilicemos el tiempo libre en
actividades productivas para la salud y por ende para la sociedad, por lo que, es necesario
la creación de escenarios en los cuales se pueda realizar actividades saludables para la
salud, es decir para la práctica deportiva, buscando que se utilice el tiempo libre de buena
manera, realizando actividades lícitas en beneficio de la sociedad.
1.2.5 LA RECREACION:
Es todas aquellas actividades y situaciones en las cuales está puesta en marcha la diversión,
como así también, a través de ella la relajación y el entretenimiento. Son casi infinitas las
posibilidades de recreación que existen hoy en día, especialmente porque cada persona
puede descubrir y desarrollar intereses por distintas formas de recreación y divertimento.
La recreación y el tiempo libre son dos elementos que van de la mano, por cuanto al
recrearse se realiza actividades innumerables, tomando en consideración que todas ellas
son deportivas, que emplean la actividad física; y, al estar estos dos elementos enmarcados
en la Constitución de República de nuestro país, deben ser respetados por todos los
ciudadanos, por lo que, es necesario que se promueva la recreación en los tiempos libres, lo
17
cual se pudiera efectuar, si existieran escenarios q brinden mejores comodidades a las
personas, dar facilidades para la realización de campeonatos de deportes recreativos; varios
clubs buscan fomentar en sus respectivas ligas la práctica deportiva, por lo que al amparo
de lo dispuesto en nuestra Constitución, buscan ser oídos por las Instituciones Públicas
correspondientes, las cuales no los apoyan por no obtener su personería jurídica.
EPÍGRAFE II
2.1 FEDEPROBAC FEDENALIGAS Y EL DEPORTE BARRIAL Y
PARROQUIAL.
Es el organismo rector de la provincia de Cotopaxi que regula la Actividad Física y el
Deporte recreacional, que define las políticas, los objetivos y las estrategias del sector,
como generador del buen vivir; por ende protege, promueve y coordina el deporte, la
educación física y la recreación como actividades para la formación integral de las
personas cotopaxenses; es por esto que FEDEPROBAC, procura fortalecer y masificar el
deporte barrial, parroquial basados siempre en la recreación.
Al ser FEDEPROBAC la matriz del deporte barrial en Cotopaxi, alberga a cientos de ligas
a nivel provincial, miles de deportistas de todas las edades y género, por cuanto su único
objetivo es efectuar actividades en bien de la salud.
FEDEPROBAC busca engrandecer el deporte en la provincia, por lo que acude a cada uno
de los GAD Municipales de las distintas ciudades, a fin de buscar ayuda para cada uno de
los clubs y ligas que conforman esta Institución, encontrándose con la ingrata sorpresa que
para poder otorgar ayuda económica lo pueden hacer a través de una partida
presupuestaria, y, que para lo cual requieren que tanto los clubs como la liga a la que
pertenecen posean su personería Jurídica; cabe recalcar al respecto, que en varios cantones
los GAD Municipales han creado las ordenanzas por medio de las cuales han tomado las
competencias otorgadas por el Ministerio del Deporte, y otorgan la personería jurídica a los
clubs de cada uno de sus cantones; da mucha pena manifestar que en esta ciudad de
Latacunga no sucede lo mismo.
18
Cada vez que FEDEPROBAC acude al GAD Municipal de este cantón, en busca de ayuda
para sus clubs y ligas pertenecientes a Latacunga, se encuentran con la ingrata sorpresa que
les requieren la personería Jurídica, y al no poseerla no pueden ser beneficiados de los
recursos que otorga el Estado, y al momento que FEDEPROBAC solicita que el GAD
Municipal tome las competencias que otorga el Ministerio del Deporte en base a la
descentralización de funciones, la respuesta que se recibe es la negativa por parte de las
autoridades municipales, claro que no son todas, por cuanto existen concejales que apoyan
el pedido de Fedeprobac, por lo que he tomado esta iniciativa a través de mi tesis de grado,
en solicitar la creación de esta ordenanza de mucha importancia para los clubs y ligas de
mi cantón, por cuanto al ser un deportista y estar inmerso en esta actividad tengo la
oportunidad de conocer a fondo la realidad del deporte recreativo barrial y parroquial.
La matriz del deporte barrial y parroquial de Cotopaxi, está prestando las facilidades en la
investigación para la realización de mi tesis, por lo que es otro medio a través del cual
conozco más a fondo las necesidades que requieren los deportistas de los distintos clubs y
ligas de mi cantón, y de lo importante que es la creación de una ordenanza en la que se
disponga la toma de competencias otorgadas por el Ministerio del Deporte a fin de que
EL DEPORTE BARRIAL Y PARROQUIAL, OBTENGA SU PERSONERIA JURIDICA
Y POR ENDE ACCEDA LOS DERECHOS ECONOMICOS COMO ASOCIACIONES
DEPORTIVIAS.
2.2 ATRIBUCIONES DE FEDEPROBAC
La federación de Ligas barriales y Parroquiales de Cotopaxi FEDEPROBAC tiene varias
atribuciones, que las otorga tanto la Ley del Deporte como el reglamento de la Federación
Provincial de Ligas Barriales y Parroquiales del Ecuador FEDENALIGAS.
Una de ellas es la Masificación del deporte y recreación de sus asociados y la comunidad
en general, buscando como único fin el bien común de sus deportistas, tomando en
consideración que aquí intervienen desde los ms pequeños hasta el más grande de los
Latacungueños, tanto en hombres como mujeres.
19
Recalcando lo expuesto anteriormente FEDEPROBAC ejerce la representación del deporte
barrial y parroquial de Cotopaxi, ente los poderes públicos y organismos deportivos
provinciales, nacionales e internacionales, por lo que acude hacia las autoridades a fin de
buscar ayuda para el desarrollo deportivo de sus ligas filiales.
Como Matriz del Deporte Barrial se encarga en la organización en forma oficial, de las
competencias deportivas a nivel provincial, para que cada uno de los cantones se acoja al
cronograma que se realiza para el efecto, y de esta manera conformar las selecciones
deportivas, que sean las que representen a la provincia en los campeonatos nacionales.
Se encargan en elaborar los Reglamentos necesarios para las distintas disciplinas, por lo
que ha sido necesario del fichaje de todos los deportistas que actúan en cada de sus filiales,
a fin de poder tener un control exhaustivo de cada integrante de los clubs, cuando haya
infringido alguno de los reglamentos que se realizan.
En caso de que alguna de las ligas o clubs filiales a FEDEPROBAC, deseen realizar
confrontaciones deportivas dentro de la provincia, del país o en el exterior, esta institución
provincial es la encargada en otorgar el permiso correspondiente, para de esta manera,
saber el nivel preparativo que posee cada uno de sus clubs y sus ligas, lo que es muy
beneficioso al momento de representar a la provincia en los distintos campeonatos que
organiza la Matriz nacional del Deporte Barrial.
Por lo expuesto FEDEPROBAC acude al GAD Municipal a fin de que promueva y apoye
el desarrollo cultural, artístico, deportivo y de recreación, en el cantón coordinando con
instituciones públicas o privadas afines, precautelando el Sumak Kawsay o sea el buen
vivir de los ciudadanos Latacungueños, y porque no decirlo a nivel nacional.
2.3 HISTORIA DE FEDEPROBAC Y LIGAS BARRIALES
2.3.1 HISTORIA DE FEDEPROBAC
20
Un día lleno de mucha emoción y alegría se creó una Institución muy valiosa para los
deportistas, ya que de esta manera iban a tener la oportunidad de ser guiados dentro del
desarrollo de actividades deportivas recreativas que siempre se las han practicado, pero no
han tenido mayor trascendencia que la local, es por esto que el 25 de mayo de 1990, se
funda FEDEPROBAC, con la participación de 4 Ligas filiales: Latacunga, Eloy Alfaro,
Mulaló y Guaytacama; seguidamente se afilian Ligas Barriales: La Merced, Ignacio Flores,
Juan Montalvo, San Buenaventura, Las Parcelas, San Vicente, San Francisco, Cajón
Veracruz, San Agustín de Callo, Tanicuchí, Pautan, José Guango Alto y Santa Ana de
Mulliquindil del Cantón Salcedo.
Actualmente FEDEPROBAC, cuenta con cinco federaciones cantonales, accionar que se
ha conseguido gracias a la masificación del deporte recreacional llegando a conformar las
Federaciones Cantonales en: Salcedo, Pujili, La Maná, Saquisilí y Sigchos, siendo la
FEDEPROBAC quien está hecho cargo de la organización en el cantón Latacunga por ser
cabecera cantonal y cuenta con dieciséis ligas filiales.
FEDEPROBAC alcanza la vida jurídica el 31 de octubre del 2002, el entonces Ministerio
de Educación, Cultura, Deportes y Recreación, por intermedio del Consejo Nacional de
Deportes, otorga el Acuerdo Ministerial # 070-01, con lo cual FEDEPROBAC es
reconocida con personería Jurídica.
FEDEPROBAC actualmente en el cantón Latacunga, cuenta con 10 ligas jurídicas que son:
Liga Latacunga, Eloy Alfaro, La Merced, Juan Montalvo, San Vicente, Ignacio Flores, Las
Parcelas, San Agustín de Callo, Pilacoto, Guaytacama; y, 7 no jurídicas: Liga San
Francisco, San Buenaventura, Tanicuchí, Patutan, José Guango Alto, Mulaló, San Pedro.
