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UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO SECRETARÍA GENERAL Recibido por: Fecha: Firma Hora: Nuestro objetivo: "LA EXCELENCIA" 362 Oficio No. -SG-UNACH-2014 Riobamba, 09 de abril de 2014 Ingeniero Diego Barahona DIRECTOR DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES - ICITS. Presente.- De mi consideración: Cúmpleme informar a usted que, el H. Consejo Universitario en sesión de fechas 03 y 07 de abril de 2014, resolvió lo siguiente: 3.3. BASES PARA LA CONVOCATORIA DE PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, DESARROLLO TECNOLÓGICO Y SABERES ANCESTRALES ICITS UNACH 2014: RESOLUCIÓN No. 0080-HCU-03/07-04-2014: El H. Consejo Universitario de conformidad con las atribuciones determinadas en el artículo 18, numeral 09 del Estatuto Institucional, resuelve en forma unánime aprobar las Bases de la Convocatoria de Programas y Proyectos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico y Saberes Ancestrales ICITS UNACH 2014, conforme al planteamiento realizado por el Vicerrectorado de Posgrado Investigación. Para los fines uientes. Atentament Dr Arturo Guerrero H., S CRETARIO GENERAL RIA 4, C.c. Archivo. Elab. Dr. Arturo Guerrero H. Campus Universitario "Ms.C. Edison Riera Rodríguez" Av. Antonio José de Sucre Km 1 1/2 camino a Guano Teléfonos: (03) 3730880 Ext. 1003 -1004 -1005 -1006 [email protected] RIOBAMBA • CHIMBORAZO • ECUADOR

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO SECRETARÍA GENERAL

Recibido por: Fecha:

Firma Hora:

Nuestro objetivo: "LA EXCELENCIA"

362 Oficio No. -SG-UNACH-2014 Riobamba, 09 de abril de 2014

Ingeniero Diego Barahona DIRECTOR DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES - ICITS. Presente.-

De mi consideración:

Cúmpleme informar a usted que, el H. Consejo Universitario en sesión de fechas 03 y 07 de abril de 2014, resolvió lo siguiente:

3.3. BASES PARA LA CONVOCATORIA DE PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, DESARROLLO TECNOLÓGICO Y SABERES ANCESTRALES ICITS UNACH 2014:

RESOLUCIÓN No. 0080-HCU-03/07-04-2014:

El H. Consejo Universitario de conformidad con las atribuciones determinadas en el artículo 18, numeral 09 del Estatuto Institucional, resuelve en forma unánime aprobar las Bases de la Convocatoria de Programas y Proyectos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico y Saberes Ancestrales ICITS UNACH 2014, conforme al planteamiento realizado por el Vicerrectorado de Posgrado Investigación.

Para los fines uientes.

Atentament

Dr Arturo Guerrero H., S CRETARIO GENERAL RIA

4,

C.c. Archivo. Elab. Dr. Arturo Guerrero H.

Campus Universitario "Ms.C. Edison Riera Rodríguez" Av. Antonio José de Sucre Km 1 1/2 camino a Guano

Teléfonos: (03) 3730880 Ext. 1003 -1004 -1005 -1006 [email protected]

RIOBAMBA • CHIMBORAZO • ECUADOR

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO Vicerrectorado de Posgrado e Investigación

ae/zeta:, 7Azolú 04,5;itiacio'n, . //

Riobamba, 2 de abril de 2014 Oficio No. 0280-VPI-UNACH-2014

Doctora María Angélica Barba M. Rectora de la Universidad Nacional de Chimborazo Presente.-

MUTADACIIIAL DE CriliBORAZO SECRETARÍA GENE RAL

cre-~Pek6,-

Fecha:,r 754 Hora:

2 --------------------------------------- FUNCIONARIO PFSPONS 73t1.1

De nuestra consideración:

Comedidamente me permito hacerle llegar las Bases de la Convocatoria de Programas y Proyectos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico y Saberes Ancestrales ICITS UNACH -2014, aprobado en primera instancia en el Consejo de Investigación con Resolución No. 13-C.I. 2014-03-24, por lo que solicito sea considerado en el seno del H. Consejo Universitario para su aprobación final, considerando que los proyectos ganadores de la convocatoria 2014, serán ejecutados en el año 2015.

Por su gentil atención, le agradezco.

Atentamente,

Ms.C. Lexinton Cepeda Astudillo. Vicerrector de Postgrado e Investigación.

Adj: oficio No. 022-C.I. UNACH-2014, Bases.

Silvana z.

Ora. %lada rfa RECTORA

Fecha: 0 2 ABR 2.014 /61/3()

y? o..

Dirección: Campus "La a ch.eschkec

4 94, 0-0 Alfaro y 10 de Agosto Tel: (03) 2628115 / 2628115 /2628 119

Riobamba - Ecuador

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Riobamba, 2 de abril de 2014 Oficio No. 0280-VPI-UNACH-2014

Doctora María Angélica Barba M. Rectora de la Universidad Nacional de Chimborazo Presente.-

De nuestra consideración:

Comedidamente me permito hacerle llegar las Bases de la Convocatoria de Programas y Proyectos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico y Saberes Ancestrales ICITS UNACH -2014, aprobado en primera instancia en el Consejo de Investigación con Resolución No. 13-C.I. 2014-03-24, por lo que solicito sea considerado en el seno del H. Consejo Universitario para su aprobación final, considerando que los proyectos ganadores de la convocatoria 2014, serán ejecutados en el año 2015.

Por su gentil atención, le agradezco.

Atentamente,

Ms. . Lexinton Cepeda Astudillo. Vicerrector de Postgrado e Investigación.

Adj: oficio No. 022-C.I. UNACH-2014, Bases.

S ilvana z.

