triptico dga solicitudes de modificación de cauces

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IV III I V II ANTECEDENES LEGALES QUE DEBEN ACOMPAÑAR LA SOLICITUD. 1.- Si el o la solicitante es persona jurídica: Escritura Pública de constitución. Certificado de Vigencia. Personería de su representante Legal, con certificado de vigencia en el que conste las facultades con que está investido. 2.- Si el o la solicitante es persona natural, pero actúa mediante representante, se requiere poder notarial otorgado por la persona representada a la persona que lo representa, en el que conste las facultades con que está investido/a. ANTECEDENTES TÉCNICOS QUE DEBEN ACOMPAÑAR LA SOLICITUD. 1.- Acompañar el proyecto respectivo de la obra, de acuerdo con los requerimientos técnicos de la Dirección General de Aguas. El proyecto que se presente en este ámbito, deberá contener, a lo menos, lo siguiente: Un croquis de ubicación general. Un plano de planta del sector modificado que comprenda por lo menos 100 m. antes y 100 m. después del sector modificado. Un perfil longitudinal de todo el tramo antes indicado. Perfil transversal de la sección típica y de la sección crítica del cauce a modificar. Perfil transversal de la sección típica y de la sección del cauce proyectado. Detalle de las obras de arte, si las hubiera en el tramo a modificar. Detalle de cámaras de inspección. Memoria técnica que contenga los cálculos hidráulicos necesarios. Esta memoria contendrá, a lo menos, el cálculo de capacidad máxima que posee el cauce sin la modificación y cálculo de capacidad máxima del cauce modificado. 2.- En el caso de entubamientos, el diámetro mínimo debe ser, como norma general, de 600 mm., dimensión mínima para permitir la adecuada limpieza del ducto. Las cámaras de inspección deben estar ubicadas a las distancias máximas que se indican a continuación: PUBLICACIÓN Y DIFUSIÓN DE LA SOLICITUD. Copia de la solicitud presentada debe publicarse íntegramente o en un extracto que contendrá, a lo menos, los datos necesarios para su acertada inteligencia, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de su presentación por una sola vez en el Diario Oficial de la República, el día 1 o 15 de cada mes, o el primer día hábil siguiente si ellos fueren feriados y, además, en forma destacada en un diario de Santiago. Las presentaciones que no correspondan a la Región Metropolitana, se publicarán, además, en un diario o periódico de la provincia respectiva, y si no lo hay, en uno de la capital de la región correspodiente. Las publicaciones deberán acompañarse en original o fotocopia autorizada ante notario en que conste la fecha de publicación. La presentación o extracto se difundirá además, a costa del interesado/a, al menos 3 veces por una radioemisora de cobertura regional, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de presentación, dejándose constancia de ello en el medio de comunicación respectivo. La difusión de los tres mensajes radiales de toda solicitud o extracto a que se refiere el Artículo 131 inciso 4° del Código de Aguas, debe efectuarse en cualquiera de las radioemisoras que figuran en el documento “ Listado de Radioemisoras” (Resolución DGA N° 856 de fecha 9 junio 2006) , cuyo texto se encuentra disponible para el público en todas las oficinas Regionales y Provinciales de la Dirección General de Aguas, y en la página web Institucional: www.dga.cl Los mensajes radiales deberán contener el texto de la solicitud o extracto que se haya publicado en el Diario Oficial. La difusión de los mensajes radiales pueden efectuarse los días 1° o 15 de cada mes, entre las 8:00 y las 20:00 hrs. Los gastos que demanden las respectivas publicaciones de las presen- taciones son de cargo y de exclusiva responsabilidad del peticionario, así como el tenor y contenido de las mismas. FORMULACIÓN DE OPOSICIONES. Las personas que se estimen perjudicadas por la petición publicada, podrán oponerse a la solicitud dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la fecha de la última publicación, o radiodifusión mediante presentación escrita. Presentadas las oposiciones en contra de la solicitud, la autoridad respectiva dará traslado de ellas, para que el o la solicitante proceda a contestar dichas presentaciones en el plazo de 15 días. Luego de ello, la Dirección General de Aguas acoge o deniega las oposiciones mediante resolución fundada. PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD. Procedimiento por medio del cual se obtiene la aprobación de la Dirección General de Aguas para aquellos proyectos correspondientes a las modificaciones que se deseen efectuar en cauces naturales o artificiales, con motivo de la construcción de obras públicas, urbani- zaciones, edificaciones y otras obras en general. a) Normativa aplicable: Artículos 41, 171, 130 y siguientes del Código de Aguas. b) A quien se dirige la solicitud: al Sr. Director General de Aguas c) Lugar donde se presenta la solicitud: en la Oficina de Partes de la Dirección General de Aguas de la provincia en que se encuentra ubicado el cauce a modificar o ante el Gobernador Provincial respectivo. Quedan exceptuados de estos trámites y requisitos, los Servicios dependientes del Ministerio de Obras Públicas, los cuales deberán remitir los proyectos de las obras a la Dirección General de Aguas, para su conocimiento, informe e inclusión en el Catastro Pública de Aguas. d) Contenido de la solicitud. La solicitud deberá contener los siguientes datos: Nombre o razón social de él o lo/as solicitantes y su RUT. En el caso que la solicitante sea una persona jurídica, se deberá indicar además, el nombre de su representante legal. Señalar domicilio dentro de los límites urbanos del lugar en que funciona la oficina donde se efectuará la presentación. Si el o la solicitante no hace esta designación, las resoluciones que dicte la Dirección General de Aguas se entenderán notificadas desde la fecha de su dictación. La designación de domicilio se entenderá válida mientras el o la interesado/as no señale otra dirección, aún cuando de hecho se haya cambiado. Descripción y ubicación de las obras. Firma de él o lo/las solicitantes, o del representante legal cuando el solicitante sea una persona jurídica. El trámite ante la Dirección General de Aguas es gratuito, salvo que de conformidad a lo señalado en el artículo 135 del Código de Aguas, la Dirección estimase realizar inspección ocular, en cuyo caso determinará la suma que el interesado/a debe consignar para cubrir los gastos de esta diligencia, lo cual le será comunicado por escrito.

