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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN POLÍTICAS GENERALES PARA LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN (UV) DE LA UANL EDICIÓN 2014

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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN

POLÍTICAS GENERALES PARA LAS

UNIDADES DE VINCULACIÓN (UV)

DE LA UANL

EDICIÓN 2014

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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN

PRESENTACIÓN

POLÍTICAS GENERALES DE UNIDADES DE VINCULACIÓN

TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

Capítulo I.- Marco General

Capítulo II.- Sustentabilidad de las Dependencias de la

Universidad

Capítulo III.- Fundamentación de las Unidades de Vinculación

TÍTULO SEGUNDO FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE

VINCULACIÓN

Capítulo I.- Bases

Capítulo II.- Marco Normativo

Capítulo III.- De la Vinculación

Capítulo IV.- De las Etapas de los Proyectos

Capítulo V.- De las Competencias y los Productos y Servicios

Capítulo VI.- De la Oferta de Productos y Servicios

Capítulo VII.- De la Propiedad Intelectual

Capítulo VIII.- De los Convenios y Contratos con Clientes

Capítulo IX.- Del Presupuesto de Proyecto

Capítulo X.- De la Estructura de Precios de los Productos y

Servicios

Capítulo XI.- De la Facturación de Productos y Servicios

Capítulo XII.- Del Finiquito de los Proyectos

Capítulo XIII.- De la Documentación de los Proyectos

Capítulo XIV.- Del uso de los Márgenes de los Proyectos

Capítulo XV.- De la Integración de la Estructura Organizacional

Directiva

Capítulo XVI.- De las Responsabilidades de la Estructura

Organizacional Directiva

Capítulo XVII.- De la Función de Administración

Capítulo XVIII.- De la Función de Comercialización

Capítulo XIX.- De la Función de Operación

Capítulo XX.- De los Recursos Humanos en la

Estructura Organizacional Directiva

Capítulo XXI.- De los Recursos Humanos en Proyectos

Capítulo XXII.- De los Acuerdos con Aliados y Proveedores

Capítulo XXIII.- De la Supervisión

Capítulo XXIV.- De las Sinergias entre Unidades de

Vinculación y/o Dependencias de la Universidad

Capítulo XXV.- De las Alianzas

Capítulo XXVI.- Del uso de las Áreas y Recintos de la

Universidad

Capítulo XXVII.- De la Responsabilidad Universitaria

CONTENIDO

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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN

TITULO TERCERO DE LOS ESTIMULOS Y/O BECAS POR

PROYECTO

Capítulo I.- Disposiciones Generales

Capítulo II.- Estímulos y/o Becas por Proyectos o Servicios al

Personal Investigador y Personal de Apoyo

Capítulo III.- Montos de los Estímulos.

Capítulo IV.- Forma de pago y Periodicidad

Capítulo V.- De la Vigilancia y Control

Capítulo VI.- Distribución del Ingreso Remanente y Porcentaje

de Servicio

CONTENIDO

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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN

Con la finalidad de establecer las bases sobre las cuales operen las entidades productivas de la Universidad, se formula el presente documento de POLÍTICAS GENERALES de Unidades de Vinculación, el cual coadyuvará a contar con criterios normados para el funcionamiento de dichas Unidades.

En este documento, se concretan de manera combinada la experiencia y el análisis práctico, reflejados en un marco regulatorio que promueve de manera eficaz la operación de las Unidades de Vinculación.

Asimismo, se establecen los lineamientos generales que dan lugar a la

Formulación, Puesta en Operación y Seguimiento a las actividades de las Unidades de Vinculación, considerando además aquellos esquemas en los que se hable de Sinergias y Alianzas.

Asignación de Estímulos y/o becas por proyectos o servicios derivados de la productividad y eficiencia del personal investigador y de apoyo.

PRESENTACIÓN

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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN

TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES

Capítulo I. Marco General

Las Unidades de Vinculación de la Universidad regirán su funcionamiento en lo descrito en este documento.

Las Unidades de Vinculación, utilizarán las Competencias Académicas de la Universidad y la transformaran en Productos y/o Servicios para atender las necesidades de un Mercado de Consumo. Lo anterior con fundamento en el Artículo 26 del Estatuto General de la Universidad.

Competencias Académicas, en este documento se le denominará a las capacidades de poner en operación de forma integral los diferentes Conocimientos, Habilidades y Valores, adquiridos en la Academia y/o Práctica y que convertidas en aplicaciones denominadas Productos y/o Servicios, resuelvan las necesidades de un Mercado de Consumo.

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POLÍTICAS GENERALES PARA LAS

UNIDADES DE VINCULACIÓN

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TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES…continuación

Capítulo I. Marco General…continuación

Mercado de Consumo, en este documento se le denominará a aquellos potenciales compradores de Productos y/o Servicios, a los que también se les llamará Clientes, que mediante la adquisición de dichos Productos y/o Servicios, satisfagan sus necesidades.

Productos, en este documento se le denominará a cualquier cosa que se puede ofrecer a un Mercado de Consumo, para satisfacer un deseo o una necesidad.

Servicios, en este documento se le denominará al conjunto de actividades intangibles e inseparables, porque se producen y consumen al mismo tiempo y que buscan responder a las necesidades de un Mercado de Consumo.

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TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES…continuación

Capítulo I. Marco General…continuación

Las Unidades de Vinculación, sustentarán su funcionamiento en los criterios de Normalización y Homologación.

Normalización, se le denominará a la elaboración, aprobación, aplicación y mejora de normas que se emplean en distintas actividades científicas, industriales o económicas, con el fin de ordenarlas y mejorarlas. La Normalización tiene por objeto establecer, ante problemas reales o potenciales, disposiciones destinadas a usos comunes y repetidos, con el fin de obtener un nivel de ordenamiento óptimo en un contexto dado, que puede ser Académico, Tecnológico, Económico. La Normalización persigue fundamentalmente tres objetivos:

I. Simplificación: Se trata de reducir los modelos, quedándose únicamente con los más necesarios.

II. Unificación: Para permitir la intercambiabilidad a nivel internacional.

III. Especificación: Se persigue evitar errores de identificación, creando un lenguaje claro y preciso.

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TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES…continuación

Capítulo I. Marco General…continuación

Homologación, en este documento se le denominará a la equiparación de las cosas, ya sean éstas: características, especificaciones o documentos. La Homologación, se refiere a la igualdad de reglas, normas y documentos que ordenan el funcionamiento de una entidad. En áreas técnicas, la Homologación, se refiere a la equivalencia que deben mostrar los Productos o los sistemas a un determinado proceso o estándar de trabajo o aplicación.

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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN

TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES…continuación

Capítulo I. Marco General…continuación

Unidad de Vinculación, en este documento, se le denominará a una entidad dedicada a llevar a cabo Proyectos con el sector Público y Privado.

Las relaciones que una Unidad de Vinculación puede realizar son de: Vinculación, Sinergia y Alianza.

Vinculación, en este documento se le denominará a “la relación establecida con los sectores productivos de bienes y servicios públicos y privados, instituciones de educación, y la sociedad para beneficio de las partes vinculadas”.

Sinergia, en este documento se le denominará a “el resultado de la acción conjunta de dos o más causas, caracterizado por tener un efecto superior al que resulta de la simple suma de las causas”.

Alianza, en este documento se le denominará a “el acuerdo o pacto entre dos o más partes independientes entre sí procurando un mismo fin”.

