universidad de sonora división de ciencias biológicas y de la salud · 2017. 2. 22. · egreso de...

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UNIVERSIDAD DE SONORA División de Ciencias Biológicas y de la Salud Un s on LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN SEMESTRAL DEL PLAN DE TRABAJO E INFORME DE ACTIVIDADES POR LOS ACADÉMICOS DE LA DIVISIÓN DE CIENCIAS BIOLÓGICAS Y DE LA SALUD (DCBS) Fundamentación El Estatuto de Personal Académico en su artículo 152 faculta a los Consejos Divisionales para elaborar y aprobar lineamientos para la presentación semestral del plan de trabajo e informe de actividades por los académicos de la División a través de la plataforma desarrollada para tal fin. Justificación Para dar cumplimiento a lo anterior, la Dirección de la División nombró una Comisión para la elaboración de los lineamientos, mismos que fueron diseñados para estimular la realización de diversas actividades académicas que permitan apoyar y fortalecer áreas consideradas fundamentales para el desarrollo de los Departamentos y de la misma División. LINEAMIENTOS En conformidad con lo establecido en los siguientes artículos del Estatuto de Personal Académico: ARTÍCULO 152. El plan de actividades del profesor-investigador deberá estar en concordancia con: las funciones y actividades propias de su categoría y nivel, las metas establecidas en el Plan de Desarrollo Institucional y sus correspondientes planes divisional y departamental. los lineamientos que para tal efecto apruebe el Consejo Divisional. ARTÍCULO 155. El personal académico presentará al Jefe de Departamento y al Consejo Divisional, en la plataforma establecida para tal fin, dentro de los últimos cinco días hábiles del semestre que concluye, un informe de las actividades académicas realizadas. Estos informes deberán ser evaluados por el Jefe del Departamento y la academia correspondiente. El Jefe del Departamento turnará al Consejo Divisional la evaluación de los informes que ambas instancias realicen para su valoración final. Las evaluaciones de las diferentes instancias deberán considerar el cumplimiento de lo establecido en el articulo 152 del presente Estatuto. Página 1 de 4

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  • UNIVERSIDAD DE SONORA División de Ciencias Biológicas y de la Salud

    Un son

    LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN SEMESTRAL DEL PLAN DE TRABAJO E INFORME DE ACTIVIDADES POR LOS ACADÉMICOS DE LA DIVISIÓN DE

    CIENCIAS BIOLÓGICAS Y DE LA SALUD (DCBS)

    Fundamentación

    El Estatuto de Personal Académico en su artículo 152 faculta a los Consejos Divisionales para elaborar y aprobar lineamientos para la presentación semestral del plan de trabajo e informe de actividades por los académicos de la División a través de la plataforma desarrollada para tal fin.

    Justificación

    Para dar cumplimiento a lo anterior, la Dirección de la División nombró una Comisión para la elaboración de los lineamientos, mismos que fueron diseñados para estimular la realización de diversas actividades académicas que permitan apoyar y fortalecer áreas consideradas fundamentales para el desarrollo de los Departamentos y de la misma División.

    LINEAMIENTOS

    En conformidad con lo establecido en los siguientes artículos del Estatuto de Personal Académico:

    ARTÍCULO 152. El plan de actividades del profesor-investigador deberá estar en concordancia con:

    las funciones y actividades propias de su categoría y nivel, las metas establecidas en el Plan de Desarrollo Institucional y sus correspondientes planes divisional y departamental. los lineamientos que para tal efecto apruebe el Consejo Divisional.

    ARTÍCULO 155. El personal académico presentará al Jefe de Departamento y al Consejo Divisional, en la plataforma establecida para tal fin, dentro de los últimos cinco días hábiles del semestre que concluye, un informe de las actividades académicas realizadas.

    Estos informes deberán ser evaluados por el Jefe del Departamento y la academia correspondiente. El Jefe del Departamento turnará al Consejo Divisional la evaluación de los informes que ambas instancias realicen para su valoración final.

    Las evaluaciones de las diferentes instancias deberán considerar el cumplimiento de lo establecido en el articulo 152 del presente Estatuto.

