unidad iii: comercio electrÓnico

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UNIDAD III: COMERCIO ELECTRÓNICO CONTRATACIÓN INFORMÁTICA Y ELECTRÓNICA Semestre II - 2019 Docente: Abg. David Vergara Solís @davidvergaras [email protected]

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Page 1: UNIDAD III: COMERCIO ELECTRÓNICO

UNIDAD III: COMERCIO ELECTRÓNICO

CONTRATACIÓN INFORMÁTICA Y ELECTRÓNICA

Semestre II - 2019

Docente: Abg. David Vergara Solís

@davidvergaras

[email protected]

Page 2: UNIDAD III: COMERCIO ELECTRÓNICO

UNIDAD III: COMERCIO ELECTRÓNICO

1. Contratos informáticos

• Definición

• Características

• Tipos

• Ejemplos

2. Comercio Electrónico

• Definición

• Tipos de comercio electrónico

3. Contratación Electrónica

• Mensajes de datos

• Firmas Electrónicas

• Certificados electrónicos y Entidades de Certificación de Información

• Medios de pago

Page 3: UNIDAD III: COMERCIO ELECTRÓNICO

• Las tecnologías de la información son una evolución de la tradicional informática.

Computación SoftwareGestión de la informática

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Contratos informáticos vs. Contratos electrónicos

Contratos informáticos son aquellos que tienen por objeto un bien material oinmaterial, o servicio informático.

Los contratos electrónicos son aquellos que se realizan mediante la utilizaciónde un medio electrónico.

Validez de los contratos electrónicos:

Click.

Srink wrap/ Click wrap

Firmas electrónicas.

Page 5: UNIDAD III: COMERCIO ELECTRÓNICO

Contratación informática

• «Es el conjunto de operaciones jurídicas tendientes a la creación,modificación, extinción de obligaciones referentes a bienes y serviciosinformáticos.»

a) Bienes informáticos

b) Servicios informáticos.

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Objeto del Contrato Informático

• Bienes informáticos: «Todos aquellos elementos que forman elsistema – ordenador- en cuanto al hardware, ya sea la unidad centralde procesos, y todos los equipos que tiene una relación directa deuso con respecto a ellos y que, en su conjunto conforman el soportefísico del elemento informático, así como los bienes inmateriales queproporcionan las órdenes, datos, procedimientos, e instrucciones, enel tratamiento automático de la información y que, en su conjunto,conforman el soporte lógico del elemento informático.

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Objeto de los contratos informáticos

• Servicios Informáticos: Constituye el conjunto de actividades vinculadas a la instalación, mantenimiento, desarrollo, integración, etc., del soporte lógico o físico de ordenadores.

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Características de los contratos informáticos

1) Atipicidad de los contratos informáticos.

2) Conexión con contratos.

3) Clausulado predispuesto.

4) Tracto sucesivo.

5) Especificidad en cuanto a su objeto.

6) Internacionalización en cuanto a su ámbito de aplicación.

7) Complejidad en cuanto a su tipología.

8) Situación de superioridad de una de las partes por razón del tecnicismo de la materia.

Page 9: UNIDAD III: COMERCIO ELECTRÓNICO

Fases de la contratación

1) Fase preliminar.

2) Perfección del contrato.

3) Ejecución del contrato

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Regulación de contratos informáticos

• Los contratos informáticos no están regulados como tales, en lalegislación ecuatoriana. Excepto para los casos de «adquisición de unejemplar de un programa de ordenador» que en la práctica escontrato de licencia de uso de software (Art. 134 Código Ingenios).

• Los contratos informáticos, se encuadran en la Teoría General de losContratos:• Código Civil Ecuatoriano.

• Código de Comercio.

• Normas de Derecho Público : Ley Orgánica de Defensa del Consumidor.

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Requisitos de validez del contrato Informático

• Capacidad: Capacidad para contratar.

• Objeto: Bienes y servicios informáticos (naturaleza informática).

• Causa: La finalidad para que sirve el contrato, que se concretar derealizar en la fase precontractual.

• Consentimiento: El acuerdo de voluntades para que se perfeccione elcontrato. Puede ser verbal, por escrito, o por medios electrónicos.

