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TRÁMITE ABREVIADO PARA CANCELAR UNA COMPAÑÍA Horario de atención: 08:45 a 16:30

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TRÁMITE ABREVIADO PARA CANCELAR UNA COMPAÑÍA

Horario de atención: 08:45 a 16:30

No tener obligaciones económicas pendientes con terceros.

Presentar el balance final de operaciones con el pasivo saneado, y el cuadro de distribución del haber social, suscritos por el representante legal y el contador de la compañía;Adjuntar el nombramiento o certificado de vigencia del representante legal.

Petición dirigida a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros solicitando la disolución voluntaria, liquidación y cancelación de su representada, acompañando tres testimonios de la escritura pública de disolución voluntaria, liquidación y cancelación de la compañía que contenga el acta de la junta general de socios o accionistas que la aprueba por unanimidad; el balance final; y un cuadro distributivo del haber social, todos ellos suscritos por el representante legal y el contador de la compañía. Si se adjudica inmuebles debe detallarse en el acta los linderos, mesuras, y la matrícula inmobiliaria.

Requisitos:

1

2

3

Lugar de Presentación:Centro de Atención al Usuario (CAU)

• En caso de que la junta de accionistas o socios no sea universal, se deberá realizar la convocatoria correspondiente a los accionistas o socios, y al comisario, de conformidad con la Ley y el reglamento respectivo. Los administradores de la compañía no podrán representar a los accionistas en junta.

• En el acta de la junta general que resuelve dar paso al trámite abreviado deberá constar la declaración de los socios o accionistas, ratificando que no existen obligaciones pendientes con terceras personas, naturales o jurídicas, públicas o privadas, y que serán solidaria e ilimitadamente responsables de las obligaciones de la compañía que hubieren omitido reconocer.

• Así también, deberán declarar bajo juramento la veracidad de la información contable, la misma que el representante legal se obliga a mantener durante 7 años, de conformidad con el Código Tributario.

Tomar en cuenta:

Entregar los requisitos para la emisión de la resolución en CAU, los cuales serán enviados a la Subdirección de Disolución para su análisis. Esta dependencia remitirá las resoluciones y el extracto de la escritura aprobada a Secretaria General para su numeración y fechado. Concluido el proceso, se publicará por tres días consecutivos en el portal web institucional el extracto de la escritura aprobada para efectos del ejercicio del derecho de oposición de terceros y, transcurrido el término de ocho días, si no hubiere oposición, se procederá con la entrega de las resoluciones y escrituras a través del CAU.

Procedimiento:

CAU

Costo:Ninguno. Todo trámite es gratuito.

Tiempo estimado del trámite:15 días laborables.

Recomendación:Considerar que el tiempo de entrega dependerá de que la solicitud cumpla con los requisitos solicitados y no tenga observación alguna.

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INSCRITA LA RESOLUCIÓN DE DISOLUCIÓN VOLUNTARIA,LIQUIDACIÓN Y CANCELACIÓN, LA SUBDIRECCIÓN DE

REGISTRO DE SOCIEDADES DE LA SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS,VALORES Y SEGUROS PROCEDERÁ A DAR DE BAJA DE SUS REGISTROS

A LA COMPAÑÍA.