Este Directorio alcanzado del H. Consejo Provincial de Cotopaxi, entregue en Comodato
un terreno ubicado en el barrio La Laguna, para que se utilice para la construcción de su
sede social.
De la misma manera se logró que en el presupuesto del I. Municipio de Latacunga se haga
constar una partida presupuestaria de $ 30.000, dólares que servirán para la construcción
21
de la sede de FEDEPROBAC, ojo que este presupuesto se pudo conseguir, ya que esta
Institución posee personería jurídica conforme se lo manifestó anteriormente.
2.3.2 HISTORIA DE LAS LIGAS BARRIALES.
El deporte barrial es muy antiguo en este cantón, desde sus inicios ha albergado a un sin
número de deportistas de varias edades, los cuales habían llegado al consenso de formar
una liga que sea quien los albergue, y por ende guíe y controle en el desarrollo de sus
actividades, es por esto que conforman la Liga Latacunga, la misma que al ver que tuvo
gran acogida por la ciudadanía, sus directivos e integrantes deciden hacerla Jurídica, es por
esto que Liga Latacunga es fundada el 9 de agosto de 1978, y considerada como Entidad
Jurídica según Acuerdo Ministerial # 703-88, es considerada la Liga pionera del deporte
barrial de Cotopaxi, de esta Institución nacieron Ligas como La Merced, San Francisco,
Eloy Alfaro, Juan Montalvo, Ignacio Flores.
Posteriormente Liga Eloy Alfaro es fundada el 27 de junio de 1984, Entidad Jurídica según
Acuerdo Ministerial # 275-01, está ubicada en el barrio San Felipe de la parroquia Eloy
Alfaro, es la segunda Liga Barrial en fundarse en la ciudad de Latacunga.
Liga La Merced, fue Fundada el 28 de mayo de 1991, entidad Jurídica según Acuerdo
Ministerial # 526-02, la misma que está ubicada en el barrio La Merced, parroquia Matriz.
El 12 de mayo de 1991, es fundada Liga Las parcelas, que posee vida jurídica según
acuerdo ministerial # 292-04, y que está ubicada en el barrio Las Parcelas de la parroquia
Once de Noviembre.
De igual manera Liga Ignacio Flores es fundada el 19 de marzo de 1994, considerada como
entidad jurídica según acuerdo ministerial # 075-03; se encuentra ubicado en el barrio La
Laguna de la parroquia Ignacio Flores.
22
Liga Juan Montalvo fue creada el 31 de marzo 1995, obtiene personería jurídica según
acuerdo ministerial # 092-02, se encuentra ubicada en el barrio San Martín de la Parroquia
Juan Montalvo.
El 3 de septiembre de 1995, se funda la Liga san Vicente, con entidad jurídica según
acuerdo ministerial # 141-01, se encuentra ubicada en el barrio San Vicente de la parroquia
Poaló.
Liga San Agustín de Callo es fundada el 1 de junio de 1990, con vida jurídica por acuerdo
ministerial # 291-04, su primer presidente fue el señor Cornelio Toapanta, se encuentra
ubicada en el barrio San Agustín de Callo parroquia Mulaló.
Las ligas mencionada poseen su Personería Jurídica, la misma que debe ser actualizada
conforme así lo refiere el Ministerio del Deporte, puesto que, como se puede constatar son
acuerdos ministeriales otorgados hace varios años.
A continuación detallaré, algunas de las ligas que de igual manera conforman la matriz del
deporte barrial en el cantón Latacunga, mismas que lamentablemente no poseen vida
jurídica, por lo que FEDEPROBAC, busca ayudarlas en su desarrollo, incentivando a la
obtención del acuerdo Ministerial que se requiere, tomando en consideración que son ligas
que llevan su trayectoria, pero por no poseer los recursos suficientes, no han logrado su
anhelado objetivo que es ser Jurídicos, ya que actualmente el trámite se lo debe realizar en
directamente en el Ministerio del Deporte, esto es en la ciudad de Quito, y que por ser
clubs que no poseen recursos suficientes, no logran cubrir los gastos que demanda tramitar
su personería jurídica en otra provincia.
Liga San Buenaventura, de igual manera fue fundada el 14 de enero de 1993, esta liga se
encuentra ubicada en la Parroquia San Buenaventura.
Liga San Francisco creada el 20 de junio de 1995, se encuentra ubicada en la parroquia
Matriz.
23
Liga Joseguango Alto ha sido creada el 13 de septiembre de 1997, y se encuentra ubicada
en el barrio José Guango Alto de la parroquia Mulaló.
Liga San Lorenzo de Tanicuchi fue Fundada el 09 de enero de 1988, se encuentra ubicada
en la parroquia Matriz.
Liga Patutan.- creada el 01 de diciembre del 2002, y se encuentra ubicada en la comuna
Patutan de la parroquia Eloy Alfaro.
Liga Mulaló.- Fundada el 31 enero de 1981, su primer presidente fue el señor Wilson
Espinosa, y se encuentra ubicada en la parroquia Mulaló.
2.4 EL DEPORTE
2.4.1 DEFINICON Y CONCEPTOS
Dentro de la sociedad en general se conoce al deporte como la actividad física que
realizamos las personas, que conlleva el empleo de fuerza, y el contacto directo con la
naturaleza, por cuanto existen actividades que se desarrollan en el campo, que requieren
del uso de los recursos naturales, y que por ende es muy beneficioso para la salud de las
personas en general.
A continuación daré a conocer, definiciones y conceptos otorgados por varios tratadistas, y
entendidos en la materia, y posterior a definiciones otorgadas por deportistas y personas
que han efectuado algún tipo de deporte:
Según la enciclopedia el deporte es: “Toda aquella actividad que se caracteriza por tener un
conjunto de reglas y costumbres, a menudo asociadas a la competitividad, por lo general
debe estar institucionalizado (federaciones, clubes), requerir competición con uno mismo
o con los demás, y tener un conjunto de reglas perfectamente definidas”.
24
Como termino solidario, el deporte se refiere normalmente a actividades en las cuales la
capacidad física, pulmonar del competidor son la forma primordial para determinar el
resultado; por lo tanto, también se usa para incluir actividades donde otras capacidades
externas o no directamente ligadas al físico del deportista son factores decisivos, como la
agudeza mental o el equipamiento.
Para miembros de FEDEPROBAC, el deporte se refiere a la recreación, pasatiempo,
diversión o ejercicio físico, que efectuamos las personas, y que por lo común se efectúan al
aire libre, manejándose el conocido refrán de EN CUERPO SANO MENTE SANA.
2.4.1.2 CLASES DE DEPORTES QUE SE PRACTICA A NIVEL BARIAL Y
PARROQUIAL DEL CANTON LATACUNGA
Dentro del cantón Latacunga, siguiendo el cronograma establecido por FEDEPROBAC, se
desarrollan en el transcurso del año, las siguientes actividades:
Futbol masculino y femenino
Ajedrez
Baloncesto masculino y femenino
Futsala Masculino y femenino
Futbol sub. 12
Atletismo
Ecua vóley masculino y femenino
Tenis de mesa
Futbol Master
Pelota Nacional
Como lo pueden apreciar, son actividades que para su realización, requieren de diversos
escenarios, que presten las condiciones necesarias o por lo menos básicas, y que
desgraciadamente no las tienen, por lo que se ven en la necesidad de improvisar escenarios
deportivos, a fin de cumplir y recrearse en las actividades que les gusta.
25
2.4.1.3 FEDENALIGAS
Al ser la Matriz Nacional Del Deporte Barrial en el Ecuador, alberga en su seno a
deportistas de todas las provincias, los cuales siempre están bajo su control, es por esto que
vela por el normal desarrollo de las actividades que organiza, y las mismas se derivan a las
distintas provincias del país.
Fedenaligas busca mejorar la calidad de vida de los habitantes del Ecuador, mediante la
práctica deportiva y recreacional, tratando de ayudar a la adecuación de los escenarios
deportivos, golpeado siempre las puertas de las autoridades locales respectivamente.
De igual manera Procurar el bienestar social de la ciudadanía, por lo que realiza distintos
campeonatos en varias disciplinas, con el fin de que participen la ciudadanía en general,
buscando la integración con el sano esparcimiento, para de esta manera promover el
cuidado de la salud personal, razón por lo que FEDENALIGAS posee un lema muy lindo
el mismo que es: “DEPORTE Y RECREACION PARA EL MEJORAMIENTO DE LA
CALIDAD DE VIDA”.
FEDENALIGAS busca promover el aparecimiento de nuevos talentos deportivos, lo cual
es algo muy beneficioso para los deportistas, ya que es desde aquí de donde surgen grandes
estrellas, como es el caso de Antonio valencia, un joven deportista que se inició en el
deporte recreativo barrial y parroquial de Sucumbios, a través del cual dio a conocer sus
habilidades.
La matriz del deporte barrial a nivel nacional busca procurar el fortalecimiento
institucional y la tecnificación de los procesos organizativos de sus filiales, razón por la
cual siempre supervisa a sus filiales, a través de los informes en los que se dé a conocer
cada una de las actividades desarrolladas.