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Page 1: Triptico DGA Solicitudes de Modificación de Cauces

IV

III

I

V

II ANTECEDENES LEGALES QUEDEBEN ACOMPAÑARLA SOLICITUD.

1.- Si el o la solicitante es persona jurídica:

• Escritura Pública de constitución.

• Certificado de Vigencia.

• Personería de su representante Legal, con certificado de vigencia

en el que conste las facultades con que está investido.

2.- Si el o la solicitante es persona natural, pero actúa medianterepresentante, se requiere poder notarial otorgado por la personarepresentada a la persona que lo representa, en el que constelas facultades con que está investido/a.

ANTECEDENTES TÉCNICOSQUE DEBEN ACOMPAÑARLA SOLICITUD.

1.- Acompañar el proyecto respectivo de la obra, de acuerdo conlos requerimientos técnicos de la Dirección General de Aguas.El proyecto que se presente en este ámbito, deberá contener,a lo menos, lo siguiente:

• Un croquis de ubicación general.

• Un plano de planta del sector modificado que comprenda porlo menos 100 m. antes y 100 m. después del sector modificado.

• Un perfil longitudinal de todo el tramo antes indicado.

• Perfil transversal de la sección típica y de la sección crítica delcauce a modificar.

• Perfil transversal de la sección típica y de la sección del cauceproyectado.

• Detalle de las obras de arte, si las hubiera en el tramo a modificar.

• Detalle de cámaras de inspección.

• Memoria técnica que contenga los cálculos hidráulicos necesarios.Esta memoria contendrá, a lo menos, el cálculo de capacidadmáxima que posee el cauce sin la modificación y cálculo decapacidad máxima del cauce modificado.

2.- En el caso de entubamientos, el diámetro mínimo debe ser, comonorma general, de 600 mm., dimensión mínima para permitirla adecuada limpieza del ducto. Las cámaras de inspeccióndeben estar ubicadas a las distancias máximas que se indicana continuación:

PUBLICACIÓN Y DIFUSIÓNDE LA SOLICITUD.

Copia de la solicitud presentada debe publicarse íntegramente o enun extracto que contendrá, a lo menos, los datos necesarios para suacertada inteligencia, dentro de los 30 días siguientes a la fecha desu presentación por una sola vez en el Diario Oficial de la República,el día 1 o 15 de cada mes, o el primer día hábil siguiente si ellosfueren feriados y, además, en forma destacada en un diario de Santiago.