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rORSIPPO

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO VICERRECTORADO DE POSTGRADO E INVESTIGACIÓN

INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y DESARROLLO

CONSEJO DE INVESTIGACIÓN

Oficio No. 022-CLUNACH-2014 Riobamba, marzo 26 de 2014

Máster Lexínton Cepeda VICERRECTOR DE POSGRADO E INVESTIGACIÓN Presente

Señor Vicerrector:

Cumplo con el deber de informar a usted la Resolución adoptada por el Consejo de Investigación de la Universidad, en sesión ordinaria del 24 de marzo de 2014:

RESOLUCION 13 - CL- 2014-03-24.-

Aprobar las Bases de la Convocatoria de Programas y Proyectos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico y Saberes Ancestrales ICITS-UNACH 2014 para su ejecución en el año 2015 y trasladar al H. Consejo Universitario para conocimiento y aprobación definitiva.

Particular que comunico para los fines consiguientes.

Atentamente,

FECHA v,19-

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BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PRESENTACIÓN DE PROGRAMAS Y

PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, DESARROLLO

TECNOLÓGICO Y SABERES ANCESTRALES ICITS-UNACH 2014

1. DISPOSICIONES GENERALES

1.1 Objetivo general

Impulsar el desarrollo de proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico y saberes ancestrales en la Universidad Nacional de Chimborazo, a través de la gestión para el financiamiento de los mismos para su ejecución en el año 2015, en concordancia con las líneas de investigación de la institución, las necesidades locales, regionales y nacionales de acuerdo al Plan Nacional del Buen Vivir.

Objetivos específicos

a) Promover la vinculación y colaboración de la Universidad Nacional de Chimborazo realizando

actividades de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación, con los usuarios y

beneficiarios de los resultados.

b) Gestionar el financiamiento para la ejecución de proyectos de investigación científica,

desarrollo tecnológico y saberes ancestrales, cuyos resultados estén orientados a la

obtención de productos, procesos o servicios, nuevos o mejorados para solucionar

problemas de la comunidad.

c) Desarrollar mayores y mejores capacidades científicas y tecnológicas, a través de la

promoción de las actividades de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación, que

se orienten a beneficiar a las Unidades Académicas proponentes y a otras organizaciones

sociales, generando importantes impactos económicos y sociales para la región y el

país.

d) Contribuir al desarrollo local, provincial y regional, garantizando que los resultados de los

proyectos se orienten a la solución de problemas de esos territorios, teniendo en

consideración el impacto social, económico y productivo, aprovechando capacidades y

recursos disponibles.

1.2 Definiciones

Para la correcta comprensión y aplicación de estas bases de la convocatoria, los términos

tienen las siguientes definiciones:

1.2.1 ICITS: Es el Instituto de Ciencia, Innovación, Tecnología y Saberes de la Universidad

Nacional de Chimborazo que dirige y coordina el Sistema de Investigación Institucional,

desarrollando y ejecutando las políticas del Vicerrectorado de Postgrado e Investigación

en estos ámbitos.

1.2.2 Convocatoria: Es el proceso por el cual el ICITS, en forma pública y transparente,

invita al Personal Académico de las diferentes Unidades de la Universidad Nacional de

Chimborazo para que presenten sus proyectos y programas de investigación científica,

desarrollo tecnológico y saberes ancestrales, para evaluarlos, calificarlos y optar o no por

su financiamiento y su ejecución para el 2015.

1.2.3 Recepción: Es el proceso por el cual el ICITS obtiene de los(as)potenciales

Investigadores(as) y Profesores(as) de las diferentes Unidades Académicas de la

Universidad Nacional de Chimborazo convocados(as), los programas y proyectos de

investigación científica, desarrollo tecnológico y saberes ancestrales para su posible

financiamiento (tanto en forma digital así como una copia física).

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1.2.4 Formato: Es el esquema para la presentación de programas y proyectos de

investigación científica, desarrollo tecnológico y saberes ancestrales para su posible

financiamiento, para esta convocatoria, se utilizará el “Formulario para la presentación de

Programas o Proyectos” establecida por la SENESCYT.

1.2.5 Calificación: Se considerará propuesta calificada aquella que haya sido entregada

de acuerdo a las bases, reglamento, instructivo y formato establecido para esta

convocatoria dentro de la fecha y hora señaladas. Las propuestas calificadas serán

elegibles para ser evaluadas y eventualmente podrán o no ser seleccionadas, aprobadas

y financiadas.

1.2.6 Evaluación: Es un proceso imparcial por el cual el ICITS realiza el análisis y la

calificación del proyecto para conocer su viabilidad técnica, económica, financiera,

institucional y ambiental, mediante evaluadores calificados tanto internos como externos.

1.2.7 Selección: Las propuestas que alcancen el puntaje suficiente, serán aprobadas por

el Comité Técnico de Investigación de la Universidad Nacional de Chimborazo.

1.2.8 Programa: Hace referencia a un conjunto organizado, coherente e integrado de

actividades y procesos investigativos expresados en varios proyectos de similar naturaleza

y generalmente, encaminados a responder un mismo objetivo general, en un periodo de

tiempo previamente definido y respetando un presupuesto establecido.

En el caso de programas se deberá completar el formato hasta la justificación. Además,

es necesario llenar un formulario de aplicación completo para cada uno de los proyectos

del programa.

1.2.9 Proyecto: Conjunto de actividades coordinadas e interrelacionadas que buscan

cumplir con objetivos específicos de investigación muy claramente delimitados, en un

periodo de tiempo previamente definido y respetando un presupuesto establecido.

1.2.10 Unidad Beneficiaria: Es aquella Unidad Académica de la Universidad Nacional de

Chimborazo que recibe por gestión del ICITS el financiamiento para la realización de un

proyecto o programa contemplado en esta convocatoria.