Al ser la entidad Matriz a nivel país, representa al deporte barrial y parroquial ante los
poderes públicos, esto es, ante la Secretaria Nacional de cultura física, Deporte y
Recreación, más conocida como SENADER, al igual que ante gobiernos seccionales y
26
ante los organismos deportivos nacionales e internacionales, entre ellos el Ministerio del
Deporte.
2.5 FUNDAMENTOS SOCIOLOGICOS
El secreto para que un país se desarrolle de una manera óptima, es que su sociedad se
encuentra limpia, y no infectada por los famosos virus de delincuencia, prostitución, que
son dos de los impedimentos reconocidos por todas las personas que truncan el adelanto de
nuestra población y por ende del País; es por eso que los padres de familia buscan medios,
a través de los cuales sus hijos puedan realizar actividades saludables, que promuevan el
interés social, para que poco a poco, se pueda incurrir en el buen camino a las sociedades
venideras, para así lograr el cambio de actitud de las personas, y poder eliminar los virus
que infectan a la sociedad, truncando nuestro desarrollo.
Como se lo puede ver en los medios de comunicación, el deporte barrial está siendo
practicado por personas de todas las edades, por lo cual, los más pequeños son los más
entusiastas, quienes de una u otra manera crean en los grandes el interés para la práctica
deportiva, logrando que por lo menos los días de deporte la familia se mantenga unida, y
realicen actividades buenas para la salud, y evitar que los jóvenes realicen actividades que
traigan repercusiones negativas para sí mismo y para a sociedad.
2.6 FUNDAMENTOS ECONOMICOS
La salud de las personas como derecho primordial de las personas debe ser salvaguardada
por el estado, por lo cual es del Estado de quien depende se genere los recursos necesarios
para la práctica deportiva, y de esa manera, poder incentivar cada vez más a las personas
para que hagan deporte, buscando tener una salud óptima.
Es por esto que con el presente ante-proyecto de ordenanza Municipal, busco ayudar a los
deportistas para que a través de los dirigentes del deporte barrial se les pueda asignar una
27
partida presupuestaria con la misma que puedan cubrir necesidades que tiene el deporte
barrial y parroquial y por ende de los deportistas.
EPÍGRAFE III
3.1 LAS PERSONAS JURIDICAS Y DERECHO COMPARADO
3.1.1 DEFINICION
Para tener una gran referencia de lo que son las personas Jurídicas, es necesario acudir
fuentes confiables conocedoras del tema, como es el Código Civil, y el diccionario de
Cabanellas, los cuales detalladamente daré a conocer a continuación:
Según el art. 564 del Código Civil vigente: “Se llama persona jurídica una persona ficticia,
capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles y de ser representada judicial y
extrajudicialmente.”5
En el diccionario de Cabanellas manifiesta que, “La persona legalmente hablando, es todo
ser capaz de tener y contraer derechos y obligaciones. Cuando unos individuos se unen con
el fin de lograr un objetivo en común, dispuestos a cumplir obligaciones y ejercer
derechos, se habla de persona jurídica o moral, un ente ficticio creado por la ley.”6
De las definiciones expuestas, podemos entender que las personas Jurídicas son entes
capaces de ejercer derechos y contraer obligaciones, los mismos que deben estar
debidamente representados.
3.1.2 CLASES DE PERSONAS JURIDICAS:
Existen dos tipos de personas jurídicas.
1) Personas jurídicas de derecho público: Aquéllas que representan a la Autoridad en
sus funciones administrativas (el Estado, las Municipalidades, etc.).
28
2) Personas jurídicas de derecho privado: Aquéllas que dependen de la iniciativa
particular, siendo de dos tipos:
a) Las que persiguen fines de lucro llamadas sociedades civiles y comerciales.
b) Las que no persiguen ganancias, como las corporaciones y las fundaciones.
3.2 DERECHO COMPARADO
3.2.1 PERSONA JURIDICA EN ARGENTINA
A continuación daré a conocer lo que varios tratadistas de países en los cuales se efectúa el
deporte barrial y parroquial, consideran como personas jurídicas, a los clubs y ligas
respectivamente, al igual que de manera general.
Según el tratadista argentino Freitas acerca de las personas jurídicas manifiesta que:
Los artículos 31 y 32 del código civil mencionan de persona ideal y personas jurídicas: el
artículo 31 dice que.- las personas son de una existencia ideal o de una existencia visible.
Pueden adquirir los derechos, o contraer las obligaciones que este código regla en los
casos, por el modo y en la forma en que determina. Su capacidad o incapacidad nace de esa
facultad que en los casos dados les conceden o niegan leyes, mientras que el artículo 32
señala todos los entes susceptibles de adquirir derechos, o contraer obligaciones que no
son personas de existencia visible, son personas de existencia ideal o jurídicas.
Para Freitas estos términos de existencia ideal y personas jurídicas, no son conceptos
sinónimos. Por persona de existencia ideal se designa a todos los entes que no sean de
existencia visible o natural.
Estas personas de existencia ideal se clasifican en públicas y privadas, siendo las primeras
personas jurídicas que requieren autorización del Estado para funcionar, y se dividen en
personas de existencia necesaria y personas de existencia posible.
Las privadas funcionan sin autorización del Estado como las sociedades civiles y
comerciales, etc.
29
Esta clasificación de Freitas si bien es extemporánea, genero el establecimiento de una
distinción ente aquellas cuya existencia depende del otorgamiento de personería y las
sociedades civiles y las comerciales por el otro.
Hay un debate profundo respecto a si personas de existencia ideal y personas jurídicas son
términos sinónimos, y más allá de las apreciaciones de Freitas, la jurisprudencia por un
lado y el articulo 33 del Código Civil por el otro, son absolutamente claros al respecto.
El artículo 33 señala que “Las personas jurídicas pueden ser de carácter público o privado.
Tienen carácter público: 1ro. El Estado Nacional, las provincias y los municipios; 2do. Las
entidades autárquicas; 3ro. La iglesia Católica. Tienen carácter privado: 1ro. Las
Asociaciones y Fundaciones que tengan por principal objetivo el bien común, poseen
patrimonio propio, sean capaces por sus estatutos de adquirir bienes no subsistan
exclusivamente de asignaciones del Estado y obtengan autorización para funcionar; 2do.
Las sociedades civiles y comerciales o entidades que conforme a la ley tengan capacidad
para adquirir derechos y contraer obligaciones, aunque no requieran autorización expresa
del estado para funcionar.
3.2.1.1 PERSONAS DE DERECHO PUBLICO DIFERENCIAS DE PERSONAS DE
DERECHO PRIVADO
Se considera elemente distintivo entre personas jurídicas de derecho público y personas de
derecho privado el origen de la entidad, por cuanto las primeras son creada en forma
particular e individual por una ley especial, mientras que en las segundas nacen de la
voluntad de sus miembros o de su fundador.
Pero como toda regla existe una excepción en este caso lo constituye la Iglesia que por un
sentido tradicional y costumbrista hay pueblos hay personas que la consideran como
persona de derecho público.
30
Configuran a las personas de derecho público algunas características frecuentes como la
propuesta inmediata, directa y exclusiva de las entidades de un fin de interés público, o la
posesión o el imperium que les corresponde como integrantes de la administración pública.
Situación distinta ocurre en las personas jurídicas de derecho privado, porque su finalidad
es lograr una ventaja para sus miembros aunque resulte de interés público.
El Estado Nacional o Provincial son las personas jurídicas por excelencia al representar al
conjunto de la sociedad, en su faz organizativa, política, jurídica y económica.
Las municipalidades, más allá de que es necesario una ley para su creación, hay municipios
que son considerados subsistentes al estar constituidos como tales a la feche de la sanción
de la Constitución Nacional.
3.2.1.2 ASOCIACIONES Y FUNDACIONES
Estos entes para funcionar con personería jurídica requieren de un acto de voluntad creador
de la institución, es decir, del acuerdo de los asociados o miembros de las entidades; un fin
de bien común, que estimulen el espíritu de sociabilidad, solidaridad o esparcimiento de
los asociados; necesitan poseer patrimonio propio, ya sea por aportes privados, derivados
de su propia subsistencia o con aportes del Estado, mientras que su funcionamiento no
dependa exclusivamente de esta última, y la autorización del Estado, elemento formal
indispensable para la existencia de la personería jurídica.
Existe una clara diferencia entre asociación y fundación, las primeras son creadas por un
acuerdo de voluntades de varias personas que persiguen un fin de interés común; en
cambio a las fundaciones las crea una persona natural o jurídica que hace una donación o
legado con el objeto que se destine a un cierto fin, fijando las reglas de funcionamiento,
nombrando los administradores.
También existen otras características que los diferencian, primero en las asociaciones el
acuerdo es necesario y en las fundaciones no; segundo en las asociaciones los miembros
son los que gobiernan la entidad, la modifican o las disuelven, mientras que en las
31
fundaciones el gobierno de la entidad lo fija el fundador; tercero, el patrimonio de las
asociaciones tiene un fin específico con la participación de sus miembros, mientras que en
las fundaciones tienen un distinto objetivo en donde sus beneficiarios no son sus
miembros.