Las presentaciones que no correspondan a la Región Metropolitana,se publicarán, además, en un diario o periódico de la provinciarespectiva, y si no lo hay, en uno de la capital de la regióncorrespodiente. Las publicaciones deberán acompañarse en originalo fotocopia autorizada ante notario en que conste la fecha depublicación.

La presentación o extracto se difundirá además, a costa del interesado/a,al menos 3 veces por una radioemisora de cobertura regional, dentro delos 30 días siguientes a la fecha de presentación, dejándose constanciade ello en el medio de comunicación respectivo.

La difusión de los tres mensajes radiales de toda solicitud o extracto a quese refiere el Artículo 131 inciso 4° del Código de Aguas, debe efectuarseen cualquiera de las radioemisoras que figuran en el documento “ Listadode Radioemisoras” (Resolución DGA N° 856 de fecha 9 junio 2006) ,cuyo texto se encuentra disponible para el público en todas las oficinasRegionales y Provinciales de la Dirección General de Aguas, y en la páginaweb Institucional: www.dga.cl

Los mensajes radiales deberán contener el texto de la solicitud o extractoque se haya publicado en el Diario Oficial. La difusión de los mensajesradiales pueden efectuarse los días 1° o 15 de cada mes, entre las 8:00 ylas 20:00 hrs.

Los gastos que demanden las respectivas publicaciones de las presen-taciones son de cargo y de exclusiva responsabilidad del peticionario,así como el tenor y contenido de las mismas.

FORMULACIÓN DEOPOSICIONES.

Las personas que se estimen perjudicadas por la petición publicada,podrán oponerse a la solicitud dentro del plazo de 30 días corridoscontados desde la fecha de la última publicación, o radiodifusiónmediante presentación escrita.

Presentadas las oposiciones en contra de la solicitud, la autoridadrespectiva dará traslado de ellas, para que el o la solicitante procedaa contestar dichas presentaciones en el plazo de 15 días. Luego deello, la Dirección General de Aguas acoge o deniega las oposicionesmediante resolución fundada.

PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD.

Procedimiento por medio del cual se obtiene la aprobación de laDirección General de Aguas para aquellos proyectos correspondientesa las modificaciones que se deseen efectuar en cauces naturales oartificiales, con motivo de la construcción de obras públicas, urbani-zaciones, edificaciones y otras obras en general.

a) Normativa aplicable: Artículos 41, 171, 130 y siguientes del Código de Aguas.

b) A quien se dirige la solicitud: al Sr. Director General de Aguas

c) Lugar donde se presenta la solicitud: en la Oficina de Partes de la Dirección General de Aguas de la provincia en que se encuentra ubicado el cauce a modificar o ante el Gobernador Provincial respectivo.

Quedan exceptuados de estos trámites y requisitos, los Servicios dependientes del Ministerio de Obras Públicas, los cuales deberán remitir los proyectos de las obras a la Dirección General de Aguas, para su conocimiento, informe e inclusión en el Catastro Pública de Aguas.

d) Contenido de la solicitud.

La solicitud deberá contener los siguientes datos:

• Nombre o razón social de él o lo/as solicitantes y su RUT. En el caso que la solicitante sea una persona jurídica, se deberá indicar además, el nombre de su representante legal.

• Señalar domicilio dentro de los límites urbanos del lugar en que funciona la oficina donde se efectuará la presentación. Si el o la solicitante no hace esta designación, las resoluciones que dicte la Dirección General de Aguas se entenderán notificadas desde la fecha de su dictación. La designación de domicilio se entenderá válida mientras el o la interesado/as no señale otra dirección, aún cuando de hecho se haya cambiado.

• Descripción y ubicación de las obras.

• Firma de él o lo/las solicitantes, o del representante legal cuando el solicitante sea una persona jurídica. El trámite ante la Dirección General de Aguas es gratuito, salvo que de conformidad a lo señalado en el artículo 135 del Código de Aguas, la Dirección estimase realizar inspección ocular, en cuyo caso determinará la suma que el interesado/a debe consignar para cubrir los gastos de esta diligencia, lo cual le será comunicado por escrito.