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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN

TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES…continuación

Capítulo II. Sustentabilidad de las Dependencias de la Universidad

Con fundamento en el Artículo 3, fracción XIV del Estatuto General de la Universidad y del Artículo 1 del Reglamento General de Ingresos y Egresos de la Universidad, las Dependencias de la Universidad podrán procurarse recursos.

La procuración de recursos de las Dependencias de la Universidad, se deberá hacer aprovechando sus logros Académicos en materia de Investigación, Desarrollo de Productos y Desarrollo de Procesos entre otros.

Las Dependencias de la Universidad podrán crear para procuración de recursos Unidades de Vinculación.

Este documento, tiene como finalidad establecer las bases de funcionamiento de las Unidades de Vinculación.

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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN

TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES…continuación

Capítulo III. Fundamentación de las Unidades de Vinculación

Las Unidades de Vinculación, tendrán como propósito vincular a la Dependencia de la que se originan con el medio social, mediante la transformación de las Competencias Académicas y los resultados de las Labores de Investigación de la Universidad, en Productos y/o Servicios de utilidad.

Las Unidades de Vinculación, mediante mecanismos de Desarrollo de Productos y/o de Prestación de Servicios, podrán generar recursos económicos en apoyo al crecimiento de la Dependencia de la que se originan.

Las Unidades de Vinculación, serán también promotoras del Intercambio de conocimiento Académico – Práctico, necesario para alinear las Competencias Académicas y/o Prácticas con las necesidades del medio social al que sirven los egresados de la Universidad.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN

Capítulo I. Bases

Las Dependencias de la Universidad, tendrán la facultad de crear sus Unidades de Vinculación.

La Unidad de Vinculación, dependerá de la Dirección de la Dependencia de la que se origina. Lo anterior con fundamento en el Artículo 102 del Estatuto General de la Universidad y los Artículos 9 y 10 del Reglamento General de Ingresos y Egresos de la Universidad.

La Unidad de Vinculación, contará con sus procedimientos de operación, y deberán estar alineados a los de la Dependencia de la que se origina.

La Unidad de Vinculación, formulará su Documento Constitutivo y ésta será normada de acuerdo con los establecido por la Secretaría de Vinculación y Desarrollo Económico de la Universidad.

La Unidad de Vinculación, será responsable de sus actos e impacto social y estará obligada a salvaguardar la posición y el buen nombre de la Universidad.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo II. Marco Normativo

La Unidad de Vinculación, para la formalización de sus actos se someterá a la normatividad emitida por la Universidad, particularmente en la formulación y trámites de:

I. Propiedad Intelectual.

II. Contratos Mercantiles.

III. Contratos Laborales.

IV. Cualquier otro instrumento de orden jurídico que la Unidad de Vinculación emplee para llevar a cabo sus labores.

Lo anterior con fundamento en los Artículos 50, 53, 54, 56 y 59 del Reglamento General de Ingresos y Egresos de la Universidad.

La Unidad de Vinculación, se someterá para la administración y manejo de sus recursos de acuerdo al Reglamento General de Ingresos y Egresos, así como el Manual de Políticas y Procedimientos para el Control de los Ingresos y Egresos, y de las Leyes y Reglamentos que le apliquen.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo II. Marco Normativo…continuación

La Unidad de Vinculación, se someterá para su oferta de Competencias transformadas en Productos y/o Servicios, a la normatividad asentada en este documento.

La Unidad de Vinculación, diseñará sus identificadores de Identidad, bajo los criterios de la Dirección de Imagen Institucional de la Secretaría de Asuntos Universitarios de la Universidad.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo III. De la Vinculación

Los mecanismos comerciales, que permitan comprometer la oferta de la Unidad de Vinculación, de sus Productos y Servicios con los Clientes, a través de la ejecución de Proyectos, se llevarán a cabo con el objeto de lograr Vinculación.

Proyecto, en este documento se le denominará al proceso de planificar, consistentemente actividades interrelacionadas y coordinadas, que tendrán como propósito, lograr objetivos específicos dentro de ciertos límites de presupuesto y calidad, establecidos previamente, en donde dicha planificación se limitará también en un plazo de tiempo previamente definido.

Desarrollo de Proyectos, en este documento se le denominará al proceso mediante el cual la Unidad de Vinculación lleve a cabo para sus Clientes, el desarrollo de los Productos y/o Servicios comprometidos mediante ofertas comerciales.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo IV. De las Etapas de los Proyectos

Las Unidades de Vinculación podrán llevar a cabo Proyectos para satisfacer mediante la entrega de sus Productos y/o Servicios los requerimientos de sus Clientes.

Los Proyectos que lleven a cabo las Unidades de Vinculación deberán ser documentados en cada una de sus Etapas.

Las Etapas a identificar en cada uno de los Proyectos son:

I. Oferta

II. Acuerdos

III. Servicios

IV. Recuperación

V. Finiquito

VI. Documentación

Cada Proyecto realizado por la Unidad de Vinculación es a nombre de la Dependencia de la que se origina la Unidad de Vinculación y de la Universidad misma, y en consecuencia deberá ser observado lo necesario para llevar a buen recaudo el nombre de las partes.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo V. De las Competencias y los Productos y Servicios

La Unidad de Vinculación, estará obligada a contar con un inventario de las Competencias propias de la Dependencia que la origina, estrictamente basadas en sus Academias y/o responsabilidades y/o experiencia práctica demostrada.

La Unidad de Vinculación, estará obligada a formular un inventario de Productos y Servicios, basado en las Competencias propias de la Dependencia que la origina.

La Unidad de Vinculación, someterá al criterio de la Secretaría de Vinculación y Desarrollo Económico de la Universidad, para propósitos de normalización y homologación:

I. Las Competencias propias de la Dependencia.

II. Los Productos y Servicios homologados con las Competencias propias.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo VI. De la Oferta de Productos y Servicios

La Unidad de Vinculación podrá hacer hacia el Mercado de Consumo, oferta exclusivamente de sus Competencias, convertidas en Productos y Servicios.

La Unidad de Vinculación, someterá al criterio de la Secretaría de Vinculación y Desarrollo Económico de la Universidad para propósitos de registro Comercial:

I. Las Competencias propias de la Dependencia.

II. El Portafolio de Productos y Servicios homologado con las Competencias.

III. La Cartera de Clientes.

IV. La propuesta de Mercado de Consumo potencial a atender.

La Unidad de Vinculación, deberá contar con un Catálogo de Productos y Servicios tarificado y registrado ante la Secretaría de Vinculación y Desarrollo Económico de la Universidad. La Unidad de Vinculación será la única facultada para adecuar las tarifas de sus servicios, cuando lo considere conveniente, reportándolo de inmediato a la Secretaría de Vinculación y Desarrollo Económico de la Universidad para la actualización correspondiente del Catálogo de Productos y Servicios Tarificado.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo VI. De la Oferta de Productos y Servicios…continuación

La Oferta es la que fundamenta a un proyecto. Está formada por cuatro fases:

I. Presentación a Clientes

II. Invitación

III. Oferta Técnico-Económica

IV. Aceptación

Los documentos que se empleen o deriven de la oferta, deberán ser realizados y en su caso firmados por personal acreditado por la Universidad, según corresponda a sus funciones.

Fase de Presentación a Clientes, en este documento se le denomina a la que se desarrolla para establecer ante los Clientes el perfil de Competencias de la Unidad de Vinculación. Puede incluir oferta general o específica de los Productos y Servicios de la Unidad de Vinculación.

