trabajo practico politica

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Normas Legales de la Educación Argentina y Bonaerense “Perspectiva Política-Institucional” Prof. Carlos Bernardez 2015 Integrantes: Brugnera, Lorena Chiesa, Fabián Giraudo, Mariana Muñoz, Alejandra Piñeyro, Rocio

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Page 1: Trabajo practico Politica

Normas Legales de la Educación Argentina y Bonaerense

“Perspectiva Política-Institucional” Prof. Carlos Bernardez

2015

Integrantes:

Brugnera, Lorena

Chiesa, Fabián

Giraudo, Mariana

Muñoz, Alejandra

Piñeyro, Rocio

Page 2: Trabajo practico Politica

La educación y es un bien público y un derecho personal y social, garantizados por el Estado.

Ley de Educación Nacional N° 26.206 (Art. 2°)

La educación es una prioridad y constituye una política de Estado para construir una sociedad justa, reafirmar

la soberanía e identidad nacional. Ley de Educación Provincial N° 13.688 (Art. 3°)

El Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen la responsabilidad

principal e indelegable de proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos.

Ley de Educación Nacional N° 26.206 (Art. 4°)

La provincia a, través de la Dirección General de Cultura y Educación, tiene la responsabilidad de proveer,

garantizar y supervisar la educación. Ley de Educación Provincial N° 13.688 (Art. 5°)

• Definición de educación, responsables de la educación

Page 3: Trabajo practico Politica

• Fines y objetivos de la Educación

Asegurar una educación de calidad con igualdad de

oportunidades.

Brindar una formación ciudadana comprometida

con valores.

Fortalecer la identidad nacional.

Garantizar la inclusión educativa.

Asegurar condiciones de igualdad.

Garantizar el respeto a los derechos de los niños y

adolescentes establecidos en la Ley N° 26.061.

Asegurar la participación democrática de docentes,

familias y estudiantes.

Concebir la cultura del trabajo y del esfuerzo.

Fortalecer la centralidad de la lectura y la escritura.

Brindar a las personas con discapacidades una

propuesta pedagógica que les permita la

integración.

Asegurar a los pueblos indígenas el respeto a su

lengua y a su identidad cultural.

Brindar una formación corporal, motriz y deportiva.

Brindar una formación que estimule la creatividad.

Promover la comprensión del concepto de

eliminación de todas las formas de discriminación.

Ley de Educación Nacional N° 26.206 (Art.11°)

Brindar una educación de calidad.

Asegurar la obligatoriedad escolar.

Garantizar una educación integral.

Establecer una formación ciudadana comprometida con valores éticos.

Fortalecer la identidad provincial como parte de la identidad nacional.

Asegurar condiciones de igualdad.

Garantizar la salvaguarda de los derechos de los niños y adolescentes establecidos

en las Leyes Nacionales 23.849 y 26.061 y las Leyes Provinciales 13.298 y 13.634.

Propiciar la participación democrática.

Concebir y fortalecer la educación continua a lo largo de toda la vida.

Formar y capacitar a los alumnos y docentes como lectores.

Establecer prescripciones pedagógicas que les aseguren a las personas con

discapacidades su integración.

Promover la valoración de la interculturalidad.

Asegurar una formación intelectual, corporal motriz.

Garantizar el derecho a una educación artística.

Capacitar en forma permanente, con puntaje y gratuitamente a los docentes.

Ley de Educación Provincial N° 13.688 (Art. 16°)

 

Page 4: Trabajo practico Politica

• Obligatoriedad, gratuidad

La educación es obligatoria en todo el territorio provincial desde la edad de cuatro (4) años del Nivel de Educación Inicial hasta la finalización del Nivel de Educación Secundario.

Ley de Educación Provincial N° 13.688 (Art. 20°)

El Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires son los responsables de la financiación del Sistema Educativo Nacional. Garantizan el acceso a la educación en todos los niveles y modalidades, mediante la creación y administración de los establecimientos educativos de gestión estatal. El Estado Nacional crea y financia las Universidades Nacionales.

Ley de Educación Nacional N° 26.206 (Art.12°)

El Estado Provincial financia el Sistema Educativo, garantizando el acceso a la educación en todos sus Ámbitos, Niveles y Modalidades, mediante la creación, regulación, financiamiento y administración de los establecimientos de gestión estatal.

Ley de Educación Provincial N° 13.688 (Art. 17°)

Page 5: Trabajo practico Politica

• Estructura del sistema educativo nacional y bonaerense

El Sistema Educativo Nacional y el sistema educativo provincial, tendrán una estructura unificada en todo el país que asegure su ordenamiento y cohesión.