3.2.2 PERSONA JURIDICA EN MEXICO
El mexicano el Licenciado Juan Carlos Juárez Martínez (UNAM)
Las personas jurídicas son las diversas agrupaciones asociaciones, corporaciones o
instituciones a las cuales el orden jurídico les concede personalidad, es decir las considera
en posibilidad de ser relacionadas con derechos y obligaciones, también llamadas personas
jurídicas colectivas.
El domicilio.
Las personas jurídicas se consideran como su domicilio el lugar en donde está establecida
su administración
La nacionalidad.
Puede definirse como el conjunto de relaciones jurídicas y políticas que ligan a una
persona con un estado determinado.
La necesidad de su determinación radica en la misma causa del domicilio pero en el orden
internacional. Es la nacionalidad la que determina las leyes aplicables a los nacionales y
extranjeros.
En nuestro país las personas jurídicas son nacionales es decir mexicanas cuando se forman
conforme a nuestras leyes y tienen su domicilio en nuestro territorio.
3.2.2.1 LA CAPACIDAD.
32
En las personas jurídicas la capacidad de goce comprende como origen el reconocimiento
que el orden jurídico les otorga considerándolas como personas para el derecho y tras de
esto consiste en atribuirles todos los derechos de que pueden disfrutar de acuerdo con su
especial naturaleza y los fines o propósitos para los que se organizaron o constituyeron
La capacidad de ejercicio de las personas jurídicas.-
Como éstas no pueden estar sujetas a condiciones de edad o estado mental su capacidad de
ejercicio se considera condicionada al hecho de que el orden jurídico las reconozca y
acepte como personas.
Las personas jurídicas que reconoce nuestro sistema legal son:
Personas jurídicas de derecho público: la federación, los estados que la componen, y los
municipios.
Las personas jurídicas de derecho privado son las sociedades y asociaciones civiles y
mercantiles.
Como pueden actuar en derecho las personas jurídicas?
Dado que la capacidad de ejercicio de las personas físicas se basa principalmente en que en
su mente y su voluntad pueden apreciar la realidad y decidir lo conveniente para el logro
de sus propósitos, como se logra esta situación en las personas jurídicas?
Esto se ha logrado dotándolas de diversos órganos de actuación formados por una o más
personas físicas en los cuales se forman las decisiones necesarias, mientras otros,
representando a la persona jurídica actúan celebrando en su nombre y por su cuenta
diversos actos jurídicos mediante los cuales dichas personas jurídicas pueden crear,
extinguir, modificar o trasmitir sus derechos y obligaciones del mismo modo que lo haría
una persona física.
33
Como por ejemplo en las sociedades mercantiles el órgano que representa una especie de
cerebro de la sociedad que piensa y toma decisiones es la junta o asamblea de sus socios.
Los administradores o gerentes son en cambio los órganos de actuación que contratan y
celebran negocios como representantes de la sociedad los efectos de tales contratos o
negocios en cuanto a sus derechos y obligaciones vienen a perjudicar o beneficiar a la
propia sociedad como si ella efectivamente los hubiere realizado.
3.3 PERSONA JURIDICA EN CHILE
En Chile en la biblioteca nacional del congreso del Chile manifiesta que:
La persona, legalmente hablando, es todo ser capaz de tener y contraer derechos y
obligaciones. Cuando unos individuos se unen con el fin de lograr un objetivo en común,
dispuestos a cumplir obligaciones y ejercer derechos, se habla de persona jurídica o
moral, un ente ficticio creado por la ley.
Como requisito para la creación de una persona jurídica es necesario que surja como una
entidad independiente y distinta de los miembros individuales que la forman y que a esta
entidad le sean reconocidas por el Estado sus derechos y obligaciones. Existen dos tipos de
personas jurídicas:
1) Personas jurídicas de derecho público: Aquéllas que representan a la autoridad en sus
funciones administrativas (el Estado, las municipalidades, etc.).
2) Personas jurídicas de derecho privado: aquéllas que dependen de la iniciativa
particular, siendo de dos tipos:
a) las que persiguen fines de lucro llamadas sociedades civiles y comerciales.
b) las que no persiguen ganancias, como las corporaciones y las fundaciones.
Las corporaciones son personas jurídicas que no persiguen fines de lucro y que están
formadas por un cierto número de personas asociadas para conseguir la realización de un
fin o interés común.
34
Las fundaciones si bien tienen un fin lícito de interés general, éste se realiza por medio de
bienes determinados afectos permanentemente a su consecución. Ambas requieren la
autorización del poder público.
3.3.1 ATRIBUTOS DE PERSONALIDAD DE LAS PERSONAS JURÍDICAS
Atributos de personalidad son aquellas propiedades o características propias a la persona y
que son únicas a cada una de ellas. Estos atributos son:
1) Nombre: Denominación con la cual se distinguen las personas morales. Normalmente
corresponde a la razón social.
2) Domicilio: Corresponde al lugar donde la persona jurídica tiene la administración de su
sociedad.
3) Nacionalidad: Se encuentra regulada por el ordenamiento jurídico.
4) Patrimonio: Son los recursos o medios que les permite a las sociedades realizar sus
fines, sin los cuales no podrían desarrollar sus funciones, pues quebrarían.
3.4 CONCLUSIONES DEL DERECHO COMPARADO ENTRE ECUADOR Y
ARGENTINA, MEXICO Y CHILE
Para poder realizar un análisis me he permitido hacer un estudio comparativo de la
legislación de México, Argentina y Chile con respecto a las personas jurídicas en cada uno
de estos países podemos encontrar que existe una similitud en la definición de persona
jurídica e cada uno de estos países debiendo hacer hincapié que cada uno de las naciones
la clasifica en persona jurídica de derecho público y persona de derecho privado en las
cuales se les clasifica de la siguiente manera de derecho público son: el Estado Nacional,
las Provincias, los Municipios. Mientras que las personas jurídicas de derecho privado son:
Las asociaciones, fundaciones,
Es así como podemos darnos cuenta que tanto en Ecuador como en México, Argentina y
Chile se conoce lo que es persona jurídica sus clasificaciones y definiciones teniendo
como resultado una semejanza entre los cuatro países.
35
EPÍGRAFE IV
4.1 NORMATIVA CONSTITUCIONAL Y LEGAL.
4.1.1 DEFINICIÓN
Art. 28: Gobiernos Autónomos Descentralizados: Cada circunscripción territorial tendrá un
gobierno autónomo descentralizado para la promoción del desarrollo y la garantía del buen
vivir, a través del ejercicio de sus competencias.
Estará integrado por ciudadanos electos democráticamente quienes ejercerán su
representación política.
Constituyen
Gobiernos Autónomos Descentralizados:
a) los de las regiones.
b) los de las provincias.
c) la de los cantones o distritos metropolitanos; y,
d) los de las parroquias rurales.
En las parroquias rurales, cantones y provincias podrán conformarse circunscripciones
territoriales indígenas, afro ecuatorianas y montubias, de conformidad a la Constitución y
la ley.
La provincia de Galápagos, de conformidad a la Constitución contará con un consejo de
régimen de gobierno especial.
36
4.1.2 EL MUNICIPIO
4.1.2.1 NATURALEZA DEL MUNICIPIO
La constitución de la republica del ecuador, en su at. 238 inciso primero, en lo pertinente
estable: “Los gobiernos Autónomos descentralizados gozaran de autonomía política,
administrativa y financiera”.
En el inciso segundo del mismo artículo establece “Constituyen gobiernos autónomos
descentralizados las juntas parroquiales rurales, los consejos municipales, los consejos
metropolitanos, consejos provinciales y consejos regionales.
Cada Cantón constituye un Municipio, por lo es conveniente saber lo que significa un
municipio “El municipio es la sociedad política autónoma subordinada al orden jurídico
constitucional del Estado, cuya finalidad es el bien común local”
4.1.3 FUNCIONES
Artículo29. -Funciones de los Gobiernos Autónomos Descentralizados.- El ejercicio de
cada gobierno autónomo descentralizado se realizará a través de tres funciones integradas:
Función Legislativa, Normativa y Fiscalización; Ejecución y Administración Participación
ciudadana; y, control.
Como todos conocemos, los fines y funciones del municipio, deben estar encaminados a
cumplir con las necesidades de la comunidad, que en este caso es ayudar al fomento,
desarrollo y masificación del deporte barrial y parroquial del Cantón, ya que es una de las
maneras de obtener la atención de los ciudadanos para que se desarrollen en un ambiente
sano, y así poder crear una sociedad correcta, derecha y como no poder decir una sociedad
sana.
37
Al Gobierno Autónomo Descentralizado le corresponde, cumplir con los fines que le son
esenciales, satisfacer las necesidades colectivas del vecindario, dentro de los fines y
funciones del municipio tenemos los siguientes:
Fines Esenciales
- Planificar e impulsar el desarrollo físico del Cantón y sus áreas urbanas y rurales.
- Promover el desarrollo económico, social, medio ambiental y cultural dentro de su
jurisdicción.
Funciones Primordiales
- Promover y apoyar el desarrollo cultural, artístico, deportivo y de recreación, para lo
cual podrá coordinar con instituciones públicas o privadas.
