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Tutela Ambiental en el Peru Abog. Alexander Joao Peñaloza M

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Page 1: Tutela Ambiental en el Peru Abog. Alexander Joao Peñaloza M

Tutela Ambiental en el Peru

Abog. Alexander Joao Peñaloza M

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Problemas Ambientales Industrialización: fabricas y actividades

extractivas. Tecnología contaminante. Escases de Agua, tierras agrícolas y

calidad de aire, amenaza Biodiversidad. Transgénicos - Biodiesel. Acelerado crecimiento de la población Ciudades sin planificación Escases de alimentos y RR NN.

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Mecanismos Legislacion ambiental sustantiva, para la

realizacion de la politica y gestion ambiental Normatividad adjetiva, sobre todo en la

implementacion de mecanismos procesales adecuados para acceder a una justicia ambiental

Cabe resaltar que en nuestro pais, no existe un proceso ad hoc para exigir el cumplimiento de la tutela del ambiente

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Tutela del Ambiente Supone proteger los componentes

bioticos (flora y fauna) y los abioticos (suelo, agua, aire, etc), aun cuando no se hubiere causado daño directo a las personas, pues en ultima instancia, todo daño causado a la naturaleza repercute en la calidad de vida de los seres humanos”

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Tutela Constitucional

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Medidas del Estado Ejercer la soberania exclusiva en el

aprovechamiento de los recursos naturales

Adecuar su politica y gestion ambiental hacia lo mas favorable al ambiente, para ello debe determinar la politica nacional del ambiente y promover el uso sostenible de los recursos naturales

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Medidas del Estado Desarrollar una legislacion ambiental

proteccionista del ambiente y sus recursos naturales, materializado en normas sustantivas y adjetivas, asi como la implementacion de instrumentos de proteccion y gestion ambiental

Promover y difundir el acceso a la informacion sobre el daño ambiental, formando una conciencia ambiental responsable a nivel de todos los actores sociales y de la poblacion en general

Liderar una cultura ambiental propia

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Delitos ambientales

Instru. Gestión Ambiental 27444

Res. Civil Extra Reglas procesales

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Ministerio del Ambiente

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Los derechos ambientales fundamentales amplia gama

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Derechos ambientales: características

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Actitudes y comportamientos de los particulares Hacer uso de su derecho a solicitar

informacion sobre el tema ambiental NO guardar silencio frente al daño

ambiental Promover una conciencia ambiental

responsable Difundir la informacion ambiental en

sectores carentes de ella

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Daño ambiental

Menoscabo al medio ambiente y sus componentes (hombre):

puede ser individual o colectivoDerechos patrimoniales y no

patrimoniales

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CARACTERISTICAS ESPECIALES DAÑO AMBIENTAL No es un daño

común Daño generalizado y

difícil identificar Numerosas victimas Daño prolongado en

el tiempo Daños patrimonial y

no patrimonial

Daño colectivo o difuso

Disminución aptitud vital

Contraviene derechos fundamentales

No se identifica victimas

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RESUMEN• Daño a la propiedad y uso de bienes,

imposibilidad de venta, costos asumidos• Daño a la salud: enfermedad o

padecimiento, gastos medicamentos y tratamientos

• Daño Moral: dolor, angustia, sentimientos por perjuicio de violación a los derechos personalisimos:(paz, privacidad, intimidad, honor.

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Código Civil

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LGA

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Acciones para el acceso a la Justicia Ambiental Desarrollo de la legislacion ambiental La constitucionalizacion del Derecho

Ambiental Preocupacion del Derecho Internacional

por la degradacion ambiental

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Problemática de la Justicia Ambiental Carencia de voluntad politica y administrativa Ausencia de un adecuado desarrollo reglamentario Supuesta complejidad tecnica de la materia Incapacidad de los mecanismos judiciales actuales

para resolver los conflictos en los que se debaten intereses colectivos

Dificultades para demostrar nexos causales entre las acciones realizadas y los efectos indeseables provicados

Marco normativo profuso, desordenado, desarticulado

Falta de un procedimiento ad hoc en materia ambiental

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Acciones de naturaleza Civil Los particulares pueden ejercer,

individual o colectivamente, el derecho de peticion de informacion (Art.20.2 Const. Polit. Y Art. II del T.P. de la L.G.A.)