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Clasificación de contratos informáticos por objeto: bienes informáticos

i. Contratos de hardware:

‐ Compraventa de hardware

‐ Arrendamiento de hardware

‐ Leasing de hardware

‐ Mantenimiento dehardware

‐ Alojamiento de equipos y conexiones a red (housing)

ii. Contratos de software:

‐ Licencia de uso de software

‐ Licencia de uso de código de fuente

‐ Desarrollo de software

‐ Mantenimiento de software

‐ Escrow

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Clasificación de los contratos informáticos por objeto: servicios

‐ Ayuda hot line‐ Formación y capacitación de usuarios‐ Acceso a Internet‐ Albergue de páginas web (hosting)‐ Diseño de páginas web‐ Publicidad en Internet‐ Consultoría‐ Auditoría informática

‐ Transferencia de tecnología o know‐how

- Auditoría de seguridad

‐ Auditoría de calidad

‐ Instalación y actualización periódica de antivirus

‐ Certificación de transacciones electrónicas

‐ Teletrabajo

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Principales cláusulas de contratos informáticos.

1. Comparecientes.

2. Antecedentes.

3. Objeto.

4. Plazo.

5. Precio.

6. Glosario.

7. Propiedad Intelectual.

8. Garantías de seguridad.

9. Implementación.

Page 15: UNIDAD III: COMERCIO ELECTRÓNICO

Algunos contratos informáticos…

1) Arrendamiento o leasing de hardware: «La sociedad cedente ofinanciera, mediante una renta periódica, cuya cuantía incluye unaamortización parcial, cede el uso del equipo informático durante unperiodo, con la opción de compra al final, por un precio residual».

Page 16: UNIDAD III: COMERCIO ELECTRÓNICO

2) Alojamiento de equipos y conexiones a red o Housing: «Prestación deespacios físicos de alquiler, para el alojamiento de equipos informáticos yde servicios de telecomunicaciones».

3) Contrato de albergue de páginas web o hosting: Es una modalidad decontrato de arrendamiento de servicios, por quien pretende explotar elsitio web con un proveedor de servicios de Internet, que proporciona alcliente la presencia en la malla mundial».

4) Licencia de uso de software: «Autorización a un tercero para poderutilizar un software, mediante el pago de una retribución…»

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5) Mantenimiento informático:a) Mantener la aplicación útil.

b) Corregir los fallos y deficiencias.

c) Estudiar el programa y promover mejoras.

d) Dar formación a los usuarios.

6) Contrato de acceso a Internet: «Contrato en virtud del cual elproveedor de acceso a Internet facilita a otra, el cliente, la conexión aInternet; si bien es común que el proveedor de acceso comercial facilite alusuario en ese contrato ulteriores servicios de Internet.

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7.- Contrato de outsourcing

«El contrato de outsourcing consiste en un negocio jurídico por el queun empresario contrata la gestión de sus sistemas informáticos con untercero técnicamente cualificado que aporta una adecuada ‐y a serposible óptima‐ respuesta a las necesidades informáticas de aquél».

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8.- Contrato de Escrow

«Instrumento para que el Código Fuente quede como garantía yaccesible a las partes, sin su entrega».

«Consiste en entregar a un tercero de confianza el Código Fuente deun ordenador, con el fin de preconstituir la prueba de su autoría, asícomo preservar su uso por parte de terceros no autorizados».

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UNIDAD IV : COMERCIO ELECTRÓNICO

1.1.- Comercio electrónico:

• Conceptualización.

• Ventajas y desventajas

• Diferencias con contratación electrónica.

• Tipología.

• Momento y lugar de perfeccionamiento de contratos electrónicos: teorías del envío y aceptación de oferta

• Convención de Vienna sobre la compraventa internacional de Mercaderías.

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Conceptualización del Comercio Electrónico

El comercio electrónico se refiere a «aquellas modalidades de actos onegocios jurídicos que se producen cuando el elemento electrónicotiene una incidencia real o directa en la formación de la voluntad, lainterpretación o la ejecución del acuerdo».

Page 22: UNIDAD III: COMERCIO ELECTRÓNICO

Conceptualización de comercio electrónico

• «El comercio electrónico permite realizar negocios jurídicos, relativosla prestación de bienes y servicios a través de catálogos siu génerisque posibilitan a realizar ofertas a través de redes informáticas, nosólo de mercaderías o bienes inmateriales, sino de cualquier otroservicio ofertado por empresarios o profesionales».

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LA LEX ELECTRÓNICA

CNUDMI/ UNCITRAL : Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional.

- «Aspectos jurídicos del proceso automático de datos» 1984.

- «Recomendación sobre el valor jurídico de los registros informatizados» 1985.

- «Reglas jurídicas sobre el intercambio electrónico de datos» 1995.

- «Ley modelo sobre Comercio Electrónico». 1996.

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Medios electrónicos

Nueva modalidad de tráfico económico a través de «medioselectrónicos»: aquellos instrumentos que hacen posible el envío dedatos y recepción al destinatarios mediante equipos de tratamiento yalmacenamiento de datos.

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Servicios de comercio electrónico

Es un servicio:

a) A distancia

b) Por medio electrónico

c) Que constituya una actividad económica.

d) A petición individual del destinatario del servicio.