4.2 ORDENANZA.
4.2.1 DEFINICIÓN
Son normas dictadas por los organismos del régimen seccional autónomo. Una ordenanza
es un tipo de norma jurídica, que se incluye dentro de los reglamentos, y que se caracteriza
por estar subordinada a la ley.
El término proviene de la palabra orden, por lo que, se refiere a un mandato que ha sido
emitido por quien posee la potestad para exigir su cumplimiento. Por ese motivo, el
término ordenanza también significa mandato.
Según los diferentes ordenamientos jurídicos, las ordenanzas pueden provenir de diferentes
autoridades. Entre otros ejemplos, se encuentran:
Ordenanza Municipal, que es dictada por un ayuntamiento, municipalidad o su
máxima autoridad (Alcalde o Presidente Municipal), para la gestión del municipio
o comuna.
38
Ordenanza militar, que es dictada por una autoridad militar para regular el régimen
de las tropas.
4.2.2 JERARQUÍA DENTRO DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO
“Art. 424.- La Constitución es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del
ordenamiento jurídico. Las normas y los actos del poder público deberán mantener
conformidad con las disposiciones constitucionales; en caso contrario carecerán de eficacia
jurídica.
La Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el
Estado que reconozcan derechos más favorables a los contenidos en la Constitución,
prevalecerán sobre cualquier otra norma jurídica o acto del poder público.
Art. 425.- El orden jerárquico de aplicación de las normas será el siguiente:
La Constitución;
Los tratados y convenios internacionales;
Las leyes orgánicas;
Las leyes ordinarias;
Las normas regionales y las ordenanzas distritales;
Los decretos y reglamentos;
Las ordenanzas;
Los acuerdos y
Las resoluciones; y los demás actos y decisiones de los poderes públicos.
En caso de conflicto entre normas de distinta jerarquía, la Corte Constitucional, las juezas
y jueces, autoridades administrativas y servidoras y servidores públicos, lo resolverán
mediante la aplicación de la norma jerárquica superior. La jerarquía normativa considerará,
39
en lo que corresponda, el principio de competencia, en especial la titularidad de las
competencias exclusivas de los gobiernos autónomos descentralizados”2
4.2.3 PROCEDIMIENTO DE CREACIÓN DE UNA ORDENANZA Y EJECUCIÓN
DE LAS ORDENANZAS.
En nuestro Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización,
en la que se establece que los consejos regionales y provinciales, los concejos
metropolitanos y municipales, pueden tomar decisiones legislativas y por ello podrán
realizar ordenanzas regionales, provinciales, metropolitanas y municipales, y para ello
deben contar con el voto de la mayoría de los miembros, esto se encuentra tipificado en el
artículo 322.
“Los proyectos de ordenanza deberán ser:
Relacionados a una sola materia.
Presentados con la exposición de motivos.
Los artículos que se propongan.
La expresión clara de los artículos que vayan a ser derogados”.3
En caso de que estos proyectos no reúnan estos requisitos no pueden ser tramitados, y estos
serán sometidos a dos debates en días distintos para su aprobación.
Si llegase a ser aprobado, estos serán remitidos por secretaria al Ejecutivo del gobierno
autónomo descentralizado, para que de esta forma observe o sancione, si es el caso de
haber violentado disposiciones de la Constitución de la República, en un plazo de ocho
días, quienes legislan pueden allanarse a las observaciones o pueden insistir en la
aprobación, si se da el caso en que insistan para su aprobación, aquí se requerirá del voto
de las dos terceras partes de los integrantes; caso contrario se enviará a ejecutar la
ordenanza, en un plazo de ocho días es sancionada por el Ministerio de la Ley
2Constitución de la República del Ecuador
3Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización art. 322
40
CONCLUSIONES PARCIALES DEL CAPITULO
Dar la iniciativa al Gad. Municipal del Cantón Latacunga a fin de que ayude a los
clubes básicos deportivas y ligas deportivas del cantón Latacunga a obtener la
personería jurídica aceptando las competencias que les otorga el ministerio del
deporte.
Una vez que los clubes tengan la personería jurídica puedan acceder a los
beneficios económicos que les otorga el ministerio del deporte y el Gad. Municipal
de Latacunga.
Que a los primeros acuerdos ministeriales y ser reconocidas como asociaciones
deportivas pueden acceder a la utilización y administración de escenarios
deportivos del cantón Latacunga.
Al ser entidades jurídicas pueden acudir a cada uno de los distintos organismos
públicos y privados a fin de tener aportes económicos q sean utilizados para
obtención y cuidados de escenarios deportivos y como también solventar los gastos
que emana la organización y participación de actividades deportivas organizadas
por la matriz a nivel nacional y provincial
41
CAPÍTULO II.
MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA
CARACTERIZACIÓN DEL SECTOR SELECCIONADO PARA LA
INVESTIGACIÓN
La investigación con el tema: “el deporte barrial y parroquial, su personería jurídica y los
derechos económicos de las asociaciones deportivas”, en el que se evidencia la necesidad
que tienen en forma particular los deportistas como niños, niñas, adolescentes, y adultos,
la sociedad en general para poder ejercer su derecho a la obtención de personería jurídica,
y mediante este derecho, acceder a muchos más, entre ellos el presupuesto otorgado por el
Ministerio del Deporte; y, para conseguir los objetivos planteados, para lo cual fue
necesario utilizar métodos y técnicas aplicados a dirigentes deportivos, deportistas y a
Autoridades del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Latacunga.
El criterio de los dirigentes deportivos nos permitió acceder a la realidad que se está
evidenciando en el Cantón, y por medio de ellos conocer la importancia que tiene la
creación de la presente Ordenanza, y poder profundizar algunos temas relacionados con los
clubes básicos deportivos barriales y/o parroquiales legalmente constituidos, como ejercer
sus derechos y la protección que tienen.
Además, la opinión de las Autoridades del GAD Municipal del Cantón Latacunga, es el
que nos permitió conocer la realidad en la que se encuentran los clubes básicos deportivos
para obtener su personería jurídica y puedan estar legalmente conformados, esto se
considera que es debido a la falta de descentralización de competencia del Ministerio del
Deporte.
Con esto podemos llegar a conclusiones que nos permitan cumplir con los objetivos
propuestos y que corroboren la necesidad de crear una ordenanza para velar por la facilidad
para los clubes básicos deportivos barriales y /o parroquiales puedan obtener su personería
jurídica y ser legalmente constituidos.
42
PROCEDIMIENTO METODOLÓGICO PARA EL DESARROLLO DE LA
INVESTIGACIÓN
MÉTODOS
Histórico –Lógico:
Porque nos permite desarrollar los antecedentes del Deporte barrial y parroquial, la
estabilidad deportiva y los derechos de los deportistas, ya que el problema de no tener un
club deportivo básico o una liga deportiva debidamente constituida se ha venido dando
desde hace mucho tiempo atrás,
Inductivo – Deductivo
Nos permite establecer la relación de la federación deportiva barrial y parroquial de
Cotopaxi sobre el deporte barrial y/o parroquial conjuntamente con el proceso legislativo
del GAD Municipal de Latacunga.
Analítico- Sintético
Estos métodos nos permiten dar origen a las características generales, y a la vez reunir las
partes divididas del análisis del deporte barrial y/o parroquial, como también el proceso
legislativo del GAD Municipal del cantón Latacunga.
TÉCNICAS:
Es necesaria la aplicación de técnica que en este caso es la encuesta que nos permitirá
obtener datos de dirigentes deportivos, deportistas y Autoridades Municipales, cuyas
opiniones serán de gran importancia en la creación de esta ordenanza y que se aplique
adecuadamente la misma.
43
HERRAMIENTAS DE LA INVESTIGACIÓN
Cuestionario
DISEÑO DE LA INVESTIGACIÓN DE CAMPO.
POBLACIÓN
El presente trabajo de investigación, se elabora teniendo como universo el cantón
Latacunga, provincia de Cotopaxi, para poder obtener criterios de los dirigentes deportivos
quienes viven a cada momento los inconvenientes para poder formar un club deportivo
básico barrial y/o parroquial, acudiendo a quienes están involucrados en este objeto de
transformación, esto es, a las Autoridades Seccionales, y deportistas en general del cantón
Latacunga.
MUESTRA DE LA INVESTIGACIÓN
En la investigación, se toma las opiniones de dirigentes deportivos y deportistas con
respecto al tema, de la siguiente forma:
ESTRATOS UNIVERSO MUESTRA
Autoridades
Seccionales
11 11
Dirigentes
Deportivos
30 30
Deportistas 20 20
TOTAL 41 241
Al encontrar una población de 41 personas, se aplica al 100% de la población,
siendo la muestra de 41 personas.
44
INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS
1) Considera que de conformidad a lo que dispone nuestra Constitución de la
República así como la ley del deporte educación física y recreación, el GAD.
Municipal de Latacunga debería asumir las competencias deportivas?
VARIABLES PERSONAS PORCENTAJE
Sí 32 78
No 9 22
TOTAL 41 100.00%
Figura 1. Gráfico estadístico que representa el conocimiento sobre los niños, niñas y
adolescentes como grupo de atención prioritaria.
Interpretación y Análisis.