Al no cumplir el Estado con sus funciones y ello diera lugar a daños

Las victimas quedarian habilitadas para interponer acciones de daños y perjuicios invocando la responsabilidad del Estado

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Responsabilidad Objetiva LGA

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RESPONSABILIDAD SUBJETIVA:

• El agente asumirá los costos derivados de una justa y equitativa indemnización y de restauración del ambiente afectado, en caso de mediar dolo o culpa.

• El descargo: falta de dolo o culpa corresponde al agente.

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Eximentes de responsabilidad

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Principios rectores LGA

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Funciones del Sistema de Responsabilidad Civil Ambiental

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La Carga de la Prueba: daño

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Deficiencias: LGA

• Prescripción de la acción.• Disposición de derechos mediante

conciliación o transacción.• Desistimiento de la pretensión o del

proceso. • Dualidad de las teorías del riesgo

creado y la culpa.• Indemnizaciones colectivas.

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Legitimidad para obrar Legitimidad para Obrar: Ordinaria y

Extraordinaria Daños ambientales colectivos difusos: cualquier

persona. El Estado Daños ambientales individuales: el sujeto o

victima : daño ambiental Procesos: a) patrocinio de intereses difusos y b)

Proceso Civil Ordinario (daño ambiental individual)

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Legitimidad para obrar

Artículo 143°.- De la legitimidad para obrar

Cualquier persona, natural o jurídica, está legitimada para ejercer la acción a que se refiere la presente Ley, contra quienes ocasionen o contribuyen a ocasionar un daño ambiental, de conformidad con lo establecido CPC

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Pretensiones Ambientales Cese de conducta dañosa Medidas de prevención y mitigación Indemnización o pago a los afectados Paralización de la actividad

contaminante Costos de restauración al medio

ambiente Acumulación de pretensiones se rigen

por el CPC

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Carga de la Prueba Probar la relación de causalidad entre el hecho

dañoso y el daño ambiental: es sumamente difícil, complejo y costoso.

Prueba: aspectos científicos: por la característica del daño ambiental

Permanece en el tiempo, victimas numerosas, daños a la salud, al biodiversidad, sin limites geográficos no físicos, ni temporales ni personales. (golfo de México – Petróleo)

Juez : criterio de probabilidades y no a la certeza absoluta, aplicación P. precautorio.

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Vía Procedimental Adecuar por el monto del Petitorio del

daño Proceso de conocimiento por la

complejidad: pruebas, peritos y partes procesales .

Proceso de Conocimiento y daños colectivos participan:

Ministerio Publico, Gor. Local, ONG, Defensoría y los sujetos dañados.

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Medidas Cautelares Daños ambientales debe ser evitados a toda

costa: Principio de Prevención – Precautorio – diferencia de otras M. Cautelares.

El Juez de evitar el daño ambiental solución ex ante de la contaminación (daño) tutela cautelar del ambiente justifica soluciones

agiles, inmediatas y económicas.

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Medidas Cautelares En los procesos de responsabilidad por

daño ambiental, de oficio y/o petición de parte, y en cualquier estado del proceso, el juzgador pueda disponer de medidas preventivas de urgencia, aun sin audiencia de parte contraria, y sin garantía de contracautela.

La verosimilitud en el derecho reemplazado por el principio precautorio

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Medidas Cautelares Juez amplias facultades para ordenar el cese,

incluso poner fin a la actividad molesta o dañina del ambiente.

Jamás correr el riesgo de producirse el daño Daño ambiental jurídicamente - evitado. Juez: poder suficiente a fin de paralizar el daño. Juez: especializado y principio pro ambiente

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Casos Emblemáticos Caso Yanacocha (Pleno Casatorio

Vergonzoso) Doe Rum ( Fundición) Caso Ostra contra España Caso Cheverom – Ecuador (petrolera) Mineras informales ( fiebre del oro) Planta Nuclear de Fukushima – Japón.

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Accion por ejercicio u omision abusivos del Derecho La misma que se plasma en las

limitaciones al Derecho de Propiedad por razon de vecindad, como la prohibicion de humos, hollines, emanaciones, ruidos, trepidaciones y molestian analogas que excedan de la tolerancia que se deben los vecinos

Consultar el Art. 924 del C.C.

