trámites para autónomos
TRANSCRIPT
www.avantgardeabogados.com
www.avantgardeabogados.com
HOLA, QUIERO EMPRENDER
www.avantgardeabogados.com
¿QUÉ TRÁMITES TENGO QUÉ REALIZAR PARA DARME DE ALTA COMO AUTÓNOMO?
www.avantgardeabogados.com
DEBES DARTE DE ALTA EN:
1.HACIENDA: Presentación de declaración censal -modelos 036/037-.
Impuesto de Actividades Económicas – IAE-.
2.SEGURIDAD SOCIAL: Plazo de 30 días desde que te das de alta en Hacienda - modelo TA0521 –.
www.avantgardeabogados.com
3. AYUNTAMIENTO:
• Licencia de obras (si haces reformas previas a la apertura de tu negocio).
• Licencia de apertura (autoriza la realización de una actividad económica en un local).
4. ORGANÍSMOS DE TRABAJO:
• Apertura de centro de trabajo (Consejería de Empleo).
• Legalizar Libro de Visita (en Inspección de Trabajo de la SS – incluso para autónomos que no tenga trabajadores contratados).
www.avantgardeabogados.com
¿Y FISCALMENTE?
www.avantgardeabogados.com
DEBES PRESENTAR LAS SIGUIENTES DECLARACIONES:
1. DECLARACIÓN TRIMESTRAL DE IVA:
• Modelo 303 (hasta día 20 de abril, julio y octubre – y hasta el 30 de enero).
• Modelo 310 los tres primero meses y 311 el cuarto (caso de régimen Simplificado y módulos)
2. DECLARACIÓN TRIMESTRAL DE IRPF:
• Modelo 130 (estimación directa)
• Modelo 131 (módulos)
• Fechas: idem modelo 303
Exentos: retenciones/ingresos a sus clientes mínimo 70%
www.avantgardeabogados.com
3. DECLARACIÓN TRIMESTRAL DE RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA
Cuando se hayan efectuado.
4. RESUMEN ANUAL
Fecha: Enero
Modelos: Retenciones e ingresos a cuenta (modelos 180 y 190)
Sobre IVA (mod. 390)
5. DECLARACIÓN ANUAL OPERACIONES CON TERCEROS
Fecha: Febrero (desde 2013)
Modelo 347 (cuando se hayan superado los 3006€)
www.avantgardeabogados.com
6. DECLARACIÓN ANUAL DE IRPF
Fecha: 2 mayo a 30 junio // Modelo D-100
7. AUTÓNOMOS CON SOCIEDADES
Pagos fraccionados:
Fecha: Abril, Octubre y Diciembre / Modelo 202
Declaración anual del Impuesto de Sociedades:
Fecha: hasta 25 julio / Modelo 200
www.avantgardeabogados.com
OTRAS RECOMENDACIONES:
1. Implantar la Ley Orgánica de Protección de Datos (de obligado cumplimiento).
2. Registrar tu marca en la Oficina Española de Patentes y Marcas.
www.avantgardeabogados.com
Quedamos a su entera disposición para gestionarle cualquiera de los puntos expuestos.
ESPERAMOS HABERLE SERVIDO DE AYUDA
www.avantgardeabogados.com