A la presente pregunta el 78 % de las personas encuestadas, piensan que el GAD
Municipal debe asumir las competencias del Ministerio del Deporte como lo establece la
Constitución de la República, mientras que el 22% de los encuestados piensan que no
tienen que asumir estas competencias.
si 78%
no 22%
Sí No
45
2) ¿Considera que al asumir las competencias, el GAD Municipal del cantón
Latacunga, debe otorgar la personería jurídica a los clubes deportivos básicos
barriales y/o parroquiales y Ligas Deportivas Barriales y/o Parroquiales?
VARIABLES PERSONAS PORCENTAJE
Sí 35 85
No 6 15
TOTAL 41 100.00%
Figura 2.
Interpretación y Análisis
En lo que respecta a la presente pregunta, se puede ver que el 85% de los encuestados
creen que si debería el GAD Municipal del cantón Latacunga otorgar la personería jurídica
a los clubes deportivos básicos barriales y/o parroquiales, Ligas Deportivas Barriales y/o
parroquiales, ya que así ayudarían en gran forma a los clubes, y un mínimo porcentaje,
como es el 15% que considera que no.
si 85%
Si; 15%
46
3) ¿Al otorgar la personería jurídica el GAD Municipal del cantón Latacunga, debe
hacer constar una partida presupuestaria para el deporte recreacional, regentado
por la organización del deporte barrial y parroquial?
VARIABLES PERSONAS PORCENTAJE
Sí 39 95
No 2 5
TOTAL 41 100.00%
Figura 3. Gráfico estadístico que representa el conocimiento que los encuestados tienen
sobre las funciones que debe asumir el GAD Municipal del cantón Latacunga.
Interpretación y Análisis
Podemos evidenciar que en esta pregunta, un 95 % cree que la Constitución determina que
el Estado protege, promueve y coordina la cultura física, el deporte y la recreación, como
actividades que contribuyen a la salud, formación y desarrollo integral de las personas,
pero un porcentaje del 5%, considera que no existe ningún tipo de acciones ni políticas
para precautelar los derechos a la recreación.
SI 95%
NO 5%
0%
47
4) ¿Considera usted que el GAD: Municipal de Latacunga debe planificar, construir y
dar mantenimiento a la infraestructura deportiva para masificación, fomentación y
desarrollo del deporte barrial?
VARIABLES PERSONAS PORCENTAJE
Sí 37 90
No 4 10
TOTAL 41 100.00%
Figura 4.
Gráfico estadístico que representa el criterio de los encuestados sobre la planificación,
construcción y mantenimiento de la infraestructura deportiva.
Interpretación y Análisis
En la pregunta 4, realizada a los dirigentes deportivos, tomada en la presente encuesta, se
pudo observar como un considerable 90%, considera que el GAD Municipal del cantón
Latacunga deben planificar, construir y dar mantenimiento a la infraestructura deportiva, y
un mínimo 10% cree que no lo deben realizar.
SI 90%
NO 10%
0%
48
5) ¿Considera usted que el GAD. Municipal de Latacunga, debe apoyar el deporte
barrial y así evitar que la juventud caiga en el vicio del alcohol?
VARIABLES PERSONAS PORCENTAJE
Sí 39 95
No 2 5
TOTAL 41 100.00%
`
Figura 5.
Gráfico estadístico que representa que se debe apoyar el deporte barrial.
Interpretación y Análisis
En un mayor porcentaje (95%) de encuestados, consideran al responder la pregunta 5, que
se necesita que el GAD. Municipal del cantón Latacunga, debe apoyar al deporte barrial, y
así evitar que la juventud, vaya por malos pasos, como es la drogadicción y el alcoholismo;
y, en un mínimo porcentaje, como es el 5%, considera que no se debe dar dicho apoyo.
95%
NO 5%
0%
49
6) ¿Considera usted que es necesaria una Ordenanza que desarrolle un plan integral
que regule la aprobación, funcionamiento, disolución y su obtención de la
personería jurídica de los clubes deportivos básicos, barriales y parroquiales del
Cantón Latacunga
VARIABLES PERSONAS PORCENTAJE
Sí 40 98 %
No 1 2 %
TOTAL 41 100.00%
Figura 6.
Gráfico estadístico que representa la necesidad de crear un plan integral.
Interpretación y Análisis
Se puede notar, que el responder esta pregunta, la mayoría de los encuestados considera
que sí sería necesario crear un plan integral sobre la aprobación, funcionamiento,
disolución, ya que la obtención de la personería jurídica de los clubes deportivos básicos
barriales y/o parroquiales y Ligas Deportivas Barriales y/o Parroquiales del Cantón
Latacunga, ayudaría a reducir las largos viajes a la ciudad de Quito para realizar los
trámites pertinentes, y un mínimo porcentaje considera que no es necesario.
SI 98%
NO2 %
50
CONCLUSIONES
Los deportistas, son considerados como uno de los grupos de atención prioritaria.
Se debe precautelar para que puedan gozar de cada uno de sus derechos, en forma libre.
El Estado debe prestar acciones y servicios de manera eficaz y oportuna para brindar a los
deportistas tanto en niños, niñas, adolescentes, adultos y adultos mayores, a fin de que
puedan realizar la práctica del deporte recreacional.
Se debe difundir los derechos de los deportistas, para que tengan conocimiento amplio
sobre cada uno de los derechos que la Constitución de la República consagra.
Se puede evidenciar, que al realizar la presente encuesta, la población admite que el Estado
como el GAD Municipal del cantón Latacunga, deben precautelar el correcto ejercicio de
los Derechos de los deportistas.
Se puede notar que es necesaria la creación de una ordenanza, la misma que desarrolle un
plan integral de derechos, como también facilitar el trámite a los clubes y Ligas para
obtener su personería jurídica en el cantón Latacunga.
51
CAPÍTULO III.
DESARROLLO DE LA PROPUESTA.
PROYECTO DE ORDENANZA PARA LA APROBACION, FUNCIONAMIENTO
Y DISOLUCION DE LOS CLUBES BASICOS DEPORTIVOS Y LIGAS
DEPORTIVAS BARRIALES Y/O PARROQUIALES Y SU PERSONERIA
JURIDICA, EN EL CANTON LATACUNGA
CONCEJO CANTONAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÓN LATACUNGA
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su Artículo 381 garantiza, “Que el
Estado protegerá, promoverá y coordinara la Cultura Física que comprende el Deporte, la
Educación Física y Recreación, como actividades que contribuyen a la salud, formación y
desarrollo integral de las personas, impulsara el acceso masivo al deporte y a las
actividades deportivas a nivel formativo. Barrial y Parroquial: auspiciara la preparación y
participación de los deportistas en competencias nacionales e internacionales, que incluyen
Juegos Olímpicos y Paralímpicos; y fomentara la participación de las personas con
discapacidad.
El estado garantizara los recursos y la infraestructura necesaria para estas actividades. Los
recursos se sujetaran al control estatal, rendición de cuentas y deberán distribuirse de forma
equitativa.
Que, la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación en su Art. 93 dispone: “Que los
Gobiernos Municipales y Distritos Metropolitanos podrán, dentro de su jurisdicción,
otorgar personería jurídica a las organizaciones deportivas de conformidad con la
disposiciones contenidas en la presente Ley, a excepción de las organizaciones
provinciales o nacionales.
52
Los programas de activación física, construcción y mantenimiento de infraestructura
recreativa se ejecutaran de manera descentralizada y coordinada conforme las políticas que
establezca el Ministerio Sectorial.
El apoyo al deporte barrial y parroquial, deberá ser coordinado por medio de los gobiernos
municipales, quienes asignaran los recursos para su fomento, desarrollo e infraestructura”.
Que, la antes mencionada Ley en su Art. 14 literal 1) expresa “Que son funciones y
atribuciones del Ministerio del Deporte, ejercer las competencias exclusivas para la
creación de organizaciones deportivas, aprobación de sus Estatutos deportiva, aprobación y
el Registro de sus Directorios de acuerdo a la naturaleza de cada organización, sin
perjuicio de la facultad establecida en la ley a favor de los gobierno autónomos
descentralizados”:
Que, el Art. 55 del Reglamento General de la Ley del Deporte. Educación Física y
Recreación consagra: “Que las transferencias de las competencias a los Gobiernos
Autónomos deberán ejercer a través de la competencia para el otorgamiento de la
personería jurídica, reforma de Estatutos y Registro de Directorios de las organizaciones
deportivas dentro de su jurisdicción”;
Que, el Art. 56 Ibídem, dispone “Que en los casos que los GADs Municipales asuman las
competencias deberán tomar en cuenta los requisitos que la Ley y su Reglamento que se
establecen para la creación de los clubes básico barriales y parroquiales”;
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial. Autonomía y Descentralización; en
el literal a) del artículo 57 establece como atribución del Gobierno Cantonal: "El ejercicio
de la facultad normativa en las materias de competencia del Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal, mediante la expedición de Ordenanzas cantonales. Acuerdos y
Resoluciones"
Que, la Constitución de la República del Lidiador en su Art. 264 en su numeral 7
menciona “Que es competencias de los Municipios la planificación, construcción y
53
mantenimiento de la infraestructura deportiva, mismas que guarda entera relación con el
Art. 55 literal g) de COOTAD”;
Que, es necesario crear el marco normativo legal municipal apropiado que permita otorgar
la personería jurídica de las organizaciones deportivas entre ellas: Club básico y Barrial y
Parroquial o Ligas Deportivas Barriales y Parroquiales, corno lo ha dispuesto y reguladas
por el Ministerio del Deporte, Educación Física y Recreación por la Asamblea Nacional,
publicado en el Registro Oficial 255 del 11 de Agosto de 2010,
Que, mediante Oficio Nro. MD-MD-2Ü13-3755, de 10 de abril de 2013, el Director de
Asuntos Deportivos, expresa la viabilidad a fin de que el GAD Municipal del Cantón
Latacunga suma las competencias mencionadas en estos considerandos:
En uso de las atribuciones que le confiere la Constitución de la República y el Código
Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización.