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Otras acciones relacionadas Prohibiciones: Al propietario de un inmueble

no le esta permitido abrir o cavar en su terreno, pozos susceptibles de causar ruina o desmoronamiento en la propiedad vecina o de perjudicar plantaciones en ella existentes y puede ser obligado a guardar las distancias necesarias para la seguridad de los predios afectados, ademas de la obligacion de pagar la indemnizacion por los daños y perjudicios (Art. 962 C.C

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Medidas de seguridad Si cerca de un lindero se construye un horno,

chimenea, establo u otros similares, o deposito para agua o materias humedad, penetrantes, explosivas o radiactivas, o se instala maquinaria o analogos, deben observarse las distancias y precauciones establecidas en los reglamentos respectivos y, a falta de estos, las que sean necesarias para preservar la solides o la salubridad de los predios vecinos. La inobservancia de esta disposicion puede dar lugar al cierre o retiro de la obra y a la indemnizacion de daños y perjuicios (art. 963 C.C.)

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Otras acciones Paso de agua por predio vecino; Art. 964 C.C.,

El propietario no puede hacer que las aguas correspondientes al predio discurran en los predios vecinos, salvo pacto en contrario

Corte de ramas; Art. 967 C.C; todo propietario puede cortar las ramas de los arboles que se extiendan sobre el predio y las raices que lo invadan, cuando sea necesario podra recurrir a la autoridad judicial o municipal para el ejercicio de estos derechos

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Tramite Se establece las via procedimentales

propias del Proceso de Cognicion, para cada accion, según la via procedimental establecida en el CPC y a falta de indicacion expresa, según la urgencia de la tutela jurisdiccional

Se puede solicitar la imposicion de medidas cautelares innovativas y no innovativas

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Accion por Nulidad de Actos Juridicos La nulidad, dentro de la tecnica juridica,

constituye tanto el estado de un acto que se considera no sucedido, como el vicio que impide a este acto la produccion de sus efectos

Puede resultar de la falta de las condiciones necesarias y relativa, como cualidades personalesde las partes, esencia del acto, que comprende la existencia de la voluntad y la observancia de las formas prescritas para el acto por ley

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Accion por Nulidad de Actos Juridicos En nuestro caso, se trata de establecer los efectos nocivos

ambientales producto de un acto juridico Pues el mismo se habria de realizar a pesar de prohibicion

legal expresa, asi tenemos: Art. 7.1. L.G.A: “Las normas ambientales, incluyendo las

normas en materia de salud ambiental y de conservacion de la diversidad biologica y los demas de recursos naturales, son de orden publico. Es nulo todo pacto en contra de los establecido en dichas normas legales”

Al no tener via procedimental taxativamente determinada, corresponde a las partes proponer y al Juez determinar la via procedimental en base a la complejidad de la pretension y a la urgencia de la tutela jurisdiccional

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Accion de Responsabilidad Extracontractual Considera como daño a los efectos nocivos

de la contaminacion sobre las personas y asegura a las victimas una indemnizacion aunque todavia no exista reglamento alguno al respecto

Al ser conducido por la persona afectada, tendra un dinamismo proporcionado a la capacidad psicologica de reaccion de la victima, siempre que se trate de aplicación de intereses individuales o colectivos

Siendo extrapolable a intereses difusos

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Accion de Responsabilidad Extracontractual Para promover una accion de esta

naturaleza debe configurarse los requisitos de la Responsabilidad Extracontractual:

1. Antijuridicidad 2. Daño causado 3. Relacion de causalidad 4. Factores de atribucion

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Accion de Interdicto de Retener Accion que procede cuando el poseedor es

perturbado en su posesion Puede consistir en actos materiales o de otra

naturaleza, como la ejecucion de obra o la existencia de construcciones en estado ruinoso

Los actos materiales suponen una manifestacion de la persona mediante hechos positivos o externos, es decir son acciones u omisiones que se manifiestan fisicamente provocando un impedimento o desmedro en la posesion del afectado, pues se le esta impidiendo o dificultando darle al bien el uso que a su naturaleza corresponde

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Accion de Interdicto de Retener Actos materiales que podrian consistir

en emanaciones, ruidos, filtraciones, vibraciones, u otros actos contaminantes o degradantes del ambiente, impidiendo darle un uso al bien de acuerdo con su naturaleza

Consultar el Art. 921 del C.C. (Defensa posesoria judicial)

Consultar el Art. 606 del CPCP