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Tipos de comercio electrónico

Principalmente existen dos tipos de «comercio electrónico».

1. Directo: cuando la conclusión del contrato, ejecución y pago se produce en línea (online).

2. Indirecto: se produce a través de medios electrónicos pero la ejecución se realiza de forma tradicional, mediante la entrega de bienes o prestación personal del servicio.

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Principios del comercio electrónico

1. Principio de equivalencia funcional del los actos jurídicos electrónicos.

2. Principio de inalteración del derecho prexistente.

3. Principio de neutralidad tecnológica.

4. Principio de buena fe.

5. Principio de libertad contractual.

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Ley de Comercio Electrónico, mensajes de datos y firmas electrónicas.

• «Art. 45 LCE.- Validez de los contratos electrónicos.- Los contratospodrán ser instrumentados mediante mensajes de datos. No senegará validez o fuerza obligatoria a un contrato por la sola razón dehaberse utilizado en su formación uno o más mensajes de datos».

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Ventajas del comercio electrónico

• Rapidez

• Intimidad

• Economía de precios

• Interactividad

• Globalidad

• Econimicidad

• Reducción de barreras de acceso al mercado

• Innovación comercial.

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Inconvenientes del comercio electrónico

• Falta de seguridad.

• Riesgos en la protección de datos personales.

• Dificultad de protección de datos.

• Incremento de comunicaciones comerciales no deseadas.

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PARTE IIICONTRATACIÓN ELECTRONICA

Page 32: UNIDAD III: COMERCIO ELECTRÓNICO

1.- El mensaje de datos

2.- La firma electrónica

3.- Los contratos electrónicos

4.- Los prestadores de servicios de certificación de información.

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Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos.

«Disposición general novena:

Mensajes de datos: Es toda información creada, generada, procesada,enviada, recibida, comunicada, o archivada por medios electrónicos,que puede ser intercambiada por cualquier medio. Serán consideradoscomo mensajes de datos, sin que esta enumeración limite sudefinición, los siguientes documentos electrónicos, registroselectrónicos, correo electrónico, servicios web, telegrama, télex, fax eintercambio electrónico de datos».

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Definición de documento electrónico

• «Representación en lenguaje binario o digital, descodificable, deactos y hechos de relevancia jurídica, en un soporte electrónico, conaptitud para su consulta, comunicación, trasmisión».

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Características

1. Su creación y uso precisa de dispositivos especiales.

2. Redactados en un lenguaje no convencional.

3. Incorporación a un soporte especial en continua obsolescencia.

4. Aptitud para su trasmisión y modificación.

5. Relevancia jurídica.

6. Equivalencia funcional en cuanto a la prueba.

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Principio de equivalencia funcional

• Art.2 LEC.- Reconocimiento jurídico de los mensajes de datos.- Losmensajes de datos tendrán igual valor jurídico que los documentosescritos. Su eficacia, valoración y efectos se someterá alcumplimiento de lo establecido en esta ley y su reglamento.

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Principio de equivalencia funcional.

• Este principio responde a la necesidad de dictar normas concretas enmateria de contratación electrónica, sin entrar en derecho sustantivocontractual. Se parte del análisis de algunos requisitos básicosgeneralmente exigidos por los ordenamientos jurídicos. Tales son laexigencia de un escrito, una firma o un original. Vista la función quejurídicamente desempeña cada uno de estos requisitos, se determinaen qué condiciones se puede cumplir esa misma función utilizandorecursos electrónicos en lugar del tradicional papel.

Page 38: UNIDAD III: COMERCIO ELECTRÓNICO

Principio de equivalencia funcional

• Art. 6 LCE.- Cuando la ley requiera u obligue que la informaciónconste por escrito, este requisito quedará cumplido con un mensajede datos, siempre que la información que este contenga seaaccesible para su posterior consulta.

Page 39: UNIDAD III: COMERCIO ELECTRÓNICO

Normas para la emisión y autorización de comprobantes de venta, retención y documentos complementarios mediante comprobantes electrónicos

Art. 6.- De la impresión.- Siempre que se hubiese trasmitido a la Administración Tributaria el comprobante electrónico, los emisores deberán imprimir y entregar el RIDE en los siguientes casos:

a) Cuando no exista el consentimiento del usuario o consumidor para recibir el comprobante electrónico;b) Cuando la impresión sea requerida de manera expresa por el receptor, en el momento de la emisión o después; y,c) Cuando en la compra no se identifique al consumidor o usuario (consumidor final).

La impresión de la representación del comprobante electrónico (RIDE) tendrá igual validez que los comprobantes establecidos en el Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios y su contenido podrá ser verificado con la información que reposa en la base de datos de la Administración Tributaria.