1.2.11 Financiamiento: Son aquellos recursos de la Universidad Nacional de Chimborazo canalizados a través del ICITS, destinados a la realización de programas y proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico y saberes ancestrales.

1.2.12 Consejo de Investigación: Está conformado por el(la) Vicerrector(a) de Postgrado e

Investigación, los(as) Vicedecanos(as) de las Unidades Académicas, el(la) Director(a) del

ICITS, etc. encargado de la ejecución de los procesos de convocatoria, calificación,

evaluación, selección, aprobación y adjudicación del financiamiento para la ejecución de

programas y proyectos de Investigación científica, desarrollo tecnológico y saberes

ancestrales, que sean presentados en virtud de la presente convocatoria.

1.2.13 Comisión Técnica: El Consejo de Investigación, designará una Comisión Técnica para

realizar el estudio e informe pertinente en cada proceso de evaluación. Su conformación

la realizará el Consejo de Investigación a través de una resolución.

1.2.14 Director del programa o proyecto: Es el autor intelectual del programa o proyecto

que, para efectos administrativos, representa al programa o proyecto y su desarrollo

posterior, ante el ICITS, el Vicerrectorado de Posgrado e Investigación de la UNACH, y demás

instancias internas y/o externas que correspondan. Además es quien adquiere el

compromiso de la administración del mismo, realiza las gestiones pertinentes a su ejecución

con apoyo de la Unidad de Gestión de Proyectos; presenta los informes técnicos, financieros

y demás requerimientos.

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1.2.15 Investigador “Junior”: Se considera al Personal Académico con título de tercer nivel

que está terminando o terminó su titulación de maestría más reciente dentro de los últimos

cinco años.

1.2.16 Investigador “Sénior”: Se considera al Personal Académico que terminó su título

de maestría más reciente hace más de cinco años y un índice de producción

intelectual de al menos 0.25 o posee título de Ph.D. o su equivalente.

2 TIPOS, CONDICIONES Y REQUISITOS DE LOS PROGRAMAS Y PROYECTOS

2.1 Categorías y Tipos de programas o proyectos

2.1.1 Categorías

Para la presente propuesta se tomarán en cuenta tres categorías de proyectos: 1) Programas,

2) proyectos de continuación y 3) proyectos nuevos.

2.1.2 Tipos

INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA.- Es la búsqueda intencionada de conocimientos o de soluciones

a problemas de carácter científico; el método científico indica el camino que se ha de transitar

en esa indagación y las técnicas precisan la manera de recorrerlo.

INVESTIGACIÓN TECNOLÓGICA.- Es la búsqueda de soluciones a problemas y situaciones

concretas de la sociedad, en base a la aplicación del conocimiento.

PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN BÁSICA.- Son trabajos teóricos con apoyo experimental que

se emprenden fundamentalmente para obtener nuevos conocimientos acerca de los

fundamentos de fenómenos y hechos observables, sin que su objetivo sea ninguna aplicación

o utilización determinada. Analiza propiedades, estructuras y relaciones y, formula hipótesis,

teorías y leyes.

PROYECTOS DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA.- Son trabajos sistemáticos basados en los

conocimientos existentes, derivados de la investigación o la experiencia práctica, dirigidos a la

producción de nuevos materiales, productos o dispositivos, al establecimiento de nuevos

procesos, sistemas y servicios, o a la mejora sustancial de los existentes, que incidan en el

desarrollo tecnológico, agregando al haber técnico y al método científico, un posible beneficio

económico.

PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN SOCIAL.- Son proyectos que dan soluciones a problemáticas

amplias detectadas en los diferentes sectores de la realidad social, como los “observatorios”

sobre indicadores macro y micro económicos, sobre empleo, mercados laborales y

profesionales, estructuras agrarias, conflictividad socio-política, violencia urbana y demás que

permitan generar innovaciones en los sectores social, industrial y empresarial.

Estas condiciones deberán ser rigurosamente fundamentadas en la formulación de los

programas o proyectos y en el formulario de presentación de propuestas, deberá indicarse la

tipología de proyecto de que se trate. El formulario de presentación de propuestas se

encontrará disponible en el sitio web de la UNACH.

NOTA: Eventualmente un programa o proyecto de Investigación científica, desarrollo

tecnológico y saberes ancestrales puede pertenecer simultáneamente a más de uno de los

tipos indicados, en cuyo caso el investigador deberá marcar en los casilleros respectivos en el

formulario de aplicación.

2.2 Condiciones y requisitos de los programas o proyectos

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Los programas o proyectos deberán ser de investigación científica de excelencia, transferencia

tecnológica o innovación, con miras a dar soluciones a problemas concretos o al

aprovechamiento de oportunidades que contribuyan al desarrollo humano sostenible. Los

resultados de los programas y proyectos deberán tener potencial (investigación) o demostrar

(innovación) la generación de un impacto positivo económico y/o social.

Los programas y proyectos deberán cumplir con todas y cada una de las condiciones y

requisitos que se indican a continuación:

• Cumplir con las líneas de investigación de la Universidad Nacional de Chimborazo, los

objetivos de esta convocatoria y los especificados en el Plan Nacional para el Buen Vivir,

así como con las Políticas de Ciencia y Tecnología.

• Las propuestas en innovación deberán contribuir a solucionar problemas o carencias

internas, aprovechar oportunidades y/o satisfacer o crear mercados interno y/o externo.

• Los resultados esperados en proyectos de innovación deberán diferenciarse

claramente de opciones alternativas existentes en el mercado nacional e internacional

o que sean de conocimiento público y que estarán disponibles en el mediano plazo.

• Contribuir a elevar el conocimiento, la formación académica de talento humano, y las

capacidades, con que cuenta el país, en las áreas científica y tecnológica.