Niveles: Educación inicial Educación primaria Educación secundaria Educación superior

Modalidades: Educación Técnico Profesional

Educación artística Educación especial

Educación Permanente de Jóvenes y Adultos Educación Rural

Educación Intercultural Bilingüe Educación en Contextos de Privación de

Libertad Educación Domiciliaria y Hospitalaria.

Page 6: Trabajo practico Politica

Características y objetivos del nivel secundario

Brindar una formación ética.Formar sujetos responsables.Desarrollar y consolidar en cada estudiante las capacidades de estudio.Desarrollar las competencias lingüísticas, orales y escritas.Promover el acceso al conocimiento como saber integrado.Vincular a los/as estudiantes con el mundo del trabajo, la producción, la ciencia y la tecnología.Estimular la creación artística.

Ley de Educación Nacional – Art. 30

Garantizar la producción y adquisición de conocimientos.Reconocer a los adolescentes y jóvenes como sujetos de derecho.Reconocer y consolidar en cada alumno las capacidades de estudio, de trabajo individual y en equipo.Promover en los adolescentes, jóvenes, adultos y adultos mayores el respeto a la interculturalidad y a las semejanzas y diferencias identitarias.Concebir y fortalecer la cultura del trabajo y de los saberes socialmente productivos.Formar lectores críticos y usuarios de la cultura escrita.Promover y fortalecer los contenidos, saberes y practicas.Desarrollar procesos de orientación vocacional con el fin de permitir una adecuada elección profesional y ocupacional.Crear espacios extracurriculares, fuera de los días y horarios de actividad escolar.

Ley de Educación Provincial – Art. 28

Page 7: Trabajo practico Politica

• Derechos y obligaciones de los distintos actores institucionales

Alumnos

Derechos:

Una educación integral e igualitaria.Ser protegidos contra toda agresión o abuso físico, psicológico o moral.Ser evaluados en su desempeño y logros.Recibir el apoyo social, cultural y pedagógico necesario para garantizar la igualdad de oportunidades.Tener acceso a la información pública de modo libre y gratuito.Recibir orientación vocacional, que posibilite su inserción en el mundo laboral y continuación de estudios.Integrar asociaciones, cooperativas, clubes infantiles y centros de estudiantes.Participar en la formulación de proyectos y en la elección de espacios curriculares.Desarrollar sus aprendizajes en edificios.

Ley 13.688 – ART 88°

Responsabilidades: Concurrir a la escuela hasta completar la educación obligatoria.Estudiar y esforzarse por conseguir el máximo desarrollo.Asistir a clase regularmente y con puntualidad.Participar en todas las actividades formativas y complementarias.Respetar la libertad de conciencia, las convicciones y la dignidad.Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar.Conservar y hacer un buen uso de las instalaciones.

Ley 13.688 – ART

89°

Page 8: Trabajo practico Politica

Derechos:Ser reconocidos como agentes naturales y primarios de la educación.Elegir, para sus hijos o representados, la institución que responda a sus convicciones educativas, pedagógicas, filosóficas, éticas o religiosas.Participar en las actividades de los establecimientos educativos.Ser informados periódicamente acerca de la evolución y evaluación del proceso educativo de sus hijos o representados.A acceder a la información pública de modo libre y gratuito.

Ley 13.688 – ART 90°

Padres, Madres o Tutores

Obligaciones: Hacer cumplir a sus hijos o representados

la educación obligatoria. Asegurar la concurrencia de sus hijos o

representados a los establecimientos escolares.

Seguir y apoyar la evolución del proceso educativo de sus hijos o representados.

Respetar y hacer respetar a sus hijos o representados la autoridad pedagógica del docente y las normas de convivencia de la escuela.

Respetar y hacer respetar a sus hijos o representados la libertad de conciencia, las convicciones, la autoridad legítima, la integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.

Ley 13.688 – ART 91°

Page 9: Trabajo practico Politica

Personal técnico-administrativo, profesional, auxiliar y de servicio

Tiene como misión principal contribuir a asegurar el funcionamiento del Sistema

Educativo y de las instituciones educativas.

Derechos y obligaciones:

El derecho a participar en el gobierno de las instituciones educativas.El derecho a la capacitación estatal gratuita.El acceso a la información pública de modo libre y gratuito.La estabilidad en el cargo titular en tanto su desempeño sea satisfactorio.La libre asociación y al respeto integral de todos sus derechos como ciudadanos.Los beneficios de la seguridad social, jubilación, seguros y obra social.Un salario digno.El desarrollo de sus tareas en condiciones adecuadas de seguridad e higiene.