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Gaceta judicial 3 de 7 de mayo 2007 Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia

«…La aseveración que hace el Tribunal ad quem, en el sentido de que paralos delitos de injurias procedimiento penal, no existe ninguna exclusiónque impida producirlo como media de prueba. Hay que hacer notorioque, en la actualidad, la comunicación comercial, noticiera personal,privada, reservada y otras, se hace casi exclusivamente por medioselectrónicos, por eso es que el legislador, de manera sabia a fin deimpedir la impunidad de los delitos cometidos por medios electrónicos,ha hecha una realidad la aplicación del avance tecnológico como mediosprobatorios de la conducta delictiva y no solamente que las ha insertadodentro de la legislación procesal penal, sino que, además, ha dictadodictado la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas, y Mensajesde Datos.»

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Ley de Comercio Electrónico y Mensajes de Datos.

• Art. 1.- Objeto de la ley.- Esta ley regula los mensajes de datos, lafirma electrónica, los servicios de certificación, la contrataciónelectrónica y telemática, la prestación de servicios electrónicos, através de redes de información, incluido el comercio electrónico y laprotección a los usuarios de estos sistemas.

Page 42: UNIDAD III: COMERCIO ELECTRÓNICO

• Art. 2.- Reconocimiento jurídico de los mensajes de datos.- Losmensajes de datos tendrán igual valor jurídico que los documentosescritos. Su eficacia, valoración y efectos se someterá al cumplimientode lo establecido en esta ley y su reglamento.

Page 43: UNIDAD III: COMERCIO ELECTRÓNICO

Art. 3.- Incorporación por remisión.- Se reconoce validez jurídica a lainformación no contenida directamente en un mensaje de datos,siempre que figure en el mismo, en forma de remisión o de anexoaccesible mediante un enlace electrónico directo y su contenido seaconocido y aceptado expresamente por las partes.

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Art. 4.- Propiedad intelectual.- Los mensajes de datos estaránsometidos a las leyes, reglamentos y acuerdos internacionales relativosa la propiedad intelectual.

Page 45: UNIDAD III: COMERCIO ELECTRÓNICO

Art. 5.- Confidencialidad y reserva.- Se establecen los principios deconfidencialidad y reserva para los mensajes de datos, cualquiera seasu forma, medio o intención. Toda violación a estos principios,principalmente aquellas referidas a la intrusión electrónica,transferencia ilegal de mensajes de datos o violación del secretoprofesional, será sancionada conforme a lo dispuesto en estaley ydemás normas que rigen la materia.

Page 46: UNIDAD III: COMERCIO ELECTRÓNICO

• Art. 6.- Información escrita.- Cuando la ley requiera u obligue que lainformación conste por escrito, este requisito quedará cumplido conun mensaje de datos, siempre que la información que este contengasea accesible para su posterior consulta.

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FIRMAS ELECTÓNICAS

• Conceptualización.

• Definición

• Funciones.

• Sistemas de criptografía: simétricos y asimétricos

• Certificados digitales y prestadores de servicios de certificación

• Revisión del Art. 13 al 29 y siguientes de la Ley de Comercio electrónico, Firmas Electrónicas, y Mensajes de Datos.

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¿Qué es una firma electrónica?

«La firma electrónica, es el resultado de un procedimiento técnicoreconocido legalmente, y sustentado en equipos informáticos» (Dr.Carlos Galán).

Funciones:

1. Firmar electrónicamente documentos.

2. Incorporar mecanismos de seguridad fuertes.

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Definición legal

«Art. 13 LCE.- Son los datos en forma electrónica consignados en unmensaje de datos, adjuntados o lógicamente asociados al mismo, y quepueden ser utilizados para identificar el titular de la firma en relacióncon el mensaje de datos, e indicar que el titular de la firma aprueba yreconoce la información contenida en el mensaje de datos».

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Funciones de la firma electrónica

La firma electrónica garantiza:

1. La autenticad del emisor.

2. La integridad del mensaje.

3. La confidencialidad del mensaje.

4. El «no repudio» de la transacción efectuada.

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Reconocimiento de la firma electrónica

En el mundo:

- Ley Modelo sobre firmas electrónicas CNUDMI (http://www.uncitral.org/pdf/spanish/texts/electcom/ml-elecsig-s.pdf)-

En Ecuador:

- Ley 67/2002 de comercio electrónico, firmas y mensajes de datos (LCE).

- Múltiples disposiciones en regulaciones administrativas.

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¿Por qué es útil la firma electrónica?

1. Porque agilita y simplifica la gestión interna y externa de lascompañías (entre colaboradores, clientes, proveedores,administraciones públicas).