• Las actividades del programa o proyecto, sus resultados y las innovaciones esperadas

no deberán tener un impacto ambiental negativo; y de tenerlo se adjuntarán al estudio

ambiental los respectivos planes de control, mitigación y manejo del posible impacto

ambiental.

• En esta convocatoria se considerarán proyectos que hayan recibido financiamiento en

procesos anteriores, que hayan sido evaluados satisfactoriamente, y que por su

naturaleza demuestren la necesidad de continuación para mejorarlos resultados de la

investigación. Se deberá indicar claramente en su formulación que se trata de proyectos

de continuidad, y que cumplan con los siguientes criterios:

o El proyecto deberá ser idealmente presentado y ejecutado por el mismo

investigador principal,

o El proyecto deberá complementar y ampliar los resultados de la investigación.

3 PLAZO Y MONTOS DE FINANCIAMIENTO OTORGADOS POR EL ICITS

3.1 Plazos de ejecución de programas y proyectos

Los proponentes deberán considerar un plazo de hasta 24 meses para la ejecución de los

proyectos, con el objetivo de obtener los resultados e impactos propuestos en el menor tiempo

posible. Excepcionalmente se podría considerar un plazo mayor a 24meses, sin llegar a exceder

los 36 meses, para aquellos proyectos que debido a la naturaleza de los temas abordados y

plenamente justificados así lo requieran. En el caso de los programas estos podrían tener una

duración de 48 meses y excepcionalmente se podría considerar hasta 60 meses si se justifican

plenamente las razones.

Los programas y proyectos serán objeto de una evaluación periódica, que tendrá como

propósito principal verificar el avance científico, tecnológico y social que ofrecen así como

verificar el cumplimiento de las metas propuestas de estos proyectos. Los resultados de

estas evaluaciones condicionarán la continuidad o no del financiamiento para las etapas

posteriores de estos programas o proyectos, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento

del SCiTIS de la UNACH.

3.2 Montos de financiamiento de programas y proyectos

Los montos de financiamiento máximo para las diferentes categorías de proyectos es la

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siguiente:

1) Programas presentados por investigadores “Sénior”: 100.000,00 USD

2) Proyectos presentados por investigadores “Sénior”: 50.000,00 USD

3) Proyectos nuevos presentados por investigadores “Junior”: 20.000,00 USD

NOTA: Excepcionalmente se financiarán, proyectos plurianuales sobre los montos indicados

siempre que se consideren su prioridad, con la respectiva justificación técnica y financiera.

3.4 Duplicidad de financiamiento.

Un programa o proyecto podría recibir otros Fondos del Estado, en caso de que este

financiamiento sea pertinente y cuando se requiera complementar ciertas categorías de

inversión que no estén cubiertos con el financiamiento con fondos propios de la Universidad

Nacional de Chimborazo y que son inversiones necesarias para la ejecución normal del

proyecto. Este financiamiento complementario deberá ser incluido y explicado en el

presupuesto total del proyecto.

4 ÁREAS DE INVESTIGACIÓN A SER CONSIDERADAS

Las líneas temáticas de postulación y motivo de esta convocatoria están de acuerdo con

las prioridades del Plan Nacional del Buen Vivir, y son las siguientes:

Ingeniería, Industria y Construcción

Ciencias

Servicios

Salud y Servicios Sociales

Educación

Humanidades y Artes

Ciencias Políticas, Educación Comercial y Derecho.

NOTA: Otros temas que se enmarquen dentro de las prioridades nacionales de Investigación

científica, desarrollo tecnológico y saberes ancestrales podrían ser eventualmente

considerados.

5 CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD

5.1 Elegibilidad de las propuestas

Una propuesta debe reunir los requisitos mínimos de índole general que determinan su

elegibilidad, entre los que se considera:

- Que sea presentado por un postulante elegible.

- Que esté dentro de los temas y áreas arriba indicados.

- Que se enmarque dentro de las Políticas de Ciencia, Tecnología y el Plan Nacional para el

Buen Vivir.

- Que tenga impacto positivo científico y social.

- Que cumpla con los requerimientos de ética, bioética, y conservación del ambiente.

5.3 Participación internacional en los programas o proyectos

Los programas o proyectos a ser presentados, deberán aprovechar al máximo las experiencias

y capacidades científicas internacionales de tal forma que aumenten su calidad, efectividad y

eficiencia. Para ello, se podrá incorporar a asociados internacionales pertinentes, promoviendo

la participación de expertos, universidades e institutos tecnológicos extranjeros en la

formulación, desarrollo, ejecución y transferencia tecnológica de los proyectos.

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5.4 Regulaciones específicas

Los programas y proyectos en los que se considere que pueden generar impacto ambiental

deberán presentar una consulta al Ministerio de Ambiente sobre la necesidad de una evaluación

de impacto ambiental, para en lo posterior, dependiendo de la respuesta obtener la ficha o

licencia ambiental, según el caso.

Los programas y proyectos que consideren la introducción de especies vegetales, animales o

fúngicas (terrestres, marinas o dulceacuícolas) al Ecuador, deberán incluirla autorización de

los organismos competentes (MAGAP, MAE u otros) o un documento que indique la

presentación de la solicitud a alguno de los organismos, por parte de los proponentes, como

parte integrante de la postulación. El programa o proyecto no podrá iniciar sin la autorización

pertinente.

Los programas o proyectos que involucren estudios en especies protegidas, sitios

arqueológicos y áreas silvestres protegidas deberán presentar las autorizaciones emitidas por

los organismos correspondientes.

