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Manejo de conflictosLos Juicios
¿Qué son los juicios?• Los juicios son
declaraciones que operan como veredictos y afectan la realidad sobre la que se emiten.
• Los juicios son también como los lentes a través de los cuales vemos la realidad
¿Cómo se clasifican los juicios?
•Válidos o inválidos.•Fundados o infundados.
Juicios válidos
• Un juicio es válido si es emitido por una persona con la autoridad para hacerlo o a quien le hemos dado autoridad para ello.
Juicios fundados
• Los juicios son fundados si puedo sustentarlos en afirmaciones.
¿Cuáles son los efectos de los juicios?• Los juicios permiten abrir
o cerrar posibilidades. • Los juicios como
afirmaciones determinan el futuro y definen nuestras relaciones con los demás. • Tomar los propios juicios
como afirmaciones impide abrirse a la riqueza de los matices, de puntos de vista complementarios que enriquezcan el propio.
Juicios circunstanciales
• Los juicios circunstanciales son los que se dan en la coyuntura, o según las circunstancias.
Juicios maestros• Son juicios que están
en la base de su personalidad. • Se trata de ideas,
creencias básicas, usualmente aprendidas desde pequeños en el hogar. • Operan mayormente
de forma inconsciente y no son fáciles de reconocer ni de categorizar.
Desafiar los juicios
• A los juicios circunstanciales y a los juicios maestros hay que identificarlos y desafiarlos.
Condiciones para fundar los juicios: Razones
• ¿Por qué o para qué emitimos el juicio?• Esta pregunta puede ser
muy reveladora de si tiene o no fundamento el juicio.• ¿Qué preocupación o
inquietud tengo al hacer este juicio?
Condiciones para fundar los juicios: Estandares
• ¿Qué estándar estamos usando de referencia? • Los estándares son
históricos, sociales y culturales. • ¿Con qué estás
comparando? ¿Qué esperarías en el futuro?
Condiciones para fundar los juicios: Campos• ¿En qué campos estamos
fundando el juicio? • Los juicios fundados
deben circunscribirse al campo correspondiente a las conductas observadas y no extender conclusiones más allá.• ¿A qué ámbitos está
restringido el juicio que hago?
Condiciones para fundar los juicios: Fundamentos• ¿Existen afirmaciones
que fundamenten estos juicios?• Dependiendo del
juicio que hagamos habrá necesidad de más o menos afirmaciones para fundarlo.
Condiciones para fundar los juicios: Apertura• ¿Es posible
fundamentar el juicio contrario?• Es necesario examinar
en qué se fundan los juicios contrarios a los propios.• ¿Qué compromisos o
acuerdos podemos generar para mejorar en el futuro, que se haga cargo del juicio en cuestión?
Conclusión• Si los juicios no
pueden satisfacer estas 5 condiciones básicas es que no son fundados, no tienen fundamento y deberíamos cambiarlos, abrir nuestra mente a otra perspectiva diferente.
Conozcamos nuestros juicios: Ventanas del alma• Resulta útil que al
identificar nuestros juicios y particularmente nuestros juicios maestros.• Es importante
examinar qué es lo que revela de nuestra manera de pensar.
No vivir de los juicios ajenos
• Algunas personas han concedido a los demás el monopolio de emitir los juicios que rijan sus vidas. • Lo ideal es es vivir de
los propios juicios, que hayamos fundado adecuadamente y que sean los que guíen nuestra vida.
Los juicios y el sufrimiento• “No es lo que ha
sucedido lo que molesta a un hombre, dado que lo mismo puede no molestar a otro. Es su juicio sobre lo sucedido.” (Epicteto, filósofo griego).