EXPIDE
LA ORDENANZA QUE REGULA LA APROBACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y
DISOLUCIÓN DE LOS CLUBES DEPORTIVOS BÁSICOS, BARRIALES Y
PARROQUIALES, ASI COMO LIGAS DEPORTIVAS BARRIALES Y
PARROQUIALES DEL CANTÓN LATACUNGA
ART. 1.- ÁMBITO.- La presente Ordenanza será de aplicación obligatoria en toda la
jurisdicción del cantón Latacunga.
ART. 2.- COMPETENCIA.- El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del
Cantón Latacunga, amparado en lo dispuesto en el Art. 93 de la Ley del Deporte,
Educación Física y Recreación, está facultado para otorgar, personería jurídica a
organizaciones deportivas de nivel barrial y parroquial, tales como clubes deportivos
básicos, barriales o parroquiales y ligas barriales y parroquiales.
ART. 3.- REQUISITOS PARA SOLICITAR LA PERSONERÍA JURÍDICA DE UN
CLUB BÁSICO DEPORTIVO BARRIAL, Y PARROQUIAL,- Para solicitar la
54
personería jurídica del club básico o barrial y parroquial debe ampararse en el Art. 99 de la
Ley del Deporte. Educación Física y Recreación, es decir:
a) Estar conformado por 15 socios como mínimo;
b) Estar orientado a la práctica de deporte recreativo barrial y parroquial, urbano o rural;
c) Justificar la práctica de al menos un deporte:
d) Los demás requisitos que determina la Ley.
Además de
1. Solicitud dirigida al Alcalde del Cantón Latacunga, por el miembro fundador y su
abogado patrocinador.
2. Copia de la cédula de ciudadanía y certificado de votación a colores actualizado.
3. Ser mayor de edad.
4. Estar domiciliado en el Cantón Latacunga.
5. Dos ejemplares originales de acta de Asamblea Constitutiva de la organización en
formación, suscrita por tocios los miembros fundadores, debidamente firmada por el
presidente y secretario, la misma que debe contener lo siguiente:
a) La voluntad de los miembros en constituir la misma
b) La nómina de la directiva provisional.
c) Los nombres y apellidos completos, número de cédula de ciudadanía, domicilio y las
respectivas firmas.
d) Indicación del lugar en que la entidad en formación tendrán su sede, con las siguientes
referencias: calle, parroquia, número de teléfono., fax. Correo electrónico.
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6. Dos ejemplares originales del Proyecto de Estatutos Sociales, el cual deberá incluir la
certificación del secretario provisional, en la que se indique con exactitud dos fechas
diferentes de estudio o aprobación del mismo, así como copias certificadas de las
convocatorias Asambleas de aprobación de estatutos, con firmas de recepción y copias
certificadas de las firmas de socios a las Asambleas
7. Un CD con la nómina de socios fundadores y el estatuto social.
Toda esta documentación deberá ir incorporada en un folder - archivador, en su orden y
debidamente ubicados los requisitos y foliados.
ART. 4.- REQUISITOS PARA SOLICITAR LA PERSONAERIA JURÍDICA DE
UNA LIGA DEPORTIVA BARRIAL O PARROQUIAL.- Para solicitar la personería
jurídica de un Liga Deportiva Barrial o Parroquial:
1. Para la constitución de las Ligas Deportivas Barriales o Parroquiales se requiere estar
conformado por TRES CLUBES como mínimo;
2. Solicitud dirigida al Alcalde del Cantón Latacunga, por el miembro fundador delegado
y su abogado que patrocina.
3. Dos ejemplares del Acta de Asamblea Constitutiva de la organización en formación, la
misma debe contener:
a) La voluntad de las organizaciones finales de constituir la misma
b) La nómina de la Directiva Provisional
c) Los nombres y apellidos completos, numero de documentos de identidad y las
respectivas firmas de los delegados asistentes de las organizaciones filiales
d) Indicar el lugar en que la entidad en formación tendrá su sede, con las siguientes
referencias: calle, parroquia, cantón, provincia, número de teléfono, fax, correo electrónico
y casilla postal en caso de tenerlo.
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e) Al final del Acta, estará firmada por el Presidente y el Secretario Provisionales dos
ejemplares originales de cada estatuto social, el cual deberá incluir la certificación del
secretario provisional, en la que se indique con exactitud dos lechas diferentes de estudio o
aprobación del mismo.
f) Acta original o copia notariada de la Asamblea General (u órgano competente) de cada
filial, en la que conste la decisión de participar en la constitución de la organización de
integración, con los nombres a la misma, así como la acreditación de los delegados a la
Asamblea de Constitución.
g) Copia certificada del registro de la directiva en funciones de la organización filial (o
documento que acredite la representación legal).
h) Copia del acuerdo ministerial o instrumento legal que concede personería jurídica a
las organizaciones filiales, y de existir, la última reforma del estatuto, legalmente aprobada.
i) Un cuadro con los nombres y apellidos de los delegados de cada una de las filiales
j) Un cuadro con las nóminas de las filiales fundadoras y dirección de la sede de cada una.
Toda esta documentación deberá ¡r incorporada en un folder - archivador, en su orden
y debidamente ubicados los requisitos y foliados.
ART. 5.- CONTENIDO DEL ESTATUTO SOCIAL DE LA ORGANIZACIÓN
DEPORTIVAA CONSTITUIRSE.- Para la elaboración de los estatutos sociales de una
organización deportiva se debe contener por lo menos lo siguiente:
1.-Nombre, domicilio y naturaleza jurídica:
2.-Objetivo y fines específicos
3.-Miembros y clases de miembros
4.-Derechos y Obligaciones de los miembros
5.-Régimen Disciplinario
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6.-Causales para la perdida de condición de Miembro
7.-Estructura y Organización interna
8.-Régimen económico
9.-Régimen de Solución de controversias; y
10. Causas para la disolución y procedimiento para la liquidación.
ART. 6.- RECEPCIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN.» Recibida la solicitud por la
Secretaria del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Latacunga, se
enviará al Departamento Jurídico para su análisis y estudio, de acuerdo a la Ley del
Deporte, Educación Física y Recreación su Reglamento y de la presente Ordenanza, de lo
cual emitirá su criterio respectivo, en un tiempo no mayor a quince días de recibida la
comunicación.
ART. 7.- APROBACIÓN.- Una vez emitido el criterio jurídico, en caso de ser favorable,
pasará al despacho del Alcalde, quien emitirá la Resolución Administrativa que concede
personería jurídica a la organización en formación, lo cual deberá efectuarse en el término
máximo de siete días contados a partir de la recepción de la documentación.
Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos o no estuviere acompañada de los
documentos previstos en esta ordenanza, se concederá el término de diez días para
completarle; en caso de no hacerlo, el trámite deberá ser negado, pudiendo presentarse una
nueva solicitud luego de haber transcurrido treinta días de su negación.
ART. 8.- REGISTRO DE DIRECTORIOS'.- Los clubes y ligas barriales y parroquiales;
deberán solicitar al Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Latacunga;
el registro de 1a de los Directorios, así como los cambios de los mismos, acompañando la
siguiente documentación:
a) Solicitud dirigida al Alcalde del Cantón
b) Copia certificada de la convocatoria a la asamblea de elecciones de conformidad con
el Estatuto vigente;
c) Copias certificada de las Actas de Asamblea General de Elecciones.
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d) Nomina certificada de los socios o filiales asistentes
e) Nombramiento suscrito por el Directorio de Asamblea y aceptación del cargo,
debidamente firmando por cada uno de los miembros del Directorio Electo, adjuntando
copias de las cédulas > certificados de votación actualizados, y.
f) Copias de la Resolución Administrativa Municipal y Estatuto Vigente de la
Organización Deportiva solicitante Adicionalmente se incorporara:
a) Copias certificadas del Directorio anterior
b) Copias de la cédula y papeletas de votación de los miembros de la directiva entrantes y
salientes
ART. 9.- REGISTRO.- El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón
Latacunga, llevará un registro a cargo de la Dirección de Educación y Cultura, así como en
la Procuraduría Sindica Municipal con los siguientes datos:
a) Nombre de la institución;
b) Fecha en la que fue aprobada el estatuto y sus reformas, si las hubiere;
c) Número del Acuerdo y número de registro correspondiente.