Ley 13.688 – ART 92°

Page 10: Trabajo practico Politica

Docentes

Derechos:Al desarrollo de sus carreras profesionales y al ejercicio de la docencia sobre la base de la libertad de cátedra y la libertad de enseñanza.A la capacitación estatal gratuita.Al acceso a los cargos por concurso de antecedentes y oposición.A la participación en la elaboración e implementación de los proyectos institucionales.A acceder a la información pública de modo libre y gratuito.A la estabilidad en el cargo titular.A los beneficios de la seguridad social, jubilación, seguros y obra social.A un salario digno.A la participación en los procesos de diseño curricular.

Ley 13.688 – ART 93°

Obligaciones:A respetar y hacer respetar los principios constitucionales.A enseñar saberes y promover valores que aseguren la totalidad de los derechos educativos.A capacitarse y actualizarse en forma permanente.A ejercer su trabajo de manera idónea y responsable.A proteger, promover y reconocer el conocimiento y ejercicio de los derechos.

Ley 13.688 – ART 94°

Page 11: Trabajo practico Politica

Reglamentación de la docencia: tareas, prohibiciones, obligación de cuidado de los alumnos

Tareas:El cuidado de los alumnos.La enseñanza de los contenidos del diseño curricular.La acreditación de saberes.Capacitarse continuamente.La creación e innovación pedagógica.El trabajo en equipo.Concurrir a las reuniones institucionales a los actos.Participar en la autoevaluación institucional.Cumplir con los horarios y turnos.Conocer, cumplir y hacer cumplir las normas propias de las instituciones en donde se desempañen.

Decreto 2299/11, Art. 38

Prohibiciones:Promover actitudes discriminatorias.Hacer uso de las instalaciones servicios de la institución para beneficio particular.Vender insumos escolares de cualquier tipo.Facilitar el ingreso a personas ajenas a la institución. Exhibir, consumir o difundir el uso de cualquier sustancia prohibida dentro de la institución. permitir que los alumnos salgan del establecimiento.Agredir física o psicológicamente a un alumno.Agredir a cualquier miembro de la institución.

Decreto 2299/11, Art. 41

Obligación de cuidado de los alumnos:

La obligación de cuidado de alumnos/as comprende todos los tiempos y momentos en que se concreta el acto educativo. Se inicia con la entrada del o de los alumnos al establecimiento y finaliza cuando el último de ellos se retira o es retirado por el padre o responsable según particularidades del Nivel, Modalidad y Ámbito implicado.

Decreto 2299/11, Art. 39

Page 12: Trabajo practico Politica

• Concepto de institución educativa

Unidad pedagógica del sistema, responsable de los procesos de enseñanza y de

aprendizaje destinados al logro de los objetivos establecidos por la

legislación.

Decreto 2299/11

ART 1° conforme al ART 63 de la LEY N° 13688

Page 13: Trabajo practico Politica

• Participación de la comunidad educativaArticula la participación de las distintas personas que constituyen la comunidad educativa: directivos, docentes, padres, madres y/o tutores, niños, adolescentes, jóvenes y adultos, ex alumnos, personal administrativo y auxiliar de la docencia, profesionales de los equipos de apoyo que garantizan e carácter integral de la educación, miembros integrantes de las cooperadoras escolares y otras organizaciones vinculadas a la institución.

Ley de Educación Provincial- Artículo 63°

La misión principal del equipo de trabajo administrativo, técnico, auxiliar, social de la salud y de servicio, será contribuir a asegurar el funcionamiento de las instituciones educativas y de los servicios de educación conforme los derechos y obligaciones establecidas en sus respectivos estatutos.

Ley de Educación Nacional- Artículo 68°

Page 14: Trabajo practico Politica

• Los equipos de trabajo de la institución

Equipos de Conducción Institucional: El ejercicio de los cargos se lleva a cabo con el cumplimiento de tareas complementarias, sin perjudicar las propias de cada

cargo y de la jerarquía escalafonaria.

Cargos Docentes de base: Las tareas propias de cada cargo se complementan, de tal forma que se evita la superposición para una ejecución óptima del Proyecto

Institucional.

Cargos técnico-docente de base: Es el personal docente que cumple las tareas docentes vinculadas a su habilitación profesional.

Equipo de trabajo administrativo: La distribución de estas tareas la realizará el director del establecimiento, quién entregará los elementos necesarios para su

realización.

Page 15: Trabajo practico Politica

• El proyecto institucional

Es el resultado del acuerdo institucional celebrado por la comunidad educativa, con el propósito de lograr sus fines y objetivos en el marco de las políticas educativas.