Fase de Invitación, en este documento se le denomina al acto proveniente del Cliente, y debe consistir en un documento con el escrito correspondiente o un oficio aclaratorio por parte de la Unidad de Vinculación. Esta fase obedece a la Normatividad del Cliente y la Unidad de Vinculación que reciba la invitación será responsable de respetarla apegada a este documento cuando sea posible.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo VI. De la Oferta de Productos y Servicios…continuación

Fase de Oferta Técnico-Económica en este documento se le denomina a la propuesta de la Unidad de Vinculación para atender el requerimiento del Cliente. Está formada por un documento que debe contener:

I. Carta de Presentación de la Unidad de Vinculación con el Cliente.

II. Carta Propuesta con:

a) La especificación escrita de lo que se va a realizar para el Cliente.

b) El precio escrito de lo que se va a realizar para el Cliente.

c) La especificación escrita de los compromisos en tiempo por vigencia de precios, duración de proyecto y garantías por los Productos y Servicios ofrecidos al Cliente.

d) La firma de quien por parte de la Unidad de Vinculación suscribe la Oferta Técnico-Económica.

III. Acuse de recibido del Cliente o un oficio aclaratorio por parte de la Unidad de Vinculación.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo VI. De la Oferta de Productos y Servicios…continuación

Fase de Aceptación, en este documento se le denomina a la que proviene del Cliente a servir y debe documentarse mediante el escrito correspondiente o un oficio aclaratorio por parte de la Unidad de Vinculación. Esta fase obedece a la Normatividad del Cliente en cuestión y la Unidad de Vinculación que reciba la Aceptación será responsable de respetarla apegada a este documento, cuando sea posible.

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Capítulo VII. De la Propiedad Intelectual

La Unidad de Vinculación, será responsable de observar lo necesario para proteger la Propiedad Intelectual de los Productos y Servicios que ofrezca al Mercado de Consumo. Lo anterior con fundamento en el Artículo 56 del Reglamento General de Ingresos y Egresos de la Universidad.

Propiedad Intelectual, se le denominará en este documento, a las patentes, los derechos de autor, las marcas y las denominaciones de origen, entre otras, según citan los términos de la Declaración Mundial votada por la Comisión Asesora de las Políticas de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), el 26 de junio del año 2000.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo VIII. De los Convenios y Contratos con Clientes

Las relaciones de trabajo que la Unidad de Vinculación haga, con los Clientes y que den como resultado compromisos para la realización de Proyectos, deberán estar normadas mediante acuerdos escritos. Lo anterior con fundamento en los Artículos 53 y 54 del Reglamento General de Ingresos y Egresos de la Universidad.

Los acuerdos escritos citados en el párrafo anterior, se formularán mediante documentos avalados en forma y fondo por la Oficina del Abogado General de la Universidad. Estos documentos serán de dos tipos: Convenios y Contratos.

Convenios, en este documento se les denominará a los acuerdos generales, y serán el marco normativo de las relaciones entre la Universidad y los Clientes.

Los Convenios, se harán siendo las partes en acuerdo la Universidad y el Cliente correspondiente, por lo que serán suscritos por sus representantes legales.

Contratos, en este documento se les denominará a los acuerdos específicos, para realizar Proyectos con Clientes que den como resultado compromisos de entrega de Productos y/o Servicios.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo VIII. De los Convenios y Contratos con Clientes…continuación

Los Contratos y/o Convenios, se harán siendo las partes en acuerdo la Universidad y el Cliente correspondiente, por lo que serán suscritos por los representantes legales de ambos, los responsables operativo y/o administrativo del Cliente, el Director de la Dependencia de la que se origina la Unidad de Vinculación y el responsable de ésta.

En cada Contrato y/o Convenio se referenciará a la Dependencia a partir de la cual se origina la Unidad de Vinculación, como el medio a través del cual la Universidad, cumplirá los compromisos con el Cliente correspondiente. Lo anterior con fundamento en el Artículo 55 del Reglamento General de Ingresos y Egresos de la Universidad.

En cada Contrato y/o Convenio, la Unidad de Vinculación, deberá aparecer como quien opera técnicamente lo necesario, para que la Universidad pueda cumplir los compromisos con el Cliente correspondiente.

La Dependencia de la que procede la Unidad de Vinculación y la Unidad de Vinculación misma, deberán cada una conservar para si, un ejemplar debidamente firmado de cada Convenio y Contrato que suscriban con sus Clientes. En caso de no contar con ejemplar original, deberá certificarse ser una copia del mismo.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo IX. Del Presupuesto de Proyecto

Cada Proyecto a desarrollar como cumplimiento a los compromisos de la Unidad de Vinculación con sus Clientes, deberá sustentarse en términos de factibilidad técnica y económica. Lo anterior con fundamento en el Artículo 5 del Reglamento General de Ingresos y Egresos de la Universidad.

La Unidad de Vinculación, será la responsable de justificar la factibilidad técnica y económica de cada Proyecto.

La Unidad de Vinculación, para la factibilidad técnica de cada Proyecto deberá documentar de manera precisa, la manera en que va a resolver mediante el Proyecto a desarrollar, los compromisos con los Clientes.

La Unidad de Vinculación, para la factibilidad económica, deberá mostrar su proyección de ingresos, su proyección de egresos y el correspondiente flujo económico. Dichos conceptos deben ser integrados en el programa y presupuesto de cada proyecto y/o servicio que cada unidad de vinculación haya elaborado.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo X. De la Estructura de Precios de los Productos y Servicios

La Unidad de Vinculación, deberá establecer una Estructura de Precio para tarificar sus Productos y Servicios.

La Unidad de Vinculación, deberá asegurar en su Estructura de Precio, los elementos necesarios para recuperación: Costos Fijos, Costos Variables, Costos de Venta y Márgenes.

La Unidad de Vinculación, formulará su Estructura de Precio, considerando dos componentes Principales: Costos y Márgenes de Contribución.

Costos, en este documento se le denominará al Costo de los Productos y Servicios, siendo éste el valor que corresponde en monto, a lo erogado de manera directa o indirecta, por la entrega de los Productos y Servicios de la Unidad de Vinculación.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo X. De la Estructura de Precios de los Productos y Servicios…continuación

Márgenes de Contribución, se les denominará en este documento a los Márgenes de Operación y Sustentabilidad de los Productos y Servicios, que es el valor que corresponde en monto a lo esperado como diferencia entre precio y costo, por la entrega de los Productos y Servicios de la Unidad de Vinculación.

La Unidad de Vinculación, será la responsable de evaluar los Costos de los Productos y Servicios.

Los Márgenes de Operación y Sustentabilidad de los Productos y Servicios, se constituirán Integrando cuatro componentes: Márgenes Centrales, Márgenes de las Dependencias, Márgenes de Aliado incluidos en los costos y Márgenes de las Unidades de Vinculación en Colaboración.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo X. De la Estructura de Precios de los Productos y Servicios…continuación

La Unidad de Vinculación, será la responsable de evaluar los Márgenes de Operación de los Productos y Servicios, que son los correspondientes a los componentes de Aliado y de Unidades en Colaboración.

Márgenes de Sustentabilidad de los Productos y Servicios, en este documento se les denominará a los correspondientes a los componentes Centrales y de las Dependencias y se establecerán de manera Institucional por la Secretaría de Vinculación y Desarrollo Económico de la Universidad en consenso con la Dependencia de la que se origina la Unidad de Vinculación.

La Unidad de Vinculación, será la responsable de Integrar los Costos y Márgenes de Operación y Sustentabilidad de los Productos y Servicios, para formular el Precio o Tarifa de cada Producto y Servicio.