2. Porque ahorra costes de gestión y envío de documentación.

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¿Qué se necesita para firmar electrónicamente?

Para firmar electrónicamente se necesita disponer de un equipo físico(ordenador, tablet, teléfono móvil), y un certificado digital, que puede estar contenido en:

- Disco duro

- Tarjeta inteligente.

- Token

- Memoria de un PDA.

- Memora de un teléfono inteligente.

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Definición de firma electrónica

«Conjunto de datos en forma electrónica, consignadosa otros o asociados con ellos, que pueden serutilizados como medio de identificación del titular dela firma en relación con el mensaje de datos, e indicarque el titular de la firma aprueba y reconoce lainformación contenida en el mensaje de datos» (Art.13 LCE)

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Sistemas para generar firmas electronicas

Sistema criptográfico: es un sistema de tratamiento de la informaciónque transforma el mensaje, de manera que sólo la persona que manejalos algoritmos y las claves, pueden acceder a un contenido d formacorrecta».

Existen dos clases de sistemas criptográficos:

a) Simétricos o de clave única.

b) Asimétricos o de clave pública:

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Sistemas simétricos

«La misma clave es compartida en origen y destino, de forma que elemisor y receptor deben de conocer la clave».

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Sistemas asimétricos

«En el sistema asimétrico existen dos claves complementarias. Unaclave privada, únicamente en poder de emisor, y una clave pública, enpoder de varias receptores».

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Art. 15 LCE

Art. 15.- Requisitos de la firma electrónica.- Para su validez, la firma electrónica reunirá los siguientes requisitos, sin perjuicio de los que puedan establecerse por acuerdo entre las partes:

a) Ser individual y estar vinculada exclusivamente a su titular;b) Que permita verificar inequívocamente la autoría e identidad del signatario, mediante dispositivos técnicos de comprobación establecidos por esta ley y sus reglamentos;c) Que su método de creación y verificación sea confiable, seguro e inalterable para el propósito para el cual el mensaje fue generado o comunicado;d) Que al momento de creación de la firma electrónica, los datos con los que se creare se hallen bajo control exclusivo del signatario, y,e) Que la firma sea controlada por la persona a quien pertenece.

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Firma electrónica utilizando sistema asimétrico

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Art. 16 LCE.- La firma electrónica en un mensaje de datos.-Cuando se fijare la firma electrónica en un mensaje de datos, aquélladeberá enviarse en un mismo acto como parte integrante del mensajede datos o lógicamente asociada a éste. Se presumirá legalmente queel mensaje de datos firmado electrónicamente conlleva la voluntaddel emisor, quien se someterá al cumplimiento de las obligacionescontenidas, en dicho mensaje de datos, de acuerdo a lo determinadoen la ley.

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Art. 10 LCE.- Procedencia e identidad de un mensaje de datos.- Salvoprueba en contrario se entenderá que un mensaje de datos proviene dequien lo envía y, autoriza a quien lo recibe, para actuar conforme alcontenido del mismo, cuando de su verificación exista concordancia entrela identificación del emisor y su firma electrónica, excepto en los siguiente

casos:

a) Si se hubiere dado aviso que el mensaje de datos no proviene de quienconsta como emisor; en este caso, el aviso se lo hará antes de que lapersona que lo recibe actúe conforme a dicho mensaje. En caso contrario,quien conste como emisor deberá justificar plenamente que el mensaje dedatos no se inició por orden suya o que el mismo fue alterado; y,b) Si el destinatario no hubiere efectuado diligentemente las verificacionescorrespondientes o hizo caso omiso de su resultado.

Page 63: UNIDAD III: COMERCIO ELECTRÓNICO

Art. 18 LCE.- Duración de la firma electrónica.- Las firmaselectrónicas tendrán duración indefinida. Podrán ser revocadas,anuladas o suspendidas de conformidad con lo que el reglamento aesta ley señale.

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Art. 19 LCE.- Extinción de la firma electrónica.- La firma electrónica se extinguirá por:

a) Voluntad de su titular;b) Fallecimiento o incapacidad de su titular;c) Disolución o liquidación de la persona jurídica, titular de la firma; y,d) Por causa judicialmente declarada.

La extinción de la firma electrónica no exime a su titular de las obligaciones previamente contraídas derivadas de su uso.

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Certificados de firma electrónica

Un usuario puede generar un par de claves (pública y privada), y exhibir su clave pública a cualquier persona.

Sin embargo, es necesario conocer con certeza si la clave pública le pertenece al titular.

Esto se hace por medio de la expedición de un certificado de firma electrónica, expedido por una entidad prestadora de servicios de información.

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Firma electrónica vs firma manuscrita

Firma manuscrita

Autenticidad: puede ser falsificada.

