universidad regional autÓnoma de los andes...
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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES”
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CARRERA DE DERECHO
TESIS DE GRADO, PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADO
DE LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR.
TEMA:
ESTUDIO FENOMENOLÓGICO DE CONDUCTAS PENALES EN PERSONAS ADULTAS DE LA CIUDAD DE QUEVEDO
AUTOR:
HUMBERTO CARLOS RAMÍREZ TORRES
TUTOR:
DR. MANUEL CALDERÓN RAMÍREZ, MG.
QUEVEDO - LOS RÍOS - ECUADOR AÑO 2015
II
CERTIFICACIÓN DEL TUTOR
Dr. Manuel Calderón Ramírez Mg. certifica que la tesis de grado presentada por el
señor, HUMBERTO CARLOS RAMIREZ TORRES, estudiante de Pregrado de la
Facultad de Jurisprudencia, de la Universidad Regional Autónoma de los Andes
“UNIANDES” Quevedo, cuyo tema es, “ESTUDIO FENOMENOLÓGICO DE
CONDUCTAS PENALES EN PERSONAS ADULTAS DE LA CIUDAD DE
QUEVEDO”, ha sido revisado en todas sus partes por lo tanto reúne todos los
requisitos de fondo y forma exigidos por la Universidad, por lo que se recomienda
continuar con el trámite respectivo.
Atentamente,
Dr. Manuel Calderón Ramírez Mg.
III
DECLARACIÓN DE AUTORÍA
Humberto Carlos Ramírez Torres, estudiante de Pregrado de la Facultad de
Jurisprudencia, de la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES”
Quevedo, declaro que la tesis de grado cuyo tema es. “ESTUDIO
FENOMENOLÓGICO DE CONDUCTAS PENALES EN PERSONAS ADULTAS
DE LA CIUDAD DE QUEVEDO”.
Es de mi autoría ya que revisado los archivos de la Universidad no existe otro
similar, de ahí la importancia de los investigadores de aportar a la solución de
este gravísimo problema social, siendo de mi absoluta responsabilidad todo su
contenido.
Atentamente,
f.) ___________________________ Humberto Carlos Ramírez Torres
IV
DEDICATORIA
Mi tesis la dedico con todo mi amor y cariño a ti mi Dios que me diste la
oportunidad de vivir para hacer realidad este sueño tan anhelado y por regalarme
una familia maravillosa.
Gracias a mis padres por hacer de mí, una persona de bien con valores y
principios que me han hecho lograr esta meta a pesar de todas las dificultades
que hubo el camino.
A quien siempre tuve su apoyo incondicional a mi amiga, mi esposa Alexandra
Maldonado Camacho, te dedico mi tesis por creer en mí, aunque hemos pasado
momentos difíciles siempre ha estado apoyándome y bridándome todo tu amor y
compresión, te amo.
A mis hijos, les dedico también esta tesis por ser la razón de mi ser, mi motor y mi
impulso a seguir en cada despertar.
V
AGRADECIMIENTO
A Dios por ser mi guía y amigo en todo momento, en la alegría y en la
adversidad.
A mi familia por ser el pilar fundamental para este logro.
A mi tutor de tesis Dr. Manuel Calderón Ramírez Mg., por aceptarme para realizar
esta tesis bajo su dirección a la Ab. Jenny Villegas y al Ab. Raúl Herráez, por su
apoyo, colaboración y su paciencia, disponibilidad, generosidad y sabiduría en
todo el proceso de elaboración de mi tesis.
A mi querida Universidad UNIANDES, mi facultad Jurisprudencia y maestros por
formar parte y sentar las bases en mi carrera universitaria.
VI
ÍNDICE GENERAL
CERTIFICACIÓN DEL TUTOR .................................................................................................. II DECLARACIÓN DE AUTORÍA.................................................................................................. III DEDICATORIA ......................................................................................................................... IV AGRADECIMIENTO .................................................................................................................. V ÍNDICE GENERAL ................................................................................................................... VI RESUMEN EJECUTIVO.......................................................................................................... VII EXECUTIVE SUMMARY ........................................................................................................ VIII INTRODUCCIÓN ...................................................................................................................... 10 Antecedentes de la Investigación ............................................................................................. 11 Formulación del Problema ........................................................................................................ 12 Delimitación del problema: Objeto de Investigación y Campo de Acción ............................... 13 Identificación de la línea de investigación ................................................................................ 13 Objetivo General ....................................................................................................................... 13 Objetivos Específicos ............................................................................................................... 13 Idea a Defender: ....................................................................................................................... 13 Breve explicación de la metodología investigativa a emplear ................................................. 15 Resumen de la Estructura de la Tesis ..................................................................................... 17 Aporte teórico, significación práctica o novedad científica. ..................................................... 18 CAPITULO I: MARCO TEÓRICO ............................................................................................. 20 1.1. Origen y evolución del objeto de investigación ............................................................. 20 1.2. Análisis de las distintas posiciones teóricas sobre el objeto de transformación .......... 22 1.2.1. Perspectivas socio jurídicas de la Familia ..................................................................... 22 1.2.2. Fenomenología ............................................................................................................. 26 1.2.3. Modalidades de la conducta ........................................................................................... 36 1.2.5. Derecho Comparado ...................................................................................................... 44 1.3. Valoración crítica de los conceptos principales de las distintas posiciones teóricas ... 47 1.4. Conclusiones Parciales del Capítulo ............................................................................. 48 CAPITULO II. MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA ....... 49 2.1 . Caracterización del sector, rama, empresa o problema seleccionado para la investigación. ............................................................................................................................ 49 2.2 . La población y muestra .............................................................................................. 50 2.3. Descripción del Procedimiento Metodológico para el Desarrollo de la Investigación. ..... 50 2.4. Propuesta del investigador ................................................................................................ 56 2.5. Conclusiones parciales del capítulo .................................................................................. 89 CAPITULO III. VALIDACION Y/O EVALUACION DE RESULTADOS DE APLICACIÓN ...... 91 3.1 Procedimiento de la aplicación de los resultados de la investigación Interpretación de resultados.................................................................................................................................. 91 3.2. Análisis de los resultados finales de la investigación. Incluye validación, aplicación y evaluación de los resultados de la aplicación de la propuesta. .............................................100 3.3. Conclusiones parciales del capítulo ................................................................................101 CONCLUSIONES GENERALES ............................................................................................101 RECOMENDACIONES ...........................................................................................................102 BIBLIOGRAFÍA .......................................................................................................................103
ANEXOS
VII
RESUMEN EJECUTIVO
El presente trabajo de tesis de pregrado denominado “ESTUDIO
FENOMENOLÓGICO DE CONDUCTAS PENALES EN PERSONAS ADULTAS
DE LA CIUDAD DE QUEVEDO” consiste en la importancia de que se garantice
una adecuada cultura jurídica de los sujetos implicados.
Radicando la importancia del presente tema, por cuanto ayudara a contrarrestar
las malas conductas penales, de manera conjunta la fiscalía con la Policía
Nacional, permite avanzar en el conocimiento de la problemática de la violencia y
la inseguridad, y establecer datos significativos para la toma de decisiones. La
recolección y análisis de información, en este caso, se orientó a determinar los
niveles de vulnerabilidad frente a la delincuencia que tiene la población
ecuatoriana.
Mediante la propuesta de una política criminal que estudie fenomenológicamente
la existencia de hogares disfuncionales en la ciudadanía Quevedeña para
proteger la constitución del núcleo familiar.
La presente investigación es de tipo cuali-cuantitativa, por cuanto está basada en
la concepción de métodos y cimentadas en las distintas concepciones de la
realidad social. Se utiliza este método para entender una situación social como un
todo, teniendo en cuanta sus propiedades y su dinámica.
El presente tema se basa en la línea de investigación denominada “Criminología y
Victimología”.
Al realizar la interpretación de los resultados de la investigación se establece que
la mayoría de los grupos encuestados están de acuerdo con el “Estudio
Fenomenológico de conductas penales en personas adultas de la ciudad de
Quevedo”, por lo tanto la propuesta es viable.
VIII
EXECUTIVE SUMMARY
This undergraduate thesis entitled "Study phenomenological ADULT CRIMINAL
BEHAVIOR OF THE CITY OF QUEVEDO" is the importance of adequate legal
training of the persons involved is guaranteed.
Filing the importance of this issue, because help counteract the bad criminal
conduct, jointly prosecutors with the police, can advance the understanding of the
problem of violence and insecurity, and establish data signi fi cant for decision
decisions. The collection and analysis of information, in this case, was aimed at
determining levels of vulnerability to crime that has the Ecuadorian population.
By proposing a criminal policy that phenomenological study the existence of
dysfunctional homes Quevedeña citizenship in the constitution to protect the
family.
This research is qualitative and quantitative type, because it is based on the
conception of methods and grounded in the different conceptions of social reality.
This method is used to understand a social situation as a whole, taking into
account their properties and dynamics.
This theme is based on the research called "Criminology and Victimology".
While interpreting the results of the investigation established that most of the
groups surveyed agree with the "phenomenological study of criminal behavior in
adults in the city of Quevedo," therefore the proposal is viable.
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MISIÓN Y VISIÓN
DE LA UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES
“UNIANDES”
MISIÓN
Somos una Carrera del Área de Derecho, que contribuye a la formación de
profesionales para la solución de problemas jurídicos de los sectores sociales,
económicos, políticos, en la administración de justicia, a través de la formación de
Abogados y Profesionales de Cuarto Nivel, críticos y reflexivos, con capacidad de
analizar y aplicar el ordenamiento normativo, a través de la investigación de la
realidad jurídica y social, responsables, con conciencia ética y moral, respetuosos
de los derechos humanos.
VISIÓN
Ser una Carrera de Derecho reconocida en el Ámbito Nacional e Internacional por
la calidad profesional de sus egresados, manteniendo entre sus fortalezas un
cuerpo docente de alto nivel académico y un proceso de formación profesional
centrado en el estudiante, acorde con los avances científicos y tecnológicos,
contribuyendo en forma efectiva a la planificación nacional y regional en vínculo
permanente con el Estado, los sectores sociales, productivos y la administración
de justicia.
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INTRODUCCIÓN
En la introducción se describe el problema, objeto de estudio e investigación, lo
principal se lo explica en el árbol de problemas a través de la relación causa-
problema-efectos, se plantea un objetivo general que consiste en la forma en que
se solucionara, luego de cumplir con el proceso investigativo.
El Capítulo I, Valiéndose de la abundante bibliografía se fundamentara
científicamente a través de distintos autores nacionales y extranjeros, se analiza
nuestra legislación siempre desde el plano constitucional, la legislación
comparada que se ha tomado de los diferentes países son un referente de cómo
se tipifica las conducta penales, los mismos que están enmarcados en penas
como medidas sancionadoras para el sujeto activo del delito.
El Capítulo II, primeramente se describe los métodos, las técnicas y los
instrumentos de la investigación científica, la cual permite conocer el
comportamiento de la población que se interpreta a través de los cuadros
matemáticos y estadísticos, lo que nos permite proponer una propuesta efectiva
coherente y aplicable a la realidad de nuestro medio.
El Capítulo III, se demuestra específicamente la interpretación de los resultados,
la validación a través de los expertos, la aplicación de la propuesta y la forma de
evaluar la ejecución de la propuesta, capaz de que constituya un aporte
significativo para el ejercicio de los derechos, la protección al grupo más
vulnerable la sociedad, tal como dispone la Constitución de la República del
Ecuador.
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INTRODUCCION
La presente tesis se encuentran los antecedentes del problema, el planteamiento
del problema, la línea de investigación, objetivo general y objetivos específicos, la
justificación en la cual se fundamenta la necesidad de realizar un análisis
fenomenológico de conductas penales en personas adultas de la ciudad de
Quevedo, la metodología, los elementos de novedad, aporte teórico y significación
práctica.
Antecedentes de la Investigación
Mediante la política criminal se estudia fenológicamente la criminología se podrá
generar y analizar información criminológica, con el propósito de formular políticas
y estrategias de prevención del delito y seguridad ciudadana, en coordinación con
otras instituciones; a nivel nacional, regional, provincial, cantonal y local.
La fenomenología se constituye en una alternativa tanto al método cartesiano
como al propio neokantismo. Según Larenz (1994), A diferencia de los
cartesianos considera que solo existe aquello que se puede percibir por los
sentidos; mientras que se distingue del neokantismo porque sus seguidores
consideran que la realidad es un proceso de transformación cuyas condiciones
están situadas en la estructura de nuestro pensamiento. La fenomenología, por el
contrario, supone real no las transformaciones de un idéntico material libre de
valores, sino reproducciones de trozos parciales de un ser óntico complejo.
En el mundo del derecho la fenomenología considera que los hechos jurídicos
tales como las acciones, las pretensiones, los derechos tienen un ser
independiente del que los hombres lo aprehendan o no, y, particularmente, según
Reinach (1994), el derecho existe con independencia del derecho positivo, pues
este se encuentra con conceptos jurídicos que le corresponden, y en modo alguno
los genera”.
Pues una cosa es ver el derecho a la vida o a la propiedad en un ordenamiento
jurídico determinado y otra la propiedad como tal, es decir, la relación esencial
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que existe entre el dueño y la cosa; en otros términos, que el derecho positivo y
las normas solo desarrollan su fuerza jurídica al ser aplicadas en la práctica.
Zambrano (1995), manifiesta que "la política criminal es el conjunto de métodos,
por medio de los cuales el cuerpo social, organiza las respuestas al fenómeno
criminal". Criterio actual, que permite el que la estructura legislativa en materia
penal, sea la expresión de la política criminal de un Estado: constituya
fundamento que permita una oportuna respuesta al fenómeno criminal.
Según Montaña, la fenomenología es en esencia un método de investigación de
los objetos, surgido en el siglo XX. Su propósito, no consiste en demostrar esas
verdades o validar tales proposiciones sobre dichos objetos, como sería de
acuerdo al método científico, sino aproximarse a ellos, penetrarlos con la
conciencia, explorarlos con el rigor necesario y comprenderlos en su estructura
interna.
La tarea de la fenomenología es entonces encontrar y describir esas esencias y
relaciones esenciales existentes en la realidad, ya que los fenomenólogos
consideran que además de la intuición empírica o percepción existe la intuición de
las esencias o formas universales de las cosas, Merleau (2010), lo cual implica
aspirar al conocimiento estricto de los fenómenos, no como apariencias sensibles
sino en cuanto objetos en sí que se ofrecen a la conciencia.
Formulación del Problema
¿Cómo determinar la situación fenomenológica de las personas adultas con
conductas penales de la ciudad de Quevedo, para que se garantice una
adecuada cultura jurídica de los sujetos implicados y disminuir el índice de
conductas penales de personas adultas de Quevedo?
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Delimitación del problema: Objeto de Investigación y Campo de Acción
El objeto de investigación El Proceso Penal
Campo de acción: Conductas penales
Lugar: Cantón Quevedo
Tiempo: 2015
Identificación de la línea de investigación
Criminología y Victimología
Objetivo General
Realizar un estudio fenomenológico, de las personas adultas con conductas
penales de la ciudad de Quevedo, para que se garantice una adecuada cultura
jurídica de los sujetos implicados y disminuir el índice de conductas penales de
personas adultas de Quevedo.
Objetivos Específicos
Fundamentar teóricamente las conductas delictivas penales de
las personas adultas como base de un estudio
fenomenológico.
Diagnosticar la situación actual de las conductas penales de
personas adultas en la ciudad de Quevedo.
Presentar un informe del estudio fenomenológico de las personas
adultas con conductas penales de la ciudad de Quevedo
Validar la propuesta por la vía de los especialistas.
Idea a Defender:
Estudio fenomenológico de las conductas penales de las personas adultas en la
ciudad de Quevedo, para que se garantice una adecuada cultura jurídica de los
sujetos implicados y disminuir el índice de conductas penales de personas
adultas de Quevedo.
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Justificación del Tema
El presente estudio de tesis cuyo tema es “ESTUDIO FENOMENOLÓGICO DE
CONDUCTAS PENALES EN PERSONAS ADULTAS DE LA CIUDAD DE
QUEVEDO”, resulta motivo de un estudio profundo por cuanto, este tema es
desconocido en la Ciudad d Quevedo la provincia de los Ríos y el Ecuador lo que
genera mayor cantidad de conductas penales.
Debido a la incidencia que tiene en la sociedad las conducta penales, es
necesario establecer las graves consecuencias que trae consigo el no cumplir, no
conocer la ley, sus sanciones a las personas adultas involucradas en una
conducta tipificada en el código orgánico integral penal, por lo que hemos
consideramos necesario realizar un análisis fenomenológico jurídico con estudios
de investigación científica, con estricto apego a las diferentes normas procesales
jurídicas, y al orden constitutivo sustentado en fundamentos filosóficos,
axiológicos y éticos, con espíritu crítico, emprendimiento y creatividad.
Iniciaremos con los conceptos, definiciones, características, la naturaleza jurídica
de las conductas penales. Profundizaremos sobre las diferentes sanciones
aplicables al cometer un delito sancionado por la ley, finalmente y mediante una
investigación de campo a los diferentes ciudadanos de la ciudad de Quevedo,
conocer causas referentes al tema.
El presente proyecto, se justifica debido a la demanda de la ciudadanía que
pugna por una familia digna y con el cumplimiento de sus derechos de seguridad
social donde no sufran aislamiento de la sociedad por sus conductas penales y
se logre determinar las causas fenomenológicas de una mala conducta, ahí la
importancia del proyecto que buscara mediante un análisis fenomenológico
determinar la situación de las personas adultas con conductas penales de la
ciudad de Quevedo y ayudar a garantizar la adecuada cultura jurídica de los
sujetos implicados .
De esta manera ayudar a una sociedad con un mejor control social, una sociedad
con cultura y con reglas, aunque sea impensable, porque todos los seres
humanos como seres sociales necesitan reglas mínimas de convivencia,
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contrarrestar la delincuencia con los Hogares funcionales, generando
conocimientos de las leyes, creando una adecuada educación en valores, para
dejar atrás la problemática social que existe en la ciudad de Quevedo de la
Provincia de los Ríos y un Ecuador con menos sancionados a causa de sus
conductas penales.
Breve explicación de la metodología investigativa a emplear
Modalidad
La modalidad a aplicarse en la presente investigación es la cuali-cuantitativa con
predominio de la cualitativa, es cuanto a la utilización de la variada bibliografía.
Modalidad Cualitativa: Permitió distinguir y orientarse a describir e interpretar los
fenómenos y son adecuados para los investigadores que se interesan por el
estudio de los significados de las acciones humanas desde la perspectiva de los
propios agentes sociales.
Modalidad Cuantitativa: Permitió examinar los datos de manera científica y
numérica, generalmente con ayuda de herramientas de campo de la estadística,
por lo que fue de gran ayuda para obtener los resultados de las encuestas y
entrevistas realizadas.
Tipos de investigación
Por su diseño:
Teoría fundamentada.- Estudios predominantes teóricos. Su propósito fue
desarrollar la teoría en base a datos empíricos obtenidos en la propia
investigación, más que en los estudios previos.
Investigación acción.- Su finalidad fue resolver problemas cotidianos e
inmediatos y mejorar prácticas concretas. Como propósito fundamental
está aportar información que guíe la toma de decisiones para programas,
procesos y reformas estructurales. La investigación-acción, construye el
conocimiento por medio de la práctica diaria en la que se desenvuelven los
sujetos que son analizados.
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Por su alcance
Exploratoria.- Tiene por objeto esencial la familiarización de con un
fenómeno o concepto desconocido o poco estudiado.
Descriptiva.- Para analizar cómo es y cómo se manifiesta un
fenómeno y sus componentes.
Explicativa.- Dirigidas a encontrar las causas que provocan
determinados fenómenos o procesos.
Métodos, Técnicas e Instrumentos
Métodos Empíricos
La observación científica
Medición
Experimento
Recolección de información
Encuesta
Entrevista
Cuestionario
El criterio de especialistas
Métodos Teóricos
Método Inductivo – Deductivo
Método Analítico – Sintético
Método Histórico – Lógico
Método Hipotético – Deductivo
Modelación
Método Sistemático
Métodos Matemáticos
Estadística
Matemáticas
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Otros métodos
Técnicas
Encuesta
Entrevista
Fichaje
Instrumentos
Formulario de la encuesta
Guía de la Entrevista
Ficha Bibliográfica
Ficha Nemotécnica
Resumen de la Estructura de la Tesis
En la introducción de la presente tesis se encuentran los antecedentes del
problema, el planteamiento del problema, la línea de investigación, objetivo
general y objetivos específicos, la justificación en la cual se fundamenta la
necesidad de realizar un análisis fenomenológico de conductas penales en
personas adultas de la ciudad de Quevedo, la metodología, los elementos de
novedad, aporte teórico y significación práctica.
El Capítulo I, es referente al marco teórico el cual se fundamentara en el origen,
evolución del objeto de investigación, análisis de las distintas posiciones teóricas,
valor crítico de los conceptos principales de las distintas posiciones teóricas sobre
el objeto de investigación y las conclusiones del capítulo.