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Capítulo XI. De la Facturación de los Productos y Servicios

La Unidad de Vinculación, recuperará los costos de los Productos y Servicios que haya ofrecido y proporcionado al Mercado de Consumo, mediante la facturación correspondiente.

Los Productos y Servicios referidos en el párrafo anterior, deberán facturarse en general, a través de Facturas con IVA y las excepciones, para Servicios Educativos, mediante Facturas sin IVA.

La Tesorería de la Universidad, será la encargada de expedir y controlar las Facturas que la Universidad utilice. Lo anterior con fundamento en el Artículo 17 del Reglamento General de Ingresos y Egresos de la Universidad.

Las Dependencias, podrán expedir Facturas, exclusivamente por Servicios Educativos y en consecuencia no facturarán el IVA. Lo anterior con fundamento en el Artículo XX del Manual de Políticas y Procedimientos de la Universidad.

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Capítulo XI. De la Facturación de los Productos y Servicios…continuación

La Dependencia de la que se origina la Unidad de Vinculación, será la encargada a través de su área correspondiente, de tramitar ante la Tesorería de la Universidad la facturación que requiera elaborar y así mismo, de elaborar las Facturas según el caso.

La Dependencia de la que se origina la Unidad de Vinculación, deberá solicitar a la Contraloría de la Universidad lo siguiente:

I. Oficio solicitando acceso al Módulo de SIASE correspondiente

II. Oficio definiendo usuarios que estarán autorizados a acceder a los trámites ante el SIASE de la facturación electrónica.

III.Oficio solicitando folios disponibles exclusivos para la facturación electrónica de la Dependencia.

La Dependencia de la que se origina la Unidad de Vinculación, será responsable de vigilar el uso que la Unidad de Vinculación haga de los folios de facturación electrónica, que emplee para facturar sus Productos y Servicios.

De acuerdo con el volumen de operaciones, la Dependencia de la que se origina la Unidad de Vinculación, podrá solicitar para su custodia y uso a la Tesorería General de la Universidad, grupos de C.O.I. (Control de Operaciones Internas) foliados, que a solicitud de la Unidad de Vinculación, deberán ser empleadas para facturar sus servicios entre Unidades de Vinculación.

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Capítulo XII. Del Finiquito de los Proyectos

Finiquito, en este documento, se le denominará al acto de cierre o terminación de un proyecto.

El Finiquito se puede formalizar mediante alguno de los mecanismos siguientes:

I. Reportes de Actividades periódicas

II. Reportes de Avance

III. Acta de Entrega

IV. Acta de Finiquito

V. Por vencimiento de un plazo preestablecido en el Convenio o Contrato.

Reportes de Actividades periódicas, en este documento se les denominará a los documentos escritos que describen las actividades realizadas en un período determinado dentro del desarrollo de un proyecto. Pueden estar o no estar asociadas a una relación de personal colaborador asignado al proyecto. Se emplearán regularmente para apoyar como documento la elaboración de la correspondiente factura por los servicios descritos en las citadas actividades y harán las veces de documento de entrega del período. Respetando lo convenido en la cláusula de secrecía del convenio y/o contrato correspondiente, de existir ésta.

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Capítulo XII. Del Finiquito de los Proyectos…continuación

Reportes de Avance, en este documento se les denominará a los documentos escritos que describen los avances de trabajo realizados como compromiso a un período determinado dentro del desarrollo de un proyecto. Pueden estar o no estar asociadas a una relación de personal colaborador asignado al proyecto. Se emplearán regularmente para apoyar como documento la elaboración de la correspondiente factura por los Productos y/o Servicios descritos en las citadas actividades y harán las veces de documento de entrega del período. Respetando lo convenido en la claúsula de secrecía del convenio y/o contrato correspondiente, de existir ésta.

Acta de Entrega, en este documento se le denominará al documento que formaliza el procedimiento de entrega-recepción de trabajos, ya sea en avance o totales dentro del desarrollo del proyecto. Se empleará regularmente para apoyar como documento la elaboración de la correspondiente factura por los Productos y/o Servicios descritos en el citado procedimiento de entrega-recepción y hará las veces de documento de entrega. Respetando lo convenido en la claúsula de secrecía del convenio y/o contrato correspondiente, de existir ésta.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo XII. Del Finiquito de los Proyectos…continuación

Acta de Finiquito, en este documento se le denominará, al documento que formaliza el procedimiento de entrega-recepción de trabajos totales dentro del desarrollo del proyecto. Se empleará regularmente para apoyar como documento la elaboración de la correspondiente factura por los Productos y/o Servicios descritos en el citado procedimiento de entrega-recepción y hará las veces de documento de entrega. La excepción a esto, se hará en el caso de que el proyecto concluya por

I. Agotamiento del plazo

II. Agotamiento del recurso económico

III. Decisión del Cliente

Y una vez terminado el proyecto se determinen los servicios realizados, aceptados y no cobrados y se autoricen a facturar, y tiempo después ya con los cobros realizados se de inicio al proceso de finiquito, siempre y cuando el convenio y/o contrato lo contemple, o bien se espere un plazo preestablecido en el mismo para que finiquite solo.

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Capítulo XIII. De la Documentación de los Proyectos

Los Proyectos realizados por la Unidad de Vinculación deberán estar documentados cabalmente, contemplando la documentación necesaria y suficiente de cada etapa del proyecto para satisfacer los requerimientos de una Auditoría, además de cumplir de igual manera con la normatividad vigente en la Universidad.

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Capítulo XIV. Del uso de los Márgenes de Contribución de los Proyectos

Los Márgenes de Contribución, resultantes de los Proyectos con Clientes, realizados por la Unidad de Vinculación, serán administrados para su aplicación, por la Dependencia de la que se origina la Unidad de Vinculación y por la Unidad de Vinculación misma.

La aplicación contable de los Márgenes de Contribución resultantes de los Proyectos con Clientes, deberá ser documentada por la Dependencia de la que se origina la Unidad de Vinculación y por la Unidad de Vinculación misma, según sea el caso de uso de dichos Márgenes de Contribución resultantes.

La aplicación específica de los Márgenes de Contribución resultantes de los Proyectos con Clientes, deberá estar en concordancia con los presupuestos de gastos formulados por la Dependencia de la que se origina la Unidad de Vinculación y por la Unidad de Vinculación misma.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo XV. De la Integración de la Estructura Organizacional Directiva

La Unidad de Vinculación, contará con una Estructura Organizacional Directiva encabezada por un Responsable, mismo que se hará cargo de la Unidad de Vinculación y jerárquicamente dependerá de la Dirección de la Dependencia, de la que se origina la Unidad de Vinculación. Lo anterior con fundamento en el Artículo 102 del Estatuto General de la Universidad.

El Responsable de la Unidad de Vinculación, deberá ser nombrado por el Director de la Dependencia de la que se origina la Unidad de Vinculación. Lo anterior con fundamento en el Artículo 105, Fracción VII del Estatuto General de la Universidad.

Del Responsable de la Unidad de Vinculación, dependerá un Equipo Directivo, en el que se apoyará dicho Responsable para operar la Unidad de Vinculación.

El Responsable de la Unidad de Vinculación, deberá formular su Equipo Directivo y deberá presentar a los integrantes del Equipo Directivo, ante el Director de la Dependencia de la que se origina la Unidad de Vinculación, dichos miembros deberán ser avalados por el Director de dicha Dependencia.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo XV. De la Integración de la Estructura Organizacional Directiva…continuación

El Equipo Directivo de la Unidad de Vinculación, deberá estar integrado por personas asociadas a soportar la operación de las áreas de:

I. Administración.

II. Comercialización.

III. Operaciones.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo XVI. De las Responsabilidades de la Estructura Organizacional Directiva

El Responsable de la Unidad de Vinculación y el Equipo Directivo de la misma, tendrán a su cargo el funcionamiento completo de la Unidad de Vinculación, partiendo de la base de Administrar sus recursos, Comercializar los Productos y Servicios, materia de sus Competencias, Operar los Proyectos contratados con sus Clientes, para entregar los Productos y Servicios materia de sus Competencias y asegurar que todo esto se de dentro del marco normativo de la Universidad.