Integridad: firma independiente del documento.

No repudio: Se necesita un perito calígrafo

Firma electrónica

Autenticidad: no puede ser copiada

Integridad: firma depende del contenido del documento.

No repudio: a través de un programa informático.

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Certificados de firma electrónica

Art. 20 LCE.- Certificado de firma electrónica.- Es el mensaje de datosque certifica la vinculación de una firma electrónica con una personadeterminada, a través de un proceso de comprobación que confirma suidentidad.

Page 68: UNIDAD III: COMERCIO ELECTRÓNICO

Art. 22 LCE.- Requisitos del certificado de firma electrónica.- El Certificado de firma electrónica para ser considerado válido contendrá los siguientes requisitos:

a) Identificación de la entidad de certificación de información;b) Domicilio legal de la entidad de certificación de información;c) Los datos del titular del certificado que permitan su ubicación e identificación;d) El método de verificación de la firma del titular del certificado;e) Las fechas de emisión y expiración del certificado;f) El número único de serie que identifica el certificado;g) La firma electrónica de la entidad de certificación de información;h) Las limitaciones o restricciones para los usos del certificado; e,i) Los demás señalados en esta ley y los reglamentos.

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Page 70: UNIDAD III: COMERCIO ELECTRÓNICO

Duración de los certificados de firma electrónica

Art. 23 LCE.- Duración del certificado de firma electrónica.- Salvoacuerdo contractual, el plazo de validez de los certificados de firmaelectrónica será el establecido en el reglamento a esta ley.

Page 71: UNIDAD III: COMERCIO ELECTRÓNICO

Duración de los certificados de firma electrónica

Art. 11 Regl. LCE.- Duración del certificado de firma electrónica.- Laduración del certificado de firma electrónica se establecerácontractualmente entre el titular de la firma electrónica y la entidadcertificadora de información o quien haga sus veces. En caso de quelas partes no acuerden nada al respecto, el certificado de firmaelectrónica se emitirá con una validez de dos años a partir de suexpedición. Al tratarse de certificados de firma electrónica emitidoscon relación al ejercicio de cargos públicos o privados, la duración delcertificado de firma electrónica podrá ser superior a los dos años perono podrá exceder el tiempo de duración de dicho cargo público oprivado a menos que exista una de las prórrogas de funcionesestablecidas en la leyes.

Page 72: UNIDAD III: COMERCIO ELECTRÓNICO
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Entidades de certificación de información

La entidad de certificación de información, o «certificador», interviene para validar la firma electrónica y dotarla de ciertas garantías.

Cumple una función de confianza, dado que las partes no están presentes, y actúan en una red abierta sin conocerse previamente. De esta manera se confiere seguridad en este tipo de comunicaciones.

Page 74: UNIDAD III: COMERCIO ELECTRÓNICO

Entidades de certificación

• Art. 29.- Entidades de certificación de información.- Son lasempresas unipersonales o personas jurídicas que emiten certificadosde firma electrónica y pueden prestar otros servicios relacionados conla firma electrónica, autorizadas por el Consejo Nacional deTelecomunicaciones, según lo dispuesto en esta ley y el reglamentoque deberá expedir el Presidente de la República.

Page 75: UNIDAD III: COMERCIO ELECTRÓNICO

Ejemplos de entidades de certificación de información

Banco Central del Ecuador

(pública).

Security Data (privada)

ANF (privada)

Page 76: UNIDAD III: COMERCIO ELECTRÓNICO

Contrato electrónico

«Contrato en el que la oferta y aceptación se trasmiten por medio deequipos electrónicos de tratamiento y almacenamiento de datos,conectados a una red de telecomunicaciones» (Anexo de definicionesde la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y ComercioElectrónico)

Page 77: UNIDAD III: COMERCIO ELECTRÓNICO

Notas distintivas del contrato electrónico

1.- Infraestructura como medio de comunicaciones.

2.- Contrato a distancia.

3.- Oneroso.

4.- Formalismo indirecto.

5.- Contrato de adhesión.

6.- Contexto internacional.

Page 78: UNIDAD III: COMERCIO ELECTRÓNICO

Tipología de los contratos electrónicos.

1. Por los sujetos intervinientes.

2. Por la forma de prestación del servicio.

3. Por el ámbito de contratación.

4. Por el entorno tecnológico.

5. Por el modo de perfección.

Page 79: UNIDAD III: COMERCIO ELECTRÓNICO

Tipología: por los sujetos intervinientes

1.- Por los sujetos intervinientes.

a) B2A: Empresa – Administración.

b) B2B: Empresa – Empresa

c) B2C: Empresa – Consumidor

d) A2C: Administración – Consumidor

e) P2P: Particulares entre sí

Page 80: UNIDAD III: COMERCIO ELECTRÓNICO

Tipología de los contratos electrónicos

2.- Por la forma de prestación del servicio:

a) Directo.

b) Indirecto.