ART. 10.- CONTROL.- La Municipalidad queda facultada para requerir a los clubes y
ligas barriales y parroquiales, bajo cuyo control se encuentren, que representen a su
consideración las actas de asambleas. Informes económicos y memorias aprobadas, y toda
clase de informes que se refieran sus actividades, exceptuando aquella documentación
protegida por la Ley de Propiedad Intelectual.
ART. 11.- DE LA REFORMA DEL ESTATUTO.- Para obtener la aprobación de las
reformas del estatuto, se presentará una solicitud dirigida al Alcalde del Cantón Latacunga,
acompañada de los siguientes documentos:
a) Copias certificadas de las convocatorias a Asamblea para reformar el estatuto con su
respectiva aprobación con firmas de recepción:
b) Copias certificadas de las firmas de los socios asistentes a las Asambleas.
c) Actas de Asamblea en la que se resolvió reformar el estatuto, con los nombres, números
de documentos de identidad \ firma de los miembros presentes, debidamente certificados
por el secretario;
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d) Copia del proyecto de estatuto codificado con la incorporación de las reformas
Para la aprobación de la reforma del estatuto, se aplicaré lo dispuesto e los Arts. 5 y 6 de la
presente ordenanza.
ART. 12.- DE LA DISOLUCIÓN,- Son causa! de disolución de un club o liga barrial o
parroquial constituida bajo este régimen, a más de las establecidas en el estatuto social, las
siguiente:
a) Incumplir o desviar los fines para ¡os cuales fue constituida la organización;
b) Comprometer la seguridad del Estado: y.
c) Disminuir el número de miembros a menos de quince.
ART. 13.- PROCEDIMIENTO.- Cuando los clubes o ligas barriales o parroquiales
incurrieren en cualquiera de las causales de disolución, que constan en el Art. ll de esta
Ordenanza, se instaurará de oficio o a petición de parte, un procedimiento administrativo,
en el que se contará necesariamente con las partes involucradas. De comprobarse el
cumplimiento de las causales de disolución, se procederá, mediante Resolución
Administrativa motivada que deberá expedir el Ejecutivo del Gobierno Autónomo
Descentralizado municipal del Cantón Latacunga, a disolver la organización.
Para la disolución y liquidación de los organismos deportivos se deberá nombrar un
liquidador que justifique documentadamente que el club o liga no tiene obligaciones
pendientes con los trabajadores, IESS, SRI y el GAD Municipal del Cantón Latacunga,
para lo cual se deberá notificarse al Ministerio Sectorial,
ART. 14.- DISOLUCIÓN VOLUNTARIA.- Cuando la disolución fuere deducida por la
Asamblea General de Socios, se comunicará de este hecho al Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal del cantón Latacunga, adjuntando copias certificadas de las
Actas Respectivas, con los nombres de los asistentes y debidamente fumadas, cumpliendo
de manera obligatoria con el inciso segundo del artículo anterior.
ART. 15.- LIQUIDACIÓN.- Una vez acordada la disolución, el órgano Directivo de los
Clubes o Ligas barriales y parroquiales o el Gobierno Autónomo Descentralizado del
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cantón Latacunga, en su caso establecerá los mecanismos y procedimientos para llevar a
cabo la liquidación correspondiente, observando siempre, las disposiciones que para el
efecto la ley dispone o determine el estatuto social.
ART.16.- PRESUPUESTO.- El Presupuesto para el desarrollo y fomento de las
actividades deportivas serán entregados a los organismos deportivos que gocen de
personería jurídica, quienes justificarán en legal y debida forma ante el GAD Municipal.
ART. 17.- PARTIDA PRESUPUESTARIA.- Que el GAD Municipal del Cantón
Latacunga, hará constar en el Presupuesto General del Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal del Cantón Latacunga de cada año, una Partida Presupuestaria,
equivalente al 2 % del Presupuesto Anual, para la construcción, adecentamiento y
mantenimiento de los escenarios deportivos de propiedad o entregados en comodato a los
clubs o Ligas Barriales y Parroquiales del cantón Latacunga los estamentos deportivos
legalmente constituidos.
DISPOSICIÓN GENERAL
PRIMERA.- Los clubes, Ligas Barriales y Parroquiales existentes con vida jurídica a la
expedición de la presente ordenanza deberán justificar su calidad en el Gobierno
Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Latacunga.
SEGUNDA: En lo no previsto en esta Ordenanza, se sujetará de manera obligatoria a la
Ley del Deporte Educación Física y Recreación, así como a su Reglamento General.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA.
ÚNICA: Con la aprobación de la presente Ordenanza notifíquese al Ministerio Sectorial, a
fin de que tome nota, que se asume las competencias de conformidad a lo expresado en el
Art. 93 de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación.
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VIGENCIA
PRIMERA.- La presente ordenanza entrará en vigencia luego de su aprobación por el
Concejo del GAD Municipal del cantón Latacunga, cumplidas las formalidades de Ley; y
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
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CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
CONCLUSIONES
En la sociedad en la que nos desarrollamos, es menester cuidar y proteger el derecho
al deporte, a la recreación, velar por el eficaz cumplimiento de los derechos
consagrados en la Constitución y las Leyes; y si por medio de esta investigación
logramos contribuir de alguna manera con el Estado, estaremos cumpliendo las metas
propuestas como estudiantes de derecho para con la sociedad.
El Estado y todas las personas deben cuidar y vigilar para que se dé cumplimiento a
sus Derechos, y más aún para que todas las personas puedan gozar libremente del
deporte y la recreación y poder formar clubes básicos deportivos legalmente
formados y el correcto cumplimiento de este procedimiento para su creación,.
El Estado es el propulsor para que todos los ciudadanos puedan gozar de cada uno de
los derechos que poseen.
Así mismo, es como debe trabajar de manera concomitante como lo es con los
Gobiernos Autónomos Descentralizados.
Al momento de delegar funciones a los Gobiernos Autónomos Descentralizados es
cuando ellos deben tomar decisiones, para la creación de políticas para dar el
adecuado cumplimiento a sus atribuciones y velar por el bienestar de la sociedad.
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RECOMENDACIONES
Que las autoridades ayuden a los clubs y deportistas a masificar el deporte barrial
y parroquial en el cantón, para de esta manera la ciudad pueda acoger a grandes
deportistas de alto nivel deportivo que otorguen preseas a nombre de la ciudad.
Que el GAD Municipal de Latacunga trabaje en conjunto con la matriz del deporte
barrial y parroquial del cantón y la provincia, para que de esa manera el deporte se
engrandezca y brinde mejores escenarios deportivos a sus activistas.
Que el GAD Municipal de la Ciudad de Latacunga asuma las competencias que le
otorga el Ministerio del deporte, y den las facilidades necesarias para que obtengan
la personería jurídica por ende los beneficios económicos que la Ley les brinda.
Que se cree esta ordenanza municipal, para que las autoridades del GAD
Municipal Latacunga, no tengan excusa para otorgar los acuerdos ministeriales que
los clubs requieren, y así no se vulneren sus derechos.
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BIBLIOGRAFIA
Constitución de la República del Ecuador.
Código Orgánico de Organización Territorial Autónoma y Descentralizado.
Código Civil.
Resoluciones del Ministerio del Deporte.
Ley del Deporte, Educación Física y Recreación.
Reglamento a Ley del Deporte, Educación Física y Recreación.
Estatuto y Reglamento Interno de Fedeprobac.
Estatuto y Reglamento Interno de Fedenaligas.
El mundo de las Ligas Barrial- Omar Ganchala 2012/09/18
Antonio Valín - educación física general - expresión corporal y técnicas corporales
editorial: esm 423 página
Paredes, Victor.- educación física general - entrenamiento deportivo: ejercicios y
aplicaciones medicina deportiva: fisioterapia.
Jorge Valdano – coaching - narrativa y ensayo editorial: conecta
65
ALBERTO Blázquez - CIENCIAS SOCIALES-ECONOMÍA Y GESTIÓN
DEPORTIVA-Editorial: INDE
GERARDO MOLINA-CIENCIAS SOCIALES-Materia: ECONOMÍA Y GESTIÓN
DEPORTIVA-Editorial: ESM
Estatuto de fedelibal
Entrenamiento para optimar el rendimiento de los deportistas
Los campeones del nuevo milenio
Fundamentos del entrenamiento personal 2 edicion
66
LINKOGRAFIA
Diccionario Jurídico http://www.gerencie.com/persona-juridica.html
Código Civil
http://www.ceda.org.ec/descargas/Novedades/CODIGO_CIVIL_LIBRO_I_CODIFICAC
ION_10_26_JUNIO_2012.pdf
Ley Orgánica de Régimen Municipal, www.derechoecuador.com/index.php?
Argentina
https://www.google.com.ec/?gfe_rd=cr&ei=PK8NVMfBLsrHlAHy94CABg&gws_rd=ssl
#q=las+personas+juridicas+en+argentina+
Mexico
http://es.slideshare.net/LorenaGonzlezFranco/personas-jurdicas-12083043
Chile http://www.bcn.cl/ecivica/tiper/
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FUENTES NORMATIVAS
Constitución de la República del Ecuador.
Código Orgánico de Organización Territorial Autónoma y Descentralizado.
Código Civil.
Resoluciones del Ministerio del Deporte.
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