El Responsable de la Unidad de Vinculación y el Equipo Directivo, deberán estar a cargo de la formulación del Plan de Negocios de la Unidad de Vinculación.

El Responsable de la Unidad de Vinculación y el Equipo Directivo, deberán asegurar que los procedimientos de la Unidad de Vinculación, sean los adecuados y sean concordantes con los de la Dependencia de la que se origina la Unidad de Vinculación.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo XVI. De las Responsabilidades de la Estructura Organizacional Directiva…continuación

También, el Responsable de la Unidad de Vinculación y el Equipo Directivo, serán responsables de que se lleven a cabo los procesos de:

I. Imagen Institucional.

II. Indicadores de Negocio.

La Unidad de Vinculación dentro de su Equipo Directivo, deberá emplear principal pero no exclusivamente personal de la Universidad.

El personal externo que La Unidad de Vinculación emplee dentro de su Equipo Directivo, deberá estar bajo los rubros avalados en la Universidad.

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Capítulo XVII. De la Función de Administración

La Unidad de Vinculación, deberá contar en su estructura organizacional directiva con una Función de Administración.

La Función de Administración, tendrá a su cargo todo lo relativo a la consecución de recursos humanos, de infraestructura y económicos, necesarios para que la Unidad de Vinculación realice sus labores de acuerdo con los compromisos establecidos con sus Cientes.

La Función de Administración deberá formular sus Procesos de:

I. Contratación (Mercantil, Laboral).

II. Administración de Personal (Reclutamiento y Selección de R.H., Compensaciones, Nómina).

III. Adquisiciones (Compras).

IV. Recuperación de Cartera (Facturación y Cobranza).

V. Presupuestos de Operación.

VI. Indicadores Administrativos (Toma de Decisiones básicas).

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Capítulo XVII. De la Función de Administración…continuación

La Función de Administración, será la responsable operativamente de:

I. La Contabilidad.

II. Los Contratos (Estímulos y/o Servicios).

III. La Facturación y Cobranza.

IV. Los Inventarios.

V. Los Pagos a Proveedores y Aliados.

VI. Los Estímulos.

VII. El establecimiento del precio de los Productos y Servicios.

VIII. Vigilar el Cumplimiento de la Responsabilidad Fiscal y Legal derivado de los Contratos y Convenios Celebrados.

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Capítulo XVII. De la Función de Administración…continuación

La Función de Administración, integrará la información de las funciones de Comercialización y de Operaciones y con esto efectuará el costeo administrativo correspondiente, para con ello formular:

I. Lista de Precios de Productos y Servicios.

La Función de Administración, deberá desarrollar el Manual de Identidad de la Unidad de Vinculación.

La Función de Administración, deberá desarrollar el Manual de Procedimientos de la Unidad de Vinculación.

La Unidad de Vinculación para su Función de Administración, deberá emplear principal pero no exclusivamente personal de la Universidad.

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Capítulo XVIII. De la Función de Comercialización

La Unidad de Vinculación, deberá contar en su estructura organizacional directiva con una Función de Comercialización.

La Función de Comercialización tendrá a su cargo todo lo relativo a investigar el Mercado de Consumo, destacar las competencias de la Dependencia de la que procede la Unidad de Vinculación y alinearlas al Mercado de Consumo, y lo relativo a la Venta de los Productos y Servicios de la Unidad de Vinculación.

La Función de Comercialización deberá formular sus Procesos de:

I. Investigación de Mercado.

II. Presupuesto de Ventas.

III. Ventas (Ciclo de Venta, desde Prospectación hasta Recuperación).

IV. Satisfacción del Cliente.

V. Indicadores Comerciales (Toma de Decisiones básicas).

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Capítulo XVIII. De la Función de Comercialización…continuación

La Función de Comercialización, será la responsable de establecer y mantener:

I. La Relación(Lista) de Clientes.

II. Los Prospectos a servir.

III. El Portafolio de Productos y Servicios.

IV. La Lista de Precios y Tarifas.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo XVIII. De la Función de Comercialización…continuación

La Función de Comercialización, será la responsable operativamente de:

I. Las Presentaciones a Clientes.

II. La Oferta a Clientes (Prospectación).

III. La Oferta Técnico-Económica a Clientes.

IV. Las Encuestas a Clientes.

V. El Catálogo de Clientes.

VI. Los Precios y Tarifas.

VII. La Publicidad.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo XVIII. De la Función de Comercialización…continuación

La Función de Comercialización, deberá además hacer seguimiento durante la vigencia de su oferta a lo relativo a:

I. El Contrato con Clientes.

II. La Facturación.

III. La Cobranza.

IV. La Entrega de los Productos y Servicios.

V. El Cumplimiento de Garantías.

La Función de Comercialización, colaborará en la determinación del precio de los Productos y Servicios, a través de llevar a cabo:

I. El Análisis Comparativo de precios del Mercado.

La Unidad de Vinculación para su Función de Comercialización, deberá emplear principal pero no exclusivamente personal de la Universidad.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo XIX. De la Función de Operación

La Unidad de Vinculación, deberá contar en su estructura Organizacional Directiva con una Función de Operaciones.

La Función de Operaciones, tendrá a su cargo lo relativo a operar todos los Proyectos contratados con los clientes de la Unidad de Vinculación, para entregarles los Productos y Servicios que hayan sido comprometidos materia de dichos contratos.

La Función de Operaciones deberá formular sus Procesos de:

I. Filtraje Técnico de R.H.

II. Administración de Proyectos.

III. Aseguramiento de Calidad.

IV. Nuevos Productos y/o Servicios.

V. Capacitación de R.H.

VI. Costeo Operativo.

VII. Indicadores Operativos (Toma de Decisiones Básicas).

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo XIX. De la Función de Operación…continuación

La Función de Operaciones, podrá estructurar para una mejor administración de la operación sus actividades, mediante:

I. Proyectos a través de Lineas de Servicio.

a) Así se denominarán en este documento a aquellos grupos de trabajo de R.H. y recursos de infraestructura, que mediante procedimientos establecidos, sirvan de manera repetitiva a diversos Clientes en diversas oportunidades.

II. Proyectos.

b) Así se denominarán en este documento a aquellos grupos de trabajo de R.H. y recursos de infraestructura, que mediante procedimientos establecidos, sirvan de manera eventual.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo XIX. De la Función de Operación…continuación

La Función de Operaciones, será la responsable operativamente de:

I. El apoyo a la Función Comercial en el aspecto técnico para la oferta.

II. La Definición de perfiles de los R.H. para Operación.

III. La Operación de Líneas de Servicio.

IV. La Operación de Proyectos.

V. La Entrega de Productos y Servicios.

VI. El Cumplimiento de Garantías.

VII. El Aseguramiento de Calidad.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo XIX. De la Función de Operación…continuación

La Función de Operaciones, deberá además hacer seguimiento durante la vigencia de la ejecución de trabajos en Líneas de Servicio y de Proyectos, a lo relativo a:

I. Los Contratos con Clientes.

II. El Reclutamiento y la Selección de R.H.

III. El Buen uso de la Infraestructura.

La Función de Operaciones, colaborará en la determinación del precio de los Productos y Servicios, a través de llevar a cabo:

I. El Costeo de los Productos y Servicios.

La Unidad de Vinculación para su Función de Operaciones deberá emplear, principal pero no exclusivamente personal de la Universidad.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo XX. De los Recursos Humanos en la Estructura Organizacional Directiva

La Unidad de Vinculación, podrá contar con personal que colaborará de manera exclusiva en la administración de la Unidad de Vinculación, en cumplimiento de los compromisos con sus Clientes.