3.- Por el ámbito de contratación.

a) Nacional

b) Internacional

Page 81: UNIDAD III: COMERCIO ELECTRÓNICO

Tipología de los contratos electrónicos

4.- Por el entorno tecnológico.

a) Abierto.

b) Cerrado.

5.- Por la forma de perfección.

a) Mediante intercambio de correos electrónicos.

b) Click wrap y browse wrap

Page 82: UNIDAD III: COMERCIO ELECTRÓNICO

Contratos click wrap

Page 83: UNIDAD III: COMERCIO ELECTRÓNICO

Contratos click wrap

Page 84: UNIDAD III: COMERCIO ELECTRÓNICO

Contratos browse wrap

Page 85: UNIDAD III: COMERCIO ELECTRÓNICO

Jurisprudencia sobre los contratos browsewrap

La Court of Appeals (Ninth Circuit) sostuvo en su Sentencia de 18 deagosto de 2014 en el asunto Nguyen v. Barnes & Noble, Inc. que unusuario de una web no presta su consentimiento vía un browsewrapagreement cuando la web falla en proporcionarle suficienteadvertencia sobre la existencia de unos términos de uso que contieneuna cláusula de arbitraje obligatorio, más aún cuando dichostérminos se encuentran accesibles vía un hipervínculo localizado alfinal de la web y sin distinción o posibilidad para el usuario deconocer las consecuencias del mero uso de la website. Laargumentación del tribunal se basa en el concepto de “constructivenotice” respecto a la existencia y contenido de los términoscontractuales.

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Perfección del contrato electrónico

Art. 46 LCE.- Perfeccionamiento y aceptación de los contratoselectrónicos.- El perfeccionamiento de los contratos electrónicos sesometerá a los requisitos y solemnidades previstos en las leyes y setendrá como lugar de perfeccionamiento el que acordaren las partes.

La recepción, confirmación de recepción, o apertura del mensaje dedatos, no implica aceptación del contrato electrónico, salvo acuerdode las partes.

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Ofertas e invitación para realizar ofertas

Oferta electrónica: es una manifestación unilateral de voluntad en lacual se invita por medios electrónicos a la celebración de un acto ocontrato.

Invitación a realizar ofertas: Invitaciones a negociar, no susceptiblesde aceptación.

Aceptación: Es la aquiescencia de celebrar un contrato o acto.

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Teorías del intercambio de mensajes de datos en la oferta y aceptación

1. Teoría de la declaración: La oferta se entenderá aceptada en elmomento que pueda presumirse la aceptación o cuando lodeclare así el destinatario.

2. Teoría del Envío: Con el hecho de que la oferta salga del sistema seentiende que fue aceptada.

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3. Teoría de la Recepción: Una vez que el mensaje fue recibido, es decirque ha ingresado en el sistema del oferente, se entenderá aceptada laoferta.

4. Teoría del conocimiento: Se entenderá aceptada la oferta una vez queel oferente haya tenido acceso al contenido del mensaje

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Momento y lugar de perfección del contrato

La importancia de la determinación del instante exacto de nacimiento de todo contrato –incluidos los que tienen lugar en la red- está íntimamente relacionada con los siguientes aspectos: representa el momento de entrada en vigor del contrato.

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Convención de Viena para la compraventa internacional de mercaderías (CNUDMI/UNCITRAL)

Parte II Formación del contrato

Artículo 14

1) La propuesta de celebrar un contrato dirigida a una o varias personas determinadas constituirá oferta si es suficientemente precisa e indica la intención del oferente de quedar obligado en caso de aceptación.

Una propuesta es suficientemente precisa si indica las mercaderías y, expresa o tácitamente, señala la cantidad y el precio o prevé un medio para determinarlos.

2) Toda propuesta no dirigida a una o varias personas determinadas será considerada como una simple invitación a hacer ofertas, a menos que la persona que haga la propuesta indique claramente lo contrario.

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Convención de Viena para la compraventa internacional de mercaderías (CNUDMI/UNCITRAL)

Artículo 15

1) La oferta surtirá efecto cuando llegue al destinatario.

2) La oferta, aun cuando sea irrevocable, podrá ser retirada si su retiro llega al destinatario antes o al mismo tiempo que la oferta.

Artículo 16

1) La oferta podrá ser revocada hasta que se perfeccione el contrato si la revocación llega al destinatario antes que éste haya enviado la aceptación.