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  • Yen atención al inciso c) del artículo 152 del Estatuto de Personal Académico, el profesor investigador deberá incluir en su plan de trabajo e informe semestral la participación en al menos una de las siguientes actividades:

    I. TRAYECTORIAS ESCOLARES

    Actividades

    1. Dirección o colaboración en proyectos de docencia.

    Acreditación Lo establecido para el rubro 1.1.2.8 de la Definición de Actividades y Requisitos de Acreditación de la Guía de Evaluación del Reglamento del Programa de Estímulos del Desempeño Docente. (Liga: http://www.desarrolloacademico.uson.mx/estimulos/reglamento_PEDPD_201405 20.pdf).

    Preparación de alumnos para la presentación del Examen General para el Egreso de la Licenciatura (EGEL) del CENEVAL.

    Acreditación Lo establecido para el rubro 1.3.6.4 de la Definición de Actividades y Requisitos de Acreditación de la Guía de Evaluación del Reglamento del Programa de Estímulos del Desempeño Docente.

    Elaboración de materiales en linea para su utilización en apoyo a la actividad docente en la asignatura impartida, disponible a través de los portales que para tal efecto diseñen los respectivos Departamentos o la División.

    Acreditación Lo establecido para el rubro 1.1.2.5 de la Definición de Actividades y Requisitos de Acreditación de la Guía de Evaluación del Reglamento del Programa de Estímulos del Desempeño Docente.

    Formación de recursos humanos mediante las opciones de tesis profesional, trabajo profesional, servicio social y prácticas profesionales conforme al artículo 85 del Reglamento Escolar.

    Acreditación

    Presentación del nombramiento de director del trabajo de titulación y acta de examen profesional.

    Asistencia a cursos de actualización disciplinar o didáctica con al menos 20 horas de duración.

    Acreditación Constancia oficial de asistencia.

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  • 6. Tutor de estudiantes de licenciatura en el marco del Programa Institucional de Tutorías.

    Acreditación Lo establecido para el rubro 1.3.1.2 de la Definición de Actividades y Requisitos de Acreditación de la Guía de Evaluación del Reglamento del Programa de Estímulos del Desempeño Docente.

    II. FORTALECIMIENTO DE LOS POSGRADOS.

    1 Realización de estancias de investigación cortas apoyadas por recursos PFCE y/o estancias apoyadas a través de becas institucionales. (Liga: linpWwww.uson mx/tnstitucional/rnarconormativo/recilamentosacademicos/reqlam entobecas/)

    Acreditación Constancia de realización de estancia firmada por el académico responsable en la institución receptora.

    2. Publicación de artículos en revistas de los catálogos Journal of Citation Reports (JCR), Scopus, Scielo Citation Index (SCI) e Índice de Revistas Mexicanas de Investigación Científica y Tecnológica del CONACyT, donde el académico sea referido como autor responsable de la correspondencia y con coautores pertenecientes a su cuerpo académico.

    Acreditación Presentación del artículo impreso.

    PROFESORES DE ASIGNATURA

    El plan de trabajo e informe semestral de los profesores de asignatura se sujetarán a lo indicado en el articulo 153 del Estatuto de Personal Académico que a la letra dice:

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    ARTÍCULO 153. El plan de actividades del profesor de asignatura podrá limitarse a la planeación del desarrollo de la asignatura a su cargo.

    Sin embargo, se les exhorta a integrarse como miembro activo de una academia JU y a registrar e informar sus actividades académicas conforme a la normatividad de nuestra institución.

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    1 Estos lineamientos entrarán en vigor el día hábil siguiente a su aprobación por el H. Consejo Divisional y serán considerados por los docentes para elaborar su plan de trabajo e informe de actividades semestrales a partir de j s mestre 2017-2.

  • Estos lineamientos podrán ser revisados, actualizados y modificados cada año, con el fin de fortalecer en su momento, áreas consideradas fundamentales para el desarrollo de los Departamentos y de la División. Los aspectos no previstos en estos lineamientos serán evaluados por la Comisión nombrada para tal fin, quien presentará una propuesta de modificación para ser aprobada, en su caso, por el H. Consejo Divisional.

    Los presentes Lineamientos fueron aprobados por el H. Consejo Divisional de la División de Ciencias Biológicas y de la Salud en sesión número 3/2017 celebrada el día 13 de febrero de 2017.

    Por la Comisión

    Dr. Fernando Bernal Reyes

    Dr/Adriana Garibay Escoby,i

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    Dra. María Olga Quir tana Zavala il

    r. Norbert

    A/e114 Dr. Jua 'vez Ruiz

    Dr. Ma 4pez Torres

    M.0 e Retes López

    (c

    49~ Dr. Frandgro Javie Wong Corral

    bles Zepeda

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