El Capítulo II, se refiere a la caracterización y descripción del procedimiento de
investigación a desarrollarse, el procedimiento de la población investigada, el
modelo de propuesta a solucionar en base al problema planteado y las
conclusiones del capítulo.
El Capítulo III, se desarrolla el procedimiento de la aplicación de los resultados, la
validación y evaluación de resultados, se la hará mediante especialistas, los
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cuales a través de su experiencia profesional o personal sabrán dar su punto de
vista favorable en relación a la investigación desarrollada.
Aporte teórico, significación práctica o novedad científica.
Elementos de novedad
Como elementos de novedad tenemos un análisis fenomenológico de conductas
penales en personas adultas de la ciudad de Quevedo, donde se está
incluyendo opiniones de grandes pensadores del Ecuador y del Mundo,
disposiciones de la Constitución, Código Orgánico Integral Penal, y los Derechos
Humanos, donde se ha tomado en cuenta diferentes teorías bibliográficas
fenomenológicas para determinar la situación fenomenológica de las personas
adultas con conductas penales de la ciudad de Quevedo y ayudar que se
garantice una adecuada cultura jurídica de los sujetos implicados y disminuir el
índice de conductas penales de personas adultas de Quevedo
Aporte teórico
Las conductas penales relevantes se estructuran por dos extremos, por un lado el
elemento subjetivo y por el otro el elemento objetivo, resulta apenas obvio que la
conducta quede excluida o suprimida cuando falte al menor uno de los dos
elementos.
Actúa con culpa la persona que infringe el deber objetivo de cuidado, que
personalmente le corresponde, produciendo un resultado dañoso. Esta conducta
es punible cuando se encuentra tipificada como para llegar a esta conclusión,
una conducta catalogada como tal, requiere que concurran ciertas circunstancias
y características propias del injusto penal imprudente.
Sin embargo, los injustos penales no sólo son perpetrados con intencionalidad;
existen acciones cuyo reproche jurídico no recae en haber cometido u omitido
intencionalmente un resultado lesivo o puesta en peligro de un bien jurídico
protegido, sino en una inobservancia del deber objetivo de cuidado, creando un
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riesgo jurídico mediante el análisis fenomenológico de la conducta penales
relevante podremos determinar las causas que las generan.
Significación práctica
La fenomenología se sustenta discursivamente en la idea de que en el mundo hay
tantos hechos como esencias. Los hechos serían los fenómenos contingentes,
mientras que las esencias serían las realidades necesarias. La fenomenología es
el estudio de las esencias, la fenomenología se genera de las acciones y
pretensiones del ser humano que en ellos esta si actúan o no.
Básicamente encontramos cuatro eventos en los cuales hay ausencia de acto por
falta de elemento objetivo, tales eventos son: ausencia de conducta por falta de
actividad propia, la fuerza física irresistible, la insuperable coacción ajena
exculpante y las acciones libres en su causa.
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CAPITULO I: MARCO TEÓRICO
1.1. Origen y evolución del objeto de investigación
Si analizamos del supuesto de que el delito es como la enfermedad al hombre,
éste también idea las formas de castigo. Desde la aparición del hombre sobra la
tierra siempre ha habido el delito y las formas de combatirlo.
Se establece alrededor de 348 a.C. que la pasión es causa de criminalidad. En
esto no ha estado totalmente equivocado, ya que actualmente se estudian los
crímenes pasionales. Actualmente además de tomar la pasión, también se toman
en cuenta otros factores como ser el carácter del individuo, la tipología
morfológica.
Freud (1939), sostiene que el origen de las malas conductas se remonta al tabú,
que es una prohibición de usar o tocar una cosa o de realizar una conducta cuya
infracción tiene como consecuencia un castigo automático y objetivo. Esta
sanción se apoya en cierta sanción mágico religiosa. El fin del delito es la
expiación del delincuente.
Se dice que en la antigüedad la persona que sufría un daño ejercitaba la acción
penal. Era los tiempos de la venganza privada cuando el hombre defendía por sí
mismo sus derechos, había la ley del Talión que establecía que al agresor se le
aplicara lo mismo que él le había hecho al ofendido. Pero aparecieron problemas
con respecto a ciertos delitos en los cuales no se podía aplicar la ley del Talión,
como aquellos cometidos en contra de la honestidad. La ley del Talión era la
similitud de la venganza
Los diferentes filósofos como Pitágoras, Protágoras, Sócrates, Platón, Aristóteles
tienen puntos de vista diferentes acerca de la teoría del inicio del delito, dicen que
el delito rompe el equilibrio social y la pena lo restablece balanza de la diosa
Temis, también defiende la Teoría de la ejemplaridad de la pena que dice que la
pena debe estar de acorde con el daño causado, otro dice que el delito está en la
falta de educación, el fin de la pena es la reeducación.
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A la vez también indican que el delito está en la ignorancia de las leyes. El fin de
la pena es la cura moral. Considerado como impulsor de la corriente sociológica.
Dice que el delincuente es parecido a un enfermo, las causas del delito están en
la miseria o en la guerra. Si existe miseria o injusticias en la sociedad, va haber
delitos. Esto es patente en la actualidad, al comparar los niveles de vida de
diferentes países vemos en Suiza existe un nivel bajo de delitos contra la
propiedad.
Roxin (1962), se esmera en precisar al máximo el concepto de acción, ya
adelantado, comienza por recoger la opinión según él más extendida de la acción,
que la conceptúa como una conducta humana significativa en el mundo exterior,
dominada o al menos dominable por la voluntad. El, por su parte, no se
desentenderá de la voluntad, y hasta llegará a mencionarla, aunque no
frecuentemente, junto a la conciencia, en este contexto de la acción.
El procedimiento penal era iniciado por acción del ofendido o de su familia .Esta
regulación halló su fundamento en que originariamente no se distinguía entre
consecuencias jurídicas, civiles y penales de un hecho y, por consiguiente,
tampoco entre procedimiento civil y penal :si se puede indemnizar un daño
corporal a través del pago de una enmienda al lesionado o un homicidio pagando
un importe de dinero a la familia del muerto(sistema de composición), entonces no
hay mucho interés público en la causa y el procedimiento penal transcurre de un
modo similar a un proceso civil en el cual, a causa de una acción no permitida ,se
reclama una reparación del daño
El tratadista, Muñoz (2009), manifiesta que se debe respetar los derechos del
individuo, incluso del individuo delincuente, garantizando al mismo tiempo, los
derechos de una sociedad que vive con miedo a veces real, a veces supuesto a la
criminalidad, constituye una especie de cuadratura del círculo que nadie sabe
cómo resolver.
Sin duda alguna, la sociedad tiene derecho a proteger sus intereses más
importantes, recurriendo a la pena si es necesario, pero como señala nuestra
Constitución de la República, el delincuente tiene derecho a ser tratado como
persona y no a quedar apartado de la sociedad sin esperanza de poder
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reintegrarse a la misma, por lo que es menester dar cumplimiento a lo dispuesto
en los Artículos 51 y 201 de la Constitución de la República, pues de esta manera
la tensión dialéctica entre uno y otro extremo que no es fácil resolver en una
sociedad injusta, cuyas propias fallas estructurales son muchas veces causa
inmediata de la delincuencia, se podría arreglar de una manera tolerante.
Desde una perspectiva fenomenológica, la justicia ha sido presentada como la
creación de igualaciones de libertad. De esta manera, y en cuanto razón de
existencia, la justicia es libertad, toda vez que bien puede decirse que la
existencia humana y la coexistencia social son, sin más, manifestaciones de esa
libertad. En cuanta razón de esencia, la justicia es creación, ya que es esto lo que
caracteriza a la libertad, por oposición a la pura necesidad.
Finalmente, como razón de verdad, la justicia es igualdad, puesto que la igualdad
señala lo idéntico, y lo idéntico es el principio supremo de la razón: el principio de
identidad. A este respecto si lo injusto es desigual, lo justo será lo igual esto es,
un término medio entre el exceso y el defecto], y puesto que lo igual es un término
medio, lo justo será también un término medio, consistente en una cierta forma de
igualdad.
1.2. Análisis de las distintas posiciones teóricas sobre el objeto de
transformación
1.2.1. Perspectivas socio jurídicas de la Familia
1.2.1.1. Antecedentes
Según Arriagada (2002), la familia, que se constituye como tal a partir de la
alianza matrimonial, es, asimismo, una unidad económica con bienes, ingresos e
hijos en común y, por tanto, eje articulador de las relaciones sociales que
establece.
En la mayoría de los países latinoamericanos la normativa legal existente se
ajusta a este modelo tradicional de familia que muestra fuerte resistencia a su
modificación, sin embargo, ha habido avances, como la Ley de Paternidad
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Responsable recientemente aprobada en Costa Rica y las diversas leyes en
contra de la violencia intrafamiliar, promulgadas en la mayoría de los países de la
región.
El estudio de personalidad y del comportamiento en la delincuencia es un tema
abordado tanto por los psicólogos sociales como por investigadores de rasgos o
factores de personalidad. Es un tema de interés actual porque violencia y
delincuencia no están disminuyendo en la sociedad, muy preocupada por ello, por
la prevención, evitación y, al menos, reducción de las agresiones violentas.
Según Rodríguez (2002), en América Latina, los sistemas de género en
sociedades mestizas urbanas fueron marcados profundamente por la herencia
colonial española, que asignaba gran importancia a la división entre lo público y lo
doméstico, al control de la sexualidad femenina, al concepto de honor de la
familia, al reconocimiento de otros varones y a la paternidad como medio de
reafirmar la propia masculinidad.
Históricamente, las diferencias étnicas y de clase habrían intensificado el control
sobre la sexualidad de las mujeres y habrían abierto a los varones la posibilidad
de relacionarse con las mujeres de los diferentes grupos sociales, de conformidad
con diferentes racionalidades y códigos morales, de otro lado la fragilidad de las
instituciones públicas en estas sociedades habría conducido a que la oposición
doméstico/público se percibiese en términos territoriales de casa/calle.
1.2.1.2. Tipos de familias
Según Arreaga (2002), La familia es una institución crucial en la vida de las
personas tiende a examinarse como si estuviera estática e inmodificada en el
tiempo. La familia como institución compleja y dinámica enfrenta otra paradoja.
Por una parte, es refugio y apoyo frente a condiciones cambiantes que generan
inseguridad en el ámbito laboral desempleo, bajos salarios; de la salud
drogadicción, enfermedad y muerte; de la educación exclusión y de la violencia
delictual.
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Junto a las formas tradicionales de familia, en América Latina han surgido nuevas
configuraciones familiares, como parejas sin hijos y hogares sin núcleo, a la vez
que continúan aumentando los hogares con jefatura femenina, lo que podría
indicar que existen nuevas configuraciones propias de la modernidad. En el
recuadro se describen los tipos de hogares y familias que es posible construir con
la información proporcionada por las encuestas de hogares.
La familia nuclear, según Lowier (1948), la familia nuclear constituye un
agrupamiento social humano universal. Sea como la única forma que prevalece
su familia o como la unidad básica a partir de la cual se componen formas
familiares más complejas.
La idea de la idoneidad del recurso de acogimiento en familia extensa la define
como la atención, crianza y protección a tiempo completo de los niños que han de
ser separados de sus padres, llevada a cabo por parte de familiar es, miembros
de sus tribus o clanes, padrinos, padrastros o cualquier adulto que tenga una
unión afectiva familiar con el niño.
Según Lefaucheur (1988), la familia monoparental, rara vez ocurre que exista
unidad familiar monoparentales consecuencia de un proceso de separación o
divorcio donde ambos progenitores comparten las tareas de educación y atención
a los hijos, aunque éstos últimos coincidan la mayor parte del tiempo con uno solo
de los padres, igual pese a la ausencia física de uno de los progenitores, el grupo
familiar mantiene intacta la funcionalidad y no se percibe a sí mismo como
diferente al modelo convencional de familia nuclear. Esta situación resultó ser
frecuente en los casos de familias donde un progenitor no coincida con la familia
por razones laborales o por enfermedad.
Según Alberdi (1998), La familia monoparental es la que está encabezada por una
sola persona adulta, hombre o mujer, y en la que hay más miembros que
dependen económicamente y socialmente de ella.
25
Es un hogar formado por una pareja casada, integrada por un hombre que
enviudó de un matrimonio anterior y una mujer para quien la actual es la primera
unión conyugal. Francés (1991).
1.2.1.3. Esencia de la percepción
El planteamiento ecologista de Gibson (2000), defiende la teoría de que la
percepción es un proceso simple; en el estímulo está la información, sin
necesidad de procesamientos mentales internos posteriores. Dicho planteamiento
parte del supuesto de que en las leyes naturales subyacentes en cada organismo
están las claves intelectuales de la percepción como mecanismo de
supervivencia, por tanto, el organismo sólo percibe aquello que puede aprender y
le es necesario para sobrevivir.
Según la psicología clásica de Neisser (2002), la percepción es un proceso activo-
constructivo en el que el perceptor, antes de procesar la nueva información y con
los datos archivados en su conciencia, construye un esquema informativo
anticipatorio, que le permite contrastar el estímulo y aceptarlo o rechazarlo según
se adecue o no a lo propuesto por el esquema. Se apoya en la existencia del
aprendizaje.
Para la psicología moderna, la interacción con el entorno no sería posible en
ausencia de un flujo informativo constante, al que se denomina percepción. La
percepción puede definirse como el conjunto de procesos y actividades
relacionados con la estimulación que alcanza a los sentidos, mediante los cuales
obtenemos información respecto a nuestro hábitat, las acciones que efectuamos
en él y nuestros propios estados internos.
1.2.1.4. Esencia de la conciencia
La conciencia pertenece a la esencia más íntima de la naturaleza humana.
Configura su dignidad y dota al individuo de plena autonomía.
26
Según Husserliana (1903), la fenomenología pretende formular enunciados sobre
la conciencia en general, es decir, sobre cualquier forma posible de conciencia
existente. Para ello Husserl debe mostrar de qué forma regulada metódicamente
puede la descripción fenomenológica recoger aquello que según su sentido es
apriórico, es decir, esencial, aquello que permanece y que debe también
permanecer idéntico en todos los posibles casos singulares de su objeto de
descripción.
La pretensión de la fenomenología de ser una ciencia fundamentante de forma
última y no una mera ciencia empírica depende, por lo tanto, de si se puede
fundamentar que el método de la intuición de esencias es una forma de
conocimiento.
Según Curia (2011), la conciencia como conocimiento moral, permite reconocer
lo bueno y lo malo. Es, por lo tanto, una capacidad humana. Puede ser tomada
como una instancia moral de carácter imperativo. Es un fenómeno real que se
puede experimentar, y que consiste en un mandato que obliga
incondicionalmente. La conciencia es el dictamen o juicio de la razón práctica de
la persona acerca de la moralidad de una acción que se va a realizar, se está
realizando o se ha realizado.
Se trata pues, de un juicio personal sobre la moralidad de la acción singular y
concreta, que se presenta como una posibilidad o como algo haciéndose o ya
hecho.
1.2.2. Fenomenología
Fenomenología proviene de las disciplinas académicas de la filosofía y la
psicología, y se basa en los trabajos de la 20 ª siglo filósofo Edmund Husserl, que
fue más tarde desarrollado por Heidegger.
En su sentido más amplio, 'fenomenología' se refiere a la percepción del
significado de un evento de una persona, en comparación con el caso ya que
existe externamente a (fuera de) esa persona.
27
El enfoque de la fenomenológica investigación es lo que la gente experimenta en
relación con algún fenómeno o de otro tipo y cómo se interpretan esas
experiencias.
Un estudio de investigación fenomenológica es un estudio que trata de
comprender las percepciones de la gente, perspectivas e interpretaciones de una
situación particular (o fenómeno).
1.2.2.1. Presocráticos
Tales de Mileto (VII–VI a.C.) declara que es principio común es el agua; Heráclito
(1960), que el fuego: se decide cada uno por un principio diferente, pero los tres
creen en un principio último. Ahora bien, aunque el hecho del cambio lo que
Aristóteles llamó el cambio sustancial pudiese sugerirles a los cosmólogos
primitivos la noción de una subyacente unidad del universo, las explicaciones
míticas se basan en la arbitrariedad, al atribuir los fenómenos a la voluntad
caprichosa de los seres superiores. Las explicaciones filosóficas buscan la
necesidad de los acontecimientos naturales al comprender los fenómenos desde
las leyes de la naturaleza.
Según Barnes (1992), los presocráticos son los primeros filósofos griegos que
reflexionaron de forma racional sobre los orígenes de la naturaleza, suele decirse
a menudo que la filosofía griega gira en torno al problema de lo uno y lo múltiple.
En las fases más primitivas de ella encontramos ya la noción de la unidad: las
cosas se transforman unas en otra por consiguiente, ha de haber algún sustrato
común, algún principio último, cierta unidad subyacente a la diversidad.
Brum (1995), indica que el hecho es que los primeros cosmólogos saltaron, por
encima de los datos, a la intuición de la unidad universal: poseían lo que
podríamos llamar la facultad de la intuición metafísica, y en esto estriba su gloria y
el que merezcan ocupar un puesto en la historia de la filosofía.
28
1.2.2.2. Clásicos
Según Bobbio (1996), hace más de 40 años estableció que para caracterizar
correctamente al positivismo había que distinguir cuatro aspectos básicos
autónomos e independientes: a) el positivismo como metodología de estudio del
derecho; b) el positivismo como teoría o concepción específica del derecho; c) el
positivismo o formalismo como método de aplicación o interpretación del derecho;
d) el positivismo como ideología o teoría de la justicia.
Según Navarrete (2002), la positividad del derecho para muchos la única razón
de su eficacia jamás puede empañar el sentido y el contenido de aquellos eternos
principios del Derecho y la Justicia: un sistema jurídico en que sus normas
aparezcan desvinculadas de aquellos principios, no será ni un sistema normativo,
ni mucho menos justo. Designar las formaciones jurídicas como creaciones del
derecho positivo, no sólo es falso, sino en último término- sin sentido,
exactamente tan sin sentido, como sería llamar a la fundación del imperio alemán
o a otro suceso histórico, creación de la ciencia histórica.
En verdad, lo que se discute con tanto celo es el derecho positivo porque
encuentra los conceptos jurídicos que emanan en él, de ninguna manera los
produce.
1.2.2.3. Medievo
Luego de la caída del imperio romano entre los siglos V y VI, se desarrollan varios
ordenamientos jurídicos: El derecho germánico, el canónico, el hispánico, así
como los glosadores y prácticos.
Según el Derecho Germánico, este sistema jurídico, distinto del Romano, se
mantuvo en la edad media con los institutos ya nombrados y propios de la época
primitiva: Venganza privada, composición, el derecho era considerado como el
orden de la paz y, por consiguiente, su violación representaba la ruptura de ella.
El rompimiento podía ser total o parcial, según se tratara de delitos públicos o
privados. Cuando la ofensa era pública, el culpable podía ser fulminado por
29
cualquier miembro del núcleo social, y si era privada, se podía ejercer la
venganza.
El concepto dual de pena: Como pena retributiva, según algunos como San
Agustín, y como pena conmutativa, según otros como Santo Tomás de Aquino.
Las penas canónicas son la prisión perpetua, la detención en un monasterio, las
penitencias canónicas peregrinaciones y limosnas, y la excomunión o expulsión
de la iglesia (pena para los incorregibles). No se admite la pena de muerte en la
legislación canónica.
Según Carrasco (2008), indica que la culpa y el pecado estuvieron entre las
obsesiones de los hombres y las mujeres del medievo, por lo que buena parte de
la representación de su universo conceptual dependía de tal circunstancia. Su
influjo dejó huella en aspectos de la realidad tales como la concepción del
tiempo, la organización del espacio, los ritos la valoración del trabajo, las formas
de ocio, las relaciones con la divinidad y con la naturaleza, los lazos sociales, lo
que debía saberse y lo que debía ignorarse, los criterios de exclusión.
Este protagonismo del pecado también estuvo sometido a ciertas tendencias; así,
a fines de la Edad Media estas obsesiones pecaminosas se concentraban en la
palabra, la sexualidad y el dinero, convirtiéndose en su legado influyente y de
larga duración en el Occidente de la modernidad. Bien puede afirmarse que no
había asunto que para la mentalidad medieval no tuviera alguna connotación
relacionada con el concepto de pecado.
La época medieval se conoce como el “período del oscurantismo”. Al existir un
gobierno absoluto, ilimitado, independiente, sin restricciones, en donde el poder
se ejercía arbitrariamente, es lógico que el sistema penal fuera de carácter
represivo.
30
1.2.2.4. Moderna
En la moderna dogmática del Derecho penal existe en lo sustancial acuerdo en
cuanto a que toda conducta punible supone una acción típica, antijurídica,
culpable y que cumple otros eventuales presupuestos de punibilidad.
Según Strayer (1973), el estado moderno, es aquello que sobre un territorio
continuo constituye instituciones impersonales y duraderas en grado de imponer
su autoridad y derecho, aun sin monopolizar por ello el poder, por encima
particularmente de vínculos o de lealtades familiares, comunitarias o religiosas
anteriores, ciertamente, contempla a continuación la progresiva formación y
conjunción de estos factores en la Europa, o más especialmente en Francia y en
Inglaterra, de los siglos XII a XVI, más un par de cuestiones al menos en dicha
definición merecerían mayor consideración de la que se les otorga:
Según Skalweit (1975), el estado moderno históricamente surgió para identificar y
calificar a la posterior institución política de la Edad Contemporánea,
extendiéndose retrospectivamente a los siglos inmediatos de la Edad Moderna en
la medida que la doctrina jurídica más conservadora quería evitar, mediante
precisamente la inclusión en él de elementos históricos, como la monarquía o la
representación corporativa, sus implicaciones más constituyentes, o en la medida
también, proyectándose igualmente en la historia, la historiografía constitucional
contemporánea venía a situarse en el mismo terreno anacrónico del derecho.
1.2.2.5. Contemporánea
Aproximadamente, finales de los años 80 y comienzos de los 90 del pasado siglo,
las legislaciones penales de la mayoría de los países occidentales están
experimentando una serie de transformaciones, vertiginosas en el ritmo y,
aparentemente, muy profundas en cuanto a los principios sobre los que parecen
inspirarse, que han hecho que las doctrinas penal, penológica y criminológica,
tanto foránea como española, hayan centrado de forma muy llamativa su atención
en tratar, no sólo de describir sus rasgos fundamentales, sino, sobre todo, de
adivinar cuál es el modelo de política criminal y la ideología o la filosofía que,
sobre el delito, la pena, el delincuente y la víctima.
31
La Edad Contemporánea es ante todo época de revoluciones, entendiendo por
revolución un cambio acelerado en el tiempo, que suele trastocar el orden
establecido, y emplear generalmente medios violentos para conseguirlo.
Desde finales del siglo XVIII se modificarán sensiblemente los modos de pensar y
actuar de las personas, los sistemas y los regímenes políticos, la sociedad y la
economía, la educación, el arte, las comunicaciones
1.2.2.6. Posmodernidad
Jameson (1991), dice que es posible señalar que las reformas de la legislación
penal de los últimos tiempos, en España y en países de nuestro entorno cultural o
político, han estado marcando una tendencia relativamente uniforme en cuanto al
modelo político criminal que las inspira y, por tanto, su orientación parece haber
querido dirigir al Derecho penal, en casi todas partes, a un mismo y determinado
lugar, porque se basan en una, también muy determinada, concepción sobre el
delito, la pena, la víctima y el delincuente y, por lo mismo, del hombre y de su
posición en el entramado social.
Pero, ha sido la literatura en lengua inglesa la que con más insistencia ha descrito
el giro punitivista de las legislaciones penales, con todo tipo de expresiones y con
toda riqueza de matices. Este es el caso, por ejemplo, de trabajos de tanta
repercusión académica como los de David Garland o Loïc Wacquant.
La prisión se está utilizando para gobernar la pobreza, porque contribuye a
regular a los segmentos más bajos del mercado laboral; mecanismo para confinar
a la población desviada, tortuosa o peligrosa, o, incluso, superflua desde el punto
de vista de la planificación económica o política; y está directamente conectada
con toda la gama de organizaciones y programas dirigidos a asistir a la población
desposeída
1.2.2.7. Ultramodernismo
Según Marina (2002), el ultramodernismo es fundamentalmente una teoría de la
inteligencia. Creo que se pueda hacer una teoría universalmente justificable de lo
32
que es la inteligencia. Y probablemente podremos utilizarla para explicar
fenómenos, y estimular la creatividad de la sociedad.
El cambio radical de la nueva sociedad del conocimiento perdido a una sociedad
del conocimiento recuperado se hace patente. La sectorialización de los símbolos
podría proporcionar conocimientos de categoría capaces de dar contenidos a la
forma de la información.
Según Sartori (2010), el posmodernismo creación de este siglo se siente
escaldado por las consecuencias de la modernidad se cree que la razón se ah
descontrolado por un afán de poder técnico y nos ha metido en un callejón sin
salida. Su eficacia ciega a esquilmado el planeta, su confianza en la verdad ha
llevado al dogmatismo, al etnocentrismo, al fanatismo, al colonialismo, y a otras
injusticias semejantes.
1.2.2.8. Política criminal
Según Garrido (1997), La psicología criminal nace del corazón de una utopía:
comprender al ser humano y diseñar formas de prevención y tratamiento que nos
acercaran a una sociedad sin delito.
La mayor prueba de que la pena de prisión viene siendo mal estructurada, ya que
presenta graves limitaciones para la reinserción social, es el alto índice de
criminalidad y reincidencia que asola a nuestras sociedades. El hombre en
prisión, no pasa en general por un eficaz proceso de recuperación social, en altos
índices al egresar de la prisión vuelve a la delinquir, incluso con mayores
herramientas de las que contaba para hacerlo.
1.2.2.9. Criminología
La palabra Criminología deriva del latín criminis y del griego logos, que significa el
tratado o estudio del crimen y el delito delincuente.
33
La Criminología es una disciplina científica e interdisciplinaria que tiene por objeto
el estudio y análisis del delito, de la pena, delincuente, víctima, criminalidad,
reacción social institucional, cultural y económica, a los fines de la explicación,
asistencia y prevención de los hechos de violencia.
Muchos son los precursores tanto Europeos como Americanos quienes dieron
origen al nacimiento de esta ciencia los que se puede señalar entre otros a
Lombroso, Garofalo, Nicéforo, Ferri, Benigno Di Tullio, Fratelli-boca, Etiemme De
Greeff, Hesnard, Stephan Huwitz, Seelig, Jean Pinatel, José Ingenieros, etc
quienes supieron con mucho esfuerzo brindar el científico estudio del delincuente
y el delito, desarrollando así los primeros tratados, hipótesis y la edición de sus
trabajos, a través de diversos textos en donde explicaban los resultados arribados
en cuanto al tratamiento de esta problemática (delito-delincuente).
El delincuente por un lado comete un delito por sentimientos de culpa, y por el
otro, el castigo que el delito ocasiona, satisface la necesidad de autocastigo que
el sujeto experimenta inconscientemente. Freud (1920), también habla de los
delincuentes adultos que cometen delitos sin sentimientos de culpa. Señala que
estos sujetos no han desarrollado inhibiciones morales o creen justificada su
conducta por su lucha contra la sociedad, refiriéndose así hacia los actualmente
denominados personalidades Psicopáticas.
Quintiliano S, (1929) define a la Criminología como ciencia del crimen o estudio
científico de la criminalidad, sus causas o medios para combatirla el investigador,
filósofo y sociólogo argentino, José Ingenieros6 describía en el Programa de
Criminología que esta disciplina comprende el estudio de:
a) La Etiología Criminal, referente a las causas del delito;
b) Clínica criminológica, que son las formas en que se manifiesta los hechos
delictivos;
c) Terapéutica criminal, que estudia las medidas, sociales e individualizadas.
Abrahamsen expresa, en (1940), que la Criminología permite la investigación a
través de la etiología del delito y busca tratar o curar al delincuente y prevenir las
conductas delictivas. Hurwrrz (1945), en su Tratado de Criminología, señala que
34
la Criminología estudia los factores individuales y sociales que fundamentan la
conducta criminal. Su objetivo central es la etiología del crimen
La criminología, como podemos observar no se exterioriza de una manera
independiente, sistemáticamente cultivada. Sino que se deriva de diversas ramas
de la investigación humana, hasta que al final se llega a reunir todas estas piezas
dispersas y con ello se desarrolla una disciplina propia, llamada criminología.
En la antigüedad se pensaba que el delito, se le atribuían a los defectos físicos y
mentales y que era el producto de los rasgos hereditarios. Pero no hay de qué
preocuparse puesto que tales afirmaciones hoy en día no son tomadas como
positivas sino más bien son rechazadas, porque el delito se aprende no se
hereda.
Se puede definir que es un término desafortunado puesto que una cosa es el
estudio del hombre delincuente y otra cosa diversa el análisis de los tipos
penales, penas y medidas de seguridad, siendo por demás ambicioso pretender
restringir el derecho penal a simples principios de criminología, sueño que los
criminólogos críticos han mantenido durante muchos años, con la recurrente
manifestación de la necesidad de hablar de una criminología y de la desaparición
del derecho penal.
Criminología Científica.- Es el conjunto de conceptos, teorías, resultados y
métodos que se refieren a la criminalidad como fenómeno individual y social, al
delincuente, a la víctima, a la sociedad y en parte al sistema penal. Sus
personajes son los investigadores criminológicos y deben por consecuencia
poseer una enseñanza adecuada. La Criminología Científica se manifiesta en
libros, discusiones, publicaciones, ensayos, encuestas y proyectos.
Criminología Aplicada, está constituida por las aportaciones de la Criminología
Científica y de la Experimental para aplicarse a los mecanismos de reacción y de
control social, rebasando los límites del sistema penal. Puede darse tanto dentro
como fuera de éste; es decir, actuara desde antes de la comisión del delito e
incluso después con la readaptación del sujeto a la sociedad. La aplicabilidad es
apta de darse como consecuencia de la formulación de una nueva o reformada
Política Criminológica. En ocasiones los intérpretes son prácticos y en realidad se
35
basan en sus experiencias, de ahí que podemos decir que hacen Criminología
Aplicada, los criminólogos, los médicos, psiquiatras, trabajadores sociales y
educadores.
Criminología Académica, está dirigida a efectos de enseñanza del conocimiento
adquirido y ampliado de la criminología general. Esta formada por la
sistematización de los conocimientos generales de la Criminología para que sean
transmitidos; por ejemplo, la historia, las teorías, métodos.
Criminología Analítica, examina si las otras criminologías y la política
criminológica cumplen su cometido. Ejerce una función de supervisión de lo
hecho, de lo que se hace y deja de hacerse, e indica lo que debe de hacerse,
combinando la tarea metódica con la constructiva.
Implica una serie de operaciones tendientes a demostrar la invalidez o validez de
lo que se afirma criminológicamente. Supone ocuparse de autores, obras y teorías
dentro de los límites razonables.
La criminología clínica, consiste en aplicar los descubrimientos de la
Criminología Académica a los problemas clínicos y de salud. Es el diagnostico y
tratamiento de los problemas emocionales y conductuales, como las
enfermedades mentales, antisocialidad, alcoholismo, etc. Estudia los factores que
llevaron al sujeto a cometer una conducta antisocial, no se estudia la generalidad,
sino cada caso particular.
Estos tipos de criminología se pueden o se concentran a estudiar de diferentes
tipos puntos de vista y ayuda a evolucionar la misma criminología general, la cual
la criminología general este es su función o su objetivo que la cual es aportar
conocimientos sobre el fenómeno, con las causas que lo motivaron a realizar un
acto antisocial, hasta el crimen como fenómeno social, estos conocimientos
deben tener la etiqueta de conocimientos científicos.
36
1.2.3. Modalidades de la conducta
Según Contardo (1977), la persona es el lugar donde nacen los valores: el
hombre en cuanto hombre, es decir, en cuanto ser espiritual o persona, es el lugar
y la ocasión del surgir de los valores.
Para Prieto (2001), las teorías escépticas surgen como cuestionamiento a las
nociones de coherencia y completitud del sistema jurídico, pues evidencian que
un ordenamiento generalmente contiene una serie de lagunas y que el juez como
aplicador del derecho no puede solamente utilizar la ley como única fuente sino
que debe acudir a otras fuentes sobre todo de carácter social. Dentro de estos
acercamientos teóricos se encuentra la escuela del Derecho Libre, de la
jurisprudencia de intereses y el realismo norteamericano.
Guastiní, (2008), considera a la interpretación como un acto de decisión, no se
trata entonces del juez frente a una única posible solución, sino que habiendo una
pluralidad de significados susceptibles de ser atribuidos a una disposición, el juez
o intérprete debe escoger entre uno de ellos. Es decir, si bien el significado no
viene dado de antemano tampoco el juez es totalmente arbitrario sino que debe
decidir sobre algunos significados posibles.
1.2.3.1. Comportamiento Humano
Ernst Ludwig von Beling, Jurista Alemán dice que el “Delito es una acción típica,
antijurídica, culpable, cubierta con una sanción penal adecuada a la culpabilidad,
y que llena las condiciones legales de punibilidad”
Jimenez de Usua, jurista y político español por su parte manifiesta que el delito es
un “acto típicamente antijurídico imputable y culpable, sometido a veces a
condiciones objetivas de penalidad, y que se halla conminado con una pena o, en
ciertos casos, con determinada medida de seguridad en reemplazo de ella”
En sentido amplio, delito es sinónimo de infracción, en sentido estricto, delito es
una infracción cuyo autor puede ser castigado con penas correccionales, esto es,
con pena de prisión de más de dos meses.
37
Es toda acción u omisión que, por malicia o negligencia culpable, da lugar a un
resultado dañoso, estando prevista o tipificada en la ley penal dicha acción u
omisión con el señalamiento de la correspondiente pena o castigo. Cuando dicha
conducta no alcanza la gravedad precisa para ser calificada como delito, puede
encuadrarse en las faltas o delitos menores, cuya tipificación en la ley penal se
hace separadamente de los delitos. Cuando la pena venga determinada por la
producción de un ulterior resultado más grave, sólo se responderá de éste si se
hubiere causado, al menos, por culpa.
Tipicidad
Según Roxin (1997), acción ha de ser típica, o sea, ha de coincidir con una de las
descripciones de delitos, como todos los conceptos básicos del Derecho penal, el
concepto de tipo introducido por Beling (1906), también tornasola en diversos
significados, también tornasola en diversos significados sin embargo, las
distinciones esenciales para el Derecho penal se pueden reducir a los tres
cometidos que debe cumplir el tipo: el mismo tiene una función sistemática, una
función dogmática y una función político criminal en sentido sistemático el tipo
abarca "el compendio o conjunto de los elementos que dan como resultado saber
de qué delito típicamente se trata del daño de un cosa ajena.
Según Reyes (2003), considera que la conducta real primero se adecua al tipo,
es decir, será típica, para después pasar al estado siguiente de la antijuridicidad,
en la cual se estudia otra vez la vulneración del bien jurídico ya visto en el tipo y
que no existan causales de justificación. De esta manera, la causa de
justificación excluye la antijuridicidad, pero deja subsistente el tipo, Según este
planteamiento, es posible que la conducta se adecue al tipo prohibitivo o de
omisión y a la causa de justificación.
Dolo
Código Orgánico Integral Penal (2014), señala que dolo es la persona que tiene el
designio de causar daño.
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Responde por delito preterintencional la persona que realiza una acción u omisión
de la cual se produce un resultado más grave que aquel que quiso causar, y será
sancionado con dos tercios de la pena.
Se encuentra en posición de garante la persona que tiene una obligación legal o
contractual de cuidado o custodia de la vida, salud, libertad e integridad personal
del titular del bien jurídico y ha provocado o incrementado precedentemente un
riesgo que resulte determinante en la afectación de un bien jurídico.
Culpa
Código Orgánico Integral Penal (2014), actúa con culpa la persona que infringe el
deber objetivo de cuidado, que personalmente le corresponde, produciendo un
resultado dañoso. Esta conducta es punible cuando se encuentra tipificada como
infracción en este código.
Antijuridicidad
Según Roxin (1997), una acción antijurídica es formalmente antijurídica en la
medida en que contraviene una prohibición o mandato legal; y es materialmente
antijurídica en la medida en que en ella se plasma una lesión de bienes jurídicos
socialmente nociva y que no se puede combatir suficientemente con medios
extrapenales.
Código Orgánico Integral Penal (2014), indica que la conducta penalmente
relevante sea antijurídica deberá amenazar o lesionar, sin justa causa, un bien
jurídico protegido por este Código.
Pero también se contienen causas de justificación, sobre todo el derecho,
extraordinariamente importante, a la legítima defensa y el estado de necesidad
justificante. Ante una acción típica y antijurídica se habla de "injusto" penal,
concepto que comprende por tanto las tres primeras categorías.
39
Código Orgánico Integral Penal (2014), indica que son causas de exclusión de la
antijuridicidad cuando no existe infracción penal cuando la conducta típica se
encuentra justificada por estado de necesidad o legítima defensa.
Tampoco existe infracción penal cuando se actúa en cumplimiento de una orden
legítima y expresa de autoridad competente o de un deber legal. Exceso en las
causas de exclusión de la antijuridicidad es cuando la persona que se exceda de
los límites de las causas de exclusión será sancionada con una pena reducida en
un tercio de la mínima prevista en el respectivo tipo penal.
Culpabilidad
Según Roxin (1997), la acción típica y antijurídica ha de ser culpable, es decir, ha
de poderse hacer responsable de ella al autor, la misma se le ha de poder, como
mayoritariamente se dice, reprochar para más detalles al respecto. Para ello es
presupuesta la imputabilidad o capacidad de culpabilidad y la ausencia de causas
de exculpación, como las que suponen por ejemplo el error de prohibición
invencible o el estado de necesidad disculpante.
Código Orgánico Integral Penal (2014), Culpabilidad para que una persona sea
considerada responsable penalmente deberá ser imputable y actuar con
conocimiento de la antijuridicidad de su conducta.
La diferencia entre falta de antijuridicidad y falta de culpabilidad, entre justificación
y exculpación, consiste en que una conducta justificada es reconocida como legal
por el legislador, está permitida y ha de ser soportada por todos, mientras que una
conducta exculpada no es aprobada y por ello sigue estando no permitida y
prohibida. Únicamente no se castiga, pero por regla general no tiene por qué ser
tolerada por quien es víctima de una conducta antijurídica.
Código Orgánico Integral Penal (2014).- No existe responsabilidad penal en el
caso de trastorno mental debidamente comprobado y se denomina causa de
inculpabilidad
40
Responsabilidad en embriaguez o intoxicación, salvo en los delitos de tránsito, la
persona que al momento de cometer la infracción se encuentre bajo los efectos
del alcohol o de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las
contengan, será sancionada conforme con las siguientes reglas:
1. Si deriva de caso fortuito y priva del conocimiento al autor en el momento
en que comete el acto, no hay responsabilidad.
2. Si deriva de caso fortuito y no es completa, pero disminuye
considerablemente el conocimiento, hay responsabilidad atenuada
imponiendo el mínimo de la pena prevista en el tipo penal, reducida en un
tercio.
3. Si no deriva de caso fortuito, ni excluye, ni atenúa, ni agrava la
responsabilidad.
4. Si es premeditada con el fin de cometer la infracción o de preparar una
disculpa, siempre es agravante.
1.2.3.2. Realidad política
Durante el gobierno de la Revolución Ciudadana, a través de nuestra Constitución
y del Plan Nacional para el Buen Vivir, hemos determinado nuestras metas y
prioridades como país para construir una sociedad de equidad, paz, justicia social
e interculturalidad. Esto requiere evidentemente de una transformación estructural
y profunda en la que el Estado, el Gobierno y los ciudadanos y ciudadanas
estamos trabajando. En este marco, reconocemos que el mayor desafío para
América Latina y para Ecuador, es el combate a la pobreza y la desigualdad.
Los cambios del entorno mundial han convertido a nuestra región en un área
estratégica, con cada vez mayor autonomía e identidad en factores políticos
fundamentales. Esto se alcanzó, principalmente, gracias a la existencia de un
conjunto de gobiernos progresistas, conscientes de su propia soberanía y
preocupados por recuperar el predominio del ser humano sobre el mercado, con
un rol claro del Estado.
41
Latinoamérica puede evidenciar así el papel preponderante que deberá asumir
dentro de un esquema multilateral de relaciones internacionales. En este
contexto, los gobiernos también recuperan el patrimonio de los pueblos a través
del manejo soberano de los recursos naturales.
1.2.3.3. Realidad social
La creciente escasez de recursos obligó a la gran mayoría de los Estados que
obedecían al esquema constitucional de la posguerra, a implementar programas
encaminados a mejorar la eficiencia y eficacia en el gasto público, y a establecer
criterios de productividad económica y social de corte liberal en la oferta de los
servicios públicos más importantes. La relevancia asignada en la nueva
concepción del Estado a la mayor competitividad de las empresas en los
mercados internacionales, implicaba un serio ajuste de los costes laborales.
En este período de Gobierno se han dado cambios estructurales del Estado en
cuanto a la gestión pública, a la planificación estatal, al desarrollo de políticas
públicas en lo económico, ambiental, social y cultural. Es así que los objetivos
planteados dentro del Plan Nacional para el Buen Vivir, se orientan a la lucha
contra la pobreza extrema y la inequidad, al cambio de la matriz productiva, la
inserción estratégica del Ecuador en el mundo, la gratuidad de la salud y la
educación, el desarrollo de la ciencia y tecnología, de la infraestructura vial, entre
otros.
Especial importancia se le otorga a la participación ciudadana, al preponderante
del poder popular y de las decisiones ciudadanas en el destino del Estado y en el
caso de la Defensa, la definición de este ámbito como bien público y la
apropiación y comprensión del mismo por parte de la sociedad.
1.2.3.4. Realidad jurídica Ecuatoriana
Según Montaña, la realidad Jurídica del Ecuador, es una revolución cultural que
implica lograr, por primera vez en nuestra historia, que el derecho se cumpla
efectivamente y no solo se obedezca formalmente como planteaban los
42
castellanos del siglo XVI y aprendieron tan bien los mestizos andinos y los
burócratas de nuestro país hasta hoy.
Esta tarea que para algunos puede ser utópica o incluso imposible, dada la
historia del país, es imprescindible y comienza por persuadir a los operadores
jurídicos en todos los niveles que la Constitución no es el programa de un grupo
hegemónico o partido determinado, sino una norma que pertenece a todos y que
debe aplicarse a favor de todos y particularmente de aquellos que tienen menos
poder, o condiciones para ejercerlo.
Si de lo que se trata de es de propiciar el cambio en los jueces y operadores
jurídicos, para hacer que estos ayuden a materializar la Constitución y no la dejen
convertida en letra muerta, las herramientas tienen que estar conectadas más con
la práctica concreta y cotidiana que con discursos y teorías grandilocuentes,
sacadas de obras y autores prestigiosos, y en ese sentido es obvio que es
necesario hacer un esfuerzo de explicación del nuevo paradigma jurídico
plasmado en la Constitución desde la óptica y con la lógica de los procedimientos
requeridos para llevarlo a la práctica.
1.2.4. Medios de control constitucional
En relación con los tipos de Control Constitucional, se pueden distinguir cuatro
principales formas o tipos, que son los siguientes: el difuso; el concreto; el
concentrado; y, el abstracto.
El Ecuador en los últimos años se ha ido posicionando como una alternativa
progresista en la región cuyo horizonte es el Buen Vivir. Hoy nuestra mirada está
en el sur, en nuestro sur histórico. El Gobierno de la Revolución Ciudadana busca
construir una sociedad solidaria y justa, a partir de un cambio en las relaciones de
poder y la redistribución de la riqueza, con el fin de enfrentar los problemas más
graves de la población.
Por su parte Zagrabelsky (2008), indica que el sistema europeo de control data de
las primeras décadas del siglo XX cuando en Austria en 1920 y en Alemania en
43
1929 se crearon, bajo los postulados de Hans Kelsen, los Tribunales
Constitucionales, los mismos que desaparecieron lamentablemente con motivo de
la Segunda Guerra Mundial.
En relación con los tipos de Control Constitucional, se pueden distinguir cuatro
principales formas o tipos, que son los siguientes: el difuso; el concreto; el
concentrado; y, el abstracto.
Difuso o desconcentrado: Cuando cualquier juez puede realizar la verificación
de constitucionalidad.
Concentrado o especializado: Este es el sistema ideado por Hans Kelsen, en el
cual se desarrollan todas las características y contenidos de la teoría kelseniana
del control constitucional. En algunos países se ha implementado exactamente
como este tratadista lo propuso, mientras que otros ubicaron al Tribunal
Constitucional como formando parte del Poder o Función Judicial. Otros países
quedaron a la mitad de camino, otorgando la función de Tribunal Constitucional a
un órgano ordinario del Poder o Función Judicial, sea a la Corte Suprema o a una
Sala de ella, llamándola Sala Constitucional
Mixto: Que intenta compaginar las ideas del sistema difuso y del concentrado. Así
por ejemplo todos los jueces resuelven las cuestiones de constitucionalidad en las
acciones ordinarias con efectos entre las partes, pero en ciertas acciones
especiales, generalmente reservadas a determinados órganos (Presidencia de la
República, Fiscalía General) van directamente al Tribunal Constitucional, cuya
sentencia será “erga omnes”; o bien, el Tribunal Constitucional conoce por
apelación en los aspectos constitucionales de los casos comunes, pero es
primera instancia en las acciones generales de inconstitucionalidad.
44
1.2.5. Derecho Comparado
México
Díaz (2010), indica que hablar sobre política criminal implica un acercamiento a
una disciplina que se vincula con una serie de ciencias, nutridas todas de varios
saberes (Sociología, Ciencia Política, Derecho). Se trata de la política jurídica en
el ámbito de la justicia criminal.
La política criminal en México, señala en un sentido amplio como cualquier tipo de
manifestación criminal observable en una colectividad humana, constituye un
fenómeno social de grave entidad, dado que incide directamente en el bienestar y
seguridad social de todos los habitantes de nuestro país, al atentar de manera
directa contra una serie de valores humanos considerados como de mayor
envergadura, tales como la vida, la libertad, la salud colectiva, la propiedad, entre
muchos otros; de ahí que resulte válido afirmar que la delincuencia in genere es
una amenaza para todo Estado de derecho y para la estabilidad político-social de
cualquier nació.
La política criminal o criminológica está guiada o delimitada por algunos
principios que garantizan que no se encuentran acciones que, si bien impactan a
la delincuencia, puedan a su vez dañar los más elementales derechos de los
ciudadanos; sobre estos.
Colombia
La Política Criminal la Nación ha tenido encrucijadas, como limbos que no solo
son jurídicos sino sociales, como bien sabemos una sociedad también se forma
parte de (cultural, económica, política, religiosa) y todo en pro de ir en vía de
desarrollo, pero Colombia no reconoce ante el mundo las fallas sino que maquilla
(informes) que tenga en su momento que presentar ente las Cortes
Internacionales. Colombia es un país pluri-cultural.
Los delitos en Colombia en la actualidad se está viendo como un juego entre
fiscales, jueces, victimas, victimarios, políticos y un factor importante en Colombia
que lo considero un fenómeno social de sumisión visible por parte del pueblo y
45
(poder económico) las actuaciones judiciales en Colombia frente a un delito son
fuentes influenciadas por la economía y el poder que presentan las parte cuando
las víctimas son económicamente alta y que el victimario lo es también, entonces
quiero decir con esto que es más un encuentro entre poderos económicos y no lo
real que le compete al ordenamiento jurídico que es la reparación integral,
restitución de tierras de desarme armamentista.
En la actualidad se está presentando un fenómeno social crítico y es los delitos
que se presentan por parte de los menores de edad y adolescentes en materia
PENAL que se está quedando corto en el ejercicio y objetivo que debe tener el
órgano judicial.
Chile
Chile puede ser catalogado como un país "punitivo", donde las altas de
prisionización y sus oscilaciones, no se correlacionan con los índices de
victimización que presenta el país. Esto sin duda se encuentra en consonancia
con la literatura criminológica que ha mostrado cómo el aumento de
encarcelamiento puede coexistir con un marcado descenso del delito, lo que
afirma que el aumento desproporcionado de personas en prisión, no responde
directamente a incrementos en la comisión de delitos, sino que además del
número de delitos, hay una decisión política de cómo reaccionar a ellos.
El problema en ese sentido, es que al final todos perdemos, pues pocos
prisioneros logran retornar exitosamente a sus comunidades, generando en
definitiva más delito, y produciendo un enorme gasto de los recursos
presupuestarios destinados a concretarlas. En ese sentido, un adecuado cambio
de giro, supone invertir mayores recursos en materia de prevención,
especialmente en la terciaria, y el abandono de estrategias efectistas que en nada
resuelven la esencia del problema de hacerse cargo del viejo dilema asociado a
las "causas" del fenómeno criminal.
46
Alemania
Los principios de Política Criminal Alemana fueron receptados por muchos
códigos y anteproyectos, inclusive priorizando la naturaleza de los móviles del
delincuente y los tipos de criminales: ocasionales, habituales y por predisposición
con la consecuente individualización de la pena.
Según Romagnosi (2015), el único medio general para prevenir las ocasiones de
tener que ejercitar el Derecho Penal se hallaba fuera del mismo, en la dinámica
moral preventiva en oposición a la dinámica física represiva. Según este autor las
causas sociales más importantes del delito eran:
Las necesidades de subsistencia;
La carencia de educación;
La deficiente vigilancia;
La injusticia.
España
La dimensión real de la actual política criminal española carece de adecuados
niveles de racionalidad, entre sus múltiples causas, podemos mencionar el
fenómeno de la creciente dinámica punitivista, la ausencia de una adecuada
cultura de evaluación, el menosprecio a la criminología, la escasa consideración
de los responsables políticos hacia las opiniones expertas de la dogmática, y la
constante indiferencia de ésta hacia la realidad que debe enfrentar.
Se configura así un decepcionante panorama donde la política criminal real
aparece como carente de una sólida base empírica. La dimensión teórica de la
política criminal, no puede soslayar el aporte de las investigaciones
criminológicas, ya que aquellos tendrían la virtualidad de ser condición necesaria
aunque no suficiente de la utilización racional del sistema punitivo.
Hay que optar por una reducción de la privación de libertad y promover otras
sanciones en cuyo contenido se armonicen los conceptos de incapacitación y
responsabilización. Además, se requiere el desarrollo de una victimología que se
47
dirija a inhibir los impulsos punitivos de las víctimas en función de orientar la
política criminal hacia una cultura jurídica reparatoria que enfrente la actual
expansión del derecho penal.
1.3. Valoración crítica de los conceptos principales de las distintas
posiciones teóricas
Analizando los diferentes tratadistas con un punto de vista fenomenológico se
nota que coinciden con narraciones que tratan, de explicar de manera total los
problemas fundamentales acerca del origen y naturaleza del universo, en la
diversas etapas en el mundo la filosofía le interesan las explicaciones racionales,
culpable.
Las legislaciones penales de la mayoría de los países están experimentando una
serie de transformaciones, vertiginosas en el ritmo y aparentemente, muy
profundas en cuanto a los principios sobre los que parecen inspirarse, la Edad
Contemporánea es ante todo época de revoluciones es fundamentalmente una
teoría de la inteligencia, se pueda hacer una teoría universalmente justificable de
lo que es la inteligencia. Y probablemente podremos utilizarla para explicar
fenómenos, para aclarar fenómenos nuevos, para estimular la creatividad.
De esta manera da la pauta de diferentes tipos de vida de un niño que se
convierte en un adulto con muchos problemas dentro de la sociedad ocasionando
que desconozca, o de manera normal incumplir con las leyes de un país
generando conducta penales que son sancionadas por el implicado,
menoscabando el buen vivir de un pueblo.
Durante el gobierno de la Revolución Ciudadana, a través de nuestra Constitución
y del Plan Nacional para el Buen Vivir, se está tratando de evitar menos
sancionados por el incumpliento de la ley, Es así que los objetivos planteados
dentro del Plan Nacional para el Buen Vivir, es propiciar el cambio en los jueces y
operadores jurídicos, para hacer que estos ayuden a materializar la Constitución y
no la dejen convertida en letra muerta.
48
1.4. Conclusiones Parciales del Capítulo
Con el actual Código Orgánico Penal, se sancionan las conductas penales por
acciones o omisiones que pongan en peligro o produzcan resultados lesivos,
descriptibles y demostrables por cuanto todos las personas adultas se
encuentran inmersas, y a través de este marco teórico podemos darnos cuenta
que desde el inicio de la humanidad siempre habido personas que a pesar de las
diferentes formas o leyes que se usaban para tratar de evitar delitos de acción o
de omisión de igual ocurrían por lo que este análisis fenomenológico de
conductas penales en personas adultas de la ciudad de Quevedo, ayudara a
tomar correctivos, lo que mejorara el buen vivir de los ciudadanos inmersos en
esta realidad social.
49
CAPITULO II. MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA
PROPUESTA
2.1 . Caracterización del sector, rama, empresa o problema seleccionado
para la investigación.
La ciudad de Quevedo, en sus primeros años fue una ciudad próspera, situada
en el centro de la costa ecuatoriana. Sus antepasados legaron un pueblo
laborioso y pacífico. Quevedo creció junto al río y por ello poseen una gran
riqueza agrícola.
El empirismo era un mal necesario que existía en ese tiempo. Carecían de
médicos titulados y abundaban los brujos, parteras, etc., los cuales aparte de
cobrar buenos honorarios, causaban la muerte de sus clientes. Pero, en 1884
se frenó esta actividad ilegal por la ruptura territorial de Los Ríos que propició
la creación de la provincia de Bolívar, empezó la afluencia de personas
estudiadas a nuestra región los que frenaron un poco los desacreditados
métodos de los charlatanes.
El Cantón Quevedo se halla situado en una posición geográfica y vial
privilegiada, ha cumplido una etapa de positivo beneficio para el país, además
permite un intenso tráfico terrestre y fluvial, esto ha permitido que la
delincuencia la use de transito esta conexión entre los fines y los medios no
es de extrañar que surjan tendencias agresivas y hostiles que suponen una
inadaptación y un resentimiento, o bien actitudes de defección que sitúan a las
personas adultas, y a veces a grupos enteros, al margen de la cultura y de la
sociedad, tendencias y actitudes que, a su vez, quedan abiertas a una postura
de rebelión frente al orden social constituido.
50
2.2 . La población y muestra
Por ser la población menor de 100 personas la encuesta se realiza a la totalidad
de la población.
2.3. Descripción del Procedimiento Metodológico para el Desarrollo de la
Investigación.
Modalidad de la investigación
Por su modalidad se inscribe la siguiente investigación en la metodología
cualitativa – cuantitativa con tendencia cuantitativa.
Cualitativa.- Permitió distinguir y orientarse a describir e interpretar los
fenómenos y son adecuados para los investigadores que se interesan por el
estudio de los significados de las acciones humanas desde la perspectiva de los
propios agentes sociales.
Cuantitativa.- Permitió examinar los datos de manera científica y numérica,
generalmente con ayuda de herramientas de campo de la estadística, por lo que
fue de gran ayuda para obtener los resultados de las encuestas y entrevistas
realizadas.
Tipos de investigación
Por su diseño:
Población No.
Operadores de justicia 25
Familias usuarias del sistema judicial 35
Abogados en libre ejercicio 30
Total 90
51
Teoría fundamentada.- Son estudios predominantes teóricos. Su propósito es
desarrollar la teoría en base a datos empíricos obtenidos en la propia
investigación, más que en los estudios previos.
Investigación acción.- Su finalidad es resolver problemas cotidianos e
inmediatos y mejorar prácticas concretas. Como propósito fundamental está
aportar información que guíe la toma de decisiones para programas, procesos y
reformas estructurales. La investigación-acción, construye el conocimiento por
medio de la práctica diaria en la que se desenvuelven los sujetos que son
analizados.
Por su alcance
Exploratoria.- Tiene por objeto esencial la familiarización de con un fenómeno o
concepto desconocido o poco estudiado.
Descriptiva.- Para analizar cómo es y cómo se manifiesta un fenómeno y sus
componentes.
Explicativa.- Dirigidas a encontrar las causas que provocan determinados
fenómenos o procesos.
Métodos, Técnicas e Instrumentos
Métodos Empíricos
La observación científica.- El investigador conoce el problema y el objeto de
investigación, estudiando su curso natural, sin alteración de las condiciones
naturales, es decir que la observación tiene un aspecto contemplativo.
Medición.- Permite establecer comparaciones del fenómeno, para determinar su
límite, nos permite precisar la información cuantitativamente.
Experimento.- Nos permite aislar el fenómeno para determinar la causa-efecto,
puede ser en el laboratorio o en el campo.
52
Recolección de información.- Es la actividad especial para recoger, procesar o
analizar datos, que se realiza con determinada orientación y con el apoyo de
ciertas técnicas e instrumentos.
Encuesta.- Es una forma de obtener información masiva y descubrir el
fenómeno de investigación.
Entrevista.- Constituye un diálogo directo entre el investigador y el
entrevistado, de quien extrae la información del fenómeno.
Cuestionario.- Consiste en un peligro de preguntas que deben responder
la población, sobre el conocimiento del fenómeno de la investigación.
El criterio de especialistas.- Es un grupo de especialistas reconocidos en
el área de que se trata, que se pronuncian sobre determinado fenómeno o
conocimiento.
Métodos Teóricos
Histórico – Lógico.- Es aquel que nos permite conocer el objeto en su proceso
de desarrollo, es decir concebirlo al objeto desde su aparición, crecimiento y
extinción. Este método nos esclarece las distintas etapas de los objetos en
sucesión cronológica, en las formas concretas de manifestación histórica. El
lógico.
Lógico.- El conjunto de reglas o medios que se han de seguir o emplear para
redescubrir la verdad o para que sea demostrada por el investigador.
Analítico – Sintético.- El análisis de un objeto significa comprender sus
características a través de las partes que lo integran, es hacer una separación de
sus componentes y observar periódicamente cada uno de ellos, al fin de
identificar tanto su dinámica particular como las relaciones de correspondencia
que guardan entre si y dan origen a las características generales que se quiere
conocer.
53
La síntesis se manifiesta en forma contraria al analítico, pues parte reuniendo los
elementos del todo, previamente separados, descompuestos por el análisis. Es
labor de volver a reunir las partes divididas por el análisis, ya previamente
examinadas.
Inductivo – Deductivo.- El primero aquél que establece proposiciones de
carácter general inferidas de la observación, el estudio analítico de hechos y
fenómenos particulares, su aplicación permite establecer conclusiones generales
derivadas precisamente de la observación sistemática y periódica de los hechos
reales que ocurren en torno al fenómeno en cuestión. El razonamiento deductivo
considerado como el método que desempeña dos funciones de la investigación
científica:
La primera función consiste en hallar el principio desconocido de un hecho
conocido, se trata de referir a la ley que lo rige.
La segunda función consiste en descubrir la consecuencia desconocida de
un principio conocido, esto significa que si conocemos cierta ley podemos
aplicarla en casos particulares menores.
Hipotético – Deductivo.- Es posible encontrar un nuevo conocimiento en el
conocimiento ya descubierto.
Deductivo.- Es un método científico que se considera que la conclusión se halla
dentro las premisas. Esto quiere decir que las conclusiones son una consecuencia
necesaria de las premisas: cuando las premisas resultan verdaderas y el
razonamiento deductivo tiene validez, no hay forma de que la conclusión no sea
verdadera.
Modelación.- Permite crear un modelo abstracto que se le representa
mentalmente, se mueve entre el objetivo y subjetivo, lo concreto y abstracto.
54
Sistemático.- Permite estudiar el objeto atendiendo a sus componentes y al
conjunto de relaciones entre ellas y con el medio, para explicar su movimiento y
desarrollo.
Métodos Matemáticos:
Estadística.- La estadística esté presente en la interpretación de los datos en
forma gráfica, a través de la tabulación de los resultados de la investigación.
Matemáticos.- No están limitados a una etapa de la investigación, sino que
puede aparecer tanto en el diagnóstico, en la elaboración de la nueva teoría como
en la validación o comprobación de ésta, más que todo directamente en la
interpretación de resultados.
Otros métodos.- Cualquier otro método permitido, que pueda ayudar al
investigador dependiendo del fenómeno investigado.
Técnicas
La Encuesta.- Es una técnica destinada para obtener información sobre el
fenómeno de los diferentes aspectos a estudiarse, problema y propuesta, cuyas
opiniones impersonales interesan al investigador. Para ello, se utiliza un listado de
preguntas escritas que se entregan a los sujetos, a fin de que las contesten
igualmente por escrito.
Una encuesta implica la recopilación y el análisis de las respuestas de grandes
grupos de personas, a través
La Entrevista.- Es una técnica para obtener datos que consisten en un diálogo
entre dos personas: El entrevistador “investigador” y el entrevistado: se realizada
con el fin de obtener información de parte de este, que es, por lo general, una
persona entendida en la materia de la investigación.
El Fichaje.- Consiste en formularios o diseños que permiten recoger información
completa de biblioteca.
55
Instrumentos
Formulario de la encuesta.- Consiste en un pliego de preguntas
cuidadosamente elaboradas y que deben responder los encuestados.
Guía de la Entrevista.- Consiste en un sin número de preguntas elaboradas de
antemano y se le entrega al entrevistado para que en un tiempo prudencial las
conteste, así mismo su estructura varía de acuerdo a las necesidades del
investigador.
Ficha Bibliográfica.- Permite información sobre una determinada obra que
contiene la bibliografía.
Ficha Nemotécnica.- Consiste en recoger información amplia sobre un tema de
interés del investigador, que desea tener a mano.
56
2.4. Propuesta del investigador
Para garantizar una adecuada cultura jurídica en la ciudad de Quevedo se ha
realizado el “ESTUDIO FENOMENOLÓGICO DE CONDUCTAS PENALES EN
PERSONAS ADULTAS DE LA CIUDAD DE QUEVEDO” de cual se parte para
plantear algunas acciones que permitirán prevenir y disminuir el índice de
violencia, a pesar de que las estadísticas demuestran una disminución no es
suficiente en consideración al población y al daño que provocan en las familia.
1. INTRODUCCIÓN
La presente investigación esta fundamenta sus ideas en las estadísticas y la
realidad de la conductas penales dando la acción o comportamiento humano, este
elemento es esencial en la teoría del delito; pues el código orgánico integral penal
como medio formal de control social, de lege lata, (según la ley existente) en su
artículo 22 del Código Orgánico Integral penal, sólo incrimina conductas humanas,
voluntarias penalmente relevantes; es decir, en el proceso de criminalización el
legislador realiza un juicio desvalorativo de la acción.
Cada uno de los datos obtenidos permite medir el impacto socio jurídico y la
vulnerabilidad de la sociedad frente los actos delictivos haciendo de estas
conductas un fenómeno de ser estudiados donde nos revelará aspectos de la
personalidad del individuo y su evolución de los Derechos Humanos en
occidente, y su constitucionalización en el Ecuador entre las cuales se pueden
encontrar el garantismo penal y el derecho penal máximo con enfoque de derecho
penal del enemigo, fundamentado en el respeto a la Constitución, su rigidez y
aplicación directa,
Además, se aspira que sirva para tener una visión mucho más amplia en de cómo
influyen las conductas penales en las personas, con el objetivo de democratizar
el derecho penal evitando el abuso del poder, sometiendo a toda la
institucionalidad a la Constitución y los derechos, reconociendo a todos los
ciudadanos como iguales y observando al delito desde sus dimensión integral
sociológica, antropológica y jurídica; quienes son los exclusivos titulares de los
derechos, inclusive al enemigo, al decir como el maestro Zaffaroni, no es posible
57
pretender que este trato diferencial puede ser aplicado a un ser humano sin
lesionar su carácter de persona.
2. LAS CONDUCTA PENALES: FENÓMENO DE ESTUDIO
El presente estudio nos permite fundamentar teórica y estadísticamente en que se
debe asentar el derecho penal de acuerdo a las conductas penales
convirtiéndose en fenómeno que inspira estudiarlo. Los principios aplicables en
el Código Orgánico Integral Penal, hacen referencia a todos los aplicables
formados en la Constitución de la República del Ecuador, instrumentos
internacionales y demás leyes de nuestra República Ecuatoriana según el
principio de intervención mínima, el derecho penal debe tener carácter entre dos
fenómenos, por parte del Estado para la protección de los bienes jurídicos y sólo
para los más importantes frente a los ataques más graves.
Se hace referencia al valor inherente del ser humano en cuanto ser racional,
dotado de libertad y poder creador, pues las personas pueden modelar y mejorar
sus vidas mediante la toma de decisiones y el ejercicio de su libertad, el principio
de inocencia o presunción de inocencia es un principio jurídico penal que
establece la inocencia de la persona como regla, solamente a través de un
proceso o juicio en el que se demuestre la culpabilidad de la persona, podrá el
Estado aplicarle una pena o sanción, contracara de la presunción de inocencia
son las medidas precautorias como la prisión preventiva.
En el derecho penal moderno solamente se admiten medidas precautorias cuando
hay riesgo de fuga o peligro cierto de que la persona afecte la investigación del
hecho de forma indebida. Según el principio general del "favor rei", se ha de
aplicar la ley que sea más benigna a los intereses del acusado, contemplando
dentro de su seno la posibilidad de la aplicación extractiva de la ley, al menos, en
dos formas de utilización.
La de retroactividad, para los que están siendo procesados o hayan sido
condenados, por serles más favorable la ley posterior; y, la de ultractividad, para
los que aún no hayan sido condenados y la ley anterior les es más benigna que la
58
posterior, en concordancia con numero 5 artículo 76 de la Constitución del
Ecuador.
Esta forma de concentración o continuidad es característica intrínseca del juicio
oral, dado que las pruebas presentadas se registran por así decirlo en la memoria
de los jueces y partes, lo que implica que éstas deben tomarse sin solución de
continuidad entre ellas para prevenir olvidos, el principio de contradicción o
principio contradictorio, en el derecho procesal, es un principio jurídico
fundamental del proceso judicial moderno, implica la necesidad de una dualidad
de partes que sostienen posiciones jurídicas opuestas entre sí, de manera que el
tribunal encargado de instruir el caso y dictar sentencia no ocupa ninguna postura
en el litigio, limitándose a juzgar de manera imparcial acorde a las pretensiones y
alegaciones de las partes.
El principio de inmediación exige la relación directa del juez con las partes y los
elementos de prueba que él debe valorar para formar su convicción, cuando
existe un intermediario, como ocurre en el proceso escrito, la convicción del juez
se forma bajo influjos de comunicación preparada por un tercero La motivación de
la sentencia pronunciada en un juicio, no sólo hace a la garantía de la defensa en
juicio, sino a la esencia de un régimen democrático, pues no puede privarse a los
ciudadanos que viven en el país, de conocer las razones concretas que
determinaron la resolución dictada por los órganos operadores de justicia.
Muchos de los equívocos que influyen sobre las discusiones teóricas y filosóficas,
en torno a la clásica pregunta de por qué castigar, dependen, según mi opinión,
de la frecuente conclusión que se genera entre los diversos significados que a ella
se atribuyen, entre los diversos problemas que ella refleja y entre los diversos
niveles y universos de discursos a los cuales pertenecen las respuestas admitidas
por aquella pregunta, estos equívocos se manifiestan también en el debate entre
abolicionistas y justificadores del derecho penal, lo cual da lugar a
incomprensiones teóricas que a menudo son interpretadas como disentimientos
ético políticos.
59
Lo que es más grave, además, es que ellas confieren a las doctrinas justificadoras
de la pena unas funciones apologéticas y de apoyo al derecho penal existente,
por lo cual las mismas doctrinas abolicionistas quedan supeditadas en el plano
metodológico. De tal forma, semejantes equívocos resultan ser los responsables
de ciertos proyectos y estrategias de una política criminal conservadora o
utópicamente regresiva.
El estudio ha permitido, seleccionar, en una primera mirada, la figura penal en
juego. Por ejemplo será reprimido con pena el que matare a otro para ello, en
primer lugar deben analizar la validez territorial y temporal de la ley penal que
estén aplicando, no pueden aplicar una figura penal que si bien estaba vigente al
momento del hecho, no lo está en la actualidad salvo excepción.
Para ello, tienen que conocer los contenidos del principio de legalidad sustantivo,
ver parámetros de que impulso a realizar este acto, en la actualidad existen
muchos factores que llevan a un individuo a cometer este tipo delito se debe
ayudar a que cada vez allá un a mejor cultura jurídica, explicar cuál sería la
causas de este cometimiento debido a su acción o conducta.
Explicar, en la medida que el tipo penal lo requiera por su complejidad, cada uno
de los elementos del tipo penal. Si se trata de un tipo activo u omisivo, un delito
de resultado, de pura actividad o de peligro abstracto o concreto. Analizar si existe
relación de causalidad entre la acción y el resultado, para ello, aplicar la teoría de
la equivalencia de las condiciones y la teoría de la causalidad adecuada sólo en el
caso de tratarse de delitos de resultado. Luego de ello, analizar la imputación
objetiva, la acción crea un peligro jurídicamente desaprobado para la producción
del resultado y el resultado es la concreción de ese peligro creado por la acción.
La causalidad, conductas que quedan fuera del ámbito de protección de la norma,
peligros permitidos, principio de confianza, división del trabajo, competencia de la
víctima, prohibición de regreso, opiniones de Jakobs, Bacigalupo, Mir Puig,
Zaffaroni, Recuerden que para Zaffaroni en su Tratado y no en el Manual, el
60
desistimiento (válido) de la tentativa es una causal de atipicidad (pueden
resolverlo de cualquiera de estas maneras).
El dolo, y sus componentes hay conocimiento y voluntad de realizar todos y cada
uno de los elementos del tipo objetivo descubrir qué clase de dolo es directo,
indirecto o de consecuencias necesarias, eventual, un caso de dolus generalis (
cree haber realizado el resultado perseguido), hay errores de tipo, sobre qué
elementos del tipo objetivo recae: los medios, la relación de causalidad, el
resultado, la acción, el objeto de la acción.
Causas de justificación, en primer lugar, deben analizar si concurre, en principio,
una aparente causal de justificación, elementos objetivos de una causa de
justificación defensa forzosa, estado de necesidad justificante, cumplimiento de un
deber, en algunos autores el consentimiento de la víctima, ejercicio de un
derecho.
Aquí tendrán que analizar si concurren los elementos objetivos de la causa de
justificación que aparece como de posible aplicación.
Ejemplo: en la defensa necesaria: agresión ilegítima, falta de provocación
suficiente, necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla.
Verificar si concurren y, en su caso, porqué.
b) Elementos subjetivos de la causa de justificación en cuestión. Aquí van a
verificar si tiene conocimiento de todos y cada uno de los elementos de la causa
de justificación analizada. A esta altura pueden llegar a detectar la existencia de
un error de prohibición que analizarán en la culpabilidad por falta de conocimiento
o por creencia errónea de concurrencia de una causa de justificación o de
concurrencia de los elementos objetivos de ésta o desconocimiento del autor de
que estaba justificado y a pesar de ello actuó (creyó que su obrar era antijurídico y
en verdad no lo era).
Si no hay una causa de justificación aplicable al caso, entonces la conducta es
antijurídica. Si parece aplicable una causa de justificación, pero los elementos
61
objetivos y subjetivos no coinciden, entonces la conducta es antijurídica. Por lo
tanto, siempre que la conducta sea antijurídica, pasan al análisis de la
culpabilidad, el ilícito penal queda conformado porque la conducta es típica y
capacidad de comprender la criminalidad del acto y de dirigir las acciones
conforme a esa comprensión: menores, oligofrénicos enfermedad mental,
enfermedades psiquiátricas, vis relativa “actio libera in causa”, "acto libre por su
propia causa", el estudio no ha permitido que nos permite visualizar la necesidad
de capacitar a los niños, jóvenes, adultos para generar una adecuada conducta
penal es por eso que más adelante podremos leer la mejor manera para lograr
este objetivo en bien de la sociedad Quevedeña, que será un ejemplo a seguir
La conducta no sólo es delictiva, sino que además es punible, la mayor parte de la
doctrina también analiza aquí la existencia de un desistimiento de la tentativa (al
respecto se debe analizar si el desistimiento es válido o no, es decir si fue
voluntario, y si bastó como para borrar el desvalor de acción, lo que nos permitirá,
conocer a que se debe además de saber si lo realizo o no lo realizo.
El Instituto de Latinoamericano de las Naciones Unidas, en el año 1991, señalaba
que la elección de un sistema debe responder necesariamente a la realidad
sociopolítica del sistema de administración de justicia penal, en nuestro caso hoy
reflejado en el Código Orgánico Integral Penal, y sobre todo a la política criminal
imperante, esto es de acuerdo a lo que señala el artículo 1 de la Constitución del
Ecuador; de tal modo que la realización de los derechos individuales es el objetivo
buscando la paz social.
En este contexto, los sujetos procesales asumen un papel definitorio, pues a partir
de su organización, actuación y las funciones procesales que el Código Orgánico
Integral Penal les asigna, inciden en la configuración de un sistema de
administración de justicia que debe ajustar al Estado constitucional de derechos y
justicia social, que señala el articulo 1 de la Constitución del Ecuador; de tal
manera que para conseguir la realización de una justicia penal que busque la paz
social debe guardar estos parámetros, pues como es de conocimiento general la
62
ROBO LOCALES
COMERCIALES
ROBO
EJECUTADO
CON ARMAS
VIOLENCIA
CONTRA LA
MUJER
0.61 % 2.71 % 0.45 %
Grafico nro. 1
justicia es fundamental para conseguir la paz social que señala el Código
Orgánico de la Función Judicial
Las personas privadas de libertad conservan la titularidad de sus derechos
humanos con las limitaciones propias de la privación de libertad y serán tratadas
con respeto a su dignidad como seres humanos. Se prohíbe el hacinamiento”.
Es así que, la Constitución de la República al constituir al Ecuador como un
Estado constitucional de derechos y de justicia, y al haber éste, ratificado una
amplia gama de tratados internacionales especialmente en materia de derechos
humanos, ha generado tres obligaciones básicas que son: respeto, garantía y
tutela.
3. BASES ESTADISTICAS PARA EL ESTUDIO FENOMENOLOGICO
De acuerdo a la realidad social de los habitantes de la ciudad de Quevedo
mediante este estudio Fenomenológico podemos ver a través del grafico nro. 1
que el mayor porcentaje de delito que se cometen en esta ciudad es el robo
ejecutado con armas, y en su mayoría por motorizados.
La misma que podemos indicar que son cometidos en muchas ocasiones por
células familiares en la cual van en generación en generación, otras ocasiones
por tratar de aparentar tener mejores cosas que otros y también porque en la
realidad social hay muchas empresas en la que han reducido su número de
personal debido a la crisis económica por la que atraviesa nuestro país producto
de ello muchas personas buscan la vida fácil como es la delinquir.
63
Lo que desconocen muchos es la sancionan que tendrían al adecuar su conducta
a la hipótesis penal contenida en el artículo 189.- La persona que mediante
amenazas o violencias sustraiga o se apodere de cosa mueble ajena, sea que la
violencia tenga lugar antes del acto para facilitarlo, en el momento de cometerlo o
después de cometido para procurar impunidad, será sancionada con pena
privativa de libertad de cinco a siete años.
Cuando el robo se produce únicamente con fuerza en las cosas, será sancionada
con pena privativa de libertad de tres a cinco años, si se ejecuta utilizando
sustancias que afecten la capacidad volitiva, cognitiva y motriz, con el fin de
someter a la víctima, de dejarla en estado de somnolencia, inconciencia o
indefensión o para obligarla a ejecutar actos que con conciencia y voluntad no los
habría ejecutado, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete
años.
Si a consecuencia del robo se ocasionan lesiones de las previstas en el número 5
del artículo 152 del Código Orgánico Integral Penal, se sancionará con pena
privativa de libertad de siete a diez años, si la convivencia se realiza en el interior
de un grupo o, por mejor decir, se estructura en ámbitos diversos de amplitud
varia y de distinta comprensión, esto contribuye a explicar la relevancia que
adquiere el hecho de la integración del individuo en el seno de estos ámbitos
dentro del cuadro de los variados conjuntos y constelaciones que los mismos
forman entre sí.
El homicidio en la ciudad de Quevedo, depende mucho de la situación de una
persona, a veces influye mucho lo Psicológico ya que tal vez sufrió de traumas o
maltratos de pequeños y le influyen en la vida diaria o lo presionan, lo hacen
llegar a adicciones o a hacer cosas que el individuo no quiere o las hace sin
querer y cuando se da cuenta está metido en un problema vemos que en la
actualidad los homicidios en la ciudad de Quevedo desde el 2011 al 2014 ha ido
disminuyendo de acuerdo al Ministerio del Interior como lo indicamos en el Grafico
nro. 2
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AÑO CANT.
TASA DE HOMICIDIOS / ASESINATOS POR 100.000 HABITANTES 2011 41
TASA DE HOMICIDIOS / ASESINATOS POR 100.000 HABITANTES 2012 30,0511
TASA DE HOMICIDIOS / ASESINATOS POR 100.000 HABITANTES 2013 27,3924
TASA DE HOMICIDIOS / ASESINATOS POR 100.000 HABITANTES 2014 24
Grafico nro. 2
MINISTERIO DEL INTERIO, INDICE DE HOMICIDIOS EN LA CIUDAD DE QUEVEDO DURANTE,
LOS CUATRO ULTIMOS AÑOS
Ponemos a continuación los nuevos artículos agregados en Código Orgánico
Integral Penal, Articulo 19.- Clasificación de las infracciones
Las infracciones se clasifican en delitos y contravenciones, delito es la infracción
penal sancionada con pena privativa de libertad mayor a 30 días,
contravención es la infracción penal sancionada con pena no privativa de libertad
o privativa de libertad de hasta 30 días.
Artículo 20, Concurso real de infracciones, Cuando a una persona le sean
atribuibles varios delitos autónomos e independientes, se acumularán las penas
hasta un máximo del doble de la pena más grave, sin que por ninguna razón
pueda exceder de los cuarenta (40) años.
65
Artículo 32.- Estado de necesidad.- Existe estado de necesidad cuando la
persona, al proteger un derecho propio o ajeno, cause lesión o daño a otra,
siempre y cuando se reúnan todos los siguientes requisitos:
Que el derecho protegido hubiere
1. Que el derecho protegido éste en real y actual peligro.
3. Que el resultado del acto de protección no fuere mayor que la lesión o daño
que se quiso evitar.
4. Que no haya otro medio practicable y menos perjudicial para defender el
derecho.
Artículo 57.- Reincidencia.- Se entiende por reincidencia el cometer un nuevo
delito por parte de la persona que fue declarada culpable mediante sentencia
ejecutoriada.
La reincidencia solo procederá en delitos con los mismos elementos de tipicidad
de dolo y culpa respectivamente, si la persona reincide se le impondrá la pena
máxima prevista en el tipo penal incrementada en un tercio.
Artículo 79.- Genocidio.- La persona que destruya, de manera sistemática o
generalizada, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, religioso o político,
por razón de su pertenencia al mismo, será sancionada con pena privativa de
libertad de veintisiete a treinta años y multa de cinco mil a diez mil salarios
básicos unificados del trabajador en general, por cualquiera de los siguientes
actos:
1. Matanza.
2. Lesión grave a la integridad física o psicológica.
3. Sometimiento a condiciones de existencia que hayan de acarrear su
destrucción física total o parcial.
4. Adopción de medidas destinadas a impedir la reproducción o nacimientos en el
seno del grupo. La información o acceso a métodos de planificación familiar,
66
métodos anticonceptivos y servicios de salud sexual y reproductiva. No se
considerarán medidas destinadas a impedir nacimientos.
5. Traslado forzado de niñas, niños o adolescentes, de un grupo a otro.
Artículo 80.- Etnocidio.- La persona que afecte de manera sistemática o
permanente la autodeterminación o voluntad de los pueblos a permanecer en
aislamiento voluntario al penetrar en sus territorios o establecer contacto personal
sin consentimiento de sus integrantes será sancionada con pena privativa de
libertad de 27 a 30 años y multa de cinco mil a diez mil salarios básicos unificados
del trabajador en general.
Artículo 84.- Desaparición forzada.- La o el agente del Estado o quien actúe con
su consentimiento, que por cualquier medio, someta a privación de libertad a una
persona, seguida de la falta de información o de la negativa a reconocer dicha
privación de libertad o de informar sobre el paradero o destino de una persona,
con lo cual se impida el ejercicio de garantías constitucionales o legales, será
sancionada con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años.
Artículo 87.- Apartheid.- La persona que cometa actos violatorios de derechos
humanos, perpetrados en el contexto de un régimen institucionalizado de opresión
y dominación sistemática sobre uno o más grupos étnicos con la intención de
mantener ese régimen, será sancionada con pena privativa de veintiséis a treinta
años.
Artículo 88.- Agresión.- La persona, independientemente de la existencia o no de
declaración de guerra, que estando en condiciones de controlar o dirigir
efectivamente la acción política o militar de un Estado, ordene o participe
activamente en la planificación, preparación, iniciación o realización de un acto de
agresión o ataque armado contra la integridad territorial o la independencia
política del Estado ecuatoriano u otro Estado, fuera de los casos previstos en la
Carta de la Organización de las Naciones Unidas, será sancionada con pena
privativa de libertad de 27 a 30 años y multa de cinco mil a diez mil salarios
básicos unificados del trabajador en general.
67
Los sujetos implicados al cometer este delito serían sancionados de acuerdo
código orgánico integral penal, teniendo una estadística que lo indicaremos en el
grafico 2.1.
Artículo 140. - Asesinato. La persona que mate a otra será sancionada con pena
privativa de libertad de veintidós a veintiséis años, si concurre alguna de las
siguientes circunstancias:
1. A sabiendas, la persona infractora ha dado muerte a su ascendiente,
descendiente, cónyuge, conviviente, hermana o hermano.
68
2. Colocar a la víctima en situación de indefensión, inferioridad o aprovecharse de
esta situación.
3. Por medio de inundación, envenenamiento, incendio o cualquier otro medio se
pone en peligro la vida o la salud de otras personas
4. Buscar con dicho propósito, la noche o el despoblado.
5. Utilizar medio o medios capaces de causar grandes estragos.
6. Aumentar deliberada e inhumanamente el dolor a la víctima.
7. Preparar, facilitar, consumar u ocultar otra infracción.
8. Asegurar los resultados o impunidad de otra infracción.
9. Si la muerte se produce durante concentraciones masivas, tumulto, conmoción
popular, evento deportivo o calamidad pública.
10. Perpetrar el acto en contra de una o un dignatario o candidato a elección
popular, elementos de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional, fiscales, jueces
o miembros de la Función Judicial por asuntos relacionados con sus funciones o
testigo protegido.
5. DEFINICIONES GENERALES DE LOS COMPONENTES QUE INFLUYEN EN
LA CONDUCTAS PENALES.
Relatividad del delito
La Escuela Positiva, da origen a la Relatividad del Delito, con Rafael Garófalo,
quién fue uno de los representantes de esta Escuela, el cual en el año de 1885,
publicó un libro con el titulo la Criminología.
Las contribuciones más destacadas fueron las referidas a los temas de la
peligrosidad, la noción criminológica de delito y los conceptos de prevención
especial mediante la individualización del tratamiento, también, dio su aporte
sobre el pronóstico de la peligrosidad y elaboró la construcción teórica del llamado
Delito Natural.
Pero es el caso que no en todos los países se tiene un mismo desarrollo político,
social y cultural, en consecuencia, lo que puede ser inmoral en un determinado
69
país puede no serlo para otro esto llevo a que llevó a Bodero, a hacer mención de
que el delito es cambiante a nivel internacional, por lo que una determinada
acción puede ser delito en una nación en particular, mientras que esta misma
acción puede ser permitida en otros países, pero también es cierto que algunas
conductas se reiteran en casi todos los códigos universalmente, como en los
casos de los delitos de homicidio, violación y robo.
Es así, como concluye que el positivismo no podía conformarse con la definición
del delincuente, en otras palabras, lo que se pretende es establecer es que no
basta un estudio científico del delincuente, sino también debía ocuparse del
estudio del delito, pero creando una noción propia, universal del mismo;
considerando que los actos ilícitos pueden llegar a ser delitos en todos los países
del mundo. Los delitos universales son para Bodero aquellos que provocan un
reproche universal, lesionando la regla que facilitan la vida social.
Bajo la concepción del positivismo biológico, Durkheim (1992), el criminal era
considerado en términos absolutos como un ser anormal, una desviación con
base biológica que representaba una regresión a estados primitivos del ser
humano y que podía catalogarse como una patología, esta concepción responde
a la reproducción de un fuerte paradigma cuyos efectos aún hoy siguen teniendo
vigencia en ciertos campos de nuestra cultura occidental contemporánea, los
componentes de este paradigma se articulaban en la secuencia biopsicosocial; en
donde el primer componente era el más importante, y el último lo social muy
pocas veces se tenía en cuenta.
El derecho a atraves del tiempo el derecho en la sociedad, Montesquieu
considera que debe haber reglas para la sociedad en su convivencia humana,
concluye que la naturaleza de todas las cosas está ligada a leyes de otra forma,
como el derecho de gente, no se contrapongan sino que ayuden mutuamente en
el contrato social se afirma que es un derecho sagrado que sirve de base a todos
los demás pero este no procede de la naturaleza sino de convenciones que
constituyen de poder legítimo que es el único que se está obligado a obedecer.
El derecho del más fuerte no existe como tal no se puede obtener indefinidamente
una posición de fuerza y por el otro porque legítimamente no se puede legitimar
70
existe una gran diferencia entre regir a una multitud y dirigir a una sociedad la
sociedad se basa en un pueblo formado antes de designar a un gobernante es
decir manifiesta un acuerdo público que eventualmente tendrá un interés público y
civil Tomas Hobbies indica que el estado sirve para resolver problemas de la
sociedad y proteger los derechos naturales del individuo en particular su
propiedad con esto se limitan los derechos individuales en función del interés
general.
Entonces a través del tiempo las sociedades prehistóricas que podía ser salvaje o
menos salvaje el derecho estaba aparejado a la fuerza por el acuerdo y la
costumbre que existía en dicho lugar, las con secciones legales son más que un
producto de desarrollo histórico parecida a la evolución biológica, esto creo un
nuevo punto de partida las escuelas del siglo XIX se habían enfocado en punto
del derecho a histórico, en cambio el estudio no histórico hizo que la creencia
remplazar los hechos y consideran que no ha habido una mejoría en el sistema
legal y que la civilización material no ha promovido al derecho sino que el derecho
a limitado a la civilización.
Se considera que la historia del derecho pueden ser signos de orientación a la
actualidad cuya relación con el presente no tiene una claridad jurídica, es posible
que de cada conducta allá habido una causa o actor distinto o talvez ninguno solo
se puede hablar del derecho hasta la aparición de la escritura recordando que la
escritura trajo la aparición de la historia tanto como la de los códigos,
Política criminal
El objeto de la política que lleva a cabo el Estado y la Sociedad para enfrentar
tanto la criminalidad convencional como la no convencional, así como la nacional,
internacional y transnacional, ya que entre ellas se da una interdependencia
creciente que es preciso tener en cuenta en los procesos de criminalización y
descriminalización; también entraña la consideración de la comunidad, el
delincuente y la víctima, así como las llamadas políticas penitenciarias y otras que
tengan relación con el tema criminal, las cuales deben estimarse como parte de la
misma.
71
La concepción político criminal que diseña Zambrano Pasquel, producto sin duda
de su esforzado recorrido, constituye un aporte fundamental en la hora actual de
las realidades latinoamericanas en que el populismo penal y el autoritarismo
aparecen no sólo infiltrados sino, y es lo peor, enquistados en nuestros sistemas
legislativos y judiciales.
Para enfrentar la problemática de la criminalidad se acude a diferentes discursos,
pudiendo advertirse con claridad que la dialéctica de los procesos de
criminalización tiene una marcada tendencia a buscar la consolidación de un
derecho penal mínimo, garantista y liberal cuando se trata del derecho penal
común u ordinario.
La Política Criminal en cuanto disciplina que suministra a los poderes públicos las
opciones científicas concretas más adecuadas para el eficaz control del crimen,
ha servido de puente entre el derecho penal y la criminología, facilitando la
recepción de las investigaciones empíricas y su transformación en preceptos
normativos.
El camino acertado puede consistir en dejar penetrar las decisiones valorativas
político-criminales en el sistema del derecho penal, en que su fundamentación
legal, su claridad y legitimación, su combinación libre de contradicciones y sus
efectos no estén por debajo del sistema positivista formal. La vinculación del
Derecho y la utilidad político criminal no pueden contradecirse, sino que tienen
que compaginarse en una síntesis.
Transición de la delincuencia juvenil a la delincuencia adulta
Entre 2009 y 2011, se desarrolló por encargo del instituto nacional de justicia del
Gobierno de Estados Unidos un proyecto de investigación titulado “Transiciones
desde la delincuencia juvenil a la delincuencia adulta dirigido por Lober (2012),
cuyo objetivo fue revisar e integrar el conocimiento científico disponible en torno al
importante problema criminológico de la evolución de las carreras criminales
entre las etapas de la juventud y la edad adulta, donde se llegó a la conclusión de
que el pico de prevalencia delictiva llega a su máximo en el periodo de la
72
adolescencia media tardía entre los 15- 19 años y declina al principio de los 20
años, sin embargo aunque que son muchos los jóvenes que manifiestan haber
cometido algún delito en su vida.
Frecuentemente se trata de hechos de menor entidad, vandalismo, hurto, robo o
tráfico de drogas y son muchos menos los que han cometido delitos graves,
lesiones, robos, o tráfico de drogas, Rechea, (2008) indica que por otra parte,
también ha podido comprobarse que, de estos jóvenes que delinquen durante la
adolescencia, muy pocos van a continuar cometiendo delitos en la edad adulta.
En efecto, la gran mayoría, en torno a un 65% de jóvenes Quevedeños, abandona
esta manera natural estos comportamientos cuando llega la adolescencia tardía.
La vulnerabilidad social y la exclusión ejercen una influencia directa en los riegos
del consumo y el abuso de las drogas por los jóvenes, los datos de que se
disponen demuestran que respecto de la delincuencia y el crimen existen
diferencias entre los géneros: los varones son más vulnerables y corren mayor
riesgo que las mujeres, los índices de delincuencia registrados en Quevedo así lo
demuestran, algunos tipos de delincuencia juvenil se consideran parte del proceso
de maduración y crecimiento y desaparecen a medida que los jóvenes realizan
su transición hacia la vida adulta.
Redondo S. (2013), considera que el foco principal de la reciente investigación
criminológica y los debates actuales en torno a los factores y procesos implicados
en la transición desde la infracción juvenil a delincuencia la adulta, aunque
muchos adolescentes y jóvenes cometen determinados delitos en esas etapas de
la vida, sólo algunos jóvenes desarrollan una carrera delictiva prolongada.
La denominada curva de edad del delito, o constatación general de que la
evolución de la prevalencia delictiva de los jóvenes suele asociarse a la edad, la
prevalencia, o proporción de sujetos que participan en la delincuencia, asciende
con rapidez en la adolescencia, alcanza su cuota máxima en torno a los 18 años,
y decae posteriormente.
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Desde la perspectiva de la evolución vital de los individuos, se han identificado
diez grandes procesos que podrían contribuir a explicar tanto la continuidad como
la desistencia delictiva: 1) las diferencias individuales tempranas, 2) la maduración
cerebral, 3) los factores conductuales de riesgo y protección, 4) los cambios
cognitivos, 5) los factores sociales de riesgo y protección, 6) las situaciones y
oportunidades, 7) el vecindario, 8) los trastornos mentales (incluida la adicción a
sustancia), 9) las respuestas de la propia justicia, y 10) las circunstancia vitales
experimentadas. Todos estos procesos tendrían sobre los sujetos, en función de
su edad, un impacto sucesivo, acumulativo e interactivo.
El problema es que la legislación penal, a partir de los 18 años, equipara a estos
jóvenes con los adultos mayores y sus respuestas ya no están centradas en
favorecer su proceso educativo y fomentar su desistimiento natural.
Género y delito. La situación delictiva de la mujer en Quevedo
Es un hecho reconocido que en todas partes y en todos los tiempos para los que
disponemos de cifras, el número de varones criminales es muchas veces mayor
que el de mujeres, en una proporción generalmente de ocho a doce hombres
contra una mujer en todos los crímenes en conjunto; y desde hace unos años,
setenta y nueve a uno para el robo con escala.
Lo antes expresado se corresponde con lo que sostiene González (2006),
cuando afirma que Los delitos y castigos han sido históricamente diferenciados de
manera notable en función del género. Si se toma en cuenta que el Derecho ha
sido creado por hombres y ejecutado por ellos mismos, queda claro que la visión
histórica que tenemos es absolutamente androcéntrica.
Las mujeres, desde tiempo inmemorial, estamos sometidas a una legislación que
sólo ha sido y es igualitaria para los hombres, no se juzga a los ciudadanos en
tanto personas sino como hombres y mujeres.
Mujeres bajo el rigor de la pobreza
También es la pobreza la razón fundamental de los delitos de mujeres en relación
al narcotráfico donde participan sobre todo en el correo pequeño de droga, ellas
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actúan fundamentalmente como expendedoras mujeres de bajo nivel social que
venden la droga en la calle y como mulas o traficantes al exterior, personas de
clase media baja o media con estudios por lo menos secundarios a quienes se
utiliza como señuelo para encubrir despachos mayores, y cuyas vidas se ponen
en peligro al transportar la droga en el estómago en condones o en guantes de
seguridad.
El hecho es que aun si fuera así, y puede que lo sea, las mujeres en general
cometen muchísimos menos delitos que los hombres, así mismo en la ciudad de
Quevedo muchas están porque son víctimas de engaños de sus convivientes, así
mismo un numero debe a factor desempleo ya que son madres soltera no tienen
un ingreso para sus hogares y deben caer en la delincuencia hay un grupo
pequeño que prefiere estar adentro por que dicen estar mejor tienen su comida un
abrigo y son víctimas de acoso de su ex parejas lo que hacen que ellas en el
centro de rehabilitación sea su mejor escondite.
Este estudio permite analizar que hace mucha falta un medio de trabajo para que
ellas puedan rehabilitarse y ser parte de esta sociedad, las mujeres consideran
también que debe existir una ley de defensa pública para la mujer detenida y un
centro de detención provisional para la investigación de la mujer.
Debería establecerse un laboratorio para elaborar los análisis de lo que se acusa
a las féminas y fundación que trabaje por la reinserción social, con la finalidad de
que la afectada vuelva al seno de la sociedad. Que se establezcan talleres para
evitar el ocio de la mujer en la cárcel y educación para la vida a las involucradas.
Victimología
El término victimología, fue utilizado por primera vez, por el israelí Dr. Benjamín
Mendelshon, en la conferencia que dictara sobre victimología en 1947, ante la
sociedad de psiquiatría de Bucarest, Rumania.
La responsabilidad de la víctima sobre sus propios bienes jurídicos es un
elemento que debe tenerse en consideración a la hora, incluso, de crear o
interpretar los preceptos penales, el exceso de credulidad o falta de sentido de la
víctima puede ser motivo para renunciar a seguir otorgándole protección penal.
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Se puede exponer la tesis de que cuando es posible y exigible una protección
propia efectiva no se da por parte del autor una lesión del bien jurídico
suficientemente peligrosa socialmente, de modo que la víctima no es merecedora
de protección, la venganza privada fue la primera reacción ante el delito, en la
cual el ofendido se tomaba la justicia por propia mano, convirtiéndose en muchos
casos en una verdadera guerra de eliminación de grupos o clanes. Molina (1993).
A medida que se avanza con el paso del tiempo, con el surgimiento de un mayor
progreso social, empiezan aparecer formas históricas de compensación que
buscaba una limitación a la crueldad de la Ley del Talión, así la ley de las 12
tablas que mantenía la ley talónica, estipulada su aplicación a no ser que la
víctima lo determine de otra manera de acuerdo con el malhechor, lo que
constituye los inicios de la solución del conflicto mediante la conciliación, en la
compensación o composición monetaria se encuentra una aceptable forma de
resarcimiento a la víctima.
La elección le corresponde al perjudicado, acudir a la venganza por el mal
recibido debe sufrirla el victimario, o debe reemplazarla con la entrega de una
suma de dinero. Drapkin (1980), esta etapa de compensación, coincide con el la
época de del sistema procesal acusatorio, el único sistema que se conocía, mas,
cuando las gentes, en su mayoría nos sabían escribir ni leer y todo se resolvía
mediante intervenciones públicas ante el juez.
Cuando el poder del Estado centralizador fue dogmatizándose y se dio el
nacimiento a la organización interna de las comunidades ciudades, el conflicto
penal dejó de ser un conflicto ínter partes, para constituirse en un problema entre
el ofensor y el Estado, la ofensa penal era una ofensa hacia el poder central y por
ende éste se va apropiando de la sanción, el Estado se apropia del conflicto que
surge con el delito entre víctima y victimario.
Así, la víctima va desapareciendo del escenario, trátese éste del derecho penal
sustantivo como del derecho procesal penal. Conforme se fue afirmando el
sistema procesal inquisitivo, así la víctima fue perdiendo protagonismo en el
proceso penal.
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La persecución penal fue asumida por el Estado, el rol de la víctima dentro del
proceso fue desapareciendo, el sistema procesal inquisitivo con las facultades
ilimitadas del juez, convirtió al conflicto penal en una lucha entre el representante
estatal que debía resguardar los valores de la sociedad y el transgresor de esos
valores, de tal forma que los intereses de la víctima quedaron totalmente al
margen de la contienda penal
Desde el punto de vista del funcionalismo penal lo siguiente: se trata, de pronto,
de los casos en los que la víctima por una conducta a su deber de autoprotección
desvía en una dirección nociva el comportamiento de otros que se movían dentro
del riesgo permitido. Quien se asoma demasiado por encima de la barandilla,
correctamente instalada, de un puente, tiene que atribuirse su propia caída, en
caso de que se produzca. El caso más conocido y, por lo que al resultado se
refiere, el más indiscutido de competencia de la víctima por un actuar precedente
es el del consentimiento.
Pero el pensamiento de Mendelshon (1981), va mucho más allá que el del
criminólogo alemán. En efecto, habla de toda víctima y de todos los factores que
provocan su existencia. Su pensamiento se ha ido perfeccionando en el tiempo y
con el aporte, que él reconoce, de otros autores y de las jornadas victimo lógicas
a que luego aludiré. Pero desde un principio el investigador israelí definía a la
victimología como “la ciencia sobre víctimas y victimidad”, explica entendemos el
término victimidad como un concepto general, un fenómeno específico común que
caracteriza todas las categorías víctimas cualquiera que sea la causa de su
situación.
La victima es la persona que sufre violencia injusta en sí o en sus derechos, la
víctima es aquel que sufre un mal, en su persona, bienes o derechos, sin culpa
suya. Es el sujeto pasivo del delito, el interés por la víctima como objeto es un
fenómeno reciente: a partir de la segunda guerra mundial el dispositivo penal el
sustantivo y el procesal no toman en cuenta a la víctima para neutralizarla, a fin
de recobrar para el Estado el monopolio de la reacción penal.
La Criminología olvidó a la víctima y por completo las necesidades de la sociedad,
y su definición como ciencia de las víctimas resulta ser la más adecuada, por eso
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deberá tomar en consideración todos los fenómenos que provocan la existencia
de víctimas, en la medida en que tienen alguna relación con la sociedad.
Género y delito. La situación delictiva de la mujer en Quevedo
Es un hecho reconocido que en todas partes y en todos los tiempos para los que
disponemos de cifras, el número de varones criminales es muchas veces mayor
que el de mujeres, en una proporción generalmente de ocho a doce hombres
contra una mujer en todos los crímenes en conjunto; y desde hace unos años,
setenta y nueve a uno para el robo con escala.
Lo antes expresado se corresponde con lo que sostiene Carmen González,
cuando afirma que: Los delitos y castigos han sido históricamente diferenciados
de manera notable en función del género. Si se toma en cuenta que el derecho ha
sido creado por hombres y ejecutado por ellos mismos, queda claro que la visión
histórica que tenemos es absolutamente androcéntrica, Castello (2006).
Las mujeres, desde tiempo inmemorial, estamos sometidas a una legislación que
sólo ha sido y es igualitaria para los hombres. No se juzga a los ciudadanos en
tanto personas sino como hombres y mujeres.
Mujeres bajo el rigor de la pobreza
También es la pobreza la razón fundamental de los delitos de mujeres en relación
al narcotráfico donde participan sobre todo en el correo pequeño de droga. Ellas
actúan fundamentalmente como expendedoras mujeres de bajo nivel social que
venden la droga en la calle y como mulas o traficantes al exterior, personas de
clase media baja o media con estudios por lo menos secundarios a quienes se
utiliza como señuelo para encubrir despachos mayores, y cuyas vidas se ponen
en peligro al transportar la droga en el estómago en condones o en guantes de
seguridad.
El hecho es que aun si fuera así, y puede que lo sea, las mujeres en general
cometen muchísimos menos delitos que los hombres, así mismo en la ciudad de
Quevedo muchas están porque son víctimas de engaños de sus convivientes, así
mismo un numero debe a factor desempleo ya que son madres soltera no tienen
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un ingreso para sus hogares y deben caer en la delincuencia hay un grupo
pequeño que prefiere estar adentro por que dicen estar mejor tienen su comida un
abrigo y son víctimas de acoso de su ex parejas lo que hacen que ellas en el
centro de rehabilitación sea su mejor escondite. Este estudio permite analizar que
hace mucha falta un medio de trabajo para que ellas puedan rehabilitarse y ser
parte de esta sociedad.
Las mujeres consideran también que debe existir una ley de defensa pública para
la mujer detenida y un centro de detención provisional para la investigación de la
mujer.
Debería establecerse un laboratorio para elaborar los análisis de lo que se acusa
a las féminas y fundación que trabaje por la reinserción social, con la finalidad de
que la afectada vuelva al seno de la sociedad. Que se establezcan talleres para
evitar el ocio de la mujer en la cárcel y educación para la vida a las involucradas.
Diferencia entre pareja penal y pareja delincuencial
El término pareja penal, al hacer referencia a la relación existente víctima,
victimario (delincuente), cuando hablan de la pareja penal, denominación nueva
para hablar de la víctima y del victimador, contribuyen a una nueva configuración
del delito y a hablar de la víctima como un ente dinámico, capaz de influir en la
configuración del hecho delictivo.
La pareja delincuente, es el consenso delictivo para que dos personas, que
caracteriza como incubo y súcubo, se involucren en uno o más delitos, es la
comisión del delito en que dos están de acuerdo.
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Principales causas de criminalidad en Quevedo: endógenas y exógenas
Factores Endógenos en la criminología
Toda comunidad humana y en particular el estado como sociedad temporal,
aspira a la preservación de su propio ser, de su salud física y espiritual, pues solo
sobre esa base puede cumplir normalmente su actividad y así alcanzar sus fines
propuestos, de allí, pues, que por vía de la costumbre o del mandato del
legislador, el hombre haya desde siempre ordenado la vida comunitaria y haya
previsto diversos medios para contener y repeler cuanto pueda para hacer
peligrar su supervivencia y felicidad.
Pareja penal Pareja delincuencial Diferencias
Delincuente/víctima. 2 victimarios
Mientras en la pareja penal siempre va a existir quien hace daño y quien es el perjudicado, en la pareja delincuencial serán dos las víctimas.
Sujeto activo/pasivo 2 delincuentes
Sujeto activo es que realiza la acción típica y el pasivo el que sufre dicha acción a diferencia de la pareja delincuencial que son los dos los que están de acuerdo para realizar un acto.
Victimario/víctima 2 sujetos activos
El Victimario es aquella persona que le inflige un daño o perjuicio a otra en un momento determinado y la víctima , persona que individual o colectivamente hayan sufrido a daños, incluidas lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional a diferencia de los sujetos activos son las personas que cometen el acto antijurídico.
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La sociedad puede ser considerada como uno de los factores exógenos más
importantes para la criminología, Belbey comienza resaltando la ‘disposición
hereditaria’ que tiene todo ser embrionario, al cual se le suma la ‘disposición
innata que se forma por lo heredado y lo que recibe en el seno materno, como
pueden ser estupefacientes, intoxicaciones como el alcohol, tuberculosis, porque
Al nacer el niño, su personalidad integral constituye el genotipo, trae una serie
infinita de caracteres buenos o malos, debido a sus progenitores.
Los factores endógenos son todos aquellos que nacen y son inherentes al
individuo, que se encuentran unidos al él como los son anomalías genéticas o
defectos funcionales, enfermedades congénitas o adquiridas que van a venir a
formar un conjunto de manifestaciones que se expresaran al exterior causando
una serie de daños o alteraciones negativos al medio en el cual se desarrolló,
formando una dualidad entre el desarrollo y actividad de su organismo con la
criminalidad.
Son el carácter, el inconsciente, los instintos, todos los procesos mentales como
los trastornos de la personalidad, explosivos, disocial, todas aquellas parafilias o
la esquizofrenia entre otros y los fenómenos hormonales son algunos de las
causas que originan impulsos en la conducta criminal esto debido a que si existe
alguna alteración o modificación somática desencadenara el hacer o no alguna
cosa que termine convirtiéndose en una conducta antisocial.
Los hombres normales son los únicos que encuentran en la sociedad la
satisfacción de sus necesidades, ya que las leyes y sus imposiciones están
hechas para esta clase de personas. El ser no equilibrado buscara que la realidad
se amolde a su anormalidad o buscara quebrantar las normas. Entonces,
cometerá delitos sean estos ilegales codificados o naturales no tipificado.
Factores exógenos en la criminología
Los factores exógenos que son todos aquellos que vienen a presentarse fuera del
sujeto, son externos al estado biológico del individuo como lo es el día, al
ambiente, si hace frío o calor o también factores que no vienen a formar parte de
la naturaleza como lo es el medio social, el lugar en donde vive, las personas con
las que se desenvuelve, la familia, la radio o la televisión son algunos fenómenos
81
que vienen a formar una parte importante en el desarrollo de una conducta
criminógena en un individuo.
Esto debido a que el hombre antisocial no está diseñado para soportar algunas
condiciones de esta naturaleza, como es claro, podemos mencionar que los
índices de violación aumentan en temporadas de calor o la tasa de suicidios se
incrementa en épocas decembrinas o días conmemorativos como el de la madre
o el padre.
Son factores externos son los que actúan dinámicamente desde el exterior,
integrando el marco social dentro del cual se desenvuelve su vida, todos los
autores coinciden en la decisiva influencia que tiene el entorno con el ser humano,
y de ello debemos acotar que no existe un único factor en el entorno que
desencadene el actuar antisocial, sino que son la pluralidad de ellos los que
ejercen presión en distintas modalidades y niveles.
Podemos ver que entre más débil, psíquicamente, es un ser humano mayor es la
influencia que el medio ambiente ejerce sobre él, esta situación ya la habría visto
Lamark en 1809, con respecto a la influencia que ejerce en los organismos las
diferentes circunstancias, entre los más influenciables por el ambiente estarían,
los niños, los débiles mentales, las mujeres, los intoxicados, los alcoholistas y los
desequilibrados.
En el siguiente cuadro podremos apreciar las causas y sus efectos de
criminalidad
82
Causas Endógenas Causas Exógenas Principales Efectos
La impulsividad Familia disfuncional Delincuencia
La rebeldía Falta de afectividad Drogas
Agresividad Problemas económicos Pocas habilidades sociales y comunicativas
Afán de protagonismo Frustración
Poco equilibrio emocional Delincuencia
Reinserción Social
Principio de reinserción social, una nueva formulación de los fines preventivo
especiales en el ámbito de la ejecución de la pena arranca de las críticas y el
fracaso de las pretensiones resocializadoras más ambiciosas y que a la postre ha
servido sobre todo como un poderoso instrumento legitimante de la prisión gracias
al cual lejos de convertirla en una pena excepcional de última ratio.
Se nos aparece no solo como la pena hegemónica en relación con las demás,
sino que en si misma considerada se emplea con más intensidad y frente a más
infracciones que en cualquier otro momento de su historia.
La reinserción social nos sitúa frente a un condenado más real, más concreto;
ante un sujeto con muchas carencias, algunas de las cuales tiene su origen en su
propia condición de recluso, el sistema penitenciario no puede pretender, ni es
tampoco su misión hacer buenos a los hombres, pero si puede, en cambio, tratar
de conocer cuáles son aquellas carencias y ofrecerle al condenado unos recursos
y unos servicios de los que se pueda valer para superarlos en cierta forma se
propone que las terapias resocializadoras y la psicología sean desplazadas por la
oferta de los servicios sociales y la sociología
83
Con lo anterior la cárcel debe ser el reflejo de la sociedad libre, no hay razón para
que la vida dentro de una prisión se trate de prisionalizar y, sin embargo, si
existen muchos argumentos a favor de su normalización social, a esta
normalización social se llega por los caminos de la humanización del castigo
mejor que con pretensiones rehabilitar.
La prisión no puede añadir más castigo al condenado que la privación de su
libertad ambulatoria, para asegurar esta normalización social es preciso reforzar
unas relaciones fluidas sociedad-prisión. La mejor forma de garantizar que la vida
en la prisión se asemeja a la vida en libertad es permitiendo el acceso de la
sociedad a través de diferentes instancias dentro de la prisión, la sociedad se
debe corresponsabilizar con el daño que se causa a la población penitenciaria
convirtiéndose en garante de la evitación de los excesos
Rehabilitación social
El Ministerio de Justicia, manifestó que el Estado debe enfocarse en atender las
necesidades de las personas privadas de libertad, en la actualidad se está
trabajando en un sistema de rehabilitación que dé mejor trato a los internos.
Y dar cumplimiento a al artículo 35 de la constitución la rehabilitación social en su
personas privadas de libertad y quienes adolezcan de enfermedades catastróficas
o de alta complejidad, recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos
público y privado.
La constitución artículo 201.- El sistema de rehabilitación social tendrá como
finalidad la rehabilitación integral de las personas sentenciadas penalmente para
reinsertarlas en la sociedad, así como la protección de las personas privadas de
libertad y la garantía de sus derechos.
Y en su artículo. 341 la constitución a través del Estado generará las condiciones para la
protección integral de sus habitantes a lo largo de sus vidas, que aseguren los derechos y
principios reconocidos en la Constitución, en particular la igualdad en la diversidad y la no
84
discriminación, y priorizará su acción hacia aquellos grupos que requieran consideración
especial.
El fenómeno social de la delincuencia en nuestro medio está sancionado con penas
privativas de la libertad, a tal punto que la prisión es una de las diversas formas de
castigo que se han utilizado a lo largo de la historia. Pero a diferencia de las otras, ha
perdurado y sobrevivido, concentrando el monopolio de la punición, de tal manera que la
cárcel y pena son casi sinónimos indiscutibles.
Resiliencia de la conducta humana
Al ser un conjunto de atributos y habilidades innatas para afrontar adecuadamente
situaciones adversas, como factores estresantes y situaciones riesgosas.
Siendo un rasgo que las personas tienen o no tienen, con lleva conductas,
pensamientos y acciones que cualquier persona puede aprender y desarrollar. Se
trata de una nueva mirada de la manera en que los diferentes seres humanos
afrontan posibles causas de estrés, malas condiciones y vejaciones en la familia,
reclusión en campos de prisioneros, situaciones de crisis como las causadas por
viudez o el divorcio, las grandes pérdidas económicas o de cualquier otra índole.
Muestran también una serie de características que se asocian directamente con la
capacidad de afrontar adecuadamente los problemas cotidianos, las cuales se
relacionan con el propio desarrollo personal, los jóvenes resilientes presentan,
entre otras características comunes.
Adecuado control de emociones en situaciones difíciles o de riesgo, demostrando
optimismo y persistencia ante el fracaso. Habilidad para manejar de manera
constructiva el dolor, el enojo, la frustración y otros aspectos perturbadores.
Capacidad de enfrentar activamente los problemas cotidianos capacidad para
obtener la atención positiva y el apoyo de los demás, estableciendo amistades
duraderas basadas en el cuidado y apoyo mutuo, competencia en el área social,
escolar y cognitiva; lo cual les permite resolver creativamente los problemas,
mayor autonomía y capacidad de auto observación gran confianza en una vida
futura significativa y positiva, con capacidad de resistir y liberarse de estigmas
negativos. Sentido del humor flexibilidad y tolerancia.
85
SOCIEDAD
SISTEMA
PENINTENCIARIO
DELICUENTE
FAMILIA
6. HACIA UNA CULTURA JURÍDICA
Mediante este estudio se puede confirmar que existe un círculo vicioso donde el
delincuente, la sociedad la familia y sistema penitenciario, permanecen unidos
por un vínculo, puede ser por diferente estilo de vida, querer ser igual a sus
ancestros, tener dinero fácil, o las vez vienen de hogares disfuncionales, otros por
curiosidad caen en este círculo, aunque pareciera de no creer pero existen unos
que prefieren permanecer encerrados por tener un mejor vivir en su día a día ya
que afuera la sociedad no les da oportunidad de vida podemos observar en el
grafico nro. 4 Para logra una adecuada conducta penal
Grafico nro. 4
Para lograr garantizar una adecuada cultura jurídica de los sujetos implicados y
disminuir el índice de conductas penales en la ciudad Quevedo, debemos romper
el círculo que causa el aumento de delitos Uno de los grandes retos del Buen Vivir
es mejorar la calidad de vida de los ecuatorianos.
La cultura jurídica permitirá el crecimiento de la economía dirigido al cumplimiento
progresivo de los derechos en educación, salud, empleo y vivienda, la reducción
86
de la inequidad social, y la ampliación de las capacidades humanas en un entorno
participativo y de creciente cohesión social, con respeto a la diversidad cultural,
para eso debemos logras expulsar la delincuencia de este círculo, en base a este
estudio podemos determinar que la familia, el estado y mal sistema penitenciario
influye para que el crear al delincuente más aún que no salga de ese medio
vicioso vemos en el grafico 5 en que porcentaje se influye para que el delincuente
continúe sin dejar este modo de vida.
Este proceso permitirá crear una cultura jurídica para la ciudad de Quevedo, y se
lo debe realizar de la siguiente manera:
Primero: Se debe en humanizar y dignificar la vida de la población carcelaria a
través de la educación, las terapias ocupacionales. Además, se debe implementar
el novedoso sistema de vinculación de la carrera de derecho, en las instalaciones
penitenciarias, para formar jurídicamente a los internos de este centro de
87
rehabilitación ellos de una mejor manera conocerán más sobre la conductas
penales donde se enseñará el tipo delito, sanción, como aumentaran las ventanas
y de igual forma como disminuir las penas en base a sus agravantes y atenuantes
y cumplir con el código orgánico integral penal que indica en su artículo 390, que
Las medidas socio educativas deben cumplirse de manera progresiva de acuerdo
al programa individualizado y los lineamientos del modelo de atención integral
previstos por el Reglamento que se dicta para su efecto.
El modelo de atención integral se desarrolla en cinco ejes de acuerdo al artículo
390 del código integral penal.
1. Autoestima y autonomía: Se promoverá la concienciación sobre la
responsabilidad de sus actos, su desarrollo humano integral y el respeto a la Ley.
2. Educación: se incentivará el constante aprendizaje, para ello se garantizará el
ingreso, reingreso y permanencia en el sistema educativo, por lo que el uso del
tiempo libre estará encaminado al aprovechamiento pedagógico educativo.
3. Salud integral: existirá una historia clínica y médica integral. Se realizarán
chequeos constantes para la detección oportuna de posibles enfermedades y
brindar una salud preventiva y curativa además de programas de auxilio,
orientación y tratamiento en caso de adicciones y otros.
4. Ocupacional laboral: Para garantizar una formación de calidad que le posibilite
al adolescente mayor de quince años desarrollar destrezas para la inserción en el
mercado laboral, generando estrategias de micro emprendimiento, se
implementarán actividades formativas en diferentes áreas.
5. Vínculos familiares o afectivos: Para promover el constante vínculo que
beneficie la reinserción familiar y social se planificarán actividades orientadas a
recuperar, construir, mantener y fortalecer los vínculos familiares del adolescente
88
con su familia de origen o con aquellas personas que creó lazos de afecto y que
son un referente para su vida.
Segundo: De igual manera que a través de los convenios entre la Universidad
UNIANDES y los diferentes Unidades Educativas, se capaciten a los jóvenes en
materia Penal, creando un educación idónea acerca de las diferentes sanciones
por el cometimientos de los delitos cometidos en la sociedad, permitiendo este
proceso de enseñanza disminuir las conductas penales y romper el círculo que
impulsa al ser humano en convertirse en delincuente.
Y así cumplir con lo establecido en la ley de educación superior que indica en su
artículo 13 que son funciones del Sistema de Educación Superior, a) Garantizar
el derecho a la educación superior mediante la docencia, la investigación y su
vinculación con la sociedad, y asegurar crecientes niveles de calidad, excelencia
académica y pertinencia.
Cumpliendo así con el principio de pertinencia artículo 107 de la ley educación
superior el principio de pertinencia consiste en que la educación superior
responda a las expectativas y necesidades de la sociedad, a la planificación
nacional, y al régimen de desarrollo, a la prospectiva de desarrollo científico,
humanístico y tecnológico mundial, y a la diversidad cultural.
Para ello, las instituciones de educación superior articularán su oferta docente, de
investigación y actividades de vinculación con la sociedad, a la demanda
académica, a las necesidades de desarrollo local, regional y nacional, a la
innovación y diversificación de profesiones y grados académicos, a las tendencias
del mercado ocupacional local, regional y nacional, a las tendencias demográficas
locales, provinciales y regionales; a la vinculación con la estructura productiva
actual y potencial de la provincia y la región, y a las políticas nacionales de ciencia
y tecnología.
Tercero: Implementar un sistema laboral para toda la población penitenciaria,
Labores que deben ser remuneradas, con el fin de que estas personas, cuando
89
salgan en libertad tengan un medio económico para poner sus propios negocios y
de esta manera no tener que pensar en que delinquir y volver al centro de
rehabilitación es su mejor opción.
Cumplir con este sistema de enseñanza permitirá dar la alerta oportuna a sus
familias, vecinos sociedad que los rodeas Fortaleciendo sus capacidades y
potencialidades de la ciudadanía, logrando así consolidar la transformación de la
justicia y fortalecer la seguridad integral, en estricto respeto a los derechos
humanos.
La Constitución de la República del Ecuador establece el principio de igualdad y
no discriminación, como deber primordial del Estado al manifestar que se
garantiza sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos
en la Constitución y en los instrumentos internacionales al cumplir este principio
se lograra que ellos tengan un mejor estilo de vida
Dando cumplimiento al artículo. 284 numeral 6 de la constitución que nos indica
que el estado debe impulsar el pleno empleo y valorar todas las formas de
trabajo, con respeto a los derechos laborales.
Este estudio es innovador y revolucionario dentro de la transformación y
consolidación de la ciudad de Quevedo, para lograr la adecuada cultura jurídica a
los sujetos implicados.
2.5. Conclusiones parciales del capítulo
En este capítulo, se desarrolló la metodología de la investigación que se utilizó
para la toma de la población y muestra, que nos permite conocer mejor la realidad
de la presente propuesta de investigación.
Mediante la elaboración del estudio fenomenológico de conductas penales en
personas adultas de la ciudad de Quevedo, la que permitirá disminuir la
conducta delictiva que mediante la muestra en este estudio ha permitido la
interpretación de las diferentes conductas penales que son causa
90
Les para nuestro objetivo teniendo la finalidad que se garantice una adecuada
cultura jurídica de los sujetos implicados.
Se llega a la conclusión que es de suma importancia continuar con este tipo de
trabajo de investigación los cuales ayudan a mejorar los conocimientos de los
ciudadanos, sobre los fenómenos que afectan las conductas penales de las
personas adultas.
91
CAPITULO III. VALIDACION Y/O EVALUACION DE RESULTADOS DE
APLICACIÓN
3.1 Procedimiento de la aplicación de los resultados de la investigación
Interpretación de resultados
3.1.1 ENCUESTA A LAS FAMILIAS USUARIAS DEL SISTEMA JUDICIAL
(Anexo 3)
1. ¿Considera usted que la pena es la mejor manera de corregir las
conductas penales de las personas adultas?
Diecisiete, familias usuarias del sistema judicial encuestadas, que representan el
49% de la población, respondieron que si a la pregunta.
Dieciocho, familias usuarias del sistema judicial encuestadas, que representan el
51 % de la población, respondieron que no a la pregunta.
De los resultados obtenidos, nos damos cuenta que la mayoría de las familias
usuarias del sistema judicial encuestadas opinan que la pena no es la mejor
manera de corregir las conductas penales de las personas adultas.
RESPUESTA ENCUESTADOS PORCENTAJE
SI 17 49%
NO 18 51%
TOTAL 35 100%
92
2. ¿De acuerdo a su criterio considera que el estado Ecuatoriano está
tomando las debidas medidas correctivas, para disminuir las malas
conductas penales de las personas adultas?
RESPUESTA ENCUESTADOS PORCENTAJE
SI 12 34%
NO 23 66%
TOTAL 35 100%
Doce, familias usuarias del sistema judicial encuestadas, que representan el
34% de la población, respondieron que si a la pregunta.
Veintitrés, familias usuarias del sistema judicial encuestadas, que representan el
66 % de la población, respondieron que no a la pregunta.
De los resultados obtenidos, nos damos cuenta que la mayoría de las familias
usuarias del sistema judicial consideran que el estado Ecuatoriano no está
tomando las debidas medidas correctivas, para disminuir las malas conductas
penales de las personas adultas.
93
3. ¿En su criterio considera que los padres tienen la culpa de que su hijo
padezca de una mala conducta?
RESPUESTA ENCUESTADOS PORCENTAJE
SI 25 71%
NO 10 29%
TOTAL 35 100%
Veinticinco, familias usuarias del sistema judicial encuestadas, que representan
el 71% de la población, respondieron que si a la pregunta.
Diez, familias usuarias del sistema judicial encuestadas, que representan el 29
% de la población, respondieron que no a la pregunta.
De los resultados obtenidos, nos damos cuenta que la mayoría de las familias
usuarias del sistema judicial encuestadas opinan que los que los padres si tienen
la culpa de que su hijo padezca de una mala conducta.
94
3.1.2 ENCUESTA A LOS OPERADORES DE JUSTICIA (Anexo 4)
1.- ¿De acuerdo a su criterio, para mejorar las conductas penales de las
personas adultas seria dándole más asesoramiento jurídico a los jóvenes?
RESPUESTA ENCUESTADOS PORCENTAJE
SI 23 92%
NO 2 8%
TOTAL 20 100%
Veintitrés, de los operadores de justicia encuestados, que representan el 92% de
la población, respondieron que si a la pregunta.
Dos, de los operadores de justicia encuestados, que representan el 8 % de la
población, respondieron que no a la pregunta.
De los resultados obtenidos, nos damos cuenta que la mayoría de los operadores
de justicia opinan que para mejorar las conductas penales de las personas
adultas seria dándole más asesoramiento jurídico a los jóvenes.
95
2.- ¿Considera usted que las personas adultas cometen delitos con el fin de
causar daños, teniendo el conocimiento y la voluntad?
RESPUESTA ENCUESTADOS PORCENTAJE
SI 8 32%
NO 17 68%
TOTAL 25 100%
Ocho, de los operadores de justicia encuestados, que representan el 32% de la
población, respondieron que si a la pregunta.
Diecisiete, de los operadores de justicia encuestados, que representan el 68 %
de la población, respondieron que no a la pregunta.
De los resultados obtenidos, nos damos cuenta que la mayoría de los operadores
de justicia opinan que las personas adultas no cometen delitos con el fin de
causar daños, teniendo el conocimiento y la voluntad.
96
3.- ¿De acuerdo a su criterio considera que los padres son incapaces de
identificar las malas conductas de sus hijos?
Doce, de los operadores de justicia encuestados, que representan el 48% de la
población, respondieron que si a la pregunta.
Trece, de los operadores de justicia encuestados, que representan el 52 % de la
población, respondieron que no a la pregunta.
De los resultados obtenidos, nos damos cuenta que la mayoría de los operadores
de justicia opinan que los padres son incapaces de identificar las malas
conductas de sus hijos.
RESPUESTA ENCUESTADOS PORCENTAJE
SI 12 48%
NO 13 52%
TOTAL 25 100%
97
3.1.3 ENCUESTA A LOS ABOGADOS EN LIBRE EJERCICIO (Anexo 5)
1.- ¿Considera que los factores que influyen en las conductas penales de las
personas adultas son por la procedencia de los hogares?
RESPUESTA ENCUESTADOS PORCENTAJE
SI 20 67%
NO 10 33%
TOTAL 30 100%
Veinte, de los abogados en libre ejercicio encuestados, que representan el 67%
de la población, respondieron que si a la pregunta.
Diez, de los abogados en libre ejercicio encuestados, que representan el 33%
de la población, respondieron que no a la pregunta.
De los resultados obtenidos, nos damos cuenta que la mayoría de los abogados
en libre ejercicio opinan que los factores que influyen en las conductas penales
de las personas adultas son la procedencia de los hogares.
98
2.- ¿De acuerdo a su criterio, una tolerancia de la conducta inapropiada genera,
más delitos en la sociedad ?
RESPUESTA ENCUESTADOS PORCENTAJE
SI 18 40%
NO 12 60%
TOTAL 30 100%
Dieciocho, de los abogados en libre ejercicio encuestados, que representan el
40% de la población, respondieron que si a la pregunta.
Doce, de los abogados en libre ejercicio encuestados, que representan el 60 %
de la población, respondieron que no a la pregunta.
De los resultados obtenidos, nos damos cuenta que la mayoría de los abogados
en libre ejercicio opinan que una tolerancia de la conducta inapropiada genera,
más delitos en la sociedad.
99
3.- ¿De acuerdo a su criterio el no vivir en un hogar que no sea su entorno familiar
influyen las conductas penales de las personas adultas?
RESPUESTA ENCUESTADOS PORCENTAJE
SI 17 43%
NO 13 57%
TOTAL 30 100%
Diecisiete, de los abogados en libre ejercicio encuestados, que representan el
43% de la población, respondieron que si a la pregunta.
Trece, de los abogados en libre ejercicio encuestados, que representan el 57 %
de la población, respondieron que no a la pregunta.
De los resultados obtenidos, nos damos cuenta que la mayoría de los abogados
en libre ejercicio opinan el no vivir en un hogar que no sea su entorno familiar
influyen las conductas penales de las personas adultas.
100
3.2. Análisis de los resultados finales de la investigación. Incluye
validación, aplicación y evaluación de los resultados de la aplicación de la
propuesta.
3.2.1. Validación de la propuesta
La presente propuesta ESTUDIO FENOMENOLÓGICO DE CONDUCTAS
PENALES EN PERSONAS ADULTAS DE LA CIUDAD DE QUEVEDO, ha sido
puesta en consideración de los especialistas (anexos 6 y 7), los mismos que
luego de un minucioso análisis, coinciden que mi propuesta constituye un
importantísimo aporte para garantizar el buen vivir en nuestra sociedad
ocasionando menos personas adultas con malas conductas penales.
3.2.2. Aplicación
El presente estudio contiene información teóricas para la práctica social,
mediante el conocimiento humano para contrarrestar el desconocimiento e
ignorancia de la actividad humana que lleva a cometer delitos de acción y
omisión.
La puesta en vigencia de este estudio fenomenológico de las conductas humanas
permitirá incluir a la sociedad con los agentes involucrados para disminuir las
personas adultas, sancionas por actos cometidos con tipicidad, Antijuricidad y
culpabilidad.
3.2.3. Evaluación de los resultados de la aplicación de la propuesta.
La presente propuesta al ser puesta en ejecución en la ciudad de Quevedo,
deberá ser evaluada permanentemente por parte de las autoridades competentes,
así como de los familias usarías del sistema judicial, dependiendo de la voluntad
de los actores los resultados serán halagadores, caso contrario se deberá buscar
la mejor manera de contrarrestar las conductas penales.
101
La seriedad, en las personas adultas de malas conductas permitirá desarrollar
nuestra iniciativa y capacidades, capaz de que el mencionado estudio se
convierta en una herramienta positiva, que nos permita tener avances en las
conductas penales y mejorar una vida de calidad y calidez a los ciudadanos de
Quevedo.
3.3. Conclusiones parciales del capítulo
La población que ha intervenido en el tratamiento del problema, así como la
solución del mismo es contundentemente en sus afirmaciones, pues se ratifica en
la existencia de un problema eminentemente en las conductas penales de las
personas adultas de la ciudad de Quevedo, este estudio servirá de guía para los
familiares y ciudadanos de la ciudad de Quevedo involucrados en la malas
conductas penales.
La propuesta del estudio fenomenológico de conductas penales en personas
adultas de la ciudad de Quevedo, estamos convencidos de que es punto de inicio
de nuevos ciudadanos para buscar el buen vivir de los hogares del cantón la
provincia y el país. Siendo un aporte ciudadano por todos debemos de tratar de
cambiar las conductas de las personas adultas.
CONCLUSIONES GENERALES
A través del desarrollo de la presente tesis, mediante la consulta a los
principales autores y extranjeros que aportan con sus comentarios al
problema y a la posible solución del mismo, hemos enriquecido y
completado nuestro conocimiento, que nos refuerza el perfil profesional.
Con el tratamiento de nuestro tema, obtenido de la realidad social, nos ha
permitido conocer los diversos problemas en los que se debate la
sociedad, y que como abogados debemos estar prestos para presentar una
solución a los mismos.
102
Como en la actualidad las conductas penales en la ciudad de Quevedo
aumentan y se desconoce lo establecido en el Código Orgánico Integral
Penal en su Capitulo Primero, hemos revisado causas y efectos que
ocasionan fenomenológicamente estas conductas penales para garantizar
una mejor cultura jurídica.
RECOMENDACIONES
El presente estudio fenomenológico de conductas penales en personas
adultas de la ciudad de Quevedo, debe constituirse en una guía para
garantizar el buen vivir de los ciudadanos de Quevedo, por lo que se
recomienda socializar y evaluar.
Que se realicen programas de capacitación por parte de las autoridades
competentes para la ciudadanía en general, en el sentido de que se
amplíen más los conocimientos en el área de derecho y sobre todo en
las diferentes sanciones que estable el código orgánico integral penal.
Que la universidad regional Autónoma de los Andes, realice los trámites
necesarios con la finalidad de que esta propuesta sea ejecutada en el
ámbito tanto interno de la universidad como externo en la sociedad.
103
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- Zagrabelsky, Gustavo (2008). El derecho dúctil. Editorial Trotta, Octava
Edición, Madrid, , p. 23
LINKOGRAFIA
- Eikasia. Revista de Filosofía, año IV, 21 (noviembre 2008).
http://www.revistadefilosofia.org
- Ortiz, Margarita (2006). Factores de personalidad y delitos violentos. Málaga.
www.psicothema.com
ANEXOS
Anexo No. 1
ARBOL DE PROBLEMAS
¿Cómo determinar la situación fenomenológica de las personas
adultas con conductas penales de la ciudad de Quevedo para
garantizar la adecuada cultura jurídica de los sujetos implicados?
Problemática social
Inadecuada Formación
Conducta compulsiva
Hogares disfuncionales
Desconocimientos de las leyes
Infracciones y delitos
UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES
“UNIANDES”
CARRERA DE DERECHO
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA
TESIS DE GRADO, PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADO
DE LOS TRIBUNALES Y JUZGADOS DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR
TEMA
ESTUDIO FENOMENOLÓGICO DE CONDUCTAS PENALES EN PERSONAS
ADULTAS DE LA CIUDAD DE QUEVEDO
AUTOR
Humberto Carlos Ramírez Torres
TUTOR
Dr. Manuel Calderón Mg.
Año 2015
DESARROLLO
2. Antecedentes de la investigación
Según Montaña, la fenomenología es en esencia un método de investigación de
los objetos, surgido en el siglo XX. Su propósito, no consiste en demostrar esas
verdades o validar tales proposiciones sobre dichos objetos, como sería de
acuerdo al método científico, sino aproximarse a ellos, penetrarlos con la
conciencia, explorarlos con el rigor necesario y comprenderlos en su estructura
interna.
En ese sentido, “la fenomenología se constituye en una alternativa tanto al
método cartesiano como al propio neokantismo”. Según Larenz (1994), A
diferencia de los cartesianos considera que solo existe aquello que se puede
percibir por los sentidos; mientras que se distingue del neokantismo porque sus
seguidores consideran que la realidad es un proceso de transformación cuyas
condiciones están situadas en la estructura de nuestro pensamiento. La
fenomenología, por el contrario, supone real no las transformaciones de un
idéntico material libre de valores, sino reproducciones de trozos parciales de un
ser óntico complejo.
La tarea de la fenomenología es entonces encontrar y describir esas esencias y
relaciones esenciales existentes en la realidad, ya que los fenomenólogos
consideran que además de la intuición empírica o percepción existe la intuición de
las esencias o formas universales de las cosas, Merleau (2010), lo cual implica
aspirar al conocimiento estricto de los fenómenos, no como apariencias sensibles
sino en cuanto objetos en sí que se ofrecen a la conciencia.
En el mundo del derecho la fenomenología considera que los hechos jurídicos
tales como las acciones, las pretensiones, los derechos tienen un ser
independiente del que los hombres lo aprehendan o no, y, particularmente, según
Reinach (1994), el derecho existe con independencia del derecho positivo, pues
este se encuentra con conceptos jurídicos que le corresponden, y en modo alguno
los genera”. Pues una cosa es ver el derecho a la vida o a la propiedad en un
ordenamiento jurídico determinado y otra la propiedad como tal, es decir, la
relación esencial que existe entre el dueño y la cosa; en otros términos, que el
derecho positivo y las normas solo desarrollan su fuerza jurídica al ser aplicadas
en la práctica.
3. Situación Problémica
Para la realización de la presente investigación se realizara un estudio
fenomenológico de conductas penales en personas adultas de la ciudad de
Quevedo, provocando en los hogares situaciones, disfuncionales, por el
desconocimiento de las leyes, inadecuada educación de valores y la amplia
problemática social.
Hogares disfuncionales, cada vez se observa más la poca importancia
del rol que desempeñan los padres como núcleos familiares en la
formación integral de los hijos debido a que se forman ejemplos negativos
para una educación básica en el entorno familiar, así mismo crecer en
hogar caótico y disfuncional puede generar una conducta negativa como
repetir el estilo de vida de su entorno familiar durante su niñez, el abuso de
drogas, alcohol y cometer delitos lo pueden tomar como normal en su vida,
una conducta compulsiva generando maltrato entre conyugues o a los
hijos lo que ocasiona al final cierto discapacidad de sentir y relacionarse en
el entorno social.
Desconocimientos de las leyes, la ignorancia se la puede definir como
falta de ciencia falta de letras, y noticias en general lo que está generando
infracciones, delitos ocasionados por las personas adultas de una conducta
negativa pero el desconocimiento de la ley, a nadie excusa solo existe la
presunción de un delito, sin confundir que puede existir la negligencia de
una persona adulta determinando la naturaleza del acto, todo estamos
obligados a conocer las leyes para asumir responsabilidades de su
conducta según López, según Revista General de Legislación y
Jurisprudencia (1994), nadie puede excusarse de lo que ha debido y
podido saber, porque a nadie excusa su propia falta".
Inadecuada educación en valores, el poco interés de acoger los buenos
valores para el cumplimiento de las leyes emanadas en la constitución y de
cumplimiento diario en bien de la sociedad y dejar el debo hacer pero no lo
hago empezar a valorarnos nosotros mismos para poder generar el bien
común en la actualidad no orientamos los valores positivos en bien de la
sociedad por no contribuir en bien de todos, la falta de cultura,
personalidad negativa influye en muchos aspectos para una conducta
negativa de las personas adultas
Amplia problemática social, la inadecuada formación hace que los niños
perciban al mundo, en su entorno de su barriada, comunitario, o de su
pueblo, se observan que dejan socialmente aisladas a muchas personas
no hay atención y se violan sus derechos constitucionales, derecho al agua
a una buena salud, empleo lo que impulsa que se generen conducta
negativas en las personas.
4. Problema Científico
¿Cómo determinar la situación fenomenológica de las personas adultas con
conductas penales de la ciudad de Quevedo, para garantizar la adecuada cultura
jurídica de los sujetos implicados?
5. Objeto de investigación y campo de acción
Objeto de investigación: Legislación penal
Campo de acción: Conductas penales
Lugar.- Ciudadanía de Quevedo
Fecha: Año 2015
6. Identificación de la Línea de Investigación.
Criminología y Victimología
7. Objetivo
a. Objetivo General
Realizar un Estudio fenomenológico, de las personas adultas con
conductas penales de la ciudad de Quevedo, para que se garantice una
adecuada cultura jurídica de los sujetos implicados.
.
b. Objetivos específicos
Fundamentar las bases teóricas del estudio fenomenológico, de las
personas adultas con conductas penales de la ciudad de Quevedo, para
garantizar una adecuada cultura jurídica de los sujetos implicados.
Diagnosticar la situación actual del estudio fenomenológico, de las
personas adultas con conductas penales de la ciudad de Quevedo, para
garantizar una adecuada cultura jurídica de los sujetos implicados.
Presentar un informe del estudio fenomenológico de las personas
adultas con conductas penales de la ciudad de Quevedo.
Validar la propuesta vía de especialistas.
8. Hipótesis
Si realizamos un estudio fenomenológico de las conductas penales de las
personas adultas en la ciudad de Quevedo, entonces se garantizara una
adecuada cultura jurídica de los sujetos implicados.
9. Variables de la investigación
Variable independiente:
Conductas penales de las personas adultas.
Variable dependiente:
Gestión de la cultura jurídica de los sujetos implicados.
10. Metodología a emplear: métodos, técnicas y herramientas empleadas en
la investigación.
- Modalidad
Modalidad Cuantitativa: Permitió examinar los datos de manera científica y
numérica, generalmente con ayuda de herramientas de campo de la estadística,
por lo que fue de gran ayuda para obtener los resultados de las encuestas y
entrevistas realizadas.
Modalidad Cualitativa: Permitió distinguir y orientarse a describir e interpretar los
fenómenos y son adecuados para los investigadores que se interesan por el
estudio de los significados de las acciones humanas desde la perspectiva de los
propios agentes sociales.
- Tipos de investigación
Investigación Bibliográfica o Documental: permitirá distinguir y analizar los
datos científicos para configura el Marco Teórico y sustentación de las bases
teóricas de autores nacionales o extranjeros.
Investigación de Campo: permitirá observar y obtener examinar los datos de
manera científica y numérica, generalmente con ayuda de herramientas de
campo como la encuesta y entrevista.
Investigación Descriptiva: comprende la descripción, registro, análisis e
interpretación de la naturaleza actual, y la composición o procesos de los
fenómenos. El enfoque se hace sobre conclusiones dominantes o sobre como
una persona, grupo o cosa se conduce o funciona en el presente.
Métodos de investigación
Inductivo.- Se basa en leyes y reglamentos ya establecidos para aplicarlos en la
presente investigación, estos fueron utilizados en la estructuración del marco
teórico.
Deductivo.- Se establece a partir de los conceptos del marco teórico para
aplicarlos en la investigación, tal es el caso de las teorías de la motivación al
personal de venta.
- Técnicas de investigación
Encuestas y entrevistas.- La encuesta servirá para dar respuestas a problemas
tanto en términos descriptivos como de relación de las variables.
La entrevista consistirá en recogerla información a través de un proceso de
comunicación abierta dirigida a la ciudad de Quevedo.
Observación.- Consistió en observar las situaciones, dentro de la ciudad de
Quevedo con el fin de obtener determinada información necesaria para la
investigación.
POBLACIÓN Y MUESTRA
Tomo como muestra la siguiente población:
Población No.
Operadores de justicia 25
Familias usuarias del sistema judicial 35
Abogados en libre ejercicio 30
Total 90
11. Descripción de la estructura o esquema de contenidos.
1.2.1. Perspectivas socio jurídicas de la Familia
1.2.1.1. Antecedentes
1.2.1.2. Tipos de familias
1.2.1.3. Esencia de la percepción
1.2.1.4. Esencia de la conciencia
1.2.2. Fenomenología
1.2.2.1. Presocráticos
1.2.2.2. Clásicos
1.2.2.3 Medievo
1.2.2.4. Moderna
1.2.2.5. Contemporánea
1.2.2.6. Posmodernidad
1.2.2.7. Ultramodernismo
1.2.2.8. Política criminal
1.2.3. Modalidades de la conducta
1.2.3.1. Comportamiento Humano
1.2.3.2. Realidad política
1.2.3.3. Realidad social
1.2.3.4. Realidad jurídica Ecuatoriana
1.2.4. Medios de control constitucional
1.2.5. Derecho Comparado
12. Aporte teórico, significación práctica y novedad científica.
Aporte teórico, Las conductas penales relevantes se estructuran por dos
extremos, por un lado el elemento subjetivo y por el otro el elemento objetivo,
resulta apenas obvio que la conducta quede excluida o suprimida cuando falte al
menor uno de los dos elementos.
Actúa con culpa la persona que infringe el deber objetivo de cuidado, que
personalmente le corresponde, produciendo un resultado dañoso. Esta conducta
es punible cuando se encuentra tipificada como para llegar a esta conclusión,
una conducta catalogada como tal, requiere que concurran ciertas circunstancias
y características propias del injusto penal imprudente.
Sin embargo, los injustos penales no sólo son perpetrados con intencionalidad;
existen acciones cuyo reproche jurídico no recae en haber cometido u omitido
intencionalmente un resultado lesivo o puesta en peligro de un bien jurídico
protegido, sino en una inobservancia del deber objetivo de cuidado, creando un
riesgo jurídico mediante el análisis fenomenológico de la conducta penales
relevante podremos determinar las causas que las generan.
Significación práctica y novedad científica. La fenomenología se sustenta
discursivamente en la idea de que en el mundo hay tantos hechos como esencias.
Los hechos serían los fenómenos contingentes, mientras que las esencias serían
las realidades necesarias. La fenomenología es el estudio de las esencias, la
fenomenología se genera de las acciones y pretensiones del ser humano que en
ellos esta si actúan o no.
Básicamente encontramos cuatro eventos en los cuales hay ausencia de acto por
falta de elemento objetivo, tales eventos son: ausencia de conducta por falta de
actividad propia, la fuerza física irresistible, la insuperable coacción ajena
exculpante y las acciones libres en su causa.
ANEXO No. 3
UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES UNIANDES
FACULTAD DE JUSRISPRUDENCIA
CARRERA DE DERECHO
En el interés y objetivo principal de obtener una información oportuna y
confiable de parte de las Familias usuarias del sistema judicial, que permita
encaminar nuestro proyecto de tesis; le pedimos de la manera más
encarecida responder pertinentemente esta encuesta
1. ¿Considera usted que la pena es la mejor manera de corregir las
conductas penales de las personas adultas?
Si ( ) No ( )
2. ¿De acuerdo a su criterio considera que el estado Ecuatoriano está
tomando las debidas medidas correctivas, para disminuir las malas
conductas penales de las personas adultas?
Si ( ) No ( )
3. ¿En su criterio considera que los padres tienen la culpa de que su hijo
padezca de una mala conducta?
Si ( ) No ( )
Gracias por su colaboración
ANEXO No. 4
UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES UNIANDES
FACULTAD DE JUSRISPRUDENCIA
CARRERA DE DERECHO
En el interés y objetivo principal de obtener una información oportuna y
confiable de parte de los Abogados en libre ejercicio, que permita encaminar
nuestro proyecto de tesis; le pedimos de la manera más encarecida
responder pertinentemente esta encuesta
1.- ¿Los factores que influyen en las conductas penales de las personas adultas
son por la procedencia de los hogares?
Si ( ) No ( )
2.- ¿De acuerdo a su criterio, una tolerancia de la conducta inapropiada genera,
más delitos en la sociedad ?
Si ( ) No ( )
3.- De acuerdo a su criterio el no vivir en un hogar que no sea su entorno familiar
influyen las conductas penales de las personas adultas?
Si ( ) No ( )
Gracias por su colaboración
ANEXO No. 5
UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES UNIANDES
FACULTAD DE JUSRISPRUDENCIA
CARRERA DE DERECHO
En el interés y objetivo principal de obtener una información oportuna y
confiable de parte de los operadores de justicia, que permita encaminar
nuestro proyecto de tesis; le pedimos de la manera más encarecida
responder pertinentemente esta encuesta
1.- ¿De acuerdo a su criterio, para mejorar las conductas penales de las
personas adultas seria dándole más asesoramiento jurídico a los jóvenes?
Si ( ) No ( )
2.- ¿Considera usted que las personas adultas cometen delitos con el fin de
causar daños, teniendo el conocimiento y la voluntad?
Si ( ) No ( )
3.- ¿De acuerdo a su criterio considera que los padres son incapaces de
identificar las malas conductas de sus hijos?
Si ( ) No ( )
Gracias por su colaboración
ANEXO No. 6
Adjunto detalle estadístico de los delitos del Cantón Quevedo durante el año
2014