Decreto 2299/11

DEBERA FACILITAR LA IDENTIFICACION DE LAS PROBLEMATICAS INSTITUCIONALES Y LA ELABORACION DE ESTRATEGIAS PARA DARLES RESPUESTAS.

A ESOS FINES INCLUIRA, LOS SIGUIENTES ASPECTOS:

Page 16: Trabajo practico Politica

Plan de continuidad pedagógica

Herramienta de intervención institucional para asegurar los actos educativos necesarios para el proceso de aprendizaje de los

alumnos y dar cumplimiento efectivo a la jornada escolar.

Se enmarca en las siguientes pautas:

 Participación del equipo docente institucional en la elaboración y desarrollo de estrategias, para asegurar la atención pedagógica de los alumnos. La articulación con los contenidos curriculares y extracurriculares.Participación de padres y alumnos y otros actores de la comunidad.Evaluación permanente y su consecuente actualización.

Decreto 2299/11

Page 17: Trabajo practico Politica

Los acuerdos de convivencia

Involucran y obligan a su efectivo cumplimiento a docentes, alumnos, padres o responsables, personal directivo, personal administrativo y/o auxiliar de la educación, técnico y también a los demás integrantes de la comunidad educativa.

 

Deberán garantizar:

La construcción democrática y participativa.La periódica actualización y revisión.Proyecto Institucional, explicitando las estrategias de intervención respecto de la obligación de cuidado.El respeto al principio de inclusión educativa.

Decreto 2299/11

Page 18: Trabajo practico Politica

Obligatoriedad escolar

Como derecho obligación del alumno se debe:

Concurrir a la escuela hasta completar la educación obligatoria.Recibir el apoyo económico, social, cultural y pedagógico necesario para garantizar la igualdad de oportunidades.Participar en la toma de decisiones sobre la formulación de proyectos y en la elección de espacios curriculares complementarios que propendan a desarrollar el proceso de aprendizaje.

Ley de Educación Nacional

Page 19: Trabajo practico Politica

Jornada escolar

Horario de funcionamiento de sus turnos conforme la carga horaria correspondiente al diseño curricular vigente del nivel, modalidad y modelo

organizacional.

Se entiende por turno la franja horaria en que se deberá cumplir la jornada escolar. Los turnos podrán ser:

1. Diurnos (mañana y tarde).

2. Vespertinos.

3. Nocturnos.

Decreto 2299/11

Page 20: Trabajo practico Politica

Aspectos administrativos

Cada Institución Educativa contará con una Planta Orgánico Funcional y una Planta Orgánico Funcional Analítica. Las mismas se confeccionarán anualmente.

La normativa fijará los responsables, los tiempos y los modos en que se confeccionará la Planta Orgánica Funcional.

Las instituciones educativas tendrán estructura organizativa gradual, dividida en grados, años, grupos o secciones.

La formación de secciones y el número de alumnos por aula y/o espacio, será determinado a efectos de privilegiar las mejores condiciones de los procesos de enseñanza y aprendizaje.

Page 21: Trabajo practico Politica

Protección de los derechos de los niños y adolescentes

Responsabilidad indelegable del Estado la defensa del interés superior del niño y adolescente de acuerdo a lo establecido en la Convención por los Derechos del Niño y el Adolescente.Es obligación de cada Municipio, intervenir cuando un niño o una niña está siendo víctima de la vulneración de sus derechos, para protegerlo y promover su cumplimiento.Las autoridades del establecimiento educativo deben:

1. Asistir inmediatamente al alumno/a.

2. Labor las Actas necesarias detallando los hechos, circunstancias, preservando la identidad del alumno.

3. Según la situación del niño/a o adolescente, dar inmediato conocimiento e intervención a sus familiares, con prioridad a los padres.La contención y protección del niño y/o el adolescente es prioridad. Se debe priorizar la continuidad de la actividad escolar.

Las principales situaciones frente a las que corresponde actuar en esta materia son:1. Víctima y/o victimario de abuso sexual.2. Víctima de violencia familiar, fuera o dentro de la escuela.3. Alumno en posesión de armas.4. Alumno que produce acciones violentas.5. Alumno con supuesta ingesta y/o presencia de sustancias tóxicas6. Amenaza y/o intento de suicidio.7. Situaciones de Trabajo y explotación Infantil.8. Situaciones de prostitución infanto-adolescente.9. Situaciones de abandono y/o discontinuidad.10. Otras situaciones de vulnerabilidad.

Page 22: Trabajo practico Politica

“Aprender es un placer, pero el

placer de aprender nunca se

comparara con el placer de

enseñar”R.D. Hitchcock

“La educación no es la respuesta a la

pregunta, la educación es el medio para

encontrar la respuesta a todas las preguntas.”

William Allin