En los programas y proyectos en los que se involucre la participación de material genético

humano o animal, o animales de experimentación se deberá incluir un informe positivo de un

comité de bioética debidamente reconocido por la Autoridad Sanitaria Nacional de acuerdo al

Reglamento para la Aprobación, Monitoreo, Seguimiento, Evaluación de los Comités de

Bioética que se Relacionan con las áreas atinentes al Ministerio de Salud Pública, publicado en

el Registro Oficial # 361, de 21 de septiembre de 2006. Los investigadores deberán tomar en

cuenta la Política Nacional de Bioética y todos los aspectos éticos y jurídicos establecidos

en las normas nacionales e internacionales.

Los postulantes beneficiarios de un programa o proyecto que pudiera comprometer aspectos

bioéticos (estudios de seres humanos y manipulación genética, entre otros) deberán presentar

una declaración juramentada anexa al proyecto, en la que exprese que sus actividades, sus

posibles resultados y las innovaciones esperadas no presentan controversias de carácter

bioético y que ellas serán prevenidas y corregidas si surgen durante la ejecución del programa

o proyecto. Los programas o proyectos que involucren investigación en seres humanos y en

transgénicos deberán atenerse a lo establecido en las leyes y sus reglamentos

correspondientes.

Los programas o proyectos que incluyan experimentación con animales, deberán adjuntar

una declaración juramentada de los proponentes beneficiarios que participan en el programa

o proyecto de que sus actividades, posibles resultados y las innovaciones esperadas han sido

analizadas cuidadosamente y no presentan controversia de carácter bioético y que ellas serán

prevenidas y corregidas si surgen durante la ejecución del programa o proyecto.

6 RECEPCIÓN DE PROPUESTAS

Las propuestas deben presentarse en digital y adicionalmente se entregará una copia física

en el ICITS, dentro de los plazos previstos y en los formatos aprobados, mismos que

estarán disponibles en la página web de la institución.

El programa o proyecto deberá estar firmado por el Director postulante.

Listado de documentos y requisitos que se deben presentar adjuntos a la propuesta:

Oficio de presentación de propuesta según formato preestablecido. Detalle que especifique los bienes y recursos que la Unidad beneficiaria pondrá a disposición del proyecto.

Declaración juramentada de que el programa o el proyecto no ha sido presentado para financiamiento con otros Fondos del Estado u otras fuentes de financiamiento y de que el director del programa o proyecto presentado es el autor del mismo, y no pertenece a un tercero.

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Certificaciones respecto de la consulta que se menciona en el punto 5.4 de esta convocatoria o de ser el caso el informe de un comité de ética debidamente reconocido.

Toda la documentación descrita deberá ser actualizada, original o copia certificada.

Aquellas propuestas que no cumplan con lo establecido en las presentes bases serán

descalificadas automáticamente.

6.1 Documentación y fecha límite para la presentación de propuestas

Las bases de la convocatoria, y demás documentación correspondiente para la presentación

de la propuesta estarán disponibles en la página web de la institución.

Las propuestas se receptarán en el ICITS desde el 13 de Mayo de 2014 hasta las 17h00 del 13

de Junio de 2014.

Los términos aquí mencionados deben interpretarse en un sentido literal y obvio, en el

contexto del mismo. En caso de dudas se regirá a lo establecido en el Diccionario de la real

Academia de la Lengua Española.

6.2 Preguntas y aclaraciones

Las preguntas relativas a esta convocatoria, deberán ser dirigidas a la Dirección del ICITS, durante el tiempo que media entre la publicación de la convocatoria y la fecha de cierre de la misma, ya que se prestará asesoría a los postulantes, de modo que se cumpla con estas bases, a través de correo electrónico ([email protected]).

Una vez que el Comité de Proyectos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e

Innovación, ha receptado las propuestas dentro de la hora y día señalados en esta

convocatoria, iniciará el proceso que consta de las siguientes fases:

Fase1. Calificación

Fase2. Evaluación

Fase3. Aclaración de dudas

Fase4. Selección

Fase5. Aprobación

7 CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS

En esta fase se verificará que las propuestas cumplan con todas las condiciones y requisitos

establecidos en las bases. Cumplidos todos estos requerimientos las propuestas se

considerarán calificadas y pasarán a las fases siguientes de: Evaluación, Aclaración de dudas

y Selección.

8 EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS

Las propuestas CALIFICADAS serán sometidas a la respectiva evaluación, en los siguientes

aspectos:

Evaluación Científico-Técnica;

Evaluación Institucional;

Evaluación Financiera y Económica;

8.1 Evaluación Científico-Técnica

Las propuestas serán evaluadas científica y técnicamente por uno o más pares externos

nacionales o internacionales, seleccionados de acuerdo a sus perfiles y designados por el

Comité de Proyectos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación del ICITS.

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La calidad Científico-Técnica de una propuesta se evaluara de acuerdo a los siguientes

criterios:

8.1.1 Metodología de la Investigación Científica

Lo(s) postulante(s) deberá(n) diferenciar claramente el programa o proyecto propuesto de

otros de las mismas características, realizado so en ejecución, que hayan sido financiados con

aporte de otros Programas o fondos del Estado. Para esto se deberá identificar:

a) Diagnóstico de la situación actual o línea base en el que se establecerá a través del marco

teórico el problema o necesidad y la importancia de realizar la investigación y el aporte

especial que el programa o proyecto aporta con relación a otros anteriores.

b) La calidad de la hipótesis, de los objetivos generales y específicos, las metodologías, los

resultados esperados y la coherencia entre los aspectos anteriores.

c) Descripción de fuentes de información, el análisis bibliográfico y el estado del arte de la

realidad tecnológica pertinente.

Para proyectos de Desarrollo e Innovación tecnológica se identificará además:

d) Características de las innovaciones, resultados esperados, y su nivel de desarrollo, además

se indicará la factibilidad de aplicación y las ventajas competitivas.

d) Articulación con el sector productivo y fortalecimiento de las capacidades físicas.

f) Búsqueda de patentes que demuestre la inexistencia de productos, procesos o servicios

similares.