2) Sin embargo, la oferta no podrá revocarse: a) si indica, al señalar un plazo fijo para la aceptación o de otro modo, que es irrevocable; o b) si el destinatario podía razonablemente considerar que la oferta era irrevocable y ha actuado basándose en esa oferta.

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Convención de Viena para la compraventa internacional de mercaderías (CNUDMI/UNCITRAL)

Artículo 17 La oferta, aun cuando sea irrevocable, quedará extinguida cuando su rechazo llegue al oferente.

Artículo 18

1) Toda declaración u otro acto del destinatario que indique asentimiento a una oferta constituirá aceptación. El silencio o la inacción, por sí solos, no constituirán aceptación.

2) La aceptación de la oferta surtirá efecto en el momento en que la indicación de asentimiento llegue al oferente. La aceptación no surtirá efecto si la indicación de asentimiento no llega al oferente dentro del plazo que éste haya fijado o, si no se ha fijado plazo, dentro de un plazo razonable, habida cuenta de las circunstancias de la transacción y, en particular, de la rapidez de los medios de comunicación empleados por el oferente. La aceptación de las ofertas verbales tendrá que ser inmediata a menos que de las circunstancias resulte otra cosa.

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Convención de Viena para la compraventa internacional de mercaderías (CNUDMI/UNCITRAL)

Art. 18

3) No obstante, si, en virtud de la oferta, de prácticas que las partes hayan establecido entre ellas o de los usos, el destinatario puede indicar su asentimiento ejecutando un acto relativo, por ejemplo, a la expedición de las mercaderías o al pago del precio, sin comunicación al oferente, la aceptación surtirá efecto en el momento en que se ejecute ese acto, siempre que esa ejecución tenga lugar dentro del plazo establecido en el párrafo precedente.

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Artículo 19

1) La respuesta a una oferta que pretenda ser una aceptación y que contenga adiciones, limitaciones u otras modificaciones se considerará como rechazo de la oferta y constituirá una contraoferta.

2) No obstante, la respuesta a una oferta que pretenda ser una aceptación y que contenga elementos adicionales o diferentes que no alteren sustancialmente los de la oferta constituirá aceptación a menos que el oferente, sin demora injustificada, objete verbalmente la discrepancia o envíe una comunicación en tal sentido. De no hacerlo así, los términos del contrato serán los de la oferta con las modificaciones contenidas en la aceptación.

3) Se considerará que los elementos adicionales o diferentes relativos, en particular, al precio, al pago, a la calidad y la cantidad de las mercaderías, al lugar y la fecha de la entrega, al grado de responsabilidad de una parte con respecto a la otra o a la solución de las controversias alteran sustancialmente los elementos de la oferta

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Artículo 20

1) El plazo de aceptación fijado por el oferente en un telegrama o en una carta comenzará a correr desde el momento en que el telegrama sea entregado para su expedición o desde la fecha de la carta o, si no se hubiere indicado ninguna, desde la fecha que figure en el sobre. El plazo de aceptación fijado por el oferente por teléfono, télex u otros medios de comunicación instantánea comenzará a correr desde el momento en que la oferta llegue al destinatario.

2) Los días feriados oficiales o no laborables no se excluirán del cómputo del plazo de aceptación. Sin embargo, si la comunicación de aceptación no pudiere ser entregada en la dirección del oferente el día del vencimiento del plazo, por ser ese día feriado oficial o no laborable en el lugar del establecimiento del oferente, el plazo se prorrogará hasta el primer día laborable siguiente.

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Artículo 21

1) La aceptación tardía surtirá, sin embargo, efecto como aceptación si el oferente, sin demora, informa verbalmente de ello al destinatario o le envía una comunicación en tal sentido.

2) Si la carta u otra comunicación por escrito que contenga una aceptación tardía indica que ha sido enviada en circunstancias tales que si su transmisión hubiera sido normal habría llegado al oferente en el plazo debido, la aceptación tardía surtirá efecto como aceptación a menos que, sin demora, el oferente informe verbalmente al destinatario de que considera su oferta caducada o le envíe una comunicación en tal sentido.

Artículo 22

La aceptación podrá ser retirada si su retiro llega al oferente antes que la aceptación haya surtido efecto o en ese momento

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Artículo 23

El contrato se perfeccionará en el momento de surtir efecto laaceptación de la oferta conforme a lo dispuesto en la presenteConvención.

Artículo 24

A los efectos de esta Parte de la presente Convención, la oferta, ladeclaración de aceptación o cualquier otra manifestación de intención“llega” al destinatario cuando se le comunica verbalmente o se entregapor cualquier otro medio al destinatario personalmente, o en suestablecimiento o dirección postal o, si no tiene establecimiento nidirección postal, en su residencia habitual.