Page 2: Triptico DGA Solicitudes de Modificación de Cauces

VI

Diámetro del Tubo (mm) Distancia (m)

600 20800 25

1000 301200 401500 501800 80 a 100

Todas las cámaras deben tener un volumen muerto con 0,30 m.de profundidad como mínimo. Debido a los constantes problemasde sedimentación no es recomendable el empleo de sifones.En el caso que, por condiciones de terreno no sea posible otrasolución, se puede aceptar su diseño siempre que quién loencomiende se haga cargo de su mantención. La dimensión delducto debe permitir que el caudal de diseño escurra con unaaltura máxima del 50% del diámetro, para realizar bien latransición.

3.- Canales abiertos: Dependiendo de su dimensión, los canalesdeberán ser adecuadamente protegidos, de manera que dichaobra no signifique riesgo a los habitantes.

La dimensión del canal será tal que, para el caudal de diseño,exista una revancha del 15% de la altura del canal, sobre laaltura máxima de aguas, limitándola a un mínimo de 20 cm.Se deberá considerar un espacio lateral a ambos lados del canal,que será del 50% del ancho del canal y no menor de 1 m, paraefectos de su limpieza.

4.- Recomendaciones generales: El caudal de diseño deberá serigual o mayor a alguno de los siguientes valores:

• El caudal máximo que puede escurrir por el canal existente.

• El caudal máximo correspondiente a los derechos de aguasde sus usuario/as.

Las aguas lluvias pueden ser vaciadas a los canales que sonde dominio particular sólo con la autorización de sus dueño/asy siempre que dicho canal entregue esas aguas en una zonaen que no se producirán inundaciones y que el cauce tengacapacidad suficiente para conducir dichas aguas.

En los proyectos se deberán considerar las siguientes velocidadesmáximas, dependiendo del material considerado en el diseño:

Material Velocidad máxima (m/s)

Concreto 6,0Roca en buen estado 4,5Roca descompuesta y tosca 2,5Ripio apretado 1,6Ripio suelto 1,2Tierra vegetal y arcillosa 1,0Tierra arenosa 0,7Arena 0,3

GUIA PARA LAPRESENTACION DESOLICITUDES DE

MODIFICACION ENCAUCES NATURALES

O ARTIFICIALES

5.- Cuando se trata de obras de regularización o defensa de caucesnaturales, los proyectos respectivos deberán contar, además, con laaprobación del Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio deObras Públicas.

PROCEDIMIENTO POSTERIOR.

Desde la contestación de la oposición o desde el vencimiento delplazo para contestarla, la Dirección General de Aguas podrá,mediante resolución fundada, solicitar las aclaraciones, decretar lasinspecciones oculares y pedir los informes correspondientes paramejor resolver.

Reunidos los antecedentes, la Dirección General de Aguas deberádeterminar si corresponde la aprobación del proyecto presentado,para lo cual emitirá un informe técnico y, si es necesario, efectuaráuna visita a terreno. Para este efecto, en virtud de lo establecido enel artículo 135 del Código de Aguas, se solicitará el depósito de losfondos que se requieran.

Una vez que se dispongan de todos los antecedentes, la DirecciónGeneral de Aguas dictará la resolución que apruebe o rechace elproyecto presentado.

Las Resoluciones de la Dirección General de Aguas pueden ser objetode un recurso de reconsideración que deberá ser presentado por losinteresado/as ante el Director General de Aguas, dentro del plazo de30 días contados desde la notificación de la resolución respectiva.

Asimismo, las Resoluciones de la Dirección General de Aguas,pueden ser objeto de un recurso de reclamación que deberá serpresentado por lo/as interesado/as, ante la Corte de Apelacionesrespectiva, dentro del plazo de 30 días contados desde la notificaciónde la resolución respectiva.

Para mayor información, por favor dirigirse a:

Direcciones Regionales y Oficinas Provinciales D.G.A. cuandocorresponda.

En Santiago:

• Centro de Información de Recursos Hídricos (C.I.R.H.),Morandé 59, Oficina 816, 8º Piso.Fono: 449 3810 - 449 3811 - 449 3812 – 449 3834 – 449 3835Fax: 449 3813E-mail: [email protected]

• Departamento Administración de Recursos HídricosMorandé 59, Oficina 725, 7º Piso.Fono: 449 3777 - 449 3776E-mail institucional : [email protected] Web : www.dga.cl