El personal que colaborará en la Unidad de Vinculación, podrá ser personal de la Dependencia de la que procede la Unidad de Vinculación o de cualquier otra Dependencia de la Universidad o bien externo a la Universidad.

Personal Administrador, en este documento se le denominará al personal que colaborará en la administración de la Unidad de Vinculación, en cumplimiento de los compromisos con los Clientes.

El Personal Administrador, deberá ser costeado por los Proyectos que se desarrollen en cumplimiento de los compromisos de la Unidad de Vinculación con los Clientes.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo XX. De los Recursos Humanos en la Estructura Organizacional Directiva…continuación

La Unidad de Vinculación, deberá estar a cargo y se hará responsable de lo necesario para asegurar que el Personal Administrador cumpla con el perfil necesario.

La Unidad de Vinculación, deberá estar a cargo y se hará responsable de lo necesario para asegurar que el Personal Administrador observe lo conducente para preservar la integridad y confidencialidad de la información de la cual la Unidad de Vinculación tenga a su cargo.

La Unidad de Vinculación, deberá estar a cargo y se hará responsable de lo necesario para asegurar que el Personal Administrador disfrute de condiciones de seguridad e higiene en el trabajo, durante su colaboración con la Universidad.

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Capítulo XXI. De los Recursos Humanos en Proyectos

La Unidad de Vinculación, podrá contar con personal que colaborará en el desarrollo de los Proyectos en cumplimiento de los compromisos con los Clientes.

Personal Colaborador, en este documento se le denominará, al personal que colaborará en el desarrollo de Proyectos para la Unidad de Vinculación.

El Personal Colaborador, deberá ser costeado por el Proyecto en el que participe.

El Personal Colaborador de la Unidad de Vinculación, podrá ser personal de la Dependencia de la que procede la Unidad de Vinculación o de cualquier otra Dependencia de la Universidad o bien externo a la Universidad.

El personal externo que la Unidad de Vinculación emplee como Personal Colaborador, deberá estar bajo el rubro avalado por la Universidad.

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Capítulo XXI. De los Recursos Humanos en Proyectos…continuación

La Unidad de Vinculación, podrá contar con Personal Colaborador en los esquemas siguientes: Personal Propio y Personal de procedencia externa.

El esquema de Personal Propio, corresponderá a personal de la Dependencia de la que procede la Unidad de Vinculación o bien de la Universidad.

El esquema de Personal de procedencia externa. corresponderá a Personal reclutado y seleccionado, ya sea incorporando directamente personas físicas especializadas y/o mediante terceros, que se dedican a la tarea de proveer Recursos Humanos especializados y/o dedicadas a proporcionar contrataciones, pagos y prestaciones y cobertura jurídica al personal.

En cualquiera de los esquemas antes mencionados, el Personal Colaborador deberá ser administrado, por la Unidad de Vinculación, al desarrollar los Proyectos con el Cliente.

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Capítulo XXI. De los Recursos Humanos en Proyectos…continuación

La Unidad de Vinculación, deberá estar a cargo y se hará responsable de lo necesario, para asegurar que el Personal Colaborador cumpla con el perfil necesario.

La Unidad de Vinculación, deberá estar a cargo y se hará responsable de lo necesario para asegurar que el Personal Colaborador observe lo conducente para preservar la integridad y confidencialidad de la información de la cual la Unidad de Vinculación tenga a su cargo.

La Unidad de Vinculación, deberá estar a cargo y se hará responsable de lo necesario, para asegurar que el Personal Colaborador disfrute de condiciones de seguridad e higiene en el trabajo, durante su colaboración con la Universidad.

La formalización de las relaciones entre la Universidad y el Personal Colaborador, deberá ser normada de acuerdo con los criterios de la Oficina del Abogado General de la Universidad, y la Dirección de Recursos Humanos y Nóminas de la Universidad.

La Unidad de Vinculación, deberá asumir el principio de intercambio de conocimiento, que haga posible el desarrollo de los Proyectos, en cumplimiento de los compromisos con sus Clientes, a la vez que adquiere conocimiento de aquello en lo que colabora.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo XXII. De los Acuerdos con Proveedores

La Unidad de Vinculación para el logro de sus compromisos, podrá hacer uso del apoyo de entidades que estén dentro y/o fuera de la Universidad, con independencia de que sus apoyos formen parte o no del objeto de sus Convenios y Contratos con los Clientes de la Unidad de Vinculación.

La Unidad de Vinculación, si requiere el apoyo de entidades de la Universidad, las participantes, se someterán a los acuerdos de colaboración establecidos en este documento, en el Capítulo XXIV. De las Sinergias entre Unidades de Vinculación y/o Dependencias de la Universidad.

La Unidad de Vinculación, si requiere el apoyo de entidades externas a la Universidad, las entidades participantes, se someterán a lo dispuesto en el Cap. VIII.- Lineamientos Generales para las Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Universidad Autónoma de Nuevo León, del Manual de Políticas y Procedimientos de la Universidad.

Cualquier situación de acuerdo derivada del uso de apoyos dentro y/o fuera de la Universidad por parte de la Unidad de Vinculación deberá ser gestionada por la Dependencia de la que se origina la Unidad de Vinculación.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo XXII. De los Acuerdos con Proveedores…continuación

La Dependencia de la que procede la Unidad de Vinculación y la Unidad de Vinculación misma, deberán cada una conservar para si, un ejemplar debidamente firmado del acuerdo que suscriban con sus Proveedores.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo XXIII. De la Supervisión

La Unidad de Vinculación, podrá ser objeto de revisión de sus actividades por parte de las autoridades competentes de la Universidad y/o de quien éstas designen para tal efecto.

La Unidad de Vinculación deberá realizar su Contabilidad, y deberá estar en concordancia con la Contabilidad de la Dependencia de la que se origina.

La Unidad de Vinculación deberá realizar sus estados financieros, mismos que serán consolidados con los estados financieros de la Dependencia de la que se origina.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo XXIII. De la Supervisión…continuación

La Unidad de Vinculación, de manera representativa no limitativa, entre otras puede ser objeto de revisión en cuanto a:

I. La Contablilidad.

II. Los Procesos y sus Procedimientos.

III. Los Contratos.

IV. Las Prácticas Comerciales.

V. La Imagen.

VI. Cualquier otra actividad de la Unidad de Vinculación, que a consideración de las autoridades competentes de la Universidad y/o de quien éstas designen para tal efecto, debiera ser revisada.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo XXIV. De las Sinergias entre Unidades de Vinculación y/o Dependencias de la Universidad

Unidades en Colaboración, en este documento se denominará a aquellas Dependencias y Unidades de Vinculación de la Universidad, que aportan sus capacidades para la ejecución de un Proyecto.

Las Unidades en Colaboración, podrán ser Unidades de Vinculación.

Las Unidades en Colaboración, podrán serlo por única vez para la ejecución de un Proyecto o por tiempo determinado.

Las Unidades en Colaboración al operar sus Proyectos, lo deberán hacer con una de ellas haciendo frente, es decir como responsable principal del desarrollo de los Proyectos.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo XXIV. De las Sinergias entre Unidades de Vinculación y/o Dependencias de la Universidad…continuación

Las Unidades en Colaboración, podrán ser diferenciadas según su tipo y en consecuencia denominadas según el rol que juegan en la operación de cada Proyecto como: Unidad Principal y Unidad de Soporte.

I. La Unidad Principal, en este documento se denominará a aquella que hace frente al Cliente para la operación de los Proyectos y entrega de los Productos y/o Servicios comprometidos.

II. La Unidad de Soporte, en este documento se denominará a aquella que apoya a la Unidad Principal, sin hacer frente al Cliente.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo XXIV. De las Sinergias entre Unidades de Vinculación y/o Dependencias de la Universidad…continuación

Las Unidades en Colaboración, para ser consideradas como tales, deberán aportar valor a la relación, este valor deberá ser de acuerdo con alguna de las siguientes aportaciones:

I. De Recursos Tecnológicos y/o

II. De Capital Humano y/o

III. De Recursos Humanos y/o

IV. De Infraestructura y/o

V. De Comercial o de Cartera de Clientes y/o

VI. De Capacidad Administrativa y/o

VII. De Gestión.

Las Unidades en Colaboración, podrán serlo de una o varias posibilidades de aportación de las mostradas en el punto anterior.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo XXIV. De las Sinergias entre Unidades de Vinculación y/o Dependencias de la Universidad…continuación

Las relaciones entre Unidades en Colaboración deberán someterse a lo siguiente:

I. Cada relación entre Unidades en Colaboración, será normada mediante un Acta de Colaboración entre ellas.

II. Cada Proyecto, que entre Unidades en Colaboración se opere con una de ellas haciendo frente, para entregar Productos y/o Servicios a los Clientes, será normado mediante Convenios Marco y Contratos Específicos entre la Universidad y los Clientes de la Unidad de Colaboración que esté haciendo frente.

III. Las Unidades en Colaboración en la ejecución de Proyectos, se harán solidariamente responsables con la Universidad y deberán sacar a buen recaudo el nombre, posición y prestigio de la Universidad.

IV. La forma en que participen las Unidades en Colaboración en la ejecución de cada Proyecto, tanto en obligaciones como en derechos, será acordada por las partes y registrada a través de un Acta de Proyecto.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo XXIV. De las Sinergias entre Unidades de Vinculación y/o Dependencias de la Universidad…continuación

Las Unidades en Colaboración, deberán ser responsables según su participación en la Sinergia y en cada Proyecto:

I. De la calidad y capacidad de los Recursos Tecnológicos que aporten.

II. De la calidad y capacidad del Capital Humano que aporten.

III. De la calidad profesional y moral y de la capacidad de los Recursos Humanos que aporten.

IV. De la calidad y capacidad de la Infraestructura que aporten.

V. De la calidad moral de los Clientes y de la solvencia económica de los Proyectos que aporten.

VI. De la calidad y capacidad administrativa que aporten.

VII. De la calidad y capacidad de gestión que aporten.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo XXIV. De las Sinergias entre Unidades de Vinculación y/o Dependencias de la Universidad…continuación

La Secretaría de Vinculación y Desarrollo Económico de la Universidad estará a cargo de lo conducente para arbitrar cualquier situación que a su criterio así lo amerite en cuestión de Sinergias.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo XXV. De las Alianzas

Aliado, en este documento se denominará en el contexto de Alianza, a toda aquella persona física o moral que pudiera coadyuvar de manera positiva con la Unidad de Vinculación en la búsqueda, ejecución y aprovechamiento de oportunidades de Proyectos.

Las Alianzas y los Aliados, podrán serlo por única vez, para la ejecución de un Proyecto o por tiempo determinado.

Los Aliados, podrán ser parte de los Proyectos que opere la Unidad de Vinculación.

Los Aliados, no podrán usar el nombre ni los emblemas identificadores de la Universidad ni de la Unidad de Vinculación ni de la Dependencia de la que la Unidad de Vinculación procede, sin autorización expresa de la Universidad.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo XXV. De las Alianzas…continuación

Las Alianzas se deberán tipificar según sus posibilidades de aportación como Alianzas de:

I. Capital; será aquella que incorpore capital para la ejecución de los Proyectos de la Unidad de Vinculación.

II. De Administración de Recursos Humanos; será aquella que aporte los procesos de contratación, pagos y prestaciones a Recursos Humanos de la Unidad de Vinculación, así como cobertura legal.

III. Recursos Humanos; será aquella que aporte a la Unidad de Vinculación, Recursos Humanos calificados.

IV. Capital Humano; será aquella que aporte a la Unidad de Vinculación, Conocimiento y/o Experiencia.

V. Recursos Tecnológicos; será aquella que aporte a la Unidad de Vinculación, Tecnología y/o Conocimiento y/o Experiencia.

VI. Infraestructura; será aquella que aporte a la Unidad de Vinculación, la Infraestrutura necesaria para desarrollar cada Proyecto.

VII. Comercial o de Cartera de Clientes; será aquella que promueva los Productos y Servicios de la Unidad de Vinculación, ante el Mercado de Consumo, aportando relaciones de negocio.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo XXV. De las Alianzas…continuación

Los Aliados, podrán serlo de acuerdo con las siguientes posibilidades de aportación:

I. De Capital y/o

II. De Administración de Recursos Humanos y/o

III. De Recurso Humano y/o

IV. De Capital Humanos y/o

V. De Tecnología y/o

VI. De Infraestructura y/o

VII. De Comercial o de Cartera de Clientes

Un Aliado, podrá serlo de una o varias posibilidades de aportación de las mostradas en el punto anterior.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo XXV. De las Alianzas…continuación

Las relaciones con Aliado, deberán ser de acuerdo con lo siguiente:

I. Cada relación con un Aliado, deberá ser normada mediante convenio de colaboración entre la Universidad y el Aliado, esta será la Alianza.

II. Cada Proyecto que la Unidad de Vinculación opere en colaboración con Aliado para entregar Productos y/o Servicios a sus Clientes, deberá ser normado mediante Convenios Marco y Contratos Específicos entre la Universidad y los Clientes de la Unidad de Vinculación.

III. Los Aliados de la Unidad de Vinculación, se harán solidariamente responsables con la Universidad y deberán sacar a buen recaudo el nombre, posición y prestigio de la Universidad.

IV. La forma en que participen la Unidad de Vinculación y los Aliados de Vinculación en la ejecución de cada Proyecto, tanto en obligaciones como en derechos, deberá ser acordada por ambas partes y registrada a través de un Acta de Proyecto.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo XXV. De las Alianzas…continuación

Los Aliados deberán ser responsables según su participación en la Alianza y en cada Proyecto:

I. De la procedencia de los Recursos Económicos que aporten.

II. De las condiciones de Administración laboral de los Recursos Humanos.

III. De la calidad profesional y moral y de la capacidad de los Recursos Humanos que aporten.

IV. De la calidad y capacidad del Capital Humano que aporten.

V. De la calidad y capacidad de los Recursos Tecnológicos que aporten.

VI. De la calidad y capacidad de la Infraestructura que aporten.

VII. De la calidad moral de los Clientes y de la solvencia económica de los Proyectos que aporten.

VIII. De contar con un domicilio fiscal, que incluya el nombre de la empresa e identifique la identidad comercial de la misma.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo XXV. De las Alianzas…continuación

La Unidad de Vinculación, se reserva el derecho de vetar:

I. Lo que el Aliado aporte a la Alianza en cada Proyecto y en cualquier forma, que a juicio de la Unidad de Vinculación ponga en riesgo al Proyecto o a la Universidad o a ambos.

II. Cualquier situación que contravenga por parte del Aliado las Leyes y Reglamentos de la Universidad.

La Secretaría de Vinculación y Desarrollo Económico de la Universidad estará a cargo de lo conducente para arbitrar cualquier situación que a su criterio así lo amerite en cuestión de Alianzas.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo XXVI. Del uso de las Áreas y Recintos de la Universidad

Las Unidades de Vinculación serán responsables de la observación de lo dispuesto en el Reglamento General sobre la Disciplina y el Buen Comportamiento dentro de las Áreas y Recintos Universitarios.

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TÍTULO SEGUNDO. FORMULACIÓN DE LAS UNIDADES DE VINCULACIÓN…continuación

Capítulo XXVII. De la Responsabilidad Universitaria

Las Unidades de Vinculación deberán ser responsables de la observación de lo dispuesto en las Leyes y Reglamentos de la Universidad, sometiéndose en caso contrario a lo dispuesto en el Titulo Sexto “De la Responsabilidad Universitaria” del Estatuto General de la Universidad.

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TÍTULO TERCERO. DE LOS ESTIMULOS Y/O BECAS POR PROYECTO DERIVADO DE LA PRODUCTIVIDAD Y EFICIENCIA DEL PERSONAL INVESTIGADOR Y DE APOYO

Capítulo I. Disposiciones Generales

El presente lineamiento tiene como objetivo contribuir al establecer una retribución competitiva que incentive el desempeño y productividad del personal investigador en su trabajo científico y tecnológico.

Para los fines de este documento, se entenderá por Estímulo y/o Beca por Proyecto o Servicio, la remuneración adicional diferente al sueldo tabulado que se otorga sobre los resultados obtenidos en actividades del ámbito científico y/o tecnológico, el cual no constituye un ingreso garantizado ni permanente, por lo que no forma parte integrante del sueldo del personal que lo recibe (es decir que no se integrará para efecto de antigüedad, aguinaldo, etc.).

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TÍTULO TERCERO. DE LOS ESTIMULOS Y/O BECAS POR PROYECTO DERIVADO DE LA PRODUCTIVIDAD Y EFICIENCIA DEL PERSONAL INVESTIGADOR Y DE APOYO… continuación

Capítulo II. Estímulos y/o Becas por Proyectos o Servicios al Personal Investigador y Personal de Apoyo

El personal académico y administrativo participará en proyectos o cualquier otra actividad relacionada con la investigación y tecnología, sin afectar los programas normales de trabajo por cada Dependencia Universitaria.

Para todos los efectos legales constituye responsabilidad universitaria de los Directores de las Dependencias, así como de los responsables de Proyectos y del personal que participe en los mismos.

La H. Comisión de Hacienda de la Universidad a través de sus unidades competentes, ejercerá sus funciones de vigilancia y control en los términos de este documento.

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TÍTULO TERCERO. DE LOS ESTIMULOS Y/O BECAS POR PROYECTO DERIVADO DE LA PRODUCTIVIDAD Y EFICIENCIA DEL PERSONAL INVESTIGADOR Y DE APOYO…continuación

Capítulo II. Estímulos y/o Becas por Proyectos o Servicios al Personal Investigador y Personal de Apoyo…continuación

La determinación del monto de los estímulos y/o becas por proyectos o servicios a distribuir estará sujeto a los resultados y condiciones económicas de cada proyecto, asesorías, consultas y servicios.

Se incluyen como servicios.

I. El Licenciamiento de Tecnología y uso de Patentes.

II. Proyectos específicos contratados para la solución de problemas concretos.

III. Proyectos cuya finalidad es producir bienes, tales como equipos materiales, estudios y publicaciones.

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TÍTULO TERCERO. DE LOS ESTIMULOS Y/O BECAS POR PROYECTO DERIVADO DE LA PRODUCTIVIDAD Y EFICIENCIA DEL PERSONAL INVESTIGADOR Y DE APOYO…continuación

Capítulo II. Estímulos y/o Becas por Proyectos o Servicios al Personal Investigador y Personal de Apoyo…continuación

El monto a distribuir entre el personal que participó en un proyecto investigador y personal de apoyo, se determina del remanente de ingresos a partir del importe contratado para la realización del mismo, deduciendo del ingreso neto los costos para la realización del Proyecto y/o Servicio.

La aplicación del remanente se debe definir de acuerdo a los programas y presupuesto por proyecto que al efecto elabore cada Dependencia Universitaria.

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TÍTULO TERCERO. DE LOS ESTIMULOS Y/O BECAS POR PROYECTO DERIVADO DE LA PRODUCTIVIDAD Y EFICIENCIA DEL PERSONAL INVESTIGADOR Y DE APOYO…continuación

Capítulo III. Monto de los Estímulos

Los remanentes de ingresos generados por proyectos o servicios contratados o realizados bajo convenio, podrán destinarse hasta en un 40% para el personal Investigador y de apoyo y el saldo se aplicará para la Dependencia Universitaria que generó el ingreso.

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TÍTULO TERCERO. DE LOS ESTIMULOS Y/O BECAS POR PROYECTO DERIVADO DE LA PRODUCTIVIDAD Y EFICIENCIA DEL PERSONAL INVESTIGADOR Y DE APOYO…continuación

Capítulo III. Monto de los Estímulos…continuación

Se consideran costos indirectos del Proyecto y/o Servicio los siguientes:

I. Participación de la Dependencia de la que depende la Unidad de Vinculación

Se consideran costos relativos al Proyecto y/o Servicio los siguientes:

I. Costos Fijos: Aplicación proporcional de consumo de luz, agua y gas.

II. Materiales: Papelería, copias, memorias, discos compactos.

III. Horas-Hombre: Impacto económico de las horas-hombre del personal que participa en el proyecto y/o servicio.

IV. Servicios Subcontratados: Prestación de Servicios de terceros.

V. Gastos de Honorarios: Contratación de asesorías, cursos de terceros.

VI. Adquisiciones de Bienes Muebles.

En ningún caso, el estímulo que se otorgue al personal podrá exceder del monto equivalente a 50 salarios mínimos mensuales de la zona geográfica de la entidad.

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TÍTULO TERCERO. DE LOS ESTIMULOS Y/O BECAS POR PROYECTO DERIVADO DE LA PRODUCTIVIDAD Y EFICIENCIA DEL PERSONAL INVESTIGADOR Y DE APOYO…continuación

Capítulo III. Forma de Pago y Periodicidad

El pago de los estímulos se realizará mediante la emisión de cheque nominativo y su periodicidad deberá ser mensual.

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TÍTULO TERCERO. DE LOS ESTIMULOS Y/O BECAS POR PROYECTO DERIVADO DE LA PRODUCTIVIDAD Y EFICIENCIA DEL PERSONAL INVESTIGADOR Y DE APOYO…continuación

Capítulo III. De la Vigilancia y Control

Se realizarán Auditorias internas específicas a este concepto de acuerdo al programa anual autorizado por la H. Comisión de Hacienda así como Auditorias Externas, a efecto de evaluar la correcta aplicación de los recursos para la realización de los Proyectos y Servicios.

En caso de detectarse observaciones se aplicarán las recomendaciones de control interno, o en su caso, las sanciones de responsabilidad universitaria que corresponda.

Todo lo no previsto en estos lineamientos será resuelto por las instancias Universitarias Competentes.

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