8.1.2 Impacto científico y tecnológico

Este criterio se refiere a la vinculación que debe existir entre los resultados esperados y la

contribución de los mismos en el desarrollo social, económico, científico y tecnológico del

país, en el marco del Plan Nacional del Buen Vivir.

Se relaciona con las contribuciones esperadas de los programas o proyectos al desarrollo

científico y tecnológico del país, y se tomará en cuenta los siguientes criterios:

a) La generación de nuevos conocimientos científicos.

b) La generación de nuevas líneas de investigación y desarrollo.

c) La formación académica formal y de capacidades.

d) Generación de propiedad intelectual.

e) Perspectivas de desarrollo en el corto y mediano plazo de una línea de investigación en

el tema propuesto.

Para los proyectos de Desarrollo e Innovación tecnológica se tomara en cuenta además:

f) Impacto potencial de los resultados del programa o proyecto en el ámbito comercial y

la generación de empleo.

g) La generación de tecnologías nuevas y/o mejoradas y sus usos potenciales

(Productos procesos, servicios tecnológicos).

h) Factibilidad de aplicación y transferencia de los resultados.

8.1.3 Transferencia de resultados

La transferencia de resultados en proyectos de investigación científica no siempre podrá

cumplirse, a diferencia de los proyectos de Innovación y Desarrollo tecnológico en los que

obligatoriamente debe existir este proceso.

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a) Sectores que podrían beneficiarse de los resultados

b) Nivel de aplicabilidad de los resultados.

c) Registros de propiedad intelectual e industrial de la tecnología que propone el

proyecto.

d) La metodología de transferencia de resultados.

e) Las capacidades de negociación y de comercialización reflejadas en un modelo de

negocios.

8.1.4 Capacidad de gestión

Este criterio tiene relación con la coherencia que debe existir entre el plan de trabajo

(Cronograma de actividades y valorado), la metodología y los resultados esperados

(programación y organización de las actividades, recursos humanos, recursos materiales,

recursos financieros, presupuesto y plazos asignados al proyecto). Se tomara en cuenta:

a) La congruencia de la programación y de la organización de las actividades, la coherencia

con la metodología, los resultados esperados, detalle y descripción de equipos a ser

adquiridos y el presupuesto del proyecto.

b) La asignación pertinente de responsabilidades a profesionales de las instituciones de

investigación y a profesionales de otras instituciones nacionales y extranjeras participantes

en el proyecto.

c) La formación académica, capacidad y o experiencia, tiempo de dedicación al proyecto del

director y del equipo.

d) La formación académica, capacidad y/o experiencia de los colaboradores de otras

instituciones que intervienen en la ejecución y gestión del proyecto.

e) En el caso de proyectos de Desarrollo e Innovación tecnológica se tomara en cuenta la

participación de especialistas en transferencia tecnológica, desarrollo de planes de negocios

o de masificación de productos y servicios, e inserción de productos en el mercado.

f) Compromiso y grado de participación de las instituciones que colaboran en el proyecto,

que posibilitarán un proceso de transferencia.

Tomando en cuenta los criterios de evaluación, el ICITS asignará una calificación sobre 10

puntos a cada uno de los criterios. Para obtener el puntaje científico-técnico del proyecto, las

calificaciones se ponderarán de la siguiente forma:

CRITERIO CALIFICACIÓN PONDERACIÓN PUNTAJE

1.-Metodología de la Investigación

Científica

20 1,5 30

2.- Impacto Científico-Tecnológico

20 1,5 30

3.- Difusión/Transferencia de resultados

5 1,0 5

4.- Capacidad de

Gestión

5 1,0 5

TOTAL 70

La ponderación se refiere a la importancia de la calificación en este sistema. 8.2 Evaluación de Capacidades Técnicas, de Gestión y experiencia.

Esta evaluación se relaciona con las capacidades técnicas, de gestión y la experiencia de la(s)

Unidad(es) académica(s) y/o proponente(s) que ejecutará(n) el proyecto, que posibilitará un

adecuado desarrollo del mismo. Esta evaluación será realizada internamente por el ICITS por

una(s) Comisión(es) Técnica(s), que será designada por el Comité de Proyectos de

Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación.

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10

Los criterios serán los siguientes:

a) Desempeño del postulante en otros proyectos.

b) Contar con la adecuada capacidad científica técnica, administrativa y financiera que

garantice el cabal cumplimiento de los objetivos del proyecto.

c) Contar con la infraestructura y equipamiento necesarios para la ejecución del proyecto.

d) Relación con otras instituciones, es decir, aquellos proyectos propuestos por dos o más

instituciones en un programa de cooperación interinstitucional, además tendrán un valor

agregado las propuestas que tengan cooperación internacional.

e) Se tomará en cuenta la inclusión de investigadores a nivel de maestría o Ph.D

formados con becas.

f) Que el proyecto contemple investigaciones que conlleven a la obtención de un titulo de

maestría o Ph.D

g) Que en el equipo técnico se incluya estudiantes para su formación y capacitación

h) En los programas o proyectos planteados en que se utilice al menos un 30% de

equipamiento que pertenezca o esté siendo utilizado por la unidad académica postulante,

ésta tendrá una puntuación adicional de 2 puntos, sobre el puntaje total.

COMPONENTE

Calif./10

PONDERACIÓN CALIFICACIÓN

FINAL

1. Experiencia en la ejecución

proyectos.

10

0,5

5

2. Capacidad Científico Técnica,

Administrativa y Financiera

10

0,2

2

3. Contar con la

infraestructura y

equipamiento

necesarios para la

ejecución del proyecto

10

0,2

2

4. Relación con otras unidades

académicas y/o instituciones.

10

0,3

3

5. Inclusión de ex

becarios con maestría o Ph.D

10

0.3

3

6. Que el proyecto

incluya investigaciones que

conlleven a la

formación de M.S o

Ph.D.

10

0.3

3

7. Que incluya la

formación de

estudiantes en general.

10

0.2

2

Total 20

8.3 Evaluación Financiera y Económica

Esta evaluación se relaciona con la determinación de la viabilidad financiera del proyecto y

serán evaluadas internamente por el ICITS por una(s) Comisión (es) Técnica(s), que será

designada por el Comité de Proyectos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e

Innovación, conforme lo dispone el Reglamento de Proyectos del ICITS.

Se tomaran en cuenta los siguientes criterios:

a) Costo total del programa o proyecto.- El monto total debe enmarcarse en las categorías

de inversión y los montos máximos de financiamiento determinados por el ICITS, y al

compromiso asumido por la entidad postulante respecto a su contribución de la

contraparte.

b) Presupuesto.- Se hará un análisis presupuestario para verificar la concordancia del

programa o proyecto con los parámetros establecidos en el plan de actividades,

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categorías de inversión y la precisión y claridad en la asignación de recursos.

c) Equipo Financiero: Contar con un equipo humano de calidad, claramente definido para la

administración financiera del proyecto y un responsable del equipo.

COMPONENTE

Calif./10

PONDERACIÓN CALIFICACIÓN

FINAL Costo total del proyecto

enmarcado en las líneas de

investigación.

10

0,5

5

Presupuesto detallado en

concordancia con el plan de

actividades y categorías de

inversión.

10

0,2

2

Contar con un equipo

humano de calidad,

claramente definido para la

administración financiera

del proyecto y un

responsable del equipo.

10

0,3

3

TOTAL

10

8.3.1 Categorías de Inversión Financiables por el ICITS

En este sentido, se aplica lo establecido en el Reglamento de Proyectos de Investigación

Científica, Innovación y Desarrollo Tecnológico.

En el caso de los miembros del equipo de investigación participantes del programa o proyecto

que tengan relación de dependencia en cualquiera de las instituciones

participantes se les pagará hasta un máximo de 60 horas extraordinarias o

suplementarias al mes. Estas horas serán destinadas para la ejecución del programa o

proyecto, de conformidad a lo establecido en el Art. 121 de la Ley Orgánica de Servicio Civil

y Carrera Administrativa. El valor de las horas extraordinarias se calculará en base a la

remuneración mensual unificada de cada uno de los miembros del equipo de investigación.

Por ejemplo, si un profesor tiene un salario de $1.590 dólares por mes (servidor público7

MRL) el monto por 60 horas extraordinarias de trabajo sería de $596.25 dólares por mes.

En el caso de personal nuevo que no tenga relación de dependencia con la UNACH se aplicará

la siguiente tabla establecida por el DATH de la UNACH que corresponde a la escala salarial

del Ministerio de Relaciones Laborales, así como la modalidad de contratación.

8.3.2 Rubros elegibles

Con los fondos otorgados por el ICITS podrán financiarse únicamente los siguientes

rubros con los topes máximos de los porcentajes indicados:

RUBROS PORCENTAJES 1. Recursos humanos 30% 2. Viajes técnicos 25% 3. Equipos 50% 4. Recursos bibliográficos y software 15% 5. Materiales y suministros 50%

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6. Producción Científica y/o Técnica 20% 7. Subcontratos y servicios 25%

8. ACLARACIÓN DE DUDAS

El Comité podrá convocar al Director del proyecto, como parte del proceso de evaluación, a

una presentación oral o escrita de aspectos concretos del mismo, en temas técnicos

financieros, éticos y ambientales, que contribuya a determinar la consistencia y la viabilidad

global del programa o proyecto. Como por ejemplo:

a) Requerimiento de información complementaria.

b) Ejecución parcial del programa o proyecto.

c) Modificaciones a la estructura de costos.

d) Modificaciones al título del programa o proyecto, cuando los cambios al mismo lo

hicieren recomendable.

e) Fortalecimiento del equipo de investigación.

f) Inclusión de aspectos considerados importantes para el desarrollo del programa o

proyecto.

g) De ser el caso, presentación de un plan de protección ambiental.

h) Redefinición de los objetivos específicos del programa o proyecto.

El tiempo límite de esta fase será de una semana a partir de la fecha de notificación.

9. SELECCIÓN

Los resultados de las evaluaciones serán resumidos y reportados por el Equipo Técnico del

ICITS en un informe que contenga detalles de la evaluación y posibles recomendaciones a la

Comisión Técnica. Con esta información se elaborará un informe que será enviado

oportunamente a los directores de proyectos. Los directores de programas y proyectos no

seleccionados podrán solicitar este informe, aunque no podrán apelar al mismo.

En esta fase el Equipo Técnico del ICITS tomará en cuenta el puntaje final de las propuestas

que se obtendrá de la sumatoria de los puntajes obtenidos en los aspectos científico- técnico,

financiero e institucional. Para que una propuesta sea seleccionada, deberá alcanzar como

mínimo un puntaje equivalente al 80% en cada una de las tres evaluaciones. Para el

financiamiento de las propuestas se priorizará aquellas que hayan alcanzado un mayor

puntaje y que aporten en mayor medida a alcanzar las metas y objetivos establecidos en el

Plan Nacional del Buen Vivir. Además el comité considerará el presupuesto disponible del

ICITS.

La Comisión Técnica podrá solicitar al Equipo Técnico del ICITS aclaraciones y/o ampliaciones

del informe presentado, dentro del plazo que considere pertinente.

Los resultados de esta fase serán publicados en la página de la UNACH,

dos días laborables después que se haya completado todo el proceso de acuerdo al

cronograma establecido. Esta publicación tendrá una duración de 15 días calendario tiempo

en el cual los proyectos estarán en una fase de oposición y dentro de este plazo podrán ser

objetados documentadamente, en relación a plagios, duplicaciones de financiamiento, falta

de originalidad, o cualquier otra ilegalidad.

10. APROBACIÓN

La aprobación de los programas y proyectos se efectuará mediante resolución del Comité de

Proyectos de Investigación científica, desarrollo tecnológico y saberes ancestrales.

La resolución de aprobación será notificada a cada postulante, mediante oficio y correo

electrónico.

Las aprobaciones se regirán a las Resoluciones de la Contraloría General del Estado, que fija

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Normas y Procedimientos sobre Rendición de Cuentas y las beneficiarias deberán dar

cumplimiento a lo dispuesto por el Ministerio de Finanzas, en cuanto al manejo, administración

y registro de los fondos públicos.

Luego de la aprobación el ICITS, se reserva el derecho de solicitar cambios puntuales en

aspectos del proyecto que juzgue importantes.

11.1 Licencia Ambiental

En los casos en los que el Ministerio de Ambiente determine que se necesita realizar un estudio

de impacto ambiental, previo a la firma del convenio o contrato será necesaria la obtención de

la licencia y ficha ambiental pertinente.

11.2 Evaluación ética

De considerar conveniente la Comisión Técnica podrá conformar un comité AD-HOC integrado

por un representante del Ministerio de Ambiente, uno del Ministerio de Agricultura, Ganadería,

Acuacultura y Pesca, uno del Ministerio de Salud y un delegado del Secretario Nacional de

Ciencia y Tecnología, para revisar las evaluaciones de responsabilidad ética y social de las

propuestas, y resolverá en última instancia el tema propuesto.

11. SEGUIMIENTO, CONTROL Y EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS

Los postulantes beneficiarios deberán dar todas las facilidades necesarias para realizar el

seguimiento, control y evaluación de los programas o proyectos, cuatrimestralmente,

conforme a los procedimientos establecidos por el ICITS.

13. PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL Y DE LA

CONFIDENCIALIDAD

De Conformidad con lo establecido en el artículo 322 de la Constitución de la República del

Ecuador en la cual se reconoce a la propiedad intelectual como un tipo de “Propiedad”, es

obligación del ICITS garantizar que se respete estos derechos, para lo cual se solicita a los

postulantes adjuntar a la presentación de sus proyectos, la declaración expresa de la autoría

responsabilizándose sobre la originalidad de la investigación en todas sus etapas.

La propiedad de los inventos, innovaciones tecnológicas o procedimientos de propiedad

intelectual que resulten de los proyectos, será propiedad de la UNACH y de los proponentes,

en los siguientes porcentajes:1) UNACH 82,5% 2) E l investigador principal 17,5%. En el

caso de existir aportes adicionales porcentajes corresponderán a los montos de aporte.

La divulgación de los resultados del proyecto, deberá hacerse resguardando las necesidades

de confidencialidad que se establezcan para el efecto y, en ningún caso podrá atentar contra

la eventual obtención de derechos sobre la propiedad intelectual e industrial generada por el

proyecto. En particular, la divulgación de la información obtenida o hallada durante la ejecución

de los proyectos deberá contar, necesariamente, con el acuerdo de las partes.

Lo expuesto no obstará al derecho de la UNACH a través del ICITS a publicar los informes que

reciba, siempre que a su juicio, tal publicación no afecte a los propósitos establecidos en el

presente numeral.

14. EXTENSIÓN DEL PLAZO Y MONTO DE LOS PROYECTOS

Los postulantes beneficiarios podrán solicitar la extensión del plazo de ejecución, sin embargo,

en ningún caso será aplicable la ampliación del monto del financiamiento. Esta ampliación se

aprobará por causas de fuerza mayor, caso fortuito o por causas técnicas debidamente

justificadas.

Para efectos de extensión de plazos, los postulantes beneficiarios deberán realizar una

solicitud fundamentando detalladamente las razones que a su juicio ameritarían dicha

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extensión. La extensión del plazo no podrá exceder en ningún caso de un año adicional al plazo

fijado en el proyecto inicialmente aprobado, tal como consta en el numeral 3.1.

15. CALENDARIO

a) Convocatoria: 04 de Abril de 2014.

b) Preguntas y respuestas: hasta el 30 de Abril de 2014. c) Acompañamiento UGP: desde el 02 de Mayo hasta el 30 de Mayo de 2014. d) Cierre de recepción de propuestas: 13 de Junio de 2014, a las 17h00. e) Convalidación de errores: hasta el 16 de Junio de 2014. f) Evaluación: del 16 al 30 de Junio de 2014. g) Aclaraciones: hasta el 04 de Julio de 2014.

h) Selección: hasta 11 de Julio de 2014.

i) Notificación de resultados: hasta el 18 de Julio de 2014.

NOTA. La no adjudicación del financiamiento de proyectos no dará lugar a ningún tipo de

reclamo por parte de los proponentes; pero si podrán solicitar la devolución de toda la

documentación física entregada al ICITS. El presente documento fue discutido y aprobado en la sesión del H. Consejo Universitario de fechas 03 y 07 de abril de 2014. REFERENCIAS

1.- SENACYT. (2010). Bases de la Convocatoria al Concurso de Programas y Proyectos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico

e Innovación.

2.- UNACH. (2009). Reglamento para la presentación de Proyectos de Investigación y desarrollo tecnológico.

3.- UNACH. (2012). Reglamento del Sistema de Ciencia Tecnología Innovación y